PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE
REGIRÁ EL PROCEDIMIENTO ABIERTO TRAMITADO PARA ADJUDICAR EL CONTRATO MIXTO CON CALIDAD ARTÍSTICA DE
SUMINISTROS
“SUMINISTRO ORGANIZACIÓN
Y
SERVICIOS DENOMINADO
DE
Y
RESES
BRAVAS,
REALIZACIÓN
DE
FESTEJOS TAURINOS DURANTE LAS FIESTAS
PATRONALES Y FESTIVIDAD DEL XXXXX XX XXXXXXXX DEL CAMPO (MADRID) PARA EL AÑO 2018”.
Xxxxxxx Xxxxx-Xxxxxx Xxxx (1 de 1) Técnico de Salud
Fecha Firma: 14/07/2018
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ÍNDICE
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto del contrato. CLÁUSULA SEGUNDA. Características del contrato.
CLAUSULA TERCERA. Otras consideraciones del contrato. CLÁUSULA CUARTA. Presupuesto base de licitación.
CLÁUSULA QUINTA. Pago del precio y otros aspectos del contrato. CLÁUSULA SEXTA. Obligaciones del contratista.
CLAUSULA SÉPTIMA. Obligaciones del Ayuntamiento. CLÁUSULA OCTAVA. Derechos del contratista.
CLÁUSULA NOVENA. Derechos del Ayuntamiento.
CLÁUSULA DÉCIMA. Suspensión, aplazamientos, modificaciones de carteles y sus consecuencias.
CLÁUSULA UNDÉCIMA. Solvencia económica y Financiera del contratista. CLÁUSULA DUODÉCIMA. Solvencia Profesional del Contratista.
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CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Criterios de valoración de las ofertas.
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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE REGIRÁ
PROCEDIMIENTO ABIERTO TRAMITADO PARA ADJUDICAR
EL EL
CONTRATO MIXTO CON CALIDAD ARTÍSTICA DE SUMINISTROS Y SERVICIOS DENOMINADO “SUMINISTRO DE RESES BRAVAS, ORGANIZACIÓN Y REALIZACIÓN DE FESTEJOS TAURINOS DE LAS FIESTAS PATRONALES Y FESTIVIDAD DEL XXXXX XX XXXXXXXX DEL CAMPO (MADRID) PARA EL AÑO 2018”.
Constituye el objeto del contrato la realización de los servicios necesarios para la correcta ejecución de los festejos taurinos de las fiestas patronales y festividad xxx Xxxxx incluido el suministro de las reses bravas de determinadas ganaderías de alto valor artístico, en los términos y condiciones que se deriven del presente pliego y el de cláusulas administrativas particulares que a continuación se detallan, así como del cumplimiento de la legislación general y especial que resulte de aplicación.
CLÁUSULA PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO.
El fundamento principal de la Feria será el de Concurso de Novilladas con Ganaderías seleccionados.
La organización de los siguientes festejos taurinos:
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Novillada picada con 6 novillos de ganadería seleccionada el día 15 de septiembre de 2018, a las 18:00 horas.
Concurso de recortadores para profesionales con cuatro toros el día 16
de septiembre de 2018, a las 18:00 horas.
Novillada picada con 6 novillos modalidad concurso de ganaderías, un novillo de cada una de las ganaderías seleccionadas para el concurso, el día 17 de septiembre de 2018, a las 18:00 horas.
Novillada picada con 6 novillos de la ganadería seleccionada para el día 18 de septiembre de 2018, a las 18:00 horas.
Novillada picada con dos novilleros con 4 novillos de la ganadería
seleccionada, el día 12 de octubre de 2015, a las 17:00 horas, como final al concurso de novilleros.
Encierros conforme a los usos y costumbres tradicionales de la localidad a celebrar los días 15, 16, 17, y 18 de septiembre y 12 de octubre, todos ellos de 2018; a las 11:00 horas.
Suelta de reses los días de espectáculos taurinos (15, 16, 17, y 18 de septiembre con suelta de dos toros cuatreños y dos vacas; y el día 12 de octubre la suelta de un toro y una vaca) a la finalización de los espectáculos xx xxxxx ordinaria, los toros cuatreños en número y forma, conforme a oferta de mejoras.
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La organización de los siguientes eventos coincidiendo con las fiestas patronales.
Acto de presentación de los carteles de las fiestas.
Acto de entrega de trofeos del concurso de novilladas.
CLÁUSULA SEGUNDA. CARÁCTERISTICAS DEL CONTRATO.
La prestación del servicio supone la realización, x xxxxx del contratista, de todos los trámites, diligencias y contrataciones necesarias, incluidas las administrativas y el suministro de las reses necesarias y su responsabilidad ante la Administración, para la realización del objeto del contrato, cuyo contenido mínimo se describe y desarrolla a continuación:
2.0 Consideraciones Generales de la organización de los festejos taurinos.
El suministro de las reses de las ganaderías seleccionadas para cubrir las necesidades de los espectáculos taurinos, incluida la parada de cinco (5) bueyes.
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La gestión y obtención de los permisos de todo tipo, los seguros de suspensión, de responsabilidad civil y accidentes mínimos obligatorios por la Ley 17/1997, de 4 de julio, de espectáculos públicos y actividades recreativas y por Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, por el que se modifica y da nueva redacción al Reglamento de Espectáculos Taurinos y por el Decreto 112/1996, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares.
Las nóminas y cotizaciones a la Seguridad Social del personal que trabaje o prepare los festejos taurinos, así como de los profesionales del rejoneo en su caso, matadores, novilleros, cuadrillas, director xx xxxxx y cualesquiera otras personas que deban prestar su concurso para el buen fin de los festejos.
Las operaciones que comprendan el sacrificio y sangrado de las reses y su traslado a la sala de tratamiento de xxxxxx xx xxxxx, así como el material de toma de muestras post-morten y material de aturdimiento que deberá presentar en el plazo mínimo de 48 horas previas a la celebración del primer espectáculo taurino a petición de los Servicios Veterinarios Oficiales para la elaboración de la certificación veterinaria conforme a lo establecido en el artículo 28.c del real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, por el que se modifica y da nueva redacción al Reglamento de Espectáculos Taurinos.
Contratación de servicios médicos, ambulancias, UVI móvil, y demás material necesario para la organización y desarrollo de tales eventos, debidamente equipados.
Transporte de las reses desde las fincas respectivas hasta el lugar xx xxxxxxx
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del encierro y posterior desencajonado de éstas.
El servicio objeto del contrato se prestará por el contratista durante el plazo de vigencia del mismo, siendo de su cuenta todos los gastos que origine la organización y desarrollo de los actos taurinos y demás festejos programados así como Cualquier otro medio auxiliar necesario, incluido todo tipo de permisos.
Los animales reunirán las condiciones y requisitos para poder participar en los espectáculos taurinos según establece la legislación vigente y deberán disponer de los correspondientes certificados veterinarios y demás documentación exigible, cuyos gastos y expedición serán por cuenta del contratista; el ganado xx xxxxx reunirá los requisitos y condiciones establecidos por el Reglamento de Espectáculos Taurinos y demás normativa de aplicación, debiendo reunir las características de trapío adecuado conforme al encaste de la ganadería y a su edad, buen estado xx xxxxxx, sin lesiones aparentes ni alteraciones del sentido de la vista, no serán admitidos los desechos de tienta y defectuosos así como los mogones y los sometidos a manipulaciones fraudulentas de cuernos, no habrán sido tratados con ningún tipo de sustancia o principio activo en los 30 últimos días antes de la realización del festejo.
SEGUROS: Será obligación del adjudicatario suscribir, con su titularidad, y a sus expensas, cuantas pólizas de seguro sean necesarias para la consecución de la preceptiva autorización de celebración de los festejos taurinos y del seguro de suspensión de los festejos.
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Será a cuenta del contratista la recogida de los animales lidiados en vehículos (isotermos dotados de polipasto o elevador) para su traslado hasta la sala de tratamiento de xxxxxx xx xxxxx según la legislación vigente así como de la gestión de los subproductos no aptos para consumo humano
Será a cargo del adjudicatario los gastos derivados del sacrificio en las instalaciones existentes en la plaza de toros de las reses participantes en las sueltas, mediante el procedimiento de aturdimiento con pistola de proyectil cautivo perforante y posterior sangrado.
La realización de los eventos coincidentes con las fiestas patronales, que presente el licitador para su valoración en el proyecto general del programa.
CARACTERISTICAS DE LOS FESTEJOS TAURINOS PROGRAMADOS:
2.1 Encierros.
Se ajustarán a los siguientes requisitos:
Se realizarán encierros los días 15, 16, 17, y 00 xx xxxxxxxxxx x 00 xx xxxxxxx de 2018.
Se iniciaran a las 11:00 horas, en todo caso de conformidad con la orden de
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inicio del Presidente del encierro.
Se correrán las reses que participaran en los festejos taurinos y suelta de reses programados.
Para cada encierro el contratista dispondrá como mínimo de CINCO (5) bueyes
experimentados en la conducción de reses bravas. A su vez estos bueyes serán utilizados en los respectivos festejos programados para cada día y se desplazarán por el recorrido urbano tantas veces como sea necesario para la recogida de los toros que se queden en el recorrido. Los daños que sufran estos animales serán por cuenta y riesgo del contratista sin que quepa indemnización alguna por la muerte de cualquier animal.
El transporte de las reses de cada día, incluso durante el desarrollo de los encierros y festejos, (por si no suben los toros a la plaza), y al objeto de celebrar los festejos y/o completar el encierro, será por cuenta del contratista.
Organización, gestión y celebración de los encierros al estilo tradicional, encargándose de la salida de los animales y responsabilizándose de la conducción y guarda en los toriles por medio de los colaboradores o pastores y demás personal de la empresa, tener todos los toros enchiquerados trascurrida una hora desde la salida de la última res del encierro.
Si después de ser desencajonada alguna de las reses a lidiar, se dañara y quedara inútil para la xxxxx como consecuencia de los encierros, el adjudicatario deberá sustituirla por otra. Para tal fin, se obliga al adjudicatario a tener disponibles los sobreros mínimos que en cada evento esté obligado según el Reglamento de Espectáculos Taurinos, que facturará sólo en caso que tenga que ser utilizado.
2.2 Novilladas.
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Novillada picada el día 15 de septiembre de 2018 las reses serán de la ganadería de “Valdefresno“; susceptible de variaciones conforme al pliego de mejoras.
Novillada picada el día 17 de septiembre de 2018, modalidad de concurso de ganaderías seleccionadas; “Xxxxx”, “Partido de Resina”, “Xxxx Xxxx Xxxxxx”, “Xxxxx Xxxxxx”, “Xxxxx Xxxxxx”, “Xxxx xx Xx Xxxxxx” o “Xxxx Xxxxxx”.
Novillada picada el día 18 de septiembre de 2018, las reses serán de la ganadería de “El Risco”.
Novillada picada el día 12 de octubre de 2018, las reses serán de la
ganadería de “El Xxxxx” se realizará como concurso de los dos novilleros triunfadores de las respectivas novilladas celebradas los días 15, 17 y 18 de septiembre, lidiándose cuatro reses; susceptible de variaciones conforme al pliego de mejoras.
Dadas las características de calidad que se quiere ofrecer en los espectáculos taurinos del presente pliego de condiciones técnicas se han preseleccionado las ganaderías intervinientes por sus propiedades de trapío, su selección y méritos genéticos, los méritos demostrados en las diferentes plazas donde han intervenido demostrando en todas ellas su acometividad, nobleza, toreabilidad, repetición en la embestida, su encaste de procedencia, sus características morfológicas y temperamentales
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ampliamente demostradas en diferentes plazas y ferias de reconocido prestigio; en el Concurso de Ganaderías a celebrar el día 17 de septiembre se busca con la selección de ganaderías presentar a los espectadores una diversidad de encastes de procedencia que permitan apreciar las características propias de cada uno, perteneciendo algunas de las ganaderías a encastes únicos y en peligro de extinción con características únicas e irrepetibles.
En caso que sea imposible la xxxxx de alguna de las ganaderías seleccionadas se sustituirá por otra ganadería, esta sustitución se realizará entre alguna de las siguientes ganaderías: “Cebada Xxxx”, “Torrestrella”, “Xxxxx Xxxx Xxxx” o “Vitoriano del Rio” y el cambio o sustitución deberá ser comunicado y aprobado primero por la Concejalía de Festejos.
Se sujetarán a los siguientes requisitos:
Características de las reses a lidiar:
o Las reses de las novilladas de las ganaderías seleccionadas, contarán con el trapío suficiente.
o En cuanto a los pesos individuales estarán entre los 400 y 450 Kg, con las variaciones propias del encaste a que pertenece la ganadería.
o En cuanto a las encornaduras, no se admitirán los gachos, brochos, playeros, corniabiertos, cubetos y los excesivamente bizcos; detrayéndose del precio final del contrato un importe equivalente al diez (10 %) por ciento por cada día de incumplimiento.
o No presentarán ningún tipo de lesión que impida el normal desarrollo de la xxxxx.
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Suministro de toros utreros, para las novilladas picadas o las reses adecuadas a las posibles variaciones conforme a la opción elegida en el apartado de mejoras.
Todo el ganado deberá ser seleccionado y disponible al menos veinte (20) días antes del inicio de los festejos y será inspeccionado por la Concejalía de Festejos del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx y sus miembros de asesoramiento que deberá prestar su conformidad. En caso que los comisionados del Ayuntamiento no dieran su conformidad a una res o conjunto de reses, el contratista vendrá obligado a sustituir los animales señalados por otros de la misma ganadería que estén dentro de la conformidad de los comisionados o éstos podrán aprobar otras reses de otra ganadería, siempre en la misma categoría y línea de los ofertados. En caso de discrepancia, y como último recurso, el Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx podrá adquirir directamente los animales idóneos descontándose su precio del precio del contrato.
- Los animales serán sacrificados en las instalaciones de la Plaza de Toros en ausencia de público.
2.3 Suelta de reses.
Se ajustará a los siguientes requisitos:
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Suministro de DOS (2) toros cuatreños por día para los días 15, 17 y 18 de septiembre y de UN (1) toro para el día 12 de octubre, que anteriormente han sido utilizados en el encierro, de DOS (2) vacas por día para los días 15, 17, 18 de septiembre y UNA (1) vaca para el día 16 de septiembre y 12 de octubre.
Las reses estarán seleccionadas y disponible al menos veinte (20) días antes del inicio de los festejos y será inspeccionado por la Concejalía de Festejos del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx y sus miembros de asesoramiento que deberá prestar su conformidad.
Los animales reunirán las condiciones para poder participar en los espectáculos taurinos populares según establece la legislación vigente y deberán disponer de los correspondientes certificados veterinarios, en especial el certificado de despuntado de cuernos, cuyos gastos y expedición correrán por cuenta del contratista.
Organización, gestión y celebración de la suelta de reses, encargándose de la salida de los animales y responsabilizándose de la guarda en los toriles antes y después de la suelta de reses.
2.4 Concurso de recortes. Día 16 de septiembre de 2018.
Se sujetará a los siguientes requisitos:
Suministro de CUATRO (4) toros cuatreños de las ganaderías “Xxxx Xxxx Xxxxxx” y/o “Hoyo de la Gitana” para el concurso de recortes.
El cartel de los recortadores actuantes será consensuado por el Ayuntamiento.
Organización, gestión y celebración del concurso de recortes.
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El adjudicatario asumirá los costes de contratación de los recortadores, seguridad social de todos los profesionales taurinos participantes, premios, megafonía y speaker, confección de cartelería, etc.
Durante la deliberación xxx xxxxxx se soltará una vaca exclusivamente para los recortadores de la localidad que estén en fase de aprendizaje previa inscripción.
Suministro de los Trofeos a entregar a los ganadores del Concurso de Recortes.
2.5 Presentación pública de los carteles de los festejos taurinos.
- La presentación de los carteles de los festejos taurinos la fecha de celebración se determinará por la Concejalía de Festejo del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx.
- A la presentación realizada por el adjudicatario contará con la asistencia de los ganaderos o su representante así como una amplia representación de los profesionales de la xxxxx contratados y de los recortadores y representantes de las escuelas taurinas.
- Coincidiendo con el acto se realizará una exposición fotográfica.
- Suministro de un vino español al finalizar el acto.
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2.6 Entrega de trofeos a los triunfadores de la feria.
Se realizará un acto de entrega de trofeos de las diferentes categorías establecidas, la fecha de celebración se determinará por la Concejalía de Festejo del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx.
Se constituirá un jurado integrado por aficionados locales y representantes de la empresa.
Se publicarán las normas de valoración para otorgar los diferentes trofeos.
Coincidiendo con el acto se realizará una exposición fotográfica.
Suministro de vino español al finalizar el acto.
3.1 Dirección y Presidencia.
La Dirección de todos los espectáculos y festejos celebrados con motivo de las Fiestas Patronales y día xxx Xxxxx, así como la Presidencia de los espectáculos taurinos corresponde al Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx o Concejal en quien delegue la alta dirección y toma de decisiones constituyéndose en la autoridad máxima de los festejos taurinos.
3.2 Sobreros.
CLÁUSULA TERCERA. OTRAS CONSIDERACIONES DEL CONTRATO.
El adjudicatario, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes en materia de espectáculos taurinos, se compromete expresamente a tener disponible para la xxxxx los sobreros que marque el Reglamento de Espectáculos Taurinos, antes de iniciarse cada uno de los espectáculos programados.
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La xxxxx xxx xxxxxxx, en caso de ser necesaria, se facturará según el precio indicado en la oferta económica que aporte el contratista.
No obstante el empresario adjudicatario del contrato presentará UN (1) sobrero específico para cada festejo debiendo poner a disposición un xxxxxxx xxxxxxx en caso de ser necesario.
3.3 Licencias y permisos.
Será por cuenta del adjudicatario la tramitación y obtención de cuantos dictámenes, permisos y autorizaciones sean necesarios para la celebración de todos los festejos taurinos y demás espectáculos.
3.4 Servicio Médico.
Será por cuenta del adjudicatario los gastos que conlleven la instalación de la enfermería, asistencia médico-quirúrgica (cirujano y equipo médico), vehículo U.V.I., quirófano móvil, ambulancia, material de enfermería, y cuantos gastos sean necesarios.
3.5 Plaza de Toros, Mulillas y Director xx xxxxx.
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Correrán a cargo del adjudicatario los certificados y permisos necesarios según la legislación vigente, taquilleros, porteros, monosabios, alguacilillo, cuadra de caballos para picar, así como servicio de vigilancia mientras haya reses dentro de la plaza, en toriles o en chiqueros, clarines y timbales y banda de música (en su caso).
Queda especificado que será por cuenta del adjudicatario la aportación del ganado a lidiar, así como de los sobreros que sean necesarios, Novilleros, Recortadores, Cuadrillas, así como de un Director xx Xxxxx (si fuera necesario la contratación de otros Directores xx Xxxxx correrán a cargo del Ayuntamiento) para encierros y sueltas de reses, incluyendo todo tipo de gastos de Seguridad Social y otros que puedan ser necesarios.
La contratación de la banda de Música y de las Mulillas para la retirada del ruedo de las reses lidiadas, correrá a cargo del Ayuntamiento.
El aforo de la Plaza de Toros no podrá superar las 3.000 personas.
3.6 Otros gastos.
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Será por cuenta del adjudicatario las tasas, impuestos, gastos de propaganda, carteles, vallas, transporte y cuidado de las reses, actuaciones de profesionales y en general, cuantos gastos se deriven de la organización y celebración tanto de los Festejos Taurinos como de los encierros y suelta de vaquillas objeto de este contrato, así como los gastos de Seguridad Social de los profesionales que intervengan en los mismos. Se incluye la retirada de las reses muertas mediante el procedimiento que se establezca y la vigilancia de chiqueros permanentemente, mientras que estén las reses en ellos. También serán de su cuenta los Seguros de Responsabilidad Civil, Accidentes, Incendios, suspensión de espectáculos y cuantos otros puedan ser necesarios.
3.7 Entradas.
La recaudación por venta de entradas será a beneficio del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx. Las condiciones de venta serán las siguientes:
La venta de estas entradas se realizará, tanto en la propia Plaza antes de espectáculo taurino, y venta anticipada en el Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx los días del 10 al 14 de septiembre de 09:00 a 14:00 horas con personal dispuesto por el adjudicatario, bajo dirección y supervisión por el personal del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx.
3.8 Consideraciones del personal al servicio de la empresa.
El personal de la empresa contratista deberá estar, debidamente contratado y dado de alta en la Seguridad Social, según determine la legislación vigente. Sus honorarios serán por cuenta del contratista.
CLÁUSULA CUARTA. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN.
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El presupuesto base de licitación del contrato que servirá de base de licitación, el cual incluye todos los gastos que se deban satisfacer para el cumplimiento de las prestaciones contratadas, asciende a la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL (159.000) EUROS, I.V.A. excluido.
Se entenderá que el importe de la oferta es el de la suma del precio ofrecido más el I.V.A., debiendo además figurar desglosados ambos conceptos, en su caso.
Los licitadores podrán cubrir el tipo de licitación o bien podrán mejorarlo a la baja, consignando en letra y número el importe a percibir por la adjudicación.
Las proposiciones que se presenten superando el presupuesto de base de licitación serán automáticamente desechadas.
El valor estimado del contrato, conforme a lo establecido en el artículo 101 de la LCSP, es de CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL (159.000) EUROS, I.V.A. excluido.
El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo, que en ningún caso superará el presupuesto base de licitación, considerándose incluido en el mismo los tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos, cualquiera que sea su naturaleza, que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en los pliegos contractuales.
CLÁUSULA QUINTA. PAGO DEL PRECIO Y OTROS ASPECTOS DEL CONTRATO.
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El pago del precio del contrato se hará efectivo, una vez finalizados y liquidados todos los gastos objeto del contrato, mediante la presentación de correspondiente factura y previa conformidad del Ayuntamiento. La factura será original y deberá ser presentada de conformidad con lo establecido en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público.
Junto con la factura el contratista deberá adjuntar, documento firmado por cada profesional actuante en los distintos eventos taurinos (matadores, novilleros, director xx xxxxx, cuadrillas, etc..), de haber quedado satisfecho en el pago por sus servicios conforme al convenio profesional de sector y que renuncia a cualquier tipo de reclamación y queja ante la Mesa de Seguimiento del sector profesional o cualquiera otro organismo e institución del que pudiera surgir decisión sobre el veto a realizar cualquier festejo taurino en la localidad y organizado por el Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx.
El Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx abonará únicamente el importe de los suministros y festejos taurinos efectivamente realizados y según la oferta presentada por el adjudicatario, por lo que, si hubiera de suspenderse alguno de los festejos o espectáculos programados por cualquier causa no imputable directamente al órgano
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contratante, los mismos no serán abonados al contratista y serán descontados del pago.
Conforme al artículo 198.4 de la LCSP, la Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación de las facturas que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los servicios prestados.
Si se demorase, deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de treinta días, los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
En los casos de presentación de factura electrónica deberá constar la identificación del órgano gestor (órgano de contratación), de la unidad tramitadora (centro directivo promotor del contrato) y de la oficina contable (órgano que tiene atribuida la función de contabilidad), con indicación de los correspondientes códigos de acuerdo con el “Directorio Común de Unidades y Oficinas DIR3” gestionado por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas. En relación con este suministro la factura electrónica deberá contener los siguientes códigos:
CÓDIGO DIR 3 | |
ORGANO GESTOR | LA0001025 |
UNIDAD TRAMITADORA | LA0001027 |
OFICINA CONTABLE | LA0001022 |
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A los efectos previstos en la Disposición Adicional Trigésimo Segunda de la Ley de Contratos del Sector Público, se señalan las siguientes identificaciones que deberán constar en la factura correspondiente:
ÓRGANO ADMINISTRATIVO CON COMPETENCIAS EN MATERIA DE CONTABILIDAD | Intervención Municipal |
ORGANO DE CONTRATACIÓN | Junta de Gobierno Local |
DESTINATIARIO | Festejos |
No obstante indicar que el adjudicatario, si así lo solicitara, podrá percibir abonos a cuenta para la financiación de las operaciones preparatorias, debiéndose asegurar el referido pago mediante la prestación de garantía conforme establece el artículo 198.3 de la LCSP. Se considerarán operaciones preparatorias la concesión de los permisos gubernativos para la realización de los festejos taurinos, los contratos de servicios médicos, el seguro de responsabilidad civil y el seguro de suspensión de espectáculos. Junto con la petición del abono a cuenta, el adjudicatario deberá presentar los citados permisos gubernativos, así como los contratos suscritos con los servicios médicos y las pólizas de seguro de responsabilidad civil y seguros de suspensión de espectáculos.
CLÁUSULA SEXTA. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
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Además de las previstas en la cláusula segunda de este pliego y lo previsto en el Pliego de cláusulas administrativas particulares, serán obligaciones del contratista:
Tramitar ante los organismos correspondientes la autorización para la celebración de los festejos y espectáculos taurinos programados.
Prestar el servicio durante el plazo de vigencia, siendo de su cuenta los gastos
que origine su funcionamiento.
Será por cuenta del contratista el pago de los honorarios de los toreros, rejoneadores y cuadrillas, así como de las obligaciones con la Seguridad Social.
Será por cuenta del contratista la tramitación y obtención de los contratos de compraventa de los toros, su visado correspondiente y cuantos permisos y documentación sea necesaria para la realización de todos los festejos taurinos populares de cuantos Organismos Oficiales y particulares fueran necesarios.
Será por cuenta del adjudicatario la contratación de los porteros de control de acceso a la Plaza de Toros.
Indemnizar los daños y/o perjuicios que se causen a terceros como
consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio. Asimismo, responderá ante terceros de los daños que puedan producirse como consecuencia del funcionamiento del servicio concedido.
Será por cuenta del adjudicatario la contratación de los seguros de Responsabilidad Civil, de daños y de Suspensión del Festejo.
Dar cuenta al Ayuntamiento de las incidencias que se produzcan en el servicio.
Al cumplimiento de lo establecido en la Ley 10/1991, de 4 xx xxxxx, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos, Reglamento de Espectáculos Taurinos de la Comunidad de Madrid y demás normativa de desarrollo.
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A contribuir al desarrollo de los espectáculos con arreglo a los horarios establecidos y en particular a que los animales estén en los respectivos toriles a la mayor brevedad, siendo responsabilidad del adjudicatario la recogida de los animales que se queden en el recorrido hasta la finalización de cada espectáculo.
CLÁUSULA SÉPTIMA. OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO.
Son obligaciones del contratante:
Entregar al adjudicatario las instalaciones de la Plaza de Toros en perfecto estado de conservación y funcionamiento.
Preparar, acondicionar y marcar el ruedo del coso antes del comienzo de cada
uno de los espectáculos taurinos señalados en este pliego.
Serán a su cargo los gastos derivados de los servicios de agua y energía eléctrica durante el período de ejecución del contrato.
Montaje, desmontaje y apertura de la manga del encierro, así como la
preparación de la misma durante el desarrollo del contrato.
Limpieza del recorrido del encierro y xxx xxxxxxx de la Plaza de Toros.
Personal encargado del control de las xxxxxxx xxx xxxxxxxx y toriles, areneros y
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de ayuda en las operaciones a realizar en los toriles.
Colaborar en el mantenimiento del buen orden del coso, callejón y recorrido de los encierros, a través de los servicios de Policía Local y Protección Civil.
Colaborar con el adjudicatario en la promoción de los espectáculos taurinos,
para lo cual insertará la programación de los festejos taurinos, en los mismos soportes publicitarios que con carácter general utilice para la difusión del resto de la programación de las fiestas patronales.
De ser necesaria la contratación de más Directores xx Xxxxx para el mejor desarrollo de los festejos, esta contratación correrá a cargo del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx.
CLÁUSULA OCTAVA. DERECHOS DEL CONTRATISTA.
Son derechos del contratista:
Utilizar los bienes e instalaciones afectos que resulten precisos para el cumplimiento del objeto del servicio a que está obligado.
Obtener auxilio, colaboración y protección del Ayuntamiento para el normal
desarrollo del servicio. (Dispondrá en todo momento de la colaboración de la Policía Local, del personal municipal adscrito a servicios generales y de las Autoridades municipales en cada momento.).
Percibir la contraprestación establecida por el Ayuntamiento con arreglo a los plazos acordados.
El aprovechamiento de todos los animales de los encierros, novilladas,
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concurso de recortes y suelta de reses. Si por las distintas circunstancias que se produzcan, debe lidiarse algún sobrero, el aprovechamiento de la res será igualmente para el adjudicatario.
CLÁUSULA NOVENA. DERECHOS DEL AYUNTAMIENTO.
Son derechos del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx:
El Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx se reserva el derecho de formular cuantas objeciones estime oportunas según las conveniencias del servicio o actividad, debiendo el adjudicatario someterse a las directrices e instrucciones que le sean formuladas por el Servicio Técnico Municipal, con objeto de obtener la máxima eficacia y coordinación.
El servicio se prestará conforme al régimen de horario que fije el Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx.
El Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx ostenta la facultad de realizar, a
través del Concejal de Festejos y personal que éste estime oportuno, cuantas visitas de comprobación considere necesarias a las distintas ganaderías ofertadas, con la finalidad de verificar el estado de las reses, exigiendo cuando así lo considere, la sustitución de cualesquiera de ellas, bien pertenezcan a los festejos taurinos como a los festejos populares.
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CLÁUSULA DÉCIMA. SUSPENSIÓN, APLAZAMIENTOS, MODIFICACIONES DE CARTELES Y SUS CONSECUENCIAS.
Si por causas imprevistas tuviera que ser suspendido o aplazado alguno de los festejos programados, el contratista lo pondrá en conocimiento del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx al mismo tiempo que a la Autoridad Gubernativa, no pudiendo anunciar la suspensión o aplazamiento hasta recibir la necesaria aprobación de la Autoridad Gubernativa. Estas causas serán exclusivamente climatológicas debidamente justificadas por niveles pluviométricos o por fuerza mayor.
Inmediatamente después que se reciba esa aprobación, lo hará saber al público mediante vehículo con megafonía, por lo menos tres veces, con una hora de intervalo.
También está obligado a anunciarlo en lugares visibles del municipio, en todas las puertas destinadas al acceso del público a la plaza, e igualmente en los principales sitios donde se acostumbre a colocar los carteles, debidamente autorizados. Del mismo modo se procederá si se trata de aplazamiento.
Si sobreviniesen circunstancias de fuerza mayor, debidamente acreditadas por el adjudicatario que impidiesen la participación de cualquiera de los matadores y/o rejoneadores incluidos en la oferta taurina, el adjudicatario viene obligado a proponer al Ayuntamiento, por escrito, una terna de sustitutos en cada caso, los cuales deberán pertenecer a idéntico grupo del escalafón que se ha utilizado para valorar las ofertas. De no resultar posible tal circunstancia, deberá justificar el hecho y ser ratificada por el Servicio Técnico Municipal correspondiente. Cualquier modificación del cartel que se produzca al previamente anunciado, se comunicará y se hará público en igual forma que la señalada para las suspensiones.
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Todo ello sin perjuicio de estar a cuanto disponga el Reglamento de Espectáculos Taurinos vigente en cada momento.
En caso de suspensión de cualquiera de los festejos ofertados por el adjudicatario, por cualquier causa, éste deberá programarse obligatoriamente de nuevo, de acuerdo con el Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx.
El adjudicatario estará obligado a la contratación de un Seguro de suspensión de espectáculo.
CLÁUSULA UNDÉCIMA. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINACIERA DEL CONTRATISTA.
La solvencia económica y financiera del licitador deberá acreditarse por el siguiente medio:
ARTÍCULO 87.1.b) En los casos en que resulte apropiado, justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al
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establecido reglamentariamente.
CRITERIO DE SELECCIÓN. El licitador deberá acreditar mediante la disposición de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, vigente hasta el fin de plazo de presentación de ofertas, por importe igual o superior al presupuesto base de licitación, I.V.A. excluido, aportando además el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato.
FORMA DE ACREDITACIÓN. Se acreditará mediante certificado expedido por el asegurador en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, así como del recibo acreditativo del pago de la prima correspondiente, o mediante la póliza de seguro por riesgos profesionales y el recibo acreditativo del pago de la prima.
CLÁUSULA DUODÉCIMA. SOLVENCIA PROFESIONAL DEL CONTRATISTA.
La solvencia técnico o profesional del licitador deberá acreditarse por el siguiente medio:
ARTÍCULO 90.1.a). Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos.
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CRITERIO DE SELECCIÓN. El licitador deberá acreditar la contratación de la realización de festejos mayores (corridas de toros, rejones o novilladas picadas), en plaza de toros de primera o de segunda categoría (conforme a la clasificación establecida en el art. 23 del Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, por el que se modifica y da nueva redacción al Reglamento de Espectáculos Taurinos) en alguno de los tres años anteriores o durante el presente año 2018, en este caso, realizado antes de la finalización del plazo de presentación de ofertas al presente pliego, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 % del valor del contrato.
FORMA DE ACREDITACIÓN. Se acreditará la solvencia profesional mediante la presentación de certificados de ejecución del contrato para la realización de festejos mayores en plazas de toros de primera o segunda categoría, expedidos o visados por el órgano competente, o mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS.
A los efectos del artículo 145 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP), para la valoración de las proposiciones presentadas y la determinación de la oferta económica más ventajosa se tendrán en cuenta los siguientes criterios con arreglo a la siguiente
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ponderación:
La puntuación máxima de los criterios de valoración de ofertas será de 100 puntos.
A. CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE.
(Hasta un máximo de 52 puntos según el siguiente desglose)
1) PRECIO. Se valorará con VEINTICINCO (25) PUNTOS a la oferta que presente el importe más bajo (mejor oferta) y para el resto de ofertas serán valoradas de manera proporcional, en aplicación de la siguiente fórmula: Puntuación final = Máxima puntuación x [1 - (precio de la oferta – precio más bajo / precio más bajo].
Siendo: Puntuación final = puntuación final del licitador a valorar Máxima puntuación = 25.
Precio de la Oferta = precio ofertado por el licitador a valorar. Precio más bajo = precio ofertado por el licitador que ha presentado la mejor oferta.
La oferta que no presente baja se le otorgará CERO (0) PUNTOS.
2) MEJORAS. Serán valoradas, hasta un máximo de VEINTIUN (21) PUNTOS, las aportaciones y mejoras ofrecidas por el licitador que estén relacionadas con el objeto del contrato, amplíen lo exigido en el contenido de este Pliego y no supongan coste alguno para el Ayuntamiento. Se considerarán mejoras todas aquellas que incidan o den cobertura a los siguientes puntos:
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a) La sustitución de la novillada picada del día 15 de septiembre, por una corrida mixta con dos novilleros con picadores y un Torero o rejoneador; valorándose la sustitución por un matador de toros perteneciente al grupo (B) conforme a la clasificación del Convenio Nacional Taurino, tomando como referencia el escalafón taurino de 2017, se valorará ocho (8) puntos, si pertenece al grupo (C) se valorará con cuatro (4) puntos; si la sustitución es de un Rejoneador de toros perteneciente al grupo (B) conforme a la clasificación del Convenio Nacional Taurino, tomando como referencia el escalafón taurino de 2017, se valorará seis (6) puntos, si pertenece al grupo (C) se valorará con tres (3) puntos; la puntuación máxima de este apartado es de ocho (8) puntos; si no presenta este criterio de mejora se valorará con cero (0) puntos.
b) Sustitución del festejo taurino a celebrar el día 12 de octubre por una corrida mixta, en el que participaran además de los triunfadores de las novilladas picadas y un Torero o rejoneador; valorándose la sustitución por un matador de toros perteneciente al grupo (B) conforme a la clasificación del Convenio Nacional Taurino, tomando
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como referencia el escalafón taurino de 2017, se valorará ocho (8) puntos, si pertenece al grupo (C) se valorará con cuatro (4) puntos; si la sustitución es de un Rejoneador de toros perteneciente al grupo (B) conforme a la clasificación del Convenio Nacional Taurino, tomando como referencia el escalafón taurino de 2017, se valorará seis (6) puntos, si pertenece al grupo (C) se valorará con tres (3) puntos; la puntuación máxima de este apartado es de ocho (8) puntos; si no presenta este criterio de mejora se valorará con cero (0) puntos.
c) Realización de encierro infantil a determinar la fecha en el mes de septiembre y 12 de octubre, debiendo presentar declaración jurada del compromiso de realización para su valoración, se valorará con dos puntos (2) cada día hasta un máximo de cinco (5) puntos, si no presenta este criterio de mejora se valorará con cero (0) puntos.
CALIDAD SOCIAL. Serán valoradas hasta un máximo de tres (3) puntos. Se otorgará la máxima puntuación al licitador que tenga contratadas en su plantilla el mayor porcentaje de personas con discapacidad respecto del total de efectivos de su plantilla y para el resto de ofertas se puntuará proporcionalmente. Se acreditará presentando el Informe de vida laboral de un código cuenta de cotización de fecha de 1 a 31 de enero de 2018, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, junto al Certificado de Discapacidad.
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4) IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES. Serán valoradas hasta un máximo de tres (3) puntos. Se otorgará la máxima puntuación al licitador que tenga la mayor presencia equilibrada de hombres y mujeres sobre la totalidad de la plantilla de la empresa y para el resto de ofertas se puntuará proporcionalmente. Se acreditará presentando el Informe de vida laboral de un código cuenta de cotización de fecha de 1 a 31 de enero de 2018, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
B. CRITERIOS CUYA PONDERACIÓN DEPENDAN DE UN JUICIO DE VALOR. (Hasta un máximo de 48 puntos)
PROYECTO DE ORGANIZACIÓN DE LOS FESTEJOS TAURINOS. Se
describirá por el licitador de la forma más detallada posible todos los aspectos de la organización de los festejos taurinos y demás actos concomitantes. Serán valorados:
Proyecto General en el que se detallen de manera pormenorizada los diferentes festejos y propuestas de celebración tanto de espectáculos estrictamente taurinos (Toreros, Novilleros, Rejoneadores, Ganaderías) así como de otras actividades de participación de la población para su divertimento, y expansión que
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se celebren, coincidiendo con los festejos patronales y festividad xxx Xxxxx, dentro xxx xxxxxxx de la plaza de toros.
Programación y realización de diferentes festejos, actos y actividades en los que de manera importante se utilicen recursos propios de Xxxxxxxx xxx Xxxxx.
Desarrollo de actividades de promoción de los festejos a celebrar que incremente el interés de la población por la participación y mantenimiento de las fiestas patronales.
Si una vez adjudicado el contrato al licitador y la adjudicación se deba por obtener la mayor puntuación por los criterios cuantificables automáticamente y por el criterio del cartel, si posteriormente el servicio a prestar no es acorde con su oferta presentada, se retraerá de la factura final conforme al porcentaje de puntos indebidamente adjudicados, excepto que antes de la presentación del cartel definitivo, la Concejalía de Festejos del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx muestre su conformidad por escrito con dichos cambios, estando estos debidamente motivados por él adjudicatario. La penalidad será de un 1% del importe adjudicado por cada punto de incumplimiento.
La adjudicación recaerá en el licitador que teniendo en cuentas los criterios establecidos con anterioridad, obtenga el mayor número de puntos y, por tanto, se considerará como la oferta mejor calidad-precio.
No se establecen criterios específicos de desempate. En caso de empate entre dos o más proposiciones se aplicarán los criterios indicados en el artículo 147.2 de la LCSP.
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Firmado electrónicamente en Xxxxxxxx xxx Xxxxx por el Técnico de Salud Municipal del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx, en la fecha que figura en el margen izquierdo de la primera página.
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