PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DEL CONTRATO “SERVICIO DE CONSULTORÍA DE RECURSOS HUMANOS PARA LA OPTIMIZACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EN ACUAMED”.
X/ Xxxxxxxx, 00
00000 Xxxxxx
Tel. 00 000 00 00 - Fax 00 000 00 00
AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.M.E., S.A.
(AcuaMed)
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DEL CONTRATO “SERVICIO DE CONSULTORÍA DE RECURSOS HUMANOS PARA LA OPTIMIZACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EN ACUAMED”.
Expediente SV/58/17
Sellado de tiempo -
Firmado digitalmente por Sellado de tiempo
- ACUAMED -
ACUAMED - A83174524
A83174524
Fecha: 2017.10.19
13:26:17 +02'00'
Madrid, 6 de octubre de 2017
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE RECURSOS HUMANOS PARA LA OPTIMIZACIÓN DEL TRABAJO EN ACUAMED |
Nº de expediente: SV/58/17
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN Y DEL CONTRATO |
1. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION Y TRAMITACION DEL EXPEDIENTE. |
Al tratarse de la contratación de un servicio de la categoría 11, según el Anexo II del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en adelante TRLCSP, cuyo valor estimado, teniendo en cuenta las eventuales prórrogas, es inferior a 209.000 euros, será un contrato no sujeto a regulación armonizada. Se adoptará el procedimiento previsto en las INSTRUCCIONES INTERNAS DE CONTRATACIÓN del “Procedimiento Interno de Contratación (PAD-001/07)”, NIVEL III. Asimismo, el expediente se instruirá utilizando la tramitación ordinaria. La adjudicación del contrato se basa en la aplicación de criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor (veinte por cien de la puntuación) y criterio precio (ochenta por cien de la puntuación). Existen fases en la valoración de las ofertas: primero se valoran los criterios subjetivos y una vez establecida la puntuación técnica expandida total, se valora el criterio objetivo, estableciéndose un umbral de puntuación técnica de once puntos para pasar de una fase a otra, especificado en el pliego. Existe posibilidad de apreciación de la temeridad de las ofertas económicas. Conforme a las Instrucciones Internas de Contratación, habiendo una pluralidad de criterios de adjudicación, el plazo máximo para la adjudicación del contrato es de dos meses, a contar desde la apertura de las proposiciones económicas. De no producirse la adjudicación en los plazos señalados, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. |
2. CONDICIONES ESPECIALES DEL EXPEDIENTE. |
Licitación: Incluye valoración de criterios subjetivos y objetivos. Contrato El pago del contrato se realizará una vez se hayan cumplido cada uno de los hitos en los porcentajes previstos sobre el precio a tanto alzado global del contrato. |
3. DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO Y NECESIDADES A SATISFACER. |
Objeto: El contrato tiene por objeto el Servicio de Consultoría y Asesoramiento para la optimización de la organización del trabajo en AcuaMed, determinando la mejor distribución de los recursos humanos, desde el punto de vista cuantitativo y cualitativo. Para ello es necesaria la realización de una serie de tareas que implican la participación de medios y personal especializado en recursos humanos, no siendo posible desarrollarlo con personal propio de ACUAMED por lo que se hace necesaria la contratación de una empresa externa capaz de acometerlos. El objeto del contrato y sus prescripciones son las que vienen recogidas en el Anexo IV del presente Xxxxxx. CODIFICACIÓN DE LA NOMENCLATURA CPV: La codificación correspondiente a la nomenclatura, Vocabulario Común de los contratos (CPV) de la Comisión Europea es: .- Código CPV 79414000-9 Servicios de consultoría en gestión de RRHH. |
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Nº de expediente: SV/58/17
4. ADMISIBILIDAD DE VARIANTES Y MEJORAS. |
4.1. Admisión de soluciones variantes: No. |
4.2. Admisión de mejoras: No. |
5. PRESUPUESTOS PARA LA LICITACIÓN. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. PRECIO. |
5.1. Presupuesto base de licitación (sin IVA): CIEN MIL EUROS (100.000,00 €), siendo el IVA vigente el 21%. No obstante, el IVA se ajustará automáticamente al vigente en cada momento. |
5.2. Valor estimado del contrato (sin IVA): CIEN MIL EUROS (100.000,00 €), siendo el IVA vigente el 21%. No obstante, el IVA se ajustará automáticamente al vigente en cada momento. En este importe se han tenido en cuenta los requerimientos contemplados en el art. 88 del TRLCSP. El valor estimado opera como umbral máximo de gasto, salvo las modificaciones previstas en la legislación, sin que exista la obligación de que el contrato llegue a alcanzar dicho importe. |
5.3. Determinación del precio: tanto alzado. |
5.5. Revisión de precios: No. |
5.4. Cofinanciación Fondos UE: No. |
6. DURACIÓN DEL CONTRATO. |
6.1. Plazo: CUATRO (4) MESES. El plazo máximo TOTAL es de CUATRO MESES (4) MESES, conforme a la planificación prevista en el presente pliego. |
6.2. Información sobre prórrogas: No se considera prórroga alguna de los trabajos. |
6.3. Plazo o período de garantía: DOS (2) MESES. |
7. MODIFICACIONES DEL CONTRATO. |
Según lo especificado en el Anexo VI al presente Pliego de Cláusulas Reguladoras, no se prevén modificaciones al contrato. Las modificaciones que pudieran surgir durante el desarrollo de la ejecución del contrato deberán responder a las circunstancias indicadas en el artículo 107 del TRLCSP. |
8. OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO. |
Se considera obligación esencial del presente contrato, a los efectos de lo dispuesto en la cláusula 12.2.1 del mismo, la adscripción de los medios personales señalados en este pliego de cláusulas reguladoras. Todos los documentos generados durante la ejecución del servicio, informes, propuestas, etc., son considerados entregables cuya titularidad corresponde exclusivamente a AcuaMed. |
9. GARANTÍAS A DISPOSICIÓN DE LA SOCIEDAD. |
9.1. Provisional: No. |
9.2. Definitiva: 5% del sobre el importe de adjudicación. Se presentará de acuerdo con el modelo que se adjunta como Xxxxx XXX al presente Xxxxxx. |
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Nº de expediente: SV/58/17
9.3. Complementaria: 5% del importe de adjudicación para el adjudicatario cuya oferta hubiese resultado anormalmente baja. |
10. INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD. |
10.1. Perfil de contratante: en la Plataforma de Contratación del Sector Público y en la web xxx.XXXXXXX.xx 10.2. Contacto: correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@XXXXXXX.xx 10.3. Visita a las instalaciones: No. |
11. PRESENTACIÓN DE OFERTAS. |
11.1. Lugar: xxxxx Xxxxxxxx, 00 – 00000 Xxxxxx. |
11.2. Plazo: el indicado en los anuncios de la licitación. |
12. ACTOS DE APERTURA DE SOBRES. |
12.1. Sobre A: En acto privado el primer día hábil siguiente a la presentación. 12.2. Sobres B y C: El día y hora indicados en el anuncio de la licitación. |
13. RÉGIMEN JURÍDICO: |
13.1. La preparación y adjudicación del contrato –no sujeto a regulación armonizada- se sujeta a lo dispuesto en el artículo 191 TRLCSP y a las Instrucciones de Contratación de ACUAMED. 13.2. Los efectos y extinción del contrato se sujetan al derecho común. 13.3. No obstante, serán de aplicación las normas del Título V del Libro I del TRLCSP, sobre modificación de los contratos. |
Dirección Proponente FECHA: FIRMA |
Supervisado por el Gerente de Contratación. FECHA: FIRMA |
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS
1.- INTRODUCCIÓN.
ACUAMED es una sociedad mercantil anónima cuyo capital pertenece íntegramente a la Administración General del Estado. Su tutela corresponde al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
El objeto social de ACUAMED consiste en:
La contratación, construcción, adquisición y explotación de toda clase de obras hidráulicas y, en especial, de aquellas obras de interés general que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 11/2005, por la que se modifica la Ley del Plan Hidrológico Nacional, se realicen en sustitución de las previstas en su día para la transferencia de recursos hídricos.
La gestión de los contratos para los estudios, proyectos, construcción, adquisición o explotación de las obras citadas, así como el ejercicio de aquellas actividades preparatorias, complementarias o derivadas de las anteriores.
El objeto social podrá realizarse directamente o mediante la participación en el capital de las sociedades constituidas o que pudieran constituirse con alguno de los fines señalados anteriormente.
En el marco de dicho objeto social y para su satisfacción, AcuaMed tiene la necesidad de contratar el ”SERVICIO DE CONSULTORÍA DE RECURSOS HUMANOS PARA OPTIMIZAR LA ORGANIZACIÓN
DEL TRABAJO EN ACUAMED” en adelante el Servicio.
2.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.
1.1. Órgano de contratación.
El contrato será adjudicado por la Junta de Contratación de ACUAMED.
1.2. Órgano de asistencia al órgano de contratación. Mesa de Contratación.
No aplica en contratos adjudicados por la Junta de Contratación.
1.3. Perfil de contratante.
En la Plataforma de Contratación del Sector Público y en la web xxx.XXXXXXX.xx
3.- OBJETO DEL CONTRATO.
El contrato tiene por objeto el Servicio de Consultoría y Asesoramiento para la optimización de la organización del trabajo en AcuaMed, determinando la mejor distribución de los recursos humanos, desde el punto de vista cuantitativo y cualitativo.
La codificación correspondiente a la nomenclatura, Vocabulario Común de los contratos (CPV) de la Comisión Europea es:
Código CPV 79414000-9 Servicios de consultoría en gestión de RRHH.
El servicio se realizará en las condiciones especificadas en el presente Pliego de Cláusulas Reguladoras.
4.- RÉGIMEN JURÍDICO.
Del valor estimado del contrato al que se refiere la presente licitación resulta que se trata de un contrato no sujeto a regulación armonizada, de conformidad con los umbrales previstos en los artículos 14 y siguientes del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP).
Por tanto, la presente licitación, referida a un contrato no sujeto a regulación armonizada se ajustará:
- En materia de preparación y adjudicación, además de a las prescripciones del presente Pliego de Cláusulas Reguladoras, a lo previsto en las Instrucciones Internas de Contratación de ACUAMED, aprobadas conforme a lo dispuesto en el artículo 191 del TRLCSP y además al TRLCSP y su
disposiciones de desarrollo, en lo que resulten aplicables a los contratos del sector público celebrados por entidades que no reúnan la condición de Administración Pública, aplicándose supletoriamente las normas de derecho privado. Resultarán también de aplicación a la preparación y adjudicación del contrato las previsiones del Real Decreto 1098/2001, de 26 de octubre, por el que se aprueba (en tanto tiene lugar la aprobación del Reglamento de desarrollo de la nueva LCSP) el Reglamento General de la Ley de contratos de las Administraciones Públicas (en adelante, RGLCAP).
- La ejecución del contrato, excepto sus modificaciones, sus efectos, cumplimiento y resolución se regirán por lo establecido en este Pliego y en sus anexos y, en concreto, por el documento de formalización del contrato incluido como Anexo V. Subsidiariamente se aplicarán las normas de derecho común.
- En materia de modificaciones del contrato son de aplicación las normas del Título V del Libro I del TRLCSP, sobre modificación de los contratos.
Si este contrato se financia con Fondos europeos deberá respetar lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión.
5.- DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Y PRELACIÓN.
Además del propio contrato, los documentos que se relacionan a continuación revisten carácter contractual:
1) Pliego de Cláusulas Reguladoras, en el que está incluido como Anexo IV al mismo, el Pliego de Prescripciones técnicas particulares.
2) Oferta técnica y económica presentada por el Contratista, que se adjunta como Xxxxx XX al contrato.
3) Copia de la garantía definitiva (se adjunta como Anexo III).
4) Seguro de RC y de Accidentes de los empleados.
5) Escritura de apoderamiento del representante del contratista.
En caso de discordancia o de contradicción entre el contenido de los documentos contractuales arriba citados, será de aplicación preferente el contrato que se formalice, un modelo del mismo se incluye como Anexo V al presente Xxxxxx, y después los documentos enunciados por el orden de su numeración.
6.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. PRECIO DEL CONTRATO.
El importe del Presupuesto base de licitación es el que figura en el apartado 5.1 del Cuadro de Características del presente Xxxxxx, entendiéndose como presupuesto máximo, por lo que las ofertas no podrán rebasar en ningún caso su importe.
El valor estimado del contrato se incluye en el apartado 5.2 del Cuadro de Características del presente Pliego.
Las ofertas económicas de los licitadores incluirán, expresa y separadamente de los restantes importes especificados, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que proceda por la ejecución de su prestación.
El precio del contrato es a tanto alzado, por importe de CIEN MIL EUROS (100.000 euros), y se abonará en base al cumplimiento de los hitos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas mediante la entrega de facturas por parte del contratista que deberán ser aceptadas y conformes por AcuaMed.
El precio del contrato coincidirá con el ofertado en la proposición económica correspondiente a la oferta que resulte adjudicataria (presupuesto de adjudicación).
El precio del contrato es un precio a tanto alzado.
El precio base de licitación es de (100.000,00 €) IVA no incluido.
La forma de pago se realizará al cumplimiento de los hitos indicados a continuación y con el peso siguiente, en lo que se refiere al presupuesto de adjudicación.
| Diseño de los “Puestos de Trabajo” de la Organización. | 16% |
| Entrevistas | 72% |
| Propuesta de “Mejoras Organizativas”. | 12% |
El Valor Estimado del Contrato asciende a (100.000,00 €) IVA no incluido.
7.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS
7.1. Disposiciones relativas al procedimiento.
La presentación de la correspondiente oferta presupone la aceptación incondicionada, por parte del ofertante, de todas las cláusulas de este pliego sin salvedad.
7.2. Información general.
Cada licitador podrá presentar una única oferta, bien sea individual o conjunta con otros licitadores. La presentación de varias ofertas en las que intervenga un mismo licitador determinará la invalidez automática de todas ellas.
Una vez presentada la oferta no podrá ser retirada, salvo justificación, y en todo caso nunca antes del acto de apertura sobre C (proposición económica).
7.3. Plazo.
El plazo de presentación de proposiciones será, como mínimo, el previsto en las Instrucciones Internas de Contratación.
Si la tramitación se hubiera declarado de urgencia se aplicarán los artículos 112 y 170.e) TRLCSP y concordantes.
7.4. Lugar.
Oficinas de ACUAMED X/ Xxxxxxxx, 00 00000 Xxxxxx.
Cuando las ofertas se presenten en oficinas de Correos, deberán remitirse a la sede social de ACUAMED, debiendo cumplir los requisitos señalados en el Art. 80 del RGLCAP, justificando la fecha y hora de presentación y anunciando a la Sociedad la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el que se consigne la clave, título completo del expediente y nombre del licitador. El télex, fax o telegrama deberá haberse impuesto igualmente dentro del plazo fijado en la invitación. A efectos de justificar que el envío por correo se hace dentro de la fecha señalada como límite para la presentación de proposiciones, se admitirá como medio de prueba que el telegrama o fax haga referencia al número del certificado del envío hecho por correo. Si después de transcurridos días (10) días desde la presentación de las proposiciones no se hubiera recibido la documentación en el domicilio mencionado, ésta no será admitida en ningún caso.
