FI-CVEP-001-2022
XXXXXX XXXXX INCLUSIVA
EMPRESA PÚBLICA CREAMOS VIVIENDA EP.
CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO:
FI-CVEP-001-2022
Objeto de Contratación:
CONTRATAR EL TRANSPORTE INSTITUCIONAL PARA EL PERSONAL DE LA EMPRESA PÚBLICA CREAMOS VIVIENDA
EMPRESA PÚBLICA CREAMOS VIVIENDA EP.
FERIAS INCLUSIVAS FI-CVEP-001-2022
ÍNDICE
SECCIÓN I CONVOCATORIA
SECCIÓN II CONDICIONES GENERALES
2.1 Condiciones de inclusión
2.2 Inhabilidades
2.3 Uso xxx Xxxxxx
2.4 Cronograma
2.5 Verificación de la documentación presentada y convalidación de errores
2.6 Garantías
2.7 Cancelación del Procedimiento
2.8 Declaratoria de Procedimiento Desierto
2.9 Adjudicatario Fallido
2.10 Reclamos
2.11 Administración del Contrato
2.12 Verificación de cumplimiento de requisitos mínimos
2.13 Adjudicación y Publicación
2.14 Contrato
SECCIÓN III CONDICIONES PARTICULARES
3.1 Objeto de la contratación
3.2 Vigencia de la Oferta
3.3 Plazo de Ejecución
3.4 Presupuesto Referencial
3.5 Cupo de compra de bienes
3.6 Costos del bien o servicio
3.7 Forma de Pago
3.8 Metodología de Evaluación
3.9 Forma de presentar la Oferta
3.10 Requisitos mínimos
3.11 Adhesión a las especificaciones técnicas o términos de referencia y condiciones económicas del
procedimiento
SECCIÓN IV MODELO DE FORMULARIO
Formulario de la Oferta:
4.1. Modelo de carta de presentación y compromiso
4.2 Datos generales del proveedor
4.3 Tabla de cantidades y precios
4.4 Adhesión a las especificaciones técnicas o términos de referencia y condiciones económicas del procedimiento
4.5 Criterios de inclusión
4.5.1 Asociatividad
4.5.2 Criterios de igualdad
4.5.2 Parámetros
4.6 Compromiso de asociación o consorcio
SECCIÓN V PROYECTO DE CONTRATO
VI CONDICIONES PARTICULARES DE LOS CONTRATOS XX XXXXX INCLUSIVA DE BIENES Y/O SERVICIOS
VII CONDICIONES GENERALES DE LOS CONTRATOS XX XXXXX INCLUSIVA DE BIENES Y/O SERVICIOS
SECCIÓN VI FORMATOS SUGERIDOS PARA USO DE LAS ENTIDADES CONTRATANTES
EMPRESA PÚBLICA CREAMOS VIVIENDA EP.
FERIA INCLUSIVA FI-CVEP-001-2022 SECCIÓN I CONVOCATORIA
La EMPRESA PÚBLICA CREAMOS VIVIENDA EP., convoca a través del Portal Institucional de Servicio Nacional de Contratación Pública, y de la página web institucional “xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx”, a todas las personas naturales o jurídicas, ya sea de manera individual o a través de asociaciones o consorcios o por compromiso de asociación o consorcios, que estén domiciliadas en el cantón Quito para la presentación de ofertas relacionadas para CONTRATAR EL TRANSPORTE INSTITUCIONAL PARA EL PERSONAL DE LA EMPRESA PÚBLICA
CREAMOS VIVIENDA, que estén habilitadas en el Registro Único de Proveedores - RUP, siempre y cuando cumplan una de las siguientes condiciones:
1. Organizaciones de economía popular y solidaria: sectores comunitarios, asociativos, cooperativos, artesanos, gremios artesanales;
2. Asociaciones de Unidades Económicas Populares (asociaciones de hecho);
3. Unidades Económicas Populares; y,
4. Consorcios, sociedades y compañías de economía privada y economía mixta (micro y pequeña empresa).
En el caso de personas jurídicas micro y pequeñas, los accionistas o socios de éstas también deberán cumplir con la condición de ser micro o pequeños.
Presupuesto Referencial y Certificación xx Xxxxxxx Presupuestaria: El Presupuesto Referencial es de: $ 42.600,00 (Cuarenta y dos mil seiscientos dólares de los Estados Unidos de América con 00/100) no grava IVA. El número xx xxxxxxx presupuestaria 53.02.01.000.001.00 denominado “Transporte de Personal”.
Código CPC. - El código CPC asignado para este tipo de contratación es: 643120014.- SERVICIOS DE
TRANSPORTE DE PASAJEROS POR ITINERARIOS Y CON HORARIOS PREDETERMINADOS PARA UN SEGMENTO ESPECIFICO DE USUARIOS, POR EJEMPLO, EMPRESAS.
Precio Global: El precio global al que el oferente deberá adherirse es de:
CONTRATAR EL TRANSPORTE INSTITUCIONAL PARA EL PERSONAL DE LA EMPRESA PÚBLICA CREAMOS VIVIENDA | |||
DETALLE | MESES | VALOR MENSUAL | VALOR TOTAL |
CONTRATAR EL TRANSPORTE INSTITUCIONAL PARA EL PERSONAL DE LA EMPRESA PÚBLICA CREAMOS VIVIENDA | 12 MESES | $ 3.550,00 (3 rutas) | $ 42.600,00 |
Forma de Pago: Los pagos del contrato se realizarán con cargo a los fondos propios provenientes del presupuesto de la entidad contratante relacionados con la partida presupuestaria 53.02.01.000.001.00 denominado “Transporte de Personal”.
LA EMPRESA PÚBLICA CREAMOS VIVIENDA EP., pagará a la Contratista, el precio del servicio, acordado de acuerdo a la certificación de fondos emitidos, el pago se realizará de forma mensual.
Los valores se cancelarán contra entrega de los servicios, a entera satisfacción de la contratante, en PAGOS PARCIALES, previa presentación de:
• Documentación precontractual y contractual.
• Documentación del proveedor (ruc, rup, etc)
• Solicitud de pago.
• Factura(s) original.
• Hoja de Servicio por cada ruta (Debidamente legalizado) por los usuarios de cada ruta incluyendo, en el caso de que existiera, las novedades del servicio de cada mes.
• Informe del servicio prestado
• Acta recepción del servicio prestado.
Anticipo: No se otorgará anticipo.
Lugar y fecha de realización de la feria inclusiva: la etapa de Socialización, preguntas, respuestas y aclaraciones de la Feria Inclusiva se realizará en la Xxxxxx xx Xxxxx, xx xx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx xx Xxxxx el día jueves 30 xx xxxxx de 2022 a las 10h00 de forma virtual a través de la plataforma zoom Unirse a la reunión Zoom al siguiente enlace: xxxxx://xx00xxx.xxxx.xx/x/00000000000.
Plazo de entrega: El plazo de ejecución será de 365 días (12 meses) a partir de la suscripción del contrato para el Servicio de Transporte Institucional de la EMPRESA PÚBLICA CREAMOS VIVIENDA EP.
Las condiciones generales de esta convocatoria son las siguientes:
1.- El pliego estará disponible, sin ningún costo, en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública y en la página institucional xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
2.- El cronograma del presente procedimiento es el siguiente:
Item | ETAPA | FECHA | HORA |
1 | Publicación y Convocatoria | 24/06/2022 | 12:30 |
2 | Socialización y período de preguntas, respuestas y aclaraciones | 29/06/2022 | 16:30 |
3 | Fecha límite para la adhesión a las especificaciones técnicas o términos de referencia y condiciones económicas | 05/07/2022 | 16:30 |
4 | Fecha límite para la presentación y verificación de cumplimiento de requisitos mínimos y convalidación de errores | 11/07/2022 | 16:30 |
5 | Fecha límite para adjudicación | 13/07/2022 | 16:30 |
3.- Metodología de evaluación de la documentación de adhesión: la delegada del proceso, analizará la documentación de adhesión a las especificaciones técnicas o términos de referencia y condiciones económicas presentadas, en función del cumplimiento de las condiciones de participación establecidas en el pliego, mediante la metodología cumple - no cumple, a través de la presentación de los formularios descritos en el presente pliego, con los oferentes que cumplan las condiciones establecidas en el pliego, pasaran a la calificación de parámetros inclusivos.
4.- La entrega de los documentos solicitados como requisitos mínimos y de los formularios de la oferta a los proveedores en el procedimiento, se realizará desde la culminación de la fecha de socialización hasta la fecha límite de Adhesión para la presentación de dichos documentos, previsto en el cronograma del mismo.
Forma de presentar la oferta
En cumplimiento a la Resolución Externa Nro. RE-SERCOP-2020-106, vigente desde el 28 de octubre de 2020 y a las directrices emitidas en el Oficio Circular Nro. SERCOP-SERCOP-2020-0022-C, emitido el 27 de octubre de 2020, con respecto a la entrega de ofertas para el presente proceso de contratación, las mismas se entregarán conforme a las siguientes directrices:
Los oferentes enviarán su adhesión a las especificaciones técnicas o términos de referencia a través del Sistema Oficial de Contratación Pública – SOCE, hasta la hora y fecha establecida en el cronograma del proceso publicado en el Portal Institucional del SERCOP.
En virtud de que la herramienta xx Xxxxx Inclusiva no permite al oferente registrar su oferta técnica a
través del Portal de COMPRASPÚBLICAS, la entidad contratante, pone a disposición de los oferentes el siguiente canal para la entrega de ofertas:
Las ofertas se presentarán al correo xxxxxxx_xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx si fueran las ofertas con firmas electrónicas o en las instalaciones de la entidad contratante EMPRESA PÚBLICA CREAMOS VIVIENDA EP., tercer piso, Plataforma Gubernamental Sur, xxxxx Xxxx Xxx y Quitumbe Ñan, si las ofertas fueran con firma manuscritas.
Los oferentes deberán observar, de manera obligatoria lo dispuesto de la Circular Nro. SERCOPSERCOP-20200022-C, (el referido documento se encuentra publicado en el SOCE para el presente procedimiento), se deberá firmar electrónicamente o con firma manuscrita en cada uno de los formularios que constan en el pliego de presente proceso, así como también en cada uno de los archivos de anexos que acompañen la oferta.
La entidad contratante, en caso de que el oferente presente su oferta con firma electrónica, revisará a través del aplicativo FIRMA EC, conforme lo señalado en el numeral 5.2 “Validación de los documentos firmados electrónicamente” de la Circular Nro. SERCOP-SERCOP-2020-0022-C. Es importante considerar que la firma manuscrita es considerada válida en los procesos xx xxxxx inclusiva conforme la resolución No. RE-SERCOP-2022-0123 de 10 xx xxxxx de 2022.
Las ofertas y/o convalidación no requieren sumilla, ni numeración, siendo que el/los documento(s) íntegro(s) de la oferta o sus partes si se firman electrónicamente, si es de manera manuscrita se requiere la sumilla en los mismos; así mismo para contabilizar el número de hojas de cada oferta y/o archivo de convalidación, se considerará el conteo automático de el/los archivo(s) que correspondan a cada oferta y/o convalidación.
A partir de la presente fecha se pueden recibir ofertas con firma sea manuscrita, por lo tanto, no se requiere solicitar convalidación para obtener la firma electrónica por parte del oferente, por lo tanto, la oferta será entregada de manera física impresa dentro del cronograma establecido.
De conformidad a la RESOLUCIÓN No. RE-SERCOP-2021-0112, en caso de presentarse la oferta con firma electrónica cada anexo o documentación de respaldo que se adjunte a la oferta y que hayan sido suscritos o emitidos por un tercero con firma manuscrita, deberán ser digitalizados y este documento será firmado electrónicamente por el oferente. Esta firma implicará la declaración de que todos los documentos presentados son auténticos, exactos y veraces, y que el oferente se hace responsable de los mismos dentro de los controles posteriores que se pueda realizar.
La entidad contratante comunicará los resultados de la revisión y validación de la documentación presentada por los participantes, publicando el acta respectiva en el portal xxx.xxxxxx.xxx.xx. La entidad contratante podrá también elaborar y publicar un listado con el total de los proveedores habilitados para efectos de adjudicación.
5.- Los requisitos mínimos presentados por los proveedores contendrán obligatoriamente los documentos (formularios) descritos en el presente pliego, y toda la documentación que la entidad contratante solicite para determinar que la condición del participante se adecue a las condiciones de inclusión previstas en esta convocatoria o para aplicar los parámetros de calificación previstos, siempre que esa documentación no conste en un registro público de libre consulta o que haya sido entregada previamente para la habilitación en el Registro Único de Proveedores -RUP.
La entidad contratante comunicará los resultados de la revisión y validación de la documentación presentada por los participantes, publicando el acta respectiva en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública. La entidad contratante podrá también elaborar y publicar un listado con el total de los proveedores habilitados para efectos de adjudicación.
6.- La adjudicación, se realizará sobre la base del cumplimiento de los requisitos mínimos y formularios previstos en el pliego, bajo la metodología cumple/no cumple y criterios de inclusión.
7.- Este procedimiento xx Xxxxx Inclusiva se regirá por la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General, la normativa emitida por el SERCOP que sean aplicables, y el pliego debidamente aprobado.
8.- Garantías: De acuerdo a lo establecido en los ART. 74, 75, 76 LOSNCP según aplique y otras garantías.
1. Garantía de Fiel Cumplimiento: No aplica
2. Garantía por Anticipo: No aplica
3. Garantía Técnica: Del servicio prestado.
Póliza de seguro de vehículo: Contrato de riesgos y daños a terceros vigente desde o antes de la fecha de suscripción del contrato, o copias de las pólizas vigentes, la misma que deberá presentar al momento de firmar el contrato para el inicio de la prestación del servicio, misma que debe cubrir el plazo de toda la ejecución del contrato.
Quito, 21 xx xxxxx de 2022.
Firmado electrónicamente por:
XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX
MGS. XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX
COORDINADORA GENERAL ADMINISTRATIVA FINANCIERA
SECCIÓN II
CONDICIONES GENERALES
2.1 Condiciones de inclusión : La presente Feria Inclusiva es un procedimiento de contratación en el que pueden participar únicamente los proveedores habilitados en el Registro Único de Proveedores RUP, siempre y cuando cumplan una de las siguientes condiciones:
1. Organizaciones de economía popular y solidaria: sectores comunitarios, asociativos, cooperativos, artesanos, gremios artesanales;
2. Asociaciones de Unidades Económicas Populares (asociaciones de hecho);
3. Unidades Económicas Populares; y,
4. Consorcios, sociedades y compañías de economía privada y economía mixta (micro y pequeña empresa).
En el caso de personas jurídicas micro y pequeñas, los accionistas o socios de éstas también deberán cumplir con la condición de ser micro o pequeños.
Encontrarse domiciliada en el Cantón Quito para la presentación de los documentos solicitados como requisitos mínimos relacionadas para CONTRATAR EL TRANSPORTE INSTITUCIONAL PARA EL PERSONAL DE LA EMPRESA PÚBLICA CREAMOS VIVIENDA.
La entidad contratante es responsable de verificar la condición jurídica de cada oferente, a fin de cerciorarse que pertenezca a cualquiera de las categorías previstas en este numeral. Para el efecto, podrá solicitar en el pliego de un procedimiento xx Xxxxx Inclusiva, la documentación probatoria correspondiente, siempre que la misma no conste en un registro público de libre acceso o que éstahaya sido previamente entregada para efectos de registrarse y habilitarse en el Registro Único de Proveedores
-RUP.
2.2 Inhabilidades: No podrán participar en el presente procedimiento precontractual, por sí mismas o por interpuesta persona, las personas que incurran en las inhabilidades generales y especiales, de acuerdo a los artículos 62 y 63 de la LOSNCP; y, 110 y 111 del RGLOSNCP, así como en la prohibición señalada en el literal j) del artículo 24 de la Ley Orgánica de Servicio Público. Tampoco podrán participar en este procedimiento y por lo mismo se las considerará inhábiles para el mismo, aquellas personas naturales o jurídicas que no cumplan con las condiciones previstas en la Convocatoria del presente xxxxxx xx Xxxxx Inclusiva.
2.3 Uso xxx Xxxxxx: La entidad contratante, al utilizar el modelo de xxxxxx xx Xxxxx Inclusiva podrá bajo su responsabilidad modificar y ajustar el mismo a las necesidades particulares del procedimiento
de contratación, siempre que se cumpla con la LOSNCP y su Reglamento General, y el contenido de los requisitos mínimos se solicite a través de los formularios que son parte del modelo xx xxxxxx, conforme a lo dispuesto en el artículo 28 del RGLOSNCP.
2.4 Cronograma
Item | ETAPA | FECHA | HORA |
1 | Publicación y Convocatoria | 24/06/2022 | 12:30 |
2 | Socialización y período de preguntas, respuestas y aclaraciones | 29/06/2022 | 16:30 |
3 | Fecha límite para la adhesión a las especificaciones técnicas o términos de referencia y condiciones económicas | 05/07/2022 | 16:30 |
4 | Fecha límite para la presentación y verificación de cumplimiento de requisitos mínimos y convalidación de errores | 11/07/2022 | 16:30 |
5 | Fecha límite para adjudicación | 13/07/2022 | 16:30 |
Al elaborar el cronograma del procedimiento deberá considerarse lo siguiente:
1) Publicación y Convocatoria: Fecha de publicación del procedimiento.
2) Socialización y período de preguntas, respuestas y aclaraciones: la socialización del proceso de contratación se realizará de manera virtual a través del zoom a las 10:00 am., el 30 xx xxxxx de 2022, en el siguiente link: xxxxx://xx00xxx.xxxx.xx/x/00000000000.
3) Podrán formularse las preguntas, respuestas y aclaraciones dentro del mismo período de la etapa de Socialización, por realizarse de manera simultánea, las preguntas y aclaraciones pueden ser enviadas al correo electrónico institucional xxxxxxx_xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx o en el portal de Compras Públicas SOCE.
4) Fecha límite para la adhesión a las especificaciones técnicas o términos de referencia y condiciones económicas: Duración máxima de seis (6) días contados a partir de la culminación de la etapa de preguntas, respuestas y aclaraciones.
5) Fecha límite para la presentación y verificación de cumplimiento de requisitos mínimos y convalidación de errores: Considerar el mismo período establecido para la etapa de adhesión a las especificaciones técnicas o términos de referencia y condiciones económicas, por realizarse de manera simultánea.
6) Fecha límite para adjudicación: No podrá exceder el término máximo de dos (2) días contados a partir de la culminación de la etapa de presentación, verificación de cumplimiento de requisitos mínimos y convalidación de errores.
2.5 Verificación de la documentación presentada y convalidación de errores: Luego de realizada la revisión y validación de la documentación de adhesión a las especificaciones técnicas o términos de referencia y condiciones económicas presentada por el oferente, la entidad contratante podrá efectuar cualquiera de las siguientes acciones:
Si un participante no cumpliere con toda la documentación o requisitos del procedimiento la entidad podrá:
a) Solicitar la rectificación de la información al proveedor pudiendo éste volver a presentarla hasta la fecha límite para la presentación y verificación de cumplimiento de requisitos mínimos y convalidación de errores, prevista en el cronograma del procedimiento. Sin embargo si el proveedor pese a las observaciones emitidas por la máxima autoridad o su delegado no rectificare la documentación o no la volviese a presentar, no podrá ser considerado para ninguno de los efectos del procedimiento, es decir su propuesta de adhesión se considerará como no presentada.
b) Proceder del mismo modo señalado en el literal a), si el contenido de los numerales del formulario de la oferta presentada difiriere del solicitado en el pliego, condicionándolo o modificándolo, de tal forma que se alteren las condiciones de la contratación.
c) Descalificar a un proveedor si determinare que este no cumple con las condiciones previstas para la Feria Inclusiva.
2.6 Garantías: En este procedimiento son aplicables las siguientes garantías:
a) De acuerdo a lo establecido en los ART. 74, 75, 76 LOSNCP según aplique y otras garantías.
1. Garantía de Fiel Cumplimiento: No aplica
2. Garantía por Anticipo: No aplica
3. Garantía Técnica: Del servicio prestado.
4. Póliza de seguro de vehículo: Contrato de riesgos y daños a terceros vigente desde o antes de la fecha de suscripción del contrato, o copias de las pólizas vigentes, la misma que deberá presentar al momento de firmar el contrato para el inicio de la prestación del servicio, misma que debe cubrir el plazo de toda la ejecución del contrato.
2.7 Cancelación del Procedimiento: En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta veinticuatro (24) horas antes de la fecha de presentación de los documentos solicitados como requisitos mínimos, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante acto administrativo motivado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública -LOSNCP.
2.8 Declaratoria de Procedimiento Desierto: La máxima autoridad de la entidad contratante, antes de resolver la adjudicación, podrá declarar desierto el procedimiento de manera total o parcial, de conformidad con el artículo 33 de la LOSNCP, a través de acto administrativo debidamente fundamentado. Una vez declarado desierto el procedimiento, (la máxima autoridad) podrá disponer su
archivo o su reapertura.
2.9 Adjudicatario Fallido: El adjudicatario podrá solicitar y justificar, dentro del término fijado para la suscripción del contrato, la no suscripción del mismo por causas de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobadas y aceptadas por la entidad contratante. En este caso la máxima autoridad de la entidad contratante no le declarará adjudicatario fallido. Si posteriormente, una vez superadas las causas de fuerza mayor o caso fortuito este proveedor solicitare la suscripción del contrato, la entidad contratante, de considerarlo conveniente a sus intereses, podrá hacerlo.
Si un oferente se negare, por segunda ocasión y por cualquier causa, a suscribir el contrato, será calificado por la entidad contratante como adjudicatario fallido y procederá de conformidad con los artículos 35 y 98 de la LOSNCP. A efecto de notificar al Servicio Nacional de Contratación Pública deberá observar la normativa emitida al respecto.
2.10 Reclamos: Para el evento de que los participantes o adjudicatarios presentaren reclamos relacionados con los documentos solicitados como requisitos mínimos, se deberá considerar lo establecido en los artículos 102 y 103 de la LOSNCP.
2.11 Administración del Contrato: La entidad contratante designará a un administrador del contrato, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del mismo.
2.12 Verificación de cumplimiento de requisitos mínimos: La máxima autoridad de la entidad contratante, o su delegado, analizará los documentos solicitados como requisitos mínimos presentados en función del cumplimiento de las especificaciones técnicas o términos de referencia del servicio que se hayan previsto en el pliego (metodología cumple o no cumple), con los oferentes que cumplan las condiciones establecidas en el pliego, serán puntuados atendiendo requisitos de inclusión: por asociatividad y criterios de igualdad.
Los participantes podrán en cualquier etapa del procedimiento, siempre que no haya culminado ya la etapa de presentación de ofertas y verificación de cumplimiento de requisitos, solicitar a la entidad contratante asistencia a fin de que puedan presentar de correctamente su oferta física así como su adhesión a través del Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
2.13 Adjudicación y publicación
Dentro del día y hora término previsto en el cronograma del procedimiento, la entidad contratante resolverá la adjudicación del respectivo contrato a él o los oferentes adjudicados para la adquisición de bienes o prestación de servicios, que hayan cumplido con las condiciones de participación, en función del cumplimiento de las condiciones de participación previstos en el pliego.
La entidad contratante adjudicará el procedimiento xx Xxxxx Inclusiva de acuerdo al orden de prelación del puntaje obtenido en la calificación de los criterios inclusión; pudiendo la entidad contratante adjudicar a él o los proveedores que obtengan la mayor puntuación. En caso de que se tratase de varios proveedores el monto adjudicado a cada uno será definido por la entidad contratante en función de sus
capacidades para fabricar y entregar los bienes o prestar el servicio en los plazos establecidos.
La entidad contratante adjudicará el contrato a través de resolución motivada, que se publicará obligatoriamente en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, pudiendo también publicarse en el portal o página electrónica de la entidad contratante, de considerarlo pertinente. Si una vez concluida la etapa de presentación y verificación de cumplimiento de los requisitos mínimos y los criterios de inclusión, la entidad contratante no hubiere podido dar a conocer los resultados del procedimiento respecto adjudicaciones efectuadas deberá, en el término máximo de dos (2) días, publicarlos de manera obligatoria.
2.14 Contrato
La máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado y el o los proveedores adjudicatarios suscribirán el respectivo contrato conforme a las condiciones de inclusión establecidas en el pliego del procedimiento, la oferta, las cantidades establecidas en la adjudicación, de ser el caso, sin necesidad de escritura pública, salvo el caso de que la cuantía de la adjudicación sea igual o superior a la base prevista para la licitación de bienes y servicios, caso en el cual el contrato será protocolizado ante Notario Público. Para la suscripción del documento mencionado, dependiendo del monto y la forma de pago, será requisito previo la rendición de las garantías correspondientes. El proyecto de contrato que es parte del modelo xx xxxxxx servirá como referencia para las entidades contratantes.
El contratista deberá entregar los bienes o prestar los servicios conforme al plazo, precio, cantidades y demás condiciones establecidas en el contrato. En caso de incumplimiento se estará a lo establecido en la LOSNCP, su Reglamento y condiciones xxx xxxxxx del procedimiento.
EMPRESA PÚBLICA CREAMOS VIVIENDA EP. FERIA INCLUSIVA
FI-CVEP-001-2022
SECCIÓN III CONDICIONES PARTICULARES
3.1 Objeto de la contratación: CONTRATAR EL TRANSPORTE INSTITUCIONAL PARA EL PERSONAL DE LA EMPRESA PÚBLICA CREAMOS VIVIENDA
3.2 Vigencia de la oferta: Los documentos solicitados en la oferta, incluidos los señalados como requisitos mínimos tendrán validez hasta la suscripción de los contratos que se deriven del presente procedimiento, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 de la LOSNCP.
3.3 Plazo de Ejecución: El plazo de ejecución será de 365 días (12 meses) a partir de la suscripción del contrato para el Servicio de Transporte Institucional de la EMPRESA PÚBLICA CREAMOS VIVIENDA EP.
3.4 Presupuesto referencial: El Presupuesto Referencial es de: $ 42.600,00 (Cuarenta y dos mil seiscientos dólares de los Estados Unidos de América con 00/100) NO GRAVA IVA.
3.5 Condiciones adicionales respecto de la entrega: (Para el caso de prestación de servicios:) El precio de la oferta deberá cubrir todas las actividades y costos necesarios para que el oferente preste los servicios objeto de la contratación en cumplimiento de las especificaciones técnicas o términos de referencia, y a plena satisfacción de la Entidad Contratante.
3.6 Costos del bien o servicio: (Para el caso de bienes): La entidad contratante dentro del costo unitario de cada ítem deberá considerar los valores que se deriven por el servicio de transporte hasta el sitio de entrega, costo del seguro correspondiente, instalación o montaje respectivo, costos de los materiales necesarios, costo de las pruebas, capacitación, entre otros.
3.7 (Para el caso de prestación de servicios): Del mismo modo que en el caso de bienes, la entidad contratante para la prestación de servicios deberá considerar a efectos de determinar el costo de cada ítem todas las actividades y costos necesarios para que el oferente preste los servicios objeto de la contratación en cumplimiento de las especificaciones técnicas o términos de referencia, y a plena satisfacción de la entidad contratante.
Forma de Pago: Los pagos del contrato se realizarán con cargo a los fondos propios provenientes del presupuesto de la entidad contratante relacionados con la partida presupuestaria es 53.02.01.000.001.00 denominado “Transporte de Personal”.
LA EMPRESA PÚBLICA CREAMOS VIVIENDA EP., pagará a la Contratista, el precio del servicio, acordado de acuerdo a la certificación de fondos emitidos, el pago se realizará de forma mensual.
Los valores se cancelarán contra entrega de los servicios, a entera satisfacción de la contratante, en PAGOS PARCIALES, previa presentación de:
• Documentación precontractual y contractual.
• Documentación del proveedor (ruc, rup, etc)
• Solicitud de pago.
• Factura(s) original.
• Hoja de Servicio por cada ruta (Debidamente legalizado) por los usuarios de cada ruta incluyendo, en el caso de que existiera, las novedades del servicio de cada mes.
• Informe del servicio prestado
• Acta recepción del servicio prestado.
3.7 Metodología de Evaluación: La máxima autoridad o su delegado realizará la evaluación de los documentos solicitados como requisitos mínimos, sobre la base de la metodología cumple/no cumple, con los oferentes que cumplan las condiciones establecidas en el pliego, serán puntuados atendiendo requisitos de inclusión: por asociatividad y criterios de igualdad; así como por parámetros de calidad.
