PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE REGULAN LA CONTRATACION, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL SERVICIO DE ALOJAMIENTO DE SERVIDORES Y ALMACENAMIENTO CORPORATIVOS EN UN CENTRO DE PROCESOS DE DATOS EXTERNO.
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE REGULAN LA CONTRATACION, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL SERVICIO DE ALOJAMIENTO DE SERVIDORES Y ALMACENAMIENTO CORPORATIVOS EN UN CENTRO DE PROCESOS DE DATOS EXTERNO.
1ª.- OBJETO DEL CONTRATO.
1.1.- Constituye el objeto de este contrato la prestación del servicio de alojamiento de servidores y almacenamiento corporativos en un centro de procesos de datos externo (en lo sucesivo CPD), que incluirá servicios de infraestructura informática y soporte técnico. Las condiciones de la prestación del servicio figuran en el pliego de prescripciones técnicas particulares (en lo sucesivo, PPT) de esta contratación.
1.2.- Naturaleza del contrato: el contrato que se suscriba tendrá carácter administrativo, conforme el artículo 19 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP), calificándose como de servicios según lo previsto en el artículo 10 y el Anexo II del citado texto legal (categoría 7: Servicios de informática y servicios conexos) y le será de aplicación lo dispuesto en los artículos 301 y siguientes del TRLCSP y en los artículos 195 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante, RGLCAP).
No es un contrato de regulación armonizada y no es susceptible de recurso especial en materia de contratación conforme al artículo 40.1 b) del TRLCSP.
1.3.- Codificación del objeto del contrato. La codificación que corresponde según el Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión de 28 de noviembre de 2007 por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo es la siguiente: 72510000 “Servicios de gestión relacionados con la informática” y 72310000 “Servicios de tratamiento de datos”.
1.4.- Las necesidades administrativas a satisfacer mediante el presente contrato consisten en alojar los sistemas de información que en la actualidad se encuentran en el centro de procesos de datos municipal y principal a uno externo que cumpla con las medidas de seguridad físicas y lógicas que introduce el Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica y que deben cumplir todas las Administraciones Públicas tal y como se establece en el artículo 3 del citado texto legal en relación con el artículo 2 de la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, al no disponer el Ayuntamiento de la infraestructura y los medios técnicos suficientes para ello.
2ª.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.
La adjudicación del presente contrato se lleva a cabo mediante procedimiento abierto con arreglo a lo dispuesto en el artículo 157 del TRLCSP y conforme a los criterios de valoración de ofertas fijados en la cláusula 11ª del presente pliego de cláusulas administrativas particulares (en lo sucesivo, PCA) en virtud de lo establecido en el artículo 150 del TRLCSP.
3ª.- DURACIÓN DEL CONTRATO.
El presente contrato tendrá una duración de cuatro años (48 mensualidades), y podrá ser objeto de dos prórrogas de un año de duración cada una de ellas por mutuo acuerdo expreso de las partes, comunicada por lo menos con tres meses de antelación a la fecha de finalización del contrato. Dicha prórroga precisará informe previo de la Intervención General Municipal.
La vigencia del contrato se iniciará al día siguiente de la firma del acta de inicio del servicio, una vez realizado el traslado y puesta en marcha de la infraestructura hardware en el nuevo centro de procesos de datos externo.
El traslado y puesta en marcha se realizará en un máximo de 50 días, plazo que comenzará a contarse al día siguiente de la formalización del contrato en documento administrativo. Una vez efectuado el traslado y puesta en marcha, dicha actuación se verificará y conformará por los técnicos de la Sección de Innovación y Desarrollo Tecnológico y se procederá a la firma del acta arriba mencionada.
4ª.- VALOR ESTIMADO Y PRESUPUESTO DEL CONTRATO.
4.1.- El valor estimado del contrato, incluyendo las posibles prórrogas del mismo asciende a la cantidad de CIENTO DIEZ MIL QUINIENTOS VEINTE EUROS (110.520 euros) más VEINTITRÉS MIL DOSCIENTOS NUEVE EUROS CON VEINTE
CÉNTIMOS DE EURO (23.209,20 euros) en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido.
4.2.- El presupuesto máximo del mismo, para los cuatro años de duración del contrato asciende a la cantidad de SETENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA EUROS (73.680 euros) más QUINCE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS EUROS
CON OCHENTA CÉNTIMOS DE EURO (15.472,80 euros) en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido.
4.3.- El tipo de licitación se fija en el referido presupuesto máximo del contrato, siendo susceptible de mejora a la baja.
5ª.- FINANCIACIÓN.
5.1.- Por tratarse de un gasto plurianual, la financiación del contrato, IVA incluido, se hará de la siguiente forma:
- Año 2013 (octubre- noviembre): 3.714,70 euros.
- Año 2014 (diciembre 2013 – noviembre 2014): 22.288,20 euros.
- Año 2015 (diciembre 2014 – noviembre 2015): 22.288,20 euros.
- Año 2016 (diciembre 2015 – noviembre 2016): 22.288,20 euros.
- Año 2017 (diciembre 2016 – septiembre 2017): 18.573,50 euros.
5.2.- Existe crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones económicas que se deriven de esta contratación para el año 2013 con cargo a la aplicación presupuestaria del Presupuesto Municipal 2013-4-92053-227061 “Sist. Fisic.- Alojamiento Servidores” por un importe de 3.714,70 euros y respecto a la financiación del gasto de los ejercicios 2014, 2015, 2016 y 2017, el órgano de contratación adoptará compromiso de xxxxx xxxxxxxxxx con cargo a los Presupuestos Municipales para los citados ejercicios, para atender el gasto derivado del contrato, conforme establece el artículo 174 del Real Decreto 2/2004 de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Las cantidades indicadas podrán ser objeto de reajuste en función de la fecha de inicio de la vigencia del contrato.
6ª.- GARANTÍAS DE LA CONTRATACIÓN.
Para tomar parte en la presente contratación no se exige garantía provisional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 del TRLCSP.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, constituya la garantía definitiva por el importe equivalente al 5% del importe de adjudicación del contrato (descontando la baja que ofrezca el licitador), excluido el IVA, conforme a lo dispuesto en el artículo 151 del TRLCSP, en relación con el artículo 95 de dicho texto legal.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta.
La citada garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96 del TRLCSP y en los artículos 55, 56, 57 y 58 del RGLCAP.
En el caso de que dicha garantía se constituya mediante aval o seguro de caución, las firmas deberán estar legalizadas.
La verificación y bastanteo de los poderes de los firmantes será realizado por fedatario público, que adjuntará diligencia al dorso.
7ª.- LEGITIMACIÓN.
Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 del TRLCSP, extremo que se podrá acreditar por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 73 del TRLCSP, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
De conformidad con el artículo 54.2 del TRLCSP, los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
8ª.- CONSULTA DEL EXPEDIENTE.
El PCA y el PPT, junto con los demás documentos que integran el expediente, estarán de manifiesto en el Negociado de Compras y Suministros de la Sección de Patrimonio de este Ayuntamiento, hasta el momento en que finalice el plazo de presentación de proposiciones, de lunes a viernes.
Estos pliegos podrán consultarse en el perfil de contratante de la página web del Ayuntamiento: xxx.xxxxxxxx.xx y podrán solicitarse por correo electrónico en la dirección xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx.
Cualquier información complementaria relativa a los mismos se obtendrá en dicho Negociado (teléfono 000 000 000/ 000 000 000).
9ª.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
9.1.- Lugar de presentación:
Las proposiciones se presentarán en alguno de los lugares siguientes:
a) Registro General del Ayuntamiento de Castellón de la Plana, sito en las Casas Consistoriales, Plaza Mayor, núm. 1 de esta ciudad.
b) Registros de las Juntas de Distrito del Ayuntamiento de Castellón de la Plana, situados en los siguientes lugares: Distrito Norte, Plaza Primer Molí, s/n; Distrito Sur, C/ Xxxxxxx Xxxxxx esquina con Xxxxxxx Xxxxxxx; Distrito Este, Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxx, xxx. 00; Distrito Oeste, Plaza de España, s/n (antigua estación de RENFE); Distrito Centro, Plaza Mayor núm. 1; Distrito Marítimo, Xxxxx Xxxxxxxxxx xxx. 00.
9.2.- Las proposiciones se presentarán únicamente en alguno de los lugares indicados, sin que sea válida la presentación en otros registros o dependencias de este Ayuntamiento, o de otras Administraciones Públicas. Tampoco podrán presentarse por correo, salvo que se reciban las proposiciones en alguno de los lugares indicados antes de que finalice el plazo de presentación, o bien se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 80.4 del RGLCAP y regirá en todo caso, como hora límite de entrega en las oficinas de correos, las 13 horas del último día del plazo, lo que deberá acreditarse documentalmente. En caso de presentación de proposiciones por correo, el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación el mismo día en que se presente mediante fax, al número 000 000 000, la remisión de la proposición. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición en el caso en que se recibiera con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, 10 días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
No se admite la presentación de proposiciones ni la comunicación de la presentación de las mismas al amparo del artículo 80.4 indicado por correo electrónico.
Los registros municipales señalados en esta cláusula anotarán los datos del licitador y la hora exacta en que se reciben los sobres. Diariamente se enviarán las
proposiciones recibidas al Negociado de Compras y Suministros acompañadas de un escrito en el que conste una relación firmada y un listado completo de las presentadas en todos los distritos.
El Negociado de Xxxxxxx y Suministros comunicará a todos los registros municipales autorizados para recibir las proposiciones el plazo de presentación de éstas, junto con la advertencia de las peculiaridades de la recepción que establece el pliego, especialmente la anotación de la hora de presentación.
9.3.- Plazo de presentación de proposiciones:
El plazo de presentación de proposiciones será de 15 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de este contrato en el Boletín Oficial de la Provincia. Las proposiciones deberán presentarse en alguno de los lugares detallados anteriormente en horario de 9 a 13 horas, de lunes a viernes. Si el último día del plazo de presentación de proposiciones fuera xxxxxx, xxxxxxx o inhábil a efectos administrativos, se entenderá prorrogado el plazo hasta el siguiente día hábil que no sea sábado. Las proposiciones que puedan presentarse transcurridas las 13 horas del último día del plazo serán inadmitidas.
En casos justificados, el Alcalde podrá suspender la licitación o ampliar el plazo de presentación de proposiciones, mediante anuncio publicado por los mismos medios que lo haya sido la licitación.
La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por el licitador de la totalidad del contenido del presente pliego y xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, sin salvedad alguna.
10ª.- PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA.
Los licitadores presentarán sus ofertas mediante la entrega de tres sobres cerrados, en cuyo exterior deberá figurar el título del contrato al que se licita y el número de referencia del expediente de contratación. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente.
SOBRE A: “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL SERVICIO DE ALOJAMIENTO DE SERVIDORES Y ALMACENAMIENTO CORPORATIVOS EN UN CENTRO DE PROCESOS DE DATOS EXTERNO PRESENTADA POR …”
Dicho sobre incluirá copia de los siguientes documentos, que deberán numerarse por el siguiente orden:
1º.- Acreditación de la personalidad jurídica y capacidad de obrar del licitador:
a) Empresas españolas cuyo titular sea una persona física: Únicamente Documento Nacional de Identidad del titular.
b) Empresas españolas cuyo titular sea una persona jurídica: Escritura de constitución de la Sociedad, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y
adaptada a la vigente legislación societaria, o Estatutos o acto fundacional de la Asociación, Cooperativa, Fundación o persona jurídica de que se trate, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
c) Empresas extranjeras de Estados miembros de la Unión Europea:
Tendrán capacidad para contratar con el sector público, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, que, con arreglo a la legislación del Estado en que están establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
La capacidad de obrar se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Además, en ambos casos declaración firmada de sometimiento expreso a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para las incidencias que de forma directa o indirecta pudieran surgir del contrato, con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero del licitante.
d) Empresas extranjeras de Estados que no sean miembros de la Unión
Europea:
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato, así como el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 55 del TRLCSP o, en su caso, que dicho Estado es signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio.
En todo caso, deberán presentar declaración firmada de sometimiento expreso a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para las incidencias que de forma directa o indirecta pudieran surgir del contrato, con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero del licitante.
e) En los casos de Uniones de Empresarios, cada una deberá acreditar su personalidad y capacidad con arreglo a las anteriores normas, y además presentarán un documento firmado por los representantes legales de todas ellas en que figure la constitución de la Unión, la participación de cada empresa en ella, y se designe un
representante o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta la extinción del mismo. En caso de resultar adjudicatario, deberá formalizar la constitución y los poderes en escritura pública antes de que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.
2º.- Acreditación de la personalidad y representación de quien firme la documentación en nombre de la empresa:
Mediante el Documento Nacional de Identidad (o equivalente si es persona extranjera) del representante y poder bastanteado por el Titular de la Asesoría Jurídica o Letrado Asesor. El poder deberá estar inscrito en el Registro Público correspondiente, en caso de que la normativa aplicable así lo exija. El licitador deberá presentar en la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento toda la documentación necesaria para realizar el bastanteo, al menos con 48 horas de antelación a la fecha establecida como fin de plazo de presentación de proposiciones.
3º.- Solvencia económica y financiera del licitador, que deberá acreditarse mediante informe de institución financiera en el que se haga constar expresamente que el licitador tiene solvencia económica suficiente para hacer frente a las obligaciones derivadas de la presente contratación. Dicho informe deberá ajustarse al modelo que como anexo I se acompaña al presente pliego.
De conformidad con el art. 75.2 TRLCSP el licitador podrá acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que considere apropiado.
4º.- Solvencia técnica de los licitadores que deberá ser justificada con presentación de una relación de los principales servicios iguales o similares a los que son objeto del presente pliego realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
En la documentación presentada deberá quedar suficientemente acreditada la solvencia económica, financiera y técnica para hacer frente a las obligaciones del contrato.
5º.- Declaración responsable de no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar contenidas en el art. 60 del TRLCSP, así como, de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con este Ayuntamiento y con la Seguridad Social impuestos por las disposiciones vigentes según modelo del anexo II.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación
para obtener de forma directa la acreditación de ello, mediante escrito que se ajustará al modelo que figura como Xxxxx XXX. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
Asimismo, en dicho plazo el Ayuntamiento comprobará mediante los datos obrantes en la propia Tesorería Municipal el cumplimiento de las obligaciones tributarias con este Ayuntamiento por parte del licitador.
Además, el licitador deberá aportar en el mismo plazo, alta en el IAE, cuota municipal, provincial o nacional en el epígrafe correspondiente, acompañado de copia del último recibo pagado y declaración del contratista de que no se ha dado de baja, en el plazo anteriormente mencionado.
Si se tiene la condición de exento conforme al artículo 82 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se acreditará esta circunstancia por mera comunicación por escrito si se trata de personas físicas, y si se trata de personas jurídicas, aportando bien el modelo 201 del Impuesto de Sociedades del último ejercicio presentado en la Delegación del Ministerio de Economía y Hacienda correspondiente o bien, acompañando comunicación de la cifra de negocios regulada en la Orden HAC/85/2003, de 23 de enero, del Ministerio de Economía y Hacienda (B.O.E. núm. 24 de 28/01/2003).
6º.- Escrito firmado por el licitador indicando número de fax y dirección de correo electrónico al objeto de que puedan comunicársele, en su caso, los defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 14ª del presente pliego.
El licitador propuesto como adjudicatario, deberá presentar, en su caso, con carácter previo a la adjudicación del contrato, en el Negociado de Xxxxxxx y Suministros original o copia autenticada por Notario de la documentación aportada en este sobre.
SOBRE B: “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA PARA LA VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS NO CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL SERVICIO DE ALOJAMIENTO DE SERVIDORES Y ALMACENAMIENTO CORPORATIVOS EN UN CENTRO DE PROCESOS DE DATOS EXTERNO PRESENTADA POR…”
Dicho sobre incluirá los siguientes documentos debidamente fechados y firmada por el licitador:
- Resumen ejecutivo de la oferta técnica que da respuesta a los requerimientos técnicos descritos en el PPT. (La extensión máxima de este documento no sobrepasará las 5 páginas por una cara utilizando tipo de letra Arial, tamaño 12.)
