Expedie nte: PFC.B.E.7/006154 -2023
Procuraduría Federal del Consumidor Subprocuraduría de Servicios
Dirección General de Contratos de Adhesión,
Registros y Autofinanciamiento
Expedie nte: PFC.B.E.7/006154 -2023
Oficio: 10141514
Asunto: Aprobación de registro
Ciudad de México, a 12 xx xxxxx de 2023
Home And Business Vikope , S. de R.L. de C.V.
RFC: HBV200212NL7
Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxxx Xx 0.0 Xxxxx X 0, Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, 00000, Los Cabos, Baja California Sur .
Visto el modelo de contrato de adhesión tipo Intermediación para la compraventa de inmueble -Profeco presentado por Home And Business Vikope , S. de R.L. de C.V. y posterior a su análisis jurídico, se determina que cumple con la Ley Federal de Protección al Consumidor, y con la NOM -247-SE-2021 Prácticas comerciales -Requisitos de la información comercial y la publicidad de bienes inmuebles destinados a casa habitación y elementos mínimos que deben contener
los contratos relacionados , con fundamento en los artículos 24, fracción XV, 73, 85 y 87 de la citada ley, queda inscrito en el Registro Público de Contratos de Adhesión de esta Procuraduría, el 00 xx xxxxx xx 0000 , xxxx el número 5750 -2023 , documento que se adjunta para los efectos legales procedentes. Así mismo, se informa la conclusión del trámite de registro y su envío al archivo.
Sobre e l particular, el proveedor debe hacer constar los datos de su registro en todos los formatos de contrato que utilice en sus relaciones con los consumidores. Los datos registrales de este contrato son personales e intransferibles, por otra parte, el registr o no exime de la obligación de cumplimiento de los requisitos legales que correspondan para el desarrollo de su actividad, ni limita en forma alguna el derecho que en todo momento pueda ejercer el consumidor para impugnar ante esta Procuraduría, su texto o las condiciones que se consideren lesivas a sus intereses y dieren motivo a su suspensión o cancelación.
En el caso de que existan reformas a la Ley Federal de Protección al Consumidor, Norma Oficial Mexicana o cualquier otra legislación aplicable, el mod elo de contrato registrado dejará de encontrarse actualizado en el Registro Público de Contratos de Adhesión, en esa tesitura, el Proveedor se encuentra obligado a solicitar la modificación del registro, mediante la presentación de un nuevo modelo de contr ato que cumpla con las disposiciones vigentes.
No se omite mencionar que, si el modelo de contrato de adhesión que utilice en las operaciones comerciales con los consumidores incluye modificaciones de cualquier tipo, incluyendo cambio en los datos generale s asentados en su solicitud de registro u omisiones frente al modelo de contrato registrado, el solicitante se hará acreedor a las sanciones previstas en la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Así lo resuelve y firma, el Licenciado Xxxxx Xxxxxx Xxxxx , Director de Sectores adscrito a la Dirección General de Contratos de Adhesión, Registros y Autofinanciamiento de la Subprocuraduría de Servicios de la Procuraduría Federal del Consumidor, con fundamento en los artículos 6º, fracción II, inciso B y 28, fracciones I y II del Estatuto Orgánico de la
o en el Diario Oficial de la Federación el 25 xx xxxxxx de 2021, en relación con el artículo 24, fracción II del Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor.
XXX/RCG
El presente acto administrativo ha sido firmado mediante el uso de la firma electrónica avanzada del funcionario competente, amparada por un c ertificado vigente a la fecha de su elaboración; y, es válido de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7º y 10º de la Ley de Fir ma Electrónica Avanzada, y el artículo 12 de su Reglamento. Por un uso responsable del papel, las copias de conocimiento se enviarán de forma electrónica, de conformidad con lo establecido en el artículo
10, párrafo primero y 16, párrafo primero, fracciones VI y VII de la Ley Federal de Austeridad Republicana, en correlación co n lo señalado en el Objetivo prioritario 3, ori de Combate a la Corrupción y a la
Impunidad, y de Mejora en la Gestión Pública 2019 - mento, su integridad y autoría se podrá comprobar y verificar por medio del código QR.
