CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES Y DE APOYO A LA GESTIÓN No. 19/2019 CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y GESTIÓN TERRITORIAL DE CHÍA – IDUVI- Y APRA S.A.S.
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES Y DE APOYO A LA GESTIÓN No. 19/2019 CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y GESTIÓN TERRITORIAL XX XXXX – IDUVI- Y APRA S.A.S.
Entre los suscritos a saber: XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, identificada con la Cédula de Ciudadanía No. 35.474.745 expedida en Chía, Cundinamarca, en su calidad de Gerente, nombrada mediante Resolución de Nombramiento No.003 del 04 de Enero de 2016, cargo para el cual tomo posesión el día cuatro (4) de Enero de 2016, en uso de las facultades y funciones contenidas en el Decreto Municipal Nro. 56 del nueve (9) de octubre de 2014, actuando en nombre y representación del INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y GESTIÓN TERRITORIAL XX
XXXX – IDUVI- con NIT 900.806.301-7, denominado CONTRATANTE, por una parte; y por la otra XXXXXX XXXXXX XXXXXXX, identificado con Cédula de Ciudadanía No
79.382.241 expedida en Bogotá, obrando en condición de representante legal de
APRA S.A.S, identificado con NIT. 830.022.382-4, quien para efectos del presente
contrato se denominará el CONTRATISTA, hemos convenido en celebrar el presente 1
contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
I. Que el Instituto de Desarrollo Urbano, Vivienda y Gestión Territorial xx Xxxx
–IDUVI- mediante proceso 05 de 2019, inició proceso de Concurso de Méritos con el objeto de REALIZAR LOS ESTUDIOS AVALUATIVOS COMERCIALES, LUCRO CESANTE, DAÑO EMERGENTE Y AMBIENTALES QUE REQUIERA EL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y GESTION TERRITORIAL XX XXXX –IDUVI- EN VIRTUD A LAS FUNCIONES ASIGNADAS DENTRO DE SU DECRETO DE CREACIÓN, DURANTE LA VIGENCIA 2019 Y/ O HASTA AGOTAR EL MONTO ESTIPULADO DENTRO DEL PRESENTE CONTRATO, de
conformidad con el Pliego de Condiciones.
II. Que el proceso de Concurso de Méritos, fue adjudicado por el Instituto de Desarrollo Urbano, Vivienda y Gestión Territorial xx Xxxx -IDUVI, mediante Resolución Nro. 66 del 4 xx xxxxx de 2019 a APRA S.A.S. con NIT. 830.022.382-4.
Por lo anterior, las partes celebran el presente contrato, el cual se regirá por las siguientes clausulas:
Clausula 1-Definiciones.
Las expresiones utilizadas en el presente contrato con mayúscula inicial deben ser entendidas con el significado que se asigna a continuación. Los términos definidos son utilizados en singular y en plural de acuerdo con el contexto en el cual son utilizados. Otros términos utilizados con mayúscula inicial deben ser entendidos de acuerdo con la definición contenida en el Decreto 1510 de 2013 y de acuerdo al significado establecido en los pliegos de condiciones los términos no definidos en los documentos referenciados o en la presente cláusula, deben entenderse de acuerdo con su significado natural y obvio.
DEFINICIONES | |
Contratante | Instituto de Desarrollo Urbano, Vivienda y Gestión Territorial xx Xxxx- IDUVI- |
Contratista | APRA S.A.S. |
Clausula 2-Objeto del Contrato.
Realizar los estudios avaluativos comerciales, lucro cesante, daño emergente y 2
ambientales que requiera el Instituto de Desarrollo Urbano, Vivienda y Gestión Territorial xx Xxxx –IDUVI- en virtud a las funciones asignadas dentro de su Decreto de creación, durante la vigencia 2019 y/ o hasta agotar el monto estipulado dentro del presente contrato.
Los avalúos que requiere el IDUVI, se realizaran sobre los predios que se describen en los siguientes predios por proyecto los cuales se localizan en áreas urbanas y rurales del Municipio xx Xxxx:
PROYECTO QUE GENERA CESIONES | CÉDULA CATASTRAL | ÁREA TERRENO CESIONES (m2) |
XXXXXXX XX XXXXXXX | 00-00-0000-0000-000 | 0000 |
XXXXXXXX XXXXX | 01-00-0029-0047-000 | 941,07 |
LOCAL COMERCIAL-VIVIENDA XXXXXX XXXXXXXXX | 01-00-0077-0003-000 | 63,45 |
VIVIENDA EN CONDOMINIO EL PARAISO XXXXX XXXXXXXX - XXXXX XXXXX XXXXXX | 00-00-0002-1004-000 | 1584 |
XXXX XXXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXXXXX | 00-00-0007-3372-000 | 64 |
BRAND SHOW S.A.S | 00-00-0004-1651-000 | 00 |
XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX | 00-00-0003-0430-000 | 208,64 |
CASS CONSTRUCTORES & CIA S.C.A | 00-00-0006-0220-000 | 848,07 |
PROYECTO XXXXXX DE SANTA XXX CONCOR COSNTRUCCIONES S.A.S | 01-00-0173-0019-000 | 1024 |
PARCELACIÓN CUERNAVA | 00-00-0006-0097-000 00-00-0006-0098-000 00-00-0006-0099-000 00-00-0006-0302-000 | 69827,06 |
XXXXXXXXX XXX XXXXXXX XXXXXX | 00-00-0000-0000-000 | 000,0 |
XXXXXXX XXXXX XX XXXXX | 01-00-0037-0003-000 | 49,5 |
COM. HNAS. AUX. SACERD. SANTISIMO SACRAMENTO | 00-00-0004-0444-000 | 2665,15 |
GIMNASIO LOS ANGELES | 00-00-0003-0834-000 | 682,3 |
CENTRO ARTESANAL SANTA XXXXX MGJ CONSTRUCTORA | 01-00-0033-0005-000 01-00-0033-0004-000 01-00-0033-0015-000 | 989,66 |
ESTACIÓN TEXACO - LA XXXXXX ESTACIÓN TEXACO CHIA LTDA | 01-00-0114-0067-000 | 565,5 |
XXXXXX XXXXX XXXXXX | 01-00-0055-0037-000 | 205,5 |
XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX | 01-00-0109-0330-000 | 64 |
XXXXX XXXXXXXXX XXXXXX | 00-00-0002-2748-000 | 858 |
XXXXX XXXXXXXXX XXXXX | 01-00-0029-0047-000 | 941,07 |
3
ADQUISICIÓN PARA LA CALLE 29 | CÉDULA CATASTRAL | ÁREA TERRENO (m2) | ÁREA CONSTRUC CIÓN (m2) |
XXXXX 00 | 02-00-0013-0025-000 | 2003,3 | 3,21 |
CALLE 29 | 02-00-0013-0023-000 | 557,9 | |
CALLE 29 | 00-00-0004-1446-000 | 508 | |
CALLE 29 | 00-00-0004-2672-000 | 2414 | |
XXXXX 00 | 00-00-0004-0813-813 | 1500 | 14,03 |
XXXXX 00 | 00-00-0004-0813-800 | 1045 | 53,88 |
CALLE 29 | 00-00-0004-1850-000 | 2681 | |
CALLE 29 | 00-00-0004-3723-000 | 11100 | |
XXXXX 00 | 00-00-0004-0383-000 | 3194 | 58,34 |
CALLE 29 | 00-00-0004-0626-000 | 187 | |
CALLE 29 | 00-00-0004-2423-000 | 83,44 | |
CALLE 29 | 00-00-0004-2422-000 | 90,94 | |
XXXXX 00 | 00-00-0004-2986-000 | 117,6 | 34,65 |
CALLE 29 | 00-00-0004-0625-000 | 1602 | |
CALLE 29 | 00-00-0004-2911-000 | 13713 | |
CALLE 29 | 00-00-0004-0623-000 | 2345 |
CALLE 29 | 00-00-0004-2948-000 | 668 | |
CALLE 29 | 00-00-0004-2691-000 | 409,8 | 27,31 |
XXXXX 00 | 00-00-0004-0598-000 | 567 | 9,13 |
XXXXX 00 | 00-00-0004-0853-853 | 783,99 | |
XXXXX 00 | 00-00-0004-3335-000 | 780,41 | 35,97 |
XXXXX 00 | 00-00-0004-3334-000 | 761,6 | 44,35 |
XXXXX 00 | 00-00-0004-3329-000 | 227 | |
CALLE 29 | 00-00-004-3328-000 | 227 | |
CALLE 29 | 00-00-0004-0592-000 | 7856 | 70,37 |
CALLE 29 | 00-00-0004-2565-000 | 1056 | |
XXXXX 00 | 00-00-0004-2584-000 | 6016 | 51,69 |
CALLE 29 | 00-00-0004-0572-000 | 5886 | |
CALLE 29 | 00-00-0004-0569-000 | 6554 | |
CALLE 29 | 00-00-0004-2562-000 | 1558 | |
CALLE 29 | 00-00-0004-0809-800 | 627 | |
CALLE 29 | 00-00-0004-8663-000 | 306 | |
CALLE 29 | 00-00-0004-0568-000 | 1374 | |
CALLE 29 | 00-00-0004-0567-000 | 2209 | |
CALLE 29 | 00-00-0004-0816-800 | 1472 | |
CALLE 29 | 00-00-0004-0441-000 | 4016 | |
CALLE 29 | 00-00-0004-2641-000 | 4977 | |
CALLE 29 | 00-00-0004-0821-800 | 765 | |
CALLE 29 | 00-00-0004-0821-800 | 799 |
4
PROYECTO TRONCAL DE LOS ANDES | CÉDULA CATASTRAL | ÁREA TERRENO (m2) |
TRONCAL DE LOS ANDES | 00-00-0007-2228-000 | 11356 |
TRONCAL DE LOS ANDES | 00-00-0007-2227-000 | 95703,84 |
TRONCAL DE LOS ANDES | 00-00-0007-0820-000 | 173936,4 |
TRONCAL DE LOS ANDES | 00-00-0007-3340-000 | 49236,29 |
TRONCAL DE LOS ANDES | 00-00-0007-3238-000 | 1717,85 |
TRONCAL DE LOS ANDES | 00-00-0007-3239-000 | 1108,91 |
TRONCAL DE LOS ANDES | 00-00-0007-3240-000 | 1225,57 |
TRONCAL DE LOS ANDES | 00-00-0007-3241-000 | 1000,32 |
TRONCAL DE LOS ANDES | 00-00-0007-3242-000 | 1000,32 |
TRONCAL DE LOS ANDES | 00-00-0007-3243-000 | 1000,32 |
TRONCAL DE LOS ANDES | 00-00-0007-3244-000 | 1000,32 |
TRONCAL DE LOS ANDES | 00-00-0007-3245-000 | 1000,32 |
TRONCAL DE LOS ANDES | 00-00-0007-3246-000 | 1000,32 |
TRONCAL DE LOS ANDES | 00-00-0007-3247-000 | 1000,32 |
TRONCAL DE LOS ANDES | 00-00-0007-3248-000 | 1000,32 |
TRONCAL DE LOS ANDES | 00-00-0007-3249-000 | 1212,82 |
TRONCAL DE LOS ANDES | 00-00-0007-3250-000 | 1008,27 |
TRONCAL DE LOS ANDES | 00-00-0007-3251-000 | 1571,08 |
TRONCAL DE LOS ANDES | 00-00-0007-0776-000 | 31817,00 |
TRONCAL DE LOS ANDES | 00-00-0006-0097-000 | 8895,90 |
XXXXXXXX | XXXXXX XXXXXXXXX | XXXX XXXXXXX (x0) |
XXXXXX XX XXXXXX- XX XXX | 00-00-0002-0139-000 | 4170 |
XXXXXX XX XXXXXX- XX XXX | 00-00-0000-0000-000 | 000 |
XXXXXX XX XXXXXX- XX XXX | 00-00-0002-0209-000 | 0000 |
XXXXXX XX XXXXXX- XX XXX | 00-00-0002-3117-000 | 1174 |
5
PROYECTO | CÉDULA CATASTRAL | ÁREA TERRENO (m2) | ÁREA CONSTRUC CIÓN (m2) |
AMPLIACIÓN SANTA XXXXX DEL RÍO | 00-00-0007-0021-000 | 525 | |
AMPLIACIÓN SANTA XXXXX DEL RÍO | 00-00-0007-1851-000 | 1032 | 132 |
PROYECTO | CÉDULA CATASTRAL | ÁREA TERRENO (m2) |
ÁREA DE IMPORTANCIA ESTRATEGICA AMBIENTAL | 00-00-0005-1049-000 | 10000 |
ÁREA DE IMPORTANCIA ESTRATEGICA AMBIENTAL | 00-00-0005-1015-000 | 10000 |
ÁREA DE IMPORTANCIA ESTRATEGICA AMBIENTAL | 00-00-0005-1048-000 | 150000 |
PARÁGRAFO PRIMERO: Estos predios pueden ser modificados de acuerdo a las necesidades de la entidad.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Los Avalúos Comerciales se realizarán conforme a las normas, procedimientos y metodologías vigentes.
Clausula 3- Obligaciones específicas del contrato1.
Las actividades específicas a desarrollar para la prestación de los servicios profesionales y apoyo a la gestión son los siguientes:
a) Realizar el avalúo comercial de los bienes inmuebles objeto del contrato y determinar el daño emergente y lucro cesante cuando sea requerido.
b) Realizar el informe avaluativo teniendo en cuenta los lineamientos expedidos por el Organismo Nacional de Normalización ICONTEC y el Registro Nacional de Avaluadores el cual debe contener la siguiente información:
• Información General: solicitante, dirección, sector, municipio, departamento, Avaluadores, fecha de visita, fecha de elaboración del informe.
• Información del sector: Usos predominantes, tipos de edificaciones, vías de
acceso, estrato socioeconómico, normatividad urbanística del sector. 6
• Información del inmueble: propietario, título de adquisición, folio de matrícula inmobiliaria, descripción de las características particulares del predio objeto de avalúo, área de terreno, linderos. Si el predio cuenta con construcción área de la construcción, edad aproximada de la construcción, estado de conservación, especificaciones constructivas.
• Condiciones restrictivas: Descripción de limites como: zonas de inundación, servidumbres, zonas de amenaza como remoción en masa, rondas de rio, plusvalía.
• Consideraciones especiales: Aspectos positivos y negativos relevantes en la determinación del valor.
• Metodología Valuatoria: descripción de las diferentes técnicas y métodos utilizados en la determinación del valor tanto del terreno como el de la construcción.
• Certificación del avalúo: hoja certificado del valor del avalúo.
1 Además de las obligaciones aquí previstas, el Contratista deberá cumplir con aquellas que la ley le imponga.
• Registro fotográfico.
• Anexos.
c) Guardar la reserva de la información a la que tenga acceso, y dado que ésta es propiedad del Instituto de Desarrollo Urbano, Vivienda y Gestión Territorial xx Xxxx
–IDUVI-, no podrá facilitar copia de los avalúos comerciales (salvo a las entidades de fiscalización, vigilancia y control), ni utilizarlos para fines de terceros sin la autorización expresa del Instituto de Desarrollo Urbano, Vivienda y Gestión Territorial xx Xxxx –IDUVI-.
d) Garantizar la calidad de los servicios contratados y responder por ellos de conformidad con las normas vigentes.
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e) Realizar y entregar facturas parciales de acuerdo a los avalúos realizados, para la realización del respectivo pago.
Los documentos del proceso forman parte del presente contrato y definen igualmente las actividades, alcance y obligaciones del contrato.
Clausula 4- Informes
En desarrollo de las cláusulas 2 y 3 del presente contrato, el Contratista deberá presentar los informes en los que dé cuenta de las actuaciones realizadas para cada pago. Lo anterior, sin perjuicio de los informes que el supervisor requiera, cuando lo considere conveniente.
Clausula 5- Valor del Contrato y forma de pago.
El valor del presente contrato corresponde a la suma de DOSCIENTOS DOS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO PESOS CON VEINTICUTRO CENTAVOS ($202.668.538,24) MONEDA
LEGAL COLOMBIANA, incluido IVA. Según propuesta presentada.
EL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y GESTIÓN TERRITORIAL
XX XXXX –IDUVI – cancelará al contratista en pagos mensuales de acuerdo a la entrega de Xxxxxxx.
PARAGRAFO 1.- El anterior valor se pagará previa entrega de la factura de cobro e informe donde se relacione los avalúos que se realizaron a la fecha y la certificación de recibo a satisfacción por parte del supervisor del contrato y constancia de pago de los aportes correspondientes al sistema de seguridad social integral, los cuales deberán cumplir las previsiones legales.
Los pagos se realizarán dentro de los tres (3) días siguientes a la fecha de presentación del certificado de cumplimiento firmado por el supervisor del contrato.
Cláusula 6- Declaraciones del contratista.
El Contratista hace las siguientes declaraciones:
6.1 Conoce y acepta los Documentos del Proceso.
6.2 Tuvo la oportunidad de solicitar aclaraciones y modificaciones a los Documentos del Proceso y recibió del Instituto de Desarrollo Urbano, Vivienda y Gestión
Territorial respuesta oportuna a cada una de las solicitudes.
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6.3 Se encuentra debidamente facultado para suscribir el presente contrato.
6.4 Que al momento de la celebración del presente contrato no se encuentra en ninguna causal de inhabilidad e incompatibilidad.
6.5 Está x xxx y salvo con sus obligaciones laborales y frente al sistema de seguridad social integral.
6.6 El valor del contrato incluye todos los gastos, costos, derecho, impuestos, tasas y demás contribuciones relacionadas con el cumplimiento del objeto del presente contrato.
Cláusula 7 - Plazo de ejecución.
El plazo de ejecución del presente contrato será por xxxxx (8) meses contados a partir del acta de inicio.
Clausula 8- Derechos del Contratista.
8.1 Recibir la remuneración del contrato en los términos pactados en la cláusula 4 del presente contrato.
8.2 Recibir toda la documentación e información que requiera para la ejecución del contrato.
Clausula 9- Productos a entregar por parte del Contratista.
1. Deberá entregar el estudio avaluativo el cual debe reflejar el análisis económico e inmobiliario mediante el cual se pueda generar de manera objetiva los resultados del estudio para cada avaluó. Así mismo, se deberá realizar teniendo en cuenta los lineamientos expedidos por Corporación Autorreguladora Nacional de Avaluadores – X.X.X., en cumplimiento de las directrices establecidas en la Resolución 620 de 2008 del IGAC, y demás normas que regulen la materia, así como en las normas técnicas sectoriales NTS S 03, NTS S 04, y NTS I 01, en las cuales se determinan los parámetros y contenidos mínimos del informe valuatorio, así como el código de conducta del valuador, enmarcados en la adopción y contextualización de las Normas Internacionales de Valuación IVSC, el cual contiene la siguiente información: Información General, Información del sector, Información del Inmueble, condiciones restrictivas, consideraciones especiales, metodología valuatorio, certificación del avalúo, registro fotográfico y anexos.
Igualmente, en el caso de existir elementos referentes al componente de Daño emergente y lucro cesante, se debe dar aplicación a lo ordenado por la resolución
IDUVI No. 37 de 2017, acto que estableció los factores que por daño emergente y
lucro cesante se deben reconocer. 9
2. El estudio debe contener como mínimo:
•Información general.
•Información catastral.
•Documentos Suministrados y consultados.
•Titulación e información jurídica.
•Generalidades del sector ó municipio.
•Reglamentación Urbanística.
•Descripción del inmueble.
•Metodología Valuatoria.
•Investigación económica.
•Consideraciones Generales.
•Liquidación de Avalúo.
•Anexos: Registro fotográficos, certificaciones, documentales.
Clausula 10- Derechos del contratante.
10.1 Hacer uso de la cláusula de imposición de multas, la cláusula penal o cualquier otro derecho consagrado a la Entidad contratante de manera legal o contractual.
10.2 Hacer uso de las cláusulas excepcionales del contrato.
Cláusula 11- Obligaciones generales del Contratante.
11.1 Ejercer el respectivo control en el cumplimiento del objeto del contrato y expedir el recibo de cumplimiento a satisfacción.
11.2 Pagar el valor del contrato de acuerdo con los términos establecidos.
11.3 Suministrar al Contratista todos aquellos documentos, información e insumos que requiera para el desarrollo de la actividad encomendada.
11.4 Prestar su colaboración para el cumplimiento de las obligaciones del Contratista.
Cláusula 12- Responsabilidad.
APRA S.A.S. es responsable por el cumplimiento del objeto establecido en la cláusula
2 y 3 del presente contrato. Ninguna de las partes será responsable frente a otro o 10
frente a terceros por daños especiales, imprevisibles o daños indirectos, derivados de fuerza mayor o caso fortuito de acuerdo con la Ley.
Cláusula 13- Terminación, modificación e interpretación unilateral del Contrato.
EL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y GESTIÓN TERRITORIAL
XX XXXX – IDUVI- puede terminar, modificar y/o interpretar unilateralmente el contrato, de acuerdo a los artículos 15 a 17 de la Ley 80 de 1993, cuando lo considere necesario para que el contratista cumpla con el objeto del presente contrato.
Cláusula 14- Caducidad.
La caducidad, de acuerdo con las disposiciones y procedimientos legamente establecidos, puede ser declarada por EL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y GESTIÓN TERRITORIAL XX XXXX – IDUVI- cuando exista un
incumplimiento grave que afecte la ejecución del presente Contrato. Cláusula 15- Multas.
En caso de incumplimiento a las obligaciones del Contratista derivadas del presente contrato, EL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y GESTIÓN
TERRITORIAL XX XXXX – IDUVI- puede adelantar el procedimiento establecido en la ley e imponer las siguientes multas:
Por no cumplir con las obligaciones contenidas en el contrato o cumplirlas deficientemente o por fuera del tiempo estipulado, se causará una multa equivalente hasta el uno por ciento (1%) del valor del contrato, por cada día calendario que transcurra desde la fecha prevista para el cumplimiento de dichas obligaciones y hasta
cuando estas efectivamente se cumplan. La imposición de la multa la hará EL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y GESTIÓN TERRITORIAL XX
XXXX – IDUVI- mediante Resolución motivada, notificándose al interesado de conformidad con el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. El monto máximo de las multas a imponer será equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato.
PARAGRAFO- PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE MULTAS: El
procedimiento para la aplicación de las multas, será el que garantice el derecho de audiencia según los términos del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Cláusula 16- Cláusula Penal.
En caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento total o parcial de las obligaciones del presente Contrato, APRA S.A.S. debe pagar al INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y GESTIÓN TERRITORIAL XX XXXX – IDUVI- a
título de indemnización, una suma equivalente a al diez por ciento (10%) del valor total del contrato. El valor pactado de la presente cláusula penal es el de la estimación
anticipada de perjuicios, no obstante, la presente cláusula no impide el cobro de todos 11
los perjuicios adicionales que se causen sobre el citado valor. Este valor puede ser compensado con los montos que el INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y GESTIÓN TERRITORIAL XX XXXX – IDUVI- adeude al Contratista con ocasión de la ejecución del presente contrato, de conformidad con las reglas del Código Civil.
Cláusula 17- Garantías y Mecanismos de cobertura del riesgo.
El Contratista se obliga a garantizar el cumplimiento de las obligaciones surgidas a favor de la Entidad Estatal, con ocasión de la ejecución del contrato, de acuerdo con la siguiente tabla:
Amparo | Suficiencia | Vigencia |
Cumplimiento del contrato | Diez por ciento (10%) del valor total del contrato | Igual a la del contrato y tres (3) meses más. |
Salarios y prestaciones sociales e indemnizaciones del personal | Cinco por ciento (5%) del valor total del contrato | Igual a la del contrato y tres (3) años más |
Calidad del servicio | Diez por ciento (10%) del valor total del contrato | Igual a la del contrato y cuatro (4) meses más. |
El Contratista se compromete a mantener vigente la garantía durante todo el tiempo que demande la ejecución del contrato, so pena de que Entidad Estatal declare el incumplimiento.
El Contratista deberá constituir la garantía pactada una vez la entrega de la copia del contrato para ese efecto, por parte de la Entidad Estatal.
Cláusula 18 Independencia del Contratista
El Contratista es una entidad independiente de INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y GESTIÓN TERRITORIAL XX XXXX – IDUVI-, y, en
consecuencia, el Contratista no es su representante, agente o mandatario. APRA
S.A.S. no tiene la facultad de hacer declaraciones, representaciones o compromisos en nombre del INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y GESTIÓN TERRITORIAL XX XXXX – IDUVI-, ni de tomar decisiones o iniciar acciones que generen obligaciones a su cargo.
Cláusula 19 - Cesiones
El Contratista no puede ceder parcial ni totalmente sus obligaciones o derechos derivados del presente contrato sin la autorización previa, expresa y escrita del INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y GESTIÓN TERRITORIAL XX
XXXX – IDUVI-. Si el Contratista es objeto de fusión, escisión o cambio de control, el INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y GESTIÓN TERRITORIAL XX
XXXX – IDUVI- está facultado a conocer las condiciones de esa operación. En
consecuencia, el Contratista se obliga a informar oportunamente al INSTITUTO DE 12
DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y GESTIÓN TERRITORIAL XX XXXX – IDUVI-
de la misma y solicitar su consentimiento. Cláusula 20 – Indemnidad
El Contratista se obliga a indemnizar al INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y GESTIÓN TERRITORIAL XX XXXX – IDUVI- con ocasión de la violación o el incumplimiento de las obligaciones previstas en el presente contrato.
El Contratista se obliga a mantener indemne a la Entidad Estatal Contratante de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros que tengan como causa sus actuaciones hasta por el monto del daño o perjuicio causado y hasta por el valor del presente contrato.
El Contratista mantendrá indemne a la Entidad Estatal Contratante por cualquier obligación de carácter laboral o relacionado que se originen en el incumplimiento de las obligaciones laborales que el Contratista asume frente al personal, subordinados o terceros que se vinculen a la ejecución de las obligaciones derivadas del presente Contrato.
Cláusula 21 – Caso fortuito y fuerza mayor
Las partes quedan exoneradas de responsabilidad por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones o por la demora en la satisfacción de cualquiera de las prestaciones a su cargo derivadas del presente contrato, cuando el incumplimiento sea resultado o consecuencia de la ocurrencia de un evento de fuerza mayor y caso
fortuito debidamente invocadas y constatadas de acuerdo con la ley y la jurisprudencia colombiana.
Cláusula 22 – Solución de controversias
Las controversias o diferencias que surjan entre el Contratista y la Entidad Estatal Contratante con ocasión de la firma, ejecución, interpretación, prórroga o terminación del contrato, así como de cualquier otro asunto relacionado con el presente contrato, serán sometidas a la revisión de las partes para buscar un arreglo directo, en un término no mayor a cinco (5) días hábiles a partir de la fecha en que cualquiera de las partes comunique por escrito a la otra la existencia de una diferencia.
Cláusula 23 – Notificaciones
Los avisos, solicitudes, comunicaciones y notificaciones que las partes deban hacer en desarrollo del presente contrato, deben constar por escrito y se entenderán debidamente efectuadas sólo si son entregadas personalmente o por correo electrónico a la persona y a las direcciones indicadas a continuación:
INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y GESTIÓN TERRITORIAL XX XXXX – IDUVI- | APRA S.A.S. CONTRATISTA. |
Nombre: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx. Cargo: Gerente Dirección: Xxx. 0X Xx. 00-00 Xxxx, Xxxxxxxxxxxx. Teléfono: 8616115- 8631283 | Nombre: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx. Cargo: R.L contratista. Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00-00. Xx. 000 Xxxxxx Teléfono:8017801- 177859 |
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Cláusula 24 – Supervisión
La supervisión de la ejecución y cumplimiento de las obligaciones contraídas por el Contratista a favor de la Entidad Estatal Contratante, estará a cargo por dos Profesionales Universitarios de la Subgerencia de Desarrollo y un Profesional Universitario de la Oficina Jurídica y de Contratación del INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y GESTIÓN TERRITORIAL XX XXXX – IDUVI-.
PARÁGRAFO: Serán obligaciones particulares de
los Supervisores las siguientes, sin perjuicio de las demás que le asigne la Ley y demás normas:
a). Velar por el cumplimiento cabal del objeto contractual.
b). Verificar el cumplimiento del objeto dentro del plazo consagrado. c). Xxxxx por el pago oportuno al contratista de los valores acordados.
d). Elaborar certificación de cumplimiento a satisfacción en los casos que sea necesario para el desarrollo del contrato o pago.
e). Elaborar si fuere necesario las actas de iniciación, cortes parciales y liquidación del Contrato.
f). Tener en cuenta que toda aclaración con el CONTRATISTA en relación con el Contrato debe ser por escrito.
Cláusula 25 – Anexos del Contrato
Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:
25.1 Todos los documentos del proceso de selección. Los estudios y documentos previos.
25.2 La oferta presentada por el Contratista.
25.3 Las actas, acuerdos, informes y documentos precontractuales.
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25.4 Certificado de disponibilidad presupuestal.
Cláusula 26 – Perfeccionamiento y ejecución
El presente contrato requiere para su perfeccionamiento de la firma de las partes, la acreditación de estar afiliado al sistema de seguridad social integral, aceptación de pólizas y firma del acta de inicio.
Cláusula 27- Registro y apropiaciones presupuestales
El INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y GESTIÓN TERRITORIAL
XX XXXX – IDUVI- pagará al Contratista el valor del presente Contrato con cargo al certificado de disponibilidad presupuestal CD 2019000047 del cuatro (4) xx xxxxx de 2019. El presente Contrato está sujeto a registro presupuestal y el pago de su valor a las apropiaciones presupuestales.
Cláusula 28- Confidencialidad
En caso de que exista información sujeta a alguna reserva legal, las partes deben mantener la confidencialidad de esta información. Para ello, debe comunicar a la otra parte que la información suministrada tiene el carácter de confidencial.
Clausula 29 – Ausencia de relación laboral
El presente contrato de prestación de servicios en ningún caso será considerado como contrato de trabajo, ni constituye vinculación laboral alguna con el Instituto de Desarrollo Urbano, Vivienda y Gestión Territorial- IDUVI- y en consecuencia el
CONTRATISTA no tiene derecho al reconocimiento ni al pago de prestaciones xx Xxx, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 3 del Art. 32 de la ley 80 de 1993.
Cláusula 30 – Lugar de ejecución y domicilio contractual
Las actividades previstas en el presente contrato se deben desarrollar en las Instalaciones del INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y GESTIÓN
TERRITORIAL XX XXXX – IDUVI- y el domicilio contractual es xxxxxxx 0X Xx. 00-00 Xxxx, Xxxxxxxxxxxx.
Para constancia, se firma en Chía, Cundinamarca el día nueve (9) xx xxxxx de dos mil diecinueve (2019).
LA ENTIDAD ESTATAL CONTRATANTE EL CONTRATISTA
(ORIGINAL FIRMADO) (ORIGINAL FIRMADO) 15
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
CC. 35.474.745 xx Xxxx CC. 79.382.241 de Bogotá.
Gerente. R.L Contratista.
Proyectó: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx/ Profesional Universitario Oficina Jurídica y de Contratación. Revisó: Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. Jefe Oficina Jurídica y de Contratación.