Contract
CONCURSO ABIERTO N° XX 0000 (“CONCURSO”) PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES (“PLIEGO”) PARA INVITAR A OFERTAR PARA LA EVENTUAL CONTRATACION DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO EMC PREMIUM SUPPORT PARA EQUIPOS DE ALMACEAMIENTO VMAX10K PARA AEROLÍNEAS ARGENTINAS S.A. Y AUSTRAL LÍNEAS AÉREAS CIELOS DEL SUR S.A.
Contenido
CONDICIONES GENERALES (en adelante “C.G.”) ¡Error! Marcador no definido.
1. PERSONAS QUE PUEDEN FORMULAR OFERTAS 4
2. MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS 5
3. NOTIFICACIONES, ACLARACIONES DE OFICIO Y A PEDIDO DE INTERESADO 5
4. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS 5
Carpeta n° 1: Datos Generales 6
Carpeta n° 2: Aptitud técnica 7
Carpeta n° 3: Cotización 7
5. RECHAZO DE OFERTAS Y SUBSANACIÓN DE ERRORES 8
6. ADJUDICACIÓN ¡Error! Marcador no definido.
7. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO 9
8. FACTURACION 9
9. IMPUESTOS 10
10. RESPONSABILIDAD 11
11. XXXXXXXXXX 00
00. XXXXXXXXXXXXX 12
13. SEGUROS 12
14. OBLIGACIONES LEGALES 14
15. CUMPLIMIENTO POR PARTE DE LA EMPRESA DE LAS OBLIGACIONES LEGALES DEL ADJUDICATARIO 16
16. PLAZO DE LA CONTRATACION 16
17. RESOLUCION POR INCUMPLIMIENTO DEL ADJUDICATARIO 16
18. RESCISIÓN SIN INVOCACIÓN DE CAUSA 17
19. PENALIDADES 17
20. CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR 17
21. SEGURIDAD INDUSTRIAL 17
22. RELACION ENTRE LAS PARTES 19
23. CESIÓN 19
24. CONFIDENCIALIDAD 20
25. PROPIEDAD INTELECTUAL 20
26. LEYES CONTRA PRÁCTICAS CORRUPTAS – COMPORTAMIENTO ÉTICO 21
27. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN 21
28. ORDEN DE PRELACIÓN 00
Xxxxxx 00
CONDICIONES PARTICULARES (“C.P.”) 22
1. OBJETO DEL CONCURSO 22
2. PRESENTACIÓN DE OFERTAS 22
3. DURACIÓN DEL CONTRATO 22
4. DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN ADICIONAL REQUERIDA AL OFERENTE 22
5. COSTOS Y GASTOS 22
6. CONSULTAS TECNICAS ¡Error! Marcador no definido.
7. REDETERMINACIÓN DE PRECIOS 23
8. CONDICIONES PARTICULARES DE FACTURACIÓN Y PAGO 23
9. EVALUACIÓN DEL SERVICIO 25
10. ACUERDO DEL NIVEL DE SERVICIO 25
11. PENALIDADES ¡Error! Marcador no definido.
12. RELACIÓN ENTRE LAS PARTES 25
13. AUDITORIA DEL SERVICIO PRESTADO 25
14. RECLAMOS SOBRE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS 26
15. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO 26
16. PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN 26
17. TRANSPORTE DE PERSONAL 26
18. SUMINISTRO DE EQUIPOS Y MATERIALES 27
19. UNIFORMES 27
20. CREDENCIALES 27
21. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LA SOLUCION 27
ANEXOS:..........................................................................................................................................
3.1. Anexo I - Detalle de Cotización ..............................................................................................
3.2. Anexo II - DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES ......................................................
3.3. Anexo III - Declaración de otros Conflictos de Intereses y aceptación del Código de Ética para Proveedores .......................................................................................................................................
CONCURSO ABIERTO N° XX 0000 (“CONCURSO”) PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES (“PLIEGO”) PARA INVITAR A OFERTAR PARA LA EVENTUAL CONTRATACION DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO EMC PREMIUM SUPPORT PARA EQUIPO DEL ALMACENAMIENTO VMAX10K , PARA AEROLÍNEAS ARGENTINAS S.A. Y AUSTRAL LÍNEAS AÉREAS CIELOS DEL SUR S.A.
CONDICIONES GENERALES (“C.G.”)
A. Definiciones
“Adjudicatario” significa la persona jurídica que resulte elegida como consecuencia del Concurso.
“Concurso” es el procedimiento por el que se invita a participar a distintos proveedores para que presenten sus Ofertas de acuerdo a los aspectos técnicos establecidos en el Pliego.
“C.G.” son las Condiciones Generales que definen los términos y condiciones del Concurso y la Adjudicación.
“C.P.”: son las Condiciones Particulares que definen los términos y condiciones del Concurso y la Adjudicación.
“Documento de Compra” significa el formulario (pedido de compra o contrato marco según corresponda) emitida por la Empresa al Adjudicatario conteniendo las Condiciones Particulares y las Condiciones Generales que vinculará a lasPartes.
“Empresa” significa la persona jurídica que invita a participar del Concurso (Aerolíneas Argentinas S.A. y/o Austral Líneas Aéreas- Cielos del Sur S.A. y/o Jet-Paq S.A. y/o Aerohandling
S.A. y/o Optar Operador Mayorista de Servicios Turísticos S.A). “Oferente” persona jurídica que presenta la Oferta.
“Oferta” significa el conjunto de documentos que definen los aspectos técnicos y económicos enviados por el Oferente para participar del Concurso.
“Partes” significa la Empresa y el Adjudicatario conjuntamente.
“Pliego”: es el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares utilizado para el Concurso del/los Servicio/Servicios y/o bien/bienes.
“Productos” significa el/los bien/bienes.
“Servicios” significa los servicios objeto del Concurso.
Art. 1. PERSONAS QUE PUEDEN FORMULAR OFERTAS.
Podrá formular Oferta toda persona jurídica, con capacidad suficiente, que cuente con la organización necesaria y estructura para cumplir con total eficiencia el objeto del Concurso. Las personas jurídicas deberán estar constituidas e inscriptas en la Inspección General de Justicia o en los registros de origen respectivos, según corresponda.
No podrán participar del presente Concurso para contratar con la Empresa, las personas jurídicas que se encuentren integradas por: (i) cónyuges; (ii) personas vinculadas con análoga relación de convivencia afectiva; (iii) ascendientes y descendientes; y/o (iv) parientes hasta el cuarto grado de consanguineidad o segundo grado de afinidad, todos ellos de empleados directamente responsables
del concurso, directores o integrantes de la Empresa.
Asimismo, los Oferentes/Adjudicatarios no podrán establecer o mantener relaciones financieras o de cualquier otra índole con empleados o directores de la Empresa que puedan dar lugar a un conflicto real o potencial respecto de los intereses de la misma.
Se entiende que existe un conflicto de interés en los casos en donde exista una relación de parentesco, afinidad u otro tipo entre un empleado de la Empresa y un proveedor que pudo, puede o podría influir indebidamente en relación a las contrataciones con la Empresa.
En el caso de que el Oferente o Adjudicatario haya presentado la declaración jurada omitiendo alguna relación que se enmarque en los supuestos arriba detallados, la Empresa al momento de tomar conocimiento podrá descalificarlo como participante del Concurso o, en caso de haber resultado Adjudicatario, resolver la contratación de pleno derecho sin necesidad de constitución en xxxx y sin que ello genere derecho a indemnización alguna.
Tampoco podrán participar en el presente Concurso ni contratar con la Empresa aquellas personas jurídicas que tengan uno o varios reclamos extrajudiciales o judiciales en contra de la Empresa.
Art. 2. MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS
Los Oferentes deberán mantener sus Ofertas sin alteraciones ni condicionamientos desde su presentación y hasta la adjudicación o hasta el término de noventa (90) días corridos contados a partir del día siguiente al último fijado para la presentación de las Ofertas, lo que ocurra primero.
Art. 3. NOTIFICACIONES, ACLARACIONES DE OFICIO Y A PEDIDO DE INTERESADO
Los interesados en participar en el presente Concurso deberán informar (i) un domicilio especial a los efectos del Concurso y de la eventual contratación, (ii) un número telefónico de contacto y (iii) una dirección de correo electrónico.
Todas las comunicaciones que se cursen relativas al Concurso, ya sea al domicilio especial, o correo electrónico, mientras no medie notificación fehaciente de su modificación, serán consideradas válidas.
Los interesados podrán efectuar consultas y pedidos de aclaraciones con una antelación mínima de cinco (5) días hábiles antes de la fecha para presentar Ofertas establecida en las Condiciones Particulares (“CP”).
Las aclaraciones al Pliego (“Circulares Aclaratorias”) y a cualquier otra documentación integrante del Concurso, podrán ser emitidas por la Empresa de oficio o en respuesta a las consultas efectuadas por los interesados y serán formalizadas a través de circulares aclaratorias que serán comunicadas y se incorporarán a la documentación que conforma el marco que regula el Concurso.
Las Circulares Aclaratorias, que incluirán copia de la consulta si correspondiera, serán comunicadas a todos los interesados.
Art. 4. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
De acuerdo a lo que se establezca en las CP la Oferta se podrá presentar:
(i) en un único sobre perfectamente cerrado y firmado por el representante legal o apoderado del Oferente, con indicación en su cubierta de la denominación del Concurso o
número del Concurso y el nombre delOferente; o
(ii) a través del Portal de Internet xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx/ en el formato que se solicite, indicando la denominación o Nro. de Concurso y la individualización clara del Oferente; o
(iii) mediante envío a la casilla de correo controlada que se detallará en las CP, individualizando en el asunto la denominación o el Nro. de Concurso.
En todos los casos la Oferta se efectuará en moneda vigente de curso legal emitida por el Banco Central de la República Argentina o en dólares estadounidenses, de acuerdo a lo indicado en las
C.P. La propuesta que se efectúe en otra moneda no será aceptada.
La presentación de la Oferta implica el conocimiento y la aceptación por parte del Oferente xxx Xxxxxx y de cualquier otra documentación que integre el Concurso, no admitiéndose –en consecuencia- la invocación de desconocimiento de la documentación del Concurso.
El Oferente garantizará la exactitud de toda la información y/o datos que suministre en su Oferta. La Oferta tendrá carácter de declaración jurada, siendo su exclusiva responsabilidad el falseamiento u omisión en los datos aportados. En caso de resultar adjudicatario, la Empresa podrá, en cualquier momento, solicitar y/o inspeccionar la documentación o cualquier otro tipo de soporte de respaldo de la información provista. La presente disposición será de aplicación también a todo requerimiento de información que efectúe la Empresa luego de la adjudicación y durante todo el tiempo de vigencia de la prestación.
