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DOC.
UMENTO PRIVADO AUTENTICADO
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CONTRATO N° 46 LP/02/2019/REAC-LAB-
CLlNIC/COSAM denominada SUMINISTRO DE MATERIAL Y REACTIVOS MANUALES Y AUTOMATIZADOS DE LABORATORIO CLíNICO, PARA EL COSAM, AÑO 2019
OTORGADO POR
CENTRO FARMACÉUTICO DE LA FUERZA ARMADA, CEFAFA
A FAVOR DE
SOCIEDAD FALMAR, S.A. DE C.V. /
ANTE LOS OFICIOS XXX XXXXXXX
XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX
CENTRO FARMACfUTlCO DE lA FUERlA ARMADA
"CEFAFA'
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RECIBIDO POR,_ . •
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Contrato N° 46 - LP N° 02l2019/REAC-LAB-CLlNICICOSAM
j' REACTIVOS MANUALES
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Nosotros por una parte XXxXXX XXXXxX FLAMENCO SEVILLA, de cincuenta y cuatro años de edad, Licenciado en Ciencias y Artes Militares, del dómicilio de
portador de mi Documento Único de Ideritidad número:
y con número de Identificación Tributaria:
• actuando en nombre y representación en mi calidad de Director Presidente del Consejo Directivo del CENTRO FARMACÉUTICO DE LA FUERZA ARMADA, que podrá denominarse
)
únicamente CEFAFA, Institución Autónoma de Derecho Público, de este domicilio, con Número de Identificación Tributaria: cero seiscientos catorce guión ciento cuarenta y un mil doscientos ochenta
.
y cuatro guion cero cero dos guion cero; que en el tr~hscurso del presente contrato me denominaré
,
"LA INSTITUCION CONTRATANTE o CEFAFA", y por otra parte: xxx XXXXXX XXXXXXXXX
XXXX XXXXxXXX, de cuarenta y un años de edad, Estudiante, del domicilio de
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portador de mi Docum~nto Único de Identidad número: y con Número de Identificación Tributaria:
actuando en
nombre y representación en mi calidad de Apoderado Especial Administrativo, de FALMAR, ,.--
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SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse FALMAR, S.A. DE C.V., <
del domicilio de
que de aqui
en adelante me denominaré como "LA CONTRATADA", Y en las calidades antes expresadas MANIFESTAMOS: Que por medio de este instrumento convenimos en celebrar el siguiente
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contrato de LP 02J2019/REAC.LAB-CLlNIC/COSAM denominada: "SUMINISTRO DE MATERIAL
/' Y REACTIVOS MANUALES Y AUTOMATIZADOS DE LABORATORIO CLíNICO, PARA EL
COMANDO DE SANIDAD MILITAR, AÑO 2019". Adjudicado mediante resolución que consta en el
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(" Acta número NUEVE Acuerdo CINCO, de fecha Veintiocho de enero de dos mil diecinueve: y
ratificada mediante la Resolución de Recurso de Rejlisión que consta en Acta CATORCE- DOS MIL
<:' DIECINUEVE de fecha dieciocho de febrero de dos mil diecinueve: Y que en el presente contrato, los siguientes términos serán interpretados de la ménera que se indica a continuación: a) Contrato:
es el convenio celebrado entre CEFAFA con la Sociedad FALMAR, S.A. DE C.V., de acuerdo a
"
lo ofertado y adjudicado, a cambio del debido y pleno cumplimiento de las obligaciones plasmadas en el presente contrato; b) Precio del Contrato: Es ¿'¡ monto que pagará la Institución Contratante a
la Sociedad FALMAR, S.A., DE C.V., de acuer<!o a lo establecido en su oferta económica: c)
Suministro: Es el bien que entregará la Contratada :,.de acuerdo a las indicaciones detalladas en las Bases de Licitación PÚBLICA 02/2019/REAC-LAB~CLlNIC/COSAM; d) Contratante: es CEFAFA;
e) Contratada: Es la Sociedad FALMAR, S.A. DE C.V., f) Unidad de Adquisiciones y
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Contrato N° 46 - LP N° 02/2019/REAC-LAB-CLlNIC/COSAM
REACTIVOS MANUALES
Contrataciones Institucional: que en adelante se denominará GACI y, g) Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública: que en adelante se denominará LACAP. El presente contrato se sujeta a todo lo establecido en la LACAP, así como a las obligaciones, condiciones, pactos y renuncias siguientes: 1. OBJETO. El objeto del presente contrato es el "SUMINISTRO DE
MATERIAL Y REACTIVOS MANUALES Y AUTOMATIZADOS DE LABORATORIO ClíNICO,
I PARA EL COMANDO DE SANIDAD MILITAR, AÑO 2019" que la Contratada se obliga a proveer a la Institución Contratante la que es financiada con FONDO DE APOYO AL COSAM, del PRODUCTO A SUMINISTRAR conforme a lo detallado a continuación:
a-aQ: u .•• ~!:: o..::Z> | ||||||||
Za e...Jl wz a: | ael -oo u | DESCRIPCION DEL BIEN | DESCRIPCION DEL BIEN ,SE RECOMIENDA | W o .•• 00 "o'0W z:E | "-'zw ~.•!•:a2: :Ea | 00 0•••!••,• 1 ¡::gct Z.., "'0 | ...J ••.•.•. a•... | |
SOLICITADO | ADJUDICACiÓN | |||||||
60 | 205-1050 | ::> KGI FRSSCO | JTBAKER MACRON | u .•• 1 | $80.00 | $80.00 | ||
FENaL | FENOL | |||||||
63 | 205-1148 | CRISTALES ALCOHOL ISOPROPILlCO | CRISTALES ALCOHOL ISOPROPILlCO | X 500GR GALON X | IMEXICO\ HENAN GP CHEMICALS CO; | 3 | $30.00 | $90.00 |
3.75 | ||||||||
AL 99% | AL 99% | LITROS | LTD 'CHINA) |
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64 | 205-1150 | ALCOHOL METANOL 99% | METANOL | GALONX 3.75 | JBBAKER MACRON (TRINIDAD Y | 50 | $34.00 | $1,700.00 |
72 | 205-1540 | XILOL | XILOL | LITROS GALONX 3.75 | TOBAGO) JB XXXXX | 40 | $35.00 | $1,400.00 |
LITROS MACRON (USA) |
Total Ad¡udicado en Reactivos Manuales $3,270.00 /'
Para lo cual, la Contratada garantiza que entregará los reactivos manuales antes descritos de la misma calidad que los ofertados o en su defecto de mayores y mejores especificaciones a los originales ofertados y adjudicados. 11.VENCIMIENTO DE LOS PRODUCTOS A SUMINISTRAR EN
. LOS REACTIVOS MANUALES: La fecha de vencimiento será de dieciocho (18) meses y se tomará en cuenta a partir de la recepción de los mismos en la Dirección de Suministros Médicos y Farmacéuticos de la Fuerza Armada, de no cumplir con las fechas de vencimiento establecidas, se recibirá el producto con vencimiento mínimo de ocho (8) meses, debiendo anexar una declaración jurada de compromiso de cambio por vencimiento en acta notarial, en la cual debe consignarse que der ser necesario sustituir el producto lo hará efectivo en un plazo máximo de quince (15) días posteriores a la notificación y para evitar el vencimiento del mismo asi como su consecuente
descomposición, el que ser reciba a cambio, deberá tener un vencimiento minimo de ocho (8) <
meses contados a partir de la fecha de recepción en la Dirección de Suministros Médicos y Farmacéuticos de la Fuerza Armada, caso contrario no se aceptarán las entregas. Aquellos Reactivos cuya vida útil sea menor de doce (12) meses, sean de alta rotación y existencias mínimas en la Dirección de Suministros Médicos y Farmacéuticos de la 'Fuerza Armada, se
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Contrato N" 46 - LP N" 02/2019/REAC-LAB-CLlNIC/COSAM
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aceptarán hasta con seis (6) meses de vencimiento, previo informe del Administrador de Contratos, debiendo anexar Declaración Jurada de Compromiso de Cambio por vencimiento en Acta Notarial; garantizando la contratada que los reaclivos manuales mantendrán las caracteristicas de calidad, durante el periodo de vida útil, teniendo en cuenta las condiciones del fabricante para el almacenamiento del producto, y el seguimiento de condiciones especiales de manipulación, garantizando la conservación de la cadena de frio durante la entrega, 111.CONDICIONES / ESPECIALES AL MOMENTO DE LA ENTREGA: La Contratada se compromete a realizar las entregas en la DIRECCiÓN DE SUMINISTROS MÉDICOS Y FARMACÉUTICOS DE LA FUERZA
ARMADA dentro del siguiente horario: de las siete hora treinta minutos a las doce horas y de las trece horas a las quince horas, de lunes a viernes, Debiendo coordinar con la administradora de Contrato la hora y fecha de entrega, con un mínimo de 72 horas a la fecha de entrega, En caso de perder su cita programada para entrega y recepción deberá coordinar su reprogramación con el administrador de contratos; siempre y cuando se encuentre dentro del plazo de entrega, Xxx como se compromete a traer colocada la viñeta tanto en el empaque primario o secundario que especifique que es "PROPIEDAD DE SANIDAD MILITAR, DONADO POR CEFAFA, PROHIBIDA
SU VENTA", Para los productos fabricados con tecnología de empaque secundario inviolable, no será necesario colocar la leyenda "PROPIEDAD DE SANIDAD MILITAR, DONADO POR CEFAFA, PROHIBIDA SU VENTA" en el empaque primario, para los Materiales y Reactivos que debido a su tamaño se dificulte etiquetar o imprimir en el empaque primario, dicha leyenda la empresa deberá presentar por cada renglón ofertado constancia de justificación del motivo por el cual, no se puede etiquetar o rotular el empaque, debiéndola entregar firmada y sellada por el Representante Legal al momento de presentar las muestras, Si al momento de la entrega de los productos en el lugar establecido en las Base de Licitación Pública se presenta un rechazo por defectos en el material de acondicionamiento y empaque, la contratada deberá retirarlo inmediatamente y la Dirección de Suministros Médicos y Farmacéuticos de la Fuerza Armada comunicará por escrito la causa del rechazo a la GACI del CEFAFA y ésta notificará a la contratada, Será responsabilidad de la contratada superar la falla encontrada entregando un lote del Materiales y reactivos igual al rechazado que cumpla con lo requerido, en un plazo no mayor de quince (15) dias calendario contados a partir de dicha notificación, Una vez recibidos los Materiales y Reactivos Automatizados en la Dirección de Suministros Médicos y Farmacéuticos de la Fuerza Armada, si se presentara un rechazo por defecto que no se detectó en el momento de la recepción, el Hospital Militar Central o la Unidad usuaria del producto comunicará a dicha Dirección, con copia a la GACI del CEFAFA, y ésta notificará a la contratada para que proceda a retirar del sitio de recepción el o los Materiales y Reactivos rechazados en un plazo no mayor de cinco (5) días calendario contados a partir de Ii notificación, Para todos los casos antes mencionados, sí la contratada no sustituye los Materiales y
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reactivos automatizados rechazados o no supera la falla del producto en el plazo establecido, se procederá a caducar el renglón respectivo del contrato derivado de la presente licitación de acuerdo a lo estipulado en los Arts. 121 y 122 de la LACAP, se harán efectivas las Garantias respectivas en proporción directa a lo incumplido y se contratará directamente con la siguiente opción mejor evaluada en el proceso de Licitación. IV. PRECIO. El CEFAFA pagará, a la contratada, por el suministro de los Reactivos Manuales antes detallados la cantidad total de TRES MIL
¡ DOSCIENTOS SETENTA DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($3,270,00), el /
cual incluye el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA). V. PLAZO, FORMA Y TRÁMITE DE PAGO: La cancelación se realizará en la Tesorería del CEFAFA, en Dólares de los Estados Unidos de América, en un plazo de sesenta 1601 dias calendario, posterior a que la contratada presente en su totalidad para trámite del Quedan respectivo la documentación siguiente: una copia del contrato, Acta de Entrega y Recepción debidamente firmada, Facturas de Consumidor Final en original y (3) copias a nombre del CEFAFA, incluyendo en la factura, dirección (Final Boulevard Universitario y Avenida Xxxxxx Contiguo al Hospital Militar Central, San Xxxxxxxx) número de NIT y número de Registro del CEFAFA - FONDO DE APOYO AL COSAM asi mismo ei detalle de las cantidades entregadas, precio unitario, precio total, detallando el número de contrato, nombre y firma de la persona que recibe el producto, sello de la Dirección de Suministros Médicos y Farmacéuticos de la Fuerza Armada: Firmas que debe de llevar el ACTA DE RECEPCiÓN Y ENTREGA DEL PRODUCTO Y su distribución: Las Actas de Entrega y Recepción se distribuirán una (1) al Proveedor o Contratada, una (1) a la GACI y una (1) copia en original a la Gerencia Financiera (Departamento de tesoreria del CEFAFA) debidamente suscritas o firmadas, según lo establece el Articulo 77 del Reglamento de la LACAP por las siguientes personas: Firma del Representante de la empresa que entrega. Firma de la Persona quien recibe en la DSMFFA. Firma del Administrador de Contrato. A partir del uno de julio de dos mil doce, el Centro Farmacéutico de la Fuerza Armada. tiene la clasificación xx Xxxxxxx Contribuyente, de acuerdo a la Subdirección del Ministerio de Hacienda. Por lo anterior solicitamos tomar en cuenta la nueva clasificación para toda operación fiscal que efectúen con el CEFAFA y la debida aplicación del
Articulo Ciento Sesenta y dos del Código Tributario. VI. CESACiÓN, EXTINCiÓN, CADUCIDAD Y <:
REVOCACiÓN DEL CONTRATO. En caso de incumplimiento por parte de la contratada a cualquiera de las estipulaciones y condiciones contractuales o las especificaciones establecidas en los numerales de las presentes Bases de Licitación y cuando se presenten situaciones establecidas en los Arts. 92 al 100 de ia LACAP, se notificará a la contratada la decisión de caducar el contrato sin responsabilidad alguna para el CEFAFA, mediante aviso escrito con expresión de motivo aplicando el procedimiento de caducidad respectivo. Asimismo el CEFAFA hará efectivas las Garantías que tuviere en su poder. VII. SANCIONES Y MULTAS. Al SANCIONES: Si la contratada incumpliere cualquiera de las
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obligaciones contractuales estará sujeto a las sancidnes reguladas en la LACAP. Bl MULTAS: Cuando la contratada incurriere en xxxx en el cumplirhiento de sus obligaciones contractuales por causas imputables al mismo podrá declararse la cadu1cidaddel contrato o imponer el pago de una multa por cada dia de retraso, de conformidad al A.~,85 de la LACAP. En el caso de que la
contratada haya incurrido en multa por incumplimiento en entregas, deberán presentar a la GACI /
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del CEFAFA la Factura emitida por el Departamento de Tesoreria de este Centro Farmacéutico,
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como prueba que dicha multa ha sido cancelada, caso contrario no será sujeto de evaluación. VIII.
