ANEXO 7. MODELO DE CONTRATO
ANEXO 7. MODELO DE CONTRATO
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS NÚMERO MB/DEAF/---/2020/1S DEL CONTRATACIÓN DE LA ACTUALIZACIÓN DEL ESTUDIO DE OFERTA Y DEMANDA Y PREFACTIBILIDAD XXX XXXXXXXX PERIFÉRICO; QUE CELEBRAN POR UNA PARTE METROBÚS, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL
C. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXX, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL DEL METROBÚS, POR LA MTRA. XX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, EN SU CARÁCTER DE DIRECTORA EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE METROBÚS, EL MTRO. XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, DIRECTOR EJECUTIVO DE PLANEACIÓN, EVALUACIÓN Y TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN, LA MTRA. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX, GERENTE DE PLANEACIÓN Y ESTRATEGIAS AMBIENTALES, EN SU CARÁCTER DE ÁREA REQUIRENTE Y LA LIC. MA XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, DIRECTORA EJECUTIVA DE ASUNTOS JURÍDICOS DE METROBÚS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL ORGANISMO” Y POR LA OTRA, XXXXXXXXXXXX, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL XXXXXXXXXXXX, A QUIEN EN LO SUBSECUENTE SE LE DENOMINARÁ “EL PROVEEDOR”, AMBAS PARTES CON CAPACIDAD LEGAL PARA OBLIGARSE A CUMPLIR CON LO PACTADO, CELEBRAN ESTE CONTRATO DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S
I. DECLARA “EL ORGANISMO”, POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE:
I.1.- QUE ES UNA ENTIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 3 FRACCIONES III Y XII, 11 FRACCIÓN II, 44 FRACCIÓN I, 50, 52 Y 54 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER XXXXXXXXX X XX XX XXXXXXXXXXXXXX XXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX; QUE ES UN ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ESTATUTO ORGÁNICO DE METROBÚS PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL (AHORA CIUDAD DE MÉXICO), EL 20 XX XXXX DE 2019, Y EL DECRETO DE CREACIÓN PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 0 XX XXXXX XXX 0000; QUE TIENE COMO OBJETO LA PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y CONTROL DEL SISTEMA DE CORREDORES DE TRANSPORTE XXXXXXX XX XXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX XXXXXXXX XXXXX 0.
I.2.- QUE EL C. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXX, ACREDITA SU PERSONALIDAD COMO DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO METROBÚS, DE ACUERDO AL NOMBRAMIENTO DE FECHA 05 DE DICIEMBRE DEL 2018, OTORGADO POR LA JEFA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DRA. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX Y QUE CUENTA CON LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES SUFICIENTES Y AMPLIAS PARA CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO DECIMOCUARTO DEL DECRETO DE CREACIÓN DE METROBÚS PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL (AHORA CIUDAD DE MÉXICO) DE FECHA 9 XX XXXXX DEL 2005, Y EL ARTÍCULO 74 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO Y DE LA ADMINISTRACIÓN XXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX. XXXXX 0.
I.3.- QUE REQUIERE DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO OBJETO DEL PRESENTE INSTRUMENTO, CONTRATACIÓN ABIERTA DEL ESTUDIO DEL ANÁLISIS COSTO BENEFICIO XXX XXXXXXXX CIRCUITO INTERIOR-REVOLUCIÓN PATRIOTISMO.
I.4.- LA ADJUDICACIÓN DIRECTA DEL MISMO SE REALIZA.- CONFORME A LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 134 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 27 INCISO A), 28, 52 Y 54 FRACCIÓN II DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL Y EN LOS ARTÍCULO 29 Y 30 DE SU REGLAMENTO, DERIVADO DE LA LICITACIÓN PUBLICA NACIONAL XXXXXX.
I.5.- QUE CON EL PROPÓSITO DE CONTINUAR CON LAS ACTIVIDADES PRIORITARIAS Y QUE POR SU IMPORTANCIA Y CARACTERÍSTICAS SON NECESARIOS PARA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO METROBÚS SIENDO EL CASO ESPECIFICO EL CONTRATACIÓN ABIERTA DEL ESTUDIO DEL ANÁLISIS COSTO BENEFICIO XXX XXXXXXXX CIRCUITO INTERIOR-REVOLUCIÓN PATRIOTISMO, PARA EL PERIODO COMPRENDIDO DEL 030 xx xxxxx AL 00 XX XXXXXXXXXX XX 0000.
I.6.- QUE CONFORME A LA NOTA INFORMATIVA No. 2 SP LA DIRECCIÓN DE FINANZAS INFORMA QUE SE CUENTA CON LA SUFICIENCIA PRESUPUESTAL EN LA PARTIDA NÚMERO 3511 “SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y DESARROLLO”, DE FECHA XX DE XXXX DE 2020, CON RECURSOS AUTORIZADOS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE EGRESOS DE LA SUBSECRETARÍA DE EGRESOS DE LA SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, MEDIANTE OFICIO XXXXXXXXXXX POR LO QUE LA CELEBRACIÓN DE ESTE CONTRATO CUENTA CON SUFICIENCIA, PARA CUMPLIR CON EL PAGO DEL MONTO SEÑALADO EN LA CLÁUSULA SEGUNDA.
