EXP-UBA: 65.0481201 5 Buenos Aires, ' : ru -I '"*: VlSTO las presentes actuaciones vinculadas con el Convenio Marco de
EXP-UBA: 65.0481201 5
Buenos Aires, ' : ru -I '"*: VlSTO las presentes actuaciones vinculadas con el Convenio Marco de
Cooperacion a suscribir entre esta Universidad y la Universidad xx Xxxxx (Xxxxx Unido) y lo dispuesto por la reglamentacion vigente, y en particular por las Resoluciones (CS) Nros. 338182, 1048187 y 1655187, y
CONSIDERANDO
Que se eleva para su aprobacion el Convenio Marco de Cooperaci6n a suscribir entre esta Universidad y la Universidad xx Xxxxx (Xxxxx Unido) cuyo objeto es llevar a cab0 actividades de cooperacion e intercambio.
Que la Secretaria de Relaciones lnternacionales y las Direcciones Generales de Asuntos Juridicos y de Presupuesto y Finanzas han elaborado 10s informes tecnicos de su competencia, 10s que obran agregados a las presentes actuaciones.
Lo aconsejado por la Comision de Convenios.
Por ello, y en uso de sus atribuciones
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNlVERSlDAD DE BUENOS AlRES RESUELVE:
ART~CULO lo.- Aprobar el texto del Convenio Xxxxx xx Xxxxxxxxxxx a suscribirse entre esta Universidad y la Universidad xx Xxxxx (Xxxxx Unido), cuya copia obra agregada a la presente Resolucion.
ART~CULO 2 O . - Autorizar al setior Rector a suscribir el Convenio Xxxxx cuyo texto fue aprobado por el articulo lo de la presente.
ART~CULO 3O.- En el caso en que hubiera asistencia tecnica, esta debera ser adecuadamente retribuida.
ART~CULO 4O.- Los convenios especificos que se celebren en el marco del presente
XXXX XXXXX MAS XXXXX \ SECRETARlO G F E R A L
p op~en6sa~ A asol6sap o!~aJd A ~ol~adns o[asuo=) ap ajuauep!qap saleu!6!~0 sol asejlual 'op!ldrun~
saleuo!aeuJalul sauo!aela~ ap ej~e~a~aas el e A (opiun ou!atj)
'asa~ls!6ad -.,9 olnqly~
-uy 1ej e epej!l!qey pep!sJan!un slsa ap so!do~d sos~naaa - olua!ue!~ueu!j lap eluan3qns el ugJt3~6al~l 'o!ua~uoa aluasa~d lap uo~anoala el ~od sos~naa~ ~esa~6u! aa -',s 01n3!ldy
CONVENlO MARC0 DE COOPERACION entre
UNIVERSIDAD DE BUENOS AlRES Y
UNIVERSIDAD XX XXXXX
Entre la Universidad de Buenos Aires (Argentina), representada en este act0 por su Rector, Xx.
Xxxxxxx Xxxxxxxx, por una parte, y la Universidad xx Xxxxx, Xxxxx Unido, representada por su
Secretario universitario el seiior X Xxxxx Xxxx par la otra, suscriben el presente convenio, al tenor
de las declaraciones y cliusulas siguientes:
Antecedentes
- La Universidad de Buenos.Aires, fundada en 1821, es una entidad argentina aut6norna de 9 .
derecho pGblico, que como institution de edlicacion superior tiene como fin la produccion,
transmisit~n, difusion y preservaci6n.del conocimiento . . y:!a,cultura
.?.,,,:, .; , ;;. , I > . : :,. :.. - La Universidad xx Xxxxx, es una instituci6n de educacion superior pfiblica en el Xxxxx Unido, concedida su autorizaci6n en 1904.
Ambas partes declaran:
- Que la cooperaci6n y complementaci6n entre Universidades contribuyen al desarrollo
institucional, incrementando la capacidad docente y desarrollando la investigacion tanto
tecnol6gica como cultural.
- Que, el intercambio produce un crecimiento en la capacidad de servicios de extensidn para el , -
beneficio de las comunidades de las que forma parte cada Universidad. - \ - Que se reconocen mutuamente como personas con plena capacidad para la suscripci6n del
presente convenio, el que a su vez estari sujeto a las siguientes clausulas:
PRIMERA:
Ambas partes acuerdan llevar a cab0 actividades de cooperacidn e intercambio que se plasmarin
en convenios especificos suscriptos a tales fines, en 10s que figurardn el plan de trabajo, 10s
coordinadores, 10s responsables thcnicos y las protecciones legales correspondientes asi como la
propiedad de 10s resultados, y todo aquello que las Partes entiendan necesario para la
interpretacibn de 10s mismos. Cualquier anexo que suscriban las Partes deberi ser elevado para su
ratificacidn al Consejo Superior de la Universidad de Buenos Aires y a la instancia equivalente de la
universidad contraparte.
SEGUNDA:
Las actividades abarcaran preferentemente 10s siguientes aspectos:
a) Facilitar informaci6n concerniente a planes'ik'ejtudio, administracibn o planificacidn docente.
b) lntercambiar material didictico y bibliogrlfico.
c) Promover estadias de profesores por periodos determinados, con el propdsito de dictar
conferencias, participar en cursos y en programas de docencia com6n.
d) Realizar en forma conjunta estudios y proyectos de investigacibn,en temas de inter& comQn,
pudiendo en tales casos, recurrir a fuentesde financiamierito externo para el desarrollo de 10s
mismos, previo acuerdo de ambas partes. . ' - I . . . . . .
e) Colaborar en proyectos de investigacibn y desarrollo que la contraparte tenga en ejecucibn,
intercambiando informacicin, docentes; investigadores y tecnicos.
f ) Asistir a graduados sobre cursos de postgrado o especializacibn, maestria, doctorado y
programas de extension.
g) Organizar conferencias, seminarios y cursos sobre problemdticas de inter& com6n.
h) lntercambio de estudiantes -de grado. 'Los estudiantes pagarsn todas las tasas de matricula y
cuota mensual en su instituciBn de origen. No obstante, en el caso de que existan, el estudiante
deberi hacerse cargo de 10s gastos administrativos que ocasione su estancia y de acuerdo a lo que
determine cada Facultad, acorde con 10s reglamentos academicos y posibilidades de las dos
XXXX XXXXX MAS XXXXX SECRETARlO GENERAL
i) Los estudiantes que participan seg~ln 10s terminos de este acuerdo de intercambio, recibirdn a su
Ilegada, de la Secretaria de Relaciones lnternacionales o de la facultad de la UBA de su destino, la
orientacidn adecuada en relacidn con 10s aspectos academicos y sociales pertinentes relacionados
con su estancia. La institucibn de acogida proporcionari asistencia y orientacicin sobre cuestiones
de seguridad y bienestar general.
TERCERA:
Asimismo, ambas Universidades se comprometen mutuamente a prestar facilidades de acceso a
10s servicios acad6micos, cientificos, tecnol6gicos y culturales a profesores, investigadores,
graduados y estudiantes visitantes de la contraparte.
CUARTA:
El personal docente y/o de investigacidn que ofrezcan ambas lnstituciones para las actividades
mencionadas en la cldusula segunda habrd de ser aceptado par ambas partes bajo 10s estrictos
principios de idoneidad profesional para las tareas pretendidas.
QU l NTA
Con el objeto de llevar a la practica 10s propositos arriba sefialados, las partes integrarin una
comisidn encargada de establecer 10s programas especificos y de intercambio, acorde con 10s
reglamentos academicos y posibilidades econ6micas de las dos instituciones. La composicion de
dicha Comisi6n se establecerri oportunamente en 10s convenios especificos correspondientes
SEXTA:
El principio general para la financiaci6n de cualquiera de las acciones de movilidad escolar
derivadas de este convenio y de acuerdo con las posibilidades de cada instituci6n acad6mica ser6
el siguiente:
La parte que envia cubriri 10s gastos de transporte
La parte que recibe cubriri 10s gastos de estancia
El presente convenio no limita el derecho de'las partes a la formulacidn de acuerdos semejantes
partes rnantendriin la autonomia e individualidad de sus
XXXX XXXXX MAS XXXXX SECRETARIO GENERAL
respectivas unidades t6cnicas y administrativas y, por lo tanto, asumirin particularmente las
responsabilidades que les incumben
Las partes acuerdan poner todo su empefio para solucionar las desavenencias que pudieran surgir
del cumplimiento del presente. De no ser factible dar solucidn de comljn acuerdo a las cuestiones
que pudieran suscitarse, las misrnas seran sometidas a la decision inapelable de una comisidn ad
hoc que estar6 compuesta por un miembro designado por cada una de las partes contratantes y
otro escogido de comCln acuerdo.
OCTAVA:
El presente convenio tendrd una duraci6n de cinco (5) aFios a partir de la fecha de su ratificacidn
por las autoridades correspondientes, para su prorroga, las partes deberan fundar su voluntad de
forma fehaciente con una anticipacidn de por lo menos treinta dias con relaci6n a la fecha de
vencimiento.
NOVENA:
Los resultados parciales o definitivos,.obtenidos a.traves.'de las tareas programadas podr5n ser
publicados de comljn acuerdo, dej6ndose coristancia'en .las publicaciones de la participaci6n
correspondiente a cada una de las partes. La propiedad 'de' la i resultados intelectuales alcanzados
serd establecida en 10s convenios especificos, en funcion de 10s aportes de cada una de las partes.
DECIMA:
Cualquiera de las partes podr6 denunciar el presente convenio mediante comunicacidn escrita a la
otra, con seis (6) meses de anticipaci6n, sin que la denunsia afecte las acciones pendientes que no
fueran expresamente rescindidas por las Universidades signatarias. La denuncia no dar6 derecho a
las partes a reclamar indemnizacidn y/o compensacion de cualquier naturaleza:
Sin perjuicio de 10s recursos que asigne cada Universidad, ambas partes se comprometen a realizar
las gestiones pertinentes ante las respectivas instituciones oficiales, como 10s Ministerios de
Relaciones Exteriores de cada pals, Consejos delnvestigaciones Cientiflcas y Tbcnicas, y similares;
organizaciones-de bien prjblico o asociaciones privadas,
lograde 10s objetivos del presente convenio.
I.. XXXX XXXXX MAS XXXXX . ..' / SECRETARIO GENERAL )/'
En cualquier actividad a desarrollarse en el marco del presente convenlo y/o sus respectivos
acuerdos especificos, cuando ello resulte pertinente, se utilizari el logo y/o isotipo de ambas
instituciones, previa autorizaci6n del Consejo Superior de conformidad con la resolucidn (CS) N g
3404199.
DECl MOTERCERA:
Las partes se comprometen a mantener en estricta confidencialidad y a no revelar a terceros
cualquier informaci6n que llegue a su conocimiento a travks del presente Acuerdo y que se
relacione con desarrollos tkcnicos, etc. que Xxxx de propiedad intelectual y/o industrial de la otra
parte, salvo previo consentimiento por escrito de esta itltima.
DECIMOCUARTA:
Se establece que el domicilio legal de la Universidad de Buenos Aires es en la calle Xxxxxxxx 430,
Planta Baja, de la Ciudad Autdnoma de Buenos-Aires - Direcci6n de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo del Rectorado y Consejo Superior, a tos efectos de la 'validez-'de toda notificacidn judicial y
administrativa. En el caso de -la Universidad xx Xxxxx,.la'asociacih ser6 gestionada por el Jefe de
Estudios en el Extranjero, Estudios en el Extranjero Oficina de la Universidad de Xxxxx, Xxxxx XX0
0XX. Xxxxx Unido.
Ambas partes manifiestan su plena conformidad con todas y cada una de las cliusulas del
presente convenio yen sefial de aceptaci6n lo suscriben en cuatro (4) ejemplares del mismo tenor,
I .I a un s6lo efecto, a 10s ........... dias del mes de .............. :de ................
X XXXXX XXxX RECTOR
UNlVERSlDAD XX XXXXX
XXXX XXXXX XXX X X l E Z SECRETARIO G E N E R A L
DR:XXXXXXX XXXXxXXx .. . XXXXXX ,
XXX'XXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX