CARÁTULA DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE DE OBRAS DE ARTE DE LA EXPOSICIÓN TEMPORAL TUCKER. MASA Y FIGURA EN EL MUSEO DE BELLAS ARTES DE BILBAO
CARÁTULA XXX XXXXXX DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE DE OBRAS DE ARTE DE LA EXPOSICIÓN TEMPORAL XXXXXX. MASA Y FIGURA EN EL MUSEO XX XXXXXX ARTES DE BILBAO
A.- OBJETO DEL CONTRATO
Servicio de transporte de obras de arte para la exposición temporal Xxxxxx.Masa y figura en el Museo xx Xxxxxx Artes de Bilbao.
B.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
Fundación Museo xx Xxxxxx Artes de Bilbao – Bilboko Arte Ederren Museoa Fundazioa.
C.- PRESUPUESTO DE LICITACIÓN
No se establece.
D. PLAZO DE EJECUCIÓN
El contrato entrará en vigor en la fecha de su firma, extendiendo su vigencia desde aquélla hasta la finalización de la dispersión y entrega de las obras de arte en destino, que deberá realizarse en un plazo máximo de un mes a contar desde la clausura de la exposición, prevista para el 14 de septiembre de 2015.
E.- TRAMITACIÓN
Ordinaria.
F.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
Abierto.
G.- MEDIOS DE ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA
Según lo estipulado en el pliego de cláusulas administrativas.
H- GARANTÍA PROVISIONAL
No se exige.
I.- GARANTÍA DEFINITIVA
5% del importe total de adjudicación del contrato, excluido el IVA.
J.- PLAZO PARA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN
Hasta las 14.00 horas del último día señalado para la entrega de solicitudes en la cláusula 9 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas.
K.- LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
Oficinas de la Fundación Museo xx Xxxxxx Artes de Bilbao – Bilboko Arte Ederren Museoa Fundazioa, en Bilbao (Museo plaza, 2).
L.- PERFIL DE CONTRATANTE
xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxx
M - CONSULTAS
Departamento de Exposiciones. Teléfono: x00 00 000 00 00 ó x00 00 000 00 00 / Correo electrónico: xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx
Bilbao, a 18 de diciembre de 2014.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS DEL CONTRATO DE SERVICIO DE TRANSPORTE DE LA EXPOSICIÓN TEMPORAL XXXXXX. MASA Y FIGURA EN EL MUSEO XX XXXXXX ARTES DE BILBAO
ÍNDICE
I. ELEMENTOS DEL CONTRATO 2-3
CLÁUSULA 1.- OBJETO DEL CONTRATO .……………………………………….…………………...…….….….….. 2
CLÁUSULA 2.- NATURALEZA DEL CONTRATO …………………………………….....………….………………...…. 2
CLÁUSULA 3.- PRESUPUESTO …………………………………………………………….……………………....... 2
CLÁUSULA 4.- CONSTANCIA EXPRESA DE LA EXISTENCIA DE CRÉDITO ……………...…………...………………....... 2
CLÁUSULA 5.- PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO ..……………..……………………………………………..… 3
II. LICITACIÓN 3-8
CLÁUSULA 6.- PERFIL DEL CONTRATANTE ...…………………………………………………………….....……….. 3
CLÁUSULA 7.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN ..…………………………………………….……...... 3
CLÁUSULA 8.- PRINCIPIOS: IGUALDAD, TRANSPARENCIA, PUBLICIDAD, INFORMACIÓN Y CONFIDENCIALIDAD ……..… 3
CLÁUSULA 9.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES ……………………………………………………………….. 3-7
CLÁUSULA 10.- CRITERIOS DE VALORACIÓN ……………………………………………………………………….. 7-8
III. APERTURA DE PROPOSICIONES 8-9
CLÁUSULA 11.- MESA DE CONTRATACIÓN………………………....…………………….……………………...….. 8
CLÁUSULA 12.- ACTUACIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN……………………………………………………… 9
IV. ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 10-12
CLÁUSULA 13.- CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS ………………………………………..........................……….….. 10
CLÁUSULA 14.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR 10-11
CLÁUSULA 15.- ADJUDICACIÓN …………………………………………………………..…….………………...... 11
CLÁUSULA 16.- GARANTÍA DEFINITIVA …………………………………...……………..……….………………..... 12
CLÁUSULA 17.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO ………...……..……………………………….…………….......... 12
V. EJECUCIÓN DEL CONTRATO 12-15
CLÁUSULA 18.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO 12-13
CLÁUSULA 19.- MEDIOS HUMANOS …………………...……………………………………………………….….. 13
CLÁUSULA 20.- OBLIGACIONES LABORALES Y DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 13-14
CLÁUSULA 21.- VIGILANCIA E INSPECCIÓN ………………………………...………………………………….…… 14
CLÁUSULA 22.- FORMA DE PAGO 14-15
CLÁUSULA 23.- REVISIÓN DE PRECIOS ……………………………………………………………………………... 15
VI. EXTINCIÓN DEL CONTRATO 15-16
CLÁUSULA 24.- CAUSAS DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO …………………...…………………………….…………. 15
CLÁUSULA 25.- PLAZO DE GARANTÍA ………...…………………………………………………………….……… 15
CLÁUSULA 26.- DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA ……………………………………………………………………. 16
VII. PRERROGATIVAS, JURISDICCIÓN COMPETENTE Y RECURSOS 16
CLÁUSULA 27.- PRERROGATIVAS DEL MUSEO ……………..........................………………………………………… 16
CLÁUSULA 28.- NORMATIVA APLICABLE …………...………………………………………………………………. 16
ANEXOS | 17-21 | |
ANEXO 1 | DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSA EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES DE CONTRATAR QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 60 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO ……………………………………..……………………………………………… | 18 |
ANEXO 2 | MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA …………………………………………………….................. | 00 |
XXXXX 0 | DECLARACIÓN RESPONSABLE IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS ……………….................. | 20 |
ANEXO 4 | GARANTÍA …………………………………………………………………………………………... | 21 |
I. ELEMENTOS DEL CONTRATO
CLÁUSULA 1.- OBJETO DEL CONTRATO
Es objeto del presente pliego de condiciones la regulación de las condiciones que regirán la contratación del servicio de transporte de la exposición Xxxxxx. Masa y figura que se exhibirá en el Museo xx Xxxxxx Artes de Bilbao, tanto su concentración como la dispersión, y que se detallan en el pliego de condiciones técnicas.
El contrato se ejecutará conforme a las especificaciones técnicas que se establecen en el pliego de condiciones técnicas, cuyo conjunto de documentos integrantes tendrá carácter contractual, y de acuerdo con lo previsto en el presente pliego de cláusulas administrativas. Ambos documentos formarán parte inseparable del contrato.
CLÁUSULA 2.- NATURALEZA DEL CONTRATO
El presente contrato tiene carácter privado y la naturaleza propia de un contrato de servicios. Se regirá, en cuanto a su preparación y adjudicación, en primer lugar, por las cláusulas contenidas en este pliego y en el pliego de condiciones técnicas, y supletoriamente por lo dispuesto en las instrucciones internas de contratación de la Fundación Museo xx Xxxxxx Artes de Bilbao-Bilboko Arte Ederren Museoa Fundazioa (en adelante museo), por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP), y sus disposiciones de desarrollo, aplicándose supletoriamente las restantes normas de derecho administrativo o, en su caso, las normas de derecho privado, según corresponda por razón del sujeto o entidad contratante.
En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por las normas de derecho privado. CLÁUSULA 3.- PRESUPUESTO
No se establece presupuesto base de licitación. El presupuesto del contrato y los precios aplicables serán los
ofertados por el contratista.
Se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores incluyen el precio del contrato y todos los gastos que el adjudicatario deba realizar para el normal cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son los generales, financieros, beneficios, seguros, honorarios de personal a su cargo, de comprobación y ensayo, de derechos, las tasas e impuestos, excepto del IVA, sin que por tanto puedan ser repercutidos como partida independiente. No obstante, la cantidad correspondiente al IVA figurará como partida independiente.
CLÁUSULA 4.- CONSTANCIA EXPRESA DE LA EXISTENCIA DE CRÉDITO
Las obligaciones económicas que se derivan de este contrato se atenderán con la partida presupuestaria que al efecto se consigne en el presupuesto en el año correspondiente, durante el plazo de ejecución del contrato.
En el caso de que el contrato se formalice en el ejercicio presupuestario anterior al de inicio de la ejecución, la adjudicación quedará sometida a la condición suspensiva de la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio presupuestario correspondiente.
CLÁUSULA 5.- PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato entrará en vigor en la fecha de su firma, extendiendo su vigencia desde aquélla hasta la finalización de la dispersión y entrega de las obras de arte en su destino, que deberá realizarse no más tarde del 30 de octubre de 2015.
II. LICITACIÓN
CLÁUSULA 6.- PERFIL DEL CONTRATANTE
CLÁUSULA 7.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
El contrato se adjudicará mediante el procedimiento abierto.
CLÁUSULA 8.- PRINCIPIOS: IGUALDAD, TRANSPARENCIA, PUBLICIDAD, INFORMACIÓN Y CONFIDENCIALI- DAD
El órgano de contratación dará a los licitadores un tratamiento igualitario y no discriminatorio y ajustará su actuación al principio de transparencia.
Sin perjuicio de las disposiciones del TRLCSP relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los licitadores, los órganos de contratación no podrán divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas. Los órganos de contratación no podrán divulgar esta información sin su consentimiento.
Toda la información a la que tenga acceso la empresa contratista con ocasión de la ejecución del contrato tiene carácter confidencial. La adjudicataria y el personal por ella asignado a la ejecución del contrato no podrán utilizar para sí, ni proporcionar a terceros, dato o información alguna de los trabajos contratados o a la que tengan acceso con ocasión de la ejecución, sin autorización escrita del museo, estando, por tanto, obligados a poner todos los medios a su alcance para conservar el carácter confidencial y reservado tanto de la información como de los resultados obtenidos del trabajo realizado (artículo 140.2 TRLCSP). En todo caso, en la realización de trabajos que no impliquen el tratamiento de datos personales, queda prohibido a la adjudicataria y a su personal el acceder a datos personales, y tendrán obligación xx xxxxxxx respecto a los datos que el personal hubiera podido conocer con motivo de la prestación (artículo 83.2 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, de desarrollo de la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal).
CLÁUSULA 9.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración establecidas en el artículo 60 del TRLCSP, y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Asimismo los participantes deberán tener como finalidad o actividad alguna, relacionada
directamente con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
Ningún licitador podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros empresarios, si lo hubiera hecho individualmente, así como tampoco figurar en más de una unión temporal. El no cumplimiento de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición económica.
Las empresas extranjeras no comunitarias deberán reunir, además, los requisitos establecidos en el artículo 55 del TRLCSP.
La presentación de las proposiciones presume la aceptación por el licitador de las cláusulas de este pliego, xxx xxxxxx de condiciones técnicas y del resto de documentos contractuales y la declaración responsable de la exactitud de los datos presentados y de que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas.
Los candidatos deberán presentar en el plazo que se fije en el anuncio, tres sobres: SOBRE “A”: Documentación administrativa.
SOBRE “B”: Proposición técnica. Elementos cuya valoración dependa de juicio de valor.
SOBRE “C”: Proposición económica y elementos a valorar de forma automática por aplicación de fórmulas.
En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente (relación indexada de documentos).
Los sobres se identificarán en su exterior del modo siguiente:
a) Parte superior del sobre y a la derecha indicación del sobre del que se trate (SOBRE “A”, SOBRE “B” o SOBRE “C”).
b) Nombre y apellidos de la persona física o razón social de la persona jurídica, y NIF correspondiente.
c) Dirección de correo electrónico (e-mail) para que el museo efectúe los requerimientos, comunicaciones y notificaciones que precise durante la tramitación del expediente.
d) Objeto del contrato (PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIO DE TRANSPORTE DE LA EXPOSICIÓN TEMPORAL, XXXXXX. MASA Y FIGURA EN LA FUNDACIÓN MUSEO XX XXXXXX ARTES DE BILBAO-BILBOKO ARTE EDERREN MUSEOA FUNDAZIOA).
e) Firma de la licitadora o persona que le represente.
La presentación de las solicitudes de participación se deberá realizar en:
- Lugar: Oficinas de la Fundación Museo xx Xxxxxx Artes de Bilbao-Bilboko Arte Ederren Museoa Fundazioa, en Bilbao (Museo plaza, 2), de lunes a viernes, entre las 09.00 y las 14.00 horas.
- Plazo: Dentro de las horas de oficina y hasta las 14.00 horas del día 12 de enero de 2015.
- Forma: Cuando las proposiciones se envíen por correo el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax al número 00 000 00 00 el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, está no será admitida en ningún caso.
La documentación se presentará en sobres cerrados y podrá aportarse en original o copia que tenga carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, salvo la documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional, que deberá ser en todo caso original.
SOBRE “A”: Documentación administrativa. Contendrá la siguiente documentación:
a) Documentación acreditativa de la capacidad de obrar según los supuestos que a continuación se detallan:
1. Persona física: DNI o documento fehaciente de la persona que realice la proposición.
2. Persona jurídica: escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuera, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial.
3. Uniones temporales de empresas: cada una de las componentes acreditará su capacidad, personalidad, representación y solvencia, debiendo indicar en documento aparte los nombres y circunstancias de las que la suscriben, el porcentaje de participación de cada una de ellas y designar la persona que durante la vigencia del contrato haya de ostentar la plena representación de todas ante el órgano de contratación. Asimismo, señalarán el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarias del contrato.
4. Empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea: inscripción de las empresas en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidas (anexo I del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas), o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Asimismo, cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
5. Personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea: informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Asimismo, se acompañará a la documentación que presente que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.
b) Documentos acreditativos de la representación. Las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otra presentarán poder de representación.
Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación deberá acompañar copia de su DNI o, en su caso, el documento que haga sus veces.
c) Declaración responsable de no estar incursa en prohibición de contratar. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal
requisito deba presentarse antes de la adjudicación por la empresa a cuyo favor se vaya a efectuar ésta (anexo 1).
d) Documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera del empresario, que se acreditará con un informe de instituciones financieras.
e) Documentación acreditativa de la solvencia técnica. La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, que podrá acreditarse por alguno de los medios recogidos en el artículo 78 del TRLCSP, y en concreto deberá presentar una relación en la que acredite una experiencia mínima de tres años en la prestación de servicios de transporte de obras de arte contemporáneo, incluyendo importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos.
f) Garantía provisional. No se establece.
g) En el caso de tener en su plantilla un número de personas trabajadoras con discapacidad superior al 2%, y con el fin de acogerse a lo dispuesto en el apartado segundo de la Disposición Adicional cuarta del TRLCSP, se deberá acreditar mediante certificación expedida al efecto o documentación pertinente:
- La pertenencia a la plantilla de la empresa de un número de personas trabajadoras con discapacidad superior al 2%.
- El porcentaje de personas trabajadoras fijas con discapacidad en su plantilla.
h) Las empresas extranjeras deberán presentar una declaración en virtud de la cual se someten a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
Aquellas empresas que estén inscritas en un Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas podrán acreditar las circunstancias señaladas en los apartados a) a c) mediante una certificación del registro o mediante un certificado comunitario de clasificación, acompañando una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación. Esta manifestación deberá reiterarse también, en caso de resultar adjudicatario, en el documento de formalización del contrato, sin perjuicio de que el órgano de contratación pueda, si así lo estima conveniente, efectuar una consulta al Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado.
SOBRE “B”: Proposición técnica. Elementos cuya valoración depende de juicio de valor.
Deberán figurar los documentos cuya ponderación depende de un juicio de valor, ordenados y enumerados, según se señala a continuación:
El programa de trabajo, en los términos que se detallan en la cláusula 5 xxx xxxxxx de condiciones técnicas.
Una memoria técnica que deberá incluir:
a) la metodología de trabajo para la ejecución de los servicios, detallando el sistema de interlocución con el museo y los protocolos de notificación y atención de incidencias.
b) Un listado pormenorizado de los medios humanos que se emplearán en la ejecución del contrato, detallando los siguientes aspectos, según lo descrito en la cláusula 6 xxx xxxxxx de condiciones técnicas:
Currículo de la persona designada como coordinador de los servicios, indicando el nombre, apellidos y teléfono de contacto permanente (24 horas).
Perfil profesional y experiencia de los conductores de vehículos terrestres, indicando nombre, apellidos y teléfono de contacto permanente.
Perfil profesional, funciones y experiencia de los agentes internacionales.
Un listado pormenorizado de las instalaciones y de los medios materiales que se emplearán en la prestación del servicio, incluyendo una descripción exhaustiva de las características técnicas de todos los vehículos de transporte e instalaciones que vayan a ser empleados.
Por último, figurarán aquellas mejoras que el licitador quiera proponer sobre el objeto de la prestación. SOBRE “C”: Proposición económica y elementos a valorar de forma automática por aplicación de fórmulas.
Dentro de este sobre C se incluirá la proposición económica, que se presentará redactada conforme al modelo fijado en el Anexo 2 del presente pliego. Se señalará una única cantidad referida a la totalidad del contrato, e incluirá en el precio ofertado todos los conceptos, así como cualquier otro impuesto o gasto que pueda gravar la operación, gastos de desplazamiento y el beneficio industrial del contratista, etcétera, indicándose el importe correspondiente al IVA como partida independiente.
No se aceptarán aquellas proposiciones que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que el museo estime fundamental para considerar la oferta.
Los licitadores deberán incluir también en el sobre C la justificación de su oferta económica, en documento separado, en papel, firmado y sellado en todas sus páginas, y en soporte informático, CD, (formato Excel), que deberá contener un desglose y una explicación detallada de los precios globales ofertados, tal y como se detalla en el apartado IV xxx xxxxxx de condiciones técnicas.
La presentación de las proposiciones presume la aceptación por el licitador de las cláusulas de este pliego, xxx xxxxxx de cláusulas técnicas y del resto de documentos contractuales y la declaración responsable de la exactitud de los datos presentados y de que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas.
Transcurrido el plazo de 2 meses desde la adjudicación del contrato sin que se haya procedido a la recogida de la documentación presentada por los licitadores, el museo podrá disponer sobre su destrucción.
CLÁUSULA 10.- CRITERIOS DE VALORACIÓN
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta más ventajosa se atenderán varios criterios de adjudicación.
La valoración de las ofertas se realizará en atención a la documentación presentada y se regulará en base a una puntuación total máxima de 100 puntos. La adjudicación del concurso se resolverá mediante la valoración ponderada de los siguientes criterios:
Criterio de valoración | Ponderación |
Precio | 50% |
Programa de trabajo | 20% |
Medios humanos | 15% |
Metodología de trabajo | 10% |
Medios materiales | 5% |
Se valorará con 50 puntos la oferta económica más ventajosa, la del precio menor que no sea desproporcionada o temeraria. Cada una de las restantes ofertas obtendrá una puntuación proporcional aplicando la siguiente fórmula:
50 x OEMV
V =
OE
V= Valoración de la oferta económica. OE= Oferta económica.
OEMV= Oferta económica más ventajosa.
Se podrá considerar una oferta desproporcionada o temeraria cuando se encuentre en los siguientes supuestos:
a) Cuando concurran dos licitadores y una oferta sea inferior en más de 30 unidades porcentuales a la otra oferta.
b) Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 20 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 20 unidades porcentuales a dicha media.
c) Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 15 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 15 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
El museo, antes de rechazar la oferta que de acuerdo con lo anterior pueda ser considerada desproporcionada o temeraria, podrá solicitar por escrito a la empresa licitadora que corresponda las precisiones que considere oportunas sobre la composición de la oferta, y comprobará esta composición teniendo en cuenta las explicaciones recibidas. El museo para aceptar o rechazar dicha oferta podrá tomar en consideración las explicaciones del ahorro que representa el método, las soluciones técnicas aplicadas, o las excepcionales condiciones económicas a que tenga acceso la empresa licitadora para la ejecución de los servicios.
En caso de ofertarse variantes, el museo se reserva el derecho de optar por aquélla que resulte más conveniente.
En cuanto al criterio programa de trabajo, se valorará el grado de adecuación y articulación de la secuencia propuesta por los licitadores para la ejecución de los servicios solicitados.
Por lo que respecta a los medios humanos, se puntuará el currículo del coordinador designado por el licitador (10 puntos); el perfil profesional y cualificación de los conductores de los vehículos de transporte (5 puntos).
En el criterio metodología de trabajo, se puntuará la planificación propuesta para la ejecución de los trabajos, así como su flexibilidad.
Por lo que respecta a los medios materiales, se valorará la calidad de los vehículos de transporte, el equipamiento empleado y las instalaciones, conforme a las características técnicas ofertadas por los licitadores.
III. APERTURA DE PROPOSICIONES Y ACTUACIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN
CLÁUSULA 11.- MESA DE CONTRATACIÓN
El órgano competente para la valoración de las ofertas es la Mesa de Contratación, constituida, de conformidad con lo previsto las instrucciones internas de contratación del museo, por un presidente, dos vocales y un secretario.
Los miembros de la Mesa de Contratación serán nombrados por resolución de la Fundación Museo xx Xxxxxx Artes de Bilbao-Bilboko Arte Ederren Museoa Fundazioa.
El régimen de funcionamiento de la Mesa de Contratación es el regulado en las instrucciones internas de contratación del museo y en el TRLCSP y sus disposiciones de desarrollo.
CLÁUSULA 12.- ACTUACIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN
a) Primer acto de la Mesa de Contratación. Calificación de la documentación, defectos subsanables.
La Mesa de Contratación se constituirá en sesión privada a los efectos de proceder a la apertura de los sobres “A”. Si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados mediante fax, correo electrónico, o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, de la fecha en que se reciba y del contenido de la comunicación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios.
b) Segundo acto de la Mesa de Contratación. Apertura del sobre “B”.
Una vez transcurrido, en su caso, el plazo conferido para la subsanación de la documentación, la Mesa de Contratación se constituirá en sesión privada a los efectos de valorar dicha documentación, realizando pronunciamiento expreso sobre las admitidas a la licitación, las rechazadas y sobre las causas de su rechazo.
El resultado de la calificación de los documentos presentados se notificará, en los términos previstos por el artículo 81 del RD 1098/2001, mediante comunicación verbal a los interesados, así como a través de anuncios del órgano de contratación.
Seguidamente, en la misma sesión, se procederá a la apertura del sobre “B” (Proposición técnica. Elementos cuya valoración depende de juicio de valor), correspondiente a las empresas licitadoras admitidas, acordando la remisión de dichos sobres para la emisión de cuantos informes técnicos considere precisos para el estudio y consiguiente ponderación de los criterios.
c) Tercer acto de la Mesa de Contratación. Apertura del sobre C.
Una vez recibidos por la Mesa de Contratación los informes solicitados con el fin de ponderar los criterios no cuantificables automáticamente, se constituirá la Mesa y, en acto público, dará a conocer las empresas admitidas a la licitación, las rechazadas y las causas de su rechazo, así como la ponderación asignada a las ofertas relativas a los criterios no cuantificables automáticamente. Seguidamente, se procederá a la apertura del sobre “C” (Proposición económica y elementos valorables de forma automática por aplicación de fórmulas) dando lectura de las ofertas económicas. La fecha de apertura del sobre “C” será comunicada a través del correo electrónico, a la dirección indicada por los licitadores.
Una vez finalizada la tercera actuación de la Mesa, los licitadores dispondrán de un plazo de dos días hábiles contados a partir del día siguiente al del acto celebrado para exponer por escrito cuanto a su derecho convenga sobre dicho acto.
d) Cuarto acto de la Mesa de Contratación. Propuesta de adjudicación.
Una vez ponderados los criterios que deban aplicarse para efectuar la selección de la empresa adjudicataria, la Mesa de Contratación formulará propuesta de adjudicación al órgano de contratación.
La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor de la empresa licitadora propuesta. No obstante, cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión.
IV. ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO CLÁUSULA 13.- CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS
El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en los pliegos, pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes.
a) Desempates: en caso de proposiciones igualmente ventajosas (igualdad en puntuación hasta dos decimales), para la preferencia en la adjudicación se aplicará lo dispuesto en la Disposición Adicional Cuarta del TRLCSP. La aplicación de estas preferencias se realizará con el siguiente orden de prioridad:
1. La empresa que acredite tener en su plantilla el mayor porcentaje de personas trabajadoras con discapacidad.
2. La empresa que acredite mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad.
3. La empresa que acredite que está dedicada específicamente a la promoción e inserción laboral en situación de exclusión social, y lo acompañe con un compromiso formal de contratación.
Si aún así persistiera la igualdad entre las proposiciones, o si ninguna de las empresas tuviera preferencia de adjudicación conforme al párrafo anterior, resultará adjudicataria aquélla que obtenga una mayor puntuación en el criterio que tenga mayor peso en la ponderación de los mismos. Y en el caso de que continuara la igualdad, por el orden de importancia que se le haya atribuido a cada criterio.
b) Desierto: el Órgano de Contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego (artículo 151 TRLCSP).
c) Renuncia y desistimiento: no obstante, en los términos previstos en el artículo 155 del TRLCSP, el museo, antes de dictar la adjudicación, podrá renunciar a celebrar el contrato por razones de interés público, o desistir del procedimiento tramitado, cuando éste adolezca de defectos no subsanables, debiendo de indemnizar a los licitadores, en ambos casos, los gastos que su participación en la licitación les hubiese efectivamente ocasionado.
CLÁUSULA 14.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
El Órgano de Contratación requerirá al licitador cuya oferta haya recibido mayor puntuación para que dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que se hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
a) Certificación positiva expedida por la/s Hacienda/x Xxxxx/es y/o, en su caso, por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, que en el caso de que la empresa licitadora sea una unión temporal de empresas, se aportará la relativa a cada empresa participante en la misma.
b) Certificación positiva acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social o, en su caso, el alta en la Mutua correspondiente, que en el caso de que la empresa licitadora sea una unión temporal de empresas, se aportará la relativa a cada empresa participante en la misma.
c) Alta referida al ejercicio corriente o el último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto (anexo 3). En caso de estar exenta de este impuesto presentará declaración responsable de no haberse dado de baja en el citado impuesto y señalará el supuesto de exención. (anexo 3).
En el caso de que la empresa licitadora sea una unión temporal de empresas, se aportará la relativa a cada empresa participante en la misma.
d) En su caso, documentación acreditativa de la efectiva disposición de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del TRLCSP y que le reclame el Órgano de Contratación.
e) Documentación que acredite la constitución de la garantía definitiva (únicamente en el caso de optar por esta opción. Ver cláusula 16 de este pliego). En el caso de las uniones temporales de empresas deberán especificarse las razones sociales y NIF de las empresas participantes. Asimismo, las garantías podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida y garantice solidariamente a todas las integrantes de la unión temporal.
f) Documento acreditativo (póliza) de la suscripción del seguro de responsabilidad civil de daños a terceros, en los términos indicados en este pliego (cláusula 18).
g) En el caso de que la empresa licitadora sea una unión temporal de empresas, deberá aportar la escritura pública de formalización de la misma.
En el caso de no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento relativo a la documentación exigida en el plazo señalado, se entenderá que la empresa licitadora ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación a la empresa licitadora siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
CLÁUSULA 15.- ADJUDICACIÓN
El Órgano de Contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. La adjudicación se acordará por el Órgano de Contratación en resolución motivada.
Notificación a las licitadoras: la adjudicación se notificará a las licitadoras e indicará el plazo en que debe procederse a su formalización.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario.
Publicidad de la adjudicación: simultáneamente a la notificación, la adjudicación se publicará en el perfil de contratante.
CLÁUSULA 16.- GARANTÍA DEFINITIVA
El licitador que haya presentado la oferta más ventajosa deberá acreditar la constitución de la garantía definitiva en el plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento de presentación. El importe de la cuantía de la garantía definitiva ascenderá al 5% del importe total de adjudicación, excluido el IVA.
En todo caso, la garantía definitiva responderá de los conceptos a que se refiere el artículo 100 del TRLCSP. La garantía definitiva se constituirá en cualquiera de las formas que se establece en el artículo 96 del TRLCSP, ajustándose, de acuerdo con la forma escogida, a los modelos que se establecen en el anexo 4 al presente pliego. Asimismo, la garantía definitiva podrá constituirse mediante retención en el precio en la primera factura.
Cuando, como consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, se reajustará la garantía en el plazo de quince días naturales, contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el precio del contrato resultante de la modificación. En el mismo plazo contado desde la fecha en que se hagan efectivas las penalidades o indemnizaciones el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución.
CLÁUSULA 17.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se formalizará en documento administrativo en la fecha que se indique en la notificación de la adjudicación definitiva. Todos estos documentos y las características de la oferta adjudicataria tendrán carácter contractual.
Cuando por causas imputables al contratista no pudiese formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, el museo podrá acordar la resolución del mismo, previa audiencia del interesado, con incautación de la fianza provisional y la indemnización de los daños y perjuicios.
V. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
CLÁUSULA 18.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
La ejecución del contrato lo será a riesgo y xxxxxxx del contratista, con sujeción a lo establecido en su clausulado y en los pliegos, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera el museo.
El adjudicatario está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo fijado para la realización del mismo y de acuerdo con los plazos parciales, calendarios y horarios de trabajo indicados por el museo para su ejecución sucesiva.
Si el contratista, por causas imputables al mismo, hubiera incurrido en demora de manera que haga presumir razonablemente la imposibilidad de cumplimiento del plazo total o dicho plazo total hubiera quedado incumplido, el museo podrá optar indistintamente por la resolución del contrato con pérdida de fianza o por la imposición de penalidades conforme a lo establecido en el artículo 212 del TRLCSP. La constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte del museo.
Será obligación del empresario indemnizar los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 214 del TRLCSP. A tal fin, el adjudicatario vendrá obligado a suscribir una póliza de seguro de responsabilidad civil que
garantice la indemnización de los daños y/o perjuicios causados a terceros y de los que pudiera ser responsable en el ejercicio de la actividad objeto del contrato.
La obtención de cuantas licencias o autorizaciones administrativas sean precisas, incluso para la importación, en su caso, de los bienes, correrá siempre a cargo del adjudicatario, quien deberá pedirlos en su propio nombre.
Los bienes a entregar por el adjudicatario deberán cumplir cuantas normas de carácter general sobre los mismos hayan sido dictadas por la Administración del Estado, autonómica o local, sin perjuicio de las específicas que hayan podido establecerse en el correspondiente pliego de prescripciones técnicas.
El adjudicatario será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial de los suministros que se efectúe por un tercero, y deberá indemnizar al museo todos los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de la interposición de reclamaciones, incluidos todos los gastos derivados de las mismas.
El adjudicatario responderá de la calidad del servicio realizado. Sólo quedará exento de responsabilidad cuando los problemas que se observen sean consecuencia directa de una orden del museo de las condiciones impuestas por él.
CLÁUSULA 19.- MEDIOS HUMANOS
La empresa adjudicataria deberá facilitar al museo la relación nominal y titulación del equipo que intervendrá en el servicio.
El adjudicatario deberá designar un responsable, que debe actuar como responsable del servicio frente al museo y su nombramiento deberá ser comunicado y aceptado por éste. Será el encargado de la relación con los responsables del museo.
El adjudicatario no podrá alegar la falta de personal como justificación de la suspensión o retraso de los servicios contratados, debiendo, en todo momento, disponer del necesario para su ejecución, sin repercusión alguna sobre el costo del contrato.
Todo el personal que preste los servicios objeto del presente contrato pertenecerá exclusivamente a la empresa adjudicataria del contrato, sin que exista ninguna relación jurídica de tipo administrativo o laboral entre dichos trabajadores y el museo, ni durante la vigencia del contrato ni en ningún momento posterior.
Todos los trabajadores deberán estar debidamente asegurados en la Seguridad Social por cuenta exclusiva de la empresa adjudicataria, relevando de toda responsabilidad al museo, y debiendo el adjudicatario poner a disposición del museo, de forma trimestral, las documentaciones mensuales que lo certifiquen.
El museo deberá ser consultado sobre cualquier cambio de cualificación que afecte a trabajadores adscritos al contrato.
CLÁUSULA 20.- OBLIGACIONES LABORALES Y DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
a) Obligaciones laborales:
Sin perjuicio de las demás obligaciones del adjudicatario establecidas en el contrato, éste se obliga frente al museo a actuar en calidad de empleador del personal destinado a la actividad contratada, por cuanto el mismo depende exclusivamente del adjudicatario, dirigiendo y coordinando todas las tareas y actividades de dicho personal, ejercitando respecto del mismo las correspondientes facultades organizativas de dirección y disciplinarias, y siendo, asimismo, responsable de todas las obligaciones de naturaleza laboral
y de Seguridad Social respecto a dicho personal.
En concreto, sin carácter limitativo, son obligaciones del adjudicatario cumplir y asegurar que sus empleados, los subcontratistas autorizados y los empleados de éstos cumplan con todas y cada una de las disposiciones legales, fiscales, laborales y de Seguridad Social, así como tener al personal que se asigne a la actividad contratada integrado en su plantilla, debidamente contratado y de alta en la Seguridad Social, estar al corriente del pago de los salarios correspondientes, satisfacer indemnizaciones, subsidios y estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de Seguridad Social, así como en cualquier tipo de compensación económica derivada de la relación laboral existente entre el adjudicatario y su personal.
b) Prevención de riesgos laborales:
El adjudicatario deberá observar en la ejecución del contrato cuantas medidas de prevención de riesgos laborales, y seguridad y salud exijan las disposiciones legales vigentes o, aun sin ser legalmente exigibles, aconseje la prudencia para evitar que se produzcan accidentes, se causen daños o perjuicios a terceros o se incurra en infracciones sancionables penal o administrativamente, de todo lo cual será directo responsable el adjudicatario respecto al museo.
En consecuencia, el adjudicatario asumirá cuantas responsabilidades se deriven del incumplimiento de la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales, tanto en lo que se refiere a la actividad contratada con el museo como a la que a su vez pueda subcontratar con terceros, en los términos establecidos por la legislación aplicable.
A este respecto, el adjudicatario deberá tener en todo momento a disposición de la entidad la documentación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones del adjudicatario en materia de prevención de riesgos laborales.
En el supuesto de que el adjudicatario incumpla las obligaciones establecidas en la presente cláusula, dicho incumplimiento será causa suficiente y justificada de terminación anticipada del contrato por el adjudicatario, responsabilizándose plenamente el adjudicatario, sin límite alguno, de cualquier daño o perjuicio que pudiera derivarse para el museo del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos laborales.
En caso de que se derivase para el museo algún tipo de responsabilidad civil o administrativa por incumplimiento de lo establecido en esta cláusula, aquélla será siempre atribuible al adjudicatario, bien con cargo a los capitales asegurados en las pólizas de seguro que tenga suscritas, bien con cargo a las garantías, o bien mediante deducción de la factura o documento acreditativo equivalente.
CLÁUSULA 21.- VIGILANCIA E INSPECCIÓN
En todo momento los técnicos del museo tendrán plenas facultades para inspeccionar los trabajos que deberá efectuar la empresa adjudicataria a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el presente pliego.
CLÁUSULA 22.- FORMA DE PAGO
El pago se realizará previa presentación de factura por el adjudicatario, y previa conformidad de los servicios técnicos del órgano contratante, una vez que los trabajos hayan sido efectuados.
Se podrán realizar dos pagos: uno al finalizar la recogida y entrega en el museo, y otro al finalizar la devolución de las obras.
El precio del contrato incluirá la prestación de todos los servicios que sean necesarios para la correcta ejecución del mismo, se hayan especificado o no en la oferta.
Las facturas deberán contener un desglose del tipo de servicios facturados, detallando el concepto y precio unitario.
CLAUSULA 23.- REVISIÓN DE PRECIOS
Queda excluida la revisión de precios. No obstante, si se requiriesen actuaciones o servicios no previstos o concurriesen circunstancias excepcionales que obligaran a modificar el plan de logística propuesto y que repercutieran en el precio del contrato, el museo, de acuerdo a lo previsto en los pliegos, podrá autorizar la modificación del precio del contrato.
VI. EXTINCIÓN DEL CONTRATO
CLÁUSULA 24.- CAUSAS DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se extinguirá por cumplimiento o por resolución.
a) Cumplimiento del contrato:
El contrato se entenderá cumplido por la contratista cuando ésta haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción del museo, la totalidad de la prestación.
El museo determinará si la prestación realizada por la contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento. La contratista tendrá derecho a conocer y ser oída sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada.
b) Resolución del contrato:
Son causas de resolución del contrato los supuestos establecidos en el artículo 223 del TRLCSP y en este pliego, regulándose sus efectos por lo dispuesto en el artículo 225 del TRLCSP.
c) Modificación del contrato:
El Órgano de Contratación de la Fundación Museo xx Xxxxxx Artes de Bilbao-Bilboko Arte Ederren Museoa Fundazioa se reserva igualmente la facultad de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento y modificarlo en función de sus necesidades, siempre y cuando dichas modificaciones no sean contrarias al interés público, al ordenamiento jurídico, a los principios de buena administración y con los límites establecidos en el artículo 105 y siguientes del TRLCSP, sobre modificación de contratos.
En estos casos, las modificaciones acordadas por el órgano de contratación serán obligatorias para los contratistas. Las modificaciones del contrato deberán formalizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 156 del TRLCSP.
CLÁUSULA 25.- PLAZO DE GARANTÍA
Concluido y recibido el contrato de conformidad comenzará el plazo de garantía, el cual tendrá una duración de tres meses a contar desde la fecha del acta de recepción o de conformidad.
Terminado el plazo de garantía sin que el museo haya formalizado indicación alguna o la denuncia a la que se refiere esta cláusula, quedará extinguida la responsabilidad del contratista.
CLÁUSULA 26.- DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA
Aprobada la liquidación del contrato, si no resultaran responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía y transcurrido el plazo de la misma, se dictará acuerdo de devolución de aquélla o de cancelación del aval.
VII. PRERROGATIVAS, JURISDICCIÓN COMPETENTE Y RECURSOS CLÁUSULA 27.- PRERROGATIVAS DEL MUSEO
De conformidad con el artículo 210 del TRLCSP, y dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en referida ley, el Órgano de Contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezcan su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta.
Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. Contra dichos acuerdos podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de País Xxxxx, en el plazo de dos meses desde la notificación.
CLÁUSULA 28.- NORMATIVA APLICABLE
El adjudicatario se somete, además de lo establecido en el presente pliego y en el pliego de prescripciones técnicas, a:
Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP).
El Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP).
Real Decreto 817/2009 de desarrollo parcial de la Ley 30/2007 de 30 de octubre de la Ley de Contratos del Sector Público.
Con carácter supletorio, se aplicarán las restantes normas de Derecho Administrativo y, en su defecto, las normas de Derecho Privado.
El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anejos al mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole dictados por el museo que puedan tener aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al adjudicatario de la obligación de su cumplimiento.
En caso de discrepancia entre lo establecido en este pliego y en el pliego de prescripciones técnicas, prevalecerá lo dispuesto en este pliego excepto en aquellas cuestiones y especificaciones de carácter técnico.
ANEXOS
PLIEGO ADMINISTRATIVO
ANEXO 1
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSA EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES DE CONTRATAR QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 60 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL
SECTOR PÚBLICO (persona física/persona jurídica)
Don/Doña ..........................................................................................., provisto/a de DNI n.º ,
en nombre propio o de la persona física/jurídica a la que representa (póngase la razón social de la empresa)
………………………………………, con NIF n.º , lo que acredito en la forma prevista en el
pliego de cláusulas administrativas, manifiesta lo siguiente:
Que ni la persona abajo firmante, ni la persona física/jurídica que representa, ni las personas que integran los Órganos de Gobierno de la Sociedad (para el caso de persona jurídica), se hallan incursas en las circunstancias de prohibición de contratar con la Administración enumeradas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Asimismo, hace constar que dicha empresa se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Lugar, fecha y firma.
ANEXO 2
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Don/Doña .............................................................................. con domicilio en .................................., calle
…………………………………………………………………., y provisto de DNI n.º en
nombre propio o en representación de la empresa ......................................................................................, con domicilio en .................................., calle ,
teléfono número ………………………………….., y CIF n.º ……………………………
DECLARA:
I. Que está enterado de que por la Fundación Museo xx Xxxxxx Artes de Bilbao-Bilboko Arte Ederren Museoa Fundazioa se ha iniciado procedimiento para la adjudicación del contrato de servicio de transporte de la exposición Xxxxxx. Masa y figura
II. Que igualmente conoce los pliegos de prescripciones técnicas y de cláusulas administrativas particulares aprobados por la Fundación Museo xx Xxxxxx Artes de Bilbao-Bilboko Arte Ederren Museoa Fundazioa para regir el contrato de referencia, incluso en todo lo relativo a las determinaciones que constan en la carátula del último de los pliegos citados, así como el resto de documentación contractual, que expresamente asume y acata en su totalidad, sin salvedad alguna.
Que se compromete a realizar las prestaciones objeto de este contrato en el precio de (en letra y cifra)
................................................................................................. euros, al que corresponde en concepto de IVA
la cuantía de (en letra y cifra) euros, totalizándose
la proposición económica anual en (en letra y cifra) euros.
III. Que declara responsablemente estar exento del pago del impuesto de XXX (marcar la casilla correcta) Sí No
IV. Que en la elaboración de esta proposición económica se han tenido en cuenta las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales.
V. Que, asimismo, se compromete a la ejecución del contrato con sujeción a los pliegos aprobados y a los textos legales que rigen el mismo.
Lugar, fecha y firma.
ANEXO 3
DECLARACIÓN RESPONSABLE IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
Don/Doña ..........................................................................................., provisto/a de DNI n.º ,
en nombre propio o de la persona física/jurídica a la que representa (póngase la razón social de la empresa)
………………………………………, con NIF n.º , lo que acredito en la forma prevista en el
pliego de cláusulas administrativas particulares, manifiesta lo siguiente:
I. Que, según la normativa vigente de aplicación en materia de tributación local y, concretamente la que rige el Impuesto sobre Actividades Económicas, está obligada a presentar declaración de alta en este impuesto en los siguientes epígrafes, no habiéndose dado de baja en el día de la fecha:
Concepto
Epígrafe
II. Que: (señale la alternativa correspondiente)
Está obligada al pago del impuesto y adjunta la/s copia/s del/de los último/s recibo/s de pago cotejado/s.
Se encuentra en el supuesto de exención del artículo 5.1.g).- recogido en el Texto Refundido de la Xxxxx Xxxxx 6/1989, de 30 xx xxxxx, del I.A.E. (Los sujetos pasivos que inicien el ejercicio de su actividad, durante los dos primeros periodos impositivos de este impuesto en que se desarrolle la misma).
Se encuentra en el supuesto de exención del artículo 5.1.h).- recogido en el Texto Refundido de la Xxxxx Xxxxx 6/1989, de 30 xx xxxxx, del I.A.E.
(Los sujetos pasivos que tengan un volumen de operaciones inferior a 2.000.000 de euros).
Se encuentra en el supuesto de exención del Art. 17.2 de la Xxxxx Xxxxx 1/2004, de 24 de febrero, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
Otros supuestos de exención.
Lugar, fecha y firma.
ANEXO 4 (1)
GARANTÍA
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca) …………………………………
……………………………….., NIF n.º …………...., con domicilio en ……………………………
(a efectos de notificaciones y requerimientos), en la calle ………………….………….., código postal
……………….., localidad y en su nombre (nombre y apellidos de la/s persona/s apoderada/s)
…………………………………………., con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo efectuado al dorso del presente documento,
AVALA
a (2) : (nombre y apellidos o razón social del avalado/a) ,
NIF n.º …………………………..., en virtud de lo dispuesto por el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado) ,
ante la Fundación Museo xx Xxxxxx Artes de Bilbao-Bilboko Arte Ederren Museoa Fundazioa, por importe de (en letra y en cifra con dos decimales como máximo) euros
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo
56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Fundación Museo xx Xxxxxx Artes de Bilbao- Bilboko Arte Ederren Museoa Fundazioa, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos del sector público.
El presente aval estará en vigor hasta que la Fundación Museo xx Xxxxxx Artes de Bilbao-Bilboko Arte Ederren Museoa Fundazioa, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y legislación complementaria.
Lugar, fecha y firma. (Razón social de la entidad)
(Firma de la/s persona/s apoderada/s)
(1): Presentar únicamente si no se opta por la opción de retención de precio en la primera factura. (2): En el caso de las Uniones Temporales de Empresas:
Deberán especificarse las razones sociales y NIF de las empresas participantes.
Las garantías podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida y garantice solidariamente a todas las integrantes de la unión temporal.
PLIEGO DE CLÁUSULAS TÉCNICAS DEL CONTRATO DE SERVICIO DE TRANSPORTE DE LA EXPOSICIÓN TEMPORAL XXXXXX. MASA Y FIGURA EN EL MUSEO XX XXXXXX ARTES DE BILBAO
ÍNDICE
I.
II.
CONDICIONES GENERALES …………………………………….………….….
ALCANCE ………………………………………...…………………...….…...
1
1-2
CLÁUSULA 1.- Realización de embalajes ……………………………………………………………… 1
CLÁUSULA 2.- Transporte de obras de arte …………………………………………………….............. 1
CLÁUSULA 3.- Aduanas ……………………………………………………………………………… 1
III.
CONDICIONES TÉCNICAS ………………………….…………………………..
2
CLÁUSULA 4.- Asistencia a correos ………………………………………………………………….... 2
CLÁUSULA 5.- Programa de trabajo …………………………………………………………………… 2
IV.
V.
JUSTIFICACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA …………………………………...
SITUACIONES EXTRAORDINARIAS …………………………………………….
2 - 3
4
CLÁUSULA 6.- Memoria técnica ……………………………………………………………….............. 2
CLÁUSULA 7.- Cumplimiento de la reglamentación ……………………………………………………. 4
VI.
CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO …………………………...
4 - 7
CLÁUSULA 8.- Condiciones de seguridad ………………………………………………….………….. 4
CLÁUSULA 9.- Transporte de obras de arte …………………………………………………................. 5 - 7
CLÁUSULA 10.- Trámites aduaneros …………………………………………………………................ 7
CLÁUSULA 11.- Correos ……………………………………………………………………………… 7
CLÁUSULA 12.- Recogida – entrega de las obras de arte ………………………………………………. 8
CLÁUSULA 13.- Calendario de trabajos ………………………………………………………................ 8
ANEXOS
9
ANEXO 1 RELACIÓN DE OBRAS PARTICIPANTES EN LA EXPOSICIÓN XXXXXX. MASA Y FIGURA
OBJETO DEL CONTRATO.
10- 12
I. CONDICIONES GENERALES
El objeto de este pliego de condiciones técnicas y de sus anexos es regular y definir el alcance y condiciones de las prestaciones que habrán de regir para la contratación del servicio de trasporte de la exposición Xxxxxx. Masa y figura en el Museo xx Xxxxxx Artes de Bilbao.
El servicio a contratar tiene como finalidad realizar la siguiente prestación:
- Servicios de transporte de obras de arte para la concentración y dispersión de la exposición Xxxxxx. Masa y figura, actualmente programada en el Museo xx Xxxxxx Artes de Bilbao (en adelante museo), y cuyas fechas de realización están previstas del 9 xx xxxxx al 14 de septiembre de 2015.
El alcance del servicio que se requerirá al adjudicatario es el que se detalla a continuación, incluyéndose como anexo I las especificaciones particulares de cada obra prevista para participar en la exposición. El adjudicatario prestará dicho servicio con los mayores niveles de calidad, eficacia y eficiencia, de modo que garantice la indemnidad de las obras de arte.
II. ALCANCE
CLÁUSULA 1.- REALIZACIÓN DE EMBALAJES
La toma de medidas, fabricación de embalajes y/o alquiler xx xxxxx, serán realizadas por el adjudicatario.
Los embalajes se ajustarán a la naturaleza, tamaño y peso de las obras. Las xxxxx xx xxxxxx podrán ser propias o compartidas, según el tamaño y las condiciones de conservación preventivas de las obras que exijan una u otra opción.
Todos los materiales serán neutros y químicamente estables. Aquéllos que estén en contacto directo con la obra deberán ser, además, no abrasivos y resistentes a la rotura. Tanto los materiales como los embalajes utilizados deberán cumplir las normas ISO.
CLÁUSULA 2.- TRANSPORTE DE OBRAS DE ARTE
Recogida de las obras de arte en lugares de origen, transporte y entrega en el museo, así como su devolución tras la clausura de la exposición a los lugares especificados. El servicio de transporte incluirá el traslado previo de los embalajes vacíos, los procesos de carga y descarga realizados en origen, y todos los procesos de manipulación que tuvieran lugar en las posibles escalas y/o cambios de medios de transporte, así como durante la propia entrega de las obras de arte en el lugar de su devolución. El servicio de transporte será organizado según el calendario y las condiciones establecidas por el museo.
CLÁUSULA 3.- ADUANAS
La empresa adjudicataria será responsable de los trámites aduaneros pertinentes tanto para la concentración como para la dispersión de las obras en todo el recorrido de la exposición, siempre que sea preciso. Las solicitudes necesarias para realizar dicho cometido, deberán de enviarse al museo con 48 horas de antelación a la realización del despacho de aduanas.
CLÁUSULA 4.- ASISTENCIA A CORREOS
Coordinación de viajes, acompañamiento y supervisión de correos, incluyendo los pagos de dietas y la contratación de viajes y alojamiento en tránsito que fueran necesarios para los correos, para su asistencia a los procesos de instalación y desinstalación. La gestión y contratación del alojamiento en destino será realizada por el museo.
III. CONDICIONES TÉCNICAS
Los licitadores deberán aportar la siguiente documentación técnica:
CLÁUSULA 5.- PROGRAMA DE TRABAJO
Este documento describirá la ejecución del servicio solicitado para cada una de las obras o grupo de obras de un mismo cedente, según se indica en el anexo I correspondiente a las obras previstas para participar en la exposición. Este plan deberá identificar los agentes internacionales de transporte con los que se coordinará la prestación del servicio en cada país, e incluirá, asimismo, un plan de viaje para los correos que refleje las pernoctas en tránsito y los billetes de avión (con especificación de las compañías aéreas, rutas y hoteles propuestos).
CLÁUSULA 6.- MEMORIA TÉCNICA
Este documento recogerá la metodología de trabajo para la ejecución del servicio solicitado, detallando el sistema de interlocución con el museo y los protocolos de notificación y atención de incidencias, así como el reparto de funciones y responsabilidades entre el contratista y los distintos agentes internacionales.
Igualmente, recogerá el listado pormenorizado de los medios humanos y materiales e instalaciones (por ejemplo, almacenes de arte) que se emplearán en la prestación del servicio si fuera necesario.
La relación de medios humanos indicará el nombre, apellidos y teléfono de contacto permanente (24 horas) de la persona que coordinará y dirigirá la prestación de todo el servicio (en lo sucesivo, el “coordinador”), así como su currículo y experiencia (indicando la antigüedad en la empresa).
Esa relación identificará asimismo a los conductores de vehículos terrestres, aportando datos sobre su perfil profesional y experiencia (y antigüedad en la empresa).
Por último, la memoria identificará a los agentes internacionales de transporte con los que se coordinará la prestación del servicio en cada país y detallará sus funciones y responsabilidades concretas, así como su experiencia en trabajos similares.
El listado de medios materiales incluirá una descripción exhaustiva de las características técnicas de todos los vehículos de transporte e instalaciones que vayan a ser empleados.
IV. JUSTIFICACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA
Las empresas deberán presentar la justificación de su oferta económica en un documento separado a la proposición económica, ordenado por países de origen-destino y direcciones de recogida-devolución, indicando los conceptos y costes para cada obra o grupo, si procede de un mismo cedente, con subtotales por cedentes y país.
Dicho documento deberá presentarse en papel, firmado y sellado en todas sus páginas y en soporte informático.
La justificación de la oferta económica incluirá:
a) Gastos relacionados con la fabricación y/o alquiler de los embalajes, incluyendo los procesos de embalado y desembalado a la recogida en origen y a la devolución en destino, así como la retirada y/o destrucción de los embalajes.
b) Gastos de los transportes de concentración (recogida en origen y entrega en el museo) y dispersión (recogida en el museo y entrega en destino) de las obras de arte. La oferta consignará, en partidas independientes, los distintos servicios que comprende cada uno de los transportes: carga a la recogida en origen y descarga a la entrega en destino, transporte terrestre, flete aéreo (expresando precios unitarios por kg/volumen) y tasas de aeropuerto/transporte marítimo, pernocta en almacenes o recintos de seguridad, operaciones en aeropuerto/puerto, procesos de manipulación que tuvieran lugar en las posibles escalas y/o cambios de medios de trasporte, servicio de escolta, intervención de medios de apoyo para el movimiento de obras de arte (por ejemplo la utilización de grúas o maquinaria especial), etc.
c) Gastos aduaneros en países de origen, si los hubiere.
d) Gastos relacionados con la asistencia a correos, transporte local, billetes de avión, alojamiento en tránsito, y dietas. Se especificarán las compañías aéreas, rutas y hoteles propuestos. El presupuesto deberá indicar la comisión que aplicará el licitador sobre cada una de las partidas.
e) Gastos relacionados con la coordinación de los servicios prestados.
La oferta económica y su justificación deberán realizarse de acuerdo a los detalles técnicos contenidos en los anexos al presente pliego, si bien, la facturación final sólo contendrá la prestación de los servicios realmente realizados.
Asimismo, se especificará qué servicios se prestarán en horario laboral y cuáles en horario extraordinario, tanto por parte del licitador como por parte de los agentes contratados por éste y por parte de cualesquiera otros proveedores, indicando las tarifas correspondientes.
Los gastos adicionales que pudieran derivarse del incumplimiento del plan de viaje ofertado por el contratista y previamente aprobado por el museo (trabajos realizados fuera del horario habitual o en días festivos, retrasos o cambios en vuelos, etc.) repercutirán en la empresa adjudicataria.
Los costes extraordinarios derivados de la diferencia del cálculo en los pesos y/o volumen de las obras y embalajes tendrán que ser asumidos por la compañía de transportes cuando se hayan originado por un cálculo erróneo inicial por parte del contratista.
En los casos en que la entrega de las obras no pudiera producirse en la fecha acordada por causa del contratista, el coste del almacenamiento provisional de dichas obras será asumido por éste, debiéndose establecer una nueva fecha de entrega dentro del periodo máximo establecido, con previa comunicación al museo.
Se entiende incluido en la oferta económica presentada, y por tanto no será objeto de facturación independiente, cualquier servicio que no se haya indicado en la propuesta técnica de la empresa que resulte adjudicataria pero que sea necesario para la correcta ejecución del servicio objeto del presente pliego de condiciones técnicas.
Las ofertas que no se ajusten a los requerimientos y requisitos exigidos en los puntos anteriores no se tomarán en consideración.
V. SITUACIONES EXTRAORDINARIAS
Si durante la ejecución del servicio tuvieran que realizarse actuaciones necesarias y no previstas por este pliego o concurrieran circunstancias que obligaran a modificar el plan de logística propuesto en la memoria técnica con repercusión en el precio del contrato, el adjudicatario vendrá obligado a realizar las siguientes actuaciones:
a) Notificar las incidencias al museo de forma inmediata y por escrito.
b) Evaluar el alcance económico de dichas incidencias, comunicándolo al museo con la máxima celeridad.
c) Requerir y obtener la autorización por escrito del museo antes de incurrir en cualquier modificación del plan de logística que suponga una alteración del precio establecido por el contrato. No se admitirá ningún gasto extra que no haya cumplido estas condiciones.
CLÁUSULA 7.- CUMPLIMIENTO DE LA REGLAMENTACIÓN
En el desarrollo de todas las prestaciones derivadas de los trabajos objeto de la presente licitación, será de obligado cumplimiento toda la normativa técnica vigente y de seguridad e higiene y de prevención de riesgos laborales, así como toda la que pueda ser de aplicación por las características de los edificios y sus instalaciones.
CLÁUSULA 8.- CONDICIONES DE SEGURIDAD
El adjudicatario estará obligado a cumplir todas las especificaciones en materia de seguridad y salud, seguridad laboral y seguridad señaladas en la normativa vigente, con el fin de salvaguardar en esta materia tanto a las personas, como a los bienes, edificios e instalaciones.
El adjudicatario deberá hacerse cargo de las posibles responsabilidades derivadas por daños producidos a terceros, como consecuencia del desarrollo de los trabajos necesarios para dar cumplimiento al presente contrato. La empresa adjudicataria deberá disponer de un seguro de responsabilidad civil para tales efectos.
VI. CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El servicio, objeto del contrato, se ejecutará con estricta sujeción a las condiciones contenidas en el presente pliego de condiciones técnicas y sus anexos, cumpliendo con especial cuidado los requisitos particulares que algunas obras de arte pudieran tener. En lo que no contradiga a estas condiciones técnicas y sus anexos, el servicio se prestará conforme a la oferta del contratista y, en su caso, conforme a las instrucciones que dicte el museo.
El contratista será responsable de obtener todas las licencias, autorizaciones o permisos necesarios para ejecutar el servicio, y de cumplir las formalidades legales o reglamentarias, civiles, administrativas, tributarias o de cualquier otra índole vigentes durante el transcurso del viaje cualquiera que sea el estado o territorio incluido en la ruta de transporte, recogida y entrega.
El contratista se obliga a prestar el servicio por medio del personal, y con los vehículos y medios técnicos, descritos en su oferta y con los agentes comprometidos, no pudiendo subcontratar, ni ceder total ni parcialmente, ninguna de sus obligaciones sin previo consentimiento escrito del museo. El contratista deberá nombrar un coordinador que estará a plena disposición del museo y tendrá poder decisorio y suficiente para representar al contratista en las materias objeto del contrato.
El servicio se prestará a riesgo y xxxxxxx del contratista. Serán de cuenta y riesgo del contratista todos los daños y menoscabos que puedan experimentar las obras de arte objeto del transporte durante el embalaje, transporte y desembalaje por dolo o negligencia.
Hasta que el museo no haya dado autorización expresa por escrito, la compañía de transporte no se pondrá en contacto con los cedentes de las obras de arte bajo ningún concepto.
CLÁUSULA 9.- TRANSPORTE DE OBRAS DE ARTE
El contratista deberá entregar al museo el programa de viaje con dos semanas de antelación al inicio del transporte, incluyendo la ruta de transporte de las obras, el programa de los correos, y demás información necesaria. El museo supervisará, propondrá cambios y, en su caso, aprobará el programa de viaje.
La empresa de transporte procurará, en todos los casos, realizar el traslado de las obras por la ruta más directa posible.
Como norma, los transportes por carretera se presupuestarán como servicios de transporte exclusivo y entrega directa. Cualquier modificación a este respecto deberá de contar con la aprobación por escrito del museo.
En aquellos casos en que se oferten transportes combinados de obras de distintos prestadores y/o transportes no directos, la empresa licitadora deberá indicar la ruta exacta de éstos, sometiéndola a la autorización previa de cada prestador. Se entiende por transporte no directo aquél que en su itinerario incluya estancias en almacenes o recintos de otro tipo previas a la entrega en destino, cuando éstas no vengan directamente determinadas por la necesidad de pernoctas debidas a la longitud del trayecto a recorrer. Asimismo, se considerará un transporte no directo aquél que suponga cualquier parada destinada a la realización de cargas o descargas de obras en el vehículo, implique o no tal parada el desvío de la ruta más directa.
Transporte terrestre
a) El traslado de obras de arte por vía terrestre que requiera el empleo de vehículos especiales deberá realizarse en vehículos con suspensión neumática integral, carrocería con aislamiento térmico, plataforma elevadora, sistema de control de temperatura y humedad relativa controlable desde la cabina, sistema de alarma y extinción de incendios controlable desde la cabina, y sistema de alarma contra intrusión. Los vehículos deberán tener paredes interiores con sistemas de agarre, cinchas, pulpos, y demás herramientas necesarias para la correcta estiba de las obras de arte.
b) Las obras de arte deberán viajar siempre en posición vertical y sin apilar, salvo que el museo traslade por escrito instrucciones diferentes.
c) Cada transporte terrestre deberá realizarse con dos conductores que deberán estar localizables con teléfono móvil las 24 horas del día.
d) El adjudicatario limitará el número de pernoctas en ruta al mínimo imprescindible. Los lugares para la realización de pernoctas en ruta deberán haber sido previamente aprobados por el museo y por los prestadores. Siempre que se propongan pernoctas en instalaciones de agentes de transporte, éstos deberán garantizar condiciones idóneas de seguridad.
e) El contratista garantizará que las obras no serán desembaladas en ningún punto del trayecto para su inspección por los agentes de aduanas sin previa notificación al museo.
f) El contratista se obliga a notificar con carácter inmediato al museo, y en particular al Departamento de Exposiciones, cualquier incidencia que se produzca durante el embalaje, transporte y desembalaje de las obras.
Transporte aéreo
a) Las ofertas incluirán detalles sobre la ruta del vuelo propuesto, si los hubiere (incluyendo mención expresa de paradas técnicas y/o escalas, si las hay; si éstas implican cambios de avión y/o de terminal; tiempos estimados; y cualquier otro detalle técnico o logístico). Se indicará, asimismo, la compañía aérea que la realiza y la capacidad y medidas de bodega, palés y/o contenedores de carga del aparato o aparatos que operan dicha ruta.
b) Las empresas licitadoras elaborarán sus ofertas tomando en consideración las normas y requerimientos de las compañías aéreas y autoridades aeroportuarias con respecto a la reserva y contratación de carga aérea. El museo entenderá que las empresas licitadoras han recabado toda la información antedicha para elaborar su oferta, y por tanto no asumirá los costes adicionales que pudieran derivarse de la notificación posterior de modificaciones en las condiciones de transporte por exigencia de las compañías aéreas y autoridades aeroportuarias.
c) Las empresas licitadoras tomarán en consideración la necesidad de contratar tarifas especiales prioritarias que se adecuen a las necesidades de transporte de obras de arte. El museo no asumirá los costes adicionales que pudieran derivarse de cambios en este sentido.
d) En caso de que se propongan rutas aéreas que incluyan escalas, las obras no serán despaletizadas durante dichas escalas.
e) Las obras no serán paletizadas o introducidas en contenedores junto con mercancías que puedan poner en peligro o dañar en manera alguna las obras de arte.
f) En el caso de transportes aéreos que impliquen la estiba de las cajas que contienen las obras en la bodega de carga del avión, las propuestas se elaborarán considerando que las obras deben viajar en la dirección del vuelo; cualquier otra posibilidad que se proponga a este respecto deberá contar con el consentimiento expreso de los propietarios de las obras y del museo. Se prestará especial atención a los tamaños de bodegas, contenedores y palés de los aparatos que realizan las rutas propuestas, a fin de verificar que las obras pueden ser transportadas en los mismos, así como las necesidades de ocupación de palés o contenedores en función del tamaño de éstos y de las cajas a transportar.
g) El contratista deberá gestionar los permisos de acceso a pista y zonas restringidas para el personal que lo requiera, a fin de garantizar la correcta supervisión de todos los procesos. Asimismo, gestionará permisos de acceso a pistas para supervisión de cargas y descargas para los correos, siempre que sea posible.
h) Será imprescindible la contratación de servicios de seguridad en pista de los aeropuertos, tanto en origen como en destino, y dicha seguridad deberá comprender la vigilancia de todas las manipulaciones, incluyendo la paletización, carga, descarga y demás traslados y operaciones que se realicen en las pistas y recintos aeroportuarios. Asimismo, el servicio de seguridad incluirá el depósito de las obras en recintos vigilados durante tiempos de espera.
Transporte marítimo
a) Se tomará en consideración la necesidad de que los embalajes estén especialmente preparados este tipo de transporte.
b) Se emplearán exclusivamente barcos que cumplan con las condiciones de clasificación y antigüedad requeridas por las compañías aseguradoras para este tipo de transporte.
c) Se contratará a una compañía que tenga experiencia en envíos de obras de arte por vía marítima.
d) Xx se propone que las obras viajen en contenedores, se darán detalles sobre el tipo de contenedores a usar, su estiba y los sistemas de monitorización y control de humedad y temperatura previstos.
e) Las empresas licitadoras elaborarán sus ofertas tomando en consideración las normas y requerimientos de las compañías de transporte marítimo, autoridades de navegación y portuarias, y prestadores con respecto a la reserva y contratación de carga. La Institución entenderá que las empresas licitadoras han recabado toda la información antedicha para elaborar su oferta, y por tanto no asumirá los costes adicionales que pudieran derivarse de la notificación posterior de modificaciones en las condiciones de transporte.
f) Las empresas licitadoras tomarán en consideración la necesidad de contratar tarifas especiales prioritarias que se adecuen a las necesidades de transporte de obras de arte. La institución no asumirá los costes adicionales que pudieran derivarse de cambios en este sentido.
g) Será imprescindible la contratación de servicios de seguridad en puertos, tanto en origen como en destino, y dicha seguridad deberá comprender la vigilancia de todas las manipulaciones, incluyendo la estiba si procede, carga, descarga y demás traslados y operaciones que se realicen en muelles y resto de recintos portuarios. Asimismo, el servicio de seguridad incluirá el depósito de las obras en recintos vigilados durante tiempos de espera.
h) El contratista deberá gestionar los permisos de acceso a muelles y zonas restringidas para el personal que lo requiera, a fin de garantizar la correcta supervisión de todos los procesos. Asimismo, gestionará permisos de acceso a muelles para supervisión de cargas y descargas para los correos, siempre que sea posible.
i) Las ofertas incluirán detalles sobre la ruta de navegación propuesta (incluyendo mención expresa de paradas técnicas y/o escalas, si las hay; tiempos estimados; y cualquier otro detalle técnico o logístico). Se indicará asimismo la compañía de navegación que la realiza y la capacidad y medidas de bodega y unidades de carga del aparato, si procede.
CLÁUSULA10.- TRÁMITES ADUANEROS
Los licitadores deberán tener personal cualificado para la gestión y resolución de trámites aduaneros, así como un agente de aduanas propio.
El adjudicatario se encargará de realizar los trámites necesarios a fin de que, en el caso de que las autoridades de aduanas requirieran una inspección física de las obras transportadas, dicha inspección se realice siempre en la sede de la exposición y en ningún caso durante el tránsito de las obras de arte.
La empresa de transporte remitirá al museo copia de la documentación generada en cada trámite aduanero. CLÁUSULA 11.- CORREOS
En los casos en los que así lo indique el museo, las obras serán acompañadas durante su transporte por
correos. Los correos supervisarán la carga y descarga de las obras de arte. En estas operaciones, cualquier instrucción o indicación de los correos al contratista deberá ser atendida rigurosamente, tanto en los puntos de origen y destino como en los posibles cambios de medios de transporte.
La cuantía de las dietas de manutención diarias serán las aplicadas habitualmente, salvo indicación contraria por parte del museo, teniendo en cuenta si los desplazamientos son desde España, Europa o resto de países, debiéndose recoger en la oferta dicha cantidad y el porcentaje de incremento como beneficio que el licitador tiene previsto realizar. Dichas dietas deberán ser entregadas por el contratista a cada correo en el momento del inicio de su viaje.
En los casos en que los correos viajen en avión, deberá presupuestarse billete aéreo, indicando el licitador en qué clase prevé realizarlo y cuál será su incremento sobre el costo del billete, para el trayecto que realicen con la(s) pieza(s) que acompañen.
CLÁUSULA 12.- RECOGIDA-ENTREGA DE LAS OBRAS DE ARTE
Todos los movimientos y manipulaciones autorizados de las obras en origen-destino deberán ser realizados por personal especializado en el manejo y traslado de obras de arte.
Toda manipulación de las obras de arte será hecha con la máxima diligencia y cuidado, siguiendo en todo caso las instrucciones que el museo y/o el correo, y/o el prestador puedan dictar al respecto.
CLÁUSULA 13.- CALENDARIO DE TRABAJOS
La entrega de las obras de arte en el museo tendrá lugar en la semana 5, entre el 26 y el 27 xx xxxx de 2015, y la recogida de las obras en el museo, tras la clausura de la exposición, se realizará en la semana 3, entre el 17 y el 18 de septiembre de 2015. En cualquier caso, el museo, con la antelación suficiente notificará al adjudicatario, de las fechas concretas de entrega y recogida, e igualmente en el caso de que el inicio y final de la exposición sufrieran algún cambio.
Por necesidades de los prestadores o del museo, que serán notificadas debidamente al adjudicatario, las fechas indicadas podrán verse modificadas. Asimismo podrán realizarse transportes de obras fuera de los plazos indicados en este punto, cuya necesidad sería igualmente notificada al contratista con la mayor antelación posible.
La entrega de obras en el museo deberá realizarse, entre las 08:00 y las 15:00 horas, de lunes a viernes, salvo en casos excepcionales y siempre con el acuerdo previo del museo.
Una vez concluida la devolución de las obras, deberá comunicarse por escrito al museo. Cualquier incidencia ocurrida durante este proceso se notificará también al museo.
ANEXO
PLIEGO TÉCNICO
ANEXO I
RELACIÓN DE OBRAS PARTICIPANTES EN LA EXPOSICIÓN XXXXXX. MASA Y FIGURA
Nº OBRA 1 | TÉCNICA | DATACIÓN | PRESTADOR | DIMENSIONES | CORREO- DIETAS | OBSERVACIONES |
1 | Escultura de bronce | 1985 | Prestador 0, Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, XX, XX.XX. | 188 x119,4 x 162,6 cm | Previsión de correo y entrega de dietas | Localizada en un parterre exterior. Preferiblemente transporte marítimo |
2 | Escultura de bronce | 1985 | Las tres piezas son de diferentes prestadores pero están depositadas en misma dirección: Umass Boston, Massachusetts, EE.UU. | 199 x211 x 120 cm | Previsión de 2 correos y entrega de dietas para cada uno. | Localizadas en un parterre exterior. Preferiblemente transporte marítimo |
0 | 0000 | 000 x000 x 120 cm | ||||
0 | 0000 | 000 x000 x 107 cm | ||||
5 | Escultura de bronce | 2004 | Prestador 0, XxXxx Xxxxxxx Xxx Xxxx, XX.XX. | 000x000x00 cm | Previsión de correo y entrega de dietas | Preferiblemente transporte marítimo |
6 | Escultura de bronce | 2000 | Prestador 6, Xxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx. Xxxxx, Xxx Xxxx , XX.XX. | 000,0 x 198,1 x 132,1 cm | Previsión de correo y entrega de dietas | Localizada en un parterre exterior. Preferiblemente transporte marítimo |
7 | Escultura de yeso | 0000 | Xxxxxxxxx 0, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxx, XX.XX. | 254 x 277 x 155 cmm 765 kg. aprox. Se descompone en 3 partes: base 111,76 x 134,62 x 213,36 cm, sección 2 152, 4 x 167,64 x 134,62 cm y sección 3 116,84 x 132,08 x 109,22 cm | Ni correo ni dietas. | Preferiblemente transporte marítimo |
8 | 2008 | 228.6 x 205.7 x 139.7 cm 430 kg aprox. Se descompone en 2 partes: sección inferior 170, 18 x124,46 x 187,9 cm y sección superior 71,1 x 83,8 x 167,64 cm | ||||
9 | 2008 | 193 x 276.9 x 124.5 cm 360 kg. aprox. Se descompone en 3 partes: base H152,4 x L 218,4 x W 109,22 cm, sección A H 88,9 x L 101,6 x W 81,28 cm y sección B H 91,44 x L 114,3 x W 53,34 cm. ***Las secciones A y B, se pueden embalar juntas *** | ||||
10 | Escultura de bronce | 1998 | 33 x 25,4 x 35,6 cm | |||
00 | 0000 | 00 x 00 x 23 cm | ||||
00 | 0000 | 00 x 00 x 36 cm |
1 El nº de obra no es el que se utilizará en el desarrollo de la exposición.
13 | Escultura de bronce | 1998 | Continuación de obras de prestador 0, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxx, XX.XX. | 30 x 44 x 23 cm | ||
14 | 1986 | 58,4 x 61 x 38,1 cm | ||||
15 | 1986 | 88,9 x 91,4 x 53,3 cm | ||||
16 | 1986 | 76,2 x 88,9 x 45,7 cm | ||||
17 | 1986 | 88,3 x 61 x 38,1 cm | ||||
00 | 0000 | 00 x 00 x 12,7 cm | ||||
19 | 1992 | 19,7 x 19,7 x 16,5 cm | ||||
20 | 2004 | 11,4 x 15,2 x 9.5 cm | ||||
21 | 2004 | 11,4 x 15,2 x 9.5 cm | ||||
22 | 2003 | 24,8 x 20,3 x 14 cm | ||||
23 | 2003 | 24,8 x 20,3 x 14 cm | ||||
24 | 1991 | 12,7 x 13,3 x 13,3 cm | ||||
25 | 1999 | 15,2 x 12,7 x 11,4 cm | ||||
26 | 2002 | 12,4 x 14 x 11,4 cm | ||||
27 | 2000 | 17,1 x 14 x 12,7 cm | ||||
28 | 2002 | 17,1 x 14,6 x 11,4 cm | ||||
29 | 2004 | 11,4 x 14 x 12,7 cm | ||||
30 | Escultura de yeso | 2001 | 22,2 x 22,9 x 12,7 cm | |||
31 | Escultura de bronce | 2000 | 21,6 x 19,1 x 12,7 cm | |||
00 | 0000 | 00 x 00 x 14 cm | ||||
33-36 | 4 Maquetas pequeñas de yeso y arcilla | 1997 | Aproximadamente 10 x 20 cm | |||
37 | Escultura de yeso pintado | Aproximadamente 10 x 20 cm | ||||
38 | ||||||
39 | ||||||
40 | Escultura de bronce | Aproximadamente 30 x 30 cm. | ||||
41-94 | 54 dibujos Carboncillo sobre papel | Medidas varias. 26 obras enmarcadas (0 xx 00 x 00 cm; 0 xx 000 x 000; 0 xx 000 x 00; 0 xx 000 x 00 cm; 0 xx 000 x 000; 110x 105 ; 97 x 94; 2 de 74 x 64 y 2 de 61 x 74 cm y 28 sin enmarcar. | ||||
95 | Escultura de bronce | 2003 | Prestador 0, Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, XX. | 142,2 x 106,6 x 61 cm | Previsión de correo y entrega de dietas | |
96 | Escultura de bronce | 2008 | 71.1 x 114.3 x 53.3 cm | |||
97 | Escultura de bronce | 2002 | 165,1 x 198,1 x 104,1 cm |
98 | Escultura de bronce | 2005 | Prestador 9, Xxxxxxxx Galerie Berlín, Alemania. | 148x229x153 cm 1100 kg aprox. Va sobre un pallet de 99 x 230 cm | Previsión de correo y entrega de dietas | |
99 | Escultura de bronce | 1999 | 114,3 x 101,6 x 91,5 cm 150 kg aprox. Va sobre un ballet. | |||
100 | Escultura de bronce | 2005 | 68 x 102 x 61 cm 100 kg aprox. Va sobre un pallet | |||
101 | Escultura de yeso pintado | 1995-1996 | Xxxxxxxxx 00, Xxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxx. | 45 x 55 x 48 cm | Ni correo ni dietas. | |
102 | Dibujo | 115 x 105 cm, con marco 122 x 11,5 x 5 cm | ||||
103 | Dibujo | 115 x 105 cm, con marco 122 x 11,5 x 5 cm | ||||
104 | Dibujo | 115 x 105 cm, con marco 122 x 11,5 x 5 cm |