Instituto Mexicano del Seguro Social
Instituto Mexicano del Seguro Social
Dirección de Administración Unidad de Adquisiciones
Coordinación de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios Coordinación Técnica de Adquisición de Bienes de Inversión y Activos División de Contratación de Activos y Logística.
Xxxxx Xxxxxxx xxxxxx 000, Xxxx 0, Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx.
Convocatoria
Licitación Pública Nacional Electrónica Núm. LA-50-GYR-050GYR019-N-289-2023
Para la Contratación del “Servicio de Soporte Técnico para el aplicativo AGECH”
1. DATOS GENERALES O DE IDENTIFICACIÓN DE LA LICITACIÓN PÚBLICA. 8
1.1. Datos de identificación 8
1.2. Medio que se utilizará para la licitación pública y carácter de la misma 8
1.3. Número de identificación de la Licitación Pública asignado por CompraNet 9
1.4. Indicación de los ejercicios fiscales para la contratación 9
1.5. Idioma en que se deberán presentar las proposiciones, los folletos y anexos técnicos 9
1.6. Disponibilidad presupuestaria 9
1.7. Procedimiento financiado con créditos externos 9
2. OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN PÚBLICA 9
2.1. Objeto de la contratación 9
2.2. Agrupación de Partidas 10
2.3. Precios Máximos de Referencia 10
2.4. Normas Oficiales Mexicanas, Normas Estándar (antes Mexicanas), Internacionales, Referencia o
2.4.1. Licencias, permisos, registros, certificados o autorizaciones 10
2.4.2. Folletos, insertos, catálogos 10
2.6. Cantidades para contratar 11
3. FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS DIVERSOS ACTOS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA 11
3.2. Fecha, hora y lugar para los actos de la Licitación Pública Nacional Electrónica 11
3.3. Visita a las instalaciones 12
3.5. Recepción de proposiciones 13
3.6. Proposiciones conjuntas 15
3.8. Documentación distinta a la proposición 16
3.9. Acreditamiento de existencia legal y personalidad jurídica del licitante 16
3.10. Documentación que se rubricará 16
3.11. Fallo y firma de contrato 17
4. REQUISITOS QUE LOS LICITANTES DEBEN CUMPLIR Y QUE SU INCUMPLIMIENTO, AUSENCIA U OMISIÓN AFECTAN LA SOLVENCIA DE LA PROPOSICIÓN Y MOTIVARÁ SU DESECHAMIENTO. 20
4.2. DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LA PROPOSICIÓN (LEGAL-ADMINISTRATIVA). 21
4.2.1. Escrito de acreditación legal y personalidad jurídica del licitante 21
4.2.2. Escrito de nacionalidad mexicana 21
4.2.3. Escrito de Cumplimiento de normas 21
4.2.4. Escrito de no encontrarse en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la LAASSP. 21
4.2.5. Declaración de integridad 21
4.2.6. ESCRITO DE ESTRATIFICACIÓN DE MIPYME 22
4.2.7. Convenio de participación conjunta 22
4.2.8. La dirección de correo electrónico del licitante 22
a. Escrito para solicitar la clasificación de la información entregada por el licitante 24
b. Declaración de No Colusión Comisión Federal de Competencia Económica 24
d. Escrito de aceptación de las disposiciones del sistema CompraNet 24
e. Manifiesto de conocer y registrarse en el módulo de formalización de instrumentos jurídicos 25
5. CAUSALES EXPRESAS DE DESECHAMIENTO. 25
6. CRITERIOS ESPECÍFICOS CONFORME A LOS CUALES SE EVALUARÁN LAS PROPOSICIONES 28
6.1 Evaluación de la propuesta técnica 28
6.2 Evaluación de la propuesta económica 29
7. ADJUDICACIÓN DE CONTRATO 29
8. DECLARACIÓN DESIERTA DE LA LICITACIÓN 29
9. CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN, PARTIDA(S), O CONCEPTOS INCLUIDOS EN ÉSTA 30
12. FORMATOS QUE FACILITARÁN Y AGILIZARÁN LA PRESENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE LAS PROPOSICIONES 31
13. INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL 31
14. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Y OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA DE LICENCIAS, PERMISOS, AUTORIZACIONES Y CONCESIONES 32
5. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 35
7. CONDICIONES TÉCNICAS DE ACEPTACIÓN DE ENTREGABLE 36
8. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES 39
9. NIVELES DE SERVICIO ACORDADOS QUE DEBERÁN CUMPLIRSE 39
ANEXO 2.- TÉRMINOS Y CONDICIONES 40
4. Vigencia de la contratación 40
5. Plazo de entrega del servicio 40
6. Evaluación de proposiciones 41
7. Licencias, permisos, registros, certificados o autorizaciones que debe cumplir o aplicarse al servicio a contratar 43
8. Xxxxxxxx, catálogos, fotografías, manuales entre otros, en caso de que se requieran para comprobar las especificaciones técnicas requeridas 43
9. Visitas a las instalaciones Institucionales 43
10. Penas convencionales y deducciones al pago 43
12. Mecanismos para responder por defectos o vicios ocultos 44
14. Porcentaje y forma de amortización del anticipo 46
16. Mecanismos de comprobación, supervisión y verificación del servicio contratado y efectivamente prestado, así como del cumplimientode las requisiciones de cada entregable 47
17. TIPO DE ABASTECIMIENTO REQUERIDO 47
21. Condiciones de aceptación 50
24. Funcionarios públicos de la DIDT participantes en el proceso de contratación del servicio 51
25. Administración del contrato 51
ANEXO 3.- ESCRITO DE ACREDITACIÓN LEGAL Y PERSONALIDAD JURÍDICA DEL LICITANTE 52
ANEXO 4.- ESCRITO DE NACIONALIDAD MEXICANA 53
ANEXO 5.- ESCRITO DE CUMPLIMIENTO DE NORMAS 54
ANEXO 6.- ESCRITO DE NO ENCONTRARSE EN LOS SUPUESTOS DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LAASSP
............................................................................................................................................................ 55
ANEXO 7.- DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD 56
ANEXO 8.- ESCRITO DE ESTRATIFICACIÓN DE MIPYME 57
ANEXO 8 BIS. - INSTRUCTIVO DE LLENADO PARA EL ESCRITO DE ESTRATIFICACIÓN DE MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA (MIPYMES) 58
ANEXO 9- PROPUESTA ECONÓMICA 59
ANEXO 10.- RELACIÓN DE DOCUMENTOS A PRESENTAR 60
ANEXO 11.- ESCRITO PARA SOLICITAR LA CLASIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN ENTREGADA POR EL LICITANTE 62
ANEXO 12.- ESCRITO DE MANIFESTACIÓN QUE NO DESEMPEÑA EMPLEO, CARGO O COMISIÓN EN EL SERVICIO PÚBLICO O, EN SU CASO, QUE, A PESAR DE DESEMPEÑARLO, CON LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO CORRESPONDIENTE NO SE ACTUALIZA UN CONFLICTO DE INTERÉS 63
ANEXO 13.- MODELO DE CONTRATO 64
ANEXO 14.- MODELO DE CONVENIO DE PROPOSICIÓN CONJUNTA 92
ANEXO 15.- NOTA INFORMATIVA PARA PARTICIPANTES DE PAÍSES MIEMBROS DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO (OCDE) 96
ANEXO 16.- DECLARACIÓN DE NO COLUSIÓN COMISIÓN FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA 100
ANEXO 17.- MODELO DE FIANZA 102
ANEXO 18 CARTA DE AUTORIZACIÓN 32-D 106
ANEXO 19 MANIFESTACIÓN DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS 107
ANEXO 20 ESCRITO DE ACEPTACIÓN DE LAS DISPOSICIONES DEL SISTEMA COMPRANET 108
ANEXO 21 MANIFIESTO DE CONOCER Y REGISTRARSE EN EL MÓDULO DE FORMALIZACIÓN DE INSTRUMENTOS JURÍDICOS 109
GLOSARIO DE TÉRMINOS 111
Convocatoria
El Instituto Mexicano del Seguro Social, en cumplimiento al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el Titulo Primero “Disposiciones Generales”, Capítulo Único, artículos 3 fracción IX y 25 y Título Segundo “De los Procedimientos de Contratación”, Capítulo Primero “Generalidades”, Capítulo Segundo “De la Licitación Pública” y los artículos 26 fracción I, 26 Bis fracción II, 27, 28 fracción I, 29, 30 y 46 de la LAASSP; el “Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones” publicado en el DOF el 20 xx xxxxxx del 2015 y el “Acuerdo por el que se modifica el diverso que expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prorroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones”, publicado en el DOF el día 19 de febrero de 2016 y 28 de febrero de 2017; y los relativos y demás disposiciones vigentes aplicables en la materia, a través de la División de Contratación de Activos y Logística, se convoca a las personas físicas x xxxxxxx de nacionalidad mexicana cuya actividad comercial esté relacionada con los servicios a contratar descritos en los Anexos 1.- Anexo Técnico y 2.- Términos y Condiciones, para participar en la licitación pública y, que NO se encuentren en alguno de los supuestos que se establecen en los artículos 50 y 60 de la LAASSP.
1. DATOS GENERALES O DE IDENTIFICACIÓN DE LA LICITACIÓN PÚBLICA.
Entidad convocante | Instituto Mexicano del Seguro Social. |
Área contratante | Dirección de Administración. Unidad de Adquisiciones. Coordinación de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios. Coordinación Técnica de Adquisición de Bienes de Inversión y Activos División de Contratación de Activos y Logística. |
Domicilio | Xxxxx Xxxxxxx xxxxxx 000, Xxxx 0, Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx. |
Área requirente/técnica | Coordinación de Servicios de Infraestructura Tecnológica Institucional - Coordinación de Servicios Digitales y de Información / División de Administración de Centros de Datos – División de Servicios de Información para Administración de Personal |
Ninguna de las condiciones contenidas en la presente Convocatoria, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes podrán ser negociadas, de conformidad con lo previsto en el séptimo párrafo del artículo 26 de la LAASSP.
1.2. Medio que se utilizará para la licitación pública y carácter de la misma.
La presente Licitación Pública Nacional conforme al medio utilizado es Electrónica. Por lo cual los licitantes deberán participar únicamente a través del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado “CompraNet”, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26 Bis fracción II de la LAASSP, y en el “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental, denominado CompraNet”, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 xx xxxxx de 2011, en la cual exclusivamente se permitirá la participación de los licitantes a través de CompraNet y no se aceptarán proposiciones de manera presencial o a través de servicio postal o de mensajería.
Por lo anterior, las proposiciones remitidas a través de CompraNet deberán emplear los medios de identificación electrónica que establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), los cuales producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio; lo anterior conforme a lo establecido en los párrafos penúltimo y último del artículo 27 de la LAASSP y 50 de su Reglamento, así como los numerales 14 y 16 del “ACUERDO por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet”, publicadas en el DOF el 28 xx xxxxx de 2011, y el Manual de Unidades Compradoras publicado por la SHCP.
Por lo anterior, aquellos interesados en participar en la presente licitación que requieran asesoría o presenten situaciones particulares sobre el manejo y uso de CompraNet, deberán dirigirse al
El carácter del presente procedimiento de contratación es Nacional.
1.3. Número de identificación de la Licitación Pública asignado por CompraNet.
LA-50-GYR-050GYR019-N-289-2023.
1.4. Indicación de los ejercicios fiscales para la contratación.
La presente contratación abarcará sólo el ejercicio fiscal 2023.
1.5. Idioma en que se deberán presentar las proposiciones, los folletos y anexos técnicos.
Las proposiciones deberán presentarse en idioma español.
Los anexos técnicos, certificados, diplomas y folletos del servicio ofertado por el licitante podrán presentarse en el idioma del país de origen de los servicios que se oferta, acompañados de una traducción simple al español. Será motivo de desechar su propuesta si no acompaña la traducción de cualquier documento que presente en otro idioma que no sea el español, de conformidad con el artículo 29, fracción IV de la LAASSP.
1.6. Disponibilidad presupuestaria.
El monto del presupuesto se encuentra aprobado de conformidad al Dictamen de Disponibilidad Presupuestal Previo número 0000444491-2023 emitido por la División de Control y Seguimiento al Presupuesto de Operación en Ámbito Central.
Clave CUCOP:
Núm. | CUCOP | Concepto |
1 | 33300009 | Mantenimiento y/o soporte a sistemas y/o programas ya existentes. |
1.7. Procedimiento financiado con créditos externos.
El presente procedimiento de contratación no será financiado con fondos provenientes de créditos externos otorgados al Gobierno Federal, ni con la garantía de Organismos Financieros Regionales o Multilaterales.
2. OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN PÚBLICA.
2.1. Objeto de la contratación.
El objeto es Servicio de Soporte técnico para el aplicativo AGECH.
La descripción amplia y detallada de los servicios a contratar se encuentra especificada en:
a. Anexo 1.- Anexo Técnico.
b. Anexo 2.- Términos y Condiciones.
Para el presente procedimiento de contratación no se tiene prevista la agrupación de partidas, ya que se adjudicará por partida única.
Consecuentemente, para el presente procedimiento no se tiene prevista la agrupación de partidas, con fundamento en el artículo 39 fracción II inciso b) del Reglamento.
2.3. Precios Máximos de Referencia.
En el presente procedimiento no se establecen Precios Máximos de Referencia.
2.4. Normas Oficiales Mexicanas, Normas Estándar (antes Mexicanas), Internacionales, Referencia o Especificaciones.
Para la presente contratación no se requiere el cumplimiento de alguna Norma Mexicana, Norma Oficial Mexicana o Norma Internacional o de referencia.
2.4.1. Licencias, permisos, registros, certificados o autorizaciones.
El Instituto tendrá el derecho de conservar las licencias y actualizaciones referentes a la contratación del Servicio de Soporte Técnico para el aplicativo AGECH, así como el derecho a las licencias y actualizaciones de las versiones más recientes que sean liberadas durante la vigencia del contrato.
2.4.2. Folletos, insertos, catálogos.
Los anexos técnicos, catálogos o manuales deberán indicar el número de página u hoja, numeral y/o párrafo, donde se referencie toda la información y los requisitos del servicio ofertado, los cuales deben cumplir íntegramente con lo solicitado; así como aquellos que presente en su proposición técnica, los cuales deberán corresponder con la descripción técnica de “El Licitante”, la cual deberá ser completa y en caso de estar en idioma diferente al español deberá presentar la traducción simple, en el entendido de que la traducción podrá contener únicamente las páginas, secciones y/o párrafos que soporten sus proposiciones.
2.5. Método que se utilizará para realizar las pruebas que permitan verificar el cumplimiento de las especificaciones de los servicios a contratar e institución pública o privada que lo realizará.
No aplica.
2.6. Cantidades para contratar.
De conformidad con lo establecido en el artículo 39 fracción II inciso f) del Reglamento, la contratación será por cantidad determinada, lo cual se detalla en el Anexo 1.- Anexo Técnico de la Convocatoria.
Se requiere una sola fuente de abastecimiento.
El contrato se adjudicará por partida ÚNICA a un solo licitante.
En todos los casos se verificará que las proposiciones cumplan con los requisitos solicitados en la convocatoria; y será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solvente porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos de la presente convocatoria y además oferte el precio más bajo, de conformidad con el artículo 36 Bis fracción II de la LAASSP.
Se adjunta como Anexo 13 el modelo de contrato para formalizar los derechos y obligaciones que se deriven de la presente Licitación Pública Nacional Electrónica, al cual estará obligado el licitante que resulte adjudicado y atendiendo a lo establecido en el artículo 45 de la LAASSP y 81 de su Reglamento.
En caso de discrepancia entre el contenido del contrato y el de la presente convocatoria, prevalecerá lo estipulado en ésta última, así como el resultado de la Junta de Aclaraciones, de conformidad con lo señalado en el penúltimo párrafo del artículo 45 de la LAASSP.
3. FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS DIVERSOS ACTOS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA.
Para este procedimiento NO APLICA la reducción de plazos.
3.2. Fecha, hora y lugar para los actos de la Licitación Pública Nacional Electrónica
Acto | Xxxxx | Xxxxxxx (Ciudad de México) | Lugar | |
Visita a | las | NO APLICA | Los actos se realizarán de conformidad con lo establecido en el artículo 26 Bis, fracción II de la LAASSP, a través de CompraNet en la dirección electrónica xxxxx://xxxx- xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/ Al tratarse de una licitación pública | |
instalaciones | ||||
18 de | ||||
Junta de Aclaraciones | octubre de | 10:00 horas | ||
2023 | ||||
Presentación | y | 30 de | 11:00 horas | |
Apertura | de | octubre de |
Proposiciones | 2023 | electrónica, los licitantes únicamente podrán participar en los actos a través de ese medio. | |
Junta para la notificación del Fallo | 08 de noviembre de 2023 | 14:00 horas |
De cada junta se levantará acta, misma que se difundirá en CompraNet para efectos de notificación personal.
Asimismo, se hace del conocimiento de los interesados que los actos del procedimiento de esta licitación se llevarán a cabo en el domicilio de la convocante y, en su caso, con fundamento en el artículo 26 de la LAASSP, podrá asistir cualquier persona en calidad de observador, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos. Una vez iniciado cualquiera de los distintos eventos en que participen los observadores, no se permitirá el ingreso a ningún otro.
Los observadores que ingresen a las instalaciones del Instituto deberán cumplir con las medidas de seguridad implementadas, además de aquellas medidas de prevención relacionadas con el virus SARS-Cov2; el no apegarse a su cumplimiento, les será denegado el acceso al inmueble o en su caso su desalojo.
3.3. Visita a las instalaciones.
No aplica.
La Junta de Aclaraciones se llevará a cabo en términos de los artículos 33 Bis de la LAASSP, 45 y
46 de su Reglamento, por lo que las personas que pretendan solicitar aclaraciones a la Convocatoria deberán presentar un escrito en término de los numerales citados y del artículo 48 fracción V del Reglamento, en el que expresen su interés en participar en la Licitación, por si o en representación de un tercero, de acuerdo con el MANIFIESTO DE INTERÉS que genera CompraNet, con el cual serán considerados licitantes y tendrán derecho a formular solicitudes de aclaración utilizando para tal caso el apartado “Solicitudes de Aclaración” de la sección Juntas de Aclaraciones del Procedimiento en CompraNet, a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora programada que se realice la Junta de Aclaraciones.
Las solicitudes de aclaración deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la convocatoria, indicando el numeral o punto específico con el cual se relaciona.
El plazo para enviar dichas solicitudes será a partir de la publicación de esta convocatoria y hasta 24 horas de anticipación a la fecha programada para la Junta de Aclaraciones.
Cuando a razón de número de solicitudes de aclaración recibidas, o algún otro factor no imputable a la convocante y que sea acreditable, no sea posible otorgar respuestas el día en que inicia la Junta de Aclaraciones, el servidor público que presida la Junta informará si éstas serán
enviadas en ese momento o si se suspenderá la sesión para reanudarla en hora o fecha posterior a efecto de que las respuestas sean remitidas.
Con el envío de las respuestas a que se refiere el párrafo anterior, la convocante informará a los licitantes, atendiendo al número de solicitudes de aclaración contestadas, el plazo que estos tendrán para formular las preguntas que consideren necesarias en relación con las respuestas remitidas. Dicho plazo no podrá ser inferior a seis ni superior a cuarenta y ocho horas. Una vez recibidas las preguntas a las respuestas otorgadas por la convocante, ésta informará a los licitantes el plazo máximo en el que enviará las contestaciones correspondientes, de conformidad con el artículo 46, fracción II del Reglamento.
De la Junta de Aclaraciones se levantará acta, misma que se difundirá en CompraNet para efectos de notificación personal.
Cuando el escrito de interés se presente fuera del plazo previsto en el artículo 33 Bis de la LAASSP, el licitante sólo tendrá derecho a formular preguntas sobre las respuestas que dé la convocante en la mencionada junta.
Asimismo, las solicitudes de aclaración que sean enviadas a través del sistema CompraNet con posterioridad al plazo previsto en el artículo 33 Bis de la LAASSP, no serán contestadas por la convocante por resultar extemporáneas, debiéndose integrar al expediente respectivo, salvo lo previsto en el artículo 46 fracción VI del Reglamento.
En cumplimiento a lo establecido en el artículo 33 penúltimo párrafo de la LAASSP, lo asentado en el acta que se derive del acto de Junta de Aclaraciones, formará parte de la Convocatoria a esta Licitación y deberá ser considerada por los licitantes para la elaboración de sus proposiciones ya que la evaluación de estas se realizará incluyendo lo establecido en dicha acta.
3.5. Recepción de proposiciones.
La presentación y apertura de proposiciones se llevará a cabo en términos de los artículos 34 y 35 de la LAASSP, así como 47, 48, 49, segundo párrafo y 50 del Reglamento, para lo cual podrán hacer uso de los formatos previstos en el numeral 12, de la presente convocatoria.
Para intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones, bastará que los licitantes presenten un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica, para lo cual podrán hacer uso del Anexo 3.- Escrito de acreditación legal y personalidad jurídica del licitante.
Asimismo, se precisa que en la documentación técnica, legal y económica que integre la proposición remitida a través de CompraNet, se deberán emplear los medios de identificación electrónica en sustitución de la firma autógrafa, lo anterior de conformidad con lo señalado en la fracción II del artículo 26 Bis, el último párrafo del artículo 27 de la LAASSP y el primer párrafo del artículo 50 del Reglamento.
Sólo serán consideradas las proposiciones que se reciban por medio de CompraNet en respuesta a los requerimientos técnicos, legales y económicos. El licitante deberá firmar electrónicamente
la proposición; y se verificará con los elementos que el sistema ofrece tales como el ACUSE DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIÓN ELECTRÓNICA A TRAVÉS DE COMPRANET (Acuse de
proposición) generado por CompraNet que contiene los datos capturados en la propuesta.
Se procederá a la apertura de los sobres generados mediante el sistema, en el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, por causas ajenas a la voluntad de la Convocante, no sea posible abrir los sobres que contengan las propuestas enviadas por CompraNet, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones que dieron origen a la interrupción, salvo lo previsto en el numeral 29 del “ACUERDO por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet” el cual contempla lo siguiente:
“29.- Las dependencias y entidades, a través de la Unidad Compradora, recabarán de los licitantes su aceptación de que se tendrán como no presentadas sus proposiciones y, en su caso, la documentación requerida por la Unidad Compradora, cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a la dependencia o entidad.”
Una vez alcanzada la fecha y hora de inicio del evento de apertura de proposiciones, el licitante no podrá enviar su proposición o modificación de la misma.
Una vez recibidas las proposiciones en la fecha, hora y lugar establecidos, éstas no podrán retirarse o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de contratación hasta su conclusión.
Recibidas las proposiciones que hayan sido enviadas a través de CompraNet, se procederá a la apertura de todas y cada una de ellas, haciéndose constar la documentación presentada, sin que ello implique la evaluación de su contenido, por lo que, en el caso de que algún licitante omita la presentación de algún documento o requisito, no serán desechadas en ese momento, haciéndose constar ello en el formato de recepción de los documentos que integran la propuesta conforme al Anexo 10 Relación de documentos a presentar, lo anterior de conformidad con lo establecido el artículo 47 del Reglamento.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 50 del Reglamento, el licitante deberá foliar cada uno de los documentos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, en todas y cada una de las hojas que los integren. Al efecto, se deberán numerar de manera individual la propuesta técnica y económica, así como el resto de los documentos que entregue el licitante, y por ser una licitación electrónica, podrá enviarse en varios archivos electrónicos. Sólo la falta absoluta de folio será causa para desechar, siempre y cuando esta circunstancia impide llevar a cabo su evaluación y, por tanto, afecte la solvencia de la proposición.
El Instituto conforme al artículo 35 fracción III de la LAASSP, levantará el acta correspondiente que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de proposiciones, se hará constar el importe total de las proposiciones presentadas, asimismo se señalará lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la Licitación. El acta será firmada por los asistentes, a los cuales se les entregará copia simple de la misma.
El acta correspondiente al acto de presentación y apertura de proposiciones se difundirá a través de CompraNet al concluir el mismo, para efectos de su notificación en términos de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 37 Bis de la LAASSP.
Conforme al artículo 34 de la LAASSP, los interesados podrán presentar propuestas conjuntas, siempre y cuando éstas cumplan con lo establecido en el artículo 44 y 48, fracción VIII, segundo párrafo del Reglamento.
Las personas interesadas podrán agruparse para presentar una propuesta, para tal efecto deberán cubrir los siguientes requisitos:
a) Uno de los integrantes podrá presentar el escrito mediante el cual se manifieste el interés en participar en la junta de aclaraciones y en el procedimiento de contratación.
b) Los integrantes deberán celebrar en términos de la legislación aplicable un convenio, en el cual se establezcan con precisión los siguientes aspectos, de conformidad con el Anexo 14 de la presente convocatoria, o en cualquier instrumento siempre que cumpla con los requisitos establecidos en los artículos 34 de la LAASSP y 44 del Reglamento:
I. Nombre, Domicilio y RFC de las personas integrantes, señalando, en su caso, los datos de los instrumentos públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas,
II. Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas, señalando, en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación, así como la designación de un domicilio común para todos los efectos que deriven del Convenio.
III. Designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con la propuesta y con el procedimiento de licitación pública nacional electrónica,
IV. Descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona integrante, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, y
V. Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado junto con los demás integrantes ya sea en forma solidaria o mancomunada para efectos del procedimiento de contratación y del contrato, en caso de que se les adjudique el mismo.
En el acto de presentación y apertura de proposiciones el representante común de la agrupación deberá señalar que la propuesta se presenta en forma conjunta. El convenio a que hace referencia el inciso b), se presentará con la propuesta y, en caso de que a los licitantes que la hubieren presentado se les adjudique el contrato, dicho convenio, formará parte integrante del mismo como uno de sus anexos.
En el supuesto de que se adjudique el contrato a los licitantes que presentaron una propuesta conjunta, el convenio indicado en el inciso b) y las facultades del apoderado legal de la agrupación que formalizará el contrato respectivo, deberán constar en escritura pública, salvo que el contrato sea firmado por todas las personas que integran la agrupación que formula la propuesta conjunta o por sus representantes legales, quienes en lo individual, deberán acreditar su respectiva personalidad, o por el apoderado legal de la nueva sociedad que se constituya por las personas que integran la agrupación que formuló la propuesta conjunta, antes de la fecha fijada para la firma del contrato. Esto deberá comunicarse mediante escrito a la convocante por dichas personas o por su apoderado legal, al momento de darse a conocer el fallo o a más tardar en las veinticuatro horas siguientes.
En caso de que se presente proposición conjunta, y no se presente el convenio de participación conjunta o el presentado no cumpla con los requisitos legales y reglamentarios, afecta la solvencia de la propuesta y motivará que sea desechada.
c) De conformidad con lo establecido en el artículo 48, fracción VIII, segundo párrafo del Reglamento de la LAASSP los integrantes deberán presentar en forma individual los escritos siguientes: Escrito de no encontrarse en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la LAASSP, Declaración de integridad, Escrito de nacionalidad mexicana y Escrito de estratificación de MIPYME, así como el Escrito de acreditación legal y personalidad jurídica del licitante conforme a los Anexos señalados en el numeral 4.2 Documentación distinta a la proposición (legal-administrativa).
La proposición deberá ser enviada por CompraNet y firmada electrónicamente por el representante común que para ese acto haya sido designado por el grupo de personas.
Los licitantes sólo podrán presentar una proposición en el presente procedimiento de contratación.
3.8. Documentación distinta a la proposición.
El licitante podrá presentar dentro o fuera del sobre cerrado (EN CASO DE SER PRESENCIAL), la documentación distinta a la que conforma las propuestas técnica y económica, misma que forma parte de su proposición.
3.9. Acreditamiento de existencia legal y personalidad jurídica del licitante.
El licitante deberá acreditar su existencia legal y, en su caso, la personalidad jurídica de su representante, para efectos de la suscripción de la proposición, en el acto de presentación y apertura de proposiciones, para lo cual podrá hacer uso del Anexo 3 de la convocatoria, o en formato libre siempre que cumpla con los requisitos del artículo 48, fracción V del Reglamento.
3.10. Documentación que se rubricará.
Serán rubricadas por los servidores públicos que asistan al acto de presentación y apertura de proposiciones, las Propuestas Económicas (Anexo 9) y la Relación de documentos a presentar (Anexo 10).
En todo caso, la totalidad de los archivos se almacenarán en medios ópticos de almacenamiento, uno para ser entregado al área técnica y/o requirente y otro para que obre en el expediente.
3.11. Fallo y firma de contrato.
a) Fallo:
El fallo se emitirá de conformidad con el artículo 37 de la LAASSP en la fecha y hora establecida en el numeral 3.2 de la presente Convocatoria; en caso de que en la fecha prevista no se pueda emitir, el mismo podrá ser diferido hasta por veinte días naturales contados a partir de la fecha prevista originalmente y su contenido se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita, en el entendido de que este procedimiento sustituye a la notificación personal.
Así también el fallo podrá ser consultado en el portal de compras del IMSS en el apartado “Transparencia” (http.//xxxxxxx.xxxx.xxx.xx/), o bien en el mural de comunicación ubicado en el piso 5 del inmueble en la Xxxxx Xxxxxxx xxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxxxxxxx Territorial Xxxxxxxxxx, Ciudad de México, México; en donde se fijará copia de un ejemplar del acta por un término no menor de cinco días hábiles.
b) Firma del contrato:
El licitante adjudicado deberá firmar los contratos, dentro de los 15 días naturales siguientes al de la notificación del fallo, sin perjuicio de que con la citada notificación se realice la requisición de los servicios objeto de la presente licitación.
Para tal efecto, deberá hacerlo a través de CompraNet, en términos del Manual de Operación que contiene las directrices que se deberán observar en el Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental sobre Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios, Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas denominado CompraNet, para la utilización del Módulo de Formalización de Instrumentos Jurídicos, derivados de los procedimientos de contratación al amparo de la Ley y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, en este sentido, se informa que previo a llevar a cabo la formalización de los contratos, el licitante que resulte adjudicado deberá presentar en la División de Contratos, ubicada en Xxxxx Xxxxxxx xxxxxx 000, xxxx 00, Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, X.X. 06700, Demarcación Territorial Xxxxxxxxxx, Ciudad de México, los documentos que se indican en el anexo adjunto a la Convocatoria denominado Documentación Legal Solicitada para la Elaboración de Contratos; precisando que el Acta Constitutiva que se integre a dicha documentación, deberá contener sello de recepción de la División de Contratación de Activos y Logística.
Adicionalmente, el licitante adjudicado deberá actualizar sus datos en el registro interno de proveedores del IMSS, a cargo de la División de Investigación de Mercados de Arrendamientos y Servicios, ubicada en Xxxxx Xxxxxxx 000, Xxxx 0, xxx Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, Demarcación Territorial Xxxxxxxxxx, C.P. 06700, en la Ciudad de México.
3.12. Documentos que, de manera previa a la firma del contrato, deberá presentar el licitante adjudicado
a. Acta constitutiva y, en su caso, sus respectivas modificaciones.
b. Poder notarial del representante legal que firmará el contrato.
a. Acta de nacimiento o carta de naturalización.
a) Identificación oficial vigente y con fotografía del representante legal (cartilla del servicio militar nacional, pasaporte, credencial para votar ó cédula profesional), tratándose de personas físicas, y en el caso de personas xxxxxxx, de la persona que firme la propuesta.
b) Cédula de Registro Federal de Contribuyentes.
c) Comprobante de domicilio con vigencia no mayor a 3 meses.
d) En su caso, escrito de estratificación de empresa en términos del artículo 3 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
e) Escrito en términos del artículo 50 y 60 de la LASSPP.
f) Opinión positiva de cumplimiento de obligaciones fiscales emitida por el SAT, vigente a la firma del contrato, en términos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.
g) Opinión positiva de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social vigente a la firma del contrato emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en términos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y del Acuerdo ACDO.AS1.HCT.260220/64.P.DIR dictado por el H. Consejo Técnico de “EL INSTITUTO” publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2020, el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.270422/107.P.DIR, referente a las reglas para la obtención de la citada opinión, publicado el 22 de septiembre de 2022 en el Diario Oficial de la Federación y el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.250423/106.P.DIR dictado en sesión ordinaria celebrada el día 25 xx xxxxx del 2023, por el que se aprobaron las Disposiciones transitorias aplicables a las Reglas de carácter general para la obtención de la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, publicadas el 22 de septiembre de 2022.
h) Constancia de situación fiscal vigente, emitida por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) en los términos establecidos por las “Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de amortizaciones” publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 xx xxxxx del 2017.
i) Escrito bajo protesta de decir verdad que no desempeña empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso, que, a pesar de desempeñarlo, con la formalización del contrato correspondiente no se actualiza un conflicto de interés. (Artículo 49 fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas DOF 18-07-2016). (Anexo 12)
El licitante autoriza al IMSS consultar en tiempo real y en línea, la opinión de cumplimiento en materia de contribuciones de seguridad social, a través de los sistemas electrónicos que para tales efectos dispone la Dirección de Incorporación y Recaudación del IMSS. Para tal efecto, el licitante podrá utilizar el Anexo 18, que se adjunta a la presente Convocatoria.
En caso de que el licitante adjudicado haya participado en proposición conjunta, los documentos señalados deberán presentarse por cada uno de los integrantes del consorcio.
En caso de que el licitante:
I. No se encuentre registrado ante este instituto o;
II. Cuente con Registro Patronal, pero se encuentre dado de baja o;
III. No tenga personal que sea sujeto de aseguramiento obligatorio, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 12 de la LSS.
No podrá obtener la citada Opinión, por lo cual dicho licitante podrá dar cumplimiento a tal requerimiento presentando lo siguiente:
i. Documento emitido por este Instituto (resultado de la consulta en el sistema para obtener la Opinión), en el que se haga constar que no se puede emitir la Opinión de cumplimiento, de conformidad con la Regla Quinta del Anexo único del ACDO.AS1.HCT.260220/64.P.DIR dictado por el H. Consejo Técnico de “EL INSTITUTO” publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2020;
ii. Escrito libre, bajo protesta de decir verdad, que no le es posible obtener la multicitada Opinión, justificando el motivo y anexando el documento en el que conste que no se puede emitir la misma y;
En el caso de que el licitante manifieste que presta sus servicios a través de trabajadores subcontratados con un tercero, deberá de presentar en tal caso, junto con la documentación citada en los dos párrafos anteriores, la Opinión de cumplimiento de obligaciones del subcontratante, desde luego, vigente y positiva (lo anterior en términos del artículo 15-A de la LSS).
En caso de que el participante forme parte de un grupo comercial y uno de los entes que forma parte del grupo se encarga de administrar la plantilla laboral de todas las empresas que lo conforman, será necesario que exhiba el documento que acredite la subcontratación para situarse en el supuesto del párrafo anterior.
En caso de que el licitante no cuente con trabajadores debido a que celebró contrato de prestación de servicios con otra empresa que es la que tiene contratados a los trabajadores (outsourcing), deberá presentar dicho contrato, así como escrito libre en el que manifieste que no se encuentra obligado debido a tal situación y opinión positiva vigente de cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social de la empresa subcontratada emitida por el IMSS.
En caso de que el licitante no cuente con trabajadores, deberá presentar escrito libre en el que manifieste que no se encuentra obligado a inscribirse ante el IMSS, por lo que no puede obtener la opinión de cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social.
Para los casos de contratos que se formalicen con personas físicas que presten sus servicios por sí mismos y por lo tanto no cuentan con un Registro Patronal ni tengan trabajadores registrados en el Instituto, el particular deberá de manifestar mediante escrito libre, bajo protesta de decir
verdad, que no le es posible obtener la multicitada Opinión, justificando el motivo y anexando el documento (resultado de la solicitud de Opinión que le da el Sistema institucional) en el que conste que no se puede emitir la misma.
En el caso de aquellos patrones (proveedores o contratistas y sus subcontratados) que tengan más de un Registro Patronal ante el Instituto y alguno o más de uno de estos Registros no se encuentre al corriente en el cumplimiento de las multicitadas obligaciones, no se podrá considerar que se encuentra al corriente en el cumplimiento de dichas obligaciones, aun cuando el registro patronal que haya utilizado para el contrato que se trate si se encuentre al corriente en sus pagos, por lo que deberá regularizar todos sus Registros a efecto de poder obtener la Opinión positiva.
En caso de que el participante cuente con trabajadores contratados bajo el régimen de honorarios asimilados a salarios, deberá presentar el(los) contrato(s) con los que acredite el régimen de contratación, así como escrito libre en el que manifieste que no se encuentra obligado a inscribirse ante el IMSS debido a tal situación, por lo que no puede obtener la opinión de cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social.
Para efectos de lo anterior, el licitante deberá presentar un escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad si se encuentra o no subcontratando algún servicio u obra especializada para llevar a cabo sus operaciones cotidianas, en el cumplimiento de su objeto social o para la prestación de servicios y/o enajenación de bienes que pretende realizar en favor del IMSS, utilizando el Anexo 19 que se adjunta a la presente Convocatoria.
En caso de que el licitante se encuentre inscrito en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de CompraNet, deberá remitir únicamente la documentación referida en los incisos: f), g), h) i).
En caso de proposición conjunta, los documentos a que se hace referencia en párrafos anteriores, deberán presentarlos por cada uno de los integrantes del consorcio a quien se le haya adjudicado el contrato.
Los licitantes podrán presentar como parte de su propuesta, los documentos que se indican en el numeral 3.12, apartado de “Ambos”, sin que su incumplimiento u omisión afecten la solvencia de su proposición, a excepción de los documentos marcados en los incisos d) y e), dado que estos documentos se incluyen en el numeral 4 de la Convocatoria.
Con fundamento en los artículos 26 Bis fracción II y 34 de la LAASSP, el licitante deberá remitir a través del sistema CompraNet, la documentación legal, las propuestas técnica y económica firmadas con la firma electrónica avanzada del licitante que emite el SAT para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
La falta de firma electrónica en su proposición será motivo para desecharla, pues afecta la solvencia de esta. En caso de propuestas conjuntas, la proposición deberá ser firmada electrónicamente por aquel consorciado designado en el convenio como representante común.
La revisión de la firma electrónica corresponde al área contratante.
4.2. Documentación distinta a la proposición (legal-administrativa).
Con fundamento en lo establecido en el artículo 39, fracción VI, del Reglamento de la LAASSP, el licitante deberá presentar los siguientes documentos, para lo cual podrá hacer uso de los anexos que se le proporcionan y que se indican a continuación:
4.2.1. Escrito de acreditación legal y personalidad jurídica del licitante.
Escrito bajo protesta de decir verdad que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, de acuerdo con el Anexo 3 de la presente convocatoria que se adjunta para tal efecto, o en escrito libre siempre que cumpla con los requisitos del artículo 48, fracción V del Reglamento. (La cual podrán acompañar de una copia simple por ambos lados de su identificación oficial vigente con fotografía (cartilla del servicio militar nacional, pasaporte, credencial para votar o cédula profesional, tratándose de personas físicas, y en el caso de personas xxxxxxx, de la persona que firme la propuesta).
4.2.2. Escrito de nacionalidad mexicana.
Escrito bajo protesta de decir verdad, que el licitante es de nacionalidad mexicana, de acuerdo con el Anexo 4 de la presente convocatoria que se adjunta para tal efecto.
4.2.3. Escrito de Cumplimiento de normas.
No aplica.
4.2.4. Escrito de no encontrarse en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la LAASSP.
Escrito bajo protesta de decir verdad, que no se ubica en los supuestos establecidos en los artículos 50 y 60 de la LAASSP, de acuerdo con el Anexo 6 de la presente convocatoria que se adjunta para tal efecto.
4.2.5. Declaración de integridad.
Escrito en el que el licitante manifieste, bajo protesta de decir verdad que se abstendrán de adoptar conductas, por si o a través de interpósita persona, para que los servidores públicos del IMSS induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, de acuerdo con el Anexo 7 de la presente convocatoria que se adjunta para tal efecto.
4.2.6. Escrito de estratificación de MIPYME.
En su caso, escrito bajo protesta de decir verdad que el licitante cuenta con estratificación como micro, pequeña o mediana empresa, de acuerdo con el Anexo 8 de la presente convocatoria que se adjunta para tal efecto.
En caso de no clasificarse en dicha estratificación, los licitantes no están obligados a presentar el formato citado, o bien, a presentar un escrito libre en el que manifieste que no se ubica en la misma.
4.2.7. Convenio de participación conjunta.
En caso de presentar propuesta conjunta, cada una de las personas agrupadas deberá presentar en forma individual los siguientes documentos: Escrito de acreditación legal y personalidad jurídica (Anexo 3), Manifestación de Nacionalidad Mexicana (Anexo 4), Escrito de no encontrarse en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la LAASSP (Anexo 6), Declaración de Integridad (Anexo 7) y en su caso el Escrito de Estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas (Anexo 8).
En caso de que se presente proposición conjunta, y no se presente el convenio de participación conjunta o el presentado no cumpla con las disposiciones legales y reglamentarias, afecta la solvencia de la propuesta y motivará que sea desechada.
En caso de que el licitante no se ubique dentro de este supuesto, no será necesario integrar a su proposición el citado escrito, ni incluir escrito en el cual manifieste tal condición, lo cual no será considerado como causal para ser desechada.
4.2.8. La dirección de correo electrónico del licitante.
Escrito libre donde exprese la dirección de correo electrónico del licitante.
La evaluación de la documentación legal-administrativa será realizada por el Área Contratante, de conformidad con el numeral 4.39 primer párrafo de las POBALINES, así como el numeral
4.2.2.1.15 del Manual, verificando que la documentación presentada por el licitante cumpla con los requisitos solicitados, así como los que se deriven del acto de la Junta de Aclaraciones.
En caso de que se presente proposición conjunta, se verificará que el convenio presentado, cumpla con la información señalada en los artículos 34 de la LAASSP y 44 del RLAASP. El área contratante evaluará los términos legales del convenio, y el área técnica, la descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada integrante, en términos del numeral 4.2.2.1.15 del Manual.
La evaluación técnica será realizada por el Área técnica y/o requirente, de conformidad con el artículo 2, fracciones II y III del Reglamento, así como de los numerales 4.25, inciso e) y 4.39 primer párrafo de las POBALINES, así como del numeral 4.2.2.1.16 del Manual.
La propuesta técnica deberá incluir la descripción amplia y detallada del servicio, para lo cual el licitante deberá cumplir con las especificaciones contenidas en el Anexo 1.- Anexo Técnico, así como con el Anexo 2.- Términos y Condiciones de la presente convocatoria, y anexar a su propuesta los documentos solicitados en dichos anexos, considerando el resultado de la Junta de Aclaraciones.
Los licitantes, para la presentación de su propuesta técnica, deberán ajustarse estrictamente a los requisitos y especificaciones previstos en el Anexo 1.- Anexo Técnico, describiendo en forma amplia y detallada el servicio que esté ofertando, así como lo señalado por el Anexo 2.- Términos y Condiciones, lo anterior para que sus proposiciones se declaren solventes técnicamente.
Deberá estar foliada y con firma electrónica avanzada del licitante, que emite el SAT para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
La falta de presentación de la documentación o su incumplimiento afecta la solvencia de la propuesta y motivará que sea desechada.
El licitante deberá presentar su propuesta económica debidamente requisitada, considerando el resultado de la Junta de Aclaraciones, para lo cual podrá hacer uso del Anexo 9 de la presente convocatoria; en caso de no hacer uso del citado anexo, el documento que se remita deberá contener los mismos datos solicitados en el referido anexo, la cual deberá estar foliada y con firma electrónica avanzada del licitante, que emite el SAT para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Los servicios objeto de esta licitación deberán cotizarse en pesos mexicanos.
La falta de presentación de la documentación o su incumplimiento afecta la solvencia de la propuesta y motivará que sea desechada.
La información capturada en el sistema CompraNet no será objeto de evaluación.
La evaluación económica será realizada por el Área Contratante, con el apoyo en su caso, del área técnica/requirente, de conformidad con los numerales 4.39, primero y segundo párrafos de las POBALINES y 4.2.2.1.17 del Manual, considerando el resultado de la Junta de Aclaraciones.
El IMSS podrá verificar la autenticidad o veracidad de los documentos solicitados, para asegurarse del cumplimiento de los requisitos establecidos y, que la descripción de los servicios ofertados sean acordes a lo solicitado en las especificaciones técnicas de acuerdo al Anexo 1.- Anexo Técnico de la presente Convocatoria, así como que los licitantes no estén impedidos para participar en esta Licitación.
4.6. Documentos que no afectan la solvencia de la proposición y su omisión no será causa para desecharla:
a. Escrito para solicitar la clasificación de la información entregada por el licitante.
Escrito mediante el cual el licitante deberá indicar si en los documentos que proporciona al IMSS se contiene información de carácter confidencial o comercial reservada, señalando los documentos o las secciones de éstos que la contengan, así como el fundamento y motivación por los cuales considera que tengan ese carácter, conforme al numeral 13 de la presente convocatoria y Anexo 11 Información Reservada y Confidencial. Cabe señalar que de no clasificarse la información por parte del Licitante en los términos señalados, o no señalar motivo y fundamento de la clasificación, la información presentada como parte de su proposición técnica, legal y económica tendrá tratamiento de información de carácter público de conformidad con el artículo 113, fracción III de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública así como el numeral Cuadragésimo del “ACUERDO del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, por el que se aprueban los Lineamientos generales en materia de clasificación y desclasificación de la información, así como para la elaboración de versiones públicas” publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 15 xx xxxxx del 2016.
b. Declaración de No Colusión Comisión Federal de Competencia Económica.
Escrito mediante el cual el licitante manifieste una declaración de integridad que conoce la Ley Federal de Competencia Económica. Anexo 16.
Este escrito es a sugerencia de la Comisión Federal de Competencia Económica, siendo optativo al licitante la presentación de este.
c. Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas y otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones.
A fin de fomentar las mejores prácticas en la prevención de conflictos de interés, los particulares podrán formular el manifiesto señalado en los numerales 2 y 3 del Anexo Segundo del Acuerdo por el que se expide el “Protocolo de Actuación en materia de Contrataciones Públicas y Otorgamiento y Prórroga de Licencias, Permisos, Autorizaciones y Concesiones”, para personas físicas o, en su caso, para personas xxxxxxx, el cual podrá realizarse a través de la dirección electrónica xxxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/XXX-xxx/xxxxxXxxx.xxx, siendo este medio electrónico de comunicación el único para presentarlo. El Sistema generará un acuse de presentación del manifiesto, mismo que será necesario presentar como parte de su proposición, de conformidad con la Guía de Operación del Sistema del Manifiesto de los Particulares, disponible en la dirección electrónica xxxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/XXX-xxx/XxxxxxXxxxxxxXxxxxxxxxx.xxx lo anterior en términos del numeral 14 de la presente Convocatoria.
d. Escrito de aceptación de las disposiciones del sistema CompraNet.
Escrito en el que manifieste su aceptación de que se tendrán como no presentadas sus proposiciones y, en su caso, la documentación requerida, cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener
algún virus informático o por cualquier otra causa ajena al IMSS, en términos de lo dispuesto por el numeral 29 del “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental, denominado CompraNet”. (Anexo 20).
e. Manifiesto de conocer y registrarse en el módulo de formalización de instrumentos jurídicos
Declaración escrita en papel membretado por parte del licitante respecto a que conoce y se estará a lo establecido en los artículos tercero, cuarto y demás aplicables del ACUERDO por el que se incorpora como un módulo de CompraNet la aplicación denominada Formalización de Instrumentos Jurídicos y se emiten las Disposiciones de carácter general que regulan su funcionamiento, publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 18 de septiembre de 2020, donde se determina que todo instrumento jurídico que derive de algún procedimiento de contratación realizado por las Dependencias y Entidades, se deberá utilizar la firma electrónica avanzada (e. Firma) que emite el Servicio de Administración Tributaria como medio de identificación. (Anexo 21).
5. CAUSALES EXPRESAS DE DESECHAMIENTO.
De conformidad con el artículo 29, fracción XV de la LAASSP, a continuación se enlistan las causas expresas para desechar la proposición:
5.1 El incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en la convocatoria a la Licitación Pública Nacional Electrónica contenidos en los numerales 4.1, 4.2, 4.3 y 4.4, que con motivo de dicho incumplimiento se afecte la solvencia de la proposición.
5.2 Cuando el licitante incurra en cualquier violación a las disposiciones de la LAASSP, a su Reglamento o a cualquier ordenamiento legal o normativo vinculado a este procedimiento.
5.3 Si se comprueba que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar el costo de las partidas objeto de la presente convocatoria, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.
5.4 La falta de presentación o incumplimiento de los escritos o manifestaciones bajo protesta de decir verdad, previstos en la LAASSP o el Reglamento que se soliciten como requisito de participación en la presente convocatoria será motivo para desechar la proposición, por incumplir las disposiciones jurídicas que los establecen, conforme al artículo 39 penúltimo párrafo del Reglamento.
5.5 Cuando la información proporcionada en cumplimiento del numeral 4.2, discrepe o no corresponda, resulte incompleta o incongruente a la proporcionada en el Anexo 3. (Acreditación legal y personalidad jurídica del licitante).
5.6 En caso de que el licitante no cotice la totalidad de la partida conforme a las condiciones y características solicitadas en la presente convocatoria.
5.7 Que el licitante presente más de una propuesta técnica y/o económica.
5.8 En caso de que la propuesta técnica y/o económica no cuente con la firma electrónica, establecida por la Secretaría de la Función Pública como medio de identificación electrónica, es decir, la firma electrónica avanzada que emite el SAT para el cumplimiento de obligaciones fiscales del licitante.
5.9 Cuando la firma electrónica de la proposición no sea válida o no se pueda verificar el ACUSE correspondiente.
5.10 Cuando la firma electrónica de la propuesta sea de una persona diversa al licitante. Se considerará de esta forma cuando aparezca una razón social o un nombre de persona física distinto al del licitante que envía la proposición por CompraNet en el campo “Nombre del firmante:” del ACUSE DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIÓN ELECTRÓNICA A TRAVÉS DE COMPRANET (Acuse de proposición) generado por CompraNet.
5.11 Tratándose de propuestas conjuntas, cuando la proposición no sea firmada electrónicamente por el integrante del consorcio designado como representante común. Se considerará que la propuesta no se encuentra firmada electrónicamente por el representante común del consorcio cuando el nombre (personas físicas) o la razón social (personas xxxxxxx) del consorciado designado como representante común en el convenio señalado en el numeral 3.6 de la presente convocatoria no sea el que aparezca en el campo “Nombre del firmante:” del ACUSE DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIÓN ELECTRÓNICA A TRAVÉS DE COMPRANET (Acuse de proposición) generado por CompraNet.
5.12 En caso de que las empresas se encuentren dentro de alguno de los supuestos de los artículos 50 y 60 de la LAASSP.
5.13 Cuando sólo se presente la propuesta técnica y no se presente la propuesta económica que oferte, o viceversa.
5.14 En caso de que los documentos que envíen los licitantes a través de la plataforma CompraNet no sean legibles, imposibilitando el análisis integral de la proposición, y esto conlleve a un faltante o carencia de información que afecte la solvencia de la proposición.
5.15 Cuando la proposición conjunta incumpla con lo indicado en los numerales 3.6 y/o 4.2.7 de esta convocatoria, debiendo cumplir con lo establecido en los artículos 44 y 48, fracción VIII, del Reglamento.
5.16 En el caso de proposiciones conjuntas, no presentar el convenio correspondiente, o éste no cumpla con lo establecido en el artículo 34 de la LAASSP y 44 del Reglamento.
5.17 Cuando no cumplan con alguno de los requisitos y/o anexos de la Convocatoria, así como los que se deriven de la Junta de Aclaraciones, y que con motivo de dicho incumplimiento se afecte directamente la solvencia de la propuesta, conforme a lo previsto en el último párrafo del Artículo 36 de la LAASSP.
5.18 Cuando exista discrepancia entre lo ofertado en la propuesta técnica con lo ofertado en la propuesta económica, en lo referente a la descripción del servicio o en cualquiera de sus características.
5.19 Cuando la propuesta económica presente precios escalonados o condicionados.
5.20 Cuando se presente la omisión en la presentación de alguna de las cartas compromisos requeridas que afecten la solvencia.
5.21 Si el licitante envía su proposición en fecha u hora posterior a la señalada o por medio distinto a CompraNet.
5.22 Que no se puedan abrir los archivos del licitante, por contener virus informáticos o por cualquier causa técnica imputable a estos, en términos del numeral 29 del “ACUERDO por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet”.
5.23 La falta absoluta de folio en los documentos que integran la proposición, cuando se constate que no mantienen continuidad en las hojas que integran la proposición y ello implique no contar con la información suficiente que le permita a la convocante evaluarla y determinar la solvencia de la proposición.
5.24 Si las propuestas no se presentan el idioma español, así como los anexos técnicos, certificados, diplomas y folletos del servicio ofertado por el licitante que se presenten en el idioma del país de origen de los servicios que se oferta y no acompañen la traducción simple al español.
5.25 Cuando no exista correspondencia, resulten incompletos o incongruentes los datos asentados en su propuesta económica Anexo 9.
5.26 Cuando presenten la propuesta económica en moneda extranjera, sin que lo haya permitido la Convocatoria.
5.27 Cuando el precio ofertado resulte no aceptable, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, fracción XI de la LAASSP, sólo en el caso de que así se garanticen las mejores condiciones de contratación para el Instituto.
5.28 Cuando el precio ofertado resulte no conveniente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, fracción XII de la LAASSP.
Para estos casos se incluirán las observaciones que correspondan en el acta respectiva al acto de fallo.
Nota: De conformidad con el artículo 36 de la LAASSP, quedan comprendidos entre los requisitos cuyo incumplimiento por sí mismos no afecten la solvencia de la propuesta los siguientes: proponer un plazo de entrega menor al solicitado en cuyo caso prevalecerá el estipulado en la convocatoria; omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia propuesta técnica o económica; no observar los formatos establecidos si se proporciona de
manera clara la información requerida y no observar requisitos que carezcan de fundamento legal o cualquier otro que no tenga por objeto determinar objetivamente la solvencia de la propuesta presentada. En ningún caso podrán suplirse las deficiencias sustanciales de las propuestas presentadas.
6. CRITERIOS ESPECÍFICOS CONFORME A LOS CUALES SE EVALUARÁN LAS PROPOSICIONES.
6.1 Evaluación de la propuesta técnica.
El presente procedimiento de contratación se llevará a cabo a través del criterio de evaluación BINARIO, es decir, CUMPLE o NO CUMPLE, de conformidad con lo señalado en el artículo 36 Bis, fracción II de la LAASSP y 51 del Reglamento, por lo que se procederá a evaluar técnicamente al menos las dos proposiciones cuyo precio resulte ser más bajo; en el caso de aquellas propuestas que no cumplan con los aspectos técnicos, se realizará la evaluación de la propuesta que le siga en precio.
La evaluación será realizada por el Área técnica y/o requirente, de conformidad con el artículo 2, fracciones II y III del Reglamento, así como de los numerales 4.25, inciso e) y 4.39 primer párrafo de las POBALINES, así como del numeral 4.2.2.1.16 del Manual.
• En primer término, se verificará si las proposiciones fueron debidamente firmadas electrónicamente, tal como se exige en el Apartado 4. Requisitos que los licitantes deben cumplir y que su incumplimiento, ausencia u omisión afectan la solvencia de la proposición y motivará que sea desechada, numeral 4.1 Firma electrónica, de esta Convocatoria.
• Sólo después de constatar que el o los licitantes firmaron adecuadamente sus proposiciones, se procederá a la evaluación de la documentación distinta a la proposición (legal-administrativa) a que se refiere el Apartado 4. Requisitos que los licitantes deben cumplir y que su incumplimiento, ausencia u omisión afectan la solvencia de la proposición y motivará que sea desechada, numeral 4.2. de la convocatoria.
• En caso de que se presente proposición conjunta, el Área técnica verificará que el convenio presentado contenga la descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada integrante, en términos del numeral 4.2.2.1.15 del Manual, incluyendo dentro de su Dictamen técnico el resultado de dicha revisión.
• Una vez que los licitantes cumplen con el requerimiento anterior, se procederá a la evaluación de los requisitos indispensables, de conformidad con lo previsto en los Anexos 1.- Anexo Técnico y 2.- Términos y Condiciones, de esta Convocatoria, considerando el resultado de la Junta de Aclaraciones respectiva.
• Después de constatar que los licitantes cumplieron con los requisitos de participación, se adjudicará aquien haya ofertado el precio más bajo.
6.2 Evaluación de la propuesta económica.
Para la elaboración de la propuesta económica se adjunta el Anexo 9 a la presente Convocatoria.
Sólo las proposiciones que cumplan los requisitos técnicos, serán consideradas para realizar la evaluación económica.
La evaluación de las proposiciones económicas será realizada verificando que la documentación presentada por el licitante, cumpla con los requisitos solicitados, así como los que se deriven de la Junta de Aclaraciones y que con motivo de dicho incumplimiento se afecte la solvencia de la propuesta.
a) Se verificará que la propuesta económica y datos contenidos en el Anexo 9, cumplan con los requisitos establecidos en la Convocatoria; analizando las operaciones aritméticas.
b) La evaluación económica se realizará conforme lo establece el artículo 51 del Reglamento, segundo párrafo.
c) En caso de que se detecte un error de cálculo en alguna proposición, se podrá llevar a cabo su rectificación cuando la corrección no implique la modificación del precio unitario.
d) La evaluación de las propuestas se realizará por partida única y la adjudicación se realizará a quien resulte con el precio más bajo ofertado.
e) Los precios ofertados, deberán ser fijos durante la vigencia del contrato y no se encontrarán sujetos a ajustes.
La evaluación económica será realizada por el Área Contratante, con el apoyo en su caso, del área técnica/requirente, de conformidad con los numerales 4.39, segundo párrafo de las POBALINES y
4.2.2.1.17 del Manual, considerando el resultado de la Junta de Aclaraciones.
El contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solvente porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos de la presente convocatoria y además oferte el precio más bajo, de conformidad con el artículo 36 Bis fracción II de la LAASSP.
En caso de existir empate en dos o más proposiciones, se dará preferencia en primer término a las micro empresas, a continuación se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores empresas, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que tenga el carácter de mediana empresa.
De no actualizarse el supuesto anterior se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, en presencia del del representante del OIC, conforme el artículo 54 del Reglamento.
8. DECLARACIÓN DESIERTA DE LA LICITACIÓN.
La convocante procederá a declarar desierta, de conformidad con lo establecido en los artículos 38 de la LAASSP y 58 del Reglamento a la Licitación cuando:
a) La totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos solicitados;
b) No se presenten proposiciones en el Acto de Presentación y Apertura.
9. CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN, PARTIDA(S), O CONCEPTOS INCLUIDOS EN ÉSTA.
Con fundamento en el artículo 38 de la LAASSP, la Convocante podrá cancelar la presente licitación, o partida(s) o concepto, incluidos en ésta, por caso fortuito o fuerza mayor; de igual manera se podrá cancelar cuando existan circunstancias debidamente justificadas que provoquen la extinción de la necesidad, o que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio al IMSS, previo a la comunicación del fallo por parte del Área requirente/técnica.
De acuerdo con lo dispuesto en artículo 66 de la LAASSP, los licitantes podrán interponer inconformidad en las oficinas de la SFP ubicadas en Xxxxxxx xx xxx Xxxxxxxxxxx Xxx xxxxxx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx.
O bien ante el OIC en el IMSS ubicado en. Xxxxxxx Xxxxxxxxxx xxxxxx 0000, Xxxxxxx Xxx Xxxxx, Xxxxxxxxxxx Territorial Xxxxxx Xxxxxxx, Código Postal 01000, en la Ciudad de México, México.
Asimismo, se señala que tales inconformidades podrán presentarse mediante el sistema CompraNet en la dirección electrónica xxxxx://xxxx-xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/ Lo anterior, contra actos del procedimiento de contratación que contravengan las disposiciones que rigen las materias objeto del mencionado ordenamiento.
Para aclarar dudas con relación a la operación de CompraNet (Presentación de solicitudes de aclaración, envío y firma electrónica de proposiciones, consulta de actas y documentos publicados por la Unidad Compradora, etc.), los licitantes podrán dirigirse al correo xxxx@xxxxxxxx.xxx.xx o al Centro de Atención Telefónico (CAT): 5536881977 de lunes a viernes de 9:00 AM a 6:00 PM (Ciudad de México).
12. FORMATOS QUE FACILITARÁN Y AGILIZARÁN LA PRESENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
Número | Descripción |
Anexo 1 | Anexo Técnico |
Anexo 2 | Términos y Condiciones. |
Anexo 3 | Escrito de acreditación legal y personalidad jurídica del licitante. |
Anexo 4 | Escrito de nacionalidad mexicana. |
Anexo 5 | Escrito de cumplimiento de Normas. NO APLICA |
Anexo 6 | Escrito de no encontrarse en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la LAASSP. |
Anexo 7 | Declaración de integridad. |
Anexo 8 | Escrito de estratificación de MIPYME. |
Anexo 8 Bis | Instructivo de llenado Estratificación de micro, pequeña o mediana empresa (MIPYMES). |
Anexo 9 | Propuesta Económica |
Anexo 10 | Relación de documentos a presentar. |
Anexo 11 | Escrito para solicitar la clasificación de la información entregada por el licitante. |
Anexo 12 | Escrito de manifestación que no desempeña empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso, que a pesar de desempeñarlo, con la formalización del contrato correspondiente no se actualiza un conflicto de interés. |
Anexo 13 | Modelo de Contrato. |
Anexo 14 | Modelo de convenio de proposición conjunta. |
Anexo 15 | Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). |
Anexo 16 | Declaración de No Colusión Comisión Federal de Competencia Económica. |
Anexo 17 | Modelo de fianza |
Anexo 18 | Carta de autorización 32-D |
Anexo 19 | Manifestación de servicios especializados |
Anexo 20 | Escrito de aceptación de las disposiciones del sistema CompraNet |
Anexo 21 | Manifiesto de conocer y registrarse en el Módulo de Formalización de Instrumentos Jurídicos |
13. INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL.
Se hace del conocimiento del licitante, que en términos de lo dispuesto por los artículos 97, 98, 110 fracción XIII, 111 y 113 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, deberá indicar si en los documentos que proporcionan al IMSS contiene información de carácter confidencial o comercial reservada, señalando los documentos o las secciones de éstos que la contengan, así como el fundamento por el cual considera que tengan ese carácter, para lo cual se anexa el formato Anexo 11.
Se hace del conocimiento de los licitantes que en el presente procedimiento se observará el Protocolo de Actuación en materia de Contrataciones Públicas y Otorgamiento y Prórroga de Licencias, Permisos, Autorizaciones y Concesiones contenido en el Acuerdo por el que se expidió el mismo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 xx xxxxxx de 2015, modificado mediante los similares de fecha 19 de febrero de 2016 y 28 de febrero de 2017, mismo que puede ser consultado en la sección de la Secretaría de la Función Pública, en el portal de la Ventanilla Única Nacional (xxx.xx) a través de la liga xxx.xxx.xx/xxx. En ese sentido se informa que los datos personales que se recaben con motivo del contacto con particulares serán protegidos y tratados conforme las disposiciones jurídicas aplicables.
Asimismo, de conformidad con el numeral 2 del Anexo Segundo del referido Acuerdo se hace de conocimiento a los interesados en participar en el presente procedimiento que, tratándose de personas físicas, podrán formular un manifiesto en el que afirmen o nieguen los vínculos o relaciones de negocios, laborales, profesionales, personales o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado que tenga la propia persona con el o los servidores públicos siguientes:
I. Presidente de la República; II. Secretarios de Estado; III. Jefe de la Oficina de la Presidencia de la República; IV. Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal; V. Procurador General de la República; VI. Titulares de entidades; VII. Titulares de órganos reguladores coordinados; VIII. Subprocuradores o Titulares de Fiscalías Especializadas; IX. Comisionados adscritos a órganos reguladores coordinados; X. Subsecretarios, oficiales mayores, consejeros adjuntos, titulares de órganos administrativos desconcentrados, titulares de unidad y directores generales en las dependencias;
XI. Directores generales, gerentes, subgerentes, directores o integrantes de los órganos de gobierno o de los comités técnicos de las entidades, y XII. Personal que interviene en contrataciones públicas, en el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, incluidos en el Registro que lleva la Secretaría de la Función Pública.
Los particulares personas xxxxxxx, podrán formular por medio de sus representantes legales un manifiesto en el que afirmen o nieguen los vínculos o relaciones de negocios, laborales, profesionales, personales o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado que tengan las personas que a continuación se señalan, con el o los servidores públicos señalados en el párrafo que antecede:
a) Integrantes del consejo de administración o administradores;
b) Director general, gerente general, o equivalentes;
c) Representantes legales, y
d) Personas físicas que posean directa o indirectamente cuando menos el diez por ciento de los títulos representativos del capital social de la persona moral.
En ambos casos, los particulares formularán el manifiesto a través de la dirección electrónica xxx.xxx.xx/xxx siendo este medio electrónico de comunicación el único para presentarlo. El Sistema generará un acuse de presentación del manifiesto, mismo que será necesario presentar como parte de su proposición, de conformidad con la Guía de Operación del Sistema del
Manifiesto de los Particulares, disponible en la misma dirección electrónica. A través de dicho medio electrónico los particulares podrán también denunciar presuntos conflictos de interés de los que tengan conocimiento, enunciando las pruebas con las que en su caso cuenten.
Por otra parte, se informa que de conformidad con el numeral 10 de dicho Anexo Segundo, los licitantes podrán presentar una declaración de integridad en la que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que por sí mismos o a través de interpósita persona, se abstendrán de realizar conductas contrarias a las disposiciones jurídicas aplicables.
Finalmente, se informa que los particulares tienen derecho a presentar queja o denuncia por el incumplimiento de las obligaciones que adviertan en el contacto con los servidores públicos, ante el Órgano Interno de Control en el IMSS, o bien, a través del Sistema Integral de Quejas y Denuncias Ciudadanas, establecido mediante el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 9 de diciembre de 2015.
Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmantes de la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales.
Esta nota es de carácter informativa por lo que no deberá incluirse en la proposición de manera obligatoria y no será causa para desecharla en caso de la no presentación de la misma. Anexo 15.
Lic. Xxxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxx
Titular de la División de Contratación de Activos y Logística
Área contratante
Con fundamento en el numeral 5.3.8, inciso a) de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del IMSS
1. Objetivo del Documento
Elaborar el documento que contenga los requerimientos y las especificaciones técnicas y de calidad, así como el alcance del servicio de TIC y SI que se pretenda contratar.
Clasificador Único de las Contrataciones Públicas (CUCOP): 33300009 “Mantenimiento y/o soporte a sistemas y/o programas ya existentes”
2. Objetivo
Descripción detallada del servicio solicitado
La contratación del “Servicio de Soporte Técnico para el aplicativo AGECH” permitirá la Instalación, mantenimiento y soporte al sistema AGECH Administrador de Gestión de Expedientes de Capital Humano. Lo anterior permitirá la renovación del soporte para poder reactivar la licencia en el portal del fabricante y poder realizar las actualizaciones a la última versión del licenciamiento liberada, dado que se realizará en una nueva infraestructura.
Pruebas y método de evaluación
No aplica
El área requirente modifica la especificación técnica de algún bien que no se encuentra regulado por el Compendio Nacional de Insumos para la Salud
No aplica
El área requirente modifica la especificación técnica de un bien respecto de las estipuladas en el ejercicio anterior
No aplica
Normas Oficiales aplicables al servicio requerido
No aplica
3. Alcance
La importancia del servicio tecnológico tiene como objetivo la transformación constante de expedientes así como una mejora tecnológica continua. Una herramienta para la guarda, custodia y consulta instrumental de las Jefaturas de Servicios de Desarrollo de Personal en las OAAD’s, así como de Coordinaciones de Gestión de Recursos Humanos, de Relaciones Laborales, de Presupuesto y Gestión del Gasto en Servicios Personales y de Nómina de Mando, Evaluación y Mejora de Procesos de Recursos Humanos en la Unidad de Personal. Brindando una línea de estrategias del Instituto en la digitalización de los procesos.
4. Requerimientos técnicos
a. Funcionales
Para llevar a cabo el “Servicio de Soporte Técnico para el aplicativo AGECH” se deben considerar las siguientes etapas:
Instalación
La instalación y renovación del soporte y mantenimiento LaserFiche con la última versión liberada por el fabricante, migración de los volúmenes de información a la nueva instancia tomando en cuenta el cronograma propuesto por el licitante adjudicado y autorizado por el Instituto.
Puesta en operación
Se refiere a las actividades de instalación, configuración, pruebas y puesta a punto del aplicativo para la correcta operación de la solución.
b. No funcionales
El proveedor que resulte adjudicado deberá comprobar el correcto funcionamiento del aplicativo a entera satisfacción del Instituto.
5. Especificaciones técnicas
Componente o Servicio | Descripción | Especificación | Tipo |
Río LaserFiche | Versión completa | 121 lic. 1 año vigencia | Funcional |
Records Management | Versión completa | 121 lic. 1 año vigencia | Funcional |
Forms Professional-Rio | Versión completa | 121 lic. 1 año vigencia | Funcional |
Dual Processor Public Portal | Versión completa | 1 lic. 1 año vigencia | Funcional |
SDK | Versión completa | 1 lic. 1 año vigencia | Funcional |
6. Perfil del Proveedor
Características requeridas del licitante:
• Demostrar mediante contratos, que hayan diseñado, desarrollado e implementado software, así como hardware para el registro, validación y control de asistencia, en por lo menos 3 instituciones públicas y
/ o empresas privadas.
35
• Su rama de servicio sea el diseño, desarrollo e implementación de una solución que permita la guarda, custodia y consulta instrumental de expedientes digitalizados.
• Para todos los componentes es requisito entregar original de catálogo debidamente referenciado, en donde se señalen las especificaciones solicitadas en el presente anexo técnico; en caso de presentar catálogos en disco compacto, éste deberá ser original, acompañado de una carta bajo protesta de decir verdad de que el disco es original, para los que presenten información impresa de Internet, deberá indicar la dirección del sitio Web del fabricante, impresa en dicho documento y en donde se describan las características técnicas completas de la solución, no se aceptarán copias o fotocopias simples de los documentos solicitados que a juicio del Instituto evidencien alteración alguna.
Los licitantes deberán cumplir con las siguientes características:
• Deberá comprobar haber realizado al menos 3 proyectos de instalación, configuración y puesta a punto de un servicio similar en instituciones públicas y / o empresas privadas.
• Proporcionar la documentación requerida para acreditar la experiencia mencionada, demostrándose con contratos que avalan un proceso similar.
7. Condiciones técnicas de aceptación de entregable
El proveedor adjudicado deberá entregar:
• El cronograma de actividades durante los 5 días hábiles siguientes a la emisión del fallo. Éste deberá ser autorizado por el Instituto y devuelto al licitante en un plazo no mayor a tres días hábiles. En caso de no ser autorizado y requerir modificaciones, éste debe ser entregado por el licitante máximo en los 3 días hábiles siguientes de manera que sea considerada como versión final, sujeto a penalizaciones en caso de no ser autorizado nuevamente.
• El licitante adjudicado deberá brindar al Instituto la transferencia de conocimiento necesaria para la operación de los sistemas y aplicativos que hayan quedado operativos.
• Deberá entregar manuales de operación de manera física y en forma magnética que contengan la configuración de cada uno de los componentes y ejecución de un ciclo completo de operación. Dicha información será resguardada en un repositorio documental por parte del personal designado para tal efecto.
• Asociada a la puesta en operación del sistema, el licitante adjudicado deberá proporcionar cuando menos dos juegos originales de los manuales de operación y técnicos. Toda la información deberá estar redactada en idioma español.
Soporte Técnico
Asistencia técnica:
Será obligación del proveedor que resulte adjudicado, el otorgar soporte y asistencia técnica relacionada con el servicio adjudicado durante la vigencia del contrato.
A fin de garantizar el tiempo establecido para la atención, el Proveedor deberá proporcionar al Instituto un servicio bajo Plataforma Web con la finalidad de registrar o levantar las solicitudes y poner a disposición del Instituto un número telefónico directo y exclusivo.
El proveedor que resulte adjudicado deberá asignar un número de incidente con el cual se le dará seguimiento y la resolución deberá documentarse.
Condiciones Generales 36
El o los licitantes participantes deberán presentar en su propuesta, carta bajo protesta de decir verdad firmada por su representante legal, en la que manifieste que, en caso de resultar adjudicado, se compromete a proporcionar sin costo adicional para el Instituto, el soporte, mantenimiento y los demás resultantes que apliquen para dejar el servicio adquirido, operando en ambiente productivo.
La solución que el licitante adjudicado implemente deberá incluir todo lo relacionado a licenciamiento para la correcta operación del servicio propuesto y términos de confidencialidad.
Confidencialidad y Seguridad de la Información Introducción
Como parte de las Normas Institucionales y la Ley vigente aplicable, todos los sistemas institucionales deberán contar con una arquitectura de seguridad que garantice el nivel de protección que la información requiere. Por lo tanto, la aplicación central para el servicio requerida deberá contar con una arquitectura robusta de seguridad para la protección de la información que procesará.
Es de gran importancia destacar que la información que será procesada por este sistema tiene un nivel crítico de confidencialidad y por lo tanto deberá ser protegida con estricto cuidado.
Objetivo
Definir los requerimientos de seguridad que el licitante debe cumplir en la arquitectura de la aplicación central, así como los mecanismos de seguridad a implementar para la adecuada protección de la información.
Especificación Técnica de Seguridad:
Tomando como base las especificaciones técnicas de seguridad del Instituto, se establece como requerimiento para los licitantes que los mecanismos de seguridad propuestos, con los que será protegida la información, deben cumplir con los siguientes puntos:
1. Contemplar los mecanismos de seguridad definidos en los Lineamientos Estratégicos de Seguridad Informática del Instituto.
2. Uso de los mecanismos de seguridad definidos por el Instituto.
Servicios de Seguridad
Los Lineamientos Estratégicos de Seguridad Informática del Instituto definen como servicios de seguridad los siguientes:
Integridad
o Garantizar que la información está completa y que ésta no ha sido modificada de manera ilegítima.
Confidencialidad
o Garantizar que los activos de información sólo puedan ser accedidos por los usuarios autorizados para ello y eviten la intercepción e interpretación de la información.
Autenticación
o Garantizar que las entidades participantes en una actividad sean quienes presumen ser, con el objetivo final de proteger la información.
Control de Acceso
o Garantizar que a los usuarios se les proporcione el nivel acceso y ejecución de actividades sobre la información, de acuerdo con los derechos previamente asignados.
No Repudio
o Garantizar que ninguna de las partes que intervengan en una serie de actividades pueda negar su participación en el envío y recepción de información o bien la ejecución de actividades asociadas a información.
Adicionalmente a los servicios de seguridad indicados anteriormente, deben tomarse en consideración al menos la siguiente lista de servicios complementarios.
Disponibilidad
o Garantizar que el sistema o servicio de seguridad cumpla con niveles de servicio especificados, ya sea a través de esquemas de balanceos de cargas para el cumplimiento de tiempos de respuesta o bien operación tolerante a fallos.
Auditoria y Monitoreo
o Garantizar que el sistema o servicio de seguridad cuente con mecanismos para ejecutar procedimientos de auditoria y monitoreo operativo proporcionando la información necesaria para verificar el funcionamiento operativo y administrativo.
Mecanismos de Seguridad definidos
Actualmente el Instituto cuenta con mecanismos de seguridad implementados con herramientas especializadas para garantizar los servicios de seguridad definidos en los Lineamientos Estratégicos de Seguridad Informática, mismos que podrán ser utilizados para la interconexión e intercambio de información, no obstante en caso de que el Licitante requiera implementar otros adicionales, sin vulnerar o modificar lo descrito en los Lineamientos Estratégicos de Seguridad Informática del Instituto, estos estarán a cargo y por cuenta del licitante, para lo cual se deberá dar aviso previo por escrito al Instituto detallando el requerimiento y justificando a entera satisfacción del Instituto y aprobado por las Áreas Normativas de Seguridad vigentes en el Instituto de la necesidad de la implementación.
Todos los módulos de las aplicaciones que permitan el acceso a cualquier tipo de información objeto de la presente proceso de licitación, deberán estar protegidos al menos por un nombre de usuario y contraseña para acceder a ellos y poder ser utilizados, además los sistemas deberán contar con tablas de pistas de auditoría (bitácora de transacciones) en donde sea registrada cualquier transacción o acceso a la información, así como los datos del usuario, fecha y acción realizada, todo con la finalidad de mantener un alto nivel de seguridad y autenticación de los usuarios que hagan uso del sistema para acceder a la información.
El licitante es responsable de que todos los componentes del software cuenten con el último licenciamiento correspondiente, así como las últimas actualizaciones, parches y/o firmas de seguridad y que avale el derecho de uso del mismo.
En caso de que el sistema informático o infraestructura proporcionada por el Licitante origine tráfico de red distinto al requerido para la operación normal, imputable a vulnerabilidades en el Sistema Operativo, software malicioso, virus, etc., el Instituto se reserva el derecho de tomar las medidas que juzgue pertinentes para desconectar o desactivar temporalmente los accesos a la red asignados al Licitante, lo cual no exenta a este mismo de cumplir con la entrega de información.
El Instituto podrá, en caso de que así lo considere necesario, solicitar al Licitante de elevar los niveles de seguridad establecidos por él con respecto a la identificación de su personal, de los sistemas, de las
operaciones realizadas, del equipo o de cualquier dispositivo, entre otros, los cuales considere inseguros o vulnerables en cuanto a su seguridad, por lo que el Licitante deberá implantar, a la brevedad posible, al menos las medidas de seguridad que le sean solicitadas por el Instituto dentro de los tiempos que igualmente le será indicados.
El licitante deberá estar en condiciones, si así lo solicitara el Instituto de poder configurar cualquiera de las bases de datos que almacenen cualquier dato captado relacionado con la presente licitación, de tal manera que sean cifrados a través de algoritmos criptográficos, con la finalidad de que aun y cuando la información sea extraída no pueda ser recuperada si no se cuenta con las llaves de cifrado correspondientes, mismas que estarán bajo la custodia del personal designado y autorizado por el Instituto
El licitante deberá desarrollar un plan de contingencia que permita garantizar la continuidad de la operación, el cual deberá ser aprobado por la DIDT. Dicho plan de contingencia deberá ser entregado al Instituto en los primeros 15 días contados a partir de la firma del contrato.
8. Cronograma de actividades
El cronograma de actividades durante los 5 días hábiles siguientes a la emisión del fallo. Éste deberá ser autorizado por el Instituto y devuelto al licitante en un plazo no mayor a tres días hábiles. En caso de no ser autorizado y requerir modificaciones, éste debe ser entregado por el licitante máximo en los 3 días hábiles siguientes de manera que sea considerada como versión final, sujeto a penalizaciones en caso de no ser autorizado nuevamente.
9. Niveles de servicio acordados que deberán cumplirse
De acuerdo a lo definido en el documento Términos y Condiciones
Anexo 2.- Términos y Condiciones
Objetivo del documento
Elaborar el documento que contenga los términos y condiciones que deberán cumplirse con motivo del servicio de TIC y SI que se pretenda contratar.
Premisa
El proveedor que resulte adjudicado se obliga a mantener estricta confidencialidad y secreto respecto a la información que sea de su conocimiento, o que se desarrolle con motivo de las actividades propias del contrato que resulte, por lo que se compromete a utilizarla únicamente para el cumplimiento del objeto del mismo, debiendo mantener la confidencialidad aún después de concluido el contrato.
Asimismo, queda prohibido revelar, copiar, reproducir, explotar, comercializar, alterar, duplicar, divulgar o difundir a terceros, la información sin autorización previa y por escrito del Instituto Mexicano del Seguro Social, en lo sucesivo el Instituto.
La titularidad de los nuevos desarrollos o entregables, resultado de las actividades objeto del presente requerimiento, pertenecen de manera exclusiva al Instituto, así como los derechos patrimoniales que pudieran derivarse de ellos; razón por la cual el Instituto conforme a sus necesidades, podrá utilizar los productos desarrollados para su uso, difusión, explotación, distribución y comercialización, dando el crédito que en su caso le corresponda al proveedor que resulte adjudicado.
Objetivo del Proyecto
Implementar la contratación para el “Servicio de Soporte Técnico para el aplicativo AGECH” para realizar la instalación, configuración y puesta a punto de la herramienta en una nueva infraestructura tecnológica, con la finalidad de operar en ambiente productivo para los Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada (OOADs), Normativos y Operativos del Instituto.
Vigencia de la contratación
A partir del día hábil siguiente a la notificación del fallo y hasta el 31 de diciembre de 2023.
Plazo de entrega del servicio
• El Instituto solicitará la instalación, configuración y puesta en operación de los aplicativos a partir de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de emisión del fallo, teniendo el proveedor adjudicado un tiempo máximo establecido de 4 semanas a partir de la emisión de fallo para el inicio del suministro contratado.
• La entrega, instalación y configuración de los aplicativos deberán realizarse en las instalaciones del IMSS de acuerdo con el cronograma previamente establecido.
• Lugar. – la entrega y recepción de documentos, reportes, productos finales, tales como versiones de software, pruebas y configuración, tanto por el Instituto como del prestador del servicio, así como las pruebas y reuniones de trabajo, concernientes al servicio, se llevarán a cabo en las instalaciones de la Coordinación Técnica de Servicios Digitales y de Información para Administración, Finanzas y Jurídico (CTSDIAFJ). Ubicada en Xxxxxx 00 xxxx 0 Xxx. Juárez, Alcaldía Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, Ciudad de México.
• Toda la documentación que emita el proveedor en la que conste el cumplimiento de sus obligaciones, tales como el avance en la instalación, solicitudes de autorización de pago deberá realizarse en hojas membretadas y firmadas por su Representante Legal o Líder de Proyecto, dirigidas al Titular de la Coordinación Técnica de Servicios Digitales y de Información para Administración, Finanzas y Jurídico misma que deberá contar con el sello de recepción o nombre, firma y matrícula del responsable de la revisión en la que se identifique la fecha de entrega.
Adicionalmente, el proveedor que resulte adjudicado entregará la siguiente documentación:
• Certificado o constancia de uso, emitido por el proveedor, de las versiones que sean liberadas durante la vigencia del contrato.
• Certificado o constancia de garantía comercial (derecho de soporte), con una vigencia a partir del día hábil siguiente a la firma del contrato y hasta la vigencia del contrato la cual ampare:
✓ Fallas bajo operación normal, así como inoperatividad o inestabilidad.
✓ Nuevas versiones (Upgrades), actualizaciones a la versión en producción (Updates) y generación de parches (Patches), derivadas o no de bugs.
✓ Manuales y medios digitales de las actualizaciones que se liberen durante la vigencia del contrato.
✓ Procedimiento para hacer efectiva la garantía comercial, indicando números telefónicos, dirección y responsable del soporte técnico.
El proveedor que resulte adjudicado deberá definir datos de contacto y correo electrónico a partir de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de emisión del fallo, al Administrador del Contrato, para dar atención inmediata ante algún mal funcionamiento, o solicitud de información relacionada con la prestación del servicio.
Evaluación de proposiciones
Con base a lo establecido en el segundo párrafo del Artículo 36 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se utilizará el criterio de Evaluación Binario, mediante el cual sólo se adjudicará al Proveedor que demuestre la capacidad tecnológica para la adquisición requerida y cumpla con los requisitos solicitados en la convocatoria a la licitación y establecidos en el documento “Anexo Técnico”, así como en el presente documento de “Términos y Condiciones”.
De igual manera, sólo se adjudicará al Proveedor que oferte el precio más bajo (se evaluará al menos las dos propuestas cuyo precio resulte ser más bajo; de no resultar éstas solventes, se evaluarán las que les sigan en precio).
En lo que respecta al criterio que se utilizará como método para evaluar las proposiciones (Binario, DE CUMPLE o NO CUMPLE), se adjudicará al licitante que ofrezca las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes. La justificación para el
uso del Sistema Binario es que no se incorporan características de alta especialidad técnica o de innovación tecnológica, ya que los servicios a contratar se encuentran estandarizados en el mercado.
Para ser sujeto de evaluación bajo el criterio, se considerarán únicamente a el (los) licitante(s) que previamente haya(n) cumplido cuantitativa y cualitativamente con todos y cada uno de los requisitos establecidos en el Anexo Técnico y los presentes Términos y Condiciones:
Criterio de Evaluación Binario.
• Se verificará que se cumpla con los requisitos y especificaciones establecidos en el Anexo Técnico y en los Términos y Condiciones
• La asignación del contrato se hará en favor de aquel participante que habiendo cumplido con los requisitos establecidos, presente la propuesta económica solvente más baja
• Cuando la ofertada contenida en la proposición del licitante, además de cumplir con todos los requerimientos técnicos establecidos en el presente documento, contengan características adicionales, se podrán aceptar y será declarado ganador sólo en el caso de que su proposición económica sea la más baja
• Que se cumpla con los requisitos y especificaciones técnicas, administrativas y legales señaladas en el presente documento Términos y Condiciones
Proceso de evaluación
La verificación de características técnicas se hará de forma documental, a continuación se describe la manera en que se llevará a cabo la verificación:
▪ El grupo de evaluación iniciará la verificación de las características técnicas, comprobando que estas sean iguales o superiores a lo solicitado por el Instituto; además verificará lo descrito en la propuesta técnica del licitante y lo descrito en los folletos o manuales incluidos en la misma
▪ Se deberá marcar con un número de referencia consecutivo en todos los documentos para facilitar cualquier revisión y marcar con una “X” en la columna SI o “X” en la columna NO en la sección CUMPLE en el formato de evaluación. Sólo se llenará con una “X” en la columna SI de la sección CUMPLE en cada característica cuando hayan cumplido con el 100% de las especificaciones técnicas solicitadas
▪ Si en la documentación (folletos o manuales) no se encuentra alguna característica técnica de la propuesta técnica, aunque se indique en la propuesta, se marcará con una “X” en la columna NO de la sección CUMPLE del formato de evaluación y se pondrá la nota NO DEMOSTRADO en la columna siguiente de observaciones
No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas por la convocante, que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las proposiciones.
Licencias, permisos, registros, certificados o autorizaciones que debe cumplir o aplicarse al servicio a contratar
El Instituto tendrá el derecho de conservar las licencias y actualizaciones referentes a la contratación del Servicio de Soporte Técnico para el aplicativo AGECH, así como el derecho a las licencias y actualizaciones de las versiones más recientes que sean liberadas durante la vigencia del contrato.
Xxxxxxxx, catálogos, fotografías, manuales entre otros, en caso de que se requieran para comprobar las especificaciones técnicas requeridas
Los anexos técnicos, catálogos o manuales deberán indicar el número de página u hoja, numeral y/o párrafo, donde se referencie toda la información y los requisitos del servicio ofertado, los cuales deben cumplir íntegramente con lo solicitado; así como aquellos que presente en su proposición técnica, los cuales deberán corresponder con la descripción técnica de “El Licitante”, la cual deberá ser completa y en caso de estar en idioma diferente al español deberá presentar la traducción simple, en el entendido de que la traducción podrá contener únicamente las páginas, secciones y/o párrafos que soporten sus proposiciones.
Visitas a las instalaciones Institucionales
• Durante el procedimiento de contratación no se realizarán visitas a las instalaciones Institucionales.
• Las visitas a las instalaciones deberán ser programadas de manera previa entre el personal del Instituto designado para tal efecto y el personal del proveedor que resulte adjudicado.
• El proveedor que resulte adjudicado deberá de realizar una entrega semanal del avance del servicio contratado, al Administrador del Contrato Auxiliar designado, detallando las actividades realizadas y firma y/o sello de aceptación por parte del usuario.
• Dentro de los primeros 10 días del mes se levantará un Acta del avance del servicio contratado, realizada de mutuo acuerdo entre el Administrador del Contrato y el personal del proveedor adjudicado, misma que deberá contener el avance del servicio puesto en operación en el mes inmediato anterior.
Visitas a las instalaciones de los licitantes
No aplica
Penas convencionales y deducciones al pago
Para proceder a la aplicación de las Penas Convencionales, se aplicará de acuerdo con lo previsto en el artículo 53 de la LAASSP; 95 y 96 de su reglamento y numerales 79, 80 y 81 de la Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Instituto. La pena
convencional por atraso en la prestación del servicio será del 2.5% por cada día de atraso, aplicado al valor del entregable.
En su caso, cumplidos los extremos de artículo 54, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el Instituto dará inicio al procedimiento de recisión correspondiente.
Por ningún concepto, las penas convencionales establecidas en el punto anterior podrán exceder del monto de la garantía de cumplimiento del contrato.
Para efectos de cálculo de las penas convencionales, se considerará un valor máximo del 10% del monto total de la garantía, correspondiente a la entrega de los productos descritos en el presente documento.
Deducciones
La aplicación de deductivas por motivo del incumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir el proveedor respecto al servicio que integra el contrato correspondiente procederá de conformidad al Artículo 53 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y al numeral 5.5.7.2 de las POBALINES.
El monto que se aplicará al proveedor adjudicado, por concepto de deductivas será del 0.2 % (cero punto 2 por ciento) diario sobre el valor específico del servicio entregado de manera parcial o deficiente, hasta un monto máximo equivalente al importe de la fianza de garantía otorgada de acuerdo con el numeral 5.5.7.2 inciso a) de las POBALINES, la deducción no podrá exceder del monto de la garantía de cumplimiento del contrato.
Respecto al servicio otorgado deficientemente, éste deberá reponerse de manera inmediata a partir de la notificación vía correo electrónico, vía telefónica y/o escrito al proveedor adjudicado, de que se detectó el incumplimiento parcial o deficiente del servicio. Dichas deducciones deberán calcularse hasta la fecha en que realmente se cumpla el servicio y sin que cada concepto de deducciones exceda el monto de la Garantía del Cumplimiento del Contrato.
El IMSS podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del Contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del IMSS.
Mecanismos para responder por defectos o vicios ocultos
La Garantía Comercial por escrito amparará 12 meses de:
• Nuevas versiones (Upgrades), actualizaciones a la versión en producción (Updates) y generación de parches (Patches); manuales y medios digitales de las actualizaciones que se liberen durante la vigencia del contrato.
• Procedimiento para hacer efectiva la garantía comercial, indicando números telefónicos, dirección y responsable del soporte técnico del proveedor.
Garantías
Conforme al Artículo 81, Fracción II del reglamento de la LAASSP la garantía será divisible para el contrato que se tenga con el Proveedor.
Para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que sean estipuladas en el contrato, el proveedor se compromete a entregar dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes al inicio del contrato, de acuerdo a lo establecido en el artículo 103 Fracción I inciso c) del Reglamento de la Ley de Adqquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, expedida por una institución debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto.
La fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme.
En cualquier momento, el Instituto podrá hacer válida la Póliza de Fianza del Contrato en caso de que el proveedor no cumpla con los tiempos y plazos de entrega establecidos en los presentes Términos y Condiciones.
Cuando la forma de garantía sea mediante fianza, se observará lo siguiente:
I. La póliza de la fianza deberá contener, como mínimo, las siguientes previsiones:
a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato.
b) Que para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales.
c) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, y
d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que proceda el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. Tratándose de dependencias, el procedimiento de ejecución será el previsto en el artículo 278 y 279 de la citada Ley.
II. En caso de otorgamiento de prórrogas o esperas al proveedor para el cumplimiento de sus obligaciones, derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto o al plazo del contrato, se deberá realizar la modificación correspondiente a la fianza;
III. Cuando al realizarse el finiquito resulten saldos a cargo del proveedor y éste efectúe la totalidad del pago en forma incondicional, las dependencias y entidades deberán cancelar la fianza respectiva, y
IV. Cuando se requiera hacer efectivas las fianzas, las dependencias deberán remitir a la Tesorería de la Federación, dentro del plazo a que hace referencia el artículo 143 del Reglamento de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación, la solicitud donde se precise la información necesaria para identificar la obligación o crédito que se garantiza y los sujetos que se vinculan con la fianza, debiendo acompañar los documentos que soporten y justifiquen el cobro, de conformidad con lo dispuesto por el Reglamento del Artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, para el Cobro de Fianzas Otorgadas a Favor de la Federación, de la Ciudad de México, de los Estados y de los Municipios Distintas de las que Garantizan Obligaciones Fiscales Federales a cargo de Terceros; tratándose de entidades la solicitud se remitirá al área correspondiente de la propia entidad.
Las modificaciones a las fianzas deberán formalizarse con la participación que corresponda a la afianzadora, en términos de las disposiciones aplicables. La garantía permanecerá vigente a partir de la fecha de adjudicación del contrato respectivo, durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que, en su caso, sean interpuestos por cualquiera de las partes y hasta que se dicte la resolución definitiva por autoridad competente.
a) Devolución de garantías
La liberación de garantías relativas al cumplimiento del Contrato podrán realizarse una vez que haya transcurrido el plazo de garantía indicado, a solicitud expresa por el proveedor por escrito en papel membretado de su empresa a la Coordinación de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios, quien autorizará la devolución o cancelación de la póliza de garantía correspondiente, dicha autorización se entregará al Proveedor, siempre que demuestre haber cumplido con la totalidad de las obligaciones adquiridas por virtud del presente Contrato, previo al envío del visto bueno del administrador del contrato.
La garantía de cumplimiento a las obligaciones del Contrato únicamente podrá ser liberada mediante autorización que sea emitida por escrito por parte del Instituto.
b) Ejecución de la garantía
Se hará efectiva la garantía relativa al cumplimiento del contrato:
• Cuando el proveedor incumpla con cualquiera de las obligaciones establecidas en el contrato que se celebre.
• Cuando se rescinda administrativamente el contrato.
• La ejecución de las garantías será con independencia de la aplicación de las penas convencionales que procedan y de la rescisión administrativa del contrato.
• Además de las sanciones anteriormente mencionadas, serán aplicables las que estipulen las disposiciones legales vigentes en la materia.
La ejecución de la garantía de cumplimiento del contrato será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas.
Porcentaje y forma de amortización del anticipo
No aplica
Forma de pago
El pago se realizará en una sola exhibición, una vez que el proveedore haya realizado la instalación y configuración de la última versión del aplicativo, así como la migración de los volúmenes de información a la nueva instancia, a entera satisfacción del Instituto.
El pago se realizará en pesos mexicanos en los plazos normados por la Dirección de Finanzas en el “Procedimiento de la recepción, glosa y aprobación de documentos presentados para trámite y pago y constitución de fondos fijos” sin que estos rebase los 20 días naturales posteriores a aquel en que el proveedor presente en las áreas de trámite de erogaciones la representación impresa del comprobante fiscal digital, siempre y cuando se cuente con la suficiencia presupuestal, así como con la documentación comprobatoria que acredita la entrega del servicio contratado y se indique en dicha documentación el servicio contratado, número de fianza y denominación social de la afianzadora, en su caso. Los contratos y su dictamen presupuestal deberán estar registrados en el sistema PREI Millenium.
El proveedor adjudicado podrá iniciar el trámite de pago una vez que tenga el visto bueno por parte del administrador del contrato cuando logre la instalación y puesta en operación del servicio contratado.
El precio será fijo a partir de la fecha de presentación de la Propuesta Económica y durante la vigencia del contrato que será a partir de la fecha de adjudicación y hasta la fecha definida de conclusión.
Mecanismos de comprobación, supervisión y verificación del servicio contratado y efectivamente prestado, así como del cumplimientode las requisiciones de cada entregable
El administrador del contrato deberá considerar para el gobierno de este, lo previsto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Xxxxxxxx, catálogos, fotografías, manuales entre otros, en caso de que se requieran para comprobar las especificaciones técnicas requeridas.
Visitas a las instalaciones institucionales, donde se prestará el servicio contratdo.
Los mecanismos de control para la administración del contrato incluyen revisiones en sitio por parte de los responsables de las Unidades Administrativas, de la Coordinación Delegacional de Informática, y la Coordinación de Servicios Digitales y de Información para la Salud y Administrativos, o bien, del personal que ellos designen, a fin de corroborar los niveles de atención del servicio contratado, de acuerdo a las necesidades del Instituto.
Tipo de abastecimiento requerido
Se requiere una sola fuente de abastecimiento, por lo que el contrato será adjudicado a un licitante.
Soporte a fallas
El proveedor brindará el soporte técnico correspondiente al servicio contratado en cada uno de los puntos objeto del contrato, tomando como base los niveles de servicio.
El Instituto podrá presentar las solicitudes de servicio para los módulos del SICGC y de su Repositorio de Administración Documental con soporte ya sea en línea a través de los sistemas de soporte al cliente del fabricante en Internet o por teléfono. El Instituto y el fabricante determinarán el nivel de severidad de la solicitud de servicio, y este deberá estar basado en las definiciones de severidad que se describen a continuación:
Niveles de servicios y tiempo de respuesta esperado
Severidad 1: Solución tecnológica con falla total
El Instituto sufre una pérdida total del servicio, ocasionada por la falla completa del aplicativo Su uso en la operación se detuvo o sufrió un impacto tan grave que no puede seguir operando Afecta al 100% de los usuarios los cuales no pueden operar el aplicativo
Se realizarán esfuerzos para responder a las solicitudes de Severidad 1 en un plazo de cuatro (4) horas hábiles.
A menos que se especifique lo contrario, el proveedor prestará soporte durante las 24 horas para solicitudes de servicio de Severidad 1 para los programas con soporte (se trabajará 24x7 hasta que el problema esté resuelto)
Severidad 2: Solución tecnológica con falla parcial
El Instituto sufre una pérdida o afectación del servicio en un grupo reducido de usuarios, pero de alguna manera se puede continuar con la operación.
Existen importantes funcionalidades que no están disponibles, sin una solución alternativa aceptable; afecta a un grupo mayor al 50% usuarios, sin embargo, de alguna manera pueden continuar con su trabajo.
Se deberán realizar esfuerzos razonables para responder a las solicitudes de servicio de Severidad 2 en un plazo de ocho (8) horas hábiles.
Severidad 3: Solución tecnológica con falla mínima
El Instituto sufre una pérdida leve del servicio. El impacto es un inconveniente que puede requerir una solución alternativa para restablecer la funcionalidad.
Se presenta como un caso aislado que afecta a algunos usuarios y no se impide de ninguna manera la operación (menor al 50% y mayor al 10% de los usuarios).
48
Se deberán realizar esfuerzos razonables para responder a las solicitudes de servicio de Severidad 3 en un plazo de veinticuatro (24) horas hábiles.
Severidad 4: Impacto bajo en el aplicativo
Se presenta como un caso aislado que afecta a algunos usuarios (menor al 10% de los usuarios) y no les impide continuar con su trabajo ó se presenta en ambientes no productivos tales como desarrollo, pruebas u otros.
Se deberán realizar esfuerzos razonables para responder a las solicitudes de servicio de Severidad 4 en un plazo de cuarenta y dos (42) horas hábiles.
Tiempos de respuesta
El Proveedor atenderá los tickets de Soporte de acuerdo con las siguientes pautas (“Pautas de Respuesta a Tickets de Soporte”):
a) 100% de los Tickets de Soporte de Severidad 1 dentro del plazo de cuatro (4) horas (disponible 24x7);
b) 100% de los Tickets de Soporte de Severidad 2 dentro del plazo de ocho (8) horas hábiles y disponibles en el horario de oficina en el ámbito local;
c) 100% de los Tickets de Soporte de Severidad 3 dentro del plazo de veinticuatro (24) horas hábiles y disponible en el horario de oficina en el ámbito local; y
d) 100% de los Tickets de Soporte de Severidad 4 dentro del plazo de cuarenta y dos (42) horas hábiles y disponible en el horario de oficina en el ámbito local.
Entregables
El Proveedor que resulte adjudicado deberá entregar al Instituto los siguientes:
▪ El cronograma de actividades, durante los 5 días hábiles siguientes a la emisión del fallo, mismo que deberá ser autorizado por el Administrador del Contrato o a quien éste designe y devuelto al licitante en un plazo no mayor a tres días hábiles. En caso de no ser autorizado y requerir modificaciones, deberá ser entregado por el proveedor máximo en los 3 días hábiles siguientes. Considerando un máximo de 15 días hábiles.
▪ El cronograma deberá incluir al menos las siguientes etapas, con sus respectivas actividades en cada una:
1. Capacitación Técnica
2. Capacitación Funcional
3. Acta de entrega - recepción de la puesta en operación del servicio contratado
4. Inicio de Operación
▪ Las constancias relacionadas con las actividades realizadas:
1. Capacitación Técnica
2. Capacitación Funcional
3. Acta de entrega - recepción de la puesta en operación del servicio contratado
4. Acta de entrega - recepción de la p4u9esta en operación de la solución
5. Inicio de Operación
▪ Póliza de actualización, soporte y mantenimiento del servicio contratado
a) Programas y procedimientos de instalación que se liberen durante la vigencia del contrato
b) Certificado o constancia de uso (derecho de uso) emitido por el proveedor que ampare la actualización del servicio contratado
c) Certificado o constancia de garantía comercial (derecho de soporte).
d) Procedimiento para hacer efectiva la garantía comercial.
▪ Póliza de soporte técnico proactivo por servicios técnicos
o Póliza de soporte técnico proactivo, indicando la cantidad de horas amparadas en dicha póliza y las actividades que pueden ser atendidas según lo especificado en el presente alcance del servicio.
Condiciones de aceptación
Dependerán de la revisión y validación por la parte usuaria en cada uno de los OOADs, normativos y operativos.
Criterios de aceptación y/o terminación
Los criterios de terminación y/o aceptación que se tomarán en consideración para la entrega del servicio contratado, se describen a continuación:
• Durante el desarrollo del proyecto, se verificará el cumplimiento del avance del servicio contratado, con base en las especificaciones ofertadas por el licitante en su propuesta técnica.
• El apoyo técnico será proporcionado por personal de la DIDT por tratarse de Nivel Central y áreas Normativas, tomando en cuenta las siguientes consideraciones:
o Configuración de los parámetros de comunicación para el correcto funcionamiento en la red institucional.
Confidencialidad
El proveedor ganador deberá entregar al momento de la adjudicación, una carta responsiva donde se comprometa a dar confidencialidad en el uso de la información que se genere, conforme a lo establecido en la Ley Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental y la Ley Federal de Protección de Datos Personales en posesión de los particulares.
El Licitante adjudicado deberá de garantizar la confidencialidad de la información mediante carta firmada por su representante legal, en el que manifieste que su representada o cualquiera de su personal asignado al proyecto, por ningún motivo, extraerá o divulgará el contenido de la información a la pueda tener acceso con motivo de la prestación del Servicio
Xxxxx firmada por el representante legal, en la que manifieste que se compromete a respetar y seguir los estándares tecnológicos, tanto de metodologías, procedimientos, hardware, como de software definidos por el Instituto.
Asimismo, en dicha carta el Licitante adjudicado deberá indicar que se compromete a que toda la información que exista a la fecha de la adjudicación y aquella que desarrolle derivado del presente proyecto, será propiedad intelectual y exclusiva del Instituto y no podrá ser utilizada por el Licitante adjudicado o su personal para otros fines.
Propiedad intelectual
El Licitante adjudicado se obliga a liberar al Instituto de toda responsabilidad de carácter civil, mercantil, penal o administrativa que, en su caso, se ocasione con motivo de la infracción de derechos de autor, patentes, marcas u otros derechos de propiedad industrial o intelectual a nivel Nacional o Internacional derivados de la prestación del servicio contratado.
Funcionarios públicos de la DIDT participantes en el proceso de contratación del servicio
1. El C. Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Titular de la Coordinación de Servicios Digitales y de Información para la Salud y Administrativos.
2. El C.Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Titular de la Coordinación de Servicios de Infraestructura Tecnológica Institucional.
3. El C. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, Titular de la Coordinación Técnica de Servicios Digitales y de Información para Administración, Finanzas y Jurídico.
4. El C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Titular de la Coordinación Técnica de Operación y Administración de Centros de Datos.
5. El C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Titular de la División de Administarción de Centros de Datos.
6. El C. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Titular de la División de Servicios de Información para Administración de Personal.
Administración del contrato
La Coordinación Técnica de Servicios Digitales y de Información para Administración, Finanza y Jurídico y la Coordinación Técnica de Operación y Administración de Centros de Datos serán las responsables de administrar el contrato.
Anexo 3.- Escrito de acreditación legal y personalidad jurídica del licitante
Ciudad de México, a de de 20 .
(Nombre) , manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados son ciertos y han sido verificados, así como que cuento con facultades suficientes para comprometerme por mí o por mi representada y suscribir las propuestas en la presente Licitación Pública Nacional Electrónica Núm. , a nombre y representación de. (Persona Física o Moral) .
Datos Personas Xxxxxxx y Físicas.
Registro Federal de Contribuyentes. | |||
Domicilio. | |||
Calle y Número. | |||
Colonia. | Demarcación Territorial o Municipio. | ||
Código Postal. | Entidad Federativa. | ||
Teléfono Fijo. | Teléfono Móvil. | ||
Correo Electrónico. | |||
Número de la Escritura Pública en la que consta su Acta Constitutiva. | Fecha. | ||
Nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx Público (ante el cual se dio fe de la misma). | |||
Fecha y Datos de su Inscripción en el Registro Público de Comercio. | |||
Descripción del Objeto Social. | |||
Relación de Accionistas. | |||
Apellido Paterno | Apellido Materno | Nombre(s) | |
Reformas al Acta Constitutiva que incidan con el objeto del procedimiento (Señalar Nombre, Número y Circunscripción xxx Xxxxxxx o Fedatario Público que las protocolizó, así como la Fecha y los datos de su Inscripción en el Registro Público de la Propiedad). |
Apoderado Legal o Representante. (Nombre y Domicilio) |
Documento para Acreditar Personalidad y Facultades. (Escritura Pública y Modificaciones, Fecha, nombre y circunscripción xxx Xxxxxxx Público) |
Asimismo, manifiesto que los cambios o modificaciones que se realicen en cualquier momento a los datos o documentos contenidos en el presente documento y durante la vigencia del contrato que, en su caso, sea suscrito con el Instituto, deberán ser comunicados a éste, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se generen.
Protesto lo necesario
(Nombre y Firma del Apoderado o Representante Legal del Licitante)
Anexo 4.- Escrito de nacionalidad mexicana
Ciudad de México, a de de 20 .
Instituto Mexicano del Seguro Social Dirección de Administración Unidad de Adquisiciones
Coordinación de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios Coordinación Técnica de Adquisición de Bienes de Inversión y Activos División de Contratación de Activos y Logística
Presente
Me refiero al procedimiento _ (Licitación Pública Nacional Electrónica) No.
(Número de Procedimiento) en el que mi representada, la empresa _ (nombre o razón social del licitante) participa a través de la presente propuesta.
Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en numeral 4.2, Documentación distinta a la proposición (legal-administrativa), de las bases de la convocatoria de la Licitación Pública Nacional Electrónica citada en el párrafo anterior, manifiesto bajo protesta de decir verdad lo siguiente:
• Conforme al artículo 35 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, que mi representada es de nacionalidad mexicana, para participar en el procedimiento de Licitación Pública Nacional Electrónica.
• Conforme al artículo 39, fracción VIII del Reglamento de la citada Ley que el origen de los servicios que oferto, serán de origen nacional.
Protesto lo necesario
(Nombre y Firma del Apoderado o Representante Legal del Licitante)
Anexo 5.- Escrito de cumplimiento de normas
Ciudad de México, a de de 20 .
Instituto Mexicano del Seguro Social Dirección de Administración Unidad de Adquisiciones
Coordinación de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios Coordinación Técnica de Adquisición de Bienes de Inversión y Activos División de Contratación de Activos y Logística
Presente
Me refiero al procedimiento _ (Licitación Pública Nacional Electrónica) No.
(Número de Procedimiento) en el que mi representada, la empresa (nombre o razón social del licitante) participa a través de la presente propuesta.
Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en numeral 4.2, Documentación distinta a la proposición (legal-administrativa), de las bases de la convocatoria de la Licitación Pública Nacional Electrónica citada en el párrafo anterior, manifiesto lo siguiente:
Que, en caso de resultar adjudicado, los servicios propuestos cumplirán con las normas solicitadas en la presente convocatoria, de acuerdo con el Anexo [***] que se adjunta para tal efecto.
Protesto lo necesario
(Nombre y Firma del Apoderado o Representante Legal del Licitante)
Anexo [***]. - El licitante debe indicar el nombre y/o número de anexo en que se encuentra dentro de su propuesta técnica.
Anexo 6.- Escrito de no encontrarse en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la LAASSP
Ciudad de México, a de de 20 .
Instituto Mexicano del Seguro Social Dirección de Administración Unidad de Adquisiciones
Coordinación de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios Coordinación Técnica de Adquisición de Bienes de Inversión y Activos División de Contratación de Activos y Logística
Presente
Nombre , en mi carácter de representante legal de la (Persona Física o Moral) manifiesto bajo protesta de decir verdad lo siguiente:
Que la empresa que represento, el suscrito, los socios o accionistas y las personas que forman parte de la sociedad, no se encuentran en alguno de los supuestos señalados en los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, lo que manifiesto para los efectos correspondientes con relación a la Licitación Pública Nacional Electrónica número. .
Protesto lo necesario
(Nombre y Firma del Apoderado o Representante Legal del Licitante)
Nota. En caso de que el licitante sea persona física, adecuar el formato
Anexo 7.- Declaración de integridad
Ciudad de México, a de de 20 .
Instituto Mexicano del Seguro Social Dirección de Administración Unidad de Adquisiciones
Coordinación de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios Coordinación Técnica de Adquisición de Bienes de Inversión y Activos División de Contratación de Activos y Logística
Presente
Nombre _, en mi carácter de representante legal de la (Persona Física o Moral) , y en términos de la convocatoria de la Licitación Pública Nacional Electrónica número , manifiesto bajo protesta de decir verdad lo siguiente:
Que mi representada se abstendrá por sí misma o a través de interpósita persona, de adoptar conductas para que los servidores públicos del Instituto induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que le otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.
(EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA, DEBERÁ SUSTITUIR EL PÁRRAFO ANTERIOR POR LO
SIGUIENTE: “Me permito manifestar BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que me abstendré por sí mismo o a través de interpósita persona, de adoptar conductas que induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que le otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes; asimismo me abstendré por sí mismo o por interpósita persona, de llevar a cabo cualquier acto que implique trasgresión a las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento; así como a lo dispuesto en general por la Ley Federal de Competencia Económica.”) EN CASO DE NO SER PERSONA FÍSICA PODRA ELIMINAR ESTE PÁRRAFO.
Que, en caso de resultar adjudicado, me obligo a liberar al Instituto de toda responsabilidad de carácter civil, mercantil, penal o administrativa que, en su caso, se ocasione con motivo de la infracción de derechos de autor, patentes, marcas u otros derechos de propiedad industrial o intelectual a nivel nacional o internacional.
Protesto lo necesario
(Nombre y Firma del Apoderado o Representante Legal del Licitante)
Anexo 8.- Escrito de estratificación de MIPYME
Ciudad de México, a de de 20 .
Instituto Mexicano del Seguro Social Dirección de Administración Unidad de Adquisiciones
Coordinación de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios Coordinación Técnica de Adquisición de Bienes de Inversión y Activos División de Contratación de Activos y Logística
Presente
Me refiero al procedimiento de _ (3) Núm. _ (4) en el que mí representada, la empresa _ (5) , participa a través de la presente propuesta.
Al respecto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, manifiesto bajo protesta de decir verdad que mi representada está constituida conforme a las leyes mexicanas, con Registro Federal de Contribuyentes (6) , y asimismo que considerando los criterios (sector, número total de trabajadores y ventas anuales) establecidos en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009, mi representada tiene un Tope Máximo Combinado de (7) , con base en lo cual se estatifica como una empresa
(8) .
De igual forma, declaro que la presente manifestación la hago teniendo pleno conocimiento de que la omisión, simulación o presentación de información falsa, son infracciones previstas por los artículos 69 y 81, ambos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y demás disposiciones aplicables.
Protesto lo necesario
(Nombre y Firma del Apoderado o Representante Legal del Licitante)
Descripción.
Formato para que los licitantes manifiesten, bajo protesta de decir verdad, la estratificación que les corresponde como MIPYMES, de conformidad con el Acuerdo de Estratificación de las MIPYMES, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009.
Instructivo de llenado.
Llenar los campos conforme aplique tomando en cuenta los rangos previstos en el Acuerdo antes mencionado.
1. Señalar la fecha de suscripción del documento.
2. Anotar el nombre de la convocante.
3. Precisar el procedimiento de contratación de que se trate (Licitación Pública Nacional Electrónica).
4. Indicar el número de procedimiento de contratación asignado por CompraNet.
5. Anotar el nombre, razón social o denominación del licitante.
6. Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del licitante.
7. Señalar el número que resulte de la aplicación de la expresión. Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) x 10% + (Ventas anuales en millones de pesos) x 90%.
Para tales efectos puede utilizar la calculadora MIPYMES disponible en la página http.//xxx.xxxxxxxxxxxxxxxXxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx
Para el concepto “Trabajadores”, utilizar el total de los trabajadores con los que cuenta la empresa a la fecha de la emisión de la manifestación.
Para el concepto “ventas anuales”, utilizar los datos conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales, expresados en millones de pesos.
8. Señalar el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme al resultado de la operación señalada en el numeral anterior.
9. Anotar el nombre y firma del apoderado o representante legal del licitante.
Licitación Pública Nacional Electrónica Número LA-50-GYR-050GYR019-N-289-2023
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
Unidad de Adquisiciones Coordinación de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios Coordinación Técnica de Adquisición de Bienes de Inversión y
Activos División de Contratación de Activos y Logística
Servicio de Soporte técnico para el aplicativo AGECH
ENTREGABLE | CANTIDAD | PRECIO UNITARIO MXN | TOTAL |
Póliza de Renovación del soporte y mantenimiento Laserfiche por un año, Instalación de la última versión liberada por el fabricante. | 1 | ||
Acompañamiento para realizar el respaldo de los volúmenes de información contenida en Laserfiche. | 1 | ||
Migración de los volúmenes a la nueva instancia de Laserfiche. | 1 | ||
Capacitación en los módulos Laserfiche y Memoria técnica de la instalación de Laserfiche | 1 | ||
TOTAL (MXM) | |||
I.V.A. | |||
GRAN TOTAL (MXM) |
GRAN TOTAL en letra sin IVA ( 00/100 M.N.)
• Precios serán fijos durante la vigencia del contrato
• Se deberán considerar dos decimales no redondear.
Razón Social. - (Del Licitante) RFC. - (Del Licitante)
Lugar y fecha. -
Representante Legal del Licitante (Nombre y Firma)
Anexo 10.- Relación de documentos a presentar
Fecha |
Licitación Pública Nacional Electrónica (Número) |
Denominación o Razón Social y Dirección Completa |
Teléfonos y Correo Electrónico |
Nombre del Representante |
Referencia | Documento legal-administrativo | Presentado | |
Si | No | ||
Numeral 4.2.1 Anexo 3 | Escrito de acreditación legal y personalidad jurídica del licitante | ||
Numeral 4.2.9 | Dirección de correo electrónico del licitante | ||
Numeral 4.2.4 Anexo 6 | Escrito bajo protesta de decir verdad, que no se ubica en los supuestos establecidos en los artículos 50 y 60 de la LAASSP. | ||
Numeral 4.2.5 Anexo 7 | Declaración de integridad, en la que el licitante manifieste, bajo protesta de decir verdad que se abstendrán de adoptar conductas, por si o a través de interpósita persona, para que los servidores públicos del IMSS induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes. | ||
Numeral 4.2.2 Anexo 4 | Escrito bajo protesta de decir verdad, que el licitante es de nacionalidad mexicana. | ||
Numeral 4.2.6 Anexo 8 | En su caso, escrito bajo protesta de decir verdad que el licitante cuenta con estratificación como micro, pequeña o mediana empresa. | ||
Anexo 11 | Escrito para solicitar la clasificación de la información entregada por el licitante. | ||
Anexo 12 | Escrito de manifestación que no desempeña empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso, que a pesar de desempeñarlo, con la formalización del contrato correspondiente no se actualiza un conflicto de interés. | ||
Numeral 4.2.7 Anexo 14 | Convenio de participación conjunta, cuando aplique. | ||
Anexo 15 | Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). | ||
Anexo 16 | Escrito de Integridad de Comisión Federal de Competencia Económica. |
Referencia | Documento legal-administrativo | Presentado | |
Si | No | ||
Anexo 18 | Carta de autorización 32-D | ||
Anexo 19 | Manifestación de servicios especializados | ||
Numeral 4.2.8 Anexo 20 | Escrito en el que manifieste su aceptación de que se tendrán como no presentadas sus proposiciones y, en su caso, la documentación requerida, cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena al IMSS, en términos de lo dispuesto por el numeral 29 del “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental, denominado CompraNet”. | ||
Anexo 21 | Manifiesto de conocer el módulo de formalización de instrumentos jurídicos. | ||
Referencia | Documentos de la propuesta técnica | ||
Numeral 4.3 | Documentación de la propuesta técnica enviada por el CompraNet | ||
Referencia | Documento de la propuesta económica | ||
Numeral 4.4 Anexo 9 | Formato de propuesta Económica. |
Anexo 11.- Escrito para solicitar la clasificación de la información entregada por el licitante
Ciudad de México, a de de 20 .
Instituto Mexicano del Seguro Social Dirección de Administración Unidad de Adquisiciones
Coordinación de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios Coordinación Técnica de Adquisición de Bienes de Inversión y Activos División de Contratación de Activos y Logística
Presente
(Nombre) , en mi carácter de , de la _ (Persona Física o Moral) , manifiesto por medio de la presente que los documentos contenidos en mi propuesta y remitida a la convocante para la Licitación Pública Nacional Electrónica Núm.
que contiene a su vez información de carácter Reservada y Confidencial con fundamento en términos de lo dispuesto por los artículos 97, 98, 110 fracción XIII, 111 y 113 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, deberá indicar si en los documentos que proporcionan al IMSS se contiene información de carácter confidencial o comercial reservada, señalando los documentos o las secciones de éstos que la contengan, así como el fundamento por el cual considera que tengan ese carácter.
(El licitante deberá señalar y fundamentar los numerales de su proposición administrativa- legal y/o técnica que considere información confidencial y/o comercial reservada.). Cabe señalar que, de no clasificarse la información por parte del licitante en los términos señalados, la información presentada como parte de su proposición técnica – legal - económica tendrá tratamiento de información de carácter público.
Relación de documentos:
Ejemplos:
Protesto lo necesario
(Nombre y Firma del Apoderado o Representante Legal del Licitante)
Ciudad de México, a de de 2021.
Instituto Mexicano del Seguro Social Dirección de Administración Unidad de Adquisiciones
Coordinación de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios Coordinación Técnica de Adquisición de Bienes de Inversión y Activos División de Contratación de Activos y Logística
P r e s e n t e
PROCEDIMIENTO No.
PARA PERSONAS XXXXXXX:
, en mi carácter de , de la _ (Persona Moral) , manifiesto bajo protesta de decir verdad que los siguientes socios o accionistas
1.
2.
3.
No desempeñan empleo, cargo o comisión en el servicio público y no se actualiza un Conflicto de Interés.
(En caso de algún socio o accionista desempeñe empleo, cargo o comisión en el servicio público, se deberá indicar el nombre del socio o accionista)
1.
2.
3.
Independientemente de desempeñar empleo, cargo o comisión en el servicio público, con la formalización del contrato correspondiente, no se actualiza un Conflicto de Interés.
PARA PERSONA FÍSICAS:
, manifiesto bajo protesta de decir verdad que no desempeño empleo, cargo o comisión en el servicio público y no se actualiza un Conflicto de Interés.
O
, manifiesto bajo protesta de decir verdad que a pesar de desempeñar empleo, cargo o comisión en el servicio público y no se actualiza un Conflicto de Interés.
(Nombre y firma del licitante o representante legal de la persona moral)
CONTRATO (ABIERTO O CERRADO) PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE (DESCRIPCIÓN), QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, EN LO SUCESIVO “EL INSTITUTO”, REPRESENTADA POR (NOMBRE DEL REPRESENTANTE), EN SU CARÁCTER DE (SEÑALAR CARGO DEL REPRESENTANTE), Y POR LA OTRA, (NOMBRE DE LA PERSONA FÍSICA O RAZON SOCIAL DE LA MORAL), EN LO SUCESIVO “EL PROVEEDOR”, REPRESENTADA POR (NOMBRE DEL REPRESENTANTE DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL), EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
1. “EL INSTITUTO” declara que:
I.1 “EL INSTITUTO” es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene a su cargo la organización y administración del Seguro Social, como un servicio público de carácter nacional, en términos de los artículos 4º y 5º de la Ley del Seguro Social.
I.2 Conforme a lo dispuesto por el artículo 268 A de la Ley de Seguro Social, y acredita su personalidad mediante el testimonio de la Escritura Pública número de fecha , otorgada ante la fe del Licenciado , Titular de la Notaría Pública Número del
, e inscrita en el Registro Público de Organismos Descentralizados bajo el folio número , de fecha ; manifiesta bajo protesta de decir verdad que las facultades que le fueron conferidas no le han sido revocadas, modificadas, ni restringidas en forma alguna en cumplimiento a los artículos 24 y 25 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, el C. (NOMBRE DEL O LA REPRESENTANTE DE EL INSTITUTO),
(SEÑALAR CARGO DEL O LA REPRESENTANTE), es un servidor público adscrito a la misma que cuenta con facultades legales para celebrar el presente contrato, quien podrá ser sustituido en cualquier momento en su cargo o funciones, sin que por ello, sea necesario celebrar un convenio modificatorio.
I.3 De conformidad con el artículo 84, penúltimo párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “LAASSP”, suscribe el presente instrumento el C. (NOMBRE DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO), (SEÑALAR CARGO DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO), con R.F.C (Colocar RFC), designado para dar seguimiento y verificar el cumplimiento de las obligaciones que deriven del objeto del presente contrato, quien podrá ser sustituido en cualquier momento, bastando para tales efectos un comunicado por escrito y firmado por el servidor público facultado para ello, informando a “EL PROVEEDOR” para los efectos del presente contrato.
I.4 La adjudicación del presente contrato se realizó mediante el procedimiento de (TIPO DE PROCEDIMIENTO) (COLOCAR MEDIO DEL PROCEDIMIENTO) de carácter (COLOCAR EL CARÁCTER DEL PROCEDIMIENTO), al amparo de lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;(FUNDAMENTO) de la “LAASSP”, y los correlativos de su Reglamento, en términos del acta de fallo/adjudicación/oficio de adjudicación de fecha , suscrita(o) por , documento que se integran en el Anexo ( ) del presente contrato.
I.5 “EL INSTITUTO” cuenta con recursos suficientes y con autorización para ejercerlos en el cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente contrato, como se desprende del Dictamen / Certificado de Disponibilidad Presupuestal Previo con cuenta número (NUMERO DE SUFICIENCIA PRESUPUESTARIA) con folio número (FOLIO
AUTORIZACIÓN SP), de fecha
de
de , emitido por la
, que se agrega al presente contrato en el Anexo _ (_) Si el contrato es Plurianual, mostrar el siguiente Texto:
De conformidad con el artículo 277 F, párrafo primero, de la Ley del Seguro Social, el Consejo Técnico de “EL INSTITUTO” autorizó llevar a cabo la contratación plurianual del Seguro Múltiple Empresarial y el presupuesto a ejercer, conforme al Acuerdo número ACDO.AS3.HCT.270922/269.P.DF, emitido el día 27 de septiembre de 2022 por el citado Órgano de Gobierno, documento que se agrega al presente contrato en el Anexo ( ).
INSTRUCCIÓN: SI LA CONTRATACIÓN ES PREVIA A LA AUTORIZACIÓN DE SU PRESUPUESTO, CONFORME AL ARTÍCULO 25, PÁRRAFO SEGUNDO DE LA LAASSP (ANTICIPADA) MOSTRAR EL SIGUIENTE TEXTO:
En caso de que se trate de una contratación cuya vigencia inicie en el ejercicio fiscal siguiente de aquél en que se formalice, se deberá consignar el oficio de autorización de la SHCP en términos de los artículos 35 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 146 de su Reglamento.
I.6 Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes N° IMS421231I45.
I.7 Tiene establecido su domicilio en Xxxxx Xxxxxxx xxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, mismo que señala para los fines y efectos legales del presente contrato.
Si es persona Física, mostrar los dos párrafos siguientes:
II. “EL PROVEEDOR” declara que:
II.1 Es una persona (FÍSICA), que acredita su personalidad para la firma de este contrato, mediante copia certificada de su acta de nacimiento, folio número , expedida por la
del , de fecha e identificación oficial consistente en
expedida por , con código de identificación , con vigencia al año , cuyas actividades consistentes, entre otras, en
, inscrita en el Régimen de .
Si es persona Moral, mostrar los dos párrafos siguientes:
II. “EL PROVEEDOR”, declara que:
II.1 Es una persona MORAL legalmente constituida según consta en la Escritura Pública número de fecha , pasada ante la fe del (la) Licenciado (a)
, Titular de la Notaría Pública número de , e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de , con el folio mercantil electrónico número ., denominada (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL), cuyo objeto social es, entre otros, (OBJETO SOCIAL).
II.2 La o el C. (NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL), en su carácter de representante legal, cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente contrato y obligar a su representada en los términos, lo cual acredita mediante la Escritura Pública número de fecha , pasada ante la fe del (la) Licenciado (a) , Titular de la Notaría Pública número de , e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de , con el folio mercantil electrónico número
, mismo que bajo protesta de decir verdad manifiesta que no le han sido limitado ni revocado en forma alguna.
II.3 Reúne las condiciones técnicas, jurídicas y económicas, y cuenta con la organización y elementos necesarios para su cumplimiento.
II.4 Cuenta con su Registro Federal de Contribuyentes (RFC PROVEEDOR).
II.5 Bajo protesta de decir verdad, está al corriente en los pagos de sus obligaciones fiscales, en específico las previstas en el artículo 32-D del Código Fiscal Federal vigente, así como de sus obligaciones fiscales en materia de seguridad social, ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS); lo que acredita con las Opiniones de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales y en materia de Seguridad Social en sentido positivo, emitidas por el SAT e IMSS, respectivamente, así como con la Constancia de Situación Fiscal en materia de Aportaciones Patronales y Entero de Descuentos, sin adeudo, emitida por el INFONAVIT, las cuales se encuentran vigentes.
Manifiesta bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la “LAASSP”.
En caso de que “EL PROVEEDOR” se encuentre en los supuestos señalados anteriormente, el contrato será nulo previa determinación de la autoridad competente de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la “LAASSP”.
Asimismo, manifiesta que ni él ni ninguno de los socios o accionistas desempeñan un empleo, cargo o comisión en el servicio público, ni se encuentran inhabilitados para ello, o en su caso que, a pesar de desempeñarlo, con la formalización del presente contrato no se actualiza un conflicto de interés, en términos del artículo 49, fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Conforme a lo previsto en los artículos 57 de la “LAASSP” y 107 de su Reglamento, “EL PROVEEDOR”, en caso de auditorías, visitas o inspecciones que practique la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control en “EL INSTITUTO” y cualquier otra entidad fiscalizadora, deberá proporcionar la información relativa al presente contrato que en su momento se requiera, generada desde el procedimiento de adjudicación hasta la conclusión de la vigencia, a efecto de ser sujetos a fiscalización de los recursos de carácter federal.
II.6 Se señala para todos los efectos legales, para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos los teléfono(s): (55) o (01 ) , correo(s) electrónico(s):
, y domicilio ubicado en (DOMICILIO FISCAL PROVEEDOR).
EN CASO DE QUE SE HAYA ADJUDICADO A UN PROVEEDOR EN PARTICIPACIÓN CONJUNTA, SE INCLUIRÁ EL SIGUIENTE TEXTO:
III.- “EL PROVEEDOR”, declara conjuntamente que:
III.1.- Han celebrado convenio de participación conjunta, cuyas obligaciones deberán cumplirse en términos del mismo, el cual se integra al presente instrumento jurídico como Anexo ( ).
III.2.- Conocen el contenido y los requisitos que establece la “LAASSP” y su Reglamento, la Convocatoria y sus Anexos.
III. De “LAS PARTES”:
III.1 Que es su voluntad celebrar el presente contrato y sujetarse a sus términos y condiciones, por lo que de común acuerdo se obligan de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO.
“EL PROVEEDOR” acepta y se obliga a proporcionar a “EL INSTITUTO” la prestación del servicio de (DescripciónCategoria), en los términos y condiciones establecidos en este contrato y sus anexos que forman parte integrante del mismo.
Los Anexos que forman parte integrante del presente contrato, se enuncian a continuación:
Anexo 1 (uno) | “Dictamen/Certificado de Disponibilidad Presupuestal Previo” |
Anexo 2 (dos) | “Anexo Técnico, Términos y Condiciones, Programa Calendarizado (EN CASO DE APLICAR)” |
Anexo 3 (tres) | “Propuesta Técnica y Económica de “EL PROVEEDOR” y Acta de Fallo/Oficio de Adjudicación” |
Anexo 4 (cuatro) | “Documento de designación de Administrador del Contrato” |
Anexo 5 (cinco) | “Junta de Aclaraciones, la cual se encuentra disponible para su consulta en CompraNet” (EN CASO DE APLICAR) |
Anexo 6 (seis) | “Convenio de Participación Conjunta” (EN CASO DE APLICAR) |
SEGUNDA. MONTO DEL CONTRATO
INSTRUCCIÓN: TRATÁNDOSE DE CONTRATO CERRADO Y ANUAL, MOSTRAR EL SIGUIENTE PÁRRAFO:
“EL INSTITUTO” pagará a “EL PROVEEDOR” como contraprestación por los servicios objeto de este contrato, la cantidad de $ (MONTO TOTAL DEL CONTRATO SIN IMPUESTOS) más impuestos que asciende a $ (IMPUESTOS), que hace un total de $ (MONTO TOTAL CON IMPUESTOS), de conformidad con el(los) precio(s) unitario(s) que se indican en el Anexo ( ) del presente contrato.
INSTRUCCIÓN: EN CASO DE SER CERRADO Y XXXXXXXXXX, MOSTRAR LA TABLA Y LOS DOS PÁRRAFOS SIGUIENTES:
“EL INSTITUTO” conviene con “EL PROVEEDOR” que el monto total de los servicios es por la cantidad de $ (MONTO TOTAL DEL CONTRATO SIN IMPUESTOS) más impuestos que asciende a $ (IMPUESTOS), lo que hace un total de $ (MONTO TOTAL CON IMPUESTOS), de conformidad con los precios unitarios que se indican en el Anexo ( ) del presente contrato, importe que se cubrirá en cada uno de los ejercicios fiscales, de acuerdo a lo siguiente:
Ejercicio Fiscal | Monto sin impuestos | Monto con impuestos |
(INCORPORAR EJERCICIO FISCAL) | (MONTO SIN IMPUESTOS DEL EJERCICIO) | (MONTO CON IMPUESTOS DEL EJERCICIO) |
Se agregarán tantos se |
hayan programado | ||
TOTAL: | $(MONTO TOTAL SIN IMPUESTOS) | (MONTO TOTAL con impuestos) |
Las partes convienen expresamente que las obligaciones de este contrato, cuyo cumplimiento se encuentra previsto realizar durante los ejercicios fiscales de (CONCATENAR EJERCICIOS FISCALES QUE INVOLUCRAN LA PLURIANUALIDAD) quedarán sujetas para fines de su ejecución y pago a la disponibilidad presupuestaria, con que cuente “EL INSTITUTO”, conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación que para el ejercicio fiscal correspondiente apruebe la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad para alguna de las partes.
El(los) precio(s) unitario(s) es (son) considerado(s) fijo(s) y en moneda nacional hasta que concluya la relación contractual que se formaliza, incluyendo todos los conceptos y costos involucrados en la prestación del servicio de (DESCRIPCIÓN), por lo que “EL PROVEEDOR” no podrá agregar ningún costo extra y el (los) precio(s) será(n) inalterable(s) durante la vigencia del presente contrato.
INSTRUCCIÓN: EN CASO DE QUE SE HAYA PREVISTO VARIACIÓN DE PRECIOS, Y SE CUENTE CON UNA FÓRMULA O MECANISMO DE AJUSTE SE CONSIDERARÁ LA SIGUIENTE REDACCIÓN:
El precio unitario será considerado en moneda nacional, y podrá ser modificado conforme a la siguiente: (ESTABLECER LA FÓRMULA O MECANISMO DE AJUSTE PUBLICADA EN LA CONVOCATORIA, INVITACIÓN O SOLICITUD DE COTIZACIÓN).
INSTRUCCIÓN: EN CASO DE SER ABIERTO Y ANUAL INCORPORAR EL SIGUIENTE PÁRRAFO:
“EL INSTITUTO” pagará a “EL PROVEEDOR” como contraprestación por los servicios objeto de este contrato, la cantidad mínima de $ (MONTO MÍNIMO TOTAL DEL CONTRATO) más impuestos que asciende a $ (INDICAR LA CANTIDAD EN LETRA), que hace un total de $ (MONTO MÍNIMO TOTAL DEL CONTRATO), y un monto máximo de $ (MONTO MÁXIMO TOTAL DEL CONTRATO), más impuestos que asciende a $ (INDICAR LA CANTIDAD EN LETRA), que hace un total de $ (MONTO MÁXIMO TOTAL DEL CONTRATO),
de conformidad con los precios unitarios que se indican en el Anexo ( ) del presente contrato
INSTRUCCIÓN: EN CASO DE SER PLURIANUAL ABIERTO, MOSTRAR LA TABLA Y LOS TRES PÁRRAFOS SIGUIENTES:
“EL INSTITUTO” conviene con “EL PROVEEDOR” que el monto mínimo del arrendamiento objeto del presente contrato para los ejercicios fiscales de (CONCATENAR EJERCICIOS
FISCALES QUE INVOLUCRAN LA PLURIANUALIDAD) es por la cantidad de (MONTO
MÍNIMO TOTAL) más impuestos que asciende a $ (INDICAR LA CANTIDAD EN LETRA), que hace un total de $ (MONTO MÍMINO TOTAL DEL CONTRATO)de conformidad con los precios unitarios que se indican en el Anexo ( ) del presente contrato.
Asimismo, que el monto máximo de los servicios para los ejercicios fiscales de
(INCORPORAR EJERCICIO) es por la cantidad de (MONTO MÁXIMO TOTAL DEL
CONTRATO), más impuestos que asciende a $(Indicar la cantidad en letra), que hace un total de $ (MONTO MÁXIMO TOTAL DEL CONTRATO), de conformidad con los precios unitarios que se indican en el Anexo ( ) del presente contrato.
Importe mínimos y máximos a pagar en cada ejercicio fiscal de acuerdo a lo siguiente:
Ejercicio Fiscal | Monto mínimo | Monto máximo |
(INCORPORAR EJERCICIO FISCAL) | (MONTO MÍNIMO ANUAL sin impuestos) | (MONTO MÁXIMO ANUAL sin impuestos) |
Se agregarán tantos se hayan programado | ||
TOTAL SIN IMPUESTOS: | (MONTO MÍNIMO TOTAL) | (MONTO MÁXIMO TOTAL DEL CONTRATO) |
Las partes convienen expresamente que las obligaciones de este contrato, cuyo cumplimiento se encuentra previsto realizar durante los ejercicios fiscales de (CONCATENAR EJERCICIOS FISCALES QUE INVOLUCRAN LA PLURIANUALIDAD) quedarán sujetas para fines de su ejecución y pago a la disponibilidad presupuestaria, con que cuente “EL INSTITUTO”, conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación que para el ejercicio fiscal correspondiente apruebe la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad para alguna de las partes.
El(los) precio(s) unitario(s) es (son) considerado(s) fijo(s) y en moneda nacional hasta que concluya la relación contractual que se formaliza, incluyendo todos los conceptos y costos involucrados en la prestación del servicio de (DESCRIPCIÓN), por lo que “EL PROVEEDOR” no podrá agregar ningún costo extra y el (los) precio(s) será(n) inalterable(s) durante la vigencia del presente contrato.
INSTRUCCIÓN: EN CASO QUE SE HAYA PREVISTO VARIACIÓN DE PRECIOS, Y SE CUENTE CON UNA FÓRMULA O MECANISMO DE AJUSTE SE CONSIDERARÁ LA SIGUIENTE REDACCIÓN Y SE ELIMINARÁ EL PÁRRAFO ANTERIOR:
El precio unitario será considerado en moneda nacional, y podrá ser modificado conforme a la siguiente: (ESTABLECER LA FÓRMULA O MECANISMO DE AJUSTE PUBLICADA EN LA CONVOCATORIA, INVITACIÓN O SOLICITUD DE COTIZACIÓN).
TERCERA. ANTICIPO.
INSTRUCCIÓN: SÓLO EN CASO DE QUE NO SE OTORGUE ANTICIPO, MOSTRAR EL SIGUIENTE TEXTO):
Para el presente contrato “EL INSTITUTO” no otorgará anticipo a “EL PROVEEDOR”.
INSTRUCCIÓN: SÓLO EN CASO DE QUE SE OTORGUE ANTICIPO, MOSTRAR LO SIGUIENTE):
Se otorgarán a “EL PROVEEDOR”, un anticipo del por ciento sobre el monto total del contrato equivalente a .
CUARTA. FORMA Y LUGAR DE PAGO.
“EL INSTITUTO” efectuará pagos a “EL PROVEEDOR” una vez prestados los servicios, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 51 de la “LAASSP” y 93 de su Reglamento, así como por lo establecido en los Términos y Condiciones que se agregan al presente contrato en el Anexo _ (_).
Los pagos se realizarán en pesos mexicanos, en los plazos normados por la Dirección de Finanzas, de acuerdo al “Procedimiento para la recepción, glosa y aprobación de documentos presentados para trámite de pago y la constitución, modificación, cancelación, operación y control de fondos fijos” sin que éstos rebasen los 20 (veinte) días naturales posteriores a aquel en que “EL PROVEEDOR” presente en forma impresa el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), siempre y cuando se cuente con la suficiencia presupuestal, así como con la documentación comprobatoria que acredite la prestación del servicio conforme lo señalado en los Términos y Condiciones que se agregan en el Anexo ( ) del presente contrato, y conforme a los numerales cuarto y sexto del capítulo quinto, intitulado, de los Lineamientos para promover la agilización de pago a los proveedores contenidos en el “Acuerdo por el que se emiten diversos lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas”, concordante con los artículos 65 y 66 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
El CFDI deberá presentarse ante la División de Trámite de Erogaciones de la Coordinación de Contabilidad y Trámite de Erogaciones en Órganos Normativos, la Oficina de Control de Trámite de Erogaciones en los Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada (OOAD), la Oficina de Trámite de Erogaciones de la Unidad Médica de Alta Especialidad (UMAE), según corresponda, para proceder a su glosa, revisión y, en su caso, aprobación. En caso de aplicar, dicho CFDI deberá contener el nombre, cargo y firma de autorización del Administrador del Contrato, de quien suscribió la orden de compra o servicio, o de quien autorizó la contratación
por montos inferiores a $2,000.00 (antes de IVA). Asimismo, en dicho CFDI se deberán indicar: número de alta en SAI o número de identificación de pedido-recepción en PREI-Millenium (cuando sea aplicable), número de proveedor, número de contrato, y la indicación de que “EL PROVEEDOR” cuenta con opiniones positivas y vigentes en materia de aportaciones de seguridad social ante “EL INSTITUTO” e INFONAVIT así como de obligaciones fiscales ante el SAT.
En caso de que el devengo por la entrega-recepción no genere número de alta en SAI o número de pedido-recepción en PREI-Millenium, en su caso, se deberá adjuntar acta de entrega-recepción.
El personal de la División de Trámite de Erogaciones de la Coordinación de Contabilidad y Trámite de Erogaciones no podrá devolver el CFDI presentado por errores que no afecten la validez fiscal del documento o por causas imputables a “EL INSTITUTO”.
Para los casos en que no se formalice el presente contrato, el fallo o notificación de la adjudicación será el documento con el cual procederá el pago respectivo de los servicios proporcionados, únicamente para el periodo comprendido entre el fallo y la fecha en que debió formalizarse el contrato.
Para efectos de lo anterior, la División de Contratos deberá informar al administrador del presente contrato o Área Consolidadora, en su caso, en un plazo no mayor a 24 (veinticuatro) horas posteriores al vencimiento del plazo para formalización del instrumento legal, de la falta de formalización del mismo, a efecto de que se realicen las gestiones que correspondan para no recibir los servicios materia del presente contrato.
“EL PROVEEDOR” deberá expedir sus CFDI en el esquema de facturación electrónica, con las especificaciones normadas en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación (CFF), así como las que emita el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a nombre de “EL INSTITUTO”, con Registro Federal de Contribuyentes IMS421231I45 y en caso de ser necesario como dato adicional, el domicilio en Avenida Paseo de la Reforma Núm. 476 en la Colonia Juárez, C.P. 06600, Demarcación Territorial Xxxxxxxxxx, Ciudad de México.
Para la validación de dichos comprobantes “EL PROVEEDOR” deberá cargar en Internet, a través del Portal de Servicios a Proveedores de la página de “EL INSTITUTO” archivo en formato XML. La validez de los mismos, será determinada durante la carga y únicamente los comprobantes validos serán procedentes para pago.
El pago se realizará mediante transferencia electrónica de fondos y en la fecha, a través del esquema electrónico interbancario que “EL INSTITUTO” tiene en operación, para tal efecto “EL PROVEEDOR” deberá proporcionar la documentación requerida por la Coordinación de Tesorería, para dar de alta en el Sistema de “EL INSTITUTO”, la cuenta bancaria, (no deberá ser referenciada ni concentradora), CLABE, Banco y Sucursal a menos que éste acredite en forma fehaciente la imposibilidad para ello.
El pago se depositará a “EL PROVEEDOR” en la fecha programada, a través del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios.
El administrador del presente contrato será quien dará la autorización para que la Dirección de Finanzas proceda a su pago de acuerdo a lo normado en el anexo “Normatividad de pago de las Cuentas Contables” del “Procedimiento para la recepción, glosa y aprobación de documentos presentados para trámite de pago y la constitución, modificación, cancelación, operación y control de fondos fijos”.
En ningún caso, se deberá autorizar el pago de los servicios, sí no se ha determinado, calculado y notificado a “EL PROVEEDOR” las penas convencionales o deducciones pactadas en el presente contrato, así como su registro y validación en el Sistema PREI Millenium.
“EL PROVEEDOR” podrá optar por cobrar a través de factoraje financiero conforme al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo con “EL INSTITUTO”.
En caso de que “EL PROVEEDOR” reciba pagos en exceso deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso más los intereses correspondientes, conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación, en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades en exceso y se computarán por días naturales desde la fecha de su entrega hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “EL INSTITUTO”.
En caso de que “EL PROVEEDOR” presente su CFDI con errores o deficiencias, conforme a lo previsto en los artículos 89 y 90 del Reglamento de la “LAASSP”, “EL INSTITUTO” dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a la recepción de la misma, indicará por escrito a “EL PROVEEDOR” las deficiencias o errores que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que “EL PROVEEDOR” presente las correcciones no se computará dentro del plazo estipulado para el pago.
“EL PROVEEDOR”, para cada uno de los pagos que efectivamente reciba, de acuerdo con esta cláusula, deberá de expedir a nombre de “EL INSTITUTO”, el “CFDI con complemento para la recepción de pagos”, también denominado “recibo electrónico de pago”, el cual elaborará dentro de los plazos establecidos por las disposiciones fiscales vigentes y lo cargará en el portal de servicios a proveedores de la página de “EL INSTITUTO”.
“EL PROVEEDOR” se obliga a no cancelar ante el SAT los CFDI a favor de “EL INSTITUTO” previamente validados en el portal de servicios a proveedores, salvo justificación y comunicación por parte del mismo al administrador del presente contrato para su autorización expresa, debiendo éste informar a las áreas de trámite de erogaciones de dicha justificación y reposición del CFDI en su caso.
El administrador del presente contrato llevará a cabo la valoración de la procedencia del pago por concepto de gastos no recuperables conforme a lo previsto en los artículos 101 y 102 del Reglamento de la “LAASSP”, en relación con los artículos 38, 46, 54 Bis y 55 Bis, segundo
párrafo de la “LAASSP”, previa solicitud por escrito a “EL PROVEEDOR”, acompañada de los documentos siguientes:
• Copia de la identificación oficial vigente con fotografía y firma de la persona que haya realizado los trámites relacionados con el procedimiento de contratación.
• El CFDI que reúna los requisitos de los artículos 29 y 29-A del CFF, 37 al 40 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación (RCFF) y, en su caso, la Resolución de la Miscelánea Fiscal del Ejercicio que corresponda.
• La solicitud la realizará al administrador del presente contrato para la determinación de la procedencia del pago y, en su caso, elaborar el finiquito y remitirlo para el pago respectivo a la Coordinación de Contabilidad y Trámite de Erogaciones, dependiente de la Dirección de Finanzas, o ante la Jefatura de Servicios de Finanzas o de la Unidad Médica de Alta Especialidad (UMAE) o ante los Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada (OOAD), según corresponda.
Al notificar a “EL PROVEEDOR” la aplicación de una pena convencional, el administrador del presente contrato deberá solicitar a las áreas de contabilidad (en Órganos Normativos, OOAD o en UMAE) la emisión del CFDI de ingreso por dicho concepto y entregarlo a “EL PROVEEDOR” para que se compense contra los adeudos que tenga “EL INSTITUTO” para con “EL PROVEEDOR” o, para que en su defecto, éste proceda a pagar a “EL INSTITUTO” la pena convencional.
El pago de los servicios quedará condicionado proporcionalmente al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por conceptos xx xxxxx convencionales y/o deducciones. En ambos casos, “EL INSTITUTO” realizará las retenciones correspondientes sobre el CFDI que se presente para pago. En el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el presente contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones, ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, de conformidad con lo establecido por el artículo 95 del Reglamento de la “LAASSP”.
Las Unidades Responsables del Gasto (URG) deberán registrar los contratos, convenios y su DDP en el Sistema PREI Millenium para el trámite de pago correspondiente.
Los servicios cuya recepción no genere alta a través del SAI o el PREI Millenium de manera electrónica, deberán contener la firma de recepción y de autorización para el trámite de pago de acuerdo a lo establecido en el “Procedimiento para la recepción, glosa y aprobación de documentos presentados para trámite de pago y la constitución, modificación, cancelación, operación y control de fondos fijos” vigente, así como el Acta de Entrega-Recepción, según corresponda.
Para que “EL PROVEEDOR” pueda celebrar un contrato de cesión de derechos de cobro, mismo que deberá notificarlo por escrito a “EL INSTITUTO” con un mínimo de 5 (cinco) días naturales anteriores a la fecha de pago programada, el administrador del presente contrato, o en su caso, el Titular del Área Requirente, deberá entregar los documentos sustantivos de
dicha cesión al área responsable de autorizar ésta, conforme al “Procedimiento para la recepción, glosa y aprobación de documentos presentados para trámite de pago y la constitución, modificación, cancelación, operación y control de fondos fijos”.
“EL PROVEEDOR” que tenga cuentas líquidas y exigibles a su cargo por concepto de cuotas obrero patronales, conforme a lo previsto en el artículo 40 B de la Ley del Seguro Social, acepta que “EL INSTITUTO” las compense con el o los pagos que tenga que hacerle por concepto de contraprestación por la prestación del servicio objeto de este contrato.
El cómputo del plazo para realizar el pago se contabilizará a partir del día hábil siguiente de la aceptación del CFDI o factura electrónica, y ésta reúna los requisitos fiscales que establece la legislación en la materia, el desglose de los servicios prestados, los precios unitarios, se verifique su autenticidad, no existan aclaraciones al importe y vaya acompañada con la documentación soporte de la prestación de los servicios facturados.
De conformidad con el artículo 90, del Reglamento de la “LAASSP”, en caso de que el CFDI o factura electrónica entregado presente errores, el Administrador del presente contrato o a quien éste designe por escrito, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes de su recepción, indicará a “EL PROVEEDOR” las deficiencias que deberá corregir; por lo que, el procedimiento de pago reiniciará en el momento en que “EL PROVEEDOR” presente el CFDI y/o documentos soporte corregidos y sean aceptados.
El tiempo que “EL PROVEEDOR” utilice para la corrección del CFDI y/o documentación soporte entregada, no se computará para efectos de pago, de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 de la “LAASSP”.
El CFDI o factura electrónica deberá ser presentada de forma impresa.
El CFDI o factura electrónica se deberá presentar desglosando el impuesto cuando aplique.
“EL PROVEEDOR” manifiesta su conformidad que, hasta en tanto no se cumpla con la verificación, supervisión y aceptación de la prestación de los servicios, no se tendrán como recibidos o aceptados por el Administrador del presente contrato.
Para efectos de trámite de pago, “EL PROVEEDOR” deberá ser titular de una cuenta bancaria, en la que se efectuará la transferencia electrónica de pago, respecto de la cual deberá proporcionar toda la información y documentación que le sea requerida por “EL INSTITUTO”, para efectos del pago.
“EL PROVEEDOR” deberá presentar la información y documentación “EL INSTITUTO” le solicite para el trámite de pago, atendiendo a las disposiciones legales e internas de “EL INSTITUTO”.
El pago de la prestación de los servicios recibidos, quedará condicionado al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales y, en su caso, deductivas.
INSTRUCCIÓN: EN CASO DE PAGO EN MONEDA EXTRANJERA, INDICAR LA FUENTE OFICIAL QUE SE TOMARÁ PARA LLEVAR A CABO LA CONVERSIÓN Y LA TASA DE CAMBIO O LA FECHA A CONSIDERAR PARA HACERLO:
La fuente oficial para la conversión de la moneda extranjera será el Banco de México y la fecha a considerar será .
PARRAFO PARA EN CASO DE QUE EXISTA PARTICIPACIÓN CONJUNTA.
Para efectos del cobro de sus CFDI, deberá presentarse por “EL PROVEEDOR” que se haya establecido en el convenio de participación conjunta, en el entendido de que “EL INSTITUTO” no será responsable de la manera en que hayan acordado la distribución del pago.
Para el caso que se presenten pagos en exceso, se estará a lo dispuesto por el artículo 51, párrafo tercero, de la “LAASSP”.
QUINTA. LUGAR, PLAZOS Y CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.
La prestación de los servicios, se realizará conforme a los plazos, condiciones y entregables establecidos por “EL INSTITUTO” en el Anexo Técnico y en los Términos y Condiciones integrados en el Anexo ( ) de este instrumento jurídico, apegándose a las condiciones, alcances y características detalladas en la convocatoria, junta de aclaraciones (en su caso) y acta de del procedimiento del cual deriva el presente contrato, disponibles para su consulta en el Portal de Compras Gubernamentales CompraNet; en la solicitud de cotización, acta de adjudicación / oficio de adjudicación, este último se agrega en el Anexo ( ) del presente contrato.
Los servicios serán prestados en los domicilios señalados en el Anexo Técnico y en los Términos y Condiciones integrados en el Anexo ( ) de este instrumento jurídico y fechas establecidas en los mismos.
En los casos que derivado de la verificación se detecten defectos o discrepancias en la prestación del servicio o incumplimiento en las especificaciones técnicas, “EL PROVEEDOR” contará con el plazo establecido en el Anexo Técnico y en los Términos y Condiciones integrados en el Anexo ( ) de este instrumento jurídico para la reposición o corrección, contados a partir del momento de la notificación por correo electrónico y/o escrito, sin costo adicional para “EL INSTITUTO”.
LUGAR DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.- “EL PROVEEDOR” …..
PLAZO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.- El plazo del servicio ….
CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.- “EL PROVEEDOR” se obliga con
“EL INSTITUTO” a cumplir con las condiciones del servicio adquiridas, de acuerdo al Anexo Técnico, a los Términos y Condiciones que se integran al presente instrumento jurídico en el Anexo ( ), así como a lo ofrecido en sus propuestas técnica y económica que se agregan como Anexo ( ) al presente contrato y lo dispuesto en la Junta de Aclaraciones, disponible para su consulta en el Portal de Compras Gubernamentales CompraNet.
Cabe resaltar que mientras no se cumpla con las condiciones de la prestación del servicio establecidas, “EL INSTITUTO” no dará por aceptado el servicio objeto de este contrato.
“LAS PARTES” que suscriben el presente contrato en su carácter de “EL PROVEEDOR”, asumen las obligaciones materia de este instrumento jurídico en forma mancomunada o solidaria conforme a lo estipulado en el convenio de participación conjunta.
SEXTA. VIGENCIA
“LAS PARTES” convienen en que la vigencia del presente contrato será del (INCORPORAR FECHA DE INICIO) al (INCORPORAR FECHA DE TÉRMINO DEL CONTRATO).
SÉPTIMA. MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
“LAS PARTES” están de acuerdo que “EL INSTITUTO” por razones fundadas y explícitas podrá ampliar el monto o la cantidad de los servicios, de conformidad con el artículo 52 de la “LAASSP”, siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) de los establecidos originalmente, el precio unitario sea igual al originalmente pactado y el contrato esté vigente. La modificación se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio.
“EL INSTITUTO”, podrá ampliar la vigencia del presente instrumento, siempre y cuando, no implique incremento del monto contratado o de la cantidad del servicio, siendo necesario que se obtenga el previo consentimiento de “EL PROVEEDOR”.
De presentarse caso fortuito o fuerza mayor, o por causas atribuibles a “EL INSTITUTO”, se podrá modificar el plazo del presente instrumento jurídico, debiendo acreditar dichos supuestos con las constancias respectivas. La modificación del plazo por caso fortuito o fuerza mayor podrá ser solicitada por cualquiera de “LAS PARTES”.
En los supuestos previstos en los dos párrafos anteriores, no procederá la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso.
Cualquier modificación al presente contrato deberá formalizarse por escrito, y deberá suscribirse por el servidor público de “EL INSTITUTO” que lo haya hecho, o quien lo sustituya o esté facultado para ello, para lo cual “EL PROVEEDOR” realizará el ajuste respectivo de la garantía de cumplimiento, en términos del artículo 91, último párrafo del Reglamento de la LAASSP, salvo que por disposición legal se encuentre exceptuado de presentar garantía de cumplimiento.
“EL INSTITUTO” se abstendrá de hacer modificaciones que se refieran a precios, anticipos, pagos progresivos, especificaciones y, en general, cualquier cambio que implique otorgar condiciones más ventajosas a un proveedor comparadas con las establecidas originalmente.
OCTAVA. GARANTÍA DE LOS SERVICIOS
INSTRUCCIÓN: EN CASO DE NO SE REQUIERA GARANTÍA SOBRE LA CALIDAD DEL SERVICIO, AÑADIR LO SIGUIENTE:
Para la prestación de los servicios materia del presente contrato, no se requiere que “EL PROVEEDOR” presente una garantía por la calidad de los servicios contratados.
INSTRUCCIÓN: EN CASO DE QUE SÍ SE REQUIERA GARANTÍA SOBRE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, AÑADIR LO SIGUIENTE:
“EL PROVEEDOR” se obliga con “EL INSTITUTO” a entregar al inicio de la prestación del servicio, una garantía por la calidad de los servicios prestados, por (INCORPORAR NUMERO DE MESES) meses, la cual se constituirá (indicar la forma de garantizarla), pudiendo ser mediante la póliza de garantía, en términos de los artículos 77 y 78 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
NOVENA. GARANTÍA(S)
INSTRUCCIÓN: EN CASO DE OTORGAR ANTICIPO, AÑADIR LO SIGUIENTE:
A) GARANTIA DE ANTICIPO
“EL PROVEEDOR” entregará a “EL INSTITUTO”, previamente a la entrega del anticipo una garantía constituida por la totalidad del monto del(os) anticipo(s) recibido(s).
El otorgamiento de anticipo, deberá garantizarse en los términos de los artículos 48, de la
“LAASSP”; 81, párrafo primero y fracción V, de su Reglamento.
Si las disposiciones jurídicas aplicables lo permiten, la entrega de la garantía de anticipo podrá realizarse de manera electrónica.
Una vez amortizado el cien por ciento del anticipo, el servidor público facultado por “EL INSTITUTO” procederá inmediatamente a extender la constancia de cumplimiento de dicha obligación contractual y dará inicio a los trámites para la cancelación de la garantía, lo que comunicará a “EL PROVEEDOR”.
INSTRUCCIÓN: EN CASO DE QUE PROCEDA LA CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO INCORPORAR LO SIGUIENTE:
B) CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Conforme a los artículos 48, fracción II, 49, fracción II, de la “LAASSP”; 85, fracción III, y 103 de su Reglamento “EL PROVEEDOR” se obliga a constituir una garantía (EN CASO DE SER INDIVISIBLE) indivisible por el cumplimiento fiel y exacto de todas las obligaciones derivadas de este contrato; (EN CASO DE SER INDIVISIBLE) divisible y en este caso se hará efectiva en proporción al incumplimiento de la obligación principal, mediante fianza expedida por compañía afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, a favor de “EL INSTITUTO”, por un importe equivalente al 10% (DIEZ POR CIENTO) del monto total del contrato, sin incluir impuestos.
Dicha fianza deberá ser entregada a “EL INSTITUTO”, a más tardar dentro de los 10 días naturales posteriores a la firma del presente contrato.
“EL PROVEEDOR” queda obligado a entregar a “EL INSTITUTO” la póliza de fianza antes señalada, en la División de Contratos, ubicada en Xxxxx Xxxxxxx xxxxxx 000, 00x xxxx, Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, Xxxxxxxxxxx Territorial Xxxxxxxxxx, Código Postal 06700, en la Ciudad de México, apegándose al formato que para tal efecto se entregará en la referida División.
Dicha póliza de garantía de cumplimiento del contrato se liberará de forma inmediata a “EL PROVEEDOR” una vez que “EL INSTITUTO” le otorgue autorización por escrito, para que éste pueda solicitar a la afianzadora correspondiente la cancelación de la fianza, autorización que se entregará a “EL PROVEEDOR” siempre que demuestre haber cumplido con la totalidad de las obligaciones adquiridas por virtud del presente contrato; para lo anterior deberá presentar mediante escrito la solicitud de liberación de la fianza en la División de Contratos, misma que llevará a cabo el procedimiento para su liberación y entrega.
ENDOSO DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.- En el supuesto de que “EL INSTITUTO”
y por así convenir a sus intereses, decidiera modificar en cualquiera de sus partes el presente contrato, “EL PROVEEDOR” se obliga a otorgar el endoso de la póliza de garantía originalmente entregada, en el que conste las modificaciones o cambios en la respectiva fianza, observándose los mismos términos y condiciones señalados en la presente cláusula para la entrega de la garantía de cumplimiento, debiéndola entregar “EL PROVEEDOR” a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del convenio respectivo.
(EN EL CASO DE APLICAR DE ACUERDO AL MONTO)
No obstante lo anterior, y toda vez que el monto del presente contrato es menor a 900 (novecientos) días de Unidad de Medida y Actualización (UMA), “EL PROVEEDOR” podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, en favor de “EL INSTITUTO”, siendo necesario considerar lo siguiente:
a) El cheque debe expedirse a nombre del "Instituto Mexicano del Seguro Social".
b) Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, por “EL INSTITUTO”
en la División de Contratos.
c) El cheque será devuelto a solicitud, por escrito de “EL PROVEEDOR” el segundo día hábil posterior a que “EL INSTITUTO” constate el cumplimiento del presente instrumento, previa validación del administrador del presente contrato.
INSTRUCCIÓN: PARA EL CASO DE EXCEPTUAR LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO POR TRATARSE DE SERVICIOS DE ASEGURAMIENTO, MOSTRAR EL PÁRRAFO SIGUIENTE:
“EL PROVEEDOR” esta exceptuado de la presentación de la garantía de cumplimiento, con fundamento en los artículos 15 y 294, fracción VI de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, ya que las aseguradoras no se encuentran obligadas a presentar una póliza de fianza que garanticé el cumplimiento de sus contratos.
EJECUCIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO.- “EL
INSTITUTO” llevará a cabo la ejecución de la garantía de cumplimiento de contrato en los casos siguientes:
a) Se rescinda administrativamente el presente contrato.
b) Durante su vigencia se detecten deficiencias, fallas o calidad inferior del servicio prestado, en comparación con lo ofertado.
c) Cuando en el supuesto de que se realicen modificaciones al contrato, “EL PROVEEDOR” no entregue en el plazo pactado el endoso o la nueva garantía, que ampare el porcentaje establecido para garantizar el cumplimiento del presente instrumento, de conformidad con la presente Cláusula.
d) Por cualquier otro incumplimiento de las obligaciones contraídas en este contrato.
En caso de que “EL PROVEEDOR” incumpla con la entrega de la garantía en el plazo establecido, “EL INSTITUTO” podrá rescindir el contrato y dará vista al Órgano Interno de Control para que proceda en el ámbito de sus facultades.
La garantía de cumplimiento no será considerada como una limitante de responsabilidad de “EL PROVEEDOR”, derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el presente instrumento jurídico, y no impedirá que “EL INSTITUTO” reclame la indemnización por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de la garantía de cumplimiento.
En caso de incremento al monto del presente instrumento jurídico o modificación al plazo, “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar a “EL INSTITUTO”, dentro de los 10 (diez días) naturales siguientes a la formalización del mismo, de conformidad con el último párrafo del artículo 91, del Reglamento de la “LAASSP”, los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener en el documento la estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la garantía otorgada inicialmente.
Cuando la contratación abarque más de un ejercicio fiscal, la garantía de cumplimiento del contrato, podrá ser por el porcentaje que corresponda del monto total por erogar en el ejercicio fiscal de que se trate, y deberá ser renovada por “EL PROVEEDOR” cada ejercicio fiscal por el monto que se ejercerá en el mismo, la cual deberá presentarse a “EL INSTITUTO” a más tardar dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que corresponda.
Una vez cumplidas las obligaciones a satisfacción, el servidor público facultado por “EL INSTITUTO” procederá inmediatamente a extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales y dará inicio a los trámites para la cancelación de la garantía cumplimiento del contrato, lo que comunicará a “EL PROVEEDOR”.
DÉCIMA. OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”.
“EL PROVEEDOR”, se obliga a:
a) Prestar los servicios en las fechas o plazos y lugares establecidos conforme a lo pactado en el presente contrato y anexos respectivos.
b) Cumplir con las especificaciones técnicas, de calidad y demás condiciones establecidas en el presente contrato y sus respectivos anexos.
c) Asumir la responsabilidad de cualquier daño que llegue a ocasionar a “EL INSTITUTO” o a terceros con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente contrato.
d) Proporcionar la información que le sea requerida por la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control, de conformidad con el artículo 107 del Reglamento de la “LAASSP”.
e) Así, como a lo señalado en el Anexo Técnico y Términos y Condiciones que se integran en el Anexo ( ) del presente contrato.
DÉCIMA PRIMERA. OBLIGACIONES DE “EL INSTITUTO”
“EL INSTITUTO”, se obliga a:
a) Otorgar las facilidades necesarias, a efecto de que “EL PROVEEDOR” lleve a cabo en los términos convenidos la prestación de los servicios objeto del contrato.
b) Realizar el pago correspondiente en tiempo y forma.
INSTRUCCIÓN: EL SIGUIENTE PÁRRAFO APARECERÁ SIEMPRE QUE HAYA EXISTIDO GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.
c) Extender a “EL PROVEEDOR”, por conducto del servidor público facultado, la constancia de cumplimiento de obligaciones contractuales inmediatamente que se cumplan éstas a satisfacción expresa de dicho servidor público para que se dé trámite a la cancelación de la garantía de cumplimiento del presente contrato.
d) Así como a lo señalado en el Anexo Técnico y Términos y Condiciones que se integran en el Anexo ( ) del presente contrato.
DÉCIMA SEGUNDA. ADMINISTRACIÓN, VERIFICACIÓN, SUPERVISIÓN Y ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS
“EL INSTITUTO” designa como Administrador(es) del presente contrato a (INCORPORAR NOMBRE DE LA, EL O LOS ADMINISTRADORES DEL CONTRATO), con RFC (INCORPORAR RFC), (INCORPORAR CARGO DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO),
quien dará seguimiento y verificará el cumplimiento de los derechos y obligaciones establecidos en este instrumento.
En el caso de que se lleve a cabo un relevo institucional temporal o permanente con dicho servidor público de “EL INSTITUTO” tendrá carácter de ADMINISTRADOR DEL PRESENTE CONTRATO la persona que sustituya al servidor público en el cargo, conforme a la designación correspondiente.
Los servicios se tendrán por recibidos previa revisión del administrador del presente contrato, la cual consistirá en la verificación del cumplimiento de las especificaciones establecidas y en su caso en los anexos respectivos, así como las contenidas en la propuesta técnica.
“EL INSTITUTO”, a través del administrador del contrato, rechazará los servicios, que no cumplan las especificaciones establecidas en este contrato y en sus Anexos, obligándose “EL PROVEEDOR” en este supuesto a realizarlos nuevamente bajo su responsabilidad y sin costo adicional para “EL INSTITUTO”, sin perjuicio de la aplicación de las penas convencionales o deducciones al cobro correspondientes.
“EL INSTITUTO”, a través del administrador del contrato, podrá aceptar los servicios que incumplan de manera parcial o deficiente las especificaciones establecidas en este contrato y en los anexos respectivos, sin perjuicio de la aplicación de las deducciones al pago que procedan, y reposición del servicio, cuando la naturaleza propia de éstos lo permita.
DÉCIMA TERCERA. DEDUCCIONES
“EL INSTITUTO” aplicará deducciones al pago por el incumplimiento parcial o deficiente, en que incurra “EL PROVEEDOR” conforme a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus anexos respectivos, las cuales se calcularán por un EN CASO DE EXISTIR SÓLO UN PORCENTAJE (SEÑALAR PORCENTAJE DE DEDUCTIVA) % sobre el monto de los servicios, EN CASO DE ESTABLECER POR DIVERSOS CONCEPTOS DEDUCTIVAS REMITIR AL
ANEXO CORRESPONDIENTE, proporcionados en forma parcial o deficiente. Las cantidades a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que “EL PROVEEDOR” presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago.
De no existir pagos pendientes, se requerirá a “EL PROVEEDOR” que realice el pago de la deductiva, en términos de la legislación aplicable.
Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir impuestos.
“EL INSTITUTO”, a través del administrador del presente contrato será responsable del cálculo, aplicación y seguimiento de las deducciones. El monto máximo de aplicación de las deducciones no podrán ser mayor al que resulte de aplicar el porcentaje de la garantía de cumplimiento del presente contrato.
En caso de que se exceda se podrá proceder a la rescisión del presente contrato.
INSTRUCCIÓN: SÓLO EN CASO DE QUE NO SE CONTEMPLE LA APLICACIÓN DE DEDUCTIVAS, MOSTRAR EL SIGUIENTE TEXTO):
“EL INSTITUTO” no aplicará deducciones al pago por el incumplimiento parcial o deficiente, en que incurra “EL PROVEEDOR” conforme a lo estipulado en el Anexo Técnico y los Términos y Condiciones que se integran en el Anexo ( ) del presente contrato.
DÉCIMA CUARTA. PENAS CONVENCIONALES
En caso que “EL PROVEEDOR” incurra en atraso en el cumplimiento conforme a lo pactado para la prestación de los servicios, objeto del presente contrato, conforme a lo establecido en el Anexo _ ( ) parte integral del presente contrato, “EL INSTITUTO” por conducto del administrador del contrato aplicará la pena convencional equivalente al (COLOCAR PORCENTAJE XX XXXX CONVENCIONAL)%, EN CASO DE EXISTIR SÓLO UN PORCENTAJE O ESTABLECER DIVERSOS PORCENTAJES REMITIR AL ANEXO
CORRESPONDIENTE por cada (calcular periodicidad xx xxxx) de atraso sobre la parte de los servicios no prestados, de conformidad con este instrumento legal y sus respectivos anexos.
El administrador del presente contrato será el responsable de determinar, calcular y aplicar las penas convencionales, vigilando los correspondientes registro o captura y validación en el sistema PREI Millenium, así como de notificarlas a “EL PROVEEDOR” personalmente, mediante oficio o por medios de comunicación electrónica.
“EL INSTITUTO” descontará las cantidades que resulten de aplicar la pena convencional, sobre los pagos que deba cubrir a “EL PROVEEDOR”. Por lo tanto, “EL PROVEEDOR” autoriza a descontar las cantidades que resulten de aplicar las sanciones señaladas en párrafos anteriores, sobre los pagos que éste deba cubrirle a “EL INSTITUTO” durante el período en que incurra y/o se mantenga en atraso con motivo de la prestación del servicio.
Para autorizar el pago de la prestación del servicio, previamente “EL PROVEEDOR” tiene que haber cubierto las penas convencionales aplicadas conforme a lo dispuesto en el presente contrato. El administrador del presente contrato será el responsable de verificar que se cumpla esta obligación, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la conclusión del atraso.
El importe de la pena convencional, no podrá exceder el equivalente al monto total de la garantía de cumplimiento del contrato, y en el caso de no haberse requerido esta garantía, no deberá exceder del 20% (veinte por ciento) del monto total del contrato.
Cuando “EL PROVEEDOR” quede exceptuado de la presentación de la garantía de cumplimiento, en los supuestos previsto en la “LAASSP”, el monto máximo de las penas convencionales por atraso que se puede aplicar, será del 20% (veinte por ciento) del monto de los servicios prestados fuera de la fecha convenida, de conformidad con lo establecido en el tercer párrafo del artículo 96 del Reglamento de la “LAASSP”.
DÉCIMA QUINTA. LICENCIAS, AUTORIZACIONES Y PERMISOS
En caso de aplicar, los servicios, que de acuerdo al objeto del presente contrato se adquieran o contraten, deberán cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas y con las Normas Mexicanas, según proceda, y a falta de éstas, con las Normas Internacionales, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Infraestructura de la Calidad; en su caso, con las normas de referencia o especificaciones técnicas y cumplir con las características y especificaciones requeridas en el Anexo Técnico y los Términos y Condiciones, que se agregan al presente contrato en el Anexo
_ (_).
DÉCIMA SEXTA. PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL
INSTRUCCIÓN: CUANDO NO SE REQUIERA LA CONTRATACIÓN DE SEGURO INCOPORAR EL SIGUIENTE PÁRRAFO:
Para la prestación de los servicios materia del presente contrato, no se requiere que “EL PROVEEDOR” contrate una póliza de seguro por responsabilidad civil.
INSTRUCCIÓN: CUANDO SE REQUIERA LA CONTRATACIÓN DE SEGURO INCOPORAR LOS SIGUIENTES DOS PÁRRAFOS:
“EL PROVEEDOR” se obliga a contratar una póliza de seguro por su cuenta y a su xxxxx, expedida por una Institución Nacional de Seguros, debidamente autorizada, en la cual se incluya la cobertura de responsabilidad civil, que ampare los daños y perjuicios y que ocasione a los bienes y personal de “EL INSTITUTO”, así como, los que cause a terceros en sus bienes o personas, con motivo de la prestación del servicio materia del presente contrato.
La póliza deberá contener las coberturas y especificaciones señaladas en el Anexo Técnico y los Términos y Condiciones que se integran en el Anexo ( ) del presente contrato.
DÉCIMA SÉPTIMA. TRANSPORTE
“EL PROVEEDOR” se obliga bajo su xxxxx y riesgo, a transportar los bienes e insumos necesarios para la prestación del servicio, desde su lugar de origen, hasta las instalaciones señaladas en el Anexo Técnico y en los Términos y Condiciones, que se agregan en el Anexo
( ) del presente contrato, en caso de aplicar.
DÉCIMA OCTAVA. IMPUESTOS Y DERECHOS
Los impuestos, derechos y gastos que procedan con motivo de la prestación de los servicios, objeto del presente contrato, serán pagados por “EL PROVEEDOR”, mismos que no serán repercutidos a “EL INSTITUTO”.
“EL INSTITUTO” sólo cubrirá, cuando aplique, lo correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (IVA), en los términos de la normatividad aplicable y de conformidad con las disposiciones fiscales vigentes.
DÉCIMA NOVENA. PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES
“EL PROVEEDOR” no podrá ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito de “EL INSTITUTO”.
VIGÉSIMA. DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS
“EL PROVEEDOR” se obliga para con “EL INSTITUTO”, a responder por los daños y/o perjuicios que pudiera causar a “EL INSTITUTO” y/o a terceros, si con motivo de la prestación del servicio se violan derechos de autor, de patentes y/o marcas u otro derecho reservado a nivel Nacional o Internacional.
Por lo anterior, “EL PROVEEDOR” manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción a la Ley Federal del Derecho de Autor, ni a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de “EL INSTITUTO” por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de éste será la de dar aviso en el domicilio previsto en este instrumento jurídico a “EL PROVEEDOR”, para que éste lleve a cabo las acciones necesarias que garanticen la liberación de “EL INSTITUTO” de cualquier controversia o responsabilidad de carácter civil, mercantil, penal o administrativa que, en su caso, se ocasione.
Lo anterior de conformidad a lo establecido en el artículo 45, fracción XX de la “LAASSP”.
Asimismo, en caso de aplicar, “EL PROVEEDOR” deberá observar lo establecido en el Anexo aplicable a los Derechos de autor, patentes y/o marcas del presente Contrato.
VIGÉSIMA PRIMERA. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
"LAS PARTES" acuerdan que la información que se intercambie de conformidad con las disposiciones del presente instrumento, se tratarán de manera confidencial, siendo de uso exclusivo para la consecución del objeto del presente contrato y no podrá difundirse a terceros de conformidad con lo establecido en las Leyes General y Federal, respectivamente, de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley General de Protección de Datos Personales en posesión de Sujetos Obligados, y demás legislación aplicable.
Para el tratamiento de los datos personales que “LAS PARTES” recaben con motivo de la celebración del presente contrato, deberá de realizarse con base en lo previsto en los Avisos de Privacidad respectivos.