- Memoria que incluya detalle de la oferta técnica, incluyendo los siguientes documentos:
o Descripción técnica de la propuesta de servicios, incluyendo: detalle de las infraestructuras incluidas en el servicio; descripción detallada
de cada uno de los servicios incluidos y detalle de los niveles de servicio. (La extensión máxima de este documento no sobrepasará las 10 páginas por una cara utilizando tipo de letra Arial, tamaño 12).
o Descripción de los proyectos adicionales con los detalles indicados en el punto 5 xxx xxxxxx técnico: proyecto de transición y/o traslado inicial necesario para la puesta en marcha del servicio contratado y proyecto de devolución a la finalización de contrato. (La extensión máxima de este documento no sobrepasará las 10 páginas por una cara utilizando tipo de letra Arial, tamaño 12).
o Modelo de servicio que se utilizará para cubrir los objetivos del mismo, incluyendo: descripción de medios y forma de acceso para consultar la información sobre los niveles de prestación del servicio acordados durante la vida del contrato así como el estado y la calidad de estos, detalle de los procesos de gestión y procedimientos de actuaciones indicados en el apartado xxx xxxxxx técnico de “Gestión de Servicio – Gestión de Entrega de servicio”, muestra de informes mensuales de seguimiento de ANSs; documentación sobre la herramienta para monitorizar los ANS y muestra de informes mensuales de incidentes. (La extensión máxima de este documento no sobrepasará las 10 páginas por una cara utilizando tipo de letra Arial, tamaño 12).
o Descripción del Modelo Global de Gobierno y Relación entre el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx y el Proveedor. En este apartado, se deberá aportar, entre otros: identificación, perfil y experiencia de las personas intervinientes en todo el modelo de relación ofertado (órgano de gestión, órgano de dirección y soporte) y en el caso de soporte, se deberá identificar también quienes de estas personas indicadas lo componen en cada turno/horario. Asimismo, cualquier cambio en este modelo, ya sea diseño, composición o disponibilidad, se deberá comunicar con carácter previo. (La extensión máxima de este documento no sobrepasará las 3 páginas por una cara utilizando tipo de letra Arial, tamaño 12).
o Acreditaciones de Certificaciones obtenidas por el licitador, siendo estas: certificación del cumplimiento del nivel TIER 4 del estándar TIA 942, realizada por una entidad debidamente acreditada y otras certificaciones de que se disponga relacionadas con los servicios ofertados. (La extensión máxima de este documento no sobrepasará las 10 páginas por una cara utilizando tipo de letra Arial, tamaño 12).
Todas las páginas de la oferta del licitador deberán estar numeradas consecutivamente y marcadas como confidenciales. Asimismo, todos los documentos que compongan la oferta presentada deberán presentarse en papel y con copia digital en formato estándar PDF.
Aquellos apartados de la documentación técnica que no cumplan los requisitos de estilo requeridos (numero de páginas, tipo de letra y tamaño) no serán tenidos en cuenta por los técnicos municipales y por tanto no serán objeto de valoración y baremación.
El Ayuntamiento, podrá para llevar a cabo la valoración de ofertas, requerir a los licitadores aclaraciones conceptuales de la documentación ya incluida en la oferta. La notificación para este requerimiento se realizará por fax, al número facilitado por el licitador en la documentación administrativa.
- Asimismo, a titulo informativo, el licitador deberá incluir en este sobre, la siguiente documentación, la cual no será objeto de valoración técnica:
o Compromiso formal, en caso de resultar adjudicatario, de aportar póliza de responsabilidad civil en las condiciones recogidas en la cláusula 19.2 del presente pliego detallando las coberturas de la misma.
o Declaración del licitador de que dispone de unas instalaciones con las características que se requieren en el PPT o en su caso, compromiso de disponer de las mismas en caso de resultar adjudicatario. En este último supuesto se deberá acreditar la efectiva disponibilidad de las instalaciones con anterioridad a la formalización del contrato.
SOBRE C: “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA PARA LA VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO DE ALOJAMIENTO DE SERVIDORES Y ALMACENAMIENTO CORPORATIVOS EN UN CENTRO DE PROCESOS DE DATOS EXTERNO PRESENTADA POR…”
Dicho sobre incluirá la proposición económica debidamente fechada y firmada por el licitador, la cual se presentará con arreglo al siguiente modelo:
D./Xx. , mayor de edad, vecino de
, con domicilio en , provisto de N.I.F. número
, en nombre propio (o en representación de , con domicilio social en , C.I.F. ), en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, enterado xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares y xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, que regulan la contratación, mediante procedimiento abierto, del servicio de alojamiento de servidores y almacenamiento corporativos en un centro de procesos de datos externo, los acepta en su totalidad y se compromete a realizar dicho servicio con estricta sujeción a los expresados documentos y condiciones que regulan la contratación por un importe de
euros más euros, en concepto de Impuesto Sobre el Valor Añadido.
“(fecha y firma del licitador)”
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición económica. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. Este hecho dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. No se admitirán variantes o alternativas.
11ª.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS.
A los efectos del artículo 67.2 del RGLCAP y conforme a lo previsto en el artículo 150 del TRLCSP para la valoración de las proposiciones presentadas y la determinación de la oferta económica más ventajosa se tendrán en cuenta los siguientes criterios, por orden decreciente de importancia, con arreglo a esta ponderación:
Criterios de valoración no cuantificables automáticamente: | |
- Descripción técnica de la propuesta de servicios. | Hasta un máximo de 30 puntos |
- Descripción de los proyectos adicionales obligatorios con los detalles indicados en el punto 5 xxx xxxxxx técnico. | Hasta un máximo de 5 puntos |
- Modelo de servicio. | Hasta un máximo de 5 puntos |
- Descripción del Modelo Global de Gobierno y Relación entre el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx y el Proveedor. | Hasta un máximo de 5 puntos |
- Acreditaciones de Certificaciones obtenidas por el licitador. | Hasta un máximo de 5 puntos |
Criterios de valoración cuantificables automáticamente: | |
- Oferta económica del proyecto, valorándose según la siguiente fórmula: 50 puntos * [importe de la baja de la oferta que se valora] / [importe de la baja de la oferta más económica] Se entenderá por "importe de la baja de la oferta que se valora" el importe calculado por la diferencia entre el importe máximo de licitación y el importe de la oferta que se valora. Se considerarán ofertas con baja temeraria aquellas ofertas que propongan una baja cuyo importe sea superior al 20% del importe base de licitación. En el caso de baja temeraria, se requerirá al licitador para que justifique su oferta. | Hasta un máximo de 50 puntos |
Conforme a lo previsto en la Disposición Adicional Cuarta del TRLCSP, en caso de igualdad entre dos o más licitadores, desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación, será preferida la proposición presentada por aquel licitador que, en el momento de acreditar la solvencia técnica, tenga en su plantilla un número de trabajadores discapacitados no inferior al 2% de la
misma. Para ello se tendrá en cuenta la documentación aportada según lo dispuesto en este pliego.
Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2%, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
A estos efectos, el Ayuntamiento requerirá a los licitadores correspondientes que acrediten tal extremo en el plazo de tres días hábiles, aportando los documentos TC2 correspondientes a todo el personal de la empresa y la relación de personas con minusvalía integradas en la plantilla especificando número de Documento Nacional de Identidad, acompañada de los respectivos justificantes de minusvalía. Asimismo, deberán presentar relación de los trabajadores fijos discapacitados junto con el contrato de trabajo.
12ª.- MESA DE CONTRATACIÓN.
De conformidad con lo dispuesto en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 22 xx xxxxx de 2007 de constitución, con carácter permanente, de la Mesa de Contratación del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx de la Plana, modificado por acuerdos de la Junta de Gobierno Local de fecha 28 de septiembre de 2007, de fecha 10 de octubre de 2008, y de fecha 15 xx xxxxx de 2011, ésta estará presidida por el Xx. Xxxxxxxx xx Xxxxxxx don Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxx, siendo sustituido, en los casos xx xxxxxxx, ausencia, enfermedad u otra causa legal por uno de los restantes miembros Vocales de la Mesa de Contratación que ostentan la condición de Concejal indistintamente, y formarán parte de la misma como Vocales de designación legalmente dispuesta el titular de la Asesoría Jurídica o en su defecto uno de los Letrados de la Asesoría Municipal y el Interventor General del Ayuntamiento o en su defecto uno de los Técnicos de Administración General del Departamento de Fiscalización, y como Vocales de libre designación el Sr. Concejal xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx y la Sra. Concejala doña Xxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxx. Actuará como Secretaria de la Mesa la Jefa de la Sección de Patrimonio y Contratación que tramita el expediente de contratación o en su defecto la Jefa del Negociado de Compras y Suministros.
13ª.- APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN.
1.- SOBRE A.
Los sobres A conteniendo la documentación administrativa presentada por los licitadores los abrirá la Mesa de Contratación en acto no público, el siguiente martes hábil al día en que termine el plazo de presentación de proposiciones, a partir de las diez horas. La Mesa calificará dicha documentación, declarando la admisión, inadmisión o necesidad de subsanación de los defectos u omisiones que considere subsanables, en cuyo caso lo comunicará mediante fax a los interesados y lo hará público a través del Tablón de Edictos del Ayuntamiento, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles contados a partir de la recepción del mencionado fax, para que los licitadores
corrijan o subsanen las deficiencias, mediante escrito que deberán presentar en el Registro General.
2.- SOBRE B.
La Mesa volverá a reunirse en acto público el siguiente martes hábil, o en su caso el siguiente hábil a la finalización del plazo de subsanación de deficiencias, a partir de las diez horas. En primer lugar, se dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación administrativa presentada en el sobre A, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos y de las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, el de subsanación de defectos u omisiones.
La Secretaria de la Mesa procederá en acto público a la apertura de los sobres B presentados por los licitadores admitidos, dando lectura a la relación de los documentos aportados respecto a los criterios de adjudicación no cuantificables automáticamente.
A continuación, se dará por concluido el acto de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa, sometiéndose las ofertas presentadas a informe de la Sección de Innovación y Desarrollo Tecnológico al objeto de que se evalúen conforme a los criterios señalados en la cláusula 11ª del presente pliego.
3.- SOBRE C.
Recibido el informe técnico que contendrá la valoración de las ofertas en cuanto a los criterios indicados, se notificará a través de fax o correo electrónico a todos los interesados la fecha y lugar en que se llevará a cabo la apertura del sobre C conteniendo la documentación relativa a los criterios de adjudicación evaluables en cifras y porcentajes.
Constituida la Mesa de contratación en la fecha señalada, e iniciado el acto público, el Presidente dará cuenta del resultado de la evaluación relativa a las proposiciones contenidas en el sobre B, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta.
La Secretaria de la Mesa procederá a la apertura de los sobres C de los licitadores admitidos, dando lectura a la oferta económica.
A continuación, se dará por concluido el acto de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa, sometiéndose las ofertas presentadas a informe técnico de la Sección de Innovación y Desarrollo Tecnológico al objeto de que se evalúen conforme a los criterios cuantificables señalados en la cláusula 11ª del presente pliego.
Una vez elaborado el informe técnico que contendrá la valoración de las proposiciones en cuanto a los criterios indicados, se constituirá nuevamente la Mesa de contratación en sesión pública, previa comunicación a los interesados de la fecha y lugar en que se celebrará la reunión y elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación del contrato, que incluirá en todo caso la ponderación conjunta de los criterios indicados en la cláusula 11ª del presente pliego, acompañada de las actas de sus reuniones y de la documentación generada en sus actuaciones y de los informes emitidos. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el órgano de contratación no dicte la resolución de adjudicación del contrato.
14ª.- CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN.
De conformidad con lo establecido en el artículo 151 del TRLCSP, el órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme a lo señalado en el artículo siguiente. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego o en el anuncio pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 de la referida ley, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente, conforme al artículo 151 del citado texto. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el presente pliego.
La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
La notificación deberá contener los extremos que establece el artículo 151.4 del TRLCSP.
Será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad contenida en el artículo 153 del referido texto legal.
En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato.
15ª.- GASTOS DE ANUNCIOS.
El adjudicatario vendrá obligado a pagar el importe de los gastos derivados de la publicación de la licitación del contrato en el Boletín Oficial de la Provincia, con un límite máximo de SETECIENTOS EUROS (700,00 euros).
El importe exacto a que ascienden dichos gastos se comunicará al adjudicatario en la resolución por la que se adjudica el contrato para que proceda a su abono en la Tesorería Municipal en el plazo de 30 días naturales desde la formalización del contrato.
En el caso de que el contratista no proceda al abono de los anuncios de licitación en dicho plazo su importe se descontará del pago de la primera factura al contratista.
16ª.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
Será preceptiva la formalización escrita del contrato en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
Previamente a la formalización del contrato, se deberá acreditar, en su caso, la disponibilidad de unas instalaciones ajustadas a las determinaciones del PPT de conformidad con el compromiso adquirido en la ofertada presentada por el adjudicatario.
La formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo 151.4 del TRLCSP.
La formalización del contrato se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación indicando, como mínimo, los mismos datos mencionados en el anuncio de la adjudicación, debiendo publicarse además, en el Boletín Oficial de la Provincia un anuncio en el que se dé cuenta de dicha formalización, en un plazo no superior a cuarenta y ocho días a contar desde la fecha de la misma.
17ª.- PRINCIPIO DE RIESGO Y XXXXXXX Y REVISIÓN DE PRECIOS.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista de conformidad con lo dispuesto en el artículo 215 del TRLCSP.
La revisión del importe de adjudicación del contrato tendrá lugar cuando éste se hubiese ejecutado, al menos en el 20% de su importe y hubiese transcurrido un año desde su adjudicación. En consecuencia, el primer 20% ejecutado y el primer año de ejecución quedarán excluidos de la revisión.
Dicha revisión se ajustará al 85 % de la variación experimentada por el Índice General de Precios al Consumo que fije el Instituto Nacional de Estadística, tomando como fecha de referencia la de la adjudicación del contrato, siempre que la misma se produzca en el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de ofertas, o respecto a la fecha en que finalice dicho plazo de tres meses si la adjudicación se produce con posterioridad.
18ª.- RESPONSABLE SUPERVISOR DEL CONTRATO.
El órgano de contratación podrá designar un responsable del contrato, quien supervisará la correcta realización de la prestación pactada, comprobando que se ajusta a lo establecido en el contrato y cursará al contratista las órdenes e instrucciones del órgano de contratación en orden a asegurar la correcta ejecución del contrato.
19ª.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
Además de las previstas en el pliego de prescripciones técnicas, se establecen las siguientes obligaciones:
19.1.- El contratista está obligado a efectuar el servicio de acuerdo con la oferta presentada y lo establecido en este pliego y en el PPT.
19.2.- El contratista deberá disponer de un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de 300.000 euros que cubra la totalidad de los posibles daños materiales directos e indirectos que puedan ser ocasionados en la infraestructura hardware trasladada al nuevo centro de procesos de datos externo.
Dicha póliza deberá permanecer vigente a lo largo de toda la duración del contrato. Antes de su formalización, el contratista deberá entregar copia de la referida póliza y del recibo justificativo de haber satisfecho la prima correspondiente. Anualmente presentará los sucesivos recibos al objeto de comprobar que la póliza se encuentra en vigor hasta la finalización del contrato.
19.3.- El contratista dará cumplimiento estricto a lo dispuesto en la legislación reguladora de la industria, en la legislación laboral y en la legislación que garantiza la protección de los consumidores.
20ª.- FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO.
El pago se efectuará contra factura expedida mensualmente a mes vencido y debidamente conformada por el Concejal Delegado y por el Jefe de Sección de Innovación y Desarrollo Tecnológico, y tras su aprobación por el órgano correspondiente, previa fiscalización por la Intervención General Municipal. Dicha factura irá dirigida al Jefe de Sección de Innovación y Desarrollo Tecnológico y se presentará en el Registro de
Entrada de este Ayuntamiento, con la solicitud cuya copia se adjunta al presente pliego como anexo IV.
El contratista deberá entregar las facturas correspondientes conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
Presentada la factura mensual en el Registro administrativo (artículo 5 ley 15/2010), se iniciará el proceso de aprobación de la misma para su pago en los plazos legalmente establecidos (Disposición transitoria Sexta del TRLCSP), bien entendido que será necesaria la conformidad del Concejal y del personal municipal responsable del contrato para considerar la deuda exigible.
A los efectos de lo dispuesto en el apartado 2 de la Disposición adicional trigésimo tercera añadida al TRLCSP por el Real Decreto-ley, 4/2013, de 22 de febrero, en las facturas que emita el contratista deberá constar la identificación del órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública, siendo éste el Director del Área de Gestión Económica, el órgano de contratación y el destinatario de las mismas que es la Jefe de Sección de Innovación y Desarrollo Tecnológico.
Para determinar el vencimiento del derecho al cobro de la cantidad liquidada se estará a lo dispuesto en el apartado 4 del art. 216 del TRLCSP, modificado por el citado texto legal.
21ª.- PLAZO DE GARANTÍA Y DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA.
Dadas las características de la prestación objeto del contrato no se establece plazo de garantía.
La garantía definitiva será devuelta al contratista una vez finalizado el contrato y cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del mismo sin que el órgano de contratación haya formalizado alguno de los reparos o denuncias a que se refieren los apartados anteriores y si no resultan responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP.
22ª.- PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Con motivo de la ejecución del contrato contemplado en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas, la empresa adjudicataria podrá incurrir en incumplimientos que podrán dar lugar a la imposición de penalidades que previa audiencia del contratista se impondrán por el órgano de contratación a propuesta del responsable del contrato y se harán efectivas en la forma prevista en el art. 212.8 del TRLCSP.
Se establece el siguiente sistema de penalidades económicas, en función de la prioridad de la incidencia:
• para Prioridad 1, se podrá exigir hasta un 15% del importe de la cuota mensual; en caso de incumplimiento del ANS por cualquier incidencia, ya sea por parada no planificada o por incumplimientos de tiempos de respuesta o resolución:
▪ para la primera incidencia producida en los últimos 12 meses, un 10% del importe de la cuota mensual;
▪ para las incidencias 2ª y 3ª producidas en los ultimos 12 meses, por cada una de ellas, un 15% del importe de la cuota mensual;
▪ cuando se acumulen más incidencias (4ª y siguientes), un 20% del importe de la cuota mensual;
• para Prioridad 2, hasta un 5 % de la cuota mensual;
• para Prioridad 1, hasta un 2 % de la cuota mensual;
En el caso de que, por causas atribuibles al adjudicatario, en los 12 meses más recientes se produzcan más de 3 incidencias de prioridad 1, o más de 5 de prioridad 2 o más de 10 de prioridad 3, el Ayuntamiento podrá cancelar unilateralmente el contrato.
23ª.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula anterior que establece la resolución del contrato como penalidad, si así lo estima el responsable del contrato, son causas de resolución las especificadas en el artículo 223 y 308 del TRLCSP, debiendo estar en cuanto a aplicación y efectos a lo dispuesto en los artículos 225 y 309 de dicho texto legal.
24ª.- SUBCONTRATACIÓN.
Para la celebración de subcontratos que pueda realizar el contratista con terceros estarán sometido al cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 227 y 228 del TRLCSP, sin que en ningún caso puedan el contratista subcontratar con personas inhabilitadas para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendidas en alguno de los supuestos del artículo 60 de dicho texto legal.
25ª.- SUSPENSIÓN DEL CONTRATO.
Si la Administración acordare la suspensión del contrato o aquélla tuviere lugar por la aplicación de lo dispuesto en el artículo 216 del TRLCSP, se levantará un acta en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquél.
Acordada la suspensión, la Administración abonará al contratista, en su caso, los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste, los cuales se cifrarán con arreglo a lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo 309 del TRLCSP.
26ª.- CONFIDENCIALIDAD.
Sin perjuicio de las disposiciones del TRLCSP relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse al licitador, el órgano de contratación no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado
como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas.
El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información.
Asimismo, el contratista queda obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999.
En cumplimiento del artículo 12 de mencionada Ley, que regula el tratamiento de datos personales por cuenta de terceros, el contratista se compromete al cumplimiento de las estipulaciones siguientes sobre seguridad:
- El contratista únicamente tratará los datos personales incluidos en el fichero de datos de carácter personal conforme a las instrucciones del responsable del fichero; no aplicará o utilizará dichos datos con finalidades distintas a las que figuren en el presente contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación a otras personas.
- Una vez cumplida la prestación contractual, las copias de los datos de carácter personal que obren en poder de la empresa prestadora del servicio serán devueltas al responsable del fichero, al igual que cualquier soporte o documento en que conste algún dato de carácter personal.
- En el caso de que el contratista destine los datos a otra finalidad, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del contrato, será considerado también responsable del fichero, respondiendo a las infracciones en que hubiera incurrido personalmente.
- Se deberá mantener en todo momento la privacidad de toda información contenida en todas las bases de datos a las que el adjudicatario tenga acceso durante la ejecución del presente contrato, garantizando en todo momento la confidencialidad de la información.
- Se deberá cumplir estrictamente la normativa legal y reglamentaria en vigor sobre utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas y sobre protección de datos. El contratista deberá comprometerse a la adaptación de los sistemas a las nuevas normas al respecto que puedan entrar en vigor en periodo de vigencia del contrato.
27ª.- RÉGIMEN JURÍDICO.
En caso de discordancia de lo establecido en el PPT y este PCA prevalecerá
éste último.
Dada la naturaleza administrativa del presente contrato, en lo no previsto en el mismo, en el PCA y en el PPT, se estará a lo dispuesto por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; por la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local; y por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local en la parte que se mantiene vigente y supletoriamente por las demás normas del Derecho Administrativo, y en su defecto, por las normas del Derecho privado. En cuanto a las posibles responsabilidades penales se estará a lo dispuesto en el artículo 262 del Código Penal que tipifica el delito de alteración de precios en las subastas y concursos públicos.
28ª.- JURISDICCIÓN COMPETENTE.
El presente contrato es de carácter administrativo, de conformidad con el artículo 19 del TRLCSP, lo que determina que todas las cuestiones que el mismo plantee, una vez firmes en vía administrativa, se sustancien ante la jurisdicción contencioso-administrativa, conforme al artículo 21 de la TRLCSP.
Ambas partes se someten a efectos de este contrato, a los tribunales con jurisdicción en esta Ciudad, con expresa renuncia a cualquier otro fuero.
Xxxxxxxxx de la Plana, de 9 de septiembre de 2013.
LA JEFA DEL NEGOCIADO DE COMPRAS Y SUMINISTROS
CONFORME,
LA JEFA DE SECCIÓN DE
PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN Fdo. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx
Fdo. Xxxxx Xxxx Xxxxx
ANEXO I
La entidad (razón
social de la entidad financiera) con C.I.F. domiciliada en
y en su nombre
(nombre y apellidos de los apoderados) con poderes suficientes para obligarse en este acto
INFORMAN
Que (nombre y
apellidos de la persona física o denominación social de la persona jurídica) con N.I.F. o
C.I.F. domiciliada en de es cliente de esta entidad financiera.
Que según los antecedentes obrantes en esta entidad, el mencionado licitador tiene suficiente solvencia económica y financiera para contratar con el Ayuntamiento de Castellón de la Plana, mediante procedimiento abierto, el servicio de alojamiento de servidores y almacenamiento corporativos en un centro de procesos de datos externo y con un presupuesto máximo del mismo, para los cuatro años de duración del contrato asciende a la cantidad de SETENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA EUROS (73.680 euros) más QUINCE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS EUROS CON
OCHENTA CÉNTIMOS DE EURO (15.472,80 euros) en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos ante donde sea procedente, expido la presente en , a de de
(firma y sello de la entidad financiera)
ANEXO II
- MODELO LICITADOR PERSONA FÍSICA:
D./Xx. , mayor de edad, con domicilio en , con N.I.F. núm.
, declara que no se encuentra incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Asimismo, declara que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con el Ayuntamiento de Castellón de la Plana y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
, de de
Fdo.:
- MODELO LICITADOR PERSONA JURÍDICA:
D./Xx. , mayor de edad, con domicilio en , con N.I.F. núm.
, en su condición de de la mercantil
, con C.I.F. núm. , declara que la mercantil a la que representa no se encuentra incursa en ninguna de las prohibiciones de contratar, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Asimismo, declara que la indicada mercantil se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con el Ayuntamiento de Castellón de la Plana y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
, de de
Fdo.:
ANEXO III
AUTORIZACIÓN DEL LICITADOR PARA QUE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXX PUEDA RECABAR DATOS A LA AGENCIA TRIBUTARIA Y A LA SEGURIDAD SOCIAL DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES PARA CONTRATAR CON EL AYUNTAMIENTO.
D. ……………………….. con N.I.F. en nombre propio o en representación de
……………… , con C.I.F autoriza al Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx
a solicitar de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social, los datos relativos al cumplimiento de sus obligaciones con ambos organismos, para comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos para contratar con este Ayuntamiento, mediante procedimiento abierto, “el servicio de alojamiento de servidores y almacenamiento corporativos en un centro de procesos de datos externo”.
La presente autorización se otorga exclusivamente a los efectos de la adjudicación del servicio de alojamiento de servidores y almacenamiento corporativos en un centro de procesos de datos externo y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 95.1 K) de la Ley 58/2003, General Tributaria que permite, previa autorización del interesado, la cesión de los datos tributarios que precisen las Administraciones Públicas para el desarrollo de sus funciones, así como lo previsto en el artículo 14.2.b del Real Decreto 209/2003, sobre la obtención de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social.
La presente autorización comporta el conocimiento y aceptación de las condiciones que rigen la cesión de datos conforme a las previsiones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento de Medidas de Seguridad de Ficheros Automatizados que contengan datos de Carácter Personal, aprobado por el real decreto 944/1999, de 11 xx xxxxx.
Xxxxxxxxx de la Plana, a ....... de ............. de 20…...
Fdo: Nombre, D.N.I. y título de representación
Nota: La autorización concedida por el firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido al organismo solicitante.
ANEXO IV