AYUNTAMIENTO DE VILLAMURIEL DE CERRATO (PALENCIA)
AYUNTAMIENTO DE VILLAMURIEL XX XXXXXXX (XXXXXXXX)
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D. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villamuriel xx Xxxxxxx, en uso de las facultades que me confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases del Régimen Local, y considerando conveniente el arrendamiento para la temporada xx xxxxxx de 2013 del bar sito en el paraje “Xxxx Xxxxxxx”, de este municipio, por la presente, RESUELVO APROBAR LA CONTRATACIÓN DEL ARRENDAMIENTO DEL REFERIDO BAR, CON ARREGLO AL SIGUIENTE
“PLIEGO DE CONDICIONES QUE HA DE REGIR LA CONTRATACION POR SUBASTA DEL ARRENDAMIENTO DEL BAR DEL PARAJE “XXXX XXXXXXX” DE VILLAMURIEL XX XXXXXXX EN LA TEMPORADAS 2013 PARA SU EXPLOTACION COMERCIAL.-
1.- Objeto del contrato y forma de contratación.
Constituye el objeto del contrato el arrendamiento para su explotación comercial del Bar situado en el paraje “Xxxx Xxxxxxx” (antigua “Casa del Esclusero”) de Villamuriel xx Xxxxxxx en las temporada xx xxxxxx del presente año 2013. La citada explotación comercial debe ser inexcusable y exclusivamente para el negocio de bar.
La forma de contratación es mediante subasta pública.
Al arrendatario se le entregará por el Ayuntamiento, para su explotación comercial directa, junto con el edificio, el mobiliario, los enseres y maquinaria existentes dentro del mismo, cuyo inventario consta en el anexo I del presente pliego. El arrendatario no podrá reclamar al Ayuntamiento más mobiliario, maquinaria y enseres que los inventariados.
2. Tipo de licitación.
El precio base de la licitación será de SETENTA Y CINCO EUROS (75 €) por toda la temporada del año 2013.
Las proposiciones que se presenten deben ir al alza sobre la cantidad citada.
En caso de quedar desierta la subasta por falta de proposiciones, el Ayuntamiento queda facultado para adjudicar el mismo directamente por el precio base de licitación.
3.- Duración del contrato.
El plazo de arrendamiento es únicamente por la temporada xx xxxxxx del presente año: desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre de 2013, pudiendo prorrogarse por mutuo acuerdo de las partes hasta el 31 de octubre de 2013.
Concluida la temporada de 2013 el arrendatario deberá devolver al Ayuntamiento el edificio junto con mobiliario, maquinaria y enseres, en perfecto estado de conservación y funcionamiento.
4.- Obligaciones del arrendatario.
El adjudicatario del contrato de arrendamiento estará obligado a lo siguiente:
a) Pagar el precio del contrato antes de comenzar la explotación del bar y, en todo caso, antes del 12 de julio de 2013.
b) Pagar los suministros de energía eléctrica y de agua habidos durante el tiempo de arrendamiento, aunque los recibos de los mismos vengan a nombre del Ayuntamiento.
c) Explotar el bar de forma directa y personal y bajo su plena responsabilidad como autónomo, sin perjuicio de que pueda contratar, por su cuenta y riesgo, personal a su servicio, sin que éste adquiera derecho alguno frente al Ayuntamiento.
d) La limpieza del edificio y de su entorno. Las basuras que recoja el arrendatario deberá depositarlas en el contenedor más próximo.
e) Cumplir las condiciones vigentes en materia sanitaria, mediambiental, fiscal, laboral y seguridad social, de seguridad, salud e higiene en el trabajo, etc., que el ejercicio de la actividad lleva consigo, debiendo estar en todo momento en situación reglamentaria para el ejercicio de la misma.
f) Tener abierto al público el local al menos durante el horario siguiente: xx xxxxxx a viernes de las 17 a las 21 horas, y los sáabados, domingos y festivos desde las 12 hasta las 21 horas. Este horario podrá ser ampliado por el arrendatario hasta el máximo permitido por la normativa vigente.
g) Exponer al público en lugar visible la lista de precios de todos los artículos y géneros que se expendan.
h) Todas las que se deriven del contrato de arrendamiento, de las establecidas en la legislación vigente, y de las órdenes que al efecto pueda dictar la Alcaldía del Ayuntamiento.
