PLIEGO DE CONDICIONES QUE REGIRÁ EL CONTRATO MENOR PARA EL SERVICIO DE FOTOPERIODISMO DEL GABINETE DE COMUNICACIÓN
PLIEGO DE CONDICIONES QUE REGIRÁ EL CONTRATO MENOR PARA EL SERVICIO DE FOTOPERIODISMO DEL GABINETE DE COMUNICACIÓN
1.- DEFINICIÓN DEL CONTRATO.
El pliego objeto de esta contratación es el servicio de cobertura gráfica de los actos institucionales que se lleven a cabo por la Alcaldía o las distintas Concejalías del Ayuntamiento de Valencia .
Desde el Gabinete de Comunicación del Ayuntamiento se cubre y divulga para información de ciudadanos y ciudadanas y medios de comunicación la información periodística de los actos institucionales a través de notas de prensa y publicidad en redes sociales, manteniendo esta comunicación actualizada constantemente.
Para completar estas tareas, es necesaria una cobertura gráfica de los actos, tarea que el Ayuntamiento no puede cubrir debido a los medios técnicos y personales que esta labor requiere para su óptima ejecución, razón por la que se acude a esta contratación externa.
2- CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS.
Se realizarán reportajes fotográficos con las siguientes características técnicas:
- Fotografías en formato digital con la suficiente calidad para ser publicadas en medios de comunicación tanto en soporte de papel como on line, esto es, con un mínimo de 3000 píxeles en el lado largo, y 300 ppp de resolución.
- El servicio contratado debe incluir el archivo digital diario de las fotografías, ordenadas por fecha, temática y personas que aparezcan en ellas. Dicho archivo quedará a disposición del Gabinete de Comunicación.
- Las imágenes deberán contar con una calidad técnica óptima para su reproducción en medios de comunicación en formato de papel y on line.
- El servicio de fotografía contratado deberá cubrir los actos asignados por la persona de contacto que nombre el Ayuntamiento de Valencia y que pertenecerá al Gabinete de Comunicación del propio Ayuntamiento, propiciando la toma de aquellas imágenes o personas que exija el propio Gabinete de Comunicación. En un plazo máximo de dos horas después de
cubrir dichos actos, deberá distribuir las fotografías a los medios de comunicación que indique el Gabinete de Comunicación.
- El servicio de fotografía se encargará, asimismo, de crear un perfil propio del Ayuntamiento de Valencia en la aplicación Flickr en Internet con el contenido de las fotografías que son objeto de este contrato, para que cualquier medio o profesional pueda descargarse libremente las fotografías de la institución. El mantenimiento de este perfil del Ayuntamiento en Flickr correrá a cargo del servicio de fotografía contratado durante el plazo que éste dure.
3- REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS
- Se podrán realizar varios reportajes en un sólo día, lo cual dependerá de la actividad institucional de la Alcaldía o Concejalías del Ayuntamiento.
- Los trabajos objetos de esta contratación se realizarán cualquier día de la semana, incluidos festivos sin que ello suponga incremento de precio del reportaje fotográfico.
En la prestación del servicio fotográfico no existirá un horario determinado, ya que dependerá de los actos que se tengan que cubrir por lo que el contratista deberá contar con los medios adecuados a disposición del Ayuntamiento de Valencia.
- Se cubrirán hasta 35 actos semanales como máximo (de lunes x xxxxxxx).
- El servicio se prestará en los lugares, dependencias o centros que indique el Gabinete de comunicación del Ayuntamiento, dentro siempre del término municipal de la ciudad o, excepcionalmente, dentro la provincia de Valencia.
- El día laboral previo, se comunicará a la empresa un listado de los actos que deberán ser cubiertos al siguiente o siguientes días, para lo que se nombrará un funcionario o funcionaria del Gabinete de Comunicación como enlace entre el Ayuntamiento y la empresa
-Abarcando acontecimientos muy variados de índole cultural, festiva, turística, celebración xx xxxxxx de prensa, presentaciones, congresos, charlas, ponencias, etc. incluyéndose asimismo en la cobertura las recepciones que se ofrecen a lo largo del año o visitas de personajes al Ayuntamiento.
- El responsable del servicio de fotografía deberá enviar durante el transcurso de los actos que cubra, algunas imágenes al equipo de redes sociales institucionales del Ayuntamiento.
- El desplazamiento al lugar donde se produzcan los actos objetos de esta contratación correrá a cargo de la empresa adjudicataria.
- El plazo de distribución a los medios del material fotográfico se fija en 2 horas desde la celebración de cada acto, salvo que el propio desarrollo del
acto justifique una demora que en todo caso será comunicado al Gabinete de Comunicación.
-Entregas: cada semana, se presentará un archivo digital que contenga todas las imágenes que correspondan a los actos realizados así como la información descriptiva de cada acto y de cada fotografía (fecha, personas que aparecen, nº de trabajo, lugar, motivo, descripción, observaciones).
-Dependiendo del tipo de acto se distribuirá un número determinado de fotografías, estableciéndose un mínimo de 3 para los actos más sencillos, como una rueda de prensa.
4- DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL.
La totalidad de los trabajos realizados bajo este contrato ,así como los soportes, copias y archivos de los trabajos serán propiedad del Ayuntamiento de València, incluido los derechos de propiedad intelectual sobre los mismos, no debiendo el adjudicatario hacer ningún uso o divulgación ni de unos ni de otros, bien sea en forma total o parcial, directa o extractada, sin autorización expresa del mismo.
5- DURACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato menor que se pretende aprobar cubrirá el servicio de fotoperiodismo desde el 1 de enero de 2018 y hasta la fecha en que entre en vigor el contrato de servicios que se está tramitando con este objeto, mediante un procedimiento negociado sin publicidad, en el servicio de Contratación del Ayuntamiento, con el nº de expediente E 04103 2017 54.
En todo caso, la duración máxima de este contrato menor será de 6 meses , del 1 de enero a 30 xx xxxxx 2018, cumpliendo con las normas para contratos menores que se fijan en el art. 138 del RDL 3/2011, Texto Refundido de la Ley de Contratos
Como contrato menor, está sometido a los límites de plazo e importe de 1 año y de 18.000,00e más iva como máximo.
6- PRESUPUESTO
Se ha previsto un coste mensual máximo de 3.620,00€ iva y demás impuestos incluidos, que hacen un total de contrato de 21.720,00€, 17.950,41€ más
3.769,59€ por 21% iva.
7- APLICACIÓN PRESUPUESTARIA.
La aplicación presupuestaria a la que se imputará el gasto del contrato es AG530 92600 22799 del Xxxxxxxxxxx 0000
0- XXXXXXXX XX XXXXXXX.
No procede revisión de precios.
9- PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
Las empresas presentarán sus ofertas en el gabinete de Comunicación (oficina de Publicidad) en sobre cerrado, conteniendo la propuesta económica y la propuesta técnica ajustada al pliego de condiciones, antes de las 13:00h. del día 1 de diciembre de 2017.
Las empresas presentarán sus ofertas adecuándolas a las condiciones requeridas en este pliego, indicando la propuesta económica final por coste mensual.
10- HABILITACIÓN PROFESIONAL O EMPRESARIAL.
Las empresas licitadoras deberán aportar los títulos oficiales, cursos de formación y años de ejercicio profesional acreditados del personal destinado por la empresa a la ejecución de los trabajos para el Ayuntamiento.
11- FORMA DE PAGO E IDENTIFICACIÓN DE LOS DATOS A INCLUIR EN LA FACTURA.
La empresa presentará factura al finalizar cada mensualidad de contratación por idéntico importe, en la parte proporcional al total anual contratado, a las que se acompañará una relación de los actos cubiertos en ese mes, facturas que serán conformadas por el Jefe del gabinete de comunicación y enviadas al cobro a través de la plataforma FACE.
El Servicio destinatario de este contrato que tiene que figurar en la factura es la Oficina de Publicidad.
Oficina contable: XX0000000 Órgano gestor LA0006082 Unidad Tramitadora: LA0006209
En la tercera (tercer mes) y en la última factura de la contratación se acompañarán certificados de estar al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social de los trabajadores encargados de la ejecución del contrato, así como los justificantes del pago de los salarios y la retención del IRPF.
12- OTRAS PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTOS.
Las infracciones contractuales se calificarán en graves o leves, según las circunstancias concurrentes y específicamente atendiendo al menor o mayor perjuicio que con ellas se cause al funcionamiento del servicio o al público en general.
Se calificarán como sanciones graves :
No acudir a cubrir alguno de los actos señalados por el Ayuntamiento en la hora y lugar que se determinen, de acuerdo a las condiciones técnicas.
El incumplimiento reiterado en el envío completo del material gráfico a los medios por cada acto cubierto.
La reiterada falta de calidad técnica en el material gráfico enviado, que no se ajuste a las condiciones pactadas.
El incumplimiento reiterado de las órdenes del personal de Ayuntamiento nombrado como contacto para la prestación del trabajo, de acuerdo con el
contenido del presente pliego y el de condiciones técnicas y la normativa vigente.
La reiteración de infracciones calificadas como leves. Se considerarán infracciones leves:
-La entrega a los medios de material insuficiente a lo pactado.
- La entrega o envío de parte del material gráfico en condiciones técnicas no óptimas o que no se ajuste a lo pactado.
- Cualquier otro incumplimiento que no se califica como grave por acciones que contravengan las condiciones estipuladas en este pliego y en el de condiciones técnicas y demás normativa aplicable.
SANCIONES APLICABLES:
Las infracciones leves podrán ser sancionadas como multas cuya cuantía no podrá exceder 600,00€
Las infracciones graves podrán ser sancionadas con multas cuya cuantía podrá oscilar entre 600,01e y 3.000,00€. La reiteración de sanciones graves podrá ocasionar la rescisión del contrato, previo informe del Jefe del Gabinete de Comunicación.