Información sobre el proceso de contratación a distancia
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Condiciones del contrato de la tarjeta MoneyToWear
El proceso de contratación que a petición del contratante se ha iniciado se llevará a cabo mediante técnicas de comunicación a distancia. Las condiciones particulares y generales junto con la información sobre el proceso de contratación que se recogen en el presente documento, incorporan todas las menciones informativas que con carácter previo a la contratación de la Tarjeta de CaixaBank Electronic Money, EDE, S.L., en adelante, “MoneyToPay”, facilita al contratante de acuerdo con la legislación aplicable. Una vez aceptadas por el contratante, dichas condiciones constituirán las condiciones de contratación aplicables a la Tarjeta contratada.
Aceptadas las condiciones de contratación, “MoneyToPay” remitirá la tarjeta al domicilio señalado por el Contante, si esta tiene soporte físico.
El Contratante puede obtener una copia de las condiciones de contratación en soporte duradero descargándose las mismas desde el enlace habilitado a tal efecto en la WEB xxx.xxxxxxxxxx.xxx. En cualquier momento, el contratante podrá obtener una copia del contrato en soporte papel.
Condiciones particulares
Tarjeta: Visa MoneyToWear de “MoneyToPay” Importe mínimo de recarga: 10 €
Admite reintegros en cajeros: SI Precio de los servicios:
Cuota anual primer año: 14,95 €
Cuota anual segundo año y siguientes: 6,95 €
Por consulta de saldo y movimientos: web M2P y cajeros CaixaBank: gratuita
Por recargas web M2P y cajeros CaixaBank: 1% (mín. 1 €). Comercios autorizados: 1,75 € Por inoperancia: 5 € / año
Por gestión y custodia de saldo después de la caducidad: 10 € / año Por sustitución de la tarjeta (chip pulsera): 4 €
Por gastos de reembolso: 10 €
Condiciones Generales
1. Objeto
1.1. El presente contrato regula los términos en los que “MoneyToPay” emite la/s Tarjeta/s prepago que se indica/n en las condiciones particulares, en adelante “la Tarjeta”, a nombre del Contratante o las personas que éste designe, en adelante, “titulares” de la Tarjeta. Una vez activada, la Tarjeta permite a su titular:
a) Almacenar fondos en el propio instrumento de pago, mediante operaciones de recarga. El valor monetario almacenado en la tarjeta contra la entrega de fondos tendrá la consideración de dinero electrónico.
b) Iniciar órdenes de pago destinadas a la adquisición de bienes y servicios en establecimientos comerciales nacionales o extranjeros que admitan este medio de pago con cargo al dinero electrónico previamente almacenados;
c) Disponer de efectivo en cajeros de aquellas entidades con las que existan acuerdos al respecto.
d) Cualquier otro servicio que se ponga a su disposición conforme a sus normas y condiciones propias.
Las órdenes de pago iniciadas mediante la Tarjeta, las comisiones y gastos que se generen y las operaciones de recarga se anotarán en una cuenta de carácter contable, en adelante la “Cuenta de la Tarjeta”, que permitirá al Contratante conocer, de forma individualizada para cada Tarjeta emitida al amparo del presente contrato, el detalle de las operaciones de pago ejecutadas y el importe del dinero electrónico disponible en cada momento. Cada titular solo tendrá acceso a la información que se corresponda con su Tarjeta.
La tarjeta no permite realizar pagos en determinados establecimientos como autopistas, parquímetros y empresas de alquiler de vehículos.
2. Condiciones de uso
2.1. Operaciones de recarga. El Contratante o el titular de la Tarjeta podrán realizar aportaciones de fondos destinados a la Tarjeta a través de la página web de “MoneyToPay”, xxx.xxxxxxxxxx.xxx o cualquier otro canal o dispositivo que se habilite a tal efecto. En tales casos, las aportaciones de fondos deberán instrumentarse a través de órdenes de pago cuyo identificador único consistirá en la numeración de la Tarjeta (número PAN). Cuando las operaciones de recarga se adeuden en una tarjeta bancaria del Contratante o del titular de la tarjeta, la ejecución y puesta a disposición del titular de los fondos se realizará de forma inmediata.
El importe mínimo y máximo de las operaciones de recarga así como su frecuencia podrá limitarse en función de la modalidad de la Tarjeta y las políticas de admisión de clientes y ejecución de operaciones que “MoneyToPay” tenga implementadas para cumplir con la legislación vigente. Salvo que en las condiciones particulares se indique otra cosa, el importe mínimo de las operaciones de recarga será de 10 €.
2.2. Órdenes de pago iniciadas mediante la Tarjeta. Para iniciar órdenes de pago a cargo del dinero electrónico almacenado en la Tarjeta, el titular deberá facilitar la lectura de la Tarjeta por los dispositivos mecanizados (cajeros automáticos, datáfonos, etc.) que vayan a intervenir en su procesamiento, según el tipo de servicio que se desee obtener, e introducir personalmente el número de identificación personal (PIN) que “MoneyToPay” le haya facilitado, excepto en las modalidades que no lo requieran, cuyo tecleo tiene la consideración de autorización y aceptación de la operación de pago. En las órdenes de pago realizadas para adquirir bienes y servicios en establecimientos en los que no se requiera el PIN, además de presentar la Tarjeta para su lectura por un dispositivo mecanizado o para la copia de los datos relativos a la identificación de la Tarjeta, tratándose de dispositivos no mecanizados, el titular deberá acreditar su identidad mediante el documento oficial de identificación, si lo solicita el establecimiento, y firmar la factura extendida por éste. Cuando dichas operaciones se realicen para adquirir bienes y servicios mediante un sistema de contratación no presencial que no permita la lectura directa de la Tarjeta, será necesario que su titular facilite los datos relativos a la identificación de la Tarjeta que su proveedor de bienes y servicios le solicite (numeración, fecha de caducidad, código de verificación de la Tarjeta) y, en su caso, el tecleo personal del PIN o de las claves que “MoneyToPay” le facilite para realizar este tipo de operaciones.
2.3. Ejecución de las órdenes de pago. “MoneyToPay” recibirá las órdenes de pago iniciadas a través de la Tarjeta en el mismo día en que se realicen por su titular y se ejecutarán inmediatamente desde el momento de su recepción.
2.4. Órdenes de pago denominadas en una divisa distinta del euro. En las órdenes de pago iniciadas en el extranjero, los importes en divisas se convertirán en euros al tipo de cambio establecido por la marca de las Tarjeta que corresponda, VISA, MASTERCARD, o las que en un futuro se incorporen a las tarjetas emitidas por “MoneyToPay”, que pueden consultarse a través de xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx/xx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxx_xxxxx.xxxx/ xxxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx/xx/xxxxxxxx/xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxx/ currencyconversion/index.html/, para el día en que se realice la operación, incrementado en tres con noventa y cinco puntos porcentuales. Las variaciones de los tipos de cambio que se produzcan se aplicarán inmediatamente sin necesidad de comunicación previa al contratante. Este podrá tener conocimiento de dichas variaciones a través de las direcciones web antes indicadas.
2.5. Límites de las operaciones de pago iniciadas desde la Tarjeta. “MoneyToPay” podrá establecer límites operativos y de seguridad en cada Tarjeta. Sin perjuicio de ello, “MoneyToPay” no estará obligada a ejecutar ninguna orden de pago iniciada desde la Tarjeta cuando su importe sea superior al importe del dinero electrónico almacenado en la Tarjeta.
2.6. Reembolso de los fondos almacenados en la Tarjeta. Durante el plazo de vigencia de la Tarjeta, el titular podrá solicitar reembolso total o parcial de los fondos almacenados en la Tarjeta. Tras la fecha de caducidad de la Tarjeta, el titular solo podrá solicitar el reembolso de la totalidad de los fondos. Cuando existan las operaciones de pago iniciadas mediante la Tarjeta cuyo importe todavía no se haya cargado contra los fondos almacenados en la Tarjeta, “MoneyToPay” podrá demorar el reembolso de los fondos hasta que se haga efectivo dicho adeudo.
Serán de cargo del Contratante los gastos que se generen por el reembolso de los fondos de la Tarjeta, calculados de conformidad con lo establecido en la condición general
4. No obstante, no podrán repercutirse dichos gastos si el reembolso de los fondos se solicite tras la fecha de caducidad de la Tarjeta sin que se renueve su vigencia o durante los 12 meses siguientes.
2.7. Bloqueo de la Tarjeta. “MoneyToPay” se reserva el derecho a bloquear temporalmente la utilización de la Tarjeta cuando concurra una o más circunstancias objetivas de las que razonablemente pueda deducirse: a) que la seguridad de la Tarjeta como instrumento de pago ha quedado comprometida o b) que pueda haberse producido una utilización fraudulenta o no autorizada de la Tarjeta. En tales supuestos, “MoneyToPay” comunicará al contratante el bloqueo de la Tarjeta y los motivos que le han llevado a adoptar dicha decisión. Siempre que sea posible, dicha comunicación se realizará con carácter previo por los medios de comunicación pactados con el contratante y, en caso contrario, inmediatamente después del bloqueo, salvo que la comunicación de dicha información pueda resultar comprometida por razones de seguridad objetivamente justificadas o fuese contraria a cualquier otra disposición normativa.
2.8. En los casos en que la Tarjeta sea entregada en el domicilio del contratante, por renovación o incorporación de nuevas funcionalidades, se procederá a su activación cuando éste confirme a “MoneyToPay” su recepción.
3. Caducidad de las tarjetas
La duración del presente contrato es indefinida. No obstante, las tarjetas emitidas a su amparo son válidas hasta el último día del mes de la fecha de caducidad que consta en las mismas o que se comunica al titular. Es facultad de “MoneyToPay” renovárlas a su vencimiento.
4. Precio de los servicios
4.1. Por la prestación de servicios de pago vinculados a la emisión de dinero electrónico almacenado en la Tarjeta “MoneyToPay”, tendrá derecho al cobro de las comisiones cuyo concepto y parámetros de liquidación se detallan a continuación. Las tarifas correspondientes a cada comisión se indican en las condiciones particulares:
• Comisión por sustitución de la tarjeta. Se devengará y se hará efectiva por una sola vez en el momento de emisión o substitución de cada tarjeta
• Comisión por personalización de la tarjeta. Se devengará y se hará efectiva por una sola vez en el momento en que se estampe en la tarjeta la imagen designada por el contratante.
• Comisión de mantenimiento. Se devengará por anticipado con la periodicidad que en cada caso se establezca o, en su defecto, con carácter anual por el mantenimiento operativo de cada tarjeta y hasta la fecha de su caducidad. Dicha comisión se cargará contra los fondos almacenados en la Tarjeta.
• Comisión por inoperancia de la Tarjeta. Se devengará y deberá hacerse efectiva si durante 12 meses consecutivos no se ha registrado ninguna operación de pago, en la cuenta de la Tarjeta.
• Comisión por la gestión y custodia de saldo. Se devengará por vencido con la periodicidad que en cada caso se establezca o, en su defecto, con carácter semestral por la gestión y custodia de los fondos almacenados en tarjetas caducadas transcurridos 12 meses desde la fecha de caducidad de la Tarjeta.
• Comisión por recargas. Se devengará y se hará efectiva por cada recarga realizada.
• Comisión por reintegros de efectivo en cajeros. Se devengará y se hará efectiva por cada operación de reintegro realizada. Dicha comisión se cargará contra los fondos de la Tarjeta. Cuando se devengue esta comisión “MoneyToPay” no tendrá derecho a percibir el importe de los datos por desembolso generados establecidos en el apartado 4.2.
• Comisión por reclamación de impagados: por la reclamación de cada posición deudora que resulte impagada se devengará por una sola vez una comisión de 30 € y se cargará contra los fondos almacenados en la Tarjeta.
4.2. Gastos por el reembolso de los fondos almacenados en la Tarjeta. Los gastos de reembolso se generarán y deberán hacerse efectivos en el momento de la solicitud del reembolso en efectivo con los límites establecidos en la condición general 2.6.
4.3. Otros gastos. En particular, podrán repercutirse al titular los gastos de correo por las comunicaciones que “ MoneyToPay” le remita en el marco de las relaciones contractuales concertadas y de los servicios relacionados o conexos, según las Tarifas Postales Oficiales vigentes en cada momento, salvo en el caso de notificación de modificación o resolución contractual o cuando así lo prohíba expresamente un norma legal.
Salvo indicación en contra por parte del contratante, éste consiente que tales envíos incluyan publicidad o comunicaciones comerciales siempre que por tal causa no se incremente el importe del gasto repercutido.
5. Obligaciones del contratante
Son obligaciones especiales del contratante, sin perjuicio de lo establecido en las restantes cláusulas:
a) Aceptar todas las órdenes de pago realizadas con las tarjetas, admitiendo como justificante de las mismas y de su importe, el que registre la propia Tarjeta, el que figure en los registros informáticos de “MoneyToPay” y los comprobantes emitidos por cualquier dispositivo habilitado para operar con tarjetas.
b) Comunicar sin tardanza injustificada a “MoneyToPay” cualquier orden de pago realizada mediante la Tarjeta no autorizada por sus titulares, y cualquier error o irregularidad que se detecte. Dicha comunicación podrá efectuarse en cualquiera de las oficinas de “MoneyToPay” en un plazo máximo de 13 meses desde la fecha del adeudo de dicha operación. Si el contratante ostente la condición de no consumidor, dicho plazo será de 15 días. Cuando el contratante solicite la devolución del importe de una orden de pago, será necesario que lo haga por escrito, debidamente firmado, dentro del plazo antes indicado, expresando el motivo de su solicitud de devolución y adjuntando la copia de la correspondiente denuncia presentada ante la autoridad competente, en caso de órdenes de pago no autorizadas o los documentos y/o información que justifiquen su pretensión, en los demás casos.
c) El cumplimiento de todas las obligaciones que para él se deriven de este contrato.
d) Cumplir con las siguientes obligaciones:
d.1) Firmar la Tarjeta de inmediato, si hay un espacio reservado al efecto, conservándola y usándola correctamente.
d.2) Mantener en secreto los números de identificación personal (PIN), sin anotarlos en la Tarjeta ni en documento que pudiera encontrarse con la Tarjeta, evitando que sean deducibles a partir de sus datos personales (Fecha de nacimiento, número de teléfono, etc.).
d.3) Tomar las precauciones necesarias a fin de evitar la sustracción, robo, falsificación o pérdida de la Tarjeta, En tales supuestos u otros de conocimiento del número de identificación personal por otras personas, contra su voluntad, comunicar el hecho a “MoneyToPay” sin dilaciones indebidas en cuanto tenga conocimiento de ello. Dicha comunicación podrá realizarse en todo momento de forma gratuita a través del teléfono que “MoneyToPay” tiene habilitado a tal efecto, cuyo número es 900505010, que asimismo puede consultarse en la página Web de MoneyToPay, xxx.xxxxxxxxxx.xxx en el espacio reservado a tal efecto en dicha página Web.
d.4) Devolver la Tarjeta a “MoneyToPay” cuando ésta se lo exija y destruirla cuando caduque o sea sustituida.
d.5) Cumplir con las condiciones de utilización de la Tarjeta que se establecen en la condición general núm. 2 “condiciones de uso” y con las instrucciones operativas para la lectura de la Tarjeta por los dispositivos mecanizados que, en cada caso, intervengan en el procesamiento de una orden de pago.
e) Dar a conocer a los titulares de las tarjetas, al menos, las condiciones de uso recogidas en la condición general 2ª, las obligaciones recogidas en la presente condición general y el régimen de responsabilidades establecido en la condición general 6ª siguiente.
f) Responder ante “MoneyToPay” por el incumplimiento de todas las obligaciones que para los titulares se deriven en este contrato y, en particular, de las contenidas en el apartado d) de la condición general 5.
g) Responder de la veracidad y corrección del nombre, apellidos y NIF de los titulares de las tarjetas.
6. Responsabilidades
En caso de que se ejecute una operación de pago no autorizada o de forma incorrecta, “MoneyToPay” responderá de la devolución de su importe, salvo que dicha operación de pago haya sido autenticada, registrada con exactitud y contabilizada y no se haya visto directamente afectada por un fallo técnico o cualquier otra deficiencia relevante.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, el contratante soportará, hasta un máximo de 150 euros, las pérdidas derivadas de operaciones de pago no autorizadas resultantes de la utilización la Tarjeta extraviada o sustraída que hayan sido realizadas con anterioridad a la comunicación a “MoneyToPay” prevista en el apartado d.3) de la condición general núm. 5 “obligaciones del contratante”. El contratante no soportará consecuencia económica alguna por la utilización, con posterioridad a dicha comunicación, de la Tarjeta extraviada o sustraída.
En ningún caso ,“MoneyToPay” se hará responsable de la devolución del importe de las órdenes de pago no autorizadas o ejecutadas incorrectamente, ni será de aplicación el límite de responsabilidad establecido en el párrafo anterior, cuando el contratante o el titular hayan actuado fraudulentamente o hayan incumplido de forma deliberada o por negligencia grave las condiciones establecidas en el presente contrato para el uso de las tarjetas y, en particular, las contenidas en la condición general núm. 5 “obligaciones del contratante”
7. Situaciones de impago
El importe de las obligaciones de pago vencidas a cargo del contratante se anotará en la Cuenta de la Tarjeta, incluso, si los fondos almacenados no son suficientes para atender su pago. El saldo obtenido devengará diariamente intereses de demora a favor de “MoneyToPay”, al tipo de interés nominal anual del 20,5%. Estos intereses se calcularán según la fórmula Id = (Se x n x id)/36.000, siendo “Id” el importe absoluto de los intereses, “Se” el saldo medio de la cuenta en el periodo, “n” los días del periodo e “id” el tipo de interés nominal anual en tanto por cien. Su liquidación se realizará por meses vencidos y su importe será capitalizado, de conformidad con el artículo 317 del Código de Comercio.
8. Información sobre las operaciones de pago
La información relativa a las operaciones de pago registradas en la cuenta de la tarjeta, (fecha, importe, beneficiario y cualquier otra que corresponda de acuerdo con la normativa legal vigente en cada momento), se incluirá en un extracto que podrá consultarse en cualquier momento desde cualquier Cajero automático perteneciente a la red comercial de “CaixaBank” y desde la página Web de MoneyToPay, xxx.xxxxxxxxxx.xxx.
9. Modificación de condiciones
“MoneyToPay” podrá instar la modificación de las condiciones del presente contrato mediante su comunicación individualizada al contratante en soporte duradero, (i) con un plazo de antelación de dos meses respecto a la entrada en vigor de dicha modificación, o bien (ii) cuando el contratante sea un no consumidor, con un plazo de antelación razonable respecto a la entrada en vigor de dicha modificación, mediante la publicación la página Web de MoneyToPay, xxx.xxxxxxxxxx.xxx o cualquier otro medio. No obstante lo anterior, se podrán aplicar de manera inmediata todas aquellas modificaciones que resulten más favorables para el contratante. En caso de disconformidad, el Contratante tendrá derecho a resolver el contrato, notificándolo antes de dicha fecha, subsistiendo, en su caso, hasta su completo pago, las obligaciones de las que fuese deudor.
10. Resolución del contrato.
10.1. Resolución voluntaria. Mientras se halle vigente alguna de las tarjetas emitidas al amparo del presente contrato, “ MoneyToPay” no podrá instar su resolución salvo lo dispuesto en el apartado siguiente 11.2 “Resolución Causal“. En su caso, para instar la resolución del contrato, “MoneyToPay” deberá comunicar su decisión al contratante con, al menos, dos meses de antelación a la fecha en que ésta vaya a tener efecto. Cuando sea el contratante quien inste la resolución del contrato, deberá comunicar a “MoneyToPay” su decisión con, al menos, un mes de antelación, siendo necesario, la previa devolución de las tarjetas asociadas y el pago de las cantidades, en su caso, adeudas. En cualquiera de los supuestos anteriores y respecto del precio de los servicios de devengo periódico, el contratante solo deberá abonar la parte proporcional adeudada hasta el momento en que la resolución tenga efectos. El exceso que, en su caso, “MoneyToPay” hubiere percibido por anticipado será reembolsado.
10.2. Resolución causal. Cada parte podrá resolver el contrato de tarjetas si la otra incumple las respectivas condiciones que lo rigen o impaga cualquier obligación líquida y exigible contraída en virtud del mismo. La resolución instada por “MoneyToPay”, implicará la exigibilidad inmediata de todo el débito que, en su caso, resultase a cargo del contratante.
11. Compensación convencional
El contratante autoriza irrevocablemente a “MoneyToPay” para compensar el importe de cualquier obligación vencida, ordinaria o anticipadamente, y no satisfecha, de la que fuese deudor frente a “MoneyToPay” en méritos del presente contrato, como obligado principal o como garante, con los fondos almacenados en cualquier otra Tarjeta emitida al amparo de este contrato o de cualquier otro suscrito con “MoneyToPay”.
12. Domicilio y comunicaciones
12.1. Domicilio y comunicaciones postales. Las comunicaciones y notificaciones que “MoneyToPay” dirija al contratante con motivo del presente contrato serán remitidas en soporte papel, en el mismo idioma escogido por el Contratante para formalizar el presente contrato, al domicilio designado por éste específicamente para la recepción de correspondencia en las condiciones particulares o, en su defecto, el que figura en los datos de contacto del contratante.
12.2. El Contratante se obliga a notificar a “MoneyToPay” por escrito cualquier cambio de domicilio. En todo caso, cualquiera que sea la forma de comunicación utilizada, y sin perjuicio de lo establecido por la normativa aplicable, el titular dispondrá de un plazo de quince días para manifestar su disconformidad con las operaciones o extractos objeto de comunicación, entendiéndose firmes y consentidos si transcurrido dicho plazo no hubiese formulado objeción alguna. No será obstáculo para esta conformidad tácita la alegación de la falta de recepción del documento o extracto cuando la misma no hubiese sido puesta de manifiesto transcurrido un plazo razonable desde que, según la práctica usual, debería haber sido recibida.
13. Cláusula especial para las tarjetas cuyos titulares son menores de edad
El contratante conjuntamente con el representante legal del menor titular de la Tarjeta, en caso de ser distintos, solicita especialmente a “MoneyToPay” que la Tarjeta a que se refiere este documento, sea expedida bajo la titularidad del menor, quien podrá efectuar por si solo las correspondientes disposiciones y compras, las cuales deberán considerarse como si se hubieran realizado por el propio contratante, quien responde ante “MoneyToPay” por las mismas, de conformidad con las condiciones del contrato.
El contratante y el representante legal, en su caso, se obligan a instruir adecuadamente al menor respecto al uso de la Tarjeta, a prestar una particular atención y vigilancia a la utilización que el titular haga de la Tarjeta y a advertir a “MoneyToPay” de cualquier incidencia o irregularidad que observen, a la vez que autorizan a esta entidad para que, en cualquier momento y sin necesidad de preaviso, pueda limitar o retirar al titular el uso de la Tarjeta.
El contratante manifiesta que las cantidades para cuya disposición mediante la Tarjeta autoriza al menor, constituyen el peculio que le asigna el propio contratante para que dicho menor pueda atender a sus gastos, en sustitución o complementariamente a las sumas de efectivo que el propio contratante le facilite a tal fin.
14. Ley aplicable, procedimientos de reclamación y medidas de salvaguarda de fondos recibidos de clientes.
14.1. “CAIXABANK ELECTRONIC MONEY, EDE, S.L.”, con NIF B65866105, es una entidad de dinero electrónico española constituida en Barcelona, en fecha 7 de septiembre de 2012, previa autorización del Ministerio de Economía y Hacienda y sujeta a la supervisión del Banco de España. Consta debidamente inscrita en el Registro Especial de Entidades de Dinero Electrónico del Banco de España. Su domicilio social se encuentra establecido en Madrid, en la xxxxx xx Xxxxxxxxx, 000, 00000, Xxxxxx.
14.2. El presente contrato está sujeto a la ley española y sometido a la competencia de los tribunales españoles con independencia del territorio donde puedan prestarse los servicios de pago. El domicilio informado por el contratante de conformidad con lo establecido en la condición general núm. 13 “domicilio y comunicaciones” se reputará cierto y válido para determinar la competencia de los Juzgados y Tribunales que tengan que conocer de las controversias que, en su caso, se susciten entre las partes con motivo del presente contrato.
14.3. El Contratante puede dirigir sus quejas o reclamaciones derivadas del presente Contrato al Servicio de Atención al Cliente de “CaixaBank”, en xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, 0-0 00000 Xxxxxxxx. Habiendo transcurrido dos meses desde la fecha de presentación de la reclamación sin que la misma haya sido resuelta, o si fue denegada su admisión o desestimada su petición, el Contratante podrá formular la misma ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España, xxxxx Xxxxxx, 00, 00000 Xxxxxx.
14.4. Los fondos recibidos para la emisión de dinero electrónico o para la prestación de servicios de pago no vinculados a dicha emisión, serán ingresados en una cuenta bancaria separada abierta en “CaixaBank” a nombre de “MoneyToPay” Mientras dichos fondos permanezcan en la cuenta separada, su titular gozará de un derecho de separación sobre dicha cuenta, de conformidad con la normativa concursal, respecto a posibles reclamaciones de otros acreedores de “MoneyToPay”.
14.5. Mientras el presente contrato permanezca vigente, el Contratante podrá solicitar a “MoneyToPay” una copia del mismo en papel o en soporte duradero.
15. Tratamiento de datos personales y comunicaciones comerciales electrónicas
15.1. Tratamiento de datos de carácter personal. Los datos de carácter personal del contratante y, en su caso, de quiénes suscriben el presente contrato en su nombre, se incorporarán en ficheros titularidad de “MoneyToPay” para ser tratados con la finalidad de dar cumplimiento al presente contrato y verificar la corrección de la operativa, pudiendo “MoneyToPay” conservarlos hasta que hayan prescrito las acciones derivadas del mismo.
15.2. Autorización para el envío de comunicaciones comerciales y cesión de datos. Salvo que se indique lo contrario en las Condiciones Particulares, o revocación ulterior, el contratante consiente expresamente:
a) El envío de comunicaciones comerciales en papel relativas a los productos y servicios que actualmente o en el futuro comercialice “MoneyToPay”, y relativas a productos y servicios de terceros cuyas actividades estén comprendidas entre las que luego se dirá.
b) La comunicación de sus datos identificativos y de contacto a Caixa d’ Estalvis i Pensions de Barcelona, con NIF G- 5889999/8, domicilio en la Xxxx. Xxxxxxxx 000-000 xx Xxxxxxxxx, y a las empresas y entidades en cuyo capital social o fundacional participe directa o indirectamente Caixa Estalvis i Pensions de Barcelona, para que estas puedan dirigirle comunicaciones comerciales en papel y por medios electrónicos sobre los productos y servicios propios de sus respectivas actividades, comprendiendo las bancarias, de servicios de pago, inversión y asegurador, tenencia de acciones, capital riesgo, inmobiliarias, viarias, de venta y distribución de bienes y servicios de consumo, de servicios de consultoría, ocio y benéfico-sociales, así como la comunicación de sus datos por dichas entidades a CaixaBank S.A. con las finalidades previstas en a) y c).
c) El envío por “MoneyToPay” de comunicaciones comerciales por medios electrónicos relativas a los productos y servicios que actualmente o en el futuro comercialice y relativas a productos y servicios de terceros cuyas actividades estén comprendidas entre las que antes se ha hecho mención.
d) La aplicación de técnicas estadísticas para la elaboración de perfiles y segmentación de datos al objeto de que las comunicaciones comerciales a que se refieren las anteriores letras a) b) y c) se efectúen con criterios de previa selección.
15.3. Ejercicio de derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. El contratante podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación de datos, así como oponerse a su tratamiento de acuerdo con la Ley. Para ejercitar estos derechos deberá dirigirse a cualquiera de las oficinas de “CaixaBank” o a su sede social sita en la xxxxx xx Xxxxxxxxx, 000, 00000, Xxxxxx.
15.4. Comunicación de datos a autoridades u organismos oficiales de otros países. Se informa a su vez de que las entidades de crédito y demás proveedores de servicios de pago, así como los sistemas de pago y prestadores de servicios tecnológicos relacionados a los que se transmitan los datos para llevar a cabo transacciones pueden estar obligados por la legislación del Estado donde estén situados, o por acuerdos concluidos por éste, a facilitar información sobre las transacciones a las autoridades u organismos oficiales de otros países, situados tanto dentro como fuera de la Unión Europea, en el marco de la lucha contra la financiación del terrorismo y formas graves de delincuencia organizada y la prevención del blanqueo de capitales.
15.5. Tratamiento de datos de terceros. Los datos personales de terceros que “MoneyToPay” reciba del contratante para el cumplimiento de los servicios de pago que le soliciten, serán tratados única y exclusivamente con dichos fines y no se comunicarán a terceros salvo en los casos en que la naturaleza del servicio implique necesariamente dicha comunicación, la cual se limitará a la finalidad expresada. “MoneyToPay” mantendrá el secreto sobre los referidos datos y aplicará las medidas de seguridad legalmente exigibles.
15.6. Comunicación de datos a ficheros de cumplimiento o incumplimiento de obligaciones dinerarias. Se informa a las personas que son parte en este contrato que, en caso de impago de cualquiera de las obligaciones derivadas del mismo, los datos relativos al debito podrán ser comunicados a ficheros de cumplimiento o incumplimiento de obligaciones dinerarias.
16. Aplicación preferente de las condiciones contractuales
A los efectos de lo dispuesto en este contrato se entenderá por “No Consumidor” al contratante que actúe en el ámbito desde su actividad profesional o empresarial al suscribir el presente contrato.
En el caso de que el contratante actúe como “No Consumidor” y siempre la normativa reguladora de los servicios bancarios y de pago lo permita, los pactos recogidos en las presentes condiciones de contratación tendrán preferencia sobre el régimen general que resulte de dicha normativa.
17. Desistimiento
En caso de que el presente contrato se celebre a distancia, y siempre que su titular ostente la condición de consumidor, éste podrá ejercer, sin motivación alguna, el derecho de desistimiento del contrato en el plazo de 14 días naturales desde su firma. En caso de no ejercer el derecho de desistimiento en el citado plazo, éste se entenderá caducado y sin efecto. El Contratante podrá ejercer su derecho a través del mismo medio en el que haya realizado la contratación. Según lo establecido en la legislación vigente, un a vez el titular haya ejercitado el derecho de desistimiento, “MoneyToPay” devolverá las cantidades que haya podido recibir del titular, salvo aquellas cantidades que correspondan a la parte proporcional del servicio que se haya prestado. De igual modo, el titular devolverá cualquier cantidad que haya percibido de “MoneyToPay”. Las partes se devolverán las cantidades antedichas a la mayor brevedad y, en todo caso, dentro de un plazo máximo de 30 días.
El Contratante podrá ejercer su derecho a desistir del contrato mediante el envío de un correo electrónico a la dirección xxxx@xxxxxxxxxx.xxxxx el que se indique la numeración del contrato a desistir el nombre y apellidos, DNI y un teléfono de contacto. En cualquier caso, será necesario que el Contratante devuelva las Tarjetas a través de un envío prefranqueado dirigido a “MoneyToPay”.