7.5. Forma:
En sobre cerrado e identificado debidamente conteniendo a su vez 3 sobres cerrados:
- Sobre A: Documentación General: Se incluirán los requerimientos de capacidad y solvencia exigidos en el presente Xxxxxx.
- Sobre B: Documentación correspondiente a los criterios subjetivos de valoración (Documentación Técnica), especificada en el presente Pliego. Se presentará copia en CD de esta documentación que deberá coincidir exactamente con la exhibida en papel. En caso de no presentación, la oferta quedará excluida. Toda documentación aportada en papel debe acompañarse, obligatoriamente, en formato electrónico (CD, DVD, Pendrive, etc.) tipo PDF, o compatible con Microsoft Office o AutoCAD, de tal manera que cada sobre contenga única y exclusivamente la documentación correspondiente al mismo en formato electrónico y en papel, sin que sea admisible la utilización del mismo formato electrónico compartido para todos los sobres o que incluya en el mismo dispositivo toda la información. En caso de discrepancia entre la documentación presentada en papel y en formato digital prevalecerá la primera. Asimismo, y en caso de discrepancia entre las cantidades expresadas en letras y números, prevalecerá la expresada en letras.
- Sobre C: Documentación correspondiente a los criterios objetivos de valoración (Proposición Económica), especificada en el presente Pliego. En caso de discrepancia entre las cantidades expresadas en letras y números, prevalecerá la expresada en letras
En el exterior de cada sobre se hará constar lo siguiente:
- Letra correspondiente al sobre.
- Titulo de la licitación.
- Nombre completo y siglas, en su caso, dirección, CIF o NIF, teléfono, fax y correo electrónico del licitador.
7.6. Domicilio a efectos de notificaciones.
Todos los licitadores deberán señalar en el momento de presentar sus solicitudes de participación un domicilio físico y un correo electrónico.
Ambos domicilios serán los que el órgano de contratación considere para la práctica de las comunicaciones que se deriven de la licitación o que de cualquier manera puedan afectar al licitador.
7.7. Idioma.
Toda la documentación se presentará escrita en castellano y a máquina u otros tipos de impresión mecánica o informática. No se aceptará ningún documento manuscrito o que presente omisiones, erratas, enmiendas o tachaduras que no permitan conocer claramente las condiciones necesarias para valorar la oferta.
7.8. Confidencialidad.
Sin perjuicio de las disposiciones legales y xxx xxxxxx relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los licitadores, el órgano de contratación no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas.
El licitador que finalmente resulte adjudicatario, y los licitadores si así se establece expresamente mediante la suscripción del correspondiente acuerdo de confidencialidad, acepta/n que todos los borradores, fórmulas, especificaciones, libros, manuales de instrucciones, informes diarios, libros contables, cuentas, secretos e instrucciones de trabajo orales o escritas concernientes a la actividad de ACUAMED, sus métodos, procedimientos, técnicas o equipos, así como cualquier otra información a la que tengan acceso o reciban tienen el carácter de confidencial. Asimismo, se comprometen durante la vigencia del contrato resultante del presente expediente de contratación, así como una vez extinguido éste, a no utilizar en detrimento de ACUAMED, ni a divulgar a terceros, excepto en el ejercicio de sus funciones por virtud del contrato del que resulten adjudicatarios, cualquier información confidencial recibida en virtud del desempeño de su relación comercial o profesional con ACUAMED o como consecuencia de la misma, sea referida a ACUAMED u otras sociedades u organismos relacionadas con ACUAMED.
7.9. Protección de datos.
En cumplimiento del artículo 5º de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, sobre Protección de Datos de Carácter Personal, por el que se regula el derecho de información en la recogida de los datos, le facilitamos la siguiente información:
“Los datos de carácter personal que facilite, cuando entren dentro del ámbito de aplicación de dicha Ley Orgánica, podrán incluirse en un fichero para la gestión de las contrataciones y la contabilización de las correspondientes transacciones, así como integrarse en el directorio de proveedores de bienes y servicios del que es responsable AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS S.M.E, S.A. (en adelante, ACUAMED) que garantiza la confidencialidad y seguridad de los datos facilitados, cuya finalidad es el cumplimiento y gestión de forma adecuada de las relaciones contractuales.
El destinatario de la información es ACUAMED, aunque en la ejecución contractual se podrán comunicar datos personales a entidades bancarias para la tramitación de los pagos o cobros, a la Agencia Tributaria en tramitaciones y declaraciones fiscales y, en su caso, a Juzgados mediante requerimiento judicial.
EL LICITANTE mantendrá completamente indemne a ACUAMED si a ésta le fueran imputadas responsabilidades por esta causa.
Los titulares de los datos de carácter personal facilitados por el LICITANTE quedan informados sobre la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación, en los términos establecidos en la legislación vigente, dirigiéndose mediante comunicación escrita a AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.M.E., S.A. x/ Xxxxxxxx, 00, 00000 Xxxxxx, dicha comunicación deberá incluir nombre y apellidos, petición en que se concreta la solicitud, dirección a efectos de notificaciones, fecha, firma y fotocopia del DNI o pasaporte”.
8.- REQUISITOS DE LOS LICITADORES. CONTENIDO DEL SOBRE A.
8.1. ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD DE LAS EMPRESAS PARA CONTRATAR.
8.1.1 Documentación fehaciente que acredite la personalidad y capacidad del licitador.
Si la empresa fuese persona jurídica, la personalidad y capacidad se acreditará mediante la presentación de la escritura de constitución y modificaciones, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
Si el empresario fuera persona natural, presentará fotocopia legitimada notarialmente o compulsada de su DNI no caducado o del documento que haga sus veces. Si el empresario individual actuase bajo nombre comercial, cuando no lo haga estrictamente con su nombre y apellidos, deberá probar la inscripción en el Registro de la Propiedad Industrial del nombre con el que actúa.
8.1.2 Documentos que acrediten, en su caso, la representación.
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán poder bastante al efecto y fotocopia compulsada de su D.N.I. o del documento que haga sus veces. Si la empresa fuera persona jurídica el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el Art. 94.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
8.1.3. Declaración de vigencia de la escritura pública y el poder del representante.
Se presentará un certificado expedido por el representante legal de la empresa declarando la vigencia de la escritura pública de poder del representante y de las circunstancias acreditadas en la escritura de la sociedad.
8.1.4. Unión temporal.
El compromiso vendrá firmado por los representantes de los empresarios, con poderes suficientes para ello, e indicará los nombres, circunstancias y participación de cada uno de ellos, la designación del representante y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas, caso de resultar adjudicatarios. La unión temporal de empresas se regirá por lo dispuesto en el artículo 59 del TRLCSP.
8.1.5. Declaración de no prohibición de contratar.
Declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado de no estar incursa la empresa en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 del TRLCSP junto con la declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Esta declaración se realizará también dentro de la proposición económica según el modelo del Anexo I.
8.1.6. Declaración sobre el poder de dirección.
Declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado en la que el licitador se compromete, caso de ser adjudicatario, a ejercer de modo real, efectivo y continuo el poder de dirección que como empresario, en su caso, le corresponde sobre cualquiera de las personas que tenga encargadas, y hayan sido aceptadas por ACUAMED, de realizar las actividades que recoge el contrato, asumiendo, entre otras cuestiones, la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, la imposición de sanciones y cuantos efectos relacionados con la Seguridad Social procedan, en particular cotizaciones y pago de prestaciones, siendo el Delegado del Contratista, perteneciente a la plantilla de éste, el que imparta diariamente, o cuando proceda, las órdenes e instrucciones de trabajo, cumpliendo las funciones de enlace con el Director del Servicio.
8.1.7. Información sobre pertenencia a grupo de empresas.
Se deberá presentar declaración sobre la pertenencia o no a un grupo de empresas, con expresa declaración de si concurren otras empresas del mismo grupo a los efectos de conocer si empresas del mismo grupo han presentado proposiciones.
8.1.8. Declaración de compatibilidad.
Se deberá presentar declaración responsable en los términos del artículo 56 del TRLCSP, de no haber sido adjudicatario o haber participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal de empresas.
8.1.9. Declaración sobre el contenido de las instalaciones y su estado.
No aplica al presente Pliego.
8.1.10. Especialidades para licitadores no españoles.
Será de aplicación lo recogido en los artículos 55, 58, 66 y 146.1.e) del TRLCSP.
8.1.10.1. Habilitación: Los licitadores comunitarios deberán acreditar además que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate; cuando la legislación de su Estado exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
8.1.10.2. Reciprocidad: Los licitadores de Estados no pertenecientes a la Unión Europea: deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga. No será preciso el informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.
8.1.10.3. Sometimiento a jurisdicción española y renuncia al fuero jurisdiccional extranjero: Los licitadores deberán presentar la declaración de ambos aspectos.
8.1.11. Presentación de documentación con firma electrónica.
La presentación de documentos dentro del sobre A previstos en este apartado que hayan emitidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos serán admitidos si han sido autenticados mediante una firma electrónica reconocida de acuerdo con la ley 59/2003, de firma electrónica.
8.2. ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA Y SISTEMAS DE GESTIÓN.
8.2.1. Acreditación de la solvencia económica y financiera.
Los empresarios acreditarán las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera por medio de la declaración sobre el volumen global de negocios, referido a los tres últimos ejercicios disponibles, debiendo ser el volumen de, al menos, dos de los ejercicios igual o superior a 150.000 euros
En caso de Unión Temporal de Empresas cada uno de los componentes de la Unión deberá acreditar lo anterior de modo que el órgano de contratación pueda apreciar la proporción entre la solvencia de cada componente y su porcentaje de participación en la unión.
8.2.2. Acreditación de la solvencia técnica o profesional.
Los empresarios acreditarán las condiciones mínimas de solvencia técnica y profesional por los siguientes medios:
a) Relación de los principales servicios o trabajos en materia de recursos humanos en los últimos cinco (5) años, que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos. Se acreditarán conforme a lo dispuesto en el artículo 78.1. a) del TRLCSP y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. Se exige que la relación contenga, pudiendo ser coincidentes entre ellos:
a) Relación de, al menos, UN (1) contrato de servicio en materia de recursos humanos donde se haya llevado a cabo labores de definición de la organización y definición de puestos de trabajo, debiendo ser el importe superior a los CINCUENTA MIL EUROS (50.000 €).
b) Relación de, al menos, UN (1) contrato en materia de recursos humanos el que se haya llevado a cabo valoración de personas debiendo ser el importe de dicho contrato superior a los CINCUENTA MIL EUROS (50.000 €).
c) Relación de, al menos, UN (1) contrato de en materia de recursos humanos con empresas del sector público en el que se haya llevado a cabo valoración de personas debiendo ser el importe de dicho contrato superior a los TREINTA MIL EUROS (30.000 €).
Dichos trabajos se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario hubiese sido una entidad del sector público, y si el destinatario fuese un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
En casos de UTE la solvencia anterior se alcanzará por acumulación debiendo cada empresa relacionar y certificar como mínimo un contrato o servicio de los tres referidos.
8.2.3. Adscripción de medios constitutivos de obligación esencial.
Los licitadores que deseen participar en la presente contratación deberán demostrar disponer para la realización de los trabajos del personal que se detalla a continuación:
Consultor Senior experto en RRHH: Será necesario aportar, como mínimo, 2 consultores senior con experiencia superior a diez (10) años en el ámbito de la gestión de personas, servicios de recursos humanos. Es requisito indispensable que todo el personal que preste servicio para AcuaMed acredite tener experiencia en evaluación de personas.
Para justificar lo anterior, adjuntarán un breve currículo (inferior a 2 folios – 4 páginas - por persona), junto con una declaración responsable de su disponibilidad en un plazo no superior a 2 meses desde la fecha de
presentación de ofertas. Si el personal propuesto no está integrado en la plantilla de la empresa se deberán presentar los compromisos de colaboración que correspondan.
El licitador aportará Declaración indicando los técnicos o las unidades técnicas, estén o no integradas en la empresa, de los que ésta disponga para la ejecución del servicio, acompañada de los documentos acreditativos correspondientes.
El licitador aportará Declaración indicando los medios materiales de que se dispondrá para la ejecución del servicio, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente de los medios materiales mínimos para la correcta realización del servicio. Orientativamente, estos medios han quedado expuestos en el apartado correspondiente del Anexo IV “Pliego de prescripciones técnicas particulares”.
En caso de que el adjudicatario del servicio necesitase sustituir a alguna de las personas incluidas en la oferta, la persona que la sustituya deberá cumplir los mismos requisitos anteriormente descritos y su sustitución deberá ser autorizada expresamente por AcuaMed.
En caso de que el adjudicatario no aporte al personal propuesto en su oferta, o bien AcuaMed no aceptase la sustitución planteada, AcuaMed quedará facultado para resolver el contrato, comunicándolo de forma expresa al adjudicatario.
8.2.4. Acreditación de la solvencia con medios externos.
Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios.
ACUAMED no se hace responsable del mayor coste en que haya incurrido el contratista por la contratación con terceros de los trabajos objeto del contrato.
No se permite la subcontratación
8.2.4. Acreditación del cumplimiento de las normas de garantía de la calidad.
No aplica al presente Pliego.
8.2.5. Acreditación del cumplimiento de las normas de gestión medioambiental.
No aplica al presente Pliego.
8.2.6. Subrogación.
No aplica al presente Pliego
8.3. FORMA Y MOMENTO.
8.3.1. Sustitución inicial de documentación por declaración responsable.
Conforme a los apartados 4 y 5 del artículo 146 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, para acreditar las circunstancias de la documentación referida en el apartado 1 del referido artículo bastará con una declaración responsable del licitador.
Se solicita expresamente que la declaración responsable se acompañe de la acreditación de la solvencia técnica y profesional.
En todo caso, AcuaMed podrá recabar en cualquier momento anterior a la propuesta de adjudicación que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
8.3.2. Acreditación de la documentación.
El licitador que resulte adjudicatario deberá acreditar todos los extremos declarados que no hayan sido previamente acreditados sino solo declarados responsablemente.
8.3.3. Inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado.
En todo caso, la inscripción de los licitadores en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado acredita suficientemente y, salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario, en cuanto a su personalidad, capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera o clasificación, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en dicho Registro. La acreditación de lo anterior se efectuará según lo dispuesto en el artículo 83.2 del TRLCSP.
9. CONTENIDO DEL SOBRE B.
9.1. Contenido.
Los sobres B contendrán la documentación indicada en el cuadro de características para la valoración de los criterios de adjudicación indicados en la cláusula 13 de este Pliego. En base a lo referido en el clausulado xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares, los licitadores presentarán la documentación en la que se incluirán los siguientes contenidos:
La inclusión de información relativa al sobre C en el sobre B determinará la exclusión de la oferta.
Propuesta y Programa de Trabajo.
o Se presentará una Propuesta técnica en la que quedará incluída un programa de trabajo, conforme a todo lo indicado en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Deberá describirse de forma extensa el modelo propuesto para realizar las fases de “Diseño de Puestos de Trabajo”, “Entrevistas” y “Mejoras Organizativas”. Deberán describirse en todos los puntos los recursos puestos a disposición de AcuaMed para la prestación del servicio, métodos de trabajo y programación de los mismos. Asimismo, se describirá ampliamente todos los informes y entregables a los que se hace reseña en las Prescripciones Técnicas Particulares xxx Xxxxxx.
9.2. Extensión.
La extensión de la documentación que se solicita a continuación no puede superar las 20 hojas a doble cara (40 páginas) en tamaño DIN-A4 (Tipo de letra ARIAL – Tamaño 11) pudiéndose incluir en Anexos cuanta información y documentación meramente complementaria, no puntuable, que se estime oportuno. Xxxxx excluidas aquellas ofertas que no cumplan dicha limitación. Adicionalmente, será obligatoria la entrega de toda la documentación solicitada (principal más anexos) tanto en formato papel como en soporte digital.
10. CONTENIDO DEL SOBRE C.
Se incluirá la proposición económica, formulada conforme al modelo que figura en el Xxxxx XX y a lo indicado en el Pliego de Cláusulas reguladoras.
De acuerdo con el referido modelo, la oferta se presentará sin IVA, indicándose aparte a cuánto asciende el importe que, por este impuesto proceda liquidar.
A todos los efectos se entenderá que las ofertas presentadas comprenden todos los gastos que el adjudicatario deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas, tales como los generales, financieros, beneficio, seguros, transporte, desplazamiento, honorarios de personal técnico a su cargo, tasas y toda clase de tributos a excepción del IVA que será repercutido como partida independiente.
Se rechazará cualquier oferta que exceda del presupuesto base de licitación y que no venga formulada conforme al modelo del Xxxxx XX y firmada por el licitador o su representante.
11.- PROCEDIMIENTO Y PUBLICIDAD.
11.1. Procedimiento.
La licitación y adjudicación del contrato se realizará, en todo lo concerniente a la capacidad de los licitadores, publicidad de la licitación, procedimientos de selección y formas de adjudicación, de acuerdo con las INSTRUCCIONES INTERNAS DE CONTRATACIÓN DE ACUAMED, que están publicadas en el perfil de contratante de ACUAMED, a dónde se puede acceder a través de la web social y la Plataforma de Contratación del Sector Público.
La adjudicación se realizará mediante procedimiento abierto a la oferta económicamente más ventajosa, sin admisión de variantes, basándose en lo establecido en los 157 a 161 del TRLCSP y de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos en este Pliego, o declarará desierta la licitación, motivando en todo caso su resolución con referencia a los criterios de adjudicación que figuran en el presente Xxxxxx.
El detalle del procedimiento está en los apartados siguientes del presente Xxxxxx.
11.2. Publicidad.
En la Plataforma de Contratación del Sector Público y en la web xxx.XXXXXXX.xx
12.- PROCEDIMIENTO.
12.1. SOBRE A – DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA.
12.1.1. Fecha de apertura del sobre A.
El primer día hábil laborable siguiente al de presentación de proposiciones.
12.1.2. Determinación de admitidos y excluidos.
Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación obrante en el sobre A, se comunicarán a los interesados, concediéndoseles un plazo no superior a tres (3) días naturales para que los licitadores los corrijan o subsanen.
Una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones advertidos, se procederá a determinar las personas o empresas que cumplan las circunstancias que deban quedar acreditadas en virtud de la documentación exigida en el sobre A y, en su caso, a declarar excluidas a las que no las cumplan.
La exclusión se notificará a las empresas correspondientes.
12.2. SOBRE B
12.2.1. Fecha de apertura pública del sobre B.
El día y hora indicados en los anuncios de la licitación.
12.2.2. Audiencia pública.
Antes de la apertura de la primera proposición, se invitará a los licitadores interesados a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose a dar las aclaraciones y efectuar las contestaciones pertinentes; pero sin que, en este momento, pueda hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante los plazos de admisión de ofertas o de corrección o subsanación de defectos u omisiones.
Finalizada la apertura de las proposiciones, se invitará nuevamente a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas contra el acto celebrado, las cuales deberán formularse por escrito en el plazo máximo de dos (2) días hábiles siguientes al de aquel acto, y se dirigirán al órgano de contratación, el cual, resolverá sobre las mismas.
Los licitadores podrán ser requeridos para aclarar extremos de sus ofertas.
12.2.3. Resultado.
Se harán públicas y se comunicarán individualmente a los interesados, las ofertas que hayan sido excluidas por contener proposiciones técnicas inaceptables o por presentar un contenido que no se corresponda con el exigido en el presente Xxxxxx y en el “Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares”.
12.3. SOBRE C – PROPOSICIÓN ECONÓMICA.
12.3.1. Fecha de apertura pública del sobre C.
El día y hora indicados en los anuncios de la licitación.
12.3.2. Audiencia pública.
Antes de la apertura de la primera proposición, se invitará a los licitadores interesados a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose a dar las aclaraciones y efectuar las contestaciones pertinentes; pero sin que, en este momento, pueda hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante los plazos de admisión de ofertas o de corrección o subsanación de defectos u omisiones.
Finalizada la apertura de las proposiciones, se invitará nuevamente a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas contra el acto celebrado, las cuales deberán formularse por escrito en el plazo máximo de dos (2) días hábiles siguientes al de aquel acto, y se dirigirán al órgano de contratación, el cual, resolverá sobre las mismas.
12.3.3 Rechazo de proposiciones.
Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, variara sustancialmente el modelo establecido o comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Junta de contratación por medio de resolución motivada. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, con tal de que no alteren su sentido, no será causa bastante para el rechazo de la proposición. A tales efectos, se otorgará plazo al licitador para que manifieste lo que corresponda.
En caso de discrepancia entre el importe de la oferta expresado en letra y el expresado en número, prevalecerá la letra sobre los números.
Se harán públicas y se comunicarán individualmente a los interesados, las ofertas que hayan sido excluidas por contener proposiciones económicas con defectos no subsanables o que siendo subsanables no han sido subsanados en el plazo otorgado si tal defecto la hace inviable.
12.3.4. Resultado.
La valoración y el resultado de las ofertas económicas se obtienen mediante los procesos que se indican en la cláusula 13 del presente Pliego.
13. PROCEDIMIENTO DE PUNTUACIÓN.
Con posterioridad a la apertura de ofertas, ACUAMED procederá a su estudio y valoración, seleccionando la oferta que se considere económicamente más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios de adjudicación del presente Pliego.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente Xxxxxx.
13.1. PROCEDIMIENTO DE PUNTUACIÓN DEL SOBRE B. Valoración CRITERIOS SUBJETIVOS: veinte (20) puntos.
1. Valoración de la memoria técnica y descripción general del Programa de Trabajos: ocho (8) puntos.
Para el trabajo planteado, que es de carácter estratégico para AcuaMed, es de vital importancia que el licitador describa su metodología de trabajo, así como la estructuración y asignación de recursos, cronogramas y plazos y elaboración de principales conclusiones del informe. La puntuación a asignar será:
EXCELENTE 8 sobre 8. Presenta un programa que cumple de manera muy correcta todas las siguientes exigencias: Metodología de trabajo, estructuración y asignación de recursos al servicio, cronograma y plazos, descripción de principales conclusiones.
MUY BUENA ≥ 6,00 y menor que 8,00 sobre 8,00. Presenta un programa que cumple de manera muy correcta tres de las siguientes exigencias: Metodología de trabajo, estructuración y asignación de recursos al servicio, cronograma y plazos, descripción de principales conclusiones. o bien cumple de manera muy correcta dos exigencias, y de manera suficiente las otras dos exigencias.
BUENA ≥ 4,00 y menor que 6,00 sobre 8,00. Presenta un programa que cumple de manera muy correcta dos de las siguientes exigencias: Metodología de trabajo, estructuración y asignación de recursos al servicio, cronograma y plazos, descripción de principales conclusiones, o bien cumple de manera muy correcta una exigencia, y de manera suficiente otras dos exigencias.
SUFICIENTE ≥ 2,00 y menor que 4,00 sobre 8,00. Presenta un programa que cumple de manera muy correcta una de las siguientes exigencias: Metodología de trabajo, estructuración y asignación de recursos al servicio, cronograma y plazos, descripción de principales conclusiones, o bien cumple de manera suficiente dos o más exigencias.
DEFICIENTE > 0,00 y menor que 2,00 sobre 8,00. Presenta un programa que sólo cumple de manera suficiente una de las siguientes exigencias: Metodología de trabajo, estructuración y asignación de recursos al servicio, cronograma y plazos, descripción de principales conclusiones.
MUY DEFICIENTE. 0 puntos. No presenta programa, o bien presenta un programa que no cumple de manera suficiente ninguna de las siguientes exigencias: Metodología de trabajo, estructuración y asignación de recursos al servicio, cronograma y plazos, descripción de principales conclusiones.
2. Diseño de los Puestos de trabajo en la Organización cuatro (4) puntos.
Deberá describirse de una forma correcta y exhaustiva la metodología seguida para conseguir los objetivos principales de esta fase que son llegar a obtener un manual de puestos de trabajo para toda la compañía y una descripción de los perfiles profesionales necesarios. Se prestará especial atención a la descripción del análisis inicial de la situación que proponga el licitador, así como a los métodos seguidos para confeccionar y elaborar la información necesaria.
EXCELENTE 4 sobre 4. Presenta un programa que cumple de manera muy correcta todas las siguientes exigencias: Análisis de la situación inicial de AcuaMed, métodos de recolección y elaboración de información, modelización del manual de “Puestos de trabajo” y descripción del manual de “Perfil profesional”.
MUY BUENA ≥ 3,00 y menor que 4,00 sobre 4,00. Presenta un programa que cumple de manera muy correcta tres de las siguientes exigencias: Análisis de la situación inicial de AcuaMed, métodos de recolección y elaboración de información, modelización del manual de “Puestos de trabajo” y descripción del manual de “Perfil profesional”, o bien cumple de manera muy correcta dos exigencias, y de manera suficiente las otras dos exigencias.
BUENA ≥ 2,00 y menor que 3,00 sobre 4,00. Presenta un programa que cumple de manera muy correcta dos de las siguientes exigencias: Análisis de la situación inicial de AcuaMed, métodos de recolección y elaboración de información, modelización del
manual de “Puestos de trabajo” y descripción del manual de “Perfil profesional”, o bien cumple de manera muy correcta una exigencia, y de manera suficiente otras dos exigencias.
SUFICIENTE ≥ 1,00 y menor que 2,00 sobre 4,00. Presenta un programa que cumple de manera muy correcta una de las siguientes exigencias: Análisis de la situación inicial de AcuaMed, métodos de recolección y elaboración de información, modelización del manual de “Puestos de trabajo” y descripción del manual de “Perfil profesional”. o bien cumple de manera suficiente dos o más exigencias.
DEFICIENTE > 0,00 y menor que 1,00 sobre 4,00. Presenta un programa que sólo cumple de manera suficiente una de las siguientes exigencias: Análisis de la situación inicial de AcuaMed, métodos de recolección y elaboración de información, modelización del manual de “Puestos de trabajo” y descripción del manual de “Perfil profesional”.
MUY DEFICIENTE. 0 puntos. No presenta programa, o bien presenta un programa que no cumple de manera suficiente ninguna de las siguientes exigencias: Análisis de la situación inicial de AcuaMed, métodos de recolección y elaboración de información, modelización del manual de “Puestos de trabajo” y descripción del manual de “Perfil profesional”.
3. Desarrollo de la fase de entrevistas: cuatro (4) puntos.
Esta fase permitirá al licitador conocer y contrastar el desempeño individual y dentro de su departamento de cada uno de los empleados. Deberá describirse con especial atención la determinación de funciones y objetivos de cada área, análisis previo y contrastado de cada empleado y elaboración de conclusiones individuales. La puntuación a asignar será:
EXCELENTE 4 sobre 4. Presenta un programa que cumple de manera muy correcta todas las siguientes exigencias: Determinación de objetivos y funciones de cada área y Gerencia, Descripción del análisis previo individual de cada trabajador, Contraste de información y elaboración de conclusiones individuales.
MUY BUENA ≥ 3,00 y menor que 4,00 sobre 4,00. Presenta un programa que cumple de manera muy correcta tres de las siguientes exigencias: Determinación de objetivos y funciones de cada área y Gerencia, Descripción del análisis previo individual de cada trabajador, Contraste de información y elaboración de conclusiones individuales, o bien cumple de manera muy correcta dos exigencias, y de manera suficiente las otras dos exigencias.
BUENA ≥ 2,00 y menor que 3,00 sobre 4,00. Presenta un programa que cumple de manera muy correcta dos de las siguientes exigencias: Determinación de objetivos y funciones de cada área y Gerencia, Descripción del análisis previo individual de cada trabajador, Contraste de información y elaboración de conclusiones individuales, o bien cumple de manera muy correcta una exigencia, y de manera suficiente otras dos exigencias.
SUFICIENTE ≥ 1,00 y menor que 2,00 sobre 4,00. Presenta un programa que cumple de manera muy correcta una de las siguientes exigencias: Determinación de objetivos y funciones de cada área y Gerencia, Descripción del análisis previo individual de cada trabajador, Contraste de información y elaboración de conclusiones individuales, o bien cumple de manera suficiente dos o más exigencias.
DEFICIENTE > 0,00 y menor que 1,00 sobre 4,00. Presenta un programa que sólo cumple de manera suficiente una de las siguientes exigencias: Determinación de objetivos y funciones de cada área y Gerencia, Descripción del análisis previo individual de cada trabajador, Contraste de información y elaboración de conclusiones individuales.
MUY DEFICIENTE. 0 puntos. No presenta programa, o bien presenta un programa que no cumple de manera suficiente ninguna de las siguientes exigencias: Determinación de objetivos y funciones de cada área y Gerencia, Descripción del análisis previo individual de cada trabajador, Contraste de información y elaboración de conclusiones individuales.
4. Descripción de la implantación de las medidas y mejoras organizativas: cuatro (4) puntos.
El objetivo final de los trabajos es que AcuaMed conozca de manera fehaciente la estructura organizativa óptima para su plantilla y conozca los pasos para implementar dichas mejoras. La puntuación a asignar será:
EXCELENTE 4 sobre 4. Presenta un programa que cumple de manera muy correcta todas las siguientes exigencias: Definir análisis de cargas de trabajo, Escenario organizativo propuesto, plan de implantación y plan de comunicación de medidas.
MUY BUENA ≥ 3,00 y menor que 4,00 sobre 4,00. Presenta un programa que cumple de manera muy correcta tres de las siguientes exigencias: Definir análisis de cargas de trabajo, Escenario organizativo propuesto, plan de implantación y plan de comunicación de medidas, o bien cumple de manera muy correcta dos exigencias, y de manera suficiente las otras dos exigencias.
BUENA ≥ 2,00 y menor que 3,00 sobre 4,00. Presenta un programa que cumple de manera muy correcta dos de las siguientes exigencias: Definir análisis de cargas de trabajo, Escenario organizativo propuesto, plan de implantación y plan de comunicación de medidas, o bien cumple de manera muy correcta una exigencia, y de manera suficiente otras dos exigencias.
SUFICIENTE ≥ 1,00 y menor que 2,00 sobre 4,00. Presenta un programa que cumple de manera muy correcta una de las siguientes exigencias: Definir análisis de cargas de trabajo, Escenario organizativo propuesto, plan de implantación y plan de comunicación de medidas, o bien cumple de manera suficiente dos o más exigencias.
DEFICIENTE > 0,00 y menor que 1,00 sobre 4,00. Presenta un programa que sólo cumple de manera suficiente una de las siguientes exigencias: Definir análisis de cargas de trabajo, Escenario organizativo propuesto, plan de implantación y plan de comunicación de medidas.
MUY DEFICIENTE. 0 puntos. No presenta programa, o bien presenta un programa que no cumple de manera suficiente ninguna de las siguientes exigencias: Definir análisis de cargas de trabajo, Escenario organizativo propuesto, plan de implantación y plan de comunicación de medidas.
La puntuación asignada a cada licitador será la suma de las cuatro valoraciones indicadas.
13.1.2. Puntuación técnica expandida total.
Con el fin de que la puntuación global por los conceptos valorados tenga el peso relativo que se le pretende asignar con relación a la valoración de la oferta económica, se aplicará a todas las ofertas la expresión que se indica a continuación, de modo que la máxima puntuación asignada por los aspectos anteriormente citados obtenga al final 20 puntos.
en donde:
PFOi
PROi x20 PM
PFOi, corresponde a la puntuación final de la oferta “i”.
PROi, corresponde a la puntuación real de la oferta “i”.
PM, es la puntuación máxima de todas las ofertas.
13.1.3. Umbral de puntuación mínima.
Aquellas ofertas cuya suma de valoraciones, expansionadas conforme al apartado anterior no alcance la cifra de 11 puntos, no continuarán en el proceso de selección de la oferta más ventajosa, desechándose, por consiguiente, su oferta económica, que no será abierta en el Acto previsto a tal fin en este Pliego.
13.2. PROCEDIMIENTO DE PUNTUACIÓN DEL SOBRE C.
13.2.1. Ofertas anormalmente bajas.
Se considerará como presuntamente anormal o desproporcionada la oferta que se encuentre en los siguientes supuestos:
a) Cuando, concurriendo un (1) solo licitador, la proposición económica sea inferior al presupuesto base de licitación en más de veinticinco (25) unidades porcentuales.
b) Cuando concurran dos (2) licitadores, la proposición económica sea inferior en más de veinte (20) unidades porcentuales a la otra oferta.
c) Cuando concurran tres (3) licitadores, las que sean inferiores en más xx xxxx (10) unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más xx xxxx (10) unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a veinticinco (25) unidades porcentuales.
d) Cuando concurran cuatro (4) o más licitadores, las proposiciones económicas que sean inferiores al noventa y cinco por ciento (95 %) del presupuesto medio de las ofertas abiertas
Cuando empresas pertenecientes a un mismo grupo presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación de un contrato, para la determinación del umbral para la consideración de ofertas anormalmente bajas señalado anteriormente, se tomará únicamente la oferta más baja de las presentadas por las distintas empresas pertenecientes al mismo grupo, sin considerar las del resto. Una vez establecido ese umbral, en la aplicación del sistema de apreciación de ofertas anormalmente bajas serán consideradas individualmente todas las ofertas –incluidas las que por pertenecer al mismo grupo no fueron en principio tomadas en cuenta para la determinación del mencionado umbral.
Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormalmente baja, deberá darse audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, en particular en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas, el respeto de las disposiciones relativas a la protección del empleo y las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en que se vaya a realizar la prestación, o la posible obtención de una ayuda de Estado.
A tal fin ACUAMED lo notificará al interesado a fin de que pueda justificar la viabilidad de su oferta y manifieste en el plazo máximo de tres (3) días hábiles desde la recepción de la comunicación de ACUAMED lo que a esos efectos considere oportuno, tras lo cual la Junta resolverá motivadamente sobre la apreciación o no de oferta anormalmente baja, debiendo procurarse el asesoramiento técnico procedente.
Si ACUAMED, considerando la justificación efectuada por el licitador, estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, no será tenida en cuenta a efectos de valoración económica.
13.2.2. Valoración del criterio objetivo (precio) (0 a 80 puntos).
Los pasos a dar son:
1) Se determinarán los valores de los presupuestos característicos siguientes:
PT: Presupuesto de licitación.
PM: Presupuesto medio de las ofertas admitidas.
PB: Presupuesto correspondiente al 90% de PM.
PA: Presupuesto de la oferta más baja admitida.
2) Los presupuestos ofertados (PO) se puntuarán del siguiente modo:
a) Presupuestos con valores inferiores a PB:
Por interpolación lineal entre las puntuaciones siguientes:
Para PA:
VPA VM , valor máximo de puntuación, es decir 80 puntos
Para PB:
V(PB) VM
0,1 PT PT PB
b) Presupuestos ofertados con valores iguales o superiores a PB:
A cada Presupuesto ofertado (PO), le corresponderá la puntuación V(PO) resultante de la siguiente fórmula:
2,7 PT PO PB 2
V(PO) V 1
5 PB PT PB
donde V toma los valores:
V = V(PB), si PB es mayor que el Presupuesto ofertado más bajo, PA, ó V = VM, si PB es igual o menor que el Presupuesto ofertado más bajo, PA.
13.3 Valoración Final
La puntuación final otorgada a las ofertas será la suma de la valoración de los criterios subjetivos y los criterios objetivos. Tendrá la consideración de oferta económicamente más ventajosa la que obtenga la mayor puntuación y después las ofertas se ordenaran en orden decreciente de mayor a menor puntuación a los efectos de determinar el orden de valoración.
13.4 Empate. Preferencia para la adjudicación.
Las proposiciones presentadas por empresas que, en el momento de acreditar la solvencia, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios de adjudicación, tendrán preferencia en la adjudicación del contrato. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga de mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. Todo ello se basa en la D.A.4ª. 2 del TRLCSP y en la consideración de que la discapacidad del trabajador tenga influencia y/o efectos oficiales en la relación laboral y/o en las circunstancias empresariales.
14. ADJUDICACIÓN.
14.1. Plazo de adjudicación.
Conforme a las Instrucciones Internas de Contratación, la adjudicación deberá realizarse en el plazo máximo de quince días, a contar desde el siguiente al de apertura de las proposiciones, cuando el único criterio a considerar para la selección del adjudicatario sea el precio. Cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios, el plazo máximo para la adjudicación será de dos meses, a contar desde la apertura de las proposiciones. De no producirse la adjudicación en los plazos señalados, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición.
14.2. Condición de adjudicación: acreditación de la documentación general.
De no cumplimentarse adecuadamente en el plazo xx xxxx días naturales el requerimiento de presentación de la documentación, toda ella prevista expresamente para este momento del procedimiento en los pliegos de cláusulas reguladoras y de prescripciones técnicas, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas.
Además de la documentación anterior, el licitador propuesto deberá presentar la siguiente documentación, así como aquella que, en ese momento, le sea requerida por ACUAMED:
Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativa de que la empresa está al corriente del cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
Certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria acreditativa de que la empresa está al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias, en especial en lo que se refiere al artículo 43.1.f) de la Ley General Tributaria.
Garantía definitiva por un importe del cinco por ciento (5%) del Presupuesto de licitación, mediante aval bancario o contrato de seguro de caución celebrado con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo.
Si la oferta del adjudicatario hubiese resultado anormalmente baja el licitador propuesto presentará garantía complementaria por un importe del cinco por ciento (5%) del Presupuesto de licitación, mediante aval bancario o contrato de seguro de caución celebrado con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo.
Que al adjudicatario haya remitido a ACUAMED las pólizas de seguro descritas en el contrato que se adjunta al presente Pliego de cláusulas reguladoras, junto con el justificante de pago de la prima.
En el supuesto de que el expediente se haya adjudicado a una Unión Temporal de Empresas, igualmente, de forma previa a la formalización del contrato, aquéllas deben acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, y el CIF asignado a la UTE.
14.3. Renuncia y desistimiento.
En el caso en que el órgano de contratación renuncie a celebrar un contrato para el que haya efectuado la correspondiente convocatoria, o decida reiniciar el procedimiento para su adjudicación, lo notificará a los candidatos o licitadores, informando también a la Comisión Europea de esta decisión cuando el contrato haya sido anunciado en el «Diario Oficial de la Unión Europea».
La renuncia a la celebración del contrato o el desistimiento del procedimiento sólo podrán acordarse por el órgano de contratación antes de la adjudicación. En ambos casos se compensará a los candidatos o licitadores por los gastos en que hubiesen incurrido y pudieran demostrar hasta un máximo de trescientos (300) euros.
Sólo podrá renunciarse a la celebración del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente. En este caso, no podrá promoverse una nueva licitación de su objeto en tanto subsistan las razones alegadas para fundamentar la renuncia.
El desistimiento del procedimiento deberá estar fundado en una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, debiendo justificarse en el expediente la concurrencia de la causa. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación.
14.4. Notificación.
La notificación deberá contener el nombre del adjudicatario e importe de la adjudicación así como las razones de la adjudicación.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario, en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 41.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, será xx xxxx (10) días.
15. FORMALIZACIÓN.
Se realizará mediante contrato que habrá de ser firmado en los quince días naturales siguientes a la recepción de la notificación.
16. OBLIGACIÓN DE SUMINISTRAR INFORMACIÓN.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4, “Obligación de suministrar información”, de la Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el contratista estará obligado a suministrar a ACUAMED, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento por ésta de las obligaciones previstas en el título I de la Ley 19/2013.
17. GARANTÍAS DEL CONTRATO.
17.1. Forma y depósito.
De acuerdo con los modelos xxx xxxxxx, conforme al Reglamento de la LCAP; mediante aval prestado por alguno de los bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España o mediante contrato de seguro de caución celebrado con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. La garantía deberá depositarse en las oficinas de ACUAMED en Madrid.
17.2. Requisito.
Tanto el aval como el contrato de seguro se otorgarán con renuncia expresa al beneficio de excusión, orden, división y cualquier otro que pudiera ser, en su caso, de aplicación, y con compromiso de pago al primer requerimiento de ACUAMED en cumplimiento de las cláusulas del contrato y xxx Xxxxxx de Cláusulas Reguladoras.
18. REGLAS ESPECIALES RESPECTO AL PERSONAL LABORAL DE LA EMPRESA CONTRATISTA.
1º Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en el pliego, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de la “entidad contratante” del cumplimiento de aquellos requisitos. La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio, informando en todo momento a la entidad contratante.
2º La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.
3º La empresa contratista velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en el pliego como objeto del contrato.
4º La empresa contratista estará obligada a ejecutar el contrato en sus propias dependencias o instalaciones salvo que, excepcionalmente sea autorizada a prestar sus servicios en las dependencias de los entes, organismos y entidades que forman parte del sector público. En este caso, el personal de la empresa contratista ocupará espacios de trabajo diferenciados de los que ocupan los empleados públicos. Corresponde también a la empresa contratista velar por el cumplimiento de esta obligación.
Excepcionalmente esta Regla no será de aplicación, debiéndose en dicho caso darse por escrito las correspondientes instrucciones de desempeño.
5º La empresa contratista deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable integrado en su propia plantilla que tendrá entre sus obligaciones:
a) Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente a la entidad contratante, canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, de un lado y la entidad contratante, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato.
b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado.
c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.
d) Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la empresa contratista con la entidad contratante, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio.
e) Informar a la entidad contratante acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.
19. REVISIÓN DE DECISIONES EN MATERIA DE CONTRATACIÓN.
En aplicación del artículo 21.2 TRLCSP el orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias en relación con la preparación y adjudicación del contrato.
20. CONTROVERSIAS EN LA EJECUCIÓN Y FINALIZACION DEL CONTRATO.
Las controversias que pudieran surgir entre las partes que pudieran surgir entre las partes se resolverán por los Juzgados y Tribunales del orden jurisdiccional civil, que serán los competentes para conocer de las cuestiones relacionadas con la ejecución del Contrato, con sometimiento expreso a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de la Ciudad de Madrid, con renuncia expresa a cualesquiera otros fueros que pudiesen corresponderles.
FECHA: FIRMA |
ANEXO I
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D/Dña.: | |
DNI Nº: | Validez hasta: |
Actuando en nombre y representación de | |
Domicilio | |
Localidad | CP |
Según poder otorgado ante el Notario de: | |
D/Dña.: | |
Fecha: | Nº Protocolo |
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD, que ni el firmante, ni la Empresa a la que representa, ni sus administradores o representantes, se encuentran incursos en ninguna limitación, incapacidad, prohibición o incompatibilidad para contratar con el sector público, no concurriendo circunstancia alguna que incapacite para contratar con el mismo, prevista en el artículo 60 del TRLCSP. Así mismo DECLARA hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no haber sido condenado mediante sentencia firme por delitos contra el medio ambiente.
Lo que firma en a de de 20
Nota: La presente declaración deberá otorgarse ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, (conforme a lo preceptuado en el apartado 1 del art. 73 del TRLCSP).
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D. ..........................................................................................., domiciliado en ..........................., provincia de
..................................., calle............................................................................., número, ......... con Documento
Nacional de Identidad Número ........................., actuando en nombre (propio o de
la Empresa que representa. En el caso de que el firmante actúe como Director, Apoderado, etc., de una Empresa o de un tercero, hará constar claramente el apoderamiento o representación), enterado del anuncio publicado en el
..............................del día .........de ........................de 20. , y de las condiciones y requisitos iniciales que se exigen
para la adjudicación mediante Procedimiento Abierto a la oferta económicamente más ventajosa, del Contrato de
........................................................................, se compromete a asumir la realización de las expresadas actividades, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones y con aceptación de las normas que rigen este contrato por la cantidad de euros, IVA no incluido.
La cantidad correspondiente al IVA para la ejecución las actividades objeto del contrato es de ……………….
Euros.
(Expresar claramente, escrita en letra y cifra, las cantidades en euros que se proponen).
MODELO DE GARANTÍA DEFINITIVA
El Banco (Caja de Ahorros, Cooperativa de Crédito) ................................................., (NIF ………) y en su nombre y
representación Don ............................y Xxx , con poderes suficientes para este acto,
AVALA a .......................................... (NIF ………) ante la Sociedad AGUAS DE LAS CUENCAS
MEDITERRÁNEAS, S.M.E., S.A., garantizando el cumplimiento por de las obligaciones derivadas del
contrato de servicios del que es adjudicatario.
En consecuencia, el aval responderá de todas las obligaciones del adjudicatario procedentes del contrato y sus Anexos, así como de las que se sigan indirectamente del mismo; de su ejecución o de su eventual resolución; del reintegro de las cantidades que, en su caso, AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.M.E., S.A. hubiera abonado en exceso a raíz de la liquidación final; del resarcimiento de los daños y perjuicios derivados del incumplimiento de sus obligaciones, incluidos los que pudiesen ser reclamados a AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.M.E., S.A. por cualesquiera terceros.
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de contratos de las Administraciones Públicas
La garantía que se constituye tiene el carácter de solidaria con con renuncia a los
beneficios de excusión, orden y división, y se podrá hacer efectiva por AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.M.E., S.A. mediante la sola comunicación a este Avalista del concepto reclamado y de su importe, debiendo el Avalista hacer entrega del mismo en el plazo xx xxxx (10) días a contar desde el requerimiento.
Este aval se concede por importe de (en cifra y en letra) EUROS, y estará vigente hasta tanto
AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.M.E., S.A. autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público mediante comunicación dirigida al Avalista, con devolución de este documento.
............................, a ...... de .................... de 20.....
ANEXO IV PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
Introducción:
AcuaMed considera los trabajos descritos en las presentes Prescripciones Técnicas particulares como un proyecto de un marcado carácter estratégico para la compañía, puesto que las “personas” son su principal activo, y la organización de AcuaMed debe adaptarse para ofrecer una mejor respuesta en el paso que se está produciendo hacia la “explotación” de las infraestructuras, así como en potenciar y mejorar el control de las actividades de la compañía.
Tras el paso más de 10 años desde la aprobación del Procedimiento que regula la Organización de puestos de trabajo, las modificaciones habidas exigen de una valoración de los mismos a fin de ajustar las tareas que realmente se realizan conforme a la estructura salarial de la compañía.
Por otro lado, AcuaMed actualmente no cuenta en su plantilla con los perfiles necesarios expertos en recursos humanos y evaluación de personas para poder abordar este proyecto de forma interna dentro de la compañía, por lo que se hace necesario la contratación de una empresa experta, que pueda aportar su “know-how” en esta materia y ayude a AcuaMed a encontrar las mejoras organizativas que redunden en un crecimiento de la eficiencia y eficacia en la organización.
Por lo tanto, se hace de vital importancia que las empresas que deseen acudir a la presente licitación que detallen en profundidad los métodos de trabajo y recursos que serán aplicados de cara a obtener los mejores resultados para AcuaMed.
Antecedentes y breve reseña histórica de la sociedad.
AcuaMed es una empresa que actúa bajo la tutela del Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (en adelante MAPAMA). AcuaMed nació en 2002 bajo la denominación “Infraestructuras del Trasvase, S.A.” con el objeto principal de construir y explotar las infraestructuras necesarias para transferir recursos hídricos desde el río Ebro al arco mediterráneo. Una vez que en 2004 se produjo la derogación del mencionado trasvase la sociedad modificó su denominación social por la actual, pasando el MAPAMA a realizar la encomienda de diferentes actuaciones de interés hidráulico en todo el arco mediterráneo.
AcuaMed tras su creación tenía una superposición geográfica con el ámbito de actuación de otras sociedades del sector estatal de aguas, a las que fue integrando en aras de mejorar la eficiencia y eficacia del sector público empresarial. Concretamente AcuaMed absorbió en el año 2006 a la sociedad “Aguas de la Cuenca del Sur, S.A. - Acusur” y en el ejercicio 2010 a las sociedades “Aguas del Júcar, S.A. - Acuajúcar” y “Aguas de la Xxxxxx xxx Xxxxxx, S.A. - Acuasegura”
Como hemos mencionado, mientras XxxxXxx tenía un ámbito de actuación ligado a todo el arco mediterráneo, cada una de las sociedades absorbidas tenía un ámbito de actuación restringido a las cuencas hidrográficas a las que pertenecía, y que en todos los casos se superponía con el definido para AcuaMed. Esta superposición funcional, unida a un intento de mejora en la
eficacia y eficiencia de los recursos públicos, motivó que se llevasen a cabo los procesos de fusión mencionados en 2006 y 2010.
Como resultado de dichos procesos de fusión, la plantilla de AcuaMed llegó a alcanzar a comienzo de 2011 la cifra de 122 empleados, que históricamente ha sido el máximo número de empleados de la sociedad. Sin embargo, aspectos como la grave crisis económica de los últimos años, así como la duplicidad de algunas de las funciones con las existentes en alguna de las sociedades absorbidas, originó que AcuaMed abordara en el periodo 2012-2015 importantes ajustes en su plantilla, hasta dejarla en los 81 efectivos que la conforman a la fecha de redacción del presente documento.
Como resultado de la fusión convive en Acuamed Personal adscrito a 3 diferentes convenios colectivos.
Personal de AcuaMed. - (67 Trabajadores adscritos al Convenio estatal de industrias de captación, elevación, conducción, tratamiento, distribución, saneamiento y depuración de aguas potables y residuales.
Personal de AcuaMed que proviene de Acuajúcar. - (8 Trabajadores adscritos al Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx x Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx).
Personal de AcuaMed que proviene de Acuasegura. - (6 Trabajadores adscritos al Convenio de la Construcción de la Región xx Xxxxxx).
La coexistencia de personal asignado a estos 3 diferentes convenios ha generado dificultades para la integración de las plantillas y discordancias entre categorías y puestos de trabajo de uno u otro convenio. Es interés de la sociedad que en un futuro se produzca una integración de todo el personal bajo un único convenio, aunque dicha negociación e integración queda fuera del ámbito del presente Xxxxxx.
La distribución geográfica de la plantilla de AcuaMed se distribuye entre su sede central ubicada en la xxxxx Xxxxxxxx xxxxxx 00 xx Xxxxxx, donde se encuentra el grueso de la plantilla, así como 4 Gerencias Territoriales ubicadas en Valencia, Murcia, Almería y Málaga.
El reparto territorial de los trabajadores es el siguiente: Madrid 50 Empleados
Valencia y Cataluña 13 Empleados
Murcia 09 Empleados
Almería 03 Empleados
Málaga 06 Empleados
Total 81 Empleados
Por otro lado, tal y como se ha reflejado líneas arriba, la actividad de AcuaMed viene definida por una encomienda de trabajo materializada a través de la firma de un Convenio de Gestión Directa suscrito con el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, en el que el mismo encarga la construcción y explotación (si fuese necesario) de una serie de “actuaciones”.
La sociedad, que desde su nacimiento y durante numerosos ejercicios ha tenido una actividad principalmente constructora y de desarrollo y ejecución de los trabajos encomendados por el MAPAMA, actualmente numerosas actuaciones están llegado a su finalización o bien se encuentran ya en fase de explotación, por lo que el número de obras puestas en producción crece ejercicio a ejercicio, y por lo tanto la actividad explotadora ha pasado a ser la principal en la empresa, años en los que el volumen de facturación se ha ido incrementando anualmente, hasta alcanzar una cifra cercana a los 100 millones de euros en el año 2016.
La continua pérdida de peso de la actividad constructora, en beneficio de la creciente actividad de Explotación, ha motivado que AcuaMed haya adaptado su organigrama funcional recientemente, integrando toda la responsabilidad tanto de Construcción y Explotación bajo la figura del “Director Técnico”. En dicha dirección, por tanto, recae todo el peso de la actividad y del negocio de Acuamed.
El organigrama directivo de AcuaMed se desarrolla a nivel de “direcciones” y “gerencias” encargadas de un determinado ámbito funcional u operativo.
Dentro del organigrama directivo de AcuaMed, además de dicha Dirección Técnica a la que ya hemos hecho referencia anteriormente, la sociedad cuenta en estructura su estructura con otras 2 direcciones de apoyo: la Dirección de Administración y Finanzas y la Dirección de Asesoría Jurídica - Vicesecretario del Consejo de Administración, además del departamento de Auditoría Interna, de reciente creación, que actuará como un mecanismo de staff dependiente de la Presidencia Ejecutiva y de control a todos los niveles de la organización.
Por lo tanto, tal como se ha descrito, AcuaMed está estructurada en 4 direcciones en dependencia de la Presidencia ejecutiva de la compañía tal y como se ilustra a través de la siguiente imagen. La configuración del organigrama de AcuaMed en 4 direcciones no es objeto de posibles modificaciones a efectos del trabajo de mejora organizativa, al estar el personal de alta dirección fuera del objeto del estudio.
Cabe mencionar que, además de las direcciones descritas, existe la figura de un gerente que realiza funciones de “adjunto a la Presidencia”.
Por debajo de las direcciones funcionales y para completar el cuadro directivo de AcuaMed, existen “Gerencias” creadas por áreas de trabajo que agrupan un buen número de funciones homogéneas.
Dentro de la Dirección Técnica, existen dos grupos de gerencias:
a) Las de operaciones, al mando de las cuales hay un Gerente Territorial, que tiene capacidad de mando sobre su ámbito territorial y responsabilidad sobre los resultados de las actuaciones incluidas en su ámbito geográfico.
b) Las de apoyo corporativo, en dependencia de la Dirección Técnica existen 4 gerencias, todas ellas ubicadas en la sede central de AcuaMed en Madrid.
Dentro de la Dirección de Asesoría Jurídica existen dos gerencias:
En la Dirección de Administración y Finanzas existen 3 gerencias:
Proyecto/objeto del contrato
El proyecto, consistirá en el servicio de Consultoría y Asesoramiento para la optimización de la organización del trabajo en AcuaMed, determinando la mejor distribución de los recursos humanos, desde el punto de vista cualitativo y cuantitativo.
Lugar de Prestación de servicios:
Los servicios se entenderán prestados por el adjudicatario en sus oficinas, sin perjuicio de las visitas necesarias para la realización de la prestación del servicio en las oficinas de AcuaMed.
Nota. - Para el correcto desarrollo del servicio, será necesario aparte de realizar visitas a las oficinas centrales de AcuaMed, ubicadas en Madrid, xxxxx Xxxxxxxx, 00, realizar desplazamientos a las delegaciones en las que AcuaMed tiene operativos centros de trabajo con trabajadores en activo, y que están ubicadas en las ciudades de Valencia, Murcia, Almería y Málaga.
Interlocutores y seguimiento del Proyecto
La empresa “Aguas de las Cuencas Mediterráneas, S.M.E., S.A.” nombrará un interlocutor para realizar un correcto seguimiento y controlar la adecuada evolución del proyecto. La gestión del proyecto al que se refieren las actuales Prescripciones Técnicas Particulares corresponderá a la Dirección de Administración y Finanzas de AcuaMed.
El adjudicatario designará a un “Jefe de Proyecto”, quién realizará la interlocución directa con AcuaMed y realizará la coordinación técnica del equipo de trabajo puesto a disposición del servicio por parte del contratista.
Ambos interlocutores mantendrán reuniones con carácter semanal, sin perjuicio de aquéllas que surjan a petición de AcuaMed en el normal seguimiento del contrato, de cara a verificar que el desarrollo del mismo se está realizando conforme a las expectativas de AcuaMed.
Descripción de los servicios a contratar:
AcuaMed requiere el asesoramiento en materia de RRHH para realizar un proyecto de “Organización del trabajo en AcuaMed, determinando la mejor distribución de los recursos humanos, desde el punto de vista cualitativo y cuantitativo”.
Descripción del Alcance del trabajo y personal objeto del estudio:
Personal objeto del Estudio:
El personal al que va dirigido el presente estudio, es todo el personal de AcuaMed sujeto a Xxxxxxxx, quedando fuera de las conclusiones del estudio el personal directivo con relación “de confianza o de Alta Dirección”.
Independientemente de lo anterior, es necesario para el correcto desarrollo de los trabajos descritos a lo largo de las presentes Prescripciones Técnicas contar con la participación y colaboración del personal de Alta Dirección.
El alcance del proyecto es el siguiente:
En primer lugar, deberá proponerse un plan de comunicación a la Representación Legal de los Trabajadores de la empresa, al objeto de que éstos conozcan al contenido del proyecto y donde se exponga la finalidad y las labores a realizar a lo largo de todas las fases del trabajo.
A) Diseño de los “Puestos de Trabajo” de la Organización1.
Identificación de las competencias corporativas y específicas de cada puesto, necesarias para una adecuado desempeño, así como la elaboración de la “descripción” de cada Puesto de Trabajo.
Presentar un organigrama “Actual” de la compañía que identifique a cada uno de los trabajadores, con el “Puesto de Trabajo” desempeñado.
Elaborar un “diccionario” de competencias que identifique:
Competencias corporativas clave para AcuaMed:
Identificando las competencias “clave”
Identificando las competencias específicas de cada Puesto de Trabajo.
Elaborar un manual que contenga la descripción de cada uno de los “Puestos de Trabajo” de AcuaMed.
La descripción de cada “Puesto de Trabajo” deberá recoger como mínimo:
Identificar la dependencia jerárquica del Puesto de Trabajo dentro del organigrama de la compañía.
Identificar los objetivos principales de dicho Puesto de Trabajo.
Identificar las competencias corporativas y específicas del puesto.
Identificar y detallar las funciones de cada Puesto de Trabajo.
Identificar y detallar las responsabilidades del Puesto de Trabajo.
1 Aun cuando el personal de alta dirección queda fuera del presente estudio, el diseño de “Puestos de Trabajo”; así como cualquier aspecto relacionado con la fase A) del trabajo deberá englobar la totalidad de Puestos de Trabajo de AcuaMed, incluidos los del máximo responsable de la compañía y personal de “Alta Dirección”.
Identificar procesos interviene, o bien que deben ser revisados, supervisados, autorizados o aprobados en cada Puesto de Trabajo.
Identificar los informes que deben de elaborarse, revisarse, autorizarse o enviarse en cada Puesto de Trabajo.
Definir la formación técnica/específica del puesto, en caso de ser necesaria.
Indicar las categorías/grupos profesionales en la que dicho Puesto de Trabajo tendría encaje dentro del Convenio Colectivo de AcuaMed.
Establecer una de la banda salarial que debería encontrarse el “Puesto de Trabajo”, en relación a las categorías existentes de la Empresa.
El personal AcuaMed del área de RRHH deberá recibir la formación necesaria por parte del consultor como para poder mantener, actualizar y gestionar el Manual de definición de Puestos de Trabajo una vez que los consultores finalicen este servicio.
Diseño del “Perfil” necesario para cada puesto de trabajo en AcuaMed. La empresa licitadora preparará un documento que contenga el diseño del “Perfil profesional” necesario para cubrir cada Puesto de Trabajo existente en AcuaMed.
B) Fase de Entrevistas2
Antes de iniciar esta fase del trabajo, Acuamed facilitará al adjudicatario del servicio un curriculum vitae (C.V.) actualizado de cada uno de los empleados.
Con la información aportada de cada empleado y la que el consultor determine como necesaria para abordar el estudio se realizarán los siguientes trabajos:
Identificación de los objetivos principales de cada Gerencia y Dirección en AcuaMed.
Análisis previo individual de cada trabajador, que recogerá un estudio de la formación, experiencia, valoración de cada empleado por parte de su superior jerárquico, así como la resultante de las pruebas aptitudinales que se determinen necesarias. Dicho estudio incluirá de cada trabajador, como mínimo:
Formación.
Experiencia.
Tiempo desarrollando el mismo puesto de trabajo.
Facilidad para la movilidad o adaptabilidad del empleado al Puesto de Trabajo.
Otras pruebas aptitudinales o psicotécnicas oportunas.
2 Independientemente que en la fase de “Entrevistas” y para la correcta realización del estudio sea necesario contar con la aportación de los Directores, así como máximo responsable de AcuaMed, las conclusiones del estudio englobarán únicamente al personal sujeto a Convenio.
Valoración individual de cada trabajador.
Realización de una entrevista personal de forma individual con cada empleado de AcuaMed, con el objeto de analizar su experiencia, competencias, expectativas y motivaciones, así como poder evaluar su desempeño en aspectos cualitativo y cuantitativo.
La entrevista realizada deberá ser efectuada en profundidad, estimándose, de forma orientativa, una duración aproximada de las 2 horas con cada trabajador. El objetivo de la misma será contrastar y analizar:
Experiencia aportada y necesaria.
Evaluar los Factores de Desempeño (Cualitativo y Cuantitativo).
Analizar la adecuación del empleado en el Puesto de Trabajo.
Expectativas y motivaciones del empleado.
Contrastar y cotejar la valoración obtenida por cada uno de los empleados.
Realización de un informe individual con las conclusiones para todos y cada uno de los empleados objeto del estudio, indicando aquellos aspectos a considerar en el plan de desarrollo de competencias, que contendrá, como mínimo, lo siguiente:
Determinar criterios que permitan realizar un análisis de las principales Fortalezas y Debilidades del empleado en relación a su Puesto de Trabajo o cualquier ámbito organizativo de AcuaMed.
Grado de satisfacción con el puesto que desarrolla actualmente.
Motivaciones, capacidad de adaptación a los cambios del entorno.
Grado de identificación del empleado con las necesidades de la compañía, entorno de trabajo, etc.
Indicación de las áreas en que es necesario reforzar formación o potenciar al trabajador.
Cualquier otro aspecto a destacar dentro del plan de desarrollo de competencias.
Se presentará un informe detallado y justificado con las conclusiones obtenidas. En dicho informe se identificará a las personas con mejor adecuación para cada Puesto de Trabajo, de acuerdo a la “descripción” que se haya diseñado para cada puesto.
El personal de RRHH de AcuaMed deberá recibir formación que le capacite para identificar los objetivos y criterios de evaluación de los nuevos puestos de trabajo que se creen o modifiquen de cara a permitir que, de forma autónoma, puedan establecerse criterios de evaluación para cada puesto de trabajo. Asimismo, la consultora deberá entregar todos los modelos, plantillas y documentación relativa a la evaluación de los trabajadores en formato electrónico editable a AcuaMed.
C) Propuesta de “Mejoras Organizativas”.
Deberá realizarse un detallado estudio de análisis de las cargas de trabajo existentes en cada una de las Direcciones y Gerencias de AcuaMed. Los principales objetivos del estudio a realizar son los siguientes:
Detectar e identificar cualquier problema organizativo o desequilibrios en la estructura actual de la compañía. El estudio deberá incluir un análisis exhaustivo de la carga de trabajo de cada una de las Direcciones, Gerencias y personas que forman parte de la organización.
Identificar áreas que presenten un desequilibrio en su carga de trabajo efectivamente contrastada o identificar aquellas áreas que requieran recursos adicionales para poder desempeñar su función de forma adecuada.
Determinar la distribución óptima de recursos humanos entre las distintas áreas.
La empresa adjudicataria deberá realizar un informe que contenga una propuesta con los cambios organizativos que se aprecien necesarios, así como la reasignación de recursos humanos entre las distintas áreas que conforman la organización.
La propuesta de reasignación realizada deberá contener como mínimo las siguientes premisas:
Propuesta nominal, en base a las necesidades actuales detectadas con la reasignación de efectivos entre las distintas áreas. La propuesta deberá estar justificada con indicadores, ratios o cualquier otro medio que el licitador estime oportuno.
Se presentará un informe/memoria que contenga una propuesta de organigrama futuro de la compañía.
Deberá exponer los criterios/premisas que sientan la base del informe.
Criterios de recolección de la información base del mismo.
Cálculos, estudios e indicadores utilizados para determinar la carga de trabajo, etc.
Deberá recoger una estimación sobre la evolución futura y necesidades de recursos que pueden plantearse a futuro en las diferentes áreas/gerencias.
Deberá realizarse un “Plan de implantación” de los resultados y así como un “Plan de comunicación” a todos los trabajadores de los resultados y conclusiones extraídas.
Conclusiones Finales del Trabajo:
La empresa adjudicataria presentará un informe final, de carácter ejecutivo, que recoja las principales conclusiones de los trabajos realizados.
Si de las propuestas de mejora organizativa, se desprendiese la reasignación, rediseño o la creación de algún nuevo “Puesto de Trabajo”, deberá ser tenido en cuenta para actualizar cualquiera de los documentos que se han indicado a lo largo del presente punto y que el licitador haya entregado como resultado del servicio.
Nota. - Todos los documentos a los que se hace referencia dentro del presente documento, así como aquéllos que el licitador incluya o mencione dentro de su “Programa de Trabajo” serán considerados obligación esencial del contrato y por lo tanto son de obligada elaboración y su recepción deberá ser aprobada expresamente por Acuamed para ser considerados válidos.
Valoración:
La valoración de las ofertas presentadas se realizará en base a lo descrito en el “Pliego de cláusulas reguladoras del servicio de consultoría de recursos humanos para la optimización del trabajo en AcuaMed”.
Solvencia profesional requerida para realizar los trabajos:
Las empresas que deseen participar en el presente proceso deberán acreditar la solvencia exigida en el apartado 8.2. xxx Xxxxxx de Cláusulas Reguladoras.
Contenido de la oferta del licitador
Los licitadores del presente servicio deberán presentar una memoria técnica que describa de forma exhaustiva la metodología que utilizará la empresa licitadora, así como los recursos asignados al servicio en cada momento para abordar con éxito el presente estudio. En dicha memoria deberá recogerse el desarrollo de un “Programa de Trabajo” que dé respuesta a las necesidades planteadas en las (3) fases descritas del presente servicio. Asimismo, deberá presentarse un cronograma estructurado donde se describa la evolución prevista de los trabajos en la evolución de las diferentes fases (3) descritas.
El licitador podrá proponer el orden de desarrollo y estructuración cronológica de las fases que mejor se adapte a las necesidades del trabajo encomendado y a la organización del mismo. El plazo máximo en el que se deberán entregar los resultados del trabajo solicitado es de cuatro (4) meses.
La extensión de la propuesta presentada no podrá exceder de 20 hojas a doble cara (40 páginas) en formato DIN-A4 (Tipo de letra ARIAL – Tamaño 11), tal y como se describe en el punto 9.2 “extensión” xxx Xxxxxx.
Fase 1 .- Diseño de los Puestos de Trabajo de la Organización:
El “Programa de Trabajo” realizado por el licitador describirá de una forma exhaustiva el método de trabajo, recursos asignados y procedimiento a seguir de cara a identificar las competencias corporativas y específicas de cada Puesto de Trabajo existente en AcuaMed. El licitador podrá incorporar a su propuesta todo aquello que considere necesario para poder realizar una correcta descripción de puestos y para que el desempeño de los trabajadores sea el óptimo para AcuaMed.
En esta fase, deberá incluirse dentro del programa de trabajo lo siguiente:
a) Análisis de la situación inicial de AcuaMed que permita determinar el número de “Puestos de Trabajo” de la sociedad, y los métodos que llevaran a determinar las competencias profesionales (corporativas y específicas) necesarias para desarrollar de forma eficiente el trabajo.
b) Describir los métodos de recolección y elaboración de la información necesarios para desarrollar el trabajo descrito en esta fase.
c) Descripción y modelización de la confección del manual de “Puestos de Trabajo”. Deberán describirse los mecanismos, métodos de trabajo, modelos, formatos a presentar para confeccionar un Manual que contenga la descripción de cada uno de los “Puestos de Trabajo” de AcuaMed.
d) Descripción del análisis y métodos de trabajo que la empresa licitadora proponer para confeccionar el manual del “Perfil Profesional” de cada “Puesto de Trabajo” existente en Acuamed.
Fase 2.- Realización de Entrevistas: -
El programa de trabajo elaborado por el licitador deberá incluir un modelo para estandarizar y homogeneizar la información que los empleados deberían cumplimentar de cara a facilitar y agilizar el trabajo a desarrollar por el licitador, quién podrá realizar las propuestas oportunas en cuanto a la forma más adecuada de programar y estructurar los trabajos descritos en esta fase.
El licitador deberá describir de la forma mas exhaustiva y correcta lo siguiente:
a) Un objetivo principal de la presente fase es que deben determinarse las funciones y objetivos de cada Área y Gerencia de AcuaMed. Deberá estudiarse cómo queda estructurado el trabajo en cada área de AcuaMed, detectando posibles mejoras, solapamientos, etc.
b) Análisis previo de cada uno de los trabajadores. - El licitador deberá describir en profundidad los criterios seguidos para confeccionar un análisis individual previo de cada trabajador.
Deberá indicarse la información a recopilar, criterios seguidos, etc. Este Análisis deberá realizarse de la forma más objetiva posible.
El licitador tendrá libertad para determinar los métodos más adecuados para obtener la mencionada valoración inicial con los criterios más objetivos posible. AcuaMed propone en este sentido que se realice un estudio que recoja opiniones de forma bidireccional o realizar un cuestionario de 360 grados, que permita obtener una visión global de cada empleado.
La propuesta del licitador deberá describir de forma clara los métodos, pruebas, forma de evaluar y contrastar la información que obtenga de cada empleado. Dichos métodos siempre deberán ser cuantificables y establecidos con criterios objetivos.
c) Contraste de la información: Las conclusiones obtenidas para cada empleado en el análisis previo, serán contrastadas en una entrevista individual a realizar con cada uno de los empleados.
Las entrevistas serán realizadas en las delegaciones de AcuaMed y serán efectuadas en profundidad, de forma transversal a la organización, estimándose, de forma orientativa, una duración aproximada de las 2 horas con cada trabajador. El licitador deberá establecer de la forma más descriptiva posible cómo establecerá los métodos que le permitan contrastar en la entrevista la información individual previa de cada trabajador.
Uno de los factores principales de este paso del estudio es evaluar los factores de desempeño cualitativo y cuantitativo de cada uno de los trabajadores.
d) Conclusiones fase entrevistas: El licitador presentará un informe individual detallado con las conclusiones finales del estudio individual realizado a cada trabajador. Deberán describirse los factores, y líneas principales que contendrá el informe individual realizado.
Finalmente, el licitador elaborará un informe nominativo en el que se identificará a las personas con un mejor desempeño para cada “Puesto de Trabajo”. Asimismo, deberán indicarse los criterios que vayan a seguirse.
Nota. - Como se ha descrito líneas arriba, las entrevistas realizadas tendrán lugar en las diferentes delegaciones territoriales de AcuaMed donde cada empleado tiene su centro de trabajo. Para lo cual, la empresa licitadora podrá contar con el apoyo del interlocutor de AcuaMed para coordinar cualquier actividad con los empleados de la compañía, de cara a facilitar el trabajo a realizar.
Los gastos de viaje (locomoción, manutención y, en su caso, alojamiento) necesarios para el desarrollo de los trabajos, serán a cargo del adjudicatario del servicio.
Fase 3.- Mejoras Organizativas
El objetivo de esta fase es encontrar la estructura organizativa óptima para AcuaMed. El licitador deberá describir con la mayor profundidad y claridad posible:
a) Proponer y definir el diseño del estudio y análisis de las cargas de trabajo de cada una de las Direcciones y Gerencias de AcuaMed, dicho estudio deberá ir dirigido a detectar incoherencias o problemas organizativos dentro de la estructura actual de la compañía.
Dicho estudio incluirá un análisis exhaustivo de la carga de trabajo de cada una de las personas que forman parte de la organización.
Deberán detallarse con especial énfasis dentro del “Programa de trabajo” los criterios, métodos, indicadores, y cualquier otro dato de interés que facilite el entendimiento de los métodos propuestos por el licitador de cara a evaluar la carga de trabajo de cada Gerencia/Puesto de Trabajo.
El objeto principal de esta fase del estudio es detectar de una forma lo más objetiva posible aquellas áreas que presenten un desequilibrio en su carga de trabajo efectivamente contrastada e identificar aquellas áreas que requieran recursos adicionales para poder desempeñar su función de forma adecuada.
b) Escenario organizativo propuesto. - En base al estudio anterior, y para el caso que se presentasen diferencias entre los recursos asignados/necesarios de cada una de las gerencias y direcciones de la sociedad la empresa licitadora describirá en su propuesta cómo se realizará la elaboración de un nuevo escenario organizativo, basado en un informe que contendrá lo siguiente:
i. Descripción de los cambios organizativos y medidas a adoptar, que la empresa consultora estime necesarios de cara a una optimización de los recursos de AcuaMed.
ii. Propuesta nominal, que deberá recoger los criterios seguidos para elegir a las personas que pudieran ser afectadas por un cambio reorganizativo. Estos criterios deberán ser lo más objetivos y asépticos posible.
iii. Proyección de un organigrama futuro de la compañía. Deberá indicarse los criterios/premisas seguidos para elaborar el organigrama, los criterios de
recolección de la información, cálculos e indicadores utilizados para elaborar una estimación futura de recursos.
c) Propuesta de implantación de las medidas. Deberá describirse en la propuesta las medidas que podrían adoptarse, colaboración del licitador, medios necesarios con que deberá contar AcuaMed, apoyo legal necesario, etc.
d) Plan de comunicación deberá elaborarse un plan que facilite la comunicación y entendimiento de las medidas propuestas a todos los niveles de la compañía. Se describirá de forma clara las actuaciones y pasos a seguir por parte de Acuamed.
Conclusiones Finales del Trabajo:
La empresa adjudicataria presentará un informe final, de carácter ejecutivo, que recoja las principales conclusiones de los trabajos realizados.
Si de las propuestas de mejora organizativa, se desprendiese la reasignación, rediseño o la creación de algún nuevo “Puesto de Trabajo”, deberá ser tenido en cuenta para actualizar cualquiera de los documentos que el licitador haya entregado como resultado del presente servicio.
Todos los documentos a los que se hace referencia dentro del presente documento, así como aquéllos que el licitador incluya o mencione dentro de su “Programa de Trabajo” serán considerados obligación esencial del contrato y por lo tanto son de obligada elaboración y su recepción deberá ser aprobada expresamente por Acuamed para ser considerados válidos.
Asimismo, toda la documentación que se genere a lo largo del servicio propuesto y los documentos a los que se hace referencia dentro del presente documento, así como aquéllos que el licitador incluya o mencione dentro de su “Programa de Trabajo” deberán ser entregados en formato papel, así como en formato electrónico editable (Word, Excel, Access preferentemente), para facilitar cualquier posterior actualización que AcuaMed tuviese que realizar.
Presupuesto máximo de licitación
El precio base de licitación es de (100.000,00 €) IVA no incluido, según el siguiente desglose de hitos a cumplir:
Peso | |
A) Diseño de los “Puestos de Trabajo” de la Organización. | 16% |
B) Entrevistas | 72% |
C) Propuesta de “Mejoras Organizativas”. | 12% |
Total……. | 100% |
El Valor Estimado del Contrato asciende a (100.000,00 €) IVA no incluido.
Facturación:
La facturación se realizará mediante aceptación por parte de AcuaMed de facturas emitidas por el adjudicatario del servicio, una vez cumplidos los hitos A), B), y C) descritos en el apartado anterior, siempre que dichos hitos hayan sido aceptados y validados por AcuaMed.
Penalizaciones:
El contratista está obligado a cumplir los plazos parciales fijados para la ejecución sucesiva del contrato y en general para su total realización, así como el resto de obligaciones previstas en el contrato.
Si el contratista, por causas imputables al mismo, hubiera incurrido en demora respecto de los plazos parciales establecidos o con respecto al plazo final, o incumpliera cualquiera de las obligaciones previstas en el contrato, Acuamed impondrá una penalidad del uno por cien (1%) semanal del importe del contrato. En el caso que se supere el veinte por cien (20%) del importe del contrato, Acuamed se reserva el derecho a resolver el contrato sin indemnización alguna al contratista.
La aplicación de las citadas penalidades no impedirá a Acuamed, exigir al contratista el cumplimiento de las obligaciones contractuales, ni excluye la indemnización de daños y perjuicios a que pudiera tener derecho como consecuencia de la demora.
En ningún caso, la constitución en xxxx del contratista requerirá interpelación o intimación previa por parte de Acuamed.
El importe de las penalidades por demora, se harán efectivas mediante deducción de los mismos en las facturas emitidas que se produzcan. En todo caso, la garantía responderá de la efectividad de aquéllas.
Protección de Datos y Propiedad Intelectual:
Toda la documentación o información que en el desarrollo del servicio objeto de la presente licitación sea facilitada por la empresa adjudicataria es propiedad de AcuaMed.
El adjudicatario deberá guardar el debido sigilo y confidencialidad de cuanta información de la empresa tenga acceso durante la vigencia del presente contrato.
A los efectos de la presente cláusula se considerará Información Confidencial toda información directa o indirectamente relacionada con la Empresa, obtenida por el adjudicatario en el curso del servicio que le vincula a AcuaMed.
Todos los estudios y documentos elaborados durante la ejecución del contrato, incluidos los procedimientos de obtención de dicha información, serán propiedad de Acuamed.
Tanto durante la vigencia de su contrato con AcuaMed, así como una vez extinguido el mismo, el adjudicatario no podrá utilizar para sí, ni proporcionar a terceros datos de los trabajos contratados. Asimismo, el adjudicatario se compromete a no revelar, difundir, disponer o utilizar ningún tipo de Información adquirida en el transcurso de la relación laboral, sin la expresa autorización de la misma.
El desarrollo del contrato tendrá lugar durante la vigencia de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (la “LOPD”), y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD (“RDLOPD”).
Pero todos aquellos procedimientos que tengan vigencia a lo largo del tiempo en AcuaMed, tendrán que aplicar de manera rigurosa el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (el “RGPD”).
Nótese que está en proyecto una nueva L.O. de Protección de Datos personales, que sustituirá a la actual LOPD; Actualmente existe un anteproyecto que indica como fecha de entrada en vigor 28 xx xxxx de 2018.
ANEXO V
DOCUMENTO DE FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO PARA EL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE RECURSOS HUMANOS PARA LA OPTIMIZACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EN ACUAMED”
En Madrid, a … de … de 200…
REUNIDOS
De una parte D. ……………, en nombre y representación de la sociedad estatal Aguas de las Cuencas Mediterráneas, S.M.E., S.A., en adelante ACUAMED, N.I.F. con domicilio en …., 28…. Madrid, ostentando
la representación legal de la Sociedad para la formalización de este Contrato, según las facultades que se le otorgan en la escritura de fecha …. de …. de ….., inscrita en el Registro Mercantil ……
En adelante, esta parte será denominada en el contrato ACUAMED
De otra, D. ……………., en nombre y representación de …………… CIF con domicilio a estos efectos en
…….., calle ………., …., ostentando la representación legal de la Sociedad para la formalización de este
Contrato, según las facultades que se le otorgan en la escritura de fecha …. de …. de , inscrita en el Registro
Mercantil ……
En adelante, esta parte será denominada en el contrato “el Contratista”.
Ambos representantes, reconociéndose mutuamente capacidad jurídica suficiente, suscriben en nombre de las respectivas entidades el presente contrato y, al efecto,
EXPONEN
I. ACUAMED es una sociedad perteneciente al sector público empresarial de la Administración General del Estado de las referidas en los artículos 2.1.e) y 3.2.b) de la Ley 47/2003, General Presupuestaria, cuya constitución obedece a lo previsto en el artículo 132 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Xxx xx Xxxxx, siendo su objeto, entre otros, el diseño, construcción y explotación de distintos tipos de instalaciones para el tratamiento y la producción de agua con unas determinadas características en cada caso.
II. Mediante anuncio publicado en … el día …. ACUAMED hizo pública la licitación para la contratación de
……..
II. El (órgano de contratación) de ACUAMED, en su reunión de fecha y de acuerdo con la oferta
formulada por …………………………, ha acordado adjudicar el contrato a ........................................
III. El Adjudicatario ha acreditado frente a ACUAMED, su personalidad y capacidad de obrar para contratar y obligarse, en especial, para el otorgamiento del presente Contrato y ha constituido la fianza definitiva exigida en el Pliego de Bases de la presente contratación, que ha quedado depositada a la disposición de ACUAMED a los efectos previstos en este Contrato.
IV. Ambas partes proceden a la formalización de este Contrato con arreglo a las siguientes:
CLAUSULAS
1. OBJETO.
1.1. El objeto del Contrato lo constituye ……………….
1.2. Los trabajos realizados por el Adjudicatario para el cumplimiento del Contrato , serán desarrollados bajo el control de ACUAMED, de acuerdo con las especificaciones y en los términos establecidos en este Contrato y en la
documentación que se adjunta con carácter contractual, cuyo contenido íntegro el Consultor manifiesta conocer, aceptar y se obliga a cumplir íntegramente.
1.3. Con esta finalidad se incluyen como parte integrante del presente Contrato, debidamente identificados por las partes.
a) El Pliego de Bases aplicable a este Contrato, que se adjunta como Anexo nº 1.
b) La oferta del Adjudicatario que se adjunta como Anexo nº 2.
c) Copia de la fianza constituida por el Consultor, que se adjunta como Anexo nº 3.
De la documentación que acaba de indicarse como definitoria del objeto de este Contrato, manifiestan ambas partes poseer copia exacta, formando parte integrante del Contrato.
En caso de discordancia o contradicción entre el presente Contrato con el contenido de los documentos contractuales señalados en los apartados a), b) y c) anteriores, será de aplicación preferente el Pliego de Bases sobre este Contrato y, después, los documentos referidos en dichos apartados, relativos al tema de que se trate, dando prioridad al Contrato con relación a la oferta.
1.4. El objeto del contrato no podrá ser variado mediante la incorporación de nuevas prestaciones no previstas en el pliego de cláusulas reguladoras, que habrán de ser objeto de contratación independiente.
2. PRECIO.
2.1. El importe de los trabajos, en virtud de la oferta del Contratista ha quedado fijado en la cantidad de … euros (…
€), XXX excluido. El importe del IVA correspondiente al contrato asciende a …. €.
2.2. El Precio del Contrato comprende la totalidad de los conceptos, costes y gastos necesarios para el correcto y completo cumplimiento del Contrato, y se desglosa como sigue, sin que la relación sea limitativa:
La completa realización de los trabajos contratados.
Los sueldos, pluses y dietas del personal asignado a la realización del Servicio.
Los gastos generales de la empresa y el beneficio industrial del Adjudicatario.
Los gastos de adquisición y aprendizaje de las herramientas informáticas de las que el Adjudicatario ha de disponer.
Los tributos, derechos, compensaciones, descuentos y demás gravámenes o gastos que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes, en la forma y cuantía que éstas señalen.
Costes más elevados para la realización de tareas nocturnas, en horas extraordinarias y en días festivos, si fuesen necesarias.
Permisos y licencias necesarios (excepto los que facilite directamente ACUAMED y que se mencionan expresamente en el Pliego de Bases).
Indemnización de todos los daños y perjuicios ocasionados a terceros, como consecuencia de los trabajos requeridos para la ejecución del presente Contrato.
Los gastos y costes derivados de cualquier subcontratación del Adjudicatario, autorizada por ACUAMED.
2.3. En cuanto a la admisión o no de la revisión de precios se estará a lo dispuesto en el pliego de condiciones que reguló la licitación.
3. FORMA DE PAGO.
3.1. El Contratista emitirá facturas tras el cumplimiento de los hitos descritos en el Pliego de Prescripciones Técnicas, una vez que los trabajos hayan sido aceptados y validados por AcuaMed.
3.2. El abono de las facturas por parte de ACUAMED, caso de ser conformes, se efectuará el primer día de pago de AcuaMed, treinta (30) días después de fecha de aceptación de las facturas mediante transferencia bancaria a la cuenta que disponga el adjudicatario.
La facturación se realizará en base al cumplimiento de los hitos descrito dentro xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, siempre que dichos hitos hayan sido cumplidos a satisfacción de de AcuaMed.
4. CONTROL Y SUPERVISIÓN DEL CONTRATO.
4.1. El control de la realización de los trabajos corresponde a ACUAMED que la ejercerá por medio de ….. de acuerdo con las especificaciones y en los términos establecidos en este Contrato y de la oferta presentada por el Contratista, que debidamente firmada por ambas partes y formando parte de este contrato se adjunta anexa.
4.2. La representación del contratista a efectos de la ejecución del contrato la ejerce D. …… El trabajo habrá de ser elaborado y firmado por D. …..
4.3. El contratista facilitará la supervisión mediante la presentación periódica (establecer ) de valoraciones, informes (u aquellos otros documentos que así se establezcan)
5. PLAZO.
5.1. El Contratista realizará el objeto del contrato durante el plazo de ……, contados a partir de …. siguiente al de la firma del contrato.
5.2. El contrato podrá ser prorrogado solo en el caso de que así se hubiera previsto en el pliego de condiciones reguladoras de la licitación.
5.3. El plazo de ejecución del contrato podrá ser ampliado sin coste económico para AcuaMed cuando no concurra causa imputable al contratista.
6. ENTREGA Y RECEPCIÓN.
6.1. La entrega del (objeto) de la Cláusula …. consiste en la puesta a disposición por el Contratista a ACUAMED de toda la documentación que cada informe deba contener con arreglo al Contrato y la oferta anexa.
6.2. La recepción del informe definitivo por ….. se realizará mediante la firma de un Acta de recepción. La recepción definitiva estará condicionada a su aceptación por (en su caso, Administración u Organismo Pública correspondiente).
6.3. No obstante el plazo del contrato establecido en la cláusula 5, el Contratista se compromete a realizar las modificaciones que le indique a instancias de ……, en el plazo que fuera necesario y con toda la diligencia propia de un profesional.
7. GARANTÍAS
7.1. La ejecución del presente contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del Contratista. Será obligación del Contratista indemnizar a ACUAMED o a terceros por todos los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de la realización de los trabajos. Para ello, el Contratista declara tener suscrito un seguro de responsabilidad civil de cuya póliza entrega copia a ACUAMED.
8. PENALIZACIONES
El contratista está obligado a cumplir los plazos parciales fijados para la ejecución sucesiva del contrato y en general para su total realización, así como el resto de obligaciones previstas en el contrato.
Si el contratista, por causas imputables al mismo, hubiera incurrido en demora respecto de los plazos parciales establecidos o con respecto al plazo final, o incumpliera cualquiera de las obligaciones previstas en el contrato, Acuamed impondrá una penalidad del uno por cien (1%) semanal del importe del contrato. En el caso que se supere el veinte por cien (20%) del importe del contrato, Acuamed se reserva el derecho a resolver el contrato sin indemnización alguna al contratista.
La aplicación de las citadas penalidades no impedirá a Acuamed, exigir al contratista el cumplimiento de las obligaciones contractuales, ni excluye la indemnización de daños y perjuicios a que pudiera tener derecho como consecuencia de la demora.
En ningún caso, la constitución en xxxx del contratista requerirá interpelación o intimación previa por parte de Acuamed.
El importe de las penalidades por demora, se harán efectivas mediante deducción de los mismos en las facturas que se produzcan. En todo caso, la garantía responderá de la efectividad de aquéllas.
9. OBLIGACIONES LEGALES DEL CONTRATISTA
9.1. El contratista se obliga a cumplir la legislación que le corresponda en materia fiscal, laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales, incluida la materia de subcontratación.
9.2. A efectos del control del cumplimiento de tales obligaciones, ACUAMED, podrá solicitarle en cualquier momento la acreditación del cumplimiento de tales obligaciones.
9.3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4, “Obligación de suministrar información”, de la Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el Contratista estará obligados a suministrar a AcuaMed, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento por aquéllos de las obligaciones previstas en el título I de la Ley 19/2013. En particular, el adjudicatario deberá suministrar si se le solicita información institucional y organizativa, así como de contenido económico tales como subvenciones o cuentas anuales.
10. CONFIDENCIALIDAD Y PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS
Con relación a la información proporcionada en el marco de este Contrato y designada como confidencial por la parte que la proporcione, la parte que la reciba se compromete a:
10.1. Proteger dicha información confidencial de forma razonable y adecuada y de acuerdo con los estándares profesionales aplicables, en su caso.
10.2. Utilizar la información confidencial únicamente con el fin de ejecutar sus obligaciones en el marco del Contrato.
10.3. Reproducir información confidencial únicamente en la medida necesaria para ejecutar sus obligaciones en el marco del Contrato. Este artículo no se aplicará a información que:
10.3.1. Sea de dominio público.
10.3.2. Sea conocida por la parte que la recibe
10.3.3. Se haya proporcionado a un tercero sin restricciones.
10.3.4. Haya sido desarrollada independientemente.
10.3.5. Haya sido revelada por causa de requisitos legales.
10.4. Los resultados de este trabajo serán propiedad de ACUAMED.
11. PROTECCION DE DATOS.
11.1. Datos necesarios para la relación contractual.
En cumplimiento del artículo 5º de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), por el que se regula el derecho de información en la recogida de los datos, los representantes legales de ambas partes o, en su caso, la persona física interviniente, quedan informados de que sus datos, incluidos en el presente contrato o facilitados entre ellos con motivo de la relación contractual, serán incluidos en sendos ficheros titularidad de cada parte, cuya finalidad es la gestión de la relación contractual, pudiendo ser cedidos en su caso a Juzgados y Tribunales, Notarios y Registradores, Administraciones Publicas con competencia en la materia y contrarios y contratantes.
Los datos recabados son imprescindibles para el establecimiento y desarrollo de la relación contractual.
Cada parte reconoce a los titulares de tales datos la posibilidad de ejercitar gratuitamente sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose mediante comunicación escrita a los domicilios que figuran en el encabezamiento de este contrato, dicha comunicación deberá incluir nombre y apellidos, petición en que se concreta la solicitud, dirección a efectos de notificaciones, fecha, firma y fotocopia del DNI o pasaporte.
Si cualquiera de las partes facilitare a la otra datos de carácter personal de sus empleados o personas dependientes, deberá informarles, con carácter previo a su comunicación, de los extremos contenidos en este documento y en caso de ser obligatorio, recabar su consentimiento para el tratamiento y que pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación y cancelación dirigiéndose por escrito al cesionario en el domicilio que figura en el encabezamiento de este contrato.
11.2. Tratamiento de datos.
La prestación de dichos servicios previstos en este contrato puede implicar acceso para su tratamiento por parte de
a datos de carácter personal de los que es responsable
Si así fuera, se considerará responsable del fichero o tratamiento y
encargado del tratamiento y como tal se obligará a:
se considerará
- Tratar los datos dentro del ámbito del Espacio Económico Europeo, salvo acuerdo expreso y por escrito previo de las partes con las condiciones necesarias y conforme a las instrucciones del responsable del fichero o tratamiento y no aplicarlos o utilizarlos con fin distinto al que figure en este documento.
- Asegurarse el conocimiento y adecuado cumplimiento de las obligaciones que le corresponden en virtud del presente documento y de la vigente normativa en materia de protección de datos por parte de sus empleados, colaboradores internos y externos.
- No revelar, transferir, ceder o de otra forma comunicar los ficheros y datos contenidos en ellos, ya sea verbalmente o por escrito, por medios electrónicos, papel o mediante acceso informático, ni siquiera para su conservación, salvo cuando, previa indicación del responsable del fichero o tratamiento comunique los datos a un tercero al que el responsable del fichero o tratamiento hubiera encomendado la prestación de un servicio. A tal efecto sólo podrá permitir el acceso a los datos a aquellos empleados que tengan la necesidad de conocerlos para la prestación de los servicios contratados.
- Utilizar los datos de carácter personal a los que acceda única y exclusivamente para cumplir con sus obligaciones contractuales y destruir o devolver al responsable del fichero o tratamiento, a elección de éste, los
datos de carácter personal a los que haya accedido para la prestación de los servicios, así como todos aquellos soportes o documentos en los que conste algún dato de carácter personal objeto de tratamiento. En tal sentido, el encargado del tratamiento se obliga a entregar al responsable del fichero o tratamiento a requerimiento de éste formulado en cualquier momento, incluso con posterioridad a la terminación de su relación jurídica, certificación acreditativa de que no posee directa o indirectamente datos de carácter personal bajo ningún formato o soporte de almacenamiento, ni tampoco tercero alguno a través de su mediación. No obstante, el encargado del tratamiento no procederá a la destrucción de los datos cuando exista una previsión legal que exija su conservación, en cuyo caso, deberá procederse a la devolución de los mismos garantizando el responsable del fichero o tratamiento dicha conservación. El encargado del tratamiento queda autorizado para conservar cualquier documentación o soporte que pueda resultar necesario con la exclusiva finalidad de hacer frente, en su caso, a cuantas reclamaciones se formulen en relación con los tratamientos efectuados por cuenta del responsable del fichero o tratamiento. Dichos soportes o documentación deberán conservarse adecuadamente bloqueados para la atención de las posibles responsabilidades nacidas del tratamiento o que se encuentren recogidas en una Ley o en su normativa sectorial, durante el plazo de prescripción de éstas. Cumplido el citado plazo deberá procederse a la supresión.
- Considerar que toda la información relativa a datos de carácter personal a la que acceda para la prestación de los servicios es de carácter confidencial a todos los efectos, en consecuencia, se obliga al más estricto secreto profesional, comprometiéndose a no divulgarla, publicarla, revelarla ni de otra forma, directa o indirecta, ponerla a disposición de terceros. Esta obligación xx xxxxxxx subsistirá aun después de finalizar sus relaciones con el responsable del fichero o tratamiento.
Si para la prestación del servicio el responsable del fichero o tratamiento facilita el acceso al encargado del tratamiento a sus locales, equipos, infraestructura, datos, a los soportes que los contengan y a los recursos del sistema de información del sistema de que se trate ya sea en los propios los locales del responsable del fichero o tratamiento o mediante acceso remoto, se compromete el encargado del tratamiento a adoptar las medidas necesarias para garantizar que los datos sean tratados únicamente por aquellas personas cuya intervención sea necesaria para la prestación del servicio, quienes se comprometerán al cumplimiento de las obligaciones de finalidad y confidencialidad, así como de las medidas de seguridad previstas en el documento de seguridad del responsable del fichero o tratamiento. Si el servicio se presta por el encargado del tratamiento en sus propios locales, deberá elaborar un documento de seguridad en los términos exigidos por la LOPD y su normativa de desarrollo o completar el que ya hubiera elaborado, en su caso, identificando los fichero/s o tratamientos objeto del encargo e incorporando las medidas de seguridad a implantar en relación a dicho tratamiento.
Será necesaria la previa autorización del responsable del fichero o tratamiento para la subcontratación por el encargado del tratamiento de la realización de la totalidad o parte de sus servicios con un tercero.
12. EXTINCIÓN DEL CONTRATO.
12.1. Cumplimiento del Contrato
El Contrato se entenderá cumplido cuando el Adjudicatario haya realizado, de acuerdo con los términos establecidos en aquél y a satisfacción de ACUAMED, el objeto de dicho Contrato.
La constatación del hecho mencionado exigirá, por parte de ACUAMED, un acto formal y positivo de recepción o conformidad dentro del mes siguiente al de recepción de los trabajos objeto del Contrato.
12.2. Resolución del Contrato
Serán causas de resolución del Contrato:
1) Las que tengan su origen en actuaciones del Adjudicatario, tales como:
La disolución o extinción de la empresa adjudicataria, cualquiera que sean las causas de tales supuestos.
La no incorporación de los medios humanos necesarios y exigidos por el Director del Servicio.
La determinación de importes de penalizaciones por demora superiores al veinte (20) por ciento del importe del Contrato.
La no subsanación de errores detectados durante la ejecución de los trabajos.
La transmisión, comprobada, de información a terceros imputable al Adjudicatario.
Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente Contrato
Incumplimiento de las obligaciones esenciales.
2) Asimismo, será causa de resolución del Contrato:
La suspensión, por causas imputables a ACUAMED, del inicio del Contrato en un plazo superior a ….. meses.
La suspensión del Contrato por plazo superior a meses acordada por ACUAMED.
La falta de pago por parte de ACUAMED en el plazo de meses.
3) Darán también lugar a la resolución del Contrato:
La muerte o incapacidad del titular del contrato, si no fuere posible su continuación con sus herederos o sucesores.
El mutuo acuerdo entre las partes.
El desistimiento por parte de ACUAMED.
El vaciamiento del objeto social de ACUAMED, la disolución o la extinción de ACUAMED, cualquiera que sean las causas de tales supuestos.
La concurrencia de cualquiera de las causas señaladas en las cláusulas 1) y 2) tendrá efectos inmediatos desde su comunicación por una de las partes, sin perjuicio de las acciones, reclamaciones o recursos de los que se crea asistida la otra parte.
En el supuesto de que el Adjudicatario resolviese el Contrato, de acuerdo con lo indicado en 2), habrá de comunicarlo por escrito a ACUAMED. En un plazo no superior a treinta (30) días se producirá la valoración y liquidación de los trabajos realizados por el Adjudicatario hasta la fecha de la resolución, y contra el abono o garantía por la cantidad que corresponda, el Adjudicatario entregará a ACUAMED todo el trabajo realizado hasta la fecha.
ACUAMED podrá, en cualquier momento, desistir de este Contrato, por determinación propia, abonando al Adjudicatario todas aquellas cantidades que tuviese acreditadas y, además, una indemnización calculada en el diez
(10) por ciento del valor restante del Contrato en el momento del desistimiento. En el caso de no haber acuerdo en la valoración de esta liquidación, se estará a lo dispuesto en la cláusula correspondiente de este contrato.
La resolución del Contrato por cualquiera de las causas mencionadas en la presente cláusula o en cualquier otra parte del Contrato producirá los siguientes efectos:
a) El Adjudicatario entregará a ACUAMED todo el trabajo realizado hasta la fecha de la resolución, el cuál se valorará y abonará según el criterio del Director del Contrato, una vez descontados los gastos que la resolución ocasione a ACUAMED y las penalizaciones que corresponda aplicar. Como consecuencia de ello, se procederá a una liquidación sumaria de los trabajos realizados por el Adjudicatario.
b) La existencia de cuestiones económicas por resolver, o la falta de acuerdo en la liquidación, no podrán ser motivo para que el Adjudicatario no entregue a ACUAMED la totalidad de los trabajos realizados hasta la fecha de la resolución, pudiendo ACUAMED continuar inmediatamente con el cumplimiento del Contrato por el procedimiento que estime más adecuado.
c) ACUAMED hará efectivos con cargo a la fianza, hasta donde ésta alcance, los daños y perjuicios que le haya causado el hecho motivador de la resolución y que sean imputables al Adjudicatario, notificando a éste la pertinente relación y liquidación de tales daños y perjuicios, sin detrimento del derecho de ACUAMED a todo el trabajo realizado hasta la fecha.
13. RÉGIMEN DE RECLAMACIONES Y RECURSOS EN LA FASE DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. JURISDICCIÓN.
13.1. Las Partes se comprometen a cumplir el presente Contrato de buena fe, resolviendo por medio de negociaciones y acuerdos amistosos cualquier diferencia que pudiera surgir entre ellas respecto de la aplicación, desarrollo, cumplimiento, interpretación y ejecución del mismo.
13.2. Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente clausula, las controversias que pudieran surgir entre las partes se resolverán por los Juzgados y Tribunales del orden jurisdiccional civil, que serán los competentes para conocer las cuestiones relacionadas con la ejecución del Contrato.
13.3. Las Partes, caso de ejercitar acciones judiciales, se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de la Ciudad de Madrid, con renuncia igualmente expresa a cualesquiera otros fueros que pudiesen corresponderles.
14. RÉGIMEN JURÍDICO.
El Contrato y su oferta anexa quedan sujetos al derecho común.
Y, para que así conste, y en prueba de conformidad con todo lo contenido en este documento, se firma por las partes el presente documento, por duplicado, en el lugar y fecha del encabezamiento.
El presente documento se formaliza en este documento privado. Las partes podrán, en cualquier momento, compelerse recíprocamente al otorgamiento de escritura notarial elevándolo a público. Los gastos de la formalización notarial, si se instase de acuerdo con esta cláusula, serán siempre de cargo del Contratista.
ANEXO VI MODIFICACIONES AL CONTRATO
1. SUPUESTOS GENERALES PARA LA MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
Durante la ejecución del contrato, AcuaMed sólo podrá introducir modificaciones en el proyecto vigente aprobado en el sentido que recoge en el TRLCSP en sus artículos 106 y 107. Dichas modificaciones han de ser consensuadas y consentidas por las Partes, debiendo constar dicho consentimiento de forma expresa.
Las modificaciones acordadas por AcuaMed se valorarán de acuerdo con lo establecido en la Cláusula Cuarta del modelo de contrato que se adjunta al Pliego de Cláusulas Reguladoras como Anexo V.
Concurriendo los requisitos mencionados en el presente Anexo, el Contratista quedará obligado a ejecutar el Servicio acordado con estricta sujeción a las modificaciones aprobadas y comunicadas por AcuaMed, sin que la introducción de la modificación le de derecho a reclamar indemnización alguna, ni a introducir otras modificaciones en el Contrato distintas de las que se establezcan expresamente.
2. PROCEDIMIENTO GENERAL PARA LA MODIFICACIÓN.
Cualquier modificación del Contrato que se ajuste a lo especificado en el apartado anterior, quedará sometida al cumplimiento del procedimiento que viene reflejado en el artículo 108 del TRLCSP.
Además de lo expresado en el párrafo anterior, el detalle del proceso a seguir será el que se relaciona a continuación:
a) El director del servicio elevará la relación de las posibles modificaciones al director del departamento de AcuaMed para su conformidad.
b) Se dará audiencia al Contratista, por un plazo mínimo de tres (3) días, en la que habrá de exponer sus consideraciones respecto de las modificaciones y su incidencia respecto al Contrato.
c) La solicitud de modificación deberá ser aprobada por el Consejo de Administración de AcuaMed que expresará los términos en que haya de reformarse el Contrato, singularmente en lo que se refiere al plazo y precio.
3. IMPORTE DE LA MODIFICACIÓN.
En caso de que en el desarrollo del Servicio se observara la necesidad de ejecutar la modificación, se formulará por el director del servicio el importe correspondiente a dicho trabajo. La factura y abono del importe del nuevo encargo, se concretará sobre la base de los Precios por Unidad del contrato. En caso de que no fuera posible definir el importe en base a los Precios por Unidad existentes, los nuevos precios necesarios se fijarán contradictoriamente entre AcuaMed y el Contratista, previa audiencia a éste por un plazo mínimo de tres (3) días hábiles.
Si el Contratista no aceptase el importe fijado por AcuaMed, el órgano de contratación podrá contratarlos con otro empresario por el mismo precio que hubiese fijado o ejecutarlos directamente.
4. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN.
En el Pliego de Cláusulas Reguladoras para la CONTRATACION DEL SERVICIO , no está prevista
la modificación del contrato, sin perjuicio de la ampliación del plazo de ejecución.
De acuerdo con el párrafo anterior, las modificaciones distintas a las anteriores, no previstas en el Pliego de Cláusulas Reguladoras, que pudieran surgir durante el desarrollo de la ejecución del contrato, deberán responder a las circunstancias indicadas en el artículo 107 del TRLCSP.