LICITACIÓN PÚBLICA N° LA-OAX-DRF-001-2019
LICITACIÓN PÚBLICA N° LA-OAX-DRF-001-2019
CONVOCATORIA
PARA LA CONTRATACIÓN DE FINANCIAMIENTO Y Y GARANTÍAS DE PAGO OPORTUNO
PARA XX XXXXXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXX XXX XXXXXX
Xx Xxxxxxxx xxx Xxxxxx xx Xxxxxx, por conducto de la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca (el “Estado”) convoca a las instituciones financieras del sistema financiero mexicano para participar en la Licitación Pública N° LA-OAX-DRF-001-2019 cuyo objetivo es realizar el refinanciamiento de su deuda pública de largo plazo a través de la contratación de financiamiento hasta por la cantidad de $13,151,902,508.56 (trece mil ciento cincuenta y un millones novecientos dos mil quinientos ocho pesos 56/100 M.N.) y para la contratación de garantía de pago oportuno para uno o varios de los contratos de crédito que se celebren resultado de este proceso licitatorio (la “Licitación Pública”), con fundamento en el artículo 117 fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 1, 22, 23, 25, 26 y 29 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios (la “Ley de Disciplina Financiera”); los numerales 1, 2, 5, 6, 8, 10, 11, 12, 14, 15, 17, 21, 23 y demás aplicables de los Lineamientos de la Metodología para el Cálculo del Menor Costo Financiero y de los Procesos Competitivos de los Financiamientos y Obligaciones a contratar por parte de las Entidades Federativas, los Municipios y sus Entes Públicos (los “Lineamientos”); los artículos 59 fracción XXV, 79 fracción XVIII, y 82 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; los artículos 3, 5, 11, 15 fracciones VIII y IX, 17, 20, 24 y 25 de la Ley de Deuda Pública para el Estado de Oaxaca; los artículos 1, 26, 27 fracción XII, 45 fracciones IX y XXIV, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca; y los artículos 2, 6 fracción VI, del Reglamento Interno de la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado y los Artículos Sexto, Séptimo, Octavo, Noveno, Décimo, Décimo Primero, y Décimo Segundo del Decreto número 809 de la Sexagésima Cuarta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno de Oaxaca el 5 de octubre de 2019 (el “Decreto de Autorización”), de conformidad con lo siguiente:
El objeto de la licitación es:
(A) Refinanciar la deuda pública de largo plazo del Estado de Oaxaca a través de la contratación de financiamiento, de uno o varios créditos, hasta por la cantidad de $13,151’902,508.56 (trece mil ciento cincuenta y un millones novecientos dos mil quinientos ocho pesos 56/100 M.N.) (el “Monto Total del Financiamiento”), contratada directamente por el Estado y/o por CIBanco, S.A., Institución de Banca Múltiple, como fiduciario del fideicomiso público de contratación de financiamientos, sin estructura, maestro y de administración número CIB/3134 (el “Fideicomiso de Contratación CIB/3134”), y al pago de gastos y costos de contratación del financiamiento, y
(B) La contratación de garantías de pago oportuno para asociarlas a los contratos de crédito que se celebren bajo el inciso anterior, a plazo de 20 (veinte) años, en cualquiera de los dos segmentos que se licitan y que se definen a continuación, como resultado del presente proceso licitatorio, siempre y cuando las ofertas de créditos ganadoras se hubieran ofertado considerando la contratación de la garantía, en términos de las Bases de Licitación.
(A) Características de los Financiamientos objeto de la presente Licitación Pública. El Monto Total del Financiamiento se contratará a través de dos segmentos en atención al plazo: (i) un primer segmento hasta por la cantidad de $8,278’742,014.91 (ocho mil doscientos setenta y ocho millones setecientos cuarenta y dos mil catorce pesos 91/100 M.N.), con plazo fijo de 20 (veinte) años contados a partir de la primera disposición del crédito, y (ii) un segundo segmento, a través de un proceso competitivo flexible, hasta por la cantidad de $4,873’160,493.65 (cuatro mil ochocientos setenta y tres millones ciento sesenta mil cuatrocientos noventa y tres 65/100 M.N.) , en el que los Licitantes podrán ofertar un plazo de 20 (veinte) o de 24 (veinticuatro) años, contados a partir de la primera disposición del crédito en los términos previstos en las Bases de Licitación.
1. Financiamiento a plazo de 20 (veinte) años.
1.1 Monto del financiamiento solicitado: hasta la cantidad de $8,278’742,014.91 (ocho mil doscientos setenta y ocho millones setecientos cuarenta y dos mil catorce pesos 91/100 M.N.).
1.2 Destino del Financiamiento:
(i) Al refinanciamiento de los siguientes contratos de apertura de crédito simple:
Acreditado | Acreedor | Fecha de Suscripción | Monto Contratado | Fecha de Vencimiento | Clave de inscripción en el Registro Público Único | Saldo a junio 2019 |
Gobierno del Estado | Banobras | 18-dic-2013 | $1,392,000,000 | 4-nov-2028 | A20-1213163 | $1,082,941,787.47 |
Fideicomiso CIB/3134 CIBanco | Banobras | 7-nov-2018 | $2,155,440,832.93 | 24-nov-2038 | P20-1118102 | $2,120,401,654.47 |
Fideicomiso CIB/3134 CIBanco | Banobras | 7-nov-2018 | $4,000,000,000 | 24-nov-2038 | P20-1118101 | $3,936,345,443.97 |
Fideicomiso XXX/0000 XXXxxxx | Xxxxxxxxx | 6-nov-2018 | $700,000,000 | 1-nov-2038 | P20-1118105 | $690,193,700.00 |
Gobierno del Estado | Banobras | 22-may-2015 | $405,456,000 | 26-oct-2035 | P20-0615061 | $398,859,429.00 |
(ii) Hasta la cantidad de $50’000,000.00 (cincuenta millones de pesos 00/100 M.N.) a los gastos y costos relacionados con la contratación del Financiamiento, de conformidad con el artículo 27 del Reglamento del Registro Púbico Único de Financiamientos y Obligaciones de Entidades Federativas y Municipios.
1.3 Plazo del Financiamiento: 240 (doscientos cuarenta) meses, equivalente a 7,300 (siete mil trescientos) días, contados a partir de la primera disposición del crédito.
1.4 Recurso a otorgar como fuente de pago: el derecho y los ingresos hasta el 22% (veintidós por ciento) de las participaciones presentes y futuras que en ingresos federales le correspondan al Estado del Fondo General de Participaciones, o cualquier otro derecho y/o ingreso que en
el futuro lo complemente, modifique o sustituya, excluyendo las participaciones que de dicho fondo corresponden a los municipios del Estado (las “Participaciones”), que equivale al 17.38% (diecisiete punto treinta y ocho por ciento) del total del Fondo General de Participaciones que recibe el Estado. Lo anterior en el entendido que el porcentaje antes señalado se asignará a cada oferta adjudicada o crédito contratado a fin de que el aforo mínimo al momento de la firma del contrato de crédito sea de 3.0 (tres) veces el servicio de la deuda del crédito.
2. Financiamiento a un plazo de 20 (veinte) o 24 (veinticuatro) años.
2.1 Monto del Financiamiento solicitado: hasta la cantidad de $4,873’160,493.65 (cuatro mil ochocientos setenta y tres millones ciento sesenta mil cuatrocientos noventa y tres pesos 65/100 M.N.).
2.2 Destino del Financiamiento: el refinanciamiento del contrato de apertura de crédito simple, de fecha 7 de noviembre de 2018, celebrado entre CIBanco, S.A., Institución de Banca Múltiple, como fiduciario del Fideicomiso de Contratación CIB/3134, en calidad de acreditado, y el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, en calidad de acreditante, hasta por la cantidad de $5,000’000,000.00 (cinco mil millones de pesos 00/100 M.N.), inscrito en el Registro Público Único de Financiamientos y Obligaciones de Entidades Federativas y Municipios con la clave de inscripción P20-1118103, con fecha de vencimiento el 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xxxx xxxxx insoluto a junio de 2019 ascendía a la cantidad de $4,873,160,493.65 (cuatro mil ochocientos setenta y tres millones ciento sesenta mil cuatrocientos noventa y tres pesos 65/100 M.N.).
2.3 Plazo del Financiamiento: 240 (doscientos cuarenta) meses equivalente a 7,300 (siete mil trescientos) o 288 (doscientos ochenta y ocho) meses, equivalente a 8,760 (ocho mil setecientos sesenta) días, contados a partir de la primera disposición del crédito.
2.4 Recurso a otorgar como fuente de pago: el derecho y los ingresos hasta del 13% (trece por ciento)] de las Participaciones, que equivale al 10.27% (diez punto veintisiete por ciento) del total del Fondo General de Participaciones que recibe el Estado. Lo anterior en el entendido que el porcentaje antes señalado se asignará a cada oferta adjudicada o crédito contratado conforme a la calculadora que estará a disposición de las instituciones financieras, a fin de que el aforo mínimo al momento de la firma del contrato de crédito sea de 3.0 (tres) veces el servicio de la deuda durante la vida del crédito.
3. Aspectos comunes a ambos Financiamientos.
3.1 Perfil de amortizaciones de capital: pagos mensuales, consecutivos y crecientes de capital a un factor de 1.3% (uno punto tres por ciento).
3.2 Periodo xx Xxxxxx: sin periodo xx xxxxxx.
3.3 Periodo para el cumplimiento de condiciones suspensivas: hasta 60 (sesenta) días, contados a partir de la firma del contrato de crédito, el cual podrá prorrogarse, a solicitud del Estado en términos del contrato respectivo.
3.3 Periodo de Disposición: hasta 60 (sesenta) días, contados a partir del día siguiente a que se tengan por cumplidas ante el Acreditante las condiciones suspensivas, el cual podrá prorrogarse, a solicitud del Estado, en los términos del contrato respectivo.
3.4 Tipo de tasa de interés solicitada: Variable. La Tasa de Interés Ordinaria para computar los intereses de cada periodo de pago será el resultado de sumar: (i) la Tasa de Referencia, más
(ii) los puntos porcentuales del margen aplicable al nivel de calificación del crédito o, en su caso, del Estado, que represente el mayor nivel de riesgo entre las calificaciones emitidas por al menos dos agencias calificadoras.
3.5 Tasa de Referencia: la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio a plazo de 28 días (la “TIIE”), publicada por el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, el día del inicio del periodo de pago de los intereses.
3.6 Tasa de Interés Moratoria: la tasa de interés anual que resulte de multiplicar por 1.5 (uno punto cinco) la Tasa de Interés Ordinaria.
3.7 Periodicidad de pago de los intereses: mensual.
3.8 Oportunidad de entrega de los recursos: dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes a la entrega de la solicitud de disposición por parte del Estado.
3.9 Mecanismo de pago: el contrato de fideicomiso maestro irrevocable, de administración y fuente de pago que celebrará el Estado, en calidad de fideicomitente y fideicomisario en segundo lugar, con la institución financiera de su elección como fiduciario (el “Fideicomiso Maestro”), a cuyo patrimonio se afectarán las Participaciones Fideicomitidas, para que sirva como fuente de pago de los créditos, de los instrumentos derivados de intercambio de tasas y de las garantías de pago oportuno que, en su caso, celebre el Estado, en el cual los acreditantes, las contrapartes y los garantes tendrán la calidad de fideicomisarios en primer lugar, conforme a la prelación establecida en el Fideicomiso Maestro.
3.10 Contratación de instrumentos derivados: el Financiamiento no incluirá la obligación por parte del Estado de contratar instrumentos derivados, sin perjuicio de la facultad del Estado para contratarlos, en el momento, tipo de instrumento y plazos que considere convenientes.
3.11 Garantía a otorgar: una garantía parcial de pago oportuno, incondicional, irrevocable y no revolvente, hasta por el 15% (quince por ciento) del monto del crédito que garantice, la cual tendrá un plazo de disposición de 240 (doscientos cuarenta) meses, contados a partir de la primera disposición del crédito, y un plazo de amortización de 60 (sesenta) meses adicionales al plazo de disposición; será constitutiva de deuda pública, pagadera en pesos y dentro del territorio nacional, y cuyas cantidades ejercidas causarán intereses. Lo anterior en el entendido que, para el segmento del proceso competitivo flexible, sólo las ofertas de crédito a 20 (veinte) años podrán vincularse a la garantía.
Los licitantes que presenten ofertas de crédito a 20 (veinte) años, en cualquiera de los dos segmentos de la Licitación Pública, podrán presentar sus ofertas de crédito considerando o no el otorgamiento de la garantía, la cual se licita dentro de este mismo proceso licitatorio en términos del apartado B) de esta Convocatoria, sujetándose para tales efectos a lo previsto
en las Bases de Licitación, en el entendido que, si como resultado del proceso licitatorio: (i) el Estado celebra dos o más contratos de crédito, cuyas ofertas hubieren considerado la garantía, se podrán celebrar tantas garantías como créditos se celebren, y (ii) si se declara desierta la licitación de la garantía, las ofertas de crédito con garantía se desecharán, en términos de las Bases de Licitación.
3.12 Gastos Adicionales y Gastos Adicionales Contingentes: las ofertas de crédito no podrán incluir Gastos Adicionales o Gastos Adicionales Contingentes. Lo anterior, en el entendido que para determinar la tasa efectiva de una oferta de crédito asociada a la garantía a que se refiere el numeral 3.11 anterior, la Secretaría considerará en dicho cálculo, como un Gasto Adicional de la oferta de crédito, la contraprestación mensual de la oferta de garantía calificada.
3.13 Requisitos de la Oferta: las ofertas de crédito deberán (i) ser irrevocables y en firme; (ii) tener una vigencia expresa mínima de 60 días naturales a partir de su presentación; (iii) ser por un monto mínimo de $1,000’000,000,000.00 (un mil millones de pesos 00/100 M.N.); y (iv) reunir las características y los requisitos previstos en esta Convocatoria, en las Bases de Licitación y en el Formato de Oferta de Crédito.
(B) Características de las garantías objeto de la presente Licitación Pública.
1.1 Tipo de garantía: una garantía parcial, de pago oportuno, incondicional, irrevocable y no revolvente, que dé cobertura a los créditos a un plazo de 20 (veinte) años, que se contraten como resultado de la Licitación Pública.
1.2 Crédito Garantizado: el o los contratos de crédito a un plazo de 20 (veinte) años, que deriven de ofertas de crédito con garantía que, en su caso, resulten adjudicados en la licitación del financiamiento a que se refiere el apartado A) de la presente Convocatoria.
1.3 Obligaciones Garantizadas: Las sumas de principal e intereses ordinarios pagaderas por el Estado, ya sea en las fechas programadas para su pago o cuando éstas venzan en forma anticipada, de conformidad con los términos y condiciones del o de los Créditos Garantizados, sin incluir importes por concepto de: (i) pagos anticipados voluntarios, ni primas y/o comisiones y/o penalizaciones que deriven de éstos; (ii) comisiones; (iii) intereses moratorios;
(iv) retenciones de impuestos, o (v) cualesquiera otras cantidades distintas a las sumas de principal e intereses ordinarios pagaderas por el Estado, que pudieran estar incluidas en los contratos respectivos.
1.4 Monto de garantía solicitado: por el 15% (quince por ciento) del Monto Total de Financiamiento a que se refiere el apartado A) de la presente Convocatoria, equivalente a la cantidad de $1,972’785,376.28 (un mil novecientos setenta y dos millones setecientos ochenta y cinco mil trescientos setenta y seis pesos 28/100 M.N.). Lo anterior en el entendido que: (i) se podrán celebrar tantos contratos de garantía como se requieran conforme al resultado de la licitación del financiamiento, y (ii) si las ofertas de crédito ganadoras del financiamiento no hubieren considerado la garantía, se desechará, en su caso, la oferta de garantía calificada.
1.5 Plazo de la garantía: 300 (trescientos) meses, equivalente a 9,125 (nueve mil ciento veinticinco) días, contados a partir de la primera disposición del Crédito Garantizado.
1.6 Periodo de disposición de la garantía: Hasta 240 (doscientos cuarenta) meses, equivalentes a 7,300 (siete mil trescientos) días, contados a partir de la primera disposición del Crédito Garantizado, que corresponde a la vigencia del Crédito Garantizado, en el entendido que, durante este periodo el servicio de la garantía será subordinado al servicio del Crédito Garantizado y, en su caso, al pago de los instrumentos derivados de intercambio de tasas.
1.7 Plazo de Amortización de la garantía: 60 (sesenta) meses, equivalentes a 1,824 (un mil ochocientos veinticuatro) días, contados a partir del día siguiente al último día del periodo de disposición de la garantía, en el entendido que, durante este periodo el servicio de la garantía será a prorrata con el servicio del Crédito Garantizado y, en su caso, con el pago de los instrumentos derivados de intercambio de tasas.
1.8 Perfil de Amortizaciones: durante el periodo de disposición de la garantía, en cada fecha de pago, hasta donde xxxxxx o alcancen los recursos disponibles en la cuenta del Fideicomiso Maestro que corresponda, de conformidad con la prelación prevista en el mismo; y durante el periodo de amortización de la garantía, mediante pagos mensuales, iguales y consecutivos de capital.
1.9 Periodo xx Xxxxxx: sin periodo xx xxxxxx.
1.10 Contraprestación Mensual: el garante tendrá derecho al pago de una contraprestación mensual por el otorgamiento de la garantía, la cual tendrá preferencia en el pago respecto del servicio del Crédito Garantizado, de conformidad con la prelación en el Fideicomiso Maestro.
1.11 Periodo para el cumplimiento de condiciones suspensivas: hasta 60 (sesenta) días naturales, contados a partir de la firma del contrato de garantía, el cual podrá prorrogarse por un periodo igual, a solicitud del Estado.
1.12 Tasa de Interés en caso de ejercicio de la garantía: variable. La Tasa de Interés Ordinaria para el cómputo de los intereses será el resultado de sumar: (i) la Tasa de Referencia, más (ii) los puntos porcentuales del margen aplicable al nivel de calificación del crédito o, en su caso, del Estado, que represente el mayor nivel de riesgo entre las calificaciones emitidas por al menos dos agencias calificadoras.
1.13 Tasa de Referencia: TIIE publicada por el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, el día del inicio del periodo de pago de intereses.
1.14 Periodicidad de pago de los intereses: mensual.
1.15 Gastos Adicionales y Gastos Adicionales Contingentes: las ofertas de garantía deberán incluir como Gasto Adicional únicamente la Contraprestación Mensual y no deberán incluir Gastos Adicionales Contingentes.
1.16 Oportunidad en la entrega de los recursos: dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a la entrega de la solicitud de desembolso por parte del fiduciario del Fideicomiso Maestro.
1.17 Fuente de Pago de la garantía: el porcentaje de las Participaciones que el Crédito Garantizado tenga como fuente de pago, con la prelación prevista en el Fideicomiso Maestro.
1.18 Vehículo de Pago: El Fideicomiso Maestro.
1.19 Requisitos de la oferta de garantía: las ofertas de garantía deberán: (i) ser irrevocables y en firme; (ii) tener una vigencia expresa mínima de 60 días naturales a partir de su presentación; y (iii) reunir las características y los requisitos previstos en esta Convocatoria, en las Bases de Licitación y en el Formato de Oferta de Garantía.
Calendario de la Licitación Pública
18 de octubre de 2019 | Publicación de las Bases de la Licitación en la Página Oficial de la Licitación |
24 de octubre de 2019 | Publicación de los anexos de las Bases de Licitación en la Página Oficial de la Licitación |
Hasta las 20:00 horas del 1 de noviembre de 2019 | Periodo para la entrega de preguntas y aclaraciones por parte de las instituciones financieras autorizadas |
5 de noviembre de 2019 | Junta de Aclaraciones |
5 de diciembre de 2019 | Acto de Presentación y Apertura de Ofertas |
9 de diciembre de 2019 | Expedición del Fallo |
17 de diciembre de 2019 | Fecha objetivo para la firma del o de los contratos de crédito |
Todos los actos de la Licitación Púbica se realizarán en el domicilio de la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca ubicado en Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx #0, Xxxxx Xxxxxxxx, Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx X.X. 00000. Los interesados podrán acceder a la información en la página de internet xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx-xxxxx (la “Página Oficial de la Licitación”), la cual será el medio de comunicación entre el Estado y las instituciones financieras interesadas en participar en la Licitación Pública.
Para propiciar la mayor participación posible, no se han previsto requisitos a las instituciones financieras interesadas para registrarse como licitantes, por lo que, el único evento de participación obligatoria para los interesados en el proceso licitatorio, el cual les atribuye la calidad de Licitantes, es el Acto de Presentación y Apertura de Ofertas, mediante la presentación de una o varias Ofertas, por lo que será responsabilidad de cada interesado consultar la Página Oficial de la Licitación, para conocer, en su caso, los cambios al calendario y otras características del proceso de licitación. No podrán participar en la Licitación Pública personas xxxxxxx de nacionalidad extranjera, ni aquéllos que se encuentren impedidos o inhabilitados para contratar con el Estado en términos de la normatividad aplicable.
Cualquier costo en el que incurran las instituciones interesadas en la Licitación Pública para la presentación de una oferta de crédito y/o garantía será exclusivamente a su cargo, sin que exista responsabilidad alguna por parte del Estado de reembolsarlos, aún en el caso de la suspensión y/o cancelación de la Licitación Pública, ya sea total, respecto de uno de sus segmentos del financiamiento y/o respecto de la garantía.
El Estado se reserva el derecho de modificar el calendario de la Licitación Pública, así como las Bases de la Licitación y demás documentación relacionada con el presente proceso, en cualquier momento, hasta 10 (diez) días naturales antes de la fecha del Acto de Presentación y Apertura de Ofertas.
Asimismo, la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca tendrá la facultad de cancelar la Licitación Pública totalmente, o respecto de cualquiera de sus segmentos, cuando lo estime conveniente y/o existan circunstancias justificadas que provoquen la decisión de no contratar los Financiamientos y/o cuando de continuarse con el procedimiento se le pudiera ocasionar un daño o perjuicio al Estado.
Cualquier situación relacionada con la presente Licitación Pública que no esté prevista en la Convocatoria y/o en las Bases de Licitación será resuelta por la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, apegándose a la legislación y su decisión será inapelable, la cual será comunicada, con independencia de quien hubiere planteado la consulta, de forma general en la página de internet antes señalada.
Oaxaca, Oaxaca, 18 de octubre de 2019.