Por tal motivo, “EL PROVEEDOR” asume cualquier responsabilidad que se derive del incumplimiento de su parte, o de sus empleados, a las obligaciones de confidencialidad descritas en el presente contrato.
Asimismo, en caso de aplicar, “EL PROVEEDOR” deberá observar lo establecido en el Anexo aplicable a la Confidencialidad de la información del presente Contrato.
VIGÉSIMA SEGUNDA. SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.
Con fundamento en el artículo 55 Bis de la “LAASSP” y 102, fracción II, de su Reglamento, “EL INSTITUTO” en el supuesto de caso fortuito o de fuerza mayor o por causas que le resulten imputables, podrá suspender la prestación de los servicios, de manera temporal, quedando obligado a pagar a “EL PROVEEDOR”, aquellos servicios que hubiesen sido efectivamente prestados, así como, al pago de gastos no recuperables previa solicitud y acreditamiento.
Una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron la suspensión, el contrato podrá continuar produciendo todos sus efectos legales, si “EL INSTITUTO” así lo determina; y en caso que subsistan los supuestos que dieron origen a la suspensión, se podrá iniciar la terminación anticipada del contrato, conforme lo dispuesto en la cláusula siguiente.
VIGÉSIMA TERCERA. TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO
“EL INSTITUTO” cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a “EL INSTITUTO”, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al presente contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio, emitida por la Secretaría de la Función Pública, podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato sin responsabilidad alguna para “EL INSTITUTO”, ello con independencia de lo establecido en la cláusula que antecede.
Cuando “EL INSTITUTO” determine dar por terminado anticipadamente el contrato, lo notificará a “EL PROVEEDOR” hasta con 30 (treinta) días naturales anteriores al hecho, debiendo sustentarlo en un dictamen fundado y motivado, en el que, se precisarán las razones o causas que dieron origen a la misma y pagará a “EL PROVEEDOR” la parte proporcional de los servicios prestados, así como los gastos no recuperables en que haya incurrido, previa solicitud por escrito, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el presente contrato, limitándose según corresponda a los conceptos establecidos en la fracción I, del artículo 102 del Reglamento de la “LAASSP”.
VIGÉSIMA CUARTA. RESCISIÓN
“EL INSTITUTO” podrá iniciar en cualquier momento el procedimiento de rescisión, cuando
“EL PROVEEDOR” incurra en alguna de las siguientes causales:
a) Contravenir los términos pactados para la prestación de los servicios, establecidos en el presente contrato.
b) Transferir en todo o en parte las obligaciones que deriven del presente contrato a un tercero ajeno a la relación contractual.
c) Ceder los derechos de cobro derivados del contrato, sin contar con la conformidad previa y por escrito de “EL INSTITUTO”.
d) Suspender total o parcialmente y sin causa justificada la prestación de los servicios del presente contrato.
e) No realizar la prestación de los servicios en tiempo y forma conforme a lo establecido en el presente contrato y sus respectivos anexos.
f) No proporcionar a los Órganos de Fiscalización, la información que le sea requerida con motivo de las auditorías, visitas e inspecciones que realicen.
g) Ser declarado en concurso mercantil, o por cualquier otra causa distinta o análoga que afecte su patrimonio.
h) En caso de que compruebe la falsedad de alguna manifestación, información o documentación proporcionada para efecto del presente contrato;
i) No entregar dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma del presente contrato, la garantía de cumplimiento del mismo.
j) En caso de que la suma de las penas convencionales o las deducciones al pago, igualan el monto total de la garantía de cumplimiento del contrato y/o alcanzan el 20% (veinte por ciento) del monto total de este contrato cuando no se haya requerido la garantía de cumplimiento;
k) Divulgar, transferir o utilizar la información que conozca en el desarrollo del cumplimiento del objeto del presente contrato, sin contar con la autorización de “EL INSTITUTO” en los términos de lo dispuesto en la CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA DE CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES del presente instrumento jurídico;
l) Impedir el desempeño normal de labores de “EL INSTITUTO”;
m) Incumplir cualquier obligación distinta de las anteriores y derivadas del presente contrato.
n) Xxxxxxx su nacionalidad por otra e invocar la protección de su gobierno contra reclamaciones y órdenes de “EL INSTITUTO”, cuando sea extranjero.
Para el caso de optar por la rescisión del contrato, “EL INSTITUTO” comunicará por escrito a “EL PROVEEDOR” el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de 5 (cinco) días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte en su caso las pruebas que estime pertinentes.
Transcurrido dicho término “EL INSTITUTO”, en un plazo de 15 (quince) días hábiles siguientes, tomando en consideración los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer “EL
PROVEEDOR”, determinará de manera fundada y motivada dar o no por rescindido el contrato, y comunicará a “EL PROVEEDOR” dicha determinación dentro del citado plazo.
Cuando se rescinda el contrato, se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que deba efectuar “EL INSTITUTO” por concepto del contrato hasta el momento de rescisión, o los que resulten a cargo de “EL PROVEEDOR”.
Iniciado un procedimiento de conciliación “EL INSTITUTO” podrá suspender el trámite del procedimiento de rescisión.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato se realiza la prestación de los servicios, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de “EL INSTITUTO” de que continúa vigente la necesidad de la prestación de los servicios, aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.
“EL INSTITUTO” podrá determinar no dar por rescindido el contrato, cuando durante el procedimiento advierta que la rescisión del mismo pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas. En este supuesto, “EL INSTITUTO” elaborará un dictamen en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del contrato resultarían más inconvenientes.
De no rescindirse el contrato, “EL INSTITUTO” establecerá con “EL PROVEEDOR”, otro plazo, que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento, aplicando las sanciones correspondientes. El convenio modificatorio que al efecto se celebre deberá atender a las condiciones previstas por los dos últimos párrafos del artículo 52 de la “LAASSP”.
No obstante, de que se hubiere firmado el convenio modificatorio a que se refiere el párrafo anterior, si se presenta de nueva cuenta el incumplimiento, “EL INSTITUTO” quedará expresamente facultada para optar por exigir el cumplimiento del contrato, o rescindirlo, aplicando las sanciones que procedan.
Si se llevara a cabo la rescisión del contrato, y en el caso de que a “EL PROVEEDOR” se le hubieran entregado pagos progresivos, éste deberá de reintegrarlos más los intereses correspondientes, conforme a lo indicado en el artículo 51, párrafo cuarto, de la “LAASSP”.
Los intereses se calcularán sobre el monto de los pagos progresivos efectuados y se computarán por días naturales desde la fecha de su entrega hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “EL INSTITUTO”.
VIGÉSIMA QUINTA. RELACIÓN Y EXCLUSIÓN LABORAL
“EL PROVEEDOR” reconoce y acepta ser el único patrón de todos y cada uno de los trabajadores que intervienen en la prestación del servicio, deslindando de toda responsabilidad a “EL INSTITUTO” respecto de cualquier reclamo que en su caso puedan efectuar sus trabajadores, sea de índole laboral, fiscal o de seguridad social y en ningún caso se le podrá
considerar patrón sustituto, patrón solidario, beneficiario o intermediario.
“EL PROVEEDOR” asume en forma total y exclusiva las obligaciones propias de patrón respecto de cualquier relación laboral, que el mismo contraiga con el personal que labore bajo sus órdenes o intervenga o contrate para la atención de los asuntos encomendados por “EL INSTITUTO”, así como en la ejecución de los servicios.
Para cualquier caso no previsto, “EL PROVEEDOR” exime expresamente a “EL INSTITUTO” de cualquier responsabilidad laboral, civil o penal o de cualquier otra especie que en su caso pudiera llegar a generarse, relacionado con el presente contrato.
Para el caso que, con posterioridad a la conclusión del presente contrato, “EL INSTITUTO” reciba una demanda laboral por parte de trabajadores de “EL PROVEEDOR”, en la que se demande la solidaridad y/o sustitución patronal a “EL INSTITUTO”, “EL PROVEEDOR” queda obligado a dar cumplimiento a lo establecido en la presente cláusula.
VIGÉSIMA SEXTA. DISCREPANCIAS
“LAS PARTES” convienen que, en caso de discrepancia entre la convocatoria a la licitación pública, la invitación a cuando menos tres personas, o la solicitud de cotización, según corresponda del procedimiento de contratación del cual deriva el presente instrumento jurídico, y el modelo de contrato, prevalecerá lo establecido en la convocatoria, invitación o solicitud respectiva, de conformidad con el artículo 81, fracción IV, del Reglamento de la “LAASSP”.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. CONCILIACIÓN.
“LAS PARTES” acuerdan que para el caso de que se presenten desavenencias derivadas de la ejecución y cumplimiento del presente contrato podrán someterse al procedimiento de conciliación establecido en los artículos 77, 78 y 79 de la “LAASSP”, y 126 al 136 de su Reglamento.
VIGÉSIMA OCTAVA. DOMICILIOS
“LAS PARTES” señalan como sus domicilios legales para todos los efectos a que haya lugar y que se relacionan en el presente contrato, los que se indican en el apartado de Declaraciones, por lo que cualquier notificación judicial o extrajudicial, emplazamiento, requerimiento o diligencia que en dichos domicilios se practique, será enteramente válida, al tenor de lo dispuesto en el Título Tercero del Código Civil Federal.
VIGÉSIMA NOVENA. LEGISLACIÓN APLICABLE
“LAS PARTES” se obligan a sujetarse estrictamente para la prestación de los servicios objeto del presente contrato a todas y cada una de las cláusulas que lo integran, sus anexos que forman parte integral del mismo, a la “LAASSP”, su Reglamento; Código Civil Federal; Ley Federal de Procedimiento Administrativo, Código Federal de Procedimientos Civiles; Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento.
TRIGÉSIMA. JURISDICCIÓN
“LAS PARTES” convienen que, para la interpretación y cumplimiento de este contrato, así como para lo no previsto en el mismo, se someterán a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales con sede en la Ciudad de México, renunciando expresamente al fuero que pudiera corresponderles en razón de su domicilio actual o futuro.
FIRMANTES O SUSCRIPCIÓN.
Por lo anterior expuesto, “EL INSTITUTO” y “EL PROVEEDOR”, manifiestan estar conformes y enterados de las consecuencias, valor y alcance legal de todas y cada una de las estipulaciones que el presente instrumento jurídico contiene, por lo que lo ratifican y firman electrónicamente en las fechas especificadas en cada firma electrónica.
Por lo anterior expuesto, “EL INSTITUTO” y “EL PROVEEDOR”, manifiestan estar conformes y enterados de las consecuencias, valor y alcance legal de todas y cada una de las estipulaciones que el presente instrumento jurídico contiene, por lo que lo ratifican y firman en todas sus partes, por triplicado, en la Ciudad de México, , quedando un ejemplar en poder de “EL PROVEEDOR” y los restantes en poder de “EL INSTITUTO”.
POR:
“EL INSTITUTO”
NOMBRE | CARGO | R.F.C. |
(NOMBRE DEL REPRESENTANTE DEL INSTITUTO) | (CARGO DEL REPRESENTANTE DEL INSTITUTO) | (R.F.C. DEL REPRESENTANTE DEL INSTITUTO) |
(NOMBRE DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO) | (CARGO DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO) | (R.F.C. DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO) |
POR:
“EL PROVEEDOR”
NOMBRE | R.F.C. |
(RAZÓN SOCIAL DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL) | (R.F.C. DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL) |
DOCUMENTACION
LEGAL para firma de
Anexo 14.- Modelo de convenio de proposición conjunta
CONVENIO DE PROPOSICIÓN CONJUNTA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE , REPRESENTADA POR EN SU CARÁCTER DE , A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL PARTICIPANTE A”, Y POR OTRA , REPRESENTADA POR , EN SU CARÁCTER DE , A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL PARTICIPANTE B”, Y CUANDO SE HAGA REFERENCIA A LOS QUE INTERVIENEN SE DENOMINARÁN “Las Partes”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS.
1.1. “EL PARTICIPANTE A”, DECLARA QUE.:
1.1.1 ES UNA SOCIEDAD LEGALMENTE CONSTITUIDA, DE CONFORMIDAD CON LAS LEYES MEXICANAS, SEGÚN CONSTA EN EL TESTIMONIO DE LA ESCRITURA PÚBLICA (PÓLIZA) NÚMERO , DE FECHA , OTORGADA ANTE LA FE DEL LIC. NOTARIO (CORREDOR) PÚBLICO NÚMERO , DEL , E INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DE , EN EL FOLIO MERCANTIL DE FECHA .
EL ACTA CONSTITUTIVA DE LA SOCIEDAD MODIFICACIONES.
(SI/NO) HA TENIDO REFORMAS Y
Nota. En su caso, se deberán relacionar las escrituras en que consten las reformas o modificaciones de la sociedad.
LOS NOMBRES DE SUS SOCIOS SON:
CON REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES .
1.1.2 TIENE LOS SIGUIENTES REGISTROS OFICIALES. REGISTRO FEDERAL DE
CONTRIBUYENTES NÚMERO DEL SEGURO SOCIAL NÚMERO
Y REGISTRO PATRONAL ANTE EL INSTITUTO MEXICANO
.
1.1.3 SU REPRESENTANTE LEGAL CON EL CARÁCTER YA MENCIONADO, CUENTA CON LAS FACULTADES NECESARIAS PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE CONVENIO, DE CONFORMIDAD CON EL CONTENIDO DEL TESTIMONIO DE LA ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO DE FECHA , OTORGADA ANTE LA FE DEL LIC. NOTARIO PÚBLICO NÚMERO , DEL
E INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO, EN EL FOLIO MERCANTIL NÚMERO DE FECHA , MANIFESTANDO “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD”, QUE DICHAS FACULTADES NO LE HAN SIDO REVOCADAS, NI LIMITADAS O MODIFICADAS EN FORMA ALGUNA, A LA FECHA EN QUE SE SUSCRIBE EL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO.
EL DOMICILIO DEL REPRESENTANTE LEGAL ES EL UBICADO EN: .
1.1.4 SU OBJETO SOCIAL, ENTRE OTROS CORRESPONDE A. ; POR LO QUE CUENTA CON LOS RECURSOS FINANCIEROS, TÉCNICOS, ADMINISTRATIVOS Y HUMANOS PARA OBLIGARSE, EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES QUE SE ESTIPULAN EN EL PRESENTE CONVENIO.
2.1 “EL PARTICIPANTE B”, DECLARA QUE:
2.1.1 ES UNA SOCIEDAD LEGALMENTE CONSTITUIDA DE CONFORMIDAD CON LAS LEYES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, SEGÚN CONSTA EL TESTIMONIO (PÓLIZA) DE LA ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO , DE FECHA _ , PASADA ANTE LA FE DEL LIC. NOTARIO (CORREDOR) PÚBLICO NÚMERO , DEL , E INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO, EN EL FOLIO MERCANTIL NÚMERO DE FECHA .
EL ACTA CONSTITUTIVA DE LA SOCIEDAD MODIFICACIONES.
(SI/NO) HA TENIDO REFORMAS Y
Nota. En su caso, se deberán relacionar las escrituras en que consten las reformas o modificaciones de la sociedad.
LOS NOMBRES DE SUS SOCIOS SON:
CON REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES .
2.1.2 TIENE LOS SIGUIENTES REGISTROS OFICIALES. REGISTRO FEDERAL DE
CONTRIBUYENTES NÚMERO Y REGISTRO PATRONAL ANTE EL INSTITUTO
MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL NÚMERO .
2.1.3 SU REPRESENTANTE LEGAL, CON EL CARÁCTER YA MENCIONADO, CUENTA CON LAS FACULTADES NECESARIAS PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE CONVENIO, DE CONFORMIDAD CON EL CONTENIDO DEL TESTIMONIO DE LA ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO DE FECHA , PASADA ANTE LA FE DEL LIC. NOTARIO PÚBLICO NÚMERO , DEL E INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO, EN EL FOLIO MERCANTIL NÚMERO DE FECHA , MANIFESTANDO “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” QUE DICHAS FACULTADES NO LE HAN SIDO REVOCADAS, NI LIMITADAS O MODIFICADAS EN FORMA ALGUNA, A LA FECHA EN QUE SE SUSCRIBE EL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO.
EL DOMICILIO DE SU REPRESENTANTE LEGAL ES EL UBICADO EN .
2.1.4 SU OBJETO SOCIAL, ENTRE OTROS CORRESPONDE A. ; POR LO QUE CUENTA CON LOS RECURSOS FINANCIEROS, TÉCNICOS, ADMINISTRATIVOS Y HUMANOS PARA OBLIGARSE, EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES QUE SE ESTIPULAN EN EL PRESENTE CONVENIO.
3.1. “Las Partes” DECLARAN QUE:
3.1.1. CONOCEN LOS REQUISITOS Y CONDICIONES ESTIPULADAS EN LA CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL .
3.1.2. MANIFIESTAN SU CONFORMIDAD EN FORMALIZAR EL PRESENTE CONVENIO, CON EL OBJETO DE PARTICIPAR CONJUNTAMENTE EN LA LICITACIÓN, PRESENTANDO PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA, CUMPLIENDO CON LO ESTABLECIDO EN LA CONVOCATORIA DE LA LICITACIÓN Y CON LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 34, DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y 44 DE SU REGLAMENTO.
3.1.3. SEÑALAN COMO DOMICILIO LEGAL PARA TODOS LOS EFECTOS QUE DERIVEN DEL PRESENTE CONVENIO, EL UBICADO EN . (MENCIONAR E IDENTIFICAR A CUÁNTOS INTEGRANTES CONFORMAN LA PROPOSICIÓN CONJUNTA PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS).
EXPUESTO LO ANTERIOR, LAS PARTES OTORGAN LAS SIGUIENTES.
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO: “PROPOSICIÓN CONJUNTA”.
“Las Partes” CONVIENEN, EN CONJUNTAR SUS RECURSOS TÉCNICOS, LEGALES, ADMINISTRATIVOS, ECONÓMICOS Y FINANCIEROS PARA PRESENTAR PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA EN LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO Y EN CASO DE SER ADJUDICATARIO DEL CONTRATO, SE OBLIGAN A OTORGAR EL SERVICIO CONTRATADO OBJETO DEL CONVENIO, CON LA PARTICIPACIÓN SIGUIENTE.
PARTICIPANTE “A”. (DESCRIBIR LA PARTE QUE SE OBLIGA A SUMINISTRAR).
(CADA UNO DE LOS INTEGRANTES QUE CONFORMAN LA PROPOSICIÓN CONJUNTA PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS DEBERÁ DESCRIBIR LA PARTE QUE SE OBLIGA A ENTREGAR).
SEGUNDA.-REPRESENTANTE COMÚN Y OBLIGADO SOLIDARIO.
“Las Partes” ACEPTAN EXPRESAMENTE EN DESIGNAR COMO REPRESENTANTE COMÚN AL
, A TRAVÉS DEL PRESENTE INSTRUMENTO, OTORGÁNDOLE PODER AMPLIO Y SUFICIENTE, PARA ATENDER TODO LO RELACIONADO CON LAS PROPUESTAS TÉCNICA Y ECONÓMICA EN EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN, ASÍ COMO PARA SUSCRIBIR DICHAS PROPUESTAS.
ASIMISMO, CONVIENEN ENTRE SI EN CONSTITUIRSE EN FORMA CONJUNTA Y SOLIDARIA PARA COMPROMETERSE POR CUALQUIER RESPONSABILIDAD DERIVADA DEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE CONVENIO, CON RELACIÓN AL CONTRATO QUE SUS REPRESENTANTES LEGALES FIRMEN CON EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS), DERIVADO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN , ACEPTANDO EXPRESAMENTE EN RESPONDER ANTE EL IMSS POR LAS PROPUESTAS QUE SE PRESENTEN Y, EN SU CASO, DE LAS OBLIGACIONES QUE DERIVEN DE LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO RESPECTIVO.
TERCERA.- DEL COBRO DE LAS FACTURAS.
“Las Partes” CONVIENEN EXPRESAMENTE, QUE “EL PARTICIPANTE175 (LOS
PARTICIPANTES, DEBERÁN INDICAR CUÁL DE ELLOS ESTARÁ FACULTADO PARA REALIZAR EL COBRO), PARA EFECTUAR EL COBRO DE LAS FACTURAS RELATIVAS AL SERVICIO QUE SE PROPORCIONE AL IMSS, CON MOTIVO DEL CONTRATO QUE SE DERIVE DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO .
CUARTA.- VIGENCIA.
“Las Partes” CONVIENEN, EN QUE LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONVENIO SERÁ EL DEL PERÍODO DURANTE EL CUAL SE DESARROLLE EL PROCEDIMIENTO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO , INCLUYENDO, EN SU CASO, DE RESULTAR ADJUDICADOS DEL CONTRATO, EL PLAZO QUE SE ESTIPULE EN ÉSTE Y EL QUE PUDIERA RESULTAR DE CONVENIOS DE MODIFICACIÓN.
QUINTA.-OBLIGACIONES.
“Las Partes” CONVIENEN EN QUE EN EL SUPUESTO DE QUE CUALQUIERA DE ELLAS QUE SE DECLARE EN QUIEBRA O EN SUSPENSIÓN DE PAGOS, NO LAS LIBERA DE CUMPLIR CON SUS OBLIGACIONES, POR LO QUE CUALQUIERA DE ELLAS QUE SUBSISTA, ACEPTA Y SE OBLIGA EXPRESAMENTE A RESPONDER SOLIDARIAMENTE DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES A QUE HUBIERE LUGAR.
“Las Partes” ACEPTAN Y SE OBLIGAN A PROTOCOLIZAR ANTE NOTARIO PÚBLICO EL PRESENTE CONVENIO, EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADOS DEL CONTRATO QUE SE DERIVE DEL FALLO EMITIDO EN LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO EN QUE PARTICIPAN Y, QUE EL PRESENTE INSTRUMENTO, DEBIDAMENTE PROTOCOLIZADO, FORMARÁ PARTE INTEGRANTE DEL CONTRATO QUE SUSCRIBAN LOS REPRESENTANTES LEGALES DE CADA INTEGRANTE Y EL IMSS.
LEÍDO QUE FUE EL PRESENTE CONVENIO POR “Las Partes” Y ENTERADOS DE SU ALCANCE Y EFECTOS LEGALES, ACEPTANDO QUE NO EXISTIÓ ERROR, DOLO, VIOLENCIA O MALA FE, LO RATIFICAN Y FIRMAN, DE CONFORMIDAD EN LA CIUDAD DE MÉXICO, EL DÍA DE DE 20 .
“EL PARTICIPANTE A” | “EL PARTICIPANTE B” | |
NOMBRE Y CARGO DEL APODERADO LEGAL | NOMBRE Y CARGO DEL APODERADO LEGAL |
El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.
Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales.
La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación – la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:
• La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención.
• El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.
El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera.
Las responsabilidades del sector público se centran en:
• Profundizar las reformas legales que inició en 1999.
• Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento.
• Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).
Las responsabilidades del sector privado contemplan:
• Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorías externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.
• Los contadores públicos: realizar auditorías: no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes
financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.
• Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.
Las sanciones impuestas a las personas físicas x xxxxxxx (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes.
Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas.
El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.
En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.
Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos:
Artículo 222.- Cometen el delito de cohecho:
I.- El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba ilícitamente para sí o para otro, dinero o cualquier beneficio, o acepte una promesa, para hacer o dejar de realizar un acto propio de sus funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;
II.- El que dé, prometa o entregue cualquier beneficio a alguna de las personas que se mencionan en el artículo 212 de este Código, para que haga u omita un acto relacionado con sus funciones, a su empleo, cargo o comisión, y
III.- El legislador federal que, en el ejercicio de sus funciones o atribuciones, y en el marco del proceso de aprobación del presupuesto de egresos respectivo, gestione o solicite:
a) La asignación de recursos a favor de un ente público, exigiendo u obteniendo, para sí o para un tercero, una comisión, dádiva o contraprestación, en dinero o en especie, distinta a la que le corresponde por el ejercicio de su encargo;
b) El otorgamiento de contratos de obra pública o de servicios a favor de determinadas personas físicas x xxxxxxx.
Se aplicará la misma pena a cualquier persona que gestione, solicite a nombre o en representación del legislador federal las asignaciones de recursos u otorgamiento de contratos a que se refieren los incisos a) y b) de este artículo.
Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones:
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, de los bienes o la promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión y de treinta a cien días multa.
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, los bienes, promesa o prestación exceda de quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos a catorce años de prisión y de cien a ciento cincuenta días multa.
En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado.
Capítulo XI
Cohecho a servidores públicos extranjeros
Artículo 222 bis.- Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:
I. A un servidor público extranjero, en su beneficio o el de un tercero, para que dicho servidor público gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;
II. A un servidor público extranjero, en su beneficio o el de un tercero, para que dicho servidor público gestione la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o
III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.
Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión en el poder legislativo, ejecutivo o judicial o en un órgano público autónomo en cualquier orden o nivel de gobierno de un Estado extranjero, sea designado o electo; cualquier persona en ejercicio de una función para una autoridad, organismo o empresa pública o de participación estatal de un país extranjero; y cualquier funcionario o agente de un organismo u organización pública internacional.
Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 de este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta mil días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de
conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.