PROMES -
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE OBRAS MENORES DE SANEAMIENTO
- PROMES -
CONDICIONES GENERALES
1.- Objetivo
El objetivo del PROGRAMA DE OBRAS MENORES DE SANEAMIENTO -PROMES-, en adelante el Programa, es el de asistir financiera y técnicamente a Entes Prestadores de Servicios sanitarios y a Entes de Regulación y Control de Servicios, a través del otorgamiento de préstamos destinados a la realización de inversiones en materia de saneamiento básico de pequeña y mediana envergadura.
El destino de los préstamos será la construcción, ampliación, optimización y/o rehabilitación de sistemas de provisión de agua potable y de recolección y tratamiento de desagües cloacales, como así también la adquisición de equipamiento destinado a los servicios en operación o para la elaboración de estudios que se vinculen directamente con tales finalidades y/o con la regulación y control de la prestación de los servicios de agua y cloacas.
2.- Beneficiarios de los créditos
Son aquellas entidades prestadoras de servicios de saneamiento, públicas o privadas, titulares de los servicios y entes de regulación y control provinciales y municipales.
Se denomina ENTE EJECUTOR a la persona jurídica que el ENOHSA acepte como responsable directo de la ejecución del proyecto y del Contrato xx Xxxxxxxx.
3.- Proyectos financiables
Se financiarán proyectos que contemplen:
a) Ejecución de obras nuevas y de ampliación de sistemas de agua potable y desagües cloacales.
b) Rehabilitación u optimización de los componentes de tales sistemas.
c) Adquisición de equipamiento vinculado directamente al funcionamiento de los sistemas y que tiendan a mejorar la calidad y evitar interrupciones o colapso de los servicios.
d) Equipamiento destinado a tareas de regulación y control de los servicios.
e) Elaboración de proyectos de provisión de agua potable y desagües cloacales
f) Estudios destinados al fortalecimiento de los trabajos de regulación y control.
4.- Montos máximos financiables
Los montos máximos financiables serán establecidos mediante unidades de medida denominados “Unidad de Referencia Sanitaria”. Las mismos serán actualizadas periódicamente, teniendo en cuenta las variaciones de los índices más relevantes del sector. Al momento de la sanción de este Reglamento se establece el valor de la “Unidad de Referencia Sanitaria” en $500.000 (PESOS QUINIENTOS MIL) Para la ejecución de Obra se establecen como monto máximo financiable, el equivalente a 600 (SEISCIENTAS) Unidades “Unidad de Referencia Sanitaria” y para la Adquisición de Equipamiento, el equivalente a 300 (TRESCIENTAS) Unidades “Unidad de Referencia Sanitaria”. A tal efecto, se deberá
tener en cuenta la aplicación del Impuesto al Valor Agregado (IVA), en los casos que correspondan.
Es facultad exclusiva del ENOHSA determinar el monto final a financiar en función de la evaluación que realice del proyecto y del presupuesto asociado. Con carácter de excepción, la máxima autoridad del ENOHSA podrá autorizar, mediante Resolución fundada, el financiamiento de un presupuesto mayor a los máximos financiables indicados en el párrafo anterior.
En el caso de proyectos cuyo costo supere el monto financiable por el ENOHSA, la diferencia, será considerada como aporte local. En este supuesto, el Ente Ejecutor deberá demostrar fehacientemente su capacidad de financiamiento.
Se aceptará la inclusión de honorarios por inspección en el financiamiento de las obras.
El ENOHSA podrá considerar solicitudes de préstamos para la elaboración de proyectos, por un monto equivalente a 8 (OCHO) “Unidad de Referencia Sanitaria”
5.- Ajuste del Monto Financiable
En obras a ejecutarse mediante contratación de terceros, si la oferta más conveniente supera el presupuesto previsto, el ENOHSA se reserva el derecho de aceptar dicho ajuste, siempre que se cumpla al menos una de las siguientes condiciones:
a) Que no supere el 20% del presupuesto presentado previamente
b) Que la oferta no supere el monto máximo financiable por el Programa.
Si, por el contrario, de la oferta más conveniente resultare un monto menor que el previsto en el Contrato xx Xxxxxxxx, ese será el monto financiable por el ENOHSA.
6.- Amortización xxx xxxxxxxx
Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, y contendrán una parte de amortización de capital creciente, conforme lo establece el sistema de amortización francés, más los intereses determinados según lo previsto en el punto 8 del presente. La tasa de interés a aplicar para el cálculo
de las cuotas será el cincuenta por ciento (50 %) de la tasa vigente del Banco de la Nación Argentina al día de la última transferencia.
El período de amortización será de:
a) Para ejecución de obra, hasta un máximo de ciento ochenta (180) cuotas mensuales. La primera de las cuotas vencerá el día hábil siguiente a la finalización del Plazo xx Xxxxxx otorgado.
b) Para adquisición de equipamiento, hasta un máximo de noventa (90) cuotas mensuales, pudiendo el ENOHSA, considerar plazos de hasta ciento ochenta (180) cuotas, cuando el equipamiento así lo justifique. La primera cuota vencerá a los treinta (30) días de efectuada la última transferencia xxx xxxxxxxx.
c) Para elaboración de proyectos, hasta un máximo de doce (12) cuotas mensuales. La primera cuota vencerá a los treinta (30) días de efectuada la última transferencia xxx xxxxxxxx.
7.- Plazo xx xxxxxx
En el caso de ejecución de obra el ENOHSA otorgará al Ente Ejecutor un plazo xx xxxxxx de hasta tres (3) meses para iniciar la amortización xxx xxxxxxxx. Este plazo se computará a partir de la fecha de la última transferencia efectuada por el ENOHSA del total del monto acordado en el Contrato xx Xxxxxxxx o en la Addenda correspondiente.
Durante el período xx xxxxxx y hasta el inicio de la amortización xxx xxxxxxxx se aplicará la tasa de interés vigente del Programa al día de la última transferencia efectuada por el ENOHSA.
No se otorgará período xx xxxxxx en los préstamos de adquisición de equipos o elaboración de proyectos.
8.- Intereses
La tasa de interés del Programa se fija en el cincuenta por ciento (50%) de la Tasa Nominal Anual Vencida con capitalización cada 30 días (TNA 30 días) del Banco de la Nación Argentina para sus préstamos en pesos, cartera general.
Sin embargo, si el cincuenta por ciento (50%) de dicha tasa no superara el nueve por ciento anual (9%), se fija ésta como tasa mínima.
Los intereses de las transferencias efectuadas, se actualizarán hasta la fecha de la última transferencia, capitalizándose semestralmente.
La tasa de interés vigente a la fecha de la última transferencia, será la aplicable durante el período xx xxxxxx y para todo el plan de amortización del crédito.
9.- Intereses Punitorios
Los pagos fuera de término devengarán intereses hasta la fecha de la efectiva cancelación, aplicándose la tasa correspondiente al Préstamo. Asimismo, se aplicará un interés punitorio equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) de la tasa prevista como interés resarcitorio. Tanto los intereses resarcitorios como los punitorios se capitalizarán semestralmente.
10.- Garantías
Se aceptará como garantía xxx xxxxxxxx:
a) Coparticipación Federal o Municipal de: Impuestos; regalías petroleras y/o sobre hidrocarburos; fondo sojero. Deberá ser mediante ley u ordenanza municipal que así lo autorice.
b) Cesión de derechos sobre su recaudación.
c) Seguro de crédito.
d) Fianza bancaria.
En los apartados b), c) y d), el ente solicitante deberá previamente requerir la aceptación por el ENOHSA de la garantía ofrecida.
Las garantías ofrecidas deberán cubrir la totalidad de la deuda -incluidos los intereses capitalizados-
, mantenerse íntegramente vigentes hasta la amortización total xxx xxxxxxxx y constituirse como principal, liso y llano pagador, debiendo estar constituidas en forma previa al primer desembolso.
A partir de la aprobación del Contrato mediante Acto Administrativo, el ENOHSA asume formalmente el compromiso xxx xxxxxxxx, supeditando la ejecución del mismo al cumplimiento por el Ente Ejecutor de todos los requisitos exigidos por este Reglamento y los que se establezcan en el contrato.
Si por causas no imputables al ENOHSA ya sea por caso fortuito o fuerza mayor, éste no pudiera remitir los fondos comprometidos, sus obligaciones quedarán suspendidas de pleno derecho, sin derecho a reclamo o indemnización alguna por el Ente Ejecutor hasta la fecha en que desaparezca el impedimento.
11.- Domicilio de pago y solución de controversias
Se establece como lugar de pago de todas las obligaciones el domicilio del ENOHSA.
Toda controversia que se genere en la ejecución de los contratos, se someterá a la jurisdicción de los Tribunales Nacionales en lo Contencioso Administrativo Federal, con asiento en la Ciudad de Buenos Aires.
12.- Autorización de endeudamiento
En el caso que el préstamo sea “tomado” por un organismo municipal o provincial, en forma previa a la suscripción del Contrato xx Xxxxxxxx, dicho organismo deberá contar con la autorización de endeudamiento expedida por la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía y Producción de la Nación prevista en la Ley N° 25.917 y el Decreto Reglamentario N° 1731/2004.
PARTE II GESTIÓN DEL PROGRAMA
13.- Solicitud xx Xxxxxxxx
Deberá presentarse una nota suscripta por la máxima autoridad del organismo solicitante, acompañada por el Proyecto del financiamiento, el monto, y la garantía ofrecida para el préstamo.
Los requisitos a cumplir en las solicitudes xx xxxxxxxx son los que se establecen en la Parte III de este Reglamento.
14.- Evaluación del Proyecto
La evaluación del proyecto será realizada de acuerdo con lo establecido en el presente Reglamento.
El ENOHSA podrá requerir al Ente Solicitante la realización de correcciones y/o la entrega de información o documentación complementaria de los proyectos que considere necesaria.
Si el ente solicitante no cumple los requerimientos efectuados por el ENOHSA en el plazo que se establezca, podrá darse por desistida la solicitud de asistencia.
15.- Evaluación financiera
Se requerirá:
a) Docume
ntación e información que acredite la solvencia del solicitante de conformidad a lo establecido en la Parte III de este Reglamento.
b) El
compromiso del El ENTE EJECUTOR de adoptar todas las medidas que aseguren ingresos suficientes para atender los costos de prestación del servicio y del contrato xx xxxxxxxx.
La aceptación del proyecto y el ingreso del mismo a la cartera de proyectos financiables, está condicionada a la capacidad financiera del ENTE EJECUTOR y la situación crediticia de éste frente al ENOHSA.
16.- Condiciones Previas al Inicio de las Inversiones
Antes del inicio de las inversiones, además de las condiciones impuestas en el Contrato xx Xxxxxxxx, el Ente Ejecutor deberá:
a) Constituir garantía a satisfacción del ENOHSA.
b) Abrir una cuenta bancaria especial para el Programa.
c) Dar conocimiento al ENOHSA del proceso de contratación efectuado de acuerdo a la normativa legal aplicable para la jurisdicción.
d) No iniciar inversiones con cargo al Programa, sin la previa y expresa conformidad por escrito del ENOHSA.
17.- Apertura de Cuenta
Para la transferencia xxx xxxxxxxx otorgado para ejecución de obra, formulación de proyectos y adquisición de equipamiento, deberán poseer una cuenta habilitada bajo lo normado por la Disposición Conjunta Nº 40/10 de la Contaduría General de la Nación y Nº 19/10 de la Tesorería General de la Nación (Padrón Único de Entes del SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACIÓN FINANCIERA - S.I.D.I.F.-) Los gastos de mantenimiento de esta cuenta son a cargo exclusivo del Ente Ejecutor, debiendo realizar todos los pagos a los distintos contratistas por intermedio de dicha cuenta.
18.- Plazos y Métodos de Ejecución del Proyecto
Las obras a financiar por el Programa, deberán ejecutarse por el sistema de contratación de terceros. Se exceptúa de este sistema, el financiamiento de compra de materiales, si la ejecución de los trabajos se realizará por cuenta y cargo del Ente Ejecutor.
En el Contrato xx Xxxxxxxx, el ENOHSA fijará el plazo para la ejecución de los componentes del proyecto. El plazo comenzará a contarse a partir de la fecha de inicio de las obras.
Por motivos debidamente fundados, el ENOHSA podrá otorgar una ampliación al plazo de ejecución de obra acordado oportunamente.
Si las características de las obras a financiar así lo requieren, el ENOHSA podrá aprobar acopio de materiales de hasta un quince por ciento (15 %) del monto total fijado en el Contrato xx Xxxxxxxx.
19.- Responsabilidad del Ente Ejecutor
El Ente Ejecutor será el responsable de la gestión xxx xxxxxxxx. Podrá designar un representante ante el Programa, al solo efecto de agilización de los trámites, con capacidad para formular aclaraciones, correcciones y suministrar toda información complementaria que se le requiera.
El Ente Ejecutor asume la responsabilidad directa frente al ENOHSA por la elaboración de proyectos, ejecución de obras y adquisición de equipamiento.
Los daños a personas o bienes que pudieran producirse con motivo de la ejecución de las obras, son de exclusiva responsabilidad del Ente Ejecutor.
El ente Ejecutor asumirá el riesgo de las operaciones y mantendrá indemne a ENOHSA, sus funcionarios, de y contra toda acción, reclamo o demanda, proceso o responsabilidad de cualquier índole.
El Ente Ejecutor deberá comunicar de inmediato a ENOHSA toda práctica ilegal o corrupta relacionada con el proyecto financiado.
20.- Justificación de las Inversiones
Las inversiones, gastos, avance de obra o trabajos realizados por el Ente Ejecutor, deberán ser certificados por la persona facultada a tal efecto.
Los gastos del Proyecto certificados o justificados, deberán corresponderse con las especificaciones detalladas en el presupuesto aceptado.
Solo se financiará la modificación al Proyecto original aceptado, si la misma fue previa y explícitamente aceptada por el ENOHSA.
21.- Rendiciones
El Ente Ejecutor efectuará las certificaciones, rendiciones y justificaciones en forma mensual, presentando la documentación que se detalla en la Parte V de este Reglamento.
No se aceptará en la certificación o justificación de las inversiones, la inclusión de gastos que hayan sido efectuados con anterioridad a la firma del Contrato xx Xxxxxxxx, o que sean diferentes de los aprobados oportunamente por el ENOHSA.
22.- Desembolsos
a) En el
financiamiento de proyectos de ejecución de obras, el préstamo será desembolsado contra certificado. En todos los casos, la entrega de fondos estará condicionada a la rendición y justificación de lo gastado por parte del Ente Ejecutor, conforme a los procedimientos y mecanismos establecidos en la Parte V del presente Reglamento.
b) En el
financiamiento de formulación de proyectos, el préstamo será desembolsado contra la aceptación por parte del ENOHSA, del cumplimiento de la ejecución de las etapas convenidas, de acuerdo al cronograma aceptado.
c) En el financiamiento de proyectos que prevean adquisiciones, el préstamo será desembolsado previa recepción por el ENOHSA la copia autenticada de la orden de compra y factura. El ENTE
EJECUTOR deberá enviar al ENOHSA dentro de los treinta (30) días de efectuado el desembolso, copia autenticada del remito de entrega conformado por el prestatario y del recibo o constancia de pago. El plazo podrá ser ampliado si mediaran razones debidamente justificadas.
A solicitud del Ente Ejecutor, el ENOHSA, en la forma y condiciones que oportunamente fije, podrá efectuar por cuenta y orden del ejecutor pagos directos al proveedor o contratista.
23.- Incumplimientos
Ante el incumplimiento por parte del Ente Ejecutor de la obligación de acreditar en debido tiempo y forma las inversiones comprometidas o cuando el ENOHSA comprobará irregularidades en la ejecución xxx xxxxxxxx o del proyecto financiado, el ENOHSA podrá:
a) Suspender el desembolso.
b) Dar por decaído el Contrato xx Xxxxxxxx en la parte de financiamiento que no haya sido desembolsado y por cumplido el préstamo sobre las sumas efectivamente transferidas.
c) Dar por finalizado el Plazo xx Xxxxxx.
d) Exigir al Ente Ejecutor la cancelación total de la suma debida en un plazo perentorio, bajo apercibimiento de hacer efectiva la garantía e iniciar las acciones judiciales correspondientes aplicándose los intereses punitorios previstos en el Punto 9) de este Reglamento, sobre el total de lo adeudado.
La xxxx en el pago de las cuotas se producirá de pleno derecho, sin necesidad de interpelación alguna, por el mero vencimiento de los plazos fijados en el Cronograma de Pagos xxx Xxxxxxxx.
En el caso de que el Ente Ejecutor incumpliera con su obligación de amortización del crédito, el ENOHSA quedará facultado para iniciar las gestiones administrativas y/o judiciales tendientes a la cancelación.
24.- Auditorías y Monitoreos
El ENOHSA se reserva el derecho de realizar auditorías y monitoreos técnicos y/o financieros de las obras durante su ejecución o en forma ex post, sin perjuicio del control que les corresponde a los organismos competentes de las jurisdicciones locales.
PARTE III
REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE CRÉDITO
25.- Solicitud
La solicitud deberá ser dirigida a la máxima autoridad del ENOHSA. La presentación debe ser firmada por:
• El titular del ente prestador del servicio o por la autoridad responsable del sector de la Administración Pública, si el requirente es un organismo provincial.
• El Poder Ejecutivo Municipal, si el requirente es un Municipio.
• Por las máximas autoridades, si los requirentes son Sociedades del Estado, Sociedades con participación estatal, Cooperativas, Sociedades de Fomento, Uniones Vecinales o Entidades Privadas de cualquier tipo.
26.- Información a Suministrar
Sobre la entidad solicitante:
• Acreditar su personería acompañando la documentación correspondiente que pruebe la capacidad jurídica de la entidad solicitante para contratar y endeudarse con el Estado Nacional.
• Nómina de sus autoridades, titulares o máximos responsables.
• Domicilio en el cual serán válidas todas las notificaciones.
• Teléfono y e -mail.
• Número de CUIT.
• Declaración jurada que el proyecto cuyo financiamiento se solicita, no fue financiado o se encuentra en vías de financiamiento por otras entidades públicas o privadas.
• Garantía que se ofrece de acuerdo a lo establecido en el Punto 10 de este Reglamento. Si los beneficiarios de los préstamos fueren personas jurídicas públicas, deberán adjuntar autorización de los Organismos de competencia de la Jurisdicción para endeudarse con el Estado Nacional, remitiendo al ENOHSA copia certificada de dicha notificación.
Sobre el proyecto a financiar:
• Descripción del proyecto: memoria descriptiva, memoria de cálculo, planos, plan de trabajos, etc., de acuerdo a lo establecido en la Parte IV de este Reglamento.
• Cómputo y presupuesto solicitado, discriminado por rubros e ítems, de acuerdo al tipo contractual a utilizar.
• Situación actual del servicio.
• Situación futura una vez ejecutado el proyecto y resultados que se esperan obtener.
Antecedentes de financiamiento en el sector saneamiento:
• Obras y proyectos de saneamiento en ejecución y su fuente de financiamiento.
• Gestiones en trámite para obtener financiamiento ante cualquier entidad.
Si la localidad para la que se solicita el proyecto cuenta con servicios de saneamiento, deberá informarse:
• Actuales niveles de cobertura y déficit sanitario, número de conexiones de agua y/o cloacas de los últimos tres años discriminados en forma anual, indicándose además si tienen o no medidores.
• Población aproximada en la zona de influencia del servicio.
• Tarifa actual de los servicios; facturación anual, sistema aplicado para la cobranza; porcentaje de cobro de la facturación exigible de los tres últimos ejercicios económicos.
• Descripción de la estructura organizativa y operativa aplicada a la prestación de los servicios.
27.- Documentación Institucional y Financiera
Organismos provinciales o municipales:
• Nota solicitando el financiamiento, indicando todas las condiciones financieras de la operación de endeudamiento (importe, cantidad de cuotas, plazo de ejecución) y descripción sintética de la obra.
• Ley, decreto u ordenanza que establece la competencia del ente solicitante para la prestación de los servicios de saneamiento.
• Acto administrativo de designación de la autoridad responsable del Ente.
• Constancia de CUIT.
• Copia certificada de la Ley, Decreto u Ordenanza que autoriza el uso del Crédito, su destino y cesión de recursos en garantía.
• La Municipalidad debe autorizar expresamente a la Autoridad Competente de la Provincia, a retener los fondos de Coparticipación Municipal a solicitud de este ENTE NACIONAL, ante el
incumplimiento por parte del Municipio del Contrato xx Xxxxxxxx. Se debe acompañar la pertinente respuesta de la Provincia.
• Copia de la Ley Provincial adhiriéndose a la Ley N° 25.917 del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal y Decreto Reglamentario N° 1731/04. Tratándose de Municipios, Ordenanza de adhesión a la Ley Provincial.
• Dictamen del Organismo de Contralor (Tribunal de Cuentas, Contaduría) sobre la viabilidad de la operación solicitada.
• Estado de ejecución Presupuestaria de los últimos tres ejercicios a nivel de inciso (no por sub parciales).
• Estado de Ejecución Presupuestaria (Esquema Ahorro-Inversión-Financiamiento) al cierre del trimestre inmediato anterior a la fecha de solicitud del financiamiento.
• Proyección Financiera (Esquema Ahorro-Inversión- Financiamiento) por toda la vida del financiamiento. Deberá presentarse por separado: - Sin financiamiento ENOHSA; Con financiamiento ENOHSA
• Stock de deudas a la fecha de solicitud y perfil de vencimientos de capital e intereses para toda la vida del financiamiento.
• Garantía propuesta y su estado de afectación por financiamientos anteriores a la fecha de la solicitud.
Toda la documentación deberá presentarse certificada o legalizada por autoridad competente.
Entidades privadas:
• Nota solicitando el financiamiento, indicando todas las condiciones financieras de la operación de endeudamiento (importe, cantidad de cuotas, plazo de ejecución) y descripción sintética de la obra.
• Estatuto – Reglamento de actividades.
• Copia certificada de la Ley, Decreto u Ordenanza Provincial que otorgó la concesión.
• Copia certificada del Acta de Asamblea autorizando la obra, el financiamiento y la garantía.
• Copia certificada del acta de Asamblea designando autoridades responsables del Ente.
• Copia de la Ley Provincial adhiriéndose a la Ley 25.917 y Decreto 1731/04. (en caso que la entidad esté constituida con capital mayoritario o total estatal).
• Balance General de los últimos tres ejercicios aprobados y certificados por contador público con firma legalizada en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas y debidamente auditados.
• Balance al cierre del trimestre inmediato anterior a la fecha de solicitud del financiamiento.
• Flujo de Fondos de la Ejecución Presupuestaria por toda la vida del financiamiento. Deberá presentarse por separado: - Sin financiamiento ENOHSA; Con financiamiento ENOHSA -Garantía propuesta.
• Constancia de CUIT.
• Informe donde se establezca mes por mes durante los últimos 12 meses, la recaudación realizada por cada entidad recaudadora. Denominación del o de los Bancos recaudadores. Dicho informe, deberá estar certificado por Contador Público y legalizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
• Informe detallando mes por mes, durante los últimos 12 meses, la facturación, discriminado impuestos e indicando porcentajes de cobranzas Dicho informe, deberá estar certificado por Contador Público y legalizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas
Toda la documentación deberá presentarse certificada o legalizada por autoridad competente.
PARTE IV
CONTENIDOS TÉCNICOS DE LA SOLICITUD DE CRÉDITO
28.- Para Financiamiento de Obras
Contenido básico de la presentación:
• Memoria Descriptiva indicando situación actual del servicio y causas que justifican la necesidad de concretar la obra.
• Para solicitud de ampliaciones o mejoras del servicio existente se indicará la interrelación entre el nuevo proyecto y el sistema actual.
• Información sobre la fuente de abastecimiento. En caso de requerirlo el proyecto, análisis de agua.
• Características del cuerpo receptor de desagües cloacales si corresponde, con parámetros de vuelco determinados por la autoridad competente.
• Memoria Técnica: cálculo de la población beneficiada actual y futura, cantidad de conexiones, dotación promedio, período de diseño, cálculos hidráulicos, parámetros de diseño y todas las demostraciones necesarias de la ingeniería del proyecto.
• Pliego de Condiciones Generales y de Especificaciones Técnicas Particulares.
• Forma de ejecución de la obra. Se indicará si la obra se realizará por administración o por contratación de terceros.
• Plano general y de detalle.
• Plan de trabajo y curva de inversiones.
• Cómputo Métrico y Presupuesto, discriminado por rubro e ítem y análisis de precios.
• En el caso que la ejecución de los trabajos se realizará por cuenta y cargo del Ente Ejecutor, y el ENOHSA financiará la adquisición de materiales: se debe acompañar un detalle de los mismos especificándolos con la máxima desagregación posible de acuerdo a las tareas a ejecutar.
• Si las obras se realizarán por contratación de terceros y el financiamiento contemplará mano de obra y materiales en conjunto, deberá acompañarse en forma previa las planillas de cómputo y presupuesto como así también los análisis de precios respectivos.
29.- Para Financiamiento de Equipamiento
• Memoria Descriptiva indicando las causas que generan la necesidad de adquirir el equipamiento solicitado.
• Presupuesto.
• Pliego de Especificaciones técnicas de los equipos.
30.- Para formulación de Proyectos
• Pliegos de Condiciones del llamado.
• Términos de Referencia del Estudio.
• Demás documentación correspondiente a la contratación.
PARTE V
PROCESO DE CONTRATACIÓN Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN LAS
RENDICIONES
31.- Proceso de Contratación de Obra y/o Equipamiento
Formalizado el Contrato xx Xxxxxxxx, el Ente Ejecutor deberá dar inicio al procedimiento de la contratación correspondiente, remitiendo la adjudicación al ENOHSA, a efectos de que éste tome conocimiento.
32.- Rendición del Financiamiento de Obras por Contratación a Terceros
Antes de la iniciación de las obras, se deberá remitir un detalle del procedimiento de contratación llevado a cabo de acuerdo a la legislación vigente, del cual tomará conocimiento el ENOHSA
Conjuntamente con la elevación de las rendiciones deberá remitirse: acta de inicio, acta de medición, certificado de obra firmados por la empresa la inspección y el comitente, una “copia fiel” certificada de la factura de la empresa contratista.
El ENTE EJECUTOR deberá justificar, cualquiera fuere el destino del financiamiento, todos los fondos transferidos por el ENOHSA, dentro del plazo establecido en el Contrato suscripto, remitiendo como mínimo, la siguiente documentación:
a. Orden de Pago.
b. Recibo Oficial de la Empresa Contratista.
c. Extracto bancario de la fecha de transferencia de fondos en favor de la Empresa contratista, excepto en los casos en que el ENOHSA realice las transferencias por cuenta y orden del comitente.
Las facturas y recibos deben ajustarse a la Resolución AFIP 1415/03 (Régimen de emisión de comprobantes), sus resoluciones modificatorias y complementarias. Su control y verificación es de exclusiva responsabilidad del ENTE EJECUTOR.
En caso que el convenio no establezca el plazo, se entenderá que son 30 días corridos desde la fecha de transferencia.
33.- Rendición del Financiamiento de Adquisición de Equipamiento
Se deberá remitir un detalle del procedimiento de contratación llevado a cabo de acuerdo a la legislación vigente, adjuntándose copia de los actos realizados, los que deberá tomar conocimiento el ENOHSA.
Las rendiciones se conformarán por copia autenticada de:
a. Orden
de Compra
b. Factura
c. Orden
de Pago.
d. Recibo
Oficial de la Empresa Contratista.
e. Extracto bancario de la fecha de transferencia de fondos en favor de la Empresa contratista, excepto en los casos en que el ENOHSA realice las transferencias por cuenta y orden del comitente.
34.- Documentación Respaldatoria
La documentación respaldatoria de las rendiciones deberá estar certificada con la leyenda "Es Copia Fiel del Original" y firmada por la máxima autoridad del Ente Ejecutor, o quien corresponda. La falta de certificación, en legal forma, podrá ser motivo de rechazo de la documentación.
La documentación respaldatoria de las rendiciones deberá ajustarse a la legislación tributaria vigente en la materia. Su control y verificación es de exclusiva responsabilidad del Ente Ejecutor.
No se admitirá rendición de inversiones que se hayan realizado con anterioridad a la fecha del otorgamiento xxx Xxxxxxxx.
Las rendiciones se aceptarán cuando representen exclusivamente los ítems contemplados expresamente en el presupuesto aceptado por el ENOHSA.
PARTE VI
MODELO TIPO DE CONTRATO XX XXXXXXXX
En la Ciudad de Buenos Aires a los......... días del mes de .................... de ........., entre el ENTE NACIONAL DE OBRAS HÍDRICAS DE SANEAMIENTO, representado por
.........................................................., en adelante ENOHSA, y el ,
representado por ..............................................., en adelante ENTE EJECUTOR, convienen en celebrar el presente Contrato xx Xxxxxxxx conforme a las siguientes cláusulas:
PRIMERA. - El ENOHSA con fondos bajo su administración otorga en calidad xx xxxxxxxx al ENTE EJECUTOR la suma de PESOS ...................... ($ ), que se destinarán al financiamiento de
la obra (o adquisición de equipamiento o formulación de proyecto)
.............................................................., en la localidad de..................................., Provincia de
...................................... de la República Argentina.
En todo lo no previsto en este Acuerdo regirán, según corresponda, las especificaciones contenidas en el Reglamento del Programa PROMES, aprobado por Resolución ENOHSA Nº /, que el ENTE EJECUTOR declara conocer y aceptar y el cual forma parte del presente contrato.
SEGUNDA. - Los desembolsos se efectivizarán conforme a los mecanismos y procedimientos establecidos en el Reglamento del PROGRAMA DE OBRAS MENORES DE SANEAMIENTO – PROMES. -
El ENTE EJECUTOR deberá justificar el uso dado a la totalidad de los fondos desembolsados en un plazo no superior a los treinta (30) días hábiles posteriores a la finalización del plazo a que hace referencia la Cláusula Quinta de este Contrato.
TERCERA. - El Préstamo será amortizado por el ENTE EJECUTOR en ................(........) cuotas mensuales iguales y consecutivas, otorgándosele un Plazo xx Xxxxxx de ........ ( ) días, contados a
partir de la fecha de la última transferencia efectuada por el ENOHSA. El día hábil siguiente a la finalización del Plazo xx Xxxxxx vencerá la primera cuota de amortización e intereses. Se fija como lugar de pago el domicilio del ENOHSA.
Durante el período xx xxxxxx y hasta el inicio de la amortización xxx xxxxxxxx, se aplicará la tasa de interés vigente del Programa PROMES.
CUARTA. - Las cuotas serán fijas y contendrán una parte de amortización de capital creciente, conforme lo establece el sistema de amortización francés, que declaramos conocer y aceptar; más los intereses determinados según lo establece el Punto 8) del Reglamento Operativo del Programa. Amortización e Intereses componen un servicio mensual indivisible. La tasa de interés será la que establece el Punto 8) del Reglamento operativo del Programa. Esta tasa será variable y liquidada por el ENOHSA en forma semestral aplicándose a los intereses y su capitalización mientras dure la obra.
Los intereses de las transferencias efectuadas durante la ejecución de las obras, se capitalizarán hasta la fecha de finalización del período xx xxxxxx.
La tasa de interés vigente a la fecha de finalización de las obras será la aplicable durante el período xx xxxxxx y para todo el plan de amortización del crédito.
Los pagos fuera de término devengarán intereses hasta la fecha del efectivo pago, aplicándose la tasa correspondiente al préstamo, se aplicarán intereses punitorios desde la fecha del vencimiento de la obligación hasta la fecha del efectivo pago a la tasa fijada en el Punto 9) del Reglamento Operativo del Programa.
Los intereses deberán ser abonados por el ENTE EJECUTOR conjuntamente con cada cuota de amortización de capital.
QUINTA. - La/s obra/s financiada/s deberán estar concluidas en un plazo máximo de (…)
meses, contados a partir de la fecha del Acta de inicio de las obras.
El plazo de ejecución de la obra sólo podrá ser ampliado por el ENTE EJECUTOR por causa justificada y aceptado por el ENOHSA.
SEXTA. - Ante el incumplimiento por el Ente Ejecutor de la obligación de acreditar en debido tiempo y forma las inversiones comprometidas o cuando el ENOHSA comprobará irregularidades en la ejecución xxx xxxxxxxx o del proyecto financiado, o la falta de pago de una cuota de amortización e intereses imputables al Ejecutor, el ENOHSA podrá aplicar las sanciones previstas en el punto 23 del Reglamento del Programa, el cual el Ente Ejecutor declara conocer y aceptar.
SÉPTIMA. - El ENTE EJECUTOR otorga en este acto como garantía de cumplimiento de sus obligaciones a favor del ENOHSA.
La garantía establecida precedentemente se constituirá en forma previa al primer desembolso xxx xxxxxxxx por una suma total de $.................. la que comprende la totalidad de las obligaciones
asumidas por el ENTE EJECUTOR y hasta cubrir la totalidad de los accesorios, intereses y capital adeudado.
OCTAVA. - El ENOHSA podrá, dentro de los diez años de finalizada la obra financiada, o dentro del período de amortización, para el caso de adquisición de equipamiento, inspeccionar la operación y funcionamiento de la misma, atendiendo los compromisos de sustentabilidad y eficiencia contraídos en este acto, resultando pasibles ante el incumplimiento de ser inhabilitados para acceder a nuevo financiamiento por parte de este Organismo, mientras dure la falla detectada. Así mismo, el Ente Ejecutor deberá mantener la calidad de la prestación del servicio, así como el mantenimiento de la infraestructura financiada siendo de su exclusiva e ineludible responsabilidad, debiendo atender al estricto cumplimiento de las normas regulatorias y ambientales vigentes en la jurisdicción, sin perjuicio de las sanciones que adicionalmente pudieran corresponderle, deslindando este ENOHSA, de toda responsabilidad ulterior.
NOVENA. - Las partes acuerdan que se someterán a los Tribunales Nacionales en lo Contencioso– Administrativo Federal, con asiento en la Ciudad de Buenos Aires en caso de conflicto con motivo del presente Contrato xx Xxxxxxxx.
DÉCIMA. - Las partes fijan los siguientes domicilios especiales, en los cuales será válida toda comunicación o notificación que recíprocamente se cursen: el ENOHSA en......................., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el ENTE EJECUTOR en..................................
De conformidad, las partes firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.