PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA G.I.A.H.S.A. (HUELVA)
052.15
PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA G.I.A.H.S.A. (HUELVA)
CUADRO RESUMEN DE CONDICIONES
052.15 PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA G.I.A.H.S.A. (HUELVA) | |
Lugar de entrega | Sede de GIAHSA, sita en Aljaraque, Xxxxxxxxx X 000, Xxxxxxxxx 0 |
EMAIL DE CONTACTO Y CONSULTAS (sólo se admite este medio escrito de consulta en referencia a posibles dudas acerca xxx Xxxxxx) | |
Xxxxx Xxxxxx de Presentación de Ofertas | A las 13.00 del día 15 xx xxxxx de 2017 |
Fecha Apertura del Sobre | Se comunicará fecha y hora a través de correo electrónico. |
CPVS | 50532000-3 perteneciente a “Servicios de reparación y mantenimiento de maquinaria eléctrica, aparatos y equipos asociados” |
Tipo de Licitación: * No tiene consideración de Máximo. | 1.527.031,48 € excluido IVA, dividido en los siguientes lotes: LOTE 1: 846.917,57 € excluido IVA LOTE 2: 680.113,91 € excluido IVA * Cada empresa podrá optar unicamente a la adjudicación de un lote según puntuación y prioridad. |
Duración Máxima del Servicio | 6 AÑOS (4 años + 2 de prórroga) |
Autorización como Empresa Instaladora de Alta Tensión en Categoría AT1 | |
Autorización como Empresa Instaladora de Baja Tensión categoría Especialista | |
Requisitos mínimos: (SIEMPRE EN SOBRE B) desglosado con detalle en el PPT. | Acreditar debidamente ser proveedores de servicios energéticos y acreditar disponer en el conjunto de empleados dedicados al desarrollo del servicio especificado en esta licitación al menos con un auditor energético |
Clasificación Grupo I Subgrupo 9 Categoría d O Grupo P Subgrupo 1 Categoría 3. | |
Medios humanos adscritos al contrato (Art. 2.5 PPT) | |
Medios Técnicos ( incluyendo instalaciones y maquinaria) | |
Procedimiento de adjudicación | Abierto con publicación DOUE y publicación web |
Publicación DOUE | DOUE nº 2017/S 086-168937, 00 xx xxxx 0000 |
*No se admiten variantes.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA G.I.A.H.S.A. (HUELVA)
ÍNDICE
Artículo 1.-OBJETO XXX XXXXXX
Artículo 2.-RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE Artículo 3.-ANUNCIO DE LA CONVOCATORIA Artículo 4.-PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Artículo 5.-EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Artículo 10.-OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO Artículo 11.-RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS Artículo 12.-FACTURACIONES Y PAGOS
Artículo 13.-GARANTÍA PROVISIONAL Y DEFINITIVA Artículo 14.-SEGUIMIENTO DEL CONTRATO
Artículo 15.-PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Artículo 16.-MESA DE CONTRATACIÓN
Artículo 17.-PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO Artículo 18.-FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Artículo 19.-FUERO
ANEXOS
Anexo 1.-Condiciones Generales Contratación Servicios Anexo 2.-Compromiso Social, Medioambiental y Laboral
Anexo 3.-Declaración Responsable Y Formulario U.T.E (si procede) Anexo 4.-Prevención de Riesgos Laborales
Anexo 5.-Confidencialidad
Anexo 6.- Declaración Responsable Solvencia Técnica. Anexo 7.- Prioridades y Mejoras.
Anexo 8.- Modelo de Oferta
Artículo 1.- OBJETO XXX XXXXXX
Constituye el objeto del contrato al que se refiere el presente Pliego de licitación, la contratación “CONTRATACIÓN DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA
TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA G.I.A.H.S.A. (HUELVA) ” que en todo caso se divide en los siguientes lotes:
Lote 1: agrupación de instalaciones ubicadas en las zonas Xxxxx (xxxxx oriental), Huelva
(xxxxx occidental) y Xxxxxxx
Xxxx 0: agrupación de instalaciones ubicadas en las zonas Andévalo, Cuenca Minera y
Sierra.
La descripción concreta de los servicios a realizar, se encuentran en el Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT) y junto con el presente Pliego de Cláusulas Administrativas partes integrantes del contrato, con su misma fuerza de obligar.
Artículo 2.- RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
El contrato a que se refiere el presente pliego tiene naturaleza de contrato privado del artículo 20.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, (en adelante TRLCSP) se regirá en cuanto a su preparación y adjudicación por los artículos 137.2, y 191 de la misma Ley.
En cuanto al contrato será regirá por lo establecido en los Pliegos de Condiciones Técnicas y Administrativas, por lo previsto en la Ley 31/2007 de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, (en adelante, LSE), TRLCSP, Normas Internas de Contratación de GIAHSA y normas de derecho privado.
Junto a estas, el adjudicatario estará sometido a la normativa en materia Laboral, Prevención Laboral y Medio Ambiente que le sean de aplicación.
En cuanto al desconocimiento de las mismas, no eximirá al contratista de la obligación de
su cumplimiento.
En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato.
Artículo 3.- ANUNCIO DE LA CONVOCATORIA
La presente licitación ha sido contemplada en la publicación del Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) nº 2017/S 086-168937, 00 xx xxxx 0000 y se recoge, además, en el perfil del contratante de GIAHSA (xxx.xxxxxx.xxx).
Para cualquier consulta relacionada con el objeto del presente pliego deben dirigirse por escrito exclusivamente a la siguiente dirección de correo con fecha y hora anterior a las 13.30 horas del día 5 xx xxxxx de 2017:
ARTÍCULO 4.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El procedimiento es el, abierto con publicación DOUE y web para la adjudicación de los servicios mencionados, durante el período de vigencia del contrato, con la codificación correspondiente a la normativa del vocabulario común de contratos CP Vs : 50532000-3 perteneciente a “Servicios de reparación y mantenimiento de maquinaria eléctrica, aparatos y equipos asociados” , según los requisitos fijados en el Pliego de Prescripciones Técnicas. En ningún caso se admitirán variantes.
Autorizaciones, Certificaciones y medios establecidos en el PPT:
1. Autorización como Empresa Instaladora de Alta Tensión en Categoría AT1
2. Autorización como Empresa Instaladora de Baja Tensión categoría Especialista
3. Acreditar debidamente ser proveedores de servicios energéticos y acreditar disponer en el conjunto de empleados dedicados al desarrollo del servicio especificado en esta licitación al menos con un auditor energético
4. Clasificación Grupo I Subgrupo 9 Categoría d o Grupo P Subgrupo 1 Categoría 3.
5. Medios humanos adscritos al contrato
6. Medios Técnicos (incluyendo instalaciones y maquinaria)
Todo el detalle se recoge en el Pliego de Prescripciones Técnicas siendo en caso de discrepancia en relación a la lista anteriormente detallada la que prevalecerá.
Esta documentación debe aportarse en el sobre B
CRITERIOS OBJETIVOS DE ADJUDICACIÓN
Para la adjudicación del contrato se tendrán en cuenta, los criterios objetivos que aparecen reseñados a continuación, con ponderación que asimismo se atribuye:
*Cada empresa podrá optar unicamente a la adjudicación de un lote según puntuación y prioridad.
LOTE 1:
Oferta económica | 80 puntos |
Mediciones sobre tensiones de paso y contacto | 10 puntos |
Uso de Drones | 10 puntos |
1.-Fórmula de baremación oferta económica:
Po = (Pc) x (OEM/OEV)
Po = Puntuación obtenida Licitador.
Pc = Puntuación máxima asignada al criterio (= 80 puntos).
OEV = Oferta económica a evaluar.
OEM = Oferta económica menor admitida
SIEMPRE EN SOBRE C
Se considerará baja temeraria, quedando excluido de la licitación, cualquier presupuesto considerado inferior según lo estipulado según el artículo 85 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, del presupuesto total indicado en el Pliego de Prescripciones Técnicas. De considerarse por parte de GIAHSA, será de aplicación lo establecido la Instrucción Interna de Contratación sobre filtros y bloqueos y más concretamente apartado 6.3.
2.-Mediciones de las tensiones de paso y contacto (tal como se recoge en el PPT): 10 puntos.
Medición de las tensiones de paso y contacto de las instalaciones de puesta a tierra que se incluirá en la realización de estas mediciones en la primera inspección en cada una de las instalaciones de puesta a tierra de los apoyos calificados como transitables, centros de transformación intemperie y centros de transformación interior.
SI = 10 puntos.
NO = 0 puntos
Esta documentación debe aportarse en el sobre B, ANEXO 7 3.-Uso de Drones: 10 puntos. (tal como se establece en el PPT)
- DRONE equipado con cámara HD de visión normal → 5 Puntos
- DRONE equipado con cámara HD de visión normal y cámara térmica radiométrica → 10 Puntos
Esta documentación debe aportarse en el sobre B, ANEXO 7
LOTE 2:
Oferta económica | 80 puntos |
Mediciones sobre tensiones de paso y contacto | 10 puntos |
Uso de Drones | 10 puntos |
1.-Fórmula de baremación oferta económica:
Po = (Pc) x (OEM/OEV)
Po = Puntuación obtenida Licitador.
Pc = Puntuación máxima asignada al criterio (= 80 puntos). OEV = Oferta económica a evaluar.
OEM = Oferta económica menor admitida
SIEMPRE EN SOBRE C
Se considerará baja temeraria, quedando excluido de la licitación, cualquier presupuesto considerado inferior según lo estipulado según el artículo 85 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, del presupuesto total indicado en el Pliego de Prescripciones Técnicas. De considerarse por parte de GIAHSA, será de aplicación lo establecido la Instrucción Interna de Contratación sobre filtros y bloqueos y más concretamente apartado 6.3.
2.-Mediciones de las tensiones de paso y contacto (tal como se recoge en el PPT): 10 puntos.
Medición de las tensiones de paso y contacto de las instalaciones de puesta a tierra que se incluirá en la realización de estas mediciones en la primera inspección en cada una de las instalaciones de puesta a tierra de los apoyos calificados como transitables, centros de transformación intemperie y centros de transformación interior.
SI = 10 puntos.
NO = 0 puntos
Esta documentación debe aportarse en el sobre B, ANEXO 7 3.-Uso de Drones: 10 puntos. (tal como se establece en el PPT)
- DRONE equipado con cámara HD de visión normal → 5 Puntos
- DRONE equipado con cámara HD de visión normal y cámara térmica radiométrica → 10 Puntos
Esta documentación debe aportarse en el sobre B, ANEXO 7
En cualquier caso, GIAHSA se reserva el derecho a adjudicar total, parcialmente o declarar desierta la licitación.
ARTÍCULO 5.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se ejecutará de acuerdo con sus propios términos y sus documentos anexos, así como con el presente Pliego de Cláusulas Administrativas, y todos los documentos que lo componen; y las instrucciones que a la vista de los trabajos suministre la Dirección Técnica, sin que el adjudicatario pueda ser eximido de la obligación de su cumplimiento por su desconocimiento o falta de información del contenido de los pliegos.
ARTÍCULO 6.-VALORACIÓN DEL SERVICIO
Se establece el Tipo de Licitación del servicio en 1.527.031,48 € IVA excluido, según los siguientes lotes: (*No tiene consideración de máximo)
LOTE 1: 846.917,57 € excluido IVA
LOTE 2: 680.113,91 € excluido IVA
Todo ello según el detalle recogido en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
(*No tiene consideración de máximo).
*Cada empresa podrá optar unicamente a la adjudicación de un lote según puntuación y prioridad.
ARTÍCULO 7.- REVISIÓN DE PRECIOS.
Durante los 2 primeros años se mantendrán los precios ofertados. A partir del tercer año, se llevará a cabo revisión de precios según IPC con relación al año anterior.
ARTÍCULO 8.-DURACIÓN DEL SERVICIO
El plazo máximo de ejecución para la totalidad del servicio objeto de la presente oferta se establece en 6 años, (4 años + 2 años de prórroga).
Habida cuenta del carácter esencial de los servicios públicos atendidos por GIAHSA, el retraso en el pago del precio del contrato no habilitará al proveedor para dar por finalizado el contrato, aunque el contratista quedará facultado para exigir los daños y perjuicios que por ese motivo se le causasen.
Del mismo modo, atendiendo al hecho de que las prestaciones a las que se refiere este contrato se consideran muy necesarias para el buen funcionamiento de servicios esenciales para la comunidad, si llegara el término del mismo después de haber sido denunciado por una de las partes, y si por razones ajenas a la voluntad de GIAHSA, ésta no se encontrara en condiciones técnicas de afrontar con sus propios medios las referidas tareas o no se hubieran podido contratar de nuevo las mismas, el adjudicatario deberá seguir desarrollándolas por un período no mayor de tres meses desde la fecha de la notificación de resolución de contrato, no pudiendo exigir indemnización por los daños y perjuicios que por ésta causa se le irroguen.
ARTÍCULO 9.- CUMPLIMIENTO DE PLAZOS
El contratista estará obligado a cumplir los plazos parciales fijados para la ejecución sucesiva del contrato y en general para su total realización.
Salvo fuerza mayor debidamente acreditada, el incumplimiento de la fecha comprometida como plazo máximo de ejecución así como el de las diferentes fases establecidas en la programación de los trabajos, podrá considerarse por GIAHSA como no conformidad, penalizándose según lo establecido en el Anexo 1 CONDICIONES GENERALES CONTRATACIÓN SERVICIOS.
Si el contratista, por causas imputables al mismo, hubiera incurrido en xxxx respecto de los plazos parciales, de manera que, a juicio de la Dirección Técnica, haga presumir racionalmente la imposibilidad de cumplimiento de plazo final o éste hubiere quedado incumplido, GIAHSA podrá optar indistintamente por la rescisión del contrato con pérdida de la fianza o por la imposición de una sanción, conforme a lo establecido en el Anexo 1, independientemente de las responsabilidades a que diera lugar el incumplimiento, que se exigirán de acuerdo con la legislación vigente.
La constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa.
ARTÍCULO 10.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
La empresa adjudicataria deberá estar dada de alta en el epígrafe del IAE correspondiente
al objeto del contrato, siendo coherente con su objeto social, deberá cumplir todos los requisitos recogidos en la Legislación vigente referidos al personal y medios a utilizar tanto en materia Medioambiental como de Prevención de Riesgos.
El incumplimiento en cualquiera de los supuestos expresados en el presente artículo, en las obligaciones adquiridas por el contratista o en las impuestas por Ley, GIAHSA queda facultada para demandar al adjudicatario la acreditación del cumplimiento de estas obligaciones como trámite previo al pago de cualquier servicio y en su caso, podrá exigir el abono de todos los daños y perjuicios que se le causen.
Las obligaciones de carácter técnico y sobre la ejecución están definidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
10.1 Medios adscritos al Servicio.
Será necesario que el licitante disponga de un sistema de comunicación a través de Internet con el fin de optimizar la gestión documental generada en el flujo de comunicaciones GIAHSA – Adjudicatario – GIAHSA, con el que se llevará el control de los servicios ejecutados (informe, fecha, estado del servicio,...) así como la coordinación con el personal de GIAHSA para su ejecución de ser necesaria en función de la programación de los trabajos, y la oferta del licitante referida al presupuesto del PPT.
La empresa adjudicataria queda obligada a emplear en la ejecución del contrato a todo el personal utilizado, con habilitación académica, profesional y práctica que requiera la correcta realización de los servicios que se acometan en cada momento, objeto de este Pliego. Designará a una persona encargada de los servicios y de las comunicaciones con GIAHSA, la designación de esta persona será consensuada con GIAHSA. Si posteriormente a la adjudicación del contrato se precisara su sustitución, deberá ser propuesta por el adjudicatario y autorizada por GIAHSA, previa presentación del historial profesional del candidato, antes de su autorización.
En cuanto a los medios materiales necesarios para el correcto desarrollo de los trabajos serán aportados por la empresa que resulte adjudicataria, o bien con empresas subcontratadas, debiendo el adjudicatario presentar previamente dichas empresas para su aprobación por
GIAHSA y aceptando en todos los términos el contenido xxx xxxxxx y sus Anexos.
10.2 Obligaciones de Transferencia y Retención de Riesgos
El contratista deberá aportar certificado de cobertura del Riesgo de Responsabilidad Civil emitido por la Compañía Aseguradora con fecha posterior a la fecha de publicación de esta licitación, que contemple los siguientes apartados:
1.- Encontrarse al corriente de pago y con vigencia del seguro suficiente hasta el período previsto de finalización del contrato.
2.- Deberá contemplar las siguientes garantías mínimas:
A) Responsabilidad Civil patronal.
B) Responsabilidad Civil Profesional.
C) Seguros de Responsabilidad Civil Suscripción Obligatoria.
D) Límite de indemnización por siniestro 1.000.000,00 €.
3.- Condiciones generales y particulares de la póliza en vigor.
10.3 Gestión y Gerencia de Riesgos
GIAHSA facturará mensualmente el 2,5 % del importe facturado por el proveedor descontado IVA, en concepto de gerencia de riesgos, que contempla específicamente: Acreditación de riesgos a proveedores, emisión de análisis de riesgos y del impacto de los mismos sobre la actividad, redacción de informes técnicos, control e inspecciones, auditorías operativas, Incidencias derivadas de los puntos 6.3, 6.4 y 6.5 de la Instrucción Interna de Contratación, informes periciales, análisis de puntos críticos e indicadores recogidos en el apéndice 4 del PPT en concordancia con el seguimiento del contrato, gestiones derivadas de la transferencia de
riesgo, formación, verificación de incrementos de precios conforme a las fórmulas establecidas si estuvieran contemplados y cualquier otro gasto a que tenga que hacer frente GIAHSA en aras a preservar la calidad del servicio y la atención preferente al usuario.
10.4. Obligaciones Sociales y en Materia de Prevención de Riesgos.
El contratista estará obligado al cumplimiento de todas las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social, de Seguridad y Salud y Prevención de Riesgos en el Trabajo y cuantas disposiciones de carácter general sean de aplicación al presente contrato. Dicha obligación será extensiva a todas las acciones a realizar respecto de las subcontratas de acuerdo con las obligaciones legales vigentes en materia de Coordinación Empresarial.
GIAHSA queda facultada para exigir al contratista la acreditación del cumplimiento de estas obligaciones en cualquier momento y, en todo caso, como trámite previo, al pago de cualquier servicio.
En este apartado se contempla la obligación por parte del adjudicatario de presentar mensualmente al departamento de Prevención de GIAHSA, la relación de empleados así como con número de NIF, firmada por cada uno de ellos asignados al desarrollo del presente contrato objeto de la licitación donde se acredite haber percibido la totalidad xxx xxxxxxx como condición previa a la presentación de la factura del periodo correspondiente.
El contratista cuidará especialmente de que se cumplan todas las medidas de Prevención de Riesgos Laborales que sean de aplicación, tanto para su actividad como de las subcontratas, de manera que el incumplimiento de las mismas facultará a GIAHSA para suspender unilateralmente la ejecución de los servicios hasta que dichas medidas sean adoptadas en el plazo que se señale al contratista o para resolver el contrato si el incumplimiento de estas medidas fuese reiterado o no se atendieran por el contratista las indicaciones que GIAHSA realizase en este sentido.
El incumplimiento por parte del contratista de los requerimientos en materia de seguridad y salud podrá ser causa de rescisión del contrato, exonerando expresamente a GIAHSA de cualquier responsabilidad u obligación de carácter laboral, civil o de cualquier otra índole.
En cualquier supuesto de los expresados anteriormente, el contratista deberá abonar a GIAHSA todos los daños y perjuicios que se le causen.
El Contratista se compromete expresamente a celebrar contrato escrito con cada uno de los trabajadores que vaya a dedicar a la prestación de los servicios objeto de este Contrato, y a cumplir sus obligaciones laborales y de Seguridad Social, facilitando además a GIAHSA, con una periodicidad mensual, copia de los documentos acreditativos del cumplimiento de estas obligaciones.
La empresa contratista entregará a GIAHSA cuando le sean requeridos los TC1, TC2 y certificado I.T.A. de los trabajadores que desempeñen los trabajos objeto del presente pliego al responsable del contrato o a la persona de GIAHSA que éste designe.
Si se utilizaran contratas para la ejecución total o parcial de los servicios, el contratista deberá imponer a los subcontratistas las mismas condiciones que se señalan en este artículo y en el resto xxx Xxxxxx, respondiendo frente a GIAHSA de las consecuencias que para ella se pudieran derivar de un incumplimiento por el subcontratista de las mismas. La subcontratación de servicios ha de ser indicada de forma previa por la empresa contratista especificando el objeto de dicha subcontrata y en ningún caso podrá superar el 5 % de los medios asociados en el desarrollo de los trabajos. En el caso de no comunicar el tipo y magnitud del servicio externalizado u obra subcontratada en la oferta asociada a este Pliego, la empresa contratista necesitará de la aprobación explícita por parte de GIAHSA.
ARTÍCULO 11.- RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS
El plazo de garantía será de un año a partir de la finalización de los correspondientes servicios.
Una vez finalizado el período de garantía, se procederá a la recepción definitiva de los servicios, a cuyo efecto, el contratista adoptará las medidas oportunas a solicitud de la Dirección Técnica.
Artículo 12.- FACTURACIONES Y PAGOS
El contratista tendrá derecho al abono de los servicios que realmente ejecute, con arreglo a los precios convenidos.
Los trabajos se facturarán contra recepciones informáticas aceptadas, con cargo a la Orden de Compra emitida al efecto una vez finalizados los servicios por la Dirección Técnica designada por GIAHSA.
Las facturaciones deberán realizarse de acuerdo con el punto 7 de l Anexo 1 CONDICIONES GENERALES CONTRATACIÓN SERVICIOS con el detalle y el desglose que determine el Departamento de Contabilidad de GIAHSA. Si hubiera discrepancia con relación a la valoración emitida se verificará y aclarará con el departamento solicitante de los servicios objeto de este Pliego.
Los pagos se efectuarán conforme a lo estipulado en el punto 0 xxx Xxxxx 0
CONDICIONES GENERALES CONTRATACIÓN SERVICIOS.
Los pagos realizados al contratista en virtud de certificaciones tienen el concepto de pagos provisionales a buena cuenta, sujetos a las rectificaciones y variaciones que se produzcan en la medición final y sin suponer en forma alguna aprobación y recepción de los servicios que comprenda.
ARTÍCULO 13.- GARANTÍA DEFINITIVA.
Previamente a la firma del contrato el adjudicatario tiene la obligación de constituir una garantía definitiva del 5% del importe anual de adjudicación del contrato excluido IVA. Dicha garantía se hará efectiva bien mediante aval ejecutable a primer requerimiento de GIAHSA, bien mediante la presentación de un documento facultando a GIAHSA a retener del importe de la primera factura o siguientes si el valor de dicha garantía no pudiera cubrirse en la primera o por ingreso en efectivo en la cuenta a nombre de GIAHSA.
ARTÍCULO 14.-SEGUIMIENTO DEL CONTRATO
GIAHSA establecerá una política de control y seguimiento del proyecto para comprobar el
cumplimiento de las obligaciones por parte de la empresa adjudicataria. El no cumplimiento de las mismas será objeto de penalización pudiendo ser causa de rescisión de contrato, según la gravedad o reiteración de las faltas; para lo cual, GIAHSA, dentro de su sistema de gestión, instruirá con carácter de no conformidad cada una de esas acciones informando al contratista sobre las causas y consecuencias así como la cuantificación de las mismas.
El Departamento de Producción de GIAHSA será el Responsable del seguimiento del contrato.
Las no conformidades se penalizarán según se establece en el Anexo 1 CONDICIONES GENERALES CONTRATACIÓN SERVICIOS.
Las penalizaciones podrán hacerse efectivas con cargo a los pagos a realizar al contratista a voluntad de GIAHSA. En todo caso la fianza responderá de la efectividad de aquéllas.
ARTÍCULO 15.-PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
El modelo de oferta económica que tienen que presentar los licitadores incluye distintas partidas que deben considerarse, junto con correspondiente Programa de trabajo, para lo que cumplimentarán el cuadro de precios que se adjunta en el Anexo 8 según la plantilla que proporcionará GIAHSA a los proveedores que liciten.
La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicionada por la Empresa de las cláusulas del presente Xxxxxx.
El plazo para la presentación de proposiciones finalizará a la hora y día indicado en el Cuadro Resumen de Condiciones.
La oferta deberá venir cumplimentada y sellada en el formato facilitado como Anexo 8 dentro del sobre C, teniendo en cuenta lo estipulado en el presente Xxxxxx. El precio unitario llevará los decimales que el licitador considere oportuno para evaluar y ajustar su oferta.
La solicitud se presentará en mano, los licitadores entregarán sus proposiciones en
sobres cerrados, identificados y firmados por el licitador o la persona que lo represente e
indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa bajo el siguiente título:“EXP
052.15 PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA G.I.A.H.S.A. (HUELVA)”.
En el caso de ser entregada a través de Correos, deberá ser enviada a la dirección indicada en el Cuadro Resumen de Condiciones. Cuando la documentación se envíe por éste medio, el empresario deberá justificar la fecha y hora de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta al nº de fax 000000000 en el mismo día.
No obstante, transcurridos diez días naturales desde la terminación del plazo de presentación, no será admitida ninguna proposición enviada por correo.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de este precepto supondrá la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.
En cualquier caso, GIAHSA se reserva el derecho a adjudicar total, parcialmente o declarar desierta la adjudicación del contrato.
CONTENIDO DE LOS SOBRES:
SOBRE A
1. Anexo 3 firmado y sellado. Deberá aportarse el documento que se adjunta a este Pliego y no trasladado a otro formato o documento diferente al incluido en el presente Xxxxxx.
SOBRE B
1. Copia de la Póliza de Responsabilidad Civil en vigor del ofertante. Condiciones
generales y específicas.
2. Acreditación de estar al corriente de pago en la póliza vigente de Responsabilidad Civil del ofertante, mediante certificado expedido por la Compañía Aseguradora o aportación del recibo abonado que indique número de póliza y período de vigencia.
3. Anexos 1, 2, 4, 5, 6 y 7 firmados y sellados. Deberá aportarse el documento que se adjunta a este Pliego y no trasladado a otro formato o documento diferente al incluido en el presente Xxxxxx.
4. Declaración Responsable de contar con todos los medios humanos y técnicos así como certificados y autorizaciones necesarios y considerados como requisitos mínimos para el desarrollo de los trabajos.Requisitos estos considerados como mínimos y descritos en el art. 4.1 PRIMERO del presente Pliego y detalle en el PPT.
SOBRE C
1. La propuesta económica según lo especificado en el Anexo 8. Deberá aportarse el documento que se adjunta a este Pliego y no trasladado a otro formato o documento diferente al incluido en el presente Xxxxxx.
LA FALTA O PRESENTACIÓN EN MODO DIFERENTE AL EXIGIDO DE CUALQUIERA DE LOS DOCUMENTOS OBLIGATORIOS REFERENCIADOS EN PRESENTE ARTÍCULO, PODRÁ FACULTAR A GIAHSA PARA PODER CONSIDERAR NO SUBSANABLE DICHO DEFECTO Y POR TANTO PROCEDERA LA EXCLUSIÓN DE LA OFERTA O CONCEDER UN PLAZO DE SUBSANACIÓN DE HASTA CINCO DÍAS HÁBILES.
ARTÍCULO 16.-MESA DE CONTRATACIÓN
El Consejo de Administración, será el órgano de adjudicación y será asistida por una Mesa de Contratación.
La apertura de los sobres tendrá lugar a la hora y día que GIAHSA comunicará
oportunamente por correo electrónico a las empresas invitadas en la Sede Central de GIAHSA sita en Aljaraque, Xxxxxxxxx X-000 Xx 0.
Xx Xxxxxxx xx Administración a través de la Mesa constituida a tal efecto calificará la documentación presentada, pudiendo dar en su caso 5 días hábiles para subsanar las deficiencias detectadas, lo que se comunicará por correo electrónico de los representantes fijados como responsables de las empresas en el Sistema de Gestión de Proveedores en la documentación presentada, exonerándose GIAHSA de responsabilidad por la confirmación o no de dicha recepción.
GIAHSA elevará el acta y la propuesta que estime pertinente, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en este Pliego.
GIAHSA podrá solicitar, antes de formular la propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. Asimismo, si GIAHSA lo considerase oportuno, podrá requerir a todos o a algunos de los ofertantes seleccionados a que realicen ante ella una presentación general de su oferta. El contenido de la presentación será en todo caso aclaratorio y no podrán introducirse en la misma variaciones de los contenidos ofertados.
En caso de que por causa justificada, se alteraran las fechas previstas relacionadas con en el presente artículo, se comunicaría a los licitadores que se hubieran presentado.
GIAHSA tendrá la facultad de adjudicar el contrato a la/s proposición/es considerada/s globalmente más ventajosa/s, según los términos establecidos en el presente pliego, sin atender necesariamente al valor económico de la/s misma/s o declarar desierta la licitación.
La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno en favor del empresario propuesto mientras no se haya adjudicado definitivamente el contrato.
Artículo 17.-PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Será obligación del/los licitador/es seleccionado/s en la propuesta de adjudicación provisional, presentar o subir al Sistema de Gestión de Proveedores de GIAHSA en el plazo de 5
días hábiles la siguiente documentación:
1. ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA Y CAPACIDAD DE OBRAR
Se presentan aquellos documentos que acrediten la personalidad jurídica y capacidad del empresario (según los artículos correspondientes a tal acreditación referido en el RDL 3/2011 TRLSCP, y artículo 21 del RGLCAP) para empresas individuales o no, personas jurídicas y personas físicas.
Documentos a presentar para Personas Jurídicas:
1. Copia o testimonio notarial de las ESCRITURAS DE CONSTITUCIÓN, y DE MODIFICACIÓN en su caso, inscritas en el registro mercantil o en el registro oficial correspondiente.
Siendo suficiente cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Económica Europea, acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con certificación expedida por la Embajada de España en el Estado correspondiente.
2. Copia o testimonio notarial de los poderes que acrediten la representación de las personas que firmen la oferta y el contrato.
3. CIF. (Persona Jurídica) Se acompañará copia o testimonio notarial del documento acreditativo de la tarjeta de identificación fiscal.
4. Situación de la empresa respecto al Impuesto de Actividades Económicas (IAE) mediante Certificado de Hacienda.
Documentos a presentar para Personas Físicas (Autónomos)
5. D.N.I. (PERSONA FÍSICA): Si se trata de persona física será obligatorio la presentación de copia o testimonio notarial del Documento Nacional de Identidad.
6. Pasaporte o Tarjeta de Residencia (PERSONA FÍSICA EXTRANJEROS): Se adjuntará copia o testimonio notarial.
2. OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
El/los licitador/es seleccionado/s deberán aportar documentación acreditativa de que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, mediante los siguientes documentos:
3. OBLIGACIONES CON LA SEGURIDAD SOCIAL
El/los licitador/es seleccionado/s deberán aportar documentación acreditativa de que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la SS, mediante los siguientes documentos:
Todos los documentos anteriormente referenciados se aportarán en originales o copias autenticadas por notario.
El perfeccionamiento del contrato tendrá lugar por la adjudicación definitiva que en su momento acuerde el Consejo de Administración de GIAHSA, que se comunicará al/a los interesado/s requiriéndole para que en los diez hábiles siguientes a la notificación, acepte los términos definitivos del contrato y presente el resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva, formalizando los contratos según los documentos a que se refiere el artículo siguiente.
ARTÍCULO 18.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se formalizará mediante documento privado, aunque cualquiera de las partes podrá solicitar su elevación a público, corriendo de cuenta de la parte que lo inste los gastos del otorgamiento y copias.
Cuando por causas imputables al contratista no pudiera formalizarse el contrato, GIAHSA podrá acordar la resolución del mismo, previa audiencia del interesado y con las consecuencias previstas en la normativa vigente, pudiendo en este caso, realizarse la adjudicación en favor de la siguiente oferta que resultare más ventajosa y conveniente, siguiendo el orden de prelación que figure en el acuerdo de adjudicación.
Para cualquier cuestión litigiosa derivada del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales de la Ciudad de Huelva, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
El Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Diputación de Huelva es el órgano competente en materia de conocimiento y resolución de los recursos especiales en materia de contratación de la Mancomunidad de Servicios de la provincia de Huelva, MAS, en los términos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre) y en la Ley 31/2007, de 3 de octubre.
ANEXO 1
Condiciones Generales Contratación Servicios
Condiciones Generales Contratación Servicios
• He sido informado, he leído y acepto los términos recogidos en la Instrucción de ámbito interno para la regulación de los procedimientos de Contratación y Compras de GIAHSA vigente desde el 29 de diciembre de 2016 y que se encuentra publicada en su web/Perfil del contratante/Normativa.
• He sido informado del Sistema de Gestión de Proveedores de GIAHSA y los requisitos, para la inscripción en el mismo. Adquiero el compromiso de incorporarme al mismo mediante la firma de estas Condiciones Generales.
GESTIÓN INTEGRAL DEL AGUA DE HUELVA S. A., en adelante GIAHSA establece por el presente documento las condiciones generales que deberán regir la relación contractual con los proveedores para la contratación de servicios en su ámbito de actuación.
1.- GIAHSA se compromete a comprar en el momento en que envíe una Orden de compra (OC), debidamente cumplimentada en la que aparecerán los siguientes datos: nº de orden de compra, trámite, fecha de emisión, fecha finalización del servicio, datos del proveedor, facturar a (datos GIAHSA), forma de pago, línea, parte descripción, cantidad, unidades, coste unitario, descuento (%), coste de línea, impuesto, total (IVA incluido), coste de línea total, coste total de OC e instrucciones especiales si las hubiese.
2.- De no indicarse lo contrario, GIAHSA considera las ofertas válidas por un período mínimo de 30 días desde la fecha de entrega por parte del Proveedor.
3.- El PROVEEDOR acepta el pedido y sus condiciones si no presenta ningún tipo de objeción por escrito en un plazo no superior a dos días hábiles desde la fecha de recepción, aceptando la comunicación del mismo vía correo electrónico (fax en caso de fallos técnicos puntuales), validándose el pedido por el reporte del acuse de recibo que confirma su lectura (el ok en caso de emplearse el fax), sin necesidad de la devolución del mismo firmado por parte del PROVEEDOR. Dicho documento es inalterable, no pudiendo ser modificado en forma alguna, salvo mutuo acuerdo, expresado por escrito.
El precio del pedido comprende todos los conceptos que pueda incluir el servicio (dietas, desplazamientos, portes en su caso…).
4.- Para la realización de los trabajos se deberán seguir los siguientes pasos previos a la ejecución de los servicios requeridos, de forma obligatoria por parte del proveedor. Se indicará en cada parte descripción del pedido y haciendo coincidir el último carácter del código del trabajo solicitado con el Departamento que requiere dichos servicios. Será el responsable de dicho
Departamento quien se hará cargo tanto del seguimiento de los mismos, como igualmente dará si procede su aprobación mediante la firma del documento de aceptación. Dichos caracteres se regirán por la siguiente tabla de conversión:
Finalizados en: | Departamento |
“A” | Atención al Cliente |
“C” | Comercial |
“G” | Gestión de Medios |
“H” | Recursos Humanos |
“I” | Informática |
“J” | Gerencia y Servicios Generales |
“M” | Comunicación |
“P” | Producción |
“R” | Redes |
“S” | RSU |
“Y” | Proyectos y Obras |
Una vez identificada la posición en la Orden de Compra correspondiente con el Departamento solicitante, el proveedor deberá contactar al menos con un día de antelación al comienzo de los trabajos con dicho departamento así como con el departamento de prevención de riesgos laborales si procede, para que le indiquen persona asignada a su seguimiento y verificación, que a su vez internamente comunicará a Telecontrol de Producción y/o Telecontrol- Redes los datos necesarios para su conocimiento, autorización de acceso, medidas de seguridad y demás requisitos necesarios. No obstante lo anterior y vía telefónica solicitará el acceso a la Instalación objeto de los trabajos indicando: nombre del proveedor, instalación o máquina sobre la que se actuará, número de orden de trabajo (OT) o expediente, fecha y hora de comienzo de las operaciones, y maquinas o elementos que se verán afectados, igualmente a la terminación de los trabajos se notificarán, hora de la terminación, estado de la actuación, estado de las máquinas o
elementos que han sido afectados. (En caso de actuaciones que requieran más de un día de trabajo, se repetirá el proceso cada día). Todo ello como medida de seguridad y prevención de riesgos ó accidentes. La no observación de estas medidas, podrá ser motivo de expulsión de nuestras instalaciones. Dichos parámetros se contemplarán a la hora de hacer un cómputo en el índice de fiabilidad de nuestros proveedores, como seguimiento cualitativo de sus actuaciones.
5.- Se entenderá que la transacción se ha realizado cuando GIAHSA haya recibido y aceptado en su sistema informático la totalidad de los servicios objeto del pedido. Los tiempos que se especifiquen en las condiciones de pago se contarán a partir de esta fecha. Para ello se requiere un documento de aceptación que podrá expedirse por GIAHSA o utilizar un albarán del proveedor que deberá venir cumplimentado con el nombre, la firma y la fecha del Responsable del servicio objeto de validación y en el que deberá aparecer el número de la Orden de Compra (Pedido).
GIAHSA facturará mensualmente el 2,5 % del importe facturado por el proveedor descontado IVA, en concepto de gerencia de riesgos, que contempla específicamente: Acreditación de riesgos a proveedores, emisión de análisis de riesgos y del impacto de los mismos sobre la actividad, redacción de informes técnicos, control e inspecciones, auditorías operativas,Incidencias derivadas de los puntos 6.3, 6.4 y 6.5 de la Instrucción Interna de Contratación, informes periciales, gestiones derivadas de la transferencia de riesgo formación, verificación de incrementos de precios conforme a las fórmulas establecidas si estuvieran contemplados y cualquier otro gasto a que tenga que hacer frente GIAHSA en aras a preservar la calidad del servicio y la atención preferente al usuario.
8.- Forma de pago: según Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de
29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales:
• Servicios realizados a partir del 1 de enero de 2013: a 60 días.
Teniendo en cuenta que si la fecha de la recepción informática está comprendida entre los días 1 y 15, su vencimiento será siempre el día 15 del mes correspondiente y si estuviese
comprendida entre los días 16 y 31 sería el día 25 del mes correspondiente.
GIAHSA quedará facultada para compensar créditos existentes con el contratista sin necesidad de obtener su consentimiento expreso. Dicha compensación será aplicable para cancelar créditos generados a favor de GIAHSA como consecuencia directa o indirecta de la ejecución del contrato, previa audiencia al contratista en un plazo xxxxxx xx xxxx días, siendo justificada mediante factura emitida por GIAHSA al contratista especificando el concepto a compensar en sus facturas y deduciéndose así el importe de las emitidas por el adjudicatario.
9.- En el caso de ofertas de servicios que incluyan materiales, deberán formalizar y cumplir adicionalmente en los apartados que se correspondan con las especificaciones de los mismos, todos los puntos recogidos en “CONDICIONES GENERALES DE COMPRAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTROS”.
10.- Los plazos de finalización del servicio serán los especificados en la orden de compra.
Se aceptarán retrasos cuando la causa de los mismos sea imputable a GIAHSA, pero no cuando se deban al Proveedor o terceros, salvo casos de fuerza mayor, notificadas por escrito inmediatamente que se produzcan, para su verificación y aceptación o rechazo por parte de GIAHSA.
Si la finalización del servicio se retrasara de una manera anormal y el proveedor no atendiera debidamente a las reiteradas reclamaciones de GIAHSA, éste se reserva el derecho a proceder a la cancelación de pedido, sin obligación económica de ningún género independientemente de las penalizaciones por incumplimiento recogidas en nuestra Instrucción Interna y en el punto 12 de estas Condiciones Generales para la contratación de Servicios.
11.- El plazo de Garantía de los servicios, salvo que se especifique lo contrario en el pedido, será de un año desde la fecha de finalización de los trabajos.
El Proveedor garantiza a GIAHSA que se cumple todo lo especificado en calidad y alcance de los trabajos, tanto en las condiciones del contrato o las contenidas en la oferta, y que se cumple con las especificaciones técnicas previstas de los equipos. Además, garantiza y responde de la inexistencia de vicios o defectos de los trabajos realizados.
Para cubrir la Garantía, GIAHSA solicitará al Proveedor la reposición y/o reparación de los trabajos que no cumplen con lo especificado, debiendo resarcir a GIAHSA de los gastos en que haya incurrido, así como los daños y perjuicios ocasionados.
12.- Las responsabilidades del Proveedor respecto de la ejecución del contrato son las expresadas en el artículo 88 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP), según marca el artículo 198 de la LCSP.
Se consideran incidencias:
a) Incumplimiento de las normas de seguridad
b) Incumplimiento de las órdenes de los responsables de GIAHSA
c) Desatender averías o daños provocados en las instalaciones de GIAHSA
d) Suspensión de los trabajos por causas injustificadas
e) Retrasos en el Plazo de Ejecución.
f) Cualquiera de las condiciones fijadas en la legislación civil, mercantil o administrativa para la anulación o resolución de los contratos
g) Cualquier incumplimiento que GIAHSA considere razonablemente imputable al contratista y le sea comunicado oportunamente
Cualquiera de las incidencias anteriormente citadas se convertirá en una no conformidad, si por su reiteración, consecuencias o importancia, GIAHSA lo estima oportuno. Las incidencias y no conformidades que se observen serán notificadas por escrito, fax o correo electrónico, por parte de GIAHSA al Proveedor. En la siguiente tabla se muestran las penalizaciones que conllevarán en la facturación mensual, las incidencias que se conviertan en no conformidades.
No conformidades | Penalizaciones |
1 | 5% de la posición objeto de incumplimiento |
2 | 10% de la posición objeto de incumplimiento |
3 | 20% de la posición objeto de incumplimiento |
4 | 40% de la posición objeto de incumplimiento |
5 o más | Podrán facultar a GIAHSA a establecer una penalización del 75% de la posición objeto de incumplimiento o la cancelación total de la Orden de Compra. |
Igualmente quedarán penalizados aquellos trabajos que por haber sido erróneos o ejecutados con poca calidad deban ser realizados de nuevo por los servicios de GIAHSA.
Cualquier deficiencia de las señaladas en esta cláusula, no subsanada por el Proveedor en los plazos específicamente establecidos por GIAHSA, podrá ser subsanada por GIAHSA con sus propios medios, cargándose los costes de esa actuación al Proveedor, además de suponer una penalización.
La penalización o penalizaciones impuestas no podrán superar en ningún momento el 20% de la cuantía total del contrato, en cuyo caso se procederá adicionalmente a la cancelación total de la Orden de Compra emitida al efecto.
GIAHSA emitirá una factura al Proveedor con el importe de las penalizaciones impuestas, aceptando el Proveedor la compensación de dicha factura de penalizaciones con las facturas presentadas. En este apartado deberán tenerse en cuenta lo establecido en los puntos 6.3, 6.4 y
6.5 de la Instrucción Interna de Contratación
13.- El Proveedor no podrá ceder el pedido a terceros salvo autorización por escrito de GIAHSA. De no cumplirse el apartado anterior, GIAHSA puede ejercer el derecho de anulación del pedido.
14.- Se considerarán causas de rescisión de contrato las siguientes:
a) Cuando suceda cualquier deficiencia si ésta es considerada por GIAHSA como de especial gravedad, relevancia o trascendencia
b) Reiteración de retrasos, sin causa justificada, en la realización de los trabajos encargados
c) Reiteración en la baja calidad de los trabajos
d) Incumplimiento de las condiciones de la oferta presentada por el Proveedor y del Contrato
En caso de rescisión del contrato el Proveedor renuncia expresamente a cualquier indemnización por cualquier concepto. La rescisión del contrato llevará unida la posible reclamación, por parte de GIAHSA, de las indemnizaciones correspondientes sobre la base de los perjuicios que se le hubieran podido ocasionar.
15.- En aplicación de las nuevas políticas europeas y en consonancia con el compromiso por parte de GIAHSA con las mismas, el proveedor se compromete a cumplir con los siguientes aspectos:
Aspectos Medioambientales tales como:
· Soluciones a adoptar para conseguir un menor impacto ambiental
· Soluciones adoptadas para la Gestión de los Residuos
· Soluciones adoptadas para la correcta Gestión del Recurso Hídrico
· Soluciones adoptadas en materia Eficiencia Energética
- Trazabilidad del ciclo de vida de los elementos que intervienen en el desarrollo de de los servicios.
Aspectos Sociales tales como:
· Aplicación de políticas de Responsabilidad Social Corporativa
· Aplicación de políticas activas de Prevención de Riesgos Laborales
· Aplicación de Compromisos relacionados con los Derechos Humanos en terceros países a efectos de suministros.
· Aplicación de Compromisos relacionados con suministros provenientes de terceros países con relación a la gestión medioambiental.
- En este apartado se contempla la obligación por parte del proveedor que resulte adjudicatario de cada lote de presentar mensualmente al departamento de Prevención de GIAHSA, la relación de empleados firmada por cada uno de ellos asignados al desarrollo del contrato objeto de la
adjudicación. Acreditando haber percibido la totalidad xxx xxxxxxx como condición previa a la presentación de la factura del periodo correspondiente. A dicha relación deberá acompañarse en el soporte informático que GIAHSA determine, el listado de trabajadores junto con cantidad percibida e identificación NIF del xxxxxxxxxx.xx mediante contrato específico x Xxxxxx de Condiciones aceptado por ambas partes.
16.- Este condicionado general sólo puede modificarse mediante contrato específico x Xxxxxx de Condiciones aceptado por ambas partes.
17.- Para cualquier cuestión litigiosa derivada del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales de la Ciudad de Huelva, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
18.- En ningún caso y bajo ningún concepto, podrá el Proveedor suspender los servicios que presta, ni tampoco abandonarlos, en los supuestos de resolución y/o rescisión del presente contrato, bajo el fundamento o la alegación de tener pendientes reclamaciones, diferencias o reservas de cualquier naturaleza o entidad, ni bajo la excusa de que tales reclamaciones hubieran dado lugar a procedimientos judiciales de cualquier clase.
19.- No podrán utilizarse con fines publicitarios ninguno de los materiales o trabajos relativos al pedido, sin expresa y escrita autorización de GIAHSA.
20.- Todos los documentos entregados por GIAHSA para la cumplimentación del pedido, serán de exclusiva propiedad de GIAHSA, y como tal se considerarán confidenciales, por lo que el Proveedor no podrá hacer ningún uso de ellos, salvo autorización por escrito de GIAHSA.
En el caso de que el Proveedor tenga que confeccionar planos o documentos relacionados con el pedido, deberá entregarlos a GIAHSA en formato electrónico compatible con los estándares existentes.
En Aljaraque, a de de 2017
POR XXXXXX XXXXXXXXX
SELLO EMPRESA SELLO EMPRESA
Fdo...................................................... Fdo......................................................
ANEXO 2
Compromiso Social, Medioambiental y Laboral
COMPROMISOS DE CARÁCTER SOCIAL, MEDIOAMBIENTAL Y LABORAL
GIAHSA en su día a día en concordancia con las políticas de la Unión Europea respeta toda la legislación Medioambiental y Laboral promoviendo todas las acciones sociales para una mejor integración con todo lo que nos rodea.
En todo caso la empresa licitante suscribe:
1.- La empresa contratada deberá conocer la Política Social, medioambiental y de respeto de los requisitos de seguridad y salud laborales de GIAHSA, pudiendo acceder a ella a través de la página web de GIAHSA.
2.- La empresa contratada se encargará de que todo el personal bajo su cargo conozca todas las normas y requisitos sociales, medioambientales y laborales establecidos.
3.- La empresa contratada contemplará el cumplimiento de los requisitos legales medioambientales y laborales que en cada momento se establezcan en los distintos ámbitos: europeo,estatal, autonómico y municipal y en concreto con los procedimientos generales y/o específicos establecidos por GIAHSA. En todo caso la empresa será responsable de cualquier incumplimiento legal que se pueda derivar de la mala gestión medioambiental o laboral relativa a la actividad o servicio contratado.
4.- GIAHSA podrá efectuar inspecciones sobre los aspectos medioambientales con las actividades a realizar o de las condiciones laborales de la empresa adjudicataria, al inicio, al finalizar y/o sin planificación previa durante el desarrollo delos trabajos contratados, debiendo la empresa facilitar al personal de GIAHSA, el acceso a sus instalaciones.
5.- La empresa contratada se asegurará de que las instalaciones utilizadas en el desarrollo de sus actividades como: oficinas, aparcamiento de coches y maquinaria, almacenes, acopio de materiales…, estén dispuestas de forma ordenada y exentas de basuras.
6.- Queda prohibido realizar cualquier vertido de Residuos ya sea sólidos y líquidos a redes de saneamiento sin la pertinente autorización.
7.- En caso de fuga o vertido accidental de residuos o sustancias peligrosas, líquidos contaminados, combustibles, la empresa contratada está obligada a su recogida inmediata evitando en lo posible la contaminación del suelo o la incorporación a las redes de saneamiento.
8,- Las máquinas, vehículos, y equipos que utilicen motores diésel o gasolina deberán ser revisados y puestos a punto periódicamente, con objeto de mejorar la eficacia de la combustión y evitar combustiones incorrectas.
9.- La empresa contratada deberá realizar correctamente la gestión de los Residuos: RESIDUOS SÓLIDOS MINICIPALES (RSM).
10.- Queda prohibido el depósito de los residuos fuera de los contenedores dispuestos por GIAHSA para tal fin.
11.- Sólo se almacenarán residuos urbanos en los contenedores destinados a tal efecto, no depositándose pilas, baterías, envases vacíos de sustancias peligrosas, trapos y/o material impregnados de grasa/aceites,... en general ningún residuo de los considerados como peligrosos.
12.- Queda prohibido el depósito de residuos líquidos en los contenedores de RSM.
13.- Cuando se utilicen contenedores propios de la empresa, éstos se dispondrán de manera ordenada y se mantendrán en condiciones adecuadas de limpieza, no deteriorados evitándose que rebosen. La empresa contratada deberá asegurarse que dichos residuos sean gestionados por empresa autorizada por el órgano ambiental competente.
14.- Queda prohibido el depósito de material inservible, chatarra metálica, palets o cualquier otro
tipo de objetos en lugares no destinados para ello.
15.- Queda terminantemente prohibida la quema de cualquier tipo de RESIDUOS PELGROSOS (RP).
16.- La empresa contratada deberá asegurarse la adecuada identificación, almacenamiento temporal (no más de seis meses) y gestión final de sus propios RP.
17.- Cada tipo de RP se almacenará en contenedores apropiados, debidamente identificados según se especifica en la legislación vigente.
18.- Queda prohibido el almacenamiento de RP en el exterior a la intemperie y en suelo no asfaltado de forma que se eviten posibles vertidos accidentales y posterior contaminación del suelo o redes de saneamiento.
19.- Cuando se vayan a realizar trabajos que lleven consigo la generación de RP y exista riesgo de vertidos, derrames o salpicaduras se tomarán las medidas precisas para impedir su incorporación al medio.
20.- La empresa contratada tomará todas las medida a su alcance para evitar la contaminación del suelo y aguas durante el desarrollo de sus actividades, para ello tendrá especial cuidado con:
♦ El acopio de materiales que se realizará de manera que estén controladas las molestias a la población así como el posible arrastre al medio hídrico.
♦ La maquinaria y vehículos de manera que se ubicarán en lugares habilitados para ello.
♦ Las albores de mantenimiento, engrase, cambios de aceite, limpieza y lavado de vehículos, piezas o cualquier tipo de equipamiento no se realizarán in situ y en la medida de lo posible se llevara´n a cabo en lugares externos. Sólo en especiales circunstancias estas operaciones se podrán realizar in situ siempre y cuando cuenten con el correspondiente permiso de GIAHSA.
♦ Cualquier almacenamiento fijo de combustible deberá pasar todas las inspecciones, revisiones, pruebas, etc. que marque la legislación que le sea de aplicación.
21.- La empresa contratante desarrollará todas las actividades estableciendo como requisito la seguridad y salud de nuestros empleados, así como la prevención de los posibles riesgos generados durante la actividad y la prevención de la contaminación del entorno.
22.- Fomentar la actitud de colaboración y el trabajo en equipo como patrón de comportamiento a todos los niveles organizativos. Potenciar la motivación de los empleados por medio de la comunicación interna, la comunicación, y la formación permanente.
En Aljaraque, a de de 2017
POR XXXXXX XXXXXXXXX
SELLO EMPRESA SELLO EMPRESA
Fdo...................................................... Fdo......................................................
ANEXO 3
Declaración Responsable
y formulario U.T.E (si procede)
Declaración Responsable
D. __ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ c o n D . N. I . n º
_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ , c o n d o m i c i l i o e n
como representante con poderes suficientes de la Empresa , con domicilio en _ con teléfono
y Fax _ y CIF nº , al objeto de participar en la CONTRATACIÓN DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA
TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA G.I.A.H.S.A. (HUELVA), declara bajo su responsabilidad:
Que habiendo decidido ofertar al citado contrato, se somete voluntariamente y acepta íntegramente las condiciones del presente documento, así como cuantas obligaciones se deriven como ofertante y adjudicatario si lo fuere.
Que reúne los requisitos y condiciones exigidos en la descripción de la oferta.
Que posee plena capacidad de obrar y no se encuentra incurso en las prohibiciones e incompatibilidades que establece el artículo 60 del TRLCSP.
Que se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Que la persona firmante tiene poderes bastantes de la empresa que representa para presentar esta oferta en su nombre.
Que no tiene personal de GIAHSA que participe en el capital de la empresa y cuantías de la Ley 53/1984 (10% del capital social).
Que ninguno de los administradores de la empresa son trabajadores de GIAHSA, y que en la representación legal de la empresa no participan cónyuges, personas vinculadas con análoga relación de convivencia afectiva y descendientes de personal de GIAHSA, así como que en éstos no participan en proporción superior a la cuantía referida en el punto anterior en el capital, o en la
administración.
Que la empresa no tiene vinculación ninguna con el resto de las empresas que participan en esta licitación (, salvo con las siguientes empresas: )*. Se entiende que existe vinculación entre empresas cuando se den los supuestos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio.
Que no ha participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o el proyecto original correspondiente al pliego objeto de la licitación, ni está vinculada a otra que lo haya hecho (en el sentido establecido en el artículo 42.1 del Código de Comercio).
Que con objeto de cumplir con las obligaciones estipuladas relativas a la presentación del Certificado de Seguro de Responsabilidad Civil, y dado que GIAHSA es ajena a la suscripción del contrato de seguro necesario, el Contratista se compromete a abonar a GIAHSA cuantos gastos pudiesen originarse, con motivo de la obligación de GIAHSA frente a sus usuarios y/o terceros, de tomar a su cargo las consecuencias económicas derivadas de las franquicias estipuladas en dicho contrato de seguro, o de tomar a su cargo las indemnizaciones por siniestros no amparados por el contrato de seguro suscrito entre el Contratista o su Aseguradora, o en caso de existencia de responsabilidades atribuibles o imputables a Subcontratistas a los cuales el Contratista no haya solicitado las garantías oportunas, las consecuencias de tomar a su cargo los gastos y/o indemnizaciones que se originen, etc..
Que se compromete a entregar la documentación acreditativa de las declaraciones anteriores cuando se le requiera por GIAHSA.
Y para que así conste y a los efectos oportunos, expide la presente declaración responsable.
En Aljaraque, a de 2017
PROVEEDOR
Sello Empresa Fdo.: ...........................................
MODELO DE COMPROMISO CONSTITUCIÓN DE U.T.E.
(En todo caso deberá presentarse Declaración Responsable del Anexo 3 por cada una de las empresas integrantes de la U.T.E)
• D./D.a:
• Con D.N.I. no:
• Actuando en nombre propio o en representación de la:
• ○ Empresa:
• ○ Con CIF no:
• ○ Domicilio a efectos de notificaciones en:
• ○ De acuerdo con la escritura de poder no
• ○ Teléfono de contacto:
• ○ Correo electrónico de contacto:
• D./D.a:
• Con D.N.I. no:
• Actuando en nombre propio o en representación de la:
• ○ Empresa:
• ○ Con CIF no:
• ○ Domicilio a efectos de notificaciones en:
• ○ De acuerdo con la escritura de poder no
• ○ Teléfono de contacto:
• ○ Correo electrónico de contacto:
• D./D.a:
• Con D.N.I. no:
• Actuando en nombre propio o en representación de la:
• ○ Empresa:
• ○ Con CIF no:
• ○ Domicilio a efectos de notificaciones en:
• ○ De acuerdo con la escritura de poder no
• ○ Teléfono de contacto:
○ Correo electrónico de contacto:
DECLARAN BAJO SU PERSONAL RESPONSABILIDAD:
1. Que manifiestan su voluntad de constituir una unión temporal de empresas (UTE) comprometiéndose, en caso de resultar adjudicatarios del contrato objeto de licitación, a formalizar la constitución de dicha UTE en escritura pública.
2. Que la participación que cada empresa ostentará en la Unión Temporal de Empresas será la siguiente (expresada en porcentaje):
3. Que, a los efectos mencionados, designan como representante único de la UTE a:
4. Que igualmente designan como domicilio único y válido para las notificaciones que les curse la
administración el siguiente:
Y para que así conste, y a los efectos de ser admitido en el procedimiento tramitado al efecto, emite la presente declaración en:
En Aljaraque, a de 2017
PROVEEDOR
Sello Empresa
Fdo.: ........................................... Fdo.: ...........................................
(Firmado por los representantes legales de todos los integrantes de la UTE)
ANEXO 4
Prevención de Riesgos Laborales
GIAHSA. GESTION INTEGRAL DEL AGUA DE | ||
Doc.: COORGIAHSA Rev..: 1 Fecha: 24/04/17 Página 1 de 104 | HUELVA, S.A. DOCUMENTO DE COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA | |
TENSIÓN PARA GIAHSA |
INDICE GENERAL
1.- INTRODUCCIÓN.
2.- DOCUMENTACIÓN DE COORDINACION
3.- PROCEDIMIENTO DE COORDINACION.
4.- ANEXOS.
Página 1 de 104
1.- INTRODUCCION
Conforme a lo establecido en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/95), y en el REAL DECRETO 171/2004, de 30 de enero, en materia de coordinación de actividades empresariales, GIAHSA como empresa Titular y/o Principal, debe establecer con los contratistas y subcontratistas que realicen prestaciones de servicios como Contratas y/o Subcontratas, los medios para el cumplimiento de la Normativa de prevención de Riesgos Laborales y establecer las pautas necesarias para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores.
En GIAHSA hemos establecido los criterios de actuación para el cumplimiento de la normativa de referencia, en el documento adjunto denominado DOCUMENTO DE COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, en relación con la prestación de servicios que por parte de EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA se viene realizando
como proveedor, que busca como principal fin la eficacia en la prevención de los daños a la salud de los trabajadores.
Igualmente en dicho documento se indican los riesgos y medidas preventivas a llevar a cabo por EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA
TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA, en relación a las actividades desarrolladas por GIAHSA en sus instalaciones, centros de trabajo y ámbito de actuación.
La coordinación entre GIAHSA y EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA, se establece a
través nuestro Servicio de prevención de Riesgos Laborales,.
GESTION INTEGRAL DEL AGUA DE HUELVA, S.A., asume el compromiso de coordinación establecido por la normativa laboral vigente en materia de prevención de riesgos laborales así como en el citado DOCUMENTO DE COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES e insta a EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA, a la colaboración y
coordinación para el logro de una prevención y control eficaz de los riesgos laborales.
EL GERENTE
Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
Recibí: EMPRESA ADJUDICATARÍA XXX XXXXXX CONCESIÓN DEL SERVICIO DE CONTROL, GESTIÓN Y OPTIMIZACIÓN
DE LA CONTRATACIÓN ENERGÉTICA PARA GIAHSA.
Fecha: 24.04.17
2.- DOCUMENTACIÓN DE COORDINACION
Conforme a lo establecido en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/95), y en el REAL DECRETO 171/2004, de 30 de enero, en materia de coordinación de actividades empresariales, GIAHSA como empresa Titular y/o Principal, debe establecer con los contratistas y subcontratistas que realicen prestaciones de servicios como Contratas y/o Subcontratas, los medios para el cumplimiento de la Normativa de prevención de Riesgos Laborales y establecer las pautas necesarias para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores.
A tal efecto independientemente de los controles que se ejecuten durante el desarrollo de los servicios contratados, para la formalización del contrato ó regularización de la prestación de servicios les comunicamos, la relación de documentos que con carácter obligatorio nos debe suministrar para garantizar el deber de coordinación preventiva, como empresa que asume con nuestra entidad un contrato de prestación de servicios (1):
Listado completo de trabajadores con Nombre, D.N.I. y puesto de trabajo, adscritos a cada servicio.
Documento de acreditación de modalidad de organización preventiva.
Copia del Contrato de Servicio de prevención Concertado.
Acreditación que han realizado para los servicios adjudicados, la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva.
Acreditación que han cumplido sus obligaciones en materia de información y formación relativa a los trabajadores que vayan a prestar servicios en Centros de Trabajo de GIAHSA. (Incluida la información de Riesgos de las instalaciones de GIAHSA)
Acreditación de la designación de trabajador cualificado y/o trabajador autorizado según el R.D. 614/2001.
Procedimiento especifico de la EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA para la
realización de trabajos eléctricos
Acreditación de nombramiento o designación del coordinador de actividades empresariales para la realización de obras y servicios contratados, tanto entre GIAHSA y la empresa contratista como entre esta y sus subcontratas
Nombramiento de Recurso Preventivo y justificante de la formación que lo acredita.
Acreditación que los trabajadores que vayan a prestar servicios en Centros de Trabajo de GIAHSA han ejercido su derecho a la vigilancia de la salud y son en su caso aptos para el desarrollo de las tareas objeto de dicha prestación.
Acreditación que los medios de protección entregados a los trabajadores que vayan a prestar servicios en Centros de GIAHSA, son adecuados tanto para el control de riesgos de su propia actividad como para aquellos riesgos derivados de la actividad de GIAHSA.
Compromiso de coordinación ante la concurrencia de empresas, aun sin relación jurídica entre las mismas, en aquellas situaciones que puedan dar lugar a situaciones de riesgos graves o muy graves.
Autorización de uso a los trabajadores de Maquinas y herramientas (Poner relación de maquinas y/o herramientas utilizadas por los trabajadores en los trabajos).
Comunicación y relación de accidentes e incidentes ocurridos durante la prestación del servicio.
Comunicación de presencia o previsión de subcontratación. En caso de subcontratación se deberá realizar la gestión documental de las mismas. (Dicha Gestión será similar a la indicada en esta relación).
Quedamos a su disposición, para cuantas consultas consideren oportunas
Fdo:.GIAHSA
RECIBÍ: EMPRESA ADJUDICATARÍA XXX XXXXXX CONCESIÓN DEL SERVICIO DE CONTROL, GESTIÓN Y OPTIMIZACIÓN
DE LA CONTRATACIÓN ENERGÉTICA PARA GIAHSA.
Fecha: 24.04.17
3.- DOCUMENTO DE COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES
3.1 . OBJETO
Garantizar el control de las condiciones peligrosas para la seguridad y salud de los trabajadores, que se puedan ocasionar a tenor de la contratación de empresas terceras. Por ello, el objeto de este Documento de Coordinación de Actividades Empresariales es establecer las directrices necesarias en materia de Coordinación de Actividades empresariales, de acuerdo con el marco normativo laboral vigente para obtener la máxima eficacia en materia de Prevención de Riesgos Profesionales en la ejecución de la prestación de servicios por parte de EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y
BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA, de acuerdo con el alcance de la prestación de servicios, para lo cual se indican en los siguientes apartados las actuaciones básicas a llevar a cabo tanto por GESTION INTEGRAL DEL AGUA DE HUELVA como por EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA.
Las normas generales de actuación que se dictan podrán ser ampliadas, en función de las características del trabajo en cada momento.
Este Plan es coherente y sirve de marco para el cumplimiento y desarrollo de lo previsto tanto en el Artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (31/1995), como en el REAL DECRETO 171/2004, de 30 de enero, sobre coordinación de actividades empresariales.
Tanto la Dirección como los Técnicos y Mandos intermedios de GIAHSA. GESTION INTEGRAL DEL AGUA DE HUELVA, SA., podrán controlar la aplicación de estas normas y disposiciones, sin que tal posibilidad exonere al EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA de la responsabilidad que le incumbe sobre la adopción de las mismas.
EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y
BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA se compromete a llevar a cabo la puesta en practica del presente Documento de Coordinación de Actividades Empresariales y colaborar con GESTION INTEGRAL DEL AGUA DE HUELVA, S.A. en relación con la prevención de riesgos laborales derivados tanto de la prestación de servicios contratadas como de la concurrencia de actividades a la que den lugar en el ámbito de aplicación del presente documento.
Firma y Sello de la EMPRESA ADJUDICATARÍA XXX XXXXXX CONCESIÓNDEL SERVICIO DE CONTROL, GESTIÓN Y OPTIMIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN ENERGÉTICA PARA GIAHSA
Fecha:24 xx xxxxx de 2017
Este Documento de Coordinación de Actividades Empresariales es de aplicación a todos los trabajos desarrollados por E EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA en contratos de prestación de servicios o para la realización de obras temporales, en las instalaciones, Centros de Trabajo y ámbito de servicio de GESTION INTEGRAL DEL AGUA DE HUELVA, S.A.
3.3- PROCESO DE LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES.
3.3.1. Información sobre riesgos y medidas preventivas de las instalaciones y actividades desarrolladas por GESTION INTEGRAL DEL AGUA DE HUELVA, S.L.
Por parte del Servicio de prevención de GIAHSA, se han establecido para las instalaciones y procesos de producción donde EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA
GIAHSA desarrollará su actividades de prestación de servicio, las situaciones de riesgos y medidas preventivas tanto básicas, como las que pudieran dar lugar a situaciones de riesgos graves o muy graves.
▪ INFORMACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS DERIVADOS DE LAS ACTIVIDADES DESARROLLADAS POR GIAHSA PARA INSTALACIONES DE SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN.
▪ INFORMACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS DERIVADOS DE LAS ACTIVIDADES DESARROLLADAS POR GIAHSA PARA INSTALACIONES DE ABASTECIMIENTO.
▪ INFORMACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS DERIVADOS DE LAS ACTIVIDADES DESARROLLADAS POR GIAHSA PARA SEDE CENTRAL Y OFICINAS.
▪ INFORMACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS DERIVADOS DE LAS ACTIVIDADES DESARROLLADAS POR GIAHSA EN PLANTA DE CLASIFICACION DE ENVASES LIGEROS XX XXXXXXXXX.
▪ INFORMACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS PUNTO LIMPIO DE PUNTA UMBRIA.
▪ INFORMACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS DE PUNTOS LIMPIOS.
▪ PE-PRL-01 PERMISOS PARA TRABAJOS CONFINADOS
▪ PE-PRL-02 PERMISOS PARA TRABAJOS EN AREAS RESTRINGIDAS
▪ PE-PRL-03 PERMISOS PARA TRABAJOS ELÉCTRICOS
▪ PE-PRL-04 PROCEDIMIENTO DE PREVENCIÓN PARA TRABAJOS EN ALTURA.
El Coordinador designado por parte de GIAHSA respecto a las actividades empresariales desarrolladas en el alcance del presente documento es el Encargado de Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de GIAHSA.
Por parte de EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE
ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA se designará un interlocutor que actuará como coordinador de las actividades derivadas de la prestación de servicio, el cual se comunicará a GIAHSA mediante el modelo indicado en anexo I.
Entre las actividades de coordinación a llevar a cabo entre GIAHSA y EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA
TENSIÓN PARA GIAHSA se establecen las siguientes:
Aviso previo de comienzo de prestación de servicio por parte de EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y
BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA. Se comunicará vía fax al responsable del Servicio afectado de GIAHSA, en un plazo no menor de 24 horas para cada actuación específica (intervenciones en equipos, intervenciones en rebombeos, depósitos, intervenciones eléctricas o electromecánicas) objeto de las prestaciones adjudicadas mediante EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA
En el caso de prestaciones que den lugar a actuaciones regulares para un periodo determinado en igualdad de instalaciones y condiciones se establecerá la comunicación al inicio de la prestación de servicio mediante comunicación.
Por parte de EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES
DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA se comunicará el trabajador designado para coordinar las actividades empresariales objeto de la prestación de servicios.
Anualmente se realizaran reuniones de coordinación entre GESTION INTEGRAL DEL AGUA DE HUELVA, S.A. y EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA.
Se comunicará por EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA los recursos
preventivos disponibles durante la prestación de servicios. Para ello se utilizará el modelo recogido en el anexo I.
3.5.1 CONTROL PREVIO.
Se remitirá por EMPRESA ADJUDICATARIA las acreditaciones y documentos que se relacionan en el apartado 2 DOCUMENTACION DE COORDINACIÓN tanto al inicio de su actividad como EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES
DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA, o cuando tenga lugar variación alguna en cualquiera de los requisitos objeto de la prestación de servicios incluida la subcontratación con otras empresas
3.5.2. CONTROL ACTIVO.
Se desarrollará a tenor de las actividades de control periódico que tanto GIAHSA como EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA
TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA pueda realizar sobre las actividades tanto de la contrata principal como de las subcontratas. En este sentido se prevén las siguientes actividades:
- Cumplimiento de las comunicaciones de aviso previo al inicio de las actividades de la prestación de servicio por parte de EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA, o de sus subcontratas.
- Comprobación periódica de vigencia de documentación de Control
- Visitas de coordinación por parte de Servicio de prevención de GIAHSA a los trabajos que EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA desarrolle durante la prestación de servicio adjudicada.
- Control de presencia de trabajadores respecto de altas en SS.
- Actuación de los recursos preventivos tanto de GIAHSA como de EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA en aquellas situaciones que puedan dar lugar a riesgos graves o muy graves no contempladas tanto en la información de riesgos y medidas preventivas y sus instrucciones especificas (Procedimientos Generales de Trabajos....), recogidas en el anexo I , como por variación de las circunstancias de la prestación de servicios o concurrencia de terceras empresas.
- Priorizacion de actuaciones preventivas en el caso de concurrencia de empresas ante riesgos graves o muy graves.
3.5.3. CONTROL REACTIVO.
Se producirá un control reactivo ante los siguientes supuestos:
CAUSA | ACCION | RESPONSABLE |
Accidente o daños a la salud por trabajadores pertenecientes a EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA o sus subcontratas. | Comunicación inmediata a responsable de Servicio de GIAHSA para quien se realiza la prestación de Servicio. | EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA |
Remisión inmediata del informe de investigación de daños a la salud o en su caso comunicación vía fax a Servicio de prevención de GIAHSA | EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA | |
Situación de riesgo grave o muy grave durante la realización de la prestación de servicios por parte de EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA, o subcontratas de la misma. | Paralización de actividades propias y concurrentes. | EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA / GIAHSA |
Comunicación inmediata a responsable de Servicio de GIAHSA para quien se realiza la prestación de Servicio. | EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA | |
Presencia de recursos preventivos de EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA | EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA /GIAHSA. | |
Presencia de Coordinador de actividades empresariales de GIAHSA. | GIAHSA | |
Incumplimientos de norma respecto de: Coordinación de actividades empresariales Incumplimientos de norma respecto de Coordinación de actividades empresariales | Paralización de la actividad objeto de la prestación de servicio. | EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA /GIAHSA |
Controles periódicos de las condiciones de trabajo. | EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA /GIAHSA | |
Informes de revisión de criterios sobre la adjudicación de prestación de servicios sobre la empresa contratada | GIAHSA |
5. RELACIÓN DE ANEXOS.
- ANEXO I
▪ INFORMACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS DERIVADOS DE LAS ACTIVIDADES DESARROLLADAS POR GIAHSA PARA INSTALACIONES DE SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN.
▪ INFORMACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS DERIVADOS DE LAS ACTIVIDADES DESARROLLADAS POR GIAHSA PARA INSTALACIONES DE ABASTECIMIENTO.
▪ INFORMACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS DERIVADOS DE LAS ACTIVIDADES DESARROLLADAS POR GIAHSA PARA SEDE CENTRAL Y OFICINAS.
▪ INFORMACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS DERIVADOS DE LAS ACTIVIDADES DESARROLLADAS POR GIAHSA EN PLANTA DE CLASIFICACION DE ENVASES LIGEROS XX XXXXXXXXX.
▪ INFORMACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS PUNTO LIMPIO DE PUNTA UMBRIA.
▪ INFORMACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS DE PUNTOS LIMPIOS.
▪ PE-PRL-01 PERMISOS PARA TRABAJOS CONFINADOS
▪ PE-PRL-02 PERMISOS PARA TRABAJOS EN AREAS RESTRINGIDAS
▪ PE-PRL-03 PERMISOS PARA TRABAJOS ELÉCTRICOS
▪ PE-PRL-04 PROCEDIMIENTO DE PREVENCIÓN PARA TRABAJOS EN ALTURA.
MODELO DE COMUNICACION DE COORDINADOR DE EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA
Conforme a lo establecido en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/95), y en el REAL DECRETO 171/2004, de 30 de enero, en materia de coordinación de actividades empresariales, EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA
debe establecer con la empresa Titular y/o Principal en la que realicen prestaciones de servicios como Contratas y/o Subcontratas, los medios humanos de coordinación para el cumplimiento de la Normativa de prevención de Riesgos Laborales.
Por lo que comunicamos a GESTION INTEGRAL DEL AGUA DE HUELVA, S.A., que el responsable de coordinación en relación a la adjudicación o contrato de prestación de servicios por parte de . EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA son.(1)
Coordinador EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA:
o Nombre:
o Teléfono de contacto permanente:
o FIRMA
Recursos Preventivos de EMPRESA ADJUDICATARIA DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ALTA TENSIÓN Y BAJA TENSIÓN PARA GIAHSA:
o Nombre(s):
o FIRMA:
o Cualificación en prevención (nivel básico, intermedio, superior / especialidad):
o Funciones en el modelo de organización (trabajador designado, servicio propio, ajeno,...):
INFORMACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS PARA EMPRESAS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN INSTALACIONES DE DEPURACIÓN Y SANEAMIENTO
INSTALACIONES DE TRATAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES
NORMAS GENERALES DE SEGURIDAD Y ACCESO A INSTALACIONES:
El acceso a los medios de transporte, instalaciones y estaciones de tratamiento y depuración de aguas residuales quedan sujetas a las condiciones contractuales de los servicios o trabajos a realizar no pudiéndose acceder a instalaciones que no sean objeto de los mismos, de forma que es necesario la comunicación y autorización de un responsable de GIAHSA para el acceso a las mismas y la ejecución de la prestación del servicio que se trate.
Para aquellas Empresas que dispongan de medios de acceso garantizaran que la instalación o recinto quede cerrado a la terminación de los trabajos.
Toda operación que implique la puesta en marcha o parada de equipos, instalaciones o medios de producción será supervisada por el operador de la estación o responsable de GIAHSA.
Se prohíbe comer o introducir bebidas alcohólicas en las instalaciones o recintos.
Es nuestro compromiso ser respetuosos con el medio ambiente, por lo que los residuos peligrosos u orgánicos generados se gestionaran realizando la retirada de los mismos, previa autorización, en los contenedores que al efecto se encuentran en las instalaciones.
Los vehículos no necesarios en la prestación del servicio que se trate quedaran aparcados en los lugares que a tal efecto se disponen, no entorpeciendo con los mismos las vías de circulación de las instalaciones.
En caso de aviso debido a situación de emergencia, todo el personal de contrata evacuara la instalación hacia el acceso de entrada, salvo que por la índole de la misma sea necesaria la prestación del servicio en el control de la citada situación de emergencia, debidamente autorizado por personal responsable de GIAHSA.
El contratista debe garantizar que todos sus mandos y personal, tengan la formación e información suficiente acerca de sus propios riesgos laborales, medidas de prevención a efectuar, así como disponer de los equipos necesarios de protección individual. También deberá informar a sus trabajadores de los riesgos y medidas de prevención a adoptar en estas instalaciones.
Se informará al Servicio de Prevención o al responsable de la instalación, acerca de los riesgos que pudieran originar por el desarrollo de sus tareas.
Conforme al deber de vigilancia, GIAHSA se reserva el derecho de parar los trabajos, rechazar trabajadores e invitar a abandonar las instalaciones, a aquellas contratas o trabajadores que incumplan la normativa en prevención de riesgos laborales.
Cuando por razón de las actividades desarrolladas en la prestación de servicios se interfiera en el proceso productivo de GIAHSA o en la prestación de servicios de otras empresas de contratas, pudiendo dar lugar a situaciones de riesgo graves o muy graves, se paralizaran los trabajos comunicando al Servicio de Prevención de GIAHSA las
circunstancias y riesgos concurrentes a fin de coordinar las actividades preventivas necesarias.
En este sentido, todas las empresas que realicen prestación de servicios para GIAHSA de acuerdo con la normativa legal vigente, en materia de Coordinación Empresarial están obligadas a informar de los riesgos derivados de su actividad tanto a GIAHSA como empresa titular o principal, así como a las empresas cuyas actividades concurran, aun sin mediar relaciones jurídicas entre las mismas.
Se enumeran a continuación las situaciones de riesgos y medidas preventivas a llevar a cabo durante la prestación de servicios en las Instalaciones de Saneamiento y Depuración de Aguas.
LUGARES DE XXXXXXX. Xx definen como lugares de trabajo todas las instalaciones tanto las incluidas dentro del perímetro de las Estaciones de Depuración de Aguas Residuales (en adelante EDAR), como las de transporte e intermedias (EBAR, colectores, pozos, canalizaciones de transporte), incluidos sus medios de acceso y cerramientos. |
Factor(es) de riesgo: En general y en cuanto a los riesgos derivados de los accesos o deambulación de las instalaciones se consideran los siguientes riesgos: a) Riesgos de caídas al mismo nivel. b) Riesgos de caídas a distinto nivel. c) Riesgos de inmersión en decantadores, arquetas, zonas de desbaste, espesadores, etc. Medida(s) Preventiva(s): Se accederá únicamente a aquellas instalaciones para las cuales se dispone de autorización por parte de Capataces, Encargados o Técnicos de GIAHSA. No se improvisaran itinerarios de deambulación u operaciones para las cuales no existen medios adecuados (muros de decantadores, cámaras anóxicas y óxicas, arquetas a distinto nivel, laberintos de cloración, canales de circulación y distribución, etc) salvo en las plataformas existentes, para lo cual por parte de la empresa de prestación de servicios se habilitará o diseñarán los medios necesarios y adecuados para garantizar la no aparición de los citados riesgos (plataformas, escaleras, andamios, sistemas anticaídas, etc.) En situaciones de accesos mediante escala vertical de largueros, de peldaños adosados, o escalera manual se prohibirá el acceder a las mismas con las manos ocupadas con herramientas, equipos o envases para lo cual se habrá de facilitar bolsa portaherramientas o bien se dispondrá de una soga o cuerda para que, tras situarse en posición segura se procederá a izar el elemento. Se considera posición segura las siguientes alternativas: - Plataforma o nivel elevado protegido mediante barandilla. - Aseguramiento del operario mediante cinturón x xxxxx de seguridad anclado a elemento fijo de la instalación o a dispositivos anticaídas, tales como líneas de vida, cable fiador, etc, ejecutados con suficiente garantía de resistencia. En cuanto a la utilización de las escaleras portátiles, se facilitara información a los trabajadores sobre el manejo de escaleras portátiles, destacando la no utilización de la misma como plataforma de trabajo improvisada, o bien utilizando escaleras no normalizadas, así como el uso individualizado de los tramos en las escaleras extensibles. En la utilización dentro de recintos o instalaciones con pavimento deslizante se prestara especial atención a la firme colocación de la misma, comprobándose su estabilidad. Todo deterioro de los largueros, travesaños o zapatas de apoyo serán motivo de rechazo. |
TRABAJOS TEMPORALES EN ALTURA: Los trabajos que impliquen la realización de trabajos denominados en altura según REAL DECRETO 2177/2004 sera de aplicación el procedimiento PE-04-PRL TRABAJOS EN ALTURA, que se indica en el presente anexo del documento de información de riesgos . |
LUGARES ESPECIALES DE TRABAJO: Se definen en GIAHSA como todos aquellos lugares que por razón de sus accesos, atmósfera o riesgos específicos pueden generar situaciones de riesgo graves o muy graves y que requieren de procedimientos y permisos especiales para la realización de trabajos en su interior. Se clasifican como: • ESPACIOS CONFINADOS: todos aquellos espacios confinados en los que la atmósfera pueda no ser respirable o convertirse en irrespirable a raíz del propio trabajo, por falta de oxígeno o por contaminación por productos tóxicos: INSTALACIONES Y LINEAS DE TRANSPORTE DE AGUAS RESIDUALES: 3. Pozos de saneamiento 4. Colectores 5. Fosas sépticas 6. Cantaras de Estaciones de Bombeos de Aguas Residuales (En adelante EBAR) EDAR: 7. Arquetas de entrada en pretratamiento y desbaste. 8. Arquetas de fangos. 9. Espesadores con cubiertas fijas 10. Tolvas de fangos deshidratados 11. Arquetas de entrada en pretratamiento y desbaste. 12. Cámaras anóxicas cubiertas. ESPACIOS DE ACCESO RESTRINGIDO: Son vasos, recipientes o arquetas de instalación pertenecientes al proceso de depuración y que por no ser posible la disposición de medios fijos de acceso al interior del mismo, o que pueden estar parcial o totalmente inundado por aguas en proceso de depuración o fangos.. 13. Arquetas de aireación, desarenado, canales de grasas. 14. Arquetas de adición y mezcla 15. Digestores, cámaras óxicas y anóxicas sin cubiertas 16. Decantadores LOCALES DE ALMACENAMIENTO O PROCESO CON PRESENCIA DE REACTIVOS |
QUÍMICOS : Se definen como aquellos espacios integrados en proceso o de almacenamiento que almacenan reactivos químicos a granel o en recipientes las siguientes: ESTACIONES DE DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES: Instalaciones de Desodorización. Depósitos de almacenamiento a granel. Almacenes de reactivos químicos en garrafas o jerricanes. EBAR: Depósitos de almacenamiento y dosificación. |
Factor(es) de riesgo en ESPACIOS CONFINADOS: Riesgos de inmersión, envenenamiento, asfixia, explosión o deflagración de biogases. |
Medida(s) Preventiva(s): Para la realización de trabajos en espacios confinados se seguirá el Procedimiento referencia PE-01-PRL TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS, que se indica en el presente anexo del documento de información de riesgos . |
Factor(es) de riesgo en ESPACIOS DE ACCESO RESTRINGIDO: Riesgos biológicos. Riesgos de inmersión. |
Medida(s) Preventiva(s): Para la realización de trabajos en espacios de acceso restringido se seguirá el Procedimiento referencia PE-02-PRL TRABAJOS EN ESPACIOS RESTRINGIDOS, que se indica en el presente anexo del documento de información de riesgos . |
Factor(es) de riesgo en LOCALES DE PROCESO O ALMACENAMIENTO CON PRESENCIA DE REACTIVOS QUIMICOS: Riesgos proyecciones reactivos químicos en dosificaciones de desodorización. Salas de cloracion. Riesgos de contacto o proyecciones de reactivos químicos en procesos de carga / descarga de reactivos químicos a granel. |
Medida(s) Preventiva(s): Para la realización de trabajos en espacios de acceso restringido se seguirá el Procedimiento referencia PE-02-PRL TRABAJOS EN ESPACIOS RESTRINGIDOS, que se indica en el presente anexo del documento de información de riesgos . |
Factor(es) de riesgo: Riesgos de caídas al mismo nivel. Riesgos de caídas a distinto nivel. Riesgos de inmersión en decantadores, arquetas, zonas de desbaste, espesadores, salas de deshidratación, etc. Atrapamientos. Riesgos de proyecciones. Medida(s) Preventiva(s): Queda prohibido posicionarse sobre equipos de trabajo fijos o en movimiento que no dispongan de plataforma adecuada con protecciones perimetrales salvo en aquellos que reúnen los requisitos adecuados: puente-carro en instalación de desarenado, puente-carro de decantadores, puente espesadores, plataformas de filtros banda, Etc. Las paradas de equipos se realizaran con preaviso a Sistemas de Telecontrol de GIAHSA o personal responsable enclavando mediante paro manual y señalizando el mando con cartel de advertencia. Toda reparación de instalaciones en cercanías de equipos o maquinas que en tareas de reparación o mantenimiento, presenten riesgos de atrapamiento, punzamiento, proyección o laceración se procederá a la comunicación a personal responsable de GIAHSA para que se realice por parte del operador su parada previa y enclavamiento tal y como se recoge en el párrafo anterior. Las inspecciones y comprobaciones de equipos de trabajo o instalaciones se realizaran con los dispositivos de seguridad y resguardos colocados. Una reparación o mantenimiento no se dará por finalizada hasta la reposición de los elementos de protección y resguardos. |
ENERGIAS UTILIZADAS: |
La energía considerada como factor de riesgo en las instalaciones de GIAHSA, es la energía eléctrica. Las instalaciones eléctricas de transporte, transformación y distribución, no serán objeto de manipulación, tareas de mantenimiento o reparación salvo para operarios que de acuerdo con el R.D. 614/2001 sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico, dispongan de la acreditación por parte de la empresa de prestación de servicios como trabajador autorizado o cualificado en función de la prestación de servicio a realizar. |
Factor(es) de riesgo: En la realización de tareas de instalación, comprobación o mantenimiento preventivo o correctivo pueden surgir situaciones de riesgos graves o muy graves tales como: Contacto eléctrico directo por contacto con elementos en tensión, Contacto eléctrico indirecto por contacto con masas puestas accidentalmente en tensión. Quemaduras por choque eléctrico o por arco eléctrico. Caídas o golpes como consecuencia de choque o arco eléctrico. Incendio o explosiones originados por la electricidad. |
Medida(s) Preventiva(s): No se permitirá el acceso a instalaciones eléctricas a personal no autorizado por Encargado ó Capataces de GIAHSA. Únicamente intervendrán en la reparación, mantenimiento y limpieza de los equipos e instalaciones eléctricas aquellos trabajadores que dispongan de la designación por parte de la Empresa Contratista como trabajadores autorizados o trabajadores cualificados en concordancia con los procedimientos de trabajo y limitaciones establecidos en el R.D. 614/2001 sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico, para lo cual se deberá acreditar dicha designación y el alcance de la misma. Todas intervenciones en instalaciones eléctricas de GIAHSA se realizaran con preaviso a Sistemas de Telecontrol de GIAHSA así como personal responsable tanto Operadores, Capataces como Encargados de GIAHSA. Las intervenciones se realizaran conforme al Procedimiento referencia PE-03-PRL TRABAJOS ELECTRICOS, que se indica en el presente anexo del documento de información de riesgos . En cuanto al uso de las instalaciones eléctricas de GIAHSA para la conexión de receptores eléctricos, estas se realizaran única y exclusivamente en cuadros eléctricos con bases de enchufe externa mediante bases de clavijas normalizadas de acuerdo con las características de cada receptor. En cuanto a la utilización de lámparas portátiles, estas deberán estar dotadas xx xxxxx aislamiento y conectadas a baterías de 12 v o transformador 220 v/ 12v con separador de circuitos y doble aislamiento |
RIESGOS BIOLOGICOS |
Factor(es) de riesgo: Riesgos biológicos por salpicaduras, inhalación o contacto con aguas residuales. INSTALACIONES AFECTADAS: Instalaciones de transporte, Estaciones de Bombeo de Aguas Residuales y Estación de Depuración de Aguas Residuales: INSTALACIONES Y LINEAS DE TRANSPORTE DE AGUAS RESIDUALES: 19. Canalizaciones 20. Pozos de saneamiento 21. Colectores ESTACIONES DE DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES: • Arquetas de entrada en pretratamiento y desbaste. • Arqueta de desarenadores, fosos de grasas, desarenador, contenedores de recogida de rechazos. • Arquetas de aireación |
• Arquetas de adición y mezcla • Digestores, cámaras óxicas y anóxicas. • Decantadores • Laberinto de Cloración • Arquetas de fangos. • Espesadores • Tolvas de fangos deshidratados. | |
Medida(s) Preventiva(s): - Prohibición de comer, beber, o fumar durante la realización de trabajos que impliquen contacto directo con aguas residuales, rechazos de desbastes, arenas, grasas o lodos. - Aseo o higiene en manos, boca y cara antes de comer, beber o fumar tras la realización de los trabajos. - Limpieza de herramientas, o equipos. - Utilización de los equipos de protección individual para estas tareas. Gafas de protección ocular, guantes específicos de protección, mascarillas de protección respiratoria de clase FFP3, buzos desechables específicos, etc.. - En los casos de trabajos con proyección de chispas, fundentes, corte con radial, soldadura o cuales quiera otros de la misma índole no se utilizaran los buzos desechables salvo que se indiquen en sus características que son compatibles con las operaciones indicadas anteriormente. - En el caso de Heridas, laceraciones, pinchazos, relacionados con aguas residuales, equipos o derivados de las mismas: - Lavarse las manos con agua y jabón, aplicar antiséptico y cubrir con gasa esterilizada. Comunicar a responsable directo o Servicio de Prevención para gestionar la atención sanitaria en la Mutua de Accidentes o centro asistencial correspondiente, a fin de instaurar el tratamiento adecuado. - Se comunicara igualmente en los casos de inmersión que implique la ingestión o inhalación de aguas residuales, así como las salpicaduras o proyecciones en ojos. | |
Factor(es) de riesgo: Niveles de ruido mayor de 90 dB, cuando las instalaciones siguientes se encuentren en funcionamiento. INSTALACIONES AFECTADAS: EDAR: Soplantes. Compresores Grupo electrógeno | |
RIESGOS QUIMICOS | |
Factor(es) de riesgo: Se han recogido en el apartado de Factor(es) de riesgo en LOCALES DE PROCESO O ALMACENAMIENTO CON PRESENCIA DE REACTIVOS QUÍMICOS. | |
Todos los operarios de empresas de prestación de servicio en el ámbito de desarrollo de las actividades desarrolladas por GIAHSA, están obligados a la utilización de los equipos de protección individual conforme a los riesgos derivados de las tareas que desarrollen, así como las empresas a exigir su uso.
Independientemente de los citados equipos de protección individual se hace necesario en razón a los riesgos derivados de las actividades de GIAHSA la utilización de los siguientes:
TIPO DE EPI: Calzado de protección para el pie. RIESGO: Golpes en las extremidades inferiores.,
TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Uso general en tareas de limpieza, mantenimiento de equipos o edificaciones así como puesta en instalaciones de equipos. Carga y descarga de reactivos químicos en jerricanes o garrafas, incluidos contenedores y botellones de cloro gas
TIPO DE EPI: botas de protección química para el pie. RIESGO: Proyecciones o derrames de reactivos químicos.
TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Carga y descarga de equipos herramientas, reactivos en jerricanes o garrafas.
TIPO DE EPI: Casco de protección para la cabeza.
RIESGO: Golpes, caídas de objetos a distinto nivel, proyección de reactivos químicos, arcos eléctricos
TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Uso general en tareas de limpieza, mantenimiento de equipos o edificaciones así como puesta en instalaciones de equipos, mantenimiento de instalaciones eléctricas, carga y descarga de reactivos químicos
TIPO DE EPI: botas antihumedad o de pocero con protección en puntera RIESGO: caídas de objetos o aplastamientos.
TIPO DE EPI: Buzo de protección desechable, apto para riesgos biológicos. RIESGO: . Riesgos biológicos
TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Tareas de limpieza en cantaras de EBAR, colectores, canalizaciones. En los casos de trabajos con proyección de chispas, fundentes, corte con radial, soldadura o cuales quiera otros de la misma índole no se utilizaran los buzos desechables salvo que se indiquen en sus características que son compatibles con las operaciones indicadas anteriormente
TIPO DE EPI: Buzo de protección desechable, apto para trabajos con exposición a amianto.
RIESGO: . Exposición a fibras de amianto
TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Tareas xx xxxxx y mecanizado de canalizaciones de fibrocemento. En los casos de trabajos con proyección de chispas, fundentes, corte con radial, soldadura o cuales quiera otros de la misma índole no se utilizaran los buzos desechables salvo que se indiquen en sus características que son compatibles con las operaciones indicadas anteriormente
TIPO DE EPI: Buzo de protección desechable de protección química al menos Clase 3.
RIESGO: . Proyecciones o salpicaduras de reactivos químicos ácidos o básicos.
TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Tareas de mantenimiento en equipos de dosificación, proceso o almacenamiento de reactivos químicos. En los casos de trabajos con proyección de chispas, fundentes, corte con radial, soldadura o cuales quiera otros de la misma índole no se utilizaran los buzos desechables salvo que se indiquen en sus características que son compatibles con las operaciones indicadas anteriormente.
TIPO DE EPI: Arnés anticaídas RIESGO: . Caídas a distinto nivel
TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Trabajos en altura, Trabajos en espacios confinados.
TIPO DE EPI: Dispositivo anticaídas RIESGO: ..Caídas a distinto nivel
TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Trabajos en altura.
TIPO DE EPI: Delantal de protección química.
RIESGO: . Proyecciones o salpicaduras en carga o descarga de reactivos químicos. TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Carga o descarga de reactivos químicos a granel
TIPO DE EPI: Guantes de protección mecánica con especificación de aptos para riesgo biológico.
RIESGO: Cortes, laceraciones, aplastamientos
TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: tareas con herramientas manuales, transporte de equipos, válvulas, motores, que puedan estar o hayan estado en contacto directo con aguas residuales, nieblas o aerosoles, etc.
TIPO DE EPI: Guantes de protección química y de protección frente a riesgo biológico, apto para ácido sulfúrico, xxxx cáustica, sulfato xx xxxxxx, policloruros de aluminio, hipoclorito sódico.
RIESGO: Contactos con reactivos químicos, trabajos en instalaciones de dosificación de reactivos y equipos en contacto con aguas residuales.
TIPO DE EPI: guantes de protección dieléctricos para maniobras en alta tensión* RIESGO: arcos eléctricos, contactos eléctricos en maniobras de descargo
TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: trabajos en tensión o en proximidad a instalaciones en tensión
TIPO DE EPI: protección respiratoria con filtro mecánico tipo ffpp3 RIESGO: Biológicos, exposición a fibras de amianto.
TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Deambulación en general por áreas y pasillos de zonas de depuración donde puedan generarse nieblas y aerosoles por agitación, aireación de aguas residuales, proyección de agua en tareas de limpieza en cualesquiera de las instalaciones indicadas en el apartado de Riesgos Biológicos. Trabajos xx xxxxx y mecanizado de canalizaciones de fibrocemento.
TIPO DE EPI: Mascara facial de protección respiratoria con filtro combinado para gases y vapores orgánicos, inorgánicos y ácidos de tipo A2B2P3
RIESGO: Exposición a vapores o proyecciones de reactivos químicos, exposición a gases procedentes de procesos de depuración.
TIPO DE EPI: gafas de protección RIESGO: lesiones oculares por proyección de partículas u objetos TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: trabajos de mantenimiento, herramientas manuales, etc.. con riesgos de proyección de partículas u objetos. Además se utilizaran permanentemente en cualquiera de las instalaciones donde en razón a las tareas a realizar se pueda estar en contacto directamente con aguas residuales incluidas las nieblas o aerosoles procedentes bien del proceso de depuración o de las tareas de limpieza . TIPO DE EPI: pantallas faciales de protección RIESGO: arco eléctrico, salpicaduras de productos o sustancias químicas TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: trabajos eléctricos, trasvase, carga o descarga de productos químicos |
MEDIDAS DE EMERGENCIA: |
Las situaciones anormales que dan lugar a la puesta en marcha del Plan Interior de Emergencias para EDAR y ETAP de GIAHSA en las instalaciones de saneamiento y depuración son. Accidentes laborales con resultados graves por atrapamientos , caídas a distinto nivel, contactos masivos con reactivos, etc.. Inmersión por caídas en arquetas, decantadores, cámaras anóxicas, cámaras óxicas, espesadores, y todas aquellas instalaciones que estén o puedan estar ocupadas con aguas residuales, lodos o reactivos químicos. Incendios generados en motores, cuadros de control de motores, grupos electrógenos, oficinas etc. Derrames masivos de reactivos químicos en unidades de almacenamiento o proceso. Cualquier situación de emergencia dará lugar a la paralización inmediata de los trabajos que se estén ejecutando por la empresa de prestación de servicio. En las EDAR se disponen como medios de actuación en caso de emergencias los siguientes: Botiquín de primeros auxilios Medios Manuales de Extinción. Duchas y lavaojos de emergencias. Contenedores con arena para la contención de reactivos químicos. Las pautas básicas de actuación en caso de generarse una situación de emergencia de cualquier índole son las siguientes. |
Comunicación inmediata al responsable de la instalación: Operador, Capataz, Encargado o Jefe de Servicio de Saneamiento y Depuración, de acuerdo con el directorio de emergencias del anexo 3. En el caso de accidentes laborales con resultados graves o inmersión se procederá a la prestación de los primeros auxilios necesarios, quedando a la espera de la asistencia inmediata de los servicios sanitarios correspondientes. Sobre las restantes situaciones de emergencias se estará a lo siguiente salvo criterio en contra del responsable de la empresa de prestación de servicios o personal responsable de GIAHSA: En el caso de emergencias por derrame masivo de reactivos químicos se procederá a realizar el corte en la válvula inmediata aguas arriba del derrame, así como a la contención con arena del derrame y en caso de no ser posible esto ultimo se realizara la dilución con agua dirigiendo la misma a los imbornales de la red interior de la instalación. En el caso de derrames de reactivos químicos con afectación de operarios se procederá a la utilización de las duchas de emergencias y lavaojos, y se tratara como actuación de emergencia por accidente laboral. En el caso de incendios, se podrán utilizar únicamente los medios manuales de extinción disponibles (extintores), Queda prohibido la utilización de mangueras de agua tanto xx xxxxx como las bocas de incendio equipadas para la extinción en cuadros eléctricos, motores eléctricos, centros de transformación, y sobre cualquier equipo accionado mediante energía eléctrica. Ante cualquier situación de emergencia que no pueda ser controlada con los medios existentes en la instalación y los operarios de la prestación de servicio, se procederá a la evacuación de la zona o área afectada. Los avisos de alarma y evacuación se pueden producir verbalmente o bien a través de telefonía móvil, en caso de no presencia de personal responsable de GIAHSA. En ese caso los operarios de las empresas de prestación de servicios abandonaran sin demora la instalación, previa comunicación a personal responsable. En el caso de las EBAR, se suspenderán y no se realizaran los trabajos en caso de precipitaciones con aportes masivos de aguas pluviales. |
INFORMACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS PARA EMPRESAS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN INSTALACIONES DE POTABILIZACION, TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO DE AGUA.
INSTALACIONES DE POTABILIZACION TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO DE AGUAS:
NORMAS GENERALES DE SEGURIDAD Y ACCESO A INSTALACIONES:
El acceso a las instalaciones, medios de transporte y estaciones de potabilizacion de aguas quedan sujetas a las condiciones contractuales de los servicios o trabajos a realizar no pudiéndose acceder a instalaciones que no sean objeto de los mismos, de forma que es necesario la comunicación y autorización de un responsable de GÏAHSA para el acceso a las mismas y la ejecución de la prestación del servicio que se trate.
Para aquellas Empresas que dispongan de medios de acceso garantizaran que la instalación o recinto quede cerrado a la terminación de los trabajos.
Toda operación que implique la puesta en marcha o parada de equipos, instalaciones o medios de producción será supervisada por el operador de la estación o responsable de GIAHSA.
Se prohíbe comer o introducir bebidas alcohólicas en las instalaciones o recintos.
Es nuestro compromiso ser respetuosos con el medio ambiente, por lo que los residuos peligrosos u orgánicos generados se gestionaran realizando la retirada de los mismos, previa autorización, en los contenedores que al efecto se encuentran en las instalaciones.
Los vehículos no necesarios en la prestación del servicio que se trate quedaran aparcados en los lugares que a tal efecto se disponen, no entorpeciendo con los mismos las vías de circulación de las instalaciones.
En caso de aviso debido a situación de emergencia, todo el personal de contrata evacuara la instalación hacia el acceso de entrada, salvo que por la índole de la misma sea necesaria la prestación del servicio en el control de la citada situación de emergencia, debidamente autorizado por personal responsable de GIAHSA.
El contratista debe garantizar que todos sus mandos y personal, tengan la formación e información suficiente acerca de sus propios riesgos laborales, medidas de prevención a efectuar, así como disponer de los equipos necesarios de protección individual. También deberá informar a sus trabajadores de los riesgos y medidas de prevención a adoptar en estas instalaciones.
Se informará al Servicio de Prevención o al responsable de la instalación, acerca de los riesgos que pudieran originar por el desarrollo de sus tareas.
Conforme al deber de vigilancia, GIAHSA se reserva el derecho de parar los trabajos, rechazar trabajadores e invitar a abandonar las instalaciones, a aquellas contratas o trabajadores que incumplan la normativa en prevención de riesgos laborales.
Cuando por razón de las actividades desarrolladas en la prestación de servicios se interfiera en el proceso productivo de GIAHSA o en la prestación de servicios de otras empresas de contratas, pudiendo dar lugar a situaciones de riesgo graves o muy graves, se paralizaran los trabajos comunicando al Servicio de Prevención de GIAHSA las circunstancias y riesgos concurrentes a fin de coordinar las actividades preventivas necesarias.
En este sentido, todas las empresas que realicen prestación de servicios para GIAHSA de acuerdo con la normativa legal vigente, en materia de Coordinación Empresarial están obligadas a informar de los riesgos derivados de su actividad tanto a GIAHSA como empresa titular o principal, así como a las empresas cuyas actividades concurran, aun sin mediar relaciones jurídicas entre las mismas.
Se enumeran a continuación las situaciones de riesgos y medidas preventivas a llevar a cabo durante la prestación de servicios en las Instalaciones de Potabilización Transporte y Almacenamiento de Aguas.
LUGARES DE TRABAJO. Se definen como lugares de trabajo todas las instalaciones tanto las incluidas dentro del perímetro de las Estaciones de Potabilización de Aguas(en adelante ETAP), como las de transporte e intermedias (EBAP, depósitos, EBAP, canalizaciones de transporte), incluidos sus medios de acceso y cerramientos. |
Factor(es) de riesgo: En general y en cuanto a los riesgos derivados de los accesos o deambulación de las instalaciones se consideran los siguientes riesgos. Riesgos de caídas al mismo nivel. Riesgos de caídas a distinto nivel. Riesgos de inmersión en decantadores, arquetas, zonas de desbaste, espesadores, etc. Medida(s) Preventiva(s): Se accederá únicamente a aquellas instalaciones para las cuales se dispone de autorización por parte de Capataces, Encargados o Técnicos de GIAHSA. No se improvisaran itinerarios de deambulación u operaciones para las cuales no existen medios adecuados (muros de decantadores, arquetas a distinto nivel, canales de circulación y distribución, etc) salvo en las plataformas existentes, para lo cual por parte de la empresa de prestación de servicios se habilitará o diseñarán los medios necesarios y adecuados para garantizar la no aparición de los citados riesgos (plataformas, escaleras, andamios, sistemas anticaídas, etc.) En situaciones de accesos mediante escala vertical de largueros, de peldaños adosados, o escalera manual se prohibirá el acceder a las mismas con las manos ocupadas con herramientas, equipos o envases para lo cual se habrá de facilitar bolsa portaherramientas o bien se dispondrá de una soga o cuerda para que, tras situarse en posición segura se procederá a izar el elemento. Se considera posición segura las siguientes alternativas: - Plataforma o nivel elevado protegido mediante barandilla. - Aseguramiento del operario mediante cinturón x xxxxx de seguridad anclado a elemento fijo de la instalación o a dispositivos anticaídas, tales como líneas de vida, cable fiador, etc, ejecutados con suficiente garantía de resistencia. No se improvisaran plataformas tales como bidones, cajas de embalajes, sillas, equipos de trabajo (motores, canalizaciones, equipos) para la realización de tareas a distinto nivel o en altura. En cuanto a la utilización de las escaleras portátiles, se facilitara información a los trabajadores sobre el manejo de escaleras portátiles, destacando la no utilización de la misma como plataforma de trabajo improvisada, o bien utilizando escaleras no normalizadas, así como el uso individualizado de los tramos en las escaleras extensibles. En la utilización dentro de recintos o instalaciones con pavimento deslizante se prestara especial atención a la firme colocación de la misma, comprobándose su estabilidad. Todo deterioro de los largueros, travesaños o zapatas de apoyo serán motivo de rechazo. |
TRABAJOS TEMPORALES EN ALTURA: Los trabajos que impliquen la realización de trabajos denominados en altura según REAL DECRETO 2177/2004 sera de aplicación el procedimiento PE-04-PRL TRABAJOS EN ALTURA, que se indica en el presente anexo del documento de información de riesgos . |
LUGARES ESPECIALES DE TRABAJO: Se definen en GIAHSA como todos aquellos lugares que por razón de sus accesos, atmósfera o riesgos específicos pueden generar situaciones de riesgo graves o muy graves y que requieren de procedimientos y permisos especiales para la realización de trabajos en su interior. Se clasifican como: ESPACIOS CONFINADOS: todos aquellos espacios confinados en los que la atmósfera pueda no ser respirable o convertirse en irrespirable a raíz del propio trabajo, por falta de oxígeno o por contaminación por productos tóxicos: INSTALACIONES DE FILTRACIÓN Y ALMACENAMIENTO DE AGUA POTABLE: depósitos Filtros cerrados Aljibes de agua filtrada o pretratada. ESPACIOS DE ACCESO RESTRINGIDO: Son vasos, recipientes o arquetas de instalación pertenecientes al proceso de depuración y que por no ser posible la disposición de medios fijos de acceso al interior del mismo, o que pueden estar parcial o totalmente inundado por aguas en proceso de depuración o fangos.. Arquetas de entrada. Arquetas de adición y mezcla Instalaciones que por su diferencia de nivel son susceptibles de inundación en caso de averías o roturas. Decantadores LOCALES DE ALMACENAMIENTO O PROCESO CON PRESENCIA DE REACTIVOS QUÍMICOS : Se definen como aquellos espacios integrados en proceso o de almacenamiento que almacenan reactivos químicos a granel o en recipientes las siguientes: ETAP: Recintos de suministro y dosificación mediante cloro gas. Recintos de desinfección mediante dióxido de cloro. Depósitos de almacenamiento de reactivos a granel. Almacenes de reactivos químicos en garrafas o jerricanes. DEPOSITOS Y EBAP Recintos de suministro y dosificación mediante cloro gas. Recintos de suministro y dosificación de reactivos químicos. |
TRABAJOS EN ALTURA : Se definen como aquellos trabajos cuya diferencia de nivel respecto del ETAP: Trabajos en perímetros de cubiertas de depósitos de almacenamientos. Cubiertas de edificios Xxxxxx de telecomunicación. |
Factor(es) de riesgo en ESPACIOS CONFINADOS: Riesgos de inmersión, envenenamiento, asfixia. |
Medida(s) Preventiva(s): Para la realización de trabajos en espacios confinados se seguirá el Procedimiento referencia PE-01-PRL TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS, que se indica en el presente anexo del documento de información de riesgos . |
Factor(es) de riesgo en ESPACIOS DE ACCESO RESTRINGIDO: Riesgos de caídas Riesgos de inmersión. |
Medida(s) Preventiva(s): Para la realización de trabajos en espacios de acceso restringido se seguirá el Procedimiento referencia PE-02-PRL TRABAJOS EN ESPACIOS RESTRINGIDOS, que se indica en el presente anexo del documento de información de riesgos . |
Factor(es) de riesgo en LOCALES DE PROCESO O ALMACENAMIENTO CON PRESENCIA DE REACTIVOS QUIMICOS: Riesgos tóxicos y corrosivos en instalaciones de cloro gas y dióxido de cloro. Riesgos proyecciones reactivos químicos en dosificaciones de reactivos para desinfección. Riesgos de contacto o proyecciones de reactivos químicos en procesos de carga / descarga de reactivos químicos a granel. Riesgos de fugas en contenedores y botellones de cloro gas. |
Medida(s) Preventiva(s): Para la realización de trabajos en espacios de acceso restringido se seguirá el Procedimiento referencia PE-02-PRL TRABAJOS EN ESPACIOS RESTRINGIDOS, que se indica en el presente anexo del documento de información de riesgos . |
Factor(es) de riesgo: Riesgos de caídas al mismo nivel. Riesgos de caídas a distinto nivel. Riesgos de inmersión en decantadores, depósitos, arquetas de entrada, equipos de dosificación de carbón activo. Atrapamientos. Riesgos de proyecciones. Medida(s) Preventiva(s): Queda prohibido posicionarse sobre equipos de trabajo fijos o en movimiento que no dispongan de plataforma adecuada con protecciones perimetrales salvo en aquellos que reúnen los requisitos adecuados: puente de decantadores, plataformas para equipos de dosificación de carbón activo. Las paradas de equipos se realizaran con preaviso a Sistemas de Telecontrol de GIAHSA o personal responsable enclavando mediante paro manual y señalizando el mando con cartel de advertencia. Toda reparación de instalaciones en cercanías de equipos o maquinas que en tareas de reparación o mantenimiento, presenten riesgos de atrapamiento, punzamiento, proyección o laceración se procederá a la comunicación a personal responsable de GIAHSA para que se realice por parte del operador su parada previa y enclavamiento tal y como se recoge en el párrafo anterior. Las inspecciones y comprobaciones de equipos de trabajo o instalaciones se realizaran con los dispositivos de seguridad y resguardos colocados. Una reparación o mantenimiento no se dará por finalizada hasta la reposición de los elementos de protección y resguardos. |
ENERGIAS UTILIZADAS: La energía considerada como factor de riesgo en las instalaciones de GIAHSA, es la energía eléctrica. Las instalaciones eléctricas de transporte, transformación y distribución, no serán objeto de manipulación, tareas de mantenimiento o reparación salvo para operarios que de acuerdo con el R.D. 614/2001 sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico, dispongan de la acreditación por parte de la empresa de prestación de servicios como trabajador autorizado o cualificado en función de la prestación de servicio a realizar. |
Factor(es) de riesgo: En la realización de tareas de instalación, comprobación o mantenimiento preventivo o correctivo pueden surgir situaciones de riesgos graves o muy graves tales como: Contacto eléctrico directo por contacto con elementos en tensión, Contacto eléctrico indirecto por contacto con masas puestas accidentalmente en tensión. Quemaduras por choque eléctrico o por arco eléctrico. Caídas o golpes como consecuencia de choque o arco eléctrico. Incendio o explosiones originados por la electricidad. |
Medida(s) Preventiva(s): No se permitirá el acceso a instalaciones eléctricas a personal no autorizado por Encargado ó Capataces de GIAHSA. |
Únicamente intervendrán en la reparación, mantenimiento y limpieza de los equipos e instalaciones eléctricas aquellos trabajadores que dispongan de la designación por parte de la Empresa Contratista como trabajadores autorizados o trabajadores cualificados en concordancia con los procedimientos de trabajo y limitaciones establecidos en el R.D. 614/2001 sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico, para lo cual se deberá acreditar dicha designación y el alcance de la misma. Todas intervenciones en instalaciones eléctricas de GIAHSA se realizaran con preaviso a Sistemas de Telecontrol de GIAHSA así como personal responsable tanto Operadores, Capataces como Encargados de GIAHSA. Las intervenciones se realizaran conforme al Procedimiento referencia PE-03-PRL TRABAJOS ELECTRICOS, que se indica en el presente anexo del documento de información de riesgos . En cuanto al uso de las instalaciones eléctricas de GIAHSA para la conexión de receptores eléctricos, estas se realizaran única y exclusivamente en cuadros eléctricos con bases de enchufe externa mediante bases de clavijas normalizadas de acuerdo con las características de cada receptor. En cuanto a la utilización de lámparas portátiles, estas deberán estar dotadas xx xxxxx aislamiento y conectadas a baterías de 12 v o transformador 220 v/ 12v con separador de circuitos y doble aislamiento |
RIESGOS FISICOS |
Factor(es) de riesgo: Niveles de ruido mayor de 90 dB, cuando las instalaciones siguientes se encuentren en funcionamiento. INSTALACIONES AFECTADAS: ETAP: • Soplantes. • Compresores • Grupo electrógeno |
RIESGOS QUIMICOS |
Riesgos: Se han recogido en el apartado de Factor(es) de riesgo en LOCALES DE PROCESO O ALMACENAMIENTO CON PRESENCIA DE REACTIVOS QUÍMICOS. |
EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL: Todos los operarios de empresas de prestación de servicio en el ámbito de desarrollo de las actividades desarrolladas por GIAHSA, están obligados a la utilización de los equipos de protección individual conforme a los riesgos derivados de las tareas que desarrollen, así como las empresas a exigir su uso. Independientemente de los citados equipos de protección individual se hace necesario en razón a los riesgos derivados de las actividades de GIAHSA la utilización de los siguientes: |
TIPO DE EPI: Zapatos de seguridad, RIESGO: Golpes en las extremidades inferiores., TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Uso general en tareas de limpieza, mantenimiento de equipos o edificaciones así como puesta en instalaciones de equipos. TIPO DE EPI: botas de protección química para el pie. RIESGO: Proyecciones o derrames de reactivos químicos. TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Carga y descarga de reactivos químicos en jerricanes o garrafas, incluidos contenedores y botellones de cloro gas TIPO DE EPI: botas antihumedad o de pocero con protección en puntera RIESGO: caídas de objetos o aplastamientos. TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Tareas de limpieza en cantaras de EBAR, colectores, canalizaciones. TIPO DE EPI: Buzo de protección desechable, apto para riesgos biológicos. RIESGO: . Riesgos biológicos TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Tareas de limpieza en cantaras de depósitos, aljibes, etc. TIPO DE EPI: Buzo de protección desechable de protección química al menos Clase 3. RIESGO: . Proyecciones o salpicaduras de reactivos químicos ácidos o básicos. TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Tareas de mantenimiento en equipos de dosificación, proceso o almacenamiento de reactivos químicos. TIPO DE EPI: Delantal de protección química. RIESGO: . Proyecciones o salpicaduras en carga o descarga de reactivos químicos. TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Carga o descarga de reactivos químicos a granel TIPO DE EPI: Arnés anticaídas RIESGO: . Caídas a distinto nivel TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Trabajos en altura, espacios confinados, espacios restringidos. TIPO DE EPI: Dispositivo anticaídas RIESGO: ..Caídas a distinto nivel TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Trabajos en altura. TIPO DE EPI: Guantes de protección mecánica. RIESGO: Cortes, laceraciones, aplastamientos TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: tareas con herramientas manuales, transporte de equipos, válvulas, motores, etc. TIPO DE EPI: Guantes de protección química y de protección frente a riesgo biológico, apto para xxxx cáustica, policloruros de aluminio, hipoclorito sódico, clorito sódico, ácido clorhídrico, permanganato potásico. RIESGO: Contactos con reactivos químicos, trabajos en instalaciones de dosificación de reactivos. TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Trabajos de mantenimiento en los espacios restringidos donde se encuentren los reactivos químicos almacenados o en proceso, transvase, adición, dosificación de reactivos y productos químicos. |
TIPO DE EPI: guantes de protección dieléctricos para maniobras en alta tensión* RIESGO: arcos eléctricos, contactos eléctricos en maniobras de descargo TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: trabajos en tensión o en proximidad a instalaciones en tensión TIPO DE EPI: mascarilla de protección respiratoria autofiltrante fpp3 RIESGO: Biológicos TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Tareas de limpieza de depósitos, aljibes, cantaras de agua potable. RIESGO: Exposición a vapores o proyecciones de reactivos químicos. TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Trabajos en salas de cloro gas. Dicho equipo no exime de la realización del Procedimiento General de Trabajos en Espacios Confinados de referencia PE-01-PRL TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS, que se indica en el presente anexo del documento de información de riesgos ., así como el Procedimiento referencia PE-02-PRL TRABAJOS EN ESPACIOS RESTRINGIDOS, que se indica en el presente anexo del documento de información de riesgos . según el tipo de lugar de trabajo. TIPO DE EPI: gafas de protección RIESGO: lesiones oculares por proyección de partículas u objetos TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: trabajos de mantenimiento, herramientas manuales, etc.. con riesgos de proyección de partículas u objetos. Además se utilizaran permanentemente en cualquiera de las instalaciones donde en razón a las tareas a realizar puedan tener lugar proyecciones de reactivos químicos o se realicen limpieza con agua a presión y desinfectantes. TIPO DE EPI: pantallas faciales de protección RIESGO: arco eléctrico, salpicaduras de productos o sustancias químicas TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: trabajos eléctricos, trasvase, carga o descarga de productos químicos |
MEDIDAS DE EMERGENCIA: Las situaciones anormales que dan lugar a la puesta en marcha del Plan Interior de Emergencias para EDAR y ETAP de GIAHSA en las instalaciones de potabilizacion, transporte y almacenamiento de agua son. Accidentes laborales con resultados graves por atrapamientos , caídas a distinto nivel, contactos masivos con reactivos, etc.. Inmersión por caídas en arquetas, decantadores, aljibes y todas aquellas instalaciones que estén o puedan estar ocupadas con aguas o reactivos químicos. Incendios generados en motores, cuadros de control de motores, grupos electrógenos, oficinas etc. Derrames masivos de reactivos químicos en unidades de almacenamiento o proceso. Cualquier situación de emergencia dará lugar a la paralización inmediata de los trabajos que se estén ejecutando por la empresa de prestación de servicio. En las ETAP se disponen como medios de actuación en caso de emergencias los |
siguientes: Botiquín de primeros auxilios Medios Manuales de Extinción. Duchas y lavaojos de emergencias. Contenedores con arena para la contención de reactivos químicos. Las pautas básicas de actuación en caso de generarse una situación de emergencia de cualquier índole son las siguientes. Comunicación inmediata al responsable de la instalación: Operador, Capataz, Encargado o Jefe de Servicio de Saneamiento y Depuración, de acuerdo con el directorio de emergencias del anexo 3. En el caso de accidentes laborales con resultados graves o inmersión se procederá a la prestación de los primeros auxilios necesarios, quedando a la espera de la asistencia inmediata de los servicios sanitarios correspondientes. Sobre las restantes situaciones de emergencias se estará a lo siguiente salvo criterio en contra del responsable de la empresa de prestación de servicios o personal responsable de GIAHSA: - En el caso de emergencias por derrame masivo de reactivos químicos se procederá a realizar el corte en la válvula inmediata aguas arriba del derrame, así como a la contención con arena del derrame y en caso de no ser posible esto ultimo se realizara la dilución con agua dirigiendo la misma a los imbornales de la red interior de la instalación. - En el caso de derrames de reactivos químicos con afectación de operarios se procederá a la utilización de las duchas de emergencias y lavaojos, y se tratara como actuación de emergencia por accidente laboral. - En el caso de incendios, se podrán utilizar únicamente los medios manuales de extinción disponibles (extintores), Queda prohibido la utilización de mangueras de agua tanto xx xxxxx como las bocas de incendio equipadas para la extinción en cuadros eléctricos, motores eléctricos, centros de transformación, y sobre cualquier equipo accionado mediante energía eléctrica. Ante cualquier situación de emergencia que no pueda ser controlada con los medios existentes en la instalación y los operarios de la prestación de servicio, se procederá a la evacuación de la zona o área afectada. Los avisos de alarma y evacuación se pueden producir verbalmente o bien a través de telefonía móvil, en caso de no presencia de personal responsable de GIAHSA. En ese caso los operarios de las empresas de prestación de servicios abandonaran sin demora la instalación, previa comunicación a personal responsable. |
INFORMACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS PARA EMPRESAS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN INSTALACIONES DE SEDE CENTRAL GIAHSA
LUGARES DE TRABAJO. Las zonas de acceso en razón de la actividad de la empresa de prestación de servicios EMPRESA ADJUDICATARIA S.A., son las siguientes: Zonas de oficinas, administración , locales de aseos y vestuarios de empleados en la Sede Central. Por razón de las tareas desarrolladas en la prestación de servicios queda excluido del ámbito de actuación de la prestación de servicios y por tanto no permitido el acceso a las siguientes zonas por edificios o áreas: SEDE CENTRAL: Centro de Transformación. Laboratorio Servicio Saneamiento y Depuración (Salvo autorización específica de responsable de Servicio de Saneamiento y Depuración). |
Factor(es) de riesgo: En general y en cuanto a los riesgos derivados de los accesos o deambulación de las instalaciones se consideran los siguientes riesgos: Riesgos de caídas al mismo nivel en la deambulación por viales y calzadas, escaleras en Sede Central . Riesgos De caídas a distinto nivel en: Trabajos de limpieza o reparaciones en cubierta no visitable. Trabajos en fachadas Medida(s) Preventiva(s): Se accederá únicamente a aquellas instalaciones para las cuales se dispone de autorización por parte de Capataces, Encargados o Técnicos de GIAHSA. En el caso de trabajos en cubiertas, fachadas o bajantes se realizara un Plan de Seguridad especifico el cual será aprobado por el Coordinador de Seguridad designado por GIAHSA. |
TRABAJOS TEMPORALES EN ALTURA: Los trabajos que impliquen la realización de trabajos denominados en altura según REAL DECRETO 2177/2004 sera de aplicación el procedimiento PE-04-PRL TRABAJOS EN ALTURA, que se indica en el presente anexo del documento de información de riesgos . |
ESPACIOS CONFINADOS/ RESTRINGIDOS: Por razón de las características de la prestación de servicio no se consideran los riesgos derivados de accesos a espacios confinados o restringidos los cuales han quedado definidos en el apartado de Lugares de Trabajo. |
ENERGIAS UTILIZADAS: |
La energía considerada como factor de riesgo en las instalaciones de GIAHSA, es la energía eléctrica. Dadas las características de las prestaciones de servicios no se hace necesaria la manipulación en instalaciones eléctricas de cualquier índole presente en las instalaciones a las que por razón de la prestación de servicios se necesite acceder salvo la conexión eventual de receptores eléctricos propios de la empresa de prestación de servicios. |
Factor(es) de riesgo: Contacto eléctrico indirecto por contacto con masas puestas accidentalmente en tensión. |
Medida(s) Preventiva(s): No se permitirá el acceso a instalaciones eléctricas a personal no autorizado por Encargado ó Capataces de GIAHSA. Las intervenciones se realizaran conforme al Procedimiento referencia PE-03-PRL TRABAJOS ELECTRICOS, que se indica en el presente anexo del documento de información de riesgos . En cuanto al uso de las instalaciones eléctricas de GIAHSA para la conexión de receptores eléctricos, estas se realizaran única y exclusivamente en cuadros eléctricos con bases de enchufe externa mediante bases de clavijas normalizadas de acuerdo con las características de cada receptor. |
Factor(es) de riesgo: Riesgos biológicos en limpieza de laboratorio de Saneamiento y Depuración en Sede Central. |
Medida(s) Preventiva(s): Prohibición de comer, beber, o fumar durante la realización de limpieza de laboratorio de Saneamiento y Depuración. Se abstendrán de manipular frascos, muestras o reactivos, limitándose la limpieza al pavimento del mismo Aseo o higiene en manos, boca y cara antes de comer, beber o fumar tras la realización de los trabajos. Utilización de los equipos de protección individual para estas tareas. Gafas de protección ocular, guantes específicos de protección. En el caso de Heridas, laceraciones, pinchazos, relacionados con las zonas de riesgo, equipos o derivados de las mismas: - Lavarse las manos con agua y jabón, aplicar antiséptico y cubrir con gasa esterilizada. Comunicar a responsable directo o Servicio de Prevención para gestionar la atención sanitaria en la Mutua de Accidentes o centro asistencial correspondiente, a fin de instaurar el tratamiento adecuado. - Se comunicara igualmente en los casos de inmersión que implique la ingestión o inhalación de aguas residuales, así como las salpicaduras o proyecciones en ojos. |
Factor(es) de riesgo: No se objetivan factores de riesgos en función de las actividades derivadas de las prestaciones de servicios relacionadas |
RIESGOS QUIMICOS |
Factor(es) de riesgo: No se objetivan factores de riesgos en función de las actividades derivadas de las prestaciones de servicios relacionadas |
EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL: |
Todos los operarios de empresas de prestación de servicio en el ámbito de desarrollo de las actividades desarrolladas por GIAHSA, están obligados a la utilización de los equipos de protección individual conforme a los riesgos derivados de las tareas que desarrollen, así como las empresas a exigir su uso. Independientemente de los citados equipos de protección individual se hace necesario en razón a los riesgos derivados de las actividades de GIAHSA la utilización de los siguientes: TIPO DE EPI: Arnés anticaídas RIESGO: . Caídas a distinto nivel TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Trabajos en altura en tareas de limpieza en fachadas, paramentos o exterior de cristaleras TIPO DE EPI: Dispositivo anticaídas RIESGO: ..Caídas a distinto nivel TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Trabajos en altura. RIESGO: Químicos y Biológicos.. TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: limpieza de sanitarios y laboratorio que implique contacto con productos o sustancias agresivas de limpieza. TIPO DE EPI: gafas de protección RIESGO: lesiones oculares por proyección de salpicaduras de agresivos químicos de limpieza, limpieza en sanitarios o Laboratorio Saneamiento y Depuración. TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Limpieza especifica en situaciones enunciadas en riesgos. |
Se dispone de Plan de Emergencia de Sede Central del que se facilita Flujograma de desarrollo así como pautas básicas de actuación en caso de emergencias para la Sede Central. Cualquier situación de emergencia dará lugar a la paralización inmediata de los trabajos que se estén ejecutando por la empresa de prestación de servicio. En las Sede Central se disponen como medios de actuación en caso de emergencias los siguientes: Botiquín de primeros auxilios Medios Manuales de Extinción. Las pautas básicas de actuación en caso de generarse una situación de emergencia de cualquier índole son las siguientes. |
Comunicación inmediata al responsable de la instalación: Operador, Capataz, Encargado o Servicio de Prevención, de acuerdo con el directorio de emergencias Sobre las restantes situaciones de emergencias se estará a lo siguiente salvo criterio en contra del responsable de la empresa de prestación de servicios o personal responsable de GIAHSA: En el caso de incendios, se podrán utilizar únicamente los medios manuales de extinción disponibles (extintores), Queda prohibido la utilización de mangueras de agua tanto xx xxxxx como las bocas de incendio equipadas para la extinción en cuadros eléctricos, motores eléctricos, centros de transformación, y sobre cualquier equipo accionado mediante energía eléctrica. Ante cualquier situación de emergencia que no pueda ser controlada con los medios existentes en la instalación y los operarios de la prestación de servicio, se procederá a la evacuación de la zona o área afectada. Los avisos de alarma y evacuación se pueden producir verbalmente o bien a través de telefonía móvil, o sirena. En ese caso los operarios de las empresas de prestación de servicios abandonaran sin demora la instalación, previa comunicación a personal responsable. En cuanto a los sistemas fijos de extinción tanto el área de Sistemas de Telecontrol como de Servidores de Sistemas de información están dotados de un sistema fijo de extinción contraincendios mediante gas inhibidor y asfixiante, estado su puesta en marcha pre- avisada con antelación mediante sirena que implicara la evacuación inmediata de las salas afectadas. |
DIRECTORIO EMERGENCIAS Y FLUJOGRAMA SEDE CENTRAL
NOMBRE1 | TURNO / HORARIO | LOCALIZACIÓ N / TELÉFONO |
Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx | 08:00 A 15:00 | RECURSOS HUMANOS/ 4405 |
* Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx | 08:00 A 15:00 | TELECONTRO L/ 4104 |
Operador de telecontrol | TARDE | TELECONTRO L |
Operario control de redes | TARDE | CONTROL DE REDES |
Operador Telecontrol | NOCHE | TELECONTRO L |
*Vigilante Seguridad | NOCHE | RECEPCION |
* sustituto.
DIAGRAMA DE DESARROLO DEL PLAN DE EMERGENCIAS
F U E G O
COMUNICACION POR:
AVISO CENTRALITA CONTRAINCENDIOS AVISO DIRECTO EMPLEADO
PUNTO DE REUNION EN SALA DE REUNIONES DE TELECONTROL
VALORACION DEL COORDINADOR DE EMERGENCIA
AVISO A MEDIOS DE AYUDA EXTERIOR SEG UN DIRECTORIO
AVISO EQUIPO XX XXXX ERA INTERVENCION (EII)
EII ES INFORMADO POR C.E. SE DESPLAZAN AL LUGAR DEL CONATO REALIZANDO ACOPIO DE MEDIOS MANUALES DE EXTINCION.
SE REALIZA LA EVACUACION PARCIAL DEL AREA AFECTADA
Adm inis trativo de registro llam a ascensor a planta baja y bloquea
FACIL DE APAGAR CON EXTINTOR
NO
SI (5 Minutos)
CONFIRMAD A EXTIN C ION CON AT O
RETEN HAS TA
S I LLEGAD A AYU D A
EXTER IOR .
IN VESTIG ACION
PREPARACION DE LA EVACUACION:
- Se procedera por el Coordinador de Em ergencia a
re xxxxxx el aviso al vigilante jurado de recepcion para que proceda a evacuar a clientes en sala de espera y bar.
- A continuacion se hara sonar lasirena de form a interm itente para avisar a todos los em pleados s ie ndo los responsables del equipo de evacuacion por planta los que realizarán la comproba ción de via de evacuación y salida libre
Recogida de botiquin portatil
NO
NUEVO AVISO A MEDIOS EXTERIORES
DE AYUD INDICANDO LA EVACUACION, INCLUIR GUARDIA CIVIL DE TRAFICO, Y AMBULANCIAS
PUESTA EN MARCHA DE LA EVACUACION:
- Al oir el toque continuo de sirena cada empleado abandonara su puesto de trabajo y evacuara por la puerta de salida asignada o por la mas proxima al lugar donde se encuentre en ese momento, dirigiendose al punto de reunion ubicado en el area de cesped junto a la fuente de entrada evitanto la invasion de las vias de circulacion de vehiculos.
- No se relizara la retirada de xxxxxxxxx, salvo los que el coor- dinador de emergencia estime oportunos para facilitar el acceso de las ayudas externas.
- Los reponsables de evacuacion comprobaran que el area asignada queda totalmente evacuada cerrado puertas en el sentido de la evacuacion.
- Una vez en el punto de reunion informaran al responsable de recuento de personas que su area ha sido evacuada.
- Una vez se haya realizado la evacuacion todos los compo- nentes de equipos quedaran a disposicion del Coordinador de Emergencias para tareas de control de extincion o rescate
de personas o empleados segun el caso, hasta la llegada de la ayuda exterior la cual determinara la colaboracion necesaria,
en especial de responsables tecnicos de mantenimiento e instala- ciones, responsables de RRHH, Coordinador de Emergencia y Gerencia.
- Caso de ser extensivo el siniestro se gestionará el transporte alternativo de empleados.
FIN
DE
EMERG ENCIA
INFORMACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS EN LOS PUNTOS LIMPIOS. PUNTO LIMPIO DE PUNTA UMBRIA
INFORMACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS PARA EMPRESA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN INSTALACIONES.
1- CENTRO DE ACONDICIONAMIENTO DE RESIDUOS DE PUNTA UMBRIA
Conforme a lo establecido en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/95), y en el REAL DECRETO 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales se establecen en este documento, los riesgos y medidas preventivas básicas de Seguridad y Salud Laboral a seguir por los trabajadores y empresas contratadas respecto de las actividades desarrolladas por GESTION INTEGRAL DEL AGUA DE HUELVA, S.A. EN LAS INSTALACIONES DEL CENTRO DE ACONDICIONAMIENTO DE RESIDUOS DE PUNTA UMBRIA.
NORMAS GENERALES DE SEGURIDAD Y ACCESO A INSTALACIONES:
Para aquellas Empresas que dispongan de medios de acceso garantizaran que la instalación o recinto quede cerrado a la terminación de los trabajos.
No se permitirán los almacenamientos salvo autorización expresa de GIAHSA de medios, equipos o productos y sustancias en las zonas de talleres, garajes y lavaderos de vehículos adscritos al Servicio de Recogida de Residuos Sólidos Urbanos.
Se prohíbe comer en las instalaciones o recinto que se desarrollen actividades de tratamiento o clasificación de residuos, salvo en las zonas de comedor específicamente habilitadas y autorizadas expresamente por GIAHSA.
Se prohíbe la introducción de bebidas alcohólicas en el Centro de trabajo.
Es nuestro compromiso ser respetuosos con el medio ambiente, por lo que los residuos peligrosos u orgánicos generados se gestionaran realizando la retirada de los mismos, previa autorización, en los contenedores que al efecto se encuentran en las instalaciones.
Los vehículos no necesarios en la prestación del servicio que se trate quedaran aparcados en los lugares que a tal efecto se disponen, no entorpeciendo con los mismos las vías de circulación de las instalaciones.
En caso de aviso debido a situación de emergencia, todo el personal evacuara la instalación hacia el acceso de entrada, salvo que por la índole de la misma sea necesaria la prestación del servicio en el control de la citada situación de emergencia, debidamente autorizado por personal responsable de GIAHSA.
LA EMPRESA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS debe garantizar que todos sus mandos y personal, tengan la formación e información suficiente acerca de sus propios riesgos laborales, medidas de prevención a efectuar, así como disponer de los equipos necesarios de protección individual. También deberá informar a sus trabajadores de los riesgos y medidas de prevención a adoptar en estas instalaciones.
Se informará al Servicio de Prevención o al responsable de la instalación, acerca de los riesgos que pudieran originar por el desarrollo de sus tareas.
Cuando por razón de las actividades desarrolladas en la prestación de servicios se interfiera en el proceso productivo de GIAHSA o en la prestación de servicios de
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otras empresas de contratas, pudiendo dar lugar a situaciones de riesgo graves o muy graves, se paralizaran los trabajos comunicando al Servicio de Prevención de GIAHSA las circunstancias y riesgos concurrentes a fin de coordinar las actividades preventivas necesarias.
En este sentido, todas las empresas que realicen prestación de servicios para GIAHSA de acuerdo con la normativa legal vigente, en materia de Coordinación Empresarial están obligadas a informar de los riesgos derivados de su actividad tanto a GIAHSA como empresa titular o principal, así como a las empresas cuyas actividades concurran, aun sin mediar relaciones jurídicas entre las mismas.
Se enumeran a continuación las situaciones de riesgos y medidas preventivas a llevar a cabo durante la prestación de servicios en las Instalaciones de GIAHSA respecto de la CONCURRENCIA con los SERVICIOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS VOLUMINOSOS EN NÚCLEOS DE POBLACIÓN, EXPLOTACIÓN DEL CENTRO DE ACONDICIONAMIENTO Y TRANSPORTE DE RESIDUOS PARA GIAHSA.
INFORMACIÓN DE RIESGOS EN CENTRO DE ACONDICIONAMIENTO DE RESIDUOS EN PUNTA UMBRIA |
LUGARES DE TRABAJO. Se definen como lugares de trabajo las instalaciones contenidas en las dependencias administrativas y área de aparcamiento del Edificio del Centro de de Punta Umbría (Punto Limpio de Punta Umbría) a excepción de las naves de vehículos, lavadero áreas de Acondicionamiento de Residuos y zona prevista para la descarga mediante tolva la cual tiene limitado su acceso por xxxxxxx xx xxxxxx y señalización tanto desde la calzada como desde la escalera de servicio. Las características de las instalaciones ocupadas respecto del CENTRO DE ACONDICIONAMIENTO Y TRANSPORTE DE RESIDUOS PARA GIAHSA. no inciden directamente por la actividad desarrollada por GIAHSA DEPURACION por cuanto, aunque dentro del perímetro de las diversas instalaciones, la actividad se encuentran independizada de las citadas instalaciones de producción o actividad que se desarrolla en las zonas de playa de descarga, trojes de contenedores, zonas techadas de almacenamientos de productos peligrosos y zona de bascula. No obstante en el presente documento se recogen algunos aspectos sobre la particular disposición de las áreas de clasificación y almacenamientos. |
Factor(es) de riesgo: En general y en cuanto a los riesgos derivados de los accesos o deambulación de las instalaciones se consideran los siguientes riesgos: Riesgos de caídas al mismo nivel. Riegos de caídas a distinto nivel en tareas de descarga de residuos en contenedores Riesgos de caídas a distinto nivel en zona de plataforma xx xxxxx descarga. Incendios. Riesgos de Colisiones o atrapamientos con vehículos x xxxxx Riesgos de proyecciones en trituración con pulpo en linea blanca, marrón, podas y construcción. Medida(s) Preventiva(s): Se accederá únicamente a aquellas instalaciones para las cuales se dispone de autorización por GIAHSA. De acuerdo con el Convenio de autorización no pudiendo ser invadidas las zonas de desarrollo de trabajo de acondicionamiento de residuos ni sus viales salvo para acceso a la EDAR de Punta Umbría con las precauciones necesarias en caso de presencia de vehículos en bascula o |
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en zonas de contenedores,. Esta terminantemente prohibido fumar en la zona de clasificación, acondicionamiento y almacenamiento de residuos tanto inertes como peligrosos. Están prohibidos la realización de trabajos con riesgos de proyección de chispas, llamas o superficies calientes, en zonas de almacenamiento de residuos inertes o Residuos Peligrosos RP se llevara a cabo un procedimiento expreso de desarrollo, riesgos y medidas preventivas así como medios de protección o extinción necesarios. |
TRABAJOS TEMPORALES EN ALTURA: Los trabajos que impliquen la realización de trabajos denominados en altura según REAL DECRETO 2177/2004 sera de aplicación el procedimiento PE-04-PRL TRABAJOS EN ALTURA, que se indica en el presente anexo del documento de información de riesgos . |
TRABAJOS CON OCUPACIÓN DE LA CALZADA |
Factor(es) de riesgo: - Atropellos, golpes y choques con y contra vehículos. - Los inherentes a los diferentes trabajos que se desarrollen |
Medida(s) Preventiva(s): • Utilización de prendas reflectantes según Normas de Circulación Vial • Protección y Señalización de vehículos conforme a los recogido en el Reglamento General de vehículos, respecto de vehículos especiales en las tareas de recogida de residuos. |
ENERGIAS UTILIZADAS: |
La energía considerada como factor de riesgo es la energía eléctrica. Las instalaciones eléctricas de transporte, transformación y distribución, no serán objeto de manipulación, tareas de mantenimiento o reparación salvo para operarios que de acuerdo con el R.D. 614/2001 sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico, dispongan de la acreditación por parte de la empresa de prestación de servicios como trabajador autorizado o cualificado en función de la prestación de servicio a realizar. |
Factor(es) de riesgo: *0 En la realización de tareas de instalación, comprobación o mantenimiento preventivo o correctivo pueden surgir situaciones de riesgos graves o muy graves tales como: *1 Contacto eléctrico directo por contacto con elementos en tensión, *2 Contacto eléctrico indirecto por contacto con masas puestas accidentalmente en tensión. *3 Quemaduras por choque eléctrico o por arco eléctrico. *4 Caídas o golpes como consecuencia de choque o arco eléctrico. Incendio o explosiones originados por la electricidad. |
Medida(s) Preventiva(s): No se permitirá el acceso a instalaciones eléctricas a personal no autorizado por Encargado ó Capataces de GIAHSA. Las conexiones de generadores o grupos de alquiler se realizaran por parte de personal propio o empresas concertadas por GIAHSA para la prestación especifica de este servicio no siendo cometido del presente convenio dichos trabajos. Únicamente intervendrán en la reparación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas aquellos |
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trabajadores que dispongan de la designación por parte de la Empresa Contratista como trabajadores autorizados o trabajadores cualificados en concordancia con los procedimientos de trabajo y limitaciones establecidos en el R.D. 614/2001 sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico, para lo cual se deberá acreditar dicha designación y el alcance de la misma. Las intervenciones se realizaran conforme al Procedimiento referencia PE-03-PRL TRABAJOS ELECTRICOS, que se indica en el presente anexo del documento de información de riesgos . Todas intervenciones en instalaciones eléctricas de GIAHSA se realizaran con preaviso a Sistemas de Telecontrol de GIAHSA así como Encargados de GIAHSA. En cuanto al uso de las instalaciones eléctricas de GIAHSA para la conexión de receptores eléctricos, estas se realizaran única y exclusivamente en cuadros eléctricos con bases de enchufe externa mediante bases de clavijas normalizadas de acuerdo con las características de cada receptor. |
Factor(es) de riesgo: Niveles de ruido mayor de 90 dB, cuando las instalaciones siguientes se encuentren en funcionamiento. Grupo electrógeno Medida(s) Preventiva(s): Se actuara de acuerdo con las pautas establecidas en el apartado de EQUIPOS DE TRABAJO |
RIESGOS QUIMICOS |
Factor(es) de riesgo: Contactos con RP Combustión espontanea en RP Medida(s) Preventiva(s): Activación del Plan de Emergencia evacuando inmediatamente las instalaciones y confirmando con Sistemas de Telecontrol de GIAHSA el aviso de alarma y evacuación. |
Por las características de la actividad desarrollada y la situación de concurrencia no es previsible la necesidad de utilización de EPIS |
Las situaciones anormales que dan lugar a la puesta en marcha del Plan Interior de Emergencias para EDAR y ETAP de GIAHSA en las instalaciones de Centro de Acondicionamiento son. |
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Accidentes laborales con resultados graves por atrapamientos , caídas a distinto nivel, Incendios. Derrames masivos de Residuos Peligrosos. Cualquier situación de emergencia dará lugar a la paralización inmediata de los trabajos que se estén ejecutando por la empresa de prestación de servicio. En Centro de Acondicionamiento se disponen como medios de actuación en caso de emergencias los siguientes: (1) Botiquín de primeros auxilios (2) Medios Manuales de Extinción. (3) Contenedores con arena para la contención de reactivos químicos. Las pautas básicas de actuación en caso de generarse una situación de emergencia de cualquier índole son las siguientes. Comunicación inmediata a TELECONTROL, de acuerdo con el directorio de emergencias del ANEXO 2 En el caso de accidentes laborales con resultados graves o inmersión se procederá a la prestación de los primeros auxilios necesarios, quedando a la espera de la asistencia inmediata de los servicios sanitarios correspondientes. Evacuación de zona de Centro de Acondicionamiento de Residuos. Los avisos de alarma y evacuación se pueden producir verbalmente o bien a través de telefonía móvil, en caso de no presencia de personal responsable de GIAHSA. En ese caso los operarios de las empresas de prestación de servicios abandonaran sin demora la instalación, previa comunicación a personal responsable. |
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PROCEDIMIENTOS ESPECÍFICOS DE PREVENCIÓN
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PROCEDIMIENTO ESPECIFICO DE PREVENCIÓN PARA TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS
1.- OBJETO
2.- ALCANCE
3.- DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA
4.- DEFINICIONES
5.- ABREVIATURAS
6.- REALIZACIÓN
7.- FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
8.- FORMATOS/ANEXOS
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1. OBJETO
Este Procedimiento de Prevención para Trabajos en Espacios Confinados esta dirigido al aseguramiento de las condiciones de acceso de los trabajadores de GIAHSA y trabajadores de empresas de contratas/ subconstratas que necesitan acceder, por razón de sus tareas a los espacios denominados confinados.
Las situaciones de no control de riesgos en los lugares confinados pueden dar lugar a resultados de muerte o accidentes graves en operarios que realicen trabajos en espacios confinados.
Por todo lo anterior la ejecución de este Procedimiento de Prevención para Trabajos en Espacios Confinados, se llevara a cabo por personal designado como recurso preventivo perteneciente a GIAHSA o Empresas de prestación de servicios que realicen trabajos para GIAHSA como empresas contratistas, subcontratistas. Se incluyen las empresas que por razón de su actividad de lugar a situaciones de concurrencia en el mismo centro de trabajo o instalación perteneciente a GIAHSA.
Los peligros pueden surgir en espacios confinados debido a :
-Carencia de Oxigeno, presencia de gases tóxicos, nocivos o inflamables esto puede ocurrir:
Donde hay una reacción entre algunos suelos y el oxígeno en la atmósfera; después de la acción de aguas subterráneas sobre terrenos calizos que puede producir el dióxido de carbono y desplazar el oxigeno
En aquellos lugares donde se produce remanencia de aguas residuales con la consiguiente degradación de la materia orgánica que transporta y por tanto la emisión de gases tales como metano, ácido sulfhídrico, monóxido de carbono (líneas de transporte de largo recorrido, aporte de aguas industriales con fuerte carga orgánica, espacios no ventilados, fosas sépticas)
Instalaciones o recintos que pueden ser invadidos por filtraciones de aguas residuales, o que tengan en sus cercanías líneas de transporte de gas ciudad o gas natural.
- Reacciones entre reactivos acumulados en arquetas con desprendimiento de gases o vapores nocivos o corrosivos.
- Ahogamientos o inmersión por invasión súbita del espacio confinado por aguas residuales , pluviales o de suministro de abastecimiento:
No previsión xx xxxxxx y bloqueo de instalaciones de impulsión y canalización.
No previsión de lluvias o bien realización de trabajos durante las mismas.
No previsión de cierre de válvulas de entrada y retornos
Por otra parte en espacios confinados o zanjas profundas pueden darse otros peligros generados como consecuencia directa del trabajo a realizar como son la acumulación de gases procedentes de herramientas portátiles accionadas por motor de combustión, vapores inflamables desprendidos en la aplicación de disolventes, pegamentos o pinturas, trabajos con chispas en atmósferas inflamables, etc.
Todo ello puede agravarse por la situación de accesos estrechos o de difícil salida y sin medios de rescate.
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Este procedimiento define las reglas en materia de seguridad a seguir en los trabajos que se realicen en los denominados "Espacios Confinados":
INSTALACIONES DE ABASTECIMIENTO.
Depósitos de agua potable.
Aljibes de agua filtrada/ pretratada o de bombeos de salida
Filtros cerrados.
Arqueta y túnel xx xxxxxxx de vacío de decantadores xx xxxxx.
Arquetas de ozonización
Arquetas de remineralizacion con CO2
Tolva de fangos deshidratados
Canalizaciones de abastecimiento con interior accesible.
Arquetas de accionamiento de válvulas con riesgos de inundación o presencia de gases.
INSTALACIONES DE SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN.
Pozos
Arquetas de válvulas
Zanjas profundas
Canales de pluviales, ovoides, cámaras.
Colectores de aguas residuales
Colectores de pluviales
Arquetas de fangos en Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales
Arquetas de recirculación de aguas residuales
Rebombeos de aguas residuales
Cámaras anóxicas cubiertas (EDAR AYAMONTE)
Esperadores
Arquetas de entrada y desbaste.
Etc..
En definitiva todos aquellos espacios o lugares donde se pueden acumular gases que por sus características pueden ser:
• Asfixiantes (Dióxido de carbono, metano, etc.)
• Nocivos (Monóxido de carbono, ácido sulfhídrico, ozono)
• Explosivos (Metano, gas ciudad, gas natural)
• Gases o vapores (por ejemp.cloro) producto de la unión de reactivos incompatibles
O bien que puedan ser invadidos de forma súbita o accidental por aguas bien sean residuales, pluviales o potables.
No están permitidos los trabajos en presencia de gases inflamables o combustibles (Ver TRABAJOS EN CALIENTE)
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3.- DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA.
Norma OHSAS 18001:2007.
Procedimiento de Control Operacional PRL-03
Manual de instrucciones y mantenimiento de equipos.
Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.
Real Decreto 1215/1997, sobre utilización de los equipos de trabajo.
Real Decreto 1435/1992, sobre seguridad en máquinas.
Real Decreto 56/1995, que modifica el anterior.
Guía Técnica para la Evaluación y Prevención de los Riesgos relativos a la utilización de los Equipos de Trabajo.
Real Decreto 773/1997, de 30 xx xxxx. Disposiciones mínimas sobre la utilización por los trabajadores de los equipos de protección personal
REAL DECRETO 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales
Recurso Preventivo: Trabajador o responsable en la organización de GIAHSA con acreditación especifica tanto en experiencia como en formación de prevención de riesgos laborales con nombramiento especifico para la aplicación de procedimientos específicos de tareas de especial peligrosidad según se especifique en el mismo, y en cuyo alcance se encuentra el procedimiento objeto de este documento.
Espacio confinado: "Es cualquier espacio con aberturas limitadas de entrada y salida, ventilación natural desfavorable en el que pueden acumularse contaminantes tóxicos, inflamables o explosivos, o tener una atmósfera deficiente en oxigeno y que no está concebido para una ocupación continuada por parte del trabajador". Dichos recursos deberán acreditar la formación específica sobre el presente Procedimiento así como sobre el manejo e interpretación de los equipos de medición necesarios para la ejecución del citado procedimiento.
Enclavamiento: Medio mecánico o eléctrico que impide la puesta en servicio voluntaria o intempestivamente de puesta en marcha de equipos, motores, etc. o la puesta en carga de canalizaciones, cantaras de EBAR. El corte Telecontrolado de energía eléctrica, mecánica o neumática no se considera enclavamiento.
Parada de emergencia: Es todo dispositivo xx xxxxxx debidamente señalizado que priorizan las ordenes xx xxxxxx a las de puesta en marcha. Puede disponer de retención mecánica mediante llave. EL rearme del dispositivo no reactiva el proceso, teniéndose que reactivarlo manualmente.
Linea de vida: Elemento de amarre o sustentación utilizado como aseguramiento del elemento de amarre xxx xxxxx anticaídas y que puede tener asociado en trabajos en altura o ascenso / descenso un dispositivo anticaídas Serán certificados como Equipos de Protección individual.
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E.C.: Espacio confinado
EBAR: Estación de bombeo de aguas residuales. T.E.C.: Trabajo en caliente
L.I.E.: Limite inferior de inflamabilidad
Siempre que los medios técnicos la naturaleza del trabajo lo permita, se realizara las actuaciones desde el exterior.
Capataz o Encargado de Servicio responsable de la instalación comunica a los recursos preventivos autorizados así como a Sistemas de Telecontrol la previsión de entrada en un E.C. Bien por entrada de operarios de GIAHSA como por operarios de empresas de contratas, subcontratas o concurrentes.
En el caso de empresas externas es indispensable la autorización por parte del responsable del Servicio de GIAHSA afectado, mediante la comunicación previa para la prestación del servicio.
Dicha autorización implica autorización para poner en practica el presente procedimiento mediante el permiso para la entrada al E.C. de acuerdo con el F-PE-PRL-01.1 PERMISO PARA TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS.
En el caso que el aviso sea programado con mas de 24 horas de antelación, el Capataz o Encargado de Servicio responsable de la instalación confirmara a los recursos preventivos autorizados así como Sistemas de Telecontrol la previsión de acceso y el operador o empresa externa implicados en las tareas programadas.
Por parte del recurso preventivo designado se cumplimentara el F-PE-PRL-01.1 PERMISO PARA TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS.en el cual se identifican los riesgos específicos que presenta el EC en la parte A del mismo.
6.1.- ASEGURAMIENTO DE LA INSTALACION.
Una vez identificados los riesgos específicos del EC en la parte A del permiso se llevaran a cabo las actuaciones que correspondan el la parte B del F-PE-PRL-01.1.
1.- Parada manual y enclavamiento de los sistemas de energía eléctrica de la instalación que se trate y de impulsión de aquellas que directa o indirectamente pueda afectar al espacio confinado, así como medios de obturación enclavados (Ver diagrama de flujo). Las paradas y enclavamientos se basaran en los siguientes criterios establecidos en el apartado 6.2.
2º Realizar medición de presencia de gases y ausencia de oxigeno, así como explosividad, de forma inmediata a la entrada en el espacio confinado. (Ver diagrama de flujo).
3º Verificar las condiciones de acceso al EC de acuerdo con el apartado 6.3
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4º Informar a cada trabajador de las condiciones de acceso y aseguramiento de la instalación dando constancia de dicha información mediante la firma en el formato correspondiente al permiso de trabajo para espacios confinados tanto de cada uno de los operarios como del responsable de los mismos. F-PE-PRL-01.1 PERMISO PARA TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS.
La presencia en el exterior de los medios humanos será como mínimo de 2 operarios (1+ Responsable de los trabajos), no permitiéndose la permanencia en el interior del espacio confinado a 2 o mas trabajadores salvo que se incremente el numero de medios humanos en el exterior, o bien la persona designada como recurso preventivo estime la viabilidad a través del permiso especial de trabajo incluido en anexo I del presente procedimiento.
Los trabajos serán realizados por personal que haya recibido formación en la realización de trabajos en espacios confinados para ello tanto en el caso de actuaciones internas como de empresas de prestación de servicios; en ambos casos el personal autorizado deberá acreditar la formación e información relativa al presente procedimiento.
No se permitirá la entrada de lamparas portátiles a 220 V salvo aquellas cuya aparamenta cumpla con IP 66 o cuya tensión de alimentación sea de 12 ó 24 V.
No se permite el uso de grupos electrógenos que no dispongan de dispositivos de protección térmico y diferencial los cuales se testearan mediante el botón de prueba durante la cumplimentación del permiso de acceso.
Sistemas de Telecontrol no es considerado como operador o medio xx xxxxxx y consignación de equipos.
En el caso de empresas externas se remitirá el informe de conclusiones del Servicio de Vigilancia de la salud con la indicación de aptitud para la realización de trabajos en espacios confinados que se remitirá al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de GIAHSA previamente a la realización del trabajo.
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6.2.- MEDIOS O DISPOSITIVOS XX XXXXX Y ENCLAVAMIENTO:
Los medios xx xxxxx y enclavamiento de instalaciones son precisos en los siguientes casos:
o Instalación donde se va a realizar el trabajo puede ser inundada por aguas residuales, pluviales o potables procedentes de líneas impulsadas o por gravedad.
o Reparación o manipulación de equipos de impulsión, transporte, que pueden ponerse en marcha mediante accionamientos involuntarios de terceros.
o Los medios xx xxxxx y enclavamiento en el caso de riesgos de inundación:
Dispositivo (2) (3) | Enclavamientos posibles | Comprobación | Señalización | ||
Extracción fusibles | de | Puesta a 0 interruptor mando Extracción de fusibles sin carga Retirada de fusibles de CCM | Ausencia tensión | de | SI Indicación de empresa y operario |
Interruptores magneto térmicos | Puesta a 0 interruptor mando Desconexión de interruptores magneto térmicos (4) Bloqueo con precinto del medio de accionamiento | Ausencia tensión | de | SI Indicación de empresa y operario | |
Mando puesta marcha parada | de en y | Puesta a 0 interruptor mando (5) Bloqueo con precinto del medio de accionamiento | Confirmación con Telecontrol de no entrada de maniobra | SI Indicación de empresa y operario | |
Válvulas motorizadas | Puesta a 0 interruptor mando Desconexión de interruptores magneto térmicos Cierre manual válvula precedente. Bloqueo con precinto del medio de interruptores magnetotérmicos | Ausencia tensión | de | SI Indicación de empresa y operario | |
Válvulas manuales | Cadena con candado (candado único no universal) | Aportes. | SI | ||
Dispositivos neumáticos de obturación (1) | Apuntalamiento o aseguramiento del obturador. Disponer de válvula reguladora de presión. | Manómetro presión servicio | de | SI (en casos de alejamiento de la zona de operaciones) |
(4) Únicamente valido para trabajos en canalizaciones de aguas residuales sin medios fijos xx xxxxx y afluencia de aguas a presión atmosférica (por gravedad). Prohibido la colocación en canalizaciones con impulsión directa de bombas.
(5) Las válvulas PIC y las accionadas neumáticamente no se consideran medios xx xxxxx.
(6) En el caso de bombas accionadas por boyas, estas no podrán ser utilizadas como medios xx xxxxx y enclavamiento
(7) Obligatóriamente en caso de impulsión directa desde EBAR precedente o intervención manual en bombas de impulsión (Extracción de bomba de la EBAR o arqueta, desmontaje, reparaciones, extracción de atascos o madejas de residuos, etc.)
(8) Únicamente en la parada de EBAR´s precedentes en caso de limpieza o reparaciones en EBAR. Obligatóriamente estará asociada la acción a la colocación
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de candado único perteneciente a la empresa de prestación de servicios y señalización de aviso especifica de esta.
• 6.3.- MEDIOS DE ACCESOS AL ESPACIO CONFINADO.
Los medios mediante los cuales se puede acceder a los espacios confinados son:
• Medios Propios del espacio: Escaleras, pates, etc..
• Medios externos: Escaleras de largueros, dispositivos de descenso y extracción
En el caso de medios propios del espacio confinado mediante escalas verticales de cualquier índole se dispondrá de una linea de vida asociada a un dispositivo anticaídas de acuerdo con la instrucción PE-PRL-06.1.INSTRUCCION DE SEGURIDAD EN OPERACIONES QUE REQUIERAN EL USO XX XXXXX ANTICAIDAS Y/O LINEAS CON DISPOSITIVO DESLIZANTE ANTICAIDAS.
En el caso de utilización de medios externos estos contaran, al menos con la certificación CE en el caso de las escaleras, así como certificación de Equipo de Protección Individual en el caso de las lineas de vida, dispositivos anticaídas, arnés anticaídas y dispositivos de descenso y extracción, según normas indicadas en el cuadro siguiente.
EPI | NORMAS | ESPECIFICACIONES | ||
Dispositivo anticaídas deslizante | EN EN | 353 352 | ||
Cuerda | Longitud metros | mínima | 10 | |
Arnés anticaídas con elemento de amarre y mosquetón. | EN EN EN | 361 354 362 | ||
Gancho de anclaje | EN | 362 |
No se consideran elementos de anclaje o aseguramiento los peldaños de escaleras portátiles o patés
En los trabajos en exterior en tareas de apoyo y vigilancia del personal autorizado a la entrada del espacio confinado, el personal auxiliar dispondrán de elementos de aseguramiento para evitar las caídas a distinto nivel mediante la colocación de barandilla o utilización xx xxxxx anticaídas , limitándose en el caso de las cantaras de aguas residuales la apertura de las tapas a las estrictamente necesarias para la realización del trabajo (ventilación y entrada de equipos para la limpieza, reparación, etc.).
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1. ASEGURAR EL ESPACIO CONFINADO.
Desconectar y enclavar tensión -manual- equipos (bombas turbinas, etc.)
Comprobar
Desconectar y enclavar tensión instalaciones precedentes (o aguas abajo con
posibilidad de retorno que confluyen en el EC) Seccionar válvulas
Señalización vehículos evitando accesos. Señalización del E.C.(FUERA SERV.PERS.TRABAJ.) Señalización de instalaciones precedentes (ídem).
3. VENTILACIÓN NATURAL O FORZADA:
Abrir tapas .
Colocar extracción si procede Tiempo mínimo 10 minutos.
no cumple especificaciones de seguridad
2.- MEDICION DE GASES
Límite Inferior de Explosividad (LIE)
% O2. (porcentaje de oxígeno)
% CO (monóxido de carbono). ppm SH2 (ácido sulfhídrico) Ppm O3 (Ozono)
OTROS RIESGOS:
Atrapamientos en equipos
Condiciones de acceso, caídas, presencia de reactivos químicos
Trabajos en caliente
5.-SI CUMPLE ESPECICIFICACIONES SEGURIDAD
NO CUMPLE ESPECIFICACIONES DE SEGURIDAD
5.1 EJECUCION TRABAJO CON EPIS ASIGNADOS SEGUN RIESGOS
5. 2 1 VALORAR LA POSIBLE EJECUCION MEDIANTE EQUIPO DE RESPIRACIÓN AUTÓNOMO, EQUIPOS DE EXTRACCIÓN Y EPIS ASIGNADOS SEGÚN RIESGOS
5.2.2 EN CASO DE SER SUPERADO EL LIE NO SE REALIZARAN TRABAJOS EN CALIENTE
4. COMPROBAR MEDICIONES DE GASES
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6.5.- TRABAJOS EN CALIENTE:
Además de la total ausencia de explosividad, se procederá a la obturación de todas las canalizaciones que concurran en el espacio confinado con lo cual conseguiremos el aislamiento xxx xxxxxxx para posteriormente repetir la medición para garantizar la ausencia total de explosividad.
En ningún caso se utilizaran prendas desechables en los casos de trabajos con proyección de chispas, fundentes, corte con radial, soldadura o cuales quiera otros de la misma índole no se utilizaran los buzos desechables salvo que se indiquen en sus características que son compatibles con las operaciones indicadas anteriormente aquellos trabajos que impliquen.
Con el objeto de restringir el acceso tan sólo a personas autorizadas, asegurar la comunicación entre los ejecutores de los trabajos, así como enumerar y analizar las precauciones a tener en cuenta, por cada trabajo se elaborará un Permiso de Trabajo que se conservará como Registro.
El formato de Permiso de Trabajo es el F-PE-PRL-01.1 PERMISO PARA TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS. El cual se cumplimentara por duplicado por el responsable designado como recurso preventivo y quedando el recurso preventivo de la empresa externa y responsable del mantenimiento de las condiciones de expedición del permiso con ejemplar correspondiente para su remisión al responsable del servicio afectado, el cual consignara la fecha y hora de cierre del permiso.
Dicho permiso contendrá la siguiente información:
A) Información General:
En este apartado se recogerá la información general de la instalación, del trabajo a realizar y del permiso así como la lista de personas autorizadas para el caso concreto (que deberán disponer de formación e información específica del presente procedimiento), así como la lista de personas responsables de quienes accedan.
Se incluyen en este apartado la fecha y hora de apertura de permiso así como el cierre del mismo a la conclusión de los trabajos, quedando la normalización de las instalaciones a cargo de los operadores y personal responsable de las instalaciones de GIAHSA.
En el caso de situación de concurrencia de varias empresas se llevara a cabo la apertura del permiso por parte de GIAHSA teniendo que estar presentes en las operaciones los recursos preventivos de cada una de las empresas en caso de concurrencia y de la contratista principal en caso de contratas y subcontratas.
B) Lista de comprobaciones.
En este apartado se recogen todas las medidas de bloqueo, para asegurar el espacio Confinado de tal forma que no puede verse afectado de manera imprevista por factores externos. Para ello hay que controlar los equipos, máquinas, energía, colectores y todo lo que pueda perjudicar el recinto cuando se esté realizando el trabajo.
En el punto B.1 se indican los riesgos posibles xxx xxxxxxx. Este apartado deberá rellenarse por personal responsable de GIAHSA en el caso de actuación de operadores de GIAHSA, o bien por personal responsable habilitado como recurso preventivo, de la empresa de prestación de servicios, respecto de sus propios trabajadores.
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En el punto B.2 se anotarán las medidas de bloqueo, aislamiento y ventilación adoptadas de acuerdo con los riesgos indicados en el punto B1.
En el caso de actuaciones externas, es imprescindible comunicar al capataz de zona, al menos con 24 horas de antelación, la actuación a realizar.
En los casos de instalaciones Telecontroladas se deberá avisar a Telecontrol al menos con una hora de antelación. El operador de TC, tras el análisis de la situación Autorizará o Denegará la actuación. En caso de aceptación, el operador de TC se encargará de desconectar las instalaciones en las que se realizarán los trabajos y las que confluyan o afecten, indicándolo en su libro de incidencias. Con la información y autorización, el ejecutor del trabajo deberá además desconectar manualmente y enclavar las instalaciones y equipos tanto sobre las que se pretende actuar como las que afecten como precedentes, comunicantes o por retorno, colocando la señalización con indicación del operador que procede a la parada y enclavamiento.
Deberá encargarse de ventilar el recinto con los medios disponibles (ej. En caso de bombeos, abrir las tapas y puertas dejando pasar unos 10 minutos; si en el edificio de bombeo existen extractores, accionarlos). En caso necesario utilizar ventilación forzada.
En el caso xx xxxxx colectores y demás instalaciones intercomunicadas, se abrirán las tapas de los inmediatos precedentes y posteriores señalizando su posición mediante balizamiento para el tráfico.
Tras la ventilación xxx xxxxxxx se procederá a la medición de gases
Las mediciones a realizar serán ejecutadas con equipos de medición dotados de bomba de aspiración en continuo (quedan excluidos los equipos de aspiración manuales mediante perilla u otro dispositivo) serán Limite inferior de explosividad (LIE), % de oxígeno (O2), %/ ppm de monóxido de carbono (CO), % /ppm de ácido sulfhídrico (SH2). Se considerará adecuado para el acceso si los resultados son:
- Explosividad (Limite Inferior Explosividad) : Ausencia total de % de explosividad
- Oxigeno (O2) > 20,5%;
- Monóxido de carbono (CO) < 12,5% Ó 60 ppm ;
- ácido sulfhídrico (SH2)< 10% Ó 20 ppm.
- Ozono < 0,1 ppm
Si los resultados obtenidos están dentro de dicha especificación se procederá a anotar los resultados y tras la conformidad de la persona responsable y de los operarios tanto autorizados como de apoyo exterior, iniciar la ejecución del trabajo.
En caso de que alguno de estos parámetros sobrepase su valor de especificación, se procederá a ventilar de nuevo el recinto. Esta operación se realizará tres veces y si aún persiste la no conformidad será obligatorio ejecutar el trabajo con equipo autónomo de protección individual.
En el caso de lineas de dosificación de ozono, ademas de la parada de los equipos se realizará un barrido con aire durante al menos 5 minutos hasta la constatación con
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