La documentación que deberá acompañarse con la Oferta es la siguiente independientemente de la modalidad de envío:
1. Carpeta n° 1: Datos Generales:
a. Razón social del Oferente y nombre y/o razón social de los titulares del capital social, con indicación de porcentajes de participación.
b. En caso que el Oferente no sea proveedor activo registrado en el Registro de Proveedores de la Empresa, deberá acompañar: Copia certificada de los estatutos o del contrato social y sus modificaciones, con constancia de inscripción en la Inspección General de Justicia o Registro provincial que corresponda y copia certificada de las actas de designación de autoridades vigentes.
c. Copia de la constancia de inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos (“AFIP”) y en la administración tributaria local enla cual se encuentre inscripto. Comprobante del número de C.U.I.T. otorgado por la AFIP.
d. Domicilios: legal y de la administración y oficinas operativas del Oferente, a los que la Empresa tendrá libre acceso para las inspecciones.
e. Dirección de correo electrónico.
f. Copia certificada de los poderes para representar al Oferente, con facultades suficientes.
x. Xxxxxx firmado en todas sus hojas por representante legal o apoderado del Oferente.
h. Anexo 5 Empresas Contratistas – Prevención de Riesgos, en el en caso que sea solicitado en las CP.
i. Anexo 6, Declaración de interés completo, Parte I y Parte II.
j. Anexo 7, Código de Ética para proveedores firmado por representante legal o apoderado.
El Adjudicatario, para ser considerado un proveedor activo en el Registro de Proveedores de la Empresa, deberá mantener actualizados los datos de inscripción y toda otra documentación presentada oportunamente, que caduque y/o se modifique.
2. Carpeta n° 2: Aptitud técnica:
a. Incluirá los datos, documentación, solución técnica propuesta y toda otra documentación para cumplir los requerimientos requeridos en las C.P.
b. Experiencia en contrataciones similares.
c. El Oferente deberá presentar un plan de implementación de transición del actual servicio al propio, el cual será evaluado al momento de análisis de la Oferta.
3. Carpeta n° 3: Cotización:
a. El Oferente deberá presentar su cotización de conformidad con lo establecido en el presente Xxxxxx y en elAnexo 4.
El Oferente deberá contar con todos los permisos, aprobaciones y/o licencias de todas las autoridades gubernamentales locales, provinciales, nacionales o locales de las zonas donde deba prestarse el servicio, que sean necesarios para el cumplimiento del Contrato o Pedido de Compra. Los costos necesarios para la obtención de dichos permisos, aprobaciones y/o licencias serán a exclusivo cargo del Oferente.
Si fuere necesario que personal del Oferente preste servicios en oficinas, locales y/o dependencias de la Empresa deberá incluir en la Oferta, en relación con dicho personal, los siguientes antecedentes laborales, previsionales y de seguridad e higiene:
(i) Constancia de cumplimiento de las obligaciones previsionales y de la obra social (Sistema Único de Seguridad Social (“SUSS”), Declaraciones Juradas “F931”, comprobantes de cuotas sindicales -en caso de corresponder- y boletas de pago) de los últimos doce (12) meses, así como de toda otra constancia relacionada con el cumplimiento de las leyes laborales y previsionales vigentes vinculadas con el personal afectado a la prestación.
(ii) un Libre Deuda previsional desde el inicio como empleador, consignando
presentación y pago de cada una de las obligaciones.
(iii) Copia de la póliza de seguro de riesgos del trabajo emitida por una Aseguradora de Riesgo del Trabajo (“ART”) y las constancias de pago de la prima en caso de abonarse la misma en forma separada de la Declaración Jurada “F931”.
(iv) Certificado de Reincidencia otorgado por el Registro Nacional de Reincidencia del personal que será afectado a la prestación del servicio. En el caso que el Adjudicatario deba contratar personal adicional para la prestación del servicio deberá acompañar indefectiblemente dicho certificado respecto del nuevo personal antes de la inclusión en el servicio del personaladicional.
Art. 5. RECHAZO DE OFERTAS Y SUBSANACIÓN DE ERRORES
La Empresa verificará que las Ofertas se ajusten a lo establecido en el presente Xxxxxx. En caso de verificarse omisiones o errores materiales o formales, la Empresa podrá requerir al Oferente su subsanación en el plazo que ésta establezca.
La falta de requerimiento por parte de la Empresa de la documentación omitida o la subsanación de los errores formales o materiales no podrá ser impugnada por los otros Oferentes, quedando a exclusivo criterio de la Empresa la valoración de dichas omisiones o errores, pudiéndose adjudicar el presente Concurso a la Oferta que cumpla sustancialmente los requisitos exigidos sin perjuicio que se hubiere incurrido en alguna omisión o error.
En caso de que existan errores o inconsistencias aritméticas, la Empresa entenderá que:
(i) entre los montos expresados en números y en letras, prevalece el indicado en letras, y
(ii) cuando haya una diferencia entre el precio unitario y el total del servicio (que se obtenga multiplicando el precio unitario), prevalece el preciounitario.
La Empresa tendrá derecho a suspender, cancelar o declarar desierto el Concurso sin justificación de causa, y sin que ninguno de estos supuestos genere derecho a reclamo y/o indemnización alguna por parte de Oferente.
Art. 6. ADJUDICACIÓN
La Empresa tendrá derecho a adjudicar el objeto del Concurso, total o parcialmente, a la Oferta que, a su exclusivo juicio, resultare ser la más conveniente, o a rechazar todas las Ofertas y dejar sin efecto el Concurso sin incurrir en responsabilidad alguna y sin que ello genere derecho a reclamación de cualquier índole por parte de los Oferentes.
Se entenderá como Oferta más conveniente aquella que cumpla sustancialmente con las exigencias establecidas en el Pliego y que satisfaga las necesidades del objeto del Concurso. La Oferta más conveniente no significará necesariamente la de menor precio.
La decisión adoptada por la Empresa será, en todos los casos, incontrovertible.
La Adjudicación será notificada al Oferente a la dirección informada por el Oferente al presentar la Oferta.
Dentro de los diez (10) días corridos de notificada la adjudicación, el Adjudicatario deberá constituir la Garantía de Cumplimiento prevista en el artículo siguiente. Si no lo hiciere quedará sin efecto la adjudicación.
La Empresa, a su criterio, se reserva el derecho de aumentar o disminuir, por cuestiones operativas, de servicio o cualquier otra razón, la cantidad de servicios o la/las áreas/s asignadas que sean objeto de la contratación, comunicando tal circunstancia al Adjudicatario con una anticipación no inferior a los tres (3) días hábiles.
Art. 7. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
En concepto de garantía por el fiel cumplimiento de las obligaciones contraídas, el Adjudicatario, dentro del plazo establecido en el artículo anterior, deberá constituir una Garantía de Cumplimiento cuyo porcentual respecto del valor total del Pedido de Compra o Contrato, se fijará en las CP. La Garantía de Cumplimiento deberá ser integrada con seguro de caución emitido por una compañía de seguros de prestigio, a satisfacción de la Empresa.
En caso que el Adjudicatario no concurriera a firmar el Contrato o no iniciara la prestación del servicio adjudicado en el plazo establecido, la adjudicación quedará sin efecto y la Empresa podrá, de pleno derecho y sin necesidad de intimación alguna, ejecutar la Garantía de Cumplimiento.
Art. 8. FACTURACION
Adjudicatarios alcanzados por el régimen de factura de crédito electrónica
En el caso que el Adjudicatario se encuentre alcanzado por el régimen de “Factura de Crédito Electrónica” en los términos de la Ley N° 27.440, el Decreto N° 471/2018 y normas reglamentarias. Las facturas electrónicas originales deberán enviarse a la dirección de correo electrónica que se le informe al Adjudicatario, el comprobante electrónico MiPyMEs que incluya los requisitos dispuestos por el artículo 5° de la Ley 27.440 y por el Apartado A del Anexo II de la Resolución General AFIP N° 1415 –sus modificatorias y reglamentarias-, dentro de las 24 horas del día de la emisión de la factura de crédito electrónica.
El comprobante electrónico MiPyMEs se considerará recibido por la Empresa en la fecha que envíe al Adjudicatario un correo electrónico dando aviso de su recepción (“Acuse de recibo”), lo cual no implicará conformidad con su contenido. En caso de duda, el comprobante electrónico MiPyMEs se considerará recibido por la Empresa en la fecha que conste en la casilla de envío del emisor del correo electrónico de Acuse de recibo.
Si el Adjudicatario no envía el comprobante electrónico MiPyMEs en el plazo indicado, la Empresa procederá automáticamente al rechazo de la Factura de Crédito Electrónica en los términos del artículo 8 inciso d) de la Ley N° 27.440.
Las facturas de crédito electrónicas podrán ser impugnadas, observadas y/o rechazadas en el plazo de treinta (30) días contados desde su emisión, conforme el artículo 3° de la Resolución N° 5/2019 de Secretaría de Simplificación Productiva y sus modificatorias.
Las facturas de crédito electrónicas serán abonadas una vez transcurridos cuarenta y cinco (45) días de la fecha de envío del Acuse de recibo del comprobante electrónico MiPyMEs, mediante cheque de pago diferido o transferencia bancaria a la cuenta del Adjudicatario, excepto que las facturas de crédito electrónicas hubieran sido
impugnadas, observadas o rechazadas por la Empresa. A tal fin el Adjudicatario deberá informar: nombre del banco, razón social del beneficiario, N° de CUIT del beneficiario, N° de CBU y tipo de cuenta.
Adjudicatarios no alcanzados por otro régimen.
En este supuesto, las facturas originales deberán ser presentadas, los días martes y viernes de 10.00hs a 13.00hs, en el sector Cuentas a Pagar, sito en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx x/xx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx 0, xxxx xxx, 0xx xxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La Empresa podrá objetar los cargos facturados, impugnar o rechazar las facturas recibidas dentro de los treinta
(30) días siguientes a la fecha de su recepción. La presunción del art. 1145 del Código Civil y Comercial de la Nación sólo operará una vez transcurrido ese plazo.
Las facturas serán abonadas una vez transcurridos cuarenta y cinco (45) días de la fecha de su recepción, mediante transferencia bancaria a la cuenta del Adjudicatario, excepto que las facturas hubieran sido impugnadas, observadas y/o rechazadas por la Empresa. A tal fin el Adjudicatario deberá informar: nombre del banco, razón social del beneficiario, N° de CUIT del beneficiario, N° de CBU y tipo de cuenta.
Asimismo, deberá informar una persona de contacto y dirección de e-mail, para que reciba los avisos de pago y pueda descargar los certificados de retenciones impositivas que correspondan.
Independientemente del régimen aplicable, se aceptará cualquier otra condición de pago que mejore la presente, valorándose ésta propuesta como un elemento más de la conveniencia de la Oferta.
Art. 9. IMPUESTOS
Impuesto al Valor Agregado (“IVA”): los precios que se incluyan en la Oferta deberá ser informados sin IVA, en el caso que el Oferente sea Responsable Inscripto.
El Oferente deberá informar, de corresponder, a que alícuota se encuentra gravada la operación efectuada.
Impuestos Internos o similar Oferente deberá informar si las operaciones realizadas se encuentran alcanzadas por Impuestos Internos o por algún impuesto similar, que incremente el valor del precio incluido en la Oferta.
Impuesto de Sellos: De corresponder el pago de este impuesto deberá dejarse expresamente indicado el monto sujeto a imposición. Se deja constancia que el pago del mismo será asumido en proporciones iguales por cada uno de los contratantes.
Regímenes de retención: Aerolíneas Argentinas S.A. y Austral Líneas Aéreas –
Cielos del Sur S.A. son agentes de retención de impuestos nacionales, provinciales y municipales.
En los casos en que eventualmente pudieran existir exenciones de algún tipo, el Oferente deberá aclarar su vigencia y certificar tal información por autoridad competente.
Art. 10. RESPONSABILIDAD
El Adjudicatario asume la responsabilidad total y exclusiva por los daños y perjuicios que puedan derivarse directa o indirectamente de la ejecución de los servicios a su cargo o de la provisión de los materiales contratados, ya sea por daños producidos a los bienes o al personal de la Empresa, del Adjudicatario o de terceros, eximiendo a la Empresa, a sus empleados, directores y accionistas, de toda obligación y responsabilidad. Asimismo, el Adjudicatario se compromete a presentarse en juicio en caso de que la Empresa fuera demandada.
Para el supuesto de que el Adjudicatario deba cumplir con sus obligaciones en las locaciones de la Empresa, se obliga a mantener indemne a la Empresa y será responsable por las pérdidas, robos, hurtos o daños en los bienes de propiedad de la Empresa y/o terceros.
En caso de incumplimiento del Adjudicatario, la Empresa queda facultada para reponer y/o reparar cualquier tipo de elemento o instalaciones que hubiera dañado y/o destruido con cargo al mismo, abonar al personal del Adjudicatario rubros salariales o indemnizatorios, deduciendo su costo de las facturas que se encuentren pendientes de cobro más daños y perjuicios. Si el Adjudicatario no tuviera facturas que se encuentren pendientes de cobro, la Empresa podrá reclamar al Adjudicatario el pago de los costos asumidos, con más los daños y perjuicios quecorrespondan.
Si se iniciaran procesos o procedimientos de cualquier índole contra el Adjudicatario que pudieren afectar la responsabilidad directa o indirecta de la Empresa, el Adjudicatario
deberá notificar a la Empresa en un plazo no mayor a las 48 hs. de tomado conocimiento, y la Empresa podrá, en caso de estimarlo conveniente, hacerse cargo de los procesos o procedimientos e iniciar negociaciones para su extinción.
Art. 11. INDEMNIDAD
El Adjudicatario se compromete a mantener indemne a la Empresa por cualquier reclamo, procedimiento, proceso, acción judicial y/o demanda arbitral que sea entablada por cualquier persona humana o jurídica, pública o privada, ya sea dependiente o tercero ajeno, efectuado como consecuencia de la prestación de los servicios o de la provisión de los materiales objeto del presente Concurso, cualquiera fuere la causa.
El adjudicatario se compromete a presentarse frente a cualquier tipo de reclamo entablado contra la Empresa y/o el Adjudicatario a efectos de arribar a un acuerdo conciliatorio que mantenga indemne a la Empresa.
Si la Empresa resultara condenada, en forma solidaria o no, con el Adjudicatario, la Empresa podrá retener de las facturas pendientes de pago las sumas que tuviera que pagar en virtud de dicha condena.
Toda indemnidad y toda eximición de responsabilidad a favor de la Empresa, se entiende otorgada a todo el Grupo Empresario, comprensivo de las sociedades Aerolíneas Argentinas S.A., Austral Líneas Aéreas - Cielos del Sur S.A., Jet Paq S.A., Aerohandling S.A. y Optar Operador Mayorista de Servicios Turísticos S.A. y/o sus socios, administradores y/o accionistas.
Art. 12. INDEPENDENCIA
En toda circunstancia, las partes mantendrán la individualidad, así como la autonomía de sus respectivas estructuras técnicas, administrativas y de recursos humanos, así como en todos los aspectos económicos y presupuestarios y asumirán, por lo tanto, las responsabilidades consiguientes.
Ningún empleado de una de las partes será considerado empleado de la otra parte. Ninguna de las partes será responsable por las deudas u obligaciones de la otra. Ninguna de las partes tendrá facultades para contratar o despedir a los empleados de la otra parte ni tendrán control o acceso a fondos de la otra parte o a sus gastos, o de cualquier otra manera podrá ejercer el dominio o control sobre el negocio de la otraparte.
Art. 13. SEGUROS
El Adjudicatario está obligado a contratar los seguros que cubran los riesgos que surjan de los arts. 10 y 11 de estas C.G. además de aquellos que resultaren necesarios para el cumplimiento de contrato, sin perjuicio de los que se requieran de acuerdo a lo establecido en las C.P. durante el tiempo de vigencia del contrato o de sus renovaciones o prórrogas.
Será responsabilidad exclusiva del Adjudicatario mantener la vigencia de las pólizas durante todo el período de cumplimiento del contrato. La no vigencia de alguna póliza, sea por la causa que fuere, no invalidará la responsabilidad asumidas en el párrafo anterior.
El Adjudicatario se obliga a contratar los siguientes seguros:
(i) Seguro sobre los bienes: El Adjudicatario se obliga a contratar y mantener vigente una cobertura sobre los bienes de su propiedad o bajo su guarda, custodia o control afectado a las tareas objeto del contrato por las coberturas y sumas
aseguradas suficientes para reponer los mismos en caso de siniestro. La póliza deberá cubrir los riesgos de pérdidas y daños por accidente, incendio y/o robo total y/o parcial sobre equipos y/o vehículos de propiedad del Adjudicatario o del tercero por él contratado y/o arrendados por el Adjudicatario o por dicho tercero, siempre a satisfacción de la Empresa.
(ii) Seguro de responsabilidad civil: El Adjudicatario deberá contratar un seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva que específicamente incluya dentro de la cobertura las tareas a llevar cabo por Adjudicatario, con la cláusula de Responsabilidad Civil Cruzada por un importe no inferior a $ 3.000.000 o el monto que se establezca en las C.P., designando a Aerolíneas Argentinas S.A. o Austral Líneas Aéreas Cielos del Sur S.A. como asegurado adicional o tercero, según corresponda. Además deberá incluir las siguientes cláusulas:
a) Una cláusula de renuncia a la subrogación contra la Empresa.
b) Que el pago del premio y la franquicia estará exclusivamente a cargo del Asegurado Principal.
c) Que la franquicia a cargo del Asegurado no podrá exceder del 10% de la indemnización, con un mínimo del 1% y un máximo del 3%, ambos de la suma asegurada al momento del siniestro, por cadaacontecimiento.
d) Una cláusula de NO anulación, modificación o suspensión, sin previo aviso de manera fehaciente y con al menos treinta (30) días de anticipación al asegurado adicional o tercero (la Empresa).
Sin perjuicio de lo mencionado anteriormente, en todos los casos, si el servicio concursado o la prestación ofrecida implican que personal del Oferente (propio o contratado) preste servicios directamente en la Empresa, el Adjudicatario deberá contratar los siguientes seguros:
(iii) Seguro de Vida Obligatorio: Todas las personas afectadas al servicio deberán encontrarse cubiertas por este seguro.
(iv) Seguro de Accidentes del Trabajo: Seguro de Riesgos del Trabajo: Leyes 27.348, 26.773 y
24.557 y sus modificatorias, Decreto 1694/09, sus normas complementarias y reglamentarias, y las que en el futuro las modifiquen o sustituyan, para todo el personal en relación de dependencia afectado al servicio incluyendo la siguiente cláusula:
"[Denominación de la ART] renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra Aerolíneas Argentinas S.A., Austral Líneas Aéreas- Cielos del Sur S.A., Jet-Paq S.A., Aerohandling S.A. y Optar Operador Mayorista de Servicios Turísticos S.A. (la “Empresa”), sus funcionarios, empleados u obreros, bien sea con fundamento en el artículo 39.5 de la ley N° 24.557 (o la que en el futuro la reemplace) o en cualquiera otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a otorgar, contratar o abonar al personal dependiente o ex - dependiente de [denominación del Adjudicatario] alcanzados por la cobertura de la presente póliza, por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales sufridos o contraídos por el hecho o en ocasión del trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo y viceversa, como así también mantener indemne a la Empresa ante una
acción judicial que pudiera plantearse en forma conjunta y en invocación de una supuesta responsabilidad solidaria.
Esta cláusula de no repetición cesará en sus efectos si el empresario comitente a favor de quién se emite, no cumple estrictamente con las medidas de prevención e higiene y seguridad en el trabajo, o de cualquier manera infringe la Ley N° 19.587 (o la norma que en el futuro la reemplace), su Decreto Reglamentario N° 351/79 y las normativas que sobre el particular ha dictado la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, la Provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el ámbito de sus respectivascompetencias.
[Denominación de la ART] se obliga a comunicar a la Empresa en forma fehaciente los incumplimientos a la póliza en que incurra el asegurado y especialmente la falta de pago en término de la misma, dentro de los diez (10) días corridos de verificados".
(v) Seguro de Accidentes Personales: Cuando el Adjudicatario utilizare personal que no esté en condiciones de contar con un seguro de riesgos de trabajo bajo las normas especificadas ut- supra, en lugar de los seguros antes mencionados, el Adjudicatario deberá contratar un seguro de accidentes personales. Esta disposición también es aplicable a los directores y/o accionistas
del Adjudicatario, cuando estén afectados directamente al servicio. La cobertura, en todos los casos, deberá comprender los riesgos de muerte e incapacidad total y/o parcial permanente - incluyendo los accidentes laborales- y la cobertura de asistencia médico farmacéutica. El ámbito de la cobertura debe ser las 24 hs. El monto mínimo a asegurar deberá ser igual o mayor a la suma de cuatrocientos cincuenta mil pesos ($ 450.000) por persona para las coberturas de muerte e incapacidad y de $ 40.000 para la cobertura de asistencia médico farmacéutica. La póliza deberá designar a la Empresa como primer beneficiario por las obligaciones legales y/o convencionales de las que sea responsable; y como segundo beneficiario el personal asegurado y/o sus herederos legales según corresponda.
Todos los seguros mencionados anteriormente deberán contratarse en compañías de prestigio, a entera satisfacción de la Empresa, y deberán presentarse en la dependencia que la Empresa designe copias de todas las pólizas y de los respectivos comprobantes de pago para su verificación y control. Estas presentaciones deberán realizarse dentro de los diez (10) días corridos posteriores a la firma del Contrato y previo al inicio de la prestación del servicio.
En el caso del pago de los premios de los seguros en cuotas, se deberán presentar los comprobantes del pago de los mismos dentro de los cinco (5) días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de cada cuota.
En caso de prórroga del Contrato o Pedido de Compra, deberá presentarse la documentación antedicha debidamente actualizada a ese momento.
Art. 14. OBLIGACIONES LEGALES
El Adjudicatario deberá cumplir con las leyes y disposiciones vigentes referidas a horarios, cargas sociales, seguros, accidentes de trabajo, salarios mínimos por jornada legal, entre otros, como así también con los convenios colectivos de trabajo a que esté ligado su personal, el que debe ser acorde a las tareas prestadas y debe contar con la conformidad de la Empresa, tomando a su cargo la solución de los inconvenientes de orden gremial y/o legal que puedan surgir al respecto. El Adjudicatario deberá mantener indemne a la Empresa y a todo el grupo empresario, socios, administradores y accionistas ante cualquier evento.
El personal afectado por el Adjudicatario para la prestación del servicio no tendrá relación de dependencia alguna con la Empresa.
El Adjudicatario se obliga a cumplir y hacer cumplir a su personal las normas que el uso aconseja sobre presentación, aseo, modales, lenguaje, entre otros, tendientes a mantener en los lugares de trabajo un ambiente de eficiencia, cortesía y buenas maneras, evitando conversaciones innecesarias con el público y/o empleados de la Empresa, según el lugar donde se desempeñe, debiendo dedicarse a sus tareas específicas con el mínimo de interrupciones.
El Adjudicatario deberá comunicar a la Empresa la nómina de empleados destinados al servicio requerido, debiendo hacer entrega de la constancia de alta en AFIP como dependiente, caso contrario las personas que no se indiquen con estos parámetros no podrán desarrollar los servicios requeridos, y si de ello se derivare la deficiencia de la contraprestación, la Empresa podrá aplicar las sanciones descriptas en el art. 19 de estas CG, sin perjuicio de la facultad de la Empresa de
ejercer el derecho que le otorga el art. 17 de estas CG.
En caso de producirse la baja de un dependiente del Adjudicatario afectado al servicio solicitado por la Empresa, dicha circunstancia deberá ser comunicada inmediatamente dentro de las 24 hs. siguientes y dentro del plazo de 48 hs. hábiles deberá hacerse entrega de los comprobantes de pago de la liquidación final resultante y comprobante de baja en AFIP o la constancia, que corresponda de acuerdo a la legislación aplicable. En el plazo de cuarenta y cinco (45) días siguientes a la baja, deberá entregar los comprobantes de haber entregado al dependiente, de acuerdo a la legislación de origen, y en el caso de la República Argentina deberá hacer entrega de los certificados que prescribe el art 80 de la Ley de Contrato de Trabajo a saber: (1) certificado de trabajo; (2) certificado de servicios y remuneraciones (Formulario PS 6.2 ANSES) y (3) certificado de aportes y contribuciones a la seguridad social (Formulario 984 de AFIP). El incumplimiento de esta obligación facultará a la Empresa a proceder conforme arts. 17 y/o 19 de estas C.G.
El Adjudicatario deberá acreditar llevar el libro que prescribe el art. 52 de la Ley de Contrato de Trabajo y un libro especial de registros, horarios o mecanismo electrónico autorizado por la autoridad de aplicación correspondiente.
La Empresa podrá efectuar el control de los libros indicados preavisando con un plazo de 72 hs. al Adjudicatario.
El Adjudicatario cumplirá con todas las normas, disposiciones y/o directivas aplicables a su actividad que existan o imparta laEmpresa.
Cualquier gasto originado en el cumplimiento de estas obligaciones estará a exclusivo cargo del Adjudicatario quien será el único responsable, sin que la siguiente enumeración resulte taxativa, de:
(i) las infracciones a cualquier norma, disposición, ley, decreto o reglamento vigente durante la prestación a su cargo;
(ii) los accidentes que, como consecuencia directa o indirecta de los trabajos de su personal, pudieran ocurrirle a éstos, al personal de la Empresa y/o aterceros;
(iii) sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Socialy
(iv) toda otra obligación que pudiere surgir de las relaciones laborales del Adjudicatario y sus empleados o los empleados de sussubcontratistas.
El Adjudicatario deberá abonar a su personal salarios no inferiores a los mínimos en vigor, debiendo entenderse que dichos salarios se liquidarán por jornada legal de trabajo.
El Adjudicatario deberá mantener al día el pago del personal empleado, abonando íntegramente los salarios estipulados y dar cumplimiento estricto a las disposiciones que determinan la jornada legal de trabajo, así como también en las obligaciones referentes a la retención y depósito de los aportes y contribuciones que corresponda, siendo motivo de suspensión del trámite y pago de facturas la falta de cumplimiento de dichas obligaciones.
En caso de inconductas o incumplimientos a las obligaciones por parte del personal del Adjudicatario, la Empresa se reserva el derecho de exigir su cambio en forma inmediata. Dicho cambio deberá realizarse dentro de las 48 hs. de notificado fehacientemente el Adjudicatario. En este caso será exclusiva responsabilidad del Adjudicatario todas las consecuencias legales y/o pecuniarias que la modificación pudiera acarrear.
Asimismo, se compromete a entregar y cumplir con los requisitos estipulados en el art. 30 de la Ley de Contrato de Trabajo, de modo tal de eximir de toda responsabilidad por vía de solidaridad a la Empresa de los servicios objeto del presente.
El cumplimiento de lo que se deja establecido, será comprobado y documentado en cada caso, para lo cual el Adjudicatario deberá acompañar constancia de cumplimiento certificada por contador público nacional y exhibirá los comprobantes que le sean requeridos por el sector usuario o por el designado por la Empresa.
Art. 15. CUMPLIMIENTO POR PARTE DE LA EMPRESA DE LAS OBLIGACIONES LEGALES DEL ADJUDICATARIO.
En el supuesto que por imposición de una autoridad o a criterio de la Empresa fuere necesario que la Empresa cumpliere con las obligaciones legales a cargo del Adjudicatario mencionadas en el presente Pliego, tales como el pago de contribuciones sociales, salarios, etc., que no hubieran sido abonados por el Adjudicatario al personal que prestare servicios en instalaciones de la Empresa, la Empresa podrá –sin perjuicio de lo establecido en el art. 17 de estas Condiciones Generales, retener los montos que fueren adeudados al Adjudicatario y realizar el pago directamente en nombre y representación del Adjudicatario, sin necesidad de notificación alguna. Ello no importará reconocer la existencia de ninguna clase de relación laboral con el dependiente del Adjudicatario.
Art. 16. PLAZO DE LA CONTRATACION
El plazo de la contratación será establecida en las C.P.
Art. 17. RESOLUCION POR INCUMPLIMIENTO DEL ADJUDICATARIO
En el caso de incumplimiento por parte del Adjudicatario de cualquiera de las obligaciones que se establecen en el Pliego y/o en cualquier otra documentación integrante del Concurso, la Empresa podrá declarar resuelta la contratación de pleno derecho sin necesidad de constitución en xxxx y sin que ello genere derecho a reclamo alguno por parte del Adjudicatario. Queda comprendido en esta causal –sin que esta enumeración sea taxativa- la reiteración xx xxxxxx en los servicios, la interrupción de los mismos, la declaración de quiebra, la presentación en concurso de acreedores del Adjudicatario, la entrega tardía de materiales, los defectos en la calidad de los materiales, la cesión de cualquier derecho en violación a lo dispuesto en el art. 23 de estas C.G., el no inicio de la prestación del servicio en tiempo oportuno, la negativa a proporcionar la información o documentación requerida por la Empresa, la falta de cumplimiento y acreditación ante la empresa de las obligaciones previstas en el art. 30 de la Ley de Contrato de Trabajo, incumplimientos de las obligaciones laborales a su personal, el incumplimiento o ante indicios razonables de incumplimiento de lo establecido en el artículo 26 de estas C.G y cualquier otro incumplimiento que afecte o pudiere afectar la correcta prestación del servicio o cualquier incumplimiento al Código de Ética para proveedores de la Empresa. En cualquier supuesto de resolución por incumplimiento del Adjudicatario, éste perderá, a favor de la Empresa, la Garantía de Cumplimiento, prevista en el art. 7 de estas C.G.
Art. 18. RESCISIÓN SIN INVOCACIÓN DE CAUSA
La Empresa tendrá la facultad de rescindir el contrato total o parcialmente sin necesidad de invocación de causa y sin que ello genere el derecho al Adjudicatario de reclamar indemnización o compensación de naturaleza alguna. La rescisión será efectiva a partir de los treinta (30) días corridos de la notificación fehaciente que se curse a tal efecto. En este supuesto de rescisión sin invocación de causa, la Empresa deberá devolver al Adjudicatario la Garantía de Cumplimiento.
Art. 19. PENALIDADES
La Empresa podrá establecer un sistema de penalidades por incumplimiento, las que se especificarán en las C.P.
Art. 20. CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR
No se aplicarán las penalidades cuando el incumplimiento de la obligación provenga por caso fortuito o fuerza mayor.
Se entenderá por fuerza mayor cualquier evento extraordinario y anormal que esté fuera del control del Adjudicatario o de la Empresa, según sea el caso, y que sea inevitable, incluyéndose entre estos supuestos, sin que la siguiente enumeración sea taxativa, los siguientes:
i) Guerra, hostilidades u operaciones bélicas (ya sea que se haya declarado o no un estado xx xxxxxx), invasión, acto del enemigo extranjero y guerracivil;
ii) Rebelión, revolución, insurrección, levantamiento, usurpación del gobierno civil o militar, conspiración, motín, disturbios civiles y actos terroristas;
iii) Sabotaje, epidemia, cuarentena, peste;
iv) Terremoto, avalancha, actividad volcánica, incendio, inundación, maremoto, tifón o ciclón, huracán, tormenta, rayos u otras condiciones atmosféricas inclementes, ondas de choque y ondas nucleares u otros desastres naturales ofísicos;
v) Escasez de mano de obra, materiales o servicios públicos, cuando sean causados por circunstancias que constituyen en sí fuerzamayor.
La parte afectada por un evento de caso fortuito o fuerza mayor hará todos los esfuerzos razonables para mitigar los efectos de dicho evento sobre la ejecución del Contrato o Pedido de Compra y para cumplir sus obligaciones contractuales.
La existencia de un evento de esa naturaleza que impida o dificulte el cumplimiento de los compromisos contraídos por el Adjudicatario, deberá ser puesto de inmediato en conocimiento de la Empresa sin excepción alguna, quedando a criterio de esta última la evaluación del mismo y su eventualaceptación.
Art. 21. SEGURIDAD INDUSTRIAL
En caso que sea de aplicación el Adjudicatario deberá cumplir con todos los requisitos estipulados por la legislación de Seguridad Industrial y por lo requerido en normas internas de la Empresa, a saber:
1. Ley Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo N° 19587, Decreto 351/79 y sus reglamentaciones complementarias.
2. Ley Nacional de Riesgos del Trabajo N° 24557, Decreto 170/96 y sus reglamentaciones complementarias.
3. Legislación específica para el ámbito de la construcción: Decreto 911/96, Resolución 231/96-SRT, Resolución 51/97-SRT, Resolución 35/98-SRT y reglamentaciones complementarias.
4. Toda reglamentación complementaria a las leyes mencionadas que emita la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y se encuentre vigente.
5. Política de Salud y Seguridad Ocupacional, procedimientos y normas de Seguridad e Higiene de la Empresa.
6. REGAR-30, capítulo 6, emitido por la Gerencia de Prevención, Protección y Seguridad de la Empresa.
7. Toda normativa provincial y municipal relativa a las materias y actividades señaladas anteriormente.
El Adjudicatario deberá contar con un Responsable de Higiene y Seguridad y acreditación del profesional con idoneidad en la actividad específica, con constancia de los certificados que así lo avalen. En el caso que dicho responsable sea un profesional externo del Adjudicatario, deberá presentarse el respectivo contrato que los vincule y copia de su seguro de accidentes personales.
Dicho profesional deberá concurrir, como mínimo, en forma mensual, dejando constancia de su visita y actividades realizadas. Asimismo, deberá conocer cuáles son las tareas que el personal del Adjudicatario realizará en su lugar de trabajo, a los efectos de determinar si resulta necesaria la provisión de elementos de protección y/o de establecer procedimientos de trabajo seguro para las tareas de carácter operativo que se realicen dentro de las instalaciones de la Empresa, además de poder confeccionar el Programa de Seguridad exigido por normativa (en el caso de una obra).
Las máquinas y equipos eléctricos que el Adjudicatario disponga para su uso en áreas de la Empresa deberán cumplir con normas de seguridad dictadas por el Ente Nacional Regulador de la Energía. A tal efecto personal de Higiene y Seguridad de la Empresa realizará inspecciones periódicas de manera de constatar el estado de dichos elementos, siendo el Adjudicatario el único responsable del estado de los mismos y de los daños o lesiones que pudieran ocasionarse.
El Adjudicatario deberá proveer a su personal de todos los elementos y equipos de protección personal para el desarrollo de sus trabajos en condiciones de seguridad, debiendo llevar un registro de su entrega (ficha por cada empleado), controlar su uso durante todo el tiempo que dure la exposición al riesgo y ofrecer capacitación al respecto.
El Adjudicatario deberá señalizar aquellas tareas que puedan implicar un riesgo no sólo al personal que las realiza sino además a las personas que circulen por el lugar (por ejemplo: lavado de áreas donde circulan personas en forma permanente, lo cual generaría el riesgo de caídas).
En el caso en que el Adjudicatario deba realizar trabajos de soldadura o con fuentes que puedan generar calor, la misma gestionará el "Permiso de Trabajo en Caliente" correspondiente ante el Sector de Higiene y Seguridad Industrial de la Empresa a fin de determinar si se puede o no realizar este tipo de tarea en el lugar.
En caso de no mediar inconveniente, durante el lapso que dure la tarea y hasta tanto no se haya retirado del lugar la fuente de calor, la tarea será presenciada por un bombero de planta.
El personal del Adjudicatario que conduzca dentro de las instalaciones de la Empresa, ya sea vehículos comunes o de tipo industrial (por ejemplo: autoelevadores), propios del Adjudicatario o de la Empresa, deberá contar con registro de conducir al día y una copia del mismo deberá estar disponible en la base donde se desempeña (Ezeiza, Aeroparque, Área Centro).
El Adjudicatario deberá contar con un Plan de Acción en lo que hace a Higiene y Seguridad Industrial, el cual deberá contemplar como mínimo el detalle de las actividades de capacitación a ofrecer al personal acorde con los riesgos (generales y particulares) a los que se encuentra expuesto en el desarrollo de sus tareas específicas.
El Adjudicatario deberá mantener al día, a disposición del personal de Higiene y Seguridad Industrial de la Empresa, un registro detallado con los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales ocurridas a su personal trabajando para la Empresa.
Asimismo deberá informar dentro de las 48 hs. al Sector de Higiene y Seguridad Industrial de la Empresa (xxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx) sobre cualquier accidente de trabajo (exceptuados los casos “in itinere”) que le haya ocurrido al personal de la Adjudicatario en ocasión de la prestación de servicios para la Empresa. Al reportar el caso se deberá indicar los siguientes datos de la persona siniestrada: Nombre y apellido –Fecha de nacimiento – Función desarrollada – Lesión ocurrida (naturaleza de la misma y parte del cuerpo afectada) – Forma de ocurrencia (breve relato de lo ocurrido y provocó la lesión) – Lugar físico en el cual ocurrió el accidente.
Al finalizar la licencia del accidentado se deberá informar esta situación al mismo correo electrónico indicado, ofreciendo siempre alguna persona para consultar sobre el caso. Este requerimiento se enmarca en lo indicado en Resoluciones SRT 463/09 y 559/09 sobre trabajo de contratistas.
Art. 22. RELACION ENTRE LAS PARTES
El área de la Empresa que se designe en las Condiciones Particulares será quien tendrá a su cargo la fiscalización de la contratación, siendo dicha dependencia con la que el Adjudicatario deberá mantener vinculación para todos los aspectos operativos.
Dicha área responsable podrá ser modificada en cualquier momento por la Empresa, quien notificará tal circunstancia al Adjudicatario.
Art. 23. CESIÓN
El Adjudicatario no podrá ceder ni transferir, total o parcialmente, los derechos y obligaciones bajo el contrato, salvo autorización expresa y por escrito de la Empresa.
Art. 24. CONFIDENCIALIDAD
El Oferente, con el acto de presentación de su Oferta, se compromete a mantener la más estricta confidencialidad respecto de toda información que pudiere recibir por parte de la Empresa o con motivo de relevamientos propios, relacionada con datos técnicos, secretos comerciales o conocimientos, incluyendo –pero sin limitarse- a información relativa a planes y/o estrategias de negocios, productos, marcas, servicios, proyecciones financieras, patentes, aplicación de patentes, código fuente, investigación, inventos, procesos, diseños, y toda otra información confidencial o privada de la Empresa.
Dentro de la categoría de información confidencial también se incluye a los proyectos, alianzas, planes de implementación, socios actuales o potenciales, acuerdos comerciales y toda otra información de la Empresa, sus socios, compañías relacionadas o integrantes del mismo grupo económico, sponsors, proveedores, licenciatarios, surgidas de las negociaciones y/o conocidas como consecuencia de las negociaciones y/o la celebración de cualquier tipo de contrato o acuerdo como consecuencia del presenteConcurso.
Asimismo, el Oferente reconoce que el monto de la contraprestación es confidencial y acuerdan tomar todas las medidas razonablemente necesarias para preservar dicha confidencialidad. El Oferente se obliga a no revelar a terceros por ningún medio la información que se suministre y a tomar todas las medidas razonablemente necesarias para impedir que esa información se copie, reproduzca o revele.
La obligación de confidencialidad impuesta por esta cláusula no se aplicará respecto de la información que tomare dominio público sin culpa del Oferente. El mismo carácter confidencial revestirá la totalidad de la información y documentación de la Empresa que por su naturaleza no esté destinada a ser divulgada al público, debiendo abstenerse los oferentes de revelarlas a terceros.
Todo lo antedicho no regirá en caso que el Oferente deban cumplir con una solicitud de divulgación realizada por un organismo público en el marco de su competencia, por requerimiento judicial o por requerimiento xx xxx, debiendo notificar de tal circunstancia a la Empresa.
La presente obligación de confidencialidad se extenderá al Adjudicatario y sus dependientes y/o terceros prestadores contratados por éste, quienes deberán ajustarse a todos los términos considerados en la presente cláusula, aún luego de finalizado el servicio por el cual fueron contratado y por el plazo mínimo de tres (3) años desde la fecha de finalización de lacontratación.
Art. 25. PROPIEDAD INTELECTUAL
La Empresa será la propietaria exclusiva de todos los Derechos de Propiedad Intelectual (“DPI”) que surjan del cumplimiento del objeto de presente, ya sea que fueran desarrollados por el Adjudicatario o por subcontratistas del Adjudicatario individualmente o de manera conjunta con la Empresa, salvo disposición en contrario en las Condiciones Particulares. La presente cláusula no afectará los DPI que posea el Adjudicatario respecto de sus productos.
La Empresa retiene la exclusiva propiedad sobre los DPI y todos los diseños, dibujos, planos, especificaciones, reportes y notas de campo, formulaciones, información de
ingeniería, software, manuales y procedimientos de instalación y operación, descripciones de Productos, o cualquier otro documento o material en formato que pueda ser procesado por el hombre o por las máquinas, entregado o revelado alAdjudicatario.
El Adjudicatario garantiza que los Productos y/o Servicios prestados no infringen, de manera directa o indirecta, ninguna patente, derechos de autor, secretos comerciales, marcas de comercio u otros DPI de cualquier tercero. El Adjudicatario mantendrá indemne a la Empresa por cualquier reclamo al respecto.
Art. 26. LEYES CONTRA PRÁCTICAS CORRUPTAS – COMPORTAMIENTO ÉTICO
El Adjudicatario se obliga a que todas sus actividades en relación con esta Oferta o cualquier otro contrato similar que tenga o llegue a tener con la Empresa cumplan las disposiciones de las normas contra prácticas corruptas vigente en la República Argentina y con el Código de Ética para proveedores de la Empresa cuyo contenido conoce y acepta (conjuntamente, en adelante, las “Leyes Anti- Corrupción”). El Adjudicatario no ofrecerá ni pagará, prometerá ofrecer o pagar, ni autorizará la oferta o pago de cualquier monto o cosa de valor, directa o indirectamente, a cualquier funcionario público, empleado gubernamental, partido político, candidato de partidos políticos, miembro de partido político o cualquier otra entidad o persona, con la intención de obtener o retener una ventaja competitiva desleal; obtener o retener un negocio de manera ilegal o inapropiada; o bien, con la intención de inducir que se lleve a cabo, de manera inapropiada, alguna acción o actividad a nombre de la Empresa o en relación con este Pliego.
Art. 27. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
La ley aplicable será la de la República Argentina.
Ante eventuales controversias que pudieren suscitarse entre el Oferente y la Empresa, ya sea en relación al presente Xxxxxx como al eventual contrato que pudiera firmarse en caso de resultar Adjudicatario, ambos acuerdan que intentarán resolverlas de buena fe y a través de negociaciones amigables en un plazo de treinta (30) días corridos desde la notificación de una controversia de una parte a la otra. De no llegar a un acuerdo en ese plazo, quedará expedita la vía judicial.
El Adjudicatario y la Empresa se someten a la jurisdicción de los Tribunales competentes con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la decisión de cualquier cuestión que pudiera suscitarse, haciendo expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción.
Art. 28. ORDEN DE PRELACIÓN
Todos los documentos que integran el Concurso serán considerados parte del Pedido de Compra o Contrato y recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias entre los referidos documentos, regirá el siguiente orden de prelación:
1) Contrato/Carta Oferta.
2) Documento de Compra expedido por la Dirección de Abastecimiento y Logística.
3) Las Condiciones Particulares.
4) Las Condiciones Generales.
Anexos
Los Anexos se consideran parte integrante del presente Xxxxxx.
CONDICIONES PARTICULARES (“C.P.”):
Art. 1. OBJETO DEL CONCURSO:
El presente Concurso tiene por objeto invitar a ofertar para la eventual contratación de los servicios de mantenimiento EMC Premium Support para equipo del almacenamiento VMAX10K
Art. 2. PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Mediante envío a la casilla de correo controlada : xxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx individualizando en el asunto la denominación o el Nro. de Concurso.
Las ofertas tendrán validez por SESENTA (60) días a contar desde la fecha de apertura. Si los Oferentes no manifestaran en forma fehaciente su voluntad de no renovar la oferta con una antelación mínima xx XXXX (10) días al vencimiento del plazo, la oferta se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual a la inicial, y así sucesivamente.
Art.3. DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración de la contratación será de 36 meses pudiendo ser prorrogado por un periodo menor, previo acuerdo de las partes que será formalizado por escrito.
La prórroga deberá concretarse con una anticipación de noventa (90) días corridos antes del vencimiento del contrato, sin perjuicio de lo cual, podrá convenirse de común acuerdo un plazo menor si las circunstancias así lo permitiesen.
Art. 4. DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN ADICIONAL REQUERIDA AL OFERENTE.
Adicionalmente a la documentación e información requerida en el Pliego, el Oferente deberá acompañar y acreditar: (i).Antecedentes económico-financieros, comprendiendo al menos los estados contables certificados por contador público independiente correspondientes a los últimos dos (2) ejercicios financieros anteriores a la fecha de presentación de la Oferta, debidamente legalizados por el Consejo Profesional correspondiente y (ii) Referencias emitidas por todas las entidades bancarias y financieras con las que el Oferente opera habitualmente.
Carpeta 2: Aptitud técnica:
Carpeta 3: Cotización:
a. El Oferente cotizará montos totales por área y por empresa de acuerdo a la Planilla de Cotización adjunta como Anexo I.
La Empresa a su criterio, se reserva el derecho de aumentar o disminuir, por cuestiones operativas, de servicio o cualquier otra razón, la cantidad de servicios o la/las área/s asignadas que sean objeto de la contratación, comunicando tal circunstancia con una anticipación no inferior a los tres (3) días hábiles.
Art. 5. COSTOS Y GASTOS
Correrán por cuenta y cargo exclusivo del o de los Adjudicatarios la totalidad de costos y gastos de cualquier naturaleza que le origine la prestación del servicio, relacionados con el personal u ocasionados por necesidades
derivadas del cumplimiento de los servicios, así como también todos los impuestos y gravámenes en vigencia o que se implementen durante la vigencia del contrato.
Las obligaciones impuestas en este artículo deberán quedar formalizadas al momento de la iniciación de los servicios objeto de este Pliego.
Art. 6. REDETERMINACIÓN DE PRECIOS
Los precios del Contrato son fijos e invariables, durante el plazo de vigencia. Se podrán ajustar los precios de los servicios del punto 0 xxx Xxxxx 0 -Cotización de la siguiente manera:
Nacional
Los precios en moneda vigente de curso legal emitida por el Banco Central de la República Argentina del Contrato son fijos e invariables durante el plazo de vigencia. Los mismos podrán ser ajustados de forma semestral, a partir de los 6 (seis) meses contados desde la fecha de suscripción del contrato tomando como referencia la Estructura de Costos xxx xxxxxx (Tabla 1) en base a índices oficiales. A tal fin, a partir de la fecha de notificación de la solicitud de revisión de precios se iniciará un periodo de validación del cálculo que no podrá exceder el plazo de cuarenta
(40) días corridos, salvo que, de común acuerdo, se decida la prórroga de éste. A los efectos de invocar la presente cláusula, el Adjudicatario deberá solicitarlo formalmente y acompañar la estructura de costos detallando el incremento del período presentado, que tomará como fecha base, la fecha suscripción del contrato, y/o desde el último pedido de reajuste realizado.
Tabla 1. ESTRUCTURA DE COSTOS
Índice | % Incidencia | Fuente |
Mano de Obra | 15% | Índice de Salarios del Sector Privado |
Equipamiento | 60% | IPIM-Productos Importados |
Gastos Generales | 25% | Índice de precios internos mayoristas nivel general |
Internacional
Los precios serán ajustados por el 100% del incremento del IPC (Índice de Precios al Consumidor) del país desde donde el Adjudicatario provea el servicio en forma anual y según las publicaciones oficiales emitidas por el organismo correspondiente o la entidad que lo sustituya.
Si no se arribase a algún acuerdo amistoso dentro del Plazo de Renegociación del Precio, se entenderá que los precios del contrato son los definidos por la Empresa. En éste caso, el Adjudicatario podrá rescindir el contrato notificando fehacientemente a la Empresa con una antelación mínima de noventa (90) días corridos sin que ello dé lugar a reclamo de indemnización alguna. Este derecho de rescisión deberá ser ejercido dentro de los quince (15) días corridos desde el vencimiento del Plazo de Renegociación del Precio.
A los efectos invocar la presente cláusula, el Adjudicatario deberá acompañar la estructura de costos identificada como Tabla 1 detallando el incremento de costos observado durante el período presentado, tomando como fecha base la fecha de celebración del Contrato o del último precio renegociado, según corresponda.
Art. 7. CONDICIONES PARTICULARES DE FACTURACIÓN Y PAGO
Adicionalmente a lo establecido en las C.G., se aplicará lo previsto en la presente cláusula.
Para la confección de la liquidación se tendrán en cuenta además las “Planillas de Asistencia”.
Previo al inicio del servicio, el/los Adjudicatario/s deberá/n presentar al sector que conforma la facturación, por cada trabajador que efectuará tareas para la Empresa, una copia del formulario "Constancia Alta del Trabajador" emitido con una antigüedad no mayor a quince (15) días por la Administración Federal de Ingresos Públicos.
En caso de ausencias del personal, se descontará de la facturación mensual del o de los Adjudicatarios, por persona por día de ausencia, el monto que se obtenga del cociente entre el sueldo básico sin descuentos del oficial del personal de maestranza y la cantidad de días hábiles del mes, si la cantidad de ausencias fuera comparable a la dotación consignada en alguno de los respectivos “Pedidos de Compra”, el descuento podría alcanzar al “Pedido de Compra” completo.
Adicionalmente, y como condición para la conformación de las facturas mensualmente deberá presentar en el sector Liquidaciones la siguiente información:
a. Listado del personal afectado a la Empresa, con su correspondiente número de C.U.I.L., tareas que desarrolla, área y período que prestó el servicio en la Empresa y por el cual se están presentando cargas sociales (dos (2) copias).
b. Un detalle de las altas y bajas del personal afectado a los servicios, indicando fecha de ingreso y egreso (adjuntar fotocopia de los Certificados de Servicio emitidos por ANSES) a la empresa adjudicataria (dos (2) copias).
c. En casos de incorporación de nuevo personal para la prestación del servicio, copia del acuse de recibo relativo al alta en el registro de la AFIP correspondiente.
d. Recibo de sueldos firmados como constancia de pago de las remuneraciones.
e. Comprobantes de pago del sistema de seguridad social (F931, comprobante de pago o compensación y SIJP) (dos (2) copias).
f. Comprobante de aportes sindicales y boleta de pago (dos (2) copias).
g. Póliza y constancia de pago de la cobertura de riesgo de trabajo (dos (2) copias).
h. Póliza y constancia de pago del seguro de vida obligatorio (dos (2) copias).
i. Póliza y constancia de pago del seguro de responsabilidad civil (dos (2) copias.
j. Póliza y constancia de pago del seguro de Accidentes Personales (dos (2) copias), si correspondiere.
k. Póliza y constancia de pago del seguro exigido por las autoridades de los Aeropuertos (dos (2) copias), si correspondiere.
El/Los adjudicatarios/s podrán enviar la información mencionada anteriormente en copia digital del original a la dirección de correo electrónico que a tal efecto disponga la Empresa.
El incumplimiento parcial o total de las obligaciones mencionadas en el presente artículo acarreará la falta de conformación de la factura, postergándose el plazo de su pago hasta el efectivo cumplimiento de éstos requisitos. En este caso, la Empresa no tendrá ninguna responsabilidad por la demora en el pago de la facturación correspondiente.
Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta del Adjudicatario.
A tal fin deberán informar: Nombre del Banco, Razón Social del Beneficiario, Nro de CUIT del Beneficiario, Nro de CBU certificado por el banco y Tipo de cuenta.
Deberán informar una persona de contacto y dirección de e-mail, a fin que reciban los avisos de pago y puedan descargar los certificados de retenciones impositivas que correspondan.
Art. 8. EVALUACIÓN DEL SERVICIO
La evaluación del servicio será realizada por el personal del sector de la Dirección de Sistemas.
Al inicio del Servicio se definirá una reunión mensual y un grupo de referentes de La Empresa que participara de dicha reunión donde el Adjudicatario presentará el resultado de la totalidad de los indicadores de gestión del mes anterior definidos en el Acuerdo de Nivel de Servicio (SLA)
Como resultado de la reunión y previo a la facturación del servicio del mes en curso se establecerá entre La Empresa y el Adjudicatario la penalidad correspondiente al mes anterior teniendo el informe presentado.
Art. 9. ACUERDO DEL NIVEL DE SERVICIO
LA EMPRESA estará facultada a realizar los controles, inspecciones, monitoreos o auditorias que considere oportunos a fin de asegurar el correcto cumplimiento del servicio, quedando obligado/s el/los Adjudicatario/s a aceptar la realización de estas u otras medidas de verificación que pudieran disponerse, debiendo acatar de inmediato cualquier orden o recomendación que se formule en relación con el servicio. Cualquier impedimento para realizar estos controles podrá ser causal de sanciones, penalidades, o resolución del contrato.
LA EMPRESA implementará un sistema de evaluación para calificar en forma permanente el desempeño del o de los Adjudicatarios del servicio y determinar el grado de conformidad respecto de los requerimientos especificados.
Art. 10. RELACIÓN ENTRE LAS PARTES
El personal de la Dirección de Sistemas fiscalizar en conjunto la ejecución de los trabajos, siendo responsable de hacer cumplir eficazmente las obligaciones contraídas por el/los Adjudicatarios.
La Dirección de IT tendrá a su cargo la aprobación de las respectivas facturas, reservándose además la facultad de disponer controles o inspecciones de oportunidad, a fin de asegurar el correcto cumplimiento de la prestación, quedando el/los Adjudicatarios obligados a aceptar la realización de cualquier medida de verificación que dispongan las citadas áreas, debiendo acatar de inmediato cualquier indicación o recomendación que éstas le formulen en relación con el servicio.
Art. 11. AUDITORIA DEL SERVICIO PRESTADO
La Empresa, a través de la Dirección Económico Financiera efectuará inspecciones periódicas a las áreas para verificar el cumplimiento del servicio.
Art. 12. RECLAMOS SOBRE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS
Los reclamos sobre la calidad de los servicios prestados serán cronológicamente consignados por triplicado en formularios especiales habilitados a tal efecto y provistos por el/los adjudicatarios, o mediante correo electrónico o fax, los que serán tenidos en cuenta como documento legal.
Todo reclamo deberá ser firmado por el/los Adjudicatarios o su representante.
Art. 13. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
En concepto de garantía por el fiel cumplimiento de las obligaciones contraídas, el Adjudicatario, dentro del plazo establecido en el artículo 7 de las CG., deberá constituir una Garantía de Cumplimiento cuyo porcentual respecto del valor total del Pedido de Compra o Contratación, será de un 10 % (diez por ciento). Dicha Garantía deberá ser integrada con un seguro de caución en una compañía de seguros de prestigio a satisfacción de la Empresa.
En caso que el Adjudicatario no concurriera a firmar el contrato o no iniciara la prestación en el plazo establecido, la Adjudicación quedará sin efecto y la Empresa podrá, de pleno derecho y sin necesidad de intimación alguna, ejecutar la Garantía de Cumplimiento en concepto de indemnización.
Art. 14. PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN
El/los Adjudicatario/s instruirán a su personal para que respeten las indicaciones que le sean impartidas por la Gerencia de Prevención, Protección y Seguridad de la Empresa (o la que en el futuro la reemplace), aceptando y sometiéndose a los controles que se dispongan.
Cada sector usuario de La Empresa previo al ingreso por parte de el/los Adjudicatario/s a las instalaciones de La Empresa, deberá informar mediante correo electrónico a la Gerencia de Prevención, Protección y Seguridad, indicando listado de ART del personal de el/los Adjudicatario/s, día y hora en que se llevará a cabo el servicio.
A fin de facilitar el desarrollo de las tareas del personal de el/los Adjudicatario/s, éste deberá cumplir con el siguiente procedimiento de control en los puestos de seguridad ubicados en las instalaciones de La Empresa o donde La Empresa le indique:
• Al Ingreso, todo material, herramientas, repuestos, equipamiento, entre otros que se emplee para la prestación del servicio requerido en el presente Xxxxxx, deberá ser declarado previo a su ingreso en los puestos de seguridad y posterior control a su egreso.
• egreso, para el retiro de equipamiento como repuestos u otros materiales, entre otros que formen parte de los equipos objeto de presente Pliego, deberá contar con el correspondiente conforme (nota) de la Jefatura del sector usuario de La Empresa y firmada en conformidad, informando el equipamiento, repuestos y material que serán retirados. Dicha nota deberá ser presentada en los puestos de seguridad o donde La Empresa le indique.
Art. 15. TRANSPORTE DE PERSONAL
El/los Adjudicatario/s deberá/n proveerse del transporte necesario para trasladar al personal que prestará el servicio toda vez que LA EMPRESA no reconocerá ningún adicional en concepto de viático o movilidad.
El personal del o de los Adjudicatarios no podrá utilizar, bajo ninguna circunstancia, los medios de transportes que la Empresa dispone para su personal propio.
Será de aplicación inmediata, y según los porcentajes establecidos en el artículo 6 de estas C.P., una multa cuando personal de el/los Adjudicatario/s utilice los medios de transporte del personal de la Empresa.
Art. 16. SUMINISTRO DE EQUIPOS Y MATERIALES
Los materiales a utilizar serán de primera calidad y aptos para la función a que están destinados, a fin de no atentar contra la conservación de edificios, muebles, etc., debiendo además resultar inofensivos para la salud de las personas.
El Oferente deberá indicar en su presentación los elementos y equipos.
Art. 17. UNIFORMES
En el caso que sea de aplicación al objeto del presente concurso el/los Adjudicatarios proveerán a su personal de uniformes de trabajo, ya sea pantalón y camisa u otro tipo de prenda con el nombre del o de los Adjudicatarios, en forma visible y discreta.
Art. 18. CREDENCIALES
En el caso que las tareas se desarrollarán en una zona aeroportuaria de acceso restringido, el Adjudicatario gestionará, previo al inicio del contrato, las credenciales operativas que otorga la Policía de Seguridad Aeroportuaria (“PSA”)/Aeropuertos Argentina 2000 S.A. (“AA2000”) para el personal y los vehículos asignados a las tareas, a cuyos efectos deberá entregar la documentación que exijan. De existir costo alguno para la emisión o renovación de estas credenciales, el mismo estará a cargo del Adjudicatario.
Todo el personal del Adjudicatario, ya sea se desempeñe en la zona pública como la de acceso restringido debe contar con credencial.
El personal que por distintos motivos y que por sus funciones deba desempeñarse en la zona restringida y no posea credencial, si no es reemplazado inmediatamente en el día por otro personal con credencial en su lugar específico de trabajo, por más que desempeñe funciones en otra zona sin credencial, será considerado como ausente, a los fines del cómputo de presentismo diario.
Previo al inicio de las tareas, y como condición imprescindible para comenzar con el servicio, el Adjudicatario tramitará las credenciales operativas (un año de vigencia) y además la credencial temporal (un mes de vigencia) para el comienzo de las tareas mientras dura el trámite de obtención de la credencial operativa.
El Oferente deberá inmediatamente tomar contacto con el área comercial de AA2000 a fin de interiorizarse de los requisitos y del canon a abonar al concesionario.
Es responsabilidad del Adjudicatario chequear, previo al envió del personal y vehículos, que los mismos se encuentran habilitados para ingresar en dependencia de AA2000.
Art. 19. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LA SOLUCION
Tiene por objeto la contratación del servicio de mantenimiento “EMC PREMIUM SUPPORT”, para el equipamiento EMC VMAX10K, según la descripción del servicio que se detalla a continuación:
Descripción del Técnica
Actualmente la Empresa cuenta con un equipo de almacenamiento DELL VMAX 10K, en este equipamiento residen los discos de todas particiones lógicas de la infraestructura IBM PowerVM, y gran parte de los datastore de la infraestructura VMware. Por tal motivo, el equipamiento es crítico de manera transversal a cualquier solución que utilice un servidor alojado en cualquiera de las plataformas de virtualización de la Empresa (VMware / IBM PowerVM).
La garantía del equipamiento vence el 30 xx Xxxxx de 2019, por lo que es necesario contratar el mantenimiento de la marca para poder continuar recibiendo los servicios de soporte especializados.
Soporte Técnico y Mantenimiento del equipamiento VMAX10K
Servicio de Soporte Técnico y Mantenimiento Especializado “EMC PREMIUM SUPPORT “, de equipo del almacenamiento Modelo VMAX10K, Symmetrix ID 000298701958, Enginuity 5876.288.195.
Denominación Comercial y Nivel del servicio a proveer
El tipo de servicio de mantenimiento requerido es “EMC PREMIUM SUPPORT “
Días y Horario de Atención
Los días y horarios en los que se debe proveer el servicio son los 7 días de la semana las 24 horas.
Forma de Prestación del Servicio
La solicitud de Soporte Técnico y Mantenimiento Especializado podrá iniciarse mediante correo electrónico o mediante sistema de registro de solicitudes basado en WEB, el que debe ponerse a disposición de la Empresa a través de una URL pública en Internet “xxxxx://xxxxxxxxx.xxx.xxx/xxxxxxx/xxxxxxx” (indicando, en caso de corresponder, usuario y contraseña requeridos para su uso). También podrán iniciarse telefónicamente al 0800- 666-1769
Consideraciones Técnicas del Servicio
A continuación, se describen las principales tareas incluidas en la contratación:
CARACTERISTICAS DEL SERVICIO | DESCRIPCIÓN | SOPORTE PREMIUM DETALLES DE COBERTURA |
Soporte técnico global | Se podrá contactar a EMC por teléfono | Se espera tener una respuesta inicial, |
o interfaz web las 24 horas del día, los 7 | basada en el nivel de severidad, | |
días de la semana basados en reportes | dentro del siguiente periodo de | |
del equipamiento o problemas de | tiempo luego de recibido el contacto | |
software y proporcionando información | del cliente: | |
para un evaluación inicial sobre el Nivel | Nivel de severidad 1: 30 minutos las 24 | |
de Severidad del caso. | horas del día, los 7 días de la semana. | |
EMC proporciona (i) una respuesta | Nivel de severidad 2: 2 horas las 24 | |
remota en función del nivel de | horas del día, los 7 días de la semana. | |
severidad de problema, o (ii) una |
respuesta en sitio de acuerdo a la siguiente descripción. | Nivel de Severidad 3: 3 horas en horario comercial local. Nivel de Severidad 4: 8 horas en horario comercial local. | |||||
Respuesta en Sitio | EMC deberá enviar personal autorizado al sitio de instalación para trabajar en el problema después de que se haya aislado el problema y se considere que es necesaria la respuesta en el sitio. | El objetivo de la respuesta inicial en el sitio se basa en el nivel de gravedad, dentro del siguiente período de tiempo: Nivel de severidad 1: 4 horas las 24 horas del día los 7 días de la semana. Nivel de severidad 2: dentro de las 12 horas las 24 horas del día los 7 días de la semana. Nivel de severidad 3: siguiente día hábil, horario comercial local Nivel de severidad 4: siguiente día hábil, horario comercial local. | ||||
Entrega | de | piezas de | EMC proporcionará piezas de repuesto | El objetivo de entrega de la pieza de | ||
repuesto | cuando EMC lo considere necesario. | repuesto se basa en el Nivel de | ||||
severidad, | dentro | del | siguiente | |||
período de tiempo: | ||||||
Nivel de severidad 1: 4 horas en las 24 | ||||||
horas del día los 7 días de la semana. | ||||||
Nivel de severidad 2: dentro de las 12 | ||||||
horas las 24 horas del día los 7 días de | ||||||
la semana. | ||||||
Nivel de severidad 3: siguiente día | ||||||
hábil, horario comercial local | ||||||
Nivel de severidad 4: siguiente día | ||||||
hábil, horario comercial local | ||||||
Si EMC instala la pieza de repuesto, | ||||||
EMC se encargará de su devolución a | ||||||
una instalación de EMC. | ||||||
Derecho a acceder a nuevas versiones de software | Se proporciona acceso a las nuevas versiones de software a medida que EMC las pone a disponibilidad de general. | Incluido | ||||
Instalación software | de nuevo | EMC ejecuta la instalación del nuevas versiones de software | Se incluye para el software que EMC determina el software del entorno operativo del equipo y solo cuando el equipo asociado en el que se está instalando el software operativo está cubierto por una garantía de EMC o por el contrato de mantenimiento actual de EMC. | |||
Reparación y Monitoreo remoto las 24 horas del día los 7 días de la semana | El equipamiento VMAX10K se conecta automática e independientemente con EMC para proporcionar información | Incluido para productos que tienen herramientas de monitoreo remoto y tecnología disponible de EMC. |
para ayudar a EMC en la determinación de problemas. EMC accederá a los productos de forma remota si es necesario para diagnósticos adicionales y para proporcionar soporte remoto. | Una vez que se notifica un problema a EMC, se aplicarán los mismos objetivos de respuesta para el Soporte técnico global y la Respuesta en el sitio, tal como se describió anteriormente. | |
Acceso las 24 horas los 7 días de la semana a las herramientas de soporte en línea | Los clientes que se han registrado correctamente tienen acceso las 24 horas a los 7 días de la semana al conocimiento basado en la web de EMC y a las herramientas de asistencia al cliente de autoayuda a través del sitio de soporte en línea de EMC. | Incluido |
Calidad del Servicio:
No podrá modificarse el nivel, calidad, periodicidad, categoría o cualquier otra característica del servicio durante el período de renovación, sin consentimiento de la Empresa.
Confidencialidad de la información:
La adjudicataria se compromete a mantener en forma confidencial toda información que la Empresa identifique como reservada, y que deba ser intercambiada entre ambas partes, por motivos inherentes a la presente contratación.
Repuestos y Unidades de reposición
Los materiales y repuestos a emplear deberán ser originales de fábrica, nuevos y sin uso, debiendo presentarse la documentación que respalde las citadas características. Se deberá establecer el destino de los elementos reemplazados.
El adjudicatario se encuentra capacitado y se obliga a proveer los repuestos en tiempo y forma necesarios para garantizar la continuidad operativa de los equipos en su funcionamiento ante eventuales fallas.
El servicio es integral e incluye todo tipo de repuestos, accesorios y mano de obra sin cargo.
Los materiales, repuestos, etc. que resultaren rechazados serán retirados por el Contratista a su costo, como así también los defectuosos o de buena calidad puestos en desacuerdo con las reglas del arte, estando a su cargo los gastos que demandare la inmediata sustitución de los mismos.
Desarrollo de tareas Obras
Las provisiones para el objeto de la presente contratación tendrán vigencia, a partir de la notificación de la orden de compra respectiva o suscripción del contrato si correspondiere.
Se tomarán todos los recaudos necesarios para evitar inconvenientes en el desenvolvimiento diario del público y personal de la casa, durante la ejecución de las tareas.
El adjudicatario será el único responsable de los daños causados a personas y/o propiedades durante la ejecución de los trabajos objeto del presente llamado a licitación. Este tomará todas las precauciones necesarias a fin de
evitar accidentes personales o daños a las propiedades, así pudieran provenir dichos accidentes o daños de maniobras en las tareas, de la acción de los elementos o demás causas eventuales.
El adjudicatario queda obligado a ejecutar los trabajos completos y adecuados a su fin, en la forma que se infiere en los presentes documentos.
Personal
El personal de la empresa adjudicataria deberá ser idóneo, estar provisto de indumentaria e identificación adecuada y de los elementos de seguridad establecidos por los organismos que reglamentan la actividad. La empresa adjudicataria queda obligada a ocupar el personal que necesite con arreglo a las disposiciones laborales vigentes.
El personal utilizado por la adjudicataria para efectuar los trabajos objeto del presente llamado a licitación, no tiene ningún tipo o forma de relación de dependencia con el comitente.
El personal que cumpla el servicio deberá poseer una identificación de la empresa adjudicataria.
Queda bajo exclusiva responsabilidad del adjudicatario, todo accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados o no con la prestación del servicio, como así mismo del cumplimiento de todas las obligaciones determinadas por las leyes laborales, sin excepción, impuestos, etc.
El adjudicatario asume la responsabilidad de su personal, obligándose a reparar cualquier daño y/o perjuicio que se origine en el obrar, durante el transcurso de la ejecución de los trabajos. Asimismo, se designará uno o más responsables (supervisores del servicio) con facultades para que actúen como nexo con el personal de la Empresa.
La Empresa podrá solicitar al adjudicatario por causas justificadas el cambio de personal que el adjudicatario asigne para el cumplimiento de este servicio. En este caso el proveedor se obliga a sustituir a dicho personal.
El adjudicatario estará a cargo y será responsable de los acarreos y traslados que debiesen realizarse.
Penalidades
En caso xx xxxxxx en la prestación del servicio por parte de DEL EMC (infracciones y/o incumplimientos de cualquiera de las cláusulas del presente), independientemente del derecho de la Empresa de resolver el contrato, la adjudicataria se hará pasible de las siguientes penalidades, que serán calculadas de acuerdo con los porcentajes que se indican sobre el monto facturado durante el mes previo al mes de verificada la infracción:
incumplimiento: Queja formal de la Empresa (la que podrá ser realizada por correo electrónico a la dirección determinada por la adjudicataria para tales menesteres)
incumplimiento: Descuento del 1% del total del contrato. incumplimiento: Descuento del 2 % del total del contrato. incumplimiento: Descuento del 5% del total del contrato. incumplimiento y sucesivos: Descuento del 10 % del contrato.
Anexo I - Detalle de Cotización
Fecha: ……………………………………………………………….…………………
Nombre Empresa Oferente: …………………………………………………………
Razón Social: …………………………………………………………..……………..
Nro. De CUIT: ……………………………………………………………………….
Detalle | $/anual | Precio Total (3 años) |
Mantenimiento EMC Premiun Support para equipo de almacenamiento VMAX10K | $ + IVA | $ + IVA |
Anexo II - DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES
PARTE I - Cumplimiento Decreto 202/2017 (ANEXO I).
DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES - DECRETO 202/2017
Tipo de declarante: Persona jurídica
Razón Social | |
CUIT |
Vínculos a declarar
¿Existen vinculaciones con los funcionarios enunciados en los artículos 1 y 2 del Decreto n° 202/17?
(Marque con una X donde corresponda)
SI | NO |
En caso de existir vinculaciones con más de un funcionario, o por más de un socio o accionista, se deberá repetir la información que a continuación se solicita por cada una de las vinculaciones a declarar. | La opción elegida en cuanto a la no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto n° 202/17. |
Vínculo
Persona con el vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
Persona jurídica (si el vínculo a declarar es directo de la persona jurídica declarante) | No se exige información adicional | |
Representante legal | Detalle nombres apellidos y CUIT | |
Sociedad controlante | Detalle Razón Social y CUIT | |
Sociedades controladas | Detalle Razón Social y CUIT | |
Sociedades con interés directo en los resultados económicos o financieros de la declarante | Detalle Razón Social y CUIT | |
Director | Detalle nombres apellidos y XXXX |
Socio o accionista con participación en la formación de la voluntad social | Detalle nombres apellidos y CUIT | |
Accionista o socio con más del 5% del capital social de las sociedades sujetas a oferta pública | Detalle nombres apellidos y CUIT |
Información adicional
¿Con cuál de los siguientes funcionarios?
(Marque con una X donde corresponda)
Presidente | |
Vicepresidente | |
Jefe de Gabinete de Ministros | |
Ministro | |
Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional | |
Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir |
(En caso de haber marcado Ministro, Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional o Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir complete los siguientes campos)
Nombres | |
Apellidos | |
CUIT | |
Cargo | |
Jurisdicción |
Tipo de vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
Sociedad o comunidad | Detalle Razón Social y CUIT. | |
Parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad | Detalle qué parentesco existe concretamente. | |
Pleito pendiente | Proporcione carátula, nº de expediente, fuero, jurisdicción, juzgado y secretaría intervinientes. |
Ser deudor | Indicar motivo de deuda y monto. | |
Ser acreedor | Indicar motivo de acreencia y monto. | |
Haber recibido beneficios de importancia de parte del funcionario | Indicar tipo de beneficio y monto estimado. |
Información adicional
La no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto n° 202/17.
Firma y aclaración del declarante
Carácter en el que firma
Fecha y lugar
Anexo III - Declaración de otros Conflictos de Intereses y aceptación del Código de Ética para Proveedores
a) Declaración de Conflictos de Intereses no cubiertos por el Decreto 202/2017
Adicionalmente a los casos cubiertos por el Decreto 202/2017, y en relación a empleados del Grupo Aerolíneas que desempeñen funciones en la Dirección de Abastecimiento y Logística (cualquiera sea su nivel), y/o en otra área con la cual esté negociando o revisando un contrato:
¿Usted, en su carácter de persona jurídica declarante, tiene vinculaciones con dichos empleados que:
- afecten o puedan afectar la objetividad o independencia en la relación comercial con el Grupo Aerolíneas, o bien que
- un tercero pueda interpretar que dicha objetividad o independencia está siendo o puede verse afectada?
Persona Jurídica comprende a: Los representantes legales, directores, socios o accionistas de los proveedores que posean participación para formar la voluntad social o que ejerzan una influencia dominante y a cualquier empleado que esté negociando o revisando un contrato vinculado con la prestación de servicios o provisión de suministros al Grupo Aerolíneas.
(Marque donde corresponda)
NO | |||||
SI (si la respuesta es afirmativa, sírvase indicar lo siguiente) | |||||
Descripción del conflicto de interés | |||||
Nombre de la persona | Cargo | Lugar de trabajo | Empresa | Vínculo | |
Declaro que al completar el presente formulario he respondido en forma integral y veraz y sin ocultar ningún dato o información relevante que pudiera corresponder. Asimismo, de ocurrir cualquier cambio en las circunstancias aquí declaradas, asumo la obligación de informar por escrito en forma inmediata a la Empresa.
b) Aceptación del Código de Ética para Proveedores
Por la presente declaro haber recibido, leído, comprendido y me comprometo a cumplir con las disposiciones del Código de Ética para Proveedores del Grupo Aerolíneas (también disponible en la sección Proveedores de la página web de la Empresa: xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx).
Firma y aclaración del declarante
Carácter en el que firma
Fecha y lugar