3.8 Forma de presentar la oferta:
3.9.1.- Adhesión a las especificaciones técnicas o términos de referencia y condiciones económicas.- En esta etapa los proveedores interesados en participar en el procedimiento convocado por la entidad contratante, deberán ingresar en el Portal Institucional del SERCOP su manifestación de interés, aceptando y adhiriéndose a las especificaciones técnicas o términos de referencia y condiciones económicas del procedimiento, y registrarán adicionalmente su capacidad mensual máxima de producción del bien o de prestación del servicio; además deberán presentar su oferta de forma física en las oficinas de la Empresa Pública Creamos Vivienda EP o de manera electrónica al correo xxxxxxx_xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
3.9.2.- Presentación y verificación de cumplimiento de requisitos mínimos y convalidación de errores. - Una vez que los proveedores hayan manifestado su voluntad de adherirse a las especificaciones técnicas o términos de referencia y condiciones económicas del procedimiento xx Xxxxx Inclusiva podrán presentar los documentos solicitados como requisitos mínimos y el formulario de la oferta, dentro del período establecido y en el lugar señalado en el pliego del procedimiento.
La entidad contratante solicitará el cumplimiento de las especificaciones técnicas o términos de referencia y capacidad instalada o condiciones del servicio.
El participante presentará los documentos mínimos en un sobre, utilizando el formato de carátula que es parte de este pliego. Los documentos mínimos solicitados deberán incluir la presentación de todos los numerales del formulario de la oferta previstos en el pliego (con excepción del formulario de asociación o compromiso), más la documentación que la entidad contratante considere necesaria para determinar que la condición del participante se adecue a las condiciones previstas en esta convocatoria, siempre que esa documentación no conste en un registro público de libre consulta o que haya sido entregada previamente para la habilitación en el Registro Único de Proveedores - RUP. El formulario de la oferta puede ser elaborado a mano, en letra imprenta o en una máquina u ordenador a condición de que la información sea legible; los documentos mínimos solicitados serán numerados y debidamente rubricados por el participante.
Los participantes no podrán, bajo concepto alguno, ceder los derechos y obligaciones derivados deeste procedimiento y del contrato respectivo.
Si la entidad contratante verificare que la documentación presentada por los participantes contiene errores, deberá solicitar la rectificación al proveedor, en cualquier tiempo desde la fecha de su presentación hasta la fecha límite para la presentación y verificación de cumplimiento de requisitos mínimos.
Asimismo, si la entidad contratante al momento de receptar la documentación mínima solicitada comprobare que el participante aún no se ha adherido a las condiciones económicas del procedimiento xx Xxxxx Inclusiva a través del Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, prestará las facilidades del caso y de ser necesario la asesoría respectiva, a fin de que el proveedor realice y/o finalice o concluya el trámite pertinente en el Portal Institucional del SERCOP y culmine así con la presentación de su adhesión.
Conforme lo señalado en el numeral 2.5 de este pliego, la entidad contratante podrá devolver al interesado la documentación presentada por cualquiera de las siguientes causas:
a) Si una vez presentada la documentación prevista en el pliego del procedimiento, un proveedor no cumpliera con los requisitos mínimos exigidos en el mismo, la entidad contratante solicitará la rectificación de la información, pudiendo éste volver a presentarla hasta la fecha límite para la presentación y verificación de cumplimiento de requisitos mínimos prevista en el cronograma del procedimiento. Si el proveedor pese a las observaciones emitidas por la máxima autoridad no rectificare su documentación o no la volviese a presentar, no será considerado para ninguno de los efectos del procedimiento, es decir su propuesta de adhesión se considerará como no presentada.
b) La entidad contratante procederá del mismo modo señalado en el literal a), si el contenido de los numerales del formulario de la oferta presentado difiriere del solicitado en el pliego, condicionándolo o modificándolo, de tal forma que se alteren las condiciones de la contratación.
La entidad contratante en ningún caso será considerada como responsable de la documentación que
pudiere presentar un oferente como requisitos mínimos, en un lugar distinto al fijado en la convocatoria o después de la hora establecida para ello.
En todo caso, cualquier oferente cuya oferta no hubiere sido validada y habilitada, en cualquier momento durante la vigencia del instrumento jurídico derivado del presente procedimiento, podrá volver a presentar su manifestación de interés y ser revisada y validada su documentación, de ser el caso, quedando en consecuencia, habilitado para eventuales fines de adjudicación.
3.9 Caratula de la Oferta Técnica
La carátula de la oferta técnica será la siguiente:
FERIA INCLUSIVA
FI-CVEP-001-2022
OBJETO
DE
CONTRATACIÓN:
CONTRATAR
EL
TRANSPORTE
INSTITUCIONALPARA EL PERSONAL DE LA EMPRESA PÚBLICA CREAMOS VIVIENDA
Mgs. Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx
Coordinadora General Administrativa Financiera
Presente.-
OFERTA PRESENTADO POR:
3.10 Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx
0. XXXXXXXXXXXX
Xx Xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx en su artículo 313 señala que el Estado se reserva el derecho de administrar, regular, controlar y gestionar los sectores estratégicos, de conformidad con los principios de sostenibilidad ambiental, precaución, prevención y eficiencia.
En el artículo 000 xx xx Xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx se establece que el Estado debe garantizar que los servicios públicos y su provisión respondan a los principios de obligatoriedad, generalidad, uniformidad, eficiencia, responsabilidad, universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad y calidad, pudiendo disponer que los precios y tarifas de los servicios públicos sean equitativos, y establecerá su control y regulación.
En el artículo 000 xx xx Xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx indica que, para la gestión de sectores estratégicos, la prestación de servicios públicos, el aprovechamiento sustentable de recursos naturales o de bienes públicos y el desarrollo de otras actividades económicas, el Estado constituirá las empresas públicas bajo la regulación y el control específico de los organismos pertinentes, de acuerdo con la ley; funcionarán como sociedades de derecho público, con personalidad
jurídica, autonomía financiera, económica, administrativa y de gestión, con altos parámetros de calidad y criterios empresariales, económicos, sociales y ambientales.
La Empresa Pública Casa Para Todos EP fue constituida como Empresa Pública Nacional de Hábitat y Vivienda EP mediante Decreto Ejecutivo 622, expedido el 17 xx xxxxx del 2015, publicado en el Registro Oficial No. 474 de 07 xx xxxxx de 2015, como una persona de derecho público con patrimonio propio, dotada de autonomía presupuestaria, financiera, económica, administrativa, operativa y de gestión; acorde con los objetivos establecidos en el Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa y disposiciones de la ley Orgánica de Empresas Públicas.
Mediante Decreto Ejecutivo número 101 de 03 xx xxxxxx de 2017, expedido por el Presidente Constitucional de la República, en el artículo 1 reemplaza el artículo 8 del Decreto Ejecutivo número 11 de 25 xx xxxx de 2017, publicado en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 16 de 16 xx xxxxx de 2017, en el que Decreta: “(…) Modifíquese la denominación de la Empresa Pública de Vivienda EP a Empresa Pública “Casa Para Todos” EP y encárguese de la ejecución del “Programa Casa Para Todos”
Mediante Resolución No. DIR-EPCPT-002-2022, suscrita el 14 xx xxxxx de 2022, el Directorio de la Empresa, aprueba la Reforma al Presupuesto General de la Empresa.
Mediante Resolución Nro. DIR-EPCPT-005-2022, suscrita el 14 xx xxxxx de 2022, el Directorio de la Empresa, conoce y aprueba el Orgánico Funcional de la Empresa.
Con Registro Oficial, Tercer Suplemento Nº 66, de fecha 00 xx xxxx xx 0000, xx xxxxxxx xx Xxxxxxx Presidencial Nº 417, por el cual, en su artículo 1, el Presidente Constitucional de la República modifica la demonización de la Empresa Pública Casa Para Todos por “Creamos Vivienda EP”.
BASE LEGAL
La Constitución de la República del Ecuador
El artículo 283 de la Ley Constitución de la República, manifiesta: “El sistema económico es social y solidario; reconoce al ser humano como sujeto y fin; propende a una relación dinámica y equilibrada entre sociedad, Estado y mercado, en armonía con la naturaleza; y tiene por objetivo garantizar la producción y reproducción de las condiciones materiales e inmateriales que posibiliten el buen vivir [...]”
El artículo 288 de la Ley Constitución de la República, expresa: “Las compras públicas cumplirán con criterios de eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad ambiental y social. Se priorizarán los productos y servicios nacionales, en particular los provenientes de la economía popular y solidaria, y de las micro, pequeñas y medianas unidades productivas”.
El artículo 293 de la Ley Constitución de la República, dice: “La formulación y la ejecución del Presupuesto General del Estado se sujetarán al Plan Nacional de Desarrollo. Los presupuestos de los gobiernos autónomos descentralizados y los de otras entidades públicas se ajustarán a los planes regionales, provinciales, cantonales y parroquiales, respectivamente, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo, sin menoscabo de sus competencias y su autonomía. Los gobiernos autónomos descentralizados se someterán a reglas fiscales y de endeudamiento interno, análogas a las del Presupuesto General del Estado, de acuerdo con la ley.”
Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria
El artículo 1, dice: “Definición.- Para efectos de la presente Ley, se entiende por economía popular y Solidaria a la forma de organización económica, donde sus integrantes, individual o colectivamente, organizan y desarrollan procesos de producción, intercambio, comercialización, financiamiento y consumo de bienes y servicios, para satisfacer necesidades y generar ingresos, basadas en relaciones de solidaridad, cooperación y reciprocidad, privilegiando al trabajo y al ser humano como sujeto y fin de su actividad […]”.
El artículo 2, expresa: “Ámbito. - Se rigen por la presente ley, todas las personas naturales y jurídicas, y demás formas de organización que, de acuerdo con la Constitución, conforman la economía popular y solidaria […]”.
El artículo 4, indica: “Principios. - Las personas y organizaciones amparadas por esta ley, en el ejercicio de sus actividades, se guiarán por los siguientes principios, según corresponda:
a) La búsqueda del buen vivir y del bien común;
b) La prelación del trabajo sobre el capital y de los intereses colectivos sobre los individuales;
c) El comercio justo y consumo ético y responsable:
d) La equidad de género;
e) El respeto a la identidad cultural;
f) La autogestión;
g) La responsabilidad social y ambiental, la solidaridad y rendición de cuentas; y,
h) La distribución equitativa y solidaria de excedentes.”
El artículo 5, manifiesta: “Acto Económico Solidario. - Los actos que efectúen con sus miembros las organizaciones a las que se refiere esta Ley, dentro del ejercicio de las actividades propias de su objeto social, no constituyen actos de comercio o civiles sino actos solidarios y se sujetarán a la presente Ley”.
El artículo 8, indica: “Formas de Organización. - Para efectos de la presente Ley, integran la Economía Popular y Solidaria las organizaciones conformadas en los Sectores Comunitarios, Asociativos y Cooperativistas, así como también las Unidades Económicas Populares.”
Reglamento x Xxx Orgánica de la Economía Popular y Solidaria.
El artículo 128, expresa: “Medidas de acción afirmativa.- Los ministerios, secretarías de Estado, instituciones financieras públicas, institutos públicos de investigación, capacitación, fomento y promoción y las demás entidades que conforman la Administración Central así como las universidades, los gobiernos autónomos descentralizados, en el marco de sus competencias, diseñarán e implementarán, en favor de las personas y organizaciones parte de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario, medidas de acción afirmativa, tales como, márgenes de preferencia, flexibilización de requisitos y entrega de garantías, simplificación de trámites, mejores condiciones de pago y […]”
El artículo 129, manifiesta: “Factores que deben considerar las medidas de acción afirmativa. - Las medidas de acción afirmativa que adopten las entidades de la Función Ejecutiva y los gobiernos autónomos descentralizados, al amparo de la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario y este reglamento deberán observar en su formulación, direccionamiento e implementación factores étnicos, socioeconómicos, y de pertenencia a grupos de atención prioritaria”.
El artículo 130, sobre las Compras públicas: “El Instituto Nacional de Contratación Pública, sobre la base del estudio y análisis que realice el Instituto Nacional de Economía Popular y Solidaria, establecerá periódicamente las obras, bienes y servicios, normalizados o no, provenientes de las personas y organizaciones de la Economía Popular y Solidaria, que serán adquiridos mediante feria inclusiva y otros procedimientos de contratación pública constantes en la normativa pertinente”.
El artículo 136, dice: “Certificación de cumplimiento de obligaciones. - Las organizaciones de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario, para acceder a los beneficios que les otorgue la legislación nacional, acreditarán su inscripción en el Registro Público correspondiente y adjuntarán una certificación de encontrarse activas y en cumplimiento de sus obligaciones, obtenida en la Superintendencia. El certificado de cumplimiento de obligaciones tendrá validez por un año”.
Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública
El artículo 6.- Definiciones - numeral 13. Feria Inclusiva. - “[…] Evento realizado al que acuden las Entidades Contratantes a presentar sus demandas de bienes y servicios, que generan oportunidades a través de la participación incluyente, de artesanos, micro y pequeños productores en procedimientos ágiles y transparentes, para adquisición de bienes y servicios, de conformidad con el Reglamento […]”.
El artículo 23.- Estudios. - “[…] Antes de iniciar un procedimiento precontractual, de acuerdo a la naturaleza de la contratación, la entidad deberá contar con los estudios y diseños completos, definitivos y actualizados, planos y cálculos, especificaciones técnicas, debidamente aprobados por las instancias correspondientes, vinculados al Plan Anual de Contratación de la entidad […]”.
El artículo 24.- Presupuesto. - “[…] Las entidades previamente a la convocatoria, deberán certificar la disponibilidad presupuestaria y la existencia presente o futura de recursos suficientes para cubrir las obligaciones derivadas de la contratación […]”.
Capítulo VI Feria Inclusiva
El artículo 59-1.- Feria Inclusiva. - “La Feria Inclusa es un procedimiento que se utilizará preferentemente por toda entidad contratante, con el objeto de adquirir obras, bienes y servicios de producción nacional, catalogados o normalizados, no catalogados o no normalizados. En este procedimiento únicamente podrán participar, en calidad de proveedores los productores individuales las organizaciones de la Economía Popular y Solidaria, las unidades económicas populares, los artesanos, las micro y pequeñas unidades productivas”.
Reglamento a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública
Artículo. 16.- Micro, pequeñas y medianas empresas. - “[…] Para incentivar la mayor participación de proveedores de los sectores de micro, pequeñas y medianas empresas -MIPYMES-, se entenderán por tales, aquellas que cumplan los parámetros establecidos de conformidad con el artículo 53 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones. Al momento de inscribir y habilitar a un proveedor en el RUP, el registro deberá expresar la categoría a la que pertenece el proveedor […]”.
Artículo. 67.- Ferias Inclusivas. - “[…] Las ferias inclusivas previstas en el artículo 6 numeral 13 de la Ley son
procedimientos que desarrollarán las entidades contratantes, sin consideración de montos de contratación, para fomentar la participación de artesanos, micro y pequeños productores prestadores de servicios. Las invitaciones para las ferias inclusivas a más de publicarse en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx se publicarán por un medio impreso, radial o televisivo del lugar donde se realizará la feria. Las ferias inclusivas observarán el procedimiento de contratación que para el efecto dicte el SERCOP […]”.
Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público
Artículo. 237.- “Del transporte. - Las instituciones en virtud de la disponibilidad presupuestaria, podrán implementar servicios de transporte para facilitar la movilización de las y los servidores públicos a las horas de entrada y salida de las jornadas de trabajo. El beneficio de transporte será proporcionado institucionalmente o a través de la contratación de empresas especializadas, que cumplan con todas las regulaciones para brindar estos servicios, determinadas por las autoridades competentes”.
“Los horarios, las rutas y las paradas del servicio serán fijadas en los respectivos contratos que para el efecto suscriban las máximas autoridades institucionales o sus delegados, de acuerdo al análisis e informe que realice la UATH, considerando la ubicación de los domicilios de las y los servidores públicos y de sus lugares de trabajo […]”.
Reglamento para el Servicio de Transporte Comercial Escolar e Institucional
DE LOS VEHÍCULOS
Del Artículo 23.- Disposiciones Técnicas. - El servicio de transporte comercial escolar e institucional se prestará en Furgonetas Microbuses, Minibuses y Buses, de conformidad al Reglamento Técnico Ecuatoriano XXX XXXX 000, referente a los vehículos de transporte escolar e institucional. Operativamente se determina que la capacidad de pasajeros en las unidades vehiculares es la siguiente:
Nro. | Denominación | Número de ocupantes incluido el conductor |
1 | Furgoneta | Desde 12 hasta 18 |
2 | Microbús | Desde 19 hasta 26 |
3 | Minibús | Desde 27 hasta 35 |
4 | Bus | A partir de 36 |
2. ALCANCE Y JUSTIFICACIÓN
La Empresa Pública Creamos Vivienda EP., cuenta con 65 servidores activos pertenecientes a la Ley Orgánica de Empresas Públicas que brindan sus servicios profesionales en las diferentes áreas de la institución, por tal motivo se facilita el servicio de transporte institucional a todos los servidores, con el fin de garantizar seguridad e integridad física de los mismos desde el sitio más cercano al domicilio, hasta el punto final, que es la Empresa Pública que se encuentra en la Plataforma Social Quitumbe, sector sur de Quito.
RUTA OCCIDENTAL | RUTA ORIENTAL | RUTA VALLLE |
De acuerdo con la encuesta realizada el día 12 xx xxxxx de 2022, se determina la necesidad de contar con el servicio de transporte institucional, pues en el levantamiento de la información respectiva se establece las siguientes rutas.
De lo expuesto la Empresa Publica Creamos Vivienda EP, requiere contratar el servicio de transporte para el personal que labora en la institución, que cubran las siguientes rutas:
PRODUCTO | RUTA | (KM) IDA VUELTA | TIEMPO | TIPO VEHÍCUL O | CAPACID AD VEHÍCUL O |
APROXIMADO | |||||
SERVICIO DE TRANSPORTE POR VÍAS PRINCIPALES CON RUTA DE 74 KM DIARIOS | AV. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX-AV. XXXXXXXX SUCRE- AV. PRENSA-AV. 6 DE DICIEMBRE-AV. 12 DE OCTUBRE-AV. PICHINCHA-AV. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX- PLATAFORMA XXXXXXXXXXXX XXX. | 00 XX | Xxxxxx: 1 h 30 | Microbús | Mínimo 26 pasajeros |
Tarde: 1 h 30 | |||||
SERVICIO DE TRANSPORTE POR VÍAS PRINCIPALES CON RUTA DE 122 KM DIARIOS | XXXXXX XXXXXXXX- XXXXXXXX XXXXXX- PANAMERICANA NORTE-XXXX XXXXX XXXXX-0 XX XXXXXXXXX-XX. XXXXXXXX-XX. | 000 XX | Xxxxxx: 1 h 35 | Microbús | Mínimo 26 pasajeros |
Tarde: 1 h 35 |
XXXXX XXXXXXX- PLATAFORMA GUBERNAMETAL SUR. | |||||
SERVICIO DE TRANSPORTE POR VÍAS PRINCIPALES CON RUTA 72 KM DIARIOS | AV. EL INCA-XXXX XXXXXX XXXXX- XXXXXXXXX XX XXXXXXXXXX- XXXXXXXX XXX XXXXXXXX-AV. XXXXX XXXXXXX- PLATAFORMA XXXXXXXXXXXX XXX. | 00 XX | Xxxxxx: 1 h 15 | Microbús | Mínimo 26 pasajeros |
Tarde: 1 h 15 |
Se debe considera que la jornada laboral comienza a las 8:00 am y termina a las 17:00 pm, de lunes a viernes en las instalaciones de la Plataforma Gubernamental del Sur - Quitumbe, siendo indispensable que los recorridos lleguen a las instalaciones por lo menos 10 minutos antes de la jornada laboral.
Adicionalmente es importante indicar que la contratación de Microbuses obedece a que se prevé durante el año, la vinculación de personal en aplicación de la nueva estructura aprobada el 14 xx xxxxx de 2022, por el Directorio Institucional.
Consideraciones a tomar en cuenta:
1. El servicio se da por las avenidas y calles principales, mas no es de puerta a puerta.
2. Se requiere que el personal este en las respectivas paradas al menos 5 minutos antes de la hora fijada para ser traslados.
3. El conductor no tiene la obligación de esperar al personal que no está en la parada a la hora fijada.
4. El servicio de transporte para el personal institucional se realizará de acuerdo a los turnos, rutas y horarios establecidos para esta contratación.
3. OBJETIVO GENERAL
Contratar el servicio de transporte para el personal de relación de dependencia, que laboran en la institución.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
• Facilitar el traslado a los servidores de relación de dependencia, que labora en la institución desde el lugar más cercano de su domicilio hasta las instalaciones de la institución, con la finalidad de precautelar su bienestar.
• Asegurar el ingreso del personal a tiempo al iniciar la jornada laboral.
4. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
CONTRATAR EL TRANSPORTE INSTITUCIONAL PARA EL PERSONAL DE LA CREAMOS VIVIENDA
5. PRODUCTOS Y SERVICIOS ESPERADOS
Contar con el Servicio de Transporte Institucional de los servidores de la Empresa Pública Creamos Vivienda EP., en las 3 rutas antes mencionadas, en la ciudad de Quito, en las rutas y horarios establecidos y de acuerdo a los tipos y capacidad de los automotores solicitados.
Parte del servicio esperado se determinó se requiere que las unidades de transporte, durante la vigencia del contrato mantengan lo siguiente:
• El conductor de cada ruta deberá cumplir estrictamente con el recorrido establecido.
• Las unidades de transporte deberán contar con cinturones de seguridad, funcionado en cada asiento; extintores, botiquín de primeros auxilios, triángulos de seguridad y herramientas.
• El vehículo para su operación debe de estar limpio tanto en su parte interna como externa, al momento de brindar el servicio.
• En el interior del vehículo deberá existir un tacho de basura.
• El servicio de transporte se prestará en forma oportuna, segura, cómoda y puntual.
• Las rutas establecidas podrán ser modificadas únicamente por el Administrador del Contrato, siempre que se incremente el número de funcionarios o cuando la Institución lo amerite, además cabe indicar que las rutas serán verificadas y adaptadas de ser el caso por necesidades de la EMPRESA PÚBLICA CREAMOS VIVIENDA EP., y su personal. de igual forma el número de usuarios puede cambiar conforme a las necesidades institucionales,
• En las rutas que aún exista rango de acuerdo a los montos y kilometraje establecido, en caso de requerir la institución a través del Administrador del contrato, podrá disponer a la Compañía contratada alargar sus rutas hasta el máximo establecido, y de la misma manera las rutas podrán ser modificadas de acuerdo a la necesidad Institucional.
Todos los funcionarios de la EMPRESA PÚBLICA CREAMOS VIVIENDA EP., podrán tomar cualquier ruta de las contratadas en el caso que lo requieran y la empresa de transportes contratada deberá cumplir con su ruta según lo establecido y hasta el final de la misma.
6. CÓDIGO CPC
El código CPC asignado para este tipo de contratación es: 643120014.- SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS POR ITINERARIOS Y CON HORARIOS PREDETERMINADOS PARA UN SEGMENTO ESPECIFICO DE USUARIOS, POR EJEMPLO EMPRESAS
7. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución será de 365 días a partir de la suscripción del contrato para el Servicio de Transporte Institucional de la EMPRESA PÚBLICA CREAMOS VIVIENDA EP.
8. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
De las obligaciones ya establecidas en el contrato, el contratista podrá cumplir con cualquier otra que se derive natural y legal por parte de la entidad contratante:
• El contratista, en general, deberá cumplir con todas las obligaciones que naturalmente se desprendan o emanen del contrato suscrito, pliegos y Términos de Referencia.
• Prestar el servicio de transporte de manera oportuna, y a entera satisfacción de la Entidad Contratante.
• La empresa, o compañía de transporte deberá cumplir con las obligaciones laborales, patronales, seguridad social y ocupacional, así como cancelar puntualmente las remuneraciones de beneficios xx xxx del personal que labore durante la ejecución del contrato, quedando exenta la Contratante de cualquier tipo de obligación laboral o jurídica que se derive.
• Mantener vigentes los permisos de operaciones de cada unidad vehicular.
• Los gastos de mantenimiento de las unidades vehiculares serán a cuenta del contratista, así como cualquier otro tipo de impuesto, multa, infracción, o gasto a consecuencia de la prestación del servicio contratado.
• Se responsabilizará de las contravenciones y/o sanciones que por incumplimiento a la Ley se podrían imponer a cada unidad de transporte que preste el servicio durante la ejecución del contrato.
• Los neumáticos de los vehículos deben de tener una banda de rodadura que tenga un labrado no inferior al 6 mm.
• Reportar las novedades como retrasos, cambios de unidades de transporte, al Administrador del Contrato o a la persona designada en cada vehículo,
• Dar estricto cumplimiento a la normativa de la Agencia Nacional de Tránsito, Agencia Metropolitana de Tránsito, y demás normativa emitida por los entes de control correspondientes al servicio prestado.
• El servicio será exclusivamente para los funcionarios de la EMPRESA PÚBLICA CREAMOS VIVIENDA EP.
• El Contratista será responsable de los daños civiles y penales que se presentaren producto de la ejecución del servicio.
OBLIGACIONES DE LOS CONDUCTORES:
• Deben portar licencia de conducir de tipo profesional de acuerdo a lo que establece la Agencia Nacional de Tránsito.
• Xxxxxxx un trato amable, respetuoso al personal de la EMPRESA PÚBLICA CASA PARA TODOS EP.
• Contar siempre con buena presencia. no deberán conducir los vehículos en estado etílico o con efectos de haber consumido sustancias psicotrópicas.
• Por ningún motivo se dejará de prestar el servicio de transporte conforme a los requerimientos solicitados por la entidad contratante.
9. OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE
• Cumplir con las obligaciones contractuales, pagos y todas aquellas estipuladas en la LOSNCP y su reglamento.
• Dar cumplimiento a las peticiones y problemas que se presentaren en la ejecución del contrato, en un plazo 10 días contados a partir de la petición escrita formulada por el contratista
• El precio de la oferta cubrirá todas las actividades y costos necesarios para que el oferente preste el SERVICIO DE TRASPORTE INSTITUCIONAL PARA EL PERSONAL DE LA EMPRESA PÚBLICA CREAMOS VIVIENDA EP., en cumplimiento de los términos de referencia correspondientes y a plena satisfacción de la entidad
10.METODOLOGÍA
• La prestación del servicio objeto de la contratación, se realizará desde las instalaciones ubicada en la ciudad de Quito, xxxxx Xxxx Xxx, plataforma gubernamental del Sur hasta la culminación de cada una de las rutas (ida y vuelta).
• El contratista realizará el servicio de recorrido diario, de lunes a viernes de acuerdo a las 3 rutas establecidas y en los horarios determinados, conforme al siguiente detalle:
• Mañana: El horario de salida en la mañana de cada unidad de transporte la definirá la primera persona en tomar el recorrido; el horario de llegada a las instalaciones de la EMPRESA PÚBLICA CREAMOS VIVIENDA EP., de las 3 rutas, será en el rango de 07:45 hasta las 07:50 como máximo.
• Los funcionarios deberán estar mínimo 5 minutos antes del tiempo de llegada determinado para su parada habitual (el recorrido no debe esperar al funcionario).
• Tarde: El horario de retorno del recorrido será a las 17:10 desde las instalaciones de la EMPRESA PÚBLICA CREAMOS VIVIENDA EP., a la ruta establecida para el efecto.
• La operadora de transporte deberá contar con unidades debidamente identificadas para cada recorrido y de acuerdo a la capacidad requerida por la institución.
• La operadora deberá notificar con veinticuatro (24) horas de anticipación, el reemplazo de las unidades de transporte al administrador del contrato, en caso de existir daño de los vehículos o mantenimiento de los mismos, reemplazándolas con unidades de las mismas características que las contratadas, sin que esto represente valor adicional.
• Dotar a las unidades que serán destinadas para la prestación del servicio de transporte la seguridad y comodidad necesaria para transportar personas con los debidos insumos exigidos por la Ley Orgánica de Transporte Terrestre. Tránsito y Seguridad Vial, en materia tales como: cinturones de seguridad. Extintores, herramientas, botiquín, triángulos de seguridad.
• Deberá mantener vigentes y actualizados los documentos de los vehículos tales como: matrícula, permiso de habilitación operacional y la póliza de seguros por responsabilidad civil, los mismos que el conductor portará en todo momento y para cada recorrido.
• El conductor de cada ruta deberá cumplir estrictamente con el recorrido establecido, el personal de la EMPRESA PÚBLICA CREAMOS VIVIENDA EP, deberá estar en su parada respectiva al menos con cinco (5) minutos de anticipación de no ser así el conductor continuará con su recorrido,
• Las unidades que presten el servicio deberán estar en óptimas condiciones.
• Se prohíbe terminantemente la provisión de combustible durante la ejecución del traslado del personal de la institución,
• El conductor del vehículo suministrará el combustible y aditivos necesarios a las unidades de transporte que prestan el servicio.
• En caso de existir daños mecánicos, choques o eventos fortuitos que cause la inmovilización del vehículo, el proveedor está obligado a establecer con otra unidad de similares características (como mínimo), el recorrido normal de la ruta del vehículo.
• Son de cuenta del contratista los gastos de mantenimiento preventivo y correctivo del vehículo y del cumplimiento de las revisiones periódicas dictadas por el organismo de control del transporte, generados a consecuencia de la prestación del servicio.
11.GARANTÍAS
De acuerdo a lo establecido en los ART. 74, 75, 76 LOSNCP según aplique y otras garantías.
1. Garantía de Fiel Cumplimiento: No aplica
2. Garantía por Anticipo: No aplica
3. Garantía Técnica: Del servicio prestado.
Póliza de seguro de vehículo: Contrato de riesgos y daños a terceros vigente desde o antes de la fecha de suscripción
del contrato, o copias de las pólizas vigentes, la misma que deberá presentar al momento de firmar el contrato para el inicio de la prestación del servicio, misma que debe cubrir el plazo de toda la ejecución del contrato.
12.LUGAR Y FORMA DE ENTREGA
El servicio para esta contratación será en la ciudad de Quito según lo previsto y mencionado en las rutas señaladas. La ejecución del servicio será de manera mensual con recepciones parciales
13.PARÁMETROS DE EVALUACIÓN
La oferta técnica y económica del proveedor(es); serán evaluadas por la Contratante, en función del cumplimiento de las especificaciones técnicas solicitadas previstas en los términos de referencia y pliegos con la metodología en primera instancia con la metodología “cumple/no cumple” y finalmente quienes superen esta etapa serán calificados bajo los parámetros inclusivos:
CALIFICACIÓN CUMPLE O NO CUMPLE:
PARÁMETRO | CUMPLE | NO CUMPLE |
Carta De Presentación Y Compromiso | ||
Datos Generales Del Oferente | ||
Tabla De Cantidades Y Precios | ||
Nómina De Socios, Accionistas O Participes Mayoritarios De Personas Jurídicas (Si Aplica) | ||
Carta de Adhesión A Los Términos Y Condiciones Económicas Del Procedimiento | ||
Experiencia General y Especifica Mínima | ||
Personal Técnico | ||
Equipo Mínimo | ||
Otros Parámetros |
Experiencia General y Específica Mínima Experiencia General
Nro. | Tipo | Concepto | Temporalidad | Monto Mínimo Total | Monto Mínimo por Contrato |
1 | Experiencia General | El oferente deberá acreditar experiencia general mínima en contrataciones similares con entidades públicas o privadas, para lo cual deberán presentar copias | 15 | 4460 | 223 |
de actas entrega recepción definitivas o certificados que respalden la experiencia. |
Experiencia Específica Mínima
Nro. | Tipo | Concepto | Temporalidad | Monto Mínimo Total | Monto Mínimo por Contrato |
1 | Experiencia | El oferente deberá | 5 | 2230 | 111,50 |
Específica | acreditar experiencia | ||||
específica mínima en | |||||
contrataciones similares | |||||
con entidades públicas o | |||||
privadas, para lo cual | |||||
deberán presentar copias | |||||
de actas entrega | |||||
recepción definitivas o | |||||
certificados que respalden | |||||
la experiencia. |
Equipo mínimo
El oferente deberá demostrar que cuenta con la disponibilidad del siguiente equipo mínimo
No. | Equipos y/o instrumentos | Características | Cantidad |
1 | Micro Bus | De Mínimo 19 puestos incluido el conductor De fabricación superior al año 2015 | 3 |
Medios de verificación:
• Presentar matricula vigente de cada una de las unidades de transporte que brindará el servicio.
• Documento de revisión vehicular vigente; en caso que los vehículos sean nuevos se deberá presentar la factura de compra correspondiente (en caso de que los transportes entraron en recalendarización presentar el comprobante de pago y fecha de revisión vehicular).
• Presentar fotografías de las Unidades de Transporte, donde se evidencien las siguientes características:
• El vehículo debe de estar identificado con los colores amarillo y negros reconocidos internacionalmente, llevarán el logotipo de la operadora a de cual pertenecen y la expresión 'ESCOLAR E INSTITUCIONAL" de acuerdo a lo que estipula la Resolución 039-0RA-2015-ANT.
• Contar con un "DISCO PARE” el mismo que deberá ser abatible al costado izquierdo del automotor. el cual debe activarse al momento que el conductor detenga el vehículo, para alertar y permitir que el resto de los vehículos tomen las precauciones del caso.
• La parte interna del vehículo tanto en sus asientos como en su tapicería debe de estar en perfectas condiciones, sin ralladuras, orificios o elementos que demuestren deterioro o daño.
• Cinturones de seguridad en cada uno de los asientos, en buen estado y funcionando.
• Sticker de la revisión vehicular actualizado a la fecha, o justificar si el trámite se encuentra en proceso.
Personal técnico mínimo
Cada unidad que prestará el servicio de transporte incorporará como personal 1 conductor/a, que deberá cumplir lo siguientes requisitos:
Función | Nivel de estudio | Título | Cantidad | Medio de verificación |
Conductor | No requerido | Licencia de | 3 | Hoja de vida del personal |
de | conductor | Certificados que acrediten al | ||
Transporte | profesional | menos dos años de | ||
de Personal | (REGLAMENTO A | experiencia del personal | ||
LA LEY DE | Copia de licencia Profesional | |||
TRANSPORTE | del conductor tipo C o | |||
TERRESTE | superior Vigente. | |||
TRANSITO Y | Documento que acredite un | |||
SEGURIDAD | puntaje en la licencia superior | |||
VIAL) | a los 20 puntos actualizado |
Otros Parámetros
El oferente deberá entregar, además de la documentación general estipulada en los procesos de contratación pública, la siguiente documentación, la misma que es susceptible de verificación:
Ítems | Parámetro | Descripción |
1 | Carta compromiso de cumplimiento de contar con insumos exigidos por la Ley Orgánica de Transporte Terrestre | Carta Compromiso de Dotar a las unidades que serán destinadas para la prestación del servicio de transporte la seguridad y comodidad necesaria para transportar personas con los debidos insumos exigidos por la Ley Orgánica de Transporte Terrestre. Tránsito y Seguridad Vial, en materia tales como: cinturones de seguridad. Extintores, herramientas, botiquín, triángulos de seguridad. |
2 | Carta Compromiso de mantener vigentes y actualizados los documentos de los vehículos | Carta Compromiso de mantener vigentes y actualizados los documentos de los vehículos tales como: matrícula, permiso de habilitación operacional y la póliza de seguros por responsabilidad civil, los mismos que el conductor portará en todo momento y para cada recorrido. |
PARÁMETROS DE CALIFICACIÓN PARÁMETROS INCLUSIVOS
Este método de evaluación se realizará de acuerdo a lo establecido en la resolución: RE-SERCOP-2018-00000092 y actualizado en la Codificación Resoluciones SERCOP:
Sólo las ofertas que cumplan con los requisitos mínimos serán objeto de evaluación por puntaje.
La Empresa Pública Creamos Vivienda EP., aplicará los siguientes parámetros de calificación y puntajes:
PARAMETROS | PUNTAJES MAXIMOS |
Asociatividad | 60 |
Calidad | 5 |
Criterio de Igualdad | 35 |
TOTAL | 100 |
Asociatividad (60 puntos)
A efecto de realizar una participación inclusiva y promover a las Organizaciones y Unidades de Economía Popular y Solidaria, se considerarán los siguientes puntajes de acuerdo a la condición jurídica de los oferentes:
CRITERIO ASOCIATIVIDAD | DESCRIPCIÓN | PUNTAJE |
Grupo 1 | Organizaciones de economía popular y solidaria conformadas en los sectores comunitarios, asociativos y cooperativas. | 60 |
Grupo 2 | Unidades económicas populares (persona natural). | 10 |
Grupo 3 | Artesanos | 25 |
Grupo 4 | Micro y pequeñas unidades productivas | 5 |
Calidad (5 puntos)
Presentar copia de certificado, acta entrega recepción u otro documento que avale el servicio brindado a satisfacción. La entidad contratante al momento de elaborar el pliego podrá establecer mecanismos de aseguramiento de calidad, tales como:
El oferente que tengan los mayores puntajes en relación con los puntos de licencia y años de fabricación de los vehículos serán tomados en cuenta para los puntos de calidad. Se otorgarán cinco (5) puntos adicionales, estos parámetros de calidad servirán exclusivamente para otorgar puntos adicionales.
La puntuación será registrada en la herramienta del sistema, la misma que surtirá efecto al momento que la entidad contratante califique a los proveedores que ofertaron en el procedimiento xx Xxxxx Inclusiva.”
Criterio de Igualdad (35 puntos)
Este parámetro permitirá priorizar la compra inclusiva a los oferentes que cuenten con miembros que acrediten los siguientes criterios de igualdad: intergeneracional, personas con discapacidades, beneficiarios xxx Xxxx de Desarrollo Humano e igualdad de género.
CRITERIOS DE IGUALDAD | DESCRIPCIÓN | PUNTAJE |
INTERGENERACIONAL | Se otorgará el puntaje a los oferentes que tengan al menos el cuatro por ciento (4%) de personas mayores de sesenta y cinco (65) años como socio o trabajador, con al menos seis (6) meses de antigüedad previo al lanzamiento de la Feria Inclusiva, para lo cual, deberán presentar la cédula de ciudadanía legible, la nómina de socios y la última planilla del IESS para verificación. | 10 |
Se otorgará el puntaje a los oferentes que tengan al menos el cuatro por ciento (4%) de personas entre 18 y 29 años como socio o trabajador, con al menos seis (6) meses de antigüedad previo al lanzamiento de la Feria Inclusiva, para lo cual, deberán presentar la cédula de ciudadanía legible, la nómina de socios y la última planilla del IESS para verificación. | 10 | |
BENEFICIARIOS XXX XXXX DE DESARROLLO HUMANO | Se otorgará el puntaje a los oferentes que cuenten con al menos con el cuatro por ciento (4%) de personas como socio o trabajador que reciban el Bono de Desarrollo Humano, con al menos seis (6) meses de antigüedad previo al lanzamiento de la Feria Inclusiva, para lo cual, deberá presentar la certificación de ser usuario xxx Xxxx de Desarrollo Humano | 5 |
IGUALDAD DE GÉNERO | Se otorgará el puntaje a los oferentes que estén conformados con al menos el sesenta y cinco por ciento (65%) de mujeres, con al menos seis (6) meses de antigüedad previo al lanzamiento de la Feria Inclusiva, para lo cual, deberá presentar la nómina de socios y la última planilla del IESS para verificación. | 5 |
PERSONAS CON DISCAPACIDAD | Se otorgará el puntaje a los oferentes que cuenten con al menos el cuatro por ciento (4%) de personas con discapacidad como socio o trabajador, con al menos seis (6) meses de antigüedad previo al lanzamiento de la Feria Inclusiva, para lo cual, deberán presentar el carnet de discapacidad otorgado por la entidad pública competente. | 10 |
El puntaje máximo que se otorgarán por criterio de igualdad no excederá de veinte (20) puntos, sin perjuicio de que el oferente acredite más de un criterio de igualdad. Los criterios de discapacidad e igualdad de género otorgarán una puntuación adicional a la alcanzada por el oferente.
Preferencia por localidad: En el caso de presentarse un empate en las puntuaciones obtenidas entre dos o más oferentes, la adjudicación se realizará utilizando el criterio de preferencia por localidad, de acuerdo a la provincia en la cual se realizará la prestación del servicio de acuerdo a los componentes establecidos en el objeto contractual.
Orden de prelación | Cantón en la que se encuentra domiciliado el oferente |
1 | Cantón Quito |
El artículo 6, numeral 22 de la LOSNCP determina que: “Participación Local: Se entenderá aquel o aquellos participantes habilitados en el Registro Único de Proveedores que tengan su domicilio, al menos seis meses, en la parroquia rural, cantón, la provincia o la región donde surte efectos el SERVICIO DE TRANSPORTE.
14.FORMA Y CONDICIÓN DE PAGO
LA EMPRESA PÚBLICA CREAMOS VIVIENDA EP., pagará a la Contratista, el precio del servicio, con cargo a la partida presupuestaria 53.02.01.000.001.00 denominado “Transporte de Personal”, de acuerdo con la certificación de fondos emitidos, el pago se realizará de forma mensual.
Los valores se cancelarán contra entrega de los servicios, a entera satisfacción de la contratante, en pagos parciales, previa presentación de:
• Documentación pre contractual y contractual.
• Documentación del proveedor (ruc, rup, etc)
• Solicitud de pago.
• Factura(s) original.
• Hoja de Servicio por cada ruta (Debidamente legalizado) por los usuarios de cada ruta incluyendo, en el caso de que existiera, las novedades del servicio de cada mes.
• Informe del servicio prestado
• Acta recepción del servicio prestado
15.PRESUPUESTO REFERENCIAL
El Presupuesto Referencial es de: $ 42.600,00 (Cuarenta y dos mil seiscientos dólares de los Estados Unidos de América con 00/100) sin incluir IVA. El número xx xxxxxxx presupuestaria es 53.02.01.000.001.00 denominado “Transporte de Personal”.
16.MULTAS
Por cada día de retraso en la ejecución o incumplimiento de las obligaciones contractuales, se le aplicará una multa diaria del uno por mil (1x1000), sobre el porcentaje de las obligaciones que se encuentran pendientes de ejecutarse conforme lo establecido en el Contrato.
Las multas se calcularán sobre el porcentaje de las obligaciones que se encontraren pendientes de ejecutarse conforme lo establecido en el Contrato.
Si el valor de las multas excede del cinco por ciento (5%) del monto total de Contrato, la Empresa Pública Casa Para Todos EP podrá darlo por terminado anticipada y unilateralmente.
17.VIGENCIA DE LA OFERTA
La oferta tendrá una vigencia de 90 días calendario o hasta la suscripción del contrato.
18.ADMINISTRADOR DE CONTRATO
La Ley Orgánica Nacional del Sistema Nacional de Contratacion Pública, en su articulo 70, dice:
“Administración del Contrato.- Los contratos contendrán estipulaciones específicas relacionadas con las
funciones y deberes de los administradores del contrato, así como de quienes ejercerán la supervisión o fiscalización. En el expediente se hará constar todo hecho relevante que se presente en la ejecución del contrato, de conformidad a lo que se determine en el Reglamento. Especialmente se referirán a los hechos, actuaciones y documentación relacionados con pagos; contratos complementarios; terminación del contrato; ejecución de garantías; aplicación de multas y sanciones; y, recepciones”.
El Reglamento de la Ley ibidem en su artículo 121, expresa: “Administrador del contrato.-En todo contrato, la entidad contratante designará de manera expresa un administrador del mismo, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar”.
La Codificación y Actualización de las Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública en su artículo 530.1, manifiesta lo siguiente: “Del administrador del contrato.- En todo procedimiento que se formalice con un contrato u orden de compra, deberá designarse de manera expresa un administrador del contrato, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones contractuales. En ambos casos sus obligaciones y responsabilidades se regularán por el presente capítulo, en lo que fuere aplicable.
Así mismo, la norma ibidem en su articulo 530.2, indica que: “Designación.- La designación del administrador del contrato la realizará la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, y podrá realizarla a partir de la resolución de adjudicación, misma que será notificada formalmente a la persona sobre la que recaiga esta responsabilidad. Al momento de suscribirse el contrato administrativo, en la cláusula pertinente se detallará con precisión la persona que asumirá la obligación de administrar el contrato; sin perjuicio de que posteriormente se designe a otra para la administración del contrato, particular que deberá ser notificado al contratista, sin necesidad de modificar el contrato El administrador del contrato deberá sujetarse a las disposiciones de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General, las resoluciones que emita el SERCOP para el efecto, y las condiciones pactadas en el contrato”.
19. DESIGNACIÓN RESPONDABLE DE LA ETAPA PRECONTRACTUAL
Se sugiere como responsible para la etapa precontractual a la Psicóloga Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx con C.I. No.: 1718249996.
SECCIÓN IV FORMULARIO DE LA OFERTA
EMPRESA PÚBLICA CREAMOS VIVIENDA EP.
FERIA INCLUSIVA
FI-CVEP-001-2022
4.1. Carta de presentación y compromiso
Nombre del oferente: ………………………………………………………..
1.1 Presentación y Compromiso
El que suscribe, en atención a la convocatoria efectuada por la EMPRESA PÚBLICA CREAMOS VIVIENDA EP., para ser incluido en la Feria Inclusiva como proveedor para CONTRATAR EL TRANSPORTE INSTITUCIONAL PARA EL PERSONAL DE LA EMPRESA PÚBLICA
CREAMOS VIVIENDA, luego de examinar el pliego del presente procedimiento, al presentar esta oferta de acuerdo a la información registrada en el Registro Único de Proveedores -RUP declara que:
1. El oferente es proveedor elegible de conformidad con las disposiciones de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP, y su Reglamento General.
2. La única persona o personas interesadas en este procedimiento está o están nombradas en ella, sin que incurra en actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no aparezcan sujetos inhabilitados para contratar con el Estado.
3. La presentación de los documentos solicitados la hace en forma independiente y sin conexión abierta u oculta con otra u otras personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento y, en todo aspecto, es honrada y de buena fe, por consiguiente, asegura no haber vulnerado y que no vulnerará ningún principio o norma relacionada con la competencia libre, xxxx y justa; así como declara que no establecerá, concertará o coordinará directa o indirectamente, en forma explícita o en forma oculta- posturas, abstenciones o resultados con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de la normativa aplicable; asimismo, se obliga a abstenerse de acciones, omisiones, acuerdos o prácticas concertadas y, en general, de toda conducta cuyo objeto o efecto sea impedir, restringir, falsear o distorsionar la competencia, ya sea en la presentación de ofertas y posturas o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro
proveedor u oferente, en este procedimiento de contratación. En tal virtud, declara conocer que se presumirá la existencia de una práctica restrictiva, por disposición del Reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder xx Xxxxxxx, si se evidencia la existencia de actos u omisiones, acuerdos o prácticas concertadas y en general cualquier conducta, independientemente de la forma que adopten, ya sea en la presentación de su ofertas, obuscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este procedimiento de contratación.
4. Al presentar la documentación, cumple con toda la normativa general, sectorial y especial aplicable a su actividad económica, profesión, ciencia u oficio; y, que los equipos y materiales que se incorporarán, así como los que se utilizarán para su ejecución, en caso de adjudicación del contrato, serán de propiedad del oferente o arrendados y contarán con todos los permisos que se requieran para su utilización.
5. Suministrará la mano de obra y equipamientos requeridos para el cumplimiento de sus obligaciones, de acuerdo con el pliego; suministrará el bien o prestará el servicio de conformidad con las características detalladas en esta oferta y las especificaciones técnicas o condiciones solicitados de acuerdo con el pliego, en el plazo y por los precios determinados por la entidad contratante; que al presentar esta oferta, ha considerado todos los costos obligatorios que debe y deberá asumir en la ejecución contractual, especialmente aquellos relacionados con obligaciones sociales, laborales, de seguridad social, ambientales y tributarias vigentes.
6. Bajo juramento declara expresamente que no ha ofrecido, ofrece u ofrecerá, y no ha efectuado o efectuará ningún pago, préstamo o servicio ilegítimo o prohibido por la ley; entretenimiento, viajes u obsequios, a ningún funcionario o trabajador de la entidad contratante que hubiera tenido o tenga que ver con el presente procedimiento de contratación en sus etapas de planificación, programación, selección o ejecución, incluyéndose preparación xxx xxxxxx, aprobación de documentos, calificación de ofertas, selección de contratistas, adjudicación o declaratoria de procedimiento desierto, recepción de productos o servicios, administración o supervisión de contratos o cualquier otra intervención o decisión en la fase precontractual o contractual.
7. Acepta que en el caso de que se comprobare una violación a los compromisos establecidos en los numerales 2, 3, 4, 5 y 6 que anteceden, la entidad contratante le descalifique como oferente, o dé por terminado en forma inmediata el contrato, observando el debido procedimiento, para lo cual se allana a responder por los daños y perjuicios que tales violaciones hayan ocasionado.
8. Declara que se obliga a guardar absoluta reserva de la información confiada y a la que pueda tener acceso durante las visitas previas a la valoración de la oferta y en virtud del desarrollo y cumplimiento del contrato en caso de resultar adjudicatario, así como acepta que la inobservancia de lo manifestado dará lugar a que la entidad contratante ejerza las acciones legales civiles y penales correspondientes y en especial las determinadas en el Código Integral Penal vigente.
9. Conoce las condiciones de la contratación, ha estudiado las especificaciones técnicas o condiciones y demás información xxx xxxxxx, las aclaraciones y respuestas realizadas en el procedimiento, y en esa medida renuncia a cualquier reclamo posterior, aduciendo desconocimiento por estas causas.
10. Entiende que las cantidades indicadas respecto de su capacidad máxima mensual de producción para esta contratación son fijas, siempre y cuando el proveedor adjudicado o pre-adjudicado no haya actualizado en el Servicio Nacional de Contratación Pública -SERCOP la misma.
11. De resultar adjudicado o pre-adjudicado, manifiesta que ejecutará el objeto de contratación sobre la base de las cantidades, términos de referencia y condiciones, las mismas que declara conocer; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad, como causal para solicitar ampliación del plazo.
12. Conoce y acepta que la entidad contratante se reserva el derecho de cancelar o declarar desierto el procedimiento, si conviniere a los intereses nacionales o institucionales, sin que dicha decisión cause ningún tipo de reparación o indemnización a su favor.
13. Se somete a las disposiciones de la LOSNCP, de su Reglamento General, y demás normativa que le sea aplicable.
14. Garantiza la veracidad y exactitud de la información y documentación, así como de las declaraciones incluidas en los documentos de su oferta, formularios y otros anexos, así como de toda la información que como proveedor consta en el Portal Institucional del SERCOP, al tiempo que autoriza a la entidad contratante a efectuar averiguaciones para comprobar u obtener aclaraciones e información adicional sobre las condiciones técnicas, económicas y legales del oferente. Acepta que, en caso de que se comprobare administrativamente por parte de las entidades contratantes que el oferente o contratista hubiere alterado o faltado a la verdad sobrela documentación o información que conforma su oferta, dicha falsedad ideológica será causal para descalificarlo del procedimiento de contratación, declararlo adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda, previo el trámite respectivo; y, sin perjuicio de las acciones judiciales a las que hubiera lugar.
15. No contratará a personas menores de edad para realizar actividad alguna durante la ejecución contractual; y que, en caso de que las autoridades xxx xxxx determinaren o descubrieren tal práctica, se someterán y aceptarán las sanciones que de tal práctica puedan derivarse, incluso la terminación unilateral y anticipada del contrato, con las consecuencias legales y reglamentarias pertinentes.
16. Bajo juramento, que no está incurso en las inhabilidades generales y especiales para contratar establecidas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP y de los artículos 110 y 111 de su Reglamento General y demás normativa aplicable.
4.2 Datos generales del proveedor
Nombre del Proveedor: (determinar si es persona natural, jurídica, consorcio o asociación; Se determinará al representante legal, apoderado o procurador común, de ser el caso).
Ciudad: | |
Calle (principal) | |
No: | |
Calle (intersección): | |
Teléfono(s): | |
Correo electrónico | |
Cédula de Ciudadanía (Pasaporte): | |
R.U.C: |
Dirección: (Para verificación de la entidad contratante – adjuntar croquis)
(La dirección debe estar actualizada en el Registro Único de Proveedores RUP-SERCOP)
RUC
Fecha
4.3. Tabla de cantidades y precios
El que suscribe, luego de examinar el pliego respectivo, al presentar esta oferta declaro mi aceptación y adhesión expresa de acogerme a la (entrega de bienes o prestación de servicios especificar conforme objeto de contratación) de acuerdo a las especificaciones técnicas o términos de referencia y condiciones establecidas en el presente pliego con código del procedimiento No. (Especificar código del procedimiento) así como también a los precios establecidos conforme al siguiente cuadro:
No. ÍTEM | DESCRIPCIÓN | CANTIDAD OFERTADA |
4.4. Adhesión a las especificaciones técnicas o términos de referencia y condiciones económicas del procedimiento:
(Nombre del proveedor), en atención a la convocatoria efectuada por la EMPRESA PÚBLICA CREAMOS VIVIENDA EP., con el objeto de ser calificado favorablemente en la Feria Inclusiva como proveedor del Servicio de Transporte Institucional, luego de examinar el pliego del presente procedimiento, dejo constancia de mi conformidad con las especificaciones técnicas o términos de referencia y condiciones económicas previstas por la entidad contratante para la Feria Inclusiva, por lo que con la suscripción del presente formulario me adhiero a las mismas.
Para constancia de lo ofertado, suscribo este formulario,
-------------------------------------------------------
FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO (según el caso)
(LUGAR Y FECHA)
4.5. Criterios de inclusión
4.5.1 Asociatividad:
FORMULARIO ASOCIATIVIDAD | |||||
Tipos Oferentes | de | Nombre del proveedor (persona natural o jurídica) | Número de RUC | Puntaje | |
Grupo puntos) | 1 | (50 | |||
Grupo puntos) | 2 | (30 | |||
Grupo puntos) | 3 | (20 |
4.5.2. CRITERIOS DE IGUALDAD
OTROS PARÁMETROS | |||
CRITERIOS | Nombre del proveedor | Hasta el 25% de personas (10 puntos) | Más del 25% de personas (30 puntos) |
Identidad de Género | |||
Intergeneracional | |||
Pueblos y nacionalidades | |||
Persona con Discapacidad |
Movilidad Humana |
(Para acceder a la puntuación de acuerdo a los criterios inclusión, se deberá acompañar a la oferta la documentación que acredite la condición señalada).
(Nota 1.- El puntaje máximo que se otorgará por consejo de igualdad no excederá de treinta (30) puntos.)
(Nota 2.- Se otorgará veinte (20) puntos adicionales a las personas con discapacidad que sean representantes legales de las organizaciones de economía popular y solidaria, asociaciones de unidades económicas populares, consorcios, sociedades y compañías de economía privada y economía mixta o que oferten como unidades económicas populares.)
4.5.3 Parámetros de calidad.- (La entidad contratante al momento de elaborar el pliego podrá establecer parámetros de calidad tales como certificación de comercio justo, certificación Buenas Prácticas de Manufactura, certificación INEN, producción orgánica, otras certificaciones de calidad. Se otorgará diez (10) puntos adicionales sin perjuicio de que el oferente acredite más de un parámetro de calidad).
4.6. Compromiso de asociación o consorcio (de ser el caso)
Comparecen a la suscripción del presente compromiso, por una parte, ,
debidamente representada por …………… ………….; y, por otra parte, representada por
…………… …………., todos debidamente registrados en el RUP.
Los comparecientes, en las calidades que intervienen, capaces para contratar y obligarse, acuerdan suscribir el presente compromiso de Asociación o Consorcio para participar en el procedimiento convocado por ………… para …………………………………..
En caso de resultar adjudicados, los oferentes comprometidos en la conformación de la asociación o consorcio, declaran bajo juramento que formalizarán el presente compromiso mediante la suscripción de la pertinente escritura pública y se habilitará al Consorcio constituido en el RUP, para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa emitida por el SERCOP, aplicable a este caso.
Los promitentes asociados o consorciados presentarán la información considerando los porcentajes de participación en relación a índices, calidades, condiciones, experiencia o cualquier otro indicador puntuable, conforme al siguiente detalle:
(Se deberá adjuntar cuadro con el detalle antes referido).
Atentamente,
Promitente Consorciado 1 Promitente Consorciado 2
RUC No. RUC No.
Promitente Consorciado (n)
RUC No.
SECCIÓN V PROYECTO DE CONTRATO
V.I CONDICIONES PARTICULARES DE LOS CONTRATOS XX XXXXX INCLUSIVA DE BIENES Y/O SERVICIOS
Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte EMPRESA PÚBLICA CREAMOS VIVIENDA EP., representada por (nombre de la máxima autoridad o su delegado), en calidad de (cargo), a quien en adelante se le denominará CONTRATANTE; y, por otra (nombre del contratista o de ser el caso del representante legal, apoderado o procurador común a nombre de “persona jurídica”), a quien en adelante se le denominará CONTRATISTA. Las partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas:
Cláusula Primera.- ANTECEDENTES
1.1 De conformidad con los artículos 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública -LOSNCP-, y 25 y 26 de su Reglamento General -RGLOSNCP-, el Plan Anual de Contrataciones de la CONTRATANTE, contempla la (describir objeto de la contratación).
1.2. Previos los informes y los estudios respectivos, la máxima autoridad de la CONTRATANTE resolvió aprobar el xxxxxx xx XXXXX INCLUISVA (No.) para (describir objeto de la contratación).
1.3 Se cuenta con la existencia y suficiente disponibilidad de fondos en la partida presupuestaria (No.), conforme consta en la certificación conferida por (funcionario competente y cargo), mediante documento (identificar certificación).
1.4 Se realizó la respectiva convocatoria el (día) (mes) (año), a través del Portal Institucional del SERCOP.
1.5 Luego del proceso correspondiente, (nombre) en su calidad de máxima autoridad de la CONTRATANTE (o su delegado), mediante resolución (No.) de (día) de (mes) de (año), adjudicó la (establecer objeto del contrato) al oferente (nombre del adjudicatario).
Cláusula Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO
Forman parte integrante del contrato los siguientes documentos:
a) El pliego (Condiciones Particulares xxx Xxxxxx CPP y Condiciones Generales xxx Xxxxxx CGP)
incluyendo las especificaciones técnicas, o términos de referencia del objeto de la contratación.
b) Las Condiciones Generales de los Contratos de adquisición de bienes o prestación de servicios (CGC) publicados y vigentes a la fecha de la convocatoria en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
c) La oferta presentada por el CONTRATISTA, con todos sus documentos que la conforman.
d) Las garantías presentadas por el CONTRATISTA.
e) La resolución de adjudicación.
f) Las certificaciones de (dependencia a la que le corresponde certificar), que acrediten la existencia de la partida presupuestaria y disponibilidad de recursos, para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.
(Los documentos que acreditan la calidad de los comparecientes y su capacidad para celebrar el contrato deberán protocolizarse conjuntamente con las condiciones particulares del contrato. No es necesario protocolizar las condiciones generales del contrato, ni la información relevante del procedimiento que ha sido publicada en el Portal Institucional del SERCOP.).
Cláusula Tercera.- OBJETO DEL CONTRATO
3.1 El Contratista se obliga con la (CONTRATANTE) a (suministrar, instalar y entregar debidamente funcionando los bienes) (proveer los servicios requeridos) ejecutar el contrato a entera satisfacción de la CONTRATANTE, (designar lugar de entrega o sitio), según las características y especificaciones técnicas determinadas por la entidad contratante, que se agrega y forma parte integrante de este contrato.
3.2 (Caso de bienes) Adicionalmente el CONTRATISTA proporcionará el soporte técnico, los mantenimientos preventivo y correctivo respectivos por el lapso de (….) contados a partir de la fecha de suscripción del acta de entrega recepción única, periodo que corresponde al de vigencia de la garantía técnica; entregará la documentación de los bienes; y, brindará la capacitación necesaria para (número) servidores (en las instalaciones de la entidad contratante), impartida por personal certificado por el fabricante) de ser el caso.
Para el caso de adquisición, arrendamiento y prestación de servicios en los que requiera de equipos informáticos, equipos de impresión, vehículos y equipos médicos, se deberá aplicar el principio de vigencia tecnológica de conformidad a las regulaciones expedidas por el SERCOP.
(Caso de servicios) (Estipúlese lo que la entidad contratante considere pertinente en cuanto a correctivos o actualizaciones del servicio que recibirá, incluyendo riesgos, de ser el caso).
Cláusula Cuarta.- PRECIO DEL CONTRATO
4.1 El valor del presente contrato, que la CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA, es el de (cantidad exacta en números y letras) dólares de los Estados Unidos de América, más IVA, de conformidad con la adhesión a las condiciones económicas efectuada por el CONTRATISTA.
4.2 Los precios acordados en el contrato, constituirán la única compensación al CONTRATISTA por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que tuviese que pagar, excepto el Impuesto al Valor Agregado que será añadido al precio del contrato conforme se menciona en el numeral 4.1.
Cláusula Quinta.- FORMA DE PAGO
(En esta cláusula la entidad contratante detallará la forma de pago. De contemplarse la entrega de anticipo (no podrá ser menor al treinta por ciento (30%) ni mayor al setenta por ciento (70%)) del valor contractual, se deberá establecer la fecha máxima del pago del mismo.)
El anticipo que la CONTRATANTE haya entregado al CONTRATISTA para la adquisición de los bienes y/o prestación del servicio, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
(En el caso de adquisición de bienes, los pagos totales o parciales se realizarán contra el Acta o Actas de Entrega Recepción Total o Parcial de los bienes adquiridos).
(En el caso de servicios, serán pagados contra la presentación de la correspondiente planilla o planillas, previa aprobación de la entidad contratante).
No habrá lugar a alegar xxxx de la CONTRATANTE, mientras no se amortice la totalidad del anticipo otorgado
Cláusula Sexta.- GARANTÍAS
6.1 En este contrato se rendirán las siguientes garantías: (establecer las garantías que apliquen de acuerdo con lo establecido en el numeral…. xxx Xxxxxx de condiciones generales para la adquisición de bienes y/o la contratación de servicios que son parte del presente contrato).
6.2 Las garantías entregadas se devolverán de acuerdo a lo establecido en el artículo 118 del RGLOSNCP. Entre tanto, deberán mantenerse vigentes, lo que será vigilado y exigido por la CONTRATANTE.
Cláusula Séptima.- PLAZO
(Caso de bienes) El plazo para la entrega de la totalidad de los bienes contratados, (instalados, puestos en funcionamiento, así como la capacitación, de ser el caso) a entera satisfacción de la CONTRATANTE es de (número de días, meses o años), contados a partir de (fecha de entrega del anticipo o suscripción del contrato).
(Caso de servicios) El plazo para la prestación de los servicios contratados a entera satisfacción de la CONTRATANTE es de (número de días, meses o años), contados a partir de (fecha de entrega del anticipo o suscripción del contrato).
Cláusula Octava.- MULTAS
Por cada día de retardo en la ejecución de las obligaciones contractuales por parte del Contratista, se
aplicará la multa de (valor establecido por la Entidad Contratante, de acuerdo a la naturaleza del contrato, en ningún caso podrá ser menos al 1 por 1.000 del valor del contrato). (El porcentaje para el cálculo de las multas lo determinará la Entidad en función del incumplimiento y de la contratación).
Cláusula Novena.- DEL REAJUSTE DE PRECIOS
(Para bienes, que no correspondan al sistema de precios unitarios: El valor de este contrato es fijo y no estará sujeto a reajuste por ningún concepto, coso contrario se deberá aplicar lo establecido en el artículo 141 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública).
(Para servicios cuya forma de pago corresponda al sistema de precios unitarios: el contrato se sujetará al sistema de reajuste de precios previsto en los artículos 126, y 140 del Reglamento General de la LOSNCP).
Nota: (Esta cláusula no será aplicable si las partes han convenido, según lo previsto en el pliego correspondiente, en la renuncia del reajuste de precios, caso en el cual se establecerá en su lugar una disposición específica en ese sentido).
Xxxxxxxx Xxxxxx.- DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO:
10.1 LA CONTRATANTE designa al (nombre del designado), en calidad de administrador del contrato, quien deberá atenerse a las condiciones generales y particulares de los pliegos que forman parte del presente contrato.
10.2 LA CONTRATANTE podrá cambiar de administrador del contrato, para lo cual bastará cursar al CONTRATISTA la respectiva comunicación; sin que sea necesario la modificación del texto contractual.
Cláusula Décimo Primera.- TERMINACION DEL CONTRATO
11.1 Terminación del contrato.- El contrato termina conforme lo previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y las Condiciones Particulares y Generales del Contrato.
11.2 Causales de Terminación Unilateral del Contrato.- Tratándose de incumplimiento del CONTRATISTA, procederá la declaración anticipada y unilateral de la CONTRATANTE, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP. Además, se considerarán las siguientes causales:
a) Si el CONTRATISTA no notificare a la CONTRATANTE acerca de la transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco (5)días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación;
b) Si la CONTRATANTE, en función de aplicar lo establecido en el artículo 78 de la LOSNCP, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social del CONTRATISTA;
c) Si se verifica, por cualquier modo, que la participación ecuatoriana real en la provisión de bienes o prestación de servicios objeto del contrato es inferior a la declarada.
d) Si el CONTRATISTA incumple con las declaraciones que ha realizado en el numeral 3.5 del formulario de la oferta - Presentación y compromiso;
e) El caso de que la entidad contratante encontrare que existe inconsistencia, simulación y/o inexactitud en la información presentada por contratista, en el procedimiento precontractual o en la ejecución del presente contrato, dicha inconsistencia, simulación y/o inexactitud serán causales de terminación unilateral del contrato por lo que, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, lo declarará contratista incumplido, sin perjuicio además, de las acciones judiciales a que hubiera lugar.
f) (La Entidad Contratante podrá incorporar causales adicionales de terminación unilateral, conforme lo previsto en el numeral 6 del Art. 94 de la LOSNCP.)
11.3 Procedimiento de terminación unilateral.- El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la LOSNCP.
Cláusula Décima Segunda.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
12.1 Si se presentare alguna divergencia o controversia y no se lograre un acuerdo directo entre las partes, éstas se someterán al procedimiento contencioso administrativo contemplado en el Código Orgánico General de Procesos; o la normativa que corresponda, siendo competente para conocer la controversia el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la Entidad Contratante.
12.2 La legislación aplicable a este contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el contratista declara conocer el ordenamiento jurídico ecuatoriano y por lo tanto, se entiende incorporado el mismo en todo lo que sea aplicable al presente contrato.
Cláusula Décima Tercera: COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES
Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a los trabajos, serán formuladas por escrito y en idioma castellano. Las comunicaciones entre la administración y el CONTRATISTA se harán a través de documentos escritos.
Cláusula Décima Cuarta.- DOMICILIO
14.1. Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio en la ciudad de (establecer domicilio).
14.2. Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes: La CONTRATANTE: (dirección y teléfonos, correo electrónico).
El CONTRATISTA:(dirección y teléfonos, correo electrónico).
Las comunicaciones también podrán efectuarse a través de medios electrónicos.
Cláusula Décima Quinta.- ACEPTACION DE LAS PARTES
15.1 Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos de provisión de bienes y prestación de servicios, publicado en la página institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, vigente a la fecha de la Convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de las Condiciones Particulares del Contrato que lo están suscribiendo.
15.2. Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones.
Dado, en la ciudad de Quito, a
LA CONTRATANTE EL CONTRATISTA
V.II CONDICIONES GENERALES DE LOS CONTRATOS XX XXXXX INCLUSIVA
DE BIENES Y/O DE SERVICIOS
Nota: Las Condiciones Generales de los Contratos de provisión de bienes y/o prestación de servicios son de cumplimiento obligatorio para las entidades contratantes y los contratistas que celebren este tipo de contratos, provenientes de procedimientos sujetos a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, como “FERIA INCLUSIVA”.
Cláusula Primera.- INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
1.1 Los términos del contrato se interpretarán en su sentido literal, a fin de revelar claramente la intención de los contratantes. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas:
a. Cuando los términos están definidos en la normativa del Sistema Nacional de Contratación Pública o en este contrato, se atenderá su tenor literal.
b. Si no están definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes. De existir contradicciones entre el contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del contrato.
c. El contexto servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía.
d. En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la Codificación del Código Civil, “De la Interpretación de los Contratos”.
1.2 Definiciones: En el presente contrato, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación:
a. “Adjudicatario”, es el oferente a quien la ENTIDAD CONTRATANTE le adjudica el contrato.
b. “Comisión Técnica", es la responsable de llevar adelante el proceso licitatorio, a la que le corresponde actuar de conformidad con la LOSNCP, su Reglamento General, la normativa emitida por el SERCOP, el pliego aprobado, y las disposiciones administrativas que fueren aplicables.
c. “Contratista”, es el oferente adjudicatario.
d. “Contratante” “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.
e. “LOSNCP”, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
f. “RGLOSNCP”, Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
g. “Oferente”, es la persona natural o jurídica, asociación o consorcio que presenta una "oferta", en atención al llamado a licitación / cotización o menor cuantía.
h. “Oferta”, es la propuesta para contratar, ceñida al pliego, presentada por el oferente a través de la cual se obliga, en caso de ser adjudicada, a suscribir el contrato y a la provisión de bienes o prestación de servicios.
i. “SERCOP”, Servicio Nacional de Contratación Pública.
j. “Feria Inclusiva”, es el procedimiento de contratación destinado exclusivamente a la participación inclusiva de actores de la economía popular y solidaria AEPYS, micro y pequeñas empresas MYPES que ofrecen bienes y servicios de producción nacional, normalizados o no normalizados.
k. “Feria Inclusiva Corporativa”, es el procedimiento a través del cual dos o más entidades contratantes llevarán a cabo de manera simultánea una feria inclusiva con el objeto de adquirir similares bienes o servicios normalizados o no normalizados.
l. “Catálogo Dinámico Inclusivo (CDI)”, es un sistema de compra directa que garantiza la participación incluyente y exclusiva de actores de la economía popular y solidaria; micro y
pequeños proveedores; proveedores pertenecientes a grupos vulnerables; o grupos de atención prioritaria, que permite a las entidades contratantes agilizar, simplificar y transparentar sus adquisiciones de bienes y servicios normalizados, exclusivamente.
m. “Ficha Técnica”, descripción genérica de las características físicas, materiales, propiedades distintivas o especificaciones técnicas del bien o servicio normalizado que se publica en el Catálogo Dinámico Inclusivo, para cada procedimiento.
Las fichas técnicas serán elaboradas y actualizadas por el SERCOP con el objeto de normalizar los bienes y servicios que demanda el Estado.
n. “Acuerdo de compromiso (Convenio Marco de FI)”, es el Convenio Xxxxx xx Xxxxxx Inclusivas, instrumento mediante el cual un proveedor se compromete con el SERCOP a proveer de manera permanente y hasta su capacidad máxima de producción, un determinado bien o servicio a través del Catálogo Dinámico Inclusivo, adhiriéndose a las especificaciones
técnicas o términos de referencia y condiciones económicas establecidas para el mismo.
o. “Reserva xx xxxxxxx”, mecanismo a través del cual el SERCOP habilitará la adquisición de un determinado bien o servicio exclusivamente a los actores de la Economía Popular y Solidaria, Micro y Pequeñas Empresas; oferentes pertenecientes a los grupos vulnerables; o, a personas y grupos de atención prioritaria, entre otros.
p. “Orden de Compra”, es el acuerdo de voluntades por el cual se formaliza la adquisición de bienes o servicios normalizados a través de Catálogo Dinámico Inclusivo, mediante la cual la entidad contratante establece los bienes o servicios objeto de la contratación y su entrega; y, el proveedor seleccionado se obliga a su cumplimiento conforme el precio, plazo, forma y condiciones previstas en el Acuerdo de Compromiso.
q. “Cupo de compra en Bienes”, es la cantidad mínima de un bien o lotes de bienes a ser adquiridos a los proveedores adjudicados en el procedimiento xx Xxxxx Inclusiva por cada una de las órdenes de compra que se generen.
El cupo de compra será definido por la entidad contratante como resultado de un estudio técnico del punto de equilibrio (mínimo nivel de ventas necesario para recuperar los costos), que permita a los proveedores recibir una utilidad razonable por la provisión que realice al Estado.
r. “Sistema Rotativo de Órdenes de Compra”, es el mecanismo de alternancia de órdenes de compra de bienes y servicios que se encuentran incorporados en el Catálogo Dinámico Inclusivo. Consiste en que no podrá generarse una nueva orden de compra a favor de un proveedor hasta cuando éste realice la entrega de los bienes o servicios contratados y existan proveedores que todavía no se hayan beneficiado de órdenes de compra.
s. “Monto de contratación acumulado”, es la sumatoria de los montos contratados a un solo proveedor para la prestación de servicios a través de órdenes de compra generadas en el Catálogo Dinámico Inclusivo.
t. “Pliegos xx Xxxxx Inclusiva”, es el documento precontractual sumarísimo en el que las entidades contratantes establecen las condiciones de participación de los AEPYS, MYPES, grupos vulnerables o grupos de atención prioritaria en Ferias Inclusivas. El modelo xx xxxxxx de uso obligatorio para Ferias Inclusivas se expide con la presente resolución y consta en el Anexo “A”.
Cláusula Segunda.- FORMA DE PAGO
Lo previsto en la cláusula quinta de las Condiciones Particulares del contrato, y además:
2.1 El valor por concepto de anticipo será depositado en una cuenta que el CONTRATISTA aperture en una institución financiera estatal, o privada de propiedad del Estado en más de un cincuenta por
ciento. El CONTRATISTA autoriza expresamente se levante el sigilo bancario de la cuenta en la que será depositado el anticipo. El administrador del contrato designado por la CONTRATANTE verificará que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente al proceso de ejecución contractual.
El anticipo que la CONTRATANTE haya otorgado al CONTRATISTA para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
2.2 La amortización del anticipo entregado en el caso de la prestación de servicios se realizará conforme lo establecido en el art 139 del Reglamento General de la LOSNCP.
2.3 Todos los pagos que se hagan al CONTRATISTA por cuenta de este contrato, se efectuarán con sujeción al precio convenido, a satisfacción de la CONTRATANTE, previa la aprobación del administrador del contrato.
2.4 De los pagos que deba hacer, la CONTRATANTE retendrá igualmente las multas que procedan, de acuerdo con el contrato.
2.5 Pagos indebidos: La CONTRATANTE se reserva el derecho de reclamar al CONTRATISTA, en cualquier tiempo, antes o después de la prestación del servicio, sobre cualquier pago indebido por error de cálculo o por cualquier otra razón, debidamente justificada, obligándose el CONTRATISTA a satisfacer las reclamaciones que por este motivo llegare a plantear la CONTRATANTE, reconociéndose el interés calculado a la tasa máxima del interés convencional, establecido por el Banco Central del Ecuador.
Cláusula Tercera.- GARANTÍAS
3.1 Lo contemplado en la cláusula sexta de las condiciones particulares del contrato y la Ley.
3.2 Ejecución de las garantías: Las garantías contractuales podrán ser ejecutadas por la CONTRATANTE en los siguientes casos:
3.2.1 La de fiel cumplimiento del contrato:
a) Cuando la CONTRATANTE declare anticipada y unilateralmente terminado el contrato por causas imputables al CONTRATISTA.
b) Si la CONTRATISTA no la renovare cinco (5) días antes de su vencimiento.
3.2.2 La del anticipo:
a) Si el CONTRATISTA no la renovare cinco (5) días antes de su vencimiento.
b) En caso de terminación unilateral del contrato y que el CONTRATISTA no pague a la CONTRATANTE el saldo adeudado del anticipo, después xx xxxx (10) días de notificado con la liquidación del contrato.
3.2.3 La técnica:
a) Cuando se incumpla con el objeto de esta garantía, de acuerdo con lo establecido en el pliego y este contrato.
Cláusula Cuarta.- PRÓRROGAS DE PLAZO
4.1 La CONTRATANTE prorrogará el plazo total o los plazos parciales en los siguientes casos:
a) Cuando el CONTRATISTA así lo solicitare, por escrito, justificando los fundamentos de la solicitud, dentro del plazo de quince (15) días siguientes a la fecha de producido el hecho, siempre que este se haya producido por motivos de fuerza mayor o caso fortuito aceptado como tal por la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, previo informe del administrador del contrato. Tan pronto desaparezca la causa de fuerza mayor o caso fortuito, el CONTRATISTA está obligado a continuar con la ejecución del contrato, sin necesidad de que medie notificación por parte del administrador del contrato para reanudarlo.
b) Por suspensiones en la ejecución del contrato, motivadas por la CONTRATANTE u ordenadas por ella y que no se deban a causas imputables al CONTRATISTA.
c) Si la CONTRATANTE no hubiera solucionado los problemas administrativos-contractuales en forma oportuna, cuando tales circunstancias incidan en la ejecución del trabajo.
4.2 En casos de prórroga de plazo, las partes elaborarán un nuevo cronograma, que suscrito por ellas, sustituirá al original o precedente y tendrá el mismo valor contractual del sustituido. Y en tal caso se requerirá la autorización de la máxima autoridad de la CONTRATANTE, previo informe del administrador del contrato.
Cláusula Quinta.- OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
A más de las obligaciones señaladas en el numeral 5.1 de las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato, las siguientes:
5.1 El contratista se compromete a ejecutar el contrato derivado del procedimiento de contratación tramitado, sobre la base de las especificaciones técnicas o los términos de referencia elaborados por la entidad contratante y que fueron conocidos en la etapa precontractual; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad con los mismos, como causal para solicitar ampliación del plazo, o contratos complementarios. La ampliación del plazo, o contratos
complementarios podrán tramitarse solo si fueren aprobados por la administración.
5.2 El contratista se compromete durante la ejecución del contrato, a facilitar a las personas designadas por la entidad contratante, toda la información y documentación que éstas soliciten para disponer de un pleno conocimiento técnico relacionado con la ejecución del contrato, así como de los eventuales problemas técnicos que puedan plantearse y de las tecnologías, métodos y herramientas utilizadas para resolverlos.
Los delegados o responsables técnicos de la entidad contratante, como el administrador del contrato, deberán tener el conocimiento suficiente de la ejecución del contrato, así como la eventual realización de ulteriores desarrollos. Para el efecto, el contratista se compromete durante el tiempo de ejecución contractual, a facilitar a las personas designadas por la entidad contratante toda la información y documentación que le sea requerida, relacionada y/o atinente al desarrollo y ejecución del contrato.
5.3 Queda expresamente establecido que constituye obligación del CONTRATISTA ejecutar el contrato conforme a las especificaciones técnicas o términos de referencia establecidos en el en el pliego, y cumplir con el porcentaje mínimo de valor agregado ecuatoriano ofertado.
5.4 El CONTRATISTA está obligado a cumplir con cualquiera otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y sea exigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal específicamente aplicable.
5.5 El CONTRATISTA se obliga al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Código del Trabajo y en la Ley del Seguro Social Obligatorio, adquiriendo, respecto de sus trabajadores, la calidad de patrono, sin que la CONTRATANTE tenga responsabilidad alguna por tales cargas, ni relación con el personal que labore en la ejecución del contrato, ni con el personal de la subcontratista.
5.6 EL CONTRATISTA se obliga al cumplimiento de lo exigido en el pliego, a lo previsto en su oferta y a lo establecido en la legislación ambiental, de seguridad industrial y salud ocupacional, seguridad social, laboral, etc.
Cláusula Sexta.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE
Son obligaciones de la CONTRATANTE las establecidas en el numeral 5.2 de las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato.
Cláusula Séptima.- CONTRATOS COMPLEMENTARIOS (Aplica únicamente para Servicios),
Por causas justificadas, las partes podrán firmar contratos complementarios, de conformidad con lo establecido en los artículos 85 y 87 de la LOSNCP, y en el artículo 144 del RGLOSNCP.
Cláusula Octava.- RECEPCIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO
(De acuerdo al artículo 81 de la LOSNCP, en los contratos de adquisición de bienes y prestación de servicios, existirá solamente la recepción definitiva, sin perjuicio de que, de acuerdo a la naturaleza del contrato -si se estableciere que el contrato es de tracto sucesivo, es decir, si se conviene en recibir los bienes o el servicio por etapas o de manera sucesiva-, puedan efectuarse recepciones parciales).
La recepción del [objeto de la contratación] se realizará a entera satisfacción de la CONTRATANTE, y será necesaria la suscripción de la respectiva Acta suscrita por el CONTRATISTA y los integrantes de la comisión designada por la CONTRATANTE, en los términos del artículo 124 del Reglamento General de la LOSNCP. La liquidación final del contrato se realizará en los términos previstos por el artículo 125 del reglamento mencionado, y formará parte del acta.
8.1 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: La liquidación final del contrato suscrita entre las partes se realizará en los términos previstos por el artículo 125 del RGLOSNCP.
Xxxxxxxx Xxxxxx.- TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS
9.1 La CONTRATANTE efectuará al CONTRATISTA las retenciones que dispongan las leyes tributarias, conforme la legislación tributaria vigente.
La CONTRATANTE retendrá el valor de los descuentos que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social ordenare y que corresponda x xxxx patronal, por obligaciones con el seguro social provenientes de servicios personales para la ejecución del contrato de acuerdo a la Ley de Seguridad Social.
9.2 Es de cuenta del CONTRATISTA el pago de los gastos notariales, de las copias certificadas del contrato y los documentos que deban ser protocolizados en caso de que sea necesario. En dicho caso, el CONTRATISTA entregará a la CONTRATANTE hasta dos copias del contrato, debidamente protocolizadas. En caso de terminación por mutuo acuerdo, el pago de los derechos notariales y el de las copias será de cuenta del CONTRATISTA.
Cláusula Décima.- TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO
10.1 La declaratoria de terminación unilateral y anticipada del contrato no se suspenderá por la interposición de reclamos o recursos administrativos, demandas contencioso administrativas, arbitrales o de cualquier tipo de parte del contratista.
10.2 Tampoco se admitirá acciones constitucionales contra las resoluciones de terminación unilateral del contrato, porque se tienen mecanismos de defensa, adecuados y eficaces para proteger los derechos derivados de tales resoluciones, previstos en la Ley.
(Hasta aquí el texto de las condiciones generales de los contratos para la adquisición de bienes o contratación de servicios).
NOTA.- Las Condiciones Generales de los Contratos de bienes y/o servicios, no requieren de firma por parte de los representantes de la entidad contratante ni del contratista, puesto que están incorporados como parte integrante del contrato de adquisición de bienes y/o servicios, conforme la cláusula segunda “DOCUMENTOS DEL CONTRATO” de la Condiciones Particulares del Contrato de Licitación, Cotización o Menor Cuantía, según corresponda.
SECCIÓN VI
FORMATOS SUGERIDOS PARA USO DE LAS ENTIDADES CONTRATANTES (no deben
ser presentados por los proveedores en su oferta)
1. Garantía Técnica para bienes
La entidad contratante indicará el alcance de la garantía técnica para bienes que el contratista brindará la misma.
El que suscribe, en atención a la convocatoria (nombre del evento, código), efectuada por (nombre entidad contratante), luego de examinar el pliego, presento toda la documentación mínima y declaro que:
1. Todos los bienes provistos son nuevos de fábrica, completos, listos.
2. En consecuencia, en mi calidad de proveedor de los bienes, doy fe de que los mismos cumplen con (las especificaciones técnicas o términos de referencia, según el caso) que constan en la ficha técnica correspondiente.
3. Con el fin de precautelar mi buen nombre y participar en nuevos procesos de contratación, garantizo la calidad de los bienes de la siguiente manera:
a) Si la entidad contratante solicitare el cambio de piezas o partes de los bienes objeto del contrato, consideradas defectuosas, éstas serán reemplazadas por otras nuevas de la misma calidad y condición sin costo adicional alguno para la Institución.
b) Si la entidad contratante solicitare el cambio total del bien debido a un daño o defecto que impida que el bien funcione normalmente, tal bien o bienes serán cambiados por otros nuevos, sin que ello signifique costo adicional para la entidad contratante.
4. Limitación de la Garantía Técnica. Esta garantía no cubre los siguientes casos:
• Si los daños hubieren sido ocasionados por el mal uso de los mismos por parte del personal de la Institución.
• Si el daño fuere causa de fuerza mayor o caso fortuito.
5. Plazo: El plazo para esta garantía es de: (plazo requerido por la entidad contratante, que constará en el contrato).
6. En caso de no cumplir de manera satisfactoria las obligaciones derivadas de esta garantía, acepto que se dé por terminado mi contrato o que se me excluya de participar en nuevos procesos de contratación, sea directa o indirectamente.
2. ACTA ENTREGA – RECEPCIÓN (para el caso de adquisición de bienes, al momento de la entrega de éstos)
En la ciudad de (nombre), en el Cantón (nombre), el …………del mes de ………………., del ,
los suscritos señores:
(Nombre del funcionario que recibe), en representación de la EMPRESA PÚBLICA CREAMOS VIVIENDA EP., según el documento habilitante adjunto, y (Nombre del proveedor o representante del proveedor), en representación de (Nombre del proveedor) según el documento habilitante adjunto.
Suscriben la presente ACTA DE ENTREGA-RECEPCIÓN de los siguientes bienes:
Ord. | Cant. | Bien | Características técnicas | Precio total |
Se deja constancia que los bienes cumplen con las características técnicas señaladas en el pliego elaborado para el procedimiento xx Xxxxx Inclusiva, y que se recibe la garantía técnica correspondiente (si ésta ha sido prevista por la entidad contratante).
(Entidad Contratante) (Proveedor)
FIRMA DEL OFERENTE Y/O, SU REPRESENTANTE LEGAL O
PROCURADOR COMÚN (según el caso)
Fecha
Nombres y Apellidos RUC
(Nombre del representante)