PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR PARA LA CONTRATACIÓN POR CONCURSO DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO, RENOVACIÓN, LIMPIEZA Y MEJORA DE JARDINERÍA, INCLUYENDO CÉSPEDES Y PRADERAS, PLANTACIONES, JARDINERAS EXTERIORES Y PLANTAS INTERIORES,...
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR PARA LA CONTRATACIÓN POR CONCURSO DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO, RENOVACIÓN, LIMPIEZA Y MEJORA DE JARDINERÍA, INCLUYENDO XXXXXXXX Y PRADERAS, PLANTACIONES, JARDINERAS EXTERIORES Y PLANTAS INTERIORES, ASÍ COMO EL DESBROCE DE LOS CAMINOS REQUERIDOS EN EL MUNICIPIO DE DERIO.
Índice
OBJETO DEL CONTRATO. ESPECIFICIACIONES TÉCNICAS GENERALES 5
ALCANCE Y EXTENSIÓN DEL CONTRATO 5
Artículo 2.1. Alcance y Extensión 5
Artículo 2.2. Personal y Medios Materiales 6
Artículo 2.4. Normativa de Aplicación y Referencia 6
MATERIA DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO 8
Artículo 3.1. Materia de conservación y mantenimiento xx xxxxx. 8
Artículo 3.2. Las instalaciones y jardines actuales y futuros 8
Artículo 3.3. Unidades de Ejecución 9
DESCRIPCIÓN DE LAS LABORES DE CONSERVACION 11
Artículo 4.1. Conservación xx xxxxxxxx y praderas. 11
Artículo 4.2. Conservación de las jardineras exteriores y plantas de interior. 16
Artículo 4.3. Conservación de las plantaciones. 18
Articulo 4.4. Desbroce de caminos de titularidad municipal 23
Artículo 4.5. Otras actuaciones 24
Artículo 4.6. Trabajos inadecuados o no realizados 25
Artículo 5.1. Obligaciones del contratista 26
Artículo 5.2. Sistema integrado de gestión de calidad y medio ambiente 27
Artículo 5.3. Servicios de urgencia y emergencia 27
Artículo 5.5. Gestión de Residuos 29
Artículo 5.6. Programación Anual, Mensual e Informes 31
Artículo 5.7. Deficiencias en la ejecución del contrato – Niveles de Servicio 33
PERSONAL Y DEMÁS ELEMENTOS QUE COMPRENDE EL CONTRATO 35
Artículo 6.1. Personal a aportar 35
Artículo 6.2. Obligaciones a cumplir en cuanto al personal 37
Artículo 6.3. Subrogación del personal 41
Artículo 6.4. Medios materiales 42
Artículo 6.5. Vehículos y Maquinaria 42
Artículo 6.6. Instalaciones fijas 44
Artículo 6.8. Suministro de materiales 45
Artículo 6.9. Rotulación vestimenta y vehículos 46
Artículo 6.10. Seguridad y Salud 46
DIRECCIÓN E INSPECCIÓN DE LOS TRABAJOS 48
Artículo 7.1. Inspección de los trabajos 48
Artículo 7.2. Dirección de los trabajos 48
TRABAJOS Y SUMINISTROS VARIOS 50
SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL 51
PLAZO DE GARANTÍA EN LAS PLANTACIONES, MATERIALES Y SERVICIOS. BAJAS Y ELEMENTOS A CARGO DEL CONTRATISTA Y DEL AYUNTAMIENTO. OTRAS PRESTACIONES 52
Artículo 10.1. Plazo de garantía en las plantaciones, materiales y servicios. 52
Artículo 10.2. Plantación y/ reposición. Elementos y otras prestaciones 53
INVENTARIO Y PROGRAMA ANUAL DE LOS TRABAJOS 56
CONTROL DE LAS OBLIGACIONES Y SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO 00
XXXXX 0 – PERSONAL SUBROGABLE 00
XXXXX 0 – TABLAS PRECIOS UNITARIOS 00
CAPÍTULO I
OBJETO DEL CONTRATO. ESPECIFICIACIONES TÉCNICAS GENERALES.
Artículo 1.1. Objeto
El objeto de este pliego de condiciones técnicas es la adjudicación del Servicio de mantenimiento, renovación, limpieza y mejora de jardinería, incluyendo xxxxxxxx y praderas, plantaciones, jardineras exteriores y plantas interiores, así como el desbroce de los caminos requeridos en el Municipio de Derio.
Este Servicio se ejecutará con métodos, prácticas y productos respetuosos para el medio ambiente y la salud laboral, e incluirá entre otros la correcta gestión de los residuos generados.
Se tendrá en cuenta el compromiso del Ayuntamiento de Derio a favor de la sostenibilidad, reflejado en el convenio de colaboración para la constitución de Udalsarea 21 (Red Vasca de Municipios hacia la Sostenibilidad) para la regulación de todos aquellos aspectos que vayan a generar impacto en materia de sostenibilidad y calidad ambiental.
CAPÍTULO II
ALCANCE Y EXTENSIÓN DEL CONTRATO.
Artículo 2.1. Alcance y Extensión
El alcance y extensión del contrato comprende las labores y trabajos de mantenimiento, renovación, limpieza y mejora de todas aquellas zonas ajardinadas e instalaciones, incluyendo los xxxxxxxx y praderas, jardineras exteriores y plantas de interior, así como las plantaciones, además de los desbroces laterales de los caminos municipales, reflejados en el Anexo 1 de acuerdo al detalle de los trabajos y frecuencia previstos en el presente Pliego de Condiciones.
Sin embargo, el Ayuntamiento de Derio se reserva el derecho y la posibilidad de encargar al contratista el mantenimiento puntual de otras zonas y áreas hasta un incremento del 7%, ante posibles necesidades inesperadas del servicio. En el caso de haber decremento de los servicios estipulados, se reducirá proporcionalmente el importe a facturar.
Por tanto, durante el servicio, se podrán realizar tantas revisiones como sean necesarias para ajustar el servicio adecuadamente (debido a modificaciones de las zonas verdes e instalaciones de Derio) a fin y efecto de mejorar el servicio, dando de baja aquellas zonas que se consideren oportunas por parte del Ayuntamiento.
Asimismo, el Ayuntamiento de Derio se reserva el derecho a no ejecutar aquellos trabajos que considere convenientes, o a reducir sus frecuencias, sin que ello comporte compensación alguna al contratista por la no ejecución de los mismos.
Es responsabilidad de la empresa adjudicataria el mantenimiento (limpieza y desbroce, reposición, poda, así como el trasplante de arbolado y plantación de nuevo arbolado) de las zonas ajardinadas y de los caminos municipales, así como los tratamientos fitosanitarios, redes viarias y calles que se describen en el Anexo 1 del presente Pliego en perfecto estado técnico funcional, ornamental y visual de acuerdo con los condiciones particulares que se establecen.
En el Anexo 1 del inventario, se señalan igualmente el número mínimo de intervenciones a realizar, incluyéndose aquellos que se hubiesen omitido por error.
Artículo 2.2. Personal y Medios Materiales
Para los trabajos de conservación, se contrata específicamente la mano de obra necesaria para la formación de los equipos de conservación, así como la maquinaria, transportes, materiales, herramientas y otros utensilios precisos para el cumplimiento de los trabajos y operaciones que en orden lógico y práctico del buen oficio sean necesarias realizar o disponer, considerándose incluido en el precio ofrecido, aunque no estén expresamente señalados.
Artículo 2.3. Suministros
Todos los suministros x xxxxxx de materiales, se controlarán en los sitios y en las condiciones que fije el Ayuntamiento. En todos los casos que el Ayuntamiento lo requiera, el contratista aportará análisis o ensayos del material suministrado sin cargo de ninguna clase. En todo caso el Ayuntamiento indicará el tipo, características y condiciones de un determinado suministro, si lo cree conveniente, circunstancia que habrán de seguir los concesionarios, o bien realizar las gestiones para conseguirlo en un plazo razonable.
Artículo 2.4. Normativa de Aplicación y Referencia
Entre el extenso conjunto Normativo de aplicación en este tipo de contratos, se toman unas normas de referencia para que el servicio público específico sobre los espacios verdes se desarrolle con criterios de calidad y sostenibilidad.
Además de lo que se expone en el presente Pliego y la legislación vigente que afecte a las Corporaciones Locales, serán aplicables:
Directiva 2004/18/EC de 31 xx Xxxxx del Parlamento Europeo y el Consejo, sobre la coordinación de los procedimientos de adjudicación de contratos públicos de obra, suministro y servicio.
R.D.L. 3/2011, de Contratos del Sector Público.
Decisión 2006/732 CE de la Comisión de 27 Oct. (Equipos de jardinería - Trituradoras/picadoras de restos de poda motorizadas- Seguridad de conformidad con la Directiva 98/37 CE).
Junto a esta normativa de referencia será de aplicación toda la legislación que afecta a los condicionantes técnicos de los procesos y materiales empleados en el mantenimiento de los
espacios verdes, como legislación sobre protección del medioambiente, impacto ambiental, energía, residuos, seguridad y salud laboral, accesibilidad, protección de suelos, plaguicidas, abonos y fitosanitarios, y cuantas prescripciones figuren en las Ordenanzas Municipales, Normas, Instrucciones o Reglamentos oficiales que sean de aplicación a este servicio.
Xxxxx, decretos, órdenes y normativas sobre seguridad y salud en el trabajo.
Leyes, decretos, órdenes y normativas sobre gestión de residuos.
Ley 3/1998, de 27 de febrero, general de protección del medio ambiente del País Xxxxx (LMA).
Método de valoración del arbolado ornamental “Norma Granada”. Asociación Española de Parques y Jardines Públicos. MAB-UNESCO (revisión 2008).
Ordenanzas municipales de Civismo, Ordenanza de Parques y Jardines, Catálogo Municipal de elementos Urbanos, Plan de sostenibilidad Ambiental y cuanta normativa municipal sea de aplicación a lo largo de la vigencia del contrato.
Otra legislación de ámbito europeo, estatal y autonómico aplicable.
CAPÍTULO III
MATERIA DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO.
Son objeto del contrato el mantener y conservar las zonas verdes, jardines, jardineras, arbolado alineación y caminos municipales de las áreas descritas en el Anexo 1, abarcando:
Jardinería exterior en calles, plazas y parques.
Jardineras exteriores y plantas de interior de las dependencias incluidas.
Red xx xxxxx.
Caminos municipales.
Artículo 3.1. Materia de conservación y mantenimiento xx xxxxx.
Son objeto del contrato el mantener y conservar las instalaciones reflejadas en el Anexo 1, así como aquellas que, durante la vigencia del contrato, el Ayuntamiento de Derio acordase incluir.
El contratista asumirá el mantenimiento preventivo, predictivo y correctivo de todos los vehículos y materiales adscritos al servicio, así como los consumibles necesarios durante todo el periodo contractual, para garantizar la perfecta prestación del servicio.
Del mismo modo, todas las herramientas aportadas al servicio se tendrán que encontrar en perfecto estado de conservación y limpieza en todo momento a partir del día de inicio del contrato.
Así mismo, la red xx xxxxx de cada espacio verde será utilizada por los contratistas bajo su responsabilidad en cuanto al mantenimiento y conservación, y serán responsables del buen uso del agua aportada. En esta red xx xxxxx se incluyen las tuberías, las válvulas xx xxxxx manuales, la valvulería general, los aspersores, difusores, pasadores de tubos, bocas xx xxxxx, arquetas de válvulas, etc.
El contratista tendrá que detectar y arreglar con urgencia los posibles escapes que se puedan presentar en la instalación xx xxxxx. En el caso de que la rotura sea por un factor externo, el responsable se hará cargo de la reparación.
Es responsabilidad del Ayuntamiento el suministro del agua xx xxxxx a pie de acometida.
Artículo 3.2. Las instalaciones y jardines actuales y futuros
3.2.1. El adjudicatario recibirá las instalaciones en su estado actual al comienzo de la actividad del contrato, sin que pueda aducir ningún inconveniente o reparo por ello; los licitadores previamente podrán visitar las instalaciones para su estudio, con la debida autorización y sin interferir en absoluto con su funcionamiento.
3.2.2. El total de las zonas ajardinadas a conservar se detallan en el Anexo 1, en el que se relacionan las superficies y elementos individuales del total de zonas verdes del Ayuntamiento.
3.2.3. Se fija como espacio total a conservar la suma resultante de la medición individual de cada una de las zonas verdes a conservar, señaladas en el Anexo 1, así como el mantenimiento puntual de otras zonas y áreas hasta un incremento del 7%, tal y como se ha mencionado con anterioridad.
El adjudicatario podrá formular en el plazo de tres meses naturales desde el inicio de la vigencia del contrato, por escrito, las observaciones y reparos que considere oportunas con respecto a las mediciones que aparecen en el presente pliego, las cuales una vez comprobadas por el Ayuntamiento se tendrán en cuenta para modificar el cuadro de superficies del Anexo 1. Transcurrido este plazo se considerará improcedente cualquier reclamación dimanante de la medida exacta de las superficies fijadas para cada zona verde.
3.2.4. El adjudicatario estará obligado a admitir para su conservación las zonas verdes de nueva creación y el arbolado, que con motivo de obra nueva, ampliaciones, recepciones, adquisiciones, regeneraciones, etc. que realice el Ayuntamiento de Derio, incrementen, más allá del 7% mencionado en el Artículo 2.1., la superficie o unidades objeto de esta contratación, en las mismas condiciones y a los mismos precios unitarios que el resto de la adjudicación.
3.2.5. Cualquier variación en el número de unidades de obra por cambios en el uso de las superficies, usos temporales distintos, o muertes de plantas, será reflejada en el inventario y, en caso de exceder el 7% de margen ampliable mencionado con anterioridad, provocarán una modificación del importe a percibir por el contratista. Por ello, en la oferta a presentar en la publicación de este pliego al Ayuntamiento de Derio, el licitador deberá presentar los precios unitarios de los servicios indicados en el Anexo 3 que serán los que se apliquen al importe a cobrar en caso de que se produjera una ampliación de más de un 7% de los servicios contratados.
Al comienzo del servicio, el adjudicatario deberá realizar un inventario con las unidades xx xxxx, arbustos, setos, árboles y jardineras, así como los m2 de rocallas y macizos arbustivos, etc. con el fin de disponer de un inventario completo en este aspecto.
Además, semestralmente, se procederá a actualizar este inventario junto con el adjunto en el Anexo 1, incrementando o reduciendo las unidades afectas al mantenimiento. La empresa adjudicataria deberá comunicar al Ayuntamiento de Derio estas variaciones mediante los partes establecidos a tal fin.
Artículo 3.3. Unidades de Ejecución
Los tipos de unidades de ejecución que comprende el presente contrato son las que se describen en el inventario de xxxxx xxxxxx xxx Xxxxx 0. El mismo se ha confeccionado atendiendo las citadas unidades de ejecución y servirá de referencia para distinguir el criterio aplicado en cada caso. No se admitirá el cambio de elementos contemplados en una unidad de ejecución a ejecución.
El criterio seguido para medir superficies de césped ha sido sin descontar arbolado, por lo que no se considera mantenimiento para el alcorque de dicho árbol o arbusto. Dentro de un mismo tipo de unidad de obra, existen diferentes especies y variedades de árboles que comportarán trabajos de conservación distintos, principalmente en cuanto a podas y plagas se refiere.
El adjudicatario, dentro de cada tipo de unidad de ejecución, debe considerar una media del trabajo total, porque al valorar las unidades de ejecución, el precio unitario es único para los distintos tipos que componen la unidad, y a ese precio se deberán mantener las nuevas altas, sean del tipo que fueran.
CAPÍTULO IV
DESCRIPCIÓN DE LAS LABORES DE CONSERVACION.
El conjunto de trabajos que han de realizarse para conservar las zonas ajardinadas en perfecto estado botánico, técnico, sanitario, funcional y ornamental serán los siguientes:
Artículo 4.1. Conservación xx xxxxxxxx y praderas.
El mantenimiento de los xxxxxxxx y las praderas comprenderá los siguientes trabajos:
a) Xxxxxx.
b) Riegos.
c) Recorte de los bordes.
d) Eliminación de malas hierbas o escarda.
e) Tratamiento herbicida preventivo en orillas y alcorques.
f) Aireación y escarificación.
g) Recebado.
h) Resiembra.
i) Fertilización.
j) Tratamientos fitosanitarios.
4.1. a) Xxxxxx.
La siega se realizará con la frecuencia precisada, con objeto de que la hierba no llegue a tener una altura tal que estética y fisiológicamente suponga un perjuicio para el césped, y pueden fijarse por los servicios técnicos del Ayuntamiento las alzadas máximas admisibles para cada tipo de césped.
Se incluye en este apartado la siega de zonas verdes hierba nacida, que pueda considerarse como pradera, sin que haya sido sembrada de césped.
Para que la siega sea correcta, se atenderá a las siguientes normas:
Se evitará segar el césped cuando este mojado o húmedo.
Se alternará el sentido y la dirección xx xxxxx.
Se revisarán y mantendrán las cuchillas xx xxxxx en buenas condiciones y con un afilado correcto, realizando así un corte limpio y no desgajando las plantas.
Se limpiarán los cortacéspedes con agua a presión y una solución fungicida para evitar la difusión de las enfermedades, como mínimo una vez al mes.
Se variarán siempre, y progresivamente, las alturas xx xxxxx.
El corte de césped incluirá los encuentros de las zonas ajardinadas con bordillos, muretes, pavimentos, etc. de tal forma que el césped no invada las obras de fábrica.
Comprende también este trabajo, el rastrillado, la limpieza y retirada de los productos sobrantes, y los que caigan en los viales, a vertedero controlado o gestor autorizado.
Se realizará con la frecuencia precisa para que la hierba no alcance una altura tal que estética y fisiológicamente suponga un perjuicio para el césped. De modo general, la altura del césped será de 3 a 5 cm.
A título orientativo, en el inventario del Anexo 1 se establecen las siegas anuales a realizar a cada unidad de ejecución.
4.1. b) Riegos
Los elementos vegetales se regarán con la frecuencia aconsejable según la época del año, dependiendo de las condiciones edafo-climatológicas y de las especies existentes, de forma que todos los elementos vegetales encuentren el suelo con el porcentaje de agua útil necesario para su normal crecimiento y desarrollo.
Los riegos se realizarán mediante las instalaciones fijas dispuestas a tal fin.
El contratista deberá poner los medios para que estas zonas se rieguen adecuadamente.
El mantenimiento y conservación de la instalación xx xxxxx es obligación de la empresa adjudicataria, por lo que no puede alegar intervalos de falta xx xxxxx excesivos por averías. Ante cualquier fallo de la instalación xx xxxxx la empresa adjudicataria deberá proceder al control xxx xxxxx para evitar cualquier déficit hídrico.
Las frecuencias y tiempos xx xxxxx los establecerá la empresa adjudicataria bajo la aprobación de los servicios técnicos del Ayuntamiento.
El agua consumida será a cargo del Ayuntamiento, debiendo el adjudicatario no utilizar más agua que la estrictamente necesaria para el riego, teniendo cuidado de que no se produzcan pérdidas de agua por bocas xx xxxxx mal cerradas, fallos en las válvulas, o cualquier otro motivo.
Los trabajos xx xxxxx se realizarán prioritariamente en la época estival prestando especial atención al arbolado, jardineras y superficies cultivadas con plantas, arbustos y vivaces.
Si el contratista deseara modificar el sistema xx xxxxx o introducir cambios a su xxxxx, con el exclusivo objetivo de mejorar las condiciones del servicio, deberá contar con la expresa autorización escrita del Técnico Responsable del Ayuntamiento previa solicitud y exposición de los trabajos a realizar.
4.1. c) Recorte y perfilado de los bordes.
En los limites de las zonas de césped y con objeto de que estas no invadan las zonas de caminos, parterres xx xxxxxx y vivaces, se realizará periódicamente un recorte de bordes de la superficie encespedada arrancando la parte sobrante, incluso las raíces.
Este trabajo se realizará con máquina de cortabordes equipada con hilo de nylon, a lo largo de todo el perímetro de las áreas de césped.
Se prestará especial atención para asegurar que el hilo de la desbrozadora manual no dañe los troncos de las plantas establecidas dentro de las áreas de césped.
4.1. d) Eliminación de malas hierbas o escarda.
La escarda o arranque de malas hierbas del césped deberá hacerse en cuanto desmerezca su aspecto. La eliminación podrá hacerse de forma manual o bien utilizando herbicidas selectivos, en este último caso, será la propia Dirección Facultativa del Ayuntamiento, la que autorizará la aplicación del herbicida selectivo propuesto, que garantice la supervivencia de las especies utilizadas en la siembra y las demás plantas que componen el jardín.
Se establece una frecuencia anual de cuatro actuaciones.
4.1. e) Tratamiento herbicida preventivo en orillas y alcorques.
Con el fin de disminuir la frecuencia de estas intervenciones, mejorar los resultados y evitar los contactos con los troncos, el mantenimiento se acompañará de un perfilado químico, con herbicidas apropiados que serán sometidos a la aprobación por los Servicios Técnicos del Ayuntamiento. El contratista esta obligado a realizar todas las aplicaciones que fuesen necesarias en función de la efectividad de los herbicidas y aplicaciones que lleven a cabo.
En cualquier caso se emplearán los herbicidas más respetuosos con el medio ambiente y se atacará cualquier brote de mala hierba que aparezca en los campos.
4.1. f) Aireación y escarificación.
Consiste en la rotura de la capa de superficie del césped. Normalmente esta superficie está constituida por el tach, procedente de los restos de siegas anteriores que se han ido acumulando encima del suelo e impide la correcta penetración del agua y del aire.
Esta operación se ha de realizar inmediatamente después de la siega, debiéndose extraer y evacuar los trozos obtenidos mediante esta operación.
Para la realización de esta operación se han de tener en cuenta la distribución de los servicios e instalaciones, especialmente los sistemas xx xxxxx enterrados, las raíces de árboles y arbustos para evitar dañarlas.
Se procederá a la escarificación cuando la capa de tach sea demasiado gruesa para permitir la libre circulación del agua, nutrientes y aire y cuando disminuya la resistencia del césped al pisoteo, altas temperaturas, a la falta de agua y a las plagas y enfermedades. Se establece que nunca debe de existir una capa mayor de 25 mm.
La escarificación se ha de hacer sobre xxxxxxxx secos y preferentemente durante el periodo principal de crecimiento, en condiciones atmosféricas favorables a fin de que se puedan recuperar.
Además, se realizará una aireación en profundidad o “Sacabocados” al menos una vez al año y como norma general en primavera. Se pasará por el césped un aireador procediéndose a continuación al recebo con mantillo o turba y arena. Se deben extraer y evacuar los fragmentos producidos por la aireación antes de proceder a la operación de recebo. Este tratamiento se realizará en aquellas zonas verdes que los servicios técnicos consideren oportuno.
4.1. g) Recebado.
Después de las operaciones de referencia del apartado f) y debido al uso, erosión o compactación se habrá de realimentar el césped. Esta operación se llevará a cabo, con una mezcla de humus y arena, que rellene todos los huecos, dejando al descubierto las puntas de la hierba recién cortada. A continuación del recebado deberá pasarse el rodillo.
El llenado de los distribuidores superficiales se ha de realizar fuera de la superficie de césped para evitar cualquier aporte puntual excesivo.
4.1. h) Resiembra
En las zonas de césped que, por siembra defectuosa o por desgaste posterior se produzcan claros, deberá realizarse el resembrado, con las mismas mezclas que la siembra primera. Para realizar la resiembra previamente se procederá a realizar las tareas f) y g).
El adjudicatario vendrá obligado a resembrar anualmente el 10% de la superficie de césped de las zonas verdes objeto del contrato, de acuerdo con el criterio del Servicio de Parques y Jardines.
4.1. i) Fertilización
Se trata de los nutrientes que el arbolado, arbustos, jardineras y xxxxxxxx no pueden obtener del terreno y que se aportarán en formato de fertilizante orgánico o mineral. Se limitará su uso a las necesidades, arbustos, arbolado, jardineras y xxxxxxxx que lo necesiten para incrementar su crecimiento y valor estético.
Los fertilizantes serán de liberación lenta, siendo la época de aplicación en Otoño, así como cuando por circunstancias excepcionales se reciba la orden por escrito de su realización.
Cuando el abonado se realice sobre zonas arbustivas, arbolado de alineación, setos, macizos xx xxxx, vivaces, se realizará previamente un sallado de la zona y riego posterior.
Las dosis a utilizar variarán en función del tipo de abono, siempre con productos comerciales y según las recomendaciones de los fabricantes.
4.1. j) Tratamientos fitosanitarios.
Comprende los tratamientos contra insectos y plagas animales y los preventivos contra hongos, cuyas poblaciones y condiciones ambientales los constituya una amenaza para las plantas presentes en los jardines. Los productos empleados serán los apropiados para cada problema y dentro de ellos procurará emplear los menos nocivos, que no constituyan una amenaza para las personas que disfruten de los jardines ni para el medio ambiente.
Periódicamente, se tienen que examinar las afecciones de plagas y enfermedades que inciden en el estado de las plantas y se tienen que adoptar las medidas adecuadas para controlarlas siguiendo los criterios siguientes:
Se tiene que evitar la proliferación de plagas y enfermedades de acuerdo con una buena planificación y ejecución de las tareas culturales que pueden ayudar a evitarla.
Se tiene que minimizar el uso de productos plaguicidas de acuerdo con una planificación de lucha integrada.
Cuando sea necesario, se tienen que utilizar los productos menos tóxicos y evitar el uso de productos clasificados como mucho tóxicos.
Una vez detectada una plaga, se procederá a intervenir en un periodo máximo de 7 días naturales. El tratamiento debe ser comunicado previamente y por escrito al Servicio Técnico del Ayuntamiento, con un parte fitosanitario, indicando la fórmula (composición, toxicidad, plazo de seguridad y marca comercial), método y dosificación del producto a emplear en cada caso, para su aprobación. Al finalizar el tratamiento, se comunicará nuevamente por escrito la actuación llevada a cabo (plantas tratadas, volumen aplicado, duración de la aplicación, etc.), con indicación de las incidencias acaecidas (problemas con los usuarios, presencia o ausencia de viento, lluvia, etc.), y el personal que ha realizado las intervenciones.
Todas estas labores estarán supervisadas por el equipo técnico de la empresa, se realizarán en horas que perturben lo mínimo posible la actividad ciudadana y fuera del horario lectivo en la medida de lo posible. Los aplicadores tendrán la cualificación adecuada para la manipulación y aplicación de estos productos
El adjudicatario quedará obligado a realizar cuando sea necesario, en las fechas oportunas los tratamientos preventivos de cualquier enfermedad o plaga que pudiera aparecer, así como aquellos otros encaminados a combatir hasta su total extinción la enfermedad o plaga una vez desarrollada. En la aplicación de estos tratamientos, se utilizarán medios, productos y procedimientos modernos, eficaces y no tóxicos, ni molestos para las personas, ni para la fauna xxxxxxxxx de las zonas objeto de plaga.
Las horas de tratamiento deberán ser tales que no causen perjuicios al vecindario y siempre en ausencia de viento.
El licitador presentará un Plan de Control Integral de Plagas detallando el tratamiento (preventivo, mecánico, térmico, biológico) y que se valorará en los criterios de adjudicación. También se detallarán los productos a utilizar específicos para cada caso. El tratamiento se hará según el plan y cuando las condiciones climáticas sean adecuadas.
Normativa de cumplimiento obligatorio
Hay que tener en cuenta la normativa de cumplimiento obligatorio de los productos plaguicidas. Por tanto, hace falta que la empresa y los empleados que manipulen productos plaguicidas tengan experiencia y formación en esta especialidad, de acuerdo con los puntos siguientes:
La empresa contratista sólo puede aplicar productos plaguicidas a terceros cuando esté inscrita en el registro oficial de establecimientos y los servicios plaguicidas del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca y el Departamento de Sanidad y Seguridad Social del País Xxxxx.
En el caso de los suelos, se realizará un análisis físico y químico del suelo en laboratorios reconocidos de la Diputación Xxxxx de Bizkaia u otros homologados. Estos análisis se llevarán a cabo antes de proceder a los tratamientos fitosanitarios y con el objeto de obtener un diagnóstico exacto del estado del mismo.
El gestor del servicio, como persona responsable de la empresa contratista de los trabajos de mantenimiento, tiene que poseer el carné de manipulador de productos fitosanitarios según ORDEN de 21 xx xxxxxx de 2006, del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se regula la acreditación de la capacitación para realizar tratamientos con plaguicidas de uso agrícola y se dictan las normas para la organización, homologación y convalidación de cursos.
Los encargados de tratamientos plaguicidas tienen que acreditar la experiencia en la preparación y aplicación de productos plaguicidas para la defensa vegetal. Además, tienen que estar en posesión del carné de aplicador de tratamientos fitosanitarios («nivel básico»).
Artículo 4.2. Conservación de las jardineras exteriores y plantas de interior.
El mantenimiento de las plantas de interior comprenderá los siguientes trabajos:
a) Riegos y limpieza.
b) Limpieza mensual.
c) Revisión ocular y plan de sustitución.
d) Fertilización.
e) Remoción y recebado de sustrato.
f) Cambio de sustratos.
g) Tratamientos fitosanitarios.
4.2. a) Riegos y limpieza.
Con la frecuencia necesaria según estación, se procederá al riego de todas las plantas. Esta será como mínimo quincenal, y se retirará a la vez cualquier hierba que aparezca en los maceteros, cuerpos extraños, hojas y/o plantas muertas.
En concreto para las jardineras:
Se realizará de forma unitaria y manual, con boquilla tal que impida la compactación de la tierra así como la disgregación del sustrato por el choque del chorro con dicha tierra y con una asiduidad tal que asegure la humedad necesaria para un correcto desarrollo del sistema radicular del material vegetal existente.
Este riego irá acompañado con sallo previo y se podrán utilizar elementos humificadores, tales como humectantes, siliconas hidroscópicas, etc. que mantengan y mejoren la humedad.
4.2. b) Limpieza mensual.
Con carácter mensual procederá a la limpieza del polvo de las hojas y de los maceteros y posteriormente tratara las plantas con productos apropiados para realzar las condiciones visuales de las plantas.
4.2. c) Revisión ocular y plan de sustitución.
Una vez al mes, los servicios técnicos del adjudicatario, junto con los del Ayuntamiento, realizarán la supervisión de todas las plantas de interior, identificando las que no presenten un estado satisfactorio para su función ornamental. Éstas serán sustituidas a cargo del adjudicatario en el plazo de 7 días naturales.
Las plantas se sustituirán con cargo al contratista las veces que fuese necesario para mantener su función estética.
4.2. d) Fertilización.
Trimestralmente, se procederá a la fertilización de las macetas con un fertilizante de liberación controlada y en la dosis apropiada según dimensión del contenedor y tamaño de la planta.
Previamente a realizar esta fertilización, se realizará un sallado de la superficie.
4.2. e) Remoción y recebado de sustrato.
Dos veces al año se retirará el sustrato de la parte superior de las macetas, sin dañar a las raíces, y se aportará un nuevo sustrato virgen de calidad, aprobado previamente por los Servicios Técnicos del Ayuntamiento, hasta completar el nivel normal de cada jardinera.
4.2. f) Cambio de sustratos.
Si tras la supervisión mensual de todas las plantas, se observa por parte del Servicio Técnico del Ayuntamiento que el sustrato de alguna determinada jardinera presenta síntomas de agotamiento o hidratación, la empresa adjudicataria deberá proceder a su sustitución.
El plazo para realizarlo será de 7 días naturales. En caso de no sustituirse en dicho plazo, se entenderá que no se esta prestando un servicio de mantenimiento de plantas adecuado.
4.2. g) Tratamientos fitosanitarios.
El adjudicatario prestará especial atención a la incidencia de plagas y hongos en las plantas, dada su proximidad a los usuarios.
Con carácter preventivo y en las fechas en que las condiciones son más propensas, el adjudicatario realizará tratamientos preventivos contra hongos tanto de las partes aéreas como de los sustratos.
No obstante si a pesar de los tratamientos preventivos, se observase la presencia de alguna plaga deberá intervenirse a la mayor brevedad posible, nunca superando los 7 días laborables.
Para la realización de cualquier intervención se atenderá a las normas y procedimientos indicados en el Artículo 4.1. j.
Artículo 4.3. Conservación de las plantaciones.
Se entienden por plantaciones, todas las plantas situadas en las áreas de jardín, árboles en alcorques de las urbanizaciones, alcorques corridos, árboles y arbustos presentes en los xxxxxxxx, setos de medianeras, jardineras interiores o exteriores con plantas de suelo mineral, jardines de los alrededores de los edificios, áreas de jardín aún no plantadas a las que deben controlar las malas hierbas, etc. en resumen todas las zonas incluidas en el inventario y no consideradas como césped o planta de interior.
Las operaciones incluidas en la conservación de las plantaciones son:
4.3.1. Riegos
Los elementos vegetales se regarán con la frecuencia necesaria, dependiendo de las condiciones climáticas y de las necesidades existentes. Procurará que todos los elementos vegetales encuentren en el suelo el porcentaje de agua útil necesaria para su normal crecimiento. El calendario xx xxxxxx se establecerá bajo la supervisión de los servicios técnicos del Ayuntamiento en la Planificación anual y mensual que se presentará antes del comienzo del mes en concreto.
Existe una instalación fija bien por aspersores o mediante riego localizado que conduce el agua hasta las diferentes zonas. La supervisión y mantenimiento de forma continuada de las instalaciones xx xxxxx corre a cargo del concesionario. Este es el encargado de vigilar y reparar cualquier anomalía. Por tanto todo fallo en el sistema que no sea atribuible a la falta de suministro de agua, deberá ser suplido por el concesionario, sin que por ello tuviese derecho a incremento del precio del contrato.
4.3.2. Poda de árboles.
Para la realización de la poda de cualquier árbol se utilizarán los equipos de protección adecuados, especificados en el plan de riesgos laborales que la empresa adjudicataria presentará conjuntamente con la oferta.
Los trabajos de la poda de árboles quedará supeditado a lo que se indique en cada caso para cada especie, lugar y circunstancia, por el Servicio Técnico del Ayuntamiento, supeditándose a las siguientes normas:
4.3.2. a) Frecuencia de las podas.
Se establece una actuación mínima anual como obligatoria para conseguir los objetivos de la correcta formación.
4.3.2. b) Poda invernal durante la parada vegetativa.
La poda consistirá en la eliminación de las ramas situadas en posición no apropiadas al crecimiento típico de cada árbol o a las que por su peso, o posición, puedan ser peligrosas, y a las que dificulten la circulación o molesten a las señales o a los edificios próximos. Igualmente se eliminarán las ramas rotas, quebradas o afectadas por enfermedades en previsión de que su rotura pudiera causar daños a los usuarios. No se terciarán las ramas, se dejarán que los árboles crezcan libremente adquiriendo la forma y el tamaño propio de su especie. Se suprimirán los frutos molestos, pero no los estéticos.
Esta operación comprende la recogida y transporte de los productos resultantes de la poda. No se dejará ningún residuo al final de cada jornada.
Esta operación se realizará en árboles tanto de hoja caduca como perenne cuyo desarrollo así lo exija, pudiendo no ser necesaria la intervención en todos los árboles, El criterio para la intervención, o no, lo marcará la dirección técnica del Ayuntamiento. La poda se realizará en las fechas oportunas para no perjudicar a cada una de las especies presente.
4.3.2. c) Poda de emergencia.
Ante la detección de cualquier rama rota, quebrada o que, por supervisión ocular, se observe que puede constituir un peligro para los viandantes, interfiera con cables eléctricos, telefónicos, semáforos, edificios, tráfico rodado, carteles o señales, etc. o por vuelco accidental de algún árbol, se dará preferencia frente a cualquier otra labor y se procederá de inmediato a subsanar el problema.
Igualmente esta operación comprende la recogida y retirada.
4.3.2. d) Forma de los cortes.
Los cortes deben realizarse al nivel de la base de la rama a eliminar, dejando la herida enrasada con la rama que queda. No se deben dejar muñones que sobresalgan porque se secan y constituyen un foco de infección, al tiempo que impiden la cicatrización. La herida resultante xxx xxxxx de una rama debe alargarse en el sentido de la longitud de la rama, haciéndose más fina hacia los extremos para obtener una forma de ojal. Como el movimiento de la savia es longitudinal y paralelo a lo largo del cámbium, una interrupción brusca de éste, como el corte de una rama, interrumpe la circulación y causa la muerte de las áreas cercanas inmediatamente al corte, por encima y por debajo de éste. Dando forma de ojal a la herida se consigue una difusión lateral de la savia suficiente para que esto no suceda y se favorece la cicatrización de la herida.
4.3.2. e) Poda de ramas grandes.
Las ramas grandes no se deben podar, pero si a criterio del Servicio Técnico del Ayuntamiento, fuese necesario, debe aplicarse la norma de los tres cortes.
Se hace un primer corte por debajo de la rama a una distancia de la horquilla aproximadamente igual al doble del diámetro de la rama, profundizándose hasta que la sierra empiece a cogerse. Se da entonces el corte definitivo de arriba abajo, a una distancia de la horquilla igual al doble del diámetro de la rama. Una vez cortada la rama, se elimina el muñón con un tercer corte a ras del tronco.
4.3.2. f) Tratamiento de las heridas.
Todos los cortes superiores a 5 cm. se recubrirán con una pintura protectora y cicatrizante para evitar la penetración de hongos e insectos y así acelerar la regeneración de la corteza. Cuando se realice esta tarea, se deben volver a recubrir los cortes de intervenciones anteriores que no estuvieran recubiertos o los que presenten un recubrimiento dañado por el tiempo.
La no ejecución de esta tarea tras la poda representa la no conclusión de la poda.
4.3.3. Recorte de setos
Los setos se recortarán manual o mecánicamente, tantas veces como sea necesario, según especie, para mantener sus perfiles superiores y laterales sin que sobresalgan los rebrotes.
Los residuos serán recogidos y retirados diariamente.
El Servicio Técnico del Ayuntamiento establecerá si su crecimiento deberá ser o no controlado, y en el caso primero, la frecuencia de los recortes. En todo caso, se mantendrá el actual trazado de los mismos, siempre que no exista otra indicación al respecto, corrigiendo los desperfectos o alteraciones originados por cualquier causa.
4.3.4. Pinzamientos de arbustos.
Con la frecuencia que requiera el desarrollo de los arbustos, se procederá a suprimir las ramas o brotes de vigor deficiente o excesivo, los mal orientados, o los de crecimiento ya terminado. Con estas operaciones, se pretende mantener la bordura de los arbustos dentro del alcorque corrido, sin que moleste al paso de los viandantes, que su tamaño no exceda la finalidad estética que se le exige, ni que las plantas presenten formas artificiales predeterminadas.
Los mismos criterios se aplicaran al resto de arbustos de los parterres, aunque se les podrá dejar alcanzar mayor tamaño. Se buscará que los arbustos unan sus ramas, sin entrecruzarse entre ellos, y se mantendrá un equilibrio entre los volúmenes de cada uno.
Se exige un mínimo de tres actuaciones anuales de forma general. En general con la realización de las podas se deberá conseguir el máximo nivel estético posible, mantener la estructura habitual de la especie y estimular la emisión de ramas nuevas controlando su potencial vegetativo. La época y la intensidad de la poda vendrán siempre determinadas por el Servicio Técnico del Ayuntamiento, teniendo siempre presente que las plantas se han de adecuar a las necesidades del espacio donde se desarrollan.
Se tendrá en cuenta la eliminación de todas las ramas afectadas por lesiones o enfermedades, y la realización de los cortes de forma limpia, sin dejar tocones ni ramas quebradas. Todos los residuos serán recogidos y retirados en el mismo día que se produzcan.
4.3.5. Flor de temporada.
Se entiende por flor de temporada las plantas herbáceas xx xxxx con ciclo ornamental menor de 6 meses.
Los grupos xx xxxx de temporada se sustituirán 2 veces al año siendo el Servicio Técnico del Ayuntamiento el que decidirá qué especie y variedad plantar, de entre las que vegetan en cada estación, y cuándo realizar el cambio.
Previa la plantación se procederá al arranque y la eliminación de las plantas anteriores, desfonde, entrecava, aporte de mantillo, abonado de fondo con fertilizantes de liberación lenta y rastrillado de la superficie.
La densidad de plantación dependerá de la especie a plantar y será indicada por el Servicio Técnico del Ayuntamiento. Las plantas se presentarán cultivadas en maceta, y estarán en condiciones de iniciar la floración.
Con carácter semanal se procederá a la retirada de las hojas secas, flores marchitas y hierbas que aparezcan entre los macizos de forma manual.
4.3.6. Tratamientos fitosanitarios
Para la realización de cualquier intervención se atenderá a las normas y procedimientos indicados en el Artículo 4.1. j.
4.3.7. Escardas químicas.
Eliminación de las malas hierbas mediante la aplicación de herbicidas apropiados, pre y post- emergencia, tanto de hoja ancha como estrecha. Esta labor se llevará a cabo en los lugares no cultivados, en los que la presencia de hierbas adventicias haga desmerecer la imagen y utilidad destinada a las mismas. Es la forma de mantenimiento general escogido para mantener el suelo.
Se realizará con carácter de pre-emergencia y siempre antes de que la altura de las plantas deje residuos. La frecuencia será la exigida según productos empleados y tipo de uso que se haga del suelo. Si, por un retraso en la realización del correcto calendario de tratamientos, por una aplicación deficiente, o por un uso deficitario de producto, se desarrollasen malas hierbas que dañasen la estética de los jardines, el adjudicatario deberá proceder a la eliminación manual de las malas hierbas o residuos de las mismas y su retirada a vertedero.
Los productos empleados serán los apropiados para cada ubicación y tipo de adventicias a controlar, y dentro de ellos se procurará emplear los menos nocivos, que no constituyan una amenaza para las personas que disfruten de los jardines ni para el medio ambiente. Siempre que existan, se escogerán los productos más selectivos, eficaces y de carácter pre-emergente.
Junto con las aplicaciones que se lleven a cabo en las zonas de tierra de la urbanización, se tratarán también con carácter curativo todas las hierbas que aparezcan en las zonas pavimentadas. Las adventicias que aparecen en los imbornales, grietas del pavimento, esquinas, etc. aunque no son zona verde, tienen su origen en las semillas que proceden de éstas y en la tierra que el viento arrastra desde los jardines. Su presencia daña considerablemente el efecto estético de las zonas ajardinadas, aunque estos estén desprovistos de adventicias.
Todas estas labores estarán supervisadas por el equipo técnico de la empresa, y se realizarán en horas que perturben lo mínimo posible la actividad ciudadana. Los aplicadores tendrán la cualificación adecuada (que deberá acreditarse ante las instancias del Ayuntamiento) para la manipulación y aplicación de estos productos. Cuando los servicios técnicos del Ayuntamiento detecten un incremento visual de las adventicias, se procederá a intervenir en un periodo máximo de 7 días naturales.
Toda aplicación debe ser comunicada previamente y por escrito al Servicio Técnico del Ayuntamiento, mediante los partes fitosanitarios establecidos para tal fin, indicando la formula (composición, toxicidad, plazo de seguridad y marca comercial), método y dosificación del producto a emplear en cada caso, para su aprobación.
Al finalizar el tratamiento se comunicará nuevamente por escrito la actuación llevada a cabo (plantas tratadas, volumen aplicado, duración de la aplicación, etc.), con indicación de las incidencias acaecidas (problemas con los usuarios, presencia o ausencia de viento, lluvia, etc.) y el personal que ha realizado las intervenciones. Los tratamientos se realizarán en días y horas con ausencia de viento, y se prestará especial atención a las aplicaciones en las proximidades de plantas herbáceas o arbustos bajos.
Se ha de tener en cuenta que cualquier daño ocasionado por el uso inadecuado de los herbicidas será responsabilidad de la empresa adjudicataria.
4.3.8. Escardas manuales.
Este trabajo se refiere a la extracción y limpieza de las malas hierbas nacidas en los macizos de arbustos, plantas xx xxxx, tapizantes, y en general en cualquier zona ajardinada cuando las
adventicias no puedan ser controladas de otra manera. Esta operación deberá llevarse a cabo con carácter bimensual, con el fin de que las malas hierbas que puedan aparecer no alcancen demasiado desarrollo.
4.3.9. Rastrillado.
Al menos una vez cada cuatro años, toda la superficie ajardinada debe recibir un pase de rastrillo con el fin de eliminar todos los restos vegetales o inorgánicos, incluidas piedras superiores a 2 cm y restos de obra.
Esta operación incluye la eliminación de socavones, montículos de tierra y en general cualquier alteración anterior en la superficie de las zonas verdes.
Al realizar esta operación, se procurará, en la medida de lo posible, no profundizar en el suelo, puesto que se altera la barrera química que hay establecida frente a las malas hierbas. Se debe prestar especial atención en no dañar las instalaciones xx xxxxx tanto de superficie como las enterradas.
Los residuos resultantes serán retirados a vertedero por cuenta y cargo del contratista.
Como es una operación puntual, sin requerimientos concretos de fecha, el adjudicatario programará su ejecución en los momentos que su planificación de tareas se lo permita.
4.3.10. Limpieza en general.
El municipio cuenta con servicio de limpieza xx xxxxxx, por lo que no es frecuente la aparición de residuos ajenos a los jardines en los espacios que ocupan éstos. No obstante se dedicará una atención constante a la limpieza de todas las superficies comprendidas dentro del perímetro de las zonas verdes a conservar.
Esta labor consistirá en la eliminación, tanto de los residuos vegetales, como de los desperdicios y basuras que por cualquier procedimiento lleguen a las zonas objeto de este contrato, siempre y cuando se esté realizando alguna tarea en una zona ajardinada.
En todo caso, la limpieza no se limitará al barrido, recogida y amontonamiento de las materias indicadas dentro de la superficie a su cuidado, sino que se completará con la retirada inmediata de todas ellas, y el traslado de las mismas a un vertedero autorizado. Este traslado se realizará a cargo y con los medios propios del adjudicatario.
La operación de limpieza se realizará tantas veces como sea necesario para que las zonas verdes se encuentren en un correcto estado de limpieza permanentemente.
Durante la época otoñal se prestará especial dedicación a la recogida de las hojas.
Finalmente, puesto que el servicio se presta conjuntamente con cualquiera otra operación de mantenimiento, éste se considera incluido en él, por lo que no se le da valoración alguna.
Articulo 4.4. Desbroce de caminos de titularidad municipal.
En el Anexo 1 y en el plano adjunto en el Anexo 4 están inventariados los caminos municipales de Derio, con la longitud y anchura de cada lateral indicados, debiendo de mantener el adjudicatario su buen estado. Para ello realizará el desbrozamiento lateral de dichos caminos, así como la eliminación de malas hierbas y vegetación de crecimiento espontáneo en superficies sin plantación, además del relleno de surcos y su compactación.
El servicio de desbroce de caminos se realizará 2 veces por año, en Primavera y Otoño. Consiste en desbrozar la vegetación en un ancho máximo de tres metros en cada lado del camino con desbrozadora automóvil de brazo articulado, procediendo al remate manual si es preciso en vallas, bordes, señales, arbolado, etc.
Esta labor se señalizará de acuerdo a la normativa.
Los licitadores deberán reflejar en su propuesta los equipos y medios materiales asignados a la realización de esta labor.
Artículo 4.5. Otras actuaciones
Como complemento a las labores del servicio de mantenimiento, renovación, limpieza y mejora de las zonas ajardinadas, el Servicio Técnico del Ayuntamiento podrá solicitar la realización de los siguiente trabajos en fechas señaladas. Todos estos trabajos estarán incluidos en el canon de mantenimiento general del resto del municipio.
4.5.1. Xxxxxxxx xx Xxxxxxx
En fechas navideñas, habrá de colocarse una serie de árboles que pueden ser de varias especies: abies, picea...., mientras duren las fiestas xx Xxxxxxx en el lugar que indique el Ayuntamiento y en cantidad no superior a 4 unidades.
4.5.2. Día de Plantación
Con motivo de la celebración del Día del árbol, Día del Euskera u otros en el que el carácter de la actividad requiera la plantación de arbolado, se efectuarán trabajos de preparación de terrenos y ejecución xx xxxxx en terrenos municipales para la plantación de árboles autóctonos a efectuar por la población. Asimismo, tras la plantación, se dejará el terreno en las adecuadas condiciones.
El contratista suministrará un total de 3.000€ (IVA incluido) anuales de árboles autóctonos para la celebración de estos eventos, además del número de árboles que se hayan tenido que talar durante el año en vigor.
4.5.3. Actos Públicos
En los actos públicos que celebre el Ayuntamiento de Derio, la empresa contratista estará obligada a suministrar las plantas en macetas necesarias para la decoración que se soliciten. Una vez finalizados los actos, el adjudicatario podrá recuperar las plantas.
Artículo 4.6. Trabajos inadecuados o no realizados
Cuando algún trabajo necesario o conveniente a juicio de los Servicios Técnicos del Ayuntamiento deje de realizarse o se realice de forma inadecuada, se procederá a la deducción del importe correspondiente del canon mensual.
El Ayuntamiento podrá, ante el retraso en la ejecución de los trabajos objeto de este pliego sin causa justificada, encomendar los mismos a otras empresas o ejecutarlos por ella misma. Del importe a percibir por el adjudicatario se deducirá la mayor de las siguientes cantidades:
el coste que ello le suponga al Ayuntamiento.
el importe al que, de acuerdo con los precios ofertados por el adjudicatario, asciendan dichos trabajos.
La no realización en el plazo establecido y la calidad adecuada de los trabajos contemplados en los dos párrafos anteriores podrá dar lugar a la aplicación de las penalizaciones que puedan corresponder por el incumplimiento del contrato.
CAPÍTULO V EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS.
Artículo 5.1. Obligaciones del contratista
El contratista estará obligado a hacer todo cuanto sea posible para la buena marcha de los trabajos de conservación objeto de esta contrata y lo que le ordenen los servicios técnicos del Ayuntamiento de Derio.
El contratista adjudicatario, además de las comunicaciones de los trabajos que se especifican en el artículo 5.5, vendrá obligado a facilitar los datos, partes y comprobantes, que con fines estadísticos y de control, le solicite el Ayuntamiento de Derio para la buena marcha de la contrata y del propio servicio en sí.
Asimismo, está obligado también a denunciar los daños que encuentre en los jardines, documentándolos, a ser posible, por medios gráficos y poner en conocimiento del Servicio Técnico cuantas obras o trabajos se realicen en las zonas contratadas. Igualmente toda planta que aparezca muerta por cualquier causa, será notificada y documentada al Ayuntamiento, indicando las razones que se crea que han causado dicho hecho.
El contratista mantendrá una relación de las faltas existentes en el Ayuntamiento con su concreta ubicación.
El contratista es responsable del exacto cumplimiento de la totalidad de los servicios contratados; en consecuencia no podrá alegar como justificación a posibles incumplimientos los que puedan venir originados de sus relaciones con terceros o con sus empleados.
La empresa adjudicataria deberá efectuar la supervisión de todos los elementos incluidos en el contrato y, será responsabilidad suya la detección de cualquier anomalía, plaga, etc. y de las consecuencias que se deriven de la no detección a tiempo de las mismas. La empresa contratista deberá corregir dichas anomalías de conformidad con lo dispuesto en el pliego y sin que sea necesario requerimiento alguno por parte del Ayuntamiento.
Los plazos para ejecutar los trabajos objeto de este pliego serán, como regla general, de 7 días naturales desde el momento en que se dé la circunstancia que los motive (altura del césped, altura xxx xxxx, necesidad de aplicar un tratamiento, etc.).
Algunos trabajos deberán realizarse de forma inmediata, sin que quepa posibilidad de demora. Los criterios para determinar la inmediatez en la actuación serán: existencia de fugas de agua importantes, averías que supongan la imposibilidad de efectuar el riego y que la ausencia del mismo pueda suponer el deterioro de las especies plantadas, existencia de peligro para personas o bienes materiales, etc. (véase Artículo 5.3.)
La empresa podrá someter para su consideración por el Ayuntamiento la posibilidad de ampliación del plazo para la ejecución de los trabajos, siempre de forma razonada, y sin que la
presentación de dicha solicitud suponga la interrupción del plazo para que los trabajos sean ejecutados.
Artículo 5.2. Sistema integrado de gestión de calidad y medio ambiente
Para garantizar que los trabajos se llevan a cabo bajo unos criterios óptimos de calidad, con respeto al medio ambiente y de seguridad para los trabajadores que los llevarán a cabo, se exige que el licitador disponga de los correspondientes certificados vigentes, otorgados por una empresa acreditada, correspondientes a las siguientes normas:
ISO 9001
ISO 14001
Artículo 5.3. Servicios de urgencia y emergencia
Se trata de un servicio ofrecido para la resolución de servicios de mantenimiento de acción inmediata y servicios de emergencia según establezca el criterio del adjudicatario, que vendrá marcado por la tipología de la urgencia o la emergencia presentada, siempre validado por el Ayuntamiento de Derio.
El adjudicatario se obliga a proporcionar un teléfono para poder contactar con él en caso de avería urgente o cualquier situación de emergencia, durante las 24 horas de cualquier día de la semana obligándose a actuar de inmediato.
La empresa pondrá a disposición del Ayuntamiento un Ingeniero Técnico Agrónomo responsable, el representante descrito en el Artículo 6.1.a., que tendrá que estar localizable las 24 horas del día con el objeto de atender las posibles situaciones de urgencia y emergencia, y gestionarlas adecuadamente.
El adjudicatario tendrá que atender los servicios marcados como urgentes y de emergencia las 24 horas, de todos los días, incluidos fines de semana y festivos, sin ningún cargo económico para el Ayuntamiento. Por tanto, los licitadores tendrán que prever la disponibilidad de personal de apoyo ajeno al servicio para atender los servicios de urgencias y emergencias, o necesidad puntual, fuera del horario de trabajo habitual que no supondrá ningún cargo adicional para el Ayuntamiento.
Las consecuencias derivadas de la falta de atención e intervención en las denuncias y servicios de urgencia y emergencia mencionados serán exclusivamente responsabilidad de la empresa adjudicataria y tendrán la calificación de falta grave.
5.3.1. Servicios de mantenimiento de acción inmediata (Urgencias)
Consiste en la reparación urgente de incidencias imprevisibles que requieren de una actuación que es necesaria pero que no tiene consideración de servicio de emergencia.
El/La adjudicatario/a deberá disponer para este Servicio de equipos ágiles y polivalentes, en razón de la heterogeneidad de los trabajos a realizar, indicando en su oferta medios humanos, mecánicos, herramientas y útiles.
5.3.2. Servicios de emergencia (imponderables temporales u otros)
La intervención en trabajos de emergencia se realizará a propuesta del Servicio Técnico Municipal de Derio. Se entiende por emergencia las actuaciones correspondientes, para el caso de inundaciones, desprendimientos de tierras, nevadas, tala de árboles peligrosos a consecuencia de tormentas, vientos u otras situaciones extraordinarias, que requiera una actuación de máxima urgencia por sus condiciones de mal estado, o por el deterioro causado por actuaciones ajenas y que puedan ocasionar perjuicios a particulares, perturbaciones urbanas de cualquier índole o afectar gravemente a la celebración de actos públicos, por razones de seguridad u oportunidad etc. a juicio de las autoridades municipales.
La intervención de la empresa adjudicataria de la presente licitación, en estas ocasiones tendrá carácter obligatorio y de máxima urgencia, cualquiera que sea el momento de producirse, incluyendo su realización en xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos, y su situación de trabajo.
5.3.3. Órdenes de Trabajo
Para la realización de las tareas excluidas del Programa Anual de Trabajos o no previstas dentro del Plan de Actuación Trimestral, o bien otras que por su carácter urgente o de emergencia se tengan que realizar a corto plazo, el Ayuntamiento de Derio se pondrá en contacto con el representante del adjudicatario a través del teléfono, fax o email, con el fin de explicar dichas órdenes de trabajo, detallando la descripción del trabajo a realizar, su localización, la urgencia y las fechas de inicio y final en el supuesto de que se consideren necesarias.
Artículo 5.4. Vigilancia
En general, en todas las zonas y superficies comprendidas en el presente contrato, el adjudicatario se encargará de la vigilancia y observará la peligrosidad que pueda ofrecer el arbolado sobre la vía pública. A tal fin deberá disponer de la colaboración de personal técnico con titulación adecuada. Cuando las ramas presenten un peligro se procederá de inmediato a su corte y retirada. Si el peligro lo representa un árbol y este no es inminente se pedirá autorización al Ayuntamiento para su corte y retirada. Si el peligro es inminente se avisará a los servicios de seguridad del Ayuntamiento y efectuará fotografías del estado en que se encuentra y lo derribará de inmediato o se procederá a acordonar la zona para proteger a los peatones y vehículos de una posible caída.
El adjudicatario se responsabilizará totalmente de los daños causados por roturas de ramas y arbolados que no obedezcan a estados de fuerza mayor.
El contratista tomará todas las precauciones necesarias para evitar accidentes y perjuicios de todo orden, siendo responsable de ellas y atendiendo en esta materia a la legislación general del Estado y a las normas que dicte el Ayuntamiento
Artículo 5.5. Gestión de Residuos
El adjudicatario se obliga a retirar diariamente todos los residuos resultantes de los trabajos de conservación, disponiendo para este efecto de medios necesarios para su recogida y transporte, considerándose incluida esta operación en el precio ofertado. La retirada de los residuos fuera xxx xxxxxxx, se llevará a cabo por personal y vehículos distintos de los que prestan el servicio básico en el centro, para que no interfiera en las labores de mantenimiento.
5.5.1. Residuos generados en las tareas ordinarias de limpieza de zonas verdes
Los residuos generados en la limpieza ordinaria de las zonas verdes serán considerados en la fracción rechazo, permitiéndose su depósito en los contenedores de superficie o enterrados más cercanos al área verde, siempre y cuando su cantidad sea poco significativa. La empresa contratista vigilará que el vaciado de los desperdicios que se recojan en un contenedor depositado en el municipio se realice antes de que los residuos desborden y que los alrededores del mismo permanezcan limpios.
Será necesaria la limpieza manual o con sopletes de la vía pública cuando finalice la jornada de trabajo, y no se podrán dejar los restos en la vía pública al finalizar la jornada de trabajo. Al mismo tiempo será necesario el barrido de la vía pública a fin y efecto de eliminar cualquier residuo generado.
De no atender a las anteriores premisas dichos trabajos podrán ser realizados por los servicios del Ayuntamiento con cargo al adjudicatario, sin perjuicio de las responsabilidades en que incurra por incumplimiento del contrato.
5.5.2. Residuos generados en las tareas ordinarias de mantenimiento de jardinería de los espacios verdes
En estos residuos se incluyen los productos originados tanto en el ámbito estricto de los trabajos del mantenimiento xx xxxxxxxx (restos vegetales, fitosanitarios, etc.), como todos aquellos otros residuos que se generen en las instalaciones, en el mantenimiento de los vehículos y maquinaria, etc. (como por ejemplo fluorescentes, neumáticos, aceites, etc.). El adjudicatario deberá se hará cargo de la recogida de este tipo de residuos, así como de su transporte y entrega al gestor correspondiente.
En concreto, los restos de poda, siegas, etc. se gestionaran a través de planta de compostaje.
El contratista deberá disponer de un vertedero autorizado para eliminar los residuos resultantes de las zonas a conservar o, en su caso, justificar el tratamiento que se da a los mismos. Si el
vertedero no es de su propiedad deberá contratar por su cuenta el vertido a cualquier vertedero controlado que esté en funcionamiento.
El adjudicatario deberá informar al Ayuntamiento cual es el vertedero contratado y aportar copia del contrato u otra documentación acreditativa.
Para poder comprobar la gestión de los materiales considerados residuales, el Ayuntamiento de Derio puede pedir los comprobantes que acrediten una correcta gestión de estos residuos, en los cuales tendrá que constar como mínimo el lugar donde se ha depositado el producto o el centro gestor (incluido en el Registro de productores de residuos del País Xxxxx), la fecha de recepción, la tipología del material depositado y la cantidad. Los centros receptores de tratamiento tienen que tener el aval de la Administración y, por lo tanto, estar incluidos dentro de una lista confeccionada por la Administración correspondiente.
El contratista se tendrá que responsabilizar de la buena gestión de los residuos que como consecuencia de su actividad se generen.
5.5.3. Plan de Gestión de Residuos
Los licitadores deberán presentar un Plan de Gestión de Residuos con el objeto de describir la metodología que emplearán para gestionar los residuos que se generen durante la ejecución del servicio objeto del presente pliego. Entre otras cosas, se deberá distinguir entre residuos orgánicos, inorgánicos y peligrosos como mínimo, además de describir las acciones a llevar a cabo en la recogida y tratamiento de cada uno de estos residuos, teniendo en cuenta los cuatro pilares básicos de la gestión de residuos: Reducir, Reutilizar, Reciclar y Gestionar adecuadamente.
Entre las líneas de actuación a incluir en el Plan de Gestión de Residuos estará obligatoriamente presente que:
los residuos no peligrosos, papel, cartón, vidrio y plásticos, deberán ser separados selectivamente y depositados en los contenedores correspondientes.
los residuos reutilizables deberán ser correctamente gestionados. Así mismo, los residuos vegetales serán valorizados mediante transformación en compost y/o triturado de restos vegetales para acolchamiento de parterres, macizos, etc.
los residuos peligrosos, aceites, envases o residuos de productos fitosanitarios, etc. serán gestionados por Gestores Autorizados.
en la época de caída de hoja de arbolado, se retirará y reutilizará la misma en el Municipio de Derio.
Asimismo, se tendrá en cuenta la sensibilización del personal implicado para reducir, reutilizar y reciclar los residuos.
También se podrá incluir en este Plan de Gestión de Residuos el especial tratamiento de los residuos de poda, siega y hojarasca, así como de otros residuos orgánicos vegetales. Se
valorarán las propuestas de tratamiento de dichos residuos para, por ejemplo, la generación de mantillo vegetal mediante compostaje en huertas y otros cultivos, la utilización de los mismos para alimento de ganado en explotaciones rurales, la trituración de los mismos para para su posterior utilización como mulching orgánico, etc.
5.5.4. Normativa de cumplimiento obligatorio
Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas Decisión de la Comisión, de 16 de enero de 2001, por la que se modifica la decisión 2000/532/CE en lo que se refiere a la lista de residuos.
Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
Ley 3/1998, de 27de febrero, xxxxxxx xx xxxxxxxxxx xxx xxxxx xxxxxxxx xxx Xxxx Xxxxx
Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos.
Real Decreto 952/1997, de 20 xx xxxxx, por el que se modifica el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, de 14 xx xxxx, Básica de Residuos Tóxicos y peligrosos aprobada mediante Real Decreto 833/1988, de 20 de julio.
ORDEN MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos.
Plan de gestión de Residuos Peligrosos de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx, 2003-2006. Resolución 14/2003, de 30 de julio, del Director de la Secretaria del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento (BOPV nº 174, de 08.09.03).
Real decreto 1416/2001, de 14 de diciembre, sobre envases de productos fitosanitarios.
Ley 11/1997, de 24 xx xxxxx, de envases y residuos de envases. Transposición de la Directiva 94/62.
Plan Integral de Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos del Territorio Histórico xx Xxxxxxx.
Decreto 212/2012, de 16 de octubre, por el que se regulan las entidades de colaboración ambiental y se crea el Registro de Entidades de Colaboración Ambiental de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx.
Listado de gestores autorizados de la C.A.P.V.
Otra normativa de aplicación.
Artículo 5.6. Programación Anual, Mensual e Informes
El contratista está obligado a entregar al Servicio Técnico del Ayuntamiento lo siguiente en cuanto a Planificación de Trabajos e Informes:
5.6.1. Anualmente – Programa Anual de los Trabajos
Tal y como se explica detalladamente en el Capítulo XI, el adjudicatario deberá realizar anualmente empezando al comienzo del servicio, un Programa Anual de los Trabajos a realizar en las zonas listadas en el inventario del Anexo 1. En este programa se reflejarán como mínimo:
Total de operaciones y labores a realizar, definiendo en qué zonas, las frecuencias, tiempo de resolución, distribución horaria, itinerario, etc.
Épocas del año en que se realizarán las distintas labores.
Equipos de trabajo con que se acometerá cada operación (incluyendo el personal dedicado al servicio y los equipos especializados o de refuerzo que sean necesarios).
Personal y maquinaria que de forma fija o esporádica, en cada uno de los equipos citados anteriormente, se tendrá trabajando en el municipio.
Previsión de desplazamiento del mismo.
Cualquier otra observación que el adjudicatario considere de interés para el buen funcionamiento del servicio.
Por su parte, el Ayuntamiento de Derio entregará una programación anual indicando el calendario de festividades con el fin de mantener en las óptimas condiciones de uso para los ciudadanos las ermitas, caminos, etc.
5.6.2. Trimestralmente – Plan de Actuación Trimestral
La empresa adjudicataria presentará la última semana de cada trimestre, conforme al proyecto adjudicatario y el Programa Anual de los trabajos mencionado anteriormente, un Plan de Actuación Trimestral elaborado siguiendo las indicaciones xxx xxxxxx técnico y del Ayuntamiento, y que recoja las previsiones de los trabajos a realizar en el trimestre siguiente con el mismo detalle que el citado Programa Anual de los trabajos.
5.6.3. Mensualmente – Parte de Trabajo Mensual y demás informes.
Mensualmente el contratista entregará a los servicios técnicos del Ayuntamiento un Parte de Trabajo en el cual se detallarán las labores realizadas. El parte deberá contener la información de las unidades de ejecución en las que se ha actuado, y las unidades y subunidades de ejecución que se han realizado. Se indicará en los partes el día en que finaliza cada una de las actuaciones en una unidad de ejecución definida.
Mensualmente se emitirá por el contratista un parte de incidencias; en este informe se adjuntará la relación de operaciones especiales y actuaciones de emergencia acaecidas dicho mes: fugas detectadas, ramas de árboles caídas, solicitudes de actuaciones indicadas, anomalías en el riego, plagas detectadas, etc. Este parte incluirá el momento en que las incidencias son solucionadas y permanecerán reflejadas en el mismo mientras estén pendientes de resolución.
Además de los partes citados, y los que en un futuro se pudieran solicitar, el contratista presentará también mensualmente:
Parte de control de la instalación xx xxxxx.
Resumen de las frecuencias del mantenimiento xxx xxxxx.
Parte de incidencias.
Resumen actualizado de las variaciones del inventario (tanto del adjunto en el Anexo 1 como el inventario citado en el Capitulo XI que el adjudicatario deberá realizar al comienzo del servicio).
Parte de tratamientos fitosanitarios.
Contestación cumplimentada a la hoja de órdenes y revisiones del mes anterior.
Programa de trabajos de las distintas operaciones previstas a realizar en cada unidad de ejecución en el mes siguiente al de la presentación.
Independientemente de estos informes, el Servicio Técnico del Ayuntamiento podrán solicitar un informe sobre las cuestiones que considere oportunas en el momento que considere oportuno. El adjudicatario esta obligado a informar de todos los datos que le sean requeridos por el Ayuntamiento de Derio sobre el servicio objeto del presente contrato.
5.6.4. A final de cada mes – Reunión.
El representante del adjudicatario se juntará con el Responsable Técnico del Ayuntamiento con el fin de realizar una reunión donde se comentarán todos estos Partes de Trabajos e Informes mensuales, y se revisará la planificación detallada en el Plan de Actuación Trimestral que afecte al mes siguiente.
Para llevar a cabo todos los trabajos correspondientes al mes siguiente, el contratista se tendrá que coordinar con los Servicios Municipales para hacerlo en las horas que ocasionen los mínimos problemas al vecindario y a la circulación viaria, tomando las medidas de señalizaciones correspondientes y necesarias en cada caso.
Además, será necesario, en todos los casos, avisar a los Servicios Técnicos Municipales y Alguaciles 48 horas antes del inicio de la realización de los trabajos e incidencias que surjan en el mes y no hayan sido concretados en esta reunión.
Artículo 5.7. Deficiencias en la ejecución del contrato – Niveles de Servicio
Se entenderá que se están produciendo deficiencias en la ejecución del contrato cuando a juicio de los servicios técnicos del Ayuntamiento:
Los empleados no atienden a la frecuencia programada en el Plan de Actuaciones Trimestral que es revisado mensualmente, y será considerada como Infracción Grave dentro de la tipificación de las infracciones listadas en la Cláusula 29 xxx xxxxxx de condiciones administrativas.
El desarrollo de las plantas excede al marcado para la realización de una determinada operación de mantenimiento, y será considerada como Infracción Grave.
Una planta no presenta las debidas condiciones vitales o estéticas para la función que desempeña y esta incluida en la garantía del contratista, y será considerada como Infracción Grave.
Se detecta una determinada plaga y el contratista no ha realizado las operaciones pertinentes, y será considerada como Infracción Grave o Muy Grave (dependiendo de las consecuencias).
Ciertas tareas descritas en este pliego se han iniciado y no se concluyen, y será considerada como Infracción Grave o Muy Grave (dependiendo de la demora).
Los trabajos no se realizan con la calidad estipulada en este contrato, y será considerada como Infracción Grave.
Las herramientas, maquinaria y vehículos, dispuestos por la empresa adjudicataria, plan de formación y aspectos de prevención de riesgos laborales no son los estipulados en este contrato, y será considerada como Infracción Grave.
Una operación extraordinaria de reparación por avería, o un servicio calificado como de urgencia o emergencia no se lleva a cabo, o se ha iniciado y se demora su conclusión sin razones justificadas, y será considerada como Infracción Muy Grave.
No se presentan los partes de trabajo o cualquiera de los informes o programas mencionados en el Artículo 5.5. en los plazos indicados, y será considerada como Infracción Grave.
No se realiza alguna de las tareas descritas en este pliego, y será considerada como Infracción Grave o Muy Grave (dependiendo de la demora).
CAPÍTULO VI
PERSONAL Y DEMÁS ELEMENTOS QUE COMPRENDE EL CONTRATO
Artículo 6.1. Personal a aportar
El contratista aportará el personal facultativo, técnico y laboral necesario para llevar a término las labores de conservación. Este personal reunirá las condiciones de aptitud y práctica requeridas, debiendo ser sustituidos los que no cumplan a juicio del Servicio Técnico del Ayuntamiento. No obstante, vendrá obligado a mantener el siguiente personal mínimo para las tareas ordinarias de mantenimiento (limpieza, escarda, riego, etc.):
6.1. a) Un representante:
El adjudicatario tendrá que nombrar un representante con titulación de Ingeniero Técnico Agrónomo, en calidad de responsable de equipo que estará al frente del personal para que lo represente ante el Ayuntamiento de Derio para todo lo referente al servicio, teniendo el poder suficiente para tomar las decisiones que exija su prestación, sin que estas decisiones puedan verse afectadas por falta de capacidad decisoria, ya sea formal o legal.
Asimismo, el organigrama de la empresa adjudicataria dispondrá de al menos dos Ingenieros Técnicos Agrónomos en su esquema, incluyendo el mencionado, con el fin de que siempre haya un segundo Ingeniero Técnico Agrónomo disponible en periodos vacacionales, de ausencia por enfermedad, permisos, cursos de perfeccionamiento, etc. del primero.
El representante dispondrá de móvil y de correo electrónico, y asistirá sin excusa a las reuniones mensuales citadas anteriormente y a las que se le invite, para tratar los asuntos relativos al servicio, siempre que la convocatoria se haya realizado con 24 horas de antelación o, en su defecto, delegar al segundo Ingeniero Técnico Agrónomo con similar poder de decisión. El representado, o persona delegada en casos excepcionales justificados, será el único interlocutor válido para todos los asuntos relativos al servicio. Este representante atenderá en todo momento los avisos e indicaciones que los servicios del Ayuntamiento consideren convenientes. El coste de este representante se considerará incluido en el concepto de gastos generales del presupuesto del servicio.
Durante las 24 horas de la duración del servicio, tiene que haber siempre la figura del representante disponible para hacer frente a cualquier eventualidad y/o urgencia. Cuando este representante no esté disponible, tiene que delegar al otro Ingeniero Técnico Agrónomo del organigrama. En este caso, el Ayuntamiento debe ser comunicado de este cambio con suficiente antelación, mínimo 48 horas antes. Esta persona delegada también tiene que recibir el visto bueno del Ayuntamiento.
6.1. b) Un encargado:
Encargado de jardinería con titulación de Oficial de Primera que realice las funciones de jefe de grupo con horario de trabajo completo.
El encargado y persona coordinadora del contratista tiene que cumplir las siguientes condiciones:
Ser Oficial de Primera.
Disponer de experiencia y formación de trabajos en la vía pública.
Interés y predisposición para el trabajo.
Actitud positiva en el trabajo.
Capacidad organizativa ante situaciones urgentes y de gran acumulación de trabajos (fiestas, mes de julio, puesta en marcha de los servicios,...)
Trato correcto con la ciudadanía.
Entender correctamente el euskera y el castellano.
Conocimiento de todas las calles del municipio y de los espacios donde se tiene que realizar los servicios.
Especial actitud y disposición hacia la tarea que tiene que desarrollar, puesto que se trata de una persona con una marcada vinculación con el servicio y su puesto de trabajo.
El contratista detallará el currículum y las capacidades de la persona escogida para desarrollar la tarea de coordinación.
El nombramiento, y cualquier cambio, de la persona encargada del servicio tiene que tener el visto bueno del Ayuntamiento.
La persona encargada y coordinadora tendrá que disponer de un vehículo de rápido acceso a todos los puntos y calles del municipio.
6.1. c) Cuatro jardineros o auxiliares de jardinería
Cuatro jardineros, o auxiliares de jardinería, especialistas en jardinería, preferentemente con formación laboral apropiada, para realizar los trabajos de revisión y mantenimiento, con horario de trabajo completo.
Entre este personal destinado con carácter permanente en el Municipio, deberá haber al menos una persona con conocimientos suficientes de fontanería y riego, para atender las emergencias en una primera instancia y resolver anomalías simples.
En los casos en los que la empresa adjudicataria se viera obligada a la contratación de nuevo personal para la realización de los trabajos adjudicados, ésta se comprometerá a la contratación de trabajadores pertenecientes a las bolsa de empleados creada en el Municipio de Derio.
Los operarios y conductores que se han citado en este apartado tienen que cumplir las condiciones siguientes:
Tienen que ser personas responsables, con sentido de la organización.
Tienen que tener dominio de sí mismas para poder hacer frente a cualquier situación en la vía pública y realizar las tareas reguladas por el servicio y por las ordenanzas municipales correspondientes.
Tienen que prestar un trato adecuado (educado, amable, cordial y eficaz) con el usuario.
Los operarios peones del servicio tienen que tener la capacidad necesaria para desarrollar la actividad que requiere el puesto de trabajo.
El contratista tendrá que prever la formación continuada del personal encargado de los servicios municipales, sin que este hecho suponga ninguna falta de servicio por no disponer de sustitución del personal.
6.1. d) Oficiales y especialistas jardineros distintos al personal fijo
El adjudicatario deberá disponer de otros oficiales y especialistas jardineros, distintos al personal fijo, para realizar tareas específicas y especiales de mantenimiento, o trabajos de reforma, mejora o ampliación. El adjudicatario deberá de disponer de personal de apoyo en caso de emergencias o necesidad puntual, ajeno al servicio.
Se destinarán 2 puestos de trabajo adicionales, categoría de peón, de duración 6 meses cada uno, para la época estival.
Además, el adjudicatario deberá disponer de personal experto en fontanería, con disposición inmediata, para prestar su servicio ante cualquier contingencia que surja en la instalación xx xxxxx.
Artículo 6.2. Obligaciones a cumplir en cuanto al personal
El contratista deberá disponer en el momento de la entrada en vigor del contrato del personal.
Para la dirección de todos los trabajos de la contrata, el adjudicatario deberá nombrar al personal técnico necesario, el cual estará en contacto directo con el Servicio Técnico del Ayuntamiento, el cual recibirá de este las órdenes oportunas, asistiendo a la misma en mediciones, clasificaciones, inventarios, modificaciones, etc. Todo el personal deberá ir provistos de una tarjeta de identidad y los operarios tendrán que ir siempre convenientemente uniformados.
El personal a que se hace referencia en el Artículo 6.1. deberá prestar sus servicios todos los días laborables del año y aquellos en que aun no siendo laborables haya surgido alguna contingencia que requiera de sus servicios (fugas de agua, necesidad de efectuar una comprobación en días concretos, etc.), por lo que, durante los periodos vacacionales, de ausencia por enfermedad, permisos, cursos de perfeccionamiento, etc. la empresa deberá sustituirlos por otros trabajadores de igual o similar cualificación profesional.
Por tanto, el contratista dispondrá en todo momento del personal necesario para satisfacer adecuadamente la prestación del servicio con la experiencia mínima contrastada en trabajos de jardinería, sustituyendo las ausencias por vacaciones, permisos, bajas, permisos sindicales… abonando las retribuciones, incentivos y cargas sociales, cumpliendo así con la legislación vigente.
El adjudicatario presentará una relación del personal que el contratista designará para la realización de los trabajos objeto del presente contrato en sus diferentes categorías. Esta relación tendrá que ser nominal para todo el personal. Esta relación tendrá que estar siempre actualizada y, por eso, el adjudicatario tendrá que notificar previamente cualquier renovación de personal que se piense introducir, con indicación de las características profesionales y de titulación del nuevo trabajador.
El detalle del personal será indicado en la oferta especificando categoría y jornada en la empresa que serán objeto de subrogación. Por otra parte, en el Anexo 2 se indica el personal de jardinería que se subrogará para el servicio objeto del presente contrato.
El contratista facilitará, siempre que se le sea solicitado, toda la información que permita supervisar la plantilla e identificar los responsables de cada trabajo.
El adjudicatario informará al Servicio Técnico del Ayuntamiento, mediante los partes mensuales, las previsiones del personal y jornada laboral a realizar.
Si a criterio del Servicio Técnico del Ayuntamiento, los recursos empleados no son suficientes, podrá requerir al adjudicatario que su número sea incrementado en la medida que se estime oportuno. En este caso, se valorará la experiencia y mejora de la cualificación del personal. Además, tal y como se ha mencionado antes, en el caso de que la empresa adjudicataria se viera obligada a la contratación de nuevo personal para la realización de los trabajos adjudicados.
CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN PARA EL FOMENTO DE EMPLEO DE COLECTIVOS ESPECIALMENTE AFECTADOS POR EL DESEMPLEO.
En las nuevas contrataciones de personal necesario para la ejecución del contrato, las empresas contratistas darán preferencia a las personas que se encuentren en situación legal de desempleo conforme con lo que prevé el artículo 208 del Real decreto legislativo 1/1994, de 20 xx xxxxx, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley general de la Seguridad Social ; de manera que, salvo justificación de su imposibilidad atendiendo a las características del concreto trabajo a desarrollar, garantizarán que el 100% de las nuevas contrataciones que se realicen se refieran a personas de estos colectivos.
El contratista deberá acreditar las nuevas contrataciones de personal realizadas en el marco de la ejecución del contrato así como las que se refieran a personas pertenecientes a colectivos especialmente afectados por el desempleo, facilitando la documentación necesaria para ello: nombre, apellidos, DNI y el documento acreditativo conforme está dado de alta y afiliado a la Seguridad Social.
La falta de aportación de la documentación exigida, así como el incumplimiento de la obligación de contratación de personas que se encuentren en situación legal de desempleo prevista en la cláusula se considerará un incumplimiento contractual que dará lugar a la
imposición de una penalidad de hasta el 10% del presupuesto del contrato.
CONDICIONES DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES DE TRABAJO
La empresa contratista está obligada al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad y salud en el trabajo y en particular cuando las prestaciones a desarrollar están sujetas a ordenanza laboral o convenio colectivo, la empresa contratista está obligada a cumplir con las disposiciones de la ordenanza laboral y convenio colectivo correspondiente.
La empresa adjudicataria debe acreditar, mediante las correspondientes declaraciones responsables o, cuando proceda, certificaciones de los organismos competentes, que en la ejecución del contrato se han cumplido las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección de los puestos de trabajo, de condiciones de trabajo y de prevención de riesgos laborales que resulte de aplicación.
El incumplimiento de esta obligación se considerará un incumplimiento contractual que dará lugar a la imposición de una penalidad de hasta el 10% del presupuesto del contrato. Condiciones de cumplimiento de normativa en materia de relaciones laborales individuales y colectivas.
La condena a la empresa contratista por la autoridad competente en la materia mediante sanción firme en vía administrativa, por la comisión de infracciones en materia de relaciones laborales tipificadas en los artículos 6 o 7 de la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS), aprobada por Real Decreto Legislativo 51/2000, de 4 xx xxxxxx, y que se cometan con ocasión de la ejecución del contrato, tiene la consideración de incumplimiento contractual que dará lugar, a la imposición de una penalidad de hasta el 5% del presupuesto del contrato si la sanción se impone por infracción leve (artículo 6) o de hasta el 10% si se impone por infracción grave (artículo 7). La condena por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 8 de la LISOS cometida con ocasión de la ejecución del contrato supondrá que se considere incumplida una condición esencial del contrato, incurriendo el contratista en causa de resolución contractual, una vez que la sanción sea firme en la vía administrativa.
El contratista igualmente vendrá obligado a informar puntualmente al responsable del contrato sobre cualquier sanción que le sea impuesta en materia de prevención riesgos laborales por hechos cometidos con ocasión de la ejecución del contrato, así como sobre los eventuales recursos que se hayan planteado contra ella y las resoluciones que recaigan sobre los mismos. El incumplimiento de esta obligación de información supondrá que se considere incumplida una condición esencial del contrato, incurriendo el contratista, una vez firme la sanción, en causa de resolución.
CONDICIONES DE CUMPLIMIENTO DE NORMATIVA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
La condena a la empresa contratista por la autoridad competente en la materia mediante sanción firme en vía administrativa ,por la comisión de infracciones en materia de prevención de riesgos laborales tipificadas en los artículos 11 o 12 de la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS), aprobada por Real Decreto Legislativo 51/2000, de 4 xx xxxxxx, y que se cometan con ocasión de la ejecución del contrato, tiene la consideración de incumplimiento contractual que dará lugar, a la imposición de una penalidad de hasta el 5% del presupuesto del contrato si la sanción se impone por infracción leve (artículo 11) o de hasta el 10% si se impone por infracción grave (artículo 12).
La condena por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 13 de la LISOS cometida con ocasión de la ejecución del contrato supondrá que se considere incumplida una condición esencial del contrato, incurriendo el contratista en causa de resolución contractual , una vez que la sanción sea firme en la vía administrativa.
El contratista igualmente vendrá obligado a informar puntualmente al responsable del contrato sobre cualquier sanción que le sea impuesta en materia de prevención riesgos laborales por hechos cometidos con ocasión de la ejecución del contrato, así como sobre los eventuales recursos que se hayan planteado contra ella y las resoluciones que recaigan sobre los mismos. El incumplimiento de esta obligación de información supondrá que se considere incumplida una condición esencial del contrato, incurriendo el contratista, una vez firme la sanción, en causa de resolución.
La prestación de este servicio no supone que el personal afectado tenga la condición de funcionario ni crea ningún vínculo laboral ni de ningún tipo con el Ayuntamiento de Derio, dependiendo exclusivamente del contratista, que estará obligado al pago de sus retribuciones y de todas las cargas sociales derivadas de aquello que dispone la legislación laboral, la seguridad social y otras disposiciones legales vigentes. La empresa deberá tener informado a su personal de dicho extremo, haciendo constar en los contratos del personal que realice dicha circunstancia.
El adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que el personal empleado cause en las zonas verdes, arbolado, en las personas, bienes particulares y públicos.
Finalmente, mencionar que el personal de la empresa adjudicataria, en ningún supuesto tendrá vinculación o relación laboral, o contractual, funcional o de naturaleza alguna con respecto al Ayuntamiento de Derio.
Para hacer los trabajos se tendrán que tomar todas las medidas necesarias para evitar accidentes laborales, y cumplir la normativa de seguridad laboral. El Ayuntamiento podrá obligar al contratista a tomar cualquier medida de seguridad cuando detecte que se incumple la normativa y no se hará responsable en caso de haber algún accidente laboral por carencia de medidas de seguridad.
6.2.1. Localización del personal
El contratista tiene que facilitar en el Ayuntamiento los nombres, los teléfonos, los calendarios y las franjas horarias de todo el personal y en especial de la persona encargada del servicio para que el Ayuntamiento de Derio pueda localizarla rápidamente.
6.2.2. Uniformes y equipo de trabajo
El personal del servicio tendrá que ir uniformado a cargo del contratista y con ausencia de toda indicación o símbolos y logotipos diferentes de los aceptados por el Ayuntamiento. Por lo que respecta al uniforme:
El uniforme irá a cargo del contratista y tendrá que adaptarse a las diferentes estaciones climatológicas, el cual se complementará con piezas de abrigo o impermeables y botas.
Es de uso obligatorio siempre que se realicen tareas del servicio, y no tienen que traer otras indicaciones, anagramas o símbolos que no sean los previstos en el diseño de este uniforme.
Se traerá limpio.
El uniforme dispondrá de tiras reflectantes para que el personal sea perfectamente visible en la vía pública tanto durante el día como durante la noche, y en cualquier circunstancia climatológica.
6.2.3. Cortesía
Los operarios tendrán que mantener una absoluta cortesía con los usuarios del servicio, las autoridades municipales y los ciudadanos en general. Es obligación del contratista poner remedio de manera inmediata a cualquier mal comportamiento de los operarios adscritos al servicio.
El contratista tiene que velar porque en todo momento el servicio transmita al ciudadano una imagen de total corrección en su gestión.
En caso de hallazgos de objetos, muebles, dinero o cualquier otra cosa valiosa, se tendrán que poner a disposición del servicio de los Servicios Municipales, que procederá conforme dispone la legislación vigente en la materia.
Artículo 6.3. Subrogación del personal
La empresa adjudicataria garantizará la subrogación de los trabajadores y trabajadoras existentes en el momento de la adjudicación.
El Ayuntamiento de Derio, en aras a cumplir con su responsabilidad social y económica, exige a la empresa adjudicataria del servicio objeto del presente contrato el compromiso de llevar a cabo una política de gestión de personas y revisión salarial acorde a criterios de productividad y eficiencia, de tal forma que la parte referida a la evolución salarial y del poder adquisitivo de los trabajadores/as quede siempre vinculada a la consecución de determinados objetivos, grados o
ratios que libremente se pueda negociar y acordar con la Representación Legal de los Trabajadores.
Asimismo, al finalizar el contrato, el coste del personal que pueda ser objeto de subrogación no podrá ser en términos homogéneos de masa salarial superior al coste del personal de posible subrogación en la presente licitación, más los incrementos de I.P.C. que se hayan sucedido a lo largo de la vida del contrato; salvo que vengan justificadas por la causa de ampliación de servicios recogidos en este pliego. Se entiende por masa salarial el coste total de empresa de la totalidad del personal objeto de subrogación.
El personal afecto a la contrata de jardinería a subrogar se especifica en el Anexo 2. El sueldo de cada uno viene determinado por el Convenio Colectivo Estatal de Jardinería.
Artículo 6.4. Medios materiales
El contratista deberá disponer en el momento de la entrada en vigor del contrato de los medios materiales ofertados.
Serán a cargo del contratista la adquisición, la conservación y la distribución de la maquinaria, los vehículos, los enseres, elementos auxiliares (tutores, cuerdas, etc.), y en general todos los materiales necesarios para poder realizar correctamente las operaciones descritas en el presente Pliego de acuerdo con el proyecto técnico presentado.
Todo el material estará disponible para cualquier situación de emergencia si así lo requiere el Ayuntamiento.
Todas las herramientas aportadas al servicio se tendrán que encontrar en perfecto estado de conservación y limpieza en todo momento a partir del día de inicio del contrato. Todo el material tendrá que ser limpiado con productos adecuados periódicamente, para que cuando entre en servicio ofrezca un aspecto de pulcritud total.
De la misma manera deberá disponer, a su cargo, todas las medidas de protección y señalización que garanticen la seguridad del personal que trabaja en la vía pública y de los usuarios en general.
Artículo 6.5. Vehículos y Maquinaria
Todos los transportes que estén motivados por los trabajos contratados son a cuenta y riesgo del contratista adjudicatario.
El contratista dispondrá a su cargo de los vehículos, maquinaria y útiles necesarios para poder realizar correctamente las operaciones descritas en el presente pliego de acuerdo con el proyecto técnico presentado. Éste tendrá que hacer constar en detalle y por escrito todo el parque móvil y maquinaría que adscribirá en el servicio, así como las características técnicas y su antigüedad.
Los vehículos que utilicen, tendrán las condiciones requeridas para el fin a que estén destinados, tanto por lo que respecta a la seguridad como a las conveniencias de estética urbana y condiciones sanitarias, e irán equipados, con luces de emergencia giratoria de color amarillo auto. Asimismo, estarán provistos de la señalización según la normativa vigente, especialmente los que realicen trabajos en movimiento.
El adjudicatario no podrá introducir vehículos de tracción mecánica en las zonas verdes, a excepción de casos necesarios para las tareas propias de mantenimiento, como pueden ser los suministros de abonos, la recogida de hierba, la siega, la xxxx xx xxxx, el suministro de plantas, la limpieza general xxx xxxxxxx, vertidos de tierra o de gravilla, etc.
Todos los vehículos y maquinaria estarán disponibles para cualquier situación de emergencia si así lo requiere el Ayuntamiento de Derio. Del mismo modo, la maquinaria agrícola, tractores, diferentes aperos, no asignada al servicio, estará disponible para los servicios del Ayuntamiento en caso de necesidad. El adjudicatario también deberá disponer de un camión basculante, grúa y cesta para podas de apoyo para el servicio del Ayuntamiento en caso de que éste lo requiera.
Todos los vehículos autorizados llevarán un rótulo, emblema indicador de la actividad de jardinería, para su identificación.
El adjudicatario está obligado a señalizar con indicadores reglamentarios, con avisos de peligro, precaución, etc. las zonas de actuación que interfieran en las vías de circulación o peatonales, teniendo que notificar a los Servicios Técnicos Municipales y a los Técnicos Municipales con un mínimo de 48 horas de antelación las actuaciones que afecten el tránsito rodado o peatonal.
En todo caso, los medios empleados tendrán que:
Cumplir en cada momento la normativa ambiental exigible (emisión de gases, ruido, seguridad, etc.).
Adoptar la solución menos agresiva con el medio ambiente.
Emplear dentro de lo posible fuentes de energía alternativa, siempre que resulten rentables y de eficacia contrastada.
Aplicar soluciones tecnológicamente más avanzadas de probada eficacia y seguridad.
Ahorrar el máximo de combustible.
Reducir las emisiones de efecto invernadero y partículas.
Se aplicarán las mejores técnicas disponibles, si hay, para evitar molestias de ruido y vibraciones al vecindario, y su uso se verá restringido a las necesidades del servicio.
El contratista tendrá que traer todos los vehículos y materiales, y tendrá que obtener la aprobación del Ayuntamiento del tipo de material a utilizar antes de que lo destine al servicio.
El adjudicatario será responsable de la limpieza, buen estado y disponibilidad de los medios asignados a la contrata, sustituyendo aquellos que por reparación, rotura y otros motivos no sean operativos.
El Ayuntamiento en cualquier momento podrá exigir la renovación o sustitución del equipo, maquinaria, vehículos o elementos y servicios que no se ajusten a su juicio, a las exigencias del servicio, sin indemnización o alteración del precio de la oferta.
6.5.1. Mantenimiento de los vehículos y maquinaria
En ningún caso la reparación o revisión de un vehículo puede afectar el correcto funcionamiento del servicio, por lo cual el contratista tendrá que disponer del material de reserva para casos de urgencia. Consecuentemente, la sustitución por reparación de un vehículo o maquinaria adscrito al servicio no podrá exceder una jornada de trabajo.
La maquinaria será en todo momento operativa e incorporará la tecnología suficiente para efectuar las tareas correspondientes. Previo a su afectación al servicio, se podrá someter a la inspección del responsable designado por el Ayuntamiento. El material presentará en todo momento un buen aspecto de conservación e imagen.
El contratista asumirá el mantenimiento preventivo, predictivo y correctivo de todos los vehículos y materiales adscritos al servicio, así como los consumibles necesarios durante todo el periodo contractual, para garantizar la perfecta prestación del servicio.
El contratista tendrá que efectuar las revisiones mecánicas oportunas para el mantenimiento del parque móvil y de toda la maquinaría. El Ayuntamiento de Derio tiene facultad para poder exigir la documentación de los vehículos y del material, si se tercia, con el fin de comprobar la seguridad y el cumplimiento adecuado de las revisiones e inspecciones técnicas de los vehículos.
Todos los vehículos empleados se encontrarán en perfecto estado y con la Inspección Técnica de Vehículos (I.T.V.) pasada favorablemente. Todo el material y maquinaria adscrita al servicio tendrá que estar homologada, cumplir con todas las normativas correspondientes y normas generales y específicas de uso, disponer de los dispositivos de seguridad y señalización necesarios para su homologación. Los vehículos adscritos a los servicios cumplirán todos los preceptos que se señalen en el código de la circulación vigente para su libre circulación por la vía pública. El Ayuntamiento tendrá facultad para enviar, cuando lo crea oportuno, el material móvil adscrito al servicio a inspección de los servicios técnicos del País Xxxxx, que será a cargo del contratista.
Igualmente, será responsabilidad del contratista realizar, a su cargo, las inspecciones reglamentarias que requieran los vehículos, así como dotarlos de aquellos elementos que la legislación vigente obligue a incorporar. El Ayuntamiento se reserva la posibilidad de pedir un diagnóstico específico de I.T.V. cuando lo crea conveniente, homologado, siendo a cargo del contratista las tasas de inspección. Todos los vehículos y maquinaria tendrán que cumplir en todo momento del servicio, la reglamentación vigente sobre riesgos laborales y seguridad vial. Los vehículos que presten servicio tendrán que cumplir todos los requisitos que señale el Código de Circulación vigente, así como ir pintados de forma que resulten fácilmente identificables.
Artículo 6.6. Instalaciones fijas
El licitador deberá disponer, durante la vigencia del contrato, de un local que sirva de depósito, oficinas y almacén, ubicado en el municipio de Derio.
En la oferta deberá indicar la ubicación y principales características del local. Los licitadores propondrán el conjunto de instalaciones fijas que mejor se adapten a los servicios, a su sistema de trabajo y su organización interna, siempre que cumplan las normas y reglamentaciones vigentes. Las instalaciones serán gestionadas por la empresa adjudicataria y tendrán que entrar en funcionamiento desde el inicio de la contrata con la conformidad y autorización del Ayuntamiento, teniendo que cumplir con la normativa legal de actividad.
Es responsabilidad de la empresa adjudicataria el cumplimiento de toda la normativa de seguridad e higiene en el trabajo, la limpieza y desinfección de todas sus instalaciones y el transporte del personal desde éstas hasta el puesto de trabajo, pudiendo ser minimizada a través del establecimiento de varios lugares de salida del personal.
Como mínimo, estas instalaciones dispondrán de lugar para:
Guardar todos los vehículos del servicio.
Mantenimiento, reparación, limpieza y desinfección de todo el material móvil adscrito a los servicios.
Almacén de materiales, con los recambios necesarios para hacer las sustituciones y reparaciones de las averías que sufra la maquinaria adscrita al servicio.
Disponer de un vivero, tanto si pertenece a la empresa o no, que garantice el correcto almacenado de las plantas, arbolado, arbustos, vivaces, etc. con una superficie útil mínima de 250 metros cuadrados, dotado con las instalaciones adecuadas para asegurar el almacenamiento de las plantas.
Gestión de los residuos generados incluido el triturado de la fracción verde.
Dependencias para el personal, dotadas de duchas y vestuarios, y espacio para las oficinas.
Artículo 6.7. Comunicación
El contratista dispondrá, durante la vigencia del contrato, de al menos un teléfono móvil para el representante (descrito en el Artículo 6.1.a.) y otro para el encargado (descrito en el Artículo 6.1.b.) con el fin de obtener una mejor coordinación y control de los trabajos de mantenimiento.
Asimismo deberá disponer de un sistema que permita la comunicación entre los trabajadores del servicio cuando se encuentren en distintos puntos del municipio.
El contratista deberá facilitar y mantener abierta una dirección de correo electrónico con la que poder atender las comunicaciones con el Ayuntamiento de Derio y que deberá ser leído por la empresa adjudicataria como mínimo una vez al día.
Artículo 6.8. Suministro de materiales
El contratista dispondrá, durante la vigencia del contrato, de un “stock” mínimo de materiales tanto xx xxxxx (aspersores, uniones, etc.) como de jardinería (herbicidas, abonos, insecticidas, tutores, etc.) y equipos que habitualmente se vayan a utilizar como: cortacéspedes, desbrozadoras, sierras mecánicas, atomizadores de pulverizar, carretillas, etc.
El Ayuntamiento podrá exigir la comprobación de su disponibilidad y exigir en todo momento la adecuada reposición de los materiales que se consuman.
Del mismo modo, el contratista está obligado a realizar los suministros que se le encomienden, en el plazo que se le señale, el cual vendrá determinado por la importancia y la complejidad del material a suministrar. El material se entregará en el lugar del término municipal de Derio que indique el Ayuntamiento, y se puede tratar de todo tipo de materiales necesarios para las tareas que se tienen que llevar a cabo.
Se puede entender como incluido en el precio del contrato los gastos adicionales, cargas, transportes, descargas, recogida, almacenamiento y otros gastos propios de todos los materiales, sean o no suministrados por la contrata.
Artículo 6.9. Rotulación vestimenta y vehículos
El personal aportado para el mantenimiento del municipio, deberá disponer de la vestimenta y medios de protección, acorde a la legislación laboral (Artículo 6.2.) y dicha vestimenta deberá ser rotulada de manera tal que se identifique a dicho personal con el servicio de mantenimiento de jardinería del Ayuntamiento de Derio, con ausencia de toda indicación o símbolos y logotipos diferentes de los aceptados por el Ayuntamiento
Asimismo dicha rotulación será exigible a los vehículos y maquinaria asignados al servicio. Los vehículos y maquinaria tendrán que ir correspondientemente serigrafiados con el logotipo del adjudicatario. Además, tendrán asignada la identificación tanto en euskera como en castellano. Del mismo modo, los vehículos y maquinaría de apoyo tendrán esta identificación temporal mediante imanes, carteles u otro medio similar.
