LICITACIÓN ABREVIADA Nº 339034/1
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 339034/1
PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES QUE REGIRÁ EN EL LLAMADO A LICITACIÓN ABREVIADA PARA LA CONTRATACIÓN DE UN ARRENDAMIENTO DE SERVICIO PARA LA ASISTENCIA TÉCNICA EN EL PROCESO DE GESTIÓN DEL PROYECTO DE CERCANÍA DIGITAL
DE LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO.
ARTÍCULO 1º: NORMATIVA:
a) En todo lo no previsto por el presente Xxxxxx, rige lo dispuesto por el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales.
b) Tocaf
ARTÍCULO 2º: OBJETO- CONSIDERACIONES GENERALES.
En el marco del proceso de fortalecimiento de la gestión institucional que viene desarrollando la Intendencia de Montevideo, se realiza un llamado abierto a profesionales Ingenieros en Computación con un perfil vinculado al área del tratamiento de Redes Sociales y el Procesamiento de Lenguaje Natural, con un conocimiento en las técnicas de aprendizaje automático, para la contratación de un (1) arrendamiento de servicio a efectos de asistir a la Dirección General del Departamento de Desarrollo Sostenible e Inteligente y que colabore en la supervisión e implantación del Proyecto de Cercanía Digital, el cual apunta a fortalecer las capacidades de comunicación y el relacionamiento bidireccional con los ciudadanos con la ayuda de tecnología que permita una mayor comprensión de las motivaciones e intereses que la activa participación ciudadana manifiesta por distintos canales y en tiempo real.
ARTICULO 3º: CARACTERÍSTICAS DE LA CONTRATACIÓN
- El contrato se realizará bajo el régimen de Arrendamiento de Servicios.
- Las tareas se realizarán en coordinación con el Gerente del Proyecto dependiente del Director del Departamento de Desarrollo Sostenible e Inteligente, quien deberá dar conformidad del trabajo realizado para habilitar los pagos que se detallan más adelante.
- Los trabajos contratados son intransferibles y deberán ser realizados personalmente por el profesional contratado. El incumplimiento de esta condición será causal de rescisión unilateral por parte de la IM.
- La contratación no constituye ni supone la incorporación a los cuadros funcionales de la IM, ni gozar de los beneficios funcionales asociados a los trabajadores de la administración.
- El arrendatario asume la totalidad de las responsabilidades que en virtud del cumplimiento de este contrato pudieran generarse con organismos estatales o con terceros, respecto de los cuales la IM es por completo ajena y se obliga a indemnizar en caso de daños materiales o personales causados a funcionarios de la IM o terceros, cuando se constatare su responsabilidad por acción, omisión o negligencia en el cumplimiento de sus obligaciones.
- En caso de resultar ganador un funcionario de esta Administración, previo a la toma de posesión de este cargo deberá renunciar a su cargo presupuestal o cargo contratado o cargo de la naturaleza que sea.
- Se deberá estar al día en el pago de los tributos correspondientes al ejercicio de la profesión.
ARTÍCULO 4º- REQUISITOS DEL POSTULANTE
Título de Ingeniero en Computación válido en la República Oriental del Uruguay. expedido, revalidado o reconocido por la Universidad de la República.
Ser ciudadano natural o legal uruguayo.
A la fecha de la contratación tener presente lo establecido en el articulo 22º del presente pliego.
No podrán devenir adjudicatarios en la presente convocatoria aquellos que sean titulares de otros cargos remunerados en la Intendencia de Montevideo, u otros organismos públicos, exceptuando a quienes ejerzan la docencia como única ocupación pública.
Se valorará:
Experiencia en en el análisis de requerimientos, diseño e implementación de soluciones tecnológicas.
Experiencia en proyectos y conocimientos probados en materia de gestión
de sistemas de información, bases de datos, procesos ETL y repositorios de información.
Experiencia en el trabajo y análisis de redes sociales
Experiencia en el trabajo con aplicaciones asociadas al procesamiento de lenguaje natural y fundamentalmente con técnicas de aprendizaje automático.
ARTICULO 5º. ACEPTACIÓN DE LAS BASES.
Por el solo hecho de presentarse, los postulantes aceptan conocer las tareas a cumplir así como no tener dudas respecto del objeto de las mismas. La omisión o errores de cálculo en la presentación a este llamado, no le otorgarán derechos para actuar contrariamente a lo establecido.
ARTÍCULO 6º: DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS
Asistir a la Dirección del Departamento de Desarrollo Sostenible e Inteligente y al Gerente del Proyecto de Cercanía Digital en la planificación, ejecución, seguimiento y cierre de un conjunto de tareas vinculadas al mencionado proyecto y formar capacidades institucionales que perduren en la organización.
Brindar seguimiento activo a la ejecución de las tareas definidas, creando los instrumentos para la evaluación de las actividades y elaboración de informes, en el marco de las mejores prácticas y metodologías de gestión promovidas por la IM.
Asimismo participará y actuará junto con el Gerente del Proyecto en reuniones de coordinación, oficiando como contraparte referente de la IM con la empresa que llevará adelante el Proyecto Cercanía Digital.
ARTÍCULO 7º: FORMALIDADES DE LA PROPUESTA:
Las propuestas serán redactadas en idioma español, en forma clara y precisa, estarán firmadas por el proponente y foliadas en el margen inferior.
El texto deberá ser impreso a través de cualquier medio idóneo, NO en forma manuscrita. Las propuestas podrán presentarse personalmente en el Servicio de Compras, o enviarse por correo contra recibo, o por FAX al 00000000, no siendo aceptadas si llegaren con posterioridad a la hora dispuesta para el comienzo del acto de apertura.
Las propuestas que se presenten antes del acto de apertura, deberán dejarse en el buzón en el día correspondiente a la apertura.
Las propuestas y los sobres deberán venir correctamente identificados con nombre del oferente, número proveedor y/o número de R.U.T., tipo y número de licitación, fecha y hora de apertura.
Al momento de presentación de la propuesta, la Intendencia de Montevideo, asignará a los postulantes, un número de proveedor provisorio.
En caso de resultar adjudicatario deberá cumplir los requisitos de los artículos 3º y 4º del presente pliego.
El Servicio de Compras, se ubica en Planta Baja, sector Santiago de Chile del Edificio Sede, entrando por el atrio de 18 julio, puerta PB 002.-
CARTA PRESENTACIÓN:
Cada postulante presentará una carta dirigida al Servicio de Compras, (máximo 3 carillas, arial 12, espacio simple), donde se indicarán los datos personales como ser nombre completo, fecha de nacimiento, dirección, teléfono y correo electrónico; y los motivos y expectativas en torno a la contratación.
Dicha carta deberá venir firmada por el profesional que se postula, en ella se aceptará explícitamente lo establecido en este Pliego Particular de Xxxxxxxxxxx, y se manifestará la voluntad de participar en la licitación.
En el Currículum Vitae se incluirá una relación de antecedentes profesionales, técnicos y académicos, y una foto tipo carné.
La experiencia laboral debe especificar el tipo de tareas realizadas, el grado de participación y responsabilidad, fecha y duración de los trabajos.
En dicho currículum se deberán exponer especialmente los ítems que de acuerdo a este pliego serán evaluados.
Adjuntará:
- Fotocopia del título.
- Fotocopia de la cédula de identidad.
- Fotocopia de la documentación probatoria de los méritos declarados, en caso de no presentarlos, no serán tenidos en cuenta.
Las postulaciones deberán ser redactadas en idioma español, en forma clara y precisa, mecanografiadas, debiendo foliarse todas sus hojas en la parte inferior de las mismas.
Las fotocopias de la documentación, conjuntamente con la postulación, se presentarán en
sobre cerrado.
Se entenderá que todos los datos suministrados tendrán el carácter de declaración jurada.
ARTICULO 8º: MANTENIMIENTO DE PROPUESTA:
Las propuestas serán mantenidas por un plazo mínimo de treinta (30) días hábiles, contados a partir del siguiente al acto de apertura de propuestas.
ARTICULO 9º: PLAZO DE CONTRATACIÓN - DEDICACIÓN.
Dicho contrato será a término y tendrá una duración de doce (12) meses con una dedicación de lunes a viernes de ocho horas diarias, contados a partir de la notificación de la resolución de adjudicación y se restringirá al alcance detallado en las presentes condiciones.
ARTICULO 10º REMUNERACIÓN.
- La remuneración global por todo concepto será de $ 852.000 (pesos uruguayos ochocientos cincuenta y dos mil) pesos uruguayos más IVA, en pagos establecidos de acuerdo a lo estipulado en el Art. 12.
No corresponderán los incrementos y beneficios que corresponden al personal municipal. Serán de su cargo los aportes por concepto de IRPF y FONASA.
Para ser adjudicatarios, los profesionales deberán estar afiliados a la caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios. Deberán también estar inscritos en el Registro de Proveedores de la IM. (Xxxxxxx Municipal, PB, Servicio de Compras, Unidad Atención a Proveedores)
En los casos que corresponda, la I.M. será agente de retención del IRPF de las personas que realicen servicios personales y que perciban ingresos derivados de contratos de arrendamiento de obra o de servicios.
ARTÍCULO 11º: AJUSTE DE LA REMUNERACIÓN.
Las remuneraciones se ajustarán en las mismas fechas y con los mismos coeficientes de ajuste que disponga la Administración Departamental para sus funcionarios.
ARTÍCULO 12º: FORMA DE PAGO.
El pago de las facturas que hayan sido presentadas o se presenten al cobro por proveedores de bienes y servicios cumplidos, se realizará por transferencia a cuentas en la institución de intermediación financiera autorizada por el BCU, elegida por el proveedor o acreedor.
A tales efectos los proveedores deberán, suscribir el “Contrato de Adhesión a sistema de pagos por transferencia bancaria” y el “Complemento obligatorio para la IM”, ambos documentos incluidos en el instructivo de inscripción en el XXXX .-
En caso de no haber cumplido con lo establecido en el apartado anterior, desde el 1/7/2015, el pago será retenido no siendo responsabilidad de la IM la demora que dicho
atraso ocasione.
El monto correspondiente a los trabajos determinados más I.V.A., serán pagaderos en 12(doce) cuotas iguales y mensuales a partir del primer mes de la adjudicación.
El pago se realizará contra la presentación de la factura, previa conformidad del Director General del Departamento de Desarrollo Sostenible e Inteligente.
El pago de cada factura se realizará dentro de los treinta (30) días calendario, contados a partir de su presentación en la Contaduría General.
La IM podrá realizar el pago con cheques de pago diferido, acordándose en su momento con el adjudicatario, las condiciones de los mismos.
En caso que el pago en moneda nacional se realice pasados los treinta (30) días calendario, contados desde la presentación de la factura en la Contaduría General, se aplicará el 50% de la tasa media de interés para empresas grandes y medianas, moneda nacional no reajustable, para operaciones con plazos menores de un año, publicada por el Banco Central del Uruguay vigente en el mes de vencimiento de los antes referidos treinta días y solamente por los días que superen dicho plazo.
La factura por el ajuste de precios, si correspondiera, se presentará por separado de la factura principal correspondiente y se abonará también dentro del plazo antes establecido.
ARTÍCULO 13º: EVALUACIÓN Y COMPARACIÓN DE PROPUESTAS.
La presentación de las postulaciones no da derecho alguno a los interesados respecto a la aceptación de las mismas. La Intendencia de Montevideo podrá aceptar la que considere más conveniente a sus intereses o rechazarlas todas.
Antes de proceder a la evaluación detallada, la Intendencia determinará si cada postulación se ajusta sustancialmente a los documentos de la licitación. Para los fines de esta cláusula, se considera que una postulación se ajusta sustancialmente a los documentos de la licitación cuando satisfaga las condiciones esenciales estipuladas en dichos documentos.
Será rechazada la postulación que no se ajuste sustancialmente a los documentos de la licitación, no admitiéndose correcciones posteriores que modifiquen la misma.
Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable, se podrá corregir el error o solicitar que, en un plazo de no más de 3 días hábiles, el postulante suministre la información faltante.
Cumplida esta etapa, se evaluará la totalidad de las postulaciones que se ajusten a los documentos de la licitación, de acuerdo al siguiente criterio donde se establecen los puntajes máximos por cada ítem:
11 Formación
1.1. General
1.2. Específica
11 Experiencia profesional
2.1. General
2.2. Específica
30 puntos
10 puntos
20 puntos
50 puntos
20 puntos
30 puntos
3) Carta de Presentación 20 puntos
Los profesionales serán evaluados de acuerdo a los méritos y el currículum, y a lo expresado en la carta de presentación, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
a) Experiencia profesional en general y en particular en tareas similares a las actividades a desarrollar.
b) Formación, priorizando la realizada en el área específica.
c) Motivos y expectativas de la contratación.
Sólo serán considerados aquellos méritos que cuenten con la documentación probatoria de los mismos.
Se contratará al profesional que quede primero en dicha lista.
Por otra parte la Administración se reserva el derecho de rechazar las ofertas presentadas cuando se corrobore antecedentes laborales negativos o la oferta esté sujeta a confirmación o condicionada en forma alguna.
ARTÍCULO 14º: PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO - NOTIFICACIÓN.
El contrato se entenderá perfeccionado con la notificación de la Resolución de Adjudicación, previa intervención del TCR.
La notificación del acto de adjudicación se operará según el caso, de la siguiente forma:
b) Con la recepción de la Resolución de adjudicación y/o la Orden de Compra, en la Sección Atención a Proveedores del Servicio de Compras.
En caso que corresponda notificar por la Unidad Atención a Proveedores, el adjudicatario deberá concurrir al Servicio de Compras, dentro de los tres (3) días hábiles contados a partir de la fecha en que reciba la citación o fax que se le remitirá. Si así no lo hiciera, la IM podrá, sin perjuicio de la anulación de la adjudicación, aplicar las sanciones que correspondan, así como iniciar las acciones por incumplimiento y/o daños y perjuicios que estime pertinentes. A estos efectos, y ante la imposibilidad de la notificación personal, se admitirá el telegrama colacionado.
En caso que el adjudicatario no pueda o no quiera aceptar la adjudicación, se rescindiese el contrato o se revocase la resolución de adjudicación, la Intendencia de Montevideo podrá aplicar las sanciones que correspondan, así como iniciar las acciones por incumplimiento y/o daños y perjuicios que estime pertinentes; así como también podrá adjudicar el contrato entre los oferentes que hubieren calificado favorablemente, siguiendo el orden de prelación.
El adjudicatario queda obligado a presentarse en el Departamento de Planificación dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al de la formalización del contrato y allí se le indicará el día a partir del cual comenzará a prestar el servicio. La falta de cumplimiento de cualesquiera de estas obligaciones podrá dar mérito a que se revoque la adjudicación, sin perjuicio de las sanciones que correspondan.
ARTÍCULO 15º: GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
En caso de adjudicaciones por importes superiores al previsto por el articulo 64 del TOCAF, se deberá presentar garantía de fiel cumplimiento del contrato. El adjudicatario ya notificado, dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles para realizar el referido depósito. El mismo ascenderá al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado, pudiendo efectuarse en cualquiera de las formas establecidas en el art. 19 xxx Xxxxxx Único. Si el depósito se realiza mediante cheque, el mismo deberá estar certificado por la entidad bancaria correspondiente.
La garantía deberá estar vigente durante todo el plazo del servicio y hasta la extinción definitiva de todas y cada una de las obligaciones emergentes del contrato. Si se estableciere un plazo, deberá preverse la renovación automática del mismo por periodos sucesivos, salvo manifestación en contrario de la Administración mediante la entrega del documento al adjudicatario.
Cuando se constate el cese de actividades o la suspensión de la habilitación o autorización para funcionar otorgada por el Banco Central de las empresas de intermediación financiera y/o aseguradoras que fueron otorgantes de la garantía, el Adjudicatario o Concesionario deberá sustituir la misma, en un plazo perentorio de treinta
(30) días calendarios, quedando suspendidos todos los derechos que pudieran corresponderle hasta tanto ello suceda. Su incumplimiento podrá dar lugar a las sanciones previstas en el presente pliego.
La garantía no podrá ser devuelta hasta que ambas partes otorguen en documento apropiado que nada más tienen que reclamarse con relación a esta licitación.
ARTÍCULO 16º: SUSPENSIÓN DEL PAGO.
Cuando la administración constatara que el servicio prestado no cumple con las condiciones que se tuvieron en cuenta para la adjudicación, la I.M podrá suspender el pago hasta que esta situación se regularice, sin perjuicio de la aplicación de las multas correspondientes.
ARTÍCULO 17º: OBLIGACIONES
Será de cargo del contratado el pago de obligaciones tributarias Nacionales y/o Municipales de todo tipo originadas por la contratación
ARTICULO 18º: INTEGRACIÓN DE LA COMISIÓN EVALUADORA
Se constituirá una Comisión Evaluadora que estará integrada por dos representantes del Departamento de Desarrollo Sostenible e Inteligente y que llevará a cabo el proceso de selección de acuerdo a lo previsto en el artículo anterior.
ARTÍCULO 19º: MULTAS POR INCUMPLIMIENTOS.
Si el adjudicatario incumpliere cualquiera de las obligaciones emergentes de la contratación, la IM podrá aplicarle multas, que dependiendo de la gravedad del incumplimiento, podrán llegar hasta un 30% por mes de la remuneración. El monto acumulado por multas podrá ser descontado de cualquier suma pendiente de pago, o podrá exigírsele que efectúe el depósito de las sumas correspondientes. Constatados tres o más incumplimientos por mes, podrá la administración a su criterio declarar rescindido el contrato, sin derecho a reclamación, ni indemnización de especie alguna por parte del contratado, no quedando eximido de las obligaciones contraídas hasta el momento en que se le comunique dicha decisión, y sin perjuicio de que la IM reclame los daños y perjuicios que el o los incumplimientos le ocasionó.
En caso de verificarse por parte del profesional contratado, incumplimiento a las obligaciones contractuales asumidas, se podrá disponer la rescisión del contrato, sin perjuicio de las acciones de responsabilidad que puedan promoverse por la Intendencia de Montevideo.
ARTÍCULO 20º - RESCISIÓN DEL CONTRATO.
La contratación está sujeta a evaluaciones semestrales. La administración se reserva la potestad de rescindir el contrato unilateralmente, en caso de evaluación no satisfactoria.
La I.M. se reserva el derecho de rescindir esta contratación en cualquier momento, la que será comunicada con 15 (quince) días corridos de anticipación, en cuyo caso se abonará al adjudicatario los trabajos realizados, sin otra compensación o indemnización de especie alguna.
El incumplimiento de todas o cualquiera de las obligaciones a cargo del arrendatario dará lugar al inicio, previa constatación del mismo, de los trámites tendientes a la rescisión del contrato por parte de la IM. Se considerará que se ha incurrido en incumplimiento que sea causa de rescisión cuando notificado el arrendatario por escrito de la constatación del mismo, no lo rectificara dentro de los diez (10) días siguientes, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. Serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación del procedimiento administrativo en la IM, que el arrendatario declara conocer y aceptar en todos sus términos. También habilitará la rescisión unilateral del contrato por parte de la IM, que el arrendatario incurra en prácticas corruptivas (soborno, extorsión o coerción, fraude, colusión) o se encontrare encausado penalmente. En cualquier caso de rescisión previsto en esta cláusula, la IM quedará habilitada a retener en forma inmediata el pago estipulado en la cláusula décima y reclamar los daños y perjuicios causados.
ARTÍCULO 21º: CERTIFICADO ÚNICO MUNICIPAL O CERTIFICADO ÚNICO DE PROVEEDOR.
La IM exigirá a toda persona física o jurídica que con ella haya contratado, en el momento de hacer efectivo los haberes que se le adeuden, tener al día el Certificado Único Municipal o Certificado Único de Proveedor expedido a su nombre y en el que conste que dicho proveedor no tiene deudas tributarias con la IM.
