Contrato Servicio de Emisión de Dinero Electrónico
Nº de Contrato:
Contrato Servicio de Emisión de Dinero Electrónico
TIPO DE CUENTA: MONEDERO:
TIPO DE PERSONA:
General Soles Natural
Simplificada Dólares Jurídica
NOMBRE CLIENTE:
DNI: FECHA DE AFILIACIÓN:
Nº MÓVIL: OPERADOR MOVIL: _
Nº DE TARJETA PREPAGO: CORREO ELECTRÓNICO:
DIRECCIÓN:
PRODUCTO: JETCASH
En este documento (en adelante, el “CONTRATO”), Resumen de Condiciones (Anexo N° 1) y Tarifario (Anexo N° 2) se establecen los términos y condiciones de la cuenta de dinero electrónico (en adelante, la “BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH”) entre:
La Empresa Peruana de Soluciones de Dinero Electrónico S.A. (en adelante “EEDE”), es una empresa que presta el servicio de emisión de dinero electrónico, debidamente identificada con Nº RUC 20515930494 ubicada en Xx. Xxxxxx Xxxx Xx 000 (0xx xxxx) Xxxxxxxx Xxx Xxxxxx – Xxxx; y
La persona natural o persona jurídica, así como la persona natural mayor de dieciséis (16) años que cuente con autorización de su tutor o apoderado legal o que cuenten con capacidad de ejercicio de acuerdo con la normativa vigente, y el peruano o extranjero residente (en adelante “EL CLIENTE”).
Se establece que los conceptos y diferencias a favor de los clientes con cuentas simplificadas de los clientes con cuentas generales a fin de conocer sus límites que cada una de ellas tiene en su constitución y operatividad se encuentran detalladas en el Anexo N° 1 denominado Resumen de Condiciones.
Tienen conocimiento y aceptan los siguientes términos y condiciones que regulan el uso de la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH vinculada a su MONEDERO ELECTRÓNICO JETCASH y/o a su TARJETA PREPAGO JETCASH:
1. BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH
La BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH vinculada a su MONEDERO ELECTRÓNICO JETCASH y/o a su TARJETA PREPAGO JETCASH brinda la
posibilidad de administrarla a través del aplicativo móvil JETCASH. A través de la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH se puede realizar las siguientes operaciones: conversión a dinero electrónico, reconversión a dinero efectivo, transferencias entre billeteras electrónicas, pago de servicios, compra de bienes, compra de tiempo aire, consulta de saldos y otros servicios. LA BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH no constituye depósito y no genera intereses, según lo estipulado en la Ley No. 29985.
EL MONEDERO ELECTRÓNICO JETCASH (en adelante, MONEDERO JETCASH) de EL CLIENTE se encuentra vinculado a la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH para efectuar conversión a dinero electrónico, transferencias entre billeteras electrónicas, pago de servicios, cambios de clave, consulta de saldo, consulta de últimos movimientos y disposición de efectivo en las ventanillas de Jet Xxxx xx Xxxx x Xxxxxxxxxx xxx Xxxx o en los establecimientos comerciales afiliados a JETCASH con el valor monetario del que disponga EL CLIENTE en su MONEDERO JETCASH.
LA TARJETA PREPAGO JETCASH (en adelante, LA TARJETA JETCASH) se encuentra vinculada a la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH la cual es innominada a favor de EL CLIENTE, y permite al tenedor de LA TARJETA JETCASH, en las condiciones establecidas en el presente documento, adquirir bienes y/o servicios en los establecimientos comerciales afiliados a VISA y MASTERCARD, pago de servicios, cambios de clave, consulta de saldo, consulta de últimos movimientos y disposición de efectivo en los cajeros automáticos afiliados (ATM).
El Aplicativo Móvil JETCASH (en adelante, APP JETCASH) es el servidor móvil por el cual EL CLIENTE administrará su BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH, a la cual se encuentra vinculado su MONEDERO ELECTRÓNICO JETCASH y/o su TARJETA PREPAGO JETCASH.
2. Pre-Registro
2.1. El Pre-Registro a la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH se realiza por medio del APP JETCASH, el cual es un proceso obligatorio y estrictamente personal.
2.2. Para Pre-Registrarse a la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH, EL CLIENTE deberá descargar la APP JETCASH e ingresar los siguientes datos:
- Nombre
- Apellido
- N° de DOI
- Teléfono
- Correo electrónico
2.3. Una vez realizado el Pre-Registro, EL CLIENTE debe iniciar con el proceso de afiliación, el cual se detalla en el numeral 3.
3. Afiliación
La Afiliación a una BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH implica la aceptación de todos los puntos en el presente contrato. Existen dos opciones de afiliación:
La afiliación presencial, la cual se da por medio de las ventanillas de Jet Xxxx xx Xxxx x Xxxxxxxxxx xxx Xxxx y/o los establecimientos afiliados a JETCASH permitida para toda Persona Natural (peruana o extranjera residente) y/ o Persona Jurídica.
La afiliación no presencial la cual se realiza por medio del APP JETCASH el cual es permitido para Personas Naturales (solo peruanos).
3.1. Afiliación Presencial
3.1.1. La Afiliación Presencial a la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH es permitida para toda Persona Natural (peruana o extranjera residente) y/o Persona Jurídica.
3.1.2. La Afiliación Presencial a la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH se realiza mediante una visita personal de EL CLIENTE a las ventanillas de Jet Xxxx xx Xxxx x Xxxxxxxxxx xxx Xxxx o de los establecimientos afiliados a JETCASH.
3.1.3. Para afiliarse a la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH, EL CLIENTE debe suscribir la “Ficha de Identificación de Cliente” (en adelante “LA FICHA”), la misma que se completará de manera presencial con la ayuda de personal capacitado en las ventanillas de Jet Xxxx xx Xxxx x Xxxxxxxxxx xxx Xxxx o en los establecimientos afiliados a JETCASH.
3.1.4. Para afiliarte a una BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH debes presentar los siguientes requisitos:
3.1.4.1. Si te afilias como persona natural:
3.1.4.1.1. Peruana
- Presentar una copia simple del documento de identidad (DNI).
3.1.4.1.2. Extranjera Residente
- Presentar una copia simple de su Carné de Extranjería o Pasaporte.
- Debiendo realizar su afiliación de forma presencial y por escrito.
3.1.4.2. Si te afilias como persona jurídica:
- Presentar una copia simple del documento de identidad (DNI) de los representantes legales.
- Presentar la Vigencia de Poder (en original y con una antigüedad no mayor de 7 días).
- Presentar una copia simple del Testimonio de Constitución de la empresa.
- Presentar una copia simple de la Ficha RUC.
- Presentar una copia de la Licencia de Funcionamiento vigente que acredite encontrarse en actividad comercial.
- Presentar la relación de Personas Jurídicas (Razón Social y N° RUC) vinculadas al cliente y/o a su grupo económico, en caso corresponda.
- Los representantes legales deberán completar y firmar la “Ficha de Identificación del Cliente – Persona Natural (Anexo N° 3).
- Los representantes legales deberán completar y firmar la “Ficha de Identificación del Cliente – Persona Jurídica (Anexo N° 4).
- Los accionistas, socios o asociados que tengan directa o indirectamente más del 25% de capital social, aporte o participación de la persona jurídica y/o ente jurídico, deberán completar y firmar “Ficha de Identificación del Usuario – Persona Natural”.
3.1.5. Una vez que el sistema JetCash de la EEDE tenga debidamente registrados, firmados y completos “LA FICHA” y los requisitos listados en el numeral 3.1.4 se realizará el proceso de validación por parte de los cajeros corresponsales el cual se realizará de forma inmediata.
3.1.6. Una vez que la EEDE tenga validados estos datos se procederá a afiliar a EL CLIENTE a una BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH.
3.1.7. Una vez finalizada la validación, EL CLIENTE firmará el contrato y se le enviará un mensaje de texto (SMS) con el código de validación para que pueda activar su BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH, quedando afiliado EL CLIENTE a la misma.
3.1.8. Para activar la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH, EL CLIENTE debe ingresar el código de validación en el APP JETCASH.
3.1.9. Una vez finalizada la activación se le hará entrega a EL CLIENTE de (01) una TARJETA PREPAGO JETCASH.
3.2. Afiliación No Presencial
3.2.1. La Afiliación no presencial se realiza por medio del APP JETCASH, previo pre-registro de EL CLIENTE por dicho medio.
3.2.2. Para afiliarte a una BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH deberás llenar los siguientes datos:
- Apellidos
- Nombres
- Departamento/Provincia/Distrito
- Domicilio
- Nacionalidad
- Residencia
- Tipo de Documento
- N° DOI
- Estado Civil
- Fecha de Nacimiento
- Teléfono Móvil
- Operador Móvil
- Teléfono Fijo
- Profesión
- Ocupación o Cargo
- Correo Electrónico (e-mail)
- Sexo
- Caducidad del DOI
- Centro de Labores
3.2.3. Una vez que la EEDE tenga debidamente completos los datos se iniciará con el proceso de validación por parte de la Unidad de Operaciones cuya duración es de 72 horas calendario.
3.2.4. Una vez que la EEDE tenga validados los datos se procederá a afiliar a EL CLIENTE a una BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH.
3.2.5. Una vez finalizada la validación se le enviará a EL CLIENTE un mensaje de texto (SMS) con el código de validación para que pueda activar su BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH, quedando EL CLIENTE afiliado a la misma.
3.2.6. Para afiliarse a una TARJETA JETCASH, EL CLIENTE deberá acercarse a las ventanillas de Jet Xxxx xx Xxxx x Xxxxxxxxxx xxx Xxxx o en los establecimientos afiliados JETCASH.
4. Operaciones que puedes hacer con la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH
4.1. Recarga (conversión de dinero efectivo a dinero electrónico): EL CLIENTE podrá depositar dinero en efectivo a su BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH a través de las ventanillas de Jet Xxxx xx Xxxx x Xxxxxxxxxx xxx Xxxx o en los establecimientos afiliados a JETCASH, el cual al ser abonado se convierte en dinero electrónico.
4.2. Reconversión o disposición de efectivo: EL CLIENTE podrá disponer de dinero en efectivo xxx XXXXXXXX JETCASH a través de un establecimiento autorizado por la EEDE y de la TARJETA JETCASH a través de cajeros de la Red Unicard.
4.3. Transferencias: EL CLIENTE podrá realizar transferencias entre BILLETERAS ELECTRÓNICAS JETCASH, siempre y cuando EL CLIENTE cuente con saldo suficiente para realizar esta transferencia y a su vez cubra las comisiones que dicha operación significa.
4.4. Pago de servicios: EL CLIENTE podrá efectuar pagos desde su BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH como efecto cancelatorio de los servicios que brindan las principales Empresas de Servicios Públicos y Privadas.
4.5. Compra Tiempo Aire (recarga de saldo para celulares): EL CLIENTE podrá comprar desde su BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH saldo de minutos y/o datos de internet para un teléfono celular.
4.6. Compra en Comercios: EL CLIENTE podrá comprar diferentes servicios o productos a través de su BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH siempre y cuando estos comercios se encuentren afiliados a JETCASH o a las marcas consignadas en la TARJETA JET CASH (Mastercard o Visa).
4.7. Consulta de Saldos: EL CLIENTE podrá consultar los saldos correspondientes a su BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH desde su APP JETCASH.
4.8. Consulta de últimos movimientos: EL CLIENTE podrá consultar los últimos movimientos correspondientes a su BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH desde su APP JETCASH.
5. Límites y Restricciones aplicables a las Operaciones y sus Excepciones
5.1. Los límites y restricciones son informados a EL CLIENTE a través de una notificación en la APP JETCASH cuando al momento de realizar una operación no se cumpla con ellos, y son los detallados a continuación:
5.1.1. Límites
5.1.1.1. Cada Operación que EL CLIENTE realice individualmente con la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH está sujeta al límite de S/ 1,000.00
5.1.1.2. El saldo consolidado de la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH en un momento determinado no podrá superar el monto máximo de S/ 2,000.00
5.1.1.3. El monto máximo de conversiones de Saldo Disponible efectuadas en la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH en el período de (01) mes calendario no podrá exceder el monto de S/ 2,000.00
5.1.1.4. Las operaciones acumuladas de EL CLIENTE en su BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH en el período de un (01) mes calendario no podrá exceder el monto de S/ 4,000.00 soles.
5.1.1.5. Todas las operaciones mencionadas en los numerales 5.1.1.1 al 5.1.1.4 sólo pueden ser realizadas en moneda nacional (S/) y en el territorio nacional.
5.1.1.6. EL CLIENTE que desee realizar Operaciones no contempladas a las restricciones mencionadas en los numerales 5.1.1.1 al 5.1.1.4, deberá optar por la Cuenta General para lo cual deberá completar, de manera presencial, un formulario específico proporcionado por la EEDE. En caso de tratarse de una persona extranjera, ésta deberá además presentar su Carné de Extranjería o Pasaporte. En caso el CLIENTE desee realizar operaciones en el extranjero deberá comunicar a la EEDE el periodo de tiempo y lugar de forma tal que la EEDE habilite el uso de la TARJETA JETCASH. En estos casos, cada operación que EL CLIENTE realice individualmente con la BILLETERA ELETRÓNICA JETCASH no podrá exceder el monto máximo de una (01) Unidad Impositiva Tributaria ni el número de 10 operaciones por día.
5.1.1.7. Las operaciones realizadas con la Cuenta General pueden ser realizadas en moneda nacional y extranjera.
5.1.1.8. En el Resumen de Condiciones que como Anexo N° 1, forma parte del presente CONTRATO, figura el número máximo de operaciones para cada tipo de operación.
5.1.2. Restricciones
5.1.2.1. EL CLIENTE como afiliado a nuestro servicio no puede tener más de una BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH asociada a un mismo número de celular y número de DNI.
5.1.2.2. Las operaciones que EL CLIENTE realice desde su MONEDERO JETCASH y que impliquen centavos serán aceptados considerando dos decimales (mínima denominación aceptada). Esto no aplica para las operaciones de conversión y disposición de efectivo.
6. PIN, Claves y Códigos usados en la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH:
6.1. El código de validación es de seis (06) dígitos, el cual se ingresa en el APP JETCASH para la activación de la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH. Una vez ingresado el código de validación EL CLIENTE procederá a crear el “PIN MONEDERO”, el cual es una clave secreta de cuatro (04) dígitos no consecutivos (1234) ni repetidos (1111) que crea EL CLIENTE.
6.2. EL CLIENTE al ingresar el “PIN MONEDERO” durante el proceso de Afiliación acepta que: (i) ha leído y está de acuerdo con los términos y condiciones manifestados en el presente CONTRATO, cuya copia se podrá a disposición para el mismo en nuestra página web xxx.xxxxxxx.xxx.xx y que (ii) se encuentra informado de que podrá realizar cualquier consulta o manifestar cualquier requerimiento en nuestra página web xxx.xxxxxxx.xxx.xx, en la línea telefónica del servicio de atención al cliente de la EEDE ( 01 615-6363) o por medio del correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx.
6.3. Al recibir LA TARJETA JETCASH, EL CLIENTE recibe automáticamente la “CLAVE TARJETA”, la cual es una clave secreta de cuatro (04) dígitos que se encuentran en un sobre lacrado, la cual le permite a EL CLIENTE consumir con LA TARJETA JETCASH.
6.4. Estas dos claves secretas sirven de identificación, aprobación y autorización de las operaciones de dinero electrónico.
