PLIEGO DE LICITACION PÚBLICA
PLIEGO DE LICITACION PÚBLICA
“SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE ROUTERS DE ACCESO A LA RED MAN DEL GCBA”
PLIEG-2021-18001475-GCABA-DGIA1SINF
INDICE PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
1. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN 5
2. MARCO NORMATIVO 5
3. GENERALIDADES 5
4. CÓMPUTO DE PLAZOS 5
5. CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL 5
6. PRÓRROGA 6
7. DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES 6
8. JURISDICCION 6
9. PUESTA A DISPOSICIÓN Y GRATUIDAD DE LOS PLIEGOS 7
10. DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL-ORDEN PRELACIÓN 7
11. DE LOS OFERENTES 7
11.1 CONDICIONES PARA SER OFERENTE 7
11.2 IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES 9
12. DE LAS GARANTIAS 9
12.1 GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA 9
12.2 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO 10
12.3 EJECUCIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO 11
12.4 MANTENIMIENTO DE LA OFERTA 11
12.5 GARANTÍA DE IMPUGNACION A LA PREADJUDICACION 11
13. DE LAS OFERTAS 12
13.1 CONTENIDO DE LA OFERTA 12
13.2 FORMA DE COTIZAR 13
13.3 ALCANCE DE LAS OFERTAS Y CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DEL PRESENTE LLAMADO 13
13.4 FALSEAMIENTO DE DATOS 13
13.5 CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES 14
13.6 VISTA DE LAS PRESENTACIONES 14
14. REGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS Y PERSONAL 14
15. SEGUROS 14
16. DOTACIÓN DEL PERSONAL 17
17. COMPORTAMIENTO, CONFIDENCIALIDAD 17
18. DE LA EVALUACIÓN 18
18.1 DEL EXAMEN DE LAS OFERTAS 18
18.2 CONSIDERACIONES GENERALES 18
18.3 INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA 18
18.4 RECHAZO 19
19. DE LA PREADJUDICACIÓN Y ADJUDICACIÓN 19
19.1 PREADJUDICACIÓN 19
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19.2 IMPUGNACIÓN 19
19.3 ADMISIBILIDAD DE LAS IMPUGNACIONES A LA PREADJUDICACION 19
19.4 ADJUDICACIÓN 20
19.5 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 20
20. DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO 20
21. INICIO Y DURACION DE LA CONTRATACION 21
22. FORMA DE PAGO 21
23. DEL INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 21
24. PROHIBICIÓN DE TRANSFERENCIA DEL CONTRATO 21
25. RESCISIÓN 21
26. EXTINCIÓN DEL CONTRATO 22
ANEXO I 23
ANEXO II 26
ANEXO III 27
ANEXO IV 28
ANEXO V 32
INDICE PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS
1. OBJETO DE LA CONTRATACION 34
1.1 ALCANCE DE LOS SERVICIOS 34
1.2 CARACTERÍSTICAS DE LOS SERVICIOS – GENERALIDADES 35
1.3 DÍAS Y HORARIOS PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS 35
2. RENGLÓN 1: SERVICIO DE MANTENIMIENTO POR 12 (doce) MESES DE ROUTERS DE ACCESO A LA RED MAN DEL GCBA SEGÚN LISTADO DEL ANEXO ANEXO A 36
2.1 COMPONENTES DEL SERVICIO 36
2.2 SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA Y MANTENIMIENTO 36
2.3 CARACTERÍSTICAS DE LOS SERVICIOS 37
2.3.1 SOPORTE DEL FABRICANTE 37
2.3.2 SOPORTE TÉCNICO EN SITIO 38
2.3.3 SOLUCIÓN DE PROBLEMAS 38
2.3.4 TIPO DE COBERTURA 39
3. DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO 39
3.1 MANTENIMIENTO CORRECTIVO 39
3.2 MANTENIMIENTO DE SOFTWARE 40
3.2.1 MANTENIMIENTO DE SOFTWARE CON ACTUALIZACIONES 40
4. PROCEDIMIENTO POR REPORTE Y ATENCIÓN XX XXXXXX 40
5. CAMBIOS DE CONFIGURACIÓN 40
6. MANTENIMIENTO PREVENTIVO 41
6.1 SERVICIOS DE ASESORÍA TELEFÓNICA - MESA DE AYUDA 41
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7. SLA DEL SERVICIO Y TIEMPOS DE RESPUESTA 41
8. RESPONSABILIDADES DE LA ASI 42
9. REEMPLAZO DE ROUTERS CISCO 891W POR ROUTERS CISCO C1111-4P 43
10. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS 43
11. APROBACIÓN Y RECEPCIÓN 44
12. RECURSOS HUMANOS 44
13. PLAN DE ESCALAMIENTO 44
ANEXO A – LISTADO DE NODOS 45
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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
1. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
El presente llamado a Licitación Pública tiene por finalidad la contratación del “Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de Routers de acceso a la red MAN del GCBA”, según los requerimientos detallados en el presente Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y Anexos.
2. MARCO NORMATIVO
El presente llamado a Licitación Pública se regirá por lo normado en el artículo N° 31 concordante con el primer párrafo del artículo N° 32 de la Ley N° 2095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21 y la Ley N° 6.379; por el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC -Buenos Aires Compras-, aprobado por Disposición Nº 167/GCABA/DGCYC/21 y las contenidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones técnicas publicado en BAC. Todos los documentos serán considerados como recíprocamente explicativos de las cláusulas y disposiciones contractuales.
3. GENERALIDADES
El presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares tiene por objeto completar, aclarar y confeccionar las estipulaciones xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Servicios, para la Licitación de referencia.
4. CÓMPUTO DE PLAZOS
Las compras electrónicas se rigen a los fines del cómputo de plazos por la fecha y hora oficial del sitio xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
Todos los plazos establecidos se computan en días hábiles administrativos, salvo disposición expresa en contrario.
A los efectos del cómputo de plazos fijado en días hábiles administrativos, la presentación en un día inhábil se entiende realizada en primera hora del día hábil siguiente.
5. CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL
En ningún caso la invocación de situaciones imprevistas o hechos propios o de terceros ajenos a la presente contratación, autorizará al PROVEEDOR a no cumplir en tiempo y forma con las obligaciones emergentes del presente Xxxxxx y del Contrato oportunamente suscripto, además de
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las establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y las xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas, salvo que se tratare de eventos previstos como caso fortuito o fuerza mayor de conformidad con el artículo 1.730, sus siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación aprobado por la Ley Nº 26.994 y fuese debidamente documentado y probado por el interesado y aceptado por el organismo licitante, de conformidad con lo establecido en el Artículo 127 de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21. La prestación objeto de la presente Licitación reviste el carácter de esencial, necesaria y continua para el normal desenvolvimiento de la función pública inherente al GCABA. En tal sentido no puede suspenderse, retardarse y/o discontinuarse.
6. PRÓRROGA
El GCABA se reserva el derecho de prorrogar, en los términos del art. 110 de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.
7. DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES
Se considerará como único domicilio del oferente, el domicilio válido - el declarado en calidad de constituido en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad. Teniendo en consideración, que la presente licitación tramita bajo el procedimiento de selección por Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras, según Artículo N° 76 del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21; se considera domicilio electrónico constituido el correo electrónico declarado por el - Administrador legitimado en oportunidad de inscribirse en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, Dirección General de Compras y Contrataciones (Art. 6º Pliego Único de Bases y Condiciones Generales) y que consta en el BAC. Si no se encontrara efectivamente inscripto en el RIUPP y hasta tanto se formalice el trámite de inscripción definitiva se tomará como domicilio legal el denunciado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el momento de la adquisición del presente Pliego. Ante todo cambio de domicilio deberá quedar establecido en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. Toda notificación al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá realizarse exclusivamente en Avda. Xxxxxxxxxxxxx 000 - 0x xxxx, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA, respecto de las notificaciones Judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito en calle Uruguay 458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N° 77/PG/06 (B.O.C.B.A. N° 2.430).
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8. JURISDICCION
La participación en la presente Licitación implica por parte del oferente la renuncia a todo fuero o jurisdicción que correspondiere para atender cuestiones que susciten la presente Licitación, Adjudicación, Ejecución y Finalización del contrato, sometiéndose única y expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Contenciosos, Administrativos y Tributarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Art. 07 Pliego de Cláusulas Generales).
9. PUESTA A DISPOSICIÓN Y GRATUIDAD DE LOS PLIEGOS
Los Pliegos de Bases y Condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
El presente Pliego es gratuito.
10. DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL-ORDEN PRELACIÓN
Los siguientes documentos constituyen los documentos de la Contratación y prevalecerán en el siguiente orden:
a) La Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y la Ley N° 6.379.
b) Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21 de la ley citada o la norma que en el futuro lo reemplace.
c) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
d) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Circulares Aclaratorias con o sin consulta y su Anexo I “Terminología y Definiciones”.
e) El Pliego de Especificaciones Técnicas, las Circulares Aclaratorias con o sin consulta.
f) La Oferta y los documentos aclaratorios tomados en cuenta para la Adjudicación.
g) La Adjudicación.
h) La ORDEN DE COMPRA.
11. DE LOS OFERENTES
11.1 CONDICIONES PARA SER OFERENTE
Para concurrir como oferentes a la presente Licitación, deberán reunirse los siguientes requisitos:
• Las personas jurídicas con capacidad para obligarse (incluyendo U.T.), que no se encuentren comprendidas en el artículo 89 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado Ley N° 6.347). Sociedades regularmente constituidas por alguna de las modalidades previstas y habilitadas por la Legislación vigente en la materia.
• Sociedades que no hubieren sido penalizadas con la anulación o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, con siete (7) o más penalidades en el último año, como así también, las sociedades cuya sumatoria de los montos de las penalidades impuestas
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en los dos (2) últimos años no supere el diez por ciento (10%) de la oferta a presentar. Las mismas en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u organismo público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
• Cumplir con los requisitos previstos para la presentación de la oferta.
• Los oferentes deberán estar inscriptos en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores) o haber iniciado el trámite.
PARA EL CASO QUE SE PRESENTEN EN U.T. (Unión Transitoria): Se ajustarán estrictamente a lo dispuesto por los Arts. 1463 a 1469 las U.T. (Uniones Transitorias), del Código Civil y Comercial de la Nación. Se deja constancia que el objeto de la U.T deberá versar sobre el objeto de la presente licitación. Además de lo detallado en los ítems anteriores, deberán: Al menos uno de los integrantes de la U.T. deberá acreditar mediante documentación fehaciente, el acabado cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente artículo, en el Pliego de Especificaciones Técnicas y circulares si las hubiere. Será rechazada sin más, aquella oferta en la que se presente una U.T. en la que alguno de sus integrantes no cumpla con los requisitos exigidos para la presente contratación. Las ofertas deberán contener, además de la documentación requerida para las personas jurídicas y/o empresas unipersonales anteriormente mencionadas, los documentos de compromiso de constitución de la U.T., en los que deberán constar: a. El compromiso de mantener la vigencia de la U.T., hasta que se hayan cumplido todas las obligaciones emergentes del Contrato. b. El compromiso de mantener la composición de la U.T. durante el plazo mencionado en el inciso anterior, así como también de no introducir modificaciones en los estatutos de las empresas integrantes que importen una alteración de la responsabilidad, sin la previa aprobación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. c. Designación de un representante legal que faculte a la persona designada para obligar a la U.T. Asimismo, la U.T. deberá cumplir las siguientes condiciones: * Responsabilidad solidaria e ilimitada de sus integrantes por todas las obligaciones emergentes del compromiso, sin beneficio de división ni excusión. * Cantidad y naturaleza de los aportes que cada integrante comprometa. * Fijar domicilio único. d. Copia certificada de los documentos por los que se confieran los poderes y por los que se constituya la U.T., de los que deberá resultar que los otorgantes o firmantes lo hicieron legalmente, en ejercicio de las atribuciones que les corresponden como autoridades de cada una de las empresas en funciones, en el momento del acto respectivo. Las empresas integrantes de la U.T. serán solidaria e ilimitadamente responsables, en caso de adjudicación, por el cumplimiento del Contrato y de las obligaciones emergentes por este generadas. Los componentes de la U.T. deberán estar preinscriptos individualmente en el RIUPP, al momento de la presentación de la oferta. En ningún caso un oferente podrá presentarse en forma individual y como parte integrante de una U.T. Para el caso que la U.T. esté integrada por personas jurídicas, cada una de ellas deberá presentar acta del órgano social correspondiente de la cual surja la decisión de presentarse a esta licitación pública en Unión Transitoria. U.T. EN FORMACIÓN: En caso de que la U.T. no se encuentre constituida, podrá presentar oferta sin encontrarse inscripta como tal, acompañando en la misma un Compromiso de constitución con firmas certificadas por Escribano Público o Xxxx xx Xxx, mediante el cual los proveedores que la integran se comprometen
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a constituirse como U.T. –en caso de resultar adjudicatarios- en el plazo perentorio de treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha de notificación de la pre-adjudicación.
11.2 IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES
No podrán concurrir como oferentes a la presente licitación:
a) Las personas jurídicas e individualmente sus socios o miembros del directorio, según el caso, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la Ley 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347), mientras dichas sanciones sigan vigentes.
b) Las personas humanas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la Ley 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347), mientras dichas sanciones sigan vigentes.
c) Los cónyuges de los sancionados.
d) Los agentes y funcionarios del sector público de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública N° 25.188, o la norma que en el futuro la reemplace.
e) Las personas humanas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario.
f) Los inhibidos.
g) Las personas que se encuentran procesadas por delitos contra la propiedad, contra la Administración Pública o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción.
h) Los evasores y deudores morosos tributarios de orden nacional o local, previsionales, alimentarios, declarados tales por autoridad competente.
i) Las personas humanas o jurídicas, e individualmente, sus socios o miembros del directorio, que hayan sido sancionadas por incumplimiento a las previsiones de los artículos 1.3.11 bis y
3.1.14 al Libro II “De las faltas en particular“, Sección 3°, Capítulo “Prohibiciones en Publicidad“ del Anexo I de la Ley 451 Régimen xx Xxxxxx de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. (Texto Inciso incorporado por Ley 4486).
j) Las personas humanas o jurídicas que participen en más de una oferta dentro de una misma contratación, ya sea por sí solas o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica, en las condiciones que determine la reglamentación.
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12. DE LAS GARANTIAS
12.1 GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Las ofertas serán acompañadas mediante la constitución de una garantía a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, igual a la que resulte del cinco por ciento (5%) del total de la oferta, de conformidad con lo prescripto en el art. 17.1 inciso a) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, concordante con el art. 92 de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.
La constitución de esta garantía podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el art.
17.2 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, art. 93 y concordantes de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21, será devuelta de conformidad a lo establecido en el art. 17.3 apartado i) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, concordante con el art. 106 de la Ley 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.
La garantía deberá constituirse bajo la modalidad establecida en la normativa citada en el párrafo que antecede, y que el OFERENTE declara conocer y aceptar.
Al momento de elaborar sus propuestas, el oferente deberá identificar e individualizar la garantía de mantenimiento de la oferta conforme lo establezca el correspondiente formulario electrónico.
Asimismo, deberá adjuntar la garantía al formulario electrónico y entregarla vía mail a la dirección de correo electrónico oficial del GCABA a confirmar (conforme los requerimientos exigidos según la cláusula 13.1 d) del presente Pliego), dentro del plazo de VEINTICUATRO (24) horas del Acto de Apertura de Ofertas, bajo apercibimiento de descarte de la oferta, de acuerdo a lo establecido en el artículo 17.1 Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Dicho plazo se computa en horas desde la hora fijada para la Apertura de ofertas, venciendo exactamente a la misma hora del día hábil siguiente.
No obstante, el Oferente deberá presentar la presente garantía en formato papel cuando así lo requiera el GCBA.
12.2 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Será xxx XXXX POR CIENTO (10%) del valor total de la adjudicación (Art. 17.1 inciso b) Pliego de Cláusulas Generales). Dicha garantía deberá constituirse bajo una de las modalidades previstas a tal fin en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, Art. 93 y concordantes de la Ley N°
2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.
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La misma será devuelta al ADJUDICATARIO dentro de los DIEZ (10) días de finalizado el Contrato, a entera satisfacción del GCABA (Art. 17.3 apartado ii) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales), en caso de fiel cumplimiento en tiempo y forma de cada una de las obligaciones resultantes de esta Contratación y del Contrato.
Se deja expresa constancia que el Adjudicatario deberá ingresar la garantía de cumplimiento de contrato al Sistema BAC y entregarla vía mail a la dirección de correo electrónico oficial del GCABA a confirmar.
No obstante, el Adjudicatario deberá presentar la garantía en formato papel cuando así lo requiera el GCBA.
12.3 EJECUCIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
La ASI tendrá derecho a ejecutar la Garantía de Adjudicación, no sólo en el caso de resolverse el contrato por culpa del ADJUDICATARIO o cuando la liquidación final de los trabajos resulte en saldo deudor de aquél, sino también en el caso de ser afectado a la reposición de equipos, reparación o reconstrucción de trabajos y/o instalaciones que tuvieren vicios o defectos. Hecha efectiva la garantía que aquí se trata, su importe podrá aplicarse al pago de cualquier crédito que la ASI tenga con el ADJUDICATARIO.
La garantía de adjudicación será devuelta una vez cumplido el contrato a entera satisfacción del organismo contratante, salvo que esté afectado por una garantía técnica.
12.4 MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Los OFERENTES deberán mantener y garantizar los términos de su Oferta por un período de VEINTE (20) días a contar desde la fecha del acto de apertura, prorrogables automáticamente por un lapso igual a la inicial, salvo que el OFERENTE manifieste en forma fehaciente su voluntad de no renovar la Garantía de Mantenimiento de Oferta con DIEZ (10) días de antelación al vencimiento del plazo (conforme Art. 95 punto 5) del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.
12.5 GARANTÍA DE IMPUGNACION A LA PREADJUDICACION
El cinco por ciento (5%) del monto de la oferta del renglón o los renglones impugnados, a criterio del Organismo Licitante. Si el dictamen de evaluación para el renglón o renglones que se impugnen no aconsejare la adjudicación a ninguna oferta, el importe de la garantía de impugnación se calculará sobre la base del monto de la oferta del renglón o renglones del impugnante.
Las impugnaciones deberán realizarse a través del Portal BAC, y deberán remitirse vía mail a la dirección de correo electrónico oficial del GCABA a confirmar, dentro del plazo fijado en el artículo
15.2 del presente, adjuntando a la misma, la fotocopia de la boleta de depósito antes mencionada y
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exhibiendo el original extendido por la sucursal actuante; caso contrario no será considerada como impugnación.
