ADMINISTRACIÓN LOCAL
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Número 2180/22
AYUNTAMIENTO DE EL HORNILLO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN DE UNA LICENCIA DE AUTOTAXI PARA EL MUNICIPIO DE EL HORNILLO.
Aprobado por Acuerdo de Pleno de 29 de septiembre de 2022, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que ha de regir la adjudicación de una licencia de auto-taxi para el municipio de El Hornillo, se expone al público durante un plazo de quince días contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOP, a fin de que puedan presentarse las solicitudes de participación por los interesados.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
Cláusula primera. Objeto del contrato.
Constituye el objeto del presente pliego la adjudicación en régimen de concurrencia de una licencia de autotaxi para el Municipio de El Hornillo, de conformidad con la Ordenanza reguladora del servicio de auto-taxi, la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y el Real Decreto 763/1979, de 16 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos de Transporte en Automóviles Ligeros, y demás normativa aplicable.
Cláusula segunda. Procedimiento de selección y adjudicación.
La forma de adjudicación de las licencias de autotaxi será el procedimiento abierto, en el que todo interesado podrá presentar una proposición, de acuerdo con lo establecido en la Legislación para la Contratación del Sector Público. Para la valoración de las proposiciones se atenderá a varios criterios. El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en este pliego.
Cláusula tercera. Condiciones de participación.
Serán requisitos para la presentación de solicitudes
– Ser mayor de 18 años.
– Ser nacional de un país de la Unión Europea.
– Estar en posesión del permiso de conducir de clase B, o superior.
– No ser titular de otra licencia de auto-taxi.
– Acreditar la titularidad del vehículo en régimen de propiedad, alquiler, arrendamiento financiero, renting u otro régimen admitido por la normativa vigente. El vehículo no podrá tener una antigüedad superior a cinco años.
– Acreditar el cumplimiento de las obligaciones de carácter fiscal, laboral y social, incluidas las relativas a las condiciones del centro de trabajo, establecidas en la legislación vigente.
– Acreditar, en el caso de las personas jurídicas, que los conductores que prestan los servicios tienen el certificado exigido por la ley. Además deberá aportarse escritura de constitución y poder bastante de la persona física que presenta la solicitud.
– Tener cubierta la responsabilidad civil por los daños que puedan ocasionarse en el transcurso del servicio, en los términos establecidos por la normativa vigente.
– Certificado médico oficial de no padecer enfermedad infecto-contagiosa o impedimento físico o psíquico que imposibilite o dificulte el normal ejercicio de la profesión de conductor de taxi.
Cláusula cuarta. Presentación de proposiciones y documentación administrativa.
Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento, Xxxxx Xxxxx, 0, en horario de atención al público, lunes a viernes, de nueve horas a catorce horas, dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx.
Las ofertas podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador. La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Xxxxxx. Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda “Proposición para licitar a la Concesión de Licencia de Autotaxi”.
La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre “A”: Documentación Administrativa. —Sobre “B”: Proposición y Documentación Cuantificable de Forma Automática. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor. Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:
SOBRE “A” DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
a) En caso de persona física, Documento Nacional de Identidad o de Identificación Oficial de acuerdo con el Estado del licitante.
En caso de persona jurídica, documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario.
b) Documentos que acrediten la representación (en su caso).
– Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia notarial del poder de representación, bastanteado por el Secretario de la Corporación.
– Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.
– Igualmente la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.
c) Una declaración responsable de no estar incursa en la prohibición de contratar y que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, incluidas las del Ayuntamiento, y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
La certificación de estar al corriente de pago con el Ayuntamiento podrá ser solicitada en Secretaría.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
“MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE:
D/D.ª , con domicilio a efectos de notificaciones en , , n.º con NIF n.º en representación de la Entidad , con NIF n.º , a efectos de su participación en la licitación PARA LA LICENCIA DE AUTOTAXI, ante EL AYUNTAMIENTO DE EL HORNILLO COMPARECE Y DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
Primero. Que se dispone a participar en la adjudicación en régimen de concurrencia
de una licencia de autotaxi para el Municipio de El Hornillo
Segundo. Que cumple con todos los requisitos previos exigidos por el pliego de cláusulas administrativas particulares para ser adjudicatario, en concreto:
– Que no está incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
– Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de las obligaciones con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como con todo tipo de obligaciones con el Ayuntamiento de El Hornillo.
– Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. (En el caso de empresas extranjeras)
– Que la dirección de correo electrónico o postal en que efectuar notificaciones es
Tercero. Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello.
Y para que conste, firmo la presente declaración.
En , a de de 20 . Firma del declarante, Fdo.:
d) En su caso, una direccion de correo electrónico en que efectuar las notificaciones.
e) Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía provisional por importe de 100,00 euros.
f) Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
SOBRE “B” PROPOSICIÓN Y DOCUMENTACIÓN CUANTIFICABLE
a) Proposición. Se presentará conforme al siguiente modelo: “D. , con domicilio a efectos de notificaciones en , con CIF , en representación de la Entidad , con CIF n.º
, enterado del expediente para la Concesión de Licencia de Autotaxi por procedimiento abierto, varios criterios de adjudicación, anunciado en
el Boletín Oficial de la Provincia nº. de fecha ,
hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato. En ,
a de
de
Firma del licitador,
Fdo.:
b) Documentos relativos a los criterios de adjudicación que figuran en la cláusula octava.
Cláusula quinta. Publicidad.
Terminado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará la lista en el Boletín Oficial de la Provincia, al objeto de que los interesados y las Asociaciones profesionales de empresarios y trabajadores puedan alegar lo que estimen oportuno en defensa de sus derechos en el plazo de quince días (artículo 10 Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos de Transporte en Automóviles Ligeros aprobado por Real Decreto 763/1979, de 16 xx xxxxx).
Cláusula sexta. Pago de la Tasa.
La persona que resulte adjudicataria deberá ingresar en la Tesorería Municipal 200,00 €, en concepto de tasa anual por el ejercicio de la actividad, en el plazo de un mes a contar desde la notificación de dicha adjudicación.
Cláusula séptima. Garantías.
El adjudicatario deberá constituir una fianza definitiva de 200,00 euros.
Cláusula octava. Criterios de Adjudicación.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a los criterios de adjudicación aprobados por el Pleno Municipal:
– Conductores con experiencia mínima de un año en el transporte de viajeros: 0,25 puntos/año hasta un máximo de 2 puntos.
– Precio de adjudicación. Se parte por un precio mínimo de 200 euros. A la persona que haga la propuesta más ventajosa se le asignará 1.5 puntos.
Al resto de ofertas se les aplicará la puntuación correspondiente mediante el cálculo de una regla de tres directa, de la siguiente forma:
Propuesta más ventajosa 1.5 puntos Resto de ofertas x puntos
X= Resto de ofertas X 1.5 Propuesta más ventajosa
– Por adquirir un vehículo nuevo para prestar el servicio: 1 punto.
– Por tener permiso de conducir de clase superior al exigido (B): 1 punto.
Cláusula novena. Gastos.
El adjudicatario queda obligado al pago de los anuncios e impuestos que procedan.
Cláusula décima. Mesa de contratación.
La Mesa de contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, y actuará conforme a lo previsto en el artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 00 xx xxxxxxx xx 0000 x xx xx Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen.
La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 7 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, estará compuesta por los siguientes:
Presidente: Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx, Secretario-interventor del Ayuntamiento
de El Hornillo.
Vocal: Xxx Xxxx Xxxx Xxxx Xxxxxxx, Secretario-Interventor de la Mancomunidad del
Bajo Tiétar, en la que se encuentra integrado el Ayuntamiento de El Hornillo.
Secretario: Xxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx. Auxiliar del Ayuntamiento de El Hornillo.
Cláusula Undécima. Apertura de Ofertas.
La Mesa de Contratación se constituirá dentro del plazo de cinco días hábiles tras la finalización del plazo de presentación de las ofertas.
En primer lugar procederá a la apertura de los sobres “A” y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos. Si fuera necesario, la Mesa concederá un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observadas en la documentación presentada.
Finalmente, procederá a la apertura y examen de los sobre “B”, que contienen las ofertas económicas y demás documentos necesarios para valorar la proposición.
Se realizará la apertura de este sobre, en el mismo acto en el que se proceda a la apertura de los sobres “A”, inmediatamente después estos, salvo que sea necesario corregir defecto u omisión de alguna de las propuestas, o en el citado plazo de tres días no se haya recibido la documentación de alguna plica válidamente presentada.
La Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos, para la valoración de la documentación presentada por los licitadores.
A la vista de la propuesta más favorable entre las ofertas válidas la Mesa de Contratación propondrá al adjudicatario del contrato.
Esta propuesta se elevará al Órgano de Contratación para que resuelva la adjudicación.
En el mismo acto, si del transcurso de apertura de plicas resultara viable, la Mesa requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos, en concreto la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social emitidos con fecha límite de la presentación de la oferta.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía provisional, si se hubiera constituido.
En el supuesto señalado en el párrafo anterior, el Presidente de la Mesa, en nombre de esta, procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
Cláusula duodécima. Órgano de Contratación
El Órgano competente para la contratación será el Pleno de la Corporación...
Cláusula decimotercera. Adjudicación de la licencia.
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar la licencia dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exija alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los candidatos o licitadores. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación.
En particular expresará los siguientes extremos:
– En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
– Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
– En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
– En la notificación se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización.
Cláusula decimocuarta. Derechos y obligaciones del titular de la licencia.
En el plazo de sesenta días naturales contados desde la fecha de la concesión de la licencia municipal, su titular vendrá obligado a prestar el servicio de forma inmediata y con el vehículo afecto al mismo. Los derechos y obligaciones del titular de la licencia son los que nacen de este Pliego, que tendrá carácter contractual, y de la licencia otorgada por el Municipio, así como los derivados de la Legislación aplicable. El titular de la licencia deberá respetar la normativa vigente en materia de protección de datos.
Cláusula decimoquinta. Recursos administrativos y jurisdiccionales.
Los Acuerdos correspondientes del órgano de contratación pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. Contra los mismos puede interponerse recurso potestativo de reposición, de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó, o recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley Reguladora de dicha Jurisdicción, ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo xx Xxxxx, en el plazo de dos meses contados a partir de la notificación del Acuerdo.
El Hornillo, a 28 de septiembre de 2022.
La Alcaldesa, Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx