Convocatoria a la Licitación Pública Nacional No. EH-SSH-N114-2018
Convocatoria a la Licitación Pública Nacional No. EH-SSH-N114-2018
Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx Mantenimiento de Equipo Médico
Índice
1.- Condiciones Generales.
1.1. Descripción del servicio, objeto de esta licitación.
1.2. Condiciones de pago.
1.3. Plazo y condiciones del servicio.
1.4. Lugar de prestación del servicio.
1.5. Vigencia de la cotización
1.6. Ninguna condición de la Convocatoria a la Licitación Pública deberá ser negociada.
2. Asistencia a los diferentes Actos de la Licitación por parte de los licitantes.
2.1. Modificación a la Convocatoria a la Licitación Pública por parte de los Servicios de Salud
2.2. Junta de Aclaraciones.
2.3. Preparación de las proposiciones.
2.3.1. Idioma en que deberán presentarse.
2.3.2. Unidad de moneda en que deberán cotizar el servicio.
2.3.3. Documentación que integran las proposiciones del licitante
Sobre Único
Documentación I. Identificación (original y copia). Documento II. Representación Legal
Documento III- Para personas xxxxxxx, Acta Constitutiva de la empresa con su última modificación. Documento IV.- Documento vigente expedido por el SAT, de opinión del cumplimiento y Constancia de Situación Fiscal vigente.
Documento V.- Escrito bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en los supuestos del Artículo 77 de la Ley en la materia.
Documento VI.- Presentación de la Proposición Técnica y Económica Documento VII. Declaración de Integridad.
Documento VIII. Garantía de seriedad.
Documento IX. Formato que deberán presentar los licitantes que participen que integren el Sector de micro, pequeñas y medianas empresas en el Estado.
Documento X. Carta de garantía y contra vicios ocultos del servicio.
Documento XII. Carta bajo protesta de decir verdad, la empresa se hará responsable de que si en un lapso posterior a 24 hrs. en equipo que presente falla no tiene respuesta inmediata, se compromete a restituirlo con un equipo igual o de mejor calidad operativos y funcionales.
Documento XIII. Carta en papel membretado del licitante que cuenta con instalaciones en la periferia de la ciudad xx Xxxxxxx, para asistir con prontitud al llamado de cualquier eventualidad.
Documento XIV. Los licitantes participantes deberán contar cuando menos con 8 Ingenieros Biomédicos Titulados con Cédula Profesional, por lo que deberán adjuntar documentación que avale lo anterior solicitado.
Documento XV. Formato en el que señalen los documentos requeridos para participar
2.4. Proposiciones Conjuntas
2.5. Acto de presentación y Apertura de Proposiciones.
2.6. Criterios para la adjudicación del Contrato
2.7. Descalificación del licitante.
2.8. Licitación desierta.
2.9. Cancelación de la Licitación o concepto
2.10. Acto de Fallo.
3. Firma del Contrato.
3.1. Garantías
3.2. Penas convencionales
4. Inconformidades
Relación de Anexos de la Proposición Técnica y Económica
Formatos de Documentos solicitados:
Anexo No. 1. Listado de Bienes.
Anexo No. 2. Formato de Proposición Técnica. Anexo No. 3. Formato de Proposición Económica. Anexo No. 4. Representación Legal
Anexo No. 5. Declaración de Integridad
Anexo No. 6. Formato que deberán presentar los licitantes que participen en el procedimiento de contratación en caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas en el Estado.
Anexo No. 7. Modelo del Contrato (Formato informativo para el proveedor adjudicado, el cual se adaptará de acuerdo a la naturaleza de la contratación): En caso de ser adjudicado, el Contrato se les entregará en la Subdirección de Adquisiciones.
Glosario
Convocante: | Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx. |
Convocatoria a la Licitación Pública: | Bases en las que se establecen los requisitos de participación del procedimiento de contratación. |
Servicio: | La prestación del servicio objeto de la presente licitación. |
Proposiciones: | Documentación administrativa, legal, técnica y económica de los licitantes, así como aquella distinta a éstas. |
Internet: | Sistema electrónico de consulta. |
Contraloría: | Secretaría de Contraloría. |
Contrato: | Acuerdo de voluntades que crean derechos y obligaciones derivados de la presente Licitación. |
Ley: | Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público del Estado xx Xxxxxxx. |
Reglamento: | El Reglamento de La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público del Estado xx Xxxxxxx. |
Licitante: | Las personas físicas x xxxxxxx que participen en la presente Licitación Pública. |
Proveedores: | La persona física o moral con quien los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx celebre el Contrato derivado del presente procedimiento de contratación. |
Área Contratante: | Subdirección de Adquisiciones, con domicilio en Xxxx. Xxxxxxxxxx Xxxxxxx-Xx Xxx Xx. 000 Xxx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxxx Xxx. Con teléfonos 01771-7170225 ext. 3049. |
Dirección de Finanzas: | Ubicación: Xxxx. Xxxxxxxxxx Xxxxxxx-Xx Xxx Xx. 000 xxx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxxx Xxx. con teléfonos 00000-0000000 extensión 1124 |
Dirección Jurídica y de Derechos Humanos: | Ubicación: Xxxx. Xxxxxxxxxx Xxxxxxx-Xx Xxx Xx. 000 xxx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxxx Xxx. Con teléfonos 01771-7170225 ext. 3066 y 3068 |
I.V.A.: | Impuesto al Valor Agregado |
Convocatoria a la Licitación Pública Nacional No. EH-SSH-N114-2018 Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx
Mantenimiento de Equipo Médico
LA PRESENTE LICITACIÓN SERÁ PRESENCIAL: Los licitantes exclusivamente podrán presentar su proposiciones en forma documental y por escrito, en sobre cerrado, durante el Acto de presentación y Apertura de Proposiciones, no se recibirán las proposiciones por vía fax, correo electrónico, mensajería o algún otro medio.
1.- Condiciones Generales.
En cumplimiento a las disposiciones que establece la Constitución Política del Estado Libre y Xxxxxxxx xx Xxxxxxx en su Artículo 108 y la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público del Estado xx Xxxxxxx en sus Artículos 39, 40 y 41, su Reglamento y demás correlativos, convoca a las personas físicas y xxxxxxx con capacidad técnica y económica que deseen participar en la Licitación Pública Nacional No. EH-SSH-N114-2018 para la contratación de Mantenimiento de Equipo Médico, con disponibilidad presupuestaria autorizada mediante oficio No. DPPE-6739 de fecha 4 de octubre de 2018, con cargo a: Ramo 18 Salud, ejercicio fiscal 2018, emitido por la Dirección de Planeación, Presupuesto y Evaluación de los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx conforme a la presente Convocatoria Pública.
1.1. Descripción del servicio objeto de esta Licitación.
La contratación del Mantenimiento de Equipo Médico objeto de esta Licitación se describe en el Anexo No. 1 de esta Convocatoria a la Licitación Pública, la cual conforma un total de un Concepto Único.
1.2. Condiciones de pago
Los pagos que correspondan a los bienes objeto de esta Licitación se efectuará en pesos mexicanos,, dentro de los treinta días hábiles contados a partir de la fecha en que el proveedor entregue la documentación contable debidamente integrada, requisitada y validada por la Subdirección de Adquisiciones, en su caso, realice el pago obligatorio por concepto xx Xxxx Convencional, según lo establecido en esta Convocatoria a la Licitación Pública, en las oficinas ubicadas en Xxxx. Xxxxxxxxxx Xxxxxxx-Xx Xxx Xx 000 Xxx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Pachuca, Hgo., y el pago de sus Facturas previa entrega de los bienes a entera satisfacción de los Servicios de Salud.
No habrá pago de anticipo.
La recepción de Facturas para trámite de pago será en el momento de la entrega del bien de acuerdo al punto 1.3 de esta Convocatoria a la Licitación Pública.
En caso de que las Facturas entregadas por los proveedores para su pago presenten errores o deficiencias, los Servicios de Salud, indicarán las deficiencias que deberá corregir por parte del proveedor, hasta su total solventación.
Los precios permanecerán fijos, no procederá escalatoria alguna.
1.3. Plazo y condiciones del servicio.
El período del servicio iniciará a los 3 días hábiles a partir del día siguiente hábil a la notificación del fallo y concluirá el 21 de diciembre de 2018.
Los gastos por concepto de fletes en condiciones adecuadas de acuerdo al producto que se trate, seguros, maniobras de carga y descarga del equipo del servicio, etc. deberán estar considerados en el precio unitario del servicio, el proveedor efectuará el traslado de los bienes que incluye el servicio por su exclusiva cuenta, bajo su responsabilidad del daño que pueda sufrir el mismo durante el traslado.
1.4. Lugar de prestación del servicio
La realizará el proveedor contra seguro pagado inherente al proveedor hasta el lugar de destino convenido, que para esta Licitación será el los lugares que se describen a continuación en días hábiles de las 09:00 a las 18:00 horas
HOSPITALES | DIRECCIÓN |
HOSPITAL GENERAL XXX XXXXX DEL MEZQUITAL IXMIQUILPAN. | Xxxx. Xxxxxxx-Xxxxxxxxxxx Xx. 00, Xxx. Xxxxxxx X.X. 00000 Xxxxxxxxxxx, Xxx. |
HOSPITAL INTEGRAL DE TLANCHINOL. | Domicilio conocido Barrio Santa Xxxx Tlanchinol, Hgo. |
HOSPITAL VILLA XXXXXXXX. | Xxxxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxxx Xx. 00.0, Xxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Xxx. |
HOSPITAL BÁSICO COMUNITARIO HUEHUETLA. | Xxxx. Huehuetla-Tulancingo S/N, Col. Xxxxx Xxxxx, Huehuetla, Hgo. |
HOSPITAL INTEGRAL JACALA. | Xxxxxxxxx Xxxxx X/X Xxx. Xxxxxxx X.X. 00000 Xxxxxx xx Xxxxxxx, Xxx. |
HOSPITAL GENERAL PACHUCA. | Xxxx. Pachuca-Tulancingo #101-A Col. Ciudad de los Niños C.P. 42070 Pachuca, Hgo. |
HOSPITAL OBSTÉTRICO PACHUCA. | Xx. Xxxxxxxxxx Xxx., Xx. Xxxxxxxxxxx X/X Xxx. Xxxxxxxxxx X.X. 00000 Xxxxxxx, Xxx. |
HOSPITAL GENERAL HUICHAPAN. | Xxxxx 00 xx Xxxxx x/x xxx. Xxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx X.X. 00000 Huichapan, Hgo. |
HOSPITAL GENERAL DE LA HUASTECA. | Xxxx. Nacional México-Tampico Km. 211.5 Localidad Chililico, Huejutla xx Xxxxx, Hgo. C.P. 43000 |
HOSPITAL REGIONAL OTOMÍ TEPEHUA. | Xxxx. Xxxxxxxxxx Xxx Xxxxxxx x/x Xxxxxxx Xxxxxxxxx X.X. 00000 San Xxxxxxx Tutotepec, Hgo. |
HOSPITAL GENERAL TULANCINGO. | Xx. Xxxxxxxx #00, Xxx. Xxxxxxxx. Xxxx. Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx xx Xxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxx. X.X. 00000 |
HOSPITAL GENERAL TULA. | Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxx Xx. 0.0 xxxxxxxxx libramiento el Xxxxxx Xxxxxxx Xxx. Xx Xxxxxx X.X. 00000 Xxxx xx Xxxxxxx, Xxx. |
HOSPITAL INTEGRAL ATLAPEXCO. | Xx. Xxx Xxxx Xxxxxxx, Xx. 000, Xxx. Xxx Xxxxx Xxxxx X.X. 00000, Xxxxxxxxx, Xxx. |
HOSPITAL XXXXXXX XXXXXXX. | Xxxxxx Xxxxxxx x/x Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxx. Xxxxxxxxxxx X.X. 00000, Xxxxxxx, Xxx. |
HOSPITAL INTEGRAL CINTA LARGA. | Xxxx. Xxxxxxxxxxxx-Xxxx xx. 0.0, Xx. 0000, X.X. 00000, Xxxxxxxxxxxx, Xxx. |
HOSPITAL GENERAL DE ÁPAN. | Libramiento Vial, Xxxxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx x/x Xxx. Xxxxxxxxxx Xxx Xxxxxx X.X 00000 Xxxx, Xxx. |
HOSPITAL INFLABLE. | Xxxx. Xxxxxxx-Xxxxxxxxxx #000-X Xxx. Xxxxxx xx xxx Xxxxx X.X. 00000 Xxxxxxx, Xxx. |
1.5. Vigencia de la cotización.
Se requiere un período de validez de las proposiciones técnicas y económicas de 90 (noventa) días naturales contados a partir de la fecha de Apertura de Proposiciones. La proposición cuyo período de validez sea más corto que el requerido, será rechazada por la convocante por no ajustarse a los requisitos de la Licitación.
Los licitantes deberán apegarse estrictamente a las condiciones establecidas en los puntos 1.2, 1.3, 1.4 y 1.5, indicando el contenido de los puntos o en caso contrario deberán sustituirlo con la frase “según Convocatoria a la Licitación Pública”. De no hacerlo así, será motivo de descalificación.
1.6. Ninguna condición de las Convocatoria a la Licitación Pública podrá ser negociada.
Ninguna de las condiciones contenidas en esta Convocatoria a la Licitación Pública, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes podrán ser negociadas.
2. Asistencia a los diferentes Actos de la Licitación por parte de los licitantes.
La presente Licitación Pública será presencial.
Previo al Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, el convocante podrá efectuar el registro de participantes.
La o las Juntas de Aclaraciones, el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones y el Acto de Fallo, se realizarán de manera presencial, a los cuales podrán asistir los licitantes, sin perjuicio de que el Fallo pueda notificarse por escrito conforme a lo dispuesto por el Artículo 50 de la Ley.
A los Actos del procedimiento de Licitación Pública podrá asistir cualquier persona en calidad de observador, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos, por lo que no firmarán ningún documento que tenga relación con el Acto al que asistan, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 33 de la Ley.
Durante los Actos de la Junta de Aclaraciones, Presentación y Apertura de Proposiciones, y Fallo, únicamente se permitirá el acceso a los mismos a un solo representante por licitante.
Durante el desarrollo de la Licitación los licitantes no podrán tener contacto con las Áreas evaluadoras del servicio.
Las Actas de las Juntas de Aclaraciones, del Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, y de la Junta Pública en la que se dé a conocer el Fallo serán firmadas por los licitantes que hubieran asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, de las cuales se podrá entregar una copia a dichos asistentes y al finalizar cada Acto se fijará un ejemplar del acta correspondiente en un lugar visible al que tendrá acceso el público, en el domicilio del área responsable del procedimiento de contratación, por un término no menor de cinco días hábiles.
Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en la página de internet de esta convocante. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.
2.1. Modificación de la Convocatoria a la Licitación Pública por parte de los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx.
Los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx siempre que ello no tenga por objeto limitar el número de licitantes, podrá modificar aspectos establecidos en la Convocatoria, a partir de la fecha en que sea publicada y hasta inclusive, el tercer día hábil previo al Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, recorriéndose los demás plazos, dichas modificaciones se difundirán en la página de internet: xxxx://x- xxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/, a más tardar en la Junta de Aclaraciones.
Las modificaciones que se mencionan en el párrafo anterior, en ningún caso podrán consistir en la sustitución del servicio convocado originalmente, en la adición de otros de distintos rubros o en la variación significativa de sus características. Cualquier modificación a la Convocatoria a la Licitación Pública, incluyendo las que resulten de la Junta de Aclaraciones, formará parte de la misma y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su Proposición.
2.2. Junta de Aclaraciones.
La Junta de Aclaraciones se llevará a cabo el día 18 de octubre de 2018, a las 12:00 hrs. en Xxxx. Xxxxxxxxxx Xxxxxxx-Xx Xxx Xx. 000 Xxx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Pachuca Hgo.
La asistencia a la Junta de Aclaraciones es optativa para los licitantes.
El Acto será presidido por el Presidente del Comité, quién será asistido por un representante del Área Técnica o usuaria del servicio, a fin de que se resuelvan en forma clara y precisa las dudas y planteamientos de los licitantes relacionados con los aspectos contenidos en la Convocatoria.
Las personas que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la Convocatoria a la Licitación Pública, deberán presentar un escrito en el que expresen su interés en participar en la licitación, por sí o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los siguientes datos:
A) del licitante: Registro Federal de Contribuyentes, nombre y domicilio, así como, en su caso, de su Apoderado o Representante. Tratándose de personas xxxxxxx, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las Escrituras Públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las Personas Xxxxxxx así como el nombre de los socios; y
B) del Representante Legal del licitante: datos de las Escrituras Públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las propuestas.
Las personas que manifiesten su interés en participar en la Licitación Pública mediante el escrito a que se refiere el párrafo anterior, serán consideradas licitantes y tendrán derecho a formular solicitudes de aclaración en relación con la Convocatoria a la Licitación Pública.
Las solicitudes de aclaración, podrán entregarlas personalmente o al correo xxxxxx.xxx@xxxxx.xxx en días hábiles (de lunes a viernes de 9:00 a 16:30 hrs.) en el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público SSH, ubicado en Xxxx. Xxxxxxxxxx Xxxxxxx-Xx Xxx Xx. 000 Xxx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Pachuca Hgo., a partir de la publicación de la Convocatoria o bien antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la Junta de Aclaraciones o en el mismo Acto. Cuando el escrito se presente fuera del plazo, el licitante sólo tendrá derecho a formular preguntas sobre las respuestas que dé los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx en la mencionada Junta.
Si el escrito señalado no se presenta, se permitirá el acceso a la Junta de Aclaraciones a la persona que lo solicite, en calidad de observador en términos del último párrafo del Artículo 33 de la Ley.
Las solicitudes de aclaración deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la Convocatoria a la Licitación Pública, indicando el numeral o punto específico con el cual se relaciona. Las solicitudes que no cumplan con los requisitos señalados, podrán ser desechadas por la convocante.
Se podrá acompañar a la solicitud de aclaración correspondiente una versión electrónica editable de la misma que permita a los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx su clasificación e integración por temas para facilitar su respuesta en la Junta de Aclaraciones de que se trate. Cuando la versión electrónica esté contenida en un medio físico, éste le será devuelto al licitante en la Junta de Aclaraciones respectiva.
Se tomará como hora de recepción de las solicitudes de aclaración del licitante, la que indique el sello de su recepción.
La Junta de Aclaraciones, se llevará a cabo conforme a lo siguiente:
En la fecha y hora establecida para la primera Junta de Aclaraciones, el Presidente del Comité procederá a dar contestación a las solicitudes de aclaración, mencionando el nombre del o los licitantes que las presentaron. Los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx podrá optar por dar contestación a dichas solicitudes de manera individual o de manera conjunta tratándose de aquéllas que hubiera agrupado por corresponder a un mismo punto o apartado de la Convocatoria.
El Presidente del Comité podrá suspender la sesión, en razón del número de solicitudes de aclaración recibidas o del tiempo que se emplearía en darles contestación, informando a los licitantes la hora y, en su caso, fecha o lugar, en que se continuará con la Junta de Aclaraciones.
Una vez que los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx termine de dar respuesta a las solicitudes de aclaración, se dará inmediatamente oportunidad a los licitantes para que, en el mismo orden de los puntos o apartados de la Convocatoria a la Licitación Pública en que se dio respuesta, formulen las preguntas que estimen pertinentes en relación con las respuestas recibidas. El Presidente del Comité, atendiendo al número de preguntas, informará a los licitantes si éstas serán contestadas en ese momento o si se suspende la sesión para reanudarla en hora o fecha posterior.
Se levantará Acta en la que se harán constar los cuestionamientos formulados por los interesados y las respuestas de la convocante.
No habrá tolerancia para el inicio del Acto de Aclaraciones, el recinto se cerrará a la hora indicada y no se aceptarán más asistentes.
2.3.- Preparación de las proposiciones.
2.3.1. Idioma en que deberán presentarse.
Todos los Documentos relacionados con el proceso de esta Licitación deberán presentarse en idioma español, incluyendo catálogos.
2.3.2. Unidad de moneda en que deberá cotizar el servicio.
El precio del servicio que se cotice, deberá expresarse en pesos mexicanos (Moneda Nacional).
2.3.3. Documentación que integra la proposición del licitante.
Los Licitantes exclusivamente podrán presentar sus Proposiciones en forma documental y por escrito, en sobre cerrado, en el lugar de celebración del Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones. Para esta licitación no se aceptará el uso del Servicio Postal o de mensajería.
El Licitante podrá presentar a su elección, dentro o fuera del sobre cerrado, la documentación distinta a la que conforma la Propuesta Técnica y Económica, misma que forma parte de su Proposición.
Los licitantes sólo podrán presentar una Proposición en cada procedimiento de contratación; iniciado el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, las ya presentadas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto por los licitantes, salvo caso fortuito o fuerza mayor.
Las Proposiciones presentadas deberán ser firmadas autógrafamente por los licitantes o sus Apoderados.
Se solicita a los Licitantes que los Documentos estén debidamente referenciados (indicando número del documento y nombre de la Licitación correspondiente).
El no presentar todos los Documentos solicitados en este punto 2.3.3., será motivo de descalificación.
Los licitantes participantes deberán adecuar y complementar los formatos incluidos en esta convocatoria de acuerdo a lo solicitado para esta Licitación.
Toda Persona podrá presentar Proposiciones, debiendo acreditar a más tardar hasta el Acto del Fallo, que cuenta con su Registro en el Padrón de Proveedores para poder resultar adjudicado, este deberá contar con la clasificación en cuanto a la especialidad correspondiente, al servicio a contratar. Se sugiere que las Personas que ya cuenten con el mencionado Registro, lo anexen en su Proposición.
Sobre único Documentación I. Identificación (original y copia).
Identificación oficial vigente con fotografía de la persona que asista al Acto de Recepción y Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas. El Documento original le será devuelto al término de la Reunión.
La identificación podrá ser alguna de las siguientes:
A) Credencial para votar.
B) Pasaporte.
C) Cartilla del Servicio Militar.
D) Licencia vigente para conducir vehículos; y/o
E) Cédula Profesional
Nota: No será motivo de descalificación la falta de identificación de quien entregue las proposiciones técnicas y económicas, el cual solamente podrá participar durante el desarrollo del Acto con el carácter de observador.
Documento II. Representación Legal (Anexo N° 4).
Escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica, mismo que contendrá como mínimo los datos siguientes:
1. Del licitante: Clave del Registro Federal de Contribuyentes; nombre y domicilio, así como, en su caso, de su Apoderado o Representante. Tratándose de personas Xxxxxxx, además, descripción del objeto social de la empresa; número y fecha de las Escrituras Públicas en las que conste el Acta Constitutiva y, en su caso, Reformas o modificaciones, señalando nombre, número y circunscripción xxx
Xxxxxxx o Fedatario Público que las protocolizó; así como fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio, y relación del nombre de los socios que aparezcan en éstas; y
2. Del Representante del Licitante: el número y fecha de las Escrituras Públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir la proposición, señalando nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx o Fedatario Público que las protocolizó.
Previo a la firma del contrato, el Licitante ganador deberá presentar original o copia certificada para su cotejo de los documentos con los que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente.
El licitante deberá proporcionar una dirección de correo electrónico para notificaciones personales.
Nota: No será motivo de descalificación la falta de acreditamiento de la personalidad de quien entregue las Proposiciones Técnicas y Económicas, el cual solamente podrá participar durante el desarrollo del Acto con el carácter de observador.
Documento III.- Para personas xxxxxxx, original para cotejo y copia simple del Acta Constitutiva de la empresa debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio correspondiente, y en su caso con su última modificación; así como deberán presentar copia simple del Poder Notarial (en caso de ser Apoderado o Representante Legal), el cual deberá contener la facultad especial para participar en concursos o licitaciones, pudiendo los apoderados firmar ofertas, cartas garantía, pedidos, participar en Actos de Aperturas de ofertas y de Fallo y firmen las Actas y Contratos correspondientes, tramiten Fianzas, presenten y modifiquen cotizaciones, así mismo presenten facturas para su trámite.
Documento IV.- Documento vigente expedido por el SAT, en el que emita la opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales de conformidad al punto 2.1.31. Procedimiento que debe observarse para contratación con la Federación y entidades federativas (CFF 32-D, 66, 66-A, 141, RMF 2018 2.1.39), para personas físicas y xxxxxxx. así mismo deberá adjuntar a este documento la Constancia de Situación Fiscal actualizada con una vigencia no mayor a tres meses
Documento V.- Escrito bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en los supuestos del Artículo 77 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico del Estado xx Xxxxxxx.
Declaración escrita del licitante (persona física o moral) donde indique bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en alguno de los supuestos del Artículo 77 de la Ley en la materia.
Documento VI.- Presentación de la Proposición Técnica y Económica (original).
La Descripción Técnica (Anexo No. 2), deberá apegarse a todas las especificaciones del servicio que se señala en el Anexo No. 1, considerándose las modificaciones y/o correcciones que se hubieren acordado, en la Junta de Aclaraciones que forma parte integrante de la Convocatoria a la Licitación Pública, este formato podrá ser reproducido en papel membretado del licitante, el cual deberán venir firmado en original por el Representante Legal. A fin de dar mayor agilidad, se solicita al licitante entregar un disco magnético que contenga la información presentada en el Anexo No. 2 en formato editable (El no presentar el disco no será motivo de descalificación).
No deberán presentar opciones técnicas y si las presenta se desechará el concepto.
Resumen de proposición económica del concepto, en papel membretado de la empresa, debidamente requisitado y firmado, de acuerdo con el Anexo N° 3 de esta Convocatoria a la Licitación Pública. La proposición incluirá descripción breve del servicio ofertado, cantidad requerida del número de concepto, precio unitario e importe (es importante señalar que el precio unitario referenciado en su proposición sea redondeado a dos dígitos y por lo tanto el cálculo de la cantidad por el precio, deberá dar el monto exacto). Indicando a qué Anexo y número de concepto corresponde. (Si se presenta discrepancia con la proposición técnica se desechará el concepto).
En caso de presentar descripción incompleta del servicio, cantidades diferentes a las solicitadas y en general la falta de algún requisito incluido en este documento o de información contenida en el Anexo No. 1 de la presente Convocatoria a la Licitación Pública, se desechará el concepto.
Deberán obtener la suma total de su proposición, desglosando el I.V.A. e indicando el importe total con número y letra.
En caso de existir diferencia en el importe total asentado con número y el consignado con letra, se tomará como correcto el señalado con letra.
Las condiciones de pago, plazo y condiciones de entrega, lugar de entrega, garantía y vigencia de la proposición deberán incluirse, apegándose estrictamente a las señaladas en esta Convocatoria a la Licitación Pública.
Documento VII. Declaración de Integridad. Declaración de integridad en la que manifieste, bajo protesta de decir verdad, que por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos de los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes (Anexo N° 5).
Documento VIII. Los licitantes participantes deberán presentar una garantía de seriedad para la formalización de sus propuestas, mediante Fianza otorgada por Institución autorizada y/o cheque certificado o de caja por el 5% del monto total de su proposición a nombre de los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx; en el supuesto de que el licitante no entregue la garantía de seriedad de la formalización de la propuesta en el momento de llevar a cabo la presentación y Apertura de Proposiciones, estos Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx procederá a descalificarlo y a desechar su propuesta; lo anterior de conformidad con el Artículo 66 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público del Estado xx Xxxxxxx y Artículo 81 de su Reglamento.
Documento IX. Formato que deberán presentar los licitantes que participen en el procedimiento de contratación en caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el Sector de micro, pequeñas y medianas empresas en el Estado. (Anexos Nº 6-A y 6-B).
Documento XI. Carta en papel membretado del licitante de garantía contra defectos de fabricación de los bienes utilizados en el mantenimiento y contra vicios ocultos del servicio de cuatro meses a partir de entregar el equipo reparado y puesto en marcha, misma que deberá tener firma autógrafa de su representante legal, lo anterior con la finalidad de verificar la autenticidad de dicho documento, por lo que de no presentar este documento será motivo de descalificación.
Documento XII. Carta en papel membretado del licitante y bajo protesta de decir verdad, misma que deberá tener firma autógrafa de su representante legal, que en caso de ser adjudicado, la empresa se hará responsable de que si en un lapso posterior a 24 hrs. en el equipo que presente falla no tiene
respuesta inmediata, se compromete a restituirlo con un equipo igual o de mejor calidad operativos y funcionales.
Documento XIII. Carta en papel membretado del licitante y bajo protesta de decir verdad, misma que deberá tener firma autógrafa de su representante legal, que cuenta con instalaciones en la periferia de la ciudad xx Xxxxxxx, para asistir con prontitud al llamado de cualquier eventualidad, contando con personal capacitado, unidades móviles y equipos médicos de respaldo para cubrir las necesidades que se requieran.
Documento XIV. Los licitantes participantes deberán contar cuando menos con 8 Ingenieros Biomédicos Titulados con Cédula Profesional, por lo que deberán adjuntar documentación que avale lo anterior solicitado.
Documento XV. Formato en el que señalen los documentos requeridos para participar
Presentar formato en el que señalen los documentos requeridos para participar, relacionándolo con los puntos específicos de la Convocatoria a la Licitación Pública en los que se solicitan. El formato servirá a cada participante como constancia de recepción de la documentación que entreguen en este Acto, asentándose dicha recepción en el Acta Respectiva o anexándose copia de la constancia entregada a cada Licitante. La falta de presentación del formato no será motivo de desechamiento y se extenderá un acuse de recibo de la documentación que entregue el Licitante en dicho Acto.
2.4. Proposiciones Conjuntas
Dos o más personas podrán presentar conjuntamente una proposición justificando el hecho, sin necesidad de constituir una sociedad, o una nueva sociedad en caso de personas xxxxxxx. En este supuesto la proposición deberá ser firmada por el representante común que para ese Acto haya sido designado por el grupo de personas. Se deberá presentar el Convenio firmado por cada una de las personas que integren una proposición conjunta, indicando en el mismo las obligaciones específicas del contrato que corresponderá a cada una de ellas.
Cuando la proposición conjunta resulte adjudicada con un contrato, dicho instrumento deberá ser firmado por el Representante Legal de cada una de las personas participantes en la proposición, a quienes se considerará, para efectos del procedimiento y del contrato, como responsables solidarios o mancomunados.
Lo anterior, sin perjuicio de que las personas que integran la proposición conjunta puedan constituirse en una nueva sociedad, para dar cumplimiento a las obligaciones previstas en el Convenio de Proposición Conjunta, siempre y cuando se mantenga en la nueva sociedad las responsabilidades de dicho convenio.
Los Actos, contratos, convenios o combinaciones que lleven a cabo los licitantes en cualquier etapa del procedimiento de Licitación deberán apegarse a lo dispuesto por la Ley Federal de Competencia Económica en Materia de Prácticas Monopólicas y Concentraciones. Cualquier Licitante o convocante podrá hacer del conocimiento de la Comisión Federal de Competencia, hechos materia de la citada Ley, para que resuelva lo conducente.
Los interesados podrán agruparse para presentar una proposición, cumpliendo los siguientes aspectos:
I. Cualquiera de los integrantes de la agrupación, podrá presentar el escrito mediante el cual manifieste su interés en participar en la Junta de Aclaraciones y en el procedimiento de contratación;
II. Las personas que integran la agrupación deberán celebrar en los términos de la legislación aplicable el Convenio de Proposición Conjunta, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:
A) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, señalando, en su caso, los datos de los instrumentos públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx y, de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas;
B) Nombre y domicilio de los Representantes de cada una de las personas agrupadas, señalando, en su caso, los datos de las Escrituras Públicas con las que acrediten las facultades de representación;
C) Designación de un Representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con la proposición y con el procedimiento de Licitación Pública;
D) Descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona integrante, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones; y
E) Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado junto con los demás integrantes, ya sea en forma solidaria o mancomunada, según se convenga, para efectos del procedimiento de contratación y del contrato, en caso de que se les adjudique el mismo; y
III. En el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones el representante común de la agrupación deberá señalar que la proposición se presenta en forma conjunta. El Convenio a que hace referencia la fracción II se presentará con la proposición y, en caso de que a los licitantes que la hubieren presentado se les adjudique el contrato, dicho convenio, formará parte integrante del mismo como uno de sus Anexos; y
En el supuesto de que se adjudique el contrato a los licitantes que presentaron una proposición conjunta, el convenio indicado en la Fracción II y las facultades del apoderado legal de la agrupación que formalizará el contrato respectivo, deberán constar en Escritura Pública, salvo que el contrato sea firmado por todas las personas que integran la agrupación que formula la proposición conjunta o por sus representantes legales, quienes en lo individual, deberán acreditar su respectiva personalidad, o por el apoderado legal de la nueva sociedad que se constituya por las personas que integran la agrupación que formuló la proposición conjunta, antes de la fecha fijada para la firma del contrato, lo cual deberá comunicarse mediante escrito a la convocante por dichas personas o por su apoderado legal, al momento de darse a conocer el Fallo o a más tardar en las veinticuatro horas siguientes.
2.5. Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones.
No se aceptarán proposiciones enviadas a través del servicio postal, de mensajería o por medios remotos de comunicación electrónica.
Tendrá verificativo el día 23 de octubre de 2018, a las 15:00 horas en Xxxx. Xxxxxxxxxx Xxxxxxx- Xx Xxx Xx. 000 Xxx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Pachuca Hgo.
La entrega de proposiciones se hará en sobre cerrado que contendrá la oferta técnica y económica. La proposición deberá ser firmada autógrafamente por la persona facultada para ello en la última hoja de cada uno de los documentos que forman parte de la misma, por lo que no se desecharan cuando las demás hojas que la integran o sus anexos carezcan de firma o rúbrica.
La documentación distinta a la proposición podrá entregarse, a elección del Licitante, dentro o fuera del sobre que la contenga, siempre y cuando la entrega de la documentación se realice en el mismo Acto.
Previamente al Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx llevará a cabo el registro y revisión preliminar, y se realizará por lo menos treinta minutos antes de la hora señalada para el inicio de dicho Acto.
A partir de la hora señalada para el inicio del Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, el Presidente del Comité no permitirá el acceso a ningún licitante ni observador, o servidor público ajeno al Acto. Una vez iniciado el Acto, se procederá a registrar a los asistentes, salvo aquéllos que ya se hubieren registrado en los términos del párrafo anterior, en cuyo caso se pasará lista a los mismos. No habrá tolerancia para el inicio del Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, el recinto se cerrará a la hora indicada y no se aceptarán más asistentes ni la integración de documento alguno.
Los licitantes deberán entregar su sobre cerrado al Presidente del Comité en dicho Acto. El Acto no podrá concluir hasta en tanto se hayan abierto todos los sobres recibidos.
El Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones se llevará a cabo conforme a lo siguiente:
I. De entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno, que en forma conjunta con el Presidente del Comité Rubricarán la Propuesta Técnica y Económica (Anexos No. 2 y 3), la que para estos efectos constará documentalmente;
II. Una vez recibidas las proposiciones en sobre cerrado, se procederá a su apertura, haciéndose constar la documentación presentada, sin que ello implique la evaluación de su contenido la convocante únicamente hará constar la documentación que presentó cada uno de los licitantes, sin entrar al análisis técnico, legal o administrativo de su contenido, por lo que ninguna propuesta podrá ser desechada en este Acto; y
III. Se levantará Acta que servirá de constancia de la celebración del Acto de Presentación y Apertura de las Proposiciones, en la que se hará constar la documentación presentada, se asentarán las manifestaciones que, en su caso, emitan los licitantes en relación con el mismo, así como los hechos relevantes que se hubieren presentado; se señalará lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la licitación, fecha que deberá quedar comprendida dentro de los cinco días hábiles siguientes a la establecida para este acto y podrá diferirse, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de tres días hábiles contados a partir de que concluya el plazo establecido originalmente. El Presidente del Comité, atendiendo al número de proposiciones presentadas y a los conceptos licitados, podrá optar entre dar lectura al precio unitario de cada uno de los conceptos que integran las proposiciones, o anexar copia de la propuesta económica de los licitantes al Acta respectiva, debiendo en este último caso, dar lectura al importe total de cada proposición. En ambos supuestos el análisis detallado de las proposiciones se efectuará posteriormente por los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx, al realizar la evaluación de las mismas.
Una vez recibidas las proposiciones en la fecha, hora y lugar establecidos, éstas no podrán retirarse o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de Licitación Pública hasta su conclusión.
2.6. Criterios para la adjudicación del Contrato.
Los criterios que se aplicarán para la adjudicación del Contrato, serán los siguientes: Los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx adjudicarán por concepto.
Para la evaluación de las proposiciones, se utilizará el método de evaluación Binario, mediante el cual sólo se adjudica a quien cumpla los requisitos establecidos y oferte el precio solvente más bajo, siempre y cuando éste resulte conveniente; se evaluará al menos las dos proposiciones cuyo precio resulte ser más bajo; de no resultar éstas solventes, se evaluarán las que les sigan en precio.
Para determinar que un precio no es aceptable, al monto de cada bien, se les sumará el porcentaje previsto en la Fracción XXVI del Artículo 4 de la Ley. Cuando algún precio ofertado sea superior, éste será considerado como no aceptable.
El precio conveniente únicamente se llevará a cabo cuando se requiera acreditar que un precio ofertado se desecha porque se encuentra por debajo del porcentaje determinado conforme a la Fracción XXV del Artículo 4 de la Ley.
Cuando se deseche una proposición por considerar que los precios no son convenientes o se determine que son no aceptables, no se podrá adjudicar el contrato a los licitantes cuyas proposiciones contengan dichos precios, dicha determinación se incorporará al Fallo.
En ningún caso los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx o los licitantes podrán suplir o corregir las deficiencias de las proposiciones presentadas
Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en esta Convocatoria a la Licitación, y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integran el sector de micro, pequeñas y medianas empresas.
De subsistir el empate entre las personas del sector señalado, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación, para lo cual será convocado un representante del Órgano Interno de Control de los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx.
2.7. Descalificación del licitante.
Será causa de descalificación:
A) El incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos en esta Convocatoria a la Licitación Pública;
B) El Licitante que por sí mismo o a través de interpósita persona, adopte conductas para que los servidores públicos de los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que le otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes; y
C) Si se comprueba que algún Licitante ha acordado con otro u otros elevar el costo del servicio, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes
Las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los Actos de la Licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, o deficiencia en su contenido no afecte la solvencia de las proposiciones, no serán objeto de evaluación y se tendrán por no establecidas. La inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus proposiciones.
Los requisitos cuyo incumplimiento no afecta la solvencia de la proposición serán:
I. Proponer un plazo de entrega menor al solicitado, en cuyo caso, de resultar adjudicado y de convenir a los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx pudiera aceptarse;
II. Omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia propuesta técnica o económica;
III. Utilizar formatos distintos a los establecidos, siempre que en los mismos se proporcione de manera clara la información requerida; y
IV. Cualquier otro que no tenga por objeto determinar la solvencia de la proposición presentada.
2.8. Licitación o concepto desierto.
La Licitación o concepto serán declarados desiertos cuando:
a) No se presente ninguna proposición
b) Cuando la totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos solicitados; o
c) Los precios de todos los servicios ofertados no resulten aceptables o convenientes.
2.9. Cancelación de la Licitación o concepto.
Los Servicios de Salud podrán cancelar el procedimiento, en los siguientes casos:
a. Cuando se presenten casos fortuitos o de fuerza mayor.
b. Cuando existan circunstancias debidamente justificadas que provoquen la extinción de la necesidad de adquirir el servicio, y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a los propios Servicios de Salud.
Los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx precisará el acontecimiento que motiva la decisión y deberá ser suscrita por el Titular de estos Servicios de Salud.
2.10. Acto de Fallo.
La fecha del Acto de Xxxxx se dará a conocer el día de la Apertura de Proposiciones y se llevará a cabo en Xxxx. Xxxxxxxxxx Xxxxxxx-Xx Xxx Xx. 000 Xxx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Pachuca Hgo.
El Fallo se llevará a cabo en Junta Pública a la que libremente podrán asistir los licitantes que hubieran presentado proposición, entregándoseles copia del mismo y levantándose el Acta respectiva. Asimismo, el contenido del Fallo se difundirá a través de la página de internet de la convocante. A los licitantes que no hayan asistido a la Junta Pública, se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta del Fallo se encuentra a su disposición a través de los medios antes mencionados o se difundirá un ejemplar de dichas Actas en los medios electrónicos que mediante disposiciones de carácter administrativo establezca la Contraloría para efectos de su notificación a los licitantes que no hayan asistido al Acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal
Con la notificación del Fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmarlo en la fecha y términos señalados.
Contra el Fallo procederá la inconformidad en términos del Título Octavo, Capítulo Primero de la Ley.
Cuando se advierta en el Fallo la existencia de un error aritmético, mecanográfico o de cualquier otra naturaleza, que no afecte el resultado de la evaluación realizada por el convocante, dentro de los cinco días hábiles siguientes a su notificación y siempre que no se haya firmado el contrato, el Comité procederá a su corrección, aclarando o rectificando el mismo, mediante el Acta Administrativa correspondiente, en la que se harán constar los motivos que lo originaron y las razones que sustentan su enmienda, hecho que se notificará a los licitantes que hubieran participado en el procedimiento de contratación, remitiendo copia de la misma al Órgano Interno de Control del Área Responsable de la Contratación dentro de los cinco días hábiles posteriores a la fecha de su firma.
Si el error cometido en el Fallo no fuera susceptible de corrección conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior, el Comité dará vista de inmediato a la Contraloría o al Órgano Interno de Control, a efecto de que emita las directrices para su reposición.
Las proposiciones desechadas podrán ser devueltas a los licitantes que lo soliciten, una vez transcurridos noventa días naturales contados a partir de la fecha en que se dé a conocer el Fallo, salvo que exista alguna inconformidad en trámite, en cuyo caso las proposiciones deberán conservarse hasta la total conclusión de la inconformidad e instancias subsecuentes; agotados dichos términos el convocante procederá a su destrucción en términos de la Ley de la materia.
3. Firma del Contrato.
La Convocatoria a la Licitación, el contrato y sus anexos son los instrumentos que vinculan a las partes en sus derechos y obligaciones. Las estipulaciones que se establezcan en el contrato no deberán modificar las condiciones previstas en la Convocatoria a la Licitación y sus Juntas de Aclaraciones; en caso de discrepancia, prevalecerá lo estipulado en éstas.
Con la notificación del Fallo serán exigibles los derechos y obligaciones establecidos en las bases de la licitación y obligarán a la persona a quien se haya adjudicado, a firmar el contrato en la fecha, hora y lugar previstos, y se podrá realizar en la Subdirección de Adquisiciones, en el horario comprendido de las 09:00 a las 14:00 horas.
Los derechos y obligaciones que se deriven de los contratos no podrán ser cedidos por el proveedor a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro en cuyo caso deberá contar con el consentimiento escrito del convocante.
Previo a la firma del contrato, el licitante a quien se le adjudique el mismo deberá presentar para su cotejo, original o copia certificada de los siguientes documentos:
- Tratándose de Persona Moral
I) Acta Constitutiva de la Empresa constituida conforme a las leyes mexicanas, debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.
II) Modificaciones al Acta Constitutiva de la Empresa debidamente inscritas en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio.
III) Poder Notarial donde se faculte al Apoderado para suscribir Contratos derivados de los diversos procedimientos de Contratación.
IV) Registro Federal de Contribuyentes.
V) Identificación Oficial de la persona facultada para formalizar el Contrato.
VI) Artículo 32-D Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales, actualizado y Constancia de Situación Fiscal no mayor de 3 meses.
VII) Registro actualizado en el Padrón de Proveedores.
XXXX) Manifiesto bajo protesta de decir verdad, por escrito, en hoja membretada, con sello autorizado y/o validado de la Empresa y suscrito por la persona autorizada para tal efecto, los siguientes datos; Domicilio Fiscal y/o Legal de la Empresa, Números Telefónicos, Fax, Correos Electrónicos, Persona autorizada para recibir Oficios y en su caso Apoderado o Representante Legal
- Tratándose de Persona Física
I) Copia certificada del acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional y copia de identificación oficial;
II) Registro en el Padrón de Proveedores con la clasificación correspondiente al objeto de la contratación; y
III) Copia de la Cédula del Registro Federal de Contribuyentes y Constancia de Situación Fiscal no mayor de 3 meses.
Por lo que si el proveedor adjudicado no firma el Contrato por causa imputable al mismo, será sancionado en los términos del Artículo 61 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público del Estado xx Xxxxxxx.
De conformidad con el Artículo 81 de la Ley en la materia, los licitantes o proveedores serán sancionados con multa equivalente al 30% del valor total del contrato en la fecha de la infracción al licitante o proveedor que infrinja las disposiciones de la Ley y suspenderá temporalmente el Registro al Padrón de Proveedores de la Administración Pública Estatal que permite participar en procedimientos de contratación con fundamento en el Artículo 30 de la Ley. De igual forma con fundamento en el Artículo 77 de la Ley, la convocante se abstendrá de recibir proposiciones o celebrar contratos regulados por la Ley al licitante o proveedor que se ubique en alguno de los supuestos indicados por el numeral antes mencionado de dicho ordenamiento legal:
A) Por no firmar los contratos.
Cuando los licitantes a quienes se les hubiere adjudicado contratos, injustificadamente y por causas imputables a ellos, no formalicen los mismos en la fecha, hora y lugar previstos en el propio fallo, o bien en la convocatoria a la licitación pública y en defecto de tales previsiones, dentro de los quince días naturales siguientes al de la citada notificación. Siendo obligación del proveedor el verificar que los contratos se signen dentro de este período, como lo estipula el Artículo 61. Si el interesado no firma el Contrato o el contrato es rescindido y aún no se ha entregado el bien o prestado el servicio o arrendamiento por causas imputables al proveedor, se adjudicará al que haya quedado en segundo lugar siempre que la diferencia en precio con respecto a la proposición inicialmente adjudicada no sea superior a un margen del 10%.
B) Por no cumplir con las obligaciones contractuales.
Cuando los proveedores no cumplan con sus obligaciones contractuales por causas imputables a ellos y que como consecuencia causen daños o perjuicios graves a los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx, así como aquellos que realicen el servicio con especificaciones distintas de las convenidas.
C) Por proporcionar información falsa.
Los licitantes o proveedores que presenten información falsa o que actúen con dolo o mala fe en alguna etapa del procedimiento de contratación, en la celebración del contrato o durante su vigencia, o bien, en la presentación o desahogo de una queja en una audiencia de conciliación o de una inconformidad.
RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2018
Procedimiento que debe observarse para contrataciones con la Federación y entidades federativas
Resolución 2.1.31. Para los efectos del artículo 32-D, primero, segundo, tercero, cuarto y último párrafos del CFF, cuando la Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, la Procuraduría General de la República, así como las entidades federativas vayan a realizar contrataciones por adquisición de bienes, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública, con cargo total o parcial a fondos federales, cuyo monto exceda de $300,000.00 (trescientos mil pesos 00/100 M.N.) sin incluir el IVA, deberán exigir de los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato y de los que estos últimos subcontraten, les presenten documento vigente expedido por el SAT, en el que se emita la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo, o bien, generarlo a través de la aplicación en línea que para estos efectos le proporcione el SAT, siempre y cuando firme el acuerdo de confidencialidad con el SAT.
En caso de que los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato y los que estos últimos subcontraten, tramiten por su cuenta la opinión del cumplimento de obligaciones fiscales, lo harán en términos de lo dispuesto por la regla 2.1.39.
En los casos en que el contribuyente tenga créditos fiscales y quiera celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagar con los recursos que se obtengan por la enajenación, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública que se pretenda contratar, la opinión la emitirá la ADR, enviándola al buzón tributario de éste hasta que se haya celebrado el convenio de pago.
Para los efectos de lo señalado en el párrafo anterior, las autoridades fiscales emitirán oficio a la unidad administrativa responsable de la licitación, a fin de que esta última en un plazo de quince días, mediante oficio, ratifique o rectifique los datos manifestados por el contribuyente. Una vez recibida la información antes señalada, la autoridad fiscal le otorgará un plazo de quince días al contribuyente para la celebración del convenio respectivo.
Los residentes en el extranjero que no estén obligados a presentar la solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro y que no estén obligados a presentar declaraciones periódicas en México, asentarán estas manifestaciones bajo protesta de decir verdad en escrito libre que entregarán a la dependencia o entidad convocante, para que ésta gestione ante la ADR la no aplicación del artículo 32-D del CFF. La autoridad fiscal revisará que no se actualiza el supuesto jurídico del mencionado artículo, por no existir créditos fiscales.
CFF 32-D, 66, 66-A, 141, RMF 2018 2.1.39.
3.1. Garantías
Los proveedores que presenten proposiciones o celebren los contratos, deberán garantizar:
I. La seriedad de la formalización de la propuesta. El porcentaje de esta garantía será del cinco por ciento de la proposición del proveedor;
II. Los anticipos que, en su caso, reciban. Estas garantías deberán constituirse por la totalidad del monto de los anticipos; y
III. El cumplimiento de los contratos. Esta garantía será xxx xxxx por ciento del monto total del contrato.
La garantía de seriedad prevista en este apartado se presentará al momento de llevar a cabo la presentación y Apertura de Proposiciones; la de anticipo se presentará previamente a la entrega de éste, a más tardar en la fecha establecida en el contrato y la de cumplimiento del contrato deberá presentarse a más tardar dentro de los tres días hábiles siguientes a la firma del mismo, salvo que la entrega del servicio se realice dentro del citado plazo.
El proveedor seleccionado responderá del cumplimiento del Contrato, garantizando dicha responsabilidad mediante Fianza expedida por Compañía Afianzadora legalmente constituida ante la Secretaría de Finanzas y Administración y a favor de los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx, por el 10% del importe total del Contrato.
El proveedor seleccionado se obliga a entregar la Fianza de Cumplimiento a más tardar dentro de los 3 días hábiles siguientes a la formalización del contrato (orden de compra) correspondiente; en el caso de que el proveedor no entregue, en los plazos establecidos, las garantías señaladas en las Fracciones II y III del Artículo 66 de la Ley, estos Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx podrá proceder en los términos del segundo párrafo del Artículo 61 de la Ley en la materia o en los términos pactados en el contrato o convenios respectivos; lo anterior de conformidad a los Artículos 66 y 67 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público del Estado xx Xxxxxxx y Artículo 81 de su Reglamento.
El proveedor seleccionado se obliga a sujetarse a los términos, lineamientos, procedimientos y requisitos que establece la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público del
Estado xx Xxxxxxx, criterios normativos emitidos por la Secretaría de Contraloría y demás disposiciones que le sean aplicables.
Cuando se modifique el monto, plazo o vigencia del contrato deberá ajustarse la garantía otorgada.
3.2. Penas convencionales.
En caso de incumplimiento en el servicio, el proveedor deberá reintegrar los anticipos que haya recibido más los intereses correspondientes. Los cargos se calcularán sobre el monto del anticipo no amortizado y se computarán por días naturales, desde la fecha de su entrega, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del convocante.
Tratándose de exceso en los pagos que haya recibido el proveedor, éste deberá reintegrar los mismos, conforme a lo señalado en el párrafo anterior.
En caso de rescisión del contrato, el proveedor deberá reintegrar el anticipo y, en su caso, los pagos progresivos que haya recibido más los intereses pactados en el contrato. Los intereses se calcularán sobre el monto del anticipo no amortizado, pagos progresivos efectuados y se computarán por días naturales desde la fecha de su entrega hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del convocante.
La entrega extemporánea del servicio se penalizará con el 3 (tres) al millar por cada día natural de demora sobre el importe del servicio y serán determinadas en razón del servicio no entregado oportunamente a partir de la fecha límite señalada para la entrega. El cálculo de esta pena será a cargo de la Subdirección de Adquisiciones ubicada en Xxxx. Xxxxxxxxxx Xxxxxxx-Xx Xxx Xx 000 Xxx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Pachuca, Hgo., y la aplicación de ésta será a cargo de la fuente de financiamiento correspondiente.
Los proveedores, están obligados a responder de los defectos y vicios ocultos del servicio, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubieren incurrido, en los términos señalados en el contrato y el Código Civil para el Estado xx Xxxxxxx.
Los proveedores cubrirán las cuotas compensatorias que, conforme a la Ley de la materia, pudieren estar sujetas las importaciones de bienes incluidos en el servicio objeto del contrato y en estos casos, no procederán incrementos a los precios pactados, ni cualquier otra modificación al contrato.
Los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx por conducto del servidor público que suscribió el contrato respectivo, rescindirá administrativamente el contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo del proveedor. Si previamente a la conclusión del procedimiento de rescisión del contrato, se hiciere entrega del servicio, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación del convocante de que continúa vigente la necesidad de los mismos, aplicando, en su caso, las penas convencionales por el retraso.
En caso de rescisión, la aplicación de la garantía de cumplimiento será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas.
4. Inconformidades
La inconformidad deberá presentarse por escrito, directamente en las oficinas del Órgano Interno de Control de los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx ubicadas en: Xxxx. Xxxxx xx Xxx Xxxxxx Xx. 000 0x Xxxx, Xxxxx. Xxxxx de San Xxxxxx. C.P. 42086, Pachuca, Hgo., o bien en la Secretaría de Contraloría ubicada
en el Xxxx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxx 0 #000, Xxx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx xx Xxxx, Hgo., C.P. 42000, o a través de los medios electrónicos que mediante disposiciones de carácter administrativo establezca la Contraloría, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 88 de la Ley.
A T E N T A M E N T E
Mtro. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Subdirector General de Administración y Finanzas
de los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx
Anexo No. 1
SERVICIOS DE XXXXX XX XXXXXXX |
DIRECCIÓN DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN |
DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN, PRESUPUESTO Y EVALUACIÓN |
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: RAMO 18 SALUD 2018 |
MANTENIMIENTO EQUIPO MÉDICO |
LISTADO DE BIENES |
EJERCICIO PRESUPUESTAL 2018 |
Concepto Único
COMPONENTE: E03C3 Fortalecimiento al Sistema Estatal de Salud |
CLAVE DE PROYECTO: R08 Fortalecimiento al segundo nivel de atención |
PARTIDA: 354001 Instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico y de laboratorio
REFERENCIA No. | DESCRIPCIÓN | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD | HOSPITAL | ||||||||||||||||
HUEHUETLA | ACTOPAN | HUEJUTLA | XXXXXXXXX | XXXXXXX | XXXX | TULANCINGO | APAN | IXMIQUILPAN | ATLAPEXCO | CINTA LARGA | JACALA | OTOMI-TEPEHUA | TLANCHINOL | OBSTÉTRICO | VILLA XXXXXXXX | (PACHUCA) INFLABLE | ||||
1 | ASPIRADOR ELÉCTRICO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
2 | MONITOR DE SIGNOS VITALESE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
3 | VENTILADOR DE TRASLADO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
4 | VENTILADOR DE TRASLADO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
5 | APARATO XX XXXXX X DENTAL | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
6 | CUNA PEDIÁTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
7 | LÁMPARA QUIRÚRGICA XXXXXXXX XX XXXXXXXXXX | XXXXXXXX | 0 | 0 | ||||||||||||||||
0 | XXXXXX XXXXXXXX CON 3 INSERTOS DE 30 KHZ | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
9 | CAPNÓGRAFO CON OXÍMETRO INTEGRADO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
10 | CARDIOTOCÓGRAFO GEMELAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
11 | VENTILADOR ADULTO PEDIÁTRICO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
12 | ASPIRADOR PORTÁTIL | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
13 | LÁMPARA DE FOTOCURADO DE RESINA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
14 | VENTILADOR PARA ADULTO/PEDIÁTRICO/NEONATAL | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
15 | VENTILADOR PARA ADULTO/PEDIÁTRICO/NEONATAL | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
16 | UNIDAD DE ANESTESIA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
17 | UNIDAD XX XXXXX X | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
18 | ESTERILIZADOR DE VAPOR AUTOGENERADO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
19 | EQUIPO DE ULTRASONIDO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
20 | LÁMPARA QUIRÚRGICA SENCILLA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
21 | INCUBADORA DE TRASLADO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
22 | INCUBADORA DE CUIDADOS GENERALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
23 | INCUBADORA DE TRASLADO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
24 | VENTILADOR NEONATO, PEDIÁTRICO Y ADULTO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
25 | VENTILADOR PEDIÁTRICO VOLUMÉTRICO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
26 | VENTILADOR VOLUMÉTRICO PORTÁTIL | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
27 | VENTILADOR PEDIÁTRICO. | SERVICIO | 1 | 1 |
28 | VENTILADOR ADULTO/PEDIÁTRICO/NEONATAL | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
29 | VENTILADOR VOLUMÉTRICO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
30 | EQUIPO DE ANESTESIA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
31 | ESTERILIZADOR RECTANGULAR AUTOMÁTICO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
32 | MAQUINA DE ANESTESIA CON ACCESORIOS | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
33 | CARRO ROJO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
34 | CARRO ROJO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
35 | CARRO ROJO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
36 | CUNA TÉRMICA DE CALOR RADIANTE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
37 | DESFIBRILADOR MONITOR MARCAPASO PORTÁTIL | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
38 | ELECTROCAUTERIO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
39 | DESFIBRILADOR MONITOR MARCAPASO PORTÁTIL | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
40 | MONITOR DE SIGNOS VITALES PORTÁTIL | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
41 | MONITOR DE SIGNOS VITALES PORTÁTIL | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
42 | VAPORIZADOR DE ISOFLUORANE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
43 | VAPORIZADOR DE HALOTANO, DEPOSITO DE CAL SODA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
44 | VAPORIZADOR DE ENFLURANE (ETHRANE) | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
45 | MONITOR DE SIGNOS VITALES PORTÁTIL | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
46 | UNIDAD RADIOLÓGICA DE USO GENERAL | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
47 | LÁMPARA QUIRÚRGICA DOBLE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
48 | LÁMPARA QUIRÚRGICA SENCILLA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
49 | LÁMPARA QUIRÚRGICA PORTÁTIL PARA EMERGENCIA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
50 | LÁMPARA QUIRÚRGICA PORTÁTIL PARA EMERGENCIA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
51 | LÁMPARA DE SEGURIDAD CON FILTRO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
52 | APARATO DE ANESTESIA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
53 | INCUBADORA DE TRASLADO AVANZADO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
54 | EQUIPO XX XXXXX X MÓVIL | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
55 | APARATO XX XXXXX X | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
56 | VENTILADOR DE TRASLADO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
57 | MAQUINA DE ANESTESIA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
58 | LÁMPARA DE EMERGENCIA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
59 | LÁMPARA DE EMERGENCIA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
60 | MAQUINA DE ANESTESIA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
61 | MAQUINA DE ANESTESIA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
62 | CUNA DE CALOR RADIANTE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
63 | MAQUINA DE ANESTESIA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
64 | LÁMPARA SANITAL DOBLE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
65 | CUNA DE TRASLADO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
66 | VENTILADOR DE TRASLADO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
67 | VENTILADOR ADULTO PEDIÁTRICO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
68 | VENTILADOR ADULTO PEDIÁTRICO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
69 | CAMA PARA CUIDADOS INTENSIVOS | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
70 | CAMA PARA CUIDADOS INTENSIVOS | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
71 | CAMA PARA CUIDADOS INTENSIVOS | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
72 | MONITOR DE SIGNOS VITALES CON MONITOREO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
73 | MONITOR DE SIGNOS VITALES CON MONITOREO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
74 | MONITOR DE SIGNOS VITALES CON MONITOREO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
75 | MONITOR DE SIGNOS VITALES CON MONITOREO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
76 | MONITOR DE SIGNOS VITALES CON MONITOREO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
77 | MONITOR DE SIGNOS VITALES CON MONITOREO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
78 | MONITOR DE SIGNOS VITALES CON MONITOREO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
79 | MONITOR DE SIGNOS VITALES CON MONITOREO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
80 | MONITOR DE SIGNOS VITALES AVANZADO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
81 | VENTILADOR NEONATAL | SERVICIO | 1 | 1 |
82 | CUNA DE CALOR RADIANTE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
83 | CUNA DE CALOR RADIANTE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
84 | VENTILADOR INVASIVO NEONATAL | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
85 | VENTILADOR INVASIVO NEONATAL | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
86 | VENTILADOR NEONATAL | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
87 | ELECTROCARDIÓGRAFO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
88 | AUTOCLAVE DE VAPOR AUTOGENERADO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
89 | AUTOCLAVE DE VAPOR AUTOGENERADO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
90 | UNIDAD ULTRASONOGRAFÍA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
91 | LÁMPARA SENITAL DOBLE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
92 | LÁMPARA SENITAL DOBLE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
93 | AUTOCLAVE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
94 | EQUIPO DE ULTRASONIDO DE ALTA RESOLUCIÓN | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
95 | EQUIPO DE ULTRASONIDO DE ALTA RESOLUCIÓN | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
96 | INCUBADORA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
97 | INCUBADORA NEONATAL DE TRASLADO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
98 | INCUBADORA DE CUIDADOS GENERALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
99 | INCUBADORA DE TRASLADO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
100 | INCUBADORA DE CUIDADOS GENERALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
101 | INCUBADORA DE CUIDADOS GENERALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
102 | INCUBADORA DE CUIDADOS INTENSIVOS | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
103 | INCUBADORA DE CUIDADOS GENERALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
104 | CUNA DE TRASLADO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
105 | EQUIPO XX XXXXX X | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
106 | VENTILADOR NEONATO PEDIÁTRICO Y ADULTO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
107 | VENTILADOR VOLUMÉTRICO ADULTO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
108 | VENTILADOR DE TRASLADO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
109 | ULTRASONIDO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
110 | ESTERILIZADOR DE VAPOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
111 | UNIDAD DE ANESTESIA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
112 | UNIDAD DE ANESTESIA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
113 | CUNA TÉRMICA DE CALOR RADIANTE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
114 | DESFIBRILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
115 | OXÍMETRO DE PULSO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
116 | OXÍMETRO DE PULSO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
117 | LÁMPARA DE FOTOTERAPIA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
118 | MESA HIDRÁULICA QUIRÚRGICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
119 | FONODETECTOR DE LATIDOS FETALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
120 | FONODETECTOR DE LATIDOS FETALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
121 | FONODETECTOR DE LATIDOS FETALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
122 | ESTERILIZADOR DE VAPOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
123 | EQUIPO XX XXXXX X PORTÁTIL | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
124 | ULTRASONIDO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
125 | INCUBADORA DE TRASLADO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
126 | CUNA DE CALOR RADIANTE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
127 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
128 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
129 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
130 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
131 | VENTILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
132 | VENTILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
133 | VENTILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
134 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
135 | AUTOCLAVE DE VAPOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
136 | AUTOCLAVE DE VAPOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
137 | AUTOCLAVE DE VAPOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
138 | MÁQUINA DE ANESTESIA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
139 | MÁQUINA DE ANESTESIA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
140 | MÁQUINA DE ANESTESIA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
141 | MÁQUINA DE ANESTESIA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
142 | MÁQUINA DE ANESTESIA | SERVICIO | 1 | 1 |
143 | ELECTROCAUTERIO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
144 | MÁQUINA DE ANESTESIA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
145 | MÁQUINA DE ANESTESIA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
146 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
147 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
148 | MÁQUINA DE ANESTESIA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
149 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
150 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
151 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
152 | VENTILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
153 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
154 | VENTILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
155 | VENTILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
156 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
157 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
158 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
159 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
160 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
161 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
162 | DESFIBRILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
163 | CAMILLA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
164 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
165 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
166 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
167 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
168 | VENTILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
169 | DESFIBRILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
170 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
171 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
172 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
173 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
174 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
175 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
176 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
177 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
178 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
179 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
180 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
181 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
182 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
183 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
184 | DESFIBRILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
185 | CAMA MECÁNICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
186 | CAMA MECÁNICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
187 | CAMA MECÁNICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
188 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
189 | CAMA ELÉCTRICA | 1 | 1 | |||||||||||||||||
SERVICIO | ||||||||||||||||||||
190 | CAMILLA DE TRASLADO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
191 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
192 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
193 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
194 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
195 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
196 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
197 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
198 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
199 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
200 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
201 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
202 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
203 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
204 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 |
205 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
206 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
207 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
208 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
209 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
210 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
211 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
212 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
213 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
214 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
215 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
216 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
217 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
218 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
219 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
220 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
221 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
222 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
223 | VENTILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
224 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
225 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
226 | VENTILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
227 | VENTILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
228 | VENTILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
229 | VENTILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
230 | CUNA DE CALOR RADIANTE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
231 | VENTILADOR INFANTIL | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
232 | INCUBADORA DE TRASLADO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
233 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
234 | CAMILLA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
235 | CAMILLA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
236 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
237 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
238 | CAMILLA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
239 | CAMILLA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
240 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
241 | VENTILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
242 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
243 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
244 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
245 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
246 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
247 | VENTILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
248 | VENTILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
249 | VENTILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
250 | VENTILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
251 | VENTILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
252 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
253 | VENTILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
254 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
255 | MÁQUINA DE ANESTESIA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
256 | MÁQUINA DE ANESTESIA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
257 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
258 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
259 | DESFIBRILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
260 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
261 | TOCOCARDIOGRAFO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
262 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
263 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
264 | VENTILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
265 | CAMILLA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
266 | MÁQUINA DE ANESTESIA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
267 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
268 | MESA DE QUIRÓFANO | SERVICIO | 1 | 1 |
269 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
270 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
271 | MÁQUINA DE ANESTESIA ANALÓGICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
272 | MESA DE QUIRÓFANO MANUAL | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
273 | CAMILLA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
274 | CAMILLA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
275 | CAMILLA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
276 | CAMILLA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
277 | MÁQUINA DE ANESTESIA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
278 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
279 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
280 | VENTILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
281 | VENTILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
282 | CAMA ELÉCTRICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
283 | CAMA MECÁNICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
284 | INCUBADORA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
285 | CUNA DE CALOR RADIANTE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
286 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
287 | DESFIBRILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
288 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
289 | VENTILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
290 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
291 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
292 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
293 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
294 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
295 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
296 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
297 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
298 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
299 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
300 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
301 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
302 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
303 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
304 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
305 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
306 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
307 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
308 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
309 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
310 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
311 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
312 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
313 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
314 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
315 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
316 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
317 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
318 | VENTILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
319 | VENTILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
320 | CUNA DE CALOR RADIANTE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
321 | CUNA DE CALOR RADIANTE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
322 | VENTILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
323 | VENTILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
324 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
325 | VENTILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
326 | VENTILADOR INFANTIL | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
327 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
328 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
329 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
330 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
331 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
332 | VENTILADOR PULMONAR | SERVICIO | 1 | 1 |
333 | VENTILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
334 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
335 | VENTILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
336 | CUNA DE CALOR RADIANTE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
337 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
338 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
339 | MONITOR DE SIGNOS VITALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
340 | MONITOR DE SPO2 | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
341 | MONITOR DE SPO3 | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
342 | MONITOR DE SPO4 | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
343 | CUNA DE CALOR RADIANTE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
344 | INCUBADORA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
345 | INCUBADORA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
346 | CUNA DE CALOR RADIANTE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
347 | CUNA DE CALOR RADIANTE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
348 | INCUBADORA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
349 | CUNA DE CALOR RADIANTE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
350 | INCUBADORA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
351 | INCUBADORA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
352 | INCUBADORA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
353 | OXÍMETRO DE PULSO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
354 | CUNA DE CALOR RADIANTE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
355 | INCUBADORA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
356 | INCUBADORA DE TRASLADO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
357 | INCUBADORA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
358 | LÁMPARA DE HALÓGENO DE 1 SATÉLITE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
359 | CARRO DE MEDICAMENTOS | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
360 | LÁMPARA DE FOTOTERAPIA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
361 | CARRO DE MEDICAMENTOS | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
362 | LÁMPARA DE QUIRÓFANO DE 3 SATÉLITES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
363 | ELECTROCAUTERIO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
364 | ELECTROCAUTERIO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
365 | ELECTROCAUTERIO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
366 | ELECTROCAUTERIO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
367 | DESFIBRILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
368 | DESFIBRILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
369 | DESFIBRILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
370 | AUTOCLAVE DE ÓXIDO DE ETLENO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
371 | LÁMPARA DE QUIRÓFANO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
372 | MESA DE CIRUGÍA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
373 | LÁMPARA DE QUIRÓFANO DE 2 SATÉLITES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
374 | LÁMPARA DE QUIRÓFANO DE 2 SATÉLITES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
375 | LÁMPARA DE QUIRÓFANO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
376 | LÁMPARA DE QUIRÓFANO DE 2 SATÉLITES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
377 | LÁMPARA DE QUIRÓFANO DE UN SATÉLITE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
378 | LASER DE CO2 | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
379 | EQUIPO DE CRIOCIRUGÍA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
380 | MESA DE QUIRÓFANO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
381 | MESA DE QUIRÓFANO PARA GINECOLOGÍA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
382 | MESA DE QUIRÓFANO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
383 | MESA DE QUIRÓFANO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
384 | MESA DE QUIRÓFANO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
385 | MESA ELÉCTRICA DE OBSTETRICIA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
386 | LÁMPARA DE HALÓGENO DE 1 SAT | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
387 | INCUBADORA DE TRASLADO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
388 | INCUBADORA DE TRASLADO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
389 | INCUBADORA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
390 | INCUBADORA DE TRASLADO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
391 | INCUBADORA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
392 | CUNA DE CALOR RADIANTE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
393 | CUNA DE CALOR RADIANTE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
394 | CUNA DE CALOR RADIANTE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
395 | CUNA DE CALOR RADIANTE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
396 | CUNA DE CALOR RADIANTE | SERVICIO | 1 | 1 |
397 | VENTILADOR DE CUIDADOS INTENSIVOS NEÓN/PED | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
398 | VENTILADOR DE CUIDADO INTENSIVO NEÓN/PED | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
399 | VENTILADOR DE CUIDADO INTENSIVO NEÓN/PED | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
400 | VENTILADOR ADULTO/PEDIÁTRICO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
401 | VENTILADOR ADULTO/PEDIÁTRICO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
402 | VENTILADOR ADULTO/PEDIÁTRICO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
403 | VENTILADOR ADULTO/PEDIÁTRICO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
404 | VENTILADOR ADULTO/PEDIÁTRICO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
405 | VENTILADOR ADULTO/PEDIÁTRICO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
406 | VENTILADOR ADULTO/PEDIÁTRICO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
407 | VENTILADOR ADULTO/PEDIÁTRICO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
408 | VENTILADOR VOLUMÉTRICO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
409 | VENTILADOR NEONATAL | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
410 | VENTILADOR DE ALTA FRECUENCIA NEONATAL | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
411 | VENTILADOR CON MONITOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
412 | VENTILADOR CON MONITOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
413 | ESTERILIZADOR EMPOTRABLE (AUTOCLAVE) | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
414 | ESTERILIZADOR EMPOTRABLE (AUTOCLAVE) | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
415 | UNIDAD DE ANESTESIA INTERMEDIA/CON MONITOR INTEGRADO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
416 | UNIDAD DE ANESTESIA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
417 | UNIDAD DE ANESTESIA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
418 | UNIDAD DE ANESTESIA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
419 | UNIDAD DE ANESTESIA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
420 | UNIDAD DE ANESTESIA INTERMEDIA/CON MONITOR INTEGRADO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
421 | INCUBADORA DE TRASLADO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
422 | INCUBADORA PARA CUIDADOS GENERALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
423 | INCUBADORA DE CUIDADOS INTENSIVOS P/R/N | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
424 | INCUBADORA DE CUIDADOS INTENSIVOS P/R/N | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
425 | INCUBADORA DE CUIDADOS INTENSIVOS P/R/N | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
426 | INCUBADORA PARA CUIDADOS GENERALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
427 | INCUBADORA DE TRASLADO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
428 | INCUBADORA DE TRASLADO BÁSICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
429 | INCUBADORA DE CUIDADOS INTENSIVOS P/R/N | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
430 | INCUBADORA DE TRASLADO AVANZADO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
431 | INCUBADORA PARA CUIDADOS GENERALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
432 | INCUBADORA DE TRASLADO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
433 | INCUBADORA NEONATAL DE CUIDADOS GRALES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
434 | CUNA DE CALOR RADIANTE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
435 | CUNA TÉRMICA C/SISTEMA DE CALOR RADIANTE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
436 | CUNA DE CALOR RADIANTE PARA CUIDADOS BÁSICOS | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
437 | CUNA DE CALOR RADIANTE PARA CUIDADOS BÁSICOS | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
438 | CUNA DE CALOR RADIANTE PARA CUIDADOS BÁSICOS | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
439 | CUNA DE CALOR RADIANTE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
440 | CUNA TÉRMICA DE CALOR RADIANTE P/CUIDADOS BAS | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
441 | CUNA TÉRMICA DE CALOR RADIANTE P/CUIDADOS BAS | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
442 | CUNA TÉRMICA DE CALOR RADIANTE P/CUIDADOS BAS | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
443 | CUNA TÉRMICA C/SISTEMA DE CALOR RADIANTE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
444 | CUNA TÉRMICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
445 | CUNA TÉRMICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
446 | CUNA TÉRMICA | SERVICIO | 1 | 1 |
447 | CUNA TÉRMICA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
448 | CUNA DE CALOR RADIANTE | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
449 | CARDIOTOCÓGRAFO GEMELAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
450 | CARDIOTOCÓGRAFO GEMELAR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
451 | ELECTROCARDIÓGRAFO BÁSICO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
452 | TOCO CARDIÓGRAFO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
453 | TOCO CARDIÓGRAFO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
454 | TOCO CARDIÓGRAFO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
455 | DESFIBRILADOR MONITOR MARCAPASOS PORTÁTIL | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
456 | DESFIBRILADOR MONITOR MARCAPASOS PORTÁTIL | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
457 | DESFIBRILADOR MONITOR MARCAPASOS PORTÁTIL | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
458 | DESFIBRILADOR MONITOR MARCAPASOS PORTÁTIL | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
459 | DESFIBRILADOR MONITOR MARCAPASOS PORTÁTIL | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
460 | DESFIBRILADOR MONITOR MARCAPASOS PORTÁTIL C/CARRO SOPORTE VIDA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
461 | DESFIBRILADOR MONITOR MARCAPASOS PORTÁTIL C/CARRO SOPORTE VIDA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
462 | DESFIBRILADOR MONITOR MARCAPASOS PORTÁTIL C/CARRO SOPORTE VIDA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
463 | DESFIBRILADOR MONITOR MARCAPASOS PORTÁTIL C/CARRO SOPORTE VIDA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
464 | DESFIBRILADOR MONITOR MARCAPASOS PORTÁTIL C/CARRO SOPORTE VIDA | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
465 | ULTRASONIDO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
466 | ULTRASONIDO DE ALTA RESOLUCIÓN GINECO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
467 | ULTRASONIDO EQUIPO STANDARD | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
468 | ULTRASONOGRAFÍA DOPPLER COLOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
469 | INCUBADORA DE TRASLADO C/2 TANQUES DE OXIGENO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
470 | ESTERILIZADOR DE VAPOR CAP. 260 L | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
471 | ESTERILIZADOR DE VAPOR CAP. 260 L | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
472 | VENTILADOR DE ALTA FRECUENCIA NEONATAL | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
473 | VENTILADOR NEONATO, PEDIÁTRICO Y ADULTO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
474 | VENTILADOR NEONATO, PEDIÁTRICO Y ADULTO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
475 | VENTILADOR DE CUIDADOS INTENSIVOS | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
476 | VENTILADOR VOLUMÉTRICO INFANTIL | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
477 | VENTILADOR VOLUMÉTRICO INFANTIL | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
478 | VENTILADOR VOLUMÉTRICO PARA ADULTO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
479 | VENTILADOR PEDIÁTRICO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
480 | VENTILADOR DE PEDESTAL 3 VELOCIDADES | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
481 | VENTILADOR DE TRASLADO PEDIÁTRICO/ADULTO | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
482 | VENTILADOR | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
483 | VENTILADOR DE CUIDADOS INTENSIVOS | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||
484 | VENTILADOR DE CUIDADOS INTENSIVOS | SERVICIO | 1 | 1 | ||||||||||||||||