Contract
1.- condiciones comerciales
Planes contrato
1. Oferta de suministro de servicio público telefónico móvil
OFERTA DE SUMINISTRO
DE SERVICIO PUBLICO TELEFONICO MOVIL
1. EL SERVICIO
Telefónica Móviles Chile S.A. (Movistar) suministrará al Cliente el Servicio Público Telefónico Móvil (el Servicio), que le permitirá efectuar y recibir llamadas telefónicas dentro de la zona de cobertura de la concesión de Movistar, sujeto a las condiciones que se establecen en el presente documento. Las partes acuerdan que la perfección del contrato de suministro del Servicio, se producirá sólo al momento en que Movistar apruebe definitivamente el otorgamiento del suministro del servicio, para lo cual tendrá el plazo de 10 días hábiles contados desde la suscripción de la Solicitud de Servicio Público Telefónico Móvil, razón por la cual declara aceptar que éste puede estar sujeto a rechazo, en cuyo caso tendrá siempre el derecho a que Movistar le suministre el Servicio en modalidad prepago.
El Cliente recibirá Servicio mediante uno o más equipo(s) telefónico(s) de su propiedad o facilitado(s) por Movistar al efecto que deberá(n) cumplir con las características técnicas establecidas por Movistar y que ésta le habilitará(n) especialmente a efectos de este contrato, asignándole(s) un número de abonado, según la cantidad de líneas contratadas por el cliente, según las condiciones particulares de su plan, establecidas en la Solicitud de Servicio Público Telefónico Móvil y especificadas en el Anexo de Plan Tarifario. La asignación de este(os) número(s) no confiere al Cliente derecho alguno sobre el(los) mismo(s).
2. CONDICIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO
El Cliente manifiesta que acepta el suministro del Servicio, sujeto a las condiciones técnicas propias del mismo y que, además, está en conocimiento que la calidad del servicio y la cobertura están limitadas a la zona de servicio de la concesión de Movistar establecida por la Subsecretaría de Telecomunicaciones (SUBTEL), dentro de la cual se garantizan estadísticamente las comunicaciones en conformidad a las
normas aplicables al Servicio y, además está limitada a las condiciones de las redes telefónicas de destino a las cuales el Cliente quisiere acceder. Las condiciones de uso del servicio referidas precedentemente forman parte esencial y determinante en la prestación del Servicio.
El Cliente declara estar en pleno conocimiento y aceptar que el Servicio puede verse afectado o sufrir interrupción, interferencia, corte o suspensión, todas justificadas, dentro de la zona de servicio, entre otras causas, por las siguientes: por limitaciones de capacidad y disponibilidad propias de las redes, fenómenos atmosféricos, uso del equipo terminal en el interior de inmuebles, subterráneos, túneles y otros lugares de similares características, donde no existe señal o ésta es débil, y cualquier otra circunstancia natural o artificial que afecten las transmisiones, y puede ser interrumpido, suspendido o cortado por modificaciones de equipamiento, trabajos de ingeniería o cualquier trabajo de reparación o actividades similares, necesarias para el correcto o mejor funcionamiento del Servicio.
MOVISTAR no será responsable ni podrá ser sujeto de reclamo por incumplimiento o deficiencias del Servicio que correspondan a problemas derivados de extinción, caducidad, suspensión o terminación de concesión; fuerza mayor o caso fortuito; actos u omisiones de autoridad, ni cualquier otra causa que no pueda ser controlada por la Compañía.
Asimismo, y en los mismos términos, MOVISTAR no será responsable por la interferencia, intercepción, interrupción, captación o grabación, intencional o no, del Servicio o de cualquier otra información que se emita a través del Servicio atribuible a terceros, sin que cuenten con la debida autorización del usuario o de los organismos pertinentes en cuanto éstos actúen dentro de sus facultades legales.
MOVISTAR podrá, en todo tiempo, con el objeto de brindar un mejor Servicio, alterar la marca, modelo o configuración del equipo móvil o de sus códigos para su uso en conexión con el sistema de telefonía móvil. El usuario acepta que, en caso de hacerse efectivas las mencionadas limitaciones, éstas no constituyen deficiencias que afectan la finalidad o utilidad esencial del Servicio, sino que corresponden a limitaciones y condiciones propias de esta clase de servicios de telecomunicaciones móviles.
3. PRECIO DEL SERVICIO Y RESPONSABILIDADES DEL CLIENTE
El Cliente será responsable del pago de todos los servicios utilizados desde el teléfono que le sea habilitado, según las tarifas vigentes al momento de su utilización. En todo caso, el Cliente ha sido informado que estas tarifas se reajustan periódicamente, pudiendo Movistar modificarlas en cualquier momento, debiendo comunicarlo por escrito al Cliente con al menos 40 días de anticipación.
Las llamadas de larga distancia internacional y el uso del servicio de roaming, serán facturados con cargos adicionales, dependiendo de los planes de precios de los respectivos proveedores de dichos servicios. El Cliente es responsable de informarse debidamente del valor de estos servicios antes de utilizarlos, toda vez que los mismos son sustancialmente más caros que las tarifas telefónicas móviles ofertadas por Movistar. El cliente declara conocer y aceptar que, atendida la tecnología utilizada por Movistar el servicio de roaming se activa automáticamente, sin necesidad de requerimiento expreso del Cliente.
Atendido a que los cargos correspondientes a estos servicios de roaming y larga distancia internacional son prestados por terceros, el Cliente otorga a Movistar un mandato mercantil irrevocable para incluir en su cuenta los mencionados cargos, independientemente de la fecha en que estos se hayan originado.
4. PAGO DE LA CUENTA TELEFÓNICA
El Cliente deberá pagar mensualmente el monto de dinero consignado en la Cuenta Única Telefónica, detalle de pago o aviso de pago, hasta la fecha de su vencimiento, en los lugares y en la forma que señala la misma. El Cliente tiene la obligación de pagar toda comunicación de voz (por llamadas completadas), uso de datos móviles y/o cualquier otro servicio adicional o complementario que utilice a través del equipo telefónico, con excepción de las exentas de pago. En caso de no recibir oportunamente la Cuenta Única Telefónica, el Cliente se obliga a efectuar su pago dentro de plazo, solicitando en las oficinas de Movistar la información necesaria para proceder a su pago.
En caso xx xxxx o simple retardo en el pago de las sumas consignadas en la cuenta telefónica, dicho monto devengará el interés máximo convencional permitido por la ley desde la fecha en que se hizo exigible la obligación hasta el pago efectivo, sin perjuicio que el Cliente deberá pagar los gastos de cobranza y las eventuales costas.
El no pago en tiempo y forma de la cuenta única telefónica, faculta a Movistar a suspender el suministro de servicio telefónico móvil contratado, como asimismo cualquier otro servicio que se preste a dicho Cliente, previo aviso de 15 días de anticipación, salvo comunicaciones a servicios de emergencia 131,132 y 133. Durante el período que el dure la suspensión del servicio se continuará devengando en favor de Movistar el
Cargo fijo mensual por la Línea telefónica, si así procediere.El corte y reposición del Servicio podrán ser cobrados por Movistar, según las tarifas vigentes al momento de cada corte y/o reposición, según corresponda.
5. CAMBIOS DE PLAN TARIFARIO
El Cliente podrá cambiar su plan tarifario en cualquier tiempo por otro disponible, siempre y cuando dé aviso por los medios que Movistar disponga para estos efectos o mediante carta dirigida a cualquier sucursal de ésta, señalando su intención de cambiarlo y el nuevo plan tarifario que selecciona, el que entrará en vigencia a partir del ciclo subsiguiente de facturación.
El cambio de plan tarifario realizado por cualquier vía se entenderá irrevocablemente aceptado por el Cliente al momento en que éste pague la próxima cuenta en que se vea reflejado dicho cambio.
El cambio de plan tarifario podrá tener un costo para el Cliente, suma que será debida y oportunamente informada a éste por Movistar, por medio escrito, electrónico o telefónico.
6.CONTROL DE GASTO
El cliente con el objeto de controlar su gasto por los servicios utilizados a través de su(s) equipo(s) telefónico(s) autoriza a Movistar a cortar unidireccionalmente dichos servicios en caso que, en cualquier momento del ciclo de facturación correspondiente, el valor acumulado de éstos supere el monto del triple del valor del plan mensual contratado (cargo fijo), independientemente del hecho de que ese monto no esté aún facturado. Movistar podrá, a través de llamadas telefónicas o de medios electrónicos, informar al cliente del estado de su control de gasto en forma previa y/o coetánea a la materialización xxx xxxxx unidireccional.
Las comunicaciones de larga distancia internacional y de los servicios complementarios suministrados por terceros no se encuentran incluidas dentro del monto señalado en el párrafo anterior, atendido que dichas comunicaciones son tasadas directamente por éstos y Movistar sólo las factura y cobra por cuenta de ellos.
Movistar activará bidireccionalmente el servicio a solicitud expresa del cliente que haya excedido el monto indicado.
7. ALCANCE DE RESPONSABILIDADES
Movistar no se responsabiliza de los daños y perjuicios producidos por causas ajenas a ésta, incluidos pero no limitados a interrupciones o fallas del Servicio causadas por el Cliente, un tercero o por caso fortuito.
En caso de demostrarse que la interrupción del Servicio fue causada por
Movistar, la responsabilidad de ésta será la que se indica en los artículos 27 de la Ley 18.168 y 40 del Reglamento de Servicio Público Telefónico. Los descuentos e indemnizaciones establecidos en estas disposiciones deberán descontarse de la cuenta o factura mensual más próxima. En razón de lo anterior, el Cliente reconoce y acepta que Movistar no será responsable de ningún otro daño o perjuicio que el Cliente pueda experimentar con ocasión o como consecuencia del presente contrato y/o del uso del Servicio contratado.
8. PROHIBICIÓN
El Cliente sólo podrá emplear los teléfonos entregados por Movistar y/o los que ésta le haya habilitado para la prestación del Servicio, única y exclusivamente para el objeto del servicio suministrado por la misma, y en los demás usos expresamente autorizados. El Cliente no podrá usar esos terminales en equipos de conversión móvil y/o conectados a dispositivos vinculados a una red de tráfico de red fija a red móvil y/o viceversa, salvo que cuente al efecto con la autorización expresa de Movistar en caso de clientes que deseen curar su propio tráfico a través de estos equipos.
9. ROBO, HURTO O PERDIDA DE EQUIPO TELEFONICO MOVIL
En caso de robo, hurto o pérdida por cualquier causa del equipo telefónico móvil, el suscriptor continuará siendo responsable del uso y pago del servicio, valor del plan contratado (cargo fijo) y otros imputables al mismo. En estos casos, Movistar sólo quedará obligada a suspender el servicio a contar de la fecha en que reciba un aviso telefónico o por escrito de dicha pérdida, robo o hurto y compruebe el nombre completo, número de cédula nacional de identidad y número del Cliente. La suspensión se mantendrá hasta que el Cliente informe por escrito a Movistar el hecho de haber recuperado el equipo. Lo anterior es sin perjuicio de la facultad del Cliente de poner término al contrato de suministro de servicio telefónico móvil contenida en el artículo 44 del Reglamento de Servicio Público Telefónico
10. CESION
La calidad de Cliente suscriptor del Servicio podrá cederse a favor de un tercero, previa autorización por escrito de Movistar y en conformidad a los requisitos que ésta determine, debiendo el Cliente estar al día en todas sus obligaciones para con Movistar, sin perjuicio de quedar obligado al pago de todo saldo por prestaciones devengadas y no pagadas al momento de la cesión. Aceptada la cesión, ésta sólo se entenderá perfeccionada una vez que el cesionario formalice por escrito su calidad de nuevo suscriptor de Movistar.
11. MANDATO MERCANTILIRREVOCABLE
El Cliente autoriza a Movistar a cobrar todos los servicios contratados a Movistar bajo su nombre y/o Cedula Nacional de Identidad, con independencia del número de planes tarifarios que tenga o los que en el futuro pueda contratar con la empresa, en una misma Cuenta Única Telefónica, declarando aceptar y conocer los riesgos asociados al atraso o no pago del precio del(os) contrato(s) suscritos(s) y que puedan devengar intereses y/x xxxxxx de servicio, conforme a la legislación vigente. Este mandato tendrá vigencia indefinida y sólo se podrá dar término del mismo haciendo llegar una carta de renuncia al departamento de recaudación de Movistar, ubicado en avenida El Xxxxxx Xxx Xx00, xxxxxx xx Xxx Xxxxxx, xxxxxx xx Xxxxxxxx.
12.SUSPENSIÓN Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO
El Cliente se obliga a no hacer un uso abusivo, inapropiado o inconducente a los fines naturales y lógicos de cualquier plan comercializable y/o de los beneficios, ventajas o descuentos que éstos puedan otorgar pudiendo en tal caso Movistar suspender el servicio o poner término al contrato de suministro. En especial, el Cliente autoriza a Movistar para poner término al contrato de suministro de servicio telefónico móvil, por cualquiera de las siguientes causas:
(i) En caso de no pago de una cuenta telefónica, transcurridos 120 días desde su emisión.
(ii)En caso de reiteración en el corte o suspensión del servicio por no pago de la cuenta única telefónica.
(iii) Si el Cliente hiciere uso indebido o ilegal del servicio o del equipo telefónico o utilizare algún equipo no autorizado por Movistar o que contravenga las disposiciones técnicas emanadas de la autoridad.
(iv) Si es solicitada la declaración de quiebra del Cliente o éste formula proposiciones de convenio judicial o prejudiciales o si se encuentra en estado de notoria insolvencia, entendiéndose por tal el no pago a cualquiera de sus proveedores o empleados o el protesto de algún documento mercantil o cheque suscrito por éste.
(v) Por muerte o extinción de la personalidad jurídica del Cliente, según corresponda.
(vi) Si los datos proporcionados y acompañados por el Cliente a requerimiento de Movistar fueren falsos, inexactos, equívocos, erróneos o disconformes. En este caso el Cliente siempre podrá optar por que se le suministre el Servicio en modalidad prepago.
(vii) Por caso fortuito o fuerza mayor que de cualquier modo, impida la prestación del Servicio en los términos convenidos o solicitados por el
Cliente.
(viii) Si el Cliente cediere su calidad a otra persona sin la aprobación de Movistar.
(ix) Por infracción de cualquier otra obligación que el Cliente haya contraído conforme al contrato de suministro de servicio telefónico móvil.
(x) Si el Cliente comercializa o revende el Servicio o exige alguna cantidad de dinero a terceros por el uso o explotación del Servicio.
(xi) En caso que Movistar tenga fundadas sospechas de estar produciéndose un fraude en el uso del servicio telefónico móvil, previa autorización de la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
13.RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA
Movistar es una empresa que esta en contra de los materiales ofensivos, obscenos, indecentes y todo otro contrario a la ley, moral u orden público. Asimismo se compromete a respetar los derechos humanos y libertades públicas reconocidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, a no ejercer ninguna forma de discriminación y a no tolerar el trabajo infantil ni ninguna forma de abuso laboral, haciendo extensible este compromiso a todos los terceros que participen bajo su control en actuaciones que suponga la prestación de los servicios a sus clientes.
Movistar declara cumplir con toda la normativa ambiental que sea aplicable al servicio que otorga, entre otras, las normas sobre generación, transporte y tratamiento de residuos y la relacionada con límites máximos de emisiones electromagnéticas. En este sentido, Movistar considera fundamental el respeto por el medio ambiente en todas sus actividades, asegurando el desarrollo de servicios de telecomunicaciones que contribuyan a su protección dentro de la sociedad.
14. DOMICILIO Y COMPETENCIA
Para todos los efectos legales que correspondan, las partes fijan domicilio en la ciudad y comuna de Santiago y se someten a la competencia de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
15. VIGENCIA DEL CONTRATO
El plazo de del presente contrato de suministro de servicio telefónico móvil es indefinido. Las partes podrán poner término al contrato de suministro de servicio telefónico móvil previo aviso por escrito enviado a la otra. En estos casos, el contrato terminará dentro de los 10 días siguientes de recibido el requerimiento respectivo.
La terminación unilateral del contrato de suministro de servicio telefónico
móvil hecho tanto por Movistar como por el Cliente, no libera a éste último, bajo ningún respecto, del pago de todos los cargos imputables por el uso del servicio durante la vigencia del mismo, de pagar el valor del plan contratado (cargo fijo) proporcional al día del término y del pago de aquellas sumas de dinero que adeudare a Movistar por otros conceptos, tales como la prestación de servicios adicionales y/o complementarios.
16. DECLARACIÓN ESENCIAL
El Cliente del Servicio declara que previamente a la contratación del Servicio, se ha informado y leído íntegramente las estipulaciones y condiciones contenidas en el presente instrumento, las que declara conocer, entender y aceptar en todas sus partes, obligándose a regirse por ellas. Además, se obliga a informarse en las mismas condiciones respecto de cualquier modificación que sufriere tanto este instrumento como las normas que regulan el Servicio, en los términos del artículo 3º de la Ley Nº 19.496, sobre protección de los Derechos de los Consumidores.
Del mismo modo, declara que se ha informado suficientemente de las características técnicas, condiciones de calidad, fiabilidad y restricciones propias del sistema de telefonía móvil a que se refiere este instrumento, habiéndole proporcionado MOVISTAR toda la información requerida sobre esta materia.
Será aplicable a la presente Oferta las disposiciones de la “Ley General de Telecomunicaciones”, el “Reglamento de Servicio Público Telefónico”, las modificaciones de ambos textos y toda otra disposición legal y reglamentaria que se dicte en el futuro y que tenga relación con el servicio.