INDICE
CONCURSO DE OFERTAS CO-EPP-084-2024
SERVICIOS DE INSPECCIÓN, MEDICIÓN, REPARACIÓN, PRUEBAS DE CABLE DE POTENCIA, CAPILAR, CAMBIO DE ARMADURA DEL CABLE DE POTENCIA E INCLUSIÓN DE CAPILAR EN EL CABLE PARA APLICACIONES DEL SISTEMA DE BOMBEO ELECTRO SUMERGIBLE PROPIEDAD DE EP PETROECUADOR
Mayo 2024
INDICE
1. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN 4
2. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA 4
4. RECEPCIÓN Y APERTURA DE SOBRES 8
5. EVALUACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA 9
6. ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DE DESIERTO 32
9. PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO 34
10. INHABILIDADES PARA CONTRATAR 34
11. DISPOSICIONES GENERALES 36
FORMULARIOS
FORMULARIO NRO. 1A CARTA DE PRESENTACIÓN, COMPROMISO Y PROPUESTA TÉCNICA 37
FORMULARIO NRO. 1B CARTA DE PRESENTACIÓN, COMPROMISO Y PROPUESTA 39
FORMULARIO NRO. 2A DECLARACIÓN ANTICORRUPCIÓN 41
FORMULARIO NRO. 2B COMUNICACIÓN DE CONFLICTOS DE INTERESES PROVEEDORES 43
FORMULARIO NRO. 2C CARTA COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE LAS POLÍTICAS DE RESPONSABILIDAD SOCIAL Y DE RELACIONES COMUNITARIAS,
PLANES, GUÍAS Y PROCEDIMIENTOS DE EP PETROECUADOR 45
FORMULARIO NRO. 2D CARTA DE UBICACIÓN Y DISPONIBILIDAD DE UNIDADES DE SPOOLER, Y TALLER 46
FORMULARIO NRO. 2E DATOS GENERALES DEL OFERENTE 48
FORMULARIO NRO. 3 PRECIO DEL SERVICIO 49
FORMULARIO NRO. 4 MATRIZ DE EVALUACIÓN FINANCIERA 52
PROYECTO DE CONTRATO
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES 54
CLÁUSULA SEGUNDA: DEFINICIONES 59
CLÁUSULA CUARTA: VIGENCIA Y PRÓRROGA 63
CLÁUSULA QUINTA: ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO 64
CLÁUSULA SEXTA: ÓRDENES DE TRABAJO 64
CLÁUSULA SÉPTIMA: OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA 64
CLÁUSULA OCTAVA: OBLIGACIONES DE EP PETROECUADOR 76
CLÁUSULA NOVENA: PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS 76
CLÁUSULA DÉCIMA: PRECIO DEL CONTRATO 77
CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: FORMA DE PAGO 78
CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA: MULTAS 80
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: GARANTÍAS 82
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: SEGUROS 85
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: TRIBUTOS 85
CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO 86
CLÁUSULA DÉCIMO SÉPTIMA: RESPONSABILIDADES E INDEMNIZACIONES 86
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: TERMINACIÓN 92
CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: MODIFICACIÓN 97
CLÁUSULA VIGÉSIMA: ENTREGA RECEPCIÓN DEL CONTRATO 99
CLÁUSULA VIGÉSIMO PRIMERA: CONCILIACIÓN DE MATERIALES 100
CLÁUSULA VIGÉSIMO SEGUNDA: CONTROL Y SUPERVISIÓN 100
CLÁUSULA VIGÉSIMO TERCERA: DERECHO DE AUDITORÍA 100
CLÁUSULA VIGÉSIMO CUARTA: CESIÓN DE DERECHOS Y SUBCONTRATACIÓN 100
CLÁUSULA VIGÉSIMO QUINTA: CONFLICTO DE INTERESES Y COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN 101
CLÁUSULA VIGÉSIMO SEXTA: DOMICILIO Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 102
CLÁUSULA VIGÉSIMO SÉPTIMA:TÉRMINOS DEL CONTRATO E INTERPRETACIÓN 103 CLÁUSULA VIGÉSIMO OCTAVA: NOTIFICACIONES 104
CLÁUSULA VIGÉSIMO NOVENA: NATURALEZA DEL CONTRATO 104
CLÁUSULA TRIGÉSIMA: LEY APLICABLE 104
CLÁUSULA TRIGÉSIMO PRIMERA: DIVISIBILIDAD 104
CLÁUSULA TRIGÉSIMO SEGUNDA: INTEGRIDAD DEL CONTRATO 105
CLÁUSULA TRIGÉSIMO TERCERA: PROHIBICIÓN DE ACTUAR EN
REPRESENTACIÓN DE EP PETROECUADOR 105
CLÁUSULA TRIGÉSIMO CUARTA: DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO 105
ANEXOS
ANEXO NRO. 1 OBJETO DEL CONTRATO 108
ANEXO NRO. 2 OBLIGACIONES DE EP PETROECUADOR 115
ANEXO NRO. 3 OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA 119
ANEXO NRO. 4 EQUIPOS Y PERSONAL DE LA CONTRATISTA 124
ANEXO NRO. 5 PRECIOS DEL SERVICIO 131
ANEXO NRO. 6 POLÍTICA ANTISOBORNO DE EP PETROECUADOR 132
ANEXO NRO. 7 APLICACIÓN DE MULTAS 133
ANEXO NRO. 8 SEGUROS 134
ANEXO NRO. 9 PREGUNTAS Y RESPUESTAS DEL CONCURSO DE OFERTAS CO-
EPP-084-2024 137
ANEXO NRO. 10 DISPOSICIONES DE SALUD OCUPACIONAL, SEGURIDAD INDUSTRIAL, CONTROL AMBIENTAL, SEGURIDAD FÍSICA Y RELACIONES COMUNITARIAS PARA CONTRATISTAS 138
ANEXO NRO. 11FORMATO DE ORDEN DE TRABAJO 139
ANEXO NRO. 12 DOCUMENTOS HABILITANTES 140
BASES DEL CONCURSO DE OFERTAS CO-EPP-084-2024
TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA PARTICIPAR EN EL CONCURSO DE OFERTAS PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE INSPECCIÓN, MEDICIÓN, REPARACIÓN, PRUEBAS DE CABLE DE POTENCIA, CAPILAR, CAMBIO DE ARMADURA DEL CABLE DE POTENCIA E INCLUSIÓN DE CAPILAR EN EL CABLE PARA APLICACIONES DEL SISTEMA DE BOMBEO ELECTRO SUMERGIBLE PROPIEDAD DE EP PETROECUADOR.
EP PETROECUADOR invita a participar en el concurso de ofertas para la contratación de la PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE INSPECCIÓN, MEDICIÓN, REPARACIÓN, PRUEBAS DE CABLE DE POTENCIA, CAPILAR, CAMBIO DE ARMADURA DEL CABLE DE POTENCIA E INCLUSIÓN DE CAPILAR EN EL CABLE PARA APLICACIONES DEL SISTEMA DE BOMBEO ELECTRO SUMERGIBLE PROPIEDAD DE EP PETROECUADOR.
1. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
El objeto de la presente contratación es la prestación de los SERVICIOS DE INSPECCIÓN, MEDICIÓN, REPARACIÓN, PRUEBAS DE CABLE DE POTENCIA, CAPILAR, CAMBIO DE ARMADURA DEL CABLE DE POTENCIA E INCLUSIÓN DE CAPILAR EN EL CABLE PARA APLICACIONES DEL SISTEMA DE BOMBEO ELECTRO SUMERGIBLE PROPIEDAD DE EP PETROECUADOR.
2. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
Para el proceso de carga de los documentos en la Nube de EP PETROECUADOR deberán seguir las instrucciones denominadas “Carga de Ofertas Electrónicas” enviadas adjuntas en el correo electrónico de invitación.
EP PETROECUADOR enviará una notificación vía correo electrónico con el acceso al recurso compartido para que pueda cargar sus ofertas (Carpeta 1 para Oferta Técnica y Carpeta 2 para Oferta Económica). El remitente de este correo es: “NUBE PETROECUADOR”, por favor, revisar también en su bandeja de correo SPAM o CORREO NO DESEADO.
La oferta deberá ser presentada de forma digital/escaneada (con firmas manuscritas) o de forma electrónica (con firmas electrónicas) en la carpeta en la Nube de EP PETROECUADOR, y deberá identificarse como: “CONCURSO DE OFERTAS CO-EPP- 084-2024 - (Nombre del Oferente).
Para las ofertas que contengan firmas manuscritas, cada hoja de la oferta debe ser rubricada y numerada en la parte superior en forma secuencial (foliadas), las hojas que tengan texto a doble lado la numeración será EN LA PARTE SUPERIOR DERECHA ANVERSO Y EN LA PARTE SUPERIOR IZQUIERDA REVERSO.
NOTA: Se puede aceptar la oferta foliada y sumillada de forma digital, para ello podrían utilizar las utilidades de software propietario o software libre.
Para las ofertas que contengan firma electrónica (cada uno de los formularios, anexos, etc., deberán estar suscritos individualmente por separado mediante el Sistema FirmaEc) no se requiere sumilla ni foliación por el oferente.
Dentro de la carpeta digital se incluirán dos carpetas:
La carpeta número uno deberá ser comprimida (.zip) contendrá la propuesta técnica y la documentación legal y de SSA, y deberá identificarse como: PROPUESTA TÉCNICA – (Nombre del Oferente); y deberá incluir:
Documentación Legal:
- Carta de presentación y compromiso (aplicar Formulario Nro. 1A).
- Certificado otorgado por la Superintendencia de Compañías (o de la entidad de control respectiva en el extranjero, que justifique la existencia legal de la compañía oferente y su cumplimiento de obligaciones; así como copia de los Estatutos que acredite que está facultado para prestar los servicios requeridos. Los documentos de autoridades extranjeras, podrán ser presentados en copia simple vigentes a la fecha de presentación de la oferta, que justifique la existencia legal de la compañía oferente y su cumplimiento de obligaciones; sin embargo en caso de ser adjudicados, previo a la celebración del contrato, dichos documentos deberán contar con la certificación ante el Cónsul del Ecuador respectivo, o quien haga sus veces, (o deberán estar debidamente apostillados).
- Nómina de socios o accionistas de la compañía oferente. (Documento de la Superintendencia de Compañías o entidad extranjera respectiva)
- Documentos que acrediten la nacionalidad de la oferente participante para el caso de personas naturales.
- Certificado en el que conste que el oferente se encuentra al día en el pago de sus obligaciones con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, IESS, en el caso de personas jurídicas nacionales; para el caso de empresas extranjeras la institución que corresponda y que
acredite estar al día con sus obligaciones patronales.
- Declaración Anticorrupción conforme al texto constante en el Formulario Nro. 2A, bajo prevenciones legales pertinentes en caso de incumplimiento.
- Comunicación de Conflictos de Intereses Proveedores conforme al texto constante en el Formulario Nro. 2B.
- Carta Compromiso de Cumplimiento de las Políticas de Responsabilidad Social y de Relaciones Comunitarias, Planes, Guías y Procedimientos de EP PETROECUADOR, conforme al texto constante en el Formulario Nro. 2C.
- Nombramiento o Poder vigente que acredite la calidad del representante legal del oferente debidamente registrado para el caso de personas jurídicas y para el caso de personas naturales presentar documentos de identidad.
- Matriz Financiera: Las empresas oferentes deberán observar lo indicado en el Formulario Nro. 4. El puntaje mínimo que los oferentes deberán obtener es de 7 sobre 10 puntos.
Documentación Técnica:
- Equipos y Personal, etc. para la prestación del servicio. (Ver Anexo Nro. 4).
- Carta de Ubicación y Disponibilidad de Unidades de Spooler y Taller (Formulario Nro. 2D)
- Todos los requisitos técnicos que se requieren para poder evaluar las ofertas, conforme la matriz de evaluación (número 5.1).
La carpeta número dos deberá ser comprimida (.zip) y contendrá la propuesta económica, deberá identificarse como: PROPUESTA ECONÓMICA – (Nombre del Oferente); y deberá incluir:
- Carta de presentación, compromiso y oferta económica. (Formulario Nro. 1B)
- Detalle del precio del servicio (Formulario Nro. 3)
- La determinación del plazo de validez de la oferta, que no podrá ser menor a noventa (90) días contados desde la fecha de presentación de la oferta.
La oferta (Carpeta 1 y Carpeta 2) deberá ser elaborada en procesador de textos, en idioma castellano (en caso de existir documentos en idioma extranjero deberá acompañarse la traducción correspondiente).
Para las ofertas que contengan firmas manuscritas, todos los documentos requeridos para la Carpeta 1 y la Carpeta 2, se podrán presentar en copia simple, sin embargo el oferente que resulte adjudicado y previo a la celebración del Contrato, deberá:
• Remitir en original o copia notariada la documentación que sea requerida por la Jefatura de Contratos de EP PETROECUADOR, en el plazo que se señale para el efecto, caso contrario serán declarados adjudicatarios fallidos.
• Entregar la oferta original colocada en la Nube de EP PETROECUADOR para el presente proceso, sin enmendaduras ni cambios y ANILLADA.
Las ofertas deberán ser cargadas en la Nube de EP PETROECUADOR por el oferente hasta las 10h00 del 19 xx xxxxx de
2024.
Favor considerar que es responsabilidad de los oferentes cargar las ofertas en el lugar y hasta el día y la hora indicados, por lo que se recomienda una planificación adecuada para ello; así como, considerar cuánto demorará cargar sus ofertas en la Nube de EP PETROECUADOR.
Por ningún motivo se recibirán ofertas presentadas fuera del día y hora señalados. No se aceptarán ofertas que se presente por otra vía.
Ninguna solicitud o documentación referente al trámite del proceso contractual que se presente fuera de los términos establecidos, será recibida.
3. PREGUNTAS Y ACLARACIONES
Los oferentes podrán solicitar mediante comunicación escrita, remitida a los correos electrónicos: Xxxxx.Xxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xx Xxxxxxxx.Xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xx Xxxxxx.Xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xx XxxxxxxxxxXxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xx
cualquier pregunta o aclaración sobre la Invitación, Términos y Condiciones y Proyecto de Contrato. Dichas aclaraciones deberán ser remitidas a la referida Jefatura de Contratos, atención Jefe de Contratos, Abg. Xxxxx Xxxxxx. No se aceptará aclaraciones que se remitan fuera de la fecha señalada para su presentación.
La Comisión de Evaluación podrá emitir aclaraciones a los Términos y Condiciones y Proyecto de Contrato, sin que en ningún caso estas aclaraciones modifiquen el objeto de la contratación.
Las preguntas y aclaraciones serán resueltas por la Comisión de Evaluación y las respuestas serán notificadas por escrito a través de la Jefatura de Contratos, y se hará llegar las respuestas a todos los oferentes invitados. El plazo máximo para efectuar preguntas o solicitar
aclaraciones será conforme el cronograma establecido en estas bases y EP PETROECUADOR deberá comunicar las respuestas no más de cinco (5) días calendario, previo a la recepción de las ofertas.
Adicionalmente las respuestas y aclaraciones serán publicadas en la página Web de EP PETROECUADOR y serán parte integrante de los Términos y Condiciones del Contrato.
EP PETROECUADOR se reserva el derecho de ampliar el plazo de entrega de las ofertas hasta que todas las aclaraciones hayan sido resueltas, para lo cual notificará por escrito a todos los oferentes.
4. RECEPCIÓN Y APERTURA DE SOBRES
El Jefe de Contratos o su delegado, receptará las ofertas digitales presentadas por los oferentes invitados, dentro de la fecha y hora señaladas para el efecto. Las ofertas presentadas en la Nube de EP PETROECUADOR deberán tener una constancia de recepción en la que se detallará la fecha y hora de entrega de las ofertas, para el efecto los oferentes deberán enviar un correo electrónico a: Xxxxx.Xxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xx Xxxxxxxx.Xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xx Xxxxxx.Xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xx XxxxxxxxxxXxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xx, con la notificación de carga de su oferta. De igual manera la Jefatura de Contratos remitirá un correo de confirmación.
Salvo que existan razones para que la apertura de las ofertas se produzca en otro día y hora, lo cual será comunicado a los Oferentes participantes, la apertura de la carpeta 1 de las ofertas técnicas se realizará por parte del Jefe de Contratos o su delegado conjuntamente con el presidente de la Comisión de Evaluación en sesión pública mediante videoconferencia, inmediatamente de transcurrido el día y hora máxima señalada para la presentación de las ofertas.
La carpeta 2 de las ofertas se mantendrá cerrada hasta que se concluya con la evaluación de la carpeta 1 - evaluación técnica y se haya producido la notificación de resultados.
Si una oferta llega con posterioridad al cierre de la recepción de dichas ofertas, la misma no será abierta.
Tanto para la oferta técnica (Carpeta 1) como para la económica (Carpeta 2), todas las ofertas serán registradas en un “acta de apertura de ofertas virtual”, que indicará la fecha y hora de apertura de las carpetas que contienen las ofertas, los nombres de los oferentes, el
número de hojas de cada oferta presentada y nombre de las personas que participaron en dicha apertura.
La no presentación injustificada de ofertas a tres (3) invitaciones consecutivas, podrá dar lugar a la suspensión o exclusión de la persona natural o jurídica del Registro de Proveedores de EP PETROECUADOR.
EP PETROECUADOR notificará vía correo electrónico, a todos los oferentes participantes, el día y hora para la sesión pública mediante videoconferencia de notificación de resultados de la evaluación de la Carpeta 1. En dicha sesión se notificará el día y hora para la sesión pública de apertura de la Carpeta 2 de las ofertas. Ambas sesiones, serán realizadas por parte del Jefe de Contratos o su delegado conjuntamente con el presidente de la Comisión de Evaluación.
En la sesión pública de apertura de la Carpeta 2, el Jefe de Contratos procederá a dar lectura al monto total de la oferta colocado por cada oferente en el Formulario Nro. 1B “Carta de Presentación, Compromiso y Propuesta Económica”.
Solo las ofertas que cumplan con los requisitos técnicos y legales de modo que superen la fase de evaluación de la Carpeta 1 serán consideradas para la apertura de la Carpeta 2 y la posterior evaluación económica de las ofertas.
Las empresas que no hayan superado la evaluación de la Carpeta 1, en la sesión pública de notificación de resultados, se les informará respecto a la no apertura de sus ofertas económicas.
5. EVALUACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA
El Ordenador de Gasto, Jefe de Levantamiento Artificial, designará a la Comisión de Evaluación de ofertas.
El Sistema de Evaluación tiene por objetivo que se adjudique la oferta / propuesta técnicamente calificada, que sea económicamente más conveniente para los intereses de EP PETROECUADOR y del estado Ecuatoriano. Es decir, se seleccionará entre las ofertas técnicamente aptas, la que sea económicamente más conveniente observando los CRITERIOS PARA ADJUDICACIÓN previstos en el presente Concurso de Ofertas.
5.1 EVALUACIÓN TÉCNICA
En primera instancia la Comisión de Evaluación de ofertas procederá con la evaluación del sobre número uno que se
efectuará de acuerdo a los términos y condiciones de la Invitación, analizando y calificando el contenido de los diferentes componentes de las ofertas, en la forma y condiciones establecidas en la Matriz de Evaluación.
La Carpeta 2 de las ofertas se mantendrá cerrada hasta que se concluya con la evaluación de la Carpeta 1 – evaluación técnica y se haya notificado los resultados.
Evaluación técnica
1. Elementos mandatorios serán los requisitos mínimos sin los cuales no se podría ejecutar el servicio o la obra. Todos estos requisitos serán obligatorios, por lo que se entenderá que el incumplimiento de uno o más de estos requisitos determinaría que la oferente o proponente no es apta para la ejecución del servicio u obra. Caso contrario las ofertas serán descalificadas.
Los requisitos legales y mandatorios del proceso deberán cumplirse en su totalidad. Caso contrario las ofertas serán descalificadas.
2. Elementos ponderables serán los que sirvan para determinar calificadamente la capacidad técnica y el cumplimiento de las prácticas, procedimientos y estándares requeridos por EP PETROECUADOR. Se requerirá que las oferentes / proponentes, se ubiquen dentro del cuarto cuartil; es decir deberán superar el 75% de la puntuación asignada a los elementos ponderables.
Solo las ofertas que cumplan con todos los elementos mandatorios y hayan superado el 75% de la puntuación asignada a los elementos ponderables serán consideradas para la evaluación de la oferta económica (Carpeta 2); las demás serán rechazadas.
MATRIZ DE EVALUACIÓN TÉCNICA
Servicio (s) ofertado (s):
CÓDIGO REGISTRO | DETALLE DEL SERVICIO |
“SERVICIOS DE INSPECCIÓN, MEDICIÓN, REPARACIÓN, PRUEBAS DE CABLE DE POTENCIA, CAPILAR, CAMBIO DE ARMADURA DEL CABLE DE POTENCIA E INCLUSIÓN DE CAPILAR EN EL CABLE PARA APLICACIONES DEL SISTEMA DE BOMBEO ELECTRO SUMERGIBLE PROPIEDAD DE EP PETROECUADOR” | |
NOMBRE DEL OFERENTE: |
ITEM EVALUADO | DESCRIPCIÓN | CRITERIO DE EVALUACIÓN | CONDICIÓN / Puntaje Máximo | CUMPLE / NO CUMPLE |
1 DOCUMENTACIÓN LEGAL | 1.1 EL OFERENTE DEBE PRESENTAR TODA LA DOCUMENTACIÓN LEGAL SOLICITADA EN LA INVITACIÓN A OFERTAR | LA NO PRESENTACIÓN DE UN DOCUMENTO CONSIDERADO MANDATORIO SERA CAUSAL PARA LA DESCALIFICACIÓN DE LA OFERTA Y NO SE EVALUARÁ LOS DOCUMENTOS PONDERABLES | OBLIGATORIO | |
2. CERTIFICADOS TÉCNICOS | El Oferente deberá presentar el plan de Mantenimiento de todos los equipos y líneas de inspección y su cumplimiento estricto con documentos firmados, no se aceptará documentos con firmas en imagen o firmas escaneadas, se deberá presentar en formato pdf, ya sea todo el documento escaneado o con firma electrónica. Adicionalmente deberá presentar el procedimiento de empalme por fusión para el cable y el procedimiento de soldadura para el capilar avalado por personal calificado (CWI) y la calificación en el procedimiento del personal que vaya a realizar esta actividad. | Presentar toda la documentación con el aval y aprobaciones correspondientes. | OBLIGATORIO |
3. INSPECCIÓN DE EQUIPOS Y TALLER | Carta de Ubicación y Disponibilidad de Unidades de Spooler, y Taller. El Departamento de Levantamiento Artificial en conjunto con QA/QC, realizará la inspección del taller y equipos para verificar la disponibilidad de los mismos, deberán tener como mínimo cuatro (4) líneas para reparación de cable de potencia con capacidad para reels # 96 y una línea para reel #78 para reparación de capilar. Se requiere equipos para el servicio de cambio de armadura. Como equipo complementario se requiere al menos un Hi Pot para pruebas de alta tensión, un Megger para pruebas de aislamiento y un equipo para prueba hidrostática de capilar, todos con su respectivo back up, herramienta menor para el proceso y misceláneos. Adicional se requiere presentar los equipos para empalme por fusión de cable, de soldadura, y equipos para retiro y colocación de armadura, en el caso de que este último servicio sea subcontratado presentar la documentación que avale la subcontratación y verificar el taller subcontratado. | Se evaluará: Disponibilidad de los equipos y herramienta solicitadas, así como los certificados de calibración vigentes de los instrumentos con su respectivo back up. | OBLIGATORIO |
4 PERFIL DEL PERSONAL DE LA OFERENTE | 4.1 PERFIL ACADÉMICO Y EXPERIENCIA DEL PERSONAL TÉCNICO PROPUESTO POR LA OFERENTE | Se evaluará el personal propuesto para la prestación de los Servicios con base a los requerimientos establecidos en los términos de referencia (alcance). El oferente adjuntará toda la documentación de soporte que valide la información de la hoja de vida (según el PERFIL DEL PERSONAL TÉCNICO O SSA REQUERIDO POR EP PETROECUADOR), con la descripción de los nombres, cargos y las Hojas de Vida de dicho personal (en el formato de hoja vida que se remite como Anexo No. 4 de esta Matriz), se indicará a detalle el nivel profesional y el tiempo de experiencia. También se debe incluir el organigrama del personal de soporte técnico a la operación. Finalmente, en el Anexo No.1 de la Matriz de Evaluación Técnica, se evaluará la experiencia del personal. | 250 | |
5 EXPERIENCIA DE LA OFERENTE | 5.1 EXPERIENCIA EN LA PROVISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECCION, MEDICIÓN, REPARACIÓN, PRUEBAS DEL CABLE DE POTENCIA, CAPILAR Y CAMBIO DE ARMADURA DEL CABLE DE POTENCIA PARA APLICACIONES DEL SISTEMA DE BOMBEO ELECTRO SUMERGIBLE | Se evaluará la experiencia del Oferente en servicios de inspección, medición, reparación y pruebas de cable de potencia y capilar a nivel local y/o en el extranjero, así como la experiencia en trabajos realizados por su Casa Matriz (en el caso de sucursales). Los oferentes deben presentar Documentación, que | 400 |
evidencie el número de equipos o técnicos empleados para la prestación de los servicios, y los montos del contrato o proyecto. Se ponderará con la máxima puntuación si reúne los siguientes criterios: tiempo de prestación del servicio o similares de 6 meses o más, que los montos de contrato u Órdenes de Servicios superen los Cien mil con 00/100 dólares (USD. 100.000.00). El Oferente debe presentar la documentación que permita completar el Anexo No.2 de esta Matriz, la cual incluirá: originales o copias de los Certificados otorgados por clientes, copias de Contratos, Actas de Entrega-Recepción de los Servicios prestados, en los que se pueda evidenciar el plazo de los servicios prestados, el monto del Contrato o Proyecto. La puntuación se determinará en Base al Anexo No. 2 de esta Matriz. | ||||
6 SISTEMAS DE SOPORTE PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO | 6.1 PROCEDIMIENTOS Y PLANES DE MANTENIMIENTO | Se evaluará que el Oferente posea un adecuado servicio de mantenimiento preventivo y/o correctivo de los equipos propuestos; y, que la empresa disponga de procedimientos de operación y mantenimiento de los equipos debidamente | 50 |
documentados. (Se adjuntará los procedimientos, manuales de equipos y procedimientos propios de la empresa). Si el oferente dispone de los Procedimientos y Planes debidamente documentados y actualizados se asignará 50 puntos, de lo contrario la puntuación será cero. | ||||
6.2 MANUAL PARA REPARACIÓN DE CABLE DE POTENCIA, CAPILAR Y CAMBIO DE ARMADURA | En este manual deberá incluir lo siguiente: 1) Buena práctica para el izaje e instalación del reel de cable o capilar, 2) Regulación de velocidad de alimentación del cable para evitar tensiones del mismo, 3) Pruebas eléctricas Hipot, Megger, 4) Pruebas hidrostáticas de capilar, 5) Pasos para elaboración de empalmes, 6) Pasos para reparación y cambio de armadura. Si el oferente presenta el manual completo, se otorgará 50 puntos, caso contrario se asignará cero puntos. | 50 | ||
6.3 SISTEMAS DE REGISTRO DE EQUIPOS | Se evaluará al Oferente de acuerdo al ANEXO No. 3 (Sistema de Registro de equipos) de esta Matriz, se asignará 200 puntos si la ofertante dispone como mínimo cuatro líneas de producción para reparación de cable y una línea de producción para reparación de capilar. Como equipo adicional se | 200 |
requiere al menos un Hi Pot para pruebas de alta tensión, un Megger para pruebas de aislamiento y un equipo para prueba hidrostática de capilar, con su respectivo back up para los instrumentos de medición y prueba (uno). Una línea para el servicio de cambio de armadura. | ||||
7 SISTEMA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD | 7.1 CERTIFICACIÓN ISO-9001; 14001 | El Oferente debe presentar la Certificación y/o Recertificación de las Normas relacionadas con el servicio objeto del presente proceso, emitidas por un ente calificado vigente a la fecha de presentación de la oferta. Si el oferente tiene la certificación se otorgará 100 puntos, si está en proceso de certificación deberá adjuntar un certificado emitido por la empresa a cargo de la certificación, que permita comprobar que se encuentra en proceso. Si el oferente demuestra estar en proceso de certificación se otorgará 50 puntos. Si no está en proceso o no presenta dicho certificado se asignará cero (0) puntos. | 100 |
7.2 CALIDAD DEL SERVICIO AL CLIENTE | Se evaluará que el Oferente mantenga un sistema de evaluación de su "Servicio al Cliente". El Oferente deberá presentar mínimo tres (3) registros de satisfacción del servicio respaldado en encuestas firmadas por clientes de Contratos anteriores o vigentes (con sello de la persona natural o jurídica receptora del servicio), y Planes de Acción implementados para casos en que los resultados no fueron satisfactorios. Si presenta los tres (3) registros de satisfacción para evidenciar que cuenta con este proceso, se asignará 50 puntos, si no presenta se asignará cero (0) puntos. | 50 | |||
PUNTAJE TOTAL | 1100 | ||||
PORCENTAJE MÍNIMO DE EVALUACIÓN | 75% | ||||
PORCENTAJE DE EVALUACIÓN | 0% |
ANEXOS DE LA MATRIZ TÉCNICA (elementos ponderables)
ANEXO No. 1 Personal Técnico | Nota: Se asignará 0 puntos en caso de que el Oferente no presente todos los CV´s de las posiciones solicitadas por EP PETROECUADOR | PUNTAJE EVALUACIÓN TOTAL | 700 | |||||
ITEM EVALUADO | INCLUIDO EN ORGANIGRAMA DEL PROVEEDOR 10 PUNTOS | ORGANIGRAMA INDICA NOMBRE 10 PUNTOS | ADJUNTA HOJA DE VIDA 10 PUNTOS | TITULO PROFESIONAL DEBE SER COMPATIBLE CON MANEJO DE RRHH (INFORMATIVO) | PUNTAJE TITULO PROFESIONAL: 20 PUNTOS | AÑOS DE EXPERIENC IA EN EL CARGO 20 PUNTOS | ECUATORIAN O SI / NO | SUBTOTAL POR POSICIÓN |
Coordinador 1 | 0 | |||||||
Coordinador 2 | 0 | |||||||
Supervisor 1 | 0 | |||||||
Supervisor 2 | 0 | |||||||
Técnico reparación | 0 | |||||||
Técnico reparación | 0 | |||||||
Técnico reparación | 0 | |||||||
Técnico reparación | 0 | |||||||
Técnico reparación | 0 | |||||||
Técnico reparación | 0 | |||||||
TOTAL PARA PONDERACIÓN | 0 |
TOTAL 0,0
PARA 0
MATRI Z
VALOR MÁXIMO PARA MATRIZ DE EVALUACIÓN | 250 |
NOTAS ACLARATORIAS
. |
1. Respecto del Título profesional 1.1 Si presenta título con el nivel solicitado para cada posición, descrito en el Anexo No. 4, 20 puntos, caso contrario "0" puntos. |
2. Respecto a la experiencia: |
2.1. Para el coordinador, si presenta evidencia de tres años de experiencia en tareas similares a la de esta posición o seis años de experiencia en levantamiento artificial tiene 20 puntos, caso contrario "0" puntos. |
2.2. Para el supervisor, si presenta evidencia de dos años de experiencia en tareas similares a la de esta posición o cuatro años de experiencia en levantamiento artificial tiene 20 puntos, caso contrario "0" puntos. |
2.3. Para el técnico, si presenta evidencia de dos años de experiencia en tareas similares a la de esta posición o tres años de experiencia en levantamiento artificial tiene 20 puntos, caso contrario "0" puntos. |
ANEXO No. 2 Experiencia del Oferente | 40% | 30% | 30% | |
6 | 3 | $100.000 | ||
NOMBRE DEL CLIENTE | DESCRIPCIÓN PROYECTO (SERVICIO) | PERIODO (En meses) 40% | # EQUIPOS O PERSONAS PARA EL SERVICIO 30% | MONTO TOTAL DEL PROYECTO EN DÓLARES 30% |
TOTAL PARA PONDERACIÓN | 0 | 0 | $ - | |
VALORACIÓN PONDERADA | - | - | - | |
TOTAL VALOR PASA A MATRIZ DE EVALUACIÓN | 0,00 | VALOR MÁXIMO PARA MATRIZ DE EVALUACIÓN | 400 |
ANEXO No. 3 Sistema de Registro de equipos
EQUIPOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO | TIPO | MARCA (Fabricante) | AÑO DE FABRICACIÓN | Trazabilidad (Identificación del equipo) | Historial de mantenimiento y/o certificado de calibración | CUMPLE / NO CUMPLE |
TOTAL PARA MATRIZ |
Nota: Es mandatorio presentar el Plan de Mantenimiento y su cumplimiento (historial) con documentos firmados del último año, no se aceptará documentos con firmas escaneadas o en imagen, ni documentos en formato editable, deberán ser formato PDF, ya sea con firma electrónica o escaneados con firma manual.
CURRICULUM VITAE (FORMATO HOJA DE VIDA)
POSICIÓN A LA QUE POSTULA: | |||||
NOMBRE COMPLETO | |||||
APELLIDOS | NOMBRES | ||||
LUGAR Y FECHA DE NACIMIENTO | GENERO | FOTO RECIENTE | |||
LUGAR | FECHA (DD-MM-AA) | NACIONALIDAD | M | F | |
NUMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD | ESTADO CIVIL | CARGO ACTUAL |
INFORMACIÓN ACADÉMICA | |||||
NIVEL | NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN | LUGAR | AÑOS APROBADOS | TITULO OBTENIDO | AÑO |
PRIMARIA | |||||
SECUNDARIA | |||||
TECNICO SUPERIOR | |||||
SUPERIOR |
CURSOS / SEMINARIOS / TALLERES | INSTITUCIÓN / LUGAR | No. HORAS | AÑO |
IDIOMAS | COMPRENDE | XXX | HABLA | ESCRIBE | ||||||||
AVANZADO | INTERMEDIO | BÁSICO | AVANZADO | INTERMEDIO | BÁSICO | AVANZADO | INTERMEDIO | BÁSICO | AVANZADO | INTERMEDIO | BÁSICO | |
ESPAÑOL | ||||||||||||
INGLES | ||||||||||||
OTROS | ||||||||||||
EXPERIENCIA LABORAL | ||||||||||||
COMPAÑÍA | CARGO | AÑOS DE EXPERIENCIA (AÑOS, MESES) | DESDE (DD-MM-AA) | HASTA (DD-MM-AA) | ||||||||
NOTAS: 1.- La experiencia laboral será valorada en años de trabajo secuenciales; no se aceptará duplicidad en periodos de tiempo; es decir, solamente se tomará uno de ellos como válido. |
2.- EP PETROECUADOR solicitará a la(s) empresa(s) adjudicada(s) los certificados del personal propuesto para el presente proceso, a fin de verificar la experiencia señalada en la(s) hoja(s) de vida presentada(s) en su(s) oferta. |
CONVALIDACIÓN DE ERRORES
La Comisión designada para la evaluación podrá otorgar al oferente el término de cinco (5) días para que subsane la no presentación de documentación legal que se detalla en el número 2 de los Términos y Condiciones, ya sean certificados o declaraciones solicitados así como para que proceda a su presentación y los presente corregidos, modificados o actualizados, según corresponda. Si vencido este término el oferente no efectuare tal subsanación o presentación, se entenderá que no ha cumplido con éstos requisitos legales y su oferta será rechazada.
Bajo ninguna circunstancia la comisión de evaluación requerirá la convalidación de documentos o información no referidos en la oferta.
Tampoco se requerirá a los oferentes la justificación por la no presentación o acreditación de documentos o condiciones que no hubiesen estado previstas en los términos de referencia.
La Comisión de Evaluación presentará a la Jefatura de Contratos la petición de convalidación de errores de las ofertas que corresponda, a fin de que se solicite a los oferentes su subsanación.
5.2 INSPECCIÓN DE EQUIPOS, HERRAMIENTAS Y TALLER
EP PETROECUADOR, a través del Usuario del Servicio o de una tercera compañía y conjuntamente con el Coordinador de la Comisión, durante la fase de análisis de la Carpeta 1 – Evaluación Técnica, inspeccionará los equipos, descritos en el Anexo Nro. 4 de los Oferentes, en el sitio en que se encuentren.
En el evento de que los oferentes no cumplan con lo solicitado en las especificaciones técnicas, y que éstas sean consideradas como elementos de cumplimiento obligatorio o mandatorios para EP PETROECUADOR y los mismos no cumplan lo solicitado en los Términos y Condiciones, las ofertas serán rechazadas y descalificadas, por lo que se devolverá a los oferentes la oferta económica (Carpeta 2) en las mismas condiciones en que fue entregado por el Oferente participante.
Para efecto de la inspección los oferentes indicarán en su oferta (Carpeta 1), el lugar para proceder a la inspección, la misma que
deberá efectuarse en coordinación con la Jefatura de Contratos quien remitirá a los oferentes el cronograma elaborado por el Usuario del Servicio y la Comisión de Evaluación de Ofertas, sobre dicha inspección se deberá elaborar un acta firmada por las partes.
Cuando el equipo fuere de propiedad del oferente, éste acompañará a su propuesta la matrícula y/o registro correspondiente. Para el equipo que haya arrendado o vaya a arrendar el oferente, adjuntará las matrículas y registros correspondientes y el compromiso firme de mantener el arrendamiento o efectuarlo. Si se propone equipo para ser adquirido, se presentarán las certificaciones correspondientes sobre el compromiso del proveedor para la venta de tal equipo, en caso de que el oferente resultare adjudicado. No se considerará condicionamiento cuando en dicho compromiso se establezcan fechas de entrega, características del bien o modalidad de financiamiento, ya que estas regulaciones obligan al proveedor y al oferente, quien de ser adjudicatario en este proceso deberá cumplir con los requerimientos de sus obligaciones mercantiles privadas.
El acta de inspección de instalaciones, equipos, vehículos, del oferente a quien se adjudique el contrato, una vez cumplidos los requisitos establecidos, será un documento habilitante del contrato.
Una vez concluida la evaluación de la Carpeta 1 – Evaluación Técnica y la presentación de la convalidación de errores por los oferentes si es que fuere el caso, los evaluadores presentarán un informe de las ofertas que hayan cumplido con los requisitos técnicos legales , de acuerdo a lo indicado en la Matriz de Evaluación al Ordenador de Gasto quien, de estar de acuerdo, dispondrá se notifiquen los resultados de evaluación de la Carpeta 1 a los Oferente Participantes y autorizará la apertura de la Carpeta 2, a través de la Jefatura de Contratos, quién señalará día y hora para la notificación de resultados, así como para la apertura de la Carpeta 2.
Las ofertas que no hubieren cumplido con los requisitos técnicos y legales (requisitos mandatorios y puntaje mínimo requerido) establecidos en los términos de referencia y condiciones de esta invitación (matriz de evaluación), serán rechazadas y no se procederá con su apertura.
5.3 EVALUACIÓN ECONÓMICA
La Comisión de Evaluación verificará que el monto total de la oferta constante en el Formulario 1B, CARTA DE PRESENTACIÓN, COMPROMISO Y PROPUESTA ECONÓMICA, correspondan con los valores constantes en el Formulario Nro. 3 Precios del Servicio.
La Comisión de Evaluación revisará toda la documentación consignada y verificará que la misma haya sido entregada conforme solicitan las Bases del presente Concurso de Ofertas.
La oferta / propuesta más económica se ubicará en primer orden de prelación y así sucesivamente.
Sin embargo, en los procesos en lo que exista participación de empresas ecuatorianas, en el caso de que una empresa ecuatoriana no se ubique en el primer lugar del orden de prelación, y siempre y cuando su oferta haya presentado una variación en los costos ofertados de hasta un quince por ciento (15%), la empresa ecuatoriana podrá ser adjudicada.
De existir más de una empresa ecuatoriana en el orden de prelación con una variación inferior al quince por ciento (15%) de la mejor oferta, se seguirá el mismo orden de la prelación para ejecutar la opción de que sea adjudicada.
El parámetro de evaluación económica estará basado exclusivamente en los costos ofertados (Costo Total Formulario Nro. 3) y en la preferencia para empresas ecuatorianas, de conformidad con el siguiente detalle:
MATRIZ DE EVALUACIÓN ECONÓMICA
SERVICIOS DE INSPECCIÓN, MEDICIÓN, REPARACIÓN, PRUEBAS DE CABLE DE POTENCIA, CAPILAR, CAMBIO DE ARMADURA DEL CABLE DE POTENCIA E INCLUSIÓN DE CAPILAR EN EL CABLE PARA APLICACIONES DEL SISTEMA DE BOMBEO ELECTRO SUMERGIBLE PROPIEDAD DE EP PETROECUADOR
VALORES PRESUPUESTO REFERENCIAL | INFORMACIÓN ECONÓMICA | INFORMACIÓN ECONÓMICA | |||||||
OFERENTE: | OFERENTE: | ||||||||
ITEM | DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANTIDAD | VALOR SIN IVA | TOTAL SIN IVA | VALOR SIN IVA | TOTAL SIN IVA | VALOR SIN IVA | TOTAL SIN IVA |
1 | INSPECCIÓN DE CABLE: MEDICIÓN, INSPECCION VISUAL, PRUEBAS ELÉCTRICAS INICIALES, BOBINAJE, DESTAPE Y CIRCULACION DE CAPILAR. | Ft | 5.798.872,80 | $ - | $ - | $ - | $ - | $ - | $ - |
2 | SERVICIO DE EMPALME DE CABLE DE POTENCIA - MATERIALES INCLUIDOS (Cualquier método Disponible) El empalme incluye el cable y capilar y todos los materiales | EA | 648,00 | $ - | $ - | $ - | $ - | $ - | $ - |
3 | PRUEBA DE ALTO VOLTAJE HIPOT, COSTO POR XXXXXXX | EA | 1.776,00 | $ - | $ - | $ - | $ - | $ - | $ - |
4 | SERVICIO DE REPARACIÓN DE ARMADURA - INCLUIDO MATERIALES (POR CADA FT DE ARMADURA) | FT | 3.624,00 | $ - | $ - | $ - | $ - | $ - | $ - |
5 | SERVICIO DE REEMPLAZO DE CINTAS EN LOS EXTREMOS DE LAS ARMADURAS REPARADAS CONSIDERADAS EN BUEN ESTADO - INCLUIDO MATERIALES | EA | 1.920,00 | $ - | $ - | $ - | $ - | $ - | $ - |
6 | PRUEBA HIDROSTÁTICA DE TUBO CAPILAR * TARIFA POR XXXXXXX/CABLE UN CAPILAR | EA | 1.608,00 | $ - | $ - | $ - | $ - | $ - | $ - |
7 | PRUEBA HIDROSTÁTICA DE TUBO CAPILAR * TARIFA POR XXXXXXX/CABLE DOS CAPILARES | EA | 600,00 | $ - | $ - | $ - | $ - | $ - | $ - |
8 | INSPECCIÓN DE TUBO CAPILAR, MEDICION, ENDEREZADA Y REBOBINAJE, DESTAPE Y CIRCULACION (TARIFA POR FT) | Ft | 2.277.938,88 | $ - | $ - | $ - | $ - | $ - | $ - |
9 | SERVICIO DE UNION DE TUBO CAPILAR (INCLUYE MATERIAL) *TARIFA POR EMPALME . | EA | 600,00 | $ - | $ - | $ - | $ - | $ - | $ - |
10 | REBOBINAJE DE CABLE NO OPERATIVO, INCLUYE MEDICIÓN. | Ft | 89.952,00 | $ - | $ - | $ - | $ - | $ - | $ - |
11 | REPARACIÓN DE CONDUCTOR, INCLUYE MATERIAL | EA | 24,00 | $ - | $ - | $ - | $ - | $ - | $ - |
12 | SERVICIO DE POSTURA XX XXXXXX/ARMADURA | FT | 100.000,00 | $ - | $ - | $ - | $ - | $ - | $ - |
13 | SERVICIO DE REMOCIÓN XX XXXXXX / ARMADURA | FT | 60.000,00 | $ - | $ - | $ - | $ - | $ - | $ - |
14 | SERVICIO DE COLOCACIÓN DE CAPILAR | FT | 50.000,00 | $ - | $ - | $ - | $ - | $ - | $ - |
SUBTOTAL SIN IVA | $ - | SUBTOTAL SIN IVA | $ - | SUBTOTAL SIN IVA | $ - | ||||
IVA 15% | $ - | IVA 15% | $ - | IVA 15% | $ - | ||||
TOTAL INCLUIDO IVA | $ - | TOTAL INCLUIDO IVA | $ - | TOTAL INCLUIDO IVA | $ - |
La Comisión de Evaluación presentará su informe de evaluación al Ordenador de Gasto, el cual considerará para su análisis el presupuesto referencial.
CONVALIDACIÓN DE ERRORES
La Comisión designada para la evaluación podrá otorgar al oferente el término de cinco (5) días para que subsane los errores aritméticos encontrados dentro de las ofertas económicas presentadas (Carpeta 2), siempre que éstos no modifiquen el monto total de la oferta presentada. Si vencido este término el oferente no efectuare tales subsanación o presentación se entenderá que no ha cumplido con esta convalidación y su oferta será rechazada.
La Comisión de Evaluación presentará a la Jefatura de Contratos la petición de convalidación de errores de las ofertas que corresponda, a fin de que se solicite a los oferentes su subsanación.
6. ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DE DESIERTO
Sobre la base de los informes técnico y económico, la Comisión de Evaluación recomendará motivadamente la adjudicación del Contrato o la Declaratoria de Desierto al Ordenador de Gasto, Jefe de Levantamiento Artificial.
En el caso de que uno de los miembros de la Comisión de Evaluación esté en desacuerdo con la recomendación de adjudicación, se dejará registrada su posición y el Ordenador de Gasto que corresponda será quien tome la decisión final.
El Ordenador de Gasto de acuerdo al acápite anterior podrá recomendar la declaratoria de desierto o la adjudicación del proceso de considerar que las ofertas presentadas son inconvenientes o favorables para los intereses de EP PETROECUADOR.
La notificación de la adjudicación al oferente seleccionado, así como la notificación a los oferentes no seleccionados serán preparados por el Jefe de Contratos y firmados por el Ordenador de Gasto.
La adjudicación para la prestación de los SERVICIOS DE INSPECCIÓN, MEDICIÓN, REPARACIÓN, PRUEBAS DE CABLE DE POTENCIA, CAPILAR, CAMBIO DE ARMADURA DEL CABLE DE POTENCIA E INCLUSIÓN DE CAPILAR EN EL CABLE PARA APLICACIONES DEL
SISTEMA DE BOMBEO ELECTRO SUMERGIBLE PROPIEDAD DE EP
PETROECUADOR, será mediante adjudicación TOTAL.
7. FORMALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS
Las estipulaciones de los contratos repetirán fielmente las estipulaciones del proyecto de contrato que se acompañe a la invitación y términos de referencia, debiendo el servidor de la Jefatura de Contratos responsable de la elaboración del contrato, incluir aquellas modificaciones o aclaraciones que se hubiesen realizado en la etapa de preguntas y aclaraciones del proyecto de contrato y anexos cuando corresponda; así como, si fuere de conveniencia de EP PETROECUADOR, incluir aclaraciones o modificaciones que mejoren el contenido del proyecto de contrato, previo a la firma.
El contrato deberá ser suscrito en un plazo no mayor de quince (15) días posteriores a la fecha de la notificación de la adjudicación, una vez que el oferente haya entregado las garantías requeridas, copias de los seguros establecidos en el proyecto de contrato, así como la documentación legal pertinente.
NOTA: PLAZO son todos los días, inclusive fines de semana y feriados.
Antes del vencimiento del plazo señalado anteriormente el oferente adjudicado podrá requerir mediante comunicación escrita y motivada dirigida al ordenador de gasto respectivo, un nuevo plazo, por una sola vez, que no podrá exceder xx xxxx (10) días adicionales, que será autorizado por el ordenador de gasto respectivo.
De no firmarse el contrato en los plazos y por causas atribuibles al adjudicatario se procederá a declararlo adjudicatario fallido conforme lo previsto en el número 4.14 de la “Normativa Aplicable a los Procedimientos para Contrataciones de Actividades de Exploración y Explotación de Recursos Hidrocarburíferos de PETROAMAZONAS EP”, eliminándolo por tres (3) años del Registro de Proveedores y Contratistas de EP PETROECUADOR; además EP PETROECUADOR comunicará de este particular al Servicio Nacional de Contratación Pública, SERCOP, a fin de que éste lo declare como Adjudicatario fallido. En este caso, EP PETROECUADOR por medio del Ordenador de Gasto, de creer conveniente, podrá analizar la siguiente oferta y proceder a adjudicar, siguiendo igual procedimiento, sin tomar en cuenta la oferta inicialmente adjudicada, siempre que la oferta convenga a los intereses de EP PETROECUADOR.
Si por motivos atribuibles a EP PETROECUADOR, no se suscribiere el contrato en los plazos señalados, el oferente tendrá la opción de solicitar
se deje sin efecto la adjudicación realizada a su favor, sin que esto implique ser declarado Adjudicatario Fallido. En este evento declarará desierto el proceso de contratación.
La ejecución de los trabajos contratados iniciará el día siguiente a la fecha de suscripción del contrato. Por ningún motivo se pagará una factura por la ejecución de los trabajos contratados o se entregará anticipos, sin que se encuentre suscrito el respectivo contrato.
8. RECLAMOS
En el evento de que los oferentes o adjudicatarios presenten reclamos por escrito relacionados al proceso precontractual, deberán presentarlo ante el ordenador de gasto que corresponda, en el término de cinco (5) días contados a partir de la notificación de adjudicación o declaratoria de desierto del procedimiento, el cual será atendido en el término de quince
(15) días contados a partir de la fecha de recepción del reclamo.
En ningún caso la reclamación suspenderá los efectos de los actos reclamados.
9. PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El plazo de prestación del servicio será de SETECIENTOS TREINTA (730) DÍAS, contados a partir de la fecha efectiva de haber sido definida en la Notificación de Adjudicación o, en su defecto, a partir de la fecha de suscripción del contrato, sin perjuicio del registro y archivo por parte de EP PETROECUADOR.
10. INHABILIDADES PARA CONTRATAR
No podrán celebrar contratos, ni emitir órdenes de servicios u órdenes de compra, ni mantener ningún tipo de relación contractual con EP PETROECUADOR, las personas naturales o jurídicas que se encuentren inmersas dentro de las siguientes inhabilidades:
a) Quienes se hallaren incursos en las incapacidades establecidas en el Código Civil, o en las inhabilidades generales establecidas dentro de la normativa aplicable al sector público;
b) El Presidente, el Vicepresidente de la República, los ministros y secretarios de Estado, los asambleístas, los presidentes o representantes legales de entidades y empresas del sector público, los prefectos y alcaldes, así como los cónyuges o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad de dichos dignatarios, funcionarios y servidores;
c) Los servidores y obreros que hubieren tenido directa o indirectamente vinculación, en cualquier etapa del procedimiento de contratación o tengan un grado de responsabilidad en el mismo o que por sus actividades o funciones se podría presumir que cuentan con información privilegiada;
d) Quienes consten suspendidos en el Registro Único de Proveedores a cargo del Servicio Nacional de Contratación Pública;
e) Los que, no habiendo estado inhabilitados en el procedimiento precontractual, al momento de celebrar el contrato, lo estuvieren;
f) Los deudores morosos del Estado o sus instituciones;
g) Los consejeros provinciales, concejales municipales y los vocales de las juntas parroquiales de su respectiva jurisdicción, excepto en caso de contrataciones con las comunidades o sus miembros que por importancia estratégica estén ubicadas dentro del área de influencia del proyecto y puedan satisfactoriamente brindar el tipo de servicio requerido;
h) Las personas naturales o jurídicas, incluidos sus representantes legales, que hubieren intervenido en la elaboración de los estudios de un proyecto, no podrán participar en la contratación de los bienes, obras o servicios requeridos para la ejecución del proyecto, excepto en el caso de los contratos de Ingeniería, Procura y Construcción “I.P.C.”;
i) Los miembros del Directorio, el Gerente General de EP PETROECUADOR, Gerentes de Área y demás ordenadores de gasto así como sus cónyuges o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad;
j) Los servidores y obreros de la Empresa Pública de Exploración y Explotación de Hidrocarburos EP PETROECUADOR, mientras se encuentren en relación de dependencia con la empresa;
k) Los servidores y obreros que hayan intervenido en la etapa precontractual o contractual y que con su acción u omisión pudieran resultar favorecidos, su cónyuge o sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, así como las personas jurídicas de derecho privado o sociedades de hecho en las que los indicados servidores, su cónyuge, sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad tengan
participación, aún en el caso de que los referidos servidores hubieren renunciado a sus funciones;
l) Quienes hubieren sido declarados por EP PETROECUADOR como adjudicatarios fallidos o contratistas incumplidos.
Si se comprobare la participación de un oferente que se encuentre inmerso en una de las citadas inhabilidades, su oferta será rechazada del respectivo proceso precontractual, sin que exista la posibilidad de reclamo alguno. Es responsabilidad del área usuaria la verificación respectiva a través de la Jefatura de Contratos.
Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de verificarse que un contratista se encuentre inmerso en alguna de las inhabilidades citadas en el presente número, EP PETROECUADOR podrá declarar la terminación unilateral y anticipada del instrumento contractual.
11. DISPOSICIONES GENERALES
La oferta será única y deberá ser presentada por el oferente, de acuerdo a lo establecido por EP PETROECUADOR, en las especificaciones técnicas de esta invitación.
Todos los demás términos y condiciones se establecen en el proyecto de contrato, en los formularios y en los anexos adjuntos, que forman parte de la presente invitación.
REAJUSTE DE PRECIOS
Los oferentes para la elaboración de su oferta económica, considerarán el hecho de que durante la vigencia del contrato no habrá ni se reconocerá reajuste de precios.
FORMULARIO Nro. 1A
CARTA DE PRESENTACIÓN, COMPROMISO Y PROPUESTA TÉCNICA
Quito, D.M., Señor
Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx
Jefe de Levantamiento Artificial EP PETROECUADOR
Presente.-
REF: CONCURSO DE OFERTAS CO-EPP-084-2024 PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE INSPECCIÓN, MEDICIÓN, REPARACIÓN, PRUEBAS DE CABLE DE POTENCIA, CAPILAR, CAMBIO DE ARMADURA DEL CABLE DE POTENCIA E INCLUSIÓN DE CAPILAR EN EL CABLE PARA APLICACIONES DEL SISTEMA DE BOMBEO ELECTRO SUMERGIBLE PROPIEDAD DE EP PETROECUADOR
En atención al Oficio Nro. de de
mediante el cual me invita a participar en el concurso de ofertas para la Prestación de los “Servicios de Inspección, Medición, Reparación, Pruebas de Cable de Potencia, Capilar, Cambio de Armadura del Cable de Potencia e Inclusión de Capilar en el Cable para Aplicaciones del Sistema de Bombeo Electro Sumergible propiedad de EP PETROECUADOR”, el suscrito:
..............................................................................................................................
(Nombres y apellidos)
en calidad de:
.............................................................................................................................
(Representante Legal o Apoderado de la Compañía)
.............................................................................................................................
(Nombre de la Persona Jurídica)
Presento esta oferta, sujeta en todo a los documentos de esta invitación y declaro:
Que he estudiado, conozco bien y acepto incondicionalmente el contenido de todos los documentos de la Invitación.
Que todos los documentos presentados como requerimiento de esta Invitación son legítimos, legales y actualizados, que en caso de que su contenido no corresponda a la verdad, asumo la responsabilidad de la descalificación y otras responsabilidades a que hubiere lugar.
Que la oferta que presento es de buena fe, sin intento de colusión y me comprometo a no utilizar procedimientos vedados de presión o de cualquier índole para obtener la adjudicación del contrato.
Que acepto las resoluciones que en cualquier sentido adopte EP PETROECUADOR, y que renuncio a reclamaciones de cualquier índole, relacionadas con esta contratación.
Bajo juramento manifiesto que no me encuentro inmerso en las inhabilidades establecidas para el presente proceso.
Que conozco todas las condiciones favorables y desfavorables que puedan influir en la prestación del servicio y renuncio a cualquier reclamo posterior por este concepto.
Que en caso de resultar favorecido en la selección, me comprometo a suscribir el contrato en un plazo de quince (15) días, contados a partir de la fecha de la notificación con la adjudicación; así como a presentar los documentos habilitantes; incluidas las garantías pertinentes, a la orden de EP PETROECUADOR y antes de la suscripción del mismo.
Que la dirección a la que se enviará cualquier comunicación a la que haya lugar es:
..............................................................................................................................
(Ciudad, calle, número, teléfono)
El Oferente
..............................................................................................................................
(Nombre de la compañía o persona natural)
Nombre y función del representante legal
...............................................................................................................................
(Firma del Oferente)
NOTA: Todos los documentos de la oferta deben ser suscritos por el Representante Legal del Oferente o su delegado debidamente acreditado para el efecto.
FORMULARIO Nro. 1B
CARTA DE PRESENTACIÓN, COMPROMISO Y PROPUESTA ECONÓMICA
Quito, D.M., Señor
Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx
Jefe de Levantamiento Artificial EP PETROECUADOR
Presente.-
REF: CONCURSO DE OFERTAS CO-EPP-084-2024 PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE INSPECCIÓN, MEDICIÓN, REPARACIÓN, PRUEBAS DE CABLE DE POTENCIA, CAPILAR, CAMBIO DE ARMADURA DEL CABLE DE POTENCIA E INCLUSIÓN DE CAPILAR EN EL CABLE PARA APLICACIONES DEL SISTEMA DE BOMBEO ELECTRO SUMERGIBLE PROPIEDAD DE EP PETROECUADOR
de
En atención al Oficio Nro. de
mediante el cual me invita a participar en el concurso de ofertas para la Prestación de los Servicios de Inspección, Medición, Reparación, Pruebas de Cable de Potencia, Capilar, Cambio de Armadura del Cable de Potencia e Inclusión de Capilar en el Cable para Aplicaciones del Sistema de Bombeo Electro Sumergible propiedad de EP PETROECUADOR, el suscrito:
..............................................................................................................................
(Nombres y apellidos)
en calidad de:
.............................................................................................................................
(Representante Legal o Apoderado de la Compañía)
.............................................................................................................................
(Nombre de la Persona Jurídica)
Presento esta oferta, sujeta en todo a los documentos de esta invitación y declaro:
Que el valor total de esta oferta para cumplir con los requerimientos de EP PETROECUADOR indicados en los documentos de la Invitación y de conformidad con el detalle constante en los formularios, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado – IVA, es de:
US$ …………………………………dólares de Estados Unidos de América, (en letras); y; US$,… (en números).
Que he verificado cuidadosamente todas las cifras e información entregadas con esta oferta y declaro que EP PETROECUADOR no asumirá ninguna responsabilidad por los compromisos que el suscrito pueda haber adquirido para la presentación de la
misma.
Que la oferta que presento es de buena fe, sin intento de colusión y me comprometo a no utilizar procedimientos vedados de presión o de cualquier índole para obtener la adjudicación del contrato.
Que acepto las resoluciones que en cualquier sentido adopte EP PETROECUADOR, y que renuncio a reclamaciones de cualquier índole, relacionadas con esta contratación.
Bajo juramento manifiesto que no me encuentro inmerso en las inhabilidades establecidas para el presente proceso.
Que conozco todas las condiciones favorables y desfavorables que puedan influir en la prestación del servicio y renuncio a cualquier reclamo posterior por este concepto.
Que en caso de resultar favorecido en la selección, me comprometo a suscribir el Contrato en un plazo de quince (15) días, contados a partir de la fecha de la notificación de la adjudicación; a presentar los documentos habilitantes; así como, las garantías pertinentes, a la orden de EP PETROECUADOR y antes de la suscripción del mismo.
Que la dirección a la que se enviará cualquier comunicación a la que haya lugar es:
..............................................................................................................................
(Ciudad, calle, número, teléfono)
El Oferente
..............................................................................................................................
(Nombre de la compañía o persona natural)
Nombre y función del representante legal
...............................................................................................................................
(Firma del Oferente)
NOTA: Todos los documentos de la oferta deben ser suscritos por el Representante Legal del Oferente o su delegado debidamente acreditado para el efecto.
FORMULARIO Nro. 2A DECLARACIÓN ANTICORRUPCIÓN
Yo, …….……………………….(nombre del oferente/representante legal si fuera el caso), portador de la Cédula de Ciudadanía Nro. …………………, de nacionalidad ecuatoriana, oferente del proceso signado con número CO-EPP- 084-2024, para la prestación de los SERVICIOS DE INSPECCIÓN, MEDICIÓN, REPARACIÓN, PRUEBAS DE CABLE DE POTENCIA, CAPILAR, CAMBIO DE ARMADURA DEL CABLE DE POTENCIA E INCLUSIÓN DE CAPILAR EN EL CABLE PARA APLICACIONES DEL SISTEMA DE BOMBEO ELECTRO SUMERGIBLE PROPIEDAD DE EP PETROECUADOR, convocado por la EP
PETROECUADOR, declaro bajo el rigor del juramento que:
No he ofrecido o prometido, ningún pago, préstamo o servicio ilegítimo o prohibido por la ley, entretenimiento, viajes u obsequios, dádiva monetaria indebida o cualquier otro beneficio o ventaja económica o de otro tipo, a ningún servidor público, trabajador o autoridad de la EP PETROECUADOR que hubiera tenido o tenga que ver con el presente procedimiento de contratación en sus etapas de planificación, programación, selección y contratación, con la intención de obtener o retener cualquier negocio o ventaja indebida, ilegal o no ética.
No he ofrecido, prometido o entregado en forma directa o indirecta, ningún soborno a ninguna persona, para conseguir, garantizar o recompensar un comportamiento, acción o actividad indebida, ilegal o no ética de una persona o una ventaja indebida.
No he ofrecido pagar ningún gasto de entretenimiento o viaje a ningún servidor público, trabajador o autoridad de la EP PETROECUADOR, o he realizado ni realizaré, obsequios a otros funcionarios del gobierno ecuatoriano.
No he contratado ni contrataré a un consultor, agente o intermediario que tenga contacto, relaciones o negocios con un funcionario gubernamental o de EP PETROECUADOR, con la intención de obtener o retener cualquier negocio o ventaja indebida, ilegal o no ética.
No he ofrecido ni he efectuado ningún pago a servidores públicos, trabajadores o autoridades de la EP PETROECUADOR, para acelerar, agilizar, agradecer o recompensar el desempeño de una acción gubernamental de rutina.
Adoptaré medidas para asegurar que mi personal, subcontratistas, agentes u otros terceros sujetos a mi control e influencia determinante, no comentan actos ilegales de corrupción; en caso de llegar a conocer que alguno de ellos, ha infringido esto, me comprometo a denunciar y combatir los actos de
corrupción.
Conozco y acepto que las prácticas ilegales de soborno, extorsión, fraude, colusión y otros, no son admisibles en la EP PETROECUADOR, por lo que acepto que en el caso que se comprobare una violación a lo manifestado, se me descalifique del proceso de contratación y se dé por terminado en forma inmediata el contrato, si fuera el caso.
Conozco y acepto las acciones y penas que establece la Ley por el cometimiento de actos ilegales de corrupción, por lo que en caso de comprobarse violación, responderé ante la ley por las faltas cometidas.
Autorizo a la EP PETROECUADOR a comprobar por todos los medios legales la veracidad de las declaraciones que constan en el presente instrumento.
Es todo cuanto puedo declarar bajo el rigor del JURAMENTO y en honor a la verdad.
Firma del oferente/representante legal Lugar y fecha
Notas:
- Este documento debe ser presentado en documento simple junto a la oferta, con firma de responsabilidad.
- Si el oferente llegase a ser el adjudicado, deberá presentar esta declaración elevada a instrumento público (notariada), junto a los demás documentos solicitados previa la suscripción del contrato.
FORMULARIO Nro. 2B
COMUNICACIÓN DE CONFLICTOS DE INTERESES PROVEEDORES
FORMULARIO Nro. 2C
CARTA COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE LAS POLÍTICAS DE RESPONSABILIDAD SOCIAL Y DE RELACIONES COMUNITARIAS, PLANES, GUÍAS Y PROCEDIMIENTOS DE EP PETROECUADOR
de de 202_
Quito,
Yo, , en mi calidad de Representante Legal de la
empresa , asumo el compromiso
de cumplir la legislación ecuatoriana vigente, en lo referente a: Derechos Humanos, Erradicación de Trabajo Infantil, y todos los requerimientos derivados de las Políticas de Responsabilidad Social y de Relaciones Comunitarias, Planes, Guías y Procedimientos de EP PETROECUADOR, en cualquier actividad y/o servicio que la empresa a la que represento realice como CONTRATISTA de EP PETROECUADOR.
Atentamente,
NOMBRE:
FIRMA:
EMPRESA:
FECHA:
NOTA: El oferente adjudicado deberá presentar este Formulario notarizado.
FORMULARIO Nro. 2D
CARTA DE UBICACIÓN Y DISPONIBILIDAD DE UNIDADES DE SPOOLER, Y TALLER
Quito, D.M., Señor
Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx
Jefe de Levantamiento Artificial EP PETROECUADOR
Presente.-
REF: CONCURSO DE OFERTAS CO-EPP-084-2024 PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE INSPECCIÓN, MEDICIÓN, REPARACIÓN, PRUEBAS DE CABLE DE POTENCIA, CAPILAR, CAMBIO DE ARMADURA DEL CABLE DE POTENCIA E INCLUSIÓN DE CAPILAR EN EL CABLE PARA APLICACIONES DEL SISTEMA DE BOMBEO ELECTRO SUMERGIBLE PROPIEDAD DE EP PETROECUADOR
En atención a la invitación de (FECHA), mediante el cual me invita a participar en el Concurso de Ofertas, el suscrito:
………………………………………………………………… (Nombres y apellidos) En calidad de: ………………………………………………………………………….
(Representante Legal o Apoderado de la Compañía)
……………………………………………………………………….. (Nombre de la Persona Jurídica)
Presento esta oferta, sujeta en todo a los documentos de esta invitación y declaro:
Que el Taller, equipos y herramientas con los que mi represada participa en este proceso de Concurso de Ofertas son de mi representada y se encuentran ubicados en la(as) locación(es) de acuerdo al cuadro adjunto, los mismos que pueden ser inspeccionados en la fecha en la que el funcionario de EP PETROECUADOR designado para la inspección de los equipos lo comunique a través del envío del cronograma de inspecciones.
ITEM | CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS | UBICACIÓN |
1 | ||
2 | ||
3 | ||
4 | ||
5 | ||
6 |
El Oferente
…………………………………………………………………………………………. (Nombre de la compañía o persona natural)
Nombre y función del representante legal
…………………………………………………………………………….. (Firma del Oferente)
Nombre y teléfono del contacto con el cual estará a cargo la inspección de Equipos
…………………………………………………………………………………………..
FORMULARIO Nro. 2E
DATOS GENERALES DEL OFERENTE
REF: CONCURSO DE OFERTAS CO-EPP-084-2024 PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE INSPECCIÓN, MEDICIÓN, REPARACIÓN, PRUEBAS DE CABLE DE POTENCIA, CAPILAR, CAMBIO DE ARMADURA DEL CABLE DE POTENCIA E INCLUSIÓN DE CAPILAR EN EL CABLE PARA APLICACIONES DEL SISTEMA DE BOMBEO ELECTRO SUMERGIBLE PROPIEDAD DE EP PETROECUADOR
• NOMBRE DEL OFERENTE:
• NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL:
• DIRECCIÓN DEL OFERENTE:
• CIUDAD:
• CALLE:
• TELÉFONO:
• FAX:
• CASILLA POSTAL:
• CORREO ELECTRÓNICO:
• DIRECCIÓN EN QUITO PARA ENVÍO DE CORRESPONDENCIA:
• DIRECTIVOS:
FORMULARIO Nro. 3 PRECIO DEL SERVICIO
SERVICIOS DE INSPECCIÓN, MEDICIÓN, REPARACIÓN, PRUEBAS DE CABLE DE POTENCIA, CAPILAR, CAMBIO DE ARMADURA DEL CABLE DE POTENCIA E INCLUSIÓN DE CAPILAR EN EL CABLE PARA APLICACIONES DEL SISTEMA DE BOMBEO ELECTRO SUMERGIBLE PROPIEDAD DE EP PETROECUADOR | |||||
ITEM | DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANTIDAD | VALOR SIN IVA | TOTAL SIN IVA |
1 | INSPECCIÓN DE CABLE: MEDICIÓN, INSPECCIÓN VISUAL, PRUEBAS ELÉCTRICAS INICIALES, BOBINAJE, DESTAPE Y CIRCULACIÓN DE CAPILAR. | Ft | 5,798,872.80 | $ - | $ - |
2 | SERVICIO DE EMPALME DE CABLE DE POTENCIA - MATERIALES INCLUIDOS (Cualquier método Disponible) El empalme incluye el cable y capilar y todos los materiales | EA | 648.00 | $ - | $ - |
3 | PRUEBA DE ALTO VOLTAJE HIPOT, COSTO POR XXXXXXX | EA | 1,776.00 | $ - | $ - |
4 | SERVICIO DE REPARACIÓN DE ARMADURA - INCLUIDO MATERIALES (POR CADA FT DE ARMADURA) | FT | 3,624.00 | $ - | $ - |
5 | SERVICIO DE REEMPLAZO DE CINTAS EN LOS EXTREMOS DE LAS ARMADURAS REPARADAS CONSIDERADAS EN BUEN ESTADO - INCLUIDO MATERIALES | EA | 1,920.00 | $ - | $ - |
6 | PRUEBA HIDROSTÁTICA DE TUBO CAPILAR * TARIFA POR XXXXXXX/CABLE UN CAPILAR | EA | 1,608.00 | $ - | $ - |
7 | PRUEBA HIDROSTÁTICA DE TUBO CAPILAR * TARIFA POR XXXXXXX/CABLE DOS CAPILARES | EA | 600.00 | $ - | $ - |
8 | INSPECCIÓN DE TUBO CAPILAR, MEDICIÓN, ENDEREZADA Y REBOBINAJE, DESTAPE Y CIRCULACIÓN (TARIFA POR FT) | Ft | 2,277,938.88 | $ - | $ - |
9 | SERVICIO DE UNIÓN DE TUBO CAPILAR (INCLUYE MATERIAL) *TARIFA POR EMPALME . | EA | 600.00 | $ - | $ - |
10 | REBOBINAJE DE CABLE NO OPERATIVO, INCLUYE MEDICIÓN. | Ft | 89,952.00 | $ - | $ - |
11 | REPARACIÓN DE CONDUCTOR, INCLUYE MATERIAL | EA | 24.00 | $ - | $ - |
12 | SERVICIO DE POSTURA XX XXXXXX/ARMADURA | FT | 100,000.00 | $ - | $ - |
13 | SERVICIO DE REMOCIÓN XX XXXXXX / ARMADURA | FT | 60,000.00 | $ - | $ - |
14 | SERVICIO DE COLOCACIÓN DE CAPILAR | FT | 50,000.00 | $ - | $ - |
SUBTOTAL SIN IVA | $ - | ||||
IVA 15% | $ - | ||||
TOTAL INCLUIDO IVA | $ - |
PLAZO DE VALIDEZ DE LA OFERTA:
Plazo de validez de la oferta al menos noventa (90) días contados desde la fecha de entrega de la oferta económica.
ACLARACIONES PARA EL CÁLCULO DE LA OFERTA:
a) Todos los precios que constan en el Formulario Nro. 3 serán totales y se entenderá que incluyen cualquier contribución, gravamen o impuesto de la naturaleza que fuere.
b) Los pagos se efectuarán por la cantidad de servicios realmente ejecutados y a base de los precios unitarios.
c) El presente contrato es de precios unitarios fijos y cantidades variables.
REAJUSTE DE PRECIOS
Conozco y acepto que durante la vigencia del contrato no habrá ni se reconocerá reajuste de precios, toda vez que para la elaboración de esta oferta económica se consideró el hecho de que no existe reajuste de precios.
IDENTIFICACIÓN Y FIRMA DE RESPONSABILIDAD DEL OFERENTE:
Nombre Completo: Cargo:
Firma:
Fecha:
(HASTA AQUÍ EL FORMULARIO Nro. 3)
Página 52
FORMULARIO Nro. 4
MATRIZ DE EVALUACIÓN FINANCIERA
CONTRATO Nro.
PROYECTO DE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE INSPECCIÓN, MEDICIÓN, REPARACIÓN, PRUEBAS DE CABLE DE POTENCIA, CAPILAR, CAMBIO DE ARMADURA DEL CABLE DE POTENCIA E INCLUSIÓN DE CAPILAR EN EL CABLE PARA APLICACIONES DEL SISTEMA DE BOMBEO ELECTRO SUMERGIBLE PROPIEDAD DE EP PETROECUADOR
COMPARECIENTES:
Por una parte: la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador EP PETROECUADOR, la misma que en adelante se denominará simplemente “EP PETROECUADOR”, por intermedio del Ing. Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx ORDENADOR DE GASTO, conforme Resoluciones XXXXX-PGG-2021-0040- RSL de 24 de febrero de 2021; XXXXX-PGG-2021-0065-RSL de 29 xx xxxxx de 2021; XXXXX-PGG-2021-0114-RSL de 09 xx xxxx de 2021; y, XXXXX- PGG-2021-0181-RSL de 25 xx xxxxx de 2021; y, XXXXX-PGG-2023-0037-RSL
de 23 xx xxxx de 2023, en su calidad de Jefe de Levantamiento Artificial; y por
otra parte en adelante referida como la
“CONTRATISTA”, representada legalmente por el señor(a) de conformidad con la copia certificada del documento que se adjunta (nombramiento, poder especial o poder general según el caso); quienes en forma libre y voluntaria, convienen en celebrar el presente Contrato contenido en las siguientes cláusulas y Anexos:
En lo posterior, los comparecientes se denominarán individualmente como Parte: “EP PETROECUADOR” y “CONTRATISTA” o conjuntamente “las PARTES”.
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
1.1 Mediante Decreto Ejecutivo Nro. 314 de 06 xx xxxxx de 2010, publicado en el Registro Oficial Suplemento Nro. 171 de 14 xx xxxxx de 2010, y al amparo de la Ley Orgánica de Empresas Públicas, se creó la Empresa Pública de Exploración y Explotación de Hidrocarburos PETROAMAZONAS EP, como persona jurídica de derecho público, cuyo objeto es la gestión de las actividades asumidas por el Estado en el sector estratégico de los hidrocarburos y sustancias que los acompañan, en las fases de exploración y explotación; con patrimonio propio, autonomía presupuestaria, financiera, económica, administrativa y de gestión (actualmente derogada).
1.2 PETROAMAZONAS EP asume la gestión de exploración y explotación de las áreas y campos así de los Bloques: 7, 12, 15, 18, 21, 31, 55, 1, 5, 6, 11, 20, 43, 44, 48, 49, 56, 57, 58, 59, 60 y 61, así como los bloques,
áreas y/x xxxxxx que le sean asignados por la Secretaría de Hidrocarburos (SH).
1.3 El Directorio de PETROAMAZONAS EP, en sesión de 06 xx xxxxx de 2016, resolvió aprobar y expedir la “NORMATIVA APLICABLE A LOS PROCEDIMIENTOS PARA CONTRATACIONES DE ACTIVIDADES DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS DE PETROAMAZONAS EP”, (en adelante “La Normativa”), y su última reforma expedida mediante Resolución Nro. DIR- PAM-EP-006-2019-02-13, de 13 de febrero de 2019. La disposición final primera de La Normativa, dispone que: “El Gerente General expedirá los procedimientos necesarios para la aplicación de la referida normativa”.
1.4 En consecuencia, al amparo de lo previsto en la referida disposición final, mediante Resolución Nro. Otros-PAM-EP-LGL-2016-00119, de 13 xx xxxxx de 2016, el Gerente General Encargado, expidió el “REGLAMENTO A LA NORMATIVA APLICABLE A LOS PROCEDIMIENTOS PARA CONTRATACIONES DE ACTIVIDADES DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS DE PETROAMAZONAS EP” (en adelante “El Reglamento”); con sus respectivos Anexos Nro. 1 y 2; y, su última reforma expedida mediante Resolución Nro. PAM-PAM-2019-0004-RSL, de 29 de enero de 2019.
1.5 El Reglamento a la Normativa Aplicable a los Procedimientos para Contrataciones de Actividades de Exploración y Explotación de Recursos Hidrocarburíferos de PETROAMAZONAS EP, en el subnúmero 3.1.2.2. del número 3.1.2. prevé el procedimiento de Contratación mediante Concurso de Ofertas.
1.6 Mediante Decreto Ejecutivo Nro. 1221 de 07 de enero de 2021, el Presidente Constitucional de la República dispuso:
“Artículo 1.- Fusiónese por absorción la Empresa Pública de Exploración y Explotación de Hidrocarburos Petroamazonas EP, a la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador, EP PETROECUADOR.”
“Artículo 2.- La Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador, EP PETROECUADOR, es una persona de derecho público con personalidad jurídica, patrimonio propio, dotado de autonomía presupuestaria, financiera, económica, administrativa y de gestión, con domicilio principal en el cantón Quito, provincia de Pichincha.”
(…) Artículo 7.- Los sistemas de contratación de la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador, EP PETROECUADOR, se someterán a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, con excepción de las diversas fases de la actividad hidrocarburífera que se
regirán por la normativa prevista en la Ley de Hidrocarburos, su reglamentación y demás disposiciones aplicables en esta materia se declaran vigentes y de plena eficacia. Tales sistemas de contratación también se podrán regir por la normativa que expida en lo futuro la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador, EP PETROECUADOR, facultándose a su directorio a realizar las reformas que considere pertinentes a los reglamentos vigentes.
(...) DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera. - Para garantizar la continuidad de las operaciones y la apropiada ejecución de los procesos técnicos, operativos y administrativos vinculados a las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos, los procesos administrativos y operativos se regularán bajo la normativa interna de la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador, EP PETROAMAZONAS. En el caso de que se identifiquen procesos que no estén regulados bajo dicha normativa interna, la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador, EP PETROECUADOR, de ser pertinente, observará y aplicará la normativa interna emitida por la Empresa Pública de Exploración”.
1.7 Mediante Resolución Nro. XXXXX-PGG-2021-0040-RSL, de 24 de febrero de 2021, el Gerente General (S) de EP PETROECUADOR resolvió:
“Art. 2 Delegar todas las facultades establecidas en la Normativa Aplicable a los Procedimientos para Contrataciones de Actividades de Exploración y Explotación de Recursos Hidrocarburíferos de acuerdo al documento referencial “ABS.05.DR.01 (V18) que contiene el Anexo Nro. 2 “DELEGACIÓN DE ORDENADORES DE GASTO PARA NORMATIVA
DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN” el cual forma parte del Reglamento a la Normativa Aplicable a los Procedimientos para Contrataciones de Actividades de Exploración y Explotación de Recursos Hidrocarburíferos”.
(…) Art. 5.- Disponer que los procedimientos precontractuales y contractuales amparados en la Normativa Aplicable a los Procedimientos para Contrataciones de Actividades de Exploración y Explotación de Recursos Hidrocarburíferos y su Reglamento, iniciados por PETROAMAZONAS EP previo la emisión del Decreto Ejecutivo No. 1221 de 07 de enero del 2021, continúen ejecutándose de conformidad a las fases o etapas que correspondan, bajo la responsabilidad del Ordenador de Gasto que consta en la estructura actual, considerando los montos de contratación que constan en el Anexo No. 2 que contiene la ‘DELEGACIÓN DE ORDENADORES DE GASTO PARA NORMATIVA
DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN”,(V18) el cual forma parte del
Reglamento a la Normativa Aplicable a los Procedimientos para Contrataciones de Actividades de Exploración y Explotación de Recursos Hidrocarburíferos”;
1.8 Mediante Resolución Nro. XXXXX-PGG-2021-0065-RSL de 29 xx xxxxx de 2021, el Gerente General (S) de EP PETROECUADOR resolvió:
“Art. 1.- Modificar y en consecuencia reemplazar el Anexo No. 2 de la Resolución No. XXXXX-PGG-2021-0040-RSL de 24 de febrero de 2021, de conformidad al documento referencial adjunto ABS.05.DR.02 (V3) denominado “ANEXO 2 DELEGACIÓN DE ORDENADORES DE GASTO PARA LA NORMATIVA DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN
DE HIDROCARBUROS” con la finalidad de eliminar la columna que contiene la denominación AFP (AUTORIZACIÓN DE FONDOS PARA PROYECTOS).
(…) Art. 3.- Ratificar el contenido integral de la Resolución No. XXXXX- PGG-2021-0040-RSL de 24 de febrero de 2021, excepto todo aquello expresamente modificado en la presente Resolución”.
1.9 Mediante Resolución Nro. XXXXX-PGG-2021-0114-RSL de 09 xx xxxx de 2021, el Gerente General (S) de EP PETROECUADOR resolvió:
“(…) Art. 3.- Sustituir en el Anexo No. 2 “DELEGACIÓN DE ORDENADORES DE GASTO PARA LA NORMATIVA DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE HIDROCARBUROS” que consta
en la Resolución XXXXX-PGG-2021-0065-RSL de 29 xx xxxxx de 2021, únicamente el monto asignado al Gerente de Exploración y Producción, para que se constituya en Ordenador de Gasto conforme los siguientes montos:
(...) Art. 4.- Ratificar el contenido integral de la Resolución No. XXXXX- PGG-2021-0065-RSL de 29 xx xxxxx de 2021, excepto todo aquello expresamente modificado en la presente Resolución. (…)”;
1.10 Mediante Resolución Nro. XXXXX-PGG-2021-0181-RSL de 25 xx xxxxx de 2021, el Gerente General Subrogante de EP PETROECUADOR resolvió ratificar el contenido de las Resoluciones Nos. XXXXX-PGG- 2021-0040-RSL de 24 de febrero de 2021, XXXXX-PGG-2021-0065-RSL de 29 xx xxxxx de 2021; y, XXXXX-PGG-2021-0114-RSL de 9 xx xxxx de 2021.
1.11 El área usuaria del servicio, Coordinación de Levantamiento Artificial, mediante Memorando Nro. XXXXX-XXX-LAR-2024-0487-M del 08 xx xxxx de 2024, solicitó al Ordenador de Gasto, Jefe de Levantamiento Artificial, autorización para el inicio del proceso de contratación de los
“SERVICIOS DE INSPECCIÓN, MEDICIÓN, REPARACIÓN, PRUEBAS DE CABLE DE POTENCIA, CAPILAR, CAMBIO DE ARMADURA DEL CABLE DE POTENCIA E INCLUSIÓN DE CAPILAR EN EL CABLE PARA APLICACIONES DEL SISTEMA DE BOMBEO ELECTRO SUMERGIBLE PROPIEDAD DE EP PETROECUADOR”.
1.12 El Ordenador de Gasto, Jefe de Levantamiento Artificial, mediante Resolución Nro. XXXXX-DYP-LAR-2024-0039-RSL de 08 xx xxxx de 2024 autorizó el inicio del presente proceso de contratación y designó la Comisión de Evaluación.
1.13 Mediante Oficio Nro. de de de 202_, EP PETROECUADOR invitó a participar en el Concurso de Ofertas Nro. CO-EPP-084-2024 para la Prestación de los “SERVICIOS DE INSPECCIÓN, MEDICIÓN,
REPARACIÓN, PRUEBAS DE CABLE DE POTENCIA, CAPILAR, CAMBIO DE ARMADURA DEL CABLE DE POTENCIA E INCLUSIÓN DE CAPILAR EN EL CABLE PARA APLICACIONES DEL SISTEMA DE BOMBEO ELECTRO SUMERGIBLE PROPIEDAD DE EP PETROECUADOR”.
Nro. de de
1.14 La Comisión de Evaluación mediante memorando
de 202_ emitió el Informe Técnico – Carpeta 1 del Concurso de Ofertas Nro. CO-EPP-084-2024.
1.15 La Comisión de Evaluación mediante memorando Nro. de de
de 202_ emitió el Informe Económico y Final – Carpeta 2 del Concurso de Ofertas Nro. CO-EPP-084-2024.
1.16 El Ordenador de Gasto, Jefe de Levantamiento Artificial, mediante Resolución de Adjudicación Nro. de de de 202_ sobre la base del Informe Final de Evaluación de las ofertas correspondiente y recomendación de la Comisión de Evaluación, adjudicó la contratación con para la prestación de los “SERVICIOS DE INSPECCIÓN, MEDICIÓN, REPARACIÓN, PRUEBAS DE CABLE DE POTENCIA, CAPILAR, CAMBIO DE ARMADURA DEL CABLE DE POTENCIA E INCLUSIÓN DE CAPILAR EN EL CABLE PARA APLICACIONES DEL SISTEMA DE BOMBEO ELECTRO SUMERGIBLE PROPIEDAD DE EP PETROECUADOR”, por el monto de
/100 dólares de los Estados Unidos de América (US$ ) por un plazo de SETECIENTOS TREINTA (730) días.
1.17 Mediante Oficio de notificación Nro. -202_- de de de 202_
EP PETROECUADOR notificó a la Compañía la
adjudicación del Contrato para la prestación de los “SERVICIOS DE INSPECCIÓN, MEDICIÓN, REPARACIÓN, PRUEBAS DE CABLE DE POTENCIA, CAPILAR, CAMBIO DE ARMADURA DEL CABLE DE
POTENCIA E INCLUSIÓN DE CAPILAR EN EL CABLE PARA APLICACIONES DEL SISTEMA DE BOMBEO ELECTRO SUMERGIBLE
PROPIEDAD DE EP PETROECUADOR”, por el monto de
/100 dólares de los Estados Unidos de América (US$ ) por un plazo de SETECIENTOS TREINTA (730) días.
1.18 Para este Contrato se contó oportunamente con la certificación presupuestaria con la cual se verifica la existencia de los recursos necesarios para su ejecución, conforme consta en el Documento Nro. 1377-CERT-PRES-EXP-2024 de 10 xx xxxxx de 2024_ y su actualización constante en el Documento Nro. CERT-PRES-EXP-2024 de de
de 2024.
1.19 El Gerente General de EP PETROECUADOR, en cumplimiento de sus atribuciones y facultades, designa al Ing. , en calidad de Jefe de Levantamiento Artificial, conforme consta del Documento de
Administración xx Xxxxxxx Humano Nro. de 2024.
CLÁUSULA SEGUNDA: DEFINICIONES
de
Año Fiscal: Es el período comprendido desde el primero (1) de enero hasta el treinta y uno (31) de diciembre de cada año, ambos inclusive.
ARCERNNR: Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables.
Áreas de Actividad / Área de Operación: Son las áreas y campos de operación de EP PETROECUADOR: los Bloques: 7, 12, 15, 18, 21, 31, 55, 1,
5, 6, 11, 20, 43, 44, 48, 49, 56, 57, 58, 59, 60 y 61, así, así como los demás bloques, áreas y/x xxxxxx que le sean asignados por el Ministerio de Energía y Recursos Naturales no Renovables (antes Secretaría de Hidrocarburos); y en las cuales la CONTRATISTA está autorizada en virtud de este Contrato, para ejecutar sus actividades y prestar sus servicios.
Compañías relacionadas: Significa una persona o entidad que controla, es controlada por, o se encuentra bajo el control común de una parte, para cuyo propósito "control" significa el poder de dirigir directa o indirectamente la administración y políticas de dicha persona mediante la titularidad de acciones con derecho a voto o mediante el derecho a elegir la mayoría de los directores o representantes similares de dicha entidad; y los términos “controla” y “controlada” tienen significados correlativos con los anteriores.
Comunidad: Se entiende como “Comunidad” al conglomerado social indígena, población nativa, ciudadanos, organización reconocida jurídicamente y/o Institución presente en la geografía administrativa-política de los Bloques: 7,
12, 15, 18, 21, 31, 55, 1, 5, 6, 11, 20, 43, 44, 48, 49, 56, 57, 58, 59, 60 y 61, y, y
aquellos otros bloques, áreas y/x xxxxxx que le sean asignados a EP PETROECUADOR por el Ministerio de Energía y Recursos Naturales no Renovables (antes Secretaría de Hidrocarburos).
Día 1: Se refiere al día uno (1) del Contrato, que es la Fecha Efectiva.
Dólares: La unidad monetaria de los Estados Unidos de América.
Documentos Precontractuales: Documentos correspondientes a la Invitación, términos de referencia, preguntas, aclaraciones, así como los informes, presupuestos, estudios, recomendaciones, y demás documentos previos a la suscripción del contrato, donde se determinan las condiciones requeridas por EP PETROECUADOR para la contratación respectiva.
Equipo: Conjunto de equipos, herramientas, materiales, maquinaria miscelánea, instrumentos, suministros, etc. y todos aquellos relacionados con la ejecución del Contrato.
Estudios Ambientales: Consisten en una estimación predictiva o una identificación presente de los daños o alteraciones ambientales, con el fin de establecer las medidas preventivas, las actividades de mitigación y las medidas de rehabilitación de impactos ambientales producidos por una probable o efectiva ejecución del proyecto objeto de este Contrato, y en los que se incluyen Estudios de Impacto Ambiental, Diagnósticos Ambientales, Planes de Manejo Ambiental y Auditorías Ambientales, mismos que deberán contar con la aprobación de la autoridad ambiental correspondiente.
Fecha Efectiva: Es el día siguiente a la fecha de suscripción del presente instrumento, la que servirá de inicio de las obras o servicios por parte de la CONTRATISTA, por lo tanto fecha desde la cual rigen las obligaciones de las PARTES la que será el ; salvo que en la Resolución de Adjudicación conste otra fecha. (EN LA RESOLUCIÓN SE DEBERÁ HACER CONSTAR SI EXISTE ACTA DE INICIO DEL SERVICIO U OTROS)
Fuerza Mayor o Caso Fortuito: Se entenderá por fuerza mayor o caso fortuito, la definición del artículo 30 de la Codificación del Código Civil. Este concepto comprende, pero no se limita a: terremotos, maremotos, epidemias o pandemias, inundaciones, deslaves, huelgas, tormentas, incendios, explosiones, paros, huelgas, disturbios sociales, actos xx xxxxxx (declarada o no), actos de sabotaje, actos de terrorismo, acciones u omisiones por parte de cualquier autoridad, dependencia o entidad estatal; cualquier otra circunstancia no mencionada en esta Cláusula que igualmente fuere imposible de resistir y que esté fuera del control razonable de la parte que invoque la ocurrencia del
hecho que ocasione la obstrucción o demora, total o parcial, del cumplimiento de las obligaciones de tal parte. No obstante, la Fuerza Mayor no incluirá hechos operacionales ni administrativos imputables a la CONTRATISTA y sus subcontratistas. Queda entendido y convenido que EP PETROECUADOR podrá invocar como actos constitutivos de Caso Fortuito, cualquier acto u omisión de cualquier otro organismo o autoridad estatal ecuatoriano, solamente cuando dichos actos u omisiones sean causados por otros hechos o circunstancias que a su vez constituyan Fuerza Mayor o Caso Fortuito.
Ministerio xxx Xxxx: Es el Ministerio de Energía y Recursos Naturales no Renovables.
Negligencia o Culpa Grave: Será el descuido imprudente, la falta total del deber de cuidado, atención o previsión de un hecho, que suele emplearse aun siendo negligente y de poca prudencia en un negocio propio, o la indiferencia consciente con las consecuencias que por estos conceptos afecten la seguridad o bienestar de las personas, de la propiedad o del medio ambiente.
NPT: Non Productive Time. Tiempo no productivo en la operación que genera un costo adicional. Horas no productivas durante las operaciones en la industria petrolera y que son el resultado xx xxxxxx o incumplimientos asociados a los equipos o personal de la CONTRATISTA o la OPERADORA.
OCP: Es el Oleoducto de Crudos Pesados.
Oleoductos Principales: Son los ductos necesarios para evacuar el Petróleo Crudo desde la conexión con Oleoductos Secundarios hasta terminales de exportación o centros de industrialización.
Oleoductos Secundarios: Son los ductos necesarios para transportar el Petróleo Crudo desde los Centros de Fiscalización y Entrega hasta los Oleoductos Principales.
Operadora: Es la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador EP PETROECUADOR, a menos que exista una referencia distinta.
Orden de Trabajo: Son las instrucciones escritas que EP PETROECUADOR dirige a la CONTRATISTA en los términos y para la ejecución del presente Contrato.
Ordenador de Gasto: Servidor de EP PETROECUADOR competente para ejercer las atribuciones establecidas en la “NORMATIVA APLICABLE” a los procedimientos para contrataciones de actividades de exploración y explotación de recursos Hidrocarburíferos de EP PETROECUADOR y su reglamento de aplicación conforme al nivel de aprobación autorizados.
EP PETROECUADOR: Es la abreviación de la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador EP PETROECUADOR, a menos que exista una referencia distinta.
Personal de la CONTRATISTA: Son todos y cada uno de los trabajadores, ejecutivos, directores, agentes, representantes, o cualquier persona vinculada laboral o contractualmente de que la CONTRATISTA haya requeridos o provisto para la ejecución de este Contrato.
Petróleo Crudo: Es la mezcla de hidrocarburos que existe en fase líquida en yacimientos naturales y que permanece líquida a condiciones atmosféricas de presión y temperatura.
Precio Contratado: Es el valor en dinero que EP PETROECUADOR se obliga a pagar a la CONTRATISTA por los servicios prestados, en cumplimiento y de acuerdo con este Contrato.
Situaciones de Emergencia: Son aquellos hechos generados por acontecimientos graves tales como accidentes, terremotos, inundaciones, sequías, grave conmoción interna, inminente agresión externa, guerra internacional, catástrofes naturales, y otras que provengan de fuerza mayor o caso fortuito, a nivel nacional, sectorial, institucional o internacional, Una situación de emergencia es concreta, inmediata, imprevista, probada y objetiva, que obliguen a la adopción de acciones inmediatas necesarias para evitar perjuicios que afecten o puedan afectar a las operaciones de la CONTRATISTA o EP PETROECUADOR bajo este Contrato o a las personas que presten sus servicios a cualquiera de las PARTES o a los bienes de cualquiera de las PARTES o a terceras personas o a sus bienes, sin perjuicio de lo dispuesto por la Ley de Hidrocarburos y por la Ley de Seguridad Nacional.
SSA: Seguridad, Salud y Ambiente.
Trimestre: Es el período de tres (3) meses consecutivos que comienza, el primero de enero, el primero xx xxxxx, el primero de julio y el primero de octubre de cada Año Fiscal.
Otras definiciones. -
Para los vocablos que se expresan a continuación se tendrán en cuenta los siguientes entendidos:
Cuando este contenga referencia a plazos, estos se computarán en forma continua y calendario; y, cuando se refiera a términos, se computarán únicamente los días laborables. En todos los casos en que los plazos vencieren en días no laborables, éstos se entenderán prorrogados hasta el primer día laborable siguiente.
Para las definiciones no incluidas en este Contrato las PARTES se remiten a las generalmente aceptadas en la industria petrolera internacional.
CLÁUSULA TERCERA: OBJETO
El objeto del Contrato es la prestación de los SERVICIOS DE INSPECCIÓN, MEDICIÓN, REPARACIÓN, PRUEBAS DE CABLE DE POTENCIA, CAPILAR, CAMBIO DE ARMADURA DEL CABLE DE POTENCIA E INCLUSIÓN DE CAPILAR EN EL CABLE PARA APLICACIONES DEL SISTEMA DE BOMBEO ELECTRO SUMERGIBLE PROPIEDAD DE EP PETROECUADOR, de
conformidad con lo detallado en los Anexos y documentos precontractuales que se incorporan y forman parte de este Contrato.
CLÁUSULA CUARTA: VIGENCIA y PRÓRROGA
4.1. La vigencia del presente Contrato es de SETECIENTOS TREINTA (730) DÍAS y se contará a partir del día siguiente de la fecha de suscripción del presente instrumento, sin perjuicio del registro y archivo por parte de EP PETROECUADOR. Salvo que en la Resolución de Adjudicación conste otra fecha (EN LA RESOLUCIÓN SE DEBERÁ HACER CONSTAR SI EXISTE ACTA DE INICIO DEL SERVICIO U OTROS).
4.2. Prórrogas
Si por causas justificadas fuere necesario prorrogar el plazo de un contrato, éste será requerido o autorizado por el Administrador del Contrato, mediante comunicación escrita a la CONTRATISTA; sin embargo, si la prórroga dobla el plazo total del contrato, ésta deberá ser autorizada por la autoridad que suscribió el contrato previa notificación del CONTRATISTA.
En caso de que la prórroga contractual implique incremento de fondos, será necesaria la celebración de un contrato complementario.
En cualquiera de los casos, Previo a la autorización de prórroga, el Administrador del Contrato deberá verificar que el plazo del contrato se encuentre vigente.
Todos los derechos y obligaciones de las PARTES bajo este Contrato que surtan efectos después de la expiración o terminación de este Contrato, deberán subsistir y permanecer en plena vigencia y efecto más allá de la fecha de terminación de este Contrato.
CLÁUSULA QUINTA: ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO
EP PETROECUADOR designa como Administrador del presente Contrato a:
(Posición) EP PETROECUADOR
Alpallana y Av. 6 de Diciembre Edificio Alpallana
Quito, Ecuador
El administrador será el responsable del control y administración de la ejecución contractual, y adoptará medidas que permitan el cumplimiento de las estipulaciones, programas, costos y plazos establecidos. El Administrador del Contrato podrá designar los supervisores y fiscalizadores que crea convenientes para la debida administración del Contrato. Si se requiere el cambio de Administrador del Contrato se lo realizará únicamente con un memorando suscrito por el Ordenador de Gasto, Jefe de Levantamiento Artificial, y se notificará por escrito a la CONTRATISTA mediante oficio.
La CONTRATISTA designa como responsable / administrador del presente Contrato a:
(Posición / nombre(s)) (CONTRATISTA)
Locación / dirección / teléfonos / etc.
El Administrador de la CONTRATISTA actuará a nombre de ésta con plena facultad para todos los efectos de la ejecución del presente Contrato.
CLÁUSULA SEXTA: ÓRDENES DE TRABAJO
Los servicios requeridos con cargo a este Contrato se prestarán previa autorización documentada (Órdenes de Trabajo) emitida por el Administrador del Contrato de EP PETROECUADOR.
CLÁUSULA SÉPTIMA: OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA
Además de las otras obligaciones establecidas en el Contrato, y especialmente en las condiciones particulares y Anexos del Contrato, específicamente en el Anexo Nro. 3 de las obligaciones de la CONTRATISTA, ésta tendrá las siguientes obligaciones:
7.1 Capacidad de la CONTRATISTA
La CONTRATISTA declara y garantiza que se encuentra debidamente
habilitada para la suscripción del Contrato, y que tiene todas las destrezas, experiencia y capacidad requerida para la debida ejecución oportuna y profesional del Contrato.
La CONTRATISTA es financieramente solvente y capaz de cumplir con todas sus obligaciones en los plazos respectivos y posee el capital suficiente de operación para cubrir con todas las obligaciones asumidas por el Contrato.
7.2 Acatamiento de la Ley
La CONTRATISTA tiene pleno conocimiento y se compromete a cumplir con todas las obligaciones que le imponen las leyes de la República del Ecuador y los términos, condiciones y documentos de este Contrato; así mismo cumplirá con:
a. Todos los procedimientos, lineamientos, programas, políticas, de EP PETROECUADOR adjuntos al presente Contrato, así como aquellos que EP PETROECUADOR comunique por escrito a la CONTRATISTA o cualquier otra relacionada con el objeto contractual.
b. Obtener y mantener todas las autorizaciones, licencias y permisos requeridos para la prestación de sus servicios, con excepción a los que deba adquirir EP PETROECUADOR.
c. Asegurar la garantía de los Derechos Humanos de manera consistente y aplicando todas las normas y principios que aseguran su respeto irrestricto. Se deberá investigar e informar a EP PETROECUADOR sobre cualquier violación a los Derechos Humanos, a fin de asegurar todas las acciones necesarias ante las autoridades pertinentes.
d. Pago oportuno y completo a sus trabajadores y proveedores.
e. Pago mensual al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) de todas las obligaciones legales.
f. Pago oportuno y completo de los valores por concepto de alimentación y alojamiento, de aplicarse.
g. Lo previsto en la Resolución C.D 513, publicada en el Registro Oficial Edición Especial Nro. 632, de 12 de julio de 2016, Reglamento del Seguro General de Riesgos del Trabajo y lo establecido en el Reglamento de Salud y Seguridad de los trabajadores y mejoramiento del medio ambiente del trabajo.
(Decreto Ejecutivo Nro. 2393, publicado en el Registro Oficial Nro. 565 del 17 de noviembre de 1986) y demás normativa aplicable.
h. Provisión de transporte para su personal de acuerdo al artículo 134 del Reglamento de Seguridad, Salud y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo del IESS y sus reformas en lo que fueren aplicables. Por lo tanto, queda prohibido utilizar en el transporte de personal volquetas, tractores, vehículos de carga y rancheras.
i. Contar con todos los derechos de uso de las patentes, marcas de fábrica, marcas de servicios, nombres comerciales, derechos de propiedad intelectual, franquicias, permisos u otros derechos de propiedad relacionados con la ejecución del Contrato, sin que se generen afectaciones o conflicto con derechos de terceros.
7.3 CONTRATISTA Independiente
La CONTRATISTA afirma y garantiza que es (una compañía o persona natural) independiente, con su propia infraestructura física, financiera y administrativa, por lo que presta servicios similares a los del presente Contrato, a varias empresas distintas a EP PETROECUADOR y a terceros en general.
La CONTRATISTA y su personal, no adquieren, en virtud de este Contrato, el carácter de intermediaria, agente, mandataria o dependiente de EP PETROECUADOR. No podrá, por lo mismo, contratar trabajadores a nombre de ésta ni representarla en forma alguna. Además, entre EP PETROECUADOR, sus representantes y personeros, por una parte, y los trabajadores de la CONTRATISTA y subcontratistas por otra, no habrá relación de dependencia laboral o de otra naturaleza.
Así también EP PETROECUADOR reconoce que la relación contractual existente con la CONTRATISTA y los servicios que presta, en virtud del presente Contrato, son propias de su actividad y habituales dentro del giro de su negocio, que nada tiene que ver con las actividades desarrolladas por EP PETROECUADOR.
La CONTRATISTA frente a sus trabajadores, tendrá la calidad de empleador; por lo tanto, será de su exclusiva responsabilidad el cumplimiento de todas las obligaciones laborales y sociales. En el cumplimiento de estas obligaciones laborales, EP PETROECUADOR no tendrá responsabilidad alguna, ni aún a título de solidaridad.
7.4 Liberación de Responsabilidad
La CONTRATISTA está obligada a mantener a EP PETROECUADOR
libre de reclamos, ya fueren estos administrativos, judiciales o extrajudiciales, o de cualquier otra índole.
La CONTRATISTA permitirá, sin restricción, el acceso al personal de EP PETROECUADOR a los sitios de trabajo, con el fin de auditar cualquier actividad o documentación relacionada con la ejecución del Contrato.
7.5 Personal de la CONTRATISTA
La CONTRATISTA contratará a su propio costo y riesgo todo el personal requerido para la ejecución del Contrato, el mismo que deberá cumplir con todas las obligaciones asumidas por los efectos del presente Contrato.
El arreglo de cualquier problema laboral que afecte a los empleados y trabajadores de la CONTRATISTA serán totalmente de su responsabilidad.
El personal de la CONTRATISTA será capacitado, experimentado y calificado para prestar sus servicios. Se requerirá que el personal de la CONTRATISTA tome los cursos de inducción de EP PETROECUADOR, y que conozca y observe las políticas y procedimientos pertinentes de EP PETROECUADOR.
La CONTRATISTA deberá proveer a su personal todo el equipo de protección personal requerido de conformidad con la Ley Aplicable y las Prácticas Prudentes de la Industria. Así mismo deberá proporcionar las identificaciones e insignias correspondientes, en coordinación con EP PETROECUADOR.
La CONTRATISTA deberá mantener estricta disciplina y buen orden entre su personal y deberá instruir adecuadamente a todo su personal respecto al uso del equipo de protección personal y procedimientos apropiados de trabajo, a fin de evitar daños o lesiones corporales y daños a los equipos con que presta el servicio, a los equipos de EP PETROECUADOR o a los equipos de terceros.
La CONTRATISTA deberá utilizar personal ecuatoriano para las operaciones y en la administración, de conformidad con la letra a) del artículo 31 de la Ley de Hidrocarburos.
La CONTRATISTA deberá cumplir obligatoriamente con la “LEY ORGÁNICA PARA LA PLANIFICACIÓN INTEGRAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN TERRITORIAL ESPECIAL AMAZÓNICA”,
específicamente con lo determinado en el Art 41, 41.2 y la disposición general quinta; adicional, para el cumplimiento de las acciones
afirmativas, se deberán observar lo establecido en el Acuerdo Ministerial 040, que contiene la NORMA TÉCNICA para la aplicación del principio de empleo preferente establecido en la “LEY ORGÁNICA PARA LA PLANIFICACIÓN INTEGRAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN TERRITORIAL ESPECIAL AMAZÓNICA.”.
Para la ejecución de este Contrato se deberá dar preferencia a mano de obra, bienes y servicios locales, siempre y cuando cumplan con los estándares requeridos y precios xx xxxxxxx.
Se entenderá como local, el territorio ecuatoriano y especialmente el área de influencia directa de las operaciones ubicadas dentro del Área de Operaciones.
Identificación del Personal de la CONTRATISTA: La CONTRATISTA deberá presentar y mantener actualizada la lista de su personal, así como proveer a su costo las identificaciones y señales correspondientes.
EP PETROECUADOR a través del Departamento de Seguridad Física proporcionará las identificaciones para el personal de la CONTRATISTA, las mismas que serán otorgadas después de cumplidos los requisitos y procedimientos establecidos por EP PETROECUADOR, como inducción, exámenes médicos y demás establecidos por el citado Departamento. Esta acción no se entenderá en ningún momento en el sentido de que los empleados de la CONTRATISTA están representando a EP PETROECUADOR, esto es sólo como medida de seguridad para el ingreso a las instalaciones de EP PETROECUADOR.
7.6 Equipo de la CONTRATISTA
La CONTRATISTA, por su cuenta, riesgo y costo, deberá contar y proporcionar con todo el Equipo, herramientas, instrumentos, detallados en el Anexo Nro. 4, requeridos para la ejecución del Contrato en el sitio de ejecución de los servicios.
La CONTRATISTA declara y garantiza que durante el plazo de este Contrato, todo su equipo y los suministros proporcionados por ésta para la ejecución de los Servicios, deberán suministrarse y mantenerse en buenas condiciones por cuenta y a costo de ésta y será apropiado de conformidad con las prácticas prudentes de la Industria. El mantenimiento, las reparaciones y sustituciones de tal equipo, será de exclusiva responsabilidad y a costo de la CONTRATISTA.
La CONTRATISTA garantiza que sus equipos tienen la capacidad de prestar los servicios durante el plazo de este Contrato.
La CONTRATISTA reemplazará cualquier unidad de sus equipos que, a criterio del Administrador del Contrato de EP PETROECUADOR sea inseguro o incapaz de prestar los servicios para los que ha sido contratado.
A su propio costo y bajo su responsabilidad, la CONTRATISTA deberá proporcionar todos los materiales, equipos, suministros y repuestos requeridos para la prestación de los Servicios conforme a los Términos Comerciales acordadas entre las PARTES para la ejecución del alcance del Contrato, y garantiza sólo el título de propiedad y uso legítimo de los mismos bajo este Contrato y que los mismos están libres de defectos de fabricación así como también proporcionará el personal necesario para llevar la ejecución del objeto de este Contrato, ciñéndose a las especificaciones técnicas e instrucciones de EP PETROECUADOR. Caso contrario, EP PETROECUADOR informará a la CONTRATISTA de cualquier defecto o rechazo de manera que la CONTRATISTA pueda proceder en el plazo de 24 horas a remediar los mismos, bajo aceptación previa de EP PETROECUADOR; si la CONTRATISTA se encuentra imposibilitada de realizar la remediación y EP PETROECUADOR decide corregir tales defectos por su cuenta o a través de una tercera empresa, la CONTRATISTA reembolsará a EP PETROECUADOR el valor de la corrección más el cinco por ciento (5%) de gastos administrativos o en su defecto EP PETROECUADOR descontará los valores de las facturas de la CONTRATISTA pendientes de cobro.
En el caso de suministro de equipos, materiales y/o repuestos requeridos para la ejecución de dichos servicios, la CONTRATISTA será responsable por el embalaje y embarque de los mismos, y dicho equipo, materiales y/o repuestos deberán enviarse conjuntamente con una hoja informativa concerniente a la seguridad de tales suministros.
Cuando EP PETROECUADOR así lo precise, la CONTRATISTA podrá importar materiales de consumo, equipos y repuestos requeridos para la ejecución del objeto de este Contrato, debiendo cumplir con todas las obligaciones y procedimientos relativos a importaciones según lo contempla las leyes de la materia.
EP PETROECUADOR deberá aceptar de la CONTRATISTA únicamente la cantidad de suministros requeridos para la ejecución de este Contrato; por lo tanto, cualquier material, equipo y/o repuesto en exceso deberá ser devuelto a la CONTRATISTA, a su costo y bajo su responsabilidad. Sujetándose a las disposiciones del presente Contrato, toda la información técnica, especificaciones y planos, para llevar a ejecución este Contrato le serán entregados a EP PETROECUADOR.
La CONTRATISTA no deberá sustituir materiales, equipos y repuestos requeridos para la prestación del Servicio según se ha especificado y que son requeridos por EP PETROECUADOR, sin contar antes con la autorización previa y por escrito de EP PETROECUADOR a través del Administrador del Contrato. EP PETROECUADOR podrá inspeccionar y aprobar todos los materiales, equipos y repuestos entregados, en cualquier momento, antes o después de su entrega y se reserva su derecho a rechazarlos y devolver todos o parte de los mismos, por cuenta de la CONTRATISTA, si es que al momento de ser inspeccionados se ha encontrado que adolecen xx xxxxxx o que no cumplen con las especificaciones, aún cuando EP PETROECUADOR haya pagado por los mismos. El hecho de que EP PETROECUADOR a través del Administrador del Contrato, acepte o pague tales materiales, equipos y repuestos o el hecho de que había inspeccionado los mismos, no deberá representar una limitación o exclusión de garantías de la CONTRATISTA a favor de EP PETROECUADOR por tales materiales, equipos o repuestos o por cualquier otra garantía establecida bajo la ley, y tampoco deberá constituir renuncia a sus derechos ni a los recursos de que dispone EP PETROECUADOR.
La CONTRATISTA garantiza por el tiempo de duración del presente Contrato los servicios provistos conforme a los términos y condiciones acordados por las partes, así como a las especificaciones contempladas en el presente contrato o de otra manera provista a favor de EP PETROECUADOR desde la fecha de recepción y aceptación de dichos servicios por parte de EP PETROECUADOR. Si los servicios no se prestaren conforme a los términos y condiciones acordados por las partes así como a las especificaciones constantes en el presente contrato, EP PETROECUADOR tendrá derecho a requerir a la CONTRATISTA que a su cuenta, costo y riesgo re-ejecute tales servicios o reembolse a EP PETROECUADOR por los costos incurridos para la ejecución de dichos servicios a través de un tercero con un límite al valor establecido por la prestación de dicho servicio en los términos comerciales de este instrumento.
La CONTRATISTA declara y garantiza que:
i) Cada uno y todos los materiales, equipos y repuestos suministrados bajo este Contrato se encuentran libres de defectos de fabricación y materia prima; NO HAY GARANTÍAS, EXPRESAS O IMPLÍCITAS, DE COMERCIABILIDAD, ADECUABILIDAD O DE OTRO TIPO, QUE SE EXTIENDAN MAS ALLÁ DE AQUELLAS ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE CONTRATO;
ii) Todos los materiales, equipos y repuestos entregados bajo este Contrato son nuevos y no se han utilizado antes, a menos que EP PETROECUADOR sea informada por escrito por la CONTRATISTA
y acepte materiales, equipos y repuestos que están conforme a las especificaciones o descripciones que le sean aplicables y en condiciones apropiadas para su uso;
iii) Dichos materiales, equipos y repuestos son apropiados para su uso bajo circunstancias normales y/o para los fines expresamente estipulados en este Contrato;
iv) La entrega y uso de todos y cada uno de los materiales, equipos y repuestos entregados a y utilizados por EP PETROECUADOR no constituirán una violación, ni tampoco aportarán a ninguna violación de patente, derechos de autor, marca comercial, y que no implicarán la divulgación de ningún secreto industrial; y
v) Deberá proporcionar todos los materiales, equipos y repuestos, mano de obra, licencias, permisos y demás elementos necesarios para la ejecución de este Contrato, los mismos que deberán proporcionarse de manera diligente y responsable.
La CONTRATISTA debe corregir, reparar o reemplazar cualquier defecto en el servicio a entera satisfacción de EP PETROECUADOR, asumiendo todos los costos y obligaciones, una vez que EP PETROECUADOR notifique por escrito o vía correo electrónico a la CONTRATISTA que el servicio debe ser corregido, reparado o reemplazado. Si la CONTRATISTA no corrige, repara o reemplaza dicho defecto en el servicio EP PETROECUADOR tiene el derecho de hacerlo por su cuenta o a través de una tercera empresas y la CONTRATISTA será responsable de todos los costos razonables en los que incurra EP PETROECUADOR por este evento, incluso costos administrativos teniendo en cuenta sin embargo que tales costos no superarán el valor o precio del servicio al cual se deba la corrección, reparación o reemplazo determinado en la lista de precios correspondiente del presente contrato.
Queda expresamente entendido que la CONTRATISTA no ofrece garantía de los servicios de reparación, corrección o reemplazo realizados por EP PETROECUADOR y/o terceras empresa, a equipos usados, reparados o modificados previamente o bienes suministrados por terceras compañías.
Si EP PETROECUADOR y la CONTRATISTA requieren para la prestación y ejecución de sus servicios la admisión temporal de bienes, equipos, herramientas, maquinarias, camiones, vehículos, etc., para lo cual y conforme lo establecido en la legislación ecuatoriana, se cumplirán conforme lo estable el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversión, así como los procedimientos que establezca la Aduana del Ecuador. Para cada caso en particular de admisiones temporales, la CONTRATISTA notificará a EP PETROECUADOR y a las autoridades correspondientes de la necesidad concreta, detallando en
ella las especificaciones del bien, equipo, herramienta, maquinaria o vehículos que se requiera y el tiempo.
EP PETROECUADOR, no se responsabiliza por el tiempo que pueda demorar el trámite de admisión temporal
7.7 Forma de Prestar los Servicios
La CONTRATISTA prestará todos los servicios aquí estipulados en forma diligente y diestra, de conformidad con las prácticas aceptadas de la industria petrolera y específicamente de EP PETROECUADOR, y en estricto cumplimiento con los términos contenidos en este Contrato y sus Anexos y Documentos Precontractuales. El Administrador del Contrato tendrá derecho a emitir las Órdenes de Trabajo a la CONTRATISTA y ésta a acatarlas.
La CONTRATISTA es responsable de la ejecución de todas las actividades operativas inherentes al Contrato; ejecutará todos los trabajos/servicios aquí estipulados ordenados por EP PETROECUADOR en forma limpia, diligente y oportuna, de conformidad con las normas y prácticas aceptadas de la industria petrolera, sólidos principios de ingeniería y en estricto cumplimiento con los términos contenidos en los anexos y documentos precontractuales del Contrato y cuando ésta no observe tales normas y procedimientos, asumirá el riesgo y reconocerá los costos que esto signifique.
En caso de cambio de representante legal, la CONTRATISTA notificará dentro de tres (3) días a EP PETROECUADOR respecto de tal hecho, acompañando el documento que acredite la nueva designación.
7.8 Conocimiento de los Sitios de Trabajo
La CONTRATISTA declara que conoce el Área de Operación de EP PETROECUADOR y específicamente los sitios en los cuales debe ejecutar el objeto contractual y que ha recibido de EP PETROECUADOR la información suficiente referente a las condiciones de tales sitios, realidad social y características del medio ambiente. Cualquier error u omisión de la CONTRATISTA al respecto, no le exime de sus responsabilidades en la ejecución del Contrato.
7.9 Salud Ocupacional, Seguridad Industrial y Control Ambiental
La CONTRATISTA declara que conoce y se obliga a cumplir con la Resolución C.D 513, Reglamento del Seguro General de Riesgos del Trabajo (publicado en el Registro Oficial Edición Especial Nro. 632, de
12 de julio de 2016) y lo establecido en el Reglamento de Salud y
Seguridad de los trabajadores y mejoramiento del medio ambiente del trabajo. (Decreto Ejecutivo Nro. 2393, publicado en el Registro Oficial Nro. 565 del 17 de noviembre de 1986) emitido por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, el código Orgánico del Ambiente y su reglamento de aplicación, el Reglamento Ambiental de Operaciones Hidrocarburíferas en el Ecuador, expedido mediante Acuerdo Ministerial Nro. 100-A del 10 de diciembre de 2019, publicado en el Registro Oficial Nro. 174 del 1 xx xxxxx de 2020, , las Disposiciones de Salud, Seguridad y Ambiente, Seguridad Física y Relaciones Comunitarias para Contratistas de EP PETROECUADOR, descritas en el Anexo Nro. 10, y toda la normativa sobre la materia que se expida a futuro, comprometiéndose a su cumplimiento durante toda la ejecución del Contrato.
A su propia cuenta, la CONTRATISTA tomará todas las medidas necesarias y adecuadas para proporcionar condiciones seguras en el trabajo y cumplirá con todas las regulaciones de seguridad de la Empresa, indicadas en el Anexo Nro. 10 y los requisitos aplicables en las leyes del Ecuador y sin limitar la generalidad de lo antedicho, mantendrá dispositivos de seguridad para disminuir los peligros durante la prestación de los servicios estipulados en este Contrato.
La CONTRATISTA difundirá entre su personal y está obligada a cumplir la Política de SSA y del Reglamento Interno de Seguridad y Salud, al igual que todas las normas atinentes a la materia de EP PETROECUADOR.
La CONTRATISTA se obliga, a cooperar con EP PETROECUADOR en todo lo que tenga relación a la preservación del medio ambiente y de las condiciones ecológicas de las zonas en las cuales debe ejecutar este Contrato, mismas que se realizaran en cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental aprobado, la Licencia Ambiental otorgadas por el Ministerio del Ambiente y la legislación ecuatoriana aplicable.
Será responsabilidad de la CONTRATISTA lo previsto en el Código Orgánico Integral Penal, publicado en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 180, de 10 de febrero de 2014, relativo a los delitos contra el ambiente y la naturaleza.
7.10 Relaciones Comunitarias
EP PETROECUADOR implementa la gestión social de su operación sobre la base de la Política de Relaciones Comunitarias diseñada para tal efecto. Esta Política tiene como fundamento el sistema jurídico vigente en el Ecuador, la Misión y Visión corporativa y la cultura
organizacional interna, y se plasma en las Guías de Relaciones Comunitarias de EP PETROECUADOR.
En todo cuanto fuere aplicable para la CONTRATISTA, ésta deberá observar y cumplir con las Guías de Relaciones Comunitarias de EP PETROECUADOR, las mismas que constan en el Anexo Nro. 10. Las Guías son obligatorias para todos los contratistas, sub-contratistas y cualquier persona relacionada con la operación de EP PETROECUADOR que tenga que realizar trabajos en o cerca de estas comunidades indígenas o de colonos.
EP PETROECUADOR proporcionará a la CONTRATISTA una inducción obligatoria de sus guías antes del inicio de las actividades de este Contrato. Los Departamentos de Levantamiento Artificial, SSA y Relaciones Comunitarias de EP PETROECUADOR supervisarán y verificarán el grado de cumplimiento de la CONTRATISTA con estas guías, para lo cual se sujetará a lo establecido en la Cláusula de Multas.
A pedido de EP PETROECUADOR y en caso de que la ejecución contractual lo requiera, la CONTRATISTA deberá contar de manera permanente o temporal, con un Coordinador de Relaciones Comunitarias, para la coordinación con EP PETROECUADOR de todos los asuntos relativos a las comunidades locales.
En el caso de que la CONTRATISTA no cumpla con aquellos acuerdos establecidos con la Comunidad y que a consecuencia de ello el normal desenvolvimiento de las actividades se vea afectado, todas las consecuencias de dichos problemas caerán bajo la plena responsabilidad de la CONTRATISTA, y EP PETROECUADOR se reserva el derecho de dar por terminado el Contrato de manera unilateral, sin perjuicio de las indemnizaciones a que hubiere lugar.
7.11 Confidencialidad
La información o documentación que la CONTRATISTA, su personal y sus subcontratistas obtengan como resultado de los servicios que se ejecuten por este Contrato, así como la información que EP PETROECUADOR proporcione, serán tratados en forma confidencial y por lo tanto, no podrá ser divulgada, ni entregada a terceros. De no observar esta disposición, la CONTRATISTA pagará a EP PETROECUADOR los daños y perjuicios que le ocasione, los mismos que podrán ser demandados por EP PETROECUADOR sin perjuicio de las demás acciones a que haya lugar. A fin de garantizar el cumplimiento de esta disposición, la CONTRATISTA se obliga a suscribir un Convenio de Confidencialidad con cada uno de sus trabajadores, profesionales y/o subcontratistas, y se enviará una copia de los mismos al Administrador
del Contrato.
EP PETROECUADOR por su parte, se compromete a tratar en forma confidencial y a no divulgar las técnicas propias de la CONTRATISTA, bajo las mismas prevenciones del párrafo anterior.
La CONTRATISTA no tendrá obligación de confidencialidad con respecto a información que: 1) Sea o se haga parte de conocimiento público por una vía distinta de la CONTRATISTA o sus subcontratistas;
2) Sea recibido de un tercero que no tenga obligación de confidencialidad; y 3) Se encuentre en posesión de la CONTRATISTA antes de la fecha efectiva de este Contrato y no haya sido recibida en virtud de este Contrato.
7.12 Tiempo en la ejecución de los Servicios
El tiempo es primordial con respecto al desempeño de las obligaciones de la CONTRATISTA en cuanto a las fechas/plazos topes específicas acordadas para el desarrollo del presente Contrato.
7.13 Indemnización por Patentes
La CONTRATISTA conviene en defender, indemnizar y librar a EP PETROECUADOR, de y en contra de pérdidas o responsabilidades que surjan de la violación o supuesta violación de patentes que amparan los equipos, propiedad, métodos o procesos de la CONTRATISTA, proporcionados a EP PETROECUADOR.
7.14 Pagos a Subcontratistas y Proveedores
Es obligación de la CONTRATISTA encontrarse al día en el pago de sus obligaciones a sus subcontratistas y proveedores, especialmente primar el pago a los proveedores de la comunidad y/o locales.
Se entenderá como local las áreas de influencia directa de las operaciones de EP PETROECUADOR, así como las empresas locales de las provincias xx Xxxxxxxx, Napo, Sucumbíos, el Oro y Santa Xxxxx.
Durante la vigencia del Contrato y previo al pago de una factura EP PETROECUADOR podrá solicitar a la CONTRATISTA y/o sus subcontratistas evidencia documentada de estar al día en sus obligaciones.
7.15 Obligaciones Adicionales
Las obligaciones particulares de la CONTRATISTA para la ejecución del
Contrato constan en el Anexo Nro. 3.
CLÁUSULA OCTAVA: OBLIGACIONES DE EP PETROECUADOR
El Administrador del Contrato de EP PETROECUADOR estará autorizado para actuar a nombre de EP PETROECUADOR en relación con la ejecución del Contrato y sujeto a los plazos y condiciones establecidos.
A pedido de la CONTRATISTA, el Administrador del contrato de EP PETROECUADOR proporcionará una lista de todo el personal de EP PETROECUADOR relacionado con la ejecución del contrato.
Las obligaciones particulares de EP PETROECUADOR para la ejecución del Contrato constan en el Anexo Nro. 2.
8.1 Equipo de EP PETROECUADOR
Si se requiere, y de conformidad con el Anexo Nro. 2, EP PETROECUADOR proveerá a la CONTRATISTA el equipo, herramientas, materiales, maquinaria miscelánea, instrumentos, suministros, etc., relacionados con la ejecución del Contrato, a expensas de EP PETROECUADOR, previa autorización del Administrador del Contrato y siempre y cuando se cumpla con la normativa vigente respecto de los bienes a ser provistos.
Así mismo, y conforme se determine en el Anexo Nro. 2, podrá requerir a la CONTRATISTA que provea equipo, herramientas, materiales, maquinaria miscelánea, instrumentos, suministros, etc., relacionados con la ejecución del Contrato a expensas de EP PETROECUADOR, para lo cual EP PETROECUADOR se reserva el derecho de seleccionar y/o aprobar dicho suministro. Esta selección y aprobación de EP PETROECUADOR no disminuirá de forma alguna las obligaciones de la CONTRATISTA establecidas en el Contrato, ni la liberarán de obligaciones subsecuentes.
Todo el equipo provisto por EP PETROECUADOR deberá ser inspeccionado previamente por la CONTRATISTA y deberá mantenerse por la CONTRATISTA en buenas condiciones de funcionamiento y almacenarlo y preservarlo de la misma forma en que lo hace con su propio equipo. La CONTRATISTA asume la obligación de devolverlo y restituirlo en los plazos y condiciones acordadas.
CLÁUSULA NOVENA: PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
9.1 Inicio de los Servicios
La CONTRATISTA desde la Fecha Efectiva del Contrato inicia con la prestación de sus servicios descritos en el Contrato, a menos que en la Resolución de Adjudicación se acuerde una fecha distinta (EN LA RESOLUCIÓN SE DEBERÁ HACER CONSTAR SI EXISTE ACTA DE
INICIO DEL SERVICIO U OTROS). Una vez iniciados los servicios, éstos se prestarán en los términos y condiciones estipulados dentro del plazo establecido en la Orden de Trabajo o en el mismo Contrato.
Todos los servicios se prestarán de acuerdo a los términos del Contrato, sus Anexos, Documentos Precontractuales y documentos accesorios, incluyendo planos, dibujos, especificaciones a los cuales se refiera el Contrato.
9.2 Área de Operación / Sitios de Trabajo
La CONTRATISTA debe prestar sus servicios en el Área de Operación y Sitios de trabajo determinados en el presente Contrato. EP PETROECUADOR podrá cambiar el Área de Operación o los Sitios de trabajo mediante aviso escrito a la CONTRATISTA.
9.3 No Exclusividad
En caso de existir cualquier inconveniente en la ejecución del presente Contrato, o se incrementen las necesidades de EP PETROECUADOR, en servicios iguales o afines de aquellos que se contratan en virtud del presente Contrato, y en razón de que este Contrato no otorga a la CONTRATISTA exclusividad en el Servicio, EP PETROECUADOR se reserva el derecho de invitar a presentar ofertas y suscribir los Contratos respectivos para todos y cada uno de los servicios requeridos, a su discreción.
CLÁUSULA DÉCIMA: PRECIO DEL CONTRATO
10.1 El monto estimado del presente contrato es de
/100 dólares de los Estados Unidos de América (US$ ) sin el Impuesto al Valor Agregado – IVA.
10.2 EP PETROECUADOR pagará a la CONTRATISTA por los servicios debidamente requeridos y efectivamente prestados, de conformidad con los términos y condiciones que constan en el Anexo Nro. 5. (Formulario Nro. 3).
10.3 REAJUSTE DE PRECIOS
La CONTRATISTA en forma expresa manifiesta que, en la elaboración de su propuesta económica, consideró el hecho de que durante la
vigencia del Contrato no habrá, ni se reconocerá reajuste de precios o cambio de las condiciones contractuales de forma automática.
CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: FORMA DE PAGO
Los pagos se efectuarán mediante el Sistema de Pagos Interbancarios (“SPI”) del Banco Central del Ecuador, a través de transferencia a la cuenta de la CONTRATISTA, y se realizará contra presentación de facturas mensuales elaboradas por la CONTRATISTA, verificadas por el Administrador del Contrato, por los servicios efectivamente prestados, calculadas de acuerdo a los precios que constan en el Anexo Nro. 5.
Las facturas serán presentadas por la CONTRATISTA a EP PETROECUADOR en lugar fijado en la cláusula vigésimo octava de este Contrato, dentro de los diez (10) primeros días calendario, siguientes al mes en el que se prestaron los servicios, con los soportes necesarios. La factura incluirá el Impuesto al Valor Agregado - IVA, en forma desglosada del valor del servicio. EP PETROECUADOR pagará el total de cada factura presentada con todos los documentos de xxxxxxxx, dentro de noventa (90) días calendario luego de su recepción si EP PETROECUADOR no tiene objeción a los montos facturados.
Las facturas deberán ser presentadas en los términos y plazos previstos en la Ley de Régimen Tributario Interno, su Reglamento y en particular el Reglamento de Comprobantes de Venta y de Retención o aquellas resoluciones que, para el efecto, dicte el Servicio xx Xxxxxx Internas. Si las facturas son presentadas por la CONTRATISTA a EP PETROECUADOR, fuera de los términos y plazos previstos en dichas normas legales y reglamentarias, EP PETROECUADOR no tendrá la obligación de pagarlas en los términos y plazos previstos en la presente Cláusula sino conforme a sus políticas internas y disponibilidad presupuestaria.
Si la factura fuere objetada, EP PETROECUADOR deberá notificar y devolver la misma, junto con la planilla máximo veinte (20) días luego de la recepción. En ese caso, la CONTRATISTA deberá emitir la nueva factura en un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días luego de la devolución, y el pago se lo realizará a los diez (10) días calendario luego de la recepción.
La CONTRATISTA, previo al pago de facturas por los trabajos ejecutados deberá presentar la certificación que acredite estar al día en el pago de aportes, fondos de reserva y descuentos al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), correspondientes a sus trabajadores; además a requerimiento de EP PETROECUADOR se deberá también presentar los roles de pago de sus trabajadores integrantes de su nómina, del mes anterior a la presentación de la factura. Tales roles deberán estar suscritos por el referido personal.
11.1 Derechos de EP PETROECUADOR
EP PETROECUADOR podrá auditar y solicitar verificación adicional de cualquier información financiera perteneciente a este Contrato, durante la vigencia de este Contrato y por un período de siete (7) años después de la fecha de terminación, relacionado al tema de esta Cláusula y la Cláusula Vigésimo Tercera, Derecho de Auditoría.
EP PETROECUADOR deberá recibir de la CONTRATISTA cualquier información o documentación, relacionada a los Servicios, que EP PETROECUADOR necesitare presentar a los organismos de control o autoridades del Gobierno.
EP PETROECUADOR podrá descontar de cualquier pago pendiente a la CONTRATISTA cualquiera de los montos que no estén en disputa adeudados a EP PETROECUADOR bajo los términos y condiciones de este Contrato, incluyendo, pero no limitado a, las multas y deducciones autorizadas expresamente en este Contrato.
EP PETROECUADOR podrá retener, y pagar a las autoridades pertinentes, cualquier y todos los impuestos requeridos por las leyes del Ecuador.
EP PETROECUADOR podrá retener, a su sola discreción, el pago de cualquier factura, hasta que la CONTRATISTA haya proporcionado la evidencia de mantener vigentes las garantías, haber contratado y mantener vigentes las pólizas de seguro contratadas y/o cualquier enmienda o extensión de las mismas, requeridas bajo este Contrato.
Los derechos de EP PETROECUADOR establecidos en esta cláusula, deberán subsistir y continuarán en efecto, incluso después de la terminación de este Contrato, y hasta el completo cumplimiento de tales obligaciones.
Todos los pagos se realizarán exclusivamente a favor de la CONTRATISTA, no para terceros.
Los pagos realizados por EP PETROECUADOR con cargo a cualquier factura no le exoneran a la CONTRATISTA del cumplimiento con todas sus obligaciones bajo este Contrato, ni éstas se entenderán como una renuncia o reducción de cualquiera de los derechos de EP PETROECUADOR establecidos en el Contrato.
Los pagos expresamente estipulados por este medio que efectúe EP PETROECUADOR, serán los únicos que la CONTRATISTA está autorizada a recibir bajo este Contrato. Ningún pago se realizará en efectivo o instrumento al portador y ningún pago se ejecutará a otro
individuo o entidad que no sea la CONTRATISTA.
11.2 Pagos Indebidos
En caso de detectar pagos indebidos o pagos en exceso, EP PETROECUADOR se reserva el derecho de exigir a la CONTRATISTA la devolución de dichos valores, con los correspondientes intereses, calculados a la tasa máxima de interés convencional dispuesta por el Directorio del Banco Central del Ecuador desde la fecha en la que se efectuó el pago indebido hasta la recuperación del monto correspondiente, autorizando la CONTRATISTA el descuento automático de cualquier valor que se le adeudare; de recuperar tales valores a través de las acciones judiciales pertinentes, o por medio de la jurisdicción coactiva.
CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA: MULTAS
Sin perjuicio de lo estipulado en la Cláusula de Garantías de este Contrato y las demás acciones a que hubiere lugar, EP PETROECUADOR podrá imponer a la CONTRATISTA las siguientes multas:
12.1 Por Incumplimiento del Servicio
Por el retraso en proveer los servicios llamados y aceptados por la CONTRATISTA, interrupciones injustificadas de estos servicios, falta o retraso del personal necesario para la operación de los equipos, retrasos en el mantenimiento de los equipos y demás incumplimiento injustificados en las condiciones acordadas en el presente Contrato para la prestación de los servicios, EP PETROECUADOR impondrá a la CONTRATISTA una multa por evento de dos mil quinientos con 00/100 dólares de los Estados Unidos de América ($ 2,500.00 USD).
Si las multas impuestas superan el cinco (5%) por ciento del monto total del instrumento contractual, EP PETROECUADOR podrá disponer la terminación unilateral del Contrato, conforme la Cláusula Décimo Octava, sin perjuicio de las demás acciones a que hubiere lugar.
En caso de incumplimientos reiterados, EP PETROECUADOR podrá contratar los servicios a través de un tercero, y descontar el valor de este servicio a la CONTRATISTA, a la vez que no realizará el pago por el servicio no prestado.
12.2 Por Incumplimiento de las Reglas Generales de SSA
Por contaminación del medio ambiente, inobservancia o incumplimiento injustificado en cualquiera de los números del Anexo Nro. 10, EP PETROECUADOR podrá imponer diariamente una multa de hasta de
Cinco Mil dólares de los Estados Unidos de América (US$5.000,00) por evento o hasta la fecha en que se dé cumplimiento a estas disposiciones, sin perjuicio de que EP PETROECUADOR inicie las acciones legales que correspondan.
Si por causa de la CONTRATISTA se produjeren daños de consideración que afecten al Medio Ambiente, los costos de rehabilitación serán de cuenta de ésta.
Si por causa de una acción u omisión de la CONTRATISTA en materia ambiental, la autoridad gubernamental competente impone una sanción, multa o restitución económica, EP PETROECUADOR retendrá de los valores pendientes de pago a la CONTRATISTA dicho valor económico.
12.3 Por Incumplimiento de las Pólizas de Seguros
En caso de no tener seguros y/o pólizas vigentes durante el periodo de ejecución de servicios, EP PETROECUADOR impondrá a la Contratista una multa de Cinco Mil dólares de los Estados Unidos de América (US$5.000,00) diaria y mientras persista el incumplimiento.
12.3 Aplicación de las Multas
Las multas antes indicadas, causadas por el incumplimiento de la CONTRATISTA, serán aplicadas por EP PETROECUADOR a través del Administrador del Contrato, considerando el principio de proporcionalidad de las sanciones, y sobre la base de criterios tales como la gravedad del incumplimiento de las obligaciones contractuales, la negligencia de la CONTRATISTA, el daño producido, el hecho de que haya sido remediada diligentemente la causa que produjo el incumplimiento, el perjuicio causado a EP PETROECUADOR, la reincidencia en la comisión del incumplimiento, sin perjuicio de otros cuya aplicación fuere pertinente.
El procedimiento a seguirse para la aplicación de las multas será el siguiente:
1) El Administrador del Contrato, notificará a la CONTRATISTA con el incumplimiento dentro del término de quince (15) días contados desde la fecha en que tal incumplimiento haya sido evidenciado por EP PETROECUADOR. Esta notificación podrá efectuarse mediante correo electrónico adjuntando el formato del Anexo Nro. 7 dentro del término xx xxxx (10) días contados desde la fecha de notificación efectuada mediante correo electrónico.
2) La CONTRATISTA presentará por escrito sus argumentos
justificativos de descargo dentro del término xx xxxx (10) días contados desde la fecha en que fue notificada con el Anexo Nro. 7.
3) El Administrador del Contrato aplicará ratificando o dejará sin efecto la multa, según corresponda, dentro del plazo de sesenta
(60) días contados desde la fecha de presentación de los argumentos justificativos de descargo por parte de la CONTRATISTA.
4) Si la CONTRATISTA fuere notificada por el Administrador del Contrato con la ratificación de la multa, podrá impugnarla ante el Gerente General de EP PETROECUADOR dentro del término xx xxxx (10) días contados desde la fecha de notificación con la ratificación de la multa.
5) El Gerente General resolverá la impugnación dentro del plazo de sesenta (60) días contados desde la fecha de presentación de la impugnación en EP PETROECUADOR.
El cobro de las multas no excluye el derecho de EP PETROECUADOR para exigir el cumplimiento del Contrato o para notificar la terminación unilateral, según corresponda; y en cualquiera de los casos requerir además el resarcimiento y pago de daños y perjuicios de conformidad con la ley.
No se aplicarán multas cuando el incumplimiento sea consecuencia de circunstancias provenientes de Fuerza Mayor, o de Caso Fortuito; o, por causas debidamente justificadas por la CONTRATISTA y aceptadas por EP PETROECUADOR y/o por causas imputables a EP PETROECUADOR.
EP PETROECUADOR podrá descontar los valores por multas aplicadas a la CONTRATISTA, de las facturas pendientes de pago o de la Garantía de Fiel Cumplimiento o por cualquier otra vía judicial, extrajudicial, o por medio de la jurisdicción coactiva.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: GARANTÍAS
La CONTRATISTA tiene la obligación de mantener vigentes las garantías otorgadas, de acuerdo con su naturaleza y términos del Contrato. La renovación de las garantías se efectuará con una anticipación de por lo menos cinco (5) días a su vencimiento, caso contrario EP PETROECUADOR las harán efectivas.
13.1 Fiel Cumplimiento
Para asegurar el fiel, oportuno y total cumplimiento de este Contrato y para responder por las obligaciones que contrajere en favor de terceros relacionadas con el mismo, y para afianzar todas sus otras obligaciones, inclusive eventuales multas, la CONTRATISTA, previa suscripción de este instrumento, entregará a la orden de EP PETROECUADOR una garantía incondicional, irrevocable y de cobro inmediato, para el Sector Público, renovable a simple pedido de EP PETROECUADOR, y a costo de la CONTRATISTA, equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del Contrato sin IVA, que deberá permanecer vigente y de ser el caso renovarse obligatoriamente por parte de la CONTRATISTA hasta la firma del Acta de Recepción Única, o, recepción única presunta aceptada por la entidad u ordenada por el Juez.
La CONTRATISTA entregará a EP PETROECUADOR el documento de renovación correspondiente, hasta cinco (5) días antes del vencimiento de la garantía vigente; caso contrario, EP PETROECUADOR hará efectiva dicha garantía, sin perjuicio de las acciones legales a las que hubiese lugar.
Previo a la devolución de esta Garantía, EP PETROECUADOR deberá comprobar que todas las cuentas, reclamos y obligaciones provenientes de la ejecución del Contrato se encuentren satisfechos y cumplidos a entera satisfacción.
En caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales de la CONTRATISTA, de sus compromisos para con terceros, inclusive con sus trabajadores relacionados con la ejecución de este Contrato, que no sea por causas de caso fortuito o fuerza mayor o falta de renovación oportuna de la garantía de fiel cumplimiento, EP PETROECUADOR en el momento que considere pertinente hará efectiva la garantía entregada por la CONTRATISTA pudiendo dar por terminado el Contrato.
Si EP PETROECUADOR decidiere dar por terminado el Contrato notificará a la CONTRATISTA conforme a la cláusula de terminación de este instrumento legal.
Esta Garantía permanecerá en custodia del Departamento de Tesorería, y será devuelta a la firma del Acta de Recepción Única, real o presunta.
La Contratista está obligada a presentar una Garantía de Fiel Cumplimiento adicional en caso de que el contrato complementario sea suscrito con incremento al monto del contrato, la cual deberá cubrir el 5% del valor total del contrato complementario.
13.2 Formas de Garantía
Para el otorgamiento de las garantías establecidas en este Contrato, la CONTRATISTA podrá rendir cualquiera de las siguientes garantías:
a. Garantía incondicional, irrevocable y de cobro inmediato, otorgada por un banco o institución financiera establecidos en el país y que se encuentren bajo el control y vigilancia de la Superintendencia de Bancos y Seguros o por intermedio de ellos; o,
b. Fianza instrumentada en una póliza de seguro, incondicional, irrevocable y de cobro inmediato, emitida por una compañía de seguros establecida en el país y que se encuentren bajo el control y vigilancia de la Superintendencia de Bancos; o,
c. Primera Hipoteca de bienes raíces, siempre que el monto de la garantía no exceda del sesenta por ciento (60%) del valor del inmueble hipotecado, según el correspondiente avalúo catastral; o,
d. Depósitos de bonos del Estado, de las municipalidades y de otras instituciones del Estado, cédulas hipotecarias, bonos de prenda, notas de crédito otorgadas por el Servicio xx Xxxxxx Internas, o valores fiduciarios que hayan sido calificados por el Directorio del Banco Central del Ecuador. Su valor se computará de acuerdo a su cotización en las bolsas de valores del país, al momento de constituir la garantía. Los intereses que produzcan pertenecerán a la CONTRATISTA; o
e. Certificados de depósitos a plazo, emitidos por una institución financiera establecida en el país, endosados por valor en garantía a la orden de EP PETROECUADOR y cuyo plazo de vigencia sea mayor al estimado para la ejecución del contrato.
Las garantías que fueren otorgadas por bancos o aseguradoras extranjeras, deberán presentarse por intermedio de instituciones establecidas legalmente en el país, las que representarán y responderán por los primeros en todos los efectos derivados de las garantías.
Las garantías otorgadas por bancos o instituciones financieras y las pólizas de seguros establecidas en las letras a. y b. de la presente cláusula, no admitirán cláusula alguna que establezca trámite administrativo previo, bastando para su ejecución, el requerimiento por escrito de EP PETROECUADOR. Cualquier cláusula en contrario se entenderán como no escrita. En caso de incumplimiento, el banco, la institución financiera o la compañía aseguradora, será inhabilitada en el Sistema Nacional de Contratación Pública por el organismo responsable, hasta el cumplimiento de su obligación. En caso de reincidencia será
inhabilitada por dos (2) años.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: SEGUROS
La CONTRATISTA, durante todo el tiempo de duración de este Contrato y cualquier otra extensión acordada del mismo, por su propia cuenta y a su costo, contratará y mantendrá permanentemente actualizadas pólizas de seguros necesarias y suficientes para el personal y equipos que emplee en el cumplimiento del Contrato, así como también por posibles daños o pérdidas de materiales y equipos de EP PETROECUADOR y afectación al medio ambiente.
EP PETROECUADOR en ningún caso asume la responsabilidad por los riesgos inherentes a las actividades desarrolladas por la CONTRATISTA para cumplir con el Contrato y que ésta debe asegurar bajo su exclusivo riesgo.
La CONTRATISTA mantendrá permanentemente actualizada la cobertura de al menos las pólizas que se detallan en el Anexo Nro. 8.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: TRIBUTOS
Será responsabilidad exclusiva de la CONTRATISTA el pago de los tributos que le correspondiere, sean éstos de carácter nacional, provincial o municipal; así mismo cancelará por su cuenta tasas y contribuciones especiales o de colegiaturas y cualquier obligación tributaria aplicable al Contrato, sea que le fueren exigidas por el Estado Ecuatoriano o por entidades acreedoras de tributos y se obliga además, a mantener libre a EP PETROECUADOR de todo perjuicio proveniente de reclamos al respecto.
La CONTRATISTA deberá cumplir con el Reglamento de Comprobantes de Venta y Retención, vigente.
Los servicios materia de este Contrato están sujetos al pago del Impuesto al Valor Agregado; por lo tanto, en su oferta la CONTRATISTA consideró el costo por este concepto. En el caso de que con posterioridad a la suscripción del Contrato, se establezca que estos servicios no estén gravados con la tarifa del Impuesto al Valor Agregado – IVA, el pago se efectuará en base al precio unitario ofertado sin el IVA, o con la tarifa que fuere aplicable.
El Contrato a suscribirse estará sujeto a la retención respecto al Impuesto a la Renta conforme la Codificación de la Ley de Régimen Tributario Interno, normas complementarias y sus reformas.
De las facturas emitidas por la CONTRATISTA se descontará conforme lo dispone la Ley 122; y, su Ley Interpretativa.
EP PETROECUADOR actuará como agente de retención de los tributos,
contribuciones y gastos que correspondan.
CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO
Ninguna de las PARTES será responsable por el incumplimiento de los términos del presente Contrato cuando se deba a razones de Fuerza Mayor o Caso Fortuito, debidamente justificadas por la parte que las alegue, y aceptadas por la otra. Cualquiera de las PARTES notificará a la otra de las condiciones prevalecientes, así como las fechas del inicio y terminación de éstas.
La comunicación de fuerza mayor o caso fortuito, deberá presentarse en un tiempo no mayor a treinta (30) días calendario de ocurrido el siniestro y mientras se encuentre vigente el Contrato, y será aceptada o no por el Administrador del Contrato y ratificada por el Gerente General de EP PETROECUADOR. Se aclara que en caso de que no medie la notificación en el plazo indicado, se entenderá como no ocurrido el hecho de fuerza mayor o caso fortuito que la CONTRATISTA alegue y por tanto no se le concederá prórroga del plazo contractual y se aplicarán las multas que correspondan.
Excepto como de otra forma esté estipulado en esta cláusula, el desempeño de cada una de las PARTES bajo este Contrato está suspendido en tanto que y mientras tal ejecución esté obstaculizada o interrumpida, total o parcialmente, por Fuerza Mayor o Caso Fortuito.
La falta de notificación por la CONTRATISTA o viceversa, será entendida como una renuncia a su derecho para reclamar Fuerza Mayor o Caso Fortuito con respecto a tal evento o como una excusa para faltar en la ejecución bajo este Contrato.
En el evento de que las obligaciones de este Contrato estén suspendidas por más de sesenta (60) días, debido a circunstancias de Fuerza Mayor o Caso Fortuito, cualquiera de las PARTES podrá solicitar la terminación del presente Contrato conforme a la Cláusula Décimo Octava, número 18.3.
CLÁUSULA DÉCIMO SÉPTIMA: RESPONSABILIDADES E
INDEMNIZACIONES
La CONTRATISTA es responsable de la ejecución de todas las actividades operativas inherentes al Contrato y prestará todos los servicios estipulados en el Contrato en forma diligente y oportuna, de conformidad con las normas y prácticas aceptadas de la industria petrolera, sólidos principios de ingeniería y en estricto cumplimiento con los términos contenidos en los Anexos y Documentos Precontractuales del Contrato. Cuando la CONTRATISTA no observe tales normas y procedimientos, asumirá el riesgo y reconocerá los costos que esto signifique.
Si la CONTRATISTA no asumiere con los costos o valores correspondientes con las responsabilidades establecidas en el párrafo precedente y las que asume por el presente Contrato, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes, EP PETROECUADOR está autorizada a cobrar la suma correspondiente de los valores pendientes de pago a la CONTRATISTA vía reembolso de las facturas pendientes de pago, más el cinco por ciento (5%) de gastos administrativos o, a falta de éstos, hará efectivas las garantías, y si las mismas no alcanzaren a cubrir el monto de lo adeudado, iniciará la respectiva acción judicial o extrajudicial de cobro.
Sin perjuicio de otras responsabilidades establecidas en este Contrato, las responsabilidades e indemnizaciones de las PARTES se establecen de conformidad con esta cláusula:
17.1 Responsabilidad por el Personal
Cada una de las PARTES será exclusivamente responsable y asumirá la totalidad del riesgo a causa de heridas, enfermedades o muerte de su propio personal, el de sus subcontratistas o el de sus terceros relacionados, que se ocasione como consecuencia de la ejecución del presente Contrato.
Las PARTES asumirán el gasto total correspondiente de cualquier reclamo judicial o extrajudicial, manteniéndose la una a la otra libre de cualquier compromiso, conforme a lo estipulado en el párrafo que precede.
Asimismo, EP PETROECUADOR y la CONTRATISTA serán responsables y estarán obligadas por todos y cada uno de los reclamos que resulten de lesión corporal, incluyendo lesión, enfermedad y muerte a terceros, hasta los límites de su culpa de acuerdo con la ley aplicable.
17.2 Responsabilidad por Pérdida o Daños de Equipos y Materiales
a. Bienes y Equipo de propiedad de la CONTRATISTA
La CONTRATISTA asumirá la totalidad del riesgo y será exclusivamente responsable de daños o destrucción o pérdida en cualquier forma que sea, incluyendo incendio del equipo, maquinaria, herramientas, suministros y materiales de su propiedad, así como respecto de aquellos bienes que le fueren suministrados por EP PETROECUADOR para la ejecución del Contrato.
Cualquier equipo o material faltante o dañado será descontado de las facturas pendientes de pago al precio de reposición, o cobrado de las garantías rendidas.
EP PETROECUADOR asumirá la totalidad del riesgo y será exclusivamente responsable de daños o destrucción o pérdida en cualquier forma que sea, incluyendo incendio del equipo, maquinaria, herramientas, suministros y materiales de propiedad de la CONTRATISTA, donde sean que se ubiquen, por causas que fueran atribuibles a dolo, negligencia o imprudencia grave de parte de EP PETROECUADOR.
b. Bienes y Equipo de propiedad de EP PETROECUADOR
EP PETROECUADOR asumirá la totalidad del riesgo y será exclusivamente responsable de daños o destrucción o pérdida en cualquier forma que sea, incluyendo incendio del equipo, maquinaria, herramientas, suministros y materiales de su propiedad.
La CONTRATISTA asumirá la totalidad del riesgo y será exclusivamente responsable de daños o destrucción o pérdida en cualquier forma que sea, incluyendo incendio del equipo, maquinaria, herramientas, suministros y materiales de propiedad de EP PETROECUADOR, donde sean que se ubiquen, por causas que fueran atribuibles a dolo, negligencia o imprudencia grave de parte de la CONTRATISTA.
17.3 Responsabilidad por Contaminación y Daños al Medio Ambiente y Cumplimiento Ambiental
No obstante, cualquier estipulación en contrario que este instrumento contenga, las PARTES entienden y acuerdan que la responsabilidad por contaminación (polución) será como sigue:
a. La CONTRATISTA asumirá la responsabilidad ante cualquier contingencia generada por efecto de sus actividades y se le imputarán costos relacionados a: contención, recuperación, compensación, mitigación, tratamiento y disposición final de residuos, excepto en casos de desastre natural o toma de instalaciones por terceros.
b. Las contingencias ambientales que afectasen a cualquier medio biótico o abiótico deberán ser recuperadas al estado más similar al original; esto se efectuará mediante un plan de mitigación.
c. La responsabilidad de la disposición de desechos, así como la de la prevención de la contaminación es un deber de la CONTRATISTA, y sus Subcontratistas, en caso de no existir una relación contractual directa entre EP PETROECUADOR y las subcontratistas, la responsable ambiental será la empresa contratada directamente por EP PETROECUADOR.
d. Todo desecho generado en la operación deberá ser tratado, dispuesto y confinado temporalmente a fin de evitar la potencial contaminación de agua, suelo y aire de acuerdo a las políticas ambientales de EP PETROECUADOR para así evitar diseminación y contaminación; esto incluye entre otros aceites, pinturas, solventes, arenas, granallas, lastres, aguas contaminadas, fluidos contaminados, desechos normales, desechos catalogados como especiales, o basura así como los desechos orgánicos, papel, cartón, vidrio y metales que se generen durante su operación o actividades.
La CONTRATISTA se hará cargo de los desechos químicos, productos contaminados con químicos, o aceites, debiendo darles el tratamiento adecuado hasta su disposición final.
e. En caso de que la CONTRATISTA no cuente con los medios necesarios para atender una contingencia, la misma será atendida por EP PETROECUADOR quien posteriormente facturará costo reembolso por dicha asistencia.
La respectiva responsabilidad de cada PARTE incluirá la obligación de controlar y eliminar el elemento contaminado en cuestión y la obligación de proteger, defender y eximir a la otra PARTE de toda responsabilidad por y en contra de todo reclamo, demanda y acción de todo tipo que surjan de la contaminación de la que se trata en esta Cláusula.
La CONTRATISTA en todo momento está obligada a evitar la contaminación en todo aspecto y si por su negligencia se produce, será su responsabilidad el descontaminar completamente el área afectada. En cualquier otro caso se regirá por las normas descritas en el Anexo Nro. 10.
La CONTRATISTA está obligada a cumplir y hacer cumplir las Leyes y Reglamentos Ambientales para las Actividades Hidrocarburíferas en el Ecuador.
En los casos en que la CONTRATISTA genere a EP PETROECUADOR conflictos con las comunidades vecinas, producto de derrames, fugas o vertidos de sustancias contaminantes al medio,
causando la afectación del entorno, asumirá la responsabilidad del mismo. Por tanto, autoriza a EP PETROECUADOR descontar de su factura el monto que por concepto de mitigación, limpieza, remediación, indemnizaciones, etc., genere dicho incumplimiento.
Monitoreo:
Todos los monitoreos ambientales asociados con equipos e instalaciones propias de los contratistas serán de su exclusiva responsabilidad. La CONTRATISTA deberá cumplir con lo dispuesto en los diferentes cuerpos legales ambientales y presentarlos a EP PETROECUADOR para que EP PETROECUADOR finalmente los gestione con las entidades de control.
17.4 Daños y Perjuicios Consecuentes
Ninguna de las PARTES será responsable ante su contraparte por daños y perjuicios especiales, indirectos o consecuentes, relacionados con el presente Contrato, incluyendo, pero sin limitarse a, pérdidas de rentabilidad o interrupciones de la actividad empresarial que se hubieran podido generar por cualquier concepto.
17.5 Responsabilidad respecto a Registros, Informes, Inspecciones, etc.
a. La CONTRATISTA mantendrá una historia y registros auténticos y exactos de los servicios realizados de conformidad con lo estipulado en este Contrato.
b. La CONTRATISTA proporcionará al Administrador del Contrato de EP PETROECUADOR un informe mensual escrito, en formularios acordados por las PARTES que determinen la disponibilidad del personal, Equipo, etc. de la CONTRATISTA, así como de sus servicios prestados.
c. La CONTRATISTA deberá entregar al Departamento de SSA de EP PETROECUADOR en Quito, durante los siete (7) primeros días del mes, un reporte mensual acerca de las actividades desempeñadas durante el mes anterior, relacionadas con el cumplimiento de las Guías previstas en el Anexo Nro. 10 del Contrato, sin perjuicio de que su incumplimiento acarree las sanciones establecidas en este contrato.
17.6 Responsabilidad Laboral
La CONTRATISTA asume para sí todas las obligaciones laborales consagradas en el Código de Trabajo y Ley de Seguridad Social
respecto a su personal y de los trabajadores que contrate para la ejecución de los servicios objeto del Contrato; por tanto, tendrá la calidad de patrono o empleador frente a los trabajadores que emplee en el servicio contratado, sin que EP PETROECUADOR asuma responsabilidad alguna por estos conceptos.
La CONTRATISTA se compromete a cumplir con todas las obligaciones laborales y sociales para con su personal, aún en el caso de condena solidaria a EP PETROECUADOR, en cuyo supuesto ésta tendrá el derecho de repetir contra la CONTRATISTA por los valores que hubiere pagado por este concepto. Para el efecto, los documentos que acrediten el pago realizado se tendrán como título ejecutivo en contra de la CONTRATISTA, susceptible de reclamo judicial en juicio ejecutivo ante los jueces competentes.
17.7 Responsabilidad sobre uso de Sistemas de Computación
La CONTRATISTA es responsable que su personal de cumplimiento a las políticas y los procedimientos en el uso de las herramientas y sistemas tecnológicos dentro de las instalaciones de la EP PETROECUADOR.
Dichos procedimientos y políticas están referenciados al buen uso y a precautelar la plataforma tecnológica respecto a: la seguridad de la información, la compatibilidad, la confidencialidad, la tecnología y los derechos de autor legalmente establecidos dentro de los procesos que los contratistas deberán cumplir las siguientes consideraciones:
1. Todas las computadoras que ingresan a las instalaciones de la EP PETROECUADOR deberán tener todo el software instalado con licencias debidamente legalizadas.
2. No se permitirá la conexión de computadores que cuenten con un Antivirus gratuito, por lo tanto, el Antivirus instalado deberá ser licenciado y además deberá constar en uno de los cuatro cuadrantes xx Xxxxxxx EPP (Endpoint Protection Platforms) del último año.
3. No se permitirá la conexión de computadores personales de empleados de las contratistas a la red de EP PETROECUADOR, sino únicamente de aquellos computadores de propiedad de la CONTRATISTA que sean destinados a dar cumplimiento al objeto contractual.
4. Tanto el hardware como el software de equipos entregados como parte de un proyecto y/o servicio prestado por la CONTRATISTA deberán cumplir con las especificaciones técnicas requeridas por la EP PETROECUADOR, según su aplicación.
5. Los empleados de la CONTRATISTA deberán regirse a la Normativa establecida por la EP PETROECUADOR respecto al uso de Equipos Tecnológicos.
6. La Normativa se encuentra a disposición de los usuarios que tengan cuentas de la EP PETROECUADOR, en el Sistema de Normativa Interna, mediante el siguiente link: xxxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
EP PETROECUADOR auditará todo tipo de tráfico de red y bloqueará todo tipo de tráfico de red "no auditable"; esto incluye conexiones virtuales privadas (VPN), protocolos de encriptación de información y similares. Es responsabilidad de las empresas CONTRATISTAS informar de esto a sus empleados, así como de su estricto cumplimiento. EP PETROECUADOR informará sobre los intentos de uso de estos servicios al administrador del contrato y se reservará el derecho de bloquear los accesos de red en casos de reincidencia.
Los sistemas operativos soportados en la red de la EP PETROECUADOR para estaciones de trabajo son: Microsoft Windows 10 o superior.
La Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación podrá verificar que los equipos tecnológicos cumplan con todos los requisitos necesarios y no afecten el desempeño de la plataforma tecnológica de la EP PETROECUADOR, para lo cual podrá solicitar las modificaciones y correcciones que sean necesarias en los equipos que provea o utilice la CONTRATISTA.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: TERMINACIÓN
El Contrato termina:
18.1 Por el cumplimiento total de las obligaciones contractuales.
18.2 Por sentencia o laudo ejecutoriado que declare la nulidad o resolución del Contrato.
18.3 Por mutuo acuerdo de las PARTES realizado antes de la ejecución total del Contrato.
Cuando por circunstancias imprevistas, técnicas o económicas, o causas de fuerza mayor o caso fortuito, no fuere posible o conveniente para los intereses de las PARTES ejecutar total o parcialmente el Contrato, las PARTES podrán por mutuo acuerdo convenir en la extinción de todas o algunas de las obligaciones contractuales en el estado en que se encuentren, en cuyo caso se realizará la liquidación correspondiente.
La terminación por mutuo acuerdo no implicará renuncia a derechos causados o adquiridos en favor de EP PETROECUADOR o de la CONTRATISTA.
18.4 Por disolución de la persona jurídica (o por muerte de la persona
natural).
En el caso del número 18.4 los representantes legales de las personas jurídicas cuya disolución se tramita están obligados a comunicar a EP PETROECUADOR sobre la situación y causales de disolución.
18.5 Por declaración anticipada y unilateral del contrato por causas imputables a la CONTRATISTA.
18.6 Por cualquier otra causal señalada de forma expresa en el contrato.
18.7 Terminación Anticipada y Unilateral del Contrato por causas imputables a la CONTRATISTA.
EP PETROECUADOR podrá declarar terminado, anticipada y unilateralmente este Contrato, en los siguientes casos:
a. Por incumplimiento de la CONTRATISTA.
b. Por quiebra o insolvencia de la CONTRATISTA, o por encontrarse en estado de suspensión o cesación de pagos, aunque no se haya producido la declaratoria correspondiente.
c. Si las multas superaren el cinco por ciento (5%) del monto total del Contrato.
d. Si la CONTRATISTA traspasare o cediere total o parcialmente sus derechos del Contrato; o, si subcontratare alguna parte específica del mismo, sin previa autorización escrita del Ordenador de Gasto.
e. Si la CONTRATISTA no notificare a EP PETROECUADOR acerca de la transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, previo a efectuarla.
f. EP PETROECUADOR también podrá declarar terminado anticipada y unilateralmente el contrato cuando, ante circunstancias técnicas o económicas imprevistas o de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobadas, la CONTRATISTA no hubiere accedido a terminar de mutuo acuerdo el contrato. En este caso, no se ejecutará la garantía de fiel cumplimiento del contrato ni se inscribirá a la CONTRATISTA como incumplida.
g. Por suspensión de los trabajos, por decisión unilateral de la CONTRATISTA por más de sesenta (60) días sin que medie la fuerza mayor o caso fortuito.
h. Por haberse celebrado el contrato contra expresa prohibición de la Normativa aplicable a los Procedimientos para Contrataciones de Actividades de Exploración y Explotación de Recursos Hidrocarburíferos.
i. Por incumplimiento de las obligaciones contenidas en el Anexo Nro. 3.
j. Por las demás causas establecidas expresamente en este contrato.
Para el efecto se considerará incumplimiento de la CONTRATISTA en los siguientes casos:
1. Si el personal o equipo de la CONTRATISTA no cumple con las especificaciones definidas en este contrato en cualquier momento, durante su vigencia;
2. Si EP PETROECUADOR llegara a estar insatisfecho con la ejecución de los Servicios de la CONTRATISTA como consta en las especificaciones técnicas contenidas en este Contrato, incluyendo, sin limitación, progreso lento, negligencia o habilidad insuficiente de la CONTRATISTA;
3. Si la CONTRATISTA comete una infracción o incumplimiento de cualquiera de sus declaraciones, garantías, convenios u obligaciones bajo este Contrato, y falla en solucionar o remediar la infracción o incumplimiento dentro del período de solución especificado aquí, después de la recepción del aviso escrito respectivo por parte de EP PETROECUADOR, salvo que se estipule aquí otro intervalo de tiempo para lo mismo;
4. Si la CONTRATISTA en el término de hasta ocho (8) horas no ha empezado a solucionar cualquier acto, condición o incumplimiento al recibir notificación del mismo que involucre una condición riesgosa;
5. Si debido a la negligencia o dolo de la CONTRATISTA no se cuenten con los pasaportes y/o visas requeridos, pertenecientes a los lugares en donde serán ejecutados los Servicios;
6. Si la CONTRATISTA incumple o causa que EP PETROECUADOR incumpla con el contenido de cualquier Ley aplicable; o
7. Si la CONTRATISTA no cumple con las leyes y reglamentos ecuatorianos de Medio Ambiente, o cualquier requerimiento o decisión administrativa de cualquier entidad gubernamental en relación a la protección del medio ambiente o protección de bienes arqueológicos o lineamientos de EP PETROECUADOR del Medio Ambiente o comete cualquier acto ilegal.
Procedimiento para la Terminación Anticipada y Unilateral
Antes de proceder a la terminación anticipada y unilateral, EP PETROECUADOR, el ordenador de gasto notificará a la CONTRATISTA, con la anticipación xx xxxx (10) días término, sobre su decisión de terminarlo anticipada y unilateralmente. Junto con la notificación de la resolución, se remitirán copias de los informes técnico y económico remitidos por el Administrador del Contrato, referentes al cumplimiento de las obligaciones de EP PETROECUADOR y de la CONTRATISTA; la notificación señalará específicamente el incumplimiento x xxxx en el que ha incurrido la CONTRATISTA de acuerdo a las letras anteriores y le advertirá que de no remediarlo en el término señalado, se dará por terminado unilateralmente el contrato.
Si la CONTRATISTA no justificare la xxxx o no remediare el incumplimiento, en el término concedido, EP PETROECUADOR podrá dar por terminado unilateralmente el contrato, mediante resolución del Ordenador de Gasto respectivo, que se comunicará por escrito a la CONTRATISTA y se remitirá al Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP. La resolución de terminación unilateral no se suspenderá por la interposición de reclamos o recursos administrativos, demandas contencioso administrativas, arbitrales o de cualquier tipo o de acciones xx xxxxxx de parte de la CONTRATISTA. Tampoco se admitirá acciones constitucionales contra las resoluciones de terminación unilateral del contrato, por cuanto existen mecanismos de defensa adecuados y eficaces para proteger los derechos derivados de tal resolución.
La resolución de terminación anticipada y unilateral del contrato será publicada en la página Web de EP PETROECUADOR, e inhabilitará de forma automática a la CONTRATISTA de su Registro de Proveedores, por un periodo de cinco (5) años.
Si existe anticipo en el contrato, la CONTRATISTA únicamente podrá aducir xxxx por parte de EP PETROECUADOR cuando el anticipo entregado se encuentre totalmente devengado y cuando EP PETROECUADOR no haya realizado pago alguno respecto del contrato del cual aduce la xxxx, durante un plazo consecutivo de seis (6) meses.
En la resolución de terminación unilateral del contrato se establecerá el avance físico de las obras, bienes o servicios y la liquidación financiera y contable del contrato; requiriéndose que dentro del término xx xxxx (10) días contados a partir de la fecha de notificación de la resolución de terminación unilateral, la CONTRATISTA pague a EP PETROECUADOR los valores adeudados hasta la fecha de terminación del contrato conforme a la liquidación practicada y en la que se incluirá, si fuera del caso, el valor del anticipo no devengado debidamente reajustado, en caso de que el contrato estipule anticipo.
En el caso de que la CONTRATISTA no pagare el valor requerido dentro del término indicado en el inciso anterior, EP PETROECUADOR requerirá por escrito a la entidad que emitió la garantía, ejecute inmediatamente las garantía otorgadas y pague a EP PETROECUADOR los valores liquidados más los intereses generados de acuerdo a las regulaciones emitidas por el órgano competente, que se calcularán hasta la fecha efectiva de pago.
Sin perjuicio de la terminación unilateral, EP PETROECUADOR iniciará las acciones judiciales que correspondan para demandar resarcimiento de los daños y perjuicios generados debido al incumplimiento producido por la CONTRATISTA con ajuste a lo establecido en el Código Orgánico General de Procesos.
18.8 Terminación por causas imputables a EP PETROECUADOR
La CONTRATISTA podrá demandar la resolución del Contrato por las siguientes causas imputables a EP PETROECUADOR:
- Por incumplimiento de las obligaciones contractuales por más de sesenta (60) días;
- Cuando, ante circunstancias técnicas o económicas imprevistas o caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados, la entidad contratante no hubiere accedido a terminar de mutuo acuerdo el Contrato;
- Por suspensión de los trabajos por más de sesenta (60) días dispuestos por la entidad contratante sin que medie caso fortuito o fuerza mayor.
18.9 Período de Solución
La CONTRATISTA deberá solucionar un Incumplimiento dentro de los diez (10) días después de la recepción de la notificación escrita por el Administrador del Contrato de EP PETROECUADOR sobre el mismo, o deberá iniciar tal solución si tal infracción o Incumplimiento no es sujeto a ser solucionado completamente dentro xx xxxx (10) días y deberá proceder diligentemente con aquello. No obstante lo anterior, si el Incumplimiento de la CONTRATISTA es de una naturaleza y/o severidad que requiera una solución o remedio más rápidamente que los diez (10) días antes mencionados (por ejemplo, un Incumplimiento que arriesgue la vida o salud del personal, daños severos al equipo, propiedad o medio ambiente o la continuación segura de los Servicios, etc.) entonces el Administrador del Contrato de EP PETROECUADOR deberá proveer a la CONTRATISTA una notificación escrita del período de tiempo más corto apropiado, dentro del cual la CONTRATISTA deberá solucionar tal
Incumplimiento el cual será determinado en buena fe por del Administrador del Contrato de EP PETROECUADOR, sin perjuicio de lo establecido en la cláusula de Multas.
Si la CONTRATISTA no ha solucionado un Incumplimiento como se especifica anteriormente, EP PETROECUADOR bajo su sola discreción puede terminar este Contrato, para lo cual se efectuará lo establecido en el número 18.7 del presente contrato. La Terminación bajo este número procederá sin perjuicio de cualquier reclamo o acción que EP PETROECUADOR tenga en contra de la CONTRATISTA o que la CONTRATISTA tenga en contra de EP PETROECUADOR, como resultado de los servicios ejecutados en virtud de este Contrato, previos a tal terminación.
La terminación anticipada del Contrato, transferencia de la operación o transformación de EP PETROECUADOR, no implicará el pago de indemnizaciones o pagos adicionales a los que deban efectuarse por servicios efectivamente ejecutados.
En todos estos casos, se realizarán las recepciones y liquidaciones correspondientes.
18.10 Terminación por Conveniencia
Sin perjuicio de lo establecido en otras estipulaciones del Contrato, EP PETROECUADOR tendrá derecho a dar por terminado este Contrato de manera total o parcialmente en cualquier momento, mediante notificación por escrito remitida por EP PETROECUADOR a la CONTRATISTA con por lo menos treinta (30) días calendario de anticipación, aún cuando no haya ocurrido incumplimiento de la CONTRATISTA, y en cuyo caso, EP PETROECUADOR no tendrá ninguna obligación, de ninguna índole, incluyendo la obligación de comunicar a la CONTRATISTA las razones de su decisión, y la CONTRATISTA no tendrá derecho a recibir remuneración o compensación alguna, de ninguna índole, salvo la compensación realmente devengada antes de dicha terminación de acuerdo al precio acordado conforme las tarifas aplicables que constan en el Anexo Nro. 5, más cualquier derecho o costo razonable y documentado por desmovilización y cargos de cancelación que se hayan incurrido y que se encuentren debidamente justificados y aceptados por EP PETROECUADOR.
CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: MODIFICACIÓN
El Contrato suscrito podrá ser modificado o complementado de común acuerdo entre las PARTES, previa la autorización de los respectivos órganos de
adjudicación, mediante la suscripción de un Contrato complementario o Contrato modificatorio.
Las modificaciones contractuales podrán adoptar forma de transacciones, cuando se trate de terminar litigios pendientes o de precaver los eventuales.
Contrato Complementario: En el caso de que fuere necesario ampliar, modificar o complementar una obra o servicio determinado por causas imprevistas o técnicas, debidamente motivadas, presentadas durante la ejecución del contrato, la autoridad que celebró el contrato principal, podrá autorizar la suscripción de un contrato complementario con el mismo contratista, sin concurso previo y siempre que se mantengan los precios de los rubros del contrato original. (CADA CONTRATO DEBERÁ SER ACONDICIONADO A LAS NECESIDADES DE LA CONTRATACIÓN Y DE CONFORMIDAD A LA NORMATIVA)
Tales contratos complementarios podrán incrementar hasta un cincuenta por ciento (50%) del valor del contrato principal; sin embargo excepcionalmente, dicho límite podrá incrementarse, siempre y cuando se cuente con la autorización expresa del Gerente General, previa recomendación del usuario u Ordenador de Gasto, debidamente motivada.
Contrato Modificatorio: Se podrá suscribir contratos modificatorios para enmendar casos de errores manifiestos de hecho, de transcripción o de cálculo, que se hubieren producido de buena fe en las cláusulas contractuales.
Previo a suscribir un contrato complementario o modificatorio, el Administrador del Contrato deberá remitir al Ordenador de Gasto respectivo, un informe debidamente motivado, en el cual exponga las circunstancias presentadas que justifican la celebración de dicho instrumento, debiendo considerar que si dicha modificación, implica el compromiso de fondos adicionales, se obtendrá previamente la respectiva certificación presupuestaria.
Bajo ninguna circunstancia se podrá celebrar contratos complementarios para subsanar o formalizar, la ejecución de obras o servicios que hayan sido prestados fuera de las obligaciones del contrato principal o para convalidar servicios que ya hayan sido prestados con anterioridad.
La suscripción del contrato modificatorio o complementario deberá efectuarse mientras el plazo de ejecución del contrato principal se encuentre vigente. (CADA CONTRATO DEBERÁ SER ACONDICIONADO A LAS NECESIDADES DE LA CONTRATACIÓN Y DE CONFORMIDAD A LA NORMATIVA)
CLÁUSULA VIGÉSIMA: ENTREGA - RECEPCIÓN DEL CONTRATO
Las actas de entrega recepción provisionales, únicas o definitivas contendrá como mínimo los siguientes requisitos: antecedentes, condiciones generales de ejecución, condiciones operativas, liquidación económica, liquidación de plazos, constancia de la recepción, cumplimiento de las obligaciones contractuales, reajuste de precios pagados o pendientes de pago de ser procedente y verificación de vigencia de garantías requeridas; y cualquier otra circunstancia que se estime necesaria.
Las actas de entrega recepción deberán ser suscritas por la comisión designada por el Ordenador de Gasto correspondiente, la cual deberá estar conformada por el administrador del contrato, un delegado del área usuaria que no haya intervenido en la ejecución del instrumento contractual y un delegado del área financiera.
Las personas que intervengan a nombre de EP PETROECUADOR, en la suscripción del Acta de Recepción Única del Contrato, serán personal y civilmente responsables por los datos que consignen en ellas, así como por la no suscripción de dicha Acta, dentro de los plazos estipulados para tal efecto.
20.1 Acta de Recepción Única del Contrato
Una vez producida la terminación del Contrato, las PARTES iniciarán hasta dentro del término de cuarenta y cinco (45) días, el trámite para la suscripción del Acta de Recepción Única.
El Administrador del Contrato una vez que se haya cumplido con todas las obligaciones contractuales y previo a la suscripción del acta de recepción única o definitiva, remitirá al Ordenador de Gasto el informe final de ejecución del contrato, en un plazo de hasta sesenta y cinco (65) días.
Si existieran reclamos de EP PETROECUADOR contra la CONTRATISTA, EP PETROECUADOR podrá imponer la multa establecida por retardo e incumplimiento de las obligaciones contractuales, hasta que subsane o corrija tales incumplimientos; tal circunstancia retardará la firma del acta por todo el tiempo necesario al cumplimiento de las obligaciones pendientes, salvo que ellas fuesen económicas, en cuyo caso se descontará de los valores pendientes de pago o de las garantías a devolverse, haciéndose constar en el acta respectiva.
Si EP PETROECUADOR no hiciere ningún pronunciamiento, ni iniciare la recepción única hasta sesenta (60) días después de que la CONTRATISTA ha notificado por escrito el inicio del trámite de entrega -