ANEXO II. MODELO DE CONTRATO PARA PERFORACION ROTARY POR ADMINISTRACION
ANEXO II. MODELO DE CONTRATO PARA PERFORACION ROTARY POR ADMINISTRACION
Capítulo II. Relación entre las dos partes. Cometido del contratista
Capítulo III. Relación entre las dos partes.
Capítulo IV. Relaciones generales entre las dos partes
Capítulo V. Métodos generales de trabajo Capítulo VI. Remuneración del contratista
Artículo DEFINICION DE LAS PARTES
E l presente Contrato se ha concertado el de de por y entre las partes designadas a
EL OPERADOR:
presentada por Director General
, provisto de D.N.I. , con poder -
.
otorgado por el Notario de fecha
de de de protocolo, en adelante llama
da
EL CONTRATISTA: , S.A.,
ciliada en Madrid, calle representada -
por su Apoderado , provisto de D.N.I.
, con poder otorgado por el Notario
, de fecha de de
de protocolo, en adelante llamado EL CONTRATISTA. Artículo 1.2. OBJETO Y TIP O DE CONTRATO
1. OBJETO DEL CONTRATO
, desea sondeo para la
investigación energía geotérmica en su permiso de
EL CONTRATISTA se compromete a efectuar, por cuenta de
, los trabajos que ésta desea efectuar con el equipo de
perforación y en las condiciones definidas en los artículos guientes:
Las dos partes acuerdan colaborar a la realización de dichos trabajos empleando técnicas modernas de rápida perfora cibn, de acuerdo con los procedimientos establecidos en la In dustria del Petrbleo, y siendo todos los trabajos realizados ba
jo los standards profesionales más elevados.
EL CONTRATISTA declara no tener ningún derecho en el son deo ejecutado, ni a la información y producción que de pudie ran obtenerse o derivarse.
2. TIPO DE CONTRATO
Los trabajos objeto de este Contrato serán remunerados:
- A tarifa especial, los traslados.
- Por administración, los trabajos de perforación.
Artículo 1.2. DURACION DEL CONTRATO
DURACION NORMAL
El presente contrato queda establecido para la ción de sondeo , el comenzará en
de . El contrato entrará en vigor en el momento de su
firma y finalizará en el momento en que sea completado o
tada la cabeza xx xxxx
2. PRORROGA
podrá prorrogar este Contrato en idénticas con diciones a la perforación de uno o más sondeos en cualquiera de
las dentro de la Península en que sea concesionario de permisos de exploración explotación de energía geotérmica -
siempre que lo notifique por escrito al Contratista con un viso de 45 sobre la fecha de iniciación prevista.
3. RESOLUCION
.
Si una de las partes no cumpliera lo estipulado para la ejecución del presente Contrato, la otra podrá poner fin al mis mo
Si el CONTRATISTA no cumpliera sus obligaciones o si su trabajo no fuera juzgado satisfactorio por debido a su
lentitud anormal en el avance o incompetencia en la ejecución -
del presente Contrato, imputable a causas de las que EL CONTRA TISTA sea responsable, podrá, tras haber notificado al CONTRATISTA por escrito con 5 días de antelación y comprobado que no se han remediado las deficiencias decidir en tre :
Poner fin al Contrato parando los trabajos, después de ha ber realizado, sin embargo, todas las operaciones que impu la legislación en vigor. EL CONTRATISTA no tendrá de
recho a ninguna remuneración por la ejecución de dichas raciones.
Hacerse cargo del sondeo sustituyendo al CONTRATISTA para continuar la en curso, utilizando su equipo y repuestos.
Durante el tiempo que dure esta modalidad de trabajo el CONTRATISTA será reembolsado por sus gastos de explotación de forma que su beneficio industrial estimado en un 16% de la fac sea nulo, cuando se trate de equipo alquilado a otra
Compañía, la dedución será del 30% cuando el equipo sea
dad del El CONTRATISTA se compromete a mantener el equipo en buen uso a juicio del Operador.
tendrá facultad para resolver este Contrato - cuando lo estime oportuno, sin tener que abonar ninguna zación al CONTRATISTA, aunque los trabajos realizados hasta el momento de la resolución.
podrá rescindir el presente Contrato sin pagar indemnización alguna al CONTRATISTA en caso de invalidez de la póliza de seguros que el CONTRATISTA declara haber suscrito
ra cubrir lo riesgos aludidos en el Articulo IV.2.