Cadena original del documento
SHA-256 | b2bWL/qsmFGLYryD0hMX2iRlrDmNzXBbImmcEXT81cY= | 1686763581 | XXXXX XXXXXX XXXXX
Xxxxx digital
YjJiV0wvcXNtRkdMWXJ5RDBoTVgyaVJsckRtTnpYQmJJbW1jRVhUODFjWT18MTY4Njc2MzU4MQ==
SIIP-SS:27766318 -D:10141514
Contrato de prestación de s ervicios de intermediación para la compraventa de inmueble destinado a casa habitación
Contrato de adhesión de prestación de servicios de interm ediación para la com praventa de
inmueble destinado a casa habitación, al que, en lo sucesivo, se le denominará celebran, por una parte, Home And Business Vikope, S. de R.L. de C.V. , quien comparece al presente acto jurídico a través de nombre del apoderado o representante legal, en su carácter de apoderado/representante legal, a quien en lo
nombre/denominación o razón social del cliente ▢por su propio derecho/ ▢a través de nombre del apoderado o representante legal, en su carácter de apoderado/representante legal, a quien en lo sucesivo se
Declaraciones
I. Declara la intermediaria que:
a. Es una sociedad mercantil nacionalidad, legalmente constituida de conformidad con las Leyes de los Estados Unidos Mexicanos, según consta en el documento público número, otorgado ante la xx xxx Xxxxxxx /Corredor Público número de localidad, el Licenciado nombre xxx Xxxxxxx /Corredor Público; instrum ento que consta inscrito en el Registro Público de Comercio de localidad bajo el folio mercantil folio mercantil y que puede ser consultado por el cliente en domicilio de la intermediaria / sitio web en el cual está disponible la documentación para consulta del cliente.
b. Su apoderado/representante legal, cuenta con facultades suficientes para obligarla en los térm inos y condiciones del presente contrato, lo cual se acredita en términos del instrumento público número, otorgado ante la xx xxx Xxxxxxx /Corredor Público número de localidad, el Licenciado nombre xxx Xxxxxxx /Corredor Público, mismo que consta inscrito en el Registro Público de Comercio de localidad bajo el folio mercantil folio mercantil; facultades que no le han sido revocadas ni modificadas en f orma alguna. Tal docum entación puede ser consultada por el cliente
en domicilio de la intermediaria/link del sitio web en el cual está disponible la documentación para consulta del cliente.
c. Su objeto social versa sobre la prestación de servicios de interm ediación para la com praventa de inmuebles, incluyendo aquellos destinados para casa habitación a favor de terceros, con el fin de
poner en contacto a la oferta y a la demanda de dichos inmuebles para formaliz ar la compraventa de los m ismos.
d. ▢En caso de contar con algún certificado y/o pertenecer a alguna Cámara o Asociación. -
Cuenta con indicar los datos del certificado técnico oficial o avalado por autoridad competente (denominación del documento, fecha de emisión y señalamiento de quién lo emite o avala) y pertenece a
indicar Cámara o Asociación de la cual es miembro.
e. Su domicilio es el ubicado en Carretera Transpeninsular Km 6.5 Local B 6, Colonia Cabo Bello, 23455, Los Cabos, Baja California Sur y su Registro Federal de Contribuyentes es HBV200212NL7 .
f.
del presente contrato.
II. Declara el cliente que:
a.1. ▢ En caso de ser persona física. - Es de na cionalidad nacionalidad; acredita su identidad en términos de credencial para votar, pasaporte, cédula profesional o forma migratoria (extranjero), con núm ero de folio número de folio (documento oficial em itido por em itido por autoridad emisora); tiene edad años; y su estado civil es xxxxxxx x xxxxxx (indicar régimen conyugal: sociedad conyugal/separación de bienes).
a.2. En caso de ser persona jurídica. - Es una sociedad mercantil nacionalidad, legalmente constituida de conformidad con las Leyes de los Estados Unidos Mexicanos, según consta en el documento público número, otorgado ante la xx xxx Xxxxxxx /Corredor Público número de localidad, el Licenciado nombre xxx Xxxxxxx /Corredor Público; instrumento que consta inscrito en el Registro Público de Comercio de localidad bajo el folio mercantil folio mercantil.
b. ▢ En caso de ser persona física representada o jurídica. - Su apoderado/representante legal, cuenta con facultades suficientes para obligarlo en los términos y condiciones del presente contrato, lo cual se acredita en términos del instrum ento público número, otorgado ante la xx xxx Xxxxxxx /Corredor Público número de localidad, el Licenciado nombre xxx Xxxxxxx /Corredor Público, mismo que consta inscrito en el Registro Público de Comercio
de localidad bajo el folio m ercantil folio mercantil; facultades que no le han sido revocadas ni modificadas en form a alguna.
c. Su dom icilio es el ubicado en Calle o Avenida, número exterior, número interior, Colonia, Entidad Federativa, Código Postal y su Registro Federal de Contribuyentes es Registro Federal de Contribuyentes.
d. Es legítim o propietario del inmueble ubica do en Calle o Avenida, número exterior, número interior, Colonia, Entidad Federativa, Código Postal; como se acredita en térm inos de:
• ▢Escritura pública número, otorgada en fecha día − mes − año, ante la xx xxx Xxxxxxx Público número de localidad, el Licenciado nombre xxx Xxxxxxx Público y debidamente inscrita el día − mes − año en el Registro Público de la Propiedad de localidad bajo el folio real folio real.
• ▢Contrato privado celebrado entre nombre del comprador y nombre del vendedor el día − mes − año, ratificado el día − mes − año, ante
▢autoridad administrativa / ▢la fe pública xxx Xxxxxxx Público número de localidad, el Licenciado nombre xxx Xxxxxxx Público; ratificación debidam ente inscrita el día − mes − año en el Registro Público de la Propiedad de localidad bajo el folio real folio real.
e. El inmueble referido en el inciso previo es una/un vivienda / terreno destinado a casa habitación y cuenta con las
del presente contrato.
f. ▢ En caso de que el inmueble esté sujeto al régimen de propiedad en condominio. - El inmueble indicado en el inciso previo, está sujeto al régimen de propiedad en condominio; en
términos de la escritura pública número, otorgad a en fecha día − mes − año, ante la xx xxx Xxxxxxx Público número de localidad, el Licenciado nombre xxx Xxxxxxx Público y debidamente inscrita el día − mes − año en el Registro Público de la Propiedad de localidad bajo el folio real folio real; instrumento en el cual están referidas las correspondientes áreas de uso común y porcentaje indiviso.
g. Cuenta con la siguiente docum entación e información relativa del inmueble:
•
En caso de vivienda. - | ||
Documentación/información | ¿Cuenta con la documentación/información? | |
Si | No | |
Autorizaciones, licencias y permisos relativos a la construcción del inmueble objeto del contrato, sus especificaciones técnicas, clase de materiales utilizados, seguridad, uso de suelo y servicios básicos | ||
Planos estructurales, arquitectónicos y de instalaciones o, en su defecto, dictamen de las condiciones estructurales del inmueble | ||
Programa Interno de Protección Civil | ||
Existencia de gravámenes que afecten la propiedad del inmueble | ||
Condiciones en las cuales se encuentren el pago de contribuciones, derechos y servicios |
•
En caso de terreno destinado a casa habitación. - | |||||
Documentación/información | ¿Cuenta con la documentación/información? | ||||
Si | No | ||||
Uso de suelo aplicable al terreno conforme al plan de desarrollo urbano vigente, con su respectiva interpretación y copia del documento oficial vigente que acredite la licencia de uso de suelo del terreno | |||||
Estudio de factibilidad técnico, oficial o avalado por autoridad competente para l a instalación de servicios básicos en el terreno | |||||
En su caso, Reglamento de adecuaciones o construcción aplicable al fraccionamiento, condominio o conjunto habitacional al que forme parte el bien objeto del contrato | |||||
Programa Interno de Protecció | n Civil | ||||
Existencia de gravámenes propiedad del inmueble | que | afecten | la | ||
Condiciones en las cuales se encuentren el pago de contribuciones, derechos y servicios |
III. Declaran las partes que:
a. Es su voluntad celebrar el presente contrato.
Cláusu las
Primera. Objeto. - En virtud del presente contrato, la intermediaria experta en operaciones inm obiliarias, se obliga a realizar las siguientes actividades con base en las necesidades y caracterí sticas concretas del cliente y del inmueble destinado a casa habitación referido en la declaración II, inciso d, con el fin de conseguir un comprador del m ismo:
I. Asesoría.- Analizar el inmueble a fin de determinar su precio aproximado en el mercado y la forma más adecuada para enajenarlo, xxx xxxx en consideración sus características físicas, urbanas y fiscales de conformidad con la legislación aplicable; precio aproximado
en el mercado que resulta la cantidad de $ cantidad M.N. ( cantidad en letra con 00/100 Moneda Nacional) . Asimism o, orientar al cliente sobre los trámites e instrumentos jurídicos necesarios para realizar la compraventa del inm ueble e integrar la docum entación indispensable para la escrituración de dicha compraventa ante Notario Público.
II. Publicidad. - Prom over a nombre del cliente el inmueble, utilizando los medios de difusión que considere apropiados conforme a su naturaleza. La publicidad será realizada
a través de:
indicar medios a través de los cuales la intermediaria publicitará el inmueble
.
Asimismo, proporcionar toda la información sobre el inmueble y mostrarlo a los posibles compradores, cuantas veces sea necesario, para lo cual debe notificar al cliente.
III. Intermediación. - Realizar labores de interm ediación con los posibles comprado res a nom bre del cliente a fin de lograr la operación de com praventa, de conformidad con los
términos de este contrato, logrando el mejor precio y condiciones de venta.
IV. Oferta. - Entregar al cliente de manera oportuna a su recepción, todas y cada una d e las ofertas que reciba de posibles com pradores del inmueble con el fin de que el cliente
estudie y determine la aceptación o negación de las mism as.
El cliente debe notificar la aceptación de la oferta por escrito y dentro de los plazo en el cual el cliente debe manifestarse respecto de las ofertas recibidas días siguientes a la recepción de la m xxxx, con el fin de que la intermediaria realice los actos necesarios para proceder a la formalización de la compraventa del inm ueble. En cas o de que el cliente no notifique a la interm ediaria la aceptación dentro del plazo establecido, dicho silencio será considerado como negación
o no aceptación de la oferta correspondiente, por lo que la interm ediaria continuará ofreciendo el inmueble.
V. Información. - Informar por escrito al cliente sobre el desarrollo de las actividades concernientes a la prestación de los servicios y las ofertas recibidas.
VI. Instrucciones adicionales del cliente. -
Instrucciones adicionales del cliente
.
Segunda. Contraprestación económica a pagar a la intermediaria. - Siem pre que la intermediaria haya prestado de m anera cabal las obligaciones a su cargo referidas en la cláusula previa, y únicam ente en el caso de que la com praventa del inmueble destinado a casa habitación se hubiere
form alizado en un contrato privado o escritura pública de com praventa, las partes acuerdan que po r la prestación de los servicios de intermediación, el cliente pagará a la interm ediaria:
• ▢En caso de que se trate de una cantidad. - A la fecha de firm a del contrato privado o escritura pública de compraventa, la cantidad de $ cantidad M.N. ( cantidad en letra con 00/100 Moneda Nacional) más el Im puesto al Valor Agregado correspondiente; suma que resulta la cantidad de $ cantidad M.N. ( cantidad en letra con 00/100 Moneda Nacional).
• ▢En caso de que se trate de un porcentaje. - A la fecha de firma del contrato privado o escritura pública de compraventa, el % % sobre el precio de compraventa del inmueble que efectivamente sea pagado al cliente, es decir, la cantidad de $ cantidad M.N. ( cantidad en letra con 00/100 Moneda Nacional) más el Im puesto a l Valor Agregado correspondiente; suma que resulta la cantidad de $ cantidad M.N. ( cantidad en letra con 00/100 Moneda Nacional).
El precio indicado es en Moneda Nacional, en caso de expresa rse la operación en moneda extranjera, se estará al tipo de cam bio que rija en el lugar y fecha en que se realice el pago, de conformidad con la legislación aplicable.
Los conceptos de pago a cargo del cliente, deben ser cubiertos con el m étodo de pago re ferido a continuación: indicar método de pago: efectivo (con indicación del lugar de pago), cheque, pago a una cuenta bancaria (señalar datos bancarios) u otro .
Si el cliente demora en el pago del precio, se constituirá en la o bligación de pagar a la intermediaria el interés moratorio del % % mensual/anual sobre el importe pagadero por el tiempo que medie el retraso en el pago; interés que no debe resultar inequitativo, desproporcional, abusivo, ni excesivo. Dicho interé s moratorio se calcula de la siguiente manera:
parámetro para calcular el interés moratorio .
Los pagos que realice el cliente, aún en forma extemporá nea y que sean aceptados por la intermediaria, lo liberan de las obligaciones inherentes a dichos pagos.
Los im portes señalados en esta cláusula, son todas las cantidades a cargo del cliente por concepto del servicio de interm ediación, por lo que, la inte rm ediaria se obliga a respetar en todo momento dicho costo.
Tercera. Documentación. - El cliente en este acto entrega a la interm ediaria, para el cumplimiento del presente contrato, los siguientes docum entos en copia simple:
Indicación de los documentos necesarios para el cumplimiento de la intermediación
.
En caso de que la intermediaria requiera documentos adicionales, lo hará saber por escrito al cliente, de conform idad con la cláusula décima segunda del presente contrato, debiendo el cliente entregarle la docum entación requerida dentro del término de 5 días hábiles siguientes a la fecha en que reciba el requerimiento en mérito.
Cuarta. Relación de los derechos y obligaciones de las partes. - Los derechos y obligaciones de las partes contractuales son los siguientes (listado enunciativo m ás no lim itativo):
Intermediaria | |
Derechos | Obligaciones |
• Analizar el inmueble a fin de deter minar su precio aproximado en el mercado y la forma más adecuada para enajenarlo. | |
• Recibir el pago de la contraprestación pactada a la celebración del contrato privado o escritura pública de compraventa. | • Orientar al cliente sobre los trámites e instrumentos jurídicos necesarios para realizar la compraventa del inmueble e integrar la documentación indispensable para la escr xxxxxxxxx de dicha compraventa ante Notario Público. |
• Promover a nombre del cliente el inmueble. | |
• Realizar labores de intermediación con los posibles compradores a nombre del cliente a fin de lograr la operación de compraventa. | |
• Entregar al cliente d e manera |
oportuna a su recepción, todas y cada una de las ofertas que reciba de posibles compradores. • Informar por escrito al cliente sobre el desarrollo de las actividades concernientes a la prestación de los servicios y las ofertas recibidas. • No condicionar la intermediación a la contratación de servicio(s) adicional(es). • Respetar el derecho del cliente a cancelar la operación de consumo sin responsabilidad alguna dentro de los plazo para cancelar días hábiles (plazo que no debe ser meno r a 5 días hábiles contados a partir de la firma del contrato) posteriores a la firma del contrato. • Responsabilizarse de los daños y perjuicios ocasionados al cliente como consecuencia de proceder con im pericia, negligencia, dolo o mala fe. |
Cliente | |
Derechos | Obligaciones |
• Recibir información veraz en la operación de intermediación. | • Dar todas las facilidades necesarias para que el inmueble sea mostrado a los posibles compradores. |
• Que la prestadora del servicio realice las labores de intermediación con los posibles compradores en su nombre a fin de lograr la operación de compraventa. | • No interferir durante las visitas que realicen la intermediaria y los posibles compradores a la mism a. • Tomar las providencias necesarias para salvaguardar en su caso los |
• Recibir las ofertas de los posibles compradores. | bienes muebles que se encuentren en el inmueble. |
• Cancelar la operación de consumo sin responsabilidad alguna dentro de los 5 días hábiles posteriores a la firma del contrato. • Exigir los daños y perjuicios ocasionados en caso de que la intermediaria proceda con im pericia, negligencia, dolo o mala fe. | • Mantener el inmueble en condiciones de limpieza, higiene y seguridad, y al xxxxxx nte de contribuciones fiscales, pago de servicios y demás obligaciones que se generen en relación con la mismo. • No intervenir en las negociaciones hasta el momento que sea indispensable su participación para la celebración del contrato de compraventa re spectivo. |
• Pagar la contraprestación a la intermediaria a la celebración del contrato privado o escritura pública de compraventa. |
Quinta. Vigencia. - El presente contrato tendrá una vigencia de días naturales días naturales. Una vez vencido dicho plazo, la interm ediaria debe devolver al cliente la documentación referida en la cláusula tercera.
Sexta. Exclusividad. - ▢En caso de que las partes optaren por una exclusividad. - Durante la vigencia del presente contrat o, el cliente no podrá realizar por sí, o solicitar a persona alguna la prestación de los servicios objeto del presente contrato, en relación con el inmueble, pero sí podrá hacerlo respecto de cualquier otro inm ueble que sea de su propiedad.
Si durante la vigencia del presente contrato, el cliente vende el inmueble por intermediación de un tercero, se obliga a pagar a la intermediaria la pena convencional dispuesta en la cláusula novena.
Séptima . Revocación. - El cliente cuenta con un plazo de plazo para cancelar días hábiles (plazo que no debe ser menor a 5 días hábiles contados a partir de la firma del contrato) posteriores a la firm a del presente contrato para revocar su consentimiento sobre la operación sin responsabilidad alguna de
su parte, mediant e aviso por escrito, de conformidad con la cláusula décima segunda.