ADMINISTRADOR DEL CONTRATO: El COSAM 6esigna como Administrador titular ante la
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contratada, para los efectos del Contrato, a la Licenciada XXXXXX XXXXX AMA YA, y como titular
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suplente la Licenciada XXXXXX XXX XXXXXX XXXXXX XX XXXXXXX, cuyas funciones serán: al
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Verificar el cumplimiento de las cláusulas contract~ales, implementando para ello la hoja de
seguimiento de contrato; bl Conformar y mantener actualizado el expediente de seguimiento de la
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ejecución del contrato, remitiendo copias al GACI de' todos los documentos. En el expediente se
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documentará todo hecho relevante, en cuanto a las actualizaciones y documentación relacionada
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con informes de cumplimiento de contrato, modificaciones, órdenes de cambio y actas de
recepción; cl Informar oportunamente sobre la ejecu~ión de los contratos al Titular, al GACI y a la Unidad responsable de efectuar los pagos. El informe podrá contener las recepciones parciales y
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definitivas, incumplimientos, solicitudes de prórroga, órdenes de cambio, resoluciones modificativas, etc.; dI Incluir en el informe de ejecución de contrato,: la gestión para la aplicación de las sanciones a la Contratada por los incumplimientos de sus obli~aciones; el Solicitar a la Contratada, en caso
de incrementos en el monto o prórroga en el plazo del contrato, la actualización de la garantía
,
correspondiente; f) Elaborar y suscribir conjuntamente con la Contratada, la Unidad solicitante,
según el caso y demás funcionarios que se hayan def,"inido contractualmente; las actas de recepción provisionales, parciales o definitivas de las adquisi.c, iones o contrataciones de obras, bienes y servicios, distribuyendo copias al GACI y a otras unidades que se establezcan institucionalmente.
,
EL Administrador del Contrato tiene autorización
,
para rechazar cualquier bien que no sea
satisfactorio, que esté defectuoso o que no sea i;0nforme a lo solicitado en los documentos
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contractuales. Asimismo, el COSAM podrá con toda libertad, cuando asi lo estime conveniente,
proponer al Consejo Directivo a otro empleado cbmo Administrador del presente Contrato en
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sustitución del aqui nombrado, lo cual se le hará s~ber a la Contratada por medio de notificación escrita y la Contratada prestará toda la ayuda o aS,istencia que se requiera para la inspección y
examen apropiado del bien contratado. Esto de
,bonformidad al Articulo setenta y cuatro del
Reglamento e Instructivo UNAC Número cero dos)dos mil trece. Y en caso de ser necesario el
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Administrador del Contrato designará a uno o varios encargados para coordinar y controlar las
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actividades relacionadas a la recepción del s~ministro. IX. LUGAR DE ENTREGA DEL
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SUMINISTRO- PLAZO.PORCENTAJE-CONDICIONES DE ENTREGA: La Contratada según sea
el caso suministrará: Reactivos Automatizados, Reactivos Manuales o Material en la Dirección de Suministros Médicos y Farmacéuticos de la Fuerza Armada, ubicado dentro del Complejo del Hospital Militar Central, en Avenida Xxxxxx y Boulevard Universitario, Residencial San Xxxx, previa cita con la Administradora de Contratos con setenta y dos horas antes de la entrega. Los plazos de entrega de los productos adjudicados deberán apegarse estrictamente a la siguiente programación:
ENTREGA | PORCENTAJE | .• FECHA DE ENTREGA |
30 DIAS CALENDARIO POSTERIORES A LA ENTREGA DE LA COPIA DEL | ||
1ERA ENTREGA | 25% | CONTRATO POR PARTE DEL DEPARTAMENTO DE ASUNTOS REGULATORIOS |
2DA ENTREGA | 25% | DELCEFAFA. 120 DIAS CALENDARIO POSTERIORES A LA ENTREGADE LA COPIA DEL CONTRATO POR PARTE DEL DEPARTAMENTO DE ASUNTOS REGULATORIOS |
3ERA ENTREGA | 25% | DELCEFAFA. 210 DIAS CALENDARIO POSTERIORES A LA ENTREGADE LA COPIA DEL CONTRATO POR PARTE DEL DEPARTAMENTO DE ASUNTOS REGULATORIOS |
4TAENTREGA | 25% | DELCEFAFA. 300 DIAS CALENDARIO POSTERIORES A LA ENTREGA DE LA COPIA DEL CONTRATO POR PARTE DEL DEPARTAMENTO DE ASUNTOS REGULATORIOS |
DELCEFAFA.
Para lo cual la Dirección de Suministros Médicos y Farmacéuticos de la Fuerza Armada y la Administradora de Contrato verificarán que el suministro a recepción cumpla estrictamente con las condiciones establecidas en el contrato y lo relacionado en la factura duplicado cliente, levantando el contrato y relacionada en la factura duplicado, levantando el Acta de Donación correspondiente. Para las entregas que de conformidad a la programación coincidan con fines de semana o días festivos se considerará la recepción a más tardar un (1) día hábil posterior a la fecha pactada para la entrega. Si fuere el caso sobre los códigos que por su presentación no tenga las cantidades exactas correspondientes a la entrega deberán entregar una cantidad superior al porcentaje establecido. X. ANTICIPOS: La contratada acepta que EL CEFAFA pueda solicitar anticipos de entrega de los reactivos automatizados, manuales o materiales según sea el caso para laboratorio clinico y banco de sangre, en el caso de que sea requerido por escrito a la GACI, a través de la Administradora de Contratos previa opinión del Comando de Sanidad Militar, por lo que es obligación de la Contratada contar con existencias de los bienes. XI. GARANTíA: La Garantía podrá consistir en: Fianzas Bancarias emitidas por Sociedades Afianzadoras, Aseguradoras o Instituciones Bancarias Nacionales a favor del CEFAFA, autorizadas por la Superintendencia del Sistema Financiero de El Xxxxxxxx,
actuando como entidad confirmadora de la emisión de acuerdo al Art. 32, Inciso Último de la LACAP. GARANTíA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: La Contratada deberá rendir a favor del CEFAFA
Garantía de Cumplimiento de Contrato por el VEINTE POR CIENTO (20%) del valor total del
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suministro adjudicado y contratado, la cual deberá presentarse dentro de los ocho 1081 días hábiles
posteriores a la entrega por parte del Departamento Juridico del CEFAFA, de una copia del contrato debidamente certificada, con vigencia de dos (02) años a partir de la firma del
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respectivo contrato, dicha fianza deberá ser entregada por la contratada en la GACI del CEFAFA y será devuelta a solicitud escrita de la Sociedad FALMAR, SA de C.v., cuando haya llegado su vencimiento. LA GARANTíA MENCIONADA DEBERÁ PRESENTARSE EN ORIGINAL Y TRES (03)
COPIAS. XII. DOCUMENTOS CONTRACTUALES. Forman parte integral del presente contrato los ¿ siguientes documentos: a) La Base de Licitación Publica; b) Adendas; c) Aclaraciones; d) Enmiendas; e) Consultas; f) Ofertas; g) Resolución de adjudicación; h) Garantia; e, i) Resoluciones modificativas. En caso de controversia entre estos documentos y el contrato, prevalecerá este último. XIII. INTERPRETACiÓN DEL CONTRATO. De conformidad con el articulo 84 Incisos 1° y
2° de la LACAP, la Institución Contratante se reserva la facultad de interpretar el presente contrato a tenor de la Constitución de la República, la LACAP, otra legislación aplicable y los Principios Generales del Derecho Administrativo y de la forma que más convenga al interés público que se pretende satisfacer de forma directa o indirecta con la prestación objeto del presente instrumento, pudiendo en tal caso girar las instrucciones por escrito que al respecto considere convenientes. La Contratada expresamente acepta tal disposición y se obliga a dar estricto cumplimiento a las instrucciones que al respecto dicte la Institución Contratante, las cuales le serán comunicadas por
medio de la GACI del CEFAFA. XIV. FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. Para los efectos de
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este Contrato, "Fuerza Mayor o Caso Fortuito", significa un evento que escapa al control de una de las Partes y el cual hace que el cumplimiento de las obligaciones contractuales de esa parte resulte imposible o impráctico en atención a las circunstancias. Esto incluye, pero no se limita x xxxxxx, motines, disturbios civiles, terremoto, incendio, explosión, inundación, u otras condiciones climáticas adversas, huelgas, cierres empresariales, u otras acciones similares. La Contratada deberá justificar y documentar su solicitud, la cual para que sea efectiva, tiene que ser aprobada por la Institución Contratante; si procediera la aprobación, la Contratada entregará la respectiva ampliación de la garantía de cumplimiento de contrato. En todo caso el otorgamiento de la prórroga se hará por parte de la Institución Contratante, a través de resolución razonada que formará parte integrante del presente contrato. XV. SOLUCiÓN DE CONFLICTOS. Para efectos del presente contrato, toda controversia que surgiere entre la Institución Contratante y La Contratada, será sometida: al ARREGLO DIRECTO. Las partes Contratantes procurarán solucionar las diferencias a través de sus representantes y delegados especialmente acreditados, dejando constancia escrita en acta, de los puntos controvertidos y de las soluciones en su caso; b) ARBITRAJE. Después de
haberse intentado el arreglo directo sin solución a alguna de las diferencias, se podrá, previo acuerdo entre las partes. recurrir al arbitraje de acuerdo a las disposiciones señaladas en la Ley de
Mediación, Conciliación y Arbitraje, y demás leyes vigentes. XVI. TERMINACiÓN BILATERAL. Las <
partes Contratantes podrán, de conformidad con el articulo 95 de la LACAP, dar por terminada bilateralmente la relación juridica que emana del presente contrato, debiendo en tal caso emitirse la
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resolución correspondiente y otorgarse el instrumento de resciliación en un plazo no mayor de ocho dias hábiles de notificada tal resolución. XVII. JURISDICCiÓN Y LEGISLACiÓN APLICABLE. Para/ los efectos jurisdiccionales de este contrato las partes se someten a la legislación vigente de la República de El Xxxxxxxx, cuya aplicación se realizará de conformidad a lo establecido en el articulo cinco de la LACAP. Asimismo, señalamos como domicilio especial el de esta ciudad, a la competencia de cuyos tribunales se someten expresamente. En caso de acción judicial contra La Contratada, será depositario de los bienes que se le embarguen la persona que la Institución Contratante designe a quien releva de la obligación de rendir fianza y cuentas, comprometiéndose La Contratada a pagar los gastos ocasionados, inclusive los personales, aunque no hubiere condenación en costas. XVIII. OTRAS NORMAS APLICABLES DE ACUERDO A INSTRUCTIVO /
UNAC: Que de acuerdo al Artículo dos de la LACAP, yen atención a lo establecido en el Instructivo UNAC número cero dos/dos mil quince, sobre las "Normas para la Incorporación de Criterios Sostenibles de Responsabilidad Social para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en la Compras Públicas" el cual reza "Si durante la ejecución del presente contrato se comprobare por la Dirección General de Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Previsión social, incumplimiento por parte de la contratada a la normativa que prohibe el trabajo infantil y de protección de la persona adolescente trabajadora, se deberá tramitar el procedimiento sancionatorio que dispone el Art. 160 de LACAP para determinar el cometimiento o no durante la ejecución del contrato de la conducta tipificada como causal de inhabilitación en el Art. 158 Romano V literal b) de la LACAP relativa a la invocación de hechos falsos para obtener la adjudicación de la contratación. Se entenderá por comprobado el incumplimiento a la normativa por parte de la Dirección General de Inspección de Trabajo, si durante el trámite de re inspección se determina que hubo subsanación por haber cometido una infracción, o por el contrario si se remitiere a procedimiento para conocer la resolución final." XIX. MODIFICACIÓN, AMPLIACiÓN Y/O PRÓRROGA DEL PLAZO DE ENTREGA DEL BIEN. La Contratada podrá solicitar modificación y ampliación o prórroga en el plazo de entrega, si existieren motivos suficientes que puedan tipificarse como caso fo\luito o fuerza mayor, que le impidan cumplir con el plazo o con la entrega
del objeto de este contrato. Lo cual deberá solicitar por escrito, ocho días hábiles de anticipación <:
de la respectiva entrega. Para efecto de seguimiento deberá ser debidamente respaldado con la documentación probatoria del caso, esta deberá ser traducida al castellano si fuera emitida en el extranjero asimismo cuando aplique, deberá venir apostillada, Consularizada y autenticada por notario de lo contrario no será sujeta de trámite. Esto, se tramitará por medio de Resolución Modificativa y para que surta efectos deberá ser aprobada por el Consejo Directivo del CEFAFA. La solicitud de prórroga deberá presentarse al Administrador de Contratos con copia a la GACI de CEFAFA, que oyendo previamente la opinión del Comando de Sanidad Militar, rendirá informe al
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Consejo Directivo sobre lo solicitado. En tales casos o en aquellos en que siguiendo el mismo procedimiento se solicite modificar otra cláusula contractual, la Institución Contratante emitirá la correspondiente resolución de modificación, ampliación o prórroga, la cual será firmada posteriormente por el Consejo Directivo, para lo cual este mismo instrumento acreditará la obligación contractual resultante de dicha ampliación, modificación o prórroga, debiendo entenderse parte integrante del presente contrato. XX. NOTIFICACIONES. Las notificaciones entre las partes deberán hacerse por escrito y tendrán efecto a partir de su recepción en las direcciones que a /" continuación se indican: a) lA INSTITUCiÓN CON-r:RATANTE: Final Boulevard Universitario y Avenida Xxxxxx, Contiguo al Hospital Militar Central, Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucionales de CEFAFA, Teléfono 0000-0000, Fax 0000-0000, San Xxxxxxxx. b) lA /
Así nos expresamos los comparecientes, quiénes enterados y conscientes de los términos y efectos legales del presente contrato, por convenir así a los intereses de nuestros representados ratificamos su contenido, en fe de lo cual firmamos en San Xxxxxxxx, a los veintidós dias del mes de febrero de dos mil diecinueve.
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XXxXX XXXXxX FLAMENCO SEVILLA GENERAL DE BRIGADA REPRESENTANTE LEGAL DE CEFAFA
dos mil diecinueve. Ante mí, XXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, Notario, de este domicilio, comparecen por una parte: el señor XXxXXX XXXXxX FLAMENCO SEVillA, de cincuenta y cuatro años de edad, Licenciado en Ciencias y Artes Militares, del domicilio de
persona a quien conozco e identifico por medio de su Documento
actúa en nombre y representación, como Director Presidente, del Consejo Directivo del CENTRO FARMACÉUTICO DE lA FUERZA ARMADA, que podrá denominarse únicamente CEFAFA, Institución Autónoma de
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Derecho Público, de este domicilio, con Número de Identificación Tributaria: cero seiscientos catorce guion ciento cuarenta y un mil doscientos ochenta y cuatro guion cero cero dos guion cero, personería jurídica que DOY FE de ser legitima y suficiente por haber tenido a la vista los siguientes documentos: a) Diario Oficial de fecha veintidós de enero de mil novecientos ochenta y cinco, Tomo número doscientos ochenta y seis que contiene el Decreto Legislativo número doscientos setenta y ocho de fecha catorce de diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro, por medio del cual se decreta la Ley de Creación del Centro Farmacéutico de la Fuerza Armada. b) Reformada al Diario Oficial de fecha veinticuatro xx xxxxxx de dos mil dieciséis, Tomo número cuatrocientos dos que contiene el Decreto Legislativo número cuatrocientos treinta y nueve de fecha veintisiete de julio de dos mil dieciséis, en la cual se estableció: Créase el CENTRO FARMACÉUTICO DE LA FUERZA ARMADA, COMO UNA INSTITUCiÓN AUTÓNOMA DE
DERECHO PÚBLICO, con recursos propios, que tiene por finalidad principal el suministro de productos farmacéuticos, similares y otros insumos médicos que se requieran para la atencíón médica, integral, para los miembros de la Fuerza Armada y su grupo familiar, siendo su domicilio el de la ciudad de San Xxxxxxxx: y que en el contexto de la ley y de sus reglamentos, podrá denominarse únicamente CEFAFA; que la autoridad máxima del Centro Farmacéutico de la Fuerza Armada es el Consejo Directivo, a quien corresponde la orientación y determinación de su política, integrado por un Director Presidente, un Director Vicepresidente, un Director Secretario y dos
.\f?J!~stcat\\l~} 0S:,~J.(q;\u~ienes durarán en sus funciones dos años y xxxxx nombrados por acuerdo del
Ministerio de la Defensa Nacional y que el Presidente del Consejo es el Representante Legal y con tal personeria juridica intervendrá en los actos y contratos que celebre la Institución que representa; y e) Certificación del Acuerdo Número CERO CINCO SIETE, de fecha cinco de febrero de dos mil dieciocho, emitido por el Ministro de la Defensa Nacional General de División, Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, por medio del cual nombró al señor General de Brigada, XXxXXX XXXXxX FLAMENCO SEVILLA, como Director Presidente del Centro Farmacéutico de la Fuerza Armada, por lo que se encuentra facultado para otorgar actos como el aquí contenido; y que en el transcurso del presente instrumento se denominará "La Institución Contratante o CEFAFA" y por otra parte: XXXXXX XXXXXXXXX XXXX XXXXXXXX, de cuarenta y un años de edad, Estudiante, del domicilio de
portador de mi Documento Único de Identidad
y con Número de Identificación
actuando en nombre y representación en mi calidad de Apoderado Especial Administrativo, de FALMAR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse FALMAR, S.A. DE C.V., del domicilio de San Xxxxxxxx, con Número de Identificación
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personería que doy fe de ser legítima y suficiente por haber tenido a la vísta: El Testimonio de la Escritura Pública de Poder Especial Administrativo, otorgado por la señora Xxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx, en su calidad de Administrado Único Propietario de la Sociedad FALMAR, S.A. DE C.V., poder que fue otorgado, a las once horas y quince minutos del día xxxx xx xxxxx del año dos mil trece, ante los oficios xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, el cual se encuentra debidamente inscrito en el Registro de Comercio al número QUINCE del Libro MIL QUINIENTOS SESENTA Y SEIS, del Registro de Otros Contratos Mercantiles, del cual consta que el señor XXXXXX XXXXXXXXX XXXX XXXXxXXX, se encuentra facultado para actuar en nombre y representación de la Sociedad FALMAR, S.A. DE C.V., en contratos como el presente, en el mencionado poder el Notario autorizante dio fe de la personería jurídica del Representante Legal de la Sociedad FALMAR, S.A. DE C.V., Y de la existencia legal de la misma, por tal razón no se
relaciona en este acto; por lo que de aquí en adelante se le denominará como "LA
,
CONTRATADA", Y en la condiciones juridicas antes mencionadas, ME DICEN: Que reconocen como suyas las firmas que anteceden y que aparecen escritas al final del anterior contrato, el cual tendrá un período de vigencia de DOS (02) AÑOS contados a partir de esta fecha pudiendo prorrogarse tal plazo de conformidad a la LACAP, el cual está conformado de XX CLÁUSULAS,
asimismo reconocen los conceptos vertidos en él mismo, los cuales literalmente se transcriben así:
J
"""""""""""''''''''''1. OBJETO. El objeto del presente contrato es el "SUMINISTRO DE MATERIAL Y
REACTIVOS MANUALES Y AUTOMATIZADOS DE LABORATORIO CLíNICO, PARA EL
COMANDO DE SANIDAD MILITAR, AÑO 2019" que la Contratada se obliga a proveer a la Institución Contratante la que es financiada con FoNDO DE APOYO AL COSAM, del PRODUCTO A SUMINISTRAR conforme a lo detallado a continuación:
"
REACTIVOS MANUALES
Z C'l wZ | O !2 o o() u | OESCRIPCION DEL BIEN SOLICITADO | DESCRIPCION DEL BIEN ,SE RECOMIENDA ADJUDICACiÓN | , o'" •• 00 ••5 ~~ ' | .-.z", ~~ ••o< :!,O | ce oQ c•~•• -uo<•• ¡:::gc( w ••• | .-.•'. O... | |
z.., "o | 0o<,-z ::> | |||||||
o< 60 | 205-1050 | ::> KG I FRSSCO | JTBAKER MACRON | u •• 1 | $80.00 | $80.00 | ||
FENOL FENOL | ||||||||
63 | 205-1148 | CRISTALES ALCOHOL ISOPROPILlCO | CRISTALES ALCOHOL ISOPROPILlCO | X 500GR GALONX 3.75 | iMEXICOl HENAN GP CHEMICALS CO; | 3 | $30.00 | $90.00 |
Al 99% | AL 99% | LITROS | LTD (CHINA) |
205-1150 | ALCOHOL METANOL99% | METANOL | GALÓN X 3.75 ~I | JB XXXXX MACRON (TRINIDAD Y | 50 | $34.00 | $1,700.00 | |
64 | ||||||||
72 | 205-1540 | XILOL | XILOL | LITROS GALO N X 3.75 LITROS | TOBAGOl JB XXXXX MACRON (USA) | 40 | $35.00 | $1,400.00 |
Total Adiudicado en Reactivos Manuales $3.270.00
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Para lo cual, la Contratada garantiza que entregará los reactivos manuales antes descritos de la misma calidad que los ofertados o en su defecto de mayores y mejores especificaciones a los originales ofertados y adjudicados. 11.VENCIMIENTO DE LOS PRODUCTOS A SUMINISTRAR EN LOS REACTIVOS MANUALES: La fecha de vencimiento será de dieciocho (18) meses y se tomará en cuenta a partir de la recepción de los mismos en la Dirección de Suministros Médicos y Farmacéuticos de la Fuerza Armada, de no cumplir con las fechas de vencimiento establecidas, se recibirá el producto con vencimiento mínimo de ocho (8) meses, debiendo anexar una declaración jurada de compromiso de cambio por vencimiento en acta notarial, en la cual debe consignarse que der ser necesario sustituir el producto lo hará efectivo en un plazo máximo de quince (15) días posteriores a la notificación y para evitar el vencimiento del mismo así como su consecuente descomposición, el que ser reciba a cambio, deberá tener un vencimiento mínimo de ocho (8) meses contados a partir de la fecha de recepción en la Dirección de Suministros Médicos y Farmacéuticos de la Fuerza Armada, caso contrario no se aceptarán las entregas. Aquellos Reactivos cuya vida útil sea menor de doce (12) meses, sean de alta rotación y existencias mínimas en la Dirección de Suministros Médicos y Farmacéuticos de la Fuerza Armada, se aceptarán hasta con seis (6) meses de vencimiento, previo informe del Administrador de Contratos, debiendo anexar Declaración Jurada de Compromiso de Cambio por vencimiento en Acta Notarial; garantizando la contratada que 105 reactivos manuales mantendrán las caracterlsticas de calidad, durante el periodo de vida útil, teniendo en cuenta las condiciones del fabricante para el almacenamiento del producto, y el seguimiento de condiciones especiales de manipulación, garantizando la conservación de la cadena de frio durante la entrega. 111.CONDICIONES ESPECIALES AL MOMENTO DE LA ENTREGA: La Contratada se compromete a realizar las entregas en la DIRECCiÓN DE SUMINISTROS MÉDICOS Y FARMACÉUTICOS DE LA FUERZA
ARMADA dentro del siguiente horario: de las siete hora treinta minutos a las doce horas y de las trece horas a las quince horas, de lunes a viernes. Debiendo coordinar con la administradora de Contrato la hora y fecha de entrega, con un mínimo de 72 horas a la fecha de entrega. En caso de perder su cita programada para entrega y recepción deberá coordinar su reprogramación con el administrador de contratos; siempre y cuando se encuentre dentro del plazo de entrega. As[ como se compromete a traer colocada la viñeta tanto en el empaque primario o secundario que especifique que es "PROPIEDAD DE SANIDAD MILITAR, DONADO POR CEFAFA, PROHIBIDA
SU' VENTA". Para 105 productos fabricados con tecnologla de empaque secundario inviolable, no • será necesario colocar la leyenda "PROPIEDAD DE SANIDAD MILITAR, DONADO POR CEFAFA, PROHIBIDA SU VENTA" en el empaque primario, para los Materiales y Reactivos que debido a su tamaño se dificulte etiquetar o imprimir en el empaque primario, dicha leyenda la empresa deberá presentar por cada renglón ofertado constancia de justificación del motivo por el cual, no se puede
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etiquetar o rotular el empaque, debiéndola entregar firmada y sellada por el Representante Legal al momento de presentar las muestras. Si al momento de la entrega de los productos en el lugar establecido en las Base de Licitación Pública se presenta un rechazo por defectos en el material de acondicionamiento y empaque, la contratada deberá retirarlo inmediatamente y la Dirección de Suministros Médicos y Farmacéuticos de la Fuerza Armada comunicará por escrito la causa del rechazo a la GACI del CEFAFA y ésta notificará a la contratada. Será responsabilidad de la contratada superar la falla encontrada entregando un lote del Materiales y reactivos igual. al rechazado que cumpla con lo requerido, en un plazo no mayor de quince (15) dlas calendario contados a partir de dicha notificación. Una vez recibidos los Materiales y Reactivos Automatizados en la Dirección de Suministros Médicos y Farmacéuticos de la Fuerza Armada, si se presentara un rechazo por defecto que no se detectó en el momento de la recepción, el Hospital Militar Central o la Unidad usuaria del producto comunicará a dicha Dirección, con copia a la GACI del CEFAFA, y ésta notificará a la contratada para que proceda a retirar del sitio de recepción el o los Materiales y Reactivos rechazados en un plazo no mayor de cinco (5) días calendario contados a partir de la notificación. Para todos los casos antes mencionados, si la contratada no sustituye los Materiales y reactivos automatizados rechazados o no supera la falla del producto en el plazo establecido, se procederá a caducar el renglón respectivo del contrato derivado de la presente licitación de acuerdo a lo estipulado en los Arts. 121 Y 122 de la LACAP, se harán efectivas las Garantías respectivas en proporción directa a lo incumplido y se contratará directamente con la siguiente opción mejor evaluada en el proceso de Licitación. IV. PRECIO. El CEFAFA pagará, a la contratada, por el suministro de los Reactivos Manuales antes detallados la cantidad total de TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($3,270.00), el
cual incluye el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA). V. PLAZO, FORMA Y TRÁMITE DE PAGO: La cancelación se realizará en la Tesoreria del CEFAFA. en Dólares de los Estados Unidos de América, en un plazo de sesenta (60) días calendario. posterior a que la contratada presente en su totalidad para trámite del Quedan respectivo la documentación siguiente: una copia del contrato, Acta de Entrega y Recepción debidamente firmada, Facturas de Consumidor Final en original y (3) copias a nombre del CEFAFA. incluyendo en la factura, dirección (Final Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx x Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxx Xxxxxxxx) número de NIT y número de Registro del CEFAFA - FONDO DE APOYO AL COSAM así mismo el detalle de las cantidades entregadas, precio unitario, precio total, detallando el número de contrato, nombre y firma de la persona que recibe el producto, sello de la Dirección de Suministros Médicos y Farmacéuticos de la Fuerza Armada: Firmas que debe de llevar el ACTA DE RECEPCiÓN Y ENTREGA DEL PRODUCTO Y su distribución: Las Actas de Entrega y Recepción se distribuirán una (1) al Proveedor o Contratada, una (1) a la GACI y una (1) copia en original a la
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Gerencia Financiera (Departamento de tesoreria del CEFAFA) debidamente suscritas o firmadas, según lo establece el Artículo 77 del Reglamento de la LACAP por las siguientes personas: Firma del Representante de la empresa que entrega. Firma de la Persona quien recibe en la DSMFFA. Firma del Administrador de Contrato. A partir del uno de julio de dos mil doce, el Centro Farmacéutico de la Fuerza Armada, tiene la clasificación xx Xxxxxxx Contribuyente, de acuerdo a la Subdirección del Ministerio de Hacienda. Por lo anterior solicitamos tomar en cuenta la nueva clasificación para toda operación fiscal que efectúen con el CEFAFA y la debida aplicación del Artículo Ciento Sesenta y dos del Código Tributario. VI. XXXXXxXX, EXTINCiÓN, CADUCIDAD Y REVOCACiÓN DEL CONTRATO. En caso de incumplimiento por parte de la contratada a cualquiera de las estipulaciones y condiciones contractuales o las especificaciones establecidas en los numerales de las presentes Bases de Licitación y cuando se presenten situaciones establecidas en los Arts. 92 al 100 de la LACAP, se notificará a la contratada la decisión de caducar el contrato sin responsabilidad alguna para el CEFAFA, mediante aviso escrito con expresión de motivo aplicando el procedimiento de caducidad respectivo. Asimismo el CEFAFA hará efectivas las Garantías que tuviere en su poder. VII. SANCIONES Y MULTAS. Al SANCIONES: Si la contratada incumpliere cualquiera de las obligaciones contractuales estará sujeto a las sanciones reguladas en la LACAP. B) MULTAS: Cuando la contratada incurriere en xxxx en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales por causas imputables al mismo podrá declararse la caducidad del contrato o imponer el pago de una multa por cada dia de retraso, de conformidad al Art. 85 de la LACAP. En el caso de que la contratada haya incurrido en multa por incumplimiento en entregas, deberán presentar a la GACI del CEFAFA la Factura emitida por el Departamento de Tesoreria de este Centro Farmacéutico, como prueba que dicha multa ha sido cancelada, caso contrario no será sujeto de evaluación. VIII. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO: El COSAM designa como Administrador titular ante la contratada, para los efectos del Contrato, a la Licenciada XXXXXX XXXXX XXX XX, y como titular suplente la Licenciada XXXXXX XXX XXXXXX XXXXXX XX XXXXXXX, cuyas funciones serán: a) . Verificar el cumplimiento de las cláusulas contractuales, implementando para ello la hoja de seguimiento de contrato; b) Conformar y mantener actualizado el expediente de seguimiento de la ejecución del contrato, remitiendo copias al GACI de todos los documentos. En el expediente se documentará todo hecho relevante, en cuanto a las actualizaciones y documentación relacionada con informes de cumplimiento de contrato, modificaciones, órdenes de cambio y actas de recepción; c) Informar oportunamente sobre la ejecución de los contratos al Titular, al GACI y a la Unidad responsable de efectuar los pagos. El informe podrá contener las recepciones parciales y definitivas, incumplimientos, solicitudes de prórroga, órdenes de cambio, resoluciones modificativas, etc.; d) Incluir en el informe de ejecución de contrato, la gestión para la aplicación de las sanciones
a la Contratada por los incumplimientos de sus obligaciones; e) Solicitar a la Contratada, en caso
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de incrementos en el monto o prórroga en el plazo del contrato, la actualización de la garantía correspondiente; f) Elaborar y suscribir conjuntamente. con la Contratada, la Unidad solicitante, según el caso y demás funcionarios que se hayan definido contractualmente; las actas de recepción provisionales, parciales o definitivas de las adquisiciones o contrataciones de obras, bienes y servicios, distribuyendo copias al GACI y a otras unidades que se establezcan institucionalmente. EL Administrador del Contrato tiene autorización para rechazar cualquier bien que no sea satisfactorio, que esté defectuoso o que no sea conforme a lo solicitado en los documentos contractuales. Asimismo, el COSAM podrá con toda libertad, cuando así lo estime conveniente, proponer al Consejo Directivo a otro empleado como Administrador del presente Contrato en sustitución del aquí nombrado, lo cual se le hará saber a la Contratada por medio de notificación escrita y la Contratada prestará toda la ayuda o asistencia que se requiera para la inspección y examen apropiado del bien contratado. Esto de conformidad al Artículo setenta y cuatro del Reglamento e Instructivo UNAC Número cero dos/dos mil trece. Y en caso de ser necesario el Administrador del Contrato designará a uno o varios encargados para coordinar y controlar las actividades relacionadas a la recepción del suministro. IX. LUGAR DE ENTREGA DEL SUMINISTRO- PLAZO-PORCENTAJE-CONDICIONES DE ENTREGA: La Contratada según sea
el caso suministrará: Reactivos Automatizados, Reactivos Manuales o Material en la Dirección de Suministros Médicos y Farmacéuticos de la Fuerza Armada, ubicado dentro del Complejo del Hospital Militar Central, en Xxxxxxx Xxxxxx x Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxx Xxx Xxxx, previa cita con la Administradora de Contratos con setenta y dos horas antes de la entrega. Los plazos de entrega de los productos adjudicados deberán apegarse estrictamente a la siguiente programación:
ENTREGA | PORCENTAJE | FECHA DE ENTREGA .- |
30 DIAS CALENDARIO POSTERIORES A LA ENTREGA DE LA COPIA DEL | ||
1ERA ENTREGA | 25% | CONTRATO POR PARTE DEL DEPARTAMENTO DE ASUNTOS REGULATORIOS |
2DA ENTREGA | 25% | DEL CEFAFA. 120 OlAS CALENDARIO POSTERIORES A LA ENTREGAOE LA COPIA DEL CONTRATO POR PARTE DEL DEPARTAMENTO DE ASUNTOS REGULATORIOS |
3ERA ENTREGA | 25% | DEL CEFAFA. 210 DIAS CALENDARIO POSTERIORES A LA ENTREGADE LA COPIA DEL CONTRATO POR PARTE DEL DEPARTAMENTO DE ASUNTOS REGULATORIOS |
4TAENTREGA | 25% | DEL CEFAFA. 300 DIAS CALENDARID POSTERIORES A LA ENTREGA DE LA COPIA DEL CONTRATO POR PARTE DEL DEPARTAMENTO DE ASUNTOS REGULATORIOS |
DELCEFAFA.
Para lo cual la Dirección de Suministros Médicos y Farmacéuticos de la Fuerza Armada y la Administradora de Contrato verificarán que el suministro a recepción cumpla estrictamente con las condiciones establecidas en el contrato y lo relacionado en la factura duplicado cliente, levantando el contrato y relacionada en la factura duplicado, levantando el Acta de Donación correspondiente. Para
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las entregas que de conformidad a la programación coincidan con fines de semana o días festivos se considerará la recepción a más tardar un (1) día hábil posterior a la fecha pactada para la entrega. Si fuere el caso sobre los códigos que por su presentación no tenga las cantidades exactas correspondientes a la entrega deberán entregar una cantidad superior al porcentaje establecido. X. ANTICIPOS: La contratada acepta que EL CEFAFA pueda solicitar anticipos de entrega de los reactivos automatizados, manuales o materiales según sea el caso para laboratorio cHnico y banco de sangre, en el caso de que sea requerido por escrno a la GACI, a través de la Administradora de Contratos previa opinión del Comando de Sanidad Militar, por lo que es obligación de la Contratada contar con existencias de los bienes. XI. GARANTíA: La Garantía podrá consistir en: Fianzas Bancarias emitidas por Sociedades Afianzadoras, Aseguradoras o Instituciones Bancarias Nacionales a favor del CEFAFA. autorizadas por la Superintendencia del Sistema Financiero de El Xxxxxxxx, actuando como entidad confirmadora de la emisión de acuerdo al Art. 32, Inciso Último de la LACAP. GARANTíA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: La Contratada deberá rendir a favor del CEFAFA Garantía de Cumplimiento de Contrato por el VEINTE POR CIENTO (20%) del valor total del suministro adjudicado y contratado, la cual deberá presentarse dentro de los ocho 1081 dias hábiles posteriores a la entrega por parte del Departamento Jurídico del CEFAFA. de una copia del contrato debidamente certificada, con vigencia de dos (02) años a partír de la finna del' respectivo contrato, dicha fianza deberá ser entregada por la contratada en la GACI del CEFAFA y será devuelta a solicitud escrita de la Sociedad FALMAR, S.A. de CV., cuando haya llegado su vencimiento. LA GARANTíA MENCIONADA DEBERÁ PRESENTARSE EN ORIGINAL Y TRES (031
COPIAS. XII. DOCUMENTOS CONTRACTUALES. Forman parte integral del presente contrato los
siguientes documentos: a) La Base de Licitación Publica; b) Adendas; c) Aclaraciones; d) Enmiendas; e) Consultas; f) Ofertas; g) Resolución de adjudicación; h) Garantía; e, i) Resoluciones. modificativas. En caso de controversia entre estos documentos y el contrato, prevalecerá este último. XIII. INTERPRETACiÓN DEL CONTRATO. De conformidad con el articulo 84 Incisos 1° y 2° de la LACAP, la Institución Contratante se reserva la facultad de interpretar el presente contrato a tenor de la Constitución de la República, la LACAP, otra legislación aplicable y los Principios Generales del Derecho Administrativo y de la forma que más convenga al interés público que se pretende satisfacer de forma directa o indirecta con la prestación objeto del presente instrumento, pudiendo en tal caso girar las instrucciones por escrito .que al respecto consídere convenientes. La Contratada expresamente acepta tal disposición y se obliga a dar estricto cumplimiento a las instrucciones que al respecto dícte la Institución Contratante, las cuales le serán comunicadas por medio de la GACI del CEFAFA. XIV. FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. Para los efectos de este Contrato, "Fuerza Mayor o Caso Fortuito", significa un evento que escapa al control de una de las Partes y el cual hace que el cumplimiento de las obligaciones contractuales de esa parte resulte
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imposible o impráctico en atención a las circunstancias. Esto incluye, pero no se limita x xxxxxx, motines, disturbios civiles, terremoto, incendio, explosión, inundación, u otras condiciones climáticas adversas, huelgas, cierres empresariales, u otras acciones similares. La Contratada deberá justificar y documentar su solicitud, la cual para que sea efectiva, tiene que ser aprobada por la Institución Contratante; si procediera la aprobación, la Contratada entregará la respectiva ampliación de la garantia de cumplimiento de contrato. En todo caso el otorgamiento de la prórroga se hará por parte de la Institución Contratante, a través de resolución razonada que formará parte integrante del presente contrato. XV. SOLUCiÓN DE CONFLICTOS. Para efectos del presente contrato, toda controversia que surgiere entre la Institución Contratante y La Contratada, será sometida: a) ARREGLO DIRECTO. Las partes Contratantes procurarán solucionar las diferencias a través de sus representantes y delegados especialmente acreditados, dejando constancia escrita en acta, de los puntos controvertidos y de las soluciones en su caso; b) ARBITRAJE. Después de haberse intentado el arreglo directo sin solución a alguna de las diferencias, se podrá, previo acuerdo entre las partes, recurrir al arbitraje de acuerdo a las disposiciones señaladas en la Ley de Mediación, Conciliación y Arbitraje, y demás leyes vigentes. XVI. TERMINACiÓN BILATERAL. Las partes Contratantes podrán, de conformidad con el artículo 95 de la LACAP, dar por terminada bilateralmente la relación juridica que emana del presente contrato, debiendo en tal caso emitirse la resolución correspondiente y otorgarse el instrumento de resciliación en un plazo no mayor de ocho dias hábiles de notificada tal resolución. XVII. JURISDICCiÓN Y LEGISLACiÓN APLICABLE. Para los efectos jurisdiccionales de este contrato las partes se someten a la legislación vigente de la República de El Xxxxxxxx, cuya aplicación se realizará de conformidad a lo establecido en el articulo cinco de la LACAP. Asimismo, señalamos como domicilio especial el de esta ciudad, a la competencia de cuyos tribunales se someten expresamente. En caso de acción judicial contra La Contratada, será depositario de los bienes que se le embarguen la persona que la Institución Contratante designe a quien releva de la obligación de rendir fianza y cuentas, comprometiéndose La Contratada a pagar los gastos ocasionados, inclusive los personales, aunque no hubiere condenación en costas. XVIII. OTRAS NORMAS APLICABLES DE ACUERDO A INSTRUCTIVO
UNAC: Que de acuerdo al Articulo dos de la LACAP, y en atención a lo establecido en el Instructivo UNAC número cero dos/dos mil quince, sobre las "Normas para la Incorporación de Criterios Sostenibles de Responsabilidad Social para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil en la Compras Públicas" el cual reza "Si durante la ejecución del presente contrato se comprobare por la Dirección General de Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Previsión social, incumplimiento por parte de la contratada a la normativa que prohíbe el trabajo infantil y de protección de la persona adolescente trabajadora, se deberá tramitar el procedimiento sancionatorio que dispone el Art. 160 de LACAP para determinar el cometimiento o no durante la
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ejecución del contrato de la conducta tipificada como causal de inhabilitación en el Art. 158 Romano V literal b) de la LACAP relativa a la invocación de hechos falsos para obtener la adjudicación de la contratación. Se entenderá por comprobado el incumplimiento a la normativa por parte de la Dirección General de Inspección de Trabajo, si durante el trámite de re inspección se determina que hubo subsanación por haber cometido una infracción, o por el contrario si se remitiere a procedimiento para conocer la resolución final." XIX. MODIFICACiÓN, AMPLIACiÓN YIO PRÓRROGA DEL PLAZO DE ENTREGA DEL BIEN. La Contratada podrá solicitar modificación y ampliación o prórroga en el plazo de entrega, si existieren motivos suficientes que puedan tipificarse como caso fortuito o fuerza mayor, que le impidan cumplir con el plazo o con la entrega del objeto de este contrato. Lo cual deberá solicitar por escrito, ocho días hábíles de anticipación de la respectiva entrega. Para efecto de seguimiento deberá ser debidamente respaldado con la documentación probatoria del caso, esta deberá ser traducida al castellano si fuera emitida en el
. extranjero asimismo cuando aplique, deberá venir apostillada, Consularizada y autenticada por notario de lo contrario no será sujeta de trámite. Esto, se tramitará por medio de Resolución Modificativa y para que surta efectos deberá ser aprobada por el Consejo Directivo del CEFAFA La solicitud de prórroga deberá presentarse al Administrador de Contratos con copia a la GACI de CEFAFA, que oyendo previamente la opinión del Comando de Sanidad Militar, rendirá informe al Consejo Directivo sobre lo solicitado. En tales casos o en aquellos en que siguiendo el mismo procedimiento se solicite modificar otra cláusula contractual, la Institución Contratante emitirá la correspondiente resolución de modificación, ampliación o prórroga, la cual será firmada posteriormente por el Consejo Directivo, para lo cual este mismo instrumento acreditará ia obligación contractual resultante de dicha ampliación, modificación o prórroga, debiendo entenderse parte integrante del presente contrato. XX. NOTIFICACIONES. Las notificaciones entre las partes deberán hacerse por escrito y tendrán efecto a partir de su recepción en las direcciones que a continuación se indican: al LA INSTITUCiÓN CONTRATANTE: Final Boulevard Universitario y Avenida Xxxxxx, Contiguo al Hospital Militar Central, Unidad de AdqUisiciones y Contrataciones Institucionales de CEFAFA, Teléfono 0000-0000, Fax 0000-0000, San Xxxxxxxx. bl LA
CONTRATADA:
17"""""""'''''' Así se expresaron los
comparecientes a quienes expliqué los efectos legales del presente contrato el cual consta de seis hojas y leído que se los hube, todo lo escrito, íntegramente en un solo acto, manifiestan su conformidad, ratifican su contenido y firmamos. DOY FE.
Pasan firmas ...
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