4. NO EJECUCION DEL CONTRATO
Si el equipo de perforación no se pudiera utilizar o no
fuera puesto a disposición de
, dentro de los plazos es
tablecidos en este Contrato, las dos partes, revolverán de acuerdo los daños o perjuicios que se hayan producido para
uno de ellos, como consecuencia de la imposibilidad citada.
5. FUERZA MAYOR
Cada una de las partes quedará exenta de la obligación -
de cumplir los términos del Contrato en casos de fuerza mayor.
Sediciones, huelgas, guerras, insurrecciones, rebeliones, órdenes o disposiciones gubernativas o militares, incendios ,
inundaciones, tormentas y otras causas de fuerza mayor o casos imprevistos o que previstos fueran inevitables.
Esta fuerza mayor podrá aplicarse también a trabajos munerados a tanto alzado, realizados posteriormente a la firma
del Contrato motivada por cualquier causa de los detallados teriormente.
Durante este período se aplicará la tarifa correspondien te a fuerza mayor.
En el caso en que una de las partes se considere incapaz total o parcialmente, debido a dichas causas, de cumplir las
obligaciones presente Contrato, se conviene -
.
en que la parte interesada avisará por escrito, a la otra, en un plazo de tiempo razonable, detallando la causa de fuerza ma yor
En todos los casos, a partir de los 20 días de da una de las partes podrá fin al Contrato.
Artículo 1.4. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
del Contrato no podrá hacerse que en forma de Anexo y de común- acuerdo entre las partes.
Articulo 1.5. ANEXOS
El presente Contrato se completa con los Anexos tes que forman parte integrante'del Contrato.
Anexo 1: a) Personal del Contratista
Descripción del material del Contratista Anexo 11: Lista de Xxxxxxx.
Xxxxx 000: Remuneraciones del Contratista. Lista de Precios.
Anexo Nomenclatura de las Operaciones y aplicación xx xxxx
Artículo 11.1. SERVICIOS, EQUIPO Y MATERIALES DE CONSUMO SUMINISTRADOS POR EL CONTRATISTA
1. EL CONTRATISTA se compromete a prestar los
y materiales de consumo detallados en el Anexo 1 y en la Lis ta de Control, Anexo
El material descrito deberá estar disponible y en buen esta do de funcionamiento en todo momento. EL CONTRATISTA se com promete a reemplazar el material inutilizado en el plazo más corto posible. Si momentáneamente un elemento del equipo que dara fuera de servicio por rotura o por trabajos de conserva cidn de duracidn anormal, podría escoger entre una
xxxxxx sin remuneración para EL CONTRATISTA o una
de la remuneración diaria a acordar, que ser hecha -
El importe de esta disminución será proporcional al valor -
del perjuicio causado.
2. EL CONTRATISTA se ocupará de obtención de las Licencias - de Importación para su material de sondeo, así como de los materiales y suministros indicados en el Anexo que
tualmente puede solicitarlo , a lo que ésta colabora
en la medida de sus
EL CONTRATISTA se compromete a cumplir las peticiones de relativas al equipo, así como a materiales,
nistros y servicios, lo económicamente posible, y en los plazos fijados de común acuerdo al comenzar el sondeo. Todo
retraso en los plazos, que provoque la paraaa ae
pagado según tarifa 3b. de suspensión Contratista. Cual quiera de los impuestos, arbitrios o tasas estatales o loca les sobre tales adquisiciones será reintegrada por
Artículo PERSONAL DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA se compromete a suministrar el personal - necesario para asegurar la ejecución y vigilancia de todos trabajos del presente Contrato, xxxxx Xxxxx 0-X.
Se compromete, igualmente a tomar a su cargo el personal auxiliar temporal, que pudiera ser necesario para atender a la manipulación de llegadas de material en cantidades excepciona les, y de los materiales de consumo, previo cargo del mismo.
EL CONTRATISTA se encargará de contratar el personal, de su salario, seguros, alojamiento, alimentación y de todos los gastos relacionados con el personal mencionado en xx Xxxxx 0-X.
tendrá derecho a solicitar en caalquier momento del CONTRATISTA que le presente la documentación justificativa de haber cumplido con esta obligación.
Artículo 11.3. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA
El contratista, se compromete a:
1. y vigilar todos los relativos presente Con trato.
Exigirá de su personal, que siga los programas y observe las consignas técnicas y de seguridad dadas por los representan- tes designados por
2. Respetar en su equipo y en la marcha de los trabajos, las administrativas y profesionales en vigor, especialmente
los reglamentos y resoluciones de seguridad.
-
EL CONTRATISTA se ajustará a todas las leyes, reglamentos y decretos y cumplirá todas las obligaciones con el Gobierno Español.
todos los documentos administrativos de Y
redactarlos según sus prescripciones.
4. Considerarse enteramente ligado por el secreto en particular, EL CONTRATISTA no podrá difundir ninguna in formacidn sobre los trabajos efectuados y exigirá la misma discreccidn de su personal.
.
5. Prohibir el acceso al sondeo a toda persona ajena al
-
cio y que no esté acreditada por Sin embargo esta disposición no aplicada para representantes de las Jefaturas de Minas y en general y la Fuerza Pública en el ejercicio de sus €unciones.
6. Asegurar la disciplina general en el sondeo.
7. Trabajar sin interrupcidn (previa autorizacidn de las dades laborales y eclesiásticas correspondientes).
En casos excepciones, como por ejemplo, razones climatoldgi cas, etc., se podrá autorizar la parada, siempre que las diciones en que se encuentre el pozo lo permitan.
a. Comprobar el material suministrado por
o por
dades que trabajen para esta Última, antes de su municar todo defecto aparente. se compromete a
el material defectuoso. En caso de falta de comproba- ción EL CONTRATISTA de l a s consecuencias deriva das'exclusivamente de l a falta de una inspección visual.
Artículo SERVICIOS, EQUIPO Y MATERIALES QUE DEBERAN SER SUMINISTRADOS POR O POR EL
TA POR CUENTA DE
servicios, equipo y materiales de consumo que debe rán ser proporcionados por , o por EL CONTFATISTA por cuenta de están detallados en la "Lista de Control" -
(Anexo
Artículo PERSONAL DE
designará uno o varios representantes encarga dos de controlar el trabajo del CONTRATISTA.
Artículo OBLIGACIONES GENERALES DE
En todos los casos
Fijará el programa general d perforación (diámetro y cotas de las entubaciones, diámetro de perforación, tipo y rísticas del lodo, condiciones de desviación, métodos de
mentación, condiciones de prueba de presión de tuberías y ob turadores) .
2. Dará en por escrito, las consignas conve- nientes para la marcha normal de los trabajos.
3. Llevará directamente el control técnico de algunas operacio- nes: Tests, cementaciones, de
4. Respectará la disciplina general del sondeo.
Artículo DERECHOS DE
se reserva los derechos siguientes:
1. Modificar el programa de perforación en función de los nos encontrados.
Inspeccionar el material del CONTRATISTA y obtener
o sustitución si el material se hallase claramente sin posibilidad de ser utilizado, o no estuviese los reglamentos.
3. Solicitar, después de escuchar al Jefe del Sondeo xxx XXXXX, la eliminación de todo elemento de personal, cuyo portamiento fuera juzgado como perjudicial para la buena mar cha del sondeo.
4. Parar el trabajo en el pozo, sin remuneracidn para el CONTRA TISTA, en caso de que equipo se hallara inservible o en disconformidad con los reglamentos o presentarse peligro
ra el personal o para la conservacidn xxx xxxx, hasta que el CONTRATISTA haya remediado la situacidn '(Ver Artículo
Artículo IV.l. REPARTO DE LOS DANOS CAUSADOS AL MATERIAL DE FONDO O AL POZO
1. MATERIAL DE SUPERFICIE
El CONTRATISTA será responsable en todo momento de cualquier pérdida o daño a su equipo de superficie.
2. MATERIAL DE FONDO DEL CONTRATISTA
El material de fondo del CONTRATISTA abandonado, deg
o estropeado en el pozo será reembolsado o por cuenta del OPERADOR de acuerdo con lo que sigue:
Durante el presente contrato, EL CONTRATISTA pondrá en uso en su sarta de perforación, varillaje y lastrabarrenas con certificado de magnaflux especialmente realizado para este
sondeo, la indemnización por este material, cuando quede aban- donado o destruido, tendrá lugar bajo la forma de reembolso -
del valor de la sustitución, disminuido de las amortizaciones que hayan tenido lugar durante el presente contrato a razón
por de uso. El precio de reposición será del 100% en el material estrenado en este sondeo o declarado premium en certificado de magnaflux. Por el material estropeado EL OPERA- DOR reembolsará los gastos de reparación y de transpurte.
Todas las varillas que se empleen en estos Sondeos deberán estar marcadas con un para su debida identifi- cación. No habrá pago de indemnización por el material
TISTA abandonado, destruido o estropeado, si la causa del accident
es debida a negligencia de su personal, o al fallo de una parte de su equipo de sondeo, si este fallo es imputable a una falta de conservación o de control evidente.
Sin embargo, la aplicación de la cláusula anterior se cuentra sometida a las condiciones siguientes:
- Previo al comienzo de los trabajos, presentará informe de la inspeccibn a que haya sido sometido el material de fondo Magnaflux, excepto en el caso en que mate
xxxx fuera nuevo al comienzo del Contrato.
-
- Cada 600 horas de trabajo una inspeccibn de las barras maes tras deberá ser llevada a cabo. Los gastos de esta inspección, así como los trabajos de que de ella se rivan por cuenta del CONTRATISTA. El tiempo invertido
en tal inspeccibn será a cargo de
Independientemente de esta inspección, podrá en cualquier momento ordenar tal control, en cuyo caso CONTRA XXXXX se hará cargo de los gastos en una cantidad al número de horas de trabajo de dicho material desde la última inspección realizada.
Para aquél material de fondo en el que no pudiera ser -
llevado a cabo una magnaflux o inspección equivalente, EL CON deberá solicitar del representante autorizado de
su conformidad la primera bajada al pozo.
EL CONTRATISTA deberá presentar previo al comienzo de los trabajos un informe de la inspección a que hayan sido
los elementos de control (Xxxxxx Xxxxxx
En caso de que el CONTRATISTA ponga en uso varillaje
vo todo el que resulte después de una inspección catalogado grado inferior al será reembolsado como material no
utilizable.
Al final del Contrato se hará una inspección del a cargo del CONTRATISTA facturándose el material que resulte fuera de servicio de la forma ya
3. MATERIAL DE FONDO NO PERTENECIENTE AL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA quedará libre de toda responsabilidad por las pérdidas o deterioros del material de fondo perteneciente a
, o a las Sociedades de Servicios, salvo en caso de que
el material de fondo no haya sido debidamente inspeccionado.
En este caso, EL CONTRATISTA reembolsará los gastos de reparación o reemplazará el material accidentado.
4. INSTRUMENTACIONES
toma a su cargo todos los gastos de si la causa de la misma escapa enteramente a la del CONTRATISTA.
Si CONTRATISTA parcialmente responsable, remuneración diaria ulterior sufriría una reducción de hasta un 16% a de penalidad mientras durase la instrumentación.
-
Si la responsabilidad enteramente sobre el CON TRATISTA debido a negligencia grave de su personal o a un fallo imputable al mal estado, de conservación o’de control racterizados de su material éste sufriría a título de penalidad una reducción del 50% en tarifas hasta que la instrumentación sea resuelta.
Además será a cargo del CONTRATISTA el 30% del importe - de las facturas de las Sociedades de Servicio utilizadas para resolver la no excediendo el total imputado a un de pesetas en todo caso.
La penalización cuando proceda, tendrá lugar desde el día en que se inicie la siempre que el Operador se la comunique por escrito al CONTRATISTA en un plazo inferior a las 72 horas del momento de producirse la misma.
AL POZO
En caso de pérdida o deterioro xxx xxxx, o en caso de pérdida del control del mismo, tales pérdidas o daños serán por cuenta de y EL CONTRATISTA será reembolsado por todos los trabajos previos y por cualquier trabajo hecho con miras a restaurar o controlar el pozo y por perforar un nuevo pozo si
necesario, todo de acuerdo con los de este Con
trato.
Sin embargo, el CONTRATISTA será responsable si tales -
pérdidas o daiíos se producen por no haber previsto el equipo personal supervisor necesario o por fallo de su material o con secuencia de una sin resolver de la cual fuera responsable EL CONTPATISTA, de conformidad con lo especificado hasta o por no haber seguido las instrucciones
das por en cuanto a prácticas de seguridad se refiere.
No obstante, se conviene que la responsabilidad máxima del CON TRATISTA estará limitada a:
- Si decidiese realizar un xxxxxxx xxxx )unto al serán a su cargo todos los gastos inherentes al
embargo el CONTRATISTA sufrirá una reducción en todas fas de un 30% desde el momento del abandono hasta que nue
va haya alcanzado la cota del primera sondeo a partir de la cual la perforación se realiza según las normas
del contrato en vigor.
- O bien, si decidiese no realizar otro pozo con el mismo aparato, EL CONTRATISTA a de penaliza -
una reducción del 16% sobre el total de las tarifas dia rias, a contar desde el comienzo del sondeo abandonado.
IV.2. RESPONSABILIDADES GENERALES Y SEGUROS
1. RESPONSABILIDADES EN CUANTO A LA ADHINISTRACION
Solamente será responsable cerca de la tración de las consecuencias de cualquier en
con la de yacimientos (erupciones, mas de agua, etc.).
EL CONTRATISTA se responsabiliza de las infracciones que se cometan a los Reglamentos de Seguridad y especialmente al de
Minera y Metalúrgica, en los trabajos de que se trate ,
en principio las prescripciones y sanciones que xxx derivarse de dichas infracciones.
2. RESPONSABILIDADES EN CUANTO A TERCEROS
Las dos partes están de acuerdo, bajo reserva de las dis del IV.l. en que todas las cuestiones de responsabilidad sean reguladas según las reglas del derecho co y particularmente aquéllas que rigen relaciones entre
CONTRATISTA.
Cada una de ellas declara estar asegurada en una notoriamente solvente, contra daños de los que pudiese ser
responsable de conformidad con el presente Contrato. No obstan- te, las partes precisan como sigue, las responsabilidades de ca da una de ellas.
RESPONSABILIDADES CIVILES DEL CONTRATISTA
.
EL CONTRATISTA declara ser titular, por su cuenta, de una póliza de seguros de responsabilidad civil, que cubre los accidentes corporales o materiales, causadas a. terceros por sus encargados o su material (incendios, explosiones, acci dentes)
2. RESPONSABILIDADES CIVILES DE
tomará a su cargo todos los daños materiales y accidentes corporales causados a terceros como consecuencia de una cualquiera del yacimiento (erupción, cráter.
3. SEGURO DEL MATERIAL CONTRACTUAL
EL CONTRATISTA asegurará el material de sondeos previsto en el Contrato contra los peligros de incendios, explosiones ,
-
erupciones y cráteres, actuando por su cuenta y por la de con abandono de recurso por parte de los aseguradores
contra las dos partes. Este será de cargo del CONTRATIS- TA.
.Artículo IV.3. CLAUSULA DE ARBITRAJE
Todas las desaveniencias que se deriven de este Contrato serán resueltas definitivamente de acuerdo con la Ley de Arbi traje del 22 de Diciembre de 1953 por uno o más árbitros dos conforme a dicha Ley.
gía.
Las partes designan ya como árbitro de equidad al Ilmo. Director General de Minas del Ministerio de Industriay Ener
Artículo IV.4. CLAUSULA DE ELECCION DE JURISDICCION
Ambos contratantes se supeditan voluntariamente, y con renuncia de sus propios fueros, a la jurisdicción de los Juzga dos y Tribunales de Madrid.
Artículo V.1. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE ESTE CONTRATO
El concepto de tiempo es de esencia en este Contrato y
su incumplimiento causa de resolución del mismo.
EL CONTRATISTA acepta efectuar todo el trabajo a nado según las condiciones del presente Contrato, con la dili gencia y cuidado debidos y según las reglas del arte tal como se aplican en la investigación petrolífera.
