Contract
La firma del contrato de abono al Servicio de telefonía móvil implica la aceptación de las presentes Condiciones Generales, que han sido elaboradas de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 9/2014, General de Telecomunicaciones, y normativa de desarrollo, y de conformidad con las Leyes vigentes en materia de defensa de Consumidores y Usuarios, y Condiciones Generales de la Contratación.
1. OBJETO DEL CONTRATO.
Por el presente contrato, OPENCABLE, TELECOMUNICACIONES S.L., domiciliada en X/ Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx 00 xxxx (Xxxxxxx), con N.I.F. B02437697 e inscrita en el Registro Mercantil de Albacete, tomo 841 libro 605, folio 203, hoja AB-17534, (en adelante, OPENCABLE) presta a la persona física o jurídica cuyas circunstancias quedan reseñadas en la Solicitud el Servicio de Telefonía Móvil para llamadas de voz y transmisión de datos (el Servicio), de acuerdo con la opción señalada en dicha solicitud, en la información del servicio, de acuerdo con las tarifas, y dentro de los límites de crédito que en su caso se predispongan con la aceptación del CLIENTE durante la vigencia del contrato.
El Servicio está destinado al CLIENTE en su calidad de, y como, usuario final del mismo, y el contrato no ampara ni la reventa de los servicios contratados, ni la comercialización por cualquier medio de los mismos sin el acuerdo o consentimiento previo y expreso de OPENCABLE.
El Servicio será prestado por OPENCABLE en colaboración con el distribuidor comercial identificado en la Solicitud de Servicios (en adelante, EL DISTRIBUIDOR), que será responsable del Servicio de Atención al Cliente, Facturación y Cobro del Servicio.
2. CALIDAD.
Los niveles mínimos de calidad del servicio comprometidos por OPENCABLE y vigentes en el año en curso son comunicados a los Organismos competentes. En relación a la indemnización por incumplimiento del compromiso de Calidad de Servicio, derivada del Real Decreto 899/2009, de 22 xx xxxx, OPENCABLE se compromete a indemnizar al CLIENTE, si éste se ve afectado por una indisponibilidad del servicio telefónico móvil disponible al público superior a siete (7) horas al mes, correspondiendo el mes al período de facturación del CLIENTE.
El CLIENTE deberá comunicar a OPENCABLE, mediante declaración responsable dirigida al Servicio de Atención del DISTRIBUIDOR, en el plazo xx xxxx (10) días contados a partir del restablecimiento del Servicio, que ha estado en un área afectada por la interrupción en el momento de producirse, y dicha información no deberá ser contradictoria con la que conste en los sistemas de información de OPENCABLE, circunstancia esta última que será comunicada por el DISTRIBUIDOR al CLIENTE.
Esta indemnización se calculará y abonará al CLIENTE de la siguiente forma:
A. Para el servicio telefónico:
OPENCABLE, a través del DISTRIBUIDOR, indemnizará al CLIENTE con una cantidad que será, al menos, igual a la mayor de las dos siguientes:
a. El promedio del importe facturado por todos los servicios interrumpidos durante los tres meses anteriores a la interrupción, prorrateado por el tiempo que haya durado la interrupción. En caso de una antigüedad inferior a tres meses, se considerará el importe de la factura media en las mensualidades completas efectuadas o la que se hubiese obtenido en una mensualidad estimada de forma proporcional al período de consumo efectivo realizado.
b. Cinco veces la cuota mensual de abono vigente en el momento de la interrupción, prorrateado por el tiempo de duración de esta
B. Para el servicio de transmisión de datos (internet):
Para el supuesto de interrupción del servicio de Internet, OPENCABLE, a través del DISTRIBUIDOR, indemnizará al CLIENTE con la cantidad resultante de obtener el promedio de las cantidades facturadas por este servicio en los últimos tres meses prorrateado por el tiempo de efectiva interrupción del servicio.
3. PRECIO DEL SERVICIO.
Serán de aplicación al tráfico de voz y/o datos cursado por el CLIENTE los precios, cuotas, bonos y/o, en su caso, consumos mínimos, contratados de acuerdo con las Tarifas y demás condiciones generales y/o particulares, ofertas o promociones económicas en vigor en el momento de utilización del Servicio.
Inicialmente, se aplicarán los que figuran en la información de tarifas vigentes que se entregan a la firma del contrato. Cualquier concesión, promoción y/o descuento por parte de OPENCABLE sobre el precio del Servicio se limita a las circunstancias específicas para las que se otorgaron, sin constituir en ningún caso precedente a favor del CLIENTE.
En cada ciclo de facturación el CLIENTE podrá efectuar un cambio de Tarifa sin coste alguno. No obstante, en el caso de que el CLIENTE se hubiera adherido a un compromiso de permanencia en Tarifa y antes de transcurrido el plazo comprometido cambiara su Tarifa, el CLIENTE se obliga a satisfacer a OPENCABLE, en su caso, la compensación estipulada.
En caso de otorgarse al CLIENTE descuentos en factura o la aplicación de Tarifas que comporten franjas temporales u horarias sin coste para el CLIENTE, tarifas planas o un límite de facturación máxima por tiempo o volumen de tráfico telefónico, las mismas serán incompatibles con cualquier sistema que implique la concentración, transformación o conversión de llamadas o del tráfico, reservándose OPENCABLE y EL DSITRIBUIDOR en tal caso, bien la resolución contractual, bien la facturación al CLIENTE del tráfico efectivamente cursado y/o sin aplicación de tales limitaciones o descuentos.
OPENCABLE y el DISTRIBUIDOR se reservan, en caso de predisponer tarifas planas o un límite de facturación máxima por tiempo o volumen de tráfico telefónico, la posibilidad de aplicar a las mismas un incremento equivalente al aumento que experimente anualmente el Índice de Precios al Consumo publicado por el Instituto Nacional de Estadística u organismo oficial que lo sustituya.
El CLIENTE está obligado a satisfacer los impuestos, tasas y gravámenes fiscales que legalmente correspondan.
OPENCABLE, , a través del DISTRIBUIDOR, comunicará cualquier modificación del contrato, y en especial los cambios en las tarifas al CLIENTE con un (1) mes de antelación a la entrada en vigor de la modificación. La comunicación al CLIENTE se podrá realizar mediante mensaje en la factura con expresa remisión a la web de OPENCABLE o del DISTRIBUIDOR, u otro medio alternativo. En caso de ser solicitado por el CLIENTE, se le comunicará tal modificación por escrito y sin gasto alguno. La continuación en la utilización del Servicio por parte del CLIENTE a partir de la comunicación se considerará como aceptación de la misma.
4. FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO.
El DISTRIBUIDOR facturará de acuerdo con la modalidad elegida por el CLIENTE las cantidades que éste debe abonar por la utilización del Servicio. Las facturas se remitirán a la última dirección que el CLIENTE haya indicado a OPENCABLE por escrito. En las facturas aparecerán desglosadas las cantidades que se deban abonar por los cargos derivados de los servicios prestados en que haya incurrido el CLIENTE, las promociones, descuentos y demás condiciones ofertadas por OPENCABLE, así como los impuestos que en cada caso resulten legalmente aplicables.
Cuando así lo solicite al DISTRIBUIDOR acreditando por escrito su identidad, el CLIENTE tiene derecho a recibir facturas no desglosadas y a obtener facturas independientes para el Servicio básico, y en su caso, los de tarifas superiores, de acuerdo con las disposiciones vigentes. Sin perjuicio del derecho del CLIENTE a recibir factura no detallada, de existir y conocerlo, El DISTRIBUIDOR desglosará en las facturas la parte
correspondiente a servicios soporte de servicios de tarificación adicional y la parte correspondiente a los prestadores de servicios de tarificación adicional, si es posible, indicando la identidad y número de identificación fiscal de tales prestadores. En caso de desconocer dicha identidad, El DISTRIBUIDOR informará sobre la identidad del operador de red de tarificación adicional con el objeto de que el CLIENTE pueda dirigirse al mismo para que le proporcione tal identidad.
El CLIENTE deberá abonar al DISTRIBUIDOR los importes por llamadas realizadas y recibidas en el extranjero de acuerdo con los cargos o precios que se hayan establecido por la utilización de la Red de operadores extranjeros, no tarificados en la Red de OPENCABLE y repercutidas por el DISTRIBUIDOR al CLIENTE en factura, de acuerdo a las condiciones específicas correspondientes al servicio de cobertura internacional de llamadas (roaming), facilitadas al CLIENTE y cuya información está disponible a través del Servicio de Atención al CLIENTE y sitio Web de OPENCABLE en Internet. No se facilitará el detalle del origen de llamadas recibidas en roaming.
El pago del Servicio Pospago se realizará mediante domiciliación de las facturas en la cuenta bancaria que el CLIENTE haya designado comprometiéndose el mismo a mantener siempre saldo suficiente en dicha cuenta para atender el pago de las cantidades debidas al DISTRIBUIDOR, y, en su defecto, resulta posible el pago en metálico en la sede social del DISTRIBUIDOR, si bien esta modalidad de pago deberá ser elegida de forma expresa. La entidad financiera en la que esté abierta la cuenta bancaria recibirá la notificación del DISTRIBUIDOR con el importe de las cantidades a abonar por el CLIENTE. La factura indicará la fecha de vencimiento. Por defecto, el ciclo de facturación será mensual respecto a los servicios disfrutados en los periodos precedentes salvo que el CLIENTE y el DISTRIBUIDOR convengan otro ciclo. No obstante, el DISTRIBUIDOR podrá facturar y remitir al cobro la cantidad correspondiente o saldo pendiente de forma inmediata cuando:
- se excedan por el CLIENTE los anticipos predispuestos;
- se produzca la suspensión del Servicio;
- acontezca la extinción o resolución del contrato o la interrupción del Servicio;
- el CLIENTE incumpla las presentes Condiciones Generales para la prestación del Servicio.
Las facturas no abonadas en las fechas previstas, por causas no imputables a la entidad de crédito, devengarán el interés legal. En caso de impago de cantidades presentadas al cobro en el domicilio bancario de pago designado por el CLIENTE, el DISTRIBUIDOR se reserva el derecho de exigir el pago del cargo o comisión correspondiente por el importe no atendido, establecido como máximo en un 2% de la cantidad devuelta con un mínimo de 2 Euros, y el DISTRIBUIDOR podrá efectuar el cobro inmediato de toda cantidad adeudada con cargo a tarjetas de crédito o débito que hubieran sido facilitadas por el CLIENTE a tal efecto, o los depósitos necesarios, voluntarios o demás garantías prestadas por el mismo.
El DISTRIBUIDOR facturará mensualmente al CLIENTE la cantidad que éste deba abonar por la prestación del Servicio. En caso de que, por razones técnicas, no fuera posible facturar al CLIENTE en el periodo inmediatamente posterior al devengo, el DISTRIBUIDOR podrá presentar al cobro la factura en los siguientes periodos.
El DISTRIBUIDOR podrá solicitar la entrega de cantidades en concepto de anticipos a cuenta de la facturación, que no devengarán interés a favor del CLIENTE, por el importe que, en función de los servicios contratados y/o el volumen de consumo estimado disfrutado, en su caso, predisponga OPENCABLE y acepte el CLIENTE. Si el valor de las llamadas excediera de dicho anticipo OPENCABLE podrá facturar y remitir al cobro la cantidad correspondiente o saldo pendiente de forma inmediata.
A la entrega del anticipo el DISTRIBUIDOR vendrá obligada a expedir recibo, y a la facturación deberá detallarse tal concepto. A la extinción del contrato, el DISTRIBUIDOR retornará, en su caso, el saldo anticipado a favor del CLIENTE una vez realizadas las comprobaciones necesarias, incluyendo las referidas al disfrute del servicio de roaming. Las cantidades anticipadas podrán aplicarse, en su caso, al pago de cantidades debidas por el CLIENTE a la resolución del Contrato.
5. GARANTÍAS DE PAGO.
El DISTRIBUIDOR, una vez recibida la solicitud de alta por parte del CLIENTE, y en cualquier momento durante la vigencia del Contrato, podrá, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones del CLIENTE: a) Solicitar al CLIENTE la constitución de un depósito no remunerado en efectivo o el otorgamiento de un aval bancario: b) Asignar al CLIENTE un límite de crédito; c) Restringir al CLIENTE los servicios de tarifas superiores, servicios de tarificación adicional y otros servicios internacionales. Estas medidas estarán justificadas, entre otros, por supuestos como: - La existencia de cantidades impagadas por el CLIENTE por cualquier Contrato, vigente o no, con OPENCABLE, con el DISTRIBUIDOR, o con un tercero; - El retraso reiterado del CLIENTE en el pago de sus obligaciones con el DISTRIBUIDOR; - La existencia de un riesgo de fraude, morosidad o de uso ilícito del Servicio.
En cualquier caso, la anterior lista no impide ni limita la apreciación, por parte de OPENCABLE y/o del DISTRIBUIDOR, de otros supuestos similares que puedan justificar la adopción de las medidas previstas en estas Condiciones Generales.
El requerimiento de constitución del depósito o el otorgamiento del aval se hará por cualquier medio que deje constancia de su recepción por el CLIENTE, otorgándole a éste un plazo no menor de quince (15) días para su constitución o, en su caso, para el abono de las cantidades pendientes. Con relación a la asignación de límite de crédito o restricción de servicios, bastará la comunicación previa del DISTRIBUIDOR al CLIENTE. En las garantías exigidas por los retrasos reiterados en el pago de los recibos correspondientes a otro u otros Contratos de abono, el depósito se devolverá cuando quede acreditado que en un (1) año no ha existido ningún retraso en el pago de las facturas enviadas por el DISTRIBUIDOR al CLIENTE. En cualquier caso, la cuantía del depósito o aval en estos supuestos, no será superior al consumo medio estimado de tres (3) meses por línea del CLIENTE. En los demás casos, la garantía, la asignación de límite de crédito o la restricción de servicios desaparecerán tan pronto como el DISTRIBUIDOR tenga constancia de que los supuestos que motivaron la adopción de tales medidas, ya no existen. Si el CLIENTE con deudas pendientes se diera de baja en el Servicio o solicitara el cambio de titularidad de su Contrato, el DISTRIBUIDOR podrá ejecutar la garantía por el total de la deuda contraída, quedando el remanente a disposición del CLIENTE. Si el CLIENTE hubiera pagado todas las facturas, el depósito será devuelto íntegramente. El plazo de devolución del depósito será de quince (15) días a contar desde el siguiente a aquél en el que se cumplan las circunstancias que permitan la devolución.
6. SUSPENSIÓN DEL SERVICIO.
Si el CLIENTE no atendiera parcial o totalmente el pago de las cantidades adeudadas al DISTRIBUIDOR, OPENCABLE quedará facultada para restringir las llamadas salientes y/o suspender el Servicio correspondiente al Contrato y los Anexos asociados al documento de cargo cuyo importe haya sido impagado. La referida restricción y/o suspensión podrá realizarse a partir del día siguiente al que se verifique el impago. OPENCABLE llevará a cabo las actuaciones necesarias para restablecer el Servicio dentro del día laborable siguiente al que tenga constancia de que el importe adeudado ha sido satisfecho. El CLIENTE deberá abonar el importe devengado en concepto de reactivación del servicio en caso de producirse.
La suspensión sólo afectará a los servicios respecto a cuyo pago se haya incurrido en xxxx. El impago del cargo por los servicios de tarificación adicional, acceso a Internet o de cualesquiera otros distintos del servicio telefónico disponible al público, sólo dará lugar a la suspensión de tales servicios.
Podrá suspenderse el Servicio en caso de disconformidad del CLIENTE con la facturación de servicios de tarificación adicional, salvo que el CLIENTE pague el importe del mismo, excluidos los conceptos relativos a servicios de tarificación adicional. En tal caso, el acreedor por prestación de servicios de tarificación adicional podrá proceder al cobro por las vías ordinarias de forma separada al del cobro de la factura por servicios de telecomunicaciones. Para evitar la suspensión o interrupción definitiva, el CLIENTE deberá justificar la presentación de reclamación ante las instancias expresadas en la Condición 12 de este documento y la consignación fehaciente del importe adeudado.
7. CONDICIONES DE SERVICIO.
El CLIENTE deberá atenerse a las instrucciones y comunicaciones de OPENCABLE y/o del DISTRIBUIDOR relativas al uso correcto de los servicios, y respetar las disposiciones vigentes de las autoridades en materia de Navegación aérea y Tráfico. Ni OPENCABLE ni el DISTRIBUIDOR serán responsables en los casos en que se den circunstancias fuera de su control como los de fuerza mayor o caso fortuito, ni cuando deba prevalecer el orden público.
A los efectos de las indemnizaciones señaladas en los puntos A y B siguientes quedan excluidos los servicios de cobertura internacional de llamadas (roaming) prestados en el extranjero por operadores distintos al del operador del servicio facilitado por OPENCABLE y no tarificados en la red de aquél.
OPENCABLE facilitará el Servicio exclusivamente en las zonas de cobertura del Estado en el que el mismo esté implantado en cada momento. OPENCABLE se compromete a facilitar la disponibilidad del Servicio dentro de los límites de cobertura y del estado de la tecnología. En cualquier caso, OPENCABLE no será responsable por interrupciones o mal funcionamiento del Servicio motivado por condiciones orográficas y/o atmosféricas que impidan o imposibiliten el acceso al Servicio, ni de los contenidos de información que no hayan sido elaborados, conocidos o provisionados por la misma, y que se deriven de servicios suplementarios.
A. COMPENSACIÓN POR INTERRUPCIÓN TEMPORAL DEL SERVICIO TELEFÓNICO MOVIL.
En caso de que el servicio telefónico móvil se vea interrumpido, OPENCABLE, a través del DISTRIBUIDOR, indemnizará al CLIENTE con una cantidad que será, al menos, igual a la mayor de las dos siguientes:
a) El promedio del importe facturado por todos los servicios interrumpidos durante los tres meses anteriores a la interrupción, prorrateado por el tiempo que haya durado la interrupción. En caso de una antigüedad inferior a tres meses, se considerará el importe de la factura media en las mensualidades completas efectuadas o la que se hubiese obtenido en una mensualidad estimada de forma proporcional al período de consumo efectivo realizado.
b) Cinco veces la cuota mensual de abono vigente en el momento de la interrupción, prorrateado por el tiempo de duración de esta.
OPENCABLE, a través del DISTRIBUIDOR, indemnizará automáticamente al CLIENTE en la factura correspondiente al periodo inmediato posterior al considerado cuando la interrupción del servicio suponga el derecho a una indemnización por importe superior a un euro.
En el supuesto de interrupciones por causas de fuerza mayor, OPENCABLE, a través del DISTRIBUIDOR, compensará al CLIENTE con la devolución del importe de la cuota de abono y otras independientes del tráfico, prorrateado por el tiempo que hubiera durado la interrupción.
Sin perjuicio de lo anteriormente establecido, ni OPENCABLE ni el DISTRIBUIDOR se responsabilizarán de la prestación defectuosa o interrupción del Servicio en los siguientes supuestos:
a) Incumplimiento grave por el CLIENTE o de las personas a su cargo de las condiciones establecidas en el presente Contrato, en especial en los casos xx xxxx en el pago.
b) Por los daños producidos en la red debido a la conexión por el CLIENTE de equipos terminales cuya conformidad no haya sido evaluada, de acuerdo con la normativa vigente.
B. INTERRUPCIÓN TEMPORAL DEL SERVICO DE TRANSMISION DE DATOS (INTERNET).
Para el supuesto de interrupción del servicio de Internet, OPENCABLE, a través del DISTRIBUIDOR, indemnizará al CLIENTE con la cantidad resultante de obtener el promedio de las cantidades facturadas por este servicio en los últimos tres meses prorrateado por el tiempo de efectiva interrupción del servicio.
El pago de dicha indemnización se realizará automáticamente en la factura correspondiente al periodo inmediato posterior al considerado, cuando la interrupción del servicio, se haya producido de manera continua o discontinua, y sea superior a seis horas en horario de 8 a 22.
La citada indemnización no resultará de aplicación cuando la interrupción temporal del servicio venga motivada por alguna de las siguientes causas:
a) Incumplimiento grave por los CLIENTES de las condiciones contractuales.
b) Daños producidos en la red debido a la conexión por el CLIENTE de equipos terminales que no hayan evaluado la conformidad, de acuerdo con la normativa vigente.
C. DETERMINACIÓN DE LOS USUARIOS AFECTADOS POR UN INTERRUPCIÓN DEL SERVICIO TELEFÓNICO MÓVIL O DE ACCESO A INTERNET MOVIL.
Se entenderá que una interrupción del servicio en una zona afecta a un CLIENTE cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:
a) OPENCABLE conoce a través de sus sistemas de información que dicho CLIENTE se encontraba en la zona afectada en el momento de la interrupción.
b) La interrupción afecta al área donde se encuentra el domicilio que figura en el contrato y OPENCABLE, a través de sus sistemas de información, no puede situarle en otra zona durante el período de la interrupción.
c) El CLIENTE comunica al DISTRIBUIDOR, mediante declaración responsable, en el plazo de 10 días contados a partir del restablecimiento del servicio, que ha estado en la zona afectada por la interrupción en el momento de producirse y dicha afirmación no resulta contradictoria con la obtenida de los sistemas de información de OPENCABLE, circunstancia esta última que será debidamente comunicada por el DISTRIBUIDOR al CLIENTE.
8. USO DEL SERVICIO DE DATOS.
El CLIENTE se compromete a realizar un uso adecuado del servicio de datos nacional y en roaming GPRS/UMTS/HSPA en cualquiera de sus modalidades disponibles. En este sentido se considerarán usos inadecuados los siguientes:
- La utilización del servicio para transportar tráfico de voz sobre IP (VoIP), o el tráfico de compartición de archivos entre usuarios (P2P peer to peer).
- La superación por mes de 15GB de tráfico GPRS/UMTS/HSPA en la red OPENCABLE con cualquiera de las tarifas vigentes.
En el supuesto en que se detecte un uso inadecuado del servicio, OPENCABLE y el DISTRIBUIDOR se reservan el derecho a suspender, finalizar la prestación o a tomar las medidas oportunas para evitar dicho uso inadecuado
9. TARJETA SIM.
El CLIENTE recibe al abonarse al Servicio una Tarjeta SIM, de la que OPENCABLE es propietaria, que le permitirá acceder al Servicio. El CLIENTE recibe igualmente un número de identificación personal que será secreto y que deberá ser introducido en el terminal para poder utilizarlo, obligándose a custodiarlo de forma confidencial.
OPENCABLE y el DISTRIBUIDOR se reservan el derecho a limitar el número máximo de activaciones de tarjetas SIM y líneas que soportan el Servicio en favor de un solo titular del mismo, o de limitar el número de líneas asociadas a una determinada Tarifa. Las presentes Condiciones Generales no amparan la utilización de tarjetas SIM fuera de dispositivos móviles, ni en modo alguno a través de sistemas automáticos salvo autorización expresa y previa por parte de OPENCABLE y/o el DISTRIBUIDOR. En el caso de detectarse este tipo de utilizaciones indebidas, OPENCABLE y el DISTRIBUIDOR se reservan el derecho a suspender el servicio y rescindir el contrato de forma inmediata y sin necesidad de preaviso.
Bajo el principio de neutralidad tecnológica, atendido que la Tarjeta SIM está asociada a dicho número de identificación personal y a un número de teléfono, toda comunicación, realizada a partir de la Tarjeta SIM y/o clave de acceso asignadas al CLIENTE, se considerará como efectuada por éste o con su consentimiento, siendo por tanto responsable con arreglo a las presentes Condiciones Generales y a la Ley.
Para el supuesto de surgir cualquier controversia entre las partes sobre las comunicaciones realizadas por el CLIENTE, las partes otorgan plena eficacia probatoria a los registros generados o almacenados por los sistemas informáticos asociados a los servicios salvo prueba en contra a cargo del CLIENTE.
Corresponde al CLIENTE realizar un uso responsable de todos los servicios y/o funcionalidades. Ni OPENCABLE ni el DISTRIBUIDOR asumen responsabilidad alguna derivada de la pérdida, deterioro, robo o mal uso de las Tarjetas SIM y/o claves de acceso por el CLIENTE o por cualquier tercero, respondiendo el CLIENTE de todo el tráfico, uso y mal uso que se haga de la tarjeta SIM. No obstante, OPENCABLE y el DISTRIBUIDOR, previa identificación del CLIENTE y sus circunstancias personales, podrán tomar las medidas a su alcance para evitar perjuicios al CLIENTE desde la fecha en que, a través del Servicio de Atención al CLIENTE, éste le comunique la constancia o sospecha de la pérdida, sustracción o robo de su Tarjeta SIM y/o sus claves de acceso, o que detecte el conocimiento de éstas por un tercero, y realizar las comprobaciones oportunas de la denuncia ante la autoridad competente en caso de hurto o robo de la Tarjeta SIM, o acerca de la pérdida o extravío de la Tarjeta SIM, propiedad de OPENCABLE, y que le/s ha/n sido cedida/s por ésta.
En caso de que el CLIENTE sea provisto de una Tarjeta SIM supletoria, que permita al CLIENTE utilizarla simultáneamente junto a la tarjeta SIM principal para recibir y realizar llamadas distintas, será igualmente de aplicación lo previsto precedentemente respondiendo el CLIENTE de todo el tráfico, uso y mal uso que se haga de dicha tarjeta SIM, y de los cargos que por su utilización correspondan.
En caso de extravío o robo, el DISTRIBUIDOR repondrá al CLIENTE una nueva Tarjeta SIM a la mayor brevedad posible. Salvo que OPENCABLE y/o el DISTRIBUIDOR decidan aplicar al CLIENTE condiciones más favorables, éste deberá abonar el importe de reposición vigente en el momento de reemplazo. Si el CLIENTE volviera a disponer de la Tarjeta SIM extraviada/robada, la misma deberá devolverse al DISTRIBUIDOR.
La Tarjeta SIM deberá devolverse al DISTRIBUIDOR cuando ésta lo solicite en los supuestos de una sustitución o modificación por razones técnicas, operativas u otras, con el fin de mejorar el Servicio, o de interrupción definitiva del Servicio. OPENCABLE, a través del DISTRIBUIDOR, responderá de las Tarjetas SIM que resulten defectuosas o no aptas para el uso, en los términos establecidos en la Ley, y salvo que la ineficacia se deba a inexperiencia, negligencia y/o descuido del CLIENTE, proporcionando su reparación o sustitución gratuita durante al menos doce meses desde la entrega correspondiente.
10. MODULOS DE AHORRO.
Por módulos de ahorro se entenderán aquellos productos que el CLIENTE contrata y mediante el pago de una cuota mensual fija permiten acceder a un determinado ahorro o precio rebajado respecto a la tarifa habitual, en un determinado tipo de llamadas seleccionadas.
Para este tipo de módulos de ahorro se establece contractualmente una limitación de 1.000 minutos por línea y mes (no acumulable con otras líneas) y adicionalmente a un máximo de 150 destinos fijo o móvil diferentes (si se trata de módulos de ahorro por tipo de destino o en horario determinado).
11. TRANSMISION DE DATOS.
Mediante la tarjeta Sim entregada y la utilización de un equipo terminal apto el CLIENTE podrá enviar y recibir datos mediante tecnología GPRS/UMTS/HSDPA (según disponibilidad). Por la prestación de los servicios de datos el CLIENTE abonará las cuotas y tarifas que le resulten aplicables en función del volumen de datos enviado o recibido.
El CLIENTE reconoce haber sido informado de que la tarjeta Sim recibida tiene habilitada por defecto una tarifa para datos, siendo posible contratar bonos o tarifas (nacionales e internacionales) especiales de transmisión de datos.
Ni OPENCABLE ni el DISTRIBUIDOR resultarán responsable de los contenidos de todo tipo incluidos en las Web-Sites/Páginas Web/WAP- Portales que se hallan disponibles para el público en general, cualquiera que sea la tecnología de acceso y/o conexión, facilitan el acceso a información, contenidos, productos y servicios suministrados o prestados por distintas personas o entidades proveedoras.
Asimismo, ni OPENCABLE ni el DISTRIBUIDOR serán en ningún caso responsable, ni siquiera de forma indirecta o subsidiaria, por productos o servicios prestados u ofertados por otras personas o entidades, o por contenidos, informaciones, comunicaciones, opiniones o manifestaciones de cualquier tipo originados o vertidos por terceros y que resulten accesibles a través de las Páginas Web/WAP.
El CLIENTE acepta expresamente dejar exento a OPENCABLE y al DISTRIBUIDOR de cualquier responsabilidad relacionada con la calidad, exactitud, fiabilidad, corrección o moralidad de los datos, programas, informaciones u opiniones, cualquiera que sea su origen, que circulen por su red o por las redes a las que el CLIENTE pueda acceder a través de la red de OPENCABLE. El CLIENTE asume bajo su exclusiva responsabilidad las consecuencias, daños o acciones que pudieran derivarse del acceso a los contenidos anteriormente relacionados, así como de su reproducción o difusión.
Ni OPENCABLE ni el DISTRIBUIDOR serán responsable de las infracciones de cualquier CLIENTE que afecten a los derechos de otro CLIENTE de OPENCABLE, o de terceros, incluyendo los derechos de copyright, marcas, patentes, información confidencial y cualquier otro derecho de propiedad intelectual o industrial.
Sin perjuicio de lo anterior, OPENCABLE podrá, a su exclusivo criterio y sin que dé lugar a indemnización alguna, suspender de forma inmediata y sin previo aviso, la prestación del servicio de acceso a Internet y, en su caso, retirar los contenidos ilegales que circulen por su red, en caso de que por cualquier medio tenga conocimiento de que el CLIENTE está violando los derechos de terceros (derecho a la intimidad, al honor, a la propia imagen, al secreto en las comunicaciones, a la propiedad intelectual e industrial, de protección de datos, etc.); o bien está utilizando el servidor de OPENCABLE (a modo de ejemplo y sin carácter restrictivo), para (a) la publicación, divulgación, anuncio o distribución de cualquier material, asunto o información con contenidos ilegales, obscenos, pornográficos, abusivos, difamatorios, engañosos, en contra de la moral o el orden público; (b) la inclusión o introducción de cualquier tipo de virus informático, applets, controles ActiveX, archivos defectuosos, o cualquier otro
software o programa informático que pueda provocar daños o alteraciones no autorizadas de los contenidos, programas o sistemas accesibles a través de dichos servicios; (c) alterar o intervenir por medios fraudulentos páginas Web personales o correos electrónicos de otros usuarios sin autorización de los mismos (d) enviar correos electrónicos con carácter masivo y/o repetitivo ("spam") tanto a un tercero, sea este CLIENTE o no de OPENCABLE, como a los propios servidores de OPENCABLE; (e) utilizar de forma indebida o inadecuada, respecto a su normal funcionamiento y finalidad, aquellos servicios que, en su caso, puedan prestarse, tales como Chat-areas, net meetings, grupos de noticias, foros, etc.
OPENCABLE responderá única y exclusivamente de los servicios que preste por sí misma y de los contenidos directamente originados por OPENCABLE e identificados con su copyright. Dicha responsabilidad quedará excluida en los casos en que concurran causas de fuerza mayor o en que la configuración de los equipos del CLIENTE no sea la adecuada para permitir el correcto uso de los Servicios.
El CLIENTE asume la responsabilidad de adoptar las debidas medidas de seguridad dedicadas a evitar la introducción de virus, y demás intrusiones no deseadas. Ni OPENCABLE ni el DISTRIBUIDOR asumirán, en ningún caso, gasto o indemnización alguna por daños o lucro cesante que se deriven de las citadas intrusiones de terceros a través de Internet.
Mediante la utilización de los terminales adecuados, el CLIENTE podrá acceder a su e-mail a través de su terminal. Los accesos al buzón de correo para comprobar la recepción de e-mails suponen un tráfico que datos que será tarificado en función de las tarifas vigentes. En este sentido, se recomienda al CLIENTE configurar la comprobación automática de la recepción de correo en función de sus necesidades.
12. SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE.
El CLIENTE podrá dirigirse al DISTRIBUIDOR, previa su identificación y acreditación de circunstancias personales, a través de su Servicio de Atención al CLIENTE, para presentar reclamaciones sobre el funcionamiento, precio, facturación, responsabilidad por daños o cualquier otra cuestión que pudiera plantearse en relación con el Servicio, en el plazo de un mes desde que tenga conocimiento del hecho que las motive. Las reclamaciones podrán interponerse por el CLIENTE a través del Servicio de Atención al Cliente del DISTRIBUIDOR:
- Teléfono de Atención al CLIENTE del DISTRIBUIDOR indicado en la Solicitud de Servicio.
- Correo postal a Dirección de DISTRIBUIDOR indicada en la Solicitud de Servicio.
- o bien presencialmente en las oficinas del DISTRIBUIDOR, en la dirección indicada en la Solicitud de Servicio.
Formulada la reclamación, si el CLIENTE no hubiera obtenido respuesta satisfactoria del DISTRIBUIDOR en el plazo de un mes podrá dirigir su reclamación a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.
13. SECRETO DE LAS COMUNICACIONES.
OPENCABLE se compromete a la adopción de los medios técnicos necesarios disponibles en cada momento, que permitan garantizar el secreto de las comunicaciones reconocido constitucionalmente, sin perjuicio de las intervenciones legales que, en su caso, puedan acordarse. Tanto OPENCABLE como el DISTRIBUIDOR quedarán exonerados de toda responsabilidad que pueda derivarse de la obtención por el CLIENTE o por terceros de grabaciones de conversaciones telefónicas, de su uso o publicidad, y en general, de cuantas acciones u omisiones, no imputables y ajenas a OPENCABLE, al DISTRIBUIDOR o al operador del Servicio, que quebranten la confidencialidad y el secreto de las comunicaciones telefónicas.
14. PROTECCIÓN DE LOS DATOS PERSONALES.
A los efectos de lo previsto en la normativa sobre protección de datos de carácter personal, OPENCABLE y el DSITRIBUIDOR informan al Cliente que los datos personales a los que tenga acceso como consecuencia de la prestación de los servicios se incorporarán a los respectivos ficheros (automatizados y no automatizados) de datos de carácter personal creado por OPENCABLE y por el DISTRIBUIDOR y bajo su responsabilidad, para las finalidades de mantenimiento y gestión de su relación contractual.
Dicho fichero será utilizado para las finalidades expresadas en la presente cláusula, así como en la solicitud de servicios del presente contrato. Salvo manifestación expresa en contrario, marcando las correspondientes casillas habilitadas en la carátula del contrato, el Cliente autoriza a OPENCABLE y al DISTRIBUIDOR el tratamiento de sus datos para la promoción comercial de todos los productos y servicios de OPENCABLE y/o del DISTRIBUIDOR.
Asimismo y salvo manifestación expresa en contrario, marcando la casilla habilitada en la solicitud de servicios del contrato, el Cliente autoriza a OPENCABLE el tratamiento de sus datos tráfico y facturación para la promoción comercial y para la prestación de servicios de valor añadido.
El Cliente consiente la utilización de sus datos para realizar acciones de formación, información o participar en estudios xx xxxxxxx y de opinión. OPENCABLE y el DISTRIBUIDOR informan al Cliente que en cualquier momento podrá revocar los distintos consentimientos especificados en la presente cláusula, así como en la solicitud de servicios del presente contrato.
OPENCABLE y el DISTRIBUIDOR le informan del carácter necesario de la cumplimentación de los datos que figuran en la solicitud de servicios del presente contrato como tales, sin los cuales ni OPENCABLE ni el DISTRIBUIDOR podrán prestar el Servicio, y del carácter facultativo de los que figuren como de cumplimentación voluntaria.
OPENCABLE y el DISTRIBUIDOR podrán comprobar la solvencia del Cliente, por sí o por quien actúe por su cuenta e interés, mediante el acceso a ficheros automatizados en los que los datos de carácter personal se hayan obtenido de conformidad con las disposiciones vigentes, así como verificar la exactitud de los datos aportados por el Cliente.
Asimismo OPENCABLE pone en conocimiento del Cliente que en caso de no producirse el pago al DISTRIBUIDOR de las cantidades debidas por la prestación de servicios de telecomunicaciones en el término previsto para ello y cumplirse los requisitos establecidos en la normativa vigente, los datos relativos al impago podrán ser comunicados a ficheros relativos al incumplimiento de obligaciones dinerarias.
Asimismo, se informa al Cliente de su facultad de ejercer en cualquier momento los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y demás normativa aplicable al efecto, debiendo dirigirse al DISTRIBUIDOR a tal fin, mediante escrito enviado por correo indicando la solicitud que realiza y acompañando fotocopia del D.N.I., a la dirección del DISTRIBUCIÓN indicada en la condición 12, o bien mediante llamada al teléfono de atención al cliente indicado en esa misma cláusula.
OPENCABLE y el DISTRIBUIDOR se comprometen al cumplimiento de su obligación xx xxxxxxx de los datos de carácter personal y de su deber de guardarlos, y adoptará las medidas necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, de acuerdo con lo establecido por la normativa vigente aplicable en materia de medidas de seguridad de los ficheros automatizados y no automatizados que contengan datos de carácter personal.
15. CESIÓN A TERCEROS.
El Servicio objeto de este contrato es personal. El CLIENTE se obliga a no ceder el presente Contrato ni los derechos y obligaciones derivados del mismo sin permiso escrito expreso y previo de OPENCABLE o del DISTRIBUIDOR. En caso de que OPENCABLE o el DISTRIBUIDOR autoricen un
cambio de titularidad se devengará el correspondiente cargo para el CLIENTE por gestión de dicho cambio de acuerdo con lo que se establezca en las tarifas vigentes.
No se reputarán como cesiones las operaciones de índole societario que sobrevengan tales como la transformación, fusión, escisión o transmisión de rama de actividad de OPENCABLE, bastando para ello la notificación al CLIENTE.
16. EXTINCION Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
El presente contrato se celebra con duración indefinida y se resolverá por las siguientes causas:
a. Extinción del título que habilita a OPENCABLE para la prestación de los servicios, sin que de ello se derive derecho del CLIENTE a indemnización alguna.
b. Se resolverá por cualquiera de las partes por incumplimiento de las obligaciones que se prevén en el presente contrato.
c. Por voluntad del CLIENTE comunicándolo previamente y de forma fehaciente con una antelación mínima de 2 días hábiles. A tal efecto deberá dirigirse por correo a la dirección del DISTRIBUIDOR fijada en la Condición 12, indicando BAJA DEL SERVICIO.
d. En caso de que el CLIENTE no haya remitido al DISTRIBUIDOR el ejemplar correspondiente del presente contrato debidamente firmado, en un plazo de 10 días desde que lo recibió, OPENCABLE y el DISTRIBUIDOR estarán facultados para desistir de dicho contrato, con su consiguiente pérdida de vigencia.
e. Fuerza mayor.
f. OPENCABLE y el DISTRIBUIDOR podrán rescindir de forma inmediata el presente contrato con motivo de la utilización irregular, por parte del CLIENTE, del servicio de Internet mediante la realización de conductas ilegales, lesivas para otros usuarios o para la red de OPENCABLE, y en especial por la ejecución de prácticas de Spam y/o MailBombing.
Una vez resuelto el contrato, el CLIENTE tendrá derecho a la devolución del depósito de garantía que le hubiera podido ser exigido si procede su devolución, sin pago de interés alguno.
En ningún caso, la resolución o el desistimiento del presente contrato exonerarán al CLIENTE de sus obligaciones de pago frente al DISTRIBUIDOR derivadas de la utilización de los servicios hasta el momento en el que se produzca la efectiva desconexión del CLIENTE de los servicios objeto del contrato, consecuencia de dicha resolución o desistimiento.
Sin perjuicio de la resolución del presente contrato y de la aplicación de lo establecido en el mismo en relación con la xxxx en las cantidades adeudadas por el CLIENTE, OPENCABLE, bien directamente bien a través del DISTRIBUIDOR, podrá reclamar judicialmente los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la actuación del CLIENTE, así como las cantidades adeudadas o los equipos no devueltos o devueltos con deterioros y/o daños estéticos y/o de uso. Asimismo, el CLIENTE podrá reclamar los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la actuación de OPENCABLE, así como las cantidades que hayan sido cobradas indebidamente.
En caso de resolución del Contrato por xxxx en el pago de los Servicios por parte del CLIENTE, y posterior alta de dicho Servicio, el CLIENTE deberá abonar nuevamente al DISTRIBUIDOR la cuota de alta por el importe vigente en ese momento así como la deuda pendiente de pago, incluidos los gastos administrativos, de abogado, procurador, etc. que se hubieran ocasionado con motivo de las gestiones extrajudiciales o judiciales para recobrar la cantidad adeudada. Asimismo tanto OPENCABLE como el DISTRIBUIDOR se reservan el derecho de no aplicar promociones, ofertas o descuentos al CLIENTE que, habiendo incurrido en xxxx o no habiendo efectuado en algún momento el pago de las correspondientes cuotas o servicios contratados, contrate nuevamente los Servicios de OPENCABLE.
17. LEGISLACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLES.
El CLIENTE contrata con OPENCABLE y con el DISTRIBUIDOR con sujeción al régimen que en cada momento establezca la normativa vigente española para la prestación del Servicio de telefonía móvil por el Operador del Servicio. El contrato y sus Condiciones podrán ser modificadas por OPENCABLE en cualquier momento, previa comunicación al CLIENTE, a través del DISTRIBUIDOR, con un preaviso de un mes. En todo caso el CLIENTE podrá recabar información detallada a través del Servicio de Atención al CLIENTE. Si el CLIENTE no estuviera conforme con la modificación, podrá notificar al DISTRIBUIDOR su voluntad de resolver el contrato en el plazo de un mes desde que reciba la comunicación, transcurrido el cual sin que el DISTRIBUIDOR haya recibido comunicación alguna, se entenderá que el CLIENTE acepta las modificaciones. La versión actualizada de las condiciones generales podrá recogerse en las oficinas comerciales del DISTRIBUIDOR.
La declaración de cualquiera de estas Condiciones Generales como nula, inválida o ineficaz no afectará a la validez o eficacia de las demás condiciones generales, las cuales permanecerán siendo vinculantes para las partes. El Contrato se regirá por la legislación española que será la aplicable en relación con su interpretación, validez y cumplimiento.
18. COMPROMISOS DE PERMANENCIA EN EL SERVICIO.
En su caso, el CLIENTE podrá suscribir anexos al presente contrato mediante los cuales se comprometa a mantener contratado el servicio un determinado periodo de tiempo como consecuencia de la obtención de ventajas, descuentos o equipamiento a precio promocional. En dicho caso, también resultarán de aplicación los derechos y obligaciones especiales previstos en dichos anexos.
19. DERECHO DE DESISTIMIENTO EN CONTRATACIÓN A DISTANCIA
En el supuesto en que el CLIENTE haya contratado a distancia, tendrá derecho a desistir de la contratación efectuada en el plazo de 14 días naturales desde la fecha de la solicitud de contratación. Para el ejercicio del derecho de desistimiento, el CLIENTE deberá remitir debidamente cumplimentado, en el plazo indicado, al departamento de Atención al Cliente, el documento de Solicitud de Desistimiento que EL DISTRIBUIDOR le facilitará. En caso de que el CLIENTE haya solicitado expresamente que dé comienzo la prestación del Servicio durante el período de desistimiento, el CLIENTE deberá hacer frente a los gastos derivados de la instalación de los Servicios, comunicados al CLIENTE en la Solicitud de Servicios. En caso de desistimiento, el Cliente deberá devolver LOS EQUIPOS en las oficinas del DISTRIBUIDOR en el plazo de veinticinco (25) días desde la fecha efectiva de comunicación del desistimiento. En caso de que el CLIENTE no devuelva LOS EQUIPOS en perfecto estado, deberá abonar al DISTRIBUIDOR la cantidad correspondiente al 100% del valor de LOS EQUIPOS, indicado en la Solicitud de Servicio. En caso de que el CLIENTE haya contratado el servicio telefónico, una vez realizada la portabilidad de la numeración solicitada, el CLIENTE es informado y acepta que, a partir de ese momento perderá su derecho de desistimiento, en virtud de lo establecido en el artículo 103 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
20. ACCESO A LOS SERVICIOS DE EMERGENCIA.
El servicio de voz prestado por OPENCABLE permite acceder a los servicios de emergencia de manera gratuita, informándose a dichos servicios sobre la ubicación de la persona que realiza la llamada, en caso de ser requerido.