6.5. EL CLIENTE asume toda la responsabilidad respecto al conocimiento y uso personal, exclusivo e intransferible de su “PIN MONEDERO” y su “CLAVE TARJETA” por lo tanto, no debe permitir que ningún tercero la conozca, de lo contrario, asume las consecuencias de su divulgación y mal uso, liberando así a la EEDE de toda responsabilidad que de ello se derive, debido a que todas las operaciones realizadas mediante el uso del “PIN MONEDERO” y la “CLAVE TARJETA” son consideradas como efectuadas y autorizadas por EL CLIENTE; salvo lo señalado en la cláusula 11.5 del presente contrato.
6.6. EL CLIENTE tiene la posibilidad de cambiar su “PIN MONEDERO” únicamente por medio del APP JETCASH.
6.7. EL CLIENTE tiene la posibilidad de cambiar su “CLAVE TARJETA” únicamente por medio de los ATM de la Red Unicard.
7. De la Activación xxx XXXXXXXX JETCASH y su Utilización
7.1. Para “Activar” su MONEDERO JETCASH debes ingresar el código de validación entregado previamente vía mensaje de texto.
7.2. Una vez activado el MONEDERO JETCASH, este tendrá como saldo disponible el monto del abono de recarga inicial efectuado en las ventanillas de Jet Xxxx xx Xxxx x Xxxxxxxxxx xxx Xxxx o en los establecimientos afiliados a JETCASH.
7.3. El uso xxx XXXXXXXX JETCASH por parte de EL CLIENTE para reconvertir el dinero electrónico a dinero físico, transferencias, cambios de clave, consulta de últimos movimientos, consulta de saldo, y pago de servicios y/o compras solo será aceptado en los establecimientos afiliados ingresando el PIN MONEDERO correcto en la APP JETCASH.
7.4. El uso xxx XXXXXXXX JETCASH por parte de EL CLIENTE para reconvertir el dinero electrónico a dinero físico, solo será aceptado en los establecimientos afiliados a JetCash ingresando el PIN MONEDERO correcto.
8. De la Activación de LA TARJETA JETCASH y su Utilización
8.1. Para “Activar” LA TARJETA JETCASH es necesario acercarse a las ventanillas de Jet Xxxx xx Xxxx x Xxxxxxxxxx xxx Xxxx o a establecimientos afiliados a JETCASH, con ayuda de personal capacitado se activará y entregará LA TARJETA JETCASH a EL CLIENTE de manera presencial.
8.2. Una vez activada LA TARJETA JETCASH, esta tendrá como saldo disponible el monto del abono de recarga inicial efectuado por medio xxx XXXXXXXX JETCASH y/o en las ventanillas de Jet Xxxx xx Xxxx x Xxxxxxxxxx xxx Xxxx o en los establecimientos afiliados a JETCASH.
8.3. El costo de LA TARJETA JETCASH, así como el monto mínimo para el abono de recarga inicial, son los que figuran en el Tarifario (Anexo N° 2), el cual forma parte integrante del presente contrato (en adelante, “TARIFARIO”).
8.4. LA TARJETA JETCASH tendrá una vigencia de 2 años, contados desde la fecha de la afiliación. Su renovación será automática a menos que EL CLIENTE efectúe una solicitud de no renovación por cualquier de los medios establecidos en el numeral 13.1.
8.5. El uso de LA TARJETA JETCASH por parte de EL CLIENTE para adquirir bienes y/o servicios, solo será aceptado en los establecimientos afiliados consignada en la TARJETA JETCASH (Mastercard o Visa) ingresando LA CLAVE TARJETA correcta en el Terminal de Punto de Venta(POS), en caso contrario la operación será denegada por la EEDE.
8.6. El uso de LA TARJETA JETCASH por parte de EL CLIENTE para reconvertir el dinero electrónico a dinero físico, solo será aceptado en los establecimientos afiliados ingresando la CLAVE TARJETA correcta en los Cajeros Automáticos de la red Unicard y/o Mastercard.
9. Agentes JETCASH
9.1. Los Agentes JETCASH está formada por la red de cajeros corresponsales, otros comercios, personas naturales y/o jurídicas afiliadas a la EEDE.
9.2. Por medio de los Agentes JETCASH solo se podrán realizar las operaciones de Conversión a Dinero Electrónico, Reconversión a Dinero Efectivo y Compras, aplicándose las condiciones y tarifas que se indican en el Anexo N° 2 al final de este contrato.
9.3. Los comercios y/o empresas afiliadas a JETCASH activos a nivel nacional se actualizarán periódicamente a través de la página web xxx.xxxxxxx.xxx.xx. Asimismo los comercios y/o empresas afiliados a JETCASH pueden ser modificados, ampliados, restringidos o cancelados por la EEDE, de acuerdo a sus políticas vigentes.
9.4. El importe de las operaciones que EL CLIENTE realice en los Agentes JETCASH, no puede sobrepasar los S/ 500.00 por operación o según disposición del establecimiento. La disponibilidad de efectivo para realizar operaciones así como el horario de atención de los comercios y/o empresas que formen parte de los Agentes JETCASH, depende de los mismos.
10. Cargo de Comisiones y Costos
10.1. El CLIENTE autoriza a la EEDE a debitar de su BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH las comisiones y gastos establecidos en el TARIFARIO, el cual EL CLIENTE declara conocer y aceptar mediante el presente CONTRATO.
10.2. El CLIENTE podrá utilizar su BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH para realizar transferencias, pago de servicios y/o compras, reconversión a dinero efectivo, con su CLAVE TARJETA o PIN MONEDERO, de acuerdo al saldo disponible. Estas operaciones tendrán comisiones y gastos como se indica en el TARIFARIO (Anexo Nº 2) de la EEDE.
10.3. La BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH cobra una comisión por concepto de mantenimiento por el servicio del mismo, el cual se detalla en el TARIFARIO (Anexo Nº 2)
10.4. Si la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH no registra operaciones durante diez (10) años, contados desde el momento en que se registró el último movimiento, y si durante este lapso EL CLIENTE no ha reclamado el saldo disponible, la EEDE procederá a transferirlo a la autoridad competente, según Ley No 29985.
11. Políticas de Seguridad y Pérdidas
11.1. Es responsabilidad de EL CLIENTE como titular de la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH: (A) Conservar y utilizar correctamente su BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH, según las condiciones para el uso, conservación y seguridad del mismo señalados en la Página Web (xxx.xxxxxxx.xxx.xx); (B) Mantener en reserva sus claves secretas vinculadas a la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH; (C) Aceptar las operaciones realizadas en la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH mediante sus claves secretas; (D) Notificar de inmediato a la EEDE la sustracción, extravío, robo de su MONEDERO JETCASH y/o LA TARJETA llamando al (00) 000-0000 la cual es la línea telefónica del servicio de atención al cliente, la EEDE no es responsable por la demora en el cumplimiento de la comunicación que son de exclusiva responsabilidad de EL CLIENTE.
11.2. EL CLIENTE quedará exento de responsabilidad por transacciones no autorizadas a partir de la fecha y hora en que comunique a la EEDE la sustracción, extravío o robo para proceder al bloqueo temporal o definitivo del servicio de dinero electrónico.
11.3. A solicitud de EL CLIENTE, LA EEDE podrá emitir una nueva BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH ante la sustracción, extravío o robo, siendo de aplicación todas las comisiones y gastos establecidos en el TARIFARIO.
11.4. La EEDE queda exento de responsabilidad respecto de las incidencias entre EL CLIENTE con los establecimientos comerciales afiliados (Mastercard, Visa y TARJETA JETCASH), así como, por cualquier tema relacionado a los bienes y/o servicios adquiridos con su BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH.
11.5. La EEDE no hará responsable a EL CLIENTE de ninguna pérdida, salvo se demuestre su responsabilidad, en los siguientes casos: (A) Clonación del soporte electrónico: MONEDERO JETCASH y/o LA TARJETA; (B) Operaciones realizadas luego de que EL CLIENTE bloqueó la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH; (C) Suplantación de EL CLIENTE en las ventanillas de Jet Xxxx xx Xxxx x Xxxxxxxxxx xxx Xxxx o en los establecimientos afiliados a JetCash ; (D) Funcionamiento defectuoso de los canales o sistemas de la EEDE para que EL CLIENTE realice las operaciones de su BILLETERA ELECTRONICA JETCASH; (E) Fallecimiento de EL CLIENTE cuyo procedimiento es determinado en la Página Web (xxx.xxxxxxx.xxx.xx).
12. Bloqueo de la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH
12.1. El CLIENTE podrá solicitar el bloqueo temporal o definitivo de su BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH según disponga, para lo cual deberá cursar una comunicación con la EEDE a través de los siguientes canales: (A) atención personal (en las ventanillas de Jet Xxxx xx Xxxx x Xxxxxxxxxx xxx Xxxx o en establecimientos afiliados a JETCASH); (B) vía telefónica. (615-6363). Asimismo, a solicitud de EL CLIENTE se le enviará el código de registro generado a través de los mismos canales de atención mencionados, con la salvedad de que EL CLIENTE pueda reabrir su BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH en el futuro.
12.2. EL CLIENTE podrá solicitar el bloqueo temporal o definitivo de su BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH en caso de extravío, sustracción, robo, hurto o uso no autorizado de la misma, inmediatamente después de ocurrido cualquiera de estos hechos. Para bloquear el servicio de dinero electrónico se podrá realizar a través de los siguientes canales: página web (xxx.xxxxxxx.xxx.xx) o llamando al 000-0000 (atención las 24 horas del día, todo el año). Comunicación que deberá quedar registrada por la EEDE de manera fehaciente, señalando su fecha, hora y contenido. Por cada comunicación, la EEDE debe generar un código de registro a ser informado a EL CLIENTE como constancia de la recepción de dicha comunicación.
12.3. La EEDE podrá bloquear automáticamente de manera temporal la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH, unilateralmente y sin previo aviso, en los siguientes casos:
12.3.1. Cuando la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH de EL CLIENTE no tenga saldo disponible en el lapso de uno (01) mes.
12.3.2. Cuando la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH de EL CLIENTE no presente ninguna operación en el lapso de un (01) mes.
12.3.3. En caso de incumplimiento de alguna de las disposiciones, condiciones u obligaciones establecidas en el presente CONTRATO.
12.3.4. Cuando se haya presentado información y/o documentación falsa o inexacta a la EEDE y otros casos de aplicación de normas prudenciales emitidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, conforme al artículo 85 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
12.3.5. Por razones de seguridad ante indicios de operaciones inusuales, irregulares o sospechosas en el uso de su BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH.
12.3.6. Cuando razonablemente se sospeche que EL CLIENTE podría estar utilizando la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH con fines ilícitos.
12.3.7. Cuando EL CLIENTE fallé más de 3 veces consecutivas al ingresar su PIN MONEDERO en el APP JETCASH.
En los casos mencionados en el numeral 12 del presente contrato, mediante aviso previo la EEDE comunicará a EL CLIENTE que no ha cumplido con lo normado, por ende dará un plazo de siete (7) días calendario para que subsane las observaciones que se le comunique y de no subsanar los mismos se procederá a la resolución del contrato o el bloqueo de la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH.
13. Comunicaciones
13.1. Los canales de comunicación que EL CLIENTE tiene con la EEDE, y donde puede presentar cualquier consulta, requerimiento o reclamo son los siguientes:
- Página Web: xxx.xxxxxxx.xxx.xx
- Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx
- Central telefónica del servicio de Atención al Usuario: 615-6363.
- Ventanillas de Jet Perú en Lima y Provincias del Perú.
- Establecimientos afiliados a JETCASH.
El procedimiento de atención de consultas, reclamos o requerimientos lo encuentras en:
- Página Web: xxx.xxxxxxx.xxx.xx
- Ventanillas de Jet Perú en Lima y Provincias del Perú.
- Establecimientos afiliados a JETCASH
13.2. Los canales de comunicación que la EEDE tiene con EL CLIENTE, debido a cualquier cambio contractual de alguno de los documentos entregados son:
- Correos electrónico
- Llamadas telefónicas
- Comunicaciones al domicilio
- Mensajes de texto (SMS).
14. Fideicomiso de Garantía
La EEDE constituirá una cuenta fiduciaria por el valor del dinero electrónico emitido, la misma que será administrada por un Fiduciario, que será una entidad autorizada para ello de acuerdo a la Ley No 29985 y a las normas vigentes de la SBS- Resolución No 6283-2013, a fin de garantizar la solvencia del Servicio de Dinero Electrónico (el “Fideicomiso en Garantía”).
15. Modificaciones Contractuales
15.1. La EEDE ante cualquier variación, creación, restricción, supresión o modificación de cualquier naturaleza de los términos y condiciones del presente CONTRATO, así como de las comisiones y gastos establecidos en el TARIFARIO, y cualquier otra estipulación, así como las modificaciones contractuales referidas a la resolución del CONTRATO por causal distinta al incumplimiento, la limitación o exoneración de responsabilidad por parte de la EEDE y la modificación o supresión de los servicios brindados o la inclusión de nuevos que la EEDE decida incorporar, serán informadas a EL CLIENTE con 45 días de anticipación.
Teniendo EL CLIENTE este plazo para señalar su no conformidad, y de no realizar dicha acción se tendrá por aceptadas las nuevas condiciones, no pudiendo en el futuro desconocerla o tacharla de insuficiente. La comunicación se dará mínimo por dos de cualquiera de los siguientes medios: (i) correos electrónicos, (ii) llamadas telefónicas, (iii) comunicaciones al domicilio o (iv) mensajes de texto (SMS1), a elección de la EEDE. En caso la modificación implique condiciones más favorables para EL CLIENTE, esta comunicación podrá realizarse a través de publicaciones en las ventanillas de Jet Xxxx xx Xxxx x Xxxxxxxxxx xxx Xxxx, establecimientos afiliados y/o en la página web xxx.xxxxxxx.xxx.xx.
15.2. Las partes acuerdan que los medios de comunicación descritos en el párrafo que antecede son los más idóneos para que EL CLIENTE esté en capacidad de tomar previo y adecuado conocimiento de las modificaciones antes mencionadas. Asimismo, estas modificaciones y la fecha o momento en que entrarán en vigencia serán comunicadas con una anticipación no menor de cuarenta y cinco (45) días calendario, salvo que las modificaciones impliquen opciones o derechos que constituyan facilidades adicionales a las existentes o condiciones más favorables para el CLIENTE, en cuyo caso podrán ser aplicadas de manera inmediata. Las nuevas condiciones serán de cumplimiento obligatorio, sin necesidad que ambas partes suscriban o celebren un nuevo contrato.
15.3. Cuando se trate de modificaciones contractuales referidas a comisiones y gastos y estas generen un perjuicio a EL CLIENTE y se comunique mediante (i) correos electrónicos, (ii) llamadas telefónicas, (iii) comunicaciones al domicilio o (iv) mensajes de texto (SMS), estos deben incluir la totalidad de la modificación realizada, destacando aquellos conceptos que serán materia de cambio y señalando expresamente en que consiste a fin de permitir a los usuarios tomar conocimientos de ellos. Asimismo se deberá remitir a EL CLIENTE de manera precisa y puntual, como mínimo, a dos medios de comunicación que permitan a EL CLIENTE acceder y conocer la información completa de las referidas modificaciones.
15.4. Con respecto a las comunicaciones previamente mencionadas en los numerales 15.1 al 15.3 la EEDE debe indicar de manera expresa que se trata de una modificación en las condiciones pactadas, destacando los incisos o conceptos que se modificarán y señalando en que consiste con el fin de que EL CLIENTE tenga pleno conocimiento de ellos. De la misma forma dando la posibilidad a EL CLIENTE de dar por concluida la relación contractual conforme a los términos del contrato. La EEDE debe poseer constancia respecto de las comunicaciones realizadas a EL CLIENTE.
15.5. EL CLIENTE de no estar conforme con alguna modificación del presente CONTRATO, podrá cancelar(bloquear definitivamente) su BILLETERA ELECTRONICA JETCASH, sin penalidad alguna; debiendo para ello manifestar con 45 días de anticipación su disconformidad y solicitar expresamente la resolución del presente Contrato mediante una comunicación a través de los canales que LA EEDE pone a disposición de EL CLIENTE: (A) atención personal (en las ventanillas de Jet Xxxx xx Xxxx x Xxxxxxxxxx xxx Xxxx o en los establecimientos afiliados JETCASH); (B) comunicación escrita (xxx.xxxxxxx.xxx.xx) (C) correo electrónico (xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx) o D) vía telefónica (615-6363).
16. Responsabilidades y Derechos como Usuario de la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH
16.1. El CLIENTE con carácter de declaración jurada, señala que la información proporcionada a la EEDE según LA FICHA es auténtica, autorizando a la EEDE a confirmarla, y asumiendo EL CLIENTE la sanción de la misma en caso no sea fidedigna.
16.2. Es responsabilidad de EL CLIENTE cualquier transacción que realice, independiente de la titularidad del teléfono celular ya que declara y conoce que la titularidad de su MONEDERO JETCASH está asociado al teléfono celular afiliado.
16.3. Para que EL CLIENTE modifique sus datos de contacto deberá comunicarse con la EEDE por los medios establecidos en el numeral
13.1. En caso EL CLIENTE no comunique sobre modificación de sus datos de contacto libera a la EEDE de toda responsabilidad que de ello se deriven.
16.4. Si EL CLIENTE cambia el número de su teléfono celular afiliado al servicio de BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH este se sujeta al bloqueo definitivo de su BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH con el número antiguo.
16.5. EL CLIENTE puede “Cancelar” o “Bloquear” su BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH debido a las siguientes razones:
- Por baja de la línea telefónica a solicitud de EL CLIENTE o por decisión del Operador de Telefonía Móvil en los siguientes supuestos: por fraude, por cambio de operador móvil, por pérdida, por robo, entre otros.
- Por insatisfacción con las modificaciones del CONTRATO.
- Por insatisfacción con el servicio de la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH.
16.6. Cualquier error de digitación cuando EL CLIENTE ingresa información para realizar operaciones es de su entera responsabilidad; por lo que EL CLIENTE declara conocer que las operaciones que realiza y autoriza por medio de su PIN MONEDERO o CLAVE TARJETA, no pueden ser extornadas, eliminadas o modificadas una vez autorizadas.
16.7. En caso de fallecimiento de EL CLIENTE, sus deudos pueden reclamar el saldo de la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH presentando la siguiente documentación: (i) una solicitud de entrega de saldos / consulta de saldos con firma legalizada; (ii) copia de sus documentos de identidad (iii) acreditar su calidad de sucesores, presentándola declaratoria de herederos (sucesión intestada) o testamento (sucesión testada) debidamente inscrito en el Registro Público de Sucesiones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (“SUNARP”). Esta información se entrega en nuestra oficina, cuya dirección se encuentra publicada en nuestro sitio web: xxx.xxxxxxx.xxx.xx. Luego de que los deudos de EL CLIENTE hayan reclamado el saldo de la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH, se procederá a cancelarla.
1Los mensajes de texto o SMS serán considerados como medios de comunicación directos válidos siempre que de manera adicional a invocar la causal de modificación o resolución, cumplan con incluir (en caso corresponda) el derecho que le asiste al cliente de resolver el contrato en caso las modificaciones le resulten perjudiciales. Asimismo, para el caso de operaciones activas, deberá incluirse la forma en que procederá al pago de la obligación asumida, otorgando un plazo razonable para que el cliente pueda encontrar otro mecanismo de financiamiento en caso lo considere necesario, el que deberá ser no menor a cuarenta y cinco (45) días, según lo establecido en el artículo 32° del Reglamento de Transparencia.
16.8. EL CLIENTE autoriza a debitar o subsanar de su saldo el monto total de los daños económicos determinado por un órgano competente generados por fraudes, robos, sustracciones u otras pérdidas que se hayan originado por actos de la responsabilidad de EL CLIENTE.
16.9. EL CLIENTE autoriza a la EEDE a dar instrucciones en su nombre al fideicomiso, según lo estructurado en la Ley No. 29985 y a la Resolución SBS No. 6283-2013, sobre operaciones desde y/o hacia la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH que EL CLIENTE realice.
16.10. Con respecto a las disposiciones y los requerimientos legales establecidos por la SBS o cualquier otro ente regulador autorizado por la normativa legal vigente EL CLIENTE autoriza a compartir su información para el cumplimiento de las mismas. Del mismo modo, EL CLIENTE autoriza a la EEDE o a cualquier tercero que por encargo de este lo contacten por cualquier medio, incluye SMS, correos electrónicos, entre otros, para informarle sobre sus operaciones y sobre promociones del servicio, según lo establecido en la Ley No 28493.
16.11. EL CLIENTE al ser destinatario de alguna operación autoriza expresamente a remitir su nombre completo con el fin de facilitar la confirmación de su identidad.
17. Responsabilidades y Derechos de la EEDE
17.1. La EEDE tiene como responsabilidad entregar el presente CONTRATO, Resumen de Condiciones, Tarifario y Manual de Usuario, los mismos que se pondrán a disposición de EL CLIENTE de acuerdo al canal acordado entre las partes y dando cumplimiento a lo normado por el artículo 14º-B de la Resolución SBS Nº 6283-2013.
17.2. La EEDE nunca y bajo ninguna circunstancia solicitará a EL CLIENTE por ningún medio su PIN MONEDERO o CLAVE TARJETA.
17.3. La EEDE no se hace responsable por la idoneidad, calidad y cantidad de los productos y/o servicios que EL CLIENTE adquiera a terceros proveedores a través de su BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH.
17.4. La calidad o autenticidad de los billetes recibidos por EL CLIENTE en los Agentes JETCASH y cajeros automáticos afiliados (ATM) no será responsabilidad de la EEDE, siempre que no haya presentado su reclamo en el instante en el que recibe su dinero.
17.5. Cuando se trate de la aplicación de normas prudenciales emitidas por la SBS, esto conforme el artículo 85 del Código de Protección y Defensa del Consumidor- Ley No. 29571, la EEDE podrá aplicar medidas de resolución o suspensión del servicio mediante el bloqueo de la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH de EL CLIENTE. En cualquier caso, estas medidas serán comunicadas a EL CLIENTE para que un plazo máximo de 7 días calendario subsane las omisiones o hechos en que haya incurrido.
17.6. La cobertura de la señal celular del Operador de Telefonía Móvil e Internet de EL CLIENTE no es responsabilidad de la EEDE, por lo tanto no garantiza que el servicio de la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH esté disponible en zonas donde no exista cobertura celular.
17.7. La EEDE no es responsable del rechazo de las operaciones por falta de saldo de dinero electrónico en la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH de EL CLIENTE (sobre la cual se cargan las comisiones que resulten aplicables).
18. Autorización para el Tratamiento de tus datos personales 22:
18.1. Conforme a lo normado por la Ley Nº 29733, Ley de Protección de Datos Personales y su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 003-2013-JUS la información proporcionada por EL CLIENTE será considerado como Datos Personales, por lo tanto EL CLIENTE brinda su consentimiento libre, previo y expreso para que estos datos sean tratados por la EEDE los cuales pueden ser recopilados, registrados, organizados, almacenados, conservados, modificados, bloqueados, suprimidos, extraídos, consultados, utilizados, transferidos o procesados. En caso contrario EL CLIENTE posee total libertad de revocar su consentimiento conforme a la Ley de Protección de Datos Personales y su reglamento.
18.2. Al dar esta autorización, EL CLIENTE acepta que (i) la EEDE pueda emplear sus datos personales para los fines del Servicio y/o ejecución del presente CONTRATO; (ii) transferir sus datos personales a terceras personas para este fin (dentro o fuera del país), vinculadas o no a la empresa, nacionales o extranjeras, públicos o privados; (iii) el envío de información sobre los productos y servicios ofrecidos por la EEDE; (iv) solicitudes de información para efectos del monitoreo de control de calidad y encuestas; (v) publicidad e información en general.
18.3. EL CLIENTE queda informado de que tiene el derecho a no proporcionar sus datos personales (a excepción de los datos que sean necesarios para la ejecución y desarrollo del presente CONTRATO) y que si no nos lo proporciona no podremos tratar sus datos personales en la forma aquí explicada.
18.4. EL CLIENTE puede cancelar su consentimiento para tratar sus datos personales en cualquier momento. Para ejercer este derecho deberá comunicarse: (i) a la línea telefónica de servicio de atención al cliente de la empresa (01 615-6363); (ii) a nuestra página web xxx.xxxxxxx.xxx.xx o (iii) a xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx.
19. Lavado de Activos y/o Dinero:
19.1. EL CLIENTE acepta y suscribe, por medio del presente CONTRATO, a las políticas que la EEDE tiene respecto a las leyes y regulaciones que le son aplicables referidas a la Prevención xxx Xxxxxx de Activos y del Financiamiento del Terrorismo tal y como la Resolución SBS No 2660-2015 lo indica.
2Respecto a la presente clausula, se deberá tener en cuenta lo establecido en la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, y su Reglamento aprobado mediante D.S 003-2013-JUS; regulación bajo competencia de la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales.
19.2. EL CLIENTE acepta poner a disposición toda información relacionada a la emisión, entrega, ingreso de fondos y uso de la BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH; además de Operaciones siempre y cuando autoridades administrativas, judiciales o de investigación competentes la soliciten de acuerdo a los conductos regulados.
19.3. EL CLIENTE al firmar el presente CONTRATO acepta y garantiza que los fondos a utilizar para la ejecución de su BILLETERA ELECTRÓNICA JETCASH no tienen ni tendrán como origen actividades relacionadas al terrorismo, narcotráfico u otras actividades ilegales.
20. Resolución de conflictos
Para el caso de cualquier controversia o discrepancia derivada de la ejecución y/o interpretación de este contrato, las partes se someten a la competencia de los jueces y tribunales de la jurisdicción donde se suscribió el contrato.
21. Cláusula de Jurisdicción Aplicable
La Jurisdicción competente del presente contrato es el lugar donde se ha suscrito el mismo, siendo en ……………………….. a los del
mes …..……………. del año …..…………….