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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO CON CRITERIOS MÚLTIPLES, DEL SUMINISTRO DE EQUIPOS INFORMÁTICOS PORTÁTILES PARA EL BARCELONA SUPERCOMPUTING CENTER – CENTRO NACIONAL DE SUPERCOMPUTACIÓN (BSC-CNS).
CONTENIDO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO CON CRITERIOS MÚLTIPLES, DEL SUMINISTRO DE EQUIPOS INFORMÁTICOS PORTÁTILES PARA EL BARCELONA SUPERCOMPUTING CENTER – CENTRO NACIONAL DE SUPERCOMPUTACIÓN (BSC-CNS). 1
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO CON CRITERIOS MÚLTIPLES, DEL SUMINISTRO DE EQUIPOS INFORMÁTICOS PORTÁTILES PARA EL BARCELONA SUPERCOMPUTING CENTER – CENTRO NACIONAL DE SUPERCOMPUTACIÓN (BSC-CNS). 4
1. OBJETO, CODIFICACIÓN, RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Y ÓRGANO DE CONTRATACIÓN 4
2. PRESUPUESTO, VALOR ESTIMADO, EXISTENCIA DE CRÉDITO, REVISIÓN DE PRECIOS Y PERFIL DEL CONTRATANTE 4
3. EMPRESAS LICITADORAS, DOCUMENTACIÓN Y OFERTAS 5
3.2. Lugar y plazo de entrega. 6
3.3. Admisibilidad de variantes 6
3.5. Documentación administrativa. Sobre A. 7
3.5.1. Solicitud de admisión 7
3.5.2. Declaración responsable 7
3.6. Documentación relativa a criterios sometidos a juicio de valor. Sobre B. 7
3.6.2. Todo el contenido del sobre B 7
3.7 Documentación correspondiente a los criterios de valoración automática. Sobre C. 7
4. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN 8
4.1. Apertura de Proposiciones 8
4.3. Ofertas anormales o desproporcionadas. 9
4.4. Oferta económicamente más ventajosa. 9
5. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 9
5.1. Requerimiento al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa. 9
5.4. Gastos a cuenta del adjudicatario. 11
6. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO, CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN 11
6.1. Formalización del contrato 11
6.2. Plazo para la formalización del contrato 12
7. FABRICACIÓN DE LOS BIENES OBJETO DEL SUMINISTRO, CONTROL DE CALIDAD Y ENTREGA 12
7.1. Fabricación de los bienes 12
7.2. Comprobaciones de los suministros 12
7.3. Plazo y lugar de entrega. 13
7.4. Obligaciones del contratista de carácter específico. 13
7.5. Responsabilidad por demora en la ejecución 13
8. EJECUCIÓN, MODIFICACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 14
9. ABONOS AL ADJUDICATARIO Y REVISIÓN DE PRECIOS 14
10. PLAZO DE GARANTÍA Y DEVOLUCIÓN DE LA FIANZA 15
10.2. Devolución de la garantía. 15
11. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN 15
11.1. Prerrogativas del Órgano de Contratación 15
Anexo A. Solicitud de Admisión 16
Anexo B. Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) 17
Anexo D. TABLA MEJORAS CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMATICA. 19
Expediente CONSU02017015OP. CUADRO DE CARACTERÍSTICAS 20
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO CON CRITERIOS MÚLTIPLES, DEL SUMINISTRO DE EQUIPOS INFORMÁTICOS PORTÁTILES PARA EL BARCELONA SUPERCOMPUTING CENTER – CENTRO NACIONAL DE SUPERCOMPUTACIÓN (BSC-CNS).
Expediente CONSU02017015OP
1. OBJETO, CODIFICACIÓN, RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Y ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
Este contrato tiene por objeto la contratación del suministro de equipos informáticos portátiles para el BSC-CNS, conforme a las características que figuran en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
En los bienes objeto del suministro concurren las características del art. 9 del TRLCSP. La duración de este contrato se detalla en el Cuadro de Características.
El presente contrato se califica como contrato administrativo de suministro y se regirá por lo establecido en este Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, y para lo no previsto en ellos, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante RD 817/2009), y en cuanto no se encuentre derogado por éstos, al Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante RGLCAP).
El suministro se adjudicará por procedimiento abierto y tramitación ordinaria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 138 y 157 del TRLCSP. La jurisdicción competente para resolver las cuestiones litigiosas sobre la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de este contrato es la contenciosa administrativa.
El Órgano de Contratación es el Director del BSC-CNS, por delegación de la Comisión Ejecutiva.
2. PRESUPUESTO, VALOR ESTIMADO, EXISTENCIA DE CRÉDITO, REVISIÓN DE PRECIOS Y PERFIL DEL CONTRATANTE
El presupuesto del contrato es el detallado en el Cuadro de Características adjunto a este pliego.
El valor estimado del contrato a los efectos del art. 88 de TRLCSP es el señalado en el Cuadro de Características.
La aplicación presupuestaria es la señalada en el cuadro de características adjunto.
Existe crédito suficiente hasta el importe del presupuesto aprobado por el Barcelona Supercomputing Center – Centro Nacional de Supercomputación (en adelante BSC-CNS).
El presente contrato no será susceptible de revisión de precios.
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a la actividad comercial, los interesados podrán consultar la información referente a las licitaciones abiertas a través de internet por medio de la página web: xxx.xxx.xx, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 53, 141, 142, 151 y 154 del TRLCSP.
3. EMPRESAS LICITADORAS, DOCUMENTACIÓN Y OFERTAS
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, y que no se encuentren en alguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP.
En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, en su caso, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando este acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos.
Cada licitador no podrá presentar más que una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otras, si lo ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal. La contravención de este principio dará lugar automáticamente a la exclusión de todas las por él presentadas.
Xxxxxx, asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el art. 59 del TRLCSP. Cada uno de los empresarios que componen la agrupación, deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato
ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente al BSC-CNS y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas (art. 24 del RGLCAP). El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión.
La presentación de proposiciones supone por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Pliego, xxx xxxxxx de prescripciones técnicas y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con el BSC-CNS.
3.2. LUGAR Y PLAZO DE ENTREGA.
Los sobres antes reseñados, deberán ser entregados en el lugar que se indica en el Cuadro de Características, o enviados por correo dentro del plazo señalado en los anuncios publicados en el Boletín Oficial del Estado y en el Perfil del Contratante. Una vez presentada una proposición no podrá ser retirada bajo ningún pretexto.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo. Transcurridos, no obstante, 10 días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
3.3. ADMISIBILIDAD DE VARIANTES.
En el presente contrato no se admitirán variantes.
Los licitadores presentarán tres sobres cerrados:
Sobre A. Documentación Administrativa
Sobre B. Documentación relativa a criterios sometidos a un juicio de valor
Sobre C. Documentación relativa a criterios evaluables de forma automática
Todos ellos deben ir identificados y firmados por el licitador o persona que lo represente y deben indicar la razón social, la denominación de la Entidad licitadora y el objeto del contrato.
En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente (en cumplimiento del artículo 80 del RGLCAP), con la documentación que a continuación se especifica.
En ningún caso en la documentación personal y administrativa (sobre A) y en la documentación relativa a criterios sometidos a un juicio de valor (sobre B) deberán figurar referencias o anotaciones sobre el valor económico de la oferta.
3.5. DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA. SOBRE A.
En dicho sobre deberán incluirse obligatoriamente los siguientes documentos:
3.5.1. SOLICITUD DE ADMISIÓN, según documento modelo Anexo A.
3.5.2. DECLARACIÓN RESPONSABLE de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el art. 60 del TRLCSP, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, según documento modelo Anexo B. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el art. 73 del TRLCSP. No obstante, los licitadores habrán de tener en cuenta, que, en caso de resultar adjudicatarios, deberán acreditar las circunstancias anteriores mediante los certificados oportunos expedidos por el órgano competente, a cuyo efecto se les concederá un plazo de 10 días hábiles.
3.6. DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS SOMETIDOS A JUICIO DE VALOR. SOBRE B.
Se presentará en la forma especificada en la cláusula 3.4 de este pliego.
En el sobre B se incluirá toda la documentación relacionada con los criterios de adjudicación que dependen de un juicio de valor, en concreto, deberán incluirse los siguientes documentos:
3.6.1. MEMORIA DESCRIPTIVA de los artículos que se ofrecen, en el mismo orden y con la misma denominación que la oferta económica. Es conveniente acompañar esta memoria descriptiva con el catálogo, la marca comercial y el nombre del fabricante de cada material.
3.6.2. TODO EL CONTENIDO DEL SOBRE B debe presentarse, además de en papel, en formato digital (DVD o USB), no incluyendo en el mismo DVD o USB documentación de otros sobres.
3.7 DOCUMENTACIÓN CORRESPONDIENTE A LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN AUTOMÁTICA. SOBRE C.
En el sobre C se incluirá toda la documentación relacionada con los criterios de adjudicación que son evaluables de forma automática.
Se presentará en la forma especificada en la cláusula 3.4 de este Pliego, añadiendo la referencia “documentación relativa a criterios evaluables de forma automática” redactada conforme al modelo que se adjunta en Anexo C.
Se proporciona una tabla a cumplimentar con las diferentes condiciones exigidas y las mejoras técnicas con valoración automática que aporte la propuesta de cada licitador (Tabla Anexo D).
A todos los efectos, se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores comprenden, no sólo el precio del contrato, sino también los gastos de transportes y demás que se produzcan hasta la entrega, instalación y puesta en marcha de los bienes en el Centro o Centros que el BSC-CNS designe, IVA y demás tributos que le sean de aplicación según las disposiciones vigentes. La cantidad correspondiente al IVA figurará como partida independiente.
Los criterios de adjudicación se detallan en el Cuadro de Características.
4.1. APERTURA DE PROPOSICIONES
Finalizado el plazo de presentación de ofertas, la Mesa de Contratación se reunirá en sesión privada para revisar la documentación relativa a los sobres A (documentación personal y administrativa), de conformidad con el artículo 22 apartado a) del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP (de ahora en adelante RD 817/2009).
Si la Mesa observare defectos o errores materiales de carácter subsanable en la documentación presentada lo comunicará verbalmente y por correo electrónico a los interesados, y concederá un plazo de tres días para que el licitador subsane el error.
No presentar alguno de los sobres A, B o C es causa de exclusión.
La Mesa de Contratación, en el lugar, día y hora señalados en el Perfil del Contratante, en acto público, realiza la lectura del anuncio del contrato, hace el recuento de las proposiciones presentadas y da cuenta de las empresas que han sido admitidas y de las que han sido excluidas. En este último caso se especificarán las causas de la exclusión.
A continuación, se procede a la apertura pública de los sobres B (documentación relativa a criterios sometido a juicio de valor), y se hace entrega al órgano encargado de la valoración la documentación que contienen. El personal técnico analizará y valorará las proposiciones según los criterios de valoración señalados. La Mesa de Contratación se reunirá en sesión privada para aprobar la puntuación otorgada a cada Licitador.
Posteriormente, la Mesa de Contratación, en el lugar, día y hora señalados en el Perfil del Contratante, en acto público, dará a conocer la ponderación asignada a los criterios que dependen de un juicio de valor, de conformidad con el artículo 30 del RD 817/2009. Acto seguido se procederá a la apertura de los sobres C (documentación relativa a criterios evaluables de forma automática) y se realizará la lectura de las ofertas.
La Mesa de Contratación invitará a los asistentes para que expongan las observaciones o dudas que pudieran tener.
La Mesa de Contratación se compone de los miembros que figuran en el Cuadro de Características.
La Mesa de Contratación es el órgano competente para la valoración de las ofertas, de conformidad con el artículo 21 del RD 817/2009. Como tal valorará la documentación personal y administrativa y determinará, si es el caso, los licitadores que deban ser excluidos del procedimiento por no acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
La Mesa de Contratación abrirá las proposiciones presentadas y las clasificará en orden decreciente de valoración, a cuyo efecto podrá solicitar informes técnicos que considere precisos.
4.3. OFERTAS ANORMALES O DESPROPORCIONADAS.
Se entenderá que una oferta está incursa en anormalidad en los supuestos señalados en el
apartado “Ñ” del cuadro de características del contrato.
4.4. OFERTA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA.
La Mesa de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, de conformidad con el artículo 151 del TRLCSP. La Mesa de Contratación, para dicha clasificación se atenderá a los criterios de valoración señalados.
La Mesa de Contratación, una vez elaborado el informe correspondiente y hecha la valoración de los criterios de adjudicación, hace la propuesta de adjudicación al Órgano de Contratación a favor del licitador con la oferta económicamente más ventajosa.
Dicha propuesta de adjudicación no crea derecho alguno en favor del empresario propuesto, mientras no exista acuerdo del Órgano de Contratación.
5.1. REQUERIMIENTO AL LICITADOR QUE HAYA PRESENTADO LA OFERTA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA.
El Órgano de Contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación siguiente:
Una relación de todos los documentos incluidos en este sobre.
Copia auténtica o testimonio de la escritura de constitución o de modificación de la sociedad.
Original o copia debidamente compulsada de la escritura de apoderamiento notarial y escrito de validación de los poderes.
Documentos acreditativos de solvencia económica y financiera de conformidad con los artículos 75 y 77 del TRLCSP, tal y como se detalla en el cuadro de Características.
Documentación acreditativa de solvencia técnica de conformidad con los artículos 75 y 77 del TRLCSP, tal y como se detalla en el cuadro de Características.
La documentación acreditativa de la capacidad de obrar de las personas jurídicas, se acreditará conforme a lo establecido en el artículo 72 del TRLCSP.
En el supuesto de concurrir un empresario individual acompañará el Documento Nacional de Identidad y, en su caso, la escritura de apoderamiento debidamente legalizada, o sus fotocopias debidamente autenticadas.
Poder bastante al efecto a favor de las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se tratase de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el art. 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil. En todo caso, el poder deberá estar formalizado en escritura pública y ser copia auténtica.
El poder deberá ir acompañado del DNI del apoderado y de una declaración responsable conforme los poderes otorgados no han sido modificados ni revocados en la fecha de presentación de la solicitud.
Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Documento acreditativo de haber constituido la garantía definitiva.
Documento acreditativo de haber abonado los gastos de los anuncios de licitación correspondientes.
Si el licitador, por causas imputables a él, no presentara la documentación requerida en el plazo establecido, el Órgano de Contratación no efectuará la adjudicación del contrato a su favor, entendiéndose que el licitador ha retirado su oferta, y se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa está obligado a presentar, en un plazo xxxxxx xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, una garantía definitiva del 5% del importe de adjudicación, excluido el IVA.
La forma de presentación, responsabilidades y devolución de la garantía se ajustará a lo establecido en los artículos 95 a 102 del TRLCSP y 61 a 65 del RGLCAP.
La garantía deberá constituirse de conformidad con los requisitos exigidos en los artículos 55 a 58 y 61 del RGLCAP y según los modelos III a VI de dicho Reglamento.
El Órgano de Contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, de conformidad con el artículo 151.3 del TRLCSP.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario.
5.4. GASTOS A CUENTA DEL ADJUDICATARIO.
Los gastos de publicación de los anuncios del presente contrato correrán a cuenta del adjudicatario, siendo el importe máximo 2.500 euros.
Así mismo, serán por cuenta del adjudicatario todos los gastos necesarios para la ejecución del contrato, tales como transporte e instalación; así como los tributos que no estén expresamente excluidos en el presente pliego.
6. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO, CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
6.1. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato deberá formalizarse en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
En el caso de que el contrato fuera adjudicado a una Agrupación de Empresas deberán éstas acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, dentro del plazo otorgado para la formalización del Contrato, y NIF asignado a la Agrupación.
6.2. PLAZO PARA LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
La formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo 151.4.
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 226 del TRLCSP, y del artículo 72 de la Directiva 2014/24.
La contratación por el adjudicatario de la realización parcial del contrato con terceros estará sujeta a los requisitos establecidos en el art. 227 TRLCSP, así como el pago a subcontratistas y suministradores deberá ajustarse a lo dispuesto en el art. 228 del TRLCSP.
7. FABRICACIÓN DE LOS BIENES OBJETO DEL SUMINISTRO, CONTROL DE CALIDAD Y ENTREGA
7.1. FABRICACIÓN DE LOS BIENES.
Los bienes se fabricarán con estricta sujeción al Pliego de Prescripciones Técnicas elaborado por el BSC-CNS que ha de regir el presente contrato.
El contratista será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial, intelectual o comercial de los materiales, procedimientos y equipos utilizados en la fabricación del suministro, debiendo indemnizar al BSC-CNS todos los daños y perjuicios que para ésta pudieran derivarse de la interposición de reclamaciones, incluidos los gastos derivados de los que eventualmente pudieran dirigirse contra la misma.
7.2. COMPROBACIONES DE LOS SUMINISTROS.
El BSC-CNS ostenta las facultades previstas en el art. 295 del TRLCSP. En particular, se reserva el derecho de efectuar cuantas comprobaciones estime convenientes de las calidades de los bienes durante su fabricación y procedimiento a seguir en el reconocimiento del material al tiempo de la entrega. A estos efectos, un facultativo del BSC- CNS podrá, en cualquier momento durante el proceso de fabricación y sin previo aviso, efectuar in situ el control de las materias primas con la finalidad de comprobar si las mismas corresponden al material ofertado por el empresario, levantando, en su caso, acta de no conformidad, que podrá dar lugar a resolución del contrato.
7.3. PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA.
El contratista procederá a la entrega total o entregas parciales que se hubieren establecido en el plazo y lugar señalado en el Cuadro de Características, a contar desde el día siguiente al de la firma del contrato.
El adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega al BSC-CNS, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos.
7.4. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA DE CARÁCTER ESPECÍFICO.
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, el empresario quedará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de legislación laboral, seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista no implicará responsabilidad alguna para el BSC-CNS.
7.5. RESPONSABILIDAD POR DEMORA EN LA EJECUCIÓN.
El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por el BSC-CNS. Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, el BSC-CNS podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Estas ascenderán a 0,20 euros por cada mil euros del precio del contrato, de conformidad con los artículos 212 y 213 del TRLCSP. En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte del BSC-CNS.
El importe de las penalidades por demora se deducirá de las facturas y, en su caso, de la garantía de conformidad con lo dispuesto en el art. 99 del RGLCAP.
La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades, no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho el BSC-CNS, originados por la demora del contratista.
Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista y éste ofreciera cumplir sus compromisos dándole prórroga del tiempo que se le había señalado, el BSC-CNS concederá un plazo que será, por lo menos, igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor.
La recepción se efectuará en los términos y con las formalidades establecidas en los arts. 212 y 292 TRLCSP.
Si los bienes no se hallan en estado de ser recibidos se hará constar así en el acta de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.
8. EJECUCIÓN, MODIFICACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.
El contratista está obligado a la total ejecución del contrato en los términos previstos en los artículos 212 y 215 del TRLCSP.
El Órgano de Contratación podrá acordar, una vez perfeccionado el contrato, siempre que se justifique suficientemente la concurrencia de alguna de las circunstancias del artículo 107 TRLCSP, modificaciones en el mismo en la forma prevista en el Título V del libro I, y de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 211 del TRLCSP, justificándolo debidamente en el expediente y siempre que no alteren la naturaleza global del contrato.
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los arts. 223 y 299 del TRLCSP y en las condiciones y con los efectos señalados en el art. 300 de la citada norma.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del adjudicatario, le será incautada la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización, en su caso, por daños y perjuicios originados al BSC-CNS, en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
9. ABONOS AL ADJUDICATARIO Y REVISIÓN DE PRECIOS
El adjudicatario tendrá derecho al abono del precio de los suministros efectivamente entregados y formalmente recibidos por el BSC-CNS con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato.
No se contempla.
10. PLAZO DE GARANTÍA Y DEVOLUCIÓN DE LA FIANZA
El plazo de garantía es el señalado en el Cuadro de Características. Si durante dicho plazo se acreditara la existencia de vicios o defectos en el suministro, tendrá derecho el BSC- CNS a reclamar al empresario la reposición de los bienes inadecuados o la reparación de los mismos si fuera suficiente. En todo caso, se estará a lo dispuesto en el art. 298 del TRLCSP.
10.2. DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA.
Terminado el plazo de garantía sin que el BSC-CNS haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refiere los artículos 298.1 y 298.3 del TRLCSP, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados y se procederá la devolución de la fianza.
11. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN
11.1. PRERROGATIVAS DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.
El Órgano de Contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, podrá modificar por razones de interés público, los contratos y acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el TRLCSP y el RDLCAP.
Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, previo informe de la Asesoría Jurídica, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, conforme al previsto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
SOLICITUD DE ADMISIÓN
DATOS DEL LICITADOR
Nombre de la razón social NIF
□ Empresario individual □ Persona jurídica
Dirección Teléfono Fax E-mail
DATOS DE LA PERSONA DE CONTACTO
Nombre y apellidos Teléfono Fax E-mail
DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE Nombre y apellidos | DNI | |
Relación con el licitador □ Titular □ Apoderado | ||
DOCUMENTACIÓN QUE APORTA EN EL SOBRE A | ||
□ Copia del DNI □ Declaración de responsable (DEUC) - ANEXO B - La persona abajo firmante solicita ser admitida en | la licitación | del expediente número |
“CONSU02017015OP de suministro de equipos informáticos portátiles para el BSC-CNS”, después de haber manifestado su conformidad con todas y cada una de las condiciones establecidas en los pliegos de cláusulas administrativas y de especificaciones técnicas.
Lugar, fecha, nombre y firma
Sello del licitador
ANEXO B. DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC)
Se podrá acceder al formulario normalizado DEUC a través del servicio en línea DEUC electrónico [eESPD por sus siglas en inglés], que facilita gratuitamente la Comisión Europea:
xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxxxxx
La inexactitud, la falsedad o la omisión de cualquier de los datos y manifestaciones que se incorporen al formulario normalizado del Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) determinará la exclusión automática de la empresa licitadora desde el momento en que se tengan constancia de estos hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas que pudieran corresponder, así como las prohibiciones para contratar con el sector público.
PROPOSICIÓN ECONÓMICA
OBJETO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
Suministro de equipos informáticos portátiles para el BSC-CNS.
DATOS DE LA PERSONA OFERTANTE
Nombre y apellidos DNI Relación con la empresa
DATOS DE LA PERSONA DE CONTACTO
Nombre y apellidos Teléfono | Fax | |
DATOS DE LA EMPRESA Nombre de la razón social | NIF | |
Dirección | ||
Teléfono FAX |
La persona los datos de la cual se mencionan arriba se compromete, en nombre propio o de la empresa que representa, a hacerse cargo del suministro descrito por el importe consignado en esta proposición económica; indicando el IVA en partida independiente:
Importe unitario de cada equipo informático portátil a suministrar, en EUROS, IVA excluido (en cifras y en letras) |
Importe del IVA por equipo informático portátil, en EUROS (en cifras y en letras) |
Xxxxx, fecha, firma y nombre de la persona ofertante. Sello del licitador
SUMINISTRO OFERTADO
Tabla a cumplimentar con los valores del suministro ofertado de las mejoras valoradas de forma automática:
CONCEPTO | VALOR LICITACIÓN | VALOR OFERTADO |
Garantía del Equipo | ||
Duración de la garantía | 3 años | |
Reparación y sustitución en casos de daño accidental no cubiertos por la garantía | (no requerido) | |
Garantía de la Batería | ||
Duración de la garantía | 3 años | |
Nº de Baterías a sustituir por equipo | 1 |
Xxxxx, fecha, firma y nombre de la persona ofertante.
Sello del licitador
EXPEDIENTE CONSU02017015OP. CUADRO DE CARACTERÍSTICAS
A. Descripción del suministro
Este contrato tiene por objeto la contratación del suministro de equipos informáticos portátiles para el BSC-CNS, conforme a las características que figuran en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
En los bienes objeto del suministro concurren las características del art. 9 del TRLCSP
El objeto inicial del contrato lo constituyen 50 equipos. Sin perjuicio de ello, la cantidad de equipos a suministrar dependerá de las necesidades de BSC, pudiendo, por ello, efectuarse, dentro del precio máximo del contrato, nuevas adquisiciones al precio contratado.
No existirá derecho de indemnización por parte del contratista para el caso de que la cifra de ordenadores no fuera superior a 50 equipos.
B. Codificación.
La codificación correspondiente a la nomenclatura de Vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV) es 30213100 ORDENADORES PORTATILES
C. Presupuesto de contratación (EUR) y Xxxxx Xxxxxxxx
El importe máximo de licitación del contrato es de 200.000 € (doscientos mil euros) IVA excluido por equipos informáticos portátiles. Esto es, un precio unitario máximo de 1.500 euros IVA excluido por portátil.
Este presupuesto tiene carácter orientativo. En ningún caso tendrá el adjudicatario derecho a solicitar cualquier indemnización por la falta de agotamiento del presupuesto, teniendo únicamente derecho al abono de los bienes efectivamente suministrados.
Este importe se calcula aplicando los precios de licitación (precio/producto) a los productos abonables anuales estimados.
El BSC adquirirá inicialmente 50 equipos informáticos portátiles a un precio unitario máximo de
1.500 euros IVA excluido por equipo.
A lo largo de la duración del contrato podrán adquirirse más equipos hasta, en su caso, el precio máximo de licitación.
Tanto en el presupuesto indicado como en las ofertas que formulen los licitadores, han de entenderse incluidos todos los factores de valoración, gastos que el adjudicatario deba realizar para el normal cumplimiento de la prestación contratada, así como los tributos, de cualquier índole, que sean de aplicación según las disposiciones vigentes, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, que deberá aparecer desglosado.
La empresa finalmente adjudicataria tendrá la obligación de proporcionar el equipo más actual de la familia que tenga en el mercado equivalente al ofertado durante el periodo del contrato. El equipo actualizado deberá cumplir las características técnicas ofertadas por el licitador en este pliego o mejorarlas. Se solicitará una muestra física del modelo actualizado y sólo se aceptará previo informe favorable de los técnicos del Órgano de Contratación.
D. Duración
Este contrato tiene una duración de 2 años.
E. Aplicaciones presupuestarias
BSC2017/P BSC2017/O BSC2018/P BSC2018/O
F. Criterios de adjudicación
Las ofertas se valorarán sobre un máximo de 100 puntos, de los cuales 58 puntos corresponden a criterios evaluables de forma automática y 42 puntos a criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor.
De acuerdo con el artículo 150 y siguientes del TRLCSP, los criterios de valoración son los siguientes:
a) Criterios evaluables de forma automática 58 puntos
b) Criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor 42 puntos
Total 100 puntos
Valoraciones que dependen de un juicio de valor (SOBRE B)
Se valorarán los siguientes elementos técnicos de los equipos presentados comparando las muestras entregadas y valorando los elementos por encima de los mínimos requeridos, en la siguiente tabla se resumen la distribución de la puntuación bajo juicio de valor:
Para cada entrada se compararán los valores presentados, dando la máxima puntuación al mejor y de forma proporcional a la mejora presentada al resto, la presentación del mínimo significa 0 puntos en dicha entrada. La puntuación obtenida se dará en base a pruebas sobre el equipo de muestra.
CONCEPTO | VALOR REQUERIDO | PUNTUACIÓN MÁXIMA |
Memoria (capacidad mínima) | 16 GB a 2400Mhz | 6 puntos |
Unidad de disco duro | SSD M2 – 480-512GB | 6 puntos |
Duración batería (duración mínima, bajo test de rendimiento) | 6h | 8 puntos |
Peso máximo (con batería) | 1,6 Kg | 2 puntos |
Valoración del formato de la muestra presentada | Formato, robustez, acabados, diseño, etc. | 20 puntos |
El BSC-CNS excluirá a los Licitadores en caso de no considerar el equipo ofertado de Gama Profesional conforme a lo descrito en el Pliego Técnico.
Valoraciones que son evaluables de forma automática (SOBRE C)
En la siguiente tabla se presenta los criterios evaluables de forma automática:
Tabla de valoraciones de criterios que son evaluables de forma automática
CONCEPTO | VALOR LICITACIÓN | PUNTUACIÓN MÁXIMA |
Garantía del Equipo | ||
Duración de la garantía | 3 años | 10 puntos |
Reparación y sustitución en casos de daño accidental no cubiertos por la garantía | (no requerido) | 2 puntos |
Garantía de la Batería | ||
Nº de Baterías a sustituir por equipo | 1 | 1 punto |
La oferta económica se valorará hasta un máximo de 45 puntos, de acuerdo a la siguiente fórmula:
OB x 45 puntos
OL
PL
Siendo:
OB: la oferta más baja presentada
OL: la oferta presentada por el licitador
PL: puntuación económica obtenida por el licitador
G. Requisitos técnicos
Se detallan en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
H. Mejoras
En este apartado se listas todas las posibles mejoras evaluables por juicio de valor. Estas mejoras tendrán que ser evaluadas por el equipo técnico del BSC mediante diferentes test para cada mejora.
Las valoraciones de los diferentes puntos se evaluarán de forma conjunta en cada equipo para poder garantizar el correcto rendimiento del equipo.
Se valorarán positivamente las siguientes mejoras:
Procesador.
Se valorarán positivamente, bajo test de rendimiento, como mínimo las siguientes características:
o Número de núcleos.
o Frecuencia de procesamiento.
o Número instrucciones por ciclo de reloj.
o Frecuencia máxima (Turbo Boost).
o Hilos de trabajo (Hyperthreading).
o Posibilidad de overclock.
o Frecuencia máxima soportada por overclock.
o Voltaje máximo.
o Tamaño y velocidad de las memorias Caché.
o Potencia de diseño térmico (TDP – Thermal Dessign Power).
o Rendimiento de la tarjeta gráfica integrada:
Frecuencia Base gráfica.
Frecuencia Dinámica Base.
Memoria máxima.
Resolución máxima soportada.
Soporte para API’s (Directx, OpenGL, …).
Número de pantallas soportadas.
o Proceso de fabricación del semiconductor (tamaño de litografía).
o Velocidad del Canal (Bus).
o Máxima memoria RAM soportada.
o Tipo de memoria RAM soportada.
o Frecuencia máxima de memoria RAM soportada.
o Máximo número xx xxxxxxx de memoria RAM soportada.
o Versión de PCIe.
o Canales máximos de PCIe.
o Temperatura máxima soportada.
o Consumo.
o Garantía específica
Memoria.
Se valorarán positivamente, bajo test de rendimiento, como mínimo las siguientes características:
o Capacidad total ofertada
o Latencia (CAS, RAS, ACTIVE, PRECHARGE).
o Ancho xx xxxxx.
o Frecuencia.
o Velocidad de Bus.
o Voltaje.
o Velocidad de lectura.
o Velocidad de escritura.
o Garantía específica
Unidad de disco duro.
Se valorarán positivamente, bajo test de rendimiento, como mínimo las siguientes características:
o Capacidad ofertada.
o Interfaz de comunicación.
o Tipo de memoria de almacenamiento.
o Soporte TRIM.
o Soporte de Encriptación.
o Formato.
o Peso.
o Tamaño y velocidad de la memoria Caché.
o Soporte S.M.A.R.T.
o Soporte de Modo de Suspensión.
o Rendimiento:
Lectura y escritura secuencial.
Lectura y escritura aleatoria.
o Consumo (normal y máximo).
o Voltaje soportado.
o Durabilidad
o Temperatura soportada
o Fuerza soportada bajo impacto
o Garantía específica (Tiempo o Escrituras/Lecturas)
Batería.
Se valorarán positivamente, bajo test de rendimiento, como mínimo las siguientes características:
o Mayor duración de la batería del mínimo requerido (Según los resultados de las pruebas realizadas por el equipo de Helpdesk en la muestra entregada).
o Máximo número de ciclos de carga.
o Temperatura soportada de almacenamiento, “standby” y durante la carga.
o W/h (Vatios por hora) máximos soportados.
o Capacidad total.
o Velocidad de carga.
o Indicador de capacidad en la batería.
Peso y volumen.
Se valorarán positivamente, bajo valoración del equipo ofertado, las siguientes características:
o Menor peso del equipo (con batería ofertada incluida).
o Menor volumen del equipo.
o Menor peso de los diferentes adaptadores.
o Menor volumen de los diferentes adaptadores.
Garantía del equipo.
o Ampliación de la garantía a más de 3 años.
o Reparación y sustitución en casos de daño accidental no cubiertos por la garantía, como vertidos, caídas, subidas de tensión, etc.
Garantía de las baterías.
o Ampliación de la garantía de batería a más de 3 años.
o Ampliación del número máximo de baterías que se pueden sustituir.
I. Entrega de muestras
El BSC solicita la entrega inicial de una muestra del equipo a suministrar para realizar la valoración de los criterios sometidos a un juicio de valor. El equipo deberá entregarse al departamento de Helpdesk del BSC antes de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de apertura del sobre B y permanecerán en el BSC como máximo hasta la fecha de resolución del concurso. Así mismo la empresa que presenta la muestra deberá especificar el procedimiento para la devolución del equipo de estudio.
En caso que el BSC solicite más equipos posteriormente y la empresa adjudicataria no tenga la posibilidad de entregar el mismo modelo ya valorado por los técnicos durante el proceso de licitación, se requerirá una nueva muestra del modelo vigente para valorarla. La empresa adjudicataria dispondrá de 10 días hábiles para enviar la nueva muestra al departamento de Helpdesk del BSC-CNS.
J. Garantía
Provisional: No procede.
Definitiva: El 5% del importe de adjudicación.
K. Documentación acreditativa de la solvencia económica o financiera y técnica o profesional
Solvencia económica
Acreditar contar con un volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, por importe igual o superior al importe de licitación (200.000 euros).
El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Solvencia técnica
Deberá acreditarse haber suministrado a una entidad pública o privada al menos 25 ordenadores portátiles en los últimos cinco años. Ello se acreditará mediante la relación de los principales suministros efectuados durante los cinco últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un
certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
L. Admisión de variantes o alternativas.
No procede.
X. Xxxxx y plazo de entrega de las proposiciones X/ Xxxxx Xxxxxx, 00 - Xxxxxxxx Xxxxx XX, xxxxxxx Xxxxxx. 00000 Xxxxxxxxx
Unidad de Contratación Horario de 9:00 a 14:00 horas
Plazo de presentación de las ofertas: es el señalado en el anuncio de licitación.
N. Órgano de contratación, Mesa de contratación, fecha y hora Órgano de contratación: Director del BSC-CNS
Mesa de contratación:
Presidente: Gerente; Vocales: Jefa de Administración y Finanzas, Director de Operaciones, Jefe de Sistemas; Responsable de Contabilidad; Letrado: Abogado del Estado Secretaria: Técnico de compras.
Fecha y hora de las aperturas
La apertura del sobre B y sobre C se publicará en el Perfil del Contratante.
Ñ. Ofertas anormales o desproporcionadas
No se contempla.
O. Importe máximo a abonar por el adjudicatario por los gastos de publicidad
2.500 euros
P. Plazo de entrega
Máximo 3 semanas a contar desde el día siguiente al de la firma del contrato.
Q. Lugar de entrega del suministro
X/ Xxxxx Xxxxxx, 00 - Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, primera Planta. 00000 Xxxxxxxxx
Departamento de Helpdesk Horario de 9:00 a 14:00 horas
R. Pagos parciales
No procede
S. Plazo de garantía, mantenimiento y mantenimiento correctivo
Mínimo 3 años. Especificaciones indicadas en el pliego de Prescripciones Técnicas. El período de garantía comenzará a contar a partir de la entrega del suministro.
T. Forma de pago
30 días desde la fecha de la factura, siendo el día de pago en el BSC-CNS el día 20 de cada mes.