I.6.- QUE PARA TODO LO RELACIONADO CON EL PRESENTE CONTRATO, SEÑALA COMO DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES EL UBICADO EN AVENIDA XXXXXXXXXX NÚMERO 16, SEGUNDO PISO, COLONIA DOCTORES, XXXXXXXX XX XXXXXXXXXX, X.X. 00000, XX XXXX XXXXXX XX XXXXXX.
II.- DECLARA “EL PROVEEDOR” A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE LEGAL:
II.1.- QUE ES UNA SOCIEDAD LEGALMENTE CONSTITUIDA, COMO SE ACREDITA CON LA ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO XXX, DE FECHA XX DE XXX DE XXXX, PASADA ANTE LA XX XXX XXXXXXX PÚBLICO NÚMERO XX DE XXXXXX, LIC. XXXXXXXXX, INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO DE LA CIUDAD DE XXXX CON NÚMERO DE DOCUMENTO XXXXXXX, DE FECHA XX DE XXXX DE XXXX, ANEXO 3.
II.2.- QUE SU REPRESENTANTE ACREDITA SU PERSONALIDAD Y FACULTADES PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE INSTRUMENTO EN LOS TÉRMINOS DE LA ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO XXXXX DE FECHA XX DE XXXX DE XXXX, PASADA ANTE LA XX XXX XXXXXXX PÚBLICO NÚMERO XX DE XXXX, PASADA ANTE LA FE DEL LIC. XXXXXXXXXXXXXXX, ANEXO 4.
II.3.- QUE SU REPRESENTADA, CONFORME A LOS ESTATUTOS QUE RIGEN SU ACTUACIÓN, TIENE POR OBJETO, XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX”.
II.4.- QUE SU REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES EXPEDIDO POR LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ES XXXXXXXXX, CUYA COPIA SIMPLE SE INCORPORA Y FORMA PARTE DEL PRESENTE INSTRUMENTO COMO ANEXO 5.
II.5.- QUE LOS SOCIOS DE SU REPRESENTADA, LOS MIEMBROS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA MISMA, SUS APODERADOS Y REPRESENTANTES LEGALES; EL PERSONAL QUE LABORA AL SERVICIO DE AQUELLA, ASÍ COMO LOS CÓNYUGES DE TODOS ELLOS NO TIENEN LAZOS DE CONSANGUINIDAD NI DE AFINIDAD HASTA EL CUARTO GRADO, CON PERSONA ALGUNA QUE LABORE EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, Y ENTRE CUYAS FUNCIONES SE ENCUENTRA LA DE PARTICIPAR EN ACTIVIDADES RELATIVAS A LA ENAJENACIÓN DE LOS BIENES QUE SON MATERIA DEL PRESENTE CONTRATO.
ASÍ MISMO DECLARA QUE LAS PERSONAS Y FUNCIONARIOS DE SU REPRESENTADA ANTES MENCIONADOS TAMPOCO TIENEN RELACIONES DE CARÁCTER COMERCIAL, CON EL PERSONAL DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO METROBÚS, ANTES SEÑALADOS.
II.6.- QUE CUENTA CON LA CAPACIDAD, EQUIPO, HERRAMIENTAS, INSTALACIONES, RECURSOS FINANCIEROS, HUMANOS Y MATERIALES, ASÍ COMO CON LA ORGANIZACIÓN PARA CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO.
II. 7. QUE SU REPRESENTADA MANIFIESTA QUE CONOCE EL CONTENIDO Y ALCANCE LEGAL DE LOS ARTÍCULOS 39 Y 39 BIS DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL Y QUE NO SE ENCUENTRA EN LOS SUPUESTOS DE IMPEDIMENTO LEGALES CORRESPONDIENTES DE DICHOS ARTÍCULOS, NI INHABILITADO O SANCIONADO POR LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, POR LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL O AUTORIDADES COMPETENTES DE LOS GOBIERNOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS O MUNICIPIOS.
ASIMISMO, PARA PREVENIR Y EVITAR LA CONFIGURACIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES, “EL PROVEEDOR” MANIFIESTA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE LOS SOCIOS, DIRECTIVOS, ACCIONISTAS, ADMINISTRADORES, COMISARIOS Y DEMÁS PERSONAL DE SUS PROCESOS DE VENTAS, COMERCIALIZACIÓN, RELACIONES PÚBLICAS O SIMILARES, NO TIENEN, NO VAN A TENER EN EL SIGUIENTE AÑO O HAN TENIDO EN EL ÚLTIMO AÑO, RELACIÓN PERSONAL, PROFESIONAL, LABORAL, FAMILIAR O DE NEGOCIOS CON LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS FACULTADAS EN EL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
II.8.- QUE MEDIANTE CONSTANCIA DE ADEUDOS CORRESPONDIENTE A LOS ADEUDOS DE CONTRIBUCIONES Y DERECHOS EMITIDA POR LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, HACE CONSTAR QUE ESTÁ AL CORRIENTE EN EL PAGO DE IMPUESTOS, DERECHOS, APROVECHAMIENTOS Y PRODUCTOS REFERIDOS EN EL NUMERAL 5.7.4 FRACCIÓN II DE LA CIRCULAR UNO DE 2019, MODIFICADA EL 00 XX XXXXXXXXXX XX 0000.
II.9.- QUE PARA TODO LO RELACIONADO CON EL PRESENTE CONTRATO, SEÑALA COMO DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES EL UBICADO EN AV. INSTITUTO POLITÉCNICO NUMERO EXTERIOR 1833, NUMERO INTERIOR 3-A COLONIA LINDAVISTA NORTE, ALCALDÍA XXXXXXX X. XXXXXX C.P. 07300, CIUDAD DE MÉXICO.
III. DECLARAN AMBAS PARTES:
III.1.- QUE EL PRESENTE CONTRATO SE REGULA POR LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL, SU REGLAMENTO Y DEMÁS DISPOSICIONES APLICABLES.
III.2.- QUE EN ESTE ACTO SE RECONOCEN MUTUAMENTE LA PERSONALIDAD CON QUE SE OSTENTAN Y LA CAPACIDAD PARA CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO.
III.3.- QUE MANIFIESTAN BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE EN ESTE CONTRATO NO EXISTE DOLO, LESIÓN NI MALA FE Y QUE LO CELEBRAN DE ACUERDO CON SU LIBRE VOLUNTAD.
EXPRESADO LO ANTERIOR, LAS PARTES SE OBLIGAN EL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO
EL "PROVEEDOR" SE OBLIGA A PRESTAR AL “ORGANISMO” CONTRATACIÓN DE LA ACTUALIZACIÓN DEL ESTUDIO DE OFERTA Y DEMANDA Y PREFACTIBILIDAD XXX XXXXXXXX PERIFÉRICO CONFORME A LAS CARACTERÍSTICAS, ESPECIFICACIONES Y CONDICIONES CONTENIDAS EN EL
DOCUMENTO QUE SE INCORPORA Y FORMA PARTE INTEGRANTE DE ESTE CONTRATO COMO
ANEXO 6.
SEGUNDA.- VIGENCIA DEL CONTRATO
LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO SERÁ DEL 00 XX XXXXX XX 00 XX XXXXX XX 0000.
AMBAS PARTES CONVIENEN EN QUE “EL ORGANISMO”, PODRÁ SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA DAR POR TERMINADO CON ANTICIPACIÓN EL PRESENTE CONTRATO.
TERCERA.- MONTO DEL CONTRATO
“EL ORGANISMO” PAGARÁ A "EL PROVEEDOR" POR CONCEPTO DE RETRIBUCIÓN POR LOS SERVICIOS, UNA CANTIDAD DE $ /100 M.N.) INCLUIDO EL 16%
DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, DE CONFORMIDAD CON LA PROPUESTA ECONÓMICA CONTENIDA EN EL ANEXO 6.
EL MONTO ANTES SEÑALADO INCLUYE TODOS LOS GASTOS QUE SE ORIGINEN COMO CONSECUENCIA DE SU REALIZACIÓN, TALES COMO MATERIALES, SUELDOS, HONORARIOS, ORGANIZACIÓN, DIRECCIÓN TÉCNICA PROPIA, ADMINISTRACIÓN, PRESTACIONES SOCIALES Y LABORALES A SU PERSONAL, ENTRE OTROS.
CUARTA.- FACTURACIÓN, PLAZO Y CONDICIONES DE PAGO
“EL ORGANISMO" EFECTUARÁ EL PAGO A MES VENCIDO, EN PESOS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, SOBRE EL SERVICIO DEVENGADO, SIEMPRE Y CUANDO "EL PROVEEDOR" PRESTE EL MISMO A ENTERA SATISFACCIÓN DE "EL ORGANISMO" DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN EL "ANEXO 6" QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DE ESTE CONTRATO.
PARA QUE LA OBLIGACIÓN DE PAGO SE HAGA EXIGIBLE, "EL PROVEEDOR" DEBERÁ SIN EXCEPCIÓN ALGUNA PRESENTAR LA FACTURA Y NOTA DE CRÉDITO CORRESPONDIENTES A LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, ASÍ COMO TODA LA DOCUMENTACIÓN QUE AMPARE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS A ENTERA SATISFACCIÓN DE "EL METROBÚS", DE CONFORMIDAD CON LOS REQUERIMIENTOS, CARACTERÍSTICAS Y PLAZOS CONTENIDOS EN ESTE CONTRATO Y EN EL "ANEXO 6" QUE SE ACOMPAÑA AL PRESENTE. LA FACTURA Y NOTA DE CRÉDITO DEBERÁN PRESENTARSE EN LOS 3 PRIMEROS DÍAS HÁBILES DEL MES SIGUIENTE A AQUEL EN QUE SE PRESTÓ EL SERVICIO. “EL ORGANISMO” REALIZARÁ EL PAGO A “EL PROVEEDOR” DENTRO DE LOS 10 DÍAS HÁBILES POSTERIORES A LA ENTREGA DE LAS FACTURAS.
EL PAGO SE REALIZARÁ DENTRO DEL PLAZO SEÑALADO EN EL PÁRRAFO QUE ANTECEDE, CONSIDERANDO QUE NO EXISTAN ACLARACIONES AL IMPORTE O ESPECIFICACIONES A LOS TRABAJOS FACTURADOS Y QUE LOS DOCUMENTOS DE COBRO HAYAN SIDO PRESENTADOS EN TIEMPO, DE LO CONTRARIO, EL PLAZO PARA EL PAGO SE RECORRERÁ EN FORMA PROPORCIONAL.
LA FACTURA DEBERÁ CONTENER TODOS LOS DATOS Y REGISTROS REQUERIDOS POR LAS DISPOSICIONES FISCALES VIGENTES; ASIMISMO, EL IMPORTE DEBERÁ PRESENTAR DESGLOSADO EL CONCEPTO DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. LA FACTURA DEBERÁ ELABORARSE A NOMBRE DE METROBÚS Y CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS FISCALES: METROBÚS, R.F.C. MET-050310-JB1, DIRECCIÓN: XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXX 00, XXXXXXX XXXX, XXXXXXX XXXXXXXX, XXXXXXXX XXXXXXXXXX, X.X. 00000, XXXXXX XX XXXXXX.
LOS IMPUESTOS QUE SE DERIVEN DEL CONTRATO SERÁN CUBIERTOS POR CADA UNA DE LAS PARTES DE ACUERDO A LAS DISPOSICIONES LEGALES VIGENTES Y APLICABLES EN LA MATERIA.
EN CASO DE QUE LAS FACTURAS ENTREGADAS POR "EL PROVEEDOR" PARA SU PAGO PRESENTEN ERRORES O DEFICIENCIAS "EL METROBÚS" DENTRO DE LOS CINCO DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A SU RECEPCIÓN, INDICARÁ POR ESCRITO A "EL PROVEEDOR" LAS DEFICIENCIAS QUE DEBERÁ CORREGIR. EL PERIODO QUE TRANSCURRA A PARTIR DE LA ENTREGA DEL CITADO ESCRITO Y HASTA QUE "EL PROVEEDOR" PRESENTE LAS CORRECCIONES.
QUINTA.- PAGOS EN EXCESO
AMBAS PARTES CONVIENEN EN QUE PARA EL SUPUESTO DE QUE SE REALICEN PAGOS EN EXCESO A “EL PROVEEDOR” ÉSTE DEBERÁ REINTEGRAR LOS REMANENTES, MÁS LOS INTERESES CORRESPONDIENTES CONFORME A UNA TASA QUE SERÁ IGUAL A LA ESTABLECIDA POR LA LEY DE INGRESOS PARA EL DISTRITO FEDERAL, PARA LOS CASOS DE PRÓRROGA PARA EL PAGO DE CRÉDITOS FISCALES.
SEXTA.- SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS
"EL METROBÚS" A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA GERENCIA DE PLANEACIÓN Y ESTRATEGIAS AMBIENTALES, ACTUARÁ COMO ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, POR LO CUAL, SUPERVISARÁ Y VIGILARÁ EN TODO TIEMPO EL SERVICIO OBJETO DE ESTE CONTRATO O LA PERSONA QUE ESTE DESIGNE, EL CUAL DEBERÁ REALIZARSE EN LOS PLAZOS ESTABLECIDOS EN EL "ANEXO 6".
"EL PROVEEDOR" ACEPTA QUE EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO DEL "ORGANISMO" DARÁ A "EL PROVEEDOR" POR ESCRITO, LAS INSTRUCCIONES QUE ESTIMEN PERTINENTES RELACIONADAS CON SU EJECUCIÓN EN LA FORMA CONVENIDA, A FIN DE QUE SE AJUSTE A LAS ESPECIFICACIONES CONTENIDAS EN EL "ANEXO 6" A QUE SE ALUDE EN LA CLÁUSULA DENOMINADA OBJETO DEL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO.
LA SUPERVISIÓN DEL SERVICIO QUE REALICE "EL ORGANISMO" NO LIBERA A "EL PROVEEDOR" DEL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS EN ESTE CONTRATO ASÍ, COMO DE RESPONDER POR DEFICIENCIAS EN LA CALIDAD DEL SERVICIO UNA VEZ CONCLUIDO ÉSTE. LO ANTERIOR, EN EL ENTENDIDO DE QUE EL EJERCICIO DE ESTA FACULTAD NO SERÁ CONSIDERADA COMO ACEPTACIÓN TÁCITA O EXPRESA DEL SERVICIO, NI LIBERA A "EL PROVEEDOR" DE LAS OBLIGACIONES QUE CONTRAE BAJO ESTE CONTRATO.
EN EL CASO DE ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS FECHAS O PLAZOS PACTADOS PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS, EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, PROCEDERÁ A NOTIFICAR A "EL PROVEEDOR" LA PENA RESPECTIVA, PREFERENTEMENTE DENTRO DE LOS 30 (TREINTA) DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA FECHA EN QUE SE HAYAN GENERADO LAS PENAS CONVENCIONALES.
SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, “EL ORGANISMO” PODRÁ SUPERVISAR EL CONTROL, CALIDAD Y AVANCES DE LOS SERVICIOS OBJETO DE ESTE CONTRATO, A TRAVÉS DEL PERSONAL QUE DESIGNE PARA TAL EFECTO.
SI “EL ORGANISMO” LLEGARE A DETERMINAR ALGUNA IRREGULARIDAD POR PARTE DE “EL PROVEEDOR” EN CUANTO A LA CALIDAD, AVANCE DE LOS SERVICIOS Y/O CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS EN ESTE INSTRUMENTO, DICHA IRREGULARIDAD SE LE NOTIFICARÁ POR ESCRITO A FIN DE QUE PROCEDA A REPARARLAS Y/O CUMPLIR CON EL PAGO DE LAS PENAS CONVENCIONALES PROCEDENTES.
LAS PENAS CONVENCIONALES SERÁN DETERMINADAS POR LA ADMINISTRADORA DEL CONTRATO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LA CLAUSULA DECIMA CUARTA DE ESTE CONTRATO,
EN FUNCIÓN DE LOS SERVICIOS NO PRESTADOS CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ANEXO 7
DEL PRESENTE CONTRATO.
SEXTA.- PATENTES, MARCAS Y DERECHOS DE AUTOR
"EL PROVEEDOR" ASUME TODA LA RESPONSABILIDAD POR LAS VIOLACIONES QUE SE CAUSEN EN MATERIA DE PATENTES, MARCAS Y DERECHOS DE AUTOR, CON RESPECTO A LA PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS O SERVICIOS OBJETO DE ESTE CONTRATO.
EN CASO DE LLEGARSE A PRESENTAR UNA DEMANDA EN LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS EN EL PÁRRAFO ANTERIOR, "EL ORGANISMO" NOTIFICARÁ A "EL PROVEEDOR", PARA QUE TOME LAS MEDIDAS PERTINENTES AL RESPECTO, "EL PROVEEDOR" EXIME A "EL ORGANISMO" DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD.
SÉPTIMA.- RESPONSABILIDAD LABORAL, CIVIL Y FISCAL
PARA EFECTOS DEL CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO, "EL PROVEEDOR" SE OBLIGA A PROPORCIONAR EL PERSONAL ESPECIALIZADO PARA LA EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS Y SERÁ RESPONSABLE DE LOS ANTECEDENTES DE SU PERSONAL, GARANTIZÁNDOLOS EN FORMA ADECUADA, POR LO QUE QUEDA EXPRESAMENTE ESTIPULADO QUE EL PRESENTE CONTRATO SE SUSCRIBE EN ATENCIÓN A QUE "EL PROVEEDOR" CUENTA CON EL PERSONAL TÉCNICO Y PROFESIONAL NECESARIO, EXPERIENCIA, MATERIALES, EQUIPO E INSTRUMENTOS DE TRABAJO PROPIOS PARA EJECUTAR LOS SERVICIOS OBJETO DEL MISMO.
"EL PROVEEDOR" RECONOCE Y ACEPTA QUE ACTÚA COMO PATRÓN DEL PERSONAL QUE OCUPA PARA LA EJECUCIÓN DEL OBJETO DE ESTE CONTRATO, POR LO QUE SERÁ EL ÚNICO RESPONSABLE DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y DEMÁS ORDENAMIENTOS EN MATERIA DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL PARA CON SUS TRABAJADORES.
POR LO ANTERIOR, EN CASO DE CUALQUIER RECLAMACIÓN O DEMANDA, RELACIONADA CON LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN LA PRESENTE CLÁUSULA Y PROVENIENTE DE CUALQUIERA DE LAS PERSONAS ANTES MENCIONADAS, QUE PUEDA AFECTAR LOS INTERESES DE "EL ORGANISMO" O INVOLUCRARLA, "EL PROVEEDOR" EXIME DESDE AHORA A "EL ORGANISMO" DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD FISCAL, LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL, CIVIL, PENAL Y DE CUALQUIER OTRA ÍNDOLE, QUE PUDIERA DARSE COMO CONSECUENCIA DIRECTA DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS MATERIA DEL PRESENTE INSTRUMENTO, QUEDANDO OBLIGADO A INTERVENIR DE MANERA INMEDIATA EN ESTOS CASOS, POR LO QUE EN NINGÚN MOMENTO SE CONSIDERARÁ COMO PATRÓN SUSTITUTO O SOLIDARIO, NI COMO INTERMEDIARIA A "EL ORGANISMO" RESPECTO DE DICHO PERSONAL.
OCTAVA.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
CON XXXXXXXXXX XX XX XXXXXXXX 00 XX XX XXX XX XXXXXXXXXXXXX XXX XXXXXXXX XXXXXXX "EL PROVEEDOR" A FIN DE GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, ASÍ COMO PARA RESPONDER DE LOS DEFECTOS, VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS EN EL CONTRATO, DEBERÁ PRESENTAR A "EL ORGANISMO", PRESENTA EN ESTE ACTO LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, CONSISTENTE EN:
PÓLIZA DE FIANZA QUE SE CONSTITUIRÁ POR EL 15% DEL IMPORTE MÁXIMO DEL CONTRATO, ESTIPULADO EN LA CLÁUSULA DENOMINADA MONTO DEL CONTRATO DE ESTE INSTRUMENTO, SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, CON UNA VIGENCIA EQUIVALENTE A LA DEL PRESENTE CONTRATO GARANTIZADO, OTORGADA POR INSTITUCIÓN AFIANZADORA LEGALMENTE CONSTITUIDA EN LA REPÚBLICA MEXICANA, EN TÉRMINOS DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS.
"EL PROVEEDOR" MANIFIESTA EXPRESAMENTE:
(A) SU VOLUNTAD EN CASO DE QUE EXISTAN CRÉDITOS A SU FAVOR CONTRA "EL ORGANISMO", DE RENUNCIAR AL DERECHO A COMPENSAR QUE LE CONCEDE LA LEGISLACIÓN SUSTANTIVA CIVIL APLICABLE, POR LO QUE OTORGA SU CONSENTIMIENTO EXPRESO PARA QUE EN EL SUPUESTO DE INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE DERIVEN DEL CONTRATO, SE HAGA EFECTIVA LA GARANTÍA OTORGADA, ASÍ COMO CUALQUIER OTRO SALDO A FAVOR DE "EL ORGANISMO".
(B) SU CONFORMIDAD PARA QUE LA FIANZA QUE GARANTIZA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, PERMANEZCA VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON RELACIÓN AL CONTRATO, HASTA QUE SEA DICTADA RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE CAUSE EJECUTORIA POR PARTE DE LA AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE.
(C) SU ACEPTACIÓN PARA QUE LA FIANZA DE CUMPLIMIENTO PERMANEZCA VIGENTE HASTA QUE LAS OBLIGACIONES GARANTIZADAS HAYAN SIDO CUMPLIDAS EN SÚ TOTALIDAD, EN LA INTELIGENCIA QUE LA CONFORMIDAD PARA LA LIBERACIÓN DEBERÁ SER OTORGADA MEDIANTE ESCRITO SUSCRITO POR "EL ORGANISMO”.
(D) QUE SE OTORGA ATENDIENDO TODAS Y CADA UNA DE LAS ESTIPULACIONES ESTABLECIDAS EN ESTE CONTRATO.
(E) QUE PARA CANCELAR LA FIANZA, SERÁ REQUISITO CONTAR CON LA CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO 'TOTAL DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LA CLÁUSULA OCTAVA DENOMINADA VERIFICACIÓN Y ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS, DEL PRESENTE INSTRUMENTO;
(F) QUE LA AFIANZADORA ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LAS FIANZAS, AÚN PARA EL CASO DE QUE PROCEDA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR XXXX, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN SERÁ EL PREVISTO EN EL ARTÍCULO 282 DE LA CITADA LEY, DEBIÉNDOSE ATENDER PARA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR XXXX LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 283 DE DICHA LEY;
(G) QUE EN CASO DE QUE EL CONTRATO SEA PRORROGADO LA FIANZA QUEDA AUTOMÁTICAMENTE PRORROGADA.
“EL PROVEEDOR” DEBERÁ PRESENTAR A “EL ORGANISMO” LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO ACOMPAÑADA POR EL COMPROBANTE DE PAGO DE LA PRIMA CORRESPONDIENTE.
NOVENA. PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL Y DAÑOS A TERCEROS
“EL PROVEEDOR” DEBERÁ ENTREGAR A LOS CINCO DÍAS HÁBILES POSTERIORES A LA FIRMA DE ESTE CONTRATO EN ORIGINAL Y COPIA PARA SU COTEJO LA PÓLIZA DE SEGURO POR LA RESPONSABILIDAD CIVIL Y DAÑOS A TERCEROS EXPEDIDA POR UNA INSTITUCIÓN MEXICANA LEGALMENTE AUTORIZADA PARA TAL EFECTO, A FAVOR DE “EL PROVEEDOR”, CON UNA VIGENCIA DESDE SU EXPEDICIÓN Y HASTA EL TÉRMINO DEL CONTRATO, Y LA CUAL DEBERÁ SER DEL 15% DEL MONTO TOTAL DEL CONTRATO (SIN INCLUIR EL I.V.A.) SEÑALADO EN LA CLÁUSULA SEGUNDA DEL PRESENTE INSTRUMENTO.
DÉCIMA.- CONVENIO MODIFICATORIO
EN CASO DE QUE LO SOLICITE “EL ORGANISMO”, “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A OTORGAR INCREMENTO EN LA CANTIDAD DEL SERVICIO SOLICITADO MEDIANTE MODIFICACIONES AL
CONTRATO VIGENTE, SIEMPRE Y CUANDO EL MONTO TOTAL DE LAS MODIFICACIONES NO REBASEN EN SU CONJUNTO EL 25% (VEINTICINCO POR CIENTO) DEL TOTAL DEL VALOR MÁXIMO DEL CONTRATO, SE ENCUENTREN EN EL MISMO EJERCICIO PRESUPUESTAL Y QUE EL PRECIO Y DEMÁS CONDICIONES DE LOS SERVICIOS SEA IGUAL AL INICIALMENTE PACTADO, DEBIÉNDOSE AJUSTAR LAS GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, EN SU CASO.
DÉCIMA PRIMERA.- DE LOS MATERIALES, INSUMOS Y REFACCIONES
LOS MATERIALES, INSUMOS Y REFACCIONES QUE UTILICE “EL PROVEEDOR” PARA CUMPLIR CON EL PRESENTE CONTRATO DEBERÁN CUMPLIR CON LAS ESPECIFICACIONES ESTABLECIDAS EN EL ANEXO 6.
DÉCIMA SEGUNDA.- CESIÓN DE DERECHOS U OBLIGACIONALES
“EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A NO CEDER, TRASPASAR O SUBCONTRATAR LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL PRESENTE CONTRATO Y EN CASO DE HACERLO SERÁ CONSIDERADO CAUSA DE RESCISIÓN.
DÉCIMA TERCERA.- PENAS CONVENCIONALES
LAS PARTES ESTABLECEN COMO PENAS CONVENCIONALES LAS ESTABLECIDAS en el ANEXO 7 “PENAS CONVENCIONALES” DEL PRESENTE CONTRATO, DE TAL MANERA QUE EL MONTO MÁXIMO DE LA PENA SERÁ AQUEL QUE IGUALE EL IMPORTE DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO SI SE IGUALA O SUPERA LA APLICACIÓN DEL PORCENTAJE SEÑALADO COMO PENA CONVENCIONAL “EL ORGANISMO”, PODRÁ RESCINDIR EL CONTRATO SIN NINGUNA RESPONSABILIDAD.
LA ADMINISTRADORA DARA AVISO A LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL INCUMPLIMIENTO DE ACUERDO A LOS ALCANCES DEL CONTRATO Y ESTA A SU VEZ SOLICITARA A LA JEFATURA DE UNIDAD DEPARTAMENTAL DE COMPRAS Y CONTROL DE MATERIALES, REALICE EL CALCULO XX XXXXX CONVENCIONALES DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO.
LA JEFATURA DE UNIDAD DEPARTAMENTAL DE COMPRAS Y CONTROL DE MATERIALES, NOTIFICARA AL PROVEEDOR DE LAS PENAS CONVENCIONALES Y SE ESTARÁ REVISANDO PERIÓDICAMENTE EL MONTO DE LAS SANCIONES APLICABLES, SEGÚN LOS DÍAS DE RETRASO DE ENTREGA, VERIFICANDO QUE ESTAS NO REBASEN EL MONTO DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. SE PROCEDE AL PAGO DE FACTURAS MENOS LOS DESCUENTOS POR PENAS CONVENCIONALES.
EN CASO DE QUE INCUMPLA Y REBASE EL MONTO DE LA FIANZA DE CUMPLIMIENTO SE PROCEDE A LA RECISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.
DÉCIMA CUARTA.- RESCISIÓN DEL CONTRATO
EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 42 DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL, LAS PARTES ACEPTAN QUE SI “EL ORGANISMO”, CONSIDERA QUE “EL PROVEEDOR” HA INCURRIDO EN ALGUNA DE LAS CAUSAS DE RESCISIÓN QUE SE CONSIGNAN EN ESTE DOCUMENTO, PODRÁ DECRETAR LA RESCISIÓN DEL MISMO QUE OPERARA DE PLENO DERECHO Y SIN RESPONSABILIDAD PARA EL ORGANISMO”.
“EL ORGANISMO”, RESCINDIRÁ EL CONTRATO POR CUALQUIERA DE LAS CAUSAS QUE A CONTINUACIÓN SE SEÑALAN:
1. SI “EL PRESTADOR DEL SERVICIO" CONTRAVIENE ALGUNA DE LAS ESTIPULACIONES DEL PRESENTE CONTRATO.
2. SI “EL PRESTADOR DEL SERVICIO" NO REALIZA LOS SERVICIOS CON CALIDAD, CARACTERÍSTICAS Y ESPECIFICACIONES SEÑALADAS EN EL ANEXO 06.
3. SI “EL PRESTADOR DEL SERVICIO" ES DECLARADO EN CONCURSO MERCANTIL.
4. SI “EL PRESTADOR DEL SERVICIO" SUBCONTRATA, CEDE O TRASPASA EN FORMA TOTAL O PARCIAL LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL PRESENTE CONTRATO.
5. POR SEGURIDAD E INTEGRIDAD DE LAS PERSONAS, PELIGRE EL MEDIO AMBIENTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO O SE AFECTE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS.
6. EN CASO QUE SE ACREDITE QUE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO" NO ESTÉ AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES PREVISTAS POR EL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
7. EN LOS CASOS EN QUE LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DETECTE VIOLACIONES A LAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 35 PÁRRAFO TERCERO DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL.
8. POR CUALQUIER OTRA CAUSA IMPUTABLE A EL PRESTADOR DEL SERVICIO" O EN CASO DE QUE ESTE REALICE ALGUNA ACCIÓN EN PERJUICIO DE LOS INTERESES DE “EL ORGANISMO”.
9. SI “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” NO CUMPLE CON LA ENTREGA DEL SERVICIO EN EL PLAZO SEÑALADO EN EL PRESENTE CONTRATO.
DÉCIMA QUINTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA
AMBAS PARTES CONVIENEN QUE LA TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL PRESENTE CONTRATO, LA SUSPENSIÓN TEMPORAL O DEFINITIVA DEL MISMO, YA SEA DE COMÚN ACUERDO O POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR, SERÁ SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA PARA “EL ORGANISMO”.
ASIMISMO, “EL ORGANISMO” PODRÁ LLEVAR A CABO LA TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO, SIN AGOTAR EL PLAZO PARA LA APLICACIÓN XX XXXXX CONVENCIONALES, PREVIA OPINIÓN DE LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO POR CAUSAS DEBIDAMENTE JUSTIFICADAS Y QUE DE NO PROCEDER A LA TERMINACIÓN DE LOS MISMOS SE PUDIERA ALTERAR LA SEGURIDAD E INTEGRIDAD DE LAS PERSONAS O EL MEDIO AMBIENTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO, O SE AFECTE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 69 DE LA LEY DE ADQUISICIONES DEL DISTRITO FEDERAL.
IGUALMENTE, “EL ORGANISMO” PODRÁ SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA LLEVAR A CABO LA TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO, LA SUSPENSIÓN TEMPORAL O DEFINITIVA DEL MISMO, DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 56 FRACCIÓN XIV DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL; ASÍ COMO EN LOS CASOS EN QUE LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DETECTE VIOLACIONES A LAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 35 PÁRRAFO TERCERO DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL.
DÉCIMA SEXTA.- ANEXOS
LOS ANEXOS FORMAN PARTE DEL PRESENTE CONTRATO Y OBRAN EN ORIGINAL EN LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL METROBÚS.
EL PRESENTE CONTRATO Y SUS ANEXOS SON LOS INSTRUMENTOS QUE VINCULAN A LAS PARTES EN SUS DERECHOS Y OBLIGACIONES.
DÉCIMA SÉPTIMA.- INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
PARA TODO LO RELACIONADO CON LA INTERPRETACIÓN, CUMPLIMIENTO Y EJECUCIÓN DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL PRESENTE CONTRATO, AMBAS PARTES SE SOMETEN A LA JURISDICCIÓN DE LOS TRIBUNALES COMPETENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, RENUNCIANDO A
CUALQUIER FUERO QUE POR RAZÓN DE SUS DOMICILIOS U OTRA CIRCUNSTANCIA PUDIERA CORRESPONDERLES EN EL FUTURO.
DÉCIMA OCTAVA.- DOMICILIO Y DATOS DE AMBAS PARTES
PARA OÍR Y RECIBIR TODO TIPO DE NOTIFICACIONES DURANTE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
METROBUS CIUDAD DE MÉXICO
DIRECCIÓN DE EJECUTIVA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN
JEFATURA DE UNIDAD DEPARTAMENTAL DE COMPRAS Y CONTROL DE MATERIALES XX. XXXXXXXXXX XX. 00 XXX. XXXXXXXX
XXXXXXXX XXXXXXXXXX X.X. 00000 XXXXXX, X.X. TELÉFONO (00) 00000000/00000000/57616870 EXT. 105 Y 107 XXXXXXXXXX@XXXXXXXX.XXXX.XXX.XX XXXXXXXX@XXXXXXXX.XXXX.XXX.XX
-------------, S.A. DE C.V.
.
TELÉFONO (55) ---------------------
LAS PARTES MANIFIESTAN QUE ENTERADAS DEL CONTENIDO, EFECTOS Y FUERZA LEGAL DEL PRESENTE CONTRATO, LO FIRMAN EN TRES TANTOS DE CONFORMIDAD EN LA CIUDAD DE MÉXICO EL DÍA -- DE XXXX DE DOS MIL VEINTIUNO.
POR “EL ORGANISMO”: EL DIRECTOR GENERAL | POR “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”; --------------------------, S.A. DE C.V. |
C. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXX | ---------------------------- |
POR “EL ORGANISMO”: |
DIRECTORA EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS MTRA. XX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX EN ASISTENCIA DEL DIRECTOR GENERAL | DIRECTORA EJECUTIVA DE ASUNTOS JURÍDICOS LIC. MA XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX REVISIÓN JURÍDICA |
JEFE DE UNIDAD DEPARTAMENTAL DE COMPRAS Y CONTROL DE MATERIALES LIC. XXXXX XXXXXXX XXXXXXX RESPONSABLE DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN DIRECTOR EJECUTIVO DE PLANEACIÓN, EVALUACIÓN Y TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN MTRO. XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX | DIRECTORA EJECUTIVA DE ASUNTOS JURÍDICOS LIC. MA XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX REVISIÓN JURÍDICA GERENTE DE PLANEACIÓN Y ESTRATEGIAS AMBIENTALES MTRA. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX |
LAS FIRMAS QUE ANTECEDEN, CORRESPONDEN AL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS NÚMERO