i) Contratar, a su xxxxx, una póliza de seguro de responsabilidad civil de la explotación del bar, con una garantía mínima de treinta mil euros (30.000 €) entregando al Ayuntamiento una copia de la misma.
j) Depositar en el Ayuntamiento, antes de comenzar la explotación del bar, una fianza en metálico de cuatrocientos euros (400 €).
k) Xxxxxx con esmero el mobiliario, la maquinaria, los enseres y el edificio, no pudiendo realizar obras en éste sin autorización escrita del Sr. Alcalde.
l) El arrendatario no podrá expender artículos en envase de cristal, salvo que los artículos expendidos se consuman íntegramente dentro del edificio del bar.
m) Cualquier tipo de reforma que desee realizar el arrendatario en las instalaciones que se le entregan deberá contar previamente con la autorización expresa del Ayuntamiento, sin la cual no podrá realizarse reforma u obra alguna. Estas reformas, en caso de concederse autorización para su realización, correrán a cargo del arrendatario y quedarán en beneficio del local.
n) Estar dado de alta o darse de alta en el epígrafe correspondiente deImpuesto sobre Actividades Económicas, así como en el Régimen Especial de Autónomos de la Seguridad Social.
o) A la obtención del carnet de manipulador de alimentos, en caso de no poseerlo.
p) Destinar lo arrendado exclusivamente a la actividad de bar, sin que quepa la organización ni explotación de otro tipo de actividades como puedan ser discotecas, móviles o no, actuaciones orquestales, etc
5.- Xxxxxx y xxxxxxx.
El contrato de arrendamiento que se establezca entre el Ayuntamiento y el arrendatario se realizará a riesgo y xxxxxxx de éste último, y no tendrá derecho a indemnización alguna por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados con motivos del contrato, o por finalización de éste.
6.- Garantía provisional y definitiva
No se exige garantía provisional para participar en la licitación. La garantía definitiva será de cuatrocientos euros (400 €).
7.- Gastos y tributos por cuenta del contratista
El arrendatario queda obligado al pago de los permisos y tributos que procedan como consecuencia del contrato de arrendamiento y, en general, de todos los gastos que se deriven del mismo y su formalización.
8.- Resolución del contrato
Aparte de las causas de resolución del contrato previstas en el artículo 223 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (aprobado por Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre), serán causas de resolución del contrato las siguientes:
a) Por razones de notable interés público, cambio o ampliación del objeto del contrato.
b) Por incumplimiento del arrendatario de las obligaciones contenidas en la cláusula cuarta de este pliego.
c) Por el ejercicio de actividades ilegales o inmorales en los locales arrendados para su explotación, y por grave escándalo público en los mismos.
d) La retirada de la concesión demanial por la Confederación Hidrográfica xxx Xxxxx o su prohibición de que el edificio se destine a bar.
9.- Criterios que han de servir de base para la adjudicación.
El contrato se adjudicará al mejor postor en la subasta. En caso de empate en la oferta más alta, se dirimirá mediante sorteo entre los ofertantes igualados en la mejor oferta.
10.- Proposiciones y documentación complementaria
Las proposiciones se presentarán en las oficinas del Ayuntamiento, de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, hasta el día 27 xx xxxxx inclusive. Cuando las proposiciones se presenten por correo, el remitente lo comunicará por fax o telegrama al Ayuntamiento en el mismo día que se efectúe la imposición del envío en la oficina de correos, siendo el fax del Ayuntamiento el 979 -77 61 96.
Las proposiciones, que deberán estar firmadas por los licitadores, se presentarán en sobre cerrado, con la inscripción "PROPOSICION ARRENDAMIENTO BAR DEL XXXX XXXXXXX DE VILLAMURIEL XX XXXXXXX".
Dentro de este sobre mayor se contendrán otros dos sobres, A y B, cerrados, con la misma inscripción referida en el apartado anterior, y un subtítulo.
El sobre A se subtitulará "DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA", y contendrá:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del licitador.
d) Declaración responsable de no estar incurso en las causas de prohibición de contratar con la Administración previstas en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (aprobado por Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre). Tal declaración se cumplimentará según el modelo que se adjunta a este pliego como anexo II.
El sobre B se subtitulará "OFERTA ECONOMICA”, y contendrá:
a) La proposición económica con arreglo al siguiente
MODELO
D. ..............................................................................., mayor de edad, con DNI nº
……………….de profesión ........................, domiciliado en C/
................................................ del municipio de ............................................., con DNI
nº. ........................, y nº. de teléfono ......................, en nombre propio, teniendo conocimiento de la convocatoria de la subasta anunciada por edicto en los tablones de anuncios de este Ayuntamiento, toma parte en la misma y se compromete a tomar en arrendamiento el bar ubicado en el edificio sito en el Xxxx Xxxxxxx de Villamuriel xx Xxxxxxx para su explotación comercial directa y personal en la temporada xx xxxxxx de 2013 por el precio de euros (en letra
y número) por toda la temporada con arreglo al pliego de cláusulas que lo regula y que acepta íntegramente.
Y HACE CONSTAR:
1.- Que cumple todas y cada una de las condiciones exigidas en el pliego de condiciones para la adjudicación del contrato.
2.- Que acepta plenamente todas las cláusulas xxx xxxxxx de condiciones y todas las demás obligaciones que se deriven si resulta adjudicatario del contrato.
3.- Que no figura en ninguno de los supuestos de prohibición para contratar con la Administración enumerados en del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (aprobado por Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre).
4.- Que adjunta la documentación exigida para participar en la subasta.
En………......................, a ...... de ..................... de ……...
Firma
11.- Constitución de la Mesa, apertura de plicas y adjudicación del contrato
1.- La constitución de la Mesa y apertura de plicas tendrá lugar en el Salón de Actos del Ayuntamiento a las 13 horas del día 28 xx xxxxx de 2013, siendo el acto público.
La Mesa de Contratación estará integrada del siguiente modo:
- Presidente: El Alcalde, o Concejal en quien delegue.
- Vocales: El Concejal Presidente de la Comisión Participación Ciudadana, Juventud y Festejos.
El Concejal portavoz del Grupo Popular, o Concejal en quien delegue,
El Concejal portavoz del Grupo socialista, o Concejal en quien delegue. El Concejal portavoz del grupo de Izquierda Unida.
El Secretario-Interventor de la Corporación.
- Secretario: un empleado de las oficinas municipales de la plantilla del Ayuntamiento.
2.- La Mesa de Contratación procederá a la apertura del Sobre «A» y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos.
A continuación, procederá a la apertura y examen del sobre «B», que contiene la propuesta económica.
A la vista de las propuestas económicas presentadas, la Mesa de Contratación propondrá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa.
3.- El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
Preserntada dicha documentación y depositada la garantía definitiva por el adjudicatario provisional, el Alcalde efectuará la adjudicación definitiva del contrato de arrendamiento, caso de proceder.
12.- Régimen jurídico.
El contrato de arrendamiento que se firme entre el Ayuntamiento y el adjudicatario tendrá naturaleza privada, rigiendo para su preparación y adjudicación normas de derecho administrativo, y para sus efectos y extinción normas de derecho privado.
En lo no previsto en las presentes cláusulas regirán las normas de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases de Régimen Local, la legislación básica contenida en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, (RGLCAP) Real Decreto Legislativo 781/1986 (TRRL), de 18 xx xxxxx, las normas del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (aprobado por Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre), y, en su defecto, las normas de Derecho Privado aplicables.
ANEXO I: INVENTARIO DEL BAR XXXX XXXXXXX
MOBILIARIO PLANTA BAJA
• BALDA/ESTANTERIA PARED GRANDE 2 UNID.
• BALDA/ESTANTERIA PARED MEDIANA 2 UNID.
• BALDA/ESTANTERIA PARED PEQUEÑA 1 UNID.
• VITRINA CRISTAL LARGA 1 UNID.
• ARMARIO MADERA PARA VASOS 2 UNID.
• ARMARIO METAL CAFETERA 1 UNID.
• BARRA DE BAR MADERA EN FORMA DE L 1 UNID.
• MESA METAL CON FREGADERO 1 UNID.
• SOPORTE METAL TELEVISIÓN 1 UNID.
• TABURETES MADERA 4 UNID.
• MESA PEQUEÑA VERDE 1 UNID.
• MESAS MADERA COLOR HAYA CUADRADA 3 UNID.
• MESA GRANDE MADERA 1 UNID.
• BANCOS SIN RESPALDO PEQUEÑOS MADERA 13 UNID.
• BANCOS SIN RESPALDO MEDIANOS MADERA 2 UNID.
• BANCOS SIN RESPALDO GRANDES MADERA 4 UNID.
• MESAS BLANCAS DE TERRAZA REDONDAS 4 UNID.
• PATAS DE MESAS BLANCAS TERRAZA REDONDA 16 UNID.
(Algunas están rotas)
• SILLAS TERRAZA BLANCAS 19 UNID.
• SOMBRILLAS 2 UNID.
• PIE DE SOMBRILLAS (PIEDRAS) 2 UNID.
• VENTILADOR TECHO BLANCOS 3 UNID.
• FAROLILLOS LAMPARAS NEGRAS 6 UNID.
• EXTINTOR 1 UNID.
MOBILIARIO PLANTA BAJA
• MESA MADERA MEDIANA 4 UNID.
• MESA MADERA GRANDE 1 UNID.
• BANCOS MADERA CON RESPALDO MEDIANOS 7 UNID.
• BANCOS MADERA CON RESPALDO GRANDES 1 UNID.
• FAROLILLOS LAMPARA NEGROS 4 UNID.
• VENTILADORES PEQUEÑOS DE PARED 2 UNID.
• EXTINTOR 1 UNID.
MOBILIARIO BAÑO
• ESPEJO 2 UNID.
• POSA JABÓN 2 UNID.
• BARRA TOALLERO 2 UNID.
• SOPORTE PAPEL HIGIÉNICO 2 UNID.
• PAPELERA BAÑO 1 UNID.
• ESCOBILLA BAÑO 2 UNID.
MAQUINARIA
• CAFERTERA 1 UNID.
• MOLINILLO CAFÉ 1 UNID.
• CÁMARA FRIGORÍFICA 3 PUERTAS 1 UNID.
• LAVAVAJILLAS PEQUEÑO 1 UNID.
• REJILLA GRANDE PLÁSTICO LAVAVAJILLAS 1 UNID.
• REJILLA PEQUEÑA PLÁSTICO LAVAVAJILLAS 1 UNID.
ENSERES
• CEPILLO GRANDE 1 UNID.
• PAPELERA PEQUEÑA 1 UNID.
• CUADROS DIVERSOS 3 UNID.
• PAPELERA/CUBO MEDIANOS 2 UNID.
• CUBO FREGONA Y FREGONA 1 UNID.
• JARRA METAL PARA LECHE 2 UNID.
• JARRA PEQUEÑA METAL PARA INFUSIONES 3 UNID.
• ESTANTERIA METAL CON 6 BALDAS 1 UNID.
• VASOS CRISTAL DIFERENTES MODELOS 170 UNID.
• PORRONES CRISTAL 2 UNID.
• PLATOS CAFÉ 26 UNID.
• TABLA CORTAR MADERA 1 UNID.
• CENICEROS DIFERENTES MODELOS 13 UNID.
• TAZAS CAFÉ DIFERENTES MODELOS 16 UNID.
• ARMARIO BOTIQUÍN VACÍO 1 UNID.
• BANDEJA DE METAL 1 UNID.
• CUCHARILLAS CAFÉ 1 UNID.
• VINAGRERA/ ACEITERA 1 UNID.
• MORTERO DE MADERA SÓLO EL CUENCO 1 UNID.
• RECOGEDOR 1 UNID.
• PLATOS DIFERENTES MODELOS PLANOS 30 UNID.
• QUEMADOR PARA LA PLANCHA 1 UNID.
• CESTA PEQUEÑA 1 UNID.
• BOMBONAS DE BUTANO 3 UNID.
• EXTINTORES 2 UNID.
• XXXXXXXX 0 XXXX.
XXXXX XX : FORMULARIO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
Don/ña declara, bajo su
responsabilidad, que no está incurso en ninguno de los supuestos de prohibición para contratar con la Administración enumerados en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (aprobado por Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (aprobado por Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre) la Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.- (Fecha y firma)”.
que apruebo mediante el presente Decreto, y ordeno su plublicación mediante edictos en los tablones de anuncios del Ayuntamiento, en Villamuriel xx Xxxxxxx, a 13 xx xxxxx de 2013.
Ante mi,
EL ALCALDE EL SECRETARIO
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx