Modelo de acuerdo de custodia del territorio
Modelo de acuerdo de custodia del territorio
Reunidos en [población], a [día] de [mes] de [año].
De una parte, Dº/Xx …, con D.N.I. núm. 45.567.315-Z, con domicilio en [calle, número, piso, localidad,…], mayor de edad, …, en adelante y a los efectos del presente contrato, el propietario.
De otra, Dº/Xx …. con D.N.I. núm. …. con domicilio en [calle, número, piso, localidad,…], mayor de edad, en adelante, la entidad de custodia o ECT,
Intervienen INTERVIENEN
- El primero en su propio nombre y representación.
- El segundo, en nombre y representación de la fundación [denominación], domiciliada en [población, y dirección], con C.I.F. [número], constituida el día [fecha] mediante escritura pública otorgada ante el notario de [lugar], [nombre], el [día] con el número [número] de su protocolo, inscrita en el [denominación del Protectorado correspondiente y referencia de la inscripción].
Actúa en su calidad de [denominación del cargo] de dicha fundación, para cuyo cargo fue nombrado [cita del documento en el que se acredite el poder para actuar en nombre y representación de la fundación]
[se recomienda adjuntar los documentos de inscripción de la asociación y la fundación en base a los cuales se acreditan las facultades suficientes para la firma del contrato.]
Ambas partes con capacidad jurídica y de obrar suficiente, asegurándose la vigencia de sus facultades y la legal subsistencia de las asociaciones a las que representan, mutuamente se reconocen capacidad y, libremente y de común acuerdo, convienen en otorgar el presente ACUERDO DE CUSTODIA DEL TERRITORIO y, al efecto,
EXPONEN:
Primero: El propietario se encuentra facultado para autorizar los actos de administración ordinaria y extraordinaria, gestión y disfrute de las fincas que a continuación se identifican:
HACIENDA de campo, ...
[Si es posible, identificar claramente la parcela o parcelas con la denominación y descripción que conste en el Registro de la Propiedad y en el catastro].
Segundo. Valores y elementos de interés ambiental:
[Descripción de los valores naturales de la finca. Identificación de los ecosistemas, hábitats especies paisajes,… que justifican el acuerdo de custodia del territorio y su valor a nivel europeo, estatal, autonómico o local, según corresponda. No es un diagnóstico, sino una síntesis que enmarque la importancia para la conservación del acuerdo.]
Tercero. Finalidad del propietario: El propietario tiene intención de ejercer sus derechos de forma responsable en el marco de la función social de la propiedad y de tal forma que la tenencia permita compatibilizar los intereses individuales con los sociales y ambientales. Para restaurar los valores naturales de la zona y que los resultados sean significativos para la conservación de la naturaleza requiere apoyo y asistencia técnica.
Cuarto. Finalidad de la entidad de custodia: [Descripción de la motivación o/y finalidad que tiene para la entidad de custodia la firma del acuerdo (conexión con su misión/visión, conservación de la biodiversidad, usos sostenible de los recursos naturales,….). Identificar la posible conexión con fines de interés general.]
Quinto. Custodia del territorio: Ambas partes coinciden en valorar positivamente la “custodia del territorio” como una estrategia adecuada para reforzar desde la sociedad civil los objetivos de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y permitir la conservación, uso sostenible, mejora y restauración del patrimonio natural y de la biodiversidad, como parte del deber de conservar y del derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, establecido en el artículo 45.2 de la Constitución.
A través de la custodia del territorio se apoya e implica a los propietarios y usuarios del territorio en la conservación y uso de los valores y los recursos naturales, culturales y paisajísticos. Para conseguirlo, se llevan a cabo acuerdos voluntarios de colaboración continua entre propietarios y organizaciones sin ánimo de lucro y cuyos fines son la conservación de la naturaleza y/o el uso sostenible de los recursos naturales.
Las partes están de acuerdo en la necesidad de hacer compatible el uso del territorio con la conservación de sus elementos naturales, paisajísticos y patrimoniales para que puedan disfrutarlo y respetarlo todas las personas y las generaciones futuras. Esta necesidad deviene un principio rector que inspira en todo momento la interpretación de los pactos
que incluye este contrato y determina su valor ante la sociedad y la necesidad de respetarlo.
y
ACUERDAN
PRIMERO.- Objetivos de conservación:
Mediante los derechos y obligaciones establecidas en el presente acuerdo de custodia del territorio se pretenden conseguir los siguientes objetivos específicos:
[Identificar claramente los objetivos de conservación que se quieren alcanzar al finalizar la duración del contrato de custodia. Posible remisión a los valores ambientales desarrollados en el Exponen segundo si están desarrollados de forma concreta y no genérica].
Mediante este acuerdo, el propietario asume el compromiso de usar su finca de acuerdo con los principios expuestos anteriormente, autorizando el seguimiento de la Entidad de Custodia, la cual la orientará y asesorará en todo aquello que sea oportuno.
SEGUNDO.- Compromisos de la Entidad de custodia del territorio:
[Relacionar claramente las obligaciones de la Entidad de custodia con la propiedad]
TERCERO.- Compromisos del propietario:
[Relacionar claramente las obligaciones de hacer o no hacer de la Junta Gestora bien en relación con los objetivos de conservación, bien con la entidad de custodia del territorio]
QUINTO.- Instrumento de gestión de la conservación:
En el transcurso del primer año la Entidad de custodia elaborará un instrumento de técnico de conservación de los valores ambientales de las parcelas en el que, al menos, se identificarán los objetivos de conservación, actuaciones a desarrollar para conservar o restaurar los valores ambientales objeto del acuerdo, y presupuesto.
Este instrumento de conservación deberá ser aceptado por las partes contratantes.
[Modificar según corresponda. También se puede adjuntar el instrumento de conservación en este acuerdo y formar parte de él]
SEXTO.- Gestión de la finca:
En todo lo no dispuesto en este acuerdo el propietario conserva todas sus facultades de gestión, respetando los principios y valores de conservación y uso sostenible de los recursos naturales que inspiran este acuerdo.
SÉPTIMO.- Acceso a la finca:
El propietario permitirá el acceso a la finca de las personas designadas por la ECT y con el objeto exclusivo de hacer el seguimiento de los acuerdos incluidos en este contrato. Este acceso se hará con los medios necesarios y en los días y horarios pactados previamente por ambas partes.
SÉPTIMO.- Difusión pública:
Durante la vigencia del presente contrato, ambas partes acuerdan poder hacer difusión pública de la existencia del contrato por cualquier medio de comunicación, haciéndose mutuo reconocimiento público. No obstante, no se podrá hacer difusión de los nombres y datos personales que permitan la identificación de la propiedad o Junta Gestora sin el consentimiento de ambas partes.
OCTAVO.- Duración:
La duración de este contrato se establece en [número de años]. Finalizado este plazo, se prorrogará tácitamente por periodos idénticos, salvo que una de las partes quisiera desistir del contrato. La parte que quiera desistir lo comunicará a la otra parte por escrito al menos [número de meses,…] antes del siguiente vencimiento.
[Modificar según corresponda]
NOVENO.- Finalización anticipada por incumplimiento:
Las partes podrán resolver el presente acuerdo si la otra incumple las obligaciones derivadas explícitamente del presente acuerdo o incumplen los principios de conservación y uso sostenible que las motiva.
En caso de finalización anticipada por incumplimiento, la parte causante del incumplimiento tendrá que responder por los perjuicios causados.
[Modificar según corresponda: En el supuesto de finalización anticipada por incumplimiento, la parte causante del incumplimiento tendrá que abonar a la otra las aportaciones económicas y todos aquellos gastos que hubiera realizado para el buen cumplimiento del contrato, más el interés legal. Se excluye expresamente el lucro cesante derivado de la no realización de actividades contrarias a los objetivos del contrato.]
DÉCIMO.- Seguimiento del presente acuerdo:
Una vez al año y al finalizar el plazo de duración o se sus prórrogas, se realizará una reunión entre las partes con el fin de llevar a cabo una evaluación detallada del presente acuerdo y su evolución.
[Se puede prever la obligación de desarrollar un protocolo de seguimiento]
UNDÉCIMO.- Modificación:
Sin perjuicio de lo anterior, las partes podrán modificar el presente documento en cualquier momento por mutuo acuerdo.
DUODÉCIMO.- Resolución de conflictos:
Las partes se comprometen a resolver de forma amistosa cualquier desacuerdo que pueda surgir en el desarrollo del presente acuerdo.
En caso de desacuerdo durante el desarrollo de este acuerdo las partes afectadas nombrarán de mutuo acuerdo una tercera persona u organización que actuará como mediadora con el objetivo de llegar a una solución de consenso.
DÉCIMO TERCERO.- Fuero:
Sin perjuicio de lo que pueda disponerse en la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre fuero imperativo, los contratantes, renunciando al fuero que pudiera corresponderles, se someten expresamente a la competencia del tribunal en que estén las fincas objeto de este acuerdo.
DÉCIMO CUARTO.- Régimen jurídico:
Este acuerdo se lleva a cabo en base a la libertad de las partes que consienten en obligarse respecto de otra, y establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral, ni al orden público (arts. 1.254 y 1.255 del Código Civil).
En todo lo no previsto en este contrato, será de aplicación lo dispuesto en [… los Títulos I y II del Libro Cuarto del Código Civil, sobre obligaciones y contratos; en los artículos relativos a los contratos típicos del Código Civil que correspondan].
Y para que así conste, a todos los efectos, lo firman, en la fecha y lugar arriba indicados.