Para el caso de que la revocación se realice por correo certificado o registrado o servicio de mensajería, se tomará como fecha de revocación, la de recepción para su envío.
Ante la cancelación, la intermediaria se obliga a reintegrar todas las cantidades al cliente por el mismo medio en el que éste haya efectuado el pago, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que le sea notificada la revocación.
En caso de q ue no se restituyeren las cantidades al cliente dentro del plazo establecido, la intermediaria debe pagarle a su contraparte el interés moratorio del % % mensual/anual sobre la cantidad no devuelta por el tiem po que x xxxx el retraso. Dicho interés moratorio se calcula de la siguiente manera: parámetro para calcular el interés moratorio .
Octava. Rescisión. - Son causales de rescisió n del presente contrato, cualquier incum plimiento a las obligaciones a las que se sujetan las partes en el mismo. Aunado a lo anterior, en caso de que la intermediaria actúe con impericia, negligencia, dolo o mala fe, se hará acreedora a la pena convencion al establecida en la cláusula siguiente.
Si el incumplimiento fuera a cargo de la intermediaria, además de pagar la pena señalada en la cláusula sucesiva, debe restituir al cliente todas las cantidades pagadas por éste dentro de los 15 días hábiles siguie ntes a la rescisión del contrato, ya que en caso no restituir dichas cantidades dentro del plazo establecido, debe pagar al cliente el interés moratorio del % % mensual/anual sobre la cantidad no devuelta por el tiempo que x xxxx el retraso. Dicho i nterés moratorio se calcula de la siguiente
manera: parámetro para calcular el interés moratorio .
Novena. Penas Convencionales. - Las partes acuerdan para el caso de incum plimien to de cualquiera de las obligaciones contraídas en el presente contrato, una pena convencional del % % sobre el im porte pactado en la cláusula segunda, lo cual resulta la cantidad de $ cantidad
M.N. ( cantidad en letra con 00/100 Moneda Nacional).
Décima. Proceder en caso del fenecimiento del cliente. - En caso de fallecim iento del cliente antes del fenecimiento de la vigencia pactada en la cláusula quinta, se presume que su(s) suces or(es) legítimo(s) la sucede(n) en todos los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, salvo
que manifieste(n) a la interm ediaria su deseo de no continuar con la intermediación, debiendo la intermediaria restituirle(s) las cantidades que le hubiere pagado el cliente con motivo del presente contrato, así com o la documentación entregada; de conform idad con Disposiciones jurídicas y legislación aplicable.
Décima primera. Servicios adicionales. - ▢En caso de que la intermediaria ofrezca servic ios adicionales. - El listado de los servicios adicionales, especiales o conexos, que puede solicitar el
La intermediaria sólo puede prestar servicios adicionales, especiales o conexos, si cuenta con el consentimiento escrito del cliente sobre los m ismos. Las erogaciones distintas al precio de venta, deben ser aceptadas por escrito por el cliente, por lo que, la intermediaria sólo podrá hacer efectivo
su pago, de m a nera posterior a haber recabado dicho consentim iento.
El cliente en cualquier momento podrá solicitar dar por term inada la prestación de los servicios adicionales, especiales o conexos, mediante aviso por escrito a la interm ediaria, sin que ello im plique la conclusión de la contratación principal.
Décima segunda. Notificaciones entre las partes. - Todas las notificaciones, requerimientos, autorizaciones, avisos o cualquier otra comunicación que deban darse las partes conforme a este contrato, deben hacerse por escrito y considerarse como debidamente entregadas si se encuentran firmadas por la respectiva parte contractual o su representante o apoderado legal y entregadas con acuse de recibo al destinatario o confirmación de recepción en:
Intermediaria | Cliente |
• Domicilio: Calle, número, Colonia, Entidad Federativa, Código Postal • Correo electrónico: correo electrónico | • Domicilio: Calle, número, Colonia, Entidad Federativa, Código Postal • Correo electrónico: correo electrónico |
Décima tercera. Canales de atención. - La intermediaria cuenta con el siguiente canal de atención para recibir comentarios, sugerencias y quejas del cliente: teléfono, correo electrónico, formulario en sitio web o cualquier medio de contacto digital. Dicho canal está habilitado los días días en los cuales está habilitado el canal de atención en un horario de horario en el cual está habilitado el canal de atención y el plazo respuesta es de plazo de respuesta .
Décima cuarta. Datos personales. - Los datos personales que se obtengan por la intermediaria deben ser tratados conforme a los principios de licitud, consentimiento, información, calidad, finalidad, lealt ad, proporcionalidad y responsabilidad.
Para efectos de lo dispuesto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los el cual informa al titular de los datos personales, qué información recabará y con qué finalidades.
, en
En caso de tratarse de datos personales sensibles, la intermediaria debe obtener consentim iento expreso y por escrito del titular para su tratamiento . No podrán crearse bases de datos que contengan datos personales sensibles, sin que se justifique la creación de las mism as para finalidades legítimas, concretas y acordes con las actividades o fines explícitos que persigue el sujeto regulado.
En caso de que los datos personales fueren obtenidos de manera indirecta del titular, se debe informar a los titulares de los datos personales que así lo soliciten cómo se dio la transferencia u obtención de dichos datos y se deben observar las siguientes reglas:
a. Si fueron tratados para una finalidad distinta prevista en una transferencia consentida, o si los datos fueron obtenidos de una fuente de acceso público, el aviso de privacidad se debe de dar a conocer al cliente en el primer contacto que se tenga con él .
b. Cuando la intermediaria pretenda utilizar los datos para una finalidad distinta a la consentida, el aviso de privacidad debe ser actualizado y darse a conocer al titular previo aprovechamiento de los datos personales.
La persona titular de los datos personales o su representante legal podrá solicitar a la intermediaria en cualquier mom ento el acceso, rectificación, cancelación u oposición respecto a sus datos personales y datos personales sensibles.
Décima quinta. Competencia administrativa de la Pr ocuraduría Federal del Consumidor (Profeco). - Ante cualquier controversia que se suscite sobre la interpretación o cum plimiento del presente contrato, el cliente puede acudir a la Profeco, la cual tiene funciones de autoridad
administrativa encargada de pr omover y proteger los derechos e intereses de los consumidores y procurar la equidad y certeza jurídica en las relaciones de consum o, desde su ámbito com petencial.
Décima sexta. Competencia de las autoridades jurisdiccionales. - Para resolver cualquier con troversia que se suscite sobre la interpretación o cum plimiento del presente contrato, las partes
se someten a las autoridades jurisdiccionales competentes de lugar en el cual las autoridades jurisdiccionales mexicanas designadas tienen competencia territorial, renunciando expresam ente a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles, por razón de sus domicilios presentes o futuros o cualquier otra razón.
Décima séptima. Plazo para ejercer la acción de responsabilidad civil. - En caso de que el incum plimiento de una de las partes al presente contrato, le ocasione a su contraparte daños y perjuicios; la segunda, podrá ejercer ante las autoridades jurisdiccionales indicadas en la cláusula décima sexta, la acción de responsabilidad civil en el plazo de plazo en el cual prescribe la acción de responsabilidad civil , de conformidad con disposiciones jurídicas y legislación aplicable .
Décima octava. Registro del modelo de contrato de adhesión. - El presente modelo de contrato de adhesión fue insc rito el 12 xx xxxxx de 2023 en el Registro Público de Contratos de Adhesión de la Profeco bajo el número 5750 -2023 . Cualquier diferencia entre el texto del contrato de adhesión registrado ante la Procuraduría y el utilizado en perjuicio de los consumidores, s e tendrá por no puesta.
Leído que fue por las partes el contenido del presente contrato y sabedoras de su alcance legal, lo firman por duplicado el día de mes de año en lugar de celebración del contrato, por lo que, la intermediaria está obligada a entregar un tanto del contrato y sus anexos originales y firm ados al cliente.
Firma de la intermediaria Firma del cliente
El presente contrato y sus anexos pueden signarse: de m anera autógrafa original; o a travé s de una firma electrónica avanzada o fiable que será considerada para todos los efectos con la mism a fuerza
y consecuencias que la firma autógrafa original de la parte firmante.
Autorización para la utilización de información con fines mercadotécnicos o publicitarios. - El cliente si ( ) no ( ) acepta que la interm ediaria ceda o transmita a terceros, con fines mercadotécnicos
o publicitarios, la información proporcionada con motivo del presente contrato y si ( ) no ( ) acepta que la intermediaria le envíe publicidad sobre bienes y servicios.
Firma del cliente
Todo consumidor que no desee recibir publicidad por parte de los proveedores en términos de la
Ley Federal de Protección al Consumidor, puede inscribir de manera gratuita su número telefó nico en el Registro Público de Consumidores (también denom inado Registro Público para Evitar Publicidad) de la Profeco, a través del portal web xxxxx://xxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/ o al 5596280000
(desde la Ciudad de México, Guadalajara y Monterrey) u 8009628000 (desde el resto de la República
Mexicana).
Queda prohibido a los proveedores que utilicen información sobre consumidores con fines mercadotécnicos o publicitarios y a sus clientes, utilizar la información relativa a los consumidores con fines diferentes a los mercadotécnicos o publicitarios, así como enviar publicidad a los consumidores que expresamente les hubieren manifestado su voluntad de no recibirla o que estén
inscritos en el Registro Público de Consumidores (tam bién denominado Registro Público par a Evitar Publicidad). Los proveedores que sean objeto de publicidad son corresponsables del manejo de la información de consumidores cuando dicha publicidad la envíen a través de terceros.
Anexo A
Especificaciones del bien inmueble destinado a casa habitación
(El presente anexo debe contener la inform ación relativa a las especificaciones que resulten aplicables al inmueble en cuanto a: características técnicas, de seguridad, extensión del terreno, superficie construida, tipo de estructura, instalaciones, acabados, accesorios, lugares de estacionamiento, servicios incluyendo los básicos, estado físico general, áreas de uso común con otros inmuebles, porcentaje de indiviso, así com o el detalle del equi pam iento urbano existente en la localidad dónde se encuentra el inmueble y los sistemas y medios de transporte existentes para
llegar a él)
Intermediaria Cliente
Anexo B
Informació n y documentación que se pone a disposición del cliente
Información/documentación | ¿Le informaron sobre/exhibieron la documentación correspondiente? | Medio a través del cual se pone a disposición del cliente (domicilio o link del sitio web en el cual está disponible la documentación para consulta) | |
Si | No | ||
Personalidad del intermediario y autorización para promover la venta | |||
Carta de derechos | |||
Aviso de privacidad | |||
Beneficios adicionales | |||
Opciones de pago, con especificació n del monto a pagar en cada una de ellas | |||
Erogaciones distintas del precio de la venta | |||
Condiciones bajo las cuales puede cancelar la operación |
Importante para el cliente. - Antes de que firm e como constancia de que tuvo a su disposició n la información y documentación relativa al inm ueble, es importante cerciorarse de que la m xxxx coincide con la que efectivamente le haya mostrado y/o proporcionado la intermediaria.
Intermediaria Cliente
Carta de derechos del cliente
• Recibir información y publicidad veraz, clara y actualizada sobre la operación de consumo; de forma tal, que esté en posibilidad de tomar la mejor decisión.
• Firmar un contrato de adhesió n bajo el modelo inscrito en la Procuraduría Federal del Consumidor, en el cual consten los términos y condiciones de la intermediación. Posterior a su firma, la intermediaria tiene la obligación de entregar una copia del contrato firmado al cliente.
• Contar con canales y mecanismos de atención gratuitos y accesibles para consultas, solicitudes, reclamaciones y sugerencias a la intermediaria y conocer el domicilio señalado por ésta para oír y recibir notificaciones.
• Tener a su disposición un Aviso de P rivacidad para conocer y en su caso consentir el tratamiento que se dará a los datos personales que proporcione, que sus datos personales sean tratados conforme a la normatividad aplicable y conocer los
mecanismos disponibles para realizar el ejercicio de sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
• Derecho a la protección por parte de las autoridades competentes y conforme a las leyes aplicables, incluyendo el derecho a presentar denuncias y reclamaciones ante las mismas.
Los derecho s previstos en esta carta, no excluyen otros derivados de tratados o convenciones internacionales de los que los Estados Unidos Mexicanos sea signatario; de la legislación interna ordinaria; o de reglamentos expedidos por las autoridades administrativas co mpetentes.
Anexo D
Listado de servicios adicionales, especiales o conexos
(El presente formato debe contener el listado de los servicios adicionales, especiales o conexos que el cliente puede solicitar de forma opcional por conducto de la intermediación, en concordancia con
lo dispuesto en la cláusula décima primera del contrato de intermediación del cual forma parte integrante)
Intermediaria Cliente
Anexo E
Aviso de privacidad
(El presente formato debe contener el aviso de privacidad de la interm ediaria, mismo que debe ser acorde a lo estipulado en la cláusula décima cuarta del contrato de intermediación del cual forma parte integrante y a las disposiciones aplicables de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares)
Firma del cliente