CLAUSULA ADICIONAL:
CLAUSULA ADICIONAL:
Señor Xxxxxxx, sírvase extender en su registro de escrituras públicas una Cláusula Adicional xx Xxxxxxxx Hipotecario que celebran de una parte, CREDINKA, cuyas generales xx xxx se detallan en el Anexo I como otorgante xxx xxxxxxxx a favor de EL CLIENTE, cuyas generales xx xxx se detallan en el Anexo I, que debidamente suscrito, forma parte integrante del presente contrato. En las condiciones del crédito y de la garantía hipotecaria se señalan en las cláusulas siguientes:
ANTECEDENTES
PRIMERA.- EL CLIENTE declara haber comprado el inmueble constituido por la unidad inmobiliaria cuya descripción y referencias regístrales se señalan en el Anexo I, las mismas que requieren de financiamiento para su construcción con el crédito que CREDINKA les concede mediante este instrumento.
OBJETO DEL CONTRATO
SEGUNDA.- En virtud del Proyecto MIVIVIENDA, respecto a la Canalización de Recursos del FONDO MIVIVIENDA S.A., en adelante el Fondo y su Reglamento, celebrado entre CREDINKA y la Corporación Financiera de Desarrollo – COFIDE, la utilización de dichos recursos se derivarán entre otros para la construcción de unidades inmobiliarias.
CREDINKA, atendiendo a la solicitud de EL CLIENTE, conviene en otorgarle un crédito hipotecario bajo el mecanismo señalado en el párrafo precedente por el plazo y la cantidad que se detallan en el Anexo I.
Dicho crédito será utilizado por EL CLIENTE en forma exclusiva, para la adquisición del el inmueble que se describe en el Anexo I, que EL CLIENTE declara haber comprado, cuya descripción y referencia registrales se señalan en la minuta de Compraventa que antecede a la presente cláusula adicional, inmueble cuyo precio han asumido cancelar con recursos propios y con el crédito que CREDINKA concede mediante el presente instrumento.
Las condiciones xxx xxxxxxxx se señalan en el Anexo I del presente documento. Asimismo, la tasa de interés, tarifas, costos aplicables al crédito y demás conceptos establecidos por la normatividad legal vigente, se detallan en la Hoja Resumen que forma parte integrante del presente contrato.
EL CLIENTE declara expresamente que ha sido correcta y oportunamente instruído sobre las condiciones xxx xxxxxxxx indicadas en el presente contrato y contenidas en la Hoja Resumen, en particular sobre la tasa de interés compensatorio y moratorio, tarifas y el costo efectivo del crédito, CREDINKA queda autorizado siempre que signifique una reducción en el monto de los intereses, comisiones, gastos y/o demás costos aplicables al crédito, a variar dichos conceptos, en cuyo caso entrarán en vigencia de inmediato, sin necesidad de comunicación alguna.
Cabe precisar que no se financia con los recursos del Fondo MIVIVIENDA S.A. la adquisición de viviendas con cargas o gravámenes que afecten directamente a la unidad inmobiliaria, salvo las provenientes de servidumbre de acueducto, de electroducto, xx xxxxx, de vistas y desagüe así como de servidumbres de paso, ni la adquisición de terrenos y estacionamientos independizados solamente.
Si con posterioridad al desembolso del crédito con recursos del El Fondo, se comprueba que la vivienda no es utilizada con fines de casa-habitación, o que el beneficiario habita en el exterior, se extornará el crédito otorgado a EL CLIENTE.
Las viviendas a ser financiadas con recursos del Fondo MIVIVIENDA S.A. deberán cumplir con las siguientes condiciones:
1. El mínimo Valor Total de la Vivienda a ser adquirida, no deberá ser menor de 14 UIT y
2. El máximo Valor Total de la Vivienda a ser adquirida, no deberá exceder de 50 UIT.
DE LAS CONDICIONES XXX XXXXXXXX
TERCERA.- Para efectos de aplicar el Premio al Buen Pagador, el préstamo a EL CLIENTE, se dividirán en dos tramos:
(i) Tramo No Concesional: Sujeto a las condiciones financieras fijadas por CREDINKA, equivalente al resultado de restar al importe xxx xxxxxxxx el Tramo Concesional.
(ii) Tramo Concesional: Importe equivalente a S/. 12,500.00 (Doce Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles), sujeto a idénticas condiciones financieras que el Tramo No Concesional, excepto en su periodicidad, que tiene carácter semestral.
El Premio al Buen Pagador consiste en dar por cancelado semestralmente el importe del principal, intereses y comisiones correspondientes a la cuota a pagarse en dicho período, producto del Tramo Concesional. Para estos efectos, CREDINKA deberá calificar previamente a EL CLIENTE como Buen Pagador.
El Beneficiario procederá a cancelar a CREDINKA el principal, intereses y comisiones correspondientes al Tramo No Concesional xxx xxxxxxxx. Con respecto al Tramo Concesional, éste será cancelado con el Premio al Buen Pagador, aplicado semestralmente. En los casos en que EL CLIENTE se haga acreedor a dicho premio, CREDINKA no podrá cobrar su margen por la cuota correspondiente al Tramo Concesional.
En aquellos semestres en que EL CLIENTE no acceda al Premio al Buen Pagador, la cuota correspondiente a dicho semestre se prorrateará en el siguiente semestre en seis armadas con idéntica periodicidad a las cuotas del Tramo No Concesional.
Para efectos de acceder nuevamente al Premio al Buen Pagador en el semestre siguiente, EL CLIENTE deberá cancelar las cuotas correspondientes a ambos tramos xxx xxxxxxxx, dentro de las condiciones establecidas para ser calificado como Buen Pagador. Corresponde a CREDINKA, dentro de sus políticas internas, fijar los intereses, gastos u otros conceptos que se cobren, en caso que EL CLIENTE no cancele puntualmente la cuota prorrateada del Tramo Concesional.
CREDINKA podrá solicitar a EL CLIENTE la constitución de un fondo equivalente al valor de una cuota del Tramo Concesional, a efectos de aplicar en los semestres que el beneficiario no acceda al Premio al Buen Pagador.
EL CLIENTE que realice prepagos parciales o totales en cualquier momento durante la vida del subpréstamo, perderán el Premio al Buen Pagador en la parte proporcional que tenía el Tramo Concesional al momento del Desembolso.
Al préstamo otorgado a EL CLIENTE que adquiera un bien futuro, se le podrá otorgar un plazo xx xxxxxx de hasta 6 meses, de acuerdo a la solicitud que efectúe EL CLIENTE.
Durante dicho período, EL CLIENTE no pagará a CREDINKA el principal, los intereses, ni los seguros xxx xxxxxxxx. Sin embargo, a criterio de CREDINKA, ésta podrá cobrar a EL CLIENTE las comisiones que establezca. Los intereses generados durante el período xx xxxxxx se
capitalizarán, incorporándose al saldo xxx xxxxxxxx otorgado en las mismas condiciones financieras xxx xxxxxxxx.
Cabe señalar, que en los casos que se otorgue plazo xx xxxxxx, de ser el caso, las partes acuerdan desde ya, la capitalización de intereses xxx xxxxxxxx de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 1249° del Código Civil
Asimismo, en el caso de que el Fondo rechazara el expediente, EL CLIENTE deberá asumir los gastos incurridos hasta el momento de envío del expediente al Fondo: Tasación, Estudio de Títulos, Gastos Notariales y Gastos Registrales por Bloqueo Registral
CUARTA.- EL CLIENTE autoriza en forma expresa a CREDINKA para que el importe total xxx xxxxxxxx que en virtud de este documento se otorga, se desembolse bajo la modalidad y condiciones descritas en el Anexo I, que forma parte integrante del presente documento.
El cheque producto del desembolso podrá efectuarse en moneda distinta en la que se efectuó el préstamo, al tipo de cambio del día en que se haga entrega del cheque referido anteriormente, por lo que en caso de haber diferencia en el tipo de cambio de moneda a favor de EL CLIENTE, esta sería depositada en su cuenta, y en el caso de ocurrir lo contrario, es decir, que de produzca una diferencia en contra, EL CLIENTE deberá asumirla directamente.
Queda entendido que la intervención de XXXXXXXX en el financiamiento otorgado a EL CLIENTE en los términos pactados en el presente contrato, no implica responsabilidad alguna por la construcción del inmueble, entrega del bien, la independización y declaratoria de fabrica
QUINTA.- La eventual emisión de títulos valores por el importe del crédito a que se refiere la Cláusula SEGUNDA, o el perjuicio de los mismos, no produce novación, ni extingue la operación de crédito que diera lugar a su emisión.
El eventual perjuicio de los pagarés o de los instrumentos que en representación de los créditos se hubieran emitido, no extinguirá la obligación que diera lugar a su emisión, ni las hipotecas constituidas en respaldo de los mismos.
DEL PAGO XXX XXXXXXXX
SEXTA.- EL CLIENTE asume la obligación de pagar el préstamo, incluyendo los intereses generados, comisiones, gastos y demás conceptos aplicables, en la misma moneda convenida, mediante el pago de cuotas mensuales con vencimientos y por montos señalados en el Cronograma de Pagos que CREDINKA entregará a EL CLIENTE al momento del desembolso, el cual se efectuará en su cuenta corriente ordinaria, o en su cuenta de ahorros, o en su cuenta de depósito y de ser necesario, faculta a CREDINKA a abrir una a su nombre, con la finalidad de realizar el desembolso xxx xxxxxxxx.
Asimismo, EL CLIENTE expresa su conformidad y acepta el hecho de que XXXXXXXX, luego de evaluar si les corresponde o no el Premio al Buen Pagador, en los términos referidos en la Cláusula TERCERA, entregue el cronograma correspondiente al Tramo Concesional por el semestre respectivo.
EL CLIENTE se obliga a efectuar el pago del citado préstamo y demás obligaciones a que se refiere la presente cláusula, indistintamente, a través de cargos que CREDINKA realice en su cuenta corriente ordinaria, o de su cuenta de ahorros, o de su cuenta de depósito, en las que CREDINKA queda facultado a debitar; o mediante cargos en una cuenta corriente especial de registro que en todo caso y, de ser necesario, faculta a CREDINKA a abrir a su nombre. Cuando por causas no imputables a las partes sea imposible el reembolso xxx xxxxxxxx por alguna de
las modalidades antes indicadas, CREDINKA podrá disponer otra forma de pago, informando a EL CLIENTE, sobre la nueva modalidad a emplearse.
Para estos efectos, EL CLIENTE mantendrá o entregará en CREDINKA, con la anticipación suficiente a la respectiva fecha de vencimiento de cada una de las cuotas, los fondos necesarios para atender íntegramente sus pagos, para lo cual y sin perjuicio de lo anterior, le autoriza desde ahora a poder cargar sus importes en cualquiera de los depósitos y/o cuentas que mantenga en CREDINKA.
SEPTIMA.- EL CLIENTE podrá realizar pagos anticipados de sus cuotas. Asimismo, después del pago de la primera cuota, EL CLIENTE podrá realizar prepagos del saldo capital del crédito con la consiguiente liquidación de intereses al día del pago, por montos superiores o iguales al equivalente de una (01) cuota como mínimo, debiendo comunicar expresamente y por escrito a CREDINKA, si desea reducir el monto de la cuota o el número de cuotas reduciendo el plazo pactado originalmente. De no indicar su opción, el pago prepago reducirá únicamente el monto de la cuota.
CREDINKA aceptará el prepago siempre que EL CLIENTE se encuentre al día en sus obligaciones.
El monto del prepago se aplicará directamente a cancelar el saldo del crédito (suma del saldo de principal del Tramo No Concesional y del Tramo Concesional).
Luego de efectuado el prepago, CREIDNKA entregará a EL CLIENTE los nuevos Cronogramas de Pagos con las cuotas pendientes de vencimiento, manteniendo el plazo y reduciendo el monto de las cuotas o reduciendo el plazo pactado originalmente sin variar el monto de las cuotas, según corresponda al caso.
DE LA XXXX AUTOMATICA
OCTAVA.- La falta de pago, total o parcial, de una o más de las cuotas xxx xxxxxxxx a su respectivo vencimiento, constituirá a EL CLIENTE automáticamente en xxxx, sin necesidad de requerimiento alguno de pago, pudiendo en este caso CREDINKA cobrarles a estos últimos, además de los intereses compensatorios establecidos, intereses moratorios hasta las tasas máximas que para sus operaciones crediticias en xxxx, tenga vigente CREDINKA. Estos intereses se devengarán desde el día siguiente a la fecha del vencimiento de la obligación, inclusive hasta el día de su pago total efectivo, más los tributos, gastos notariales y judiciales.
Adicionalmente, si hubiesen transcurrido CINCO (05) días de la fecha de vencimiento de la cuota de EL CLIENTE sin que esta haya sido cancelada, se aplicará una Comisión de Gestión de Cobranza, la misma que se encuentra detallada en el Tarifario de CREDINKA que se encuentra a disposición de EL CLIENTE en cualquiera de las Agencias de CREDINKA, dicha comisión se aplicará las veces en que se incumpla lo indicado en el presente párrafo.
Sin perjuicio de ello, y en uso de la facultad reconocida por el numeral 11 del Art. 132° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modificatorias, en adelante la Ley N° 26702, EL IFI podrá, en cualquier momento, aplicar al pago de lo adeudado por principal, intereses, comisiones, gastos, costos de los seguros, portes, tributos y a cualquier otro concepto aplicable y exigible, cualquier fondo de EL CLIENTE existente en cuentas de cualquier naturaleza, que en moneda extranjera o nacional mantenga en CREDINKA y sus subsidiarias o, cualquier otra cuenta, fondo, depósito, valor o bien que tenga en su poder y esté destinado a ser acreditado, abonado o entregado a EL CLIENTE.
CREDINKA no asumirá responsabilidad por la diferencia de cambio que resulte de la adquisición de la moneda de pago destinada a la amortización o cancelación de las obligaciones que mantenga EL CLIENTE frente a CREDINKA, cualquiera que sea la oportunidad en que se efectúe la operación.
Igualmente, la falta de pago de alguna de las cuotas por treinta (30) días o más hará que EL CLIENTE pierdan, en ese semestre, el Premio al Buen Pagador a que se refiere la Cláusula TERCERA.
DE LA PRIMERA Y PREFERENTE GARANTIA HIPOTECARIA
NOVENA.- Con la finalidad de garantizar el crédito concedido por CREDINKA descrito en la Cláusula SEGUNDA, sin reserva ni limitación alguna, sus intereses, sean estos compensatorios o moratorios, las comisiones, tributos, seguros y demás gastos, así como cualquier hipotética novación con CREDINKA; de conformidad con lo dispuesto por el Código Civil, la Ley N° 26702 y demás normas aplicables, EL CLIENTE, constituye PRIMERA Y PREFERENTE HIPOTECA hasta por la suma que se detalla en el Anexo I en favor de XXXXXXXX, sobre el inmueble cuya ubicación, descripción y datos de inscripción que de igual forma se detalle en el Anexo I.
Queda expresamente establecido que la hipoteca que por este documento se constituye, comprende el/los inmueble(s) descrito(s) en el ANEXO I, así como sus partes integrantes, accesorios, instalaciones, el importe de indemnizaciones de los seguros, entre otros, y en general, todo cuanto de hecho y derecho le toca y corresponde al inmueble que se hipoteca; quedando asimismo afectadas a favor de CREDINKA las mejoras que pudieran introducirse en el inmueble y los frutos que éste produzca, sin reserva ni limitación alguna, ni distingo de naturaleza o valor.
Del mismo modo, EL CLIENTE declara que la hipoteca que se constituye a favor de CREDINKA, mantendrá su vigencia hasta la total cancelación de todas y cada una de las obligaciones y deudas que mantienen con CREDINKA.
Igualmente, EL CLIENTE expresa desde ya su aceptación para que el Registro correspondiente emita los Títulos de Crédito Hipotecarios Negociables materia del presente contrato, de conformidad con lo previsto en la Cláusula DÉCIMO SEXTA Y DÉCIMO SÉPTIMA.
DECLARACIONES ADICIONALES DEL CLIENTE
DECIMA.- EL CLIENTE declara adicionalmente a CREDINKA:
10.1 Que la primera y preferencial hipoteca que por este acto constituye EL CLIENTE, se extiende a todo lo que de hecho o por derecho corresponda o pueda pertenecer a el inmueble hipotecado y comprende todas las construcciones o edificaciones que pudieren existir sobre el mismo, o bienes que pudieran en el futuro edificarse sobre el inmueble, y en su caso el suelo, subsuelo y sobresuelo, comprendiendo además sus partes integrantes, accesorios, instalaciones y en general, todo cuanto de hecho y por derecho le corresponda o se incorpore, sin reserva ni limitación alguna y en la más amplia extensión a que se refiere el artículo 1101 del Código Civil.
Igualmente comprende los frutos y rentas que pudiera producir, los mismos que podrán ser recaudados directamente por CREDINKA, para aplicarlos al pago de lo que se le adeudase. Asimismo, la presente hipoteca se extiende a las indemnizaciones a las que se refieren los artículos 173 y 174 de la Ley General de Banca y Seguros.
10.2 Se obligan a proporcionar, toda la información relacionada con el mutuo otorgado, que soliciten el Fondo, COFIDE y CREDINKA.
10.3. Que por el presente instrumento, se obligan a otorgar las facilidades para que el Fondo, COFIDE y/o CREDINKA, puedan examinar la vivienda, motivo del presente financiamiento.
10.4. Que conocen que todas las declaraciones formuladas en el presente contrato, tienen carácter de declaración jurada, y por tanto su infracción está sujeta a las sanciones establecidas en la Ley General del Sistema Financiero y en el artículo 247º del Código Penal.
DECIMO PRIMERA.- Las partes contratantes dejan expresa constancia que XXXXXXXX podrá proceder a la ejecución de la garantía hipotecaria, referida en la Cláusula NOVENA, o dar por terminado el presente contrato xx xxxxxxxx, sin asumir por ello ninguna responsabilidad, dando por vencidos todos los plazos estipulados en el presente contrato y exigir el pago inmediato del íntegro de las cuotas y demás obligaciones pendientes de pago y proceder a la ejecución de la garantía mencionada, en cualquiera de los siguientes supuestos:
1. Si EL CLIENTE dejase de cumplir con su obligación de pago, total o parcial, según corresponda, en los plazos establecidos en el presente contrato de crédito.
2. Si EL CLIENTE dejase de pagar dos o más cuotas xxx xxxxxxxx, según cronograma de pagos acordado, sea en forma alternada o consecutiva o si incumple cualquiera de las obligaciones asumidas en las presentes Cláusulas Adicionales.
3. Si el valor de el/los bien(es) hipotecado(s), según tasación que, CREDINKA por cuenta y costo de EL CLIENTE mande practicar, disminuyera por cualquier causa a un monto inferior en más del 10% del valor de sus obligaciones vencidas o por vencer, salvo que mejore o amplíe la garantía a entera satisfacción de CREDINKA, o que reduzca su obligación u obligaciones en la proporción y dentro del plazo que EL IFI le señale.
4. Si EL CLIENTE es demandado respecto a la propiedad del bien dado en garantía.
5. Si a la fecha de la celebración de este contrato, resultara que EL CLIENTE padecía de enfermedad diagnosticada o de su conocimiento, preexistente o, en su caso, si la declaración de salud que formuló para el seguro no fuese cierta o exacta y ello determine que haga imposible o deje o pueda dejar sin efecto en cualquier momento el seguro de desgravamen hipotecario contratado con la aseguradora.
6. Si EL CLIENTE no cumple con contratar los seguros requeridos por XXXXXXXX, en los términos establecidos en el presente contrato.
7. Si el/los inmueble hipotecado resultara afectado con otros gravámenes a favor de terceros acreedores, cargas u otras afectaciones, o si en el plazo de 60 días de inscrita la independización del inmueble no se haya inscrito la garantía por culpa de EL CLIENTE.
8. Si EL CLIENTE no cumpliera con facilitar el acceso a la inspección del bien dado en garantía hipotecaria, y/o con subsanar las observaciones que, respecto al estado de conservación y calidad del bien referido, de conformidad con lo establecido en el numeral
10.5 del presente contrato.
9. Si EL CLIENTE hubiere proporcionado información falsa a CREDINKA con motivo de la solicitud de crédito, respecto de su situación económico-financiera.
10. Si EL CLIENTE destinara los fondos del crédito concedido por CREDINKA a un fin distinto al establecido en la Cláusula SEGUNDA.
11. Si EL CLIENTE hubiera proporcionado información falsa a CREDINKA en las Declaraciones Juradas presentadas, en cuyo caso sin perjuicio de las acciones penales correspondientes, se darán por vencidas todas las cuotas pendientes xxx xxxxxxxx, quedando automáticamente obligado EL CLIENTE a cancelar el íntegro del saldo insoluto xxx xxxxxxxx, el Premio al Buen Pagador ya percibido, más los intereses, comisiones y otros que se hubieren devengado.
12. Si EL CLIENTE es declarado insolvente o en quiebra, o ingresase a algún otro procedimiento concursal ante Indecopi u órgano equivalente.
13. Si EL CLIENTE no cumpliera con cualquiera de las obligaciones contraídas en virtud del presente contrato.
14. Si EL CLIENTE realizan modificaciones y/o ampliaciones al inmueble sin obtener la Licencia de Construcción respectiva y/o respetar las condiciones establecidas en los Planos y/o Reglamento Interno correspondiente que EL CLIENTE declara conocer y se obligan a cumplir en su integridad. Esta causal será igualmente aplicable si EL CLIENTE no cumpliera con informar a CREDINKA de las modificaciones y/o ampliaciones que realicen al inmueble.
De conformidad con el Art. 1430° del Código Civil, la resolución del contrato xx xxxxxxxx operará de pleno derecho, siendo suficiente que EL IFI notifique a EL CLIENTE de su decisión por escrito, sin ninguna otra formalidad adicional; manteniéndose subsistente la hipoteca en garantía de la obligación de pago inmediato de cargo de EL CLIENTE; procediendo sin más trámite CREDINKA a cobrar su acreencia, conformada por el saldo insoluto xxx xxxxxxxx más los intereses compensatorios y moratorios, comisiones y otros que se hubieran devengado al término del plazo establecido en el presente contrato, suma total liquida que EL CLIENTE se obliga(n) a pagar inmediatamente; ejecutándose en caso contrario la garantía hipotecaria que por este acto se constituye en la forma prevista por el Código Procesal Civil.
Se deja expresa constancia que la resolución del contrato xx xxxxxxxx por incumplimiento de las obligaciones que EL CLIENTE asume, no conlleva la extinción de la hipoteca que se constituye; pues en todo caso de resolución o de terminación del contrato xx xxxxxxxx dicha garantía se mantiene plenamente vigente, encontrándose precisamente en tales casos CREDINKA facultado a ejecutar el inmueble hipotecado para aplicar el producto de la misma al pago de sus acreencias.
DECIMO SEGUNDA.- A fin de comprobar el estado de conservación y demás cualidades del bien otorgado en hipoteca, CREDINKA, Corporación Financiera de Desarrollo S.A. – COFIDE y el Fondo, bajo cuenta y costo de EL CLIENTE, quedan autorizados para que, en la fecha y forma que estimen conveniente, ya sea por medio de sus funcionarios, representantes, o en su caso, a través de los técnicos, peritos o cualquier otro profesional que para tal efecto deban contratar, realicen las inspecciones, pericias y pruebas que crean necesarias.
Cualquier observación respecto al estado de conservación del bien hipotecado, deberá ser subsanada por EL CLIENTE, dentro del plazo que para el efecto señale CREDINKA, vencido el cual sin que éste se haya verificado, podrá CREDINKA proceder en la forma establecida en la Cláusula que antecede.
DECIMO TERCERA.- Para el improbable caso de una ejecución, y en aplicación de lo dispuesto por el artículo 720 del Código Procesal Civil, las partes de común acuerdo convienen en valorizar el inmueble hipotecado, en la suma que se detalle en el Anexo I, según tasación efectuada por perito inscrito en la REPEV de la Superintendencia de Banca y Seguros, no siendo necesario, por lo tanto, nueva tasación en caso de ejecución.
Sin embargo CREDINKA se reserva el derecho de solicitar, al finalizar la construcción del inmueble materia del presente contrato o cuando lo estime conveniente, una nueva tasación por cuenta y costo de EL CLIENTE, asumiendo éstos la obligación de facilitar el libre acceso al inmueble de los tasadores que CREDINKA designe.
DE LOS SEGUROS
DECIMO CUARTA.- Durante la vigencia xxx xxxxxxxx, EL CLIENTE se obliga a contratar y mantener vigente un seguro contra todos los riesgos que corra el inmueble hipotecado, por lo menos contra incendio, huelga y conmoción civil, daño malicioso, terrorismo, vandalismo, sismo, inundaciones, daño por agua y explosión y en general cualquier riesgo, otorgado por una Compañía de Seguros de calificación no inferior a B y una póliza con cobertura, ambas satisfacción de CREDINKA, por una cantidad no menor al saldo contable deudor xxx xxxxxxxx
salvo que CREDINKA acepte un monto distinto; y transferir a CREDINKA su derecho a la indemnización que debe pagar la aseguradora en caso de siniestro, para cuyo efecto le entregará la póliza o pólizas debidamente endosadas de manera que CREDINKA cobre el importe de la indemnización y lo aplique a la amortización de lo que se le adeudase.
Las condiciones de la póliza del seguro contra todos los riesgos del/los inmueble(s) hipotecado(s), cuyo único beneficiario será CREDINKA, con el detalle de la suma asegurada, los riesgos no cubiertos o excluidos y que imponen el pago por cuenta de EL CLIENTE de una franquicia deducible en el evento de siniestro, constan en el documento que EL CLIENTE declara(n) conocerlas y aceptarlas, por lo que en caso de ocurrir un siniestro no amparado por la póliza contratada o de limitaciones o exclusiones impuestas por la Compañía de Seguros, CREDINKA no asume ninguna responsabilidad.
Asimismo, durante la vigencia del presente Contrato, EL CLIENTE se obliga a contratar y mantener vigente un seguro de desgravamen, siendo beneficiario de la póliza exclusivamente CREDINKA, quien en caso de fallecimiento de EL CLIENTE y/o de las personas aseguradas, cobrará directamente la indemnización que deba pagar la aseguradora para aplicarlo hasta donde alcance a la amortización y/o cancelación de lo adeudado.
Las condiciones de la póliza del seguro de desgravamen, cuyo único beneficiario será CREDINKA, con el detalle de los riesgos no cubiertos o excluidos, constan en documento que EL CLIENTE declara conocer y aceptar. EL CLIENTE declara también que conoce y acepta que el seguro solamente pagará el saldo de la deuda al día de su fallecimiento, siendo de cargo de sus herederos los intereses, comisiones, capital y gastos xxx xxxxxxxx en xxxx y que no se hayan cancelado hasta dicha fecha, con el límite de la masa hereditaria.
CREDINKA queda facultado, por cuenta de EL CLIENTE, a contratar, renovar y/o mantener vigente la(s) respectiva(s) póliza(s) del(los) seguro(s) referido(s), en caso de incumplimiento de EL CLIENTE de la obligación que asume según el párrafo anterior, debiendo en ese caso EL CLIENTE reembolsarle de inmediato los pagos realizados; o en caso que CREDINKA aceptara financiarla, EL CLIENTE le autoriza a CREDINKA, con su firma en el presente contrato, a incluir el costo total de la(s) póliza(s) tomada(s) en las cuotas xxx xxxxxxxx otorgado. La falta de contratación o renovación de la(s) póliza(s) de seguro(s) por parte de CREDINKA no genera para éste responsabilidad alguna; pues EL CLIENTE declara conocer que dicha obligación es de su responsabilidad.
Queda establecido entre las partes que si por cualquier causa o circunstancia, el seguro tomados por CREDINKA, a que se refiere este contrato fueren variados, modificados o incluso suprimidos, CREDINKA lo comunicará a EL CLIENTE mediante aviso escrito tan pronto como tenga conocimiento, a fin que EL CLIENTE tome debida nota de tales cambios y/o supresiones y de todas sus implicancias y consecuencias. Además, si las variaciones consistieran en nuevos requerimientos a ser cumplidos o presentados por EL CLIENTE, o nuevos riesgos excluidos u otros, EL CLIENTE se obliga a satisfacerlos y/o a cumplirlos, bajo su exclusiva decisión y responsabilidad de quedar desprotegido del seguro correspondiente.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
DECIMO QUINTA.- EL CLIENTE reconoce y acepta que XXXXXXXX podrá ceder sus derechos derivados del presente contrato, ya sea mediante una cesión de derechos o mediante la constitución de un patrimonio autónomo para efectos de su titulización o mecanismos similares, o venta de cartera, o emisión de instrumentos o bonos hipotecarios y/o cualquier otra forma permitida por la ley, a lo que EL CLIENTE presta desde ahora y por el presente documento su consentimiento expreso e irrevocable a dichas cesiones y transferencias, incluyendo las correspondientes a la garantía que pudiera haber constituido a favor de CREDINKA en respaldo
de las obligaciones derivadas del presente contrato siendo para ello suficiente que CREDINKA le comunique la identidad del nuevo acreedor o titular de los derechos y garantías cedidos.
DECIMO SEXTA.- EL CLIENTE acepta y solicita al Registro Público pertinente desde ya, que en mérito al presente documento y a las condiciones determinadas en el mismo, en la oportunidad correspondiente y a simple petición de XXXXXXXX, sobre la base de la hipoteca otorgada por EL CLIENTE, se emita un Título de Crédito Hipotecario Negociable, para ser entregado directamente a CREDINKA, sin que sea necesario que EL CLIENTE lo endose, quedando CREDINKA facultado en ese caso a completar dicho título valor con las informaciones y condiciones del crédito, según el presente contrato, conforme a la Ley N° 27287, Ley de Títulos Valores.
En virtud de lo establecido en el párrafo anterior, EL CLIENTE otorga poder especial a favor de CREDINKA para que en su nombre y representación suscriba los documentos públicos o privados que sean necesarios para la emisión del Título de Crédito Hipotecario Negociable en los términos del párrafo anterior, del presente Contrato y de la Ley de Títulos Valores.
Queda entendido que la formalización y/o emisión del Título de Crédito Hipotecario Negociable se sujetará a los acuerdos establecidos en el presente Contrato y a las disposiciones legales pertinentes, las mismas que serán aplicables a partir de la solicitud que en forma expresa formule CREDINKA al Registro Público correspondiente, en virtud al poder especial que le es otorgado en este acto por EL CLIENTE.
DECIMO SETIMA.- Si no se hubiese emitido el Título de Crédito Hipotecario Negociable, EL CLIENTE se obliga(n), a elección exclusiva y simple requerimiento de CREDINKA, a lo siguiente:
a) Xxxxxxx un nuevo poder a favor de CREDINKA en los mismos términos indicados en la Cláusula precedente.
b) Suscribir cualquier documento, sea público o privado, que fuere necesario a fin de formalizar la emisión del Título de Crédito Hipotecario Negociable.
DECIMO OCTAVA.- Cualquier tributo que pueda gravar este contrato o las demás obligaciones asumidas como consecuencia del mismo, será de cargo exclusivo y/o trasladado a EL CLIENTE, lo que se adicionará en su caso al importe de las cuotas mensuales comprometidas. Asimismo, todos los gastos y derechos que pudiera devengar este instrumento, inclusive las nuevas valorizaciones que se efectúen sobre el bien otorgado en garantía, los impuestos y gastos que se hayan que cancelar para inscribir la garantía, los derechos notariales y registrales que se ocasionen, los de un Testimonio y copia simple para CREDINKA, los de su cancelación llegado el momento, serán de cuenta única y exclusiva de EL CLIENTE, con excepción de los gastos que demande la emisión del Título de Crédito Hipotecario Negociable, que serán de cuenta y costo de CREDINKA. Para ello EL CLIENTE autoriza desde ya a CREDINKA para que abra una cuenta corriente a su nombre y cargue en ella los gastos incurridos, sin que para ello sea necesario tener la debida provisión de fondos.
Del mismo modo, queda expresamente entendido que cualquier gasto o costo derivado del presente contrato, que CREDINKA se vea obligado a efectuar o asumir por cuenta de EL CLIENTE, devengará, a partir de la fecha en la que CREDINKA efectúe los desembolsos correspondientes, los intereses compensatorios y moratorios a la tasa máxima que tenga vigente para sus operaciones activas, sin que para ello sea necesario requerimiento alguno de pago para constituir en xxxx a EL CLIENTE, la que se producirá en forma automática.
DECIMO NOVENA.-EL CLIENTE, se compromete a proporcionar toda la información que CREDINKA, la Corporación Financiera de Desarrollo-COFIDE y/o el Fondo le soliciten con relación al crédito otorgado en virtud de este Contrato.
VIGESIMA.- XXXXXXXX entrega a EL CLIENTE y éste declara recibir en este acto, una Hoja Resumen con la explicación de las condiciones generales y especiales del presente contrato, la misma que ha sido suscrita por EL CLIENTE, en señal de conformidad y que forma parte integrante del presente contrato.
La variación, restricción, supresión o modificación por CREDINKA, de cualquiera de los términos y condiciones de este contrato, distintos a las tarifas referidas en la cláusula segunda, entrarán en vigencia a los treinta (30) días de haber sido comunicadas a EL CLIENTE.
Cuando CREDINKA otorgue a EL CLIENTE condiciones, opciones o derechos que constituyan facilidades adicionales a las existentes y que no impliquen la pérdida ni la sustitución de condiciones previamente establecidas, no serán considerados como modificaciones contractuales, y por lo tanto, no serán comunicados previamente a EL CLIENTE, pudiendo éstos aplicarse de manera inmediata.
CREDINKA podrá comunicar a EL CLIENTE las modificaciones a cualquiera de las condiciones estipuladas en el presente contrato, a través de cualquiera de los medios que a continuación se detallan, lo cual EL CLIENTE declara expresamente conocer y aceptar:
a) Comunicaciones o avisos especiales dirigidos al domicilio de EL CLIENTE;
b) Avisos en los locales de CREDINKA;
c) Comunicados en televisión, radio y periódicos; mensajes por medios electrónicos; avisos en la página web de CREDINKA.
En las citadas comunicaciones CREDINKA indicará la fecha en que la modificación empezará a regir.
Asimismo, a través de los medios antes indicados, CREDINKA podrá informar a EL CLIENTE cualquier aspecto relacionado al presente contrato.
Cuando las comunicaciones antes indicadas se refieran a aspectos o información de carácter esencial materia del presente contrato, incluyéndose aquella referida a variaciones de los conceptos detallados en la Hoja Resumen, éstas deberán efectuarse mediante avisos escritos dirigidos al domicilio de EL CLIENTE.
EL CLIENTE declara conocer y aceptar las condiciones aplicables al crédito materia del presente contrato. Asimismo, declara recibir a la suscripción del presente contrato una copia del mismo, incluidos todos sus anexos, así como haber recibido de manera previa a la celebración del presente contrato, información sobre los términos y condiciones aplicables al mencionado crédito.
VIGESIMO PRIMERA.- Para todos los efectos del presente contrato xx Xxxxxxxx con Garantía Hipotecaria, quienes intervienen en el mismo, renuncian expresamente al fuero de sus domicilios, y se someten a la jurisdicción de los Jueces y Tribunales del Distrito Judicial de la ciudad de Cusco, donde se suscribe el presente contrato, señalando como sus domicilios los indicados en el ANEXO I del presente contrato, en donde se les hará llegar todas las notificaciones y avisos a que hubiera lugar. Las partes intervinientes podrán cambiar de domicilio , previa notificación hecha a la parte contraria por medio de comunicación escrita con 15 días calendario de anticipación, sin cuyo requisito no surtirá efecto legal alguno dicho cambio.
Agregue usted, Señor Notario, la introducción y conclusión xx xxx y sírvase pasar los partes correspondientes al Registro de Propiedad Inmueble de Lima, para la inscripción de la Primera y Preferente Hipoteca que por este instrumento se formalizan.
Ciudad,
CREDINKA
EL CLIENTE
ANEXO I
CONTRATO XX XXXXXXXX HIPOTECARIO MIVIVIENDA
CREDINKA: Caja Rural de Ahorro y Crédito Credinka S.A. – CREDINKA, identificada con RUC N°20221733160, con domicilio en Xx. Xx Xxx Xx000, Xxxxx, la misma que corre debidamente inscrita en la Partida N°11018875 del R egistro de Personas Jurídicas del Cusco.
Representantes:
EL CLIENTE:
INMUEBLE A HIPOTECAR:
MONTO TOTAL DE HIPOTECA MONTO DE VALUACIÓN:
MONTO XXX XXXXXXXX:
PLAZO:
INTERÉS:
PERIODO XX XXXXXX: Sin período xx xxxxxx
CUOTAS DOBLES: Sin cuotas dobles
GARANTIA: BLOQUEO REGISTRAL e INSCRIPCIÓN DE PRIMERA Y PREFERENTE HIPOTECA A FAVOR DE CREDINKA
Fecha ut supra.