No obstante, el Oferente deberá presentar la impugnación en formato papel si así lo requiere el GCABA en la sede de la Unidad Operativa de Adquisiciones sita en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx 000, xxxx 0.
13. DE LAS OFERTAS
13.1 CONTENIDO DE LA OFERTA
Las ofertas deben efectuarse a través de los formularios electrónicos disponibles en BAC, cumpliendo todos los requerimientos exigidos en los pliegos de Bases y Condiciones y adjuntando todos y cada uno de los documentos solicitados en ellos en soporte electrónico.
NO SERAN ACEPTADAS OFERTAS EN FORMATO PAPEL
Art. 76 Anexo I- DECRETO REGLAMENTARIO Nº 74/GCABA/21
Se recomienda ingresar y confirmar la oferta en BAC con al menos 24 hs de anticipación respecto de la fecha y hora de apertura, de modo tal que el oferente cuente con tiempo suficiente para resolver cualquier inconveniente técnico que pueda presentar el sistema.
Ante un eventual problema técnico durante la carga de la oferta, deberá comunicarse con la mesa de ayuda BAC por teléfono al número 0000-0000 al 4810 opción 8 o por correo electrónico a la dirección: xxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx
Asimismo, se deberá presentar:
a) Declaración sobre inhabilidades e incompatibilidades: Los oferentes deberán presentarla declaración de inhabilidades xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, donde conste que el/los oferente/s y sus directivos no están alcanzados por las inhabilidades e incompatibilidades (Anexo I).
b) Declaración Jurada de Propuesta Competitiva (Anexo II).
c) Declaración Jurada donde el oferente declara conocer y aceptar todos y cada uno de los aspectos y condiciones establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Condiciones Particulares, y sus Anexos, Pliego de Especificaciones Técnicas y sus Anexos, Circulares y todos aquellos documentos que integran la presente contratación (Anexo III del presente pliego).
d) El oferente deberá presentar la Declaración Jurada de Intereses Persona Jurídica (Anexo IV).
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e) Garantía de mantenimiento de oferta: dadas las circunstancias de público conocimiento, se deberá adjuntar únicamente en formato digital por la página Buenos Aires Compras (BAC), o en cuyo caso por correo electrónico oficial del GCABA a confirmar. Se aclara que al adjuntar la póliza digital se deberá brindar el link para corroborar dicha certificación.
f) Oferta Técnica, respondiendo punto a punto a lo solicitado en el pliego de especificaciones técnicas. Se podrán adjuntar hojas de datos de los productos solicitados.
g) Oferta Económica.
h) Todos los oferentes deberán presentar documentación que avale poseer el máximo nivel de certificación ofrecido por el fabricante (CISCO) e indicar el nivel de certificación de su plantel, garantizando que los servicios solicitados serán brindados por personal especializado correspondiente a su propio plantel, o en su defecto por personal especializado de la empresa fabricante de los productos ofrecidos.
Para que las ofertas sean consideradas válidas, los oferentes deberán estar inscriptos en el RIUPP - Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores - (Estado Registral: Inscripto) o haber iniciado el trámite (Estado Registral: Pre-Inscripto).
13.2 FORMA DE COTIZAR
La adjudicación se hará a la oferta más conveniente para la Agencia de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Los OFERENTES deberán cotizar los renglones solicitados indicando Precio Unitario y Precio Total, en números, letras y en DOLARES ESTADOUNIDENDES (USD).
A su vez, no deberá discriminarse en el precio cotizado el importe correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Renglón | Cantidad | Descripción | Precio Unitario | Precio Total |
1 | 1 | Servicio de Mantenimiento por 12 (doce) meses de Routers de Acceso a la Red MAN del GCABA según listado del anexo a |
13.3 ALCANCE DE LAS OFERTAS Y CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DEL PRESENTE LLAMADO
Todas las OFERTAS deberán contener sin excepción la totalidad de los servicios de la contratación, bajo la modalidad descripta en el presente PLIEGO. Bajo ningún concepto serán admitidas OFERTAS parciales. No serán admitidas OFERTAS que se aparten de los términos y condiciones de
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los PLIEGOS. No se admitirán OFERTAS alternativas a las modalidades descriptas en Pliego Técnico.
Tampoco serán admitidas propuestas que impongan condiciones o se aparten de lo especificado en este PLIEGO.
13.4 FALSEAMIENTO DE DATOS
El falseamiento de datos dará lugar a la inmediata exclusión del oferente, sin lugar a la devolución de la garantía que sobre ella se hubiere constituido. Si la falsedad sobre la información o antecedentes determinantes para la adjudicación fuere advertida con posterioridad a la contratación, podrá ser causal de rescisión por culpa del contratista, con pérdida de la garantía de adjudicación del contrato, y sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieren corresponder.
13.5 CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES
La presentación de la oferta importa de parte del oferente, el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el procedimiento de selección, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, como así también de las circulares con y sin consulta que se hubieren emitido, sin que pueda alegar en adelante su desconocimiento.
La presentación de las OFERTAS no crea derecho alguno para los OFERENTES, ni obligaciones para el GCABA.
13.6 VISTA DE LAS PRESENTACIONES
El derecho a vistas con relación a las ofertas presentadas y admitidas en esta Licitación se regirá por la normativa contenida en el Decreto 1510/97 (Texto Consolidado por Ley N° 6.347) de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
14. REGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS Y PERSONAL
El ADJUDICATARIO afectará la cantidad de personal que considere necesaria para llevar a cabo en forma eficiente las tareas que se solicitan a través de esta contratación.
El personal afectado a estas tareas estará bajo exclusivo cargo del ADJUDICATARIO, corriendo por su cuenta salarios, seguros, leyes sociales y previsionales y cualquier otra erogación sin excepción, no teniendo en ningún caso el mismo, relación de dependencia con esta ASI ni con el GCABA. Consecuentemente el GCABA estará desligado de todo conflicto o litigio que eventualmente se generare por cuestiones de índole laboral, previsional o impositiva.
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Todo el personal que el ADJUDICATARIO asigne a los trabajos inherentes a la presente contratación deberá poseer credencial identificadora de la empresa adjudicataria y contar con los correspondientes permisos de acceso, obras y otros que correspondieren.
Todos los trabajos deberán realizarse bajo estrictas normas de seguridad e higiene, las cuales podrán ser supervisadas por la ASI.
El ADJUDICATARIO será exclusivamente responsable por todos los daños y perjuicios que se pudieren ocasionar con motivo de la ejecución de las tareas encomendadas en la presente contratación.
15. SEGUROS
a) Generalidades
El adjudicatario deberá contratar los seguros que se detallan en el presente artículo y acreditar la constitución de los mismos y su vigencia durante todo el periodo contractual, mediante la presentación de copias de sus respectivas pólizas y comprobantes de pago del premio, excepto para el supuesto de la cobertura de daño ambiental, la cual se acreditará mediante presentación del original en la Gerencia Operativa Asuntos Legales de Seguros (DGCyC). La contratación de los seguros que aquí se refiere es independiente de aquellos otros que le sean legalmente exigibles al adjudicatario por su actividad a fin de brindar cobertura a los posibles daños que afecten a terceros, como consecuencia de otras cuestiones atinentes a su actividad. El adjudicatario deberá mantener actualizadas todas las pólizas de los seguros exigidos con antelación no menor a cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas, que deberán tener vigencia hasta la efectiva finalización de los trabajos encomendados conforme el contrato y/o contratos celebrados, incluidas las posibles prórrogas. Si durante la prestación de la ejecución contractual se produjera el vencimiento de las pólizas, el adjudicatario estará obligado a constituir nuevos seguros hasta la finalización efectiva de la relación Contractual, con una antelación no menos de cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas. El adjudicatario será el único responsable de los perjuicios que ocasionare la inobservancia de los seguros exigidos en el presente Xxxxxx, en las formas y con la vigencia estipulada, quedando el GCABA exento de toda responsabilidad respecto de cualquier siniestro que se produjera en este caso. Queda entendido que, sin perjuicio de su responsabilidad general por los siniestros que pudieran ocurrir durante los trabajos contratados, el Contratista asume el importe de las franquicias obligatorias impuestas por las Compañías Aseguradoras.
b) De las compañías aseguradoras
Las coberturas de seguros deberán ser contratados en una empresa aseguradora habilitada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires y que al menos cuente con un Patrimonio Neto superior a los $ 500.000.000 (pesos quinientos millones), de acuerdo al último balance anual presentado ante la citada Superintendencia y publicado por la misma.
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Deberá acreditar también una calificación establecida por una calificadora de Riesgo autorizada a operar en la República Argentina. Lo dicho anteriormente y enumerado en materia de patrimonio no será requerido en los supuestos de coberturas xxx xxxx Riesgos del Trabajo, Daño Ambiental de Incidencia Colectiva y/ó Caución (Garantías de cumplimiento).
c) De los seguros en particular
1) Laborales:
Los exigidos por las leyes laborales vigentes para proteger al personal en relación de dependencia, mediante seguro suscripto con una Aseguradora de Riesgo del Trabajo (ART) autorizada para brindar ese tipo de cobertura, incluyendo específicamente las contingencias derivadas de los accidentes de trabajo, de muerte, invalidez total o parcial. Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes del presente Pliego, xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas, y del Contrato.
Seguro de Riesgos del Trabajo
En el supuesto de la cobertura de riesgos de trabajo, para trabajadores en relación de dependencia: Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto:
“Por la presente, la A.R.T, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires., sus funcionarios y/o empleados, sea con fundamento en el art. 39 ap. 5 de la Ley 24.557 y modificatorias, o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar al personal dependiente o ex dependiente del adjudicatario, amparados por la cobertura del contrato de afiliación N° XXXX, por accidentes del trabajo o enfermedades profesionales, ocurridos o contraídas por el hecho o en ocasión de trabajo.”
2) Seguro de Accidentes Personales (En caso de corresponder):
En el supuesto de la cobertura de Seguro de Accidentes Personales, para quienes prestan servicios bajo las distintas modalidades de contratación y no revistan relación de dependencia con el adjudicatario. Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto: “Por la presente, la “Aseguradora”, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires., sus funcionarios y/ó empleados, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar a los prestadores de servicios que haya contratado el adjudicatario, amparados por la póliza N° XXXX y por accidentes ocurridos por el hecho o en ocasión de trabajo.” Las condiciones de cobertura mínimas serán las siguientes: La aseguradora se obligará a indemnizar a los asegurados, ante el fallecimiento accidental e invalidez total y/o parcial permanente derivados de accidentes acaecidos, como así también en concepto de las erogaciones en que se incurran por asistencia médica y/o farmacéutica según topes indemnizatorios determinados en póliza Alcance de las coberturas: Jornada de servicio incluyendo cobertura in-itinere.
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Sumas a Asegurar (Monto Mínimo):
Muerte: Pesos Un millón quinientos mil ($ 1.500.000) Invalidez Total y/o parcial permanente por accidente: Pesos Un millón quinientos mil ($ 1.500.000) Asistencia Médico Farmacéutica (AMF): Pesos Sesenta mil ($ 60.000).
3) Seguro de Responsabilidad Civil:
El adjudicatario debe asegurar, bajo póliza de responsabilidad civil, los daños que como consecuencia de tareas inherentes a la actividad que puedan ocasionar a personas, bienes o cosas de propiedad del GCABA o de terceros. Será responsabilidad total del adjudicatario todo accidente, daño, robo y/o perjuicio a personas o cosas, a causa de hechos directos o derivados de los trabajos a su cargo.
Suma Asegurada Mínima:
La misma será por un monto mínimo de $ 500.000 (Pesos quinientos mil). Se detallan de manera enunciativa y no taxativa las coberturas adicionales a incluirse de corresponder en cada caso:
A) Responsabilidad Civil emergente de escapes de gas, incendio, rayo y/o explosión, descargas eléctricas.
B) Caída de Objetos, carteles y/o letreros.
C) Carga y descarga de bienes
D) Daños por hechos maliciosos, tumulto popular.
E) Montaje y desmontaje de estructuras (de corresponder).
F) Bienes bajo custodia, cuidado y control (de corresponder).
G) Grúas, Guinches, autoelevadores (de corresponder).
El contrato deberá contener un endoso en carácter de co-asegurado sin restricción de ninguna especie o naturaleza a favor del GCABA. Los empleados del GCABA deberán ser considerados terceros en póliza.
16. DOTACIÓN DEL PERSONAL
Todo el personal afectado a estos servicios estará bajo exclusivo cargo del adjudicatario, corriendo por su cuenta salarios, seguros, leyes sociales y previsionales y cualquier otra erogación sin excepción, no teniendo en ningún caso el mismo, relación de dependencia con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por otra parte queda entendido que este Gobierno no asumirá responsabilidad alguna y estará desligado de todo conflicto o litigio que eventualmente se genere por cuestiones de índole laboral entre el adjudicatario y el personal que éste ocupara para prestar los servicios que se le han contratado.
17. COMPORTAMIENTO, CONFIDENCIALIDAD
Toda la información proporcionada para la ejecución de las tareas que son encomendadas, es propiedad exclusiva del GCABA. La información, ideas, conceptos, práctica y/o técnicas a cuyo
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conocimiento el ADJUDICATARIO acceda y/o se generen con motivo del presente trabajo, forman parte xxx xxxxxxx comercial propiedad del GCABA, por lo que se compromete a:
• Mantener absoluta reserva de las mismas.
• Custodiarlas apropiadamente.
• No divulgarlas, ni transmitirlas a terceros no autorizados.
• No explotarlas ni utilizarlas en beneficio propio y/o de terceros, salvo consentimiento previo y por escrito otorgado por el GCABA.
• En caso de que las tareas sean efectuadas por personal perteneciente al ADJUDICATARIO, este se compromete (con anterioridad al inicio de su trabajo) a poner en su conocimiento las presentes condiciones, asumiendo la empresa la responsabilidad por su cumplimiento de las mismas por su personal.
• En caso de que el ADJUDICATARIO decida subcontratar a terceros (con previo consentimiento de GCABA) para efectuar total o parcialmente su trabajo, se compromete (con anterioridad al inicio del mismo) a poner en su conocimiento las presentes condiciones, y de obligaciones previstas en los pliegos licitarios para el contratista de la Administración, asumiendo la empresa la responsabilidad por el cumplimiento de las mismas por parte de los terceros subcontratados.
El presente compromiso es irrevocable y seguirá siendo válido aún después de finalizada la relación con GCABA.
18. DE LA EVALUACIÓN
18.1 DEL EXAMEN DE LAS OFERTAS
La Comisión de Evaluación de Ofertas, evaluará el adecuado cumplimiento de las propuestas recibidas de lo exigido en este PLIEGO, xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales y xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas, desde los puntos de vista técnico, económico, financiero y de la idoneidad del oferente, para determinar la OFERTA más conveniente para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
18.2 CONSIDERACIONES GENERALES
La Comisión de Evaluación de Ofertas examinará las ofertas que resulten elegibles desde el punto de vista formal, y luego examinará que los términos y condiciones establecidos en las Especificaciones Técnicas hayan sido aceptados por el OFERENTE sin desviaciones o reservas significativas.
La ASI deberá evaluar los aspectos técnicos de las OFERTAS, presentadas de acuerdo a lo especificado por el presente PLIEGO, para confirmar que cumple con todos los requisitos establecidos por el mismo.
En ese sentido se aclara que serán rechazadas las ofertas que contuvieran condicionamientos por los cuales se afecten los derechos de la ASI respecto de los bienes o servicios que adquiere o
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contrata, o se limiten las obligaciones del oferente o ADJUDICATARIO y que expresamente estén contenidas en este pliego.
Serán rechazadas las OFERTAS que contuvieran alguna discrepancia entre las Especificaciones Técnicas y los bienes y/o servicios ofertados, en la medida que ellas afecten la calidad, y/o la funcionalidad principal de los bienes, y/o el alcance de los servicios requeridos.
18.3 INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.
18.4 RECHAZO
La ASI se reserva el derecho de rechazar la totalidad de las Ofertas presentadas con anterioridad al perfeccionamiento del contrato, sin que ello pueda generar reclamo alguno de los OFERENTES.
19. DE LA PREADJUDICACIÓN Y ADJUDICACIÓN
19.1 PREADJUDICACIÓN
La Comisión de Evaluación expedirá un dictamen fundado y verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos en esta Contratación.
Sólo será pre adjudicado el oferente cuya oferta resulte la más conveniente para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en virtud de la calidad del servicio, la idoneidad técnica del oferente y condiciones ofertadas.
No serán rechazadas las ofertas que contengan defectos de forma que no afecten la esencia de las mismas ni impidan su exacta comparación con las demás ofertas.
El anuncio de las pre adjudicaciones será conforme lo estipulado en el Art. 19 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
19.2 IMPUGNACIÓN
De conformidad con lo previsto en el Art. Nº 20 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, los OFERENTES tendrán un plazo de TRES (3) DÍAS para formular impugnaciones, de su publicación a través del portal Buenos Aires Compras (BAC).
Dado este supuesto, se resolverá conforme lo dispuesto en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en su Art. 20 inc. b), dando de esa manera intervención al Órgano Legal de Consulta.
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19.3 ADMISIBILIDAD DE LAS IMPUGNACIONES A LA PREADJUDICACION
Previo a la resolución de las impugnaciones, debe contarse con el dictamen jurídico de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires y deberá darse intervención a ésta en forma previa a la resolución de la adjudicación, conforme a lo establecido en el artículo 11 de la Ley Nº
1.218 (Texto Consolidado por Ley N° 6.347).
Las impugnaciones deberán realizarse a través del Portal BAC, y deberán ser presentadas en la sede de la Unidad Operativa de Adquisiciones sita en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx 000, xxxx 0, dentro del plazo fijado en el artículo 19.2 del presente, adjuntando a la misma, la fotocopia de la boleta de depósito antes mencionada y exhibiendo el original extendido por la sucursal actuante; caso contrario no será considerada como impugnación.
19.4 ADJUDICACIÓN
La Autoridad Competente de acuerdo a lo previsto en el Artículo 76 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21, dictará el acto administrativo de adjudicación, el que una vez suscripto, será notificado fehacientemente a través de BAC al adjudicatario y al resto de los oferentes. A su vez, deberá establecerse la publicación de la adjudicación en el Portal BAC, en el sitio oficial de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el plazo de un (1) día conforme art. 103 de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347).
19.5 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la recepción en Buenos Aires Compras (BAC) de la Orden de Compra al adjudicatario en un plazo no mayor a tres (3) días a partir de la notificación. Caso contrario quedará perfeccionado en forma automática, según lo estipulado en el Art. 24 del PCG.
20. DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
En la ejecución del contrato, el ADJUDICATARIO deberá ajustarse estrictamente a los términos y condiciones que se establezcan en el presente PLIEGO y a las instrucciones que por ORDEN DE SERVICIO imparta la ASI, obligándose -entre otras acciones- a:
• Utilizar todos los medios comprometidos, pudiendo incorporar, previa aprobación de la ASI, los medios, sistemas, y métodos que aconseje la evolución tecnológica y/o características operativas, y que contribuyan a mejorar la calidad técnica de los trabajos.
• Observar las disposiciones legales relativas a la Higiene y Seguridad en el Trabajo y las disposiciones de carácter laboral y previsional.
• Producir dentro de las VEINTICUATRO (24) HORAS de requerida, cualquier información relativa al servicio que la ASI solicite, como así también informar inmediatamente de conocido cualquier hecho o circunstancia que pudiera incidir en la normal prestación de los servicios.
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• Mantener la continuidad y regularidad de los servicios según el presente PLIEGO y la Propuesta Técnica presentada.
• Facilitar las inspecciones de cualquier tipo que disponga efectuar la ASI, en aquellas instalaciones afectadas a la prestación de los servicios.
• Responder en forma exclusiva, por cualquier daño que pudiere ocasionarse con motivo de la prestación o falencia de la prestación de los servicios.
• Conservar en óptimas condiciones de operabilidad el equipamiento comprometido en el presente llamado.
• Mantener en perfectas condiciones los sistemas de resguardo de la información, comunicación y hardware necesarios para la buena operatividad de los equipos instalados durante toda la duración del correspondiente Contrato y sus ampliaciones si las hubiere.
21. INICIO Y DURACION DE LA CONTRATACION
El plazo de inicio de los servicios objeto de la contratación será dentro de los 7 (siete) días a partir del perfeccionamiento de la Orden de Compra (Documento Contractual) y tendrá un plazo de duración contractual de 12 meses.
22. FORMA DE PAGO
Por establecerse un procedimiento de selección con cotización en moneda extranjera, la ASI realizará el pago de la prestación emitiendo el PRD en PESOS (moneda de curso legal en la República Argentina) al tipo de cambio divisa vendedor, vigente en el Banco de la Nación Argentina al cierre del día anterior a la autorización del Devengado, conforme así lo expresa el Art. 31 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
El pago será efectuado neto de los eventuales descuentos aplicados, de acuerdo a las disposiciones contenidas en los Artículos 26, 27, 28, 29, 30 y 31 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
23. DEL INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El incumplimiento en término de las obligaciones del contrato coloca al ADJUDICATARIO en estado xx xxxx automática y, por lo tanto, sujeto a la aplicación de las sanciones establecidas en la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/2.
Se deja constancia que en caso de que se hubiera constatado un incumplimiento por parte del adjudicatario durante la ejecución del contrato, igualmente le será aplicada la penalidad y/o la sanción que pudiere corresponderle aun cuando el contrato se encontrara rescindido y/o
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ejecutado en su totalidad al tiempo en que se formalice el correspondiente acto administrativo que decide la aplicación de la penalidad y/o sanción.
24 .PROHIBICIÓN DE TRANSFERENCIA DEL CONTRATO
El CONTRATO no podrá ser transferido o cedido por el ADJUDICATARIO a terceros sin previa autorización expresa del GCABA, previo dictamen de la Procuración General de la Ciudad. En este sentido, conforme a lo establecido en el Art. N° 125 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 6.347): Cuando el co-contratante transfiriera o cediera todo o parte del contrato sin que ello fuere autorizado previamente por la entidad contratante, ésta debe rescindir unilateralmente el contrato por culpa del co-contratante, con pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato. Además, el contratista será pasible de los daños y perjuicios que su incumplimiento le cause a la Administración. En todos los casos el cedente continuará obligado solidariamente con el ADJUDICATARIO (cesionario) por las obligaciones y responsabilidades emergentes del CONTRATO. La transferencia autorizada del CONTRATO deberá ser publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y exhibida en los mismos medios y plazos que la ADJUDICACIÓN.
25. RESCISIÓN
Serán causales de rescisión del contrato las previstas en el artículo 121 y subsiguientes de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.
26. EXTINCIÓN DEL CONTRATO
La relación contractual quedará extinguida por:
a) Expiración del plazo contractual, conforme a lo previsto en este Pliego.
b) Mutuo acuerdo.
c) Quiebra y liquidación sin quiebra del Proveedor.
d) Concurso preventivo del contratista, excepto que conserve la administración de sus bienes mediante autorización judicial y en tanto no medie decisión judicial que le impida formular ofertas.
e) Rescisión por culpa del cocontratante - rechazo de la orden de compra. (Según artículo 121 Ley N° 2095 Texto Consolidado por Ley 6.347 y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21).
f) Rescisión por culpa del cocontratante - incumplimiento del contrato. (Según artículo 122 Ley 2095 Texto Consolidado por Ley N° 6.347 y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21).
g) Rescisión por culpa del cocontratante - prestaciones de carácter especial. (Según artículo 123 Ley N° 2095 Texto Consolidado por Ley N° 6.347 y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21).
h) Rescisión por culpa del cocontratante - fraude o negligencia. (Según artículo 124 Ley N° 2095 Texto Consolidado por Ley N° 6.347 y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21).
i) Rescisión por culpa del cocontratante - transferencia o cesión del contrato. (Según artículo 125 Ley N° 2095 Texto Consolidado por Ley N° 6.347 y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21).
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j) Rescisión total o parcial. (Según artículo 126 Ley N° 2095 Texto Consolidado por Ley 6.347 y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21).
k) Pérdida de garantía de cumplimiento del contrato - integración de la garantía. (Según artículo
118 Ley N° 2095 Texto Consolidado por Ley N° 6.347 y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21).
l) Las modificaciones en las prestaciones o términos de las mismas, sin previa conformidad del GCABA.
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ANEXO I
DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DECLARACIÓN JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR
El que suscribe, (Nombre y Apellido Representante Legal o Apoderado)
…………………………………………………………………………..con poder suficiente para este acto, DECLARA BAJO JURAMENTO, que (Nombre y Apellido o Razón Social)…………………………………………………………………………………………, CUIT N°..-……….-.., esta habilitada/o para contratar con la ADMINISTRACION DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en razón de cumplir con los requisitos del artículo 88 de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 6.347) “Ley de compras y contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, y que no está incursa en ninguna de las causales de inhabilidad establecidas en los incisos a) a j) del artículo 89 del citado plexo normativo.
Ley N° 2.095 “Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” y su Decreto Reglamentario.
Artículo 88.- Personas habilitadas para contratar - Pueden contratar con el sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las personas físicas o jurídicas con capacidad para obligarse, que no se encuentren comprendidas en el artículo 89 y que se encuentren inscriptas en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores.
Reglamentación: A los fines de lo dispuesto en este artículo se entiende que el oferente deberá haber iniciado el trámite de inscripción en el RIUPP al momento de la apertura de la oferta. Asimismo, es condición para la preadjudicación y adjudicación que el oferente se encuentre inscripto en el RIUPP y con la documentación respaldatoria actualizada. Cuando se tratare de licitaciones o concursos de etapa múltiple, el oferente debe estar inscripto en forma previa a la preselección y a la adjudicación.
Artículo 89.- Personas no habilitadas – Las personas que deseen presentarse en procedimientos de selección en el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben presentar conjuntamente con la oferta una declaración jurada en la que conste expresamente que no se encuentran incursas en ninguna de las inhabilitaciones previstas por la ley. Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, la Comisión de Evaluación de Ofertas podrá verificar la veracidad de los datos volcados en la declaración jurada en cualquier etapa del procedimiento.
La falsedad de los datos implicará la pérdida de las garantías y la suspensión del oferente por el plazo máximo previsto en la ley. Si la falsedad fuera detectada durante el plazo de cumplimiento del contrato hará pasible al adjudicatario de la aplicación de la sanción prevista en el artículo 124, 2° párrafo de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 6.347).
El Órgano Rector determina el tratamiento que se da para el caso en que se constate la violación al
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inciso h) de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 6.347).
No pueden presentarse en los procedimientos de selección del sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:
a) Las personas jurídicas e individualmente sus socios o miembros del directorio, según el caso, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la presente, mientras dichas sanciones sigan vigentes. Sin reglamentar.
b) Las personas físicas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la presente, mientras dichas sanciones sigan vigentes. Sin reglamentar. IF-2021-07193279-GCABA-DGCYC Página 20 de 26 GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES “2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”. 21
c) Los cónyuges de los sancionados. Sin reglamentar.
d) Los agentes y funcionarios del sector público de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública N° 25.188, o la norma que en el futuro la reemplace. Sin reglamentar.
e) Las personas físicas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario. Sin reglamentar.
f) Los inhibidos. Sin reglamentar.
g) Las personas que se encuentran procesadas por delitos contra la propiedad, contra la Administración Pública o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción. Sin reglamentar.
h) Los evasores y deudores morosos tributarios de orden nacional o local, previsionales, alimentarios, declarados tales por autoridad competente. Sin reglamentar.
i) Las personas físicas o jurídicas, e individualmente, sus socios o miembros del directorio, que hayan sido sancionadas por incumplimiento a las previsiones de los artículos 1.3.11 bis y 3.1.14 al Libro II “De las faltas en particular“, Sección 3°, Capítulo “Prohibiciones en Publicidad” del Anexo I de la Ley Nº 451 # Régimen xx Xxxxxx de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. (Texto Inciso incorporado por Ley Nº 4.486). Sin reglamentar.
j) Las personas físicas o jurídicas que participen en más de una oferta dentro de una misma contratación, ya sea por sí solas o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica, en las condiciones que determine la reglamentación." Se desestiman todas aquellas ofertas en las que participe quien transgreda esta prohibición.
..........................................................................................
Firma Aclaración....................................................................
Carácter........................................................................
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Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
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ANEXO II
DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DECLARACIÓN JURADA DE PROPUESTA COMPETITIVA
El que suscribe, (Nombre y Apellido Representante Legal o Apoderado)
…………………………………………………………………………..con poder suficiente para este acto, DECLARA BAJO JURAMENTO, que la propuesta presentada por (Nombre y Apellido o Razón Social)…………………………………………………………………………………………, CUIT N°….-………………….-..., no ha sido concertada con potenciales competidores conforme lo establecido en la Ley N° 6.379. Ley N° 2.095 “Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. Artículo 15 Bis.- FOMENTO DE LA COMPETENCIA. El órgano rector aprobará una Declaración Jurada de Propuesta Competitiva que será exigible en los procesos licitatorios. La declaración establecerá que la oferta realizada no ha sido concertada con potenciales competidores. Advertida la falsedad en la declaración por la administración, el organismo contratante podrá rescindir el contrato con culpa del contratista e iniciar las acciones judiciales pertinentes por el daño ocasionado. Si la falsedad en la declaración fuese advertida con posterioridad al cumplimiento del contrato, procederán las sanciones previstas en el artículo 128 de la presente Ley. El organismo contratante deberá rechazar la propuesta u oferta, en cualquier estado del proceso de selección, cuando observase indicios que por su precisión y concordancia hicieran presumir que media simulación de competencia, concurrencia o hubiesen coordinado la propuesta a presentar. El organismo contratante debe informar dicha situación al órgano rector y la autoridad competente en la materia. Si mediara sanción impuesta por la Autoridad Nacional de la Competencia conforme la Ley Nacional N° 27.442 o la que en un futuro la reemplace por conducta anticompetitiva respecto del contrato, el organismo contratante podrá rescindir el contrato con culpa del contratista.
..........................................................................................
Firma Aclaración....................................................................
Carácter........................................................................
Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
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XXXXX XXX DECLARACION JURADA
Por la presente declaro bajo juramento conocer y aceptar todos y cada uno de los aspectos y condiciones establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Condiciones Particulares, y sus Anexos, Pliego de Especificaciones Técnicas y sus Anexos, Circulares y todos aquellos documentos que integran la presente contratación.
Nombre de la firma:
CUIT de la firma:
Firma y aclaración del apoderado:
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ANEXO IV
DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES PERSONA JURÍDICA
En , a los días del mes del año 2021
Dirección General de Ministerio de
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:
Por medio de la presente, , D.N.I. N°
, en mi carácter de Apoderado/Representante Legal de la
empresa (Razón Social), C.U.I.T. N°
, conforme lo acredito en la documentación correspondiente, declaro bajo juramento que la misma no se encuentra incursa en ninguna de las inhabilidades para contratar.
Vínculos a declarar
1) ¿Tiene vinculación directa o indirecta con alguno de los funcionarios del GCBA, con su cónyuge o alguno de sus familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad ? (Marque con una X donde corresponda)
SI | NO | ||
En caso de existir vinculaciones con más de un funcionario, o por más de un socio o accionista, se deberá repetir la información que a continuación se solicita por cada una de las vinculaciones a declarar. | La opción elegida en cuanto a la no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos. |
Vínculo
2) Persona con el vínculo
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(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
Persona jurídica (si el vínculo a declarar es directo de la persona jurídica declarante) | No se exige información adicional | |
Representante legal/Apoderados voluntarios | Detalle nombres apellidos y CUIT | |
Sociedad controlante | Detalle Razón Social y CUIT | |
Sociedades controladas | Detalle Razón Social y CUIT | |
Sociedades con interés directo en los resultados económicos o financieros de la Declarante | Detalle Razón Social y CUIT | |
Director | Xxxxxxx nombres apellidos y CUIT | |
Socio o accionista con participación en la formación de la voluntad social | Detalle nombres apellidos y CUIT | |
Accionista o socio con más del 5% del capital social de las sociedades sujetas a oferta pública | Detalle nombres apellidos y CUIT |
Información adicional
¿Con cuál de los siguientes funcionarios?
(Marque con una X donde corresponda)
Jefe de Gobierno | |
Vicejefe de Gobierno | |
Jefe de Gabinete de Ministros | |
Ministro | |
Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo |
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Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir |
(En caso de haber marcado Ministro, Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo o Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir complete los siguientes campos)
Nombres | |
Apellidos | |
CUIT | |
Cargo | |
Jurisdicción |
Tipo de vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
Sociedad o comunidad | Detalle Razón Social y CUIT. | |
Parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad | Detalle qué parentesco existe concretamente. | |
Pleito pendiente | Proporcione carátula, nº de expediente, fuero, jurisdicción, juzgado y secretaría intervinientes. | |
Ser deudor | Indicar motivo de deuda y monto. | |
Ser acreedor | Indicar motivo de acreencia y monto. | |
Haber recibido beneficios de importancia de parte del Funcionario | Indicar tipo de beneficio y monto estimado. |
Información adicional
La no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos.
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Firma y aclaración del declarante
Carácter en el que firma
Fecha
PLIEG-2021-18001475-GCABA-DGI3A2SINF
ANEXO V
TERMINOLOGÍA Y DEFINICIONES
A.1. El presente Xxxxxx queda complementado con las siguientes definiciones que a continuación se detallan:
a) Boletín Oficial: Diario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el cuál se publican las normas jurídicas para que puedan ser reputadas como obligatorias para los ciudadanos.
b) Contratación Pública Nacional: Es el procedimiento de selección instrumentado en el presente Pliego, mediante el cual se seleccionará la oferta más conveniente, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente, los costos asociados de uso y mantenimiento presentes y futuros y demás condiciones de la oferta.
c) UT: Unión Transitoria.
d) Oferente: Persona Jurídica ó UT que realiza una Oferta.
e) Oferta: Toda la documentación y demás información incorporada en la presentación.
f) Circular con consulta: Respuesta del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a todo pedido de aclaración.
g) Circular sin consulta: Aclaraciones de oficio que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pueda formular en el marco de la presente Contratación.
h) RIUPP: Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores.
Comisión de Evaluación: Es el órgano encargado de evaluar las ofertas presentadas y proporcionar a la autoridad competente los fundamentos para la adjudicación.
j) Adjudicación: Es el acto por el cual se acepta la oferta más conveniente para el GCABA.
k) Adjudicatario: Oferente cuya propuesta haya sido declarada más conveniente, según los criterios de evaluación estipulados, por acto formal del GCABA.
l) Documentación: La totalidad de los elementos del contrato, detallados en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas.
m) Garantía de la oferta y de la adjudicación: Son los depósitos o seguros de caución obligatorios en los términos de esta Contratación y normas que la rigen (Art. 17 Pliego de Cláusulas Generales), constituidos en garantía del mantenimiento de la oferta o del cumplimiento del contrato, respectivamente.
n) GCABA: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
o) Plazo: Todos los plazos que se establezcan en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas serán computados conforme lo estipulado en la Ley 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.
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p) Pliego: El presente documento, complemento xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, que tiene por objeto especificar las condiciones de la contratación y el Pliego de Especificaciones Técnicas.
q) ASI: Agencia de Sistemas de Información.
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PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
1. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
El presente llamado a Licitación Pública tiene por finalidad el “Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de Routers de acceso a la red MAN del GCBA” para la Agencia de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según los requerimientos detallados en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas.
RENGLÓN | CANTIDAD | DESCRIPCIÓN |
1 | 1 | Servicio de Mantenimiento por 12 (doce) meses de Routers de acceso a la red MAN del GCABA según listado del Anexo A |
Se incluyen en el ANEXO A – LISTADO DE NODOS el listado de equipamiento (EQUIPOS) comprendido en este servicio, con sus respectivos domicilios de instalación, para los cuales el ADJUDICATARIO deberá contemplar la provisión de la mano de obra, viáticos, logística, repuestos, accesorios, dispositivos, cambio de partes y las tareas requeridas para asegurar el normal funcionamiento de estos.
Adicionalmente se solicitan, los servicios, tareas y provisiones, según describen en el presente pliego, de reemplazo y/o migración de los routers CISCO 891W-AGN-A-K9 que se encuentren en estado “fuera de soporte” (EOS) por parte del FABRICANTE.
1.1 ALCANCE DE LOS SERVICIOS
El alcance del SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE ROUTERS DE
ACCESO A LA RED MAN DEL GCBA abarca todos los EQUIPOS detallados en el ANEXO A – LISTADO DE NODOS, emplazados en distintos edificios del GCBA para los que deberán proporcionarse como mínimo los servicios y tareas descriptos en el presente, en la modalidad 7x24 on-site, de acuerdo con los SLA requeridos y que en líneas generales comprende:
– Mantenimiento preventivo y correctivo.
– Soporte técnico.
– Actualizaciones de software y de firmware.
– Reparaciones y remplazo de partes dañadas.
– Revisión periódica de todo el equipamiento.
– Incorporación, y licenciamiento, en los sistemas de gestión y monitoreo de la ASI.
– Reemplazo del equipamiento que durante la vigencia del contrato quede “fuera de soporte” (EOS) parte de los FABRICANTES.
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1.2 CARACTERÍSTICAS DE LOS SERVICIOS – GENERALIDADES
El ADJUDICATARIO tendrá a su cargo la observancia y cumplimiento de las exigencias derivadas de Reglamentos y Normas Nacionales, Provinciales y/o Municipales, vigentes, para cada una de las especialidades involucradas en la presente contratación.
El ADJUDICATARIO deberá realizar revisiones en cada nodo, con la frecuencia establecida en el presente pliego, con el objeto de detectar deficiencias o problemas en algunos de los rubros para resolverlos en mantenimientos programados.
A solicitud de la ASI el ADJUDICATARIO deberá enviar personal especializado al sitio indicado cuando deban efectuarse pruebas de recepción o pruebas especiales de equipamiento instalado (o equipo nuevo) en nodos.
El ADJUDICATARIO deberá implementar un único CENTRO DE ATENCIÓN que reciba, identifique, clasifique, distribuya, administre, cierre e informe todos y cada uno de los “reclamos” que se le vayan cursando en el día a día y a lo largo del contrato. Este CENTRO DE ATENCIÓN deberá operar las 24 horas de los 365 días al año.
El ADJUDICATARIO deberá designar para su operación a un profesional o técnico especializado que oficie de coordinador general responsable del servicio y único interlocutor válido hacia los responsables de la ASI.
Todos los routers CISCO 891W-AGN-A-K9 detallados en el ANEXO A – LISTADO DE NODOS, quedan “fuera de soporte” (EOS) durante la vigencia de presente servicio.
Por lo anterior, el ADJUDICATARIO de los servicios de mantenimiento, objeto del presente pliego, será responsable de recambio de estos por equipamiento de capacidades y funcionalidades equivalentes.
1.3 DÍAS Y HORARIOS PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
El ADJUDICATARIO deberá estructurar y disponer de un EQUIPO TÉCNICO para la atención fuera de los horarios de trabajo indicados, como así también durante los xxxxxxx, xxxxxxxx y feriados, con el objeto de atender y solucionar los reclamos o emergencias que acontecen en el servicio de acuerdo con los SLA previstos en el presente pliego.
La prestación de los servicios de mantenimiento preventivos se desarrollará de lunes a viernes en el horario de 09:00 a 18:00hs.
La prestación de los servicios para acciones correctivas se podrá realizar durante las 24hs de los 365 días del año, siendo responsabilidad de la ASI la gestión del acceso al sitio para la realización de las tareas correspondientes.
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2. RENGLÓN 1: SERVICIO DE MANTENIMIENTO POR 12 (doce) MESES DE ROUTERS DE ACCESO A LA RED MAN DEL GCBA SEGÚN LISTADO DEL ANEXO A
2.1 COMPONENTES DEL SERVICIO
El SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA DE NODOS DE LA RED MAN DEL
GCBA contempla los siguientes servicios:
– SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA: El servicio debe incluir la provisión, reemplazo e instalación de las partes ante falla de hardware (RMA). El servicio de reemplazo de partes se prestará disponible en los niveles de servicios y tiempos de respuesta establecidos en el SLA. En caso de fallar la provisión por parte del FABRICANTE, el ADJUDICATARIO se deberá comprometer a proveer una parte similar provisoria hasta el arribo de la parte definitiva.
– SERVICIO DE SOPORTE EN SITIO: Se debe incluir un servicio presencial en el marco de cual el ADJUDICATARIO extremará los esfuerzos para lograr la solución remota del problema en el menor tiempo posible. Cuando esto no sea posible o en los casos xx xxxxxx mayores o críticas se realizará la intervención en sitio según el procedimiento de atención al cliente adjunto.
– SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO: El Servicio contempla todas aquellas actividades presenciales y remotas que llevara adelante el ADJUDICATARIO para garantizar el correcto funcionamiento de los EQUIPOS. Incluyendo la revisión periódica trimestral de los mismos en los sitios donde se encuentran instalados.
– SOPORTE TELEFÓNICO: la ASI dispondrá de un acceso al CENTRO DE ATENCIÓN, en la modalidad 7x24. A través de este podrá acceder a la atención y resolución de incidentes sin limitación en la apertura de casos.
– CONSULTORÍA TÉCNICA: El servicio soporte deberá incluir horas mensuales de consultoría técnica, no renovables las que estarán disponibles para ser consumidas dentro del periodo de vigencia del contrato de mantenimiento para uso por parte de la ASI. Las consultas deben dirigirse por medio del CENTRO DE ATENCIÓN, abriendo un caso para la respuesta de estas.
2.2 SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA Y MANTENIMIENTO
Los servicios de Mantenimiento que deberá de brindar el ADJUDICATARIO será asistencia técnica altamente especializada que asegura el máximo nivel posible de disponibilidad y confiabilidad de las redes en uso. Dichos servicios deberán ser concebidos y estructurados de manera tal de suministrar Asistencia Especializada apta para verificar el estado de una red e identificar las causas de mal funcionamiento y asegurar la resolución a fin de minimizar los tiempos xx xxxxx de servicio.
El CENTRO DE ATENCIÓN deberá contar con el soporte interno del TAC de cada uno de los FABRICANTES cuyas soluciones integra este servicio de Asistencia Técnica será brindado bajo
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la modalidad de 24x7 (24 horas al día, los 7 días de la semana, los 365 días del año).
El servicio del CENTRO DE ATENCIÓN será dado para todo el parque, tanto de hardware como de software, contemplado en el contrato de asistencia para resolución xx xxxxxx o averías que afecten el servicio.
El proceso de asistencia técnica se activa frente a una solicitud de soporte de la ASI para una intervención después de una irregularidad surgida en una instalación en funcionamiento (mantenimiento correctivo), o por otras solicitudes como: información consultas. Se incluyen en este servicio tanto las actividades de asistencia técnica como el mantenimiento de los EQUIPOS ubicados en todos los sitios donde están instalados los sistemas.
2.3 CARACTERÍSTICAS DE LOS SERVICIOS
Los servicios que contempla el alcance del presente renglón deberán ser estructurados por el ADJUDICATARIO de tal manera de asegurar el máximo nivel posible de disponibilidad y confiabilidad de las redes que utilizan la infraestructura de los nodos incluidos en este.
La prestación del SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA
ROUTERS DE ACCESO A LA RED MAN DEL GCBA requerirá la participación de los módulos que se listan y describen a continuación:
2.3.1 SOPORTE DEL FABRICANTE:
• Asegurar el máximo nivel de asistencia técnica por parte de especialistas de producto y/o los FABRICANTES de la tecnología a la que está dirigida la solicitud de soporte en el caso de graves fuera de servicio y problemas de red de elevada complejidad.
• Prevé la disponibilidad al personal del ADJUDICATARIO de:
✓ Acceso al TAC del FABRICANTE que incluye los servicios telefónicos de soporte remoto al software.
✓ Acceso al sitio del FABRICANTE, donde se accede a las herramientas de reparación y soporte en línea:
– Field Notice
– Security Advisory
– Documentación de Producto
– Descargas de productos
2.3.2 SOPORTE TÉCNICO EN SITIO:
• Responsable de la ejecución de las intervenciones en campo necesarias para la resolución o eliminación de una falla o desperfecto que no puede resolverse de manera remota.
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• La intervención de personal técnico del ADJUDICATARIO en el sitio puede deberse comúnmente a falla o problemas en la infraestructura del nodo que no puedan ser resueltos remotamente por el CENTRO DE ATENCIÓN o bien para llevar a cabo actividades programadas.
2.3.3 SOLUCIÓN DE PROBLEMAS
• El ADJUDICATARIO deberá poner a disposición de la ASI la opción de ser asistido por profesionales del CENTRO DE ATENCIÓN directamente en el sitio donde se produjo la anomalía. Para ello la ASI deberá solicitar durante el tratamiento de un caso previamente abierto en el CENTRO DE ATENCIÓN, que se lleve a cabo dicha intervención, o bien puede ser esta una decisión tomada por el propio CENTRO DE ATENCIÓN.
• Mediante la intervención en sitio, personal especializado del ADJUDICATARIO se hará presente en el lugar de la red donde se presentó el problema, realizará un diagnóstico de la situación, y luego intentará aislar la falla y proceder a su posterior resolución. Esto también puede derivar en el escalamiento del caso al FABRICANTE en caso de corresponder.
• Las tareas de los ingenieros y el equipo de soporte del ADJUDICATARIO son:
– Asistencia telefónica al personal de la ASI.
– Gestión del ticket y actualización continua de la ASI sobre el estado del ticket abierto hasta la resolución completa del problema señalado.
– Análisis de la anormalidad y acciones de diagnóstico remoto (mediante un acceso exclusivo vía VPN a los EQUIPOS de la ASI) sobre la base de la información presentada por la ASI a la Mesa de Ayuda y de la información recolectada a través de los instrumentos de diagnóstico.
– Localización de la anomalía, superación de las criticidades a través de una solución alternativa temporal o la neutralización de estás.
– Planificación de las tareas de restablecimiento resolutivo de las funciones del sistema mediante una solución definitiva donde esté presente una solución alternativa temporal.
– Activación del procedimiento de escalamiento técnico hacia los técnicos del TAC del FABRICANTE.
– Restablecimiento resolutivo de las funciones del sistema con consecuentes verificaciones sobre el nivel de servicio.
– Cierre definitivo del caso en el sistema gestión de ticket del ADJUDICATARIO después de la aprobación por parte de la ASI PLIEG-2021-18001475-GCABA-DGI3A9SINF
2.3.4 TIPO DE COBERTURA
La ASI dispondrá de los Servicios de Mantenimiento en la modalidad 7x24 los 365 del año y que serán comprensivo de la provisión de mano de obra, viáticos, logística, repuestos, accesorios, dispositivos, cambio de partes y las tareas que fueran necesarias para asegurar el normal funcionamiento de dicho equipamiento.
Los servicios objeto de la presente propuesta serán proporcionados únicamente a los EQUIPOS que se describe en el ANEXO A – LISTADO DE NODOS del presente (en adelante: EQUIPOS) en las ubicaciones señaladas en el mismo.
3. DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO
Los Servicios de Mantenimiento objeto de la presente propuesta que a los que tendrá derecho la ASI-GCBA son los siguientes:
a) Atención de reportes xx xxxxxx dentro del horario cubierto señalado para el tipo de nivel de SLA contratado.
b) Mantenimiento correctivo y preventivo
c) Substitución inmediata de partes dañadas
d) Tiempos de respuesta garantizados de conformidad con lo señalado al respecto por la cláusula SLA DEL SERVICIO Y TIEMPOS DE RESPUESTA
e) Mesa de ayuda ilimitada
3.1 MANTENIMIENTO CORRECTIVO
El mantenimiento correctivo consiste en el conjunto de acciones que tomará el ADJUDICATARIO para reparar cualquier falla de los EQUIPOS que se encuentre cubierta por la presente propuesta.
En el mantenimiento preventivo se incluyen las tareas técnicas de revisión preventiva que el ADJUDICATARIO realizará cada 3 (TRES) meses, para garantizar el normal funcionamiento de los EQUIPOS y anticipar la ocurrencia xx xxxxxx, de acuerdo con un Cronograma de Mantenimiento Preventivo que se acordará con la ASI y de acuerdo con las cláusulas de la presente oferta.
3.2 MANTENIMIENTO DE SOFTWARE
El mantenimiento de software consiste en el diagnóstico y resolución de eventos relacionados con el software de los productos bajo cobertura con la posibilidad de acceder a los niveles superiores de los FABRICANTES (productos CISCO) para obtener un soporte técnico avanzado. Este servicio proporciona soporte de los FABRICANTES (productos CISCO) en forma remota de acuerdo con la cobertura contratada, acceso a updates de software, service packs, patches y updates de firmware.
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Luego de recibirse un requerimiento de servicio, los FABRICANTES (productos CISCO) podrán realizar:
a) Solución de problemas y diagnóstico en forma telefónica o por conexión a distancia a demanda para aislar problemas relacionados con el software y el hardware relacionado con los problemas (productos Cisco) y determinar si el producto está trabajando de acuerdo con la documentación estándar publicada por el FABRICANTE (productos Cisco), incluyendo todas las notas de aplicación y configuración.
b) El aislamiento y la resolución de todos los problemas o anomalías que resultan reproducibles cuando se hayan usado las instrucciones de instalación y configuración de los FABRICANTES (productos Cisco), siempre y cuando los errores de configuración sean específicos a un producto de software Cisco sin alteración.
c) Identificación y resolución de cualquier inconsistencia o error en la documentación de producto de los FABRICANTES (productos Cisco).
3.2.1 MANTENIMIENTO DE SOFTWARE CON ACTUALIZACIONES
Se trata del servicio de mantenimiento de software especificado en el punto MANTENIMIENTO DE SOFTWARE. Con el agregado de la opción de obtener Major Releases para sus aplicaciones de software durante el período de cobertura contratado.
La disponibilidad de las actualizaciones de software debe contemplar las horas de servicio para implementarlas en las plataformas de la ASI.
4. PROCEDIMIENTO POR REPORTE Y ATENCIÓN XX XXXXXX
El oferente deberá detallar en la oferta el Procedimiento para Reporte y atención xx xxxxxx.
5. CAMBIOS DE CONFIGURACIÓN
La ASI podrá requerir tareas relacionadas con cambios en la configuración en el equipamiento en forma remota. Dichos cambios en la configuración son servicios que se realizan a los EQUIPOS vía remota y se refieren a la reprogramación de facilidades del sistema, reasignación de extensiones, remuneración, reasignación de grupos troncales y demás similares.
6. MANTENIMIENTO PREVENTIVO
El ADJUDICATARIO deberá realizar visitas periódicas a los sitios donde se encuentre instalados los routers de acceso (EQUIPOS) a los efectos de realizar un mantenimiento predictivo que permita detectar potenciales problemas antes de que éstos afecten al sistema.
Deberá coordinar con la ASI el ciclo de visitas por las cuales el ADJUDICATARIO se compromete a asistir trimestralmente a cada uno de los sitios incluidos en el ANEXO A –
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LISTADO DE NODOS a fin de ejecutar las tareas definidas para el Mantenimiento Preventivo. El cronograma de mantenimiento deberá señalar la fecha y hora de cada visita, con un margen de 24 (VEINTICUATRO) horas en más o en menos. A efectos de evaluación del cumplimiento del SLA, cada visita a un sitio será considerada como 1 (UNA) TAREA PROGRAMADA independiente.
El ADJUDICATARIO deberá coordinar la ASI el sistema de reportes y validación del cumplimiento de las visitas y su frecuencia a cada sitio. Así como las anomalías detectadas y las acciones tomadas para su resolución.
6.1 SERVICIOS DE ASESORÍA TELEFÓNICA - MESA DE AYUDA
Consiste en el asesoramiento técnico con respecto a cualquier problema que se presente en relación con el EQUIPO y a consultas orientadas a resolver dudas que la ASI tenga del funcionamiento del EQUIPO y puedan ser aclaradas vía telefónica.
Dicho asesoramiento incluirá:
a) Forma de operar del EQUIPO en cuanto a funciones básicas y programadas del propio sistema
b) Apoyo en consultas de operación de funciones especiales requeridas para la optimización de recursos en el EQUIPO
c) Asesoría en el uso y operación de correo de voz (si el EQUIPO cuenta con la opción)
d) Asesoría en el uso e interpretación de reportes propios del EQUIPO
e) Apoyo en el uso y operación de funciones en la consola de operadora
7. SLA DEL SERVICIO Y TIEMPOS DE RESPUESTA
Los Incidentes se asocian a fallas en uno o más EQUIPOS, en su hardware o en su software o en la instalación de estos, o en la infraestructura del sitio, o en la plataforma de software integrada. Los incidentes se clasifican en:
― INCIDENTE CRÍTICO: El Incidente afecta totalmente al servicio de comunicaciones prestado por la ASI o bien reviste riesgo para la integridad física de las personas o la infraestructura del sitio.
― INCIDENTE MAYOR: El Incidente provoca una degradación en el servicio de comunicaciones prestado por la ASI, y no reviste ningún riesgo para la integridad física de las personas o infraestructura del sitio.
― INCIDENTE MENOR: El Incidente no afecta ni degrada el servicio de comunicaciones prestado por la ASI y no reviste ningún riesgo para la integridad física de las personas o infra- estructura del sitio.
El ADJUDICATARIO deberá cumplir durante la vigencia del contrato los Tiempos de Respuesta y Tiempos de Reparación que se detallan a continuación:
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a) TIEMPOS DE RESPUESTA MÁXIMOS
– INCIDENTE CRÍTICO: No mayor de 2 (DOS) horas.
– INCIDENTE MAYOR: No mayor de 3 (TRES) horas.
– INCIDENTE MENOR: No mayor de 4 (CUATRO) horas.
b) TIEMPOS DE RESOLUCIÓN MÁXIMOS
– INCIDENTE CRÍTICO: No excederá las 2 (DOS) horas la cual comenzará a contabilizarse a partir de la llegada del personal técnico del ADJUDICATARIO al sitio.
– INCIDENTE MAYOR: No excederá las 3 (TRES) horas la cual comenzará a contabilizarse a partir de la llegada del Personal Técnico al sitio.
– INCIDENTE MENOR: No excederá de 4 (CUATRO) horas, que comenzarán a contabilizarse a partir de la llegada del personal técnico al sitio.
– TAREA PROGRAMADA: No excederá las 8 (OCHO) horas que comenzarán a contabilizarse a partir de la hora de arribo a sitio del Personal Técnico, comprometida en el cronograma acordado para la tarea en cuestión.
– TAREA NO PROGRAMADA: No excederá del plazo pactado durante la coordinación de la tarea y que comenzará a contabilizarse a partir del día siguiente a la aceptación del cronograma respectivo.
8. RESPONSABILIDADES DE LA ASI
A fin de que el ADJUDICATARIO esté en posibilidades de prestar los servicios de mantenimiento objeto del presente contrato la ASI deberá:
a) Permitir al personal del ADJUDICATARIO libre acceso a las áreas de trabajo y a los EQUIPOS, así como, cuando así lo determine el personal del ADJUDICATARIO asignado, permitir la salida de los EQUIPOS para su reparación. En ambos casos, el ADJUDICATARIO deberá observar los procedimientos de seguridad de la ASI que para tal efecto éste le proporcione previamente por escrito.
b) Enviar al ADJUDICATARIO por escrito o vía e-mail el nombre de la persona que actuará como representante y responsable técnico frente al ADJUDICATARIO.
c) Notificar por escrito al ADJUDICATARIO con 30 (TREINTA) días de antelación, cualquier modificación o cambio en cualquiera de los EQUIPOS o redes de comunicación materia del presente contrato.
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9. REEMPLAZO DE ROUTERS CISCO 891W POR ROUTERS CISCO C1111-4P
El ADJUDICATARIO deberá reemplazar equipos CISCO 891W-AGN-A-K9 que se encuentren en estado “fuera de soporte” (EOS) por parte del FABRICANTE. Para tal efecto será responsabilidad el ADJUDICATARIO suministrar equipos de marca CISCO C1111-4P (ISR 1100 4 Ports Dual GE WAN Ethernet Router) o equivalente que cumpla con las especificaciones técnicas mínimas que se detallan a continuación:
Todo el equipamiento provisto será incorporado, inmediatamente después de su instalación y puesta en servicios, dentro los servicios de mantenimiento según el alcance prestaciones descriptas en el presente pliego.
El ADJUDICATARIO será responsable de la provisión de la mano de obra, viáticos, logística, accesorios, dispositivos, y las tareas requeridas para asegurar la normal puesta en servicio del equipamiento nuevo. Y adicionalmente deberá disponer de la logística necesaria para que el equipamiento CISCO 891W que reemplace sea entregado en los depósitos que la ASI indique.
Dentro de los QUINCE (15) días de recibido el documento contractual correspondiente la ASI y el ADJUDICATARIO coordinaran un cronograma y los sitios alcanzados por esta operación. Los plazos y SLA para esta operación será los mismos que se describen para TAREAS PROGRAMADA del presente pliego.
Todo el equipamiento que se incluye como reemplazo de los equipos EOS actualmente en operación deberá contar el licenciamiento necesario para operar en la red MPLS del GCBA. Además, deberá incluir los servicios profesionales necesarios para realizar la integración de los equipos nuevos a la red mencionada.
10. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS
El equipo ofertado deberá soportar las siguientes características mínimas:
• Debe incluir los accesorios necesarios para montar en Racks estándar de 19 pulgadas.
• Deberá poseer una performance mínima de al menos 250 Mbps.
• Deberá soportar nuevas características de software a través de activación de licencias, sin la necesidad de actualizar el sistema operativo.
• Deberá incluir al menos 4 puertos LAN Gigabit Ethernet 10/100/1000 integrados, siendo XXX al menos 2 de ellos o POE+ uno de ellos.
• Deberá incluir al menos 2 puertos WAN Gigabit Ethernet integrados, siendo uno de ellos RJ45 y el otro de forma tal que pueda utilizarse con conector RJ45 como con SFP.
• Deberá cumplir con los estándares 802.3af y 802.3at.
• Deberá soportar e incluir una fuente de alimentación interna que soporte entregar alimentación mediante los puertos XXX correspondientes.
• Deberá poseer capacidades de SD-WAN (SDN en la WAN) y poder ser integrado a su correspondiente plataforma mediante el agregado de licenciamiento adicional.
• Deberá incluir al menos 4 GB de memoria RAM.
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• Deberá incluir al menos 4 GB de memoria Flash.
• Deberá incluir al menos 1 puerto USB (Tipo A) externo
• Capacidad de aplicar parámetros de Calidad de Servicio (QoS) sobre los vínculos para priorización del tráfico.
11. APROBACIÓN Y RECEPCIÓN
La Agencia de sistemas de información verificara la prestación del servicio mediante la presentación a detalle con registro fotográfico de las intervenciones. El informe debe ser presentado de manera mensual.
12. RECURSOS HUMANOS
Se debe presentar un listado del Personal que prestará el servicio, detallando:
• Cargos, precisando las funciones de cada uno de ellos, y los Nombres y Apellidos del personal que ocupará esos cargos.
• Las respectivas responsabilidades funcionales, tanto de dirección, como de supervisión y operación.
13. PLAN DE ESCALAMIENTO
El oferente deberá presentar en su propuesta un “plan de escalamiento” de incidentes e incumplimiento de SLA.
El plan de escalamiento deberá tener un máximo de TRES (3) niveles, detallando los recursos, funcionarios propios y de terceros y tiempos que serán comprometidos en cada paso ante un incumplimiento en el tratamiento de los incidentes o en sus SLA.
Los incidentes críticos deberán ser escalados inmediatamente al momento de ocurrir al segundo nivel del plan de escalamiento.
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ANEXO A – LISTADO DE NODOS
El presente anexos detalla cantidad de equipos y lo sitios de instalación al inicio del contrato y que debe ser tomado como referencia para la elaboración la cotización del presente pliego.
RESUMEN DE ROUTERS DE ACCESO
MODELO ROUTER | CANTIDAD |
ASR1001-5G-VPNK9 | 1 |
ASR1002-HX | 2 |
ASR1004-20G-VPN/K9 | 1 |
C1111-4P | 40 |
C1-CISCO4351/K9 | 1 |
C891F-K9 | 3 |
C891FW-A-K9 | 4 |
XXXXX0000/K9 | 21 |
XXXXX0000-SEC/K9 | 293 |
CISCO2921/K9 | 1 |
CISCO2921-SEC/K9 | 17 |
CISCO891W-AGN-A-K9 | 189 |
ISR4321-SEC/K9 | 13 |
ISR4331/K9 | 2 |
ISR4331-SEC/K9 | 2 |
ISR4351-SEC/K9 | 4 |
WS-C6509-E | 9 |
WS-C6513-E | 1 |
LISTADO COMPLETO DE ROUTERS DE ACCESO VIGENTES A LA FECHA DE INICIO DEL CONTRATO
ID | NOMBRE SITIO | DOMICILIO | EQUIPO | N/S |
1 | BGP SPEAKER-Internet plataforma Independencia | Av. Independencia 635 | ASR1002-HX | FXS2109Q0L7 |
1 | ASR túneles GRE en DC ASI | Av. Independencia 635 | ASR1004-20G-VPN/K9 | FOX1546GAYK |
1 | Agencia de Sistemas de Información | Av. Independencia 635 | WS-C6509-E | SMG1548N03E |
1 | Agencia de Sistemas de Información | Av. Independencia 635 | WS-C6513-E | FOX1539GGWK |
2 | ASR túneles GRE en Edificio Xxxxxxx Municipal | Av. xx Xxxx 525 | ASR1001-5G-VPNK9 | SSI15441958 |
2 | Edificio Xxxxxxx Municipal | Xx. xx Xxxx 000 | XX-X0000-E | SMG1548N00Z |
2 | Edificio Xxxxxxx Municipal | No identificado | WS-C6509-E | SMG1548N05S |
3 | SAME ANEXO | Av. Paseo Colón 255 | CISCO2921-SEC/K9 | FTX1550AL7J |
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ID | NOMBRE SITIO | DOMICILIO | EQUIPO | N/S |
3 | Dirección General del Sistema de Atención Medica de Emergencia (S.A.M.E.) Dirección General de Redes y Programas de Xxxxx | Xxxxxxxxxx 480 | WS-C6509-E | SMG1548N04T |
4 | Ministerio de Educación | Paseo Colon 255 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180J2 |
4 | Ministerio de Educación | Paseo Colón 255 | CISCO2921-SEC/K9 | FTX1550AL4B |
7 | Ministerio de Justicia y Seguridad | Av. Regimiento xx Xxxxxxxxx 1142 | CISCO2921-SEC/K9 | FTX1550AL49 |
9 | Dirección General de Contaduría - Archivo Anexo Belgrano | Av. Belgrano 836 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180AU |
10 | Subsecretaria de Mantenimiento del Espacio Público Dirección General de Sistema Pluvial Área de Gestión de la Xxxxxx | De los Ombúes y Xxxxx Xxxxxx S/N | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX15518030 |
11 | CGP Comunal Nº 14 Defensoría Palermo | Xxxxxxx 3325 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155181CT |
11 | CGP Comunal Nº 14 Defensoría Palermo | Xxxxxxx 3325 | CISCO2921-SEC/K9 | FTX1550AL7X |
12 | Hospital Xx. Xxxxxxx Xxxxxx | Xxxxxxxx 2570 | CISCO2921-SEC/K9 | FTX1550AL4H |
13 | Hospital General de Agudos Xx. Xxxxx Xxxxxxxx Juegoteca Catalinas | Pi y Margal 750 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551809X |
13 | Hospital General de Agudos Xx. Xxxxx Xxxxxxxx Juegoteca Catalinas | Pi y Margal 750 | CISCO2921-SEC/K9 | FTX1550AL7K |
00 | Xxxxxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxx Xx. Xxxxxx Xxxxxx | Xx. Xxxx Xxxxx 5044 | CISCO2921-SEC/K9 | FTX1550AL7A |
15 | Dirección General de Defensa Civil | Estados Unidos 3275 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180LQ |
15 | Dirección General de Defensa Civil | Estados Unidos 3275 | CISCO2921-SEC/K9 | FTX1550AL7P |
18 | Unidad Informática de Administración Financiera | Maipú 116 | CISCO2921-SEC/K9 | FTX1550AL4L |
21 | Edificio Retiro - Policía de la Ciudad | Av. Xxxxx Xxxxxxxx 1720 | CISCO2921-SEC/K9 | FTX1550AL4D |
22 | Ministerio de Salud | Xxxxxx Xxxxxxxxxx 313 | CISCO2921-SEC/K9 | FTX1550AL4G |
23 | Agencia Gubernamental de Control Dirección General de Justicia y Registros | Gral. Xxxxx 2933 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180CD |
26 | Conservatorio Superior de Música de la Ciudad | Xxxxxxxxx 3401 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551801F |
27 | Registro Civil Central | Uruguay 753 | CISCO2921-SEC/K9 | FTX1550AL7V |
28 | Anexo IV Conservatorio Superior de Música Xxxxxx xx Xxxxx Instituto Vocacional de Arte | Xxx Xxxxx Centenera 741 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086L6 |
29 | Proyecto Mejor en Bici Plaza Congreso | Xxxxxxxx 1600 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883KR |
31 | CESAC Nº 39 | 24 de Noviembre 1679 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086H5 |
32 | Reserva Ecológica Ministerio de Ambiente y Espacio Publico | Av. Xx. X. Xxxxxxx Xxxxxxxxx 1550 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086KM |
PLIEG-2021-18001475-GCABA-DGI4A7SINF
ID | NOMBRE SITIO | DOMICILIO | EQUIPO | N/S |
33 | CESAC Nº 6 | Xxxxxxx Xxxxxx 3673 y Xxxxxxx | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086BC |
35 | S.B.A.S.E. Ministerio de Desarrollo Xxxxxx | Xxxxxx 48 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086BH |
36 | CESAC Nº 11 | Xxxxxx 940 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX15518095 |
36 | CESAC Nº 11 | Xxxxxx 940 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX15518095 |
39 | CESAC Nº 4 | Av. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx 6300 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086G3 |
40 | Hospital Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxx - Medicina del Trabajo - Xxxxxxxx Xxxxxxx | Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx 1502 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX15518082 |
42 | CESAC Nº 30 | Av. Xxxxxxx Xxxxxxx 3306 e Iguazú | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX15518032 |
44 | CGP Comunal Nº 5 | Xxxxxx Xxxxx 3307 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180AD |
45 | Hospital General de Agudos Xxxx Xxxxx Xxxxx | Av. Almafuerte 406 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086MR |
46 | Dirección General de Música Ministerio de Cultura | Xxxxxx Xxxxxx 963 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086LX |
47 | Centro de Desarrollo Infantil Piedrabuena Centro de Inclusión Digital Piedrabuena | Xxxxxxxxxx Xxxxxxx 6750 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086MU |
48 | Dirección General de Arbolado | DR. Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx 1352 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180B2 |
49 | Hospital General de Agudos Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx | XX. Xxxx X. Xxxxxxxxx 2701 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1549803T |
50 | Centro de la Infancia San Xxxx Xxxxxxxxxxx | GRAL. Xxxxxxxx Xxxxx Xx Xxxxxxxx 447 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180LB |
51 | Dirección General de Seguridad Vial | GRAL. Xxxxxxxx Xxxxx Xx Xxxxxxxx 1750 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086B2 |
54 | CESAC Nº 27 | Xxxxx 3783 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086AT |
55 | CESAC Nº 34 Centro Cultural Resurgimiento CEMET Xxxxxxx | GRAL. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx 2262 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1549803U |
00 | Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx | Xx. XX. Xxxxxxx Xxxxxx 4750 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883NL |
64 | Secretaria de Integración Social para Personas Mayores | Balcarce 362 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086HC |
65 | CGP Comunal Nº 11 - Subsede | Xxxxxxx Xxxxxxxxx 3253 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX15518087 |
66 | CGP Comunal Nº 4 | Del Xxxxx xxx Xxxxxxxxx 2906 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086GB |
68 | CESAC Nº 18 | Xxxx X.X. Xxxxxx y Xxxxxxx 5080 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086JP |
69 | CGP Comunal Nº 10 Defensoría Floresta | Bacacay 3968 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551807P |
71 | Centro Integral de la Mujer Xxxxx Xxxxxxx Servicio Social Zonal 11 | Av. Xxxxxxxx Xxxxx 5229 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086GJ |
72 | Instituto de la Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires - Obrador XXx.xx | Xxxxx xx Xxxxxxx 5960 | C891FW-A-K9 | FJC2034L111 |
PLIEG-2021-18001475-GCABA-DGI4A8SINF
PLIEG-2021-18001475-GCABA-DGI4A9SINF
ID | NOMBRE SITIO | DOMICILIO | EQUIPO | N/S |
73 | Centro Cultural Saladillo Club Villa Riachuelo | Xxxxx xx Xxxxxxx 5920 (ex X xx Xxxxxxx 6351) | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX15498012 |
00 | Xxxxxx 0 xx Xxxxxxx XXX | Xx. Xxxxxx Xxxxx y Av. Xxxxxxxxx S/N | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086JT |
76 | Parque Xxxxxxxxxx Servicios Generales | Xxxxxxxxx Xxxxxx 4201 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086BP |
77 | Dirección General de Xxxx Xxxxxxxxxx | Av. Xxxxxxxxx Xxxxxx y Av. Xxxxxxx S/N | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086ML |
78 | Ministerio de Educación - Subsede | Bolivar 191 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180M1 |
79 | Dirección General de Patrimonio, Museos y Casco Historico | Bolivar 466 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086JS |
80 | Distrito Escolar 14º - Educación Primaria Supervisión Educación Primaria D.E. 14 | Bolivia 2571 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180A4 |
81 | Centro de Inclusión Digital Casa Flores | Av. CNEL. Xxxxxxx Xxxxxxxx 884 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086L2 |
82 | CESAC Nº 40 | Av. CNEL. Xxxxxxx Xxxxxxxx 1729 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086GH |
84 | Cementerio Chacarita: Frigorífico | Av. Xxxxxx 730 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086FS |
85 | Dirección General xx Xxxxx Histórico Escuela Taller | Av. Brasil 170 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086BT |
86 | CESAC Nº 41 | Ministro Xxxx 843 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086GW |
88 | Defensoría Lugano - Piedra Buena Casa del Niño y el Adolescente - Lugano I y | Cafayate 5230 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086KT |
89 | CESAC Nº 28 | Cafayate 5388 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086L7 |
90 | Hospital General de Agudos Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx | Xxxxx Xxxxxxxx de la Barca 1550 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086GD |
91 | CESAC Nº 16 | Xxxxxxx Xxxx 2045 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180B5 |
92 | Precinto 12 | Xxxxxxx 4389 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086HP |
00 | Xxxxxx Xxxxx - XXXX | Xx. Intendente Cantilo y La Pampa S/N | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086BB |
94 | Instituto Superior de Seguridad Publica | Av. Santiago de Compostela 3801 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551808E |
95 | Delegaciones de Educación | Caracas 48 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086GP |
96 | Distrito Escolar 15º - Educación Primaria | Xxxxxxxx 4019 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086MC |
97 | Supervisión Inicial D.E. 00 | Xx. Xxxxxxxx Xxxxx xxx Xxxxxx 4915 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180B7 |
98 | Hospital Infantojuvenil Dra. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx | XX. Xxxxx Xxxxxxxx 315 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180HZ |
99 | Hospital de Salud Mental Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx | XX. Xxxxx Xxxxxxxx 375 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX15498041 |
100 | CESAC 14 | Xxxxxxx Xxxxx S/N | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180J8 |
101 | Hospital de Gastroenterología Xx. Xxxxxx Xxxxxxx | Av. Caseros 2061 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX15518018 |
103 | Defensoría Flores CAT | Xxxxxxxx 1060 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086JW |
ID | NOMBRE SITIO | DOMICILIO | EQUIPO | N/S |
104 | APRA - CIFA - Agencia de Protección Ambiental Dirección General de Control | Av. Xxxxxxxxxx y Av. Escalada S/N | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086AJ |
106 | Nº 13 Servicio Social Zonal 13 Defensoría Belgrano | Av. Cabildo 3061 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180BN |
107 | Anexo del Conservatorio Superior de Música Xxxxxx xx Xxxxx | Xxxxxxx 725 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180JL |
108 | Dirección General de Mantenimiento de la Flota Automotor | Av. Xxxxxx Xxxxxx 7680 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086HN |
110 | Teatro Colon CEMET Teatro Xxxxx | Xxxxxxx 618 | ISR4351-SEC/K9 | FLM2302W17V |
111 | Tribunal Superior de Justicia | Cerrito 760 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086G4 |
113 | Hospital General de Agudos Xx. Xxxx X. Xxxxxxxxx | Xx. Xxxxxxx 3356 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1549803W |
115 | Servicio Social Zonal 12 Dirección General de Compras y Contrataciones | Xxxxxxxx 1563 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086BJ |
116 | CESAC Nº 20 | Charrua 2330 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086MT |
117 | CESAC Nª 32 | Charrua 2900 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180LX |
000 | Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxx Xxxxxx | XXXXXX XX. 2653 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180M0 |
122 | Centro de Inclusión Digital N°3 Centro Cultural Barrio Rivadavia | Av. Xxxx 2500 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX15518091 |
123 | Unidad de Prevención y Atención a Niñas/os y Adolescentes en Situación de Explotación Sexual y Comercial Coordinación Hogares y Paradores Dirección General del Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y el Transporte: Base Cochabamba | Cochabamba 1571 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086J9 |
124 | CESAC Nº 45 Dirección General de Salud Mental | Cochabamba 2622 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551801R |
126 | Instituto Vocacional de Arte X. X. Xxxxxxxx | Xxx Xxxxxxxxxxx 470 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086B3 |
128 | Hospital de Pediatría Xx. Xxxx X. Xxxxxxxx | Combate de los Pozos 1881 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551800U |
000 | Xxxxxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx | Xx. Ex Combatientes de Malvinas 3002 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086MK |
130 | Distrito Escolar 3º | Constitución 1839 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086LZ |
131 | Dirección General de Patrimonio e Instituto Histórico Biblioteca Xxxxxx Xxxxxx | Xx. Córdoba 1558 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155181CV |
132 | Dirección General de Relaciones Internacionales y Protocolo Contaduría de Planificación | Av. Córdoba 2222 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086KE |
000 | Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxxx Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx | Xx. Córdoba 3120 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086MP |
134 | CGP Comunal Nº 15 Unidad Ejecutora Ex AU3 | Av. Córdoba 5609 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551803R |
PLIEG-2021-18001475-GCABA-DGI5A0SINF
PLIEG-2021-18001475-GCABA-DGI5A1SINF
ID | NOMBRE SITIO | DOMICILIO | EQUIPO | N/S |
000 | XXXXX Xx 00 | Xx. Córdoba 5741 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551807T |
138 | Dirección General del Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y el Transporte: Base Corrientes Guardia Urbana: Base Xxxxxxxxxx | Xxxxxxxxxx 0000 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086LU |
142 | CESAC Nº 35 | Xxxxxxx Xxxx esq. Xxxxxxxx S/N | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086K4 |
143 | Distrito Escolar 16º - Educación Primaria | Xxxx Xxxxx 3789 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086GE |
145 | Casa "Puerto" | Curapaligue 571 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883MY |
147 | CESAC Nº 19 | Curapaligue 1901 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086G1 |
148 | Instituto Vocacional de Arte X. X. Xxxxxxxx | Xx. Curapaligue 1026 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086L9 |
152 | Ministerio de Reforma del Estado | Av. Rivadavia 620 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086HJ |
157 | Torre Monumental - Centro de Informes de Museos | Av. Del Libertador 49 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180AA |
160 | CESAC Nº 29 Centro de Primera Infancia Ositos Cariñosos | Xxxxxxxxxx Sur 6504-6600 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551802N |
163 | Centro de Desarrollo Infantil Andrés Xxxxxxxx | Av. Xxxx Xxxxx 4641 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086B7 |
164 | Instituto de Zoonosis Xxxx Xxxxxxx | Av. Xxxx Xxxxx 4821 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551802J |
165 | Parque Centenario | Pasaje Xxxxxxxxxx y Xxxxx S/N | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086B1 |
166 | Registro Civil Nº 10 Centro de Documentación Rápida | Av. Xxxxxxxx 190 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086H2 |
000 | XXX Xxxxxxx Xx 0 - Xxxxxxx | Xx. Directorio 4342 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086LT |
170 | Centro de Evacuados Coordinación General de Paradores Centro de Acompañamiento y Seguimiento Social | Av. Xxx Xxxxx xx Xxxxxxx 1357 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086FY |
173 | Teatro de la Xxxxxx | XXX XXXXX XX XXXXXXX AV. 1821 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086HM |
174 | Dirección General de Mantenimiento Edificios | Av. Xxxxxxx 690 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086FV |
175 | Instituto de Rehabilitación Psicofísica | Xxxxxxxxxx 955 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551808K |
177 | CESAC Nº 17 | El Xxxxxxxx 4087 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086MV |
179 | Biblioteca del Docente Edificio Administrativo Ministerio de Educación | Av. Entre Xxxx 1349 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086B9 |
180 | Ministerio de Desarrollo Social – Data Center Subsecretaria de Promoción Social Subsecretaria de Fortalecimiento Familiar y Comunitario Subsecretaria de la Tercera Edad Dirección General de la Discapacidad | Av. Entre Xxxx 1492 | XXXXX0000/K9 | FTX170381DZ |
181 | B - Parque de la Ciudad CEDIS Servicio Social Zonal 8 | Av. Escalada y Xxxx S/N | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086AV |
ID | NOMBRE SITIO | DOMICILIO | EQUIPO | N/S |
186 | Centro de Noche Costanera Centro de Inclusión Costanera | Av. España 2265 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180AM |
187 | Dirección General de Infraestructura Escolar | Estados Unidos 1228 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180BM |
189 | Hogar de Día Nº 27 Centro de Inclusión Digital | CNEL. Xxxxx Xxxxxx 4780 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086JH |
000 | Xxxxxxxx Xxxxxx | Xx. GRAL. Xxxxxxxxx de la Xxxx 4402 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1549803N |
195 | Sede Distrital D.E. 7 | Cnel. Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx 661 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086M9 |
196 | Hospital de Rehabilitación Respiratoria Xxxxx Xxxxxx | XX. Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx 849 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551803F |
198 | Distrito Escolar 20º | Xxxxxxxx 346 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155181CR |
200 | Hospital General de Niños Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxxx | Xxxxx 1330 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551802D |
200 | Hospital General de Niños Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxxx | Xxxxx S/N | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800GC |
202 | Hogar de Día Nº 19 - Residencias para Personas Mayores | Av. Xxxx xx Xxxxx 799 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551802R |
203 | Instituto Vocacional de Arte X. X. Xxxxxxxx | Xx. Xxxx xx Xxxxx 1684 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086K6 |
000 | Xxxxxxx Xxxxxx | Xx. NAC. Gendarmería 526 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086MQ |
207 | CGP Comunal Nº 9 | Xxxxxxx Xxxxxxxx S/N | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883XC |
000 | Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx | Xx. Xxxxx Xxxxxx 369 | XXXXX0000/K9 | FJC2034L12L |
210 | CESAC Nº 26 | Xxxxxxxxxx 1939 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086H1 |
000 | Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx | Xx. Xxxxxx 730 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800DH |
215 | Defensoría Devoto | Xxxxxxxx 2881 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086J3 |
216 | Hogar de Día Nº 22 Centro de Inclusión Digital | Hernandarias 370 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086JR |
217 | XXXXX | Xxxxxx y Xxxxxxx PRES. S/N, entre Salvigny y Riest | XXXXX0000/K9 | FTX170381E2 |
000 | Xxxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxxxxx XXX | Xx. Ing. Xxxxxx 1189 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180AG |
000 | Xxxxxx Xxxxxxxxx Xx XX0 | Xx. Córdoba 5656 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551800P |
221 | CESAC Nº 15 Centro Integral de la Mujer Xxxxxx Xxxxxx | Xxxxxxxx Xxxxx 470 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086GV |
224 | Distrito Escolar 6º - Educación Primaria Supervisión D.E. 6 | Xxxxxxxx Xxxxx 3187 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800LQ |
225 | Ente de Mantenimiento Urbano Integral Ley 473 | Av. Independencia 3277 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086G9 |
229 | CESAC Nro 9 Casa del Niño y el Adolescente "La BOca" | Xxxxx 1254 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086AW |
232 | Dirección General de Museos | Av. De los Italianos 851 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086LA |
238 | Cementerio de la Recoleta | Junín 1790 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086M3 |
240 | Hospital Oftalmológico "Xx. Xxxxx Xxxxxxxx" | Av. Xxxx X. Xxxxx 4151 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086HD |
PLIEG-2021-18001475-GCABA-DGI5A2SINF
ID | NOMBRE SITIO | DOMICILIO | EQUIPO | N/S |
243 | Supervisión Educación Primaria D.E. 0 | Xx. La Plata 623 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086LY |
000 | Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx Xxxxxx 0 | Xx. Xxxxxxx 621 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086LW |
000 | Xxxxxx "Xxxxxxxxx" | Xx. Lacrra 3147 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086AZ |
250 | Ministerio de Reforma del Estado | Av. PRES. Xxxxx Xxxxx Xxxx 788 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1549803R |
251 | Hospital General de Agudos "Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx" | Av. General Las Xxxxx 2670 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086FT |
253 | Biblioteca "Cortázar" Casa de la Lectura | Lavalleja 9124 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086BA |
255 | DGEART - EMAD Escuela Metropolitana de Arte Dramático No. 13 | Xxxxx 4249 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086HR |
256 | CESAC N 25 | Xxxxxxx y Antártida Argentina S/N | XXXXX0000/K9 | FJC2040L06C |
257 | Supervisión Educación Inicial D.E.1. | Libertad 581 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086JY |
259 | Subsecretaria de Trabajo - Dirección General de Protección del Trabajo | Xxxxxxxxx Xxxxx 575 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086FR |
260 | Hospital Materno Infantil "Xxxxx Xxxxx" | Xxxxxxx xx Xxxx 2151 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086J8 |
262 | Subsecretaria de Planeamiento Estratégico | Estados Unidos 20 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086BR |
263 | CEMET Malabia | Malabia 964 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086K5 |
264 | CESAC N 24 | Xxxxxxxx Xxxxxx 2441 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086AG |
265 | Coordinación General de Paradores - Parador "Xxxx Xxxxxx" | Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx 2970 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155181CW |
000 | XXXXX X 00 | Xx. Xxxxxxx 350 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551807V |
269 | CESAC Ne 36 Polideportivo "Xxxxx" | Mercedes 1371 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180HS |
270 | Supervisión Educación Media y Técnica D.E. 17 Región IV | Mercedes 4002 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX15518080 |
271 | Museo Historic° "Xxxxxxxx Xxxxxxxx" | Av. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx 6309 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551803S |
272 | Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 114) | Xxxxxxxxx Xxxxx 648 | CISCO2921-SEC/K9 | FTX1547AMPM |
275 | CGP Comunal N 6 - Subsede Defensoría Caballito | Xxxxxx Xxxxx 954 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551803D |
277 | Secretaria de Producción general de la ciudad | Uruguay 440 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551803N |
278 | Hospital General de Agudos "Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxx" | Av. Xxxxxx 3555 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086HX |
279 | Hospital General de Niños "Xxxxx Xxxxxxxx" | Xxxxxx Xxxxxx xx Xxx 40 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086J0 |
280 | Distrito Escolar 5° - Educación Primaria 1º piso | Xxxxxx Xxxxxx de Oca 439 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180A1 |
281 | CESAC N° 7 | Xxxxxxx 4002 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086AN |
PLIEG-2021-18001475-GCABA-DGI5A3SINF
PLIEG-2021-18001475-GCABA-DGI5A4SINF
ID | NOMBRE SITIO | DOMICILIO | EQUIPO | N/S |
287 | Hospital de Odontología "Xx. Xxxx Xxxxxx" | Xxxxx 15 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551809E |
289 | Hospital General de Agudos "Xx. Xxxx Xxxxxxxxxxx" | Nueva York 3952 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086FP |
290 | Parque de la Memoria | Xxxxxx Xxxxxxxx 5745 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086BD |
000 | XXXXX Xx 00 | Xx. Xxxxxxxx 3960 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086HH |
292 | Centro Cultural "Xxxxxx Xxxxxx" Centro de Primera Infancia "Xxxxx de San Xxxxxxx" | Olleros 3640 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086M4 |
293 | Casa Taller "Xxxxxxx-Xxxxxxxx" | Xxxxxxx Xxxxx 556 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551808S |
294 | Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria | Xxxxx xx Xxxxxx 2517 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086ME |
295 | Juegoteca "Xxxxxx Xxxxxx" Polideportivo "Xxxxxx Xxxxxx" | Oruro 1308 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086BK |
296 | Distrito Escolar 19 - Educación primaria | Coronel Xxxxxx 4181 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX15518006 |
299 | Consejo del Nino y el Adolescente CA Barracas - Consejo del Nino y el Adolescente CN Barracas. | Pasaje Padre Xxxxxx Xx la Sierra 1700 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086JK |
303 | Hospital de Oncología "Xxxxx Xxxxx" | Av. Patricias Argentinas 500 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180M2 |
305 | Centro de Salud Mental N2 1 "Xx. Xxxx Xxxxxxxx" | Xxxxxxx Xxxxxxx 1558 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086KD |
310 | Poder Legislativo | Perú 130 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086FN |
311 | Dirección Coordinación Institucional - Instituto Vocacional de Arte - Dirección General de Enseñanza Artística - Alumbrado Publico | Perú 372 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX15518027 |
313 | CESAC N° 5 | Av. Piedra Buena 3140 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX15518013 |
314 | Centro de Acción Familiar N2 8 Centro de Inclusión Digital | Av. Piedra buena 3741 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086G8 |
315 | Servicio Social Zonal 1 Dirección de la Juventud | Piedras 1281 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551801T |
316 | Parador "Xxxxxxx Xxxxxxxxx" | Piedras 1583 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086LV |
317 | Defensoría Mataderos - Liniers | Guamini 1849 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180AH |
318 | Hospital General de Agudos "X. Xxxxxxxxxx" | Xxxxx 950 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551808V |
319 | Centro de Desarrollo Infantil "Pringles" Dirección General de Patrimonio e Instituto Histórico | Pringles 342 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551800S |
320 | Sede Distrital D.E. 2 "Supervisión Región II" | Av. Pueyrredón 630 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551802S |
322 | Supervisión Región 7 Educación Técnica | Av. Intendente Xxxxxxxxx Xxxxxxx 1507 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180BH |
323 | Corporación Buenos Aires Sur S.E. (Ley 470) | Av. Intendente Xxxxxxxxx Xxxxxxx 3220 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180BL |
000 | Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx | Xx. Rivadavia 5161 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180L8 |
ID | NOMBRE SITIO | DOMICILIO | EQUIPO | N/S |
000 | XXX Xxxxxxx Xx 0 | Xx. Rivadavia 7202 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155181CQ |
000 | Xxxxxx "Xxxx" | Xx. Coronel Roca 3490 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180LC |
334 | CGP Comunal N 8 - Dirección General de Licencias | Av. Coronel Roca 5252 | CISCO2921-SEC/K9 | FTX1550AL79 |
335 | Parque "Almirante Brown" | Av. Coronel Roca 6029 | XXXXX0000/K9 | FJC2034L12P |
000 | Xxxxxxxxxx Xxxx - Xxxxxxxx | Xx. Xxxxxx Xxxxxx xx Xxx 1762 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086M7 |
337 | Defensoría Chacarita — Paternal | Xxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxx 662 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551802G |
338 | Espacios Verdes | Xxxxxx 251 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086G5 |
339 | SAME | J. E. Rodo 4475 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086H0 |
343 | Dirección General de Ciudadanía Porteña | Xxxxxxxx Xxxxxxxx 979 | XXXXX0000/K9 | FJC2034L12M |
344 | DGEART - CSMMF - ANEXOS del Conservatorio Superior de Música "Xxxxxx xx Xxxxx" ANEXO II | Xxxxxxxx Xxxxxxxx 2445/2455 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX15518097 |
345 | Parque "Xxxxxx Xxxxxxxx" (ex KDT) | Xxxxxxxx Xxxxxxxx 3450 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800L5 |
346 | Servicio Social Zonal 4E | CNEL. Salvadores 799 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086GS |
347 | Programa de Mitigación de Riesgo en Escuelas - Ministerio de Educación | Av. San Xxxx 250 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086K8 |
350 | Hospital Oftalmológico "Santa Xxxxx" | Av. San Xxxx 2021 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551809R |
351 | Servicio Social Zonal 5 - Servicio Social Zonal 3 | Av. San Xxxx 2353 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086MD |
352 | Hospital de Odontología "Xxxxx Xxxxxxxx" | Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxx 2529 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX15518093 |
353 | Ministerio de Ambiente y Espacio Público "Jardín Botánico | Av. Santa Fe 3951 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800LB |
353 | Sala de Reuniones Jardín Botánico | Av. Santa Fe. 3917 | C891FW-A-K9 | FJC2034L10X |
354 | Dirección General de Educación de Gestión Privada | Av. Santa Fe 4360 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180AZ |
354 | Dirección General de Educación de Gestión Privada | Av. Santa Fe 4360 | CISCO2921-SEC/K9 | FTX1550AL7C |
356 | Comuna N°3 Subsede | Sarandí 1273 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180L4 |
357 | CESAC N 44 | Xxxxxx 4201 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551800W |
358 | DGEART - EMAD Escuela Metropolitana de Arte Dramático | Xxxxxxxxx 2573 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086G0 |
359 | Planetario "Xxxxxxx Xxxxxxx" | Av. Xxxxxxxxx y Xxxxxxxxx Xxxxxx S/N | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551809P |
359 | Planetario "Xxxxxxx Xxxxxxx" | Av. Xxxxxxxxx y Xxxxxxxxx Xxxxxx S/N | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883JP |
360 | Servicio Social Zonal 15 - Servicio Social Zonal 10 - Equipo Zonal Norte | ALTE. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx 2125 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180LV |
PLIEG-2021-18001475-GCABA-DGI5A5SINF
ID | NOMBRE SITIO | DOMICILIO | EQUIPO | N/S |
362 | Hospital de Rehabilitación "Manuel Roca" | Av. Xxxxxxxx 1949 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551800H |
000 | XXXXX X 0 | Xx. Soldado de la Frontera 5144 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX15518002 |
364 | Centro Verde Xxxxx cooperativa cartonera del SUR | Xxxxx 1919 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086JN |
000 | Xxxxxxxx Xxxxxxx 0 - Xxxxxxxxx Xxxxxxxx | Xx. Xxxxxx 1131 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155181CY |
366 | CGP Comunal Ng 4 - Subsede | Av. Xxxxxx S/N | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX15518001 |
367 | Talleres Protegidos de Rehabilitación Psiquiátrica | Av. Xxxxxx 2215 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086HA |
369 | Dirección General del Libro y Promoción de la Lectura | Talcahuano 1261 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180B3 |
370 | CESAC N 2 | Xxxxxxx 5850 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086B8 |
372 | Centro Cultural Discepolin | Tronador 4134 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX170981NW |
375 | CGP Comunal N° 2 Servicio Social Zonal 2 | PRES. Xxxx X. Xxxxxxx 1022 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086BS |
376 | Hospital General de Agudos "Xxxx X. Xxxxx Xxxxx" | GRLA. Xxxxxxx 609 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086BF |
379 | Hospital de Enfermedades Infecciosas "Xxxxxxxxx Xxxxx" | Uspallata 2272 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551801D |
381 | Unidad Auditoría Interna - Ente de Higiene Urbana (Ley 462) | Av. Xxxxxx 555 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086GN |
382 | Hospital General de Agudos "Xxxxxxxx Xxxxxx" | Av. Xxxxxx 1301 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086LR |
000 | Xxxxxxxxxx xx Xxxxxx | Xx. Xxxxxx 1621 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086M0 |
386 | CESAC Ng 31 Biblioteca "Xxxxxx Xxxxxxxxx" Casa de los Niños y Adolescentes Barrio Xxxxx | Xxxxxxx xx Xxxxx 12300 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX15518004 |
387 | CESAC Ng 1 Centro de salud N° 1 | Av. Xxxxx Xxxxxxxx 1271 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180LG |
388 | Defensoría | Venezuela 842 | C1111-4P | FGL2427L1QT |
389 | Arbolado Urbano | Venezuela 2032 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086G2 |
390 | AGIP (Rentas) | Xxxxxxxx 900 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180BE |
392 | Dirección General de Industrias Creativas - Centro Metropolitano de Diseño | Algarrobo 1041 | XXXXX0000/K9 | FJC2034L12H |
393 | Hospital de Emergencias psiquiátricas "Xxxxxxxx xx Xxxxxx" - Hogar de Ancianos "San Xxxxxx" SAME - Dirección General de Infraestructura Social - Centro de Desarrollo Infantil "Mi Mundo" | Av. Xxxxxx 2630 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551803W |
396 | Ministerio de Desarrollo Social Hogar San Xxxxxx | Av. Xxxxxx 2603 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883N9 |
396 | Ministerio de Desarrollo Social Hogar San Xxxxxx | Av. Xxxxxx 2816 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883N4 |
398 | Cartelería Vertical | Zuviria 3351 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551802X |
PLIEG-2021-18001475-GCABA-DGI5A6SINF
ID | NOMBRE SITIO | DOMICILIO | EQUIPO | N/S |
399 | Proyecto Mejor en Bici "Parque Las Xxxxx" | S/N | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800LX |
000 | Xx Xxxxx Xxxxxxx | Xx. Xxxxxxxxx Xxxxx 4662 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883PX |
403 | Centro Integral de la Mujer "Xxxx Xxxx" | Xxxxxx 301 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883N0 |
404 | Centro de Desarrollo Infantil "Albarelos" | Av. Xxxxxxxxxx 3153 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883NH |
405 | Centro de Desarrollo Infantil "Patricios" | Av. Almafuerte 66 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800B7 |
406 | Juegoteca "Caballito" | TTE. GRAL. Xxxxxx Xxxxxxx 130 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883NR |
407 | Hogar "Xxx Xxxxx" | TTE. GRAL. Xxxxxx Xxxxxxx 550 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800G9 |
409 | Centro Cultural "Xxxxxxx Xxxxxxxx" | Xxxxx 234 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800LC |
411 | Centro Cultural "Xxxxx xxx Xxxx" | GRAL. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx 202 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX1548009X |
412 | Centro Cultural "Xxxx Buenos Xxxxx" | Av. Asamblea 1200 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX1549800T |
413 | Centro Cultural "Xxxxxxx Xxxx" | Av. Xxxxxxxxxx 2547 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883NV |
414 | Centro de Primera Infancia "Chispita de Amor Estrellita" | P.T. Xxxx Xxxxxx y Xxxxxxx 4501 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800LW |
417 | Hogar "26 de Julio" | AV. Belgrano 482 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX1549800K |
420 | Hogar de Día N2 12 (Club Fin de Semana) | Xxxxxxxxx Xxxxxx 4310 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX170382N0 |
422 | Centro de Desarrollo Infantil "Espora" | Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx 1500 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX170981M0 |
000 | Xxxxx xx Xxx X0 0 | Xx. CNEL Xxxxxxx Xxxxxxxx S/N | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX15498015 |
425 | Centro Cultural "Versalles" | Bruselas 785 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800LM |
426 | Centro Cultural "Casa Flores" | Cachimayo 1675 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX170981LW |
427 | Museo del Cine | Xxxxxxx X. Xxxxxxxxx 49 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800G4 |
428 | Centro de Primera Infancia "Xxxxxxx X Xxxx" | Xxxxxx Xxxxx 1218 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800B5 |
430 | Centro Cultural "La Paternal" - Villa Mitre | Caracas 1249 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800C7 |
000 | Xxxxxx Xxxxxxxx "Xxx Xxx" | Xx. Caseros 1750 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800LF |
431 | Biblioteca Infantil "Xxxxxxx Xxxxxx" | Av. Caseros y GRAL. Xxxxxxx S/N | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800DR |
433 | Centro Cultural "Boedo" | Cochabamba 2881 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883KS |
434 | Hogar de Dfa N 8 y N 18 | Xxxxxxxx 5155 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800C3 |
435 | Polideportivo "Colegiales" | Xxxxx 235 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800G6 |
435 | Polideportivo "Colegiales" | Xxxxx S/N | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX1548009G |
436 | Centro Cultural ''Colegiales" | Xxxxx 943 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800BB |
437 | Teatro "Regio" | Av. Córdoba 6056 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX1548009F |
PLIEG-2021-18001475-GCABA-DGI5A7SINF
ID | NOMBRE SITIO | DOMICILIO | EQUIPO | N/S |
438 | Teatro "General San Xxxxxx" | Av. Corrientes 1530 | CISCO2921/K9 | FJC2040A02K |
439 | Teatro "Xxxxxx" | Av. Corrientes 1659 | ISR4321-SEC/K9 | FLM2232W0UH |
442 | Centro de Primera Infancia "Pulgarcito" | Av. Xxxxxxx Xxxx 2101 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX1549800Z |
446 | Polideportivo "Xxxxx Rica" | Av. De los Constituyentes 3050 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883NW |
447 | Museo de la Ciudad | Defensa 219 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883MW |
448 | Centro Cultural "Plaza Defensa" | Defensa S/N | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX1549800W |
449 | Museo "Xxxx Xxxxxxxxx" | Av. Del Libertador 2373 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800GA |
000 | Xxxxxx Xxxxxxxxxx | XXXXXXXXXX XX. Y XXXXXXX | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883Q9 |
453 | Centro de Desarrollo Infantil "Xxxx xx Xxxxxxxx" | Giribone 976 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800C9 |
454 | Centro Cultural Xxxxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxxx 1961 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180AC |
455 | Centro cultural "El Taller" | Xxxxxxx Xxxxxxxx 4967 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800LV |
456 | Centro cultural "Xxxxxx Xxxxxx" | Gorriti 5740 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883KN |
458 | Distrito Escolar 9 - Supervisión Educación Primaria - Biblioteca Xxxxxx Xxxxx y Xxxxx | Xxxxxx 4601 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX1549800N |
459 | Hogar de Dia N 5 | Xxxxxxx 1253 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800C1 |
460 | Centro de Desarrollo Infantil "Xxxxxxx" | Xxxxxxx 566 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX1549800F |
461 | Juegoteca "Barracas" | Xxxxxxx 594 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800LP |
462 | Polideportivo "Xxx Xxxx" | Hornos GRAL. y Xxxxxxxx S/N | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800G5 |
463 | Centro de Desarrollo Infantil "Xxxxx xx Xxxxxxxxx" | Xxxxxx Xxxx 682 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883KP |
464 | Centro Cultural "Nuestra Tierra" | Av. Xxxxxxx y Xxxxxxxxxxx S/N | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800L6 |
000 | Xxxxx Xxxxxx | Xx. Infanta Xxxxxx 555 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800DL |
466 | Centro de Acción Familiar "Xxxxx Xxxxxxx" | Xxx Xxxxx Xxxxx 2355 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX170981N1 |
467 | Museo Casa "Xxxxxx Xxxxxx" | Xxxx Xxxxxx 735 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX15480097 |
468 | Centro Cultural "Recoleta" Audio videoteca "Escritores Argentinos" | Junín 3251 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086MM |
469 | Biblioteca "Xxxx Xxxx" | Juramento 2937 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800LZ |
470 | Museo "Xxxxxxx" | Av. Juramento 2291 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883PZ |
471 | Hogar para Madres Adolescentes "Xxxxx Xxx Xxxxxx" | La Pampa 750 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX1548009S |
472 | Biblioteca "Xxxxxxxx Xxxxxxx" | La Pampa 2215 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800GE |
473 | Centro Cultural "Belgrano R" | La Pampa 3855 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX15480098 |
474 | Centro Cultural "La Casita de la Selva" | La Selva 4022 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX15498013 |
PLIEG-2021-18001475-GCABA-DGI5A8SINF
PLIEG-2021-18001475-GCABA-DGI5A9SINF
ID | NOMBRE SITIO | DOMICILIO | EQUIPO | N/S |
475 | Centro de Acción Familiar "Xxxxxxxxx Xxxxx" | Xxxxxxx 4370 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800BZ |
476 | Centro Cultural "Macedonio Fernández" | Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx S/N | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800C4 |
479 | Centro de Primera Infancia "El Alfarero" | Luna 1955 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX1549800D |
480 | Juegoteca "Amor y Paz" | Luna y Orma S/N | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800LG |
484 | Centro Cultural "X. Xxxxxxxxx Xxxxxx" | Mercedes S/N | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883Q3 |
485 | Centro de Desarrollo Infantil "Xxxxxxx" Centro Cultural "Barrio Xxxxxxx" Biblioteca "Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx" | TTE. GRAL. Xxxx Xxxxxxxxxx (NORTE) 4900 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800BW |
486 | Polideportivo "Xxxxx" | Xxxxxxxx Xxxxxxx 3819 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800FW |
487 | Polideportivo "Xxxxxxx" | Monte 6679 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800DK |
489 | Centro Cultural "Xxxxx Xxxxxxxxxxx" | Xxxxxxx 1041 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883Q5 |
490 | Centro Cultural "CEPNA" | Murguiondo 4361 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800A7 |
491 | Centro Cultural "Devoto" | Nueva York 4169 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800DQ |
492 | Centro Cultural "Xxxxx Xxxxxxxx" | O'Xxxxxxx 3050 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883NA |
493 | Juegoteca "Liniers" | TTE. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx 946 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883QA |
494 | Hogar de Dia N 9 y N 13 | Paraguay 5170 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883NZ |
495 | Hogar de Dia N 24 | Pasaje Yrupe 6701 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX15480095 |
496 | Hogar "Xxxxx Xxxx" | Av. Paseo Colón 811 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800L4 |
497 | Centro de Inclusión Digital "CAINA" | Balcarce 1252 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800LR |
498 | Polideportivo "Santojanni" | Patrón 6222 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883NQ |
499 | Juegoteca "Boedo" | Av. Xxxxx 3918 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800A9 |
500 | Centro Cultural "Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx" | Av. GRAL. Paz y 2 xx Xxxxx de 1982 S/N | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883N8 |
501 | Polideportivo "Patricios" | Pepiri 315 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800DM |
503 | Centro Cultural "Xxxx Xxxxxxxxxxx" | Xxxxx Xxxxx 3545 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX15480090 |
000 | Xxxxxxxxxxxxx "Xxxxxxxxx" | Xx. Xxx Xxxxx 1401 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX15480094 |
505 | Centro de Desarrollo Infantil "Chacabuco" | Av. Xxx Xxxxx 1502 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800DZ |
506 | Centro de Desarrollo Infantil "Xxxxxxxx" | Xxxxxx 4080 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX1548009P |
507 | Centro Cultural "Xxxxxxxxx Xxxxx" | Puan 360 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX170981PC |
508 | Museo "Xxxx Xxxxxxxx" | Xxxxx 644 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX1549800R |
509 | Centro Cultural "Xxxxxxx Xxxxxxxx" Xxxxxx Xxxxxxxx | Av. Int. Xxxxxxxxx Xxxxxxx 2275 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX170981P4 |
510 | Hogar "Nuestra Sra. de los Ángeles" | TTE. CNEL. Xxxxxxxx Xxxxxxx 2028 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800A3 |
511 | Centro Cultural "Barrio IIlia" | Av. Xxxxxxx 1850 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551808A |
PLIEG-2021-18001475-GCABA-DGI6A0SINF
ID | NOMBRE SITIO | DOMICILIO | EQUIPO | N/S |
512 | Biblioteca "El Progreso" | Av. Xxxxxxx 5655 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800DJ |
514 | Centro Cultural "Xxxx Xxxx" | Río de Janeiro 496 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800LU |
515 | Hogar de Dia N 2 | Xxxxx 881 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800DX |
516 | Centro Integral de la Mujer "Xxxxxx Xxxxxx" | Xxxxxxxx Xxxxxxxx 765 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX15480092 |
517 | Museo del Cine "Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx" - Sede Administrativa | Ministro Brim 615 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883ND |
518 | Museo de Arte Moderno de Buenos Aires | Av. San Xxxx 350 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883Q7 |
519 | Centro Cultural "Xxxxxxxxx Xxxxxxxx" | Av. San Xxxx 353 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180A6 |
000 | Xxxxxx Xxxxxxxx "Xxxxxx Xxxxxxx., | Xx. San Xxxx 3255 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800DV |
521 | Centro Cultural "La Usina" | Xxxxx Xxxxxxx 2752 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX1548009K |
523 | Centro Cultural "General San Xxxxxx" | Xxxxxxxxx 1551 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883X8 |
524 | Teatro "Xxxxxxxxx" | Av. Xxxxxxxxx 2715 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883KQ |
527 | Biblioteca Infantil "Xxxxxx Xxxxxx" | Av. Soldado de la Frontera 5210 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883WS |
528 | Centro Cultural "Xxxx Xxxxx" | Xxxxx 3929 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX15498092 |
530 | Centro de Acción Familiar N°29 | Xxxx Xxxx Xxxxxx 5157 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086JC |
532 | Centro Cultural "Xxxxxx Xxxxx" | Tilcara 3365 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551808W |
533 | Teatro "25 xx xxxx" | Av. Triunvirato 4444 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086JX |
535 | Centro Cultural "Xxxxxxxxx Xxxxxx" | Tucumán 3233 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX17038357 |
536 | Biblioteca de la Mujer "Alforisina Storni" | Venezuela 1538 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800LY |
537 | Centro Cultural "Cid" | Xxxx Xxxxx 1052 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800DD |
540 | Centro de Primera Infancia "La Tortuguita Xxxxxxxxx" | Xxxxx 2212 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX15498010 |
542 | Centro de Prevención de Adicciones | California 601 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800M3 |
543 | Centro de Acción Familiar "CEMAI" | XX. Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxx 3368 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800LD |
544 | Centro de Desarrollo Infantil "Agronomía" | Av. De los Constituyentes 3110 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883XL |
000 | Xxxxx xx Xxx X 00 | Xx. GRAL. Xxxxxxxxx de la Xxxx 6380 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX15480099 |
546 | Hogar de Dia N 15 | Xxxxx 350 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800LL |
547 | Hogar de Dia N9 10 | Xxxxxxx y 2 xx Xxxxx 6752 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800LK |
549 | Hogar de Dia NCI 4 | Yerbal 5025 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800BE |
000 | Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx: Xxxxxxxxxx | Xx. Xxxxxx 730 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883X1 |
552 | Anfiteatro Parque "Centenario" | Av. Xxxxxxxx Xxxxxxxx y Av. Xxxxx S/N | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX1549800L |
553 | Biblioteca "Xxxxxx Xxxxx" | Pasaje Yrupe 6714 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086GT |
ID | NOMBRE SITIO | DOMICILIO | EQUIPO | N/S |
554 | Biblioteca "Reina Batata" | La Pampa 1839 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800LS |
555 | Casa "Xxxxxxxxx Xxxxxx" | Xxxxxxxx Xxxxxxxx 1422 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800G8 |
556 | XXXXX | Xxxxxx xx Xxxxxx 1050 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086K1 |
558 | A.C.A. Escuela de Conducción | Av. Xxxxxxx 3955 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180JQ |
563 | Hogar Vallecitos | Venialvo 3554 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX170981PH |
567 | Proyecto Mejor en Bici | Virrey Xxxxxxxx S/N | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX1548009C |
569 | Dirección General de Asistencia Operativa Comunal | 24 de Noviembre 1315 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180JV |
570 | Supervisión Adultos | Xxxxxxx 49 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX1703824M |
572 | Proyecto Mejor en Bici " Estación Pacifico" | Av. Santa Fe y Av. Intenden Xxxxxxxx | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883KT |
572 | Proyecto Mejor en Bici "Estación Pacifico" | Av. Santa Fe y Av. Xxxxxxxx S/N | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883N3 |
575 | Proyecto Mejor en Bici "Plaza Italia" | Av. Santa Fe y Av. Xxxxxxxxx S/N | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883X0 |
577 | Proyecto Mejor en Bici "Facultad de Derecho" | Av. Del Libertado y Av. Pueyrredón S/N | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX1548008V |
578 | Proyecto Mejor en Bici "Plaza Xx Xxxx" | Av. PTE. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx y Perú S/N | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX1548008X |
580 | Proyecto Mejor en Bici "Plaza Once" | Av. Rivadavia y Av. Pueyrredón S/N | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX17038354 |
580 | Proyecto Mejor en Bici "Plaza Once" | Av. Rivadavia y Av. Pueyrredón S/N | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800DP |
582 | Proyecto Mejor en Bici "Plaza San Xxxxxx" | San Xxxxxx y Maipú S/N | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800DN |
583 | Archivo General Registro Civil | Xxxx Xxxxxx 970 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086MN |
584 | DGEART- EMAD - Escuela Metropolitana de Arte - Dramático No. 12 | Xxxxx 141/143 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551802F |
585 | Distrito Audiovisual | Xxxxxxx y Zapiola S/N | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551809C |
586 | Adultos 2000 | Xxxxxxxxx 2326 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180B9 |
587 | Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx | Xxxxxxx 799 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX1703835A |
592 | CPI Casita Azul y Blanca de los Duendes | Av. Coronel Roca 5400 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX170981N2 |
593 | CPI Casita San Xxxx | San Xxxxxxx 3061 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX170981MH |
600 | CPI Proyecto de Vida | Av. Escalada 3030 | C891FW-A-K9 | FJC2034L110 |
603 | CPI San Xxxx xx Xxxxxx | Cnel. Xxxxx Xxxxxx 2543 (1°P) | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX170981LX |
604 | Casa de Medio camino "Xxxxx Xxxxx" | Xxxxxx Xxxx 588 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX170981MY |
606 | PREASIS | Xxxxxx Xxxxxxxx 1333 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX170981LT |
607 | Hogar Xxxxxxxxx Xxxxxxxx | Xxxxx 00 xxxxx 0 x 0 Xxxxxxxx | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551807H |
608 | Centro Médico Barrial N°01 | Las Palmas 2471 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086AF |
PLIEG-2021-18001475-GCABA-DGI6A1SINF
PLIEG-2021-18001475-GCABA-DGI6A2SINF
ID | NOMBRE SITIO | DOMICILIO | EQUIPO | N/S |
609 | Centro Médico Barrial N°02 | Xxxxxx Xxxxxxx 1022 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551801C |
611 | Centro Médico Barrial N°04 | Carabobo Av 801 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1246Y0P1 |
620 | CMB 13 | Camarones 2834 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX1549800P |
626 | Centro Médico Barrial N°19 | Xxxxxxxx 2502 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883XN |
633 | CMB Nº 26 "Belgrano" | Guayra 2193 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX1548009B |
639 | Centro Médico Barrial N°32 | Xxxxxxxx de la Barca 1198 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800DG |
640 | CMB 33 "Xxxxxxxx" | Av. Xxxxxx 4354 | XXXXX0000/K9 | FJC2040L06B |
642 | Centro Médico Barrial N° 35 | Xxxxxxxx Xxxxx xxx Xxxxxx 2956 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX170981N9 |
643 | CMD N° 36 | Xxxxxx 1604 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800B4 |
649 | Refugio "Xxxxxxxxx Xxxxxxx" (refugio p/Ia mujer golpeada e hijos) | No se informa (confidencial) | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086FL |
651 | Casa Puerto | Cortina 645 | XXXXX0000/K9 | FJC2033L3JG |
653 | Comisaria Comunal Nro 4 | Xxxxxxxx 425 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551800M |
654 | Anexo Museo Xxxxxx | Av. Xxxxxxxxxxx Xxxxx 851 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551801P |
655 | Delegación Administrativa I - Ministerio de Educación | Av. Córdoba 2016 | XXXXX0000/K9 | FTX170381DY |
658 | Cine El Plata | Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx 5751 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086H3 |
000 | Xxxxx xxx Xxxx | Xx. Xxx Xxxxx xx Xxxxxxx 501 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX15518038 |
660 | Gerencia Operativa de Informatización de los Derechos de Timbre e Ingresos No Tributados | Perú 84 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086MS |
000 | XXX X 0 | Xx. Patricias Argentinas 277 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086G6 |
665 | Biblioteca "Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx" | Xxxxxxxxxx Xxxxxx 4206 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX15518017 |
666 | Biblioteca "Xxxxxx Xxxxxxxx" | Crainqueville 2233 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551800L |
667 | Biblioteca "Xxxxxxx Xxxxxxxx" | GRAL. Xxxxx Xxxx 4219 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551801A |
668 | Biblioteca "Xxxxxx Xxxx" | Xxxxxx Xxxxx 4319 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180K0 |
669 | Biblioteca "Xxxxxxxxxx Xxx Xxxxx" | De Las Artes 1210 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551801M |
670 | Biblioteca "Xxxxxxx Xxxxxxx" | Xxxxxxxx 819 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086FJ |
671 | Biblioteca "Xxxxxxx X. Xxxxxxxx" | Xxxxxx 408 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086GQ |
672 | Biblioteca "La Prensa" | Xxxx X. Xxx 3300 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX15518084 |
673 | Biblioteca "Xxxx Xxxxxxxxx" | Boquerón 6753 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180HJ |
675 | Biblioteca "Canal Xxxx X. Xxxxxxxxxx" | Av. Soldado de la Frontera 5059 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180AW |
677 | Programa PREASIS dependiente del Ministerio de Desarrollo Social | 15 de Noviembre de 1889 2315/2317 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX170981LK |
679 | Servicio Social Zonal 4 Oeste | Xx. xxx Xxxxx Xxxxxxxxx 0000 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX1703824U |
PLIEG-2021-18001475-GCABA-DGI6A3SINF
ID | NOMBRE SITIO | DOMICILIO | EQUIPO | N/S |
681 | Dirección de Educación Media - Región 8 - Supervisión Técnica - Región Técnica 7 | Xxxxxxx 1473 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180L3 |
683 | Dirección de Educación Inicial | Av. Boedo 650 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180LH |
686 | Delegación de Educación Media Región 0 | Xx. Callao 628 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086BN |
687 | Dirección de Educación Primaria - DE 11 Supervisión de Primaria | Av. Carabobo 253 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX15498043 |
688 | Supervisión Educación Media | Alberdi 1845 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX1703822E |
690 | Dirección de Educación Inicial - Supervisión de Primaria - Delegación Primaria - DE 21 | Coronel Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx 6090 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551801J |
693 | Supervisión de CENS - Sector 2 Supervisión de CENS - Sector 4 | Av. Entre Xxxx 757 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086BQ |
694 | Dirección de Educación Inicial | Xxxxxx 3711 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180LE |
696 | Supervisión Técnica - Región Técnica 4 - Dirección de Educación Media | Xxxxxxx Xxxxxx 3899 | XXXXX0000/K9 | FJC2034L12F |
698 | Dirección de Educación Inicial | Gualeguaychu 550 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086FZ |
700 | Supervisión Técnica - Región Técnica 5 | Av. Xxxxxxx 535 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180M4 |
702 | Dirección de Educación Inicial | Moldes 1220 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086H9 |
703 | Delegación Primaria - DE 10 - Supervisión de CENS - Sector 5 - Supervisión de Primaria - Supervisión Primarias Adultos - Sector 3 | Moldes 1854 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180A3 |
705 | Delegación de Educación Media - Región 5 | Murguiondo 1568 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180HV |
708 | Delegación de Educación Media - DEL II | Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx 1649 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180HX |
709 | Delegación de Educación Primaria - DE 01 Supervisión de Primaria | Av. PRES. Xxxxxx Xxxxxxxx 35 | XXXXX0000/K9 | FJC1945E56A |
710 | COMUNA 12 | Holmberg 2548 | ISR4331/K9 | FLM2131V1TM |
713 | Supervisión de Centros Educativos | San Xxxxxxx 588 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180JY |
714 | Delegación de Educación Primaria - DE 18 - Supervisión de Primaría - DE 18 | Av. Xxxxxxxx S/N | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155181CX |
715 | Supervisión de Materias Especiales - Supervisión de CENS - Sector 6 | Xxxxxxxx 1314 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180HN |
732 | Taller Comuna N2 14 | Xxxxx Xxxx 2976 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX170981PE |
738 | Taller Comuna 5 | Xxxxxxxx Xxxxxxxx 1050 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX170981P8 |
750 | Biblioteca Xxxxxx Xxxx | XXXXX, XXXXXX 4319 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180K0 |
751 | Centro Medico Barrial N°05 | Nogoya 4302 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551800G |
752 | Delegaciem Procuration General | Av. Córdoba 1235 | XXXXX0000/K9 | FTX170381E0 |
754 | Dirección General de Licencias - | Av. Coronel Roca 5252 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX15518000 |
ID | NOMBRE SITIO | DOMICILIO | EQUIPO | N/S |
Dirección General de Transito | ||||
761 | Hogar "Amparo Maternal" | Xxxxxxx X. Xxxxx S/N | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX1549800X |
763 | Centro de Primera Infancia "Conejo TrAv.ieso" | Saladillo 1470 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800LN |
765 | Museo del Cine "Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx" - Sede Administrativa | Ministro Xxxx 615 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883ND |
766 | Ministerio de Ambiente y Espacio Publico | Av. Ing. Xxxxxx 949 | XXXXX0000/K9 | FTX170381DX |
767 | SERVICIO ZONAL 7 | Yerbal 2457 | C891F-K9 | FGL222794JC |
768 | Unidad de Monitoreo EPA | Av. Brasil 100 | XXXXX0000/K9 | FTX153483W2 |
771 | Nueva Imprenta MGEYA | Ventana 3549 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX17038224 |
772 | Planta de Asfalto EMUI | Xxxxxxxxxx 2350 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX17038358 |
773 | MEPHU Xxxxx xx Xxxxxxx | Xxxxx xx Xxxxxxx 3865 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX1703822K |
774 | Supervisión DE17 | Bahía Blanca 4025 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551801H |
000 | XXX Xxxxxxx Xx 00 | Xx. Xxxxxxxxx Xxxxx 4680 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086KB |
780 | CGP 2 nueva sede (Village Recoleta) | Xxxxxxx Xxxxx 2050 | XXXXX0000/K9 | FTX170381E1 |
781 | Dirección General de Xxxxxxxx | Xxxxxxx 1665/1345 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180JM |
783 | Instituto Vocacional de Arte | Suipacha 443 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX170981MW |
784 | BGP SPEAKER – Internet plataforma Uspallata | Uspallata 3160 | ASR1002-HX | FXS2109Q35W |
784 | SYNCRO 2 (USPALLATA) – ruteo Datacenter | Uspallata 3160 | WS-C6509-E | SMG2127F02W |
784 | SYNCRO 2 (USPALLATA) – ruteo Datacenter | Uspallata 3160 | WS-C6509-E | SMG2127F02W |
000 | Xxxxxxx Xxxxxx | Xx. Xxxxxx Xxxxxx 320 | WS-C6509-E | SMG1548N05R |
790 | Ctro Geoposicionamiento de Detenidos Policía Metro | Xxxxxxx 3860 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086K0 |
794 | Subsede Supervision REGION 2- Educación Media | Los Patos 3080 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551801S |
796 | Sede social Barrio INTA | Xxxxxx y Pasaje Palo Santo ( Av. General Xxx y Aut) S/N | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086AQ |
798 | Supervision Educación Inicial Grupo IV | Xxxxxxxx Xxxxxxxx 4238 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086J7 |
806 | Consejo del Niño y Adolescente | Xxxxxxxxxx Xxxxxx 3540 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551802P |
810 | Planta PET DGNT | Xxxxxxxxx 2685 | XXXXX0000/K9 | FJC2040L069 |
811 | Edificio Venezuela | Venezuela 1515 | ISR4321-SEC/K9 | FLM2232W0UM |
1014 | Estudio Urbano | Curapaligue 585 | ISR4321-SEC/K9 | FLM2232W0UL |
1119 | Zoológico de Buenos Aires /Ecoparque | Av. Las xxxxx 4155 | C1-CISCO4351/K9 | FLM2143W0K1 |
0000 | XXXXXX | Xx. Coronel Roca y Av. Escalada S/N | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800M0 |
PLIEG-2021-18001475-GCABA-DGI6A4SINF
ID | NOMBRE SITIO | DOMICILIO | EQUIPO | N/S |
0000 | Xxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxx Xxxx 0000 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX170981P0 |
1232 | Colegio de Abogados | Av. Corrientes 1455 | C891F-K9 | FJC2132L2EN |
1239 | Instituto Superior de Arte Teatro Colon | Corrientes 1681 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800GB |
1240 | Portal Villa 31 | Xxxxxxx Xxxxx 1400 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551800X |
1243 | BAP Buenos Aires Presente | San Xxxx y Cochabamba / Entre Xxxx | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086AR |
1244 | Servicio Social Zonal N°5 | Cochabamba 4048 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX170381Z9 |
1253 | Zonal2 | Xxxxxxxxx Xxxx 780/778 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX15498011 |
1255 | Edificio Finochietto | Finochietto 451 | CISCO2921-SEC/K9 | FTX1547AMPK |
1278 | CUUC ANX | Xxxxxx 301 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180BF |
1281 | Hogar de Niños Xxxxxxxxxx | Xxxxxxxxx 1578 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX170981PJ |
1331 | Agencia de Bienes | Estados Unidos 40 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX15518014 |
1339 | Villa 31 CEDEL | Camino del Trabajo S/N | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800LE |
0000 | Xxxxxx Xxxxx Xxxxx 00 | Xx. Del Inmigrante 1 | CISCO2921-SEC/K9 | FTX1550AL4A |
1341 | Consejo del Niño y el Adolescente | Maipú 521 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551800D |
1346 | Base Luro - Xxxxxxxx | Xxxxxxxx 212 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883NB |
1347 | Cuerpo de Agentes de Tránsito Base Xxxxx | Xxxxxxxx S/N | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883P1 |
1349 | Consejo de Ciencias Económicas | Xxxxxxxx 1461 | C891F-K9 | FJC2132L2EJ |
1352 | Subsecretaria de Descentralización | Xxxxxxxx Xxxxxxx 118 | ISR4331/K9 | FLM2140V0JR |
1353 | Consejo del Niño y Adolescentes - XXXXXXXXX | TTE. GRAL. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx 3175 | ISR4331/K9 | FLM2140V0JS |
1357 | Museo Xxxxxxxxx Xxxxxx | Av. Xxx Xxxxx xx Xxxxxxx 1835 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883NN |
1359 | Centro Odontológico Infantil | Av. De los Corrales 6999 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086HF |
1361 | COMUNA 1 PADELAI | Xxxxxxxx Xxxxx 250 | ISR4331-SEC/K9 | FLM2143V0AJ |
1363 | COMUNA 3 XXXXXXXX | Xxxxxx 245 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086J5 |
1367 | Centros y Residencias Penales | Charcas 4602 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086BL |
1369 | Centros y Residencias Penales | TTE. General Xxxxx 2048 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086L8 |
1370 | Centros y Residencias Penales | Xxxxxxx 3051 | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883JQ |
1371 | Centros y Residencias Penales | Curapaligue 751 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX15518011 |
1373 | CEMAR CIC Barracas | Xxxxxxx 3501 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086BG |
1374 | CESAC N°48 | Xxxx y Xxxxxx Xxxxxx S/N | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086M2 |
1377 | Centros verdes COOP EL ALAMO | Constituyentes 6259 | ISR4321-SEC/K9 | FLM2251V1K6 |
1378 | Centros verdes (Xxxxxxx 2124) | Xxxxxxx 2124 | ISR4321-SEC/K9 | FLM2251V1K5 |
1379 | CeSAC Santander | SANTANDER 5955 | ISR4321-SEC/K9 | FLM232811GX |
1382 | CESAC N°21 | Perfectura 80 | XXXXX0000/K9 | FJC2040L067 |
PLIEG-2021-18001475-GCABA-DGI6A5SINF
PLIEG-2021-18001475-GCABA-DGI6A6SINF
ID | NOMBRE SITIO | DOMICILIO | EQUIPO | N/S |
1383 | Autodromo de la Ciudad de Buenos Aires Xxxxx y Jua | Av. Coronel Roca 6902 | ISR4321-SEC/K9 | FLM2232W0UK |
1386 | Playón IVC Chacarita Barrio Xxxxx | Xxxxx y Xxxxxxx Xxxxxx X/N | ISR4321-SEC/K9 | FLM231810P4 |
1387 | Museo Arqueológico | Xxxxxx Xxxxxx 417 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551808G |
1390 | Parque de la estación | TTE.GRAL Xxxx Xxxxxxx Xxxxx 0000 | XXXXX0000/K9 | FJC2034L12N |
1393 | Centro de Atención Transitoria | Formosa 448 | C891FW-A-K9 | FJC1946E11S |
1396 | Pola 1952 | Pola 1952 | ISR4321-SEC/K9 | FLM232811GY |
1399 | Centros verdes Xxxxxxxx | Xxxxxxxx 4674 | ISR4321-SEC/K9 | FLM2232W0UJ |
1400 | Defensoría Zonal Lugano | Xxxxxxx AV. 5897 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086KY |
1409 | Estaciones Ordenadas Xxxxxxxxx | Xxxxxxxxx Xxxxxx y Xxxxxxx | ISR4321-SEC/K9 | FLM2317V19W |
1411 | UBA | Pres. Xxxx X. Xxxxxxx 950 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086GG |
1419 | CeSAC N°25 Barrio 31 | XXXXX 0 XXXXXXX 00 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086KH |
1425 | SECITD | Xxxx Xxxxxx Xxxxx 268 | ISR4351-SEC/K9 | FLM2301V0AU |
0000 | xx XXX | Xx. Independencia 635 | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX1551800C |
9999 | Agencia de Sistemas de Información | Av. Independencia 635 | WS-C6509-E | SMG1548N04X |
9999 | Agencia de Sistemas de Información | Av. Independencia 635 | WS-C6509-E | SMG1548N04W |
576- 533a | Proyecto Mejor en Bici "Aduana" | Av. Paseo Colón y Av. Belgrano S/N | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800LH |
N/A | EN STOCK ASI | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155180M6 | |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LBQQ |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LFV0 |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LJWY |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LJWZ |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LJX9 |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LJXB |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LJXH |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LJXM |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LJY9 |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LJYJ |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LJYK |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LJZ0 |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LJZA |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LJZB |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LJZS |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LJZZ |
PLIEG-2021-18001475-GCABA-DGI6A7SINF
ID | NOMBRE SITIO | DOMICILIO | EQUIPO | N/S |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LK03 |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LK0R |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LK0T |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LK11 |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LK16 |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LK1P |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LK1V |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LK23 |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LK2K |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LK2P |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LK2U |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LK34 |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LK3D |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LK3G |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LK3L |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LK3T |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LK3V |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LK3Z |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LK47 |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LK49 |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LK4C |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2426LLJR |
N/A | Implementación en curso | N/A | C1111-4P | FGL2427L1EU |
N/A | Domicilio a confirmar | N/A | XXXXX0000/K9 | FJC2040L063 |
N/A | Domicilio a confirmar | N/A | XXXXX0000/K9 | FJC2131L2AM |
N/A | Domicilio a confirmar | N/A | XXXXX0000-SEC/K9 | FTX155086LS |
N/A | Domicilio a confirmar | N/A | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800BX |
N/A | Domicilio a confirmar | N/A | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800M2 |
N/A | Domicilio a confirmar | N/A | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800GG |
N/A | Domicilio a confirmar | N/A | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883N6 |
N/A | Domicilio a confirmar | N/A | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX1548008Z |
N/A | Domicilio a confirmar | N/A | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883NF |
N/A | Domicilio a confirmar | N/A | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX1548008W |
N/A | Domicilio a confirmar | N/A | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800B9 |
N/A | Domicilio a confirmar | N/A | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800DF |
N/A | Domicilio a confirmar | N/A | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800B2 |
ID | NOMBRE SITIO | DOMICILIO | EQUIPO | N/S |
N/A | Domicilio a confirmar | N/A | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800LJ |
N/A | Domicilio a confirmar | N/A | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883N1 |
N/A | Domicilio a confirmar | N/A | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800G7 |
N/A | Domicilio a confirmar | N/A | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800AU |
N/A | Domicilio a confirmar | N/A | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154800M1 |
N/A | Domicilio a confirmar | N/A | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX15498090 |
N/A | Domicilio a confirmar | N/A | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883NK |
N/A | Domicilio a confirmar | N/A | CISCO891W-AGN-A-K9 | FTX154883NX |
N/A | Domicilio a confirmar | N/A | ISR4321-SEC/K9 | FLM2015W15W |
N/A | Barrio 1-11-14 | S/N | ISR4321-SEC/K9 | FLM2251V1K4 |
N/A | Domicilio a confirmar | N/A | ISR4351-SEC/K9 | FLM2240W0SA |
N/A | Domicilio a confirmar | N/A | ISR4351-SEC/K9 | FLM2235W184 |
PLIEG-2021-18001475-GCABA-DGI6A8SINF
G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S
"2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires"
Hoja Adicional de Firmas Pliego
Número:
PLIEG-2021-18001475-GCABA-DGIASINF
Buenos Aires,
Martes 15 xx Xxxxx de 2021
Referencia: PBCP - PET - Servicio de Mantenimiento preventivo y correctivo de Routers de acceso a la red MAN del GCBA
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Date: 2021.06.15 11:58:46 -03'00'
XXXXXX XXXX XXXXXXXX
Director General
D.G. DE INFRAESTRUCTURA MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE
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DN: cn=Comunicaciones Oficiales Date: 2021.06.15 11:58:47 -03'00'