Artículo 6.10. Seguridad y Salud
Dentro del ámbito del trabajo laboral, la seguridad y la salud son una parte importante del contenido del contrato de trabajo. La empresa adjudicataria tiene que cumplir con la obligatoriedad de garantizar la seguridad laboral de sus trabajadores. Para conseguir estos objetivos, se tienen que poner a disposición todos los elementos que permitan aplicar las medidas de protección y prevención más adecuadas para cada caso.
Para ejecutar un servicio con la calidad esperada, tendrá que cumplir con toda la normativa que permanezca en vigor durante toda la duración del contrato y, en especial, tendrá que atender a todas las normas de prevención de riesgos laborales, implantando un sistema de gestión y prevención de riesgos para todas las actividades que hay que llevar a cabo en la ejecución del contrato.
Y como referencia se cita la siguiente normativa, la cual influirá en la elección de los medios mecánicos y auxiliares:
RD 1215/ 1997 en que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en la utilización de equipos de trabajo por los trabajadores.
Real Decreto 1849/2000, de 10 de noviembre, por el que se derogan diferentes disposiciones en materia de normalización y homologación de productos industriales.
Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas.
Otra normativa de aplicación.
CAPÍTULO VII
DIRECCIÓN E INSPECCIÓN DE LOS TRABAJOS.
Artículo 7.1. Inspección de los trabajos
La dirección de Inspección Facultativa de las labores de mantenimiento, renovación, limpieza y mejora de las zonas ajardinadas, plantas de interior e instalaciones xx xxxxx del municipio, así como de los suministros y trabajos varios, objeto de la contrata, será ejercido por los servicios técnicos del Ayuntamiento de Derio, dando cuenta al adjudicatario de las personas que han de tener relación directa con él. Este Servicio vigilará y controlará en todo momento la forma de prestación de los diferentes servicios adjudicados en relación con las especificaciones del presente Pliego.
El adjudicatario estará obligado a cumplimentar todas cuantas disposiciones referentes a la clase, orden, manera y tiempo de ejecutar los trabajos contratados puedan serle comunicados por la dirección e inspección Facultativa del Servicio.
Las facultades de los Técnicos designados para ejecutar el servicio de Inspección serán, entre otras, las siguientes:
Controlar que los trabajos se efectúen oportunamente y en la forma correcta.
Controlar si se cumple tanto lo estipulado en el pliego, como en los posibles compromisos posteriores del adjudicatario, en cuanto al número y cualificación del personal.
Determinar si los vehículos, maquinaria, herramientas y el resto del equipo que haya de utilizarse en la realización de los trabajos, cumplen las condiciones exigidas en el presente Pliego.
Vigilar si la asistencia y permanencia de todo el personal que constituyen los equipos de conservación, así como su entorno, vestuario, competencia, laboriosidad y conducta, reúnen las condiciones exigidas a su rango, lugar de actuación e importancia de la misión que tengan encomendada.
Artículo 7.2. Dirección de los trabajos
El adjudicatario estará obligado a desplazar semanalmente y en las horas que se señale, al técnico responsable de la empresa hasta el Ayuntamiento de Derio, para recibir las instrucciones pertinentes o las observaciones necesarias para la mejor prestación del servicio. Asimismo podrá ser requerida su presencia para que el plazo de 24 horas se persone en el Ayuntamiento cuando esta considere necesaria o conveniente su presencia.
Mensualmente y a la vista de los distintos partes presentados por la empresa, el representante de la empresa adjudicataria junto con el Servicio Técnico del Ayuntamiento, comprobaran el nivel y calidad de ejecución de los mismos. El representante del adjudicatario, o persona en quien delegue, se reunirá con el técnico denominado por el Ayuntamiento para presentar la evolución del servicio, las novedades, las sugerencias y las quejas sobre el mantenimiento así como proponer las actuaciones a efectuar y marcar las directrices de los equipos de trabajo. En
esta reunión además, se discutirá los niveles de servicios (Artículo 5.7.) y la planificación del mes siguiente entregada por el adjudicatario en el Plan de Actividad Trimestral.
Las propuestas de modificación del servicio serán elevadas al Servicio Técnico del Ayuntamiento, quien decidirá en última instancia. En el supuesto de que se tenga que adoptar alguna modificación del servicio, el contratista dispondrá de 7 días naturales para introducir los cambios que se le encomienden.
A requerimiento del Servicio Técnico del Ayuntamiento se podrán, previa programación, introducir nuevas zonas que se podrán intercambiar con las relacionadas en el Anexo 1, siempre que sean de características similares de superficie y tipología.
Finalmente, mencionar que en circunstancias extraordinarias o por causas de fuerza mayor (nevadas, incendios, inundaciones y otras), que pudieran presentarse dentro del término municipal, el adjudicatario realizará y prestará la ayuda necesaria con los medios disponibles y ofrecidos en la propuesta, sin ningún cargo para el Ayuntamiento, incluso si las zonas de actuación sobrepasan los límites del servicio.
TRABAJOS Y SUMINISTROS VARIOS
Se contemplan en este capítulo, todos los suministros de materiales y plantas a efectuar por la empresa adjudicataria, así como aquellos trabajos y prestaciones, que con motivo de mejoras y de obra nueva, se llevarán a cabo en las zonas verdes del Ayuntamiento. El Ayuntamiento deberá facilitar información detallada de todos los servicios existentes en la zona objeto de obra nueva.
En concreto, dos zonas objetos de obra nueva que se van a dar en el Municipio de Derio son las siguientes:
Aldekone Goikoa (dos fases más).
Ganbe Goikoa
Tal y como se ha explicado en el Artículo 2.1., el adjudicatario se obliga a admitir las nuevas zonas verdes hasta un 7%, que con motivo de áreas de nueva creación, ampliaciones, expropiaciones, adquisiciones, etc. realice el Ayuntamiento de Derio, y que se vayan incorporando.
Los trabajos, suministros, etc., cuyas trabajos e importe no estén incluidos en la oferta presentada, serán valorados por el adjudicatario y aprobados por el Ayuntamiento antes de su inicio.
En cuanto a las mejoras presentadas por los licitadores, éstos deben prever, en su oferta económica, la amortización de las inversiones necesarias para desarrollar el Plan de Mejoras que se menciona en el Capítulo XIII de este Pliego.
SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL.
El adjudicatario es responsable de los daños y perjuicios ocasionados a bienes o a terceras personas, incluidas las derivadas de lo establecido en el Capítulo V de este pliego, con motivo de los trabajos que desarrolle, que deberán señalizarse adecuadamente y cuidar su realización, con el respeto debido al público.
Para garantizar los posibles daños dispondrá, el adjudicatario, de un seguro de responsabilidad civil de, al menos, 2.000.000 € por cada siniestro. Este seguro cubrirá la responsabilidad civil del contratista, de los técnicos y personal que esté a su cargo y los que se puedan reclamar al Ayuntamiento y los facultativos que se encargan de la Dirección Técnica de los trabajos, por daños a terceros o cualquier eventualidad que suceda por los trabajos contemplados en este Pliego.
La empresa deberá aportar una copia de la póliza del seguro.
PLAZO DE GARANTÍA EN LAS PLANTACIONES, MATERIALES Y SERVICIOS. BAJAS Y ELEMENTOS A CARGO DEL CONTRATISTA Y DEL AYUNTAMIENTO. OTRAS PRESTACIONES.
Artículo 10.1. Plazo de garantía en las plantaciones, materiales y servicios.
Estas labores consistirán en la sustitución o renovación de las plantas permanentes o de temporada, vivaces, arbustos, rocallas, árboles, zonas de césped, etc., que hubieran perdido o mermado considerablemente sus características ornamentales, o bien, que su precario estado botánico haga prever tal situación para un futuro próximo.
Para los elementos vegetales suministrados y plantados por los titulares de la contrata, se establecerán los periodos de garantía siguientes:
Árboles: 1 año
Arbustos: 6 meses
Plantas herbáceas y flor de temporada: 2 meses.
Materiales xx xxxxx, reparaciones, y elementos: 1 año
El adjudicatario estará obligado a reponer a su xxxxx las bajas existentes al acabar el periodo de garantía o con anterioridad, sin que sea necesario requerimiento del Servicio Técnico del Ayuntamiento.
En las instalaciones deberá actuar de inmediato cuando detecte alguna anomalía en los elementos objeto del contrato.
Cuando los elementos vegetales hayan sido suministrados y plantados por otra empresa y su mantenimiento se incluya en el inventario a cargo del adjudicatario, este vendrá obligado a su mantenimiento en idénticas condiciones al resto de elementos que componen el presente contrato.
Cuando el contratista no realice la sustitución de una determinada planta o material de las instalaciones a su cargo, el Ayuntamiento de Derio podrá, transcurrido el plazo en que debió ser realizada, realizar por su cuenta las mismas. Del importe a percibir el contratista por las certificaciones mensuales se deducirá la mayor de las siguientes cantidades:
el coste que ello le suponga al Ayuntamiento
el importe que de acuerdo con los precios ofertados por el adjudicatario asciendan dichos trabajos.
Artículo 10.2. Plantación y/ reposición. Elementos y otras prestaciones.
En las plantaciones e instalaciones, actuales y futuras, que comprende el presente contrato, se aplicará el siguiente criterio:
El coste de las de especies vegetales como consecuencia de caídas por viento, rayos y similares será a cargo del Ayuntamiento. El de la mano de obra necesaria para la plantación, resto de materiales, maquinaria, etc. será a cargo de la empresa concesionaria.
10.2. a) Árboles
Los árboles que causen baja, o tengan un estado notablemente deteriorados a criterio del Servicio Técnico del Ayuntamiento, serán repuestos por el contratista, a su cuenta y riesgo hasta un máximo de 3.000€ anuales IVA incluido. Es decir, serán a cargo del adjudicatario la reposición de árboles cuyo coste anual no supere los 3.000€ IVA incluido, siendo de carácter acumulativo para los años posteriores el importe que no se utilice un año, así como las que sean consecuencia de un mantenimiento incorrecto o no conforme a este pliego.
En caso de necesitarse de un soporte artificial como consecuencia del tamaño de los árboles, de su ubicación y de la necesidad de su protección, se procederá, de acuerdo con las instrucciones que al respecto se señalen, al entutorado correspondiente, con estacas de acacia de 7,- x 7,- x 280 cm., cepilladas y canteadas por sus cuatro caras, el cual, una vez clavado en el terreno, deberá disponer de una altura útil de 2,30 m. Al tutor se sujetará el árbol mediante ligadura elástica que permita el desarrollo en grosor del árbol sin afectar a éste y lo sujete con respecto a zarandeos, golpes o demás agresiones humanas o naturales que con ésta protección puedan evitarse.
10.2. b) Arbustos y plantas herbáceas
Los arbustos y plantas herbáceas que causen baja, o notablemente deteriorados a criterio del Servicio Técnico del Ayuntamiento, serán suministrados y plantados por el contratista por su cuenta y riesgo. Los nuevos arbustos tendrán un porte semejante al del que causó baja, será de su misma especie y cultivar, de altura superior a los 60 cm. y presentados en contenedor. Las plantas herbáceas se presentarán en contenedor. Se plantará en el mes siguiente al que causo baja o en el momento que consideré oportuno el Servicio Técnico del Ayuntamiento.
Serán a cargo del adjudicatario la reposición de la plantación de arbustos y herbáceas cuyo coste unitario sea inferior a 600 euros IVA incluido, y las que sean consecuencia de un mantenimiento incorrecto o no conforme a este pliego.
Será también por cuenta del contratista la plantación de parterres florales, incluyendo las plantaciones temporales con ocasiones de fiestas y eventos tales como Navidad. Serán plantas xx xxxx de temporada (pensamientos, ciclamen, petunias, poinsetias, cannas, alhelís, prímulas, tulipanes, etc.), en los lugares y formas que determinen los Servicios Municipales, en las densidades adecuadas a cada tipo xx xxxx y con especies que aseguren la floración durante todo el año.
En éste sentido el adjudicatario propondrá anualmente un plan de plantaciones que será aprobado o modificado hasta su correcta aceptación por el Ayuntamiento de Derio. En caso de no colocarse este número de plantas, serán entregadas por el adjudicatario al Ayuntamiento para su uso.
10.2. c) Césped de las zonas verdes
El adjudicatario vendrá obligado a resembrar anualmente el 10% de la superficie de césped de las zonas verdes objeto del contrato, de acuerdo con el criterio del Servicio de Parques y Jardines.
A tal fin, el adjudicatario presentará dentro de los dos primeros meses de cada año, una relación debidamente razonada de las zonas de césped que por su estado considere que deben ser objeto de esta resiembra, y que deberá ser aceptada por el Servicio Técnico del Ayuntamiento con las modificaciones a que hubiera lugar.
Serán por cuenta del adjudicatario todos los suministros necesarios para realizar estas labores (abono, semilla, cubresiembras, etc.) si bien los mismos deberán ser aprobados previamente a su utilización por el Servicio de Parques y Jardines.
10.2. d) Actos públicos
En los actos públicos que celebre el Ayuntamiento de Derio, la empresa contratista estará obligada a suministrar las plantas en macetas necesarias para la decoración que se soliciten. Una vez finalizados los actos el adjudicatario podrá recuperar las plantas.
Todos estos trabajos estarán incluidos en el canon de mantenimiento general del resto del municipio, así como los trabajos y suministros necesarios para el Día de Plantación y el Xxxxxxxx xx Xxxxxxx citados en el Artículo 4.5.
10.2. e) Instalaciones xx xxxxx
Todos los materiales necesarios para el correcto funcionamiento de las instalaciones son a cargo del adjudicatario excepto los que superen los 600 €, IVA incluido, según tarifa del fabricante para venta al público, de manera que al adjudicatario le corresponden:
a) Todos los materiales y herramientas necesarios para la reparación de cualquier avería.
b) En caso de que la pieza o elemento no se pueda reparar, tendrá que sustituirla por una nueva.
c) Todos los materiales o elementos que tengan envejecimiento o desperfectos previsibles como son a título enumerativo: aspersores, goteros, tuberías, bocas xx xxxxx, valvulería general, etc.
Quedan a cargo del Ayuntamiento el resto de materiales, que serán sometidos a facturación separada, solo el material, estando incluida la mano de obra y desplazamiento dentro del mantenimiento.
CAPÍTULO XI
INVENTARIO Y PROGRAMA ANUAL DE LOS TRABAJOS.
El adjudicatario deberá realizar al comienzo del servicio, un inventario con las unidades xx xxxx, arbustos, setos, árboles y jardineras que haya en las zonas enumeradas en el Anexo 1, así como de los m2 de rocallas y macizos arbustivos, y demás elementos, con el fin de disponer de un inventario completo en este aspecto.
Además, semestralmente, el adjudicatario procederá a actualizar este inventario, junto con el adjunto en el Anexo 1, incrementando o reduciendo las unidades afectas al mantenimiento.
El adjudicatario, según el inventario de zonas verdes a conservar del Anexo 1, así como de la frecuencia de operaciones prevista en el presente pliego, realizará un Programa Anual de los trabajos a realizar, en el que se reflejarán como mínimo:
Total de operaciones y labores a realizar, definiendo en qué zonas, las frecuencias, tiempo de resolución, distribución horaria, itinerario, etc.
Equipos de trabajo con que se acometerá cada operación (incluyendo el personal dedicado al servicio y los equipos especializados o de refuerzo que sean necesarios).
Personal y maquinaria que de forma fija o esporádica se tendrá trabajando en el municipio en cada uno de los equipos citados anteriormente.
Previsión de desplazamiento del mismo.
Cualquier otra observación que el adjudicatario considere de interés para el buen funcionamiento del servicio.
A fin de realizar un seguimiento de los trabajos realizados, así como del personal dedicado al servicio, debe establecerse muy claramente el personal fijo que dedicarán al servicio en los distintos meses del año, e incluir el personal de apoyo en periodos de altas cargas de trabajo. De igual modo se definirán los trabajos que realizarán los equipos especializados con objeto de controlar que esas tareas no son realizadas por el personal fijo.
CAPITULO XII
CONTROL DE LAS OBLIGACIONES Y SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO
El Ayuntamiento de aplicará el sistema de control de las obligaciones para verificar el correcto funcionamiento del servicio prestado, mediante la realización de inspecciones periódicas. La empresa adjudicataria durante el periodo de vigencia del contrato se someterá en lo referente a sus prestaciones, al siguiente sistema de control de obligaciones de servicio:
1. El adjudicatario tendrá que aceptar la cesión hasta el 7% (según lo comentado en el Artículo 2.1. de este pliego) nuevas zonas verdes.
2. Tendrá que realizar todos los trabajos objeto de este contrato sin separarse xxx xxxxxxxx y recta interpretación del mismo.
3. El adjudicatario se obliga al más exacto cumplimiento de todas las leyes y disposiciones vigentes en materia social, laboral y de seguridad en el trabajo.
4. Para señalizar el área de los trabajos, el adjudicatario tendrá que disponer, a su cargo, de todas las medidas de protección y señalización para garantizar la seguridad del personal que trabaja en la vía pública.
5. El adjudicatario es responsable de los accidentes, daños, perjuicios o molestias a bienes o terceras personas con motivo de los trabajos que realice. Para garantizar los posibles daños o perjuicios que puedan producirse, dispondrá de un seguro de responsabilidad civil y daños a terceros en cantidades suficientes, entregando copia de la póliza del seguro al hacerse cargo del contrato.
6. El adjudicatario tendrá que disponer de las instalaciones necesarias para vestuarios del personal y almacén de herramientas, maquinaria y materiales adaptados a la propuesta de trabajo presentada. Será de obligación del adjudicatario mantenerlas con un buen aspecto exterior y de pintura.
7. El adjudicatario se hará cargo de la gestión de la totalidad de los residuos generados en la realización de todos los trabajos descritos en el presente pliego y de los que le puedan ser encomendados como trabajos extraordinarios.
8. El adjudicatario tendrá que especificar los centros de tratamiento de residuos que utilizará y pasará un resumen por meses de la totalidad de los residuos llevados a cada uno de los centros.
9. El adjudicatario realizará, por su cuenta, todos los transportes de material, plantas y residuos resultantes de los trabajos incluidos en el contrato.
10. El adjudicatario tendrá que notificar por escrito los daños y/o anomalías que observe en las zonas verdes, y pondrá en conocimiento del Ayuntamiento, todas las obras o trabajos que se realicen en la vía pública y que afecten a las zonas verdes.
11. El adjudicatario intervendrá directamente, sin esperar instrucciones del Ayuntamiento en aquellas operaciones de reparación que requieran una actuación justificada y urgente. Posteriormente se notificará, tan pronto como sea posible, por escrito en el Ayuntamiento.
12. El adjudicatario podrá utilizar las bocas xx xxxxx y redes xx xxxxx de propiedad municipal. A los lugares donde sea posible se dará prioridad a la utilización del agua del freático. El suministro del agua será a cargo del Ayuntamiento.
13. En el caso de realizar modificaciones o nuevas instalaciones de la red xx xxxxx el adjudicatario tendrá que presentar una propuesta y croquis de la instalación xx xxxxx y, al acabar, el plano definitivo en el plazo de un mes.
14. El adjudicatario tendrá que mantener y actualizar los datos del inventario de las zonas verdes, los caminos, así como de los árboles, arbustos, plantas herbáceas, flores de temporada, fichas xx xxxxx, archivos de arbolado, etc., tanto durante el trabajo xx xxxxxx, como a nivel de inventariado.
15. El Ayuntamiento podrá imponer al adjudicatario la sanción oportuna cuando el personal diese motivo para ello.
Las omisiones o la carencia de descripción de los detalles que sean indispensables para llevar a cabo correctamente todos los trabajos objeto de este pliego no eximen al adjudicatario de la ejecución de los mencionados detalles, que se tendrán que realizar según el buen oficio y costumbre, como si hubieran sido efectivamente descritos.
Para todo lo que no se especifica en el resto de párrafos hay que tener en cuenta el criterio del Ayuntamiento.
El incumplimiento del adjudicatario respecto a los trabajos contratados o aceptados previamente y que no hayan sido realizados, o en fecha posterior al plazo de ejecución, trabajos que no se hayan hecho de acuerdo con la programación del Plan Actuación Trimestral, aquellos que se hayan realizado deficientemente, en caso de no aportación de los recursos materiales ofertados... En todos estos supuestos se procederá a la deducción del coste unitario por trabajo y persona programada para hacer la tarea programada.
ANEXO 1 - INVENTARIO
ZONAS | ||
Superficie (m2) | nº Cortes | |
ZONA URBANA | 43.620 | 18,00 |
PARQUE XXXXX | 55.400 | 18,00 |
XXXXX XXXXXXX | 4.670 | 16,00 |
GAZIANE | 8.345 | 16,00 |
XXXXX PERRERA | 1.415 | 16,00 |
ELEIZA | 1.510 | 16,00 |
RESIDENCIA ERREKALDE | 3.270 | 16,00 |
ACERA LOIU | 1.480 | 16,00 |
ACERA SEMINARIO | 1.135 | 16,00 |
ZEROETXE | 1.520 | 16,00 |
ESKOLAK | 1.500 | 10,00 |
XXXX XXXXXXXXXX | 0.000 | 00,00 |
XXXXXX XXXXXXXXX | 10.825 | 10,00 |
XXXXX XXXXXXXXX | 0.000 | 10,00 |
EXTERIOR CAMPO DE FUTBOL | 6.995 | 10,00 |
PARKING DE CAMIONES | 310 | 10,00 |
XXXXX DEL CEMENTERIO | 3.500 | 10,00 |
REMENTARIÑE | 20.000 | 18 |
GANBE Robledal 1 | 18.500 | 6 |
GANBE Robledal 2 | 2.000 | 18 |
GANBE Taludes | 1.900 | 10 |
GANBE Jardines | 5.200 | 18 |
Paseo Agraria | 1.400 | 10 |
Teileri | 1.200 | 10 |
Campo de Fútbol Interior | 2.400 | 10 |
Politeknika | 3.800 | 10 |
Idorsolo 13-15 trasera | 1.150 | 18 |
Bilbaobarri | 200 | 18 |
Kultur | 650 | 18 |
Parking de Camiones | 6.000 | 8 |
Parcela delante Instituto | 6.500 | 2 |
Senda Campo de Fútbol | 1.500 | 10 |
Aldekone Goikoa | 1.181 | 18 |
INVENTARIO II | ||
Ud. | nº actuaciones /año | |
ABONADO CESPED m² | 126.375 | 1 |
PODA DE ARBUSTOS EN LINEA m - tres caras | 596 | 3 |
PODA DE ARBUSTOS AISLADOS Ud. | 430 | 3 |
SUPERFICIE TERROSAS m² | 504 | 4 |
XXXX XX XXXXXXX Xx. | 000 | 0 |
XXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX Ud. | 1.358 | 4 |
PLANTACIÓN FLOR DE TEMPORADA Ud. | 4.000 | 2 |
MANTENIMIENTO ANUAL DE JARDINERAS Ud. | 60 | 1 |
CAMINOS A DESBROZAR | ||||
m | Anchura lateral 1 | Anchura lateral 2 | m2 a desbrozar | |
Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx | 0.000 | 2 | 3,0 | 13.200 |
Xxxxxxxxx Xxxx | 000 | 1 | 3,0 | 1.800 |
Xxxxxxxxx Xxxxx | 000 | 2 | 3,0 | 5.400 |
Acceso Zeroetxe | 140 | 1 | 3,0 | 420 |
Acceso Geldo | 650 | 2 | 3,0 | 3.900 |
Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx | 000 | 2 | 3,0 | 5.700 |
Mantuliz | 650 | 2 | 1,5 | 1.950 |
Islabe Convento | 270 | 2 | 1,5 | 810 |
Islabe + Depósitos | 260 | 1 | 1,5 | 390 |
Xxxxxx | 530 | 2 | 1,5 | 1.590 |
Acceso Granja | 120 | 2 | 1,5 | 360 |
Xxxxxxx | 000 | 0 | 0,0 | 000 |
Xxxxxx | 160 | 1 | 1,5 | 240 |
Xxxxxx | 160 | 2 | 1,5 | 480 |
Astikene | 190 | 2 | 1,5 | 570 |
Xxxxxxxxx | 520 | 2 | 1,5 | 1.560 |
Xxxxxx Xxxxxxxx | 000 | 2 | 1,5 | 300 |
Xxxxxx Xxxxxxxx | 00 | 0 | 0,0 | 000 |
Xxxxxxxxxxxx | 310 | 2 | 1,5 | 930 |
Tabernabarri - Zuburrutxu | 340 | 2 | 1,5 | 1.020 |
Bidebarri - Zuburrutxu | 660 | 2 | 1,5 | 1.980 |
Zeroetxe - Zuburrutxu | 230 | 2 | 1,5 | 690 |
Untza - Zuburrutxu | 1.040 | 2 | 1,5 | 3.120 |
Xxxxxxx | 000 | 0 | 0,0 | 0.000 |
Xxxxxxxxxx | 260 | 2 | 1,5 | 780 |
Garaibeko | 310 | 2 | 1,5 | 930 |
Acceso Garbigune | 200 | 2 | 1,5 | 600 |
Acceso Errekalde | 150 | 1 | 1,5 | 225 |
Acceso Semigain | 340 | 2 | 1,5 | 1.020 |
Xxxxxxx | 000 | 0 | 0,0 | 0.000 |
Xxxxxx xx xxxxxx Xxxxxxx | 1.370 | 2 | 1,5 | 4.110 |
Xxxxxx | 75 | 1 | 1,5 | 113 |
Lobaga Beko | 750 | 2 | 1,5 | 2.250 |
Lobaga Goiko | 780 | 2 | 1,5 | 2.340 |
Sto Xxxxxxx Xxxxxxxxx | 000 | 2 | 1,5 | 570 |
Mauriko baso | 100 | 1 | 1,5 | 150 |
Estos caminos se reflejan en los planos adjuntos en el Anexo 4.
ANEXO 2 – PERSONAL SUBROGABLE
CATEGORÍA | TIPO CONTRATO | JORNADA | ANTIGÜEDAD |
ENCARGADO | INDEFINIDO (189) | 100% | 19-11-07 |
AUXILIAR JARDINERO | OBRA O SERVICIO (401) | 100% | 06-04-09 |
AUXILIAR JARDINERO | INDEFINIDO (189) | 100% | 02-03-09 |
AUXILIAR JARDINERO | OBRA O SERVICIO (401) | 100% | 18-02-01 |
AUXILIAR JARDINERO | OBRA O SERVICIO (401) | 100% | 01-09-08 |
ANEXO 3 – TABLAS PRECIOS UNITARIOS
TRABAJOS, MEDIOS, ETC. | IMPORTE |
Limpieza de zonas verdes. | €/m2 |
Siega de zonas verdes. | €/m2 |
Riego de zonas verdes. | €/m2 |
Conservación y formación de bordes. | €/ml |
Conservación y formación de macizos. | €/m2 |
Suministro y aplicación de abonos químicos de liberación lenta en praderas y zonas verdes. | €/kg aplicado |
Suministros y aplicación de abono orgánico (compost) en praderas y zonas verdes. | €/m3 |
Riego de arbolado en alineación. | €/ud |
Suministro y aplicación de abonado químico y sólido en arbolado en alineación. | €/kg/Ud árbol aplicado |
Suministro y aplicación de abono líquido en árboles en alineación. | €/kg/Ud árbol dosis aplicada |
Podas recorte arbustos aislados. | €/ud |
Podas recorte setos. | €/ml |
Podas y recortes arbusto en masa. | €/m2 |
Aireado-vertical-horadado y enarenado en césped y praderas. | €/m2 |
Poda de arbolado en alineación de hasta 4m, y cicatrización con producto autorizado. | €/ud |
Poda de arbolado superior a 10m, en labores de limpieza de rebrotes y saneo, con inclusión de maquinaria especial de elevación. | €/ud |
Poda de arbolado superior a 10m, en labores de terciado con inclusión de maquinaria especial de elevación. | €/ud |
Tala de arbolado de hasta 4m, incluido la gestión de residuos. | €/ud |
Tala de arbolado de hasta 10m, incluido la gestión de residuos y maquinaria especial de elevación. | €/ud |
Tala de arbolado de más de 10m, incluido la gestión de residuos y maquinaria especial de elevación. | €/ud |
Eliminación de tocón de arbolado de hasta 4m, incluido la gestión de residuos y maquinaria. | €/ud |
Eliminación de tocón de arbolado de hasta 10m, incluido la gestión de residuos y maquinaria. | €/ud |
Eliminación de tocón de arbolado de más de 10m, incluido la gestión de residuos y maquinaria. | €/ud |
Tratamientos fitosanitarios en arbolado mayor de 10m., incluso suministro del producto. | €/ud |
Tratamiento fitosanitario en arbolado mayor de 4m, hasta 10m, incluso en suministro del producto. | €/ud |
Tratamiento fitosanitario arbolado hasta 4m, incluso suministro del producto. | €/ud |
Tratamiento fitosanitario en arbustos en masa incluso suministro del producto. | €/ud |
Tratamiento fitosanitario de arbusto aislado incluso suministro del producto. | €/ud |
Tratamiento fitosanitario de setos incluido suministro del producto. | €/ud |
Tratamiento fitosanitario de césped incluido suministro del producto. | €/ml |
Suministro y colocación de tutor en arbolado existente incluidas ligaduras de sujeción. | €/m2 |
Suministro y colocación de tutor de arbustos incluidos ligaduras de sujeción. | €/ud |
Laboreo y mantenimiento de arbolado de alineación. | €/ud |
Desbroce de taludes urbanos con medios manuales (desbrozadora manual) y eliminación de restos obtenidos, incluidos medios auxiliares y vehículos. | €/m2/Terreno |
Desbroce de taludes urbanos con medios mecánicos, tractor con brazo articulado desbrozador y eliminación de restos obtenidos, incluidos medios auxiliares y vehículos. | €/m2/Terreno |
Laboreo de terreno a profundidad para posterior actuación (arado). | €/m2/Terreno |
Laboreo de terreno con rotabator, reperfilado, despedregado y nivelación. | €/m2/Terreno |
Siembra de césped incluido semillas, riego, dos siegas y rulado. | €/m2/Terreno |
Resiembra de zonas verdes existentes y demás trabajos accesorios, incluso semillas. | €/m2/Terreno |
Hidrosiembra con fórmulas diversas incluido curasol y celulosa con semillas propiedad del adjudicatario. | €/m2/Terreno |
Medios humanos. Horas encargado de cuadrilla del servicio. | €/h |
Medios humanos. Horas oficial jardinero. | €/h |
Medios humanos. Horas auxiliar jardinero. | €/h |
Medios humanos. Horas peón jardinero. | €/h |
Horas camión incluido conductor. | €/h |
Hora camión barredora de alto rendimiento. | €/h |
Hora tractor con brazo desbrozador articulado. | €/h |
Preparación de terreno para plantación de arbusto con laboreo. | €/m2 |
Apertura xx xxxx de 1 x 1 x 1m con extracción de tierra y retirada de restos al vertedero. | €/ud |
Apertura xx xxxx de 0,40 x 0,40 x 0,40m con extracción de tierra y retirada de restos al vertedero. | €/ud |
Apertura de zanja de 0,40 x 0,40 x 0,40 m con extracción de tierra y retirada de restos al vertedero. | €/UD |
Apertura de alcorque en zona urbana existente con anterioridad. | €/ud |
Apertura de alcorque en zona urbana no existente con anterioridad de 1 x 1 x 1m con retirada de restos al vertedero. | €/ud |
Vehículo elevador para podas de arbolado superior a 10m. | €/h |
SUMINISTROS VARIOS | IMPORTE |
Arbolado (alineación, parques y jardines) tamaños 14/16 de perímetro. | €/ud |
Xxxxxxxx en contenedor de 3 l. | €/ud |
Vivaces en maceta M-9. | €/ud |
Flores en macetas M-9 y/o tepes. | €/ud |
PLANTACIONES (SIN SUMINISTRO) | IMPORTE |
Plantación arbolado de alineación. | €/ud |
Plantación de arbolado en parque o jardín. | €/ud |
Plantación de arbusto aislado. | €/ud |
Plantación xx xxxx. | €/ud |
Plantación de vivaces. | €/ud |
Plantación xx xxxx de temporada. | €/ud |
SUMINISTROS VARIOS | IMPORTE |
Abonos complejo (saco de 25kg). | €/ud |
Tierra vegetal a granel (m3). | €/ud |
Tierra vegetal en saca Big-Bag. | €/ud |
Sustrato a granel (m3). | €/ud |
Sustrato en Big-Bag. | €/ud |
Mantillo a granel (m3). | €/ud |
Mantillo en Big-Bag. | €/ud |
Tutor xx xxxxxx tratada para arbolado (2,5m). | €/ud |