Dicho certificado será expedido por el Servicio de Gestión de Contribuyentes, piso 1 ½ del Edificio Sede (artículo 24 Decreto 27.803 de la Junta Departamental).
ARTICULO 22º REGISTRO DE PROVEEDORES
Los profesionales interesados en participar en esta licitación se inscribirán provisoriamente como proveedores de la Intendencia de Montevideo en forma previa o simultánea al acto de recepción y apertura de propuestas.
Para registrarse como proveedores definitivos (catalogados) deberán presentar Nº de RUT, certificado de Caja de Jubilaciones Profesionales, Cédula de Identidad y sus respectivas fotocopias, y tendrán que indicar: un Teléfono, Domicilio y dirección de correo electrónico. Dicho trámite se llevará a cabo en la Oficina de Atención a Proveedores del Servicio de Compras en el horario de 10:30 a 15:30 horas.
Los postulantes que estuvieran inscritos en el XXXX, en estado “Activo”, se migran al Registro de la Intendencia, con solo mencionar dicha situación en la oficina de Atención a Proveedores de la Intendencia. De no hallarse registrados en ninguno de los dos Registros al momento de la presentación de las ofertas, se les adjudicará un número de registro provisorio.
Para ser adjudicatarios, necesariamente deberán estar inscriptos en el XXXX (Registro Único de Proveedores Estatales).
Una vez en estado “ACTIVO” en XXXX quedarán en condiciones de ser migrados en el Registro de Proveedores de la I.M.
Si al momento de la adjudicación, el proveedor propuesto no hubiese adquirido el estado "ACTIVO" en XXXX, la Administración otorgará un plazo de 5 días hábiles a fin de que el mismo adquiera dicho estado, bajo apercibimiento de adjudicar el llamado al siguiente mejor oferente en caso de no cumplirse este requerimiento en el plazo mencionado.
Para obtener más información sobre la inscripción XXXX visitar el portal de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado (ACCE), responsable del funcionamiento xxx XXXX.
ARTÍCULO 23º: CESIÓN DEL CONTRATO.
Los trabajos contratados son intransferibles y deberán ser realizados por el Profesional contratado.- El incumplimiento de esta condición podrá ser causal de rescisión unilateral por parte de la IM.
El adjudicatario no podrá ceder su contrato en todo o en parte, sin el consentimiento expreso por escrito de la IM, de acuerdo a lo establecido en el artículo 75 del TOCAF y los artículos R 1010 a R 1013 y R 159.8 del Digesto Municipal.
ARTICULO 24º:CONSULTAS Y SOLICITUD DE PRÓRROGA
Los interesados en participar podrán realizar consultas o solicitar aclaraciones sobre el texto de este pliego, hasta cinco (5) días corridos antes del plazo fijado para la apertura de ofertas, no considerándose las realizadas con posterioridad al plazo señalado.
Las consultas se harán por escrito y se presentarán personalmente en el Servicio de Compras, Sector Santiago de Chile del Edificio Sede, con acceso sobre la Avenida 18 de Julio, en el horario de 10:15 a 15:30 horas, por e-mail a xxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxx@xxx.xxx.xx o vía FAX 0000 0000.
Tales preguntas y sus correspondientes respuestas tendrán carácter vinculante y por ende, pasarán a formar parte de las bases de este llamado.
La Intendencia de Montevideo, responderá las solicitudes que reciba y enviará copia escrita de sus respuestas al proveedor que hizo la consulta, incluyendo la pregunta sin identificar su origen.
Las consultas y respuestas podrán ser visualizadas además, en la página web de la Intendencia de Montevideo (xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx entrar en Empresas - Cartelera de Compras y buscar el número de la licitación) y en el sito web de Compras Estatales xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
En el mismo plazo y de la misma forma indicada para las consultas, los interesados, podrán solicitar prórroga de fecha de apertura de ofertas.
ARTÍCULO 25°: RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS.
La recepción y apertura de propuestas se realizará en el local del Servicio de Compras, ubicado en el Sector Santiago de Chile del Edificio Sede de la IM, con acceso sobre la Avenida 18 de Julio, en la fecha y hora establecidos en la publicación del presente llamado en el Sitio Web de Compras Estatales.