-
llevará la iniciativa de los trabajos tro del marco del programa general o de las consignas
res y queda bien entendido que EL CONTRATISTA podrá expresar
las reservas que crea deber hacer, antes del comienzo de las
operaciones previstas en dicho programa y en las consignas da
das por
Artículo V.2. AUTONOMIA DEL CONTRATISTA
CESION DEL CONTRATO
AUTONOMIA
Todas las operaciones encomendadas al CONTRATISTA según los del presente Contrato son de CONTRATISTA indepen diente, a quien al igual que su personal, no se considera emplea do de
2. CESION
EL CONTRATISTA se compromete a no subarrendar O ceder el
presente Contrato, si previamente no ha obtenido el consenti- miento por escrito de
Artículo V.3. CONTROL POR PARTE DE
ELEMENTOS DE CONTROL
Los siguientes documentos serán remitidos al representan te de antes de la diariamente, y rentes a la actividad desarrollada el día anterior, en impresos suministrados o aprobados por y en la forma design'ada por
- Registros de control de la perforación (Xxxxxx Xxxxxx, graph, TOTCO, .
- Cuaderno de la sarta de perforación
- Informe diario de perforación
- Hoja de facturación.
EL CONTRATISTA se compromete, a proporcionar a todos los datos necesarios para la buena marcha de los
trabajos.
2. DEL CONTROL
Este control lo realizará un representante calificado de Dicho representante estará encargado de inspeccionar
el trabajo del CONTRATISTA, de juzgar si se conforme a las disposiciones del Contrato y de dar, en nombre de
las disposiciones necesarias para la marcha de los trabajos.
Artículo V.4. PREVENCION DE ERUPCIONES
Antes del comienzo del sondeo, EL CONTRATISTA solicitará de
las consignas de seguridad.
2. EL CONTRATISTA tomará buena cuenta de las consignas de - ridad y de toda otra consigna especial y se aplicará a plirlas.
3. La cabeza xx xxxx, las conducciones, las válvulas, los
plamientos y los estranguladores, estarán dispuestos
me al esquema que se inserta en el Anexo V y en buen estado de conservación y uso.
4. EL CONTRATISTA comunicará, lo más rápidamente ma nifestaciones del yacimiento que pudieran conducir a una peligrosa y él mismo, las medidas de primera
urgencia de conformidad con las reglas del arte y los regla
mentos de seguridad.
5. EL CONTRATISTA utilizará protectores sobre acoplamiento -
de l a barra cuadrada y protectores de en número
y de tipo adecuado, sobre toda la porción de las sar tas de perforación que pueda trabajar dentro de las columnas de entubación 9 y
Artículo VIGILANCI A DE LOS
Durante el curso de la EL CONTRATISTA
drá bajo instrucciones del representante de el cuidado norma1 para tener y conservar el lodo de perforación con el f i l trado, l a densidad, la viscosidad y demás características, con forme a l programa de de
Salvo en caso de pérdidas totales, EL CONTRATISTA manten drá el pozo y los espacios anulares constantemente llenos de lo do.
EL CONTRATISTA controlará los al menos dos veces por turno, en cuanto al filtrado, la densidad, la viscosidad y otras características necesarias y anotará en de tro de los resultados de estas medidas.
Artículo V.6. DESVIACION XXX XXXX
La desviación xxx xxxx estará definida en el programa de perforación.
-
EL CONTRATISTA utilizará clinómetros aceptados por
Si el pozo se desviara de los límites prescri tos, el CONTRATISTA deberá, si lo con cemento y reperforar el pozo hasta situarlo dentro de los
tes prescritos. Si la desviación hubiera sido debida a causa de que el CONTRATISTA no hubiera respetado las consignas, la reper hasta la profundidad que hubiera alcanzado anteriormen
te, se hará por cuenta del CONTRATISTA.
Artículo V.7. PROGRAMA DE PERFORACION Y
El programa resumido de perforación y de se especifica en el Anexo
Este programa resumido se completará con el de perforación completo, documento que se entregará al CONTRATISTA en el momento de comenzar los trabajos de perforación.
Artículo VI.l. TARIFAS
El montaje, desmontaje y traslado entre sondeos se hará por medio de una tarifa especial.
Los trabajos de perforación se remunerarán por Adminis
La Tarifa Administración comenzará a contar a partir del momento que el aparato quede completamente instalado, y los
jeros de servicio entubados; cuando juzgue
que el pozo acabado, después del desmontaje de la sarta de perforación , operación que se realizará acto seguido.
Todas estas Tarifas se especifican en el Anexo
Artículo VI.2. COMPROBANTES DE TRABAJOS Y SUMINISTROS
EL CONTRATISTA se compromete a tener al día los documen- tos comprobantes de trabajos realizados y suministros efectua
dos, de acuerdo con la nomenclatura de las operaciones (Anexo -
Estos documentos estarán firmados contradictoriamente -
por los representantes calificados de las dos partes y un ejem
xxxx enviado a fin de mes (o a lo más tarde el del mes te) al Representante de , responsable del sondeo.
Artículo VI.3. FACTURAS Y PAGOS
GENERALIDADES
Las facturas se establecerán distinguiendo:
Las partidas que constituyen simples reembolsos de
tos.
Las partidas que puedan considerarse como remuneraciones de trabajo.
Las facturas serán satisfechas por
, a los trein
ta (30) días a partir del de mes de la recepción de las
mas: Cuando sobre una factura, parcial o totalmente, exista dis conformidad por parte de , está podrá retener el
te de la partida en o el 10% de la totalidad hasta tanto se solventen las diferencias.
2. MONEDAS DE PAGO
y EL CONTRATISTA aceptan que la totalidad de -
los pagos por remuneración de trabajos, sean efectuados en Pese
reembolsará en pesetas los materiales, equipos
y servicios proporcionados por EL CONTRATISTA por cuenta de según las cláusulas de este Artículo, incluidos transpor-
tes hasta el lugar designado por
LUGAR DE PAGO
Los pagos en Pesetas deberán acreditarse en la cuenta riente del CONTRATISTA en el Banco , Agencia de la calle Madrid.
Artículo VI.4. REVISION DE PRECIOS
Las partes contratantes acuerdan que las Tarifas
das en el Anexo 111, serán válidas durante la duración del con trato, siendo revisables de acuerdo con lo indicado en el Ane xo 111, Nota
Artículo VI.5. IMPUESTOS, GASTOS DE ADUANAS Y FIANZAS
Queda entendido que todas las remuneraciones son NETAS para y por consiguiente todos los impuestos y tasas tablecidas por la Legislación vigente espailola derivados de la aplicación del presente Contrato, se entienden incluidos en las tarifas del Anexo así como todos los gastos ocasionados por la Espafla del material contractual y los que pudie- ran producirse en la reexportación, incluidas las fianzas con cernientes a dicho material contractual, serán a cargo del CON
.Artículo VI. 6.
A los efectos previstos en el Artículo 42 del Estatuto - de los Trabajadores, se presentará, junto con la oferta, certi ficación negativa por descubierto en la entidad gestora de la Seguridad Social.
La empresa adjudicataria presentará, además, cada dos me ses, durante el período de vigencia del contrato objeto de esta oferta, los correspondientes justificantes de cumplimiento de sus obligaciones salariales con su personal, como condición pre via al abono de la certificación.
Por falta de cumplimiento de lo previsto en el párrafo -
anterior podrá rescindir el contrato sin que ello cree
a favor del adjudicatario derecho a formular reclamación alguna ni a exigir ningún pago de cantidad o de daños y perjuicios.
podrá repetir al adjudicatario cualquier
dad que, por del 42 del Estatuto de los bajadores, se viera obligada a satisfacer en de la res ponsabilidad solidaria que dicho precepto establece.
Dicho derecho de repetición podrá hacerse efectivo hasta donde alcance respecto de las cantidades correspondientes a tificaciones todavía no abonadas o, en su caso, retenidas.
Artículo PRESTACIONES SUPLEMENTARIAS
EL será reembolsado de todos los artículos o par que debiendo ser suministrados por lo hayan
sido por EL CONTRATISTA a requerimiento de . El pago
se efectuará según se detalle en el Artículo VI.3. prestación de facturas.
2. Los artículos marcados con asterisco en la Lista de Control, Anexo gravados del porcentaje especificado en la Lista de Precios, Anexo en concepto de gastos de trami tación.
servicios y equipos suplementarios no previstos en el Contrato pero suministrados normalmente por el ,
se facturarán a los precios normales de arriendo del CONTRA TISTA sin aumento por gastos de tramitación.
4 . Los servicios o equipos suministrados por terceros al
TISTA por encargo de
serán facturados por el CON
TRATISTA directamente a , sin ningún gasto de trami tación.
Para la aplicación de las cláusulas del presente Contra-
to, las partes hacen de domicilio como sigue: