INDICE PRIMERA SECCION PODER EJECUTIVO
Jueves 20 xx xxxxx de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 95
INDICE PRIMERA SECCION PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA
Convenio de Coordinación que celebran la Secretaría de Seguridad Pública y el Estado de Michoacán xx Xxxxxx, para la realización de acciones en materia de seguridad pública en el
año 2006 .......................................................................................................................................... 2
Convenio de Coordinación que celebran la Secretaría de Seguridad Pública y el Estado de San Xxxx Potosí, para la realización de acciones en materia de seguridad pública
en el año 2006 11
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Oficio mediante el cual se dan a conocer a los almacenes generales de depósito, arrendadoras financieras, casas de bolsa, casas de cambio, empresas de factoraje financiero, sociedades de inversión, uniones de crédito, bolsas de futuros y opciones, bolsa de valores, cámaras de compensación, contrapartes centrales e instituciones para el depósito de valores, las cuotas anual y mensual que deberán pagar por concepto de los servicios de inspección y vigilancia que
presta la Comisión Nacional Bancaria y de Valores 21
SECRETARIA DE ECONOMIA
Resolución preliminar de la revisión de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de envases tubulares flexibles de aluminio, mercancía clasificada en la fracción arancelaria 7612.10.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originarias de la República Bolivariana de Venezuela y provenientes de la empresa Saviram, C.A. 41
SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx x xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Representaciones y Consignaciones del Sureste, S.A. de C.V. 51
Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la Procuraduría General de la República, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Comtelsat de México, S.A. de C.V 51
Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx x xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con Tecnología Avanzada en Investigación Aplicada, S.A. de C.V. 52
SECRETARIA DE LA REFORMA AGRARIA
Aviso de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Carmen Nuevo León Fracción III, con una superficie aproximada de 01-73-69 hectáreas, Municipio de Teopisca, Chis 53
Aviso de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Carmen Nuevo León Fracción IV, con una superficie aproximada de 01-19-10 hectáreas, Municipio de Teopisca, Chis 54
Aviso de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Carmen Nuevo León Fracción V, con una superficie aproximada de 10-14-56 hectáreas, Municipio de Teopisca, Chis 55
Aviso de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Fracción Guadalupe,
con una superficie aproximada de 07-44-85.636 hectáreas, Municipio de Teopisca, Chis. 55
Aviso de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Corazón de Xxxxx, con
una superficie aproximada de 01-03-81.171 hectáreas, Municipio de Teopisca, Chis 56
Aviso de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado El Recuerdo, con una superficie aproximada de 10-01-90.854 hectáreas, Municipio de Teopisca, Chis. 57
Aviso de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Xxxx Box, con una superficie aproximada de 60-00-00 hectáreas, Municipio de Progreso, Yuc. 57
BANCO DE MEXICO
Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la Xxxxxxxxx Xxxxxxxx 00
Tasas de interés de instrumentos de captación bancaria en moneda nacional 59
Tasa de interés interbancaria de equilibrio a 28 días 59
Tasa de interés interbancaria de equilibrio a 91 días 59
CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO
Licitaciones Públicas Nacionales e Internacionales. (Continúa en la Segunda y Tercera Secciones) 60
AVISOS
Judiciales y generales 75
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DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN
XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXXX, Director Xxxxxxx Xxxxxxx
Xxx Xxxxxxxx Xx. 00, Xxx. Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, X.X., SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN Tel. 0000-0000, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios
Correo electrónico: xxx@xxxxx.xxx.xx. Dirección electrónica: xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx
Impreso en Talleres Gráficos de México-México
*200406-16.00* Esta edición consta de tres secciones
PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA
CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Seguridad Pública y el Estado de Michoacán xx Xxxxxx, para la realización de acciones en materia de seguridad pública en el año 2006.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Seguridad Pública.- Sistema Nacional de Seguridad Pública.
CONVENIO DE COORDINACION QUE CELEBRAN EN EL MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PUBLICA POR UNA PARTE EL GOBIERNO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA, REPRESENTADA POR SU TITULAR Y PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD PUBLICA, EL C. XXXXXXX XXXXXX-XXXX XXXXX, ASISTIDO POR EL C. XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXX, SECRETARIO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PUBLICA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “LA SECRETARIA”, Y POR LA OTRA PARTE EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE XXXXXXXXX XX XXXXXX, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C. XXXXXX XXXXXXXX XXXXX, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE XXXXXXXXX XX XXXXXX, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, EL
C. XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, EL SECRETARIO DE PLANEACION Y DESARROLLO ESTATAL, EL C. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, LA SECRETARIA DE CONTRALORIA Y DESARROLLO ADMINISTRATIVO, LA C. XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, EL TESORERO GENERAL DEL ESTADO, EL C. XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXX, EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PUBLICA, EL C. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, EL PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA, EL C. XXXX XXXXXXX XXXXXX DE LA XXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, PARA LA REALIZACION DE ACCIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD PUBLICA EN EL AÑO 2006, AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:
MARCO LEGAL
1. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone en su artículo 21, párrafos sexto y séptimo, que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios en las respectivas competencias que la propia Constitución prevé y que se coordinarán en los términos que la Ley señale, para establecer un Sistema Nacional de Seguridad Pública.
2. La Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, reglamentaria de la disposición Constitucional aludida, prevé en los artículos 2o. y 4o., que el Sistema Nacional de Seguridad Pública, se integra con las instancias, instrumentos, políticas, servicios y acciones previstos en la propia Ley, tendientes a cumplir con los objetivos y fines de la seguridad pública, y que, cuando sus disposiciones comprendan materias y acciones que incidan en diversos ámbitos de competencia de la Federación, los estados, el Distrito Federal o los municipios, se aplicarán y ejecutarán mediante convenios generales y específicos entre las partes componentes del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Asimismo, de conformidad con el artículo 11 de la Ley de la materia, las políticas, lineamientos y acciones de coordinación se llevarán a cabo mediante la suscripción de los convenios respectivos, o con base en los acuerdos y resoluciones que se tomen en el Consejo Nacional de Seguridad Pública y en las demás instancias de coordinación.
3. La Ley de Coordinación Fiscal, en los artículos 25 fracción VII, 44 y 45 establecen la existencia y destino del “Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal”, con cargo a recursos federales, mismos que son determinados anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación (Ramo General 33), el cual se entregará a las entidades federativas, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y se distribuirá de acuerdo a los criterios que establezca el Consejo Nacional de Seguridad Pública, a propuesta de “LA SECRETARIA”, utilizando para la distribución de los recursos los criterios que en el artículo 44 se describen. La información relacionada con las fórmulas y variables utilizadas en el cálculo para la distribución y el resultado de su aplicación que corresponderá a la asignación por cada Estado y el Distrito Federal, deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación a más tardar el 31 de enero del ejercicio fiscal de que se trate.
4. En el mismo artículo 44 se establece que los convenios celebrados entre las partes integrantes del Sistema Nacional, deberán firmarse en un término no mayor a sesenta días contados a partir de la publicación antes mencionada. Los recursos que correspondan a cada entidad, se enterarán mensualmente por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público durante los primeros diez meses del año a los estados, de manera ágil y directa sin más limitaciones ni restricciones, incluyendo aquellas de carácter administrativo.
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5. En términos del artículo 45 de la Ley de Coordinación Fiscal las aportaciones provenientes del “Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal” se destinarán en forma exclusiva a las acciones y en los términos que en el mismo numeral se detallan.
6. El artículo 46 de la misma Ley establece que las Aportaciones y sus accesorios que con cargo al Fondo reciban las entidades federativas no podrán, bajo ninguna circunstancia, gravarlas, afectarlas en garantía, ni destinarlas a fines distintos a los expresamente previstos en el artículo 45. Asimismo, establece que las Aportaciones serán administradas y ejercidas por los gobiernos de las entidades federativas conforme a sus propias leyes, deberán registrarlas como ingresos propios destinados específicamente a los fines establecidos en el citado artículo 45, y que el control y supervisión del manejo de los recursos quedará a cargo de las autoridades, que en el artículo 46 se establecen.
ANTECEDENTES
1. En el Marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Gobernación, las entidades federativas y el Distrito Federal suscribieron con fecha 4 de noviembre de 1996, el Convenio General de Colaboración en Materia de Seguridad Pública, para coordinar políticas, estrategias y acciones legales y administrativas necesarias para el eficaz funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
2. Con fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xx Xxxxxxxx Xxxxxxx y “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, suscribieron el Convenio de Coordinación para la realización de acciones en materia de Seguridad Pública en ese año, en el cual se acordó la constitución del Fideicomiso “Fondo de Seguridad Pública del Estado” (FOSEG), el cual quedó formalizado el 4 de septiembre de 1998 con el Banco de Crédito Rural xxx Xxxxxxxx Sur, S.N.C., en el que se depositaron los recursos conjuntos aportados por el Gobierno Federal y por la entidad federativa, para el financiamiento de las acciones en materia de Seguridad Pública establecidas en el mismo instrumento y sus Anexos Técnicos.
3. A partir de 1998 el Gobierno Federal y “EL GOBIERNO DEL ESTADO” han formalizado anualmente un Convenio de Coordinación para la realización de acciones en materia de Seguridad Pública, en los que se ha pactado que la administración de los recursos provenientes del “Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal”, así como los aportados por “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, sean administrados a través del Fideicomiso “Fondo de Seguridad Pública del Estado” a que se refiere el párrafo anterior.
4. Con motivo de la desaparición del Sistema Banrural derivado de la publicación en el Diario Oficial de la Federación, de la Ley Orgánica de la Financiera Rural, el 26 de diciembre de 2002, el Consejo Nacional de Seguridad Pública en su XIII sesión del 24 de enero de 2003, acordó el cambio de Institución Fiduciaria, por lo que con fecha 24 xx xxxxx de 2003, “EL GOBIERNO DEL ESTADO” y Nacional Financiera, S.N.C., suscribieron el contrato para la Sustitución de Fiduciario del Fideicomiso “Fondo de Seguridad Pública del Estado” (FOSEG), al cual fueron transferidos los recursos del Fideicomiso a cargo de la institución fiduciaria que se extinguió, con el fin de que se continúen administrando los mismos, así como, los que se sigan aportando para la realización de acciones en materia de seguridad pública.
5. Con fecha 19 de enero de 2006, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitió opinión favorable sobre la procedencia de que el Consejo Nacional de Seguridad Pública resolviese, en su caso, incorporar a los Ejes Estratégicos del Sistema Nacional de Seguridad Pública un nuevo eje de combate al narcomenudeo.
6. El Consejo Nacional de Seguridad Pública en su XX sesión, celebrada el 30 de enero de 2006, aprobó la creación del Eje Estratégico de Combate al Narcomenudeo, para fortalecer los programas y acciones que se llevan a cabo en el marco de las Unidades Mixtas de Atención al Narcomenudeo, así como destinar el 20% de los recursos del Fondo de Seguridad Pública (FOSEG) 2006 en cada entidad, con carácter de intransferibles, determinando que los Ejes Estratégicos del Sistema Nacional de Seguridad Pública queden como sigue:
1.- Profesionalización;
2.- Equipamiento para la Seguridad Pública;
3.- Red Nacional de Telecomunicaciones, Sistema Nacional de Atención de Llamadas de Emergencia 066 y Sistema Nacional de Denuncia Anónima 089;
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4.- Sistema Nacional de Información;
5.- Registro Público Vehicular;
6.- Infraestructura para la Seguridad Pública;
7.- Instancias de Coordinación (Procuradurías Generales de Justicia y Tribunales Superiores de Justicia);
8.- Combate al Narcomenudeo;
9.- Operativos Conjuntos;
10.- Participación de la Comunidad en la Seguridad Pública, y
11.- Seguimiento y Evaluación.
7. El Consejo Nacional de Seguridad Pública en su XX sesión, celebrada el 30 de enero de 2006, aprobó los criterios de asignación y las bases para la distribución entre cada una de las 32 entidades federativas de los recursos asignados en 2006 para el “Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP)”.
8. El 31 de enero de 2006 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación dichos criterios, así como el monto que, como resultado de la aplicación de los mismos, corresponde a cada una de las 32 entidades federativas de los cinco mil millones de pesos del FASP 2006.
DECLARACIONES
DE “LA SECRETARIA”:
Que el C. Xxxxxxx Xxxxxx-Xxxx Xxxxx fue designado Secretario de Seguridad Pública, mediante nombramiento de fecha 27 de septiembre de 2005, expedido por el X. Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx xx xxx Xxxxxxx Xxxxxx Mexicanos.
Que el Secretario de Seguridad Pública, preside el Consejo Nacional de Seguridad Pública, de acuerdo con los artículos 12 fracción I, de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, 30 bis fracción III de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 6o., fracción III del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública.
Que el Secretario de Seguridad Pública, está facultado para suscribir el presente instrumento, conforme a los artículos 30 bis fracción XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 16 de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Que el 30 de enero de 2006, el Consejo Nacional de Seguridad Pública designó al C. Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Que el Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, tiene entre otras funciones, el ejecutar y dar seguimiento a los acuerdos y resoluciones del Consejo Nacional de Seguridad Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 fracción III de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
DE “EL GOBIERNO DEL ESTADO”:
Que el C. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, asumió el cargo de Gobernador Constitucional del Estado de Michoacán xx Xxxxxx, a partir del 15 de febrero de 2002.
Que conforme al artículo 12 fracción II de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, es integrante del Consejo Nacional de Seguridad Pública.
Que está facultado para suscribir el presente Convenio de Coordinación, de conformidad con los artículos 60 fracción XXII, 62, 66 y 130, párrafo segundo de la Constitución Política del Estado de Michoacán xx Xxxxxx; 3o., 8o., 9o., 11 y 35 fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán xx Xxxxxx; 9o. fracción I, 10 fracción III, 20 fracción I y 22 fracción VII de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Michoacán xx Xxxxxx.
DE AMBAS PARTES:
Que es necesario continuar con la ejecución de los Ejes, Estrategias y Acciones aprobados por el Consejo Nacional de Seguridad Pública, así como, la realización de acciones orientadas a cumplir con los fines y objetivos de la seguridad pública, por lo que convienen coordinarse en los términos de las siguientes:
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CLAUSULAS
PRIMERA.- El presente Convenio tiene por objeto coordinar políticas, lineamientos y acciones entre las partes, para el desarrollo y ejecución de acciones en el Marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública, conforme a los acuerdos y resoluciones del Consejo Nacional de Seguridad Pública, aplicando al efecto los recursos convenidos del “Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal”, con cargo al Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006, así como, los recursos que para tal fin aporta “EL GOBIERNO DEL ESTADO”.
SEGUNDA.- De conformidad con los acuerdos del Consejo Nacional de Seguridad Pública en su XX sesión del 30 de enero de 2006, los Ejes que sustentan las estrategias y las acciones, materia del presente Convenio son:
1.- Profesionalización;
2.- Equipamiento para la Seguridad Pública;
3.- Red Nacional de Telecomunicaciones, Sistema Nacional de Atención de Llamadas de Emergencia 066 y Sistema Nacional de Denuncia Anónima 089;
4.- Sistema Nacional de Información;
5.- Registro Público Vehicular;
6.- Infraestructura para la Seguridad Pública;
7.- Instancias de Coordinación (Procuradurías Generales de Justicia y Tribunales Superiores de Justicia);
8.- Combate al Narcomenudeo;
9.- Operativos Conjuntos;
10.- Participación de la Comunidad en la Seguridad Pública, y
11.- Seguimiento y Evaluación.
En términos de lo dispuesto por el artículo 45 de la Ley de Coordinación Fiscal, los programas y acciones de cualquier Eje, no contemplados en la disposición legal referida, serán financiados con recursos aportados por “EL GOBIERNO DEL ESTADO”.
TERCERA.- Los objetivos, líneas de acción, metas, montos, mecánica operativa e indicadores de seguimiento y evaluación de los Programas que se deriven de cada Eje, se establecerán conjuntamente por “LA SECRETARIA” a través del Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y “EL GOBIERNO DEL ESTADO” de conformidad con los acuerdos del Consejo Nacional de Seguridad Pública y se incluirán en los Anexos Técnicos respectivos, los cuales formarán parte de este Convenio.
“EL GOBIERNO DEL ESTADO” proveerá lo necesario para alcanzar los objetivos y metas convenidos, para lo cual, los recursos asignados deberán destinarse exclusivamente a los fines previstos en los citados Programas y Anexos Técnicos.
CUARTA.- La suscripción de los Anexos Técnicos a que se refiere la cláusula anterior, se sujetará al procedimiento que a continuación se expresa:
“EL GOBIERNO DEL ESTADO” proporcionará al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la información necesaria para definir conjuntamente las metas, montos e indicadores de seguimiento y evaluación que se asignen al proyecto o programa respectivo, en atención a la naturaleza y objetivos de cada uno de los mismos, de conformidad con los requisitos que adelante se relacionan:
1.- Por lo que hace a los programas correspondientes al Eje de Profesionalización, lo siguiente:
➢ El número de personas a evaluar, a capacitar y a certificar en su capacitación y en su desempeño; los cursos de capacitación, monto, duración y lugar en que se desarrollarán éstos, el número de becas para aspirantes y el monto de dichas becas; el número de elementos propuestos al pago de dotaciones complementarias en razón de su capacitación y desempeño, y el monto de éstas, respetando los lineamientos establecidos por la Ley de Coordinación Fiscal y la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y el monto de los recursos asignados a los programas de Profesionalización pendientes de ejercer de ejercicios anteriores.
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2.- Por lo que hace a los programas correspondientes al Eje de Equipamiento para la Seguridad Pública, lo siguiente:
➢ La cantidad, unidad de medida, costo unitario, costo total y características de los bienes a programar, así como, la determinación del área responsable de los mismos, conforme a los cuadros descriptivos de bienes que se establecen en la Guía Técnica que proporcionará el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
3.- Por lo que se refiere a los programas correspondientes al Eje de la Red Nacional de Telecomunicaciones, el Sistema Nacional de Atención de Llamadas de Emergencia 066 y el Sistema Nacional de Denuncia Anónima 089, lo siguiente:
➢ El programa de mantenimiento de la infraestructura y equipos, así como el programa de erogaciones por contratación de servicios conforme se indica en la Guía Técnica.
➢ La información del personal del C4 y subcentros conforme se indica en la Guía Técnica.
➢ La cantidad, unidad de medida, costo de adquisición, características de los bienes a programar y justificación de conformidad con las cédulas técnicas previstas en la Guía Técnica que proporcionará el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
4.- y 5.- Por lo que respecta a los programas correspondientes al Eje del Sistema Nacional de Información, y del Eje del Registro Público Vehicular, lo siguiente:
➢ El programa de suministro, intercambio y sistematización de la información sobre seguridad pública, en particular el Registro Nacional de Personal de Seguridad Pública, el Registro Nacional de Armamento y Equipo; la Información en Apoyo a la Procuración de Justicia, la cual comprende el Registro Nacional de Identificación, el Registro Nacional de Mandamientos Judiciales, y el Registro Nacional de Huellas Dactilares; el Indice Delictivo de Seguridad Pública, la actualización, y validación de información del Registro Público Vehicular y del registro de vehículos robados, recuperados y entregados; el cumplimiento de calidad, integridad y oportunidad de la información contenida en las Bases de Datos de los Registros Nacionales que faciliten su acceso y consulta ágil por un mayor número de usuarios de manera eficiente y oportuna, así como, los programas de necesidades específicas e información financiera respecto del costo de adquisición y operación de los equipos y sistemas.
6.- Por lo que hace a los programas correspondientes al Eje de Infraestructura para la Seguridad Pública, lo siguiente:
➢ Las metas, los estudios de preinversión, presupuesto y programa de obra, proyecto ejecutivo de obra pública, así como los costos de operación de la obra de conformidad con las cédulas técnicas previstas en la Guía Técnica que proporcionará el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
➢ Acreditar la propiedad o la posesión a título de dueño del terreno en donde se vaya ejecutar la obra, en su caso.
Para llevar a cabo las acciones de preinversión, presupuesto, programa de obra o proyecto ejecutivo, a solicitud de “EL GOBIERNO DEL ESTADO” se podrá suscribir un Anexo Técnico que determine una primera asignación de recursos económicos.
7.- Por lo que se refiere a los programas del Eje de Instancias de Coordinación, lo siguiente:
➢ Los programas y acciones que se habrán de instrumentar en materia de Profesionalización; Equipamiento de Personal y de Instalaciones; Construcción, Mejoramiento o Ampliación de Instalaciones de la Procuraduría General de Justicia del Estado, así como los Programas de Capacitación y Formación del personal al servicio del Tribunal Superior de Justicia del Estado; de Equipamiento de Instalaciones; y de Construcción, Mejoramiento o Ampliación de Instalaciones del Tribunal Superior de Justicia del Estado, conforme a los requisitos señalados en los numerales anteriores de la presente cláusula, según corresponda.
8.- Por lo que se refiere a los programas relativos al Eje de Combate al Narcomenudeo, lo siguiente:
a) Respecto del Programa de Prevención del Delito por la Vía de la Prevención de las Adicciones y del Narcomenudeo:
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➢ Los proyectos y acciones que se habrán de instrumentar en la materia, precisando: el número de exámenes de evaluación de los policías estatales preventivos y municipales en activo a asignarse a las Unidades Mixtas de Atención al Narcomenudeo (UMAN); el número de policías estatales preventivos y municipales a asignarse a las UMAN sujetos a formación; el número de policías estatales preventivos y municipales asignados a las UMAN sujetos a capacitación especializada en academias regionales; el número de policías estatales preventivos y municipales de las UMAN sujetos a capacitación en el Centro de Actualización Lagartos; el número y desglose por tipo de piezas de equipamiento a ser adquiridas para policía estatal preventivo y policía municipal asignados a las UMAN; la cantidad y especificaciones técnicas del software y equipo para los sistemas nacionales de llamadas de emergencia 066 y 089 de denuncia anónima; el número de exámenes de evaluación a realizarse al personal asignado a las UMAN; el número de elementos de las UMAN propuestos al otorgamiento de dotaciones complementarias por asignación y/o capacitación; los datos correspondientes a la ejecución del “Programa de Seguridad Integral en las Comunidades Educativas” y otros, con la participación de la SEP y el SNTE; el número de programas a apoyar de prevención del delito por la vía de la colaboración en prevención del consumo temprano de alcohol, del consumo de drogas, de la adicción a las drogas y del narcomenudeo, así como el número de alianzas y redes de instituciones públicas, sociales y privadas a conformar en estos ámbitos; y los mecanismos de seguimiento y evaluación de todos y cada uno de ellos, así como los informes de evaluación;
b) Respecto del Programa de Prevención del Delito por la Vía de la Rehabilitación de Adictos a Drogas:
➢ Los proyectos y acciones que se habrán de instrumentar en la materia, precisando: el número de programas para el fomento de servicios públicos de rehabilitación de adictos a drogas a poner en marcha o a expandir; el número de centros públicos de rehabilitación para población abierta a crear y a operar; el número de servicios públicos de rehabilitación a crear y a operar en CERESOS; el número de servicios públicos de rehabilitación a crear y a operar para menores infractores; el número de personal de centros públicos de rehabilitación a capacitar; el número de programas a desplegar para dar impulso a la participación ciudadana, precisando las campañas de difusión a desplegar para dar a conocer la disponibilidad de servicios públicos y sociales de rehabilitación; las acciones de concertación social a desplegar con los sectores público, social y privado para impulsar la rehabilitación; y los mecanismos de seguimiento y evaluación de todos y cada uno de ellos, así como los informes de evaluación; y
c) Respecto del Programa de Colaboración Técnica y Operativa para la Coordinación de Acciones Conjuntas e Integrales en la Investigación y Persecución del Delito de Narcomenudeo; y en la Desarticulación de Redes Delictivas:
➢ Los proyectos y acciones que se habrán de instrumentar en la materia, precisando: el número de exámenes de evaluación de policías judiciales o sus equivalentes, ministerios públicos y peritos en activo a asignarse a las UMAN; el número de policías judiciales o sus equivalentes, ministerios públicos y peritos a asignarse a las UMAN sujetos a formación; el número de policías judiciales o sus equivalentes, ministerios públicos y peritos de las UMAN sujetos a capacitación especializada en academias regionales; el número de policías judiciales o sus equivalentes, ministerios públicos y peritos de las UMAN sujetos a capacitación en el Centro de Actualización Lagartos; el número de piezas de equipamiento y desglose por tipo, a ser adquiridas para policía judicial o su equivalente, para ministerio público, y para perito, activos asignados a las UMAN; el número de piezas de equipo y desglose por tipo a adquirirse para las instalaciones de las UMAN; la cantidad y especificaciones técnicas del software y equipo para los sistemas nacionales de llamadas de emergencia 066 y 089 de denuncia anónima; la cantidad de equipo de comunicaciones y software para la Red Nacional de Telecomunicaciones con sus especificaciones técnicas; la cantidad y especificaciones técnicas del software y equipo a adquirir para vincular a las UMAN al Sistema Nacional de Información; la cantidad y naturaleza de proyectos, obras, servicios y equipamiento fijo para dotar de infraestructura a las UMAN; la cantidad de operativos policíacos conjuntos de reacción y de investigación; el número de personal sujeto a evaluación; el número de elementos de las UMAN propuestos al otorgamiento de dotaciones complementarias por asignación y/o capacitación; los programas de capacitación del Tribunal Superior de Justicia en narcomenudeo que serán apoyados financieramente y el monto del apoyo específico para cada uno, y los mecanismos de seguimiento y evaluación de todos y cada uno de ellos, así como los informes de evaluación.
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➢ Las acciones que se habrán de instrumentar y apoyar para promover la Participación de la Comunidad en Materia de Combate al Narcomenudeo, identificando los programas, municipios o ciudades en los que preferentemente se realizarán las acciones, montos de recursos asignados con sus correspondientes desgloses de conceptos por rubro de gasto y los indicadores cuantificables de desempeño y de resultados.
➢ Los programas de Operativos Conjuntos de Investigación y Combate al Narcomenudeo a desarrollarse con otras instituciones o corporaciones federales y/o estatales y/o municipales de reacción y de investigación y persecución de estos delitos, identificando: objetivos; municipios o ciudades en los que preferentemente se realizarán las acciones; fuerzas involucradas; montos de recursos que se asignan para esos fines y su desglose por concepto de gasto, así como los indicadores cuantificables de desempeño y de resultados en: operativos conjuntos de investigación para el aseguramiento de personas, de substancias prohibidas y de instalaciones utilizadas para el acopio, venta o consumo de las mismas; y de órdenes de aprehensión ejecutadas en apoyo de las autoridades del orden federal relacionadas con delitos contra la salud; y en caso de adquisición de equipo para este objetivo, la cantidad, unidad de medida, costo unitario, costo total y características de los bienes a programar, así como, la determinación del área responsable de los mismos, conforme a los cuadros descriptivos de bienes que proporcionará el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
➢ En adición a lo anterior y por lo que respecta específicamente a Profesionalización; a Equipamiento para la Seguridad Pública; a Red Nacional de Telecomunicaciones, Sistema Nacional de Atención de Llamadas de Emergencia 066 y Sistema Nacional de Denuncia Anónima 089; Sistema Nacional de Información; Infraestructura para la Seguridad Pública; Instancias de Coordinación (Procuradurías Generales de Justicia y Tribunales Superiores de Justicia); Operativos Conjuntos; Participación de la Comunidad en la Seguridad Pública, la información que se ha convenido aportar en los numerales 1, 2, 3, 4, 6, 7, 9, 10 y 11 de la presente cláusula, respectivamente.
9.- Por lo que se refiere a los programas relativos al Eje de Operativos Conjuntos, lo siguiente:
➢ Los programas y acciones que se habrán de instrumentar en la materia; los municipios o ciudades que habrán de ser atendidas con éstos y la población beneficiada; y en caso de adquisición de equipo para este objetivo, la cantidad, unidad de medida, costo unitario, costo total y características de los bienes a programar, así como la determinación del área responsable de los mismos, conforme a los cuadros descriptivos de bienes que proporcionará el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
10.- Por lo que hace a los programas correspondientes al Eje de Participación de la Comunidad en la Seguridad Pública, lo siguiente:
➢ Las acciones que se habrán de instrumentar y apoyar para promover la participación de la sociedad en las acciones de seguridad pública y su programa anual.
11.- Por lo que hace a los programas correspondientes al Eje de Seguimiento y Evaluación, lo siguiente:
➢ Los programas para mantener actualizados los mecanismos operativos del sistema de seguimiento; así como proporcionar al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública la información, en forma periódica y oportuna, para el seguimiento y evaluación de los avances físicos-financieros de los programas convenidos en los Anexos Técnicos respectivos.
QUINTA.- De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Coordinación Fiscal, los recursos que corresponden a la entidad provenientes del “Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal”, le serán enterados a “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, mensualmente, en los primeros diez meses del año, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de manera ágil y directa, sin más limitaciones ni restricciones que las que se establecen en las disposiciones legales aplicables.
SEXTA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, en términos de lo establecido en el artículo 46 de la Ley de Coordinación Fiscal, administrará y ejercerá los recursos a que se refiere la cláusula novena del presente Convenio, conforme a sus propias leyes y bajo su estricta responsabilidad, registrándolos como ingresos propios destinados a los fines establecidos en el presente instrumento desde que son recibidos, hasta su erogación total, quedando la supervisión y control bajo responsabilidad de sus autoridades de control y supervisión internas, para lo cual se compromete a asegurar la intervención de su Organo Interno de Control.
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Asimismo, “LA SECRETARIA” y “EL GOBIERNO DEL ESTADO” en cumplimiento a lo dispuesto en las fracciones II y V del artículo 9o., fracción III del artículo 15, y fracción III del artículo 17 de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como del artículo 45 de la Ley de Coordinación Fiscal y a los acuerdos y resoluciones emanados del Consejo Nacional de Seguridad Pública, convienen en aplicar recursos para realizar acciones específicas en materia de seguimiento y evaluación respecto de los programas y acciones instrumentadas en el marco de este Convenio. Para tal efecto, las partes suscribirán el Anexo Técnico correspondiente, mismo que formará parte de este instrumento.
En el mismo Anexo Técnico, las partes convendrán los mecanismos e indicadores para la evaluación de los Ejes, Programas y Acciones objeto del presente Convenio.
SEPTIMA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO” acuerda mantener la administración de los recursos provenientes del “Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal”, y los que aporte a través del Fideicomiso Estatal constituido para tal fin.
OCTAVA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO” bajo su absoluta responsabilidad, con apego a lo dispuesto por el artículo 45 de la Ley de Coordinación Fiscal, podrá reprogramar los recursos acordados en los Anexos Técnicos de este Convenio, hacia otras acciones dentro de un mismo Eje, o hacia otras acciones de otros Ejes, modificando en su caso las metas correspondientes, mediante acuerdo con justificación que para este efecto tome el Consejo Estatal de Seguridad Pública, o el Comité Técnico del Fideicomiso “Fondo de Seguridad Pública del Estado” (FOSEG); en cuyo caso, deberá notificarlo para fines de registro al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, dentro de los 30 días naturales siguientes a la sesión, remitiendo copia del acta en que se tomó el Acuerdo, los cuadros de montos y metas anterior y modificado, la información que sirvió de base o justificación para el Acuerdo referido, y los cuadros descriptivos o cédulas técnicas correspondientes, según corresponda, en los casos de los Anexos Técnicos del Eje de Equipamiento para la Seguridad Pública, e Infraestructura para la Seguridad Pública y la Red Nacional de Telecomunicaciones, Sistema Nacional de Atención de Llamadas de Emergencia 066 y Sistema Nacional de Denuncia Anónima 089, así como indicando si corresponde a economías por cumplimiento de metas o por saldos no aplicados.
Las partes convienen que las reprogramaciones a que se refiere el párrafo anterior, no podrán llevarse a cabo, cuando la transferencia de recursos implique ampliación de montos convenidos en los programas de Dotaciones Complementarias, de los Anexos Técnicos de los Ejes de Profesionalización y de Instancias de Coordinación. Asimismo, convienen que los recursos asignados a los Programas del Eje de Combate al Narcomenudeo, sólo podrán reprogramarse entre acciones del mismo Eje.
Las partes convienen que los recursos no ejercidos de años anteriores, en caso de que deban ser reprogramados, se aplicará lo establecido en los párrafos anteriores, dejando sin efecto cualquier otra mecánica establecida con anterioridad.
Invariablemente las reprogramaciones de recursos se deberán registrar y aplicar contablemente en el ejercicio correspondiente, informando al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública a través de los mecanismos establecidos para el efecto.
NOVENA.- De conformidad con la Ley de Coordinación Fiscal; el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006 y de acuerdo a los criterios de asignación y fórmula de distribución aprobados por el Consejo Nacional de Seguridad Pública en su XX sesión celebrada el 30 de enero de 2006 y, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 31 de enero de 2006, se destinan del “Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal”, a favor de “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, recursos por un monto de $185,663,066.00 (ciento ochenta y cinco millones, seiscientos sesenta y tres mil, sesenta y seis pesos 00/100 M.N.).
Los recursos serán enterados a “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, conforme al procedimiento señalado en la cláusula quinta de este instrumento. Dichos recursos serán depositados por el Gobierno Federal en la cuenta que determine la Tesorería General del Estado de “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, procediendo a remitir el recibo más eficaz que en derecho proceda a favor de la Tesorería de la Federación, por cada ministración que realice. Asimismo, la Tesorería General del Estado de “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, procederá a depositar los recursos recibidos en la cuenta de la Institución Fiduciaria (FOSEG), en un plazo no mayor a 72 horas posteriores a su recepción.
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“EL GOBIERNO DEL ESTADO”, por su parte aportará al Fideicomiso Estatal recursos con cargo a su propio presupuesto por un monto de $46,415,767.00 (cuarenta y seis millones, cuatrocientos quince mil, setecientos sesenta y siete pesos 00/100 M.N.). Dichas aportaciones serán realizadas conforme al mismo calendario en que la Tesorería General del Estado deposite al FOSEG los recursos federales recibidos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, provenientes del “Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal” (FASP).
“EL GOBIERNO DEL ESTADO” tomará las provisiones para que la Tesorería General del Estado, efectúe el cumplimiento debido a lo pactado en los párrafos anteriores.
Asimismo, “EL GOBIERNO DEL ESTADO” conviene en girar instrucciones al Fiduciario, por conducto del Comité Técnico del Fideicomiso “Fondo de Seguridad Pública del Estado” (FOSEG), para que continúe manteniendo identificados por separado los recursos provenientes de las aportaciones federales, de los aportados con cargo al presupuesto de la entidad.
Las aportaciones referidas, se podrán incrementar con las que, en su oportunidad, hagan los gobiernos Federal, Estatal y Municipales para fortalecer los Ejes, estrategias y acciones en el Marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Dichas aportaciones serán con cargo a sus propios presupuestos; o bien, de los que reciban del “Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal”.
Igualmente, el patrimonio fideicomitido se podrá incrementar, con aquellas aportaciones que, en su oportunidad, efectúen personas físicas x xxxxxxx para el fortalecimiento de las acciones materia de este Convenio, previa aceptación de “EL GOBIERNO DEL ESTADO”.
DECIMA.- El Comité Técnico del Fideicomiso “Fondo de Seguridad Pública del Estado” (FOSEG) acordará el destino de los productos financieros generados por el patrimonio fideicomitido, teniendo siempre en cuenta los siguientes conceptos: para cubrir los servicios del Fiduciario, así como, para alcanzar y/o ampliar las metas programadas y acciones materia de este Convenio.
DECIMA PRIMERA.- De conformidad a lo dispuesto en el artículo 9o. fracción VI de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, se compromete a tomar las medidas necesarias para la realización de acciones y operativos, en su caso, de manera conjunta con las autoridades de seguridad pública federales y municipales, que redunden en una mayor seguridad de los habitantes del Estado de Michoacán xx Xxxxxx.
“EL GOBIERNO DEL ESTADO” proveerá lo necesario a efecto de participar en forma activa en las Conferencias Nacionales a que se refiere el artículo 13 de la Ley General referida, así como en las Reuniones Regionales en Materia de Seguridad Pública en las que sea convocado, instrumentando en su caso, en el ámbito de sus atribuciones y con pleno respeto a su soberanía, los acuerdos y programas que en esos foros se convengan.
En los supuestos en que sea necesario atender factores que incidan en la seguridad pública, distintos a los atribuidos al Poder Ejecutivo y, en los casos en que se involucren otros poderes y diversas autoridades de “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, o bien de otra entidad, se firmarán los convenios a que se refiere el artículo 4o. de la Ley General en mención.
DECIMA SEGUNDA.- A fin de consolidar la operación y funcionamiento del Sistema Nacional de Información sobre Seguridad Pública y el Registro Público Vehicular, “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, proporcionará al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública en la forma y términos solicitados por éste, la información que requiera para mantener actualizados los registros y bases de datos nacionales a que se refiere el Capítulo IV del Título Segundo, y el artículo 54 de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el artículo 3 de la Ley del Registro Público Vehicular y el Reglamento de los Servicios de Seguridad Privada, así como los registros de información que hayan sido acordados por el Consejo Nacional de Seguridad Pública y la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia.
Para los efectos a que se refiere el párrafo anterior, las partes se comprometen a realizar las acciones y metas establecidas en los correspondientes Anexos Técnicos.
En lo relativo a la adquisición de sistemas, software, hardware, servicios y productos relacionados con los mismos, se procurará la innovación tecnológica y la adquisición de tecnología de punta, actuando siempre bajo criterios que maximicen la capacidad instalada, la interoperatividad de equipos y sistemas, así como la rentabilidad de los proyectos en términos de eficiencia y eficacia, evitando la dependencia tecnológica a una marca o proveedor; sin perjuicio, del cumplimiento a lo dispuesto por la legislación en materia de adquisición de bienes y servicios que resulte aplicable.
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DECIMA TERCERA.- A fin de consolidar la operación y funcionamiento de la Red Nacional de Telecomunicaciones, el Servicio Telefónico Nacional de Emergencia y el Servicio de Denuncia Anónima, “EL GOBIERNO DEL ESTADO” se compromete a ampliar la cobertura y garantizar la disponibilidad de los servicios que brinda la Red Nacional de Telecomunicaciones a las instituciones dedicadas a la seguridad pública y a la ciudadanía.
Para los efectos a que se refiere el párrafo anterior, las partes se comprometen a realizar las acciones y metas establecidas en los correspondientes Anexos Técnicos.
En lo relativo a la adquisición de bienes, sistemas, software, hardware, servicios y productos relacionados con los mismos, se aplicarán los criterios expresados en el último párrafo de la cláusula precedente.
DEXXXX XXXXXX.- “LA SECRETARIA”, por conducto del Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, promoverán y adoptarán las medidas complementarias que se requieran para el cumplimiento del presente Convenio.
DEXXXX XXXXXX.- “LA SECRETARIA” y “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, tendrán la prerrogativa para ocurrir ante las autoridades correspondientes, en caso de incumplimiento de cualesquiera de las obligaciones pactadas en el presente Convenio o en sus Anexos Técnicos.
DECIMA SEXTA.- Este Convenio se publicará en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Michoacán xx Xxxxxx y entrará en vigor a partir de la fecha de su suscripción.
El presente Convenio de Coordinación en Materia de Seguridad Pública 2006 se firma, por triplicado, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los ocho días del mes xx xxxxx de dos mil seis.- Por la Secretaría: el Secretario de Seguridad Pública y Presidente del Consejo Nacional de Seguridad Pública, Xxxxxxx Xxxxxx-Xxxx Xxxxx.- Rúbrica.- El Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador Constitucional del Estado de Michoacán xx Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno, Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx.- Rúbrica.- El Secretario de Planeación y Desarrollo Estatal, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx.- Rúbrica.- La Secretaria de Contraloría y Desarrollo Administrativo, Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx.- Rúbrica.- El Tesorero General del Estado, Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx.- Rúbrica.- El Secretario de Seguridad Pública, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx.- Rúbrica.- El Procurador General de Justicia, Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx xe la Xxxx.- Rúbrica.
CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Seguridad Pública y el Estado de San Xxxx Potosí, para la realización de acciones en materia de seguridad pública en el año 2006.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Seguridad Pública.- Sistema Nacional de Seguridad Pública.
CONVENIO DE COORDINACION QUE CELEBRAN EN EL MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PUBLICA POR UNA PARTE EL GOBIERNO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA, REPRESENTADA POR SU TITULAR Y PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD PUBLICA, EL C. XXXXXXX XXXXXX-XXXX XXXXX, ASISTIDO POR EL C. XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXX, EN SU CARACTER DE SECRETARIO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PUBLICA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “LA SECRETARIA”, Y POR LA OTRA PARTE EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL X. XXXXXXX DE LOS XXXXXX XXXXX, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, EL X. XXXXXXX XXXX XXXXXXXX XXXXXXX, EL SECRETARIO DE FINANZAS, EL C. XXXX XXXXXX XXXXXX, EL PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA, EL C. XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, EL C. XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX, OFICIAL MAYOR Y EL SECRETARIO EJECUTIVO DEL CONSEJO ESTATAL DE SEGURIDAD PUBLICA, C. XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, PARA LA REALIZACION DE ACCIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD PUBLICA EN EL AÑO 2006 AL TENOR DE LO SIGUIENTE:
MARCO LEGAL
1. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone en su artículo 21, párrafos sexto y séptimo, que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios en las respectivas competencias que la propia Constitución prevé y que se coordinarán en los términos que la Ley señale, para establecer un Sistema Nacional de Seguridad Pública.
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2. La Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, reglamentaria de la disposición Constitucional aludida, prevé en los artículos 2o. y 4o., que el Sistema Nacional de Seguridad Pública, se integra con las instancias, instrumentos, políticas, servicios y acciones previstos en la propia Ley, tendientes a cumplir con los objetivos y fines de la seguridad pública, y que, cuando sus disposiciones comprendan materias y acciones que incidan en diversos ámbitos de competencia de la Federación, los estados, el Distrito Federal o los municipios, se aplicarán y ejecutarán mediante convenios generales y específicos entre las partes componentes del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Asimismo, de conformidad con el artículo 11 de la Ley de la materia, las políticas, lineamientos y acciones de coordinación se llevarán a cabo mediante la suscripción de los convenios respectivos, o con base en los acuerdos y resoluciones que se tomen en el Consejo Nacional de Seguridad Pública y en las demás instancias de coordinación.
3. La Ley de Coordinación Fiscal, en los artículos 25, fracción VII, 44 y 45 establecen la existencia y destino del “Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal”, con cargo a recursos federales, mismos que son determinados anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación (Ramo General 33), el cual se entregará a las entidades federativas, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y se distribuirá de acuerdo a los criterios que establezca el Consejo Nacional de Seguridad Pública, a propuesta de “LA SECRETARIA”, utilizando para la distribución de los recursos los criterios que en el artículo 44 se describen. La información relacionada con las fórmulas y variables utilizadas en el cálculo para la distribución y el resultado de su aplicación que corresponderá a la asignación por cada estado y el Distrito Federal, deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación a más tardar el 31 de enero del ejercicio fiscal de que se trate.
4. En el mismo artículo 44 se establece que los convenios celebrados entre las partes integrantes del Sistema Nacional, deberán firmarse en un término no mayor a sesenta días contados a partir de la publicación antes mencionada. Los recursos que correspondan a cada entidad, se enterarán mensualmente por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público durante los primeros diez meses del año a los estados, de manera ágil y directa sin más limitaciones ni restricciones, incluyendo aquellas de carácter administrativo.
5. En términos del artículo 45 de la Ley de Coordinación Fiscal las aportaciones provenientes del “Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal” se destinarán en forma exclusiva a las acciones y en los términos que en el mismo numeral se detallan.
6. El artículo 46 de la misma Ley establece que las aportaciones y sus accesorios que con cargo al Fondo reciban las entidades federativas no podrán, bajo ninguna circunstancia, gravarlas, afectarlas en garantía, ni destinarlas a fines distintos a los expresamente previstos en el artículo 45. Asimismo, establece que las Aportaciones serán administradas y ejercidas por los gobiernos de las entidades federativas conforme a sus propias leyes, deberán registrarlas como ingresos propios destinados específicamente a los fines establecidos en el citado artículo 45, y que el control y supervisión del manejo de los recursos quedará a cargo de las autoridades, que en el artículo 46 se establecen.
ANTECEDENTES
1. En el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Gobernación, las entidades federativas y el Distrito Federal suscribieron con fecha 4 de noviembre de 1996, el Convenio General de Colaboración en Materia de Seguridad Pública, para coordinar políticas, estrategias y acciones legales y administrativas necesarias para el eficaz funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
2. Con fecha 11 xx xxxxxx de 1998, el Gobierno Federal y “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, suscribieron el Convenio de Coordinación para la realización de acciones en materia de Seguridad Pública en ese año, en el cual se acordó la constitución del Fideicomiso “Fondo de Seguridad Pública” (FOSEG), el cual quedó formalizado el 4 de septiembre de 1998 con el Banco de Crédito Rural del Noroeste, S.N.C., en el que se depositaron los recursos conjuntos aportados por el Gobierno Federal y por la entidad federativa, para el financiamiento de las acciones en materia de Seguridad Pública establecidas en el mismo instrumento y sus anexos técnicos.
3. A partir de 1999 el Gobierno Federal y “EL GOBIERNO DEL ESTADO” han formalizado anualmente un Convenio de Coordinación para la realización de acciones en materia de Seguridad Pública, en los que se ha pactado que la administración de los recursos provenientes del “Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal”, así como los aportados por “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, sean administrados a través del Fideicomiso “Fondo de Seguridad Pública” a que se refiere el párrafo anterior.
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4. Con motivo de la desaparición del Sistema Banrural derivado de la publicación en el Diario Oficial de la Federación, de la Ley Orgánica de la Financiera Rural, el 26 de diciembre de 2002, el Consejo Nacional de Seguridad Pública en su XIII Sesión del 24 de enero del 2003, acordó el cambio de Institución Fiduciaria, por lo que con fecha 15 de julio de 2005, “EL GOBIERNO DEL ESTADO” y Banco del Centro, S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Banorte, suscribieron el contrato de Sustitución de Fiduciario del Fideicomiso “Fondo de Seguridad Pública” (FOSEG), al cual fueron transferidos los recursos del Fideicomiso a cargo de la institución fiduciaria que se extinguió, con el fin de que se continúen administrando los mismos, así como los que se sigan aportando para la realización de acciones en materia de seguridad pública.
5. Con fecha 19 de enero de 2006, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitió opinión favorable sobre la procedencia de que el Consejo Nacional de Seguridad Pública resolviese, en su caso, incorporar a los Ejes Estratégicos del Sistema Nacional de Seguridad Pública un nuevo eje de combate al narcomenudeo.
6. El Consejo Nacional de Seguridad Pública en su XX Sesión, celebrada el 30 de enero de 2006, aprobó la creación del Eje Estratégico de Combate al Narcomenudeo, para fortalecer los programas y acciones que se llevan a cabo en el marco de las Unidades Mixtas de Atención al Narcomenudeo, así como destinar el 20% de los recursos del Fondo de Seguridad Pública (FOSEG) 2006 en cada entidad, con carácter de intransferibles, determinando que los Ejes Estratégicos del Sistema Nacional de Seguridad Pública queden como sigue:
1.- Profesionalización;
2.- Equipamiento para la Seguridad Pública;
3.- Red Nacional de Telecomunicaciones, Sistema Nacional de Atención de Llamadas de Emergencia 066 y Sistema Nacional de Denuncia Anónima 089;
4.- Sistema Nacional de Información;
5.- Registro Público Vehicular;
6.- Infraestructura para la Seguridad Pública;
7.- Instancias de Coordinación (Procuradurías Generales de Justicia y Tribunales Superiores de Justicia);
8.- Combate al Narcomenudeo;
9.- Operativos Conjuntos;
10.- Participación de la Comunidad en la Seguridad Pública, y
11.- Seguimiento y Evaluación.
7. El Consejo Nacional de Seguridad Pública en su XX Sesión, celebrada el 30 de enero de 2006, aprobó los criterios de asignación y las bases para la distribución entre cada una de las 32 entidades federativas de los recursos asignados en 2006 para el “Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP)”.
8. El 31 de enero de 2006 se publicaron -en el Diario Oficial de la Federación- dichos criterios, así como el monto que, como resultado de la aplicación de los mismos, corresponde a cada una de las 32 entidades federativas de los cinco mil millones de pesos del FASP 2006.
DECLARACIONES
DE “LA SECRETARIA”:
Que el C. Xxxxxxx Xxxxxx-Xxxx Xxxxx fue designado Secretario de Seguridad Pública, mediante nombramiento de fecha 27 de septiembre de 2005, expedido por el X. Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx xx xxx Xxxxxxx Xxxxxx Mexicanos.
Que el Secretario de Seguridad Pública, preside el Consejo Nacional de Seguridad Pública, de acuerdo con los artículos 12 fracción I de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, 30 bis, fracción III de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 6o. fracción III del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública.
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Que el Secretario de Seguridad Pública, está facultado para suscribir el presente instrumento, conforme a los artículos 30 bis, fracción XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 16 de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Que el 30 de enero de 2006, el Consejo Nacional de Seguridad Pública designó al C. Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Que el Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, tiene entre otras funciones, el ejecutar y dar seguimiento a los acuerdos y resoluciones del Consejo Nacional de Seguridad Pública, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 17 fracción III de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
DE “EL GOBIERNO DEL ESTADO”:
Que el X. Xxxxxxx de los Xxxxxx Xxxxx, asumió el cargo de Gobernador Constitucional del Estado de San Xxxx Potosí, a partir del 26 de septiembre de 2003.
Que conforme al artículo 12 fracción II de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, es integrante del Consejo Nacional de Seguridad Pública.
Que está facultado para suscribir el presente Convenio de Coordinación, de conformidad con los artículos 80 fracciones I, XVII, XVIII y XXIX de la Constitución Política del Estado de San Xxxx Potosí; 2 y 13 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de San Xxxx Potosí; y 1, 3, 7 y 11 fracción I y 13 fracciones II y III de la Ley de Seguridad Pública del Estado de San Xxxx Potosí y el Reglamento de la Ley de Seguridad Pública del Estado de San Xxxx Potosí.
DE AMBAS PARTES:
Que es necesario continuar con la ejecución de los Ejes, Estrategias y Acciones aprobados por el Consejo Nacional de Seguridad Pública, así como la realización de acciones orientadas a cumplir con los fines y objetivos de la seguridad pública, por lo que convienen coordinarse en los términos de las siguientes:
CLAUSULAS
PRIMERA.- El presente Convenio tiene por objeto coordinar políticas, lineamientos y acciones entre las partes, para el desarrollo y ejecución de acciones en el Marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública, conforme a los acuerdos y resoluciones del Consejo Nacional de Seguridad Pública, aplicando al efecto los recursos convenidos del “Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal”, con cargo al Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006, así como los recursos que para tal fin aporta “EL GOBIERNO DEL ESTADO”.
SEGUNDA.- De conformidad con los acuerdos del Consejo Nacional de Seguridad Pública en su XX Sesión del 30 de enero de 2006, los Ejes que sustentan las estrategias y las acciones, materia del presente Convenio son:
1. Profesionalización;
2. Equipamiento para la Seguridad Pública;
3. Red Nacional de Telecomunicaciones, Sistema Nacional de Atención de Llamadas de Emergencia 066 y Sistema Nacional de Denuncia Anónima 089;
4. Sistema Nacional de Información;
5. Registro Público Vehicular;
6. Infraestructura para la Seguridad Pública;
7. Instancias de Coordinación (Procuradurías Generales de Justicia y Tribunales Superiores de Justicia);
8. Combate al Narcomenudeo;
9. Operativos Conjuntos;
10. Participación de la Comunidad en la Seguridad Pública, y
11. Seguimiento y Evaluación.
En términos de lo dispuesto por el artículo 45 de la Ley de Coordinación Fiscal, los programas y acciones de cualquier Eje, no contemplados en la disposición legal referida, serán financiados con recursos aportados por “EL GOBIERNO DEL ESTADO”.
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TERCERA.- Los objetivos, líneas de acción, metas, montos, mecánica operativa e indicadores de seguimiento y evaluación de los Programas que se deriven de cada Eje, se establecerán conjuntamente por “LA SECRETARIA” a través del Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, de conformidad con los acuerdos del Consejo Nacional de Seguridad Pública y se incluirán en los anexos técnicos respectivos, los cuales formarán parte de este Convenio.
“EL GOBIERNO DEL ESTADO” proveerá lo necesario para alcanzar los objetivos y metas convenidos, para lo cual, los recursos asignados deberán destinarse exclusivamente a los fines previstos en los citados programas y anexos técnicos.
CUARTA.- La suscripción de los anexos técnicos a que se refiere la cláusula anterior, se sujetará al procedimiento que a continuación se expresa:
“EL GOBIERNO DEL ESTADO” proporcionará al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la información necesaria para definir conjuntamente las metas, montos e indicadores de seguimiento y evaluación que se asignen al proyecto o programa respectivo, en atención a la naturaleza y objetivos de cada uno de los mismos, de conformidad con los requisitos que adelante se relacionan:
1.- Por lo que hace a los programas correspondientes al Eje de Profesionalización, lo siguiente:
➢ El número de personas a evaluar, a capacitar y a certificar en su capacitación y en su desempeño; los cursos de capacitación, monto, duración y lugar en que se desarrollarán éstos, el número de becas para aspirantes y el monto de dichas becas; el número de elementos propuestos al pago de dotaciones complementarias en razón de su capacitación y desempeño, y el monto de éstas, respetando los lineamientos establecidos por la Ley de Coordinación Fiscal y la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y el monto de los recursos asignados a los programas de Profesionalización pendientes de ejercer de ejercicios anteriores.
2.- Por lo que hace a los programas correspondientes al Eje de Equipamiento para la Seguridad Pública, lo siguiente:
➢ La cantidad, unidad de medida, costo unitario, costo total y características de los bienes a programar, así como la determinación del área responsable de los mismos, conforme a los cuadros descriptivos de bienes que se establecen en la Guía Técnica que proporcionará el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
3.- Por lo que se refiere a los programas correspondientes al Eje de la Red Nacional de Telecomunicaciones, el Sistema Nacional de Atención de Llamadas de Emergencia 066 y el Sistema Nacional de Denuncia Anónima 089, lo siguiente:
➢ El programa de mantenimiento de la infraestructura y equipos, así como el programa de erogaciones por contratación de servicios conforme se indica en la Guía Técnica.
➢ La información del personal del C4 y subcentros conforme se indica en la Guía Técnica.
➢ La cantidad, unidad de medida, costo de adquisición, características de los bienes a programar y justificación de conformidad con las cédulas técnicas previstas en la Guía Técnica que proporcionará el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
4.- y 5.- Por lo que respecta a los programas correspondientes al Eje del Sistema Nacional de Información, y del Eje del Registro Público Vehicular, lo siguiente:
➢ El programa de suministro, intercambio y sistematización de la información sobre seguridad pública, en particular el Registro Nacional de Personal de Seguridad Pública, el Registro Nacional de Armamento y Equipo; la Información en Apoyo a la Procuración de Justicia, la cual comprende el Registro Nacional de Identificación, el Registro Nacional de Mandamientos Judiciales, y el Registro Nacional de Huellas Dactilares; el Indice Delictivo de Seguridad Pública, la actualización, y validación de información del Registro Público Vehicular y del registro de vehículos robados, recuperados y entregados; el cumplimiento de calidad, integridad y
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oportunidad de la información contenida en las Bases de Datos de los Registros Nacionales que faciliten su acceso y consulta ágil por un mayor número de usuarios de manera eficiente y oportuna, así como los programas de necesidades específicas e información financiera respecto del costo de adquisición y operación de los equipos y sistemas.
6.- Por lo que hace a los programas correspondientes al Eje de Infraestructura para la Seguridad Pública, lo siguiente:
➢ Las metas, los estudios de preinversión, presupuesto y programa de obra, proyecto ejecutivo de obra pública, así como los costos de operación de la obra de conformidad con las cédulas técnicas previstas en la Guía Técnica que proporcionará el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
➢ Acreditar la propiedad o la posesión a título de dueño del terreno en donde se vaya ejecutar la obra, en su caso.
Para llevar a cabo las acciones de preinversión, presupuesto, programa de obra o proyecto ejecutivo, a solicitud de “EL GOBIERNO DEL ESTADO” se podrá suscribir un Anexo Técnico que determine una primera asignación de recursos económicos.
7.- Por lo que se refiere a los programas del Eje de Instancias de Coordinación, lo siguiente:
➢ Los programas y acciones que se habrán de instrumentar en materia de Profesionalización; Equipamiento de Personal y de Instalaciones; Construcción, Mejoramiento o Ampliación de Instalaciones de la Procuraduría General de Justicia del Estado, así como los Programas de Capacitación y Formación del personal al servicio del Tribunal Superior de Justicia del Estado; de Equipamiento de Instalaciones; y de Construcción, Mejoramiento o Ampliación de Instalaciones del Tribunal Superior de Justicia del Estado, conforme a los requisitos señalados en los numerales anteriores de la presente cláusula, según corresponda.
8.- Por lo que se refiere a los programas relativos al Eje de Combate al Narcomenudeo, lo siguiente:
a) Respecto del Programa de Prevención del Delito por la Vía de la Prevención de las Adicciones y del Narcomenudeo:
➢ Los proyectos y acciones que se habrán de instrumentar en la materia, precisando: el número de exámenes de evaluación de los policías estatales preventivos y municipales en activo a asignarse a las Unidades Mixtas de Atención al Narcomenudeo (UMAN); el número de policías estatales preventivos y municipales a asignarse a las UMAN sujetos a formación; el número de policías estatales preventivos y municipales asignados a las UMAN sujetos a capacitación especializada en academias regionales; el número de policías estatales preventivos y municipales de las UMAN sujetos a capacitación en el Centro de Actualización Lagartos; el número y desglose por tipo de piezas de equipamiento a ser adquiridas para policía estatal preventivo y policía municipal asignados a las UMAN; la cantidad y especificaciones técnicas del software y equipo para los sistemas nacionales de llamadas de emergencia 066 y 089 de denuncia anónima; el número de exámenes de evaluación a realizarse al personal asignado a las UMAN; el número de elementos de las UMAN propuestos al otorgamiento de dotaciones complementarias por asignación y/o capacitación; los datos correspondientes a la ejecución del “Programa de Seguridad Integral en las Comunidades Educativas” y otros, con la participación de la SEP y el SNTE; el número de programas a apoyar de prevención del delito por la vía de la colaboración en prevención del consumo temprano de alcohol, del consumo de drogas, de la adicción a la drogas y del narcomenudeo, así como el número de alianzas y redes de instituciones públicas, sociales y privadas a conformar en estos ámbitos; y los mecanismos de seguimiento y evaluación de todos y cada uno de ellos, así como los informes de evaluación;
b) Respecto del Programa de Prevención del Delito por la Vía de la Rehabilitación de Adictos a Drogas:
➢ Los proyectos y acciones que se habrán de instrumentar en la materia, precisando: el número de programas para el fomento de servicios públicos de rehabilitación de adictos a drogas a poner en marcha o a expandir; el número de centros públicos de rehabilitación para población abierta a crear y a operar; el número de servicios públicos de rehabilitación a crear y a operar en ceresos; el número de servicios públicos de rehabilitación a crear y a operar para menores infractores; el
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número de personal de centros públicos de rehabilitación a capacitar; el número de programas a desplegar para dar impulso a la participación ciudadana, precisando las campañas de difusión a desplegar para dar a conocer la disponibilidad de servicios públicos y sociales de rehabilitación; las acciones de concertación social a desplegar con los sectores público, social y privado para impulsar la rehabilitación; y los mecanismos de seguimiento y evaluación de todos y cada uno de ellos, así como los informes de evaluación; y
c) Respecto del Programa de Colaboración Técnica y Operativa para la Coordinación de Acciones Conjuntas e Integrales en la Investigación y Persecución del Delito de Narcomenudeo; y en la Desarticulación de Redes Delictivas:
➢ Los proyectos y acciones que se habrán de instrumentar en la materia, precisando: el número de exámenes de evaluación de policías judiciales o sus equivalentes, ministerios públicos y peritos en activo a asignarse a las UMAN; el número de policías judiciales o sus equivalentes, ministerios públicos y peritos a asignarse a las UMAN sujetos a formación; el número de policías judiciales o sus equivalentes, ministerios públicos y peritos de las UMAN sujetos a capacitación especializada en academias regionales; el número de policías judiciales o sus equivalentes, ministerios públicos y peritos de las UMAN sujetos a capacitación en el Centro de Actualización Lagartos; el número de piezas de equipamiento y desglose por tipo, a ser adquiridas para policía judicial o su equivalente, para ministerio público, y para perito, activos asignados a las UMAN; el número de piezas de equipo y desglose por tipo a adquirirse para las instalaciones de las UMAN; la cantidad y especificaciones técnicas del software y equipo para los sistemas nacionales de llamadas de emergencia 066 y 089 de denuncia anónima; la cantidad de equipo de comunicaciones y software para la Red Nacional de Telecomunicaciones con sus especificaciones técnicas; la cantidad y especificaciones técnicas del software y equipo a adquirir para vincular a las UMAN al Sistema Nacional de Información; la cantidad y naturaleza de proyectos, obras, servicios y equipamiento fijo para dotar de infraestructura a las UMAN; la cantidad de operativos policiacos conjuntos de reacción y de investigación; el número de personal sujeto a evaluación; el número de elementos de las UMAN propuestos al otorgamiento de dotaciones complementarias por asignación y/o capacitación; los programas de capacitación del Tribunal Superior de Justicia en narcomenudeo que serán apoyados financieramente y el monto del apoyo específico para cada uno, y los mecanismos de seguimiento y evaluación de todos y cada uno de ellos, así como los informes de evaluación.
➢ Las acciones que se habrán de instrumentar y apoyar para promover la Participación de la Comunidad en Materia de Combate al Narcomenudeo, identificando los programas, municipios o ciudades en los que preferentemente se realizarán las acciones, montos de recursos asignados con sus correspondientes desgloses de conceptos por rubro de gasto y los indicadores cuantificables de desempeño y de resultados.
➢ Los programas de Operativos Conjuntos de Investigación y Combate al Narcomenudeo a desarrollarse con otras instituciones o corporaciones federales y/o estatales y/o municipales de reacción y de investigación y persecución de estos delitos, identificando: objetivos; municipios o ciudades en los que preferentemente se realizarán las acciones; fuerzas involucradas; montos de recursos que se asignan para esos fines y su desglose por concepto de gasto, así como los indicadores cuantificables de desempeño y de resultados en: operativos conjuntos de investigación para el aseguramiento de personas, de substancias prohibidas y de instalaciones utilizadas para el acopio, venta o consumo de las mismas; y de órdenes de aprehensión ejecutadas en apoyo de las autoridades del orden federal relacionadas con delitos contra la salud; y en caso de adquisición de equipo para este objetivo, la cantidad, unidad de medida, costo unitario, costo total y características de los bienes a programar, así como la determinación del área responsable de los mismos, conforme a los cuadros descriptivos de bienes que proporcionará el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
➢ En adición a lo anterior y por lo que respecta específicamente a Profesionalización; Equipamiento para la Seguridad Pública; Red Nacional de Telecomunicaciones, Sistema Nacional de Atención de Llamadas de Emergencia 066 y Sistema Nacional de Denuncia Anónima 089; Sistema Nacional de Información; Infraestructura para la Seguridad Pública; Instancias de Coordinación (Procuradurías Generales de Justicia y Tribunales Superiores de Justicia); Operativos Conjuntos; Participación de la Comunidad en la Seguridad Pública, y Seguimiento y Evaluación, la información que se ha convenido aportar en los numerales 1, 2, 3, 4, 6, 7, 9, 10 y 11 de la presente cláusula, respectivamente.
18 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 20 xx xxxxx de 2006
9.- Por lo que se refiere a los programas relativos al Eje de Operativos Conjuntos, lo siguiente:
➢ Los programas y acciones que se habrán de instrumentar en la materia; los municipios o ciudades que habrán de ser atendidas con éstos y la población beneficiada; y en caso de adquisición de equipo para este objetivo, la cantidad, unidad de medida, costo unitario, costo total y características de los bienes a programar, así como la determinación del área responsable de los mismos, conforme a los cuadros descriptivos de bienes que proporcionará el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
10.- Por lo que hace a los programas correspondientes al Eje de Participación de la Comunidad en la Seguridad Pública, lo siguiente:
➢ Las acciones que se habrán de instrumentar y apoyar para promover la participación de la sociedad en las acciones de seguridad pública y su programa anual.
11.- Por lo que hace a los programas correspondientes al Eje de Seguimiento y Evaluación, lo siguiente:
➢ Los programas para mantener actualizados los mecanismos operativos del sistema de seguimiento; así como proporcionar al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública la información, en forma periódica y oportuna, para el seguimiento y evaluación de los avances físico-financieros de los programas convenidos en los anexos técnicos respectivos.
QUINTA.- De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Coordinación Fiscal, los recursos que corresponden a la entidad provenientes del “Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal”, le serán enterados a “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, mensualmente, en los primeros diez meses del año, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de manera ágil y directa, sin más limitaciones ni restricciones que las que se establecen en las disposiciones legales aplicables.
SEXTA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, en términos de lo establecido en el artículo 46 de la Ley de Coordinación Fiscal, administrará y ejercerá los recursos a que se refiere la cláusula novena del presente Convenio, conforme a sus propias leyes y bajo su estricta responsabilidad, registrándolos como ingresos propios destinados a los fines establecidos en el presente instrumento desde que son recibidos, hasta su erogación total, quedando la supervisión y control bajo responsabilidad de sus autoridades de control y supervisión internas, para lo cual se compromete a asegurar la intervención de su Organo Interno de Control.
Asimismo, “LA SECRETARIA” y “EL GOBIERNO DEL ESTADO” en cumplimiento a lo dispuesto en las fracciones II y V del artículo 9o. fracción III del artículo 15, y fracción III del artículo 17 de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como del artículo 45 de la Ley de Coordinación Fiscal y a los acuerdos y resoluciones emanados del Consejo Nacional de Seguridad Pública, convienen en aplicar recursos para realizar acciones específicas en materia de seguimiento y evaluación respecto de los programas y acciones instrumentadas en el marco de este Convenio. Para tal efecto, las partes suscribirán el Anexo Técnico correspondiente, mismo que formará parte de este instrumento.
En el mismo Anexo Técnico, las partes convendrán los mecanismos e indicadores para la evaluación de los Ejes, Programas y Acciones objeto del presente Convenio.
SEPTIMA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO” acuerda mantener la administración de los recursos provenientes del “Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal”, y los que aporte a través del Fideicomiso Estatal constituido para tal fin.
OCTAVA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO” bajo su absoluta responsabilidad, con apego a lo dispuesto por el artículo 45 de la Ley de Coordinación Fiscal, podrá reprogramar los recursos acordados en los anexos técnicos de este Convenio, hacia otras acciones dentro de un mismo Eje, o hacia otras acciones de otros Ejes, modificando en su caso las metas correspondientes, mediante acuerdo con justificación que para este efecto tome el Consejo Estatal de Seguridad Pública, o el Comité Técnico del Fideicomiso “Fondo de Seguridad Pública del Estado de San Xxxx Potosí (FOSEG); en cuyo caso, deberá notificarlo para fines de registro al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, dentro de los 30 días naturales siguientes a la Sesión, remitiendo copia del acta en que se tomó el Acuerdo, los cuadros de montos y metas anterior y modificado, la información que sirvió de base o justificación para el Acuerdo referido, y los cuadros descriptivos o cédulas técnicas correspondientes, según corresponda, en los casos de los anexos técnicos del Eje de Equipamiento para la Seguridad Pública, e Infraestructura para la Seguridad Pública y la Red Nacional de Telecomunicaciones, Sistema Nacional de Atención de Llamadas de Emergencia 066 y Sistema Nacional de Denuncia Anónima 089, así como indicando si corresponde a economías por cumplimiento de metas o por saldos no aplicados.
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Las partes convienen que las reprogramaciones a que se refiere el párrafo anterior, no podrán llevarse a cabo, cuando la transferencia de recursos implique ampliación de montos convenidos en los programas de Dotaciones Complementarias, de los anexos técnicos de los Ejes de Profesionalización y de Instancias de Coordinación. Asimismo, convienen que los recursos asignados a los Programas del Eje de Combate al Narcomenudeo, sólo podrán reprogramarse entre acciones del mismo Eje.
Las partes convienen que los recursos no ejercidos de años anteriores, en caso de que deban ser reprogramados, se aplicará lo establecido en los párrafos anteriores, dejando sin efecto cualquier otra mecánica establecida con anterioridad.
Invariablemente las reprogramaciones de recursos se deberán registrar y aplicar contablemente en el ejercicio correspondiente, informando al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública a través de los mecanismos establecidos para el efecto.
NOVENA.- De conformidad con la Ley de Coordinación Fiscal; el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006 y de acuerdo a los criterios de asignación y fórmula de distribución aprobados por el Consejo Nacional de Seguridad Pública en su XX Sesión celebrada el 30 de enero de 2006 y, que fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación el 31 de enero de 2006, se destinan del “Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal”, a favor de “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, recursos por un monto de $147’240,596.00 (ciento cuarenta y siete millones doscientos cuarenta mil quinientos noventa y seis pesos 00/100 moneda nacional).
Los recursos serán enterados a “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, conforme al procedimiento señalado en la cláusula quinta de este instrumento. Dichos recursos serán depositados por el Gobierno Federal en la cuenta que determine la Secretaría de Finanzas de “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, procediendo a remitir el recibo más eficaz que en derecho proceda a favor de la Tesorería de la Federación, por cada ministración que realice. Asimismo, la Secretaría de Finanzas de “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, procederá a depositar los recursos recibidos en la cuenta de la Institución Fiduciaria (FOSEG), en un plazo no mayor a 72 horas posteriores a su recepción.
“EL GOBIERNO DEL ESTADO”, por su parte aportará al Fideicomiso Estatal recursos con cargo a su propio presupuesto por un monto de $50’000,000.00 (cincuenta millones de pesos 00/100 moneda nacional). Dichas aportaciones serán realizadas conforme al mismo calendario en que la Secretaría de Finanzas deposite al FOSEG los recursos federales recibidos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, provenientes del “Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal” (FASP).
“EL GOBIERNO DEL ESTADO” tomará las provisiones para que la Secretaría de Finanzas, efectúe el cumplimiento debido a lo pactado en los párrafos anteriores.
Asimismo, “EL GOBIERNO DEL ESTADO” conviene en girar instrucciones al Fiduciario, por conducto del Comité Técnico del Fideicomiso “Fondo de Seguridad Pública del Estado de San Xxxx Potosí” (FOSEG), para que continúe manteniendo identificados por separado los recursos provenientes de las aportaciones federales, de los aportados con cargo al presupuesto de la entidad.
Las aportaciones referidas, se podrán incrementar con las que, en su oportunidad, hagan los gobiernos Federal, Estatal y municipales para fortalecer los Ejes, estrategias y acciones en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Dichas aportaciones serán con cargo a sus propios presupuestos; o bien, de los que reciban del “Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal”.
Igualmente, el patrimonio fideicomitido se podrá incrementar, con aquellas aportaciones que, en su oportunidad, efectúen personas físicas x xxxxxxx para el fortalecimiento de las acciones materia de este Convenio, previa aceptación de “EL GOBIERNO DEL ESTADO”.
DECIMA.- El Comité Técnico del Fideicomiso “Fondo de Seguridad Pública del Estado de San Xxxx Potosí” (FOSEG) acordará el destino de los productos financieros generados por el patrimonio fideicomitido, teniendo siempre en cuenta los siguientes conceptos: para cubrir los servicios del Fiduciario, así como para alcanzar y/o ampliar las metas programadas y acciones materia de este Convenio.
DECIMA PRIMERA.- De conformidad a lo dispuesto en el artículo 9o. fracción VI de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, se compromete a tomar las medidas necesarias para la realización de acciones y operativos, en su caso, de manera conjunta con las autoridades de seguridad pública federales y municipales, que redunden en una mayor seguridad de los habitantes del Estado de San Xxxx Potosí.
20 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 20 xx xxxxx de 2006
“EL GOBIERNO DEL ESTADO” proveerá lo necesario a efecto de participar en forma activa en las Conferencias Nacionales a que se refiere el artículo 13 de la Ley General referida, así como en las Reuniones Regionales en Materia de Seguridad Pública en las que sea convocado, instrumentando, en su caso, en el ámbito de sus atribuciones y con pleno respeto a su Soberanía, los acuerdos y programas que en esos foros se convengan.
En los supuestos en que sea necesario atender factores que incidan en la seguridad pública, distintos a los atribuidos al Poder Ejecutivo y, en los casos en que se involucren otros poderes y diversas autoridades de “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, o bien de otra entidad, se firmarán los convenios a que se refiere el artículo 4o. de la Ley General en mención.
DECIMA SEGUNDA.- A fin de consolidar la operación y funcionamiento del Sistema Nacional de Información sobre Seguridad Pública y el Registro Público Vehicular, “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, proporcionará al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública en la forma y términos solicitados por éste, la información que requiera para mantener actualizados los registros y bases de datos nacionales a que se refiere el capítulo IV del título segundo, y el artículo 54 de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el artículo 3 de la Ley del Registro Público Vehicular y el Reglamento de los Servicios de Seguridad Privada, así como los registros de información que hayan sido acordados por el Consejo Nacional de Seguridad Pública y la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia.
Para los efectos a que se refiere el párrafo anterior, las partes se comprometen a realizar las acciones y metas establecidas en los correspondientes anexos técnicos.
En lo relativo a la adquisición de sistemas, software, hardware, servicios y productos relacionados con los mismos, se procurará la innovación tecnológica y la adquisición de tecnología de punta, actuando siempre bajo criterios que maximicen la capacidad instalada, la interoperatividad de equipos y sistemas, así como la rentabilidad de los proyectos en términos de eficiencia y eficacia, evitando la dependencia tecnológica a una marca o proveedor; sin perjuicio, del cumplimiento a lo dispuesto por la legislación en materia de adquisición de bienes y servicios que resulte aplicable.
DECIMA TERCERA.- A fin de consolidar la operación y funcionamiento de la Red Nacional de Telecomunicaciones, el Servicio Telefónico Nacional de Emergencia y el Servicio de Denuncia Anónima, “EL GOBIERNO DEL ESTADO” se compromete a ampliar la cobertura y garantizar la disponibilidad de los servicios que brinda la Red Nacional de Telecomunicaciones a las instituciones dedicadas a la seguridad pública y a la ciudadanía.
Para los efectos a que se refiere el párrafo anterior, las partes se comprometen a realizar las acciones y metas establecidas en los correspondientes anexos técnicos.
En lo relativo a la adquisición de bienes, sistemas, software, hardware, servicios y productos relacionados con los mismos, se aplicarán los criterios expresados en el último párrafo de la cláusula precedente.
XXXXXX XXXXXX.- “LA SECRETARIA”, por conducto del Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, promoverán y adoptarán las medidas complementarias que se requieran para el cumplimiento del presente Convenio.
XXXXXX XXXXXX.- “LA SECRETARIA” y “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, tendrán la prerrogativa para ocurrir ante las autoridades correspondientes, en caso de incumplimiento de cualesquiera de las obligaciones pactadas en el presente Convenio o en sus anexos técnicos.
DECIMA SEXTA.- Este Convenio se publicará en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de San Xxxx Potosí y entrará en vigor a partir de la fecha de su suscripción.
El presente Convenio de Coordinación en Materia de Seguridad Pública 2006 se firma, por triplicado, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los seis días del mes xx xxxxx de dos mil seis.- Por la Secretaría: el Secretario de Seguridad Pública y Presidente del Consejo Nacional de Seguridad Pública, Xxxxxxx Xxxxxx-Xxxx Xxxxx.- Rúbrica.- El Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador Constitucional del Estado de San Xxxx Potosí, Xxxxxxx de los Xxxxxx Xxxxx.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas, Xxxx Xxxxxx Xxxxxx.- Rúbrica.- El Procurador General de Justicia del Estado, Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx.- Rúbrica.- El Oficial Mayor, Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx.- Rúbrica.- El Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública, Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx.- Rúbrica.
Jueves 20 xx xxxxx de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 21
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
OFICIO mediante el cual se dan a conocer a los almacenes generales de depósito, arrendadoras financieras, casas de bolsa, casas de cambio, empresas de factoraje financiero, sociedades de inversión, uniones de crédito, bolsas de futuros y opciones, bolsa de valores, cámaras de compensación, contrapartes centrales e instituciones para el depósito de valores, las cuotas anual y mensual que deberán pagar por concepto de los servicios de inspección y vigilancia que presta la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Dirección General de Seguros y Valores.- 366-III-DG-050.
Almacenes generales de depósito, arrendadoras financieras, casas de bolsa, casas de cambio, empresas de factoraje financiero, sociedades de inversión, uniones de crédito, bolsas de futuros y opciones, bolsa de valores, cámaras de compensación, contrapartes centrales e instituciones para el depósito de valores.
Esta Secretaría con fundamento en los artículos 32 fracción XVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, 29-D fracciones I, II, V, VI, VII, XI y XIII, 29-E fracciones II, III, IV, V y XII, 29-I último párrafo de la Ley Federal de Derechos y 18 de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, considerando la información proporcionada por la citada Comisión, les da a conocer como facilidad administrativa las cuotas anual y mensual que deberán pagar por concepto de los servicios de inspección y vigilancia que presta la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, correspondientes al año 2006, de acuerdo a la relación que se anexa al presente.
Dichas cuotas computarán a partir del 1 de enero del presente año, debiendo enterarse por adelantado el primer día hábil de cada mes en las oficinas de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 28 xx xxxxx de 2006.- El Director General, Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx.- Rúbrica. 29-D I. Almacenes Generales de Depósito
(Pesos)
Institución | Cuota de Inspección y Vigilancia 2006 | ||
Anual | Mensual | ||
1 | ALMACENADORA ACCEL, S.A. | 878,174.00 | 73,182.00 |
2 | ALMACENADORA AFIRME, S.A. DE C.V. | 264,792.00 | 22,066.00 |
3 | ALMACENADORA BANORTE, S.A. DE C.V. | 108,632.00 | 9,053.00 |
4 | ALMACENADORA DE DEPOSITO MODERNO, S.A. DE C.V. | 296,247.00 | 24,688.00 |
5 | ALMACENADORA XXX XXXXX DE MEXICO, S.A. DE C.V. | 96,452.00 | 8,038.00 |
6 | ALMACENADORA GENERAL, S.A. | 106,338.00 | 8,862.00 |
7 | ALMACENADORA XXXXX, S.A. DE C.V. | 133,605.00 | 11,134.00 |
8 | ALMACENADORA INTER-AMERICANA, S.A. DE C.V. | 59,576.00 | 4,965.00 |
9 | ALMACENADORA XXXXXX & XXXXX, S.A. DE C.V. | 80,401.00 | 6,701.00 |
10 | ALMACENADORA LOGISTICA EMPRESARIAL, S.A. | 92,948.00 | 7,746.00 |
00 | XXXXXXXXXXXX XXXXXXXX, X.X. | 687,245.00 | 57,271.00 |
12 | ALMACENADORA MEXICO, S.A. DE C.V. | 222,390.00 | 18,533.00 |
00 | XXXXXXXXXXXX XXXXXXXX XXX XXXXX, X.X. DE C.V. | 556,371.00 | 46,365.00 |
14 | ALMACENADORA REGIONAL MEXICANA, S.A. DE C.V. | 118,831.00 | 9,903.00 |
22 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 00 xx xxxxx xx 0000
00 | XXXXXXXXXXXX XXX, X.X. DE C.V. | 347,836.00 | 28,987.00 |
16 | ALMACENADORA TRANSUNISA, S.A. DE C.V. | 53,870.00 | 4,490.00 |
00 | XXXXXXXXX XXXXXXXXX XX XXXXXXXX XXX XXXXX, X.X. DE C.V. | 56,156.00 | 4,680.00 |
00 | XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXX XXXXX, X.X. DE C.V. | 118,117.00 | 9,844.00 |
19 | GRUPO ALMACENADOR MEXICANO, S.A. DE C.V. | 93,753.00 | 7,813.00 |
20 | LOGYX ALMACENADORA, S.A. DE C.V. | 320,114.00 | 26,677.00 |
- | |||
Total | 4,691,848.00 |
29-D II. Arrendadoras Financieras (Pesos)
Institución | Cuota de Inspección y Vigilancia 2006 | ||
Anual | Mensual | ||
1 | ARFINSA- LEASE, S.A. DE C.V. | 73,930.00 | 6,161.00 |
2 | ARRENDADORA AFIRME, S.A. DE C.V. | 578,081.00 | 48,174.00 |
3 | ARRENDADORA AGIL, S.A. DE C.V. | 226,113.00 | 18,843.00 |
4 | ARRENDADORA ASECAM, S.A. DE C.V. | 72,885.00 | 6,074.00 |
5 | ARRENDADORA ATLAS, S.A. | 308,548.00 | 25,713.00 |
6 | ARRENDADORA BANAMEX, S.A. DE C.V. | 1,465,766.00 | 122,148.00 |
7 | ARRENDADORA BANOBRAS, S.A. DE C.V. | 904,197.00 | 75,350.00 |
8 | ARRENDADORA BANORTE, S.A. DE C.V. | 1,812,965.00 | 151,081.00 |
9 | ARRENDADORA BANREGIO, S.A. DE C.V. | 357,670.00 | 29,806.00 |
00 | XXXXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, X.X. C.V. | 745,823.00 | 62,152.00 |
11 | ARRENDADORA DAIMLERCHRYSLER, S.A. DE C.V. | 53,870.00 | 4,490.00 |
12 | ARRENDADORA FINANCIERA ASSOCIATES, S.A. DE C.V. | 53,870.00 | 4,490.00 |
13 | ARRENDADORA FINANCIERA BANCRECER, S.A. DE C.V. | 87,959.00 | 7,330.00 |
00 | XXXXXXXXXXX XXXXXXXXXX XXX XXXXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 53,870.00 | 4,490.00 |
15 | ARRENDADORA FINANCIERA INBURSA, S.A. DE C.V. | 92,317.00 | 7,694.00 |
00 | XXXXXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXX, S.A. DE C.V. | 583,696.00 | 48,642.00 |
17 | ARRENDADORA FINANCIERA MIFEL, S.A. DE C.V. | 84,843.00 | 7,071.00 |
18 | ARRENDADORA FINANCIERA NAVISTAR, S.A. DE C.V. | 845,501.00 | 70,459.00 |
19 | ARRENDADORA GBM, S.A. DE C.V. | 53,870.00 | 4,490.00 |
20 | ARRENDADORA XXXX XXXXX, S.A. DE C.V. | 812,189.00 | 67,683.00 |
21 | ARRENDADORA VALMEX, S.A. DE C.V. | 210,905.00 | 17,576.00 |
22 | ARRENDADORA VE POR MAS, S.A. | 78,803.00 | 6,567.00 |
23 | CATERPILLAR ARRENDADORA FINANCIERA, S.A. DE C.V. | 2,337,117.00 | 194,760.00 |
24 | CORPORACION FINANCIERA DE ARRENDAMIENTO, S.A. DE C.V. | 53,870.00 | 4,490.00 |
25 | GE CAPITAL LEASING, S.A. DE C.V. | 1,925,654.00 | 160,472.00 |
26 | IXE ARRENDADORA, S.A. DE C.V. | 139,144.00 | 11,596.00 |
27 | MULTIVALORES ARRENDADORA, S.A. DE C.V. | 139,429.00 | 11,620.00 |
28 | PACCAR ARRENDADORA FINANCIERA, S.A. DE C.V. | 902,191.00 | 75,183.00 |
29 | THE CAPITA CORPORATION DE MEXICO, S.A. DE C.V. | 1,238,561.00 | 103,214.00 |
30 | VALUE ARRENDADORA, S.A. DE C.V. | 272,137.00 | 22,679.00 |
Total | 16,565,774.00 |
Jueves 20 xx xxxxx de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 23
29-D X. Xxxxx de Bolsa (Pesos)
Institución | Cuota de Inspección y Vigilancia 2006 | ||
Anual | Mensual | ||
1 | ABN AMRO SECURITIES (MEXICO), S.A. DE C.V. | 1,500,000.00 | 125,000.00 |
2 | ACCIONES Y VALORES BANAMEX, S.A. DE C.V. | 15,058,411.00 | 1,254,868.00 |
3 | ACTINVER CASA DE BOLSA, S.A. DE C.V. | 1,500,000.00 | 125,000.00 |
4 | BANC OF AMERICA SECURITIES, CASA DE BOLSA, S.A. DE C.V. | 1,500,000.00 | 125,000.00 |
5 | CASA DE BOLSA ARKA, S.A. DE C.V. | 2,313,478.00 | 192,790.00 |
6 | CASA DE BOLSA BANAMEX, S.A. DE C.V. | 1,500,000.00 | 125,000.00 |
7 | CASA DE BOLSA BANORTE, S.A. DE C.V. | 3,807,813.00 | 317,318.00 |
8 | CASA DE BOLSA BBVA BANCOMER, S.A. DE C.V. | 6,725,382.00 | 560,449.00 |
9 | CASA DE BOLSA CREDIT SUISSE FIRST BOSTON (MEXICO), S.A. DE C.V. | 1,500,000.00 | 125,000.00 |
10 | CASA DE BOLSA XXXXXXXXX XXXXXX, S.A. DE C.V. | 6,201,901.00 | 516,826.00 |
11 | DEUTSCHE SECURITIES, S.A. DE C.V. | 3,162,055.00 | 263,505.00 |
12 | FINAMEX CASA DE BOLSA, S.A. DE C.V. | 2,943,931.00 | 245,328.00 |
13 | GBM GRUPO BURSATIL MEXICANO, S.A. DE C.V. | 6,146,325.00 | 512,194.00 |
14 | HSBC CASA DE BOLSA, S.A. DE C.V. | 1,678,315.00 | 139,860.00 |
15 | ING (MEXICO), S.A. DE C.V. | 2,110,581.00 | 175,882.00 |
16 | INTERACCIONES CASA DE BOLSA, S.A. DE C.V. | 1,525,283.00 | 127,107.00 |
17 | INVERSORA BURSATIL, S.A. DE C.V. | 9,543,893.00 | 795,325.00 |
18 | INVEX CASA DE BOLSA, S.A. DE C.V. | 7,445,327.00 | 620,444.00 |
19 | IXE CASA DE BOLSA, S.A. DE C.V. | 3,177,219.00 | 264,769.00 |
20 | J.P. XXXXXX CASA DE BOLSA, S.A. DE C.V. | 1,500,000.00 | 125,000.00 |
00 | XXXXXXX XXXXX XXXXXX, S.A. DE C.V. | 1,540,487.00 | 128,374.00 |
22 | MONEX CASA DE BOLSA, S.A. DE C.V. | 8,886,996.00 | 740,583.00 |
23 | MULTIVALORES CASA DE BOLSA, S.A. DE C.V. | 2,415,004.00 | 201,251.00 |
24 | PROTEGO CASA DE BOLSA, S.A. DE C.V. | 1,500,000.00 | 125,000.00 |
25 | SCOTIA INVERLAT CASA DE BOLSA, S.A. DE C.V. | 8,763,598.00 | 730,300.00 |
26 | UBS CASA DE BOLSA, S.A. DE C.V. | 1,500,000.00 | 125,000.00 |
27 | VALORES MEXICANOS CASA DE BOLSA, S.A. DE C.V. | 7,215,303.00 | 601,276.00 |
28 | VALUE, S.A. DE C.V. | 2,850,496.00 | 237,542.00 |
29 | VECTOR CASA DE BOLSA, S.A. DE C.V. | 3,602,381.00 | 300,199.00 |
Total | 119,114,179.00 |
29-D VI. Casas de Cambio (Pesos)
Institución | Cuota de Inspección y Vigilancia 2006 | ||
Anual | Mensual | ||
1 | ARBITRAJE, CASA DE CAMBIO, S.A. DE C.V. | 53,870.00 | 4,490.00 |
2 | ASESORIA CAMBIARIA, CASA DE CAMBIO, S.A. DE C.V. | 180,015.00 | 15,002.00 |
0 | X X X XXXX XX XXXXXX, X.X. DE C.V. | 194,321.00 | 16,194.00 |
4 | BASE INTERNACIONAL CASA DE CAMBIO, S.A. DE C.V. | 730,913.00 | 60,910.00 |
5 | CASA DE CAMBIO CATORCE, S.A. DE C.V. | 179,949.00 | 14,996.00 |
6 | CASA DE CAMBIO MAJAPARA, S.A. DE C.V. | 617,154.00 | 51,430.00 |
7 | CASA DE CAMBIO NUEVO LEON, S.A. DE C.V. | 178,786.00 | 14,899.00 |
8 | CASA DE CAMBIO PLUS, S.A. DE C.V. | 616,233.00 | 51,353.00 |
9 | CASA DE CAMBIO PUEBLA, S.A. DE C.V. | 420,842.00 | 35,071.00 |
10 | CASA DE CAMBIO TAMIBE, S.A. DE C.V. | 262,610.00 | 21,885.00 |
11 | CASA DE CAMBIO TIBER, S.A. DE C.V. | 240,088.00 | 20,008.00 |
24 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 20 xx xxxxx de 2006
12 | CENTRAL DE DIVISAS CASA DE CAMBIO, S.A. DE C.V. | 280,910.00 | 23,410.00 |
13 | CONSULTORIA INTERNACIONAL CASA DE CAMBIO, S.A. DE C.V. | 1,210,987.00 | 100,916.00 |
14 | EUROFIMEX, CASA DE CAMBIO, S.A. DE C.V. | 224,249.00 | 18,688.00 |
15 | FINAMEX CASA DE CAMBIO, S.A. DE C.V. | 228,468.00 | 19,039.00 |
16 | INTERCAM CASA DE CAMBIO, S.A. DE C.V. | 981,376.00 | 81,782.00 |
17 | XXXXXX, CASA DE CAMBIO, S.A. DE C.V. | 354,463.00 | 29,539.00 |
18 | MONEX DIVISAS, S.A. DE C.V. | 336,141.00 | 28,012.00 |
19 | MONEY TRON CASA DE CAMBIO, S.A. DE C.V. | 243,206.00 | 20,268.00 |
00 | XXXXXXXXX XXXXXXXXX X.X.X., XXXX XX XXXXXX, X.X. DE C.V. | 59,052.00 | 4,921.00 |
21 | ORDER EXPRESS CASA DE CAMBIO, S.A. DE C.V. | 270,814.00 | 22,568.00 |
22 | PRODIRA, S.A. DE C.V. | 164,592.00 | 13,716.00 |
23 | RIBADEO CASA DE CAMBIO, S.A. DE C.V. | 239,862.00 | 19,989.00 |
24 | STERLING CASA DE CAMBIO, S.A. DE C.V. | 426,805.00 | 35,568.00 |
25 | VECTOR DIVISAS, S.A. DE C.V. | 515,403.00 | 42,951.00 |
Total | 9,211,109.00 |
29-D VII. Empresas de Factoraje Financiero (Pesos)
Institución | Cuota de Inspección y Vigilancia 2006 | ||
Anual | Mensual | ||
1 | CATERPILLAR FACTORAJE FINANCIERO, S.A. DE C.V. | 53,870.00 | 4,490.00 |
2 | CREDITO REAL, S.A. DE C.V. | 441,640.00 | 36,804.00 |
3 | FACTOR BAJIO, S.A. DE C.V. | 316,640.00 | 26,387.00 |
4 | FACTOR BANORTE, S.A. DE C.V. | 2,278,740.00 | 189,895.00 |
5 | FACTOR BANREGIO, S.A. DE C.V. | 267,372.00 | 22,281.00 |
6 | FACTOR MARGEN, S.A. DE C.V. | 364,856.00 | 30,405.00 |
7 | FACTOR OPTIMO, S.A. DE C.V. | 53,870.00 | 4,490.00 |
8 | FACTORAJE AFIRME, S.A. DE C.V. | 539,625.00 | 44,969.00 |
9 | FACTORAJE MIFEL, S.A. DE C.V. | 810,522.00 | 67,544.00 |
10 | FACTORING COMERCIAL AMERICA, S.A. DE C.V. | 525,282.00 | 43,774.00 |
11 | FACTORING CORPORATIVO, S.A. DE C.V. | 405,872.00 | 33,823.00 |
12 | GE CAPITAL FACTORING, S.A. DE C.V. | 1,445,676.00 | 120,473.00 |
13 | GECDF FACTORAJE, S.A. DE C.V. | 483,410.00 | 40,285.00 |
14 | IPSO FACTORAJE ESPECIALIZADO, S.A. DE C.V. | 53,870.00 | 4,490.00 |
15 | MEX FACTOR, S.A. DE C.V. | 374,255.00 | 31,188.00 |
16 | SERVICIOS DE FACTORAJE ASSOCIATES, S.A. DE C.V. | 53,870.00 | 4,490.00 |
17 | VALUE FACTORAJE, S.A. DE C.V. | 60,732.00 | 5,061.00 |
Total | 8,530,102.00 |
29-D XI. Sociedades de Inversión (Pesos)
Institución | Cuota de Inspección y Vigilancia 2006 | |||
Anual | Mensual | |||
1 | +TASA | +TASA, S.A. DE C.V. | 13,723 | 1,144 |
2 | ACCIAR | ACCIVALMEX ALTA RENTABILIDAD, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
3 | ACCIPAT | ACCIVALMEX PATRIMONIAL, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
4 | ACTICOB | ACTICOBER, S.A. DE C.V. | 246,494 | 20,542 |
5 | ACTCOB2 | ACTICORP, S.A. DE C.V. | 309,320 | 25,777 |
Jueves 20 xx xxxxx de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 25
6 | ACTICRE | ACTICRECE, S.A. DE C.V. | 184,889 | 5,408 |
7 | ACTIDOL | ACTIDOLL, S.A. DE C.V. | 20,767 | 1,731 |
8 | ACTIDOW | ACTIDOW, S.A. DE C.V. | 156,158 | 13,014 |
9 | ACTIEMP | ACTIEMPRE, S.A. DE C.V. | 253,790 | 21,150 |
10 | ACTIEUR | ACTIEURO, S.A. DE C.V. | 26,163 | 2,181 |
11 | ACTIGOB | ACTIGOBER, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
12 | ACTINST | ACTIINSTITUCIONAL, S.A. DE C.V. | 314,894 | 26,242 |
13 | ACTIM | ACTIMAS, S.A. DE C.V. | 272,146 | 22,679 |
14 | ACTIMED | ACTIMED, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
15 | ACTOTAL | ACTINVER TOTAL, S.A. DE C.V. | 22,850 | 1,905 |
16 | ACTIUS | ACTINVER US, S.A. DE C.V. | 20,535 | 1,712 |
17 | ACTIPAT | ACTIPATRIMONIAL, S.A. DE C.V. | 86,159 | 7,180 |
18 | ACTIPLA | ACTIPLAZO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
19 | ACTIPLU | ACTIPLUUS, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
20 | ACTIREN | ACTIRENT, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
21 | ACTIVAR | ACTIVARIABLE, S.A. DE C.V. | 35,993 | 3,000 |
22 | NTE-FD3 | AFIN, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
23 | NTE+DE | AFINCOB, S.A. DE C.V. | 88,983 | 7,416 |
24 | NTE-MD1 | AFINMD, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
25 | NTE-FM1 | AFINPZO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
26 | NTE-FD1 | AFINTR, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
27 | AFIRCOR | AFIRCOR, S.A. DE C.V. | 34,755 | 2,897 |
28 | AFIRMES | AFIRMES, S.A. DE C.V. | 149,041 | 12,421 |
29 | AFIRPLU | AFIRPLUS, S.A. DE C.V. | 189,720 | 15,810 |
30 | AFIRVIS | AFIRVIS, S.A. DE C.V. | 147,842 | 12,321 |
31 | AGROS | AGROS, S.A. DE C.V. | 77,066 | 6,423 |
32 | AGROSID | AGROSID, S.A. DE C.V. | 19,796 | 1,650 |
33 | APOLO4 | APOLO 4, S.A. DE C.V. | 227,298 | 18,942 |
34 | APOLO90 | APOLO 90 DIAS, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
00 | XXXXXX | XXXXX XXXXXX, X.X. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
00 | X-XXXXX | XXXXX XXXXXXXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 128,015 | 10,668 |
00 | XXXXXXX | XXXXX XXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 71,335 | 5,945 |
38 | APOLOM | APOLO MENSUAL, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
39 | F-XXXXX | XXXXX PATRIMONIAL PLUS, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
00 | XXXXX0X | XXXXX XXXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 15,428 | 1,286 |
41 | DOMINIO | BANK OF AMERICA FONDO MULTISERIES, S.A. DE C.V. | 164,771 | 13,731 |
00 | XXXX-0 | XXXX XX XXXXXXX XXXXX XX XXXXXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 279,805 | 23,318 |
00 | XXXX-X | XXXX XX XXXXXXX XXXXX XX XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 30,818 | 2,569 |
44 | BOFA-3 | BANK OF AMERICA FONDO DE CRECIMIENTO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
45 | BOFA-2 | BANK OF AMERICA FONDO DE LIQUIDEZ PLUS, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
46 | BOFA-1 | BANK OF AMERICA FONDO DE LIQUIDEZ, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
47 | BOFA-P | BANK OF AMERICA FONDO DE PROTECCION PATRIMONIAL, S.A. DE C.V. | 25,915 | 2,160 |
48 | BOFA-5 | BANK OF AMERICA FONDO ESTRATEGICO, S.A. DE C.V. | 153,575 | 12,798 |
49 | NTE+EMP | BANOREM, S.A. DE C.V. | 242,770 | 20,231 |
50 | BOFA-G | BOSTON FONDO GUBERNAMENTAL, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
51 | BOFA-I | BOSTON FONDO INSTITUCIONAL, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
52 | XXXXXXX | XXXXXXXXXXXX, S.A. DE C.V. | 53,653 | 4,472 |
53 | BPLAZO | BURSAPLAZO, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
54 | CITIFLE | CITIACCIONES FLEXIBLE, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
26 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 20 xx xxxxx de 2006
55 | CITIPAT | CITIACCIONES PATRIMONIAL, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
56 | ARKACOR | CUENTA CORPORATIVA ARKA, S.A. DE C.V. | 35,910 | 2,993 |
57 | FINDE1 | FINDE 1, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
58 | FIRME | FIRME, S.A. DE C.V. | 23,635 | 1,970 |
59 | FOMCHIA | FOMENTO AGROPECUARIO Y FORESTAL DE CHIAPAS, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
60 | F-BOLSA | FONDO ACCIONES FINAMEX, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
61 | ACCIVAL | FONDO ACCIVALMEX, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
62 | ADCION1 | FONDO ADICION 1, S.A. DE C.V. | 90,173 | 7,515 |
00 | XXXXXXX | XXXXX XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
00 | XXXXXXX | XXXXX XXXX, X.X. DE C.V. | 13,347 | 1,113 |
65 | NTE-FM2 | FONDO BANCRECER PLUS, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
66 | NTE+DJ | FONDO BANPAIS DIAMANTE, S.A. DE C.V. | 138,986 | 11,583 |
67 | NTE-FD2 | FONDO BANPAIS, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
68 | BMERAHO | FONDO BBVA BANCOMER AHORRO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
69 | DIVER-B | FONDO BBVA BANCOMER BIENESTAR, S.A. DE C.V. | 54,634 | 4,553 |
70 | BMERCAP | FONDO BBVA BANCOMER CAPITALES, S.A. DE C.V. | 176,419 | 14,702 |
71 | BMERCRE | FONDO BBVA BANCOMER CRECIMIENTO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
72 | BMERGOB | FONDO BBVA BANCOMER DEUDA CAJA, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
00 | XXXXXXX | XXXXX XXXX XXXXXXXX XXXXX XX XXXXX XXXXX, X.X. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
74 | BMERDIN | FONDO BBVA BANCOMER DEUDA DINERO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
75 | BMERDOL | FONDO BBVA BANCOMER DEUDA DOLARES, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
76 | F-PYME | FONDO BBVA BANCOMER DEUDA EMPRESAS, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
77 | FONDO BBVA BANCOMER DEUDA FLEXIBLE DOS, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 | |
78 | BMERFLE | FONDO BBVA BANCOMER DEUDA FLEXIBLE, S.A. DE C.V. | 178,758 | 14,897 |
79 | BMERTES | FONDO BBVA BANCOMER DEUDA GUBERNAMENTAL DE CORTO PLAZO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
80 | FNOMINA | FONDO BBVA BANCOMER DEUDA GUBERNAMENTAL, S.A. DE C.V. | 296,611 | 24,718 |
81 | BMERHOR | FONDO BBVA BANCOMER DEUDA HORIZONTE, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
82 | BMERUSD | FONDO BBVA BANCOMER DEUDA INVERSION DE LARGO PLAZO EN MONEDA EXTRANJERA, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
83 | BMERLP | FONDO BBVA BANCOMER DEUDA LARGO PLAZO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
84 | BMERLIQ | FONDO BBVA BANCOMER DEUDA LIQUIDO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
85 | TRIPLE | FONDO BBVA BANCOMER DEUDA PLAZO DOS, S.A. DE C.V. | 68,747 | 5,729 |
86 | BMERPZO | FONDO BBVA BANCOMER DEUDA PLAZO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
87 | DIVER-E | FONDO BBVA BANCOMER ESTABILIDAD, S.A. DE C.V. | 39,358 | 3,280 |
88 | TRIPLE3 | FONDO BBVA BANCOMER ESTRATEGICO DEUDA, S.A. DE C.V. | 75,920 | 6,327 |
89 | DIVER-D | FONDO BBVA BANCOMER ESTRATEGICO VARIABLE, S.A. DE C.V. | 27,477 | 2,290 |
90 | TRIPLE2 | FONDO BBVA BANCOMER ESTRUCTURADO DOS, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
Jueves 20 xx xxxxx de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 27
91 | TRIPLE1 | FONDO BBVA BANCOMER ESTRUCTURADO INVERSION, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
92 | TRIPRV2 | FONDO BBVA BANCOMER ESTRUCTURADO VARIABLE DOS, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
93 | TRIPRV1 | FONDO BBVA BANCOMER ESTRUCTURADO VARIABLE, S.A. DE C.V. | 20,112 | 1,676 |
94 | BMERE50 | FONDO BBVA BANCOMER EUROTOP, S.A. DE C.V. | 32,782 | 2,732 |
95 | BMERIND | FONDO BBVA BANCOMER INDIZADO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
96 | BMERDIV | FONDO BBVA BANCOMER INTERNACIONAL INVERSION EN MONEDA EXTRANJERA, S.A. DE C.V. | 14,549 | 1,213 |
97 | BMERUSM | FONDO BBVA BANCOMER INTERNACIONAL US MARKET, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
98 | BMERMDD | FONDO BBVA BANCOMER MERCADO DE DINERO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
99 | BMERBAL | FONDO BBVA BANCOMER MIXTO, S.A. DE C.V. | 47,615 | 3,968 |
100 | BMERPAT | FONDO BBVA BANCOMER PATRIMONIAL, S.A. DE C.V. | 144,774 | 12,065 |
101 | BMERPRE | FONDO BBVA BANCOMER PREVISIONAL, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
102 | DIVER-R | FONDO BBVA BANCOMER RENTABILIDAD, S.A. DE C.V. | 50,600 | 4,217 |
103 | BMERTOP | FONDO BBVA BANCOMER TOP 10, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
104 | DIVER-T | FONDO BBVA BANCOMER TRANQUILIDAD, S.A. DE C.V. | 75,920 | 6,327 |
105 | GFBFUDI | FONDO BBVA BANCOMER UNIDADES DE INVERSION, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
106 | BMERUSA | FONDO BBVA BANCOMER USA, S.A. DE C.V. | 231,540 | 19,295 |
107 | FONDO BBVA BANCOMER VARIABLE FLEXIBLE DOS, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 | |
108 | FONDO BBVA BANCOMER VARIABLE FLEXIBLE UNO, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 | |
109 | STEREUR | FONDO BP BASICO, S.A. DE C.V. | 64,579 | 5,382 |
000 | XXXXXXX | XXXXX XX XXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
111 | DINSTE4 | FONDO BP MEDIO, S.A. DE C.V. | 185,552 | 15,463 |
000 | XXXXXXX | XXXXX XXXXXXXX XXXXX, X.X. DE C.V. | 175,647 | 14,638 |
000 | XXXXXXX | XXXXX XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 60,434 | 5,037 |
114 | FAMI | FONDO DE APOYO AL MERCADO INTERMEDIO, S.A. DE C.V. | 102,589 | 8,550 |
000 | XXXXXXX | XXXXX XX XXXXXXX XXXX, X.X. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
116 | INVERPA | FONDO DE CAPITAL INVERPATRI I, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
117 | NAFM-EX | FONDO DE CONSERVACION PATRIMONIAL NAFINSA, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
118 | FONSER1 | FONDO DE DEUDA PLUS, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
000 | XXXXXXX | FONDO DE DINERO 1 BANAMEX, S.A. DE C.V. | 40,024 | 3,336 |
120 | DINBUR2 | FONDO DE DINERO EMPRESARIAL INBURSA, S.A. DE C.V. | 110,968 | 9,248 |
000 | XXXXXX0 | XXXXX XX XXXXXX XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
000 | XXXXXXX | XXXXX XX XXXXXX XXXXXX, X.X. DE C.V. | 19,094 | 1,592 |
000 | XXXXXX | XXXXX XX XXXXXXXX XXXX, X.X. DE C.V. | 155,936 | 12,995 |
000 | XXXXXX | XXXXX XX XXXXXXX XXXX, X.X. DE C.V. | 285,189 | 23,766 |
000 | XXXX-X | XXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
28 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 20 xx xxxxx de 2006
126 | FIVER | FONDO DE INVERSION VERACRUZ, S.A. DE C.V. | 17,473 | 1,457 |
127 | FONBNM | FONDO DE INVERSIONES BANAMEX, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
128 | NAFINDX | FONDO DE PROMOCION BURSATIL, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
129 | ST&ER6X | FONDO DE RENDIMIENTO CRECIENTE, S.A. DE C.V. | 182,617 | 15,219 |
130 | NAFFP28 | FONDO DE RENDIMIENTO NAFINSA, S.A. DE C.V. | 150,320 | 12,527 |
131 | F-INDIC | FONDO XX XXXXX VARIABLE FINAMEX, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
132 | FONIBUR | FONDO DINAMICO DE INVERSIONES BURSATILES, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
000 | XXXXXX | XXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXX, X.X. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
134 | VALMXC | FONDO DINAMICO VALMEX CONSERVADOR, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
135 | VALMXB | FONDO DINAMICO VALMEX MEDIO, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
136 | SUPER-A | FONDO DISPONIBLE, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
137 | XXXX-US | FONDO XXXXX XXXXX, S.A. DE C.V. | 285,597 | 23,800 |
138 | NORTEGU | FONDO EMPRESARIAL BANCRECER, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
139 | FELLOYD | FONDO EMPRESARIAL XXXXX, S.A. DE C.V. | 116,899 | 9,742 |
000 | XXXXX | XXXXX XXXXXXXXXXX XXXX, X.X. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
141 | NAFFDLL | FONDO EN DOLARES NAFINSA, S.A. DE C.V. | 26,712 | 2,226 |
142 | ARKACOB | FONDO ESPECIAL ARKA, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
143 | EXPERT2 | FONDO FSE 2, S.A. DE C.V. | 199,365 | 16,614 |
144 | EXPERT3 | FONDO FSE 3, S.A. DE C.V. | 97,564 | 8,131 |
145 | EXPERT4 | FONDO FSE 4, S.A. DE C.V. | 68,689 | 5,725 |
000 | XXXXXX0 | XXXXX XXXXXXXXX X, X.X. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
000 | XXXXXXX | XXXXX XXXXXXXXX X, X.X. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
000 | XXXXXX0 | XXXXX XXXXXXXXX X, X.X. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
149 | ILAPLA2 | FONDO ILAPLAZ-2, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
000 | XXXXXXX | XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX, X.X. DE C.V. | 30,091 | 2,508 |
000 | XXXXXXX | XXXXX XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
152 | POSADAS | FONDO INMOBILIARIO POSADAS, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
153 | FONLOYD | FONDO INSTITUCIONAL XXXXX, S.A. DE C.V. | 17,112 | 1,426 |
154 | INTERMD | FONDO INTERACCIONES 1, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
155 | INTER7 | FONDO INTERACCIONES 2, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
156 | INTER30 | FONDO INTERACCIONES 3, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
157 | FONDO INTERACCIONES 5, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 | |
158 | INTERS2 | FONDO INTERACCIONES DE DIVIDENDOS, S.A. DE C.V. | 48,869 | 4,073 |
159 | INTERS1 | FONDO INTERACCIONES DE TR 1, S.A. DE C.V. | 309,538 | 25,795 |
160 | FONDO INTERACCIONES MF, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 | |
161 | INTERNC | FONDO INTERACCIONES NC, S.A. DE C.V. | 109,004 | 9,084 |
162 | INTERMG | FONDO INTERACCIONES PB, S.A. DE C.V. | 313,499 | 26,125 |
163 | INTERM1 | FONDO INTERACCIONES PM 1, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
164 | IVALOR | FONDO INTERVAL, S.A. DE C.V. | 252,409 | 21,035 |
165 | FONDO INVERCAP ICAEMD, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 | |
166 | ICAEURO | FONDO INVERCAP ICAEURO, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
Jueves 20 xx xxxxx de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 29
167 | FONDO INVERCAP ICAMAX, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 | |
000 | XXXXXXX | XXXXX XXXXXXX XXXX, X.X. DE C.V. | 97,133 | 8,095 |
169 | EMPRES | FONDO LIQUIDO EMPRESARIAL SANTANDER MEXICANO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
170 | NAFMEX7 | FONDO LIQUIDO NAFINSA, S.A. DE C.V. | 142,251 | 11,855 |
171 | SUPER-O | FONDO LIQUIDO SANTANDER MEXICANO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
172 | LLOYD91 | FONDO XXXXX 91, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
173 | LOYDMAX | FONDO XXXXX XXXXXX, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
174 | LOYPLUS | FONDO XXXXX PLUS, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
175 | MONEX28 | FONDO MONEX A, S.A. DE C.V. | 292,293 | 24,358 |
176 | MONEXMP | FONDO MONEX B, S.A. DE C.V. | 285,614 | 23,802 |
177 | MONEXM+ | FONDO MONEX C, S.A. DE C.V. | 273,821 | 22,819 |
178 | MONEXLP | FONDO MONEX D, S.A. DE C.V. | 261,022 | 21,752 |
179 | MONEXUS | FONDO MONEX E, S.A. DE C.V. | 84,171 | 7,015 |
000 | XXXXXXX | XXXXX XXXXX X, X.X. DE C.V. | 75,920 | 6,327 |
181 | NTE-CO1 | FONDO OPTIMO BANCEN, S.A. DE C.V. | 256,867 | 21,406 |
182 | ARKAPLA | FONDO PATRIMONIAL ARKA, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
183 | FONDO PATRIMONIAL BASICO, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 | |
184 | STER-RV | FONDO PATRIMONIAL DECIDIDO, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
185 | SUPER-4 | FONDO PATRIMONIAL SANTANDER MEXICANO, S.A. DE C.V. | 285,112 | 23,760 |
186 | SUPER-N | FONDO PATRIMONIAL, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
000 | XXXXXX | XXXXX XXXXXXXXXXXXXXXXXX XX XXXXX XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
000 | XXXXXXX | XXXXX XXXXXXXXXX XXXX, X.X. DE C.V. | 57,508 | 4,793 |
189 | PRU500 | FONDO PRUDENTIAL INTERNATIONAL, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
190 | STERNDQ | FONDO RV TECNOLOGICAS, S.A. DE C.V. | 23,556 | 1,963 |
191 | ST&ER-D | FONDO SANTANDER BALANCEADO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
192 | STER10P | FONDO SANTANDER CORPORATIVO 2, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
193 | ST&ER10 | FONDO SANTANDER CORPORATIVO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
194 | ST&ER-M | FONDO SANTANDER DE ACCIONES PROMEDIO MOVIL, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
195 | ST&ER-5 | FONDO SANTANDER DE COBERTURA CAMBIARIA, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
196 | ST&ER-6 | FONDO SANTANDER DE DEUDA PATRIMONIAL DE LARGO PLAZO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
197 | ST&ER22 | FONDO SANTANDER DE DEUDA PREVISION SOCIAL DOS, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
198 | DINPREV | FONDO SANTANDER DE DEUDA PREVISION SOCIAL TRES, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
199 | ST&ER21 | FONDO SANTANDER DE DEUDA PREVISION SOCIAL UNO, S.A. DE C.V. | 303,858 | 25,322 |
200 | ST&ER23 | FONDO SANTANDER DE DEUDA PREVISION SOCIAL, S.A. DE C.V. | 273,245 | 22,771 |
201 | ST&ER-7 | FONDO SANTANDER DE DEUDA RECURSO, S.A. DE C.V. | 287,833 | 23,987 |
202 | ST&ER-4 | FONDO SANTANDER DE LARGO PLAZO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
203 | ST&ER-2 | FONDO XXXXXXXXX XX XXXXXXX PLAZO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
204 | ST&ER-1 | FONDO SANTANDER DE RENDIMIENTO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
205 | ST&ERUS | FONDO SANTANDER DOLAR DE LARGO PLAZO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
30 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 20 xx xxxxx de 2006
206 | ST&ER-I | FONDO SANTANDER INDIZADO, S.A. DE C.V. | 97,764 | 8,147 |
207 | ST&ER-A | FONDO SANTANDER PATRIMONIAL, S.A. DE C.V. | 44,422 | 3,702 |
208 | ST&ER1P | FONDO SANTANDER PLUS DE CORTO PLAZO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
209 | ST&ER1X | FONDO SANTANDER S1, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
210 | STER-PD | FONDO SANTANDER S2, S.A. DE C.V. | 45,400 | 3,784 |
211 | LIDER-4 | FONDO SANTANDER S3, S.A. DE C.V. | 21,125 | 1,761 |
212 | LIDER-A | FONDO SANTANDER S4, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
213 | FONDO SANTANDER S5, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 | |
214 | ISOLIDO | FONDO SOLIDO DE RENDIMIENTO, S.A. DE C.V. | 48,824 | 4,069 |
215 | SUPER-I | FONDO SUPER DE DEUDA 2, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
216 | SUPER-E | FONDO SUPER DE DEUDA LIQUIDO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
217 | EXPERT1 | FONDO SUPER GARANTIZADO 1, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
000 | XXXXXX | XXXXX XXXXXX, X.X. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
219 | VALMX15 | XXXXX XXXXXX 00 EN BONOS DE TASA FIJA, S.A. DE C.V. | 22,196 | 1,850 |
220 | VALMX17 | XXXXX XXXXXX 00 EN INSTRUMENTOS DE DEUDA EN TASA REAL, S.A. DE C.V. | 39,930 | 3,328 |
221 | VALMX19 | XXXXX XXXXXX 00 EN INSTRUMENTOS DE DEUDA EN TASA REAL, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
222 | VALMX14 | XXXXX XXXXXX 0000, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
223 | VALMX16 | FONDO VALMEX CORPORATIVO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
000 | XXXXX00 | XXXXX XXXXXX XX XXXXXXXXX “X”, X.X. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
225 | VALMX24 | FONDO VALMEX DE CAPITALES, S.A. DE C.V. | 56,358 | 4,697 |
226 | VALMX26 | FONDO VALMEX DE CRECIMIENTO, S.A. DE C.V. | 38,004 | 3,167 |
227 | VALMX32 | FONDO VALMEX DE DEUDA GLOBAL, S.A. DE C.V. | 156,233 | 13,020 |
228 | VALMX18 | FONDO VALMEX DE RENDIMIENTO DE DEUDA, S.A. DE C.V. | 262,837 | 21,904 |
229 | VALMX20 | FONDO VALMEX DE RENDIMIENTO, S.A. DE C.V. | 240,817 | 20,069 |
230 | VALMX12 | FONDO VALMEX PLUS, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
231 | VALMX30 | FONDO VALMEX XXI, S.A. DE C.V. | 161,271 | 13,440 |
232 | VALMX10 | FONDO VALMEX, S.A. DE C.V. | 237,781 | 19,816 |
233 | VALUEV6 | FONDO VALUE CRECIMIENTO, S.A. DE C.V. | 82,098 | 6,842 |
234 | VALUEF3 | FONDO VALUE EMPRESARIAL, S.A. DE C.V. | 191,678 | 15,974 |
235 | VALUEF1 | FONDO VALUE EN INSTRUMENTOS DE DEUDA, S.A. DE C.V. | 292,690 | 24,391 |
236 | VALUEF4 | FONDO VALUE GUBERNAMENTAL, S.A. DE C.V. | 30,833 | 2,570 |
237 | VALUEF7 | FONDO VALUE INSTITUCIONAL, S.A. DE C.V. | 199,054 | 16,588 |
238 | VALUEF8 | FONDO VALUE INTERNACIONAL, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
239 | VALUEV5 | FONDO VALUE MONTERREY, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
240 | VALUEF2 | FONDO VALUE PATRIMONIAL, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
241 | GBMV2 | GBM CAPITAL BURSATIL, S.A. DE C.V. | 107,720 | 8,977 |
242 | GBMGUBL | GBM FONDO CORPORATIVO GUBERNAMENTAL DE LIQUIDEZ INMEDIATA, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
Jueves 20 xx xxxxx de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 31
243 | GBMCOB | GBM FONDO DE COBERTURA CAMBIARIA, S.A. DE C.V. | 330,000 | 27,500 |
244 | GBMCRE | GBM FONDO DE CRECIMIENTO, S.A. DE C.V. | 102,631 | 8,553 |
245 | GBMGUBE | GBM FONDO DE INSTRUMENTOS GUBERNAMENTALES, S.A. DE C.V. | 330,000 | 27,500 |
246 | GBMUSD | GBM FONDO DE INVERSION EN VALORES DENOMINADOS EN DOLARES, S.A. DE C.V. | 233,858 | 19,489 |
247 | GBMGAR | GBM FONDO DE INVERSION GARANTIZADA, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
248 | GBMLP | GBM FONDO DE INVERSION PATRIMONIAL DE LARGO PLAZO, S.A. DE C.V. | 202,202 | 16,851 |
249 | GBMF4 | GBM FONDO DE INVERSION PATRIMONIAL, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
250 | GBMREN | GBM FONDO DE INVERSION RENTABLE, S.A. DE C.V. | 41,839 | 3,487 |
251 | GBMF2 | GBM FONDO XX XXXXXXX DE DINERO, S.A. DE C.V. | 330,000 | 27,500 |
252 | GBMF3 | GBM FONDO DE VALORES DE LARGO PLAZO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
253 | GBMM3 | GBM FONDO PARA PERSONAS XXXXXXX NO CONTRIBUYENTES, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
254 | GBMAAA | GBM INSTRUMENTOS BURSATILES, S.A. DE C.V. | 69,679 | 5,807 |
255 | GBMV1 | GBM INVERSIONES BURSATILES, S.A. DE C.V. | 205,563 | 17,131 |
256 | GBMINT | GBM INVERSIONES INTERNACIONALES, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
257 | GBMIPC | GBM RENTA VARIABLE, S.A. DE C.V. | 30,125 | 2,511 |
258 | GBMBAL | GBM VALORES RENTABLES, S.A. DE C.V. | 13,353 | 1,113 |
259 | HZBOMEX | HORIZONTE BONOS MEXICANOS, S.A. DE C.V. | 310,061 | 25,839 |
260 | HZBONOS | HORIZONTE BONOS, S.A. DE C.V. | 293,898 | 24,492 |
261 | HZCOB+ | HORIZONTE COBERTURA PLUS, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
262 | HORZCOB | HORIZONTE COBERTURA, S.A. DE C.V. | 141,267 | 11,773 |
000 | XXXXXX | XXXXXXXXX EN INSTRUMENTOS DE DEUDA NO CONTRIBUYENTES, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
264 | HZLIQ+ | HORIZONTE LIQUIDEZ PLUS, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
265 | HZLIQ | HORIZONTE LIQUIDEZ, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
266 | HZMD+ | HORIZONTE MERCADO DE DINERO PLUS, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
267 | HZMD | HORIZONTE MERCADO DE DINERO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
268 | HZPZONC | HORIZONTE PLAZO NO CONTRIBUYENTE, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
000 | XXXXXXX | XXXXXXXXX XXXXX, X.X. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
270 | HORZNT+ | HORIZONTE PLUS, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
000 | XXXXXXX | HORIZONTES GLOBAL EQUITY, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
000 | XXXXXXX | XXXXXXXXXX XXXXX XXXXXX, X.X. DE C.V. | 70,357 | 5,864 |
273 | HZUSBON | HORIZONTES US BOND, S.A. DE C.V. | 163,488 | 13,624 |
274 | HZUSEQ | HORIZONTES US EQUITY, S.A. DE C.V. | 147,437 | 12,287 |
275 | HSBC-E1 | HSBC-D1, S.A. DE C.V. | 256,033 | 21,337 |
276 | HSBC-D2 | HSBC-D2, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
277 | HSBC-D7 | HSBC-D7, S.A. DE C.V. | 147,309 | 12,276 |
278 | HSBC-D9 | HSBC-D9, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
279 | HSBC-DA | HSBC-DA, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
32 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 20 xx xxxxx de 2006
280 | HSBC-DE | HSBC-DE, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
281 | HSBC-DG | HSBC-DG, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
282 | HSBC-FF | HSBC-FF, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
283 | HSBC-V2 | HSBC-V2, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
284 | HSBC-V3 | HSBC-V3, S.A. DE C.V. | 46,427 | 3,869 |
285 | IGLOBAL | IGLOBAL, S.A. DE C.V. | 75,920 | 6,327 |
286 | INBUCOB | INBUCOB, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
000 | XXXXXXX | XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
288 | INEM | INEM, S.A. DE C.V. | 176,642 | 14,721 |
289 | INFIS | INFIS, S.A. DE C.V. | 153,319 | 12,777 |
290 | ING-1 | ING 1, S.A. DE C.V. | 157,312 | 13,110 |
291 | ING-IPC | ING 10, S.A. DE C.V. | 72,876 | 6,073 |
292 | ING-REN | ING 11, S.A. DE C.V. | 29,303 | 2,442 |
293 | AHORRO | ING 12, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
294 | INGHDIV | ING 14, S.A. DE C.V. | 32,157 | 2,680 |
295 | INGCORP | ING 15, S.A. DE C.V. | 24,609 | 2,051 |
296 | ING-GOB | ING 16, S.A. DE C.V. | 135,198 | 11,267 |
297 | INGPM1 | ING 18, S.A. DE C.V. | 77,303 | 6,442 |
298 | INGBOND | ING 19, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
299 | ING-30 | ING 3, S.A. DE C.V. | 330,000 | 27,500 |
300 | ING-PAT | ING 4, S.A. DE C.V. | 145,355 | 12,113 |
301 | ING-1E | ING 5, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
302 | ING-30E | ING 6, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
303 | ING-USD | ING 7, S.A. DE C.V. | 302,395 | 25,200 |
304 | AMEX-MD | ING 8, S.A. DE C.V. | 212,040 | 17,670 |
305 | AMEXCOB | ING 9, S.A. DE C.V. | 67,563 | 5,631 |
306 | INGUBER | INGUBER, S.A. DE C.V. | 298,850 | 24,905 |
307 | INPLUSS | INPLUS, S.A. DE C.V. | 15,640 | 1,304 |
308 | ICAPTAL | INTERFONDO DE CAPITALES, S.A. DE C.V. | 27,998 | 2,334 |
309 | ICALIQ | INVERCAP FONDO CRECIMIENTO, S.A. DE C.V. | 172,932 | 14,411 |
310 | ICAUSA | INVERCAP FONDO DE ESTRATEGIA GLOBAL, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
311 | ICAGLOB | INVERCAP FONDO GLOBAL MEXICANO, S.A. DE C.V. | 259,046 | 21,588 |
312 | ICAEXEN | INVERCAP FONDO ICAEXEN, S.A. DE C.V. | 52,891 | 4,408 |
313 | ICAPAT | INVERCAP FONDO ICAPAT, S.A. DE C.V. | 231,764 | 19,314 |
314 | ICASEM | INVERCAP FONDO PRODUCTIVO, S.A. DE C.V. | 60,272 | 5,023 |
315 | ICAPLUS | INVERCAP PLUS, S.A. DE C.V. | 297,404 | 24,784 |
316 | ICA180 | INVERCAP RENDIMIENTO, S.A. DE C.V. | 19,588 | 1,633 |
317 | HZGLOB | INVERSION HORIZONTE 2, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
318 | HZCOBEM | INVERSION HORIZONTE COBERTURA, S.A. DE C.V. | 180,801 | 15,067 |
319 | HZEMP | INVERSION HORIZONTE MERCADO DE DINERO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
320 | HORZNTE | INVERSION HORIZONTE, S.A. DE C.V. | 21,317 | 1,777 |
321 | IXEFIN | IXE FINANCIERO, S.A. DE C.V. | 130,955 | 10,913 |
322 | IXEFASE | IXE FONDO ASESOR, S.A. DE C.V. | 94,437 | 7,870 |
323 | IXECON | IXE FONDO COMUN, S.A. DE C.V. | 68,286 | 5,691 |
324 | IXELQ | IXE FONDO DE ALTA LIQUIDEZ, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
325 | IXECOB | IXE FONDO DE COBERTURA CAMBIARIA, S.A. DE C.V. | 213,644 | 17,804 |
326 | IXECP | IXE FONDO DE CORTO PLAZO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
327 | IXEMP | IXE FONDO XX XXXXXXX PLAZO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
Jueves 20 xx xxxxx de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 33
328 | IXELP | IXE FONDO DE PLAZO, S.A. DE C.V. | 251,161 | 20,931 |
329 | IXEEURO | IXE FONDO DIVISAS, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
330 | IXEFES | IXE FONDO ESPECULATIVO, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
331 | VALIQ | IXE FONDO ESTRUCTURADOS, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
332 | IXEINST | IXE FONDO INSTITUCIONAL, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
333 | IXEDP | IXE FONDO PATRIMONIAL, S.A. DE C.V. | 61,054 | 5,088 |
000 | XXXXXX | XXX XXXXX XX, X.X. DE C.V. | 64,874 | 5,407 |
335 | IXET | IXE GUB FISICAS, S.A. DE C.V. | 275,838 | 22,987 |
336 | IXEGUBM | IXE GUB XXXXXXX, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
337 | AXESPAT | LATIN 2, S.A. DE C.V. | 303,053 | 25,255 |
338 | AXESMP | LATIN 3, S.A. DE C.V. | 289,204 | 24,101 |
339 | AXESCP | LATIN 5, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
340 | INGREAL | LUXFUND, S.A. DE C.V. | 36,752 | 3,063 |
341 | INGASIA | LUXINT, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
342 | FRANUSA | LUXRV, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
343 | MEXPLUS | MEXPLUS, S.A. DE C.V. | 292,931 | 24,411 |
344 | MIFEL1 | MIFEL 1, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
345 | MIFEL2 | MIFEL 2, S.A. DE C.V. | 69,233 | 5,770 |
346 | MIFELG | MIFEL G, S.A. DE C.V. | 124,938 | 10,412 |
347 | MVBOLSA | MULTIAS, S.A. DE C.V. | 51,835 | 4,320 |
348 | MULTICA | MULTICAPITALES, S.A. DE C.V. | 45,413 | 3,785 |
349 | MV-COB | MULTIFONDO DE AHORRADORES, S.A. DE C.V. | 30,955 | 2,580 |
350 | MULTIAR | MULTIFONDO DE ALTO RENDIMIENTO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
351 | MULTIFE | MULTIFONDO EMPRESARIAL, S.A. DE C.V. | 309,955 | 25,830 |
352 | MV-INS | MULTIFONDO INSTITUCIONAL, S.A. DE C.V. | 98,159 | 8,180 |
353 | MV-28 | MULTIFONDO PATRIMONIAL, S.A. DE C.V. | 184,144 | 15,346 |
354 | MULTIRE | MULTIRENTABLE, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
355 | MULTISI | MULTISI, S.A. DE C.V. | 312,794 | 26,067 |
356 | NTE-FM+ | NORTEAR, S.A. DE C.V. | 101,554 | 8,463 |
357 | NTE-ID1 | NORTEFI, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
358 | NTE-IB1 | NORTEFP, S.A. DE C.V. | 282,612 | 23,551 |
359 | NORTERM | NORTEIM, S.A. DE C.V. | 39,399 | 3,284 |
360 | NTE-FA1 | NORTEIP, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
361 | NTE-FB1 | NORTEMF, S.A. DE C.V. | 291,870 | 24,323 |
000 | XXX-XX0 | XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 80,552 | 6,713 |
000 | XXXXXXX | XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 34,636 | 2,887 |
364 | NTE+RV | NORTERV, S.A. DE C.V. | 173,236 | 14,437 |
365 | NTE+IN | NORTESP, S.A. DE C.V. | 146,225 | 12,186 |
366 | OFINCRE | OFIN FONDO CRECIMIENTO, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
367 | OFINPLU | OFIN FONDO PLUS, S.A. DE C.V. | 33,396 | 2,783 |
368 | OFINPRO | OFIN FONDO RESERVAS PRODUCTIVAS, S.A. DE C.V. | 106,628 | 8,886 |
369 | OFINSOL | OFIN FONDO SOLIDEZ, S.A. DE C.V. | 22,846 | 1,904 |
370 | OFINVAL | OFIN FONDO VALOR, S.A. DE C.V. | 65,698 | 5,475 |
371 | OFINLIQ | OFIN LIQUIDA, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
372 | XXXXXXX | PRINCIPAL ALTO RENDIMIENTO INTERNACIONAL, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
373 | PRINCGB | PRINCIPAL BONOS GLOBALES, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
374 | PRINCGM | PRINCIPAL GENERA CORPORATIVO, S.A. DE C.V. | 61,998 | 5,167 |
375 | PRINCGP | PRINCIPAL GENERA XX XXXXXXX PLAZO, S.A. DE C.V. | 36,765 | 3,064 |
34 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 20 xx xxxxx de 2006
376 | PRINCGX | PRINCIPAL GENERA EXENTO, S.A. DE C.V. | 25,455 | 2,122 |
377 | GENERAI | PRINCIPAL GENERA INTERNET, S.A. DE C.V. | 92,344 | 7,696 |
378 | GENERAL | PRINCIPAL GENERA LIQUIDEZ, S.A. DE C.V. | 136,538 | 11,379 |
379 | GENERAS | PRINCIPAL GENERA SOLIDEZ, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
380 | PROCORP | PROCORP, S.A. DE C.V. | 89,106 | 7,426 |
381 | PRUCOB | PRUDENTIAL DOLARES DE CORTO PLAZO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
382 | F-EMPRE | PRUDENTIAL DOLARES DE LARGO PLAZO EMPRESARIAL, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
383 | F-DOLAR | PRUDENTIAL DOLARES DE LARGO PLAZO PLUS, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
000 | XXXXXX | XXXXXXXXXX DOLARES DE LARGO PLAZO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
385 | SCOTIA3 | SCOTIA COBERTURA, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
386 | SCOTI14 | SCOTIA CRECIMIENTO, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
387 | SCOTIA1 | SCOTIA DISPONIBILIDAD, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
388 | SCOTI12 | SCOTIA ESTRATEGICO, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
389 | SCOTIAG | SCOTIA GUBERNAMENTAL, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
390 | SCOTIA7 | SCOTIA INDIZADO, S.A. DE C.V. | 165,456 | 13,788 |
391 | SCOTINT | SCOTIA INTERNACIONAL, S.A. DE C.V. | 141,937 | 11,829 |
392 | SCOTIA6 | SCOTIA INVERSIONES, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
393 | SCOTIA4 | SCOTIA LIQUIDEZ PERIODICA, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
394 | SCOTIAA | SCOTIA LIQUIDEZ, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
395 | SCOTIAP | SCOTIA MERCADO DE DINERO, S.A. DE C.V. | 233,455 | 19,455 |
396 | SCOTIAD | SCOTIA PARA NO CONTRIBUYENTES, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
397 | SCOTIA5 | SCOTIA PATRIMONIAL, S.A. DE C.V. | 50,244 | 4,187 |
398 | SCOTI11 | SCOTIA PLUS, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
399 | SCOTIAC | SCOTIA PREVISIONAL DE LIQUIDEZ RESTRINGIDA, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
400 | SCOTI10 | SCOTIA PRODUCTIVO, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
401 | SCOTIA2 | SCOTIA RENDIMIENTO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
402 | I+GLOB1 | SEI COMPASS CINCO, S.A. DE C.V. | 17,475 | 1,457 |
403 | I+GLOB2 | SEI COMPASS CUATRO, S.A. DE C.V. | 13,894 | 1,158 |
404 | I+PLAZO | SEI COMPASS DOS, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
405 | I+EXNTO | SEI COMPASS TRES, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
406 | I+LIQ | SEI COMPASS UNO, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
000 | XXX-XXXXXXX XXXX, X.X. DE C.V. | 13,200 | 1,100 | |
408 | SBANREG | SINCA BANREGIO, S.A. DE C.V. | 138,085 | 11,508 |
000 | XXXXXX | XXXXX XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
000 | XX-XXXX | XXXXXXX EURO BOND FUND, S.A. DE C.V. | 15,322 | 1,277 |
411 | SK-GLOB | SKANDIA GLOBAL BOND FUND, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
412 | SK-USAE | SKANDIA US EQUITY INCOME FUND, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
413 | SK-USAB | SKANDIA US TOTAL RETURN BOND FUND, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
414 | AWLASA | VALORES AWLASA, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
000 | XXXXXX | XXXXXXX XXXXX, X.X. DE C.V. | 86,637 | 7,220 |
416 | VALOR4C | VALORUM CUATRO, S.A. DE C.V. | 52,030 | 4,336 |
417 | VALOR2F | VALORUM DOS, S.A. DE C.V. | 53,655 | 4,472 |
418 | VALOR6F | VALORUM SEIS, S.A. DE C.V. | 29,139 | 2,429 |
419 | VALOR7F | VALORUM SIETE, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
420 | VALOR3M | VALORUM TRES, S.A. DE C.V. | 99,498 | 8,292 |
Jueves 20 xx xxxxx de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 35
421 | VALOR1F | VALORUM UNO, S.A. DE C.V. | 181,209 | 15,101 |
422 | VACRECI | VANGUARDIA CRECIMIENTO, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
423 | VAGUBER | VANGUARDIA GUBERNAMENTAL, S.A. DE C.V. | 84,879 | 7,074 |
424 | VAINDEX | VANGUARDIA INDICE, S.A. DE C.V. | 13,200 | 1,100 |
425 | VAINSTI | VANGUARDIA INSTITUCIONAL, S.A. DE C.V. | 80,345 | 6,696 |
426 | XXXXXXX | VANGUARDIA RENDIMIENTO, S.A. DE C.V. | 159,197 | 13,267 |
427 | VECTPM | VECTOR FONDO CORPORATIVO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
428 | VECTAR | VECTOR FONDO DE ALTO RENDIMIENTO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
429 | VECTCOB | VECTOR FONDO DE COBERTURA CAMBIARIA, S.A. DE C.V. | 109,197 | 9,100 |
430 | VECTCR | VECTOR FONDO DE CRECIMIENTO, S.A. DE C.V. | 73,613 | 6,135 |
431 | VECTSIC | VECTOR FONDO DE LARGO PLAZO, S.A. DE C.V. | 15,540 | 1,295 |
432 | VECTMP | VECTOR FONDO XX XXXXXXX PLAZO, S.A. DE C.V. | 144,985 | 12,083 |
433 | VECTMDC | VECTOR FONDO XX XXXXXXX DE DINERO CORPORATIVO, S.A. DE C.V. | 316,871 | 26,406 |
434 | VECTMD | VECTOR FONDO XX XXXXXXX DE DINERO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
435 | VECTPA | VECTOR FONDO DE PATRIMONIO, S.A. DE C.V. | 49,618 | 4,135 |
436 | SVECTOR | VECTOR FONDO EMPRESARIAL, S.A. DE C.V. | 98,715 | 8,227 |
437 | VECTIND | VECTOR FONDO INDICE, S.A. DE C.V. | 99,967 | 8,331 |
438 | VECTFI | VECTOR FONDO INSTITUCIONAL, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
439 | VECTRF | VECTOR FONDO LIQUIDO, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
440 | VECTPRE | VECTOR FONDO PREMIER, S.A. DE C.V. | 311,949 | 25,996 |
441 | ZCAP1 | Z CAP 1, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
442 | ZCAP2 | Z CAP 2, S.A. DE C.V. | 66,442 | 5,537 |
443 | ZEVERST | Z CAP 3, S.A. DE C.V. | 21,101 | 1,759 |
444 | ZCAP4 | Z CAP 4, S.A. DE C.V. | 84,435 | 7,037 |
445 | ZCOB | Z COB, S.A. DE C.V. | 65,645 | 5,471 |
446 | ZREF1 | Z REF 1, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
447 | ZREF-2 | Z REF 2, S.A. DE C.V. | 312,717 | 26,060 |
448 | ZREFEX1 | Z REFEX 1, S.A. DE C.V. | 217,403 | 18,117 |
449 | ZREFMO1 | Z REFMO 1, S.A. DE C.V. | 317,150 | 26,430 |
000 | XXXX0 | XXXX 3, S.A. DE C.V. | 84,592 | 7,050 |
Total | 75,720,535 |
29-D XIII. Uniones de Crédito (Pesos)
Institución | Cuota de Inspección y Vigilancia 2006 | ||
Anual | Mensual | ||
1 | ABARROTERO, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
2 | XXXXXXXX XX XXXXXX, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
3 | AGRICOLA DE COREREPE, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
4 | AGRICOLA DE HUATABAMPO, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
5 | XXXXXXXX XXX XXXX, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
36 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 00 xx xxxxx xx 0000
0 | XXXXXXXX XXX XXXXX, X.X. DE C.V. | 73,826.00 | 6,153.00 |
0 | XXXXXXXX X XXXXXXXXXX XX XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
0 | XXXXXXXX X XXXXXXXXXX XXX XXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
9 | AGRICOLA Y GANADERA DE TLAXCALA, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XXXXXXXX, XXXXXXXX X XXXXXXXXXX XXX XXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XXXXXXXX, XXXXXXXX XXX XXXXXX XX XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XXXXXXXX, XXXXXXXX X XX XXXXXXXXX XXX XXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
13 | AGRICULTORES DE XXXXXXXXXX, S.A. DE C.V. | 274,735.00 | 22,895.00 |
00 | XXXXXXXXXXXXXX XXX XXXXX XXX XXXXXX XX XXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XXXXXXXXXXXXXX XXX XXX XXX XXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XXXXXXXXXXXXXX XXX XXXXX XX XXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XXXXXXXXXXXXXX X XXXXXXXXX XX XXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XXXXXXXXXXXXXX, XXXXXXXX X XX XXXXXXXXX XXX XXX XX XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
19 | AGROINDUSTRIAL, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
20 | AGRONEGOCIOS UNION DE CREDITO, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XXXXXXXXXXXX X XXXXXXXXXX XX XX XXXXX XX XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 69,990.00 | 5,833.00 |
00 | XXXXXXXXXXXX X XXXXXXXXX XX XXXXX XX XXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XXXXXXXXXXXX, XXXXXXXXX X XXXXXXXXXX XX XXXXXXXXXXX, X.X. XX X. X. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XXXXXXXXXXXX, XXXXXXXXX X XXXXXXXXXX XXX XXXXXX XX XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XXXXXXXXXXXX, XXXXXXXXX X XXXXXXXXXX XXX XXXXXXXX XX XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XXXXXXXXXXXX, XXXXXXXXX X XXXXXXXXXX XXX XXXXX XX XXXXX XXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XXXXXXXXXXXX, XXXXXXXXXX X XXXXXXXXX XX XXXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XXXXXXXXXXXX, XXXXXXXXXX X XXXXXXXXX XX XXXXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XXXXXXXXXXXX, XXXXXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXX, XXXXXXXXXX X XX XXXXXXXXX XXX XXXXXX XX XXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XXXXXXXXXXXX XXX XXX XXXXX, X.X. DE C.V. | 64,335.00 | 5,362.00 |
00 | XXXXXXXXXXXX X XXXXXXXXXX XXXXXXX XX XXXXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XXXXXXXXXXXX X XXXXXXXXXX XXX XXXXX XXX XXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XXXXXXXXXXXX, XXXXXXXXXX X XXXXXXXXX XXX XXX XXX XXXXXX XX XXXXXXX, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
36 | XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 71,176.00 | 5,932.00 |
37 | XXXXXX, S.A. DE C.V. | 319,330.00 | 26,611.00 |
38 | ALTAMIRA UNION DE CREDITO, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
39 | ASECRED UNION DE CREDITO, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
40 | AVICOLA DE JALISCO, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
41 | CHIHUAHUENSE, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XXXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
43 | COMERCIAL DE QUERETARO, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XXXXXXXXX X XX XXXXXXXXX XXX XXXXXX XX XXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XXXXXXXXX X XX XXXXXXXXX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
46 | CREDICOR MEXICANO, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
Jueves 20 xx xxxxx de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 37
47 | CREDIFOMENTO UNION DE CREDITO, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
48 | CREDIOPORTUNIDADES UNION DE CREDITO, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
49 | CREDITO AGRICOLA Y GANADERO, S.A. DE C.V., UNION DE CREDITO | 62,489.00 | 5,208.00 |
50 | CREDITUR, S.A. DE C.V. UNION DE CREDITO | 62,489.00 | 5,208.00 |
51 | CYMA, UNION DE CREDITO, S.A. DE C.V. | 68,269.00 | 5,690.00 |
00 | XX XXXXXXXX, XXXXXXXXX X XXXXXXX XX XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XX XXXXXXXX, XXXXXXXXX X XXXXXXX XX XXX XXXX XXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XX XXXXXXXXXXXXX X XX XXXXXXXXX XX XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XX XXXXX XXXXXXXXX, X. A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
56 | DE DISTRIBUIDORES AUTOMOTRICES, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
57 | DE DISTRIBUIDORES DE ALIMENTOS BALANCEADOS, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XX XXXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXXX XXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
59 | DE GASOLINEROS, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XX XXXXX XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XX XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XX XXXXXXXXXXXX XX XX XXXX X XX XXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XX XX XXXXXXX XXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XX XX XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XX XX XXXXXXXX XXXXXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XX XX XXXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXX XXX XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XX XX XXXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XX XX XXXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XX XX XXXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 83,650.00 | 6,971.00 |
00 | XX XX XXXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXX XX XXX XXXX XXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XX XX XXXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XX XX XXXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XX XX XXXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXX XXX XXXXXX XX XXXXXXXXXX, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XX XX XXXXXXXXX XXX XXXXXXX X XXX XXXXXXX XX XXXXXXXXXXXXXX, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XX XX XXXXXXXXX XXXXXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 74,379.00 | 6,199.00 |
00 | XX XX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XX XXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XX XX XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XX XX XXXXXXX XXXXXXX X XXXXXXXXX XX XXXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 265,533.00 | 22,128.00 |
00 | XX XX XXXXX X XXX XXXXXXXXXX XXXXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XX XXX XXXXXXXXXX X XXXXXXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XX XXX XXXXXXXXXXX XX XXXX XX XXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XX XXXXXX XXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XX XXXXXXXXX XXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XX XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
86 | DE URUAPAN, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
87 | DE VERACRUZ, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
38 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 20 xx xxxxx de 2006
88 | DEL AUTOTRANSPORTE Y SERVICIOS DEL SURESTE, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XXX XXXXXXXX XXXXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XXX XXXXXXXX X XXXXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
91 | DEL COMERCIO SERVICIOS Y TURISMO DE XXXXXXX X XXXXXX, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XXX XXXXXXXX X XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XXX XXXXXXXX, XXXXXXXXX X XXXXXXX XX XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XXX XXXXXXXX, XXXXXXXXX X XXXXXXX XX XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XXX XXXXXXXX, XXXXXXXXX X XXXXXXX XXX XXXXXX XXX XXXXXX XX XXXXXXXX, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XXX XXXXXXXX, XXXXXXXXX X XXXXXXX XXX XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
00 | XXX XXXXXXXX, XXXXXXXXX, XXXXXXX X XX XXXXXXXXX XXX XXXXXX XX XXXXXXX, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
98 | DEL GOLFO, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
99 | DEL NORTE, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
100 | DEL SOCONUSCO, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
101 | DEL SUR DE JALISCO, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
000 | XXX XXXXXXXXXX XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
000 | XXX XXXXX XXX XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
104 | DELICIAS, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
105 | DESARROLLO DE CHIAPAS, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
106 | DESARROLLO FIRME DE NEGOCIOS, S.A. DE C.V. | 74,674.00 | 6,223.00 |
000 | XXXXXX XXX XXXXX X XXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
000 | XXXXXX, XXXXXXXXXXXX X XXXXXXXXXX XXX XXXXXXXXX XX XXXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
000 | XX XXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
110 | EMPRESARIAL DE XXXXXXXXXX, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
111 | EMPRESARIAL DE OCCIDENTE, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
000 | XXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
113 | EMPRESARIAL DE VERACRUZ, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
114 | EMPRESARIAL MEXICANO, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
115 | EMPRESARIAL Y PORTUARIA, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
116 | EMPRESARIAL, S.A. DE C.V. | 171,184.00 | 14,266.00 |
117 | ESPHERA, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
118 | FICEIN, S.A. DE C.V. UNION DE CREDITO | 136,352.00 | 11,363.00 |
119 | FIDES UNION DE CREDITO, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
120 | FINCOMUN, SERVICIOS FINANCIEROS COMUNITARIOS, S.A. DE C.V., UNION DE CREDITO | 79,581.00 | 6,632.00 |
000 | XXXXXXXX X XXXXXXXXXX XX XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
122 | GANADERO DE TABASCO, S.A. DE C.V. | 70,407.00 | 5,868.00 |
000 | XXXXXXXX, XXXXXXXXXX X XXXXXXXXX XX XXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
124 | GANADEROS DEL NORTE, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
125 | GENERAL DEL GOLFO, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
126 | GENERAL, S.A. DE C.V. | 130,106.00 | 10,843.00 |
127 | IMPULSA, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
128 | IMPULSORA DEL DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
000 | XXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXX X XX XXXXXXXXX XXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
Jueves 20 xx xxxxx de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 39
130 | INDUSTRIAL DE MEXICO, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
000 | XXXXXXXXXX XXX XXXXXXX XX XXXXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
000 | XXXXXXXXXX XXX XXXXXXX XX XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
000 | XXXXXXXXXX XXX XXXXXX XX XXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
000 | XXXXXXXXXX X XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
000 | XXXXXXXXXX X XXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX, X.X. DE C.V. | 906,644.00 | 75,554.00 |
000 | XXXXXXXXXX X XXXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXX XXX XXXXXX XX XXXXXX, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
000 | XXXXXXXXXX X XXXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXX XXX XXXXX XX XXXXXXXXX, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
000 | XXXXXXXXXX X XXXXXXXXX XX XXXXXX, X.X. DE C.V. | 112,289.00 | 9,358.00 |
000 | XXXXXXXXXX, XXXXXXXXX X XX XXXXXXXXX XX XXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
140 | INFINSA, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
141 | INTERESTATAL CHIAPAS, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
142 | INTERSECTORIAL DEL NORESTE, S.A. DE C.V. | 95,881.00 | 7,991.00 |
000 | XXXXXXXX 0X, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
144 | ISTMO GOLFO, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
145 | XXXXXXX, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
146 | MANTE, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
147 | MEXICANO DE SERVICIOS PROFESIONALES, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
148 | MIXTA “PLAN PUEBLA”, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
149 | MIXTA DE COAHUILA, S.A. DE C.V. | 81,829.00 | 6,820.00 |
000 | XXXXX XX XX XXXXXX XXX XXXXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
151 | MIXTA DE OAXACA, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
000 | XXXXX XX XXX XXXX XXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
153 | MIXTA DE ZAPOTLANEJO, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
154 | MIXTA XXX XXXXXX, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
155 | MIXTA DEL ESTADO DE VERACRUZ, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
000 | XXXXX XXX XXXXXXX XXX XXXXXX XX XXXXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
157 | MONARCA, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
158 | MONTERREY, S.A. DE C.V. | 126,941.00 | 10,579.00 |
159 | NUEVO LAREDO, S.A. DE C.V. | 70,527.00 | 5,878.00 |
160 | PARA EL AUTOTRANSPORTE, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
161 | PARA LA CONTADURIA PUBLICA, S.A. DE C.V. | 247,126.00 | 20,594.00 |
162 | PARA LA MUJER EMPRESARIA, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
163 | PRODUCCION Y COMERCIO, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
164 | PROGRESO, S.A. DE C.V. | 161,918.00 | 13,494.00 |
165 | PROLIQUIDEZ, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
166 | PROMOCION EMPRESARIAL, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
167 | PROMOTORA PARA EL DESARROLLO ECONOMICO DEL ESTADO DE MEXICO, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
168 | REGIO, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
169 | REGIONAL DE LA HUASTECA, S.A. DE C.V. | 85,899.00 | 7,159.00 |
170 | REGIONAL DEL NORTE DE VERACRUZ, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
171 | SALTILLO, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
172 | SANTA FE, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
173 | SERVICIOS FINANCIEROS CORPORATIVOS, S.A. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
174 | UNAGRA, S.A. DE C.V., UNION DE CREDITO | 89,899.00 | 7,492.00 |
000 | XXXXX XXXXXXXX XX XXXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 62,489.00 | 5,208.00 |
Total | 13,317,341.00 |
40 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 20 xx xxxxx de 2006
29-E II. Bolsas de Futuros y Opciones (Pesos)
Institución | Cuota de Inspección y Vigilancia 2006 | ||
Anual | Mensual | ||
1 | MEXDER, MERCADO MEXICANO DE DERIVADOS, S.A. DE C.V. | 943,756.00 | 78,647.00 |
- | |||
Total | 943,756.00 |
29-E III. Bolsas de Valores (Pesos)
Institución | Cuota de Inspección y Vigilancia 2006 | ||
Anual | Mensual | ||
1 | BOLSA MEXICANA DE VALORES, S.A. DE C.V. | 4,235,676.00 | 352,973.00 |
- | |||
Total | 4,235,676.00 |
29-E IV. Cámaras de Compensación (Pesos)
Institución | Cuota de Inspección y Vigilancia 2006 | ||
Anual | Mensual | ||
1 | ASIGNA, COMPENSACION Y LIQUIDACION | 1,200,148.00 | 100,013.00 |
- | |||
Total | 1,200,148.00 |
29-E V. Contrapartes Centrales (Pesos)
Institución | Cuota de Inspección y Vigilancia 2006 | ||
Anual | Mensual | ||
1 | CONTRAPARTE CENTRAL DE VALORES DE MEXICO, S.A. DE C.V. | 849,000.00 | 70,750.00 |
- | |||
Total | 849,000.00 |
29-E XII. Instituciones para el Depósito de Valores (Pesos)
Institución | Cuota de Inspección y Vigilancia 2006 | ||
Anual | Mensual | ||
1 | S. D. XXXXXXX, X.X. DE C.V. | 2,169,781.00 | 180,816.00 |
- | |||
Total | 2,169,781.00 |
Jueves 20 xx xxxxx de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 41
SECRETARIA DE ECONOMIA
RESOLUCION preliminar de la revisión de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de envases tubulares flexibles de aluminio, mercancía clasificada en la fracción arancelaria 7612.10.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originarias de la República Bolivariana de Venezuela y provenientes de la empresa Saviram, C.A.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
RESOLUCION PRELIMINAR DE LA REVISION DE LA CUOTA COMPENSATORIA DEFINITIVA IMPUESTA A LAS IMPORTACIONES DE ENVASES TUBULARES FLEXIBLES DE ALUMINIO, MERCANCIA CLASIFICADA EN LA FRACCION ARANCELARIA 7612.10.01 DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACION Y DE EXPORTACION, ORIGINARIAS DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y PROVENIENTES DE LA EMPRESA SAVIRAM, C.A.
Visto para resolver el expediente administrativo 1a. Rev. 22/05 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía, en lo sucesivo la Secretaría, se emite la presente Resolución, de conformidad con los siguientes:
RESULTANDOS
Resolución final
1. El 13 xx xxxx de 2004, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, en lo sucesivo DOF, la resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de envases tubulares flexibles de aluminio, mercancía clasificada en la fracción arancelaria 7612.10.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, en lo sucesivo TIGIE, originarias de la República Bolivariana de Venezuela, independientemente del país de procedencia.
Monto de la cuota compensatoria definitiva
2. De conformidad con la resolución final a que se refiere el punto anterior, la Secretaría impuso cuotas compensatorias definitivas a las importaciones de envases tubulares flexibles de aluminio, mercancía clasificada en la fracción arancelaria 7612.10.01 de la TIGIE, originarias de la República Bolivariana de Venezuela, en los términos que se señalan a continuación:
A. 36.16 por ciento para las importaciones originarias de Saviram, C.A.
B. 49.94 por ciento para las importaciones originarias de Alentuy, C.A., y de las demás empresas exportadoras.
Presentación de la solicitud
3. El 31 xx xxxx de 2005, la empresa exportadora Saviram, C.A., en lo sucesivo Saviram, por conducto de su representante legal, compareció ante la Secretaría para solicitar el inicio de la revisión de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de envases tubulares flexibles de aluminio, originarias de la República Bolivariana de Venezuela y provenientes de Saviram.
Prevención
4. Mediante oficio UPCI.310.05.2183, del 23 xx xxxxx de 2005, la Secretaría previno a la solicitante con el objeto de que complementara y aclarara algunos puntos de su solicitud de inicio de revisión, con fundamento en los artículos 52 fracción II de la Ley de Comercio Exterior, en lo sucesivo LCE, y 78, 99 párrafo segundo, 101 último párrafo y 103 fracción II del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior, en lo sucesivo RLCE. El 00 xx xxxxx xx 0000, xx xxxxxxxxxxx solicitante desahogó la prevención en la forma y términos requeridos.
Información sobre la mercancía Descripción de la mercancía
5. Los envases tubulares flexibles de aluminio se fabrican a partir de pastillas de aluminio o cospel con
99.5 por ciento de pureza mínima y entre las principales características físicas que los describen se encuentran el diámetro, longitud, tamaño de boca, hombro y cuello, así como el espesor de barniz en el interior del envase cuyas dimensiones se señalan en el cuadro siguiente. A la mercancía objeto de esta revisión también se le conoce con el nombre genérico de tubo colapsable de aluminio y comercialmente como tubo colapsable o depresible de aluminio para envasar diversos productos con propiedades específicas, principalmente para las industrias cosmética, farmacéutica e industrial, entre otras.
42 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 20 xx xxxxx de 2006
Característica | Dimensiones en milímetros | |
Xxxxxx | Xxxxxx | |
Boca | 9.39 | 10.21 |
Cuello1 | 12 | 28 |
Hombro (espesor) | 0.5 | 1.2 |
Diámetro2 | 14 | 50.8 |
Longitud2 | 65 | 254 |
Barniz | 0 | 0.050 |
1 Medida expresada de acuerdo con las Convenciones de dimensiones de la North American Aluminum Collapsible Tube Industry, “Neck Dimensions” (NAACTI).
2 El diámetro y longitud están asociados a una capacidad volumétrica que, por ejemplo, en estos rangos oscilaría entre 10,006 mm.3 a 514,816 mm.3 (o bien de 10.006 a 514.816 ml.).
Régimen arancelario
6. De acuerdo con la nomenclatura arancelaria de la TIGIE, la mercancía objeto de esta revisión se clasifica en la fracción arancelaria 7612.10.01. En el marco del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos, la República de Colombia y la República Bolivariana de Venezuela, la mercancía importada de origen venezolano se encuentra sujeta a un arancel cero.
Inicio de la revisión
7. Una vez cubiertos los requisitos previstos en la LCE y en el RLCE, el 25 de noviembre de 2005 se publicó en el DOF la resolución por la cual se declaró el inicio del procedimiento de revisión administrativa de la cuota compensatoria definitiva aplicable a las importaciones de envases tubulares flexibles de aluminio, originarias de la República Bolivariana de Venezuela y procedentes de la empresa Saviram, para lo cual se fijó como periodo de revisión el comprendido del 1 xx xxxx de 2004 al 30 xx xxxxx de 2005.
Convocatoria y notificaciones
8. Mediante la publicación a que se refiere el punto anterior, la Secretaría convocó a los productores nacionales, importadores, exportadores y a cualquier persona que considerara tener interés jurídico en el resultado de la revisión, para que comparecieran a manifestar lo que a su derecho conviniese.
9. Con fundamento en los artículos 53 de la LCE, 99, 100 y 142 del RLCE y 6.1 del Acuerdo relativo a la Aplicación del artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, en lo sucesivo Acuerdo Antidumping, la autoridad instructora procedió a notificar el inicio de la revisión a la exportadora solicitante, a las empresas productoras nacionales, a la importadora y exportadoras de que tuvo conocimiento, así como al gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, corriéndoles traslado de la solicitud y sus anexos, con el objeto de que manifestaran lo que a su derecho conviniese.
Comparecientes
10. Derivado de la convocatoria y notificaciones descritas en los puntos 8 y 9 de esta Resolución, comparecieron las productoras nacionales cuyas razones sociales y domicilio se mencionan a continuación:
Extral, S.A. de C.V., e Industrial Santa Clara, S.A. de C.V., en lo sucesivo Extral e Industrial Santa Clara, respectivamente. Con domicilio en Amsterdam 124-404, Colonia Hipódromo Condesa, código postal 06170, Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx.
Xxxxxxxx
00. En atención a la solicitud formulada por Extral e Industrial Santa Clara, la Secretaría les concedió una prórroga de 3 días hábiles para la presentación de la respuesta al formulario oficial de investigación, la cual venció el 23 de enero de 2006. Dicha prórroga también se hizo del conocimiento de la exportadora solicitante para la presentación de su réplica.
Jueves 20 xx xxxxx de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 43
Argumentos y medios de prueba de las comparecientes
Productoras nacionales
12. Las empresas Extral e Industria Santa Clara presentaron los siguientes argumentos:
A. El 21 de septiembre de 2005 el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa notificó a la Secretaría de Economía el acuerdo por el cual se decretó el sobreseimiento del juicio de nulidad interpuesto por Saviram el 26 de noviembre de 2004, debido a que dicha empresa se desistió del mismo, cabe señalar que Extral e Industrial Santa Clara participaron en dicho juicio en calidad de terceros interesados.
B. Durante la investigación ordinaria presentaron y señalaron lo siguiente:
a. Se presentó la factura de la empresa farmacéutica Glaxo como prueba de valor normal y que se refiere a envases flexibles de aluminio que por sus características y dimensiones deberían tener un menor costo al de cualquier envase destinado a la industria cosmética de tinte para pelo. Sin embargo, su precio de venta fue mayor si se compara con los de L’Oreal México,
S.A. y Wella de México, que fueron los exportados a los Estados Unidos Mexicanos.
b. Al comparar los precios de cada envase utilizando el método de regresión lineal, para hacerlos comparables, encontramos un diferencial de precios; si se observa el precio al que fueron vendidos los tubos en la República Bolivariana de Venezuela contra el precio del envase para tinte de pelo de menor diámetro vendido a los Estados Unidos Mexicanos durante el periodo investigado también se observa un diferencial de precios.
c. El costo directo del envase tiene poca influencia en la determinación del precio de venta para los productores venezolanos. Las empresas productoras venezolanas, como consta en el expediente administrativo, basan sus decisiones del precio de venta de envases en función de la oportunidad y habilidad comercial.
d. En la audiencia pública se presentó información que avala que los envases (de tinte para pelo) que concurren al mismo xxxxx xx xxxxxxx (cantidad contenida) son envases similares y no idénticos en cuanto a dimensiones se refiere porque tienen la misma capacidad volumétrica.
e. Se presentó información que avala el argumento de que en el mercado venezolano por decisión global, las empresas Revlon, L´Oreal y Wella no cuentan con operaciones de envasado y los envases flexibles se elaboran de acuerdo con las indicaciones del cliente; en este sentido, Saviram vende productos similares para envasadoras venezolanas que compiten en el mercado de cosméticos y farmacéuticos.
C. La muestra de valor está manipulada para el periodo de revisión xx xxxx de 2004 x xxxxx de 2005, al haber seleccionado de manera tendenciosa para los efectos del cálculo de valor normal, sólo aquellos envases cuyos precios comparados con los precios de exportación a los Estados Unidos Mexicanos, no reflejan un margen de dumping. Se trata pues de una muestra de valor normal amañada y no representativa de las operaciones de Saviram.
D. Saviram mágicamente en el periodo de revisión realizó una reducción de precios en su mercado por poco menos del 36 por ciento cuando los costos del aluminio, la materia prima más representativa, han subido de aproximadamente $1,500 dólares de los Estados Unidos de América la tonelada a cerca de $1,600 dólares estadounidenses en dicho periodo, además el costo del aluminio ha continuado a la alza en los mercados internacionales; adicionalmente, el precio de otras materias primas se comporta a la alza, pues es del dominio público que los precios del petróleo han aumentado sustancialmente y, por ende, los precios de sus derivados como los plásticos (para tapas usadas en los envases) y los recubrimientos.
X. Xxxxxxx posiblemente está manipulando los precios por lo siguiente:
a. Incluyó en la muestra de envases para la estimación del valor normal sólo envases muy similares en medidas y que concurren al mismo mercado que los exportados a los Estados Unidos Mexicanos. La autoridad debe considerar todos los envases que están dentro del segmento que es comparable (uso cosmético, farmacéutico, etc.).
b. Otra posibilidad es que los envases de la muestra de valor normal sean similares en dimensiones, pero que concurran a mercados donde las exigencias sean menores y esto implica que no requieran algún proceso o materia prima, que sí requieren los envases para los tintes para pelo, con lo cual se abarataría el precio de venta.
44 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 20 xx xxxxx de 2006
c. Fabricó la muestra ad-hoc sacrificando ingresos al vender en su mercado a precios bajos para que la Secretaría al compararlos con los precios del envase exportado a los Estados Unidos Mexicanos no encuentre márgenes de dumping, por lo que es importante para Extral que se verifique el comportamiento de las ventas de todos los envases al mercado venezolano en el periodo de revisión.
F. En lo que se conoce como una corrida de envases se producen diversas gamas de tubos para un cliente concreto existiendo la posibilidad de aprovechar dicha corrida para ofrecer tubos de esa gama a un cliente xxx xxxxxxx venezolano a precios que resultan no representativos de los costos reales, lo que altera técnicamente el valor normal que Saviram pretende se tome como referencia. Otro aspecto es el desperdicio de arranque que consiste que entre menos ajustes de características se haga a la máquina más se ahorra y no se desperdicia. Si Saviram está tomando tubos de su mercado y lo intercala en las líneas de Wella y L’Oreal puede dar costos y precios similares.
G. Existe una fundada sospecha de Extral sobre la práctica comercial de Saviram por lo que hace al precio real al que vende sus productos en la República Bolivariana de Venezuela, podría facturar debajo de lo pactado para después compensar dicho precio con una nota de cargo, o en la venta de otro envase al mismo cliente, pero dicho envase está fuera del rango que determinó la autoridad, a fin de evitar que sea tomado para promediar el precio xxx xxxxxxx interno.
X. Xx Secretaría debe revisar a detalle la información presentada por Saviram, en sus estimaciones de la muestra de envases para la determinación del valor normal versus los envases que vendió a los Estados Unidos Mexicanos en el periodo mayo de 2004 x xxxxx de 2005.
I. Es importante enfatizar que los requerimientos de calidad hechos por clientes que compran los envases, impactan el costo variable de materias primas como los barnices. Extral está certificada como proveedor que cumple estándares de calidad en sus materias primas, lo que tiene una repercusión en sus costos variables, al tener que utilizar barnices de una excelente calidad que preserven el logotipo de la marca durante el tiempo.
J. En la investigación ordinaria la autoridad confirmó que Saviram aun con materias primas más caras vendía el producto en el mercado de exportación como el mexicano a precios dumping; ahora utilizando supuestamente la misma metodología de la autoridad no ha trasladado los altos costos del aluminio a su precio de venta.
K. Revisando el comportamiento de las exportaciones de envases flexibles de aluminio antes de la cuota compensatoria presentaba una tendencia creciente, para el periodo de revisión de la cuota compensatoria se observó una clara caída del volumen de envases flexibles exportado por la República Bolivariana de Venezuela a los Estados Unidos Mexicanos, precisamente, por la aplicación de la cuota compensatoria.
L. A partir xx xxxx de 2004, momento en que se determinó la cuota compensatoria, Saviram continuó con los envíos a bodega en menor escala, conforme llegaba a la bodega Cosbel lo sacaba para consumo, hasta que en abril del 2005 cesaron completamente las importaciones del producto objeto de revisión a bodega.
M. Con respecto a los precios observados xx xxxx de 2001 x xxxxx de 2002, fueron muy bajos comparados con los precios a que vendió en la República Bolivariana de Venezuela durante periodo de revisión, pero van a la baja.
N. Las modificaciones que se están dando en la manera de vender los envases, es un cambio orquestado por Saviram para que en la revisión, a la hora de la estimación de valor normal versus el precio de exportación no se refleje su práctica desleal.
O. Aun cuando los volúmenes de exportación venezolanos están bajando los precios también lo están haciendo, lo que refuerza el hecho de que Saviram para dar precios no se basa en cálculos bien fundamentados (como costos) sino en situaciones estratégicas para ganar mercado sin importarle inclusive caer en una competencia desleal por dumping.
P. Con respecto a los principales exportadores de envases tubulares flexibles de aluminio a los Estados Unidos Mexicanos para el periodo de revisión se nota que la República Bolivariana de Venezuela continúa con un lugar preponderante como proveedor del producto objeto de revisión, ocupando el segundo lugar sólo después de la República Federal de Alemania. Al revisar las cifras de importación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, posteriores x xxxxx de 2005, la tendencia de las importaciones de envases venezolanos, continúa bajando.
Jueves 20 xx xxxxx de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 45
Q. Al comparar las dimensiones de los envases importados de origen venezolano en el periodo de la investigación ordinaria con las de los envases que se importaron en el periodo de revisión se encontró que se presentó un cambio de imagen de los envases de una empresa envasadora ocupando la misma capacidad volumétrica, al decidir cambiar el envase, dicho envase fue el de mayor volumen importado de noviembre de 2001 x xxxxx de 2002.
X. Xxx xxxxxxx xx xxx xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx al mercado mexicano siguen estando por debajo del precio de venta de Extral e Industrial Santa Clara. Después de la imposición de la cuota compensatoria a los envases venezolanos las empresas envasadoras aumentaron sus pedidos del producto objeto de revisión a la empresa nacional, ocasionando un aumento en su participación en el mercado nacional.
13. Para acreditar lo anterior, Extral e Industrial Santa Clara presentaron las siguientes pruebas:
A. Características físicas de los envases tubulares flexibles de aluminio.
B. Precios del aluminio del 1 xx xxxx de 2004 al 30 xx xxxxx de 2005, cuya fuente es el mercado de metales de Londres, en inglés con traducción al español.
C. Pedimentos de importación con sus correspondientes facturas xx xxxx de 2004 x xxxxx de 2005.
14. Adicionalmente a lo anterior, Industrial Santa Clara presentó las fichas técnicas xx xxxxx de Industrial Santa Clara de 2003.
Réplica Saviram
15. La exportadora solicitante de la revisión presentó los siguientes argumentos:
A. La comparecencia de la producción nacional se limita a suposiciones, posibilidades y sospechas sin solidez ni sustento, sus argumentos se remiten a la investigación ordinaria de 2003.
B. La producción nacional hace mención de las pruebas y argumentos vertidos por ésta durante la investigación antidumping de 2003, de la mercancía actualmente objeto de revisión, incluso, transcriben lo oralmente expuesto en la audiencia pública.
C. Los criterios y estrategias para la determinación de los precios de venta no constituyen ni están relacionados con la litis de la investigación. En todo caso, la determinación de precios en un mercado de libre competencia se basa en la acción de la oferta y la demanda, en tanto que la curva de la oferta se define como la curva de costo marginal por arriba del costo variable medio, no puede decirse válidamente que los precios estén desligados de los costos.
D. Las pruebas a las que se refiere la producción nacional corresponden al periodo investigado en el procedimiento ordinario, que comprendió del 1 de noviembre de 2001 al 30 xx xxxxx de 2002, por lo que, no es posible sustentar argumentos en información con cinco años de antigüedad.
E. Con respecto al argumento de las productoras nacionales de que la muestra de valor normal está manipulada para el periodo de revisión xx xxxx de 2004 x xxxxx de 2005, manifestamos que conforme a lo requerido en los formularios oficiales, no presentamos una muestra de transacciones, sino la totalidad de las ventas realizadas tanto en el mercado interno como en los mercados de exportación; asimismo, la selección del periodo de revisión responde a lo establecido en los artículos 00 xx xx XXX x 000 xxx XXXX.
F. Si a decir de la producción nacional los precios de venta dependen más de la oportunidad y habilidad comercial que de los costos, para Saviram carecen de sentido las afirmaciones de la producción nacional en cuanto al costo de la materia prima.
G. La producción nacional mañosamente considera que las ventas domésticas se hicieron al mismo sector al que se hicieron las ventas de exportación a los Estados Unidos Mexicanos y más adelante sospecha fundadamente que se hicieron a sectores diferentes.
X. Xxxxxxx no presentó una muestra ni seccionó la información por mercados. La exigencia que la producción nacional realiza, basada en la información de que dispone, es innecesaria e inútil. Adicionalmente, la similitud no se determina en función de las dimensiones sino del volumen porque así lo decidió la Secretaría a petición de la industria nacional.
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I. La producción nacional se contradice al manifestar que el precio no es una función de los costos y otra posibilidad es que el valor normal corresponda a productos que no requieran algún proceso o materia prima por concurrir a un mercado con exigencias menores, por lo que da a entender que los precios sí se determinan por los costos. Por otro lado, señala que los precios estarían en función xxx xxxxxxx al que asisten los productos, lo que contradice su exigencia de que deben considerarse todos los mercados.
X. Xxx respecto al argumento de las productoras nacionales de que Saviram fabricó la muestra ad-hoc sacrificando ingresos al vender en su mercado a precios bajos para que la Secretaría no encuentre margen de dumping. Saviram considera que como ha quedado demostrado en sus comparecencias presentó la totalidad de sus ventas y realizó una comparación en los términos impuestos por la Secretaría en la resolución final. Adicionalmente se presentaron los costos de producción de cada uno de los códigos involucrados en la investigación, por lo que, la otra posibilidad no deja de ser una hipótesis sin sentido.
K. Saviram considera que en un mercado de especialidades como el de los envases de aluminio, en donde no existen commodities, sino que el oferente responde a las necesidades de los clientes y no se ofrecen productos genéricos, es imposible crear una muestra ad-hoc, porque no habría compradores.
L. Suponiendo sin conceder que se decidiera vender más barato en la República Bolivariana de Venezuela que en los Estados Unidos Mexicanos, ésta no sería una decisión sancionable ni cuestionable, en todo caso sería comercial.
M. La Secretaría cuenta con elementos para conciliar los precios de cada una de las ventas de Saviram en su mercado interno contra sus estados financieros auditados. Adicionalmente, Saviram ofrece que se lleve a cabo una verificación in situ para cerciorase de la veracidad de la información presentada.
X. Xxxxxxx no entiende por qué la comparación realizada es tendenciosa, en todo caso demuestra que Saviram no puede crear un mercado ad-hoc, que no se puede crear una muestra en el mercado venezolano para generar un precio artificial, y que la falta de venta de Extral e ISC en el mercado mexicano se debe a su incapacitad para cumplir con las características físicas y químicas exigidas por los clientes de Saviram.
X. Xxxxxxx cumplió con el criterio de representatividad del artículo 68 de la Ley de Comercio Exterior, por lo que las afirmaciones de la producción nacional carecen de sustento.
P. La litis de esta investigación es determinar si Saviram no incurrió en discriminación de precios durante el periodo de revisión que es del 1 xx xxxx de 2004 al 30 xx xxxxx de 2005, por lo que es irrelevante explicar lo que pasó de 2000 a 2003.
CONSIDERANDOS
Competencia
16. La Secretaría de Economía es competente para emitir esta Resolución, conforme a lo dispuesto en los artículos 16 y 34 fracciones V y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 11.2 del Acuerdo relativo a la Aplicación del artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, 5 fracción VII y 68 de la LCE, 99 y 100 del RLCE y 1, 2, 4, 6, 11, 12 y 16 fracciones I y V del Reglamento Interior de la misma dependencia.
Legislación aplicable
17. Para efectos de este procedimiento son aplicables el Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, el Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos, la República de Colombia y la República Bolivariana de Venezuela, la Ley de Comercio Exterior, el Reglamento de la Ley de Comercio Exterior, el Código Fiscal de la Federación y el Código Federal de Procedimientos Civiles, estos dos últimos de aplicación supletoria.
Análisis de discriminación de precios
Alegatos
18. Durante este procedimiento de revisión comparecieron las productoras nacionales Extral e Industrial Santa Clara. En sus comparecencias argumentaron que la información presentada por la empresa exportadora Saviram, relativa a valor normal constituye una muestra de precios de venta en el mercado de la República Bolivariana de Venezuela que se utilizó para que en la comparación con los precios de exportación a los Estados Unidos Mexicanos no se observara la práctica discriminatoria de precios.
Jueves 20 xx xxxxx de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 47
19. Adicionalmente, las empresas Extral e Industrial Santa Clara señalaron que Saviram fabricó el valor normal al vender a precios bajos en su mercado y que tales ventas no representan un volumen considerable en relación con el volumen total de ventas.
20. A este respecto, es importante señalar que de acuerdo con lo manifestado por la empresa Saviram tanto en su solicitud de inicio de revisión de cuota compensatoria como en su respuesta a la prevención a que hacen referencia los puntos 3 y 4 de esta Resolución, la empresa exportadora presentó la totalidad de las ventas de los envases tubulares flexibles de aluminio objeto de esta revisión, que realizó durante el periodo de revisión tanto en el mercado de la República Bolivariana de Venezuela como en el de exportación a los Estados Unidos Mexicanos.
21. De igual manera, las empresas Extral e Industrial Santa Clara indicaron que existe la posibilidad de que Saviram haya creado una empresa comercializadora que venda los envases tubulares flexibles de aluminio a precios altos en el mercado interno, mientras que la propia Saviram sólo se encarga de vender los envases cuyo precio sea inferior. Sin embargo, debido a que las empresas Extral e Industrial Santa Clara no presentaron pruebas que avalen su dicho, para esta etapa del procedimiento la Secretaría desestimó los argumentos de las empresas productoras nacionales.
22. Asimismo, las empresas Extral e Industrial Santa Clara manifestaron que existe la sospecha de que las ventas de Saviram en el mercado interno hayan sido facturadas por debajo del precio pactado, para después compensar el verdadero precio con una nota de crédito. Sin embargo, en esta etapa del procedimiento la Secretaría desestimó los argumentos de las empresas productoras nacionales debido a que no presentaron pruebas documentales que respalden su argumento.
23. Adicionalmente, las empresas Extral e Industrial Santa Clara presentaron una muestra de los precios a los que los Estados Unidos Mexicanos importaron, durante el periodo de revisión, los envases tubulares flexibles de aluminio originarios de la República Bolivariana de Venezuela.
Códigos de producto
24. La exportadora solicitante Saviram manifestó que sus códigos de producto están compuestos por 11 dígitos, los cuales se dividen en 3 secciones, la primera sección está compuesta de 2 dígitos y corresponden al diámetro del tubo expresado en milímetros, la segunda sección está compuesta por 3 dígitos que especifican el largo del tubo expresado en milímetros y la tercera sección está compuesta por los últimos 6 dígitos, de los cuales 4 se refieren al cliente y 2 a un número consecutivo, es decir, los últimos 6 dígitos no reportan información técnica o física de los envases.
25. Durante el periodo de revisión, Saviram exportó a los Estados Unidos Mexicanos envases tubulares flexibles de aluminio que se clasifican en 28 códigos de producto de acuerdo con su sistema contable. Para efectos de la presente revisión, la empresa exportadora clasificó sus códigos de producto de acuerdo con su capacidad de envasado medida en mililitros, con lo que determinó que durante el periodo de revisión se realizaron exportaciones a los Estados Unidos Mexicanos de envases tubulares flexibles de aluminio clasificados en 7 diferentes grupos.
26. Adicionalmente, la empresa comparó los 7 grupos a que hace referencia el punto anterior con 7 grupos de producto vendidos en el mercado de la República Bolivariana de Venezuela clasificados con base en la capacidad de envasado en mililitros.
27. La empresa exportadora calculó la capacidad de envasado en mililitros aplicando a cada uno de los envases la fórmula matemática para determinar el volumen de un cilindro.
Precio de exportación
28. Saviram presentó un listado que, de acuerdo con lo señalado en el punto 20 de esta Resolución, contiene la totalidad de sus ventas de exportación a los Estados Unidos Mexicanos de los envases tubulares flexibles de aluminio durante el periodo de revisión.
29. La exportadora Saviram presentó información tendiente a demostrar que el volumen de envases tubulares flexibles de aluminio que exportó a los Estados Unidos Mexicanos durante el periodo de revisión fue representativo. La Secretaría revisó y analizó la información presentada y encontró que para esta etapa de la revisión dicha información cumple con el requisito de representatividad establecido en el artículo 68 de la LCE.
30. Adicionalmente, Saviram manifestó que las ventas de exportación a los Estados Unidos Mexicanos de los envases tubulares flexibles de aluminio son netas de descuentos, reembolsos y bonificaciones.
48 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 20 xx xxxxx de 2006
31. Con fundamento en los artículos 2.4.2 del Acuerdo Antidumping, 39 y 40 del RLCE, la Secretaría calculó un precio de exportación promedio ponderado a los Estados Unidos Mexicanos para cada uno de los 7 grupos de producto identificados en el punto 25 de esta Resolución. La ponderación refiere la participación relativa del volumen de ventas de cada grupo de productos en el total del producto objeto de revisión exportado a los Estados Unidos Mexicanos.
Ajustes
32. La empresa exportadora solicitó ajustar el precio de exportación por términos y condiciones de venta, en particular por concepto de embalaje, crédito, manejo de mercancía, seguro externo y flete interno.
Embalaje
33. La empresa Saviram propuso aplicar un monto por concepto de embalaje a cada uno de los códigos de producto exportados a los Estados Unidos Mexicanos, dicho monto se calculó a partir de un factor que se obtuvo de dividir el total de gastos incurridos por este concepto durante el periodo de revisión, registrados en su contabilidad, para cada código de producto entre el total de envases tubulares flexibles de aluminio de dicho código sometidos al proceso de embalaje durante el mismo periodo. La Secretaría aceptó la metodología e información proporcionadas por la empresa.
Crédito
34. La empresa presentó información relacionada con el plazo de pago para cada una de las facturas de venta de exportación a los Estados Unidos Mexicanos. Adicionalmente, para aquellas facturas que no fueron liquidadas en una sola exhibición, la empresa calculó un plazo promedio ponderado por cliente. En lo relacionado con la tasa de interés, Saviram presentó las tasas de interés, así como los montos en bolívares y calculó una tasa promedio ponderada para cada mes del periodo de revisión. La Secretaría aceptó la metodología e información proporcionadas por la empresa.
Manejo de mercancía
35. La empresa exportadora indicó que en este ajuste se incluyen los costos efectuados por concepto de maniobras en el puerto, gastos aduanales y certificados de origen para cada contenedor durante el periodo de revisión, los cuales propuso prorratear entre el total de tubos de cada contenedor. La Secretaría aceptó la metodología e información proporcionadas por la empresa.
Seguro externo
36. Saviram manifestó que el monto del ajuste es un porcentaje que le cobra la compañía aseguradora sobre el valor de la factura más un monto establecido, ambos conceptos aparecen en la póliza del contrato de la compañía de seguros, la cual estuvo vigente durante el periodo de revisión. La Secretaría aceptó la metodología e información proporcionadas por la empresa.
Flete interno
37. La empresa calculó dicho ajuste con base en los costos en los que incurrió por cada contenedor durante el periodo de revisión, prorrateándolos a cada factura de los productos contenidos en cada contenedor, considerando el número de tubos amparados por la factura. La Secretaría aceptó la metodología e información proporcionadas por la empresa.
38. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 2.4 del Acuerdo Antidumping, 36 de la LCE, y 53 y 54 del RLCE, la Secretaría aceptó ajustar, en esta etapa de la revisión, el precio de exportación por términos y condiciones de venta; en particular por los conceptos de embalaje, crédito, manejo de mercancía, seguro externo y flete interno.
Valor normal
39. Para acreditar el valor normal de cada uno de los 7 grupos de producto a que hace referencia el punto 25 de esta Resolución, Saviram manifestó que presentó la totalidad de sus ventas de envases tubulares flexibles de aluminio en el mercado venezolano durante el periodo de revisión a efecto de determinar que cumplen con el criterio de suficiencia establecido en la nota al pie de página 2 del Acuerdo Antidumping.
40. Adicionalmente, la empresa exportadora presentó información mensual relacionada con los costos de producción, así como los gastos generales de cada uno de los códigos de producto que fabricó durante el periodo de revisión.
Jueves 20 xx xxxxx de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 49
41. La Secretaría analizó la información a que hace referencia el punto anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1 del Acuerdo Antidumping e identificó las ventas de los envases tubulares flexibles de aluminio en el mercado interno que no se realizaron en el curso de operaciones comerciales normales, mediante la comparación de los precios de venta en dicho mercado con los costos de producción más los gastos generales específicos para cada transacción.
42. Con dicha comparación, la Secretaría identificó las ventas realizadas a precios por debajo de costos y determinó si estas ventas se efectuaron en cantidades sustanciales, es decir, si el volumen total de dichas transacciones fue mayor al 20 por ciento del volumen total de las ventas internas del código de producto en el periodo de revisión.
43. Los precios de cada una de las ventas a pérdida identificadas conforme al punto anterior, se compararon contra el promedio ponderado de los costos totales de producción de cada uno de los códigos de producto comparables al exportado a los Estados Unidos Mexicanos durante el periodo de revisión, a efecto de identificar las transacciones cuyo precio permitió la recuperación de los costos dentro de un plazo razonable, tal y como lo disponen los artículos 2.2.1 del Acuerdo Antidumping y 32 de la LCE. Como resultado de dicha comparación, la Secretaría eliminó del cálculo del valor normal las operaciones de venta cuyos precios fueron inferiores al promedio ponderado de los costos totales de producción del periodo de revisión.
44. Después de descartar las operaciones que no se realizaron en el curso de operaciones comerciales normales de cada uno de los códigos de producto comparables a los exportados a los Estados Unidos Mexicanos, la Secretaría realizó la prueba de suficiencia que establece la nota al pie de página 2 del Acuerdo Antidumping.
45. Como resultado de las pruebas de ventas por debajo de costos y de suficiencia, en esta etapa de la revisión, la Secretaría determinó que los códigos de producto comparables a los 7 grupos de envases tubulares flexibles de aluminio exportados a los Estados Unidos Mexicanos cumplieron con el requisito de suficiencia y, por tanto, calculó el valor normal mediante la opción de precios internos.
46. Adicionalmente, Saviram manifestó que las ventas de la mercancía sujeta a revisión realizadas en el mercado de la República Bolivariana de Venezuela son netas de descuentos, reembolsos y bonificaciones.
47. La Secretaría calculó el valor normal para cada uno de los 7 grupos de producto a que hace referencia el punto 39 de esta Resolución a partir del precio promedio ponderado de las transacciones realizadas durante el periodo de revisión; la ponderación refiere la participación del volumen de cada una de las transacciones en el total del volumen de las ventas realizadas por grupo de producto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.4.2 del Acuerdo Antidumping, y 39 y 40 del RLCE.
Ajustes
48. Saviram solicitó ajustar el valor normal por términos y condiciones de venta, en particular por concepto de embalaje, crédito, seguro y flete interno.
Embalaje
49. La empresa exportadora Saviram propuso aplicar un monto por concepto de embalaje a cada uno de los códigos de producto vendidos en su mercado interno, dicho monto se calculó a partir de un factor que se obtuvo de dividir el total de gastos incurridos por este concepto durante el periodo de revisión, registrados en su contabilidad, para cada código entre el total de envases tubulares flexibles de aluminio de dicho código sometidos al proceso de embalaje durante el mismo periodo. La Secretaría aceptó la metodología e información proporcionadas por la empresa.
Crédito
50. La empresa presentó información relacionada con el plazo de pago para cada una de las facturas de venta en el mercado interno de la República Bolivariana de Venezuela. Adicionalmente, para aquellas facturas que no fueron liquidadas en una sola exhibición, la empresa calculó un plazo promedio ponderado por cliente. En lo relacionado con la tasa de interés, Saviram presentó las tasas de interés, así como los montos, en bolívares, de los que fue sujeto y calculó una tasa promedio ponderada para cada mes. La Secretaría aceptó la metodología e información proporcionadas por la empresa.
Seguro interno
51. La empresa manifestó que es un porcentaje que le cobra la compañía aseguradora sobre el valor de la factura, el cual aparece en la póliza del contrato de la compañía de seguros, y estuvo vigente durante el periodo de revisión. La Secretaría aceptó la metodología e información proporcionadas por la empresa.
50 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 20 xx xxxxx de 2006
Flete interno
52. La empresa manifestó que para este ajuste obtuvo un promedio mensual para el mercado interno, el ajuste lo obtuvo de dividir el total de gastos mensuales por dicho concepto entre el número total de tubos transportados. La Secretaría aceptó la metodología e información proporcionadas por la empresa.
Diferencias físicas
53. Saviram calculó un costo promedio ponderado de los costos variables para cada uno de los grupos de producto a que hace referencia el punto 39 de esta Resolución. Una vez calculados los costos variables promedio por grupo de producto tanto de precio de exportación como de valor normal, la empresa obtuvo la diferencia en costos variables por grupo de producto. Dicha diferencia fue aplicada a cada uno de los grupos de producto de valor normal. En esta etapa de la revisión, la Secretaría aceptó la información proporcionada por la empresa.
54. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 2.4 del Acuerdo Antidumping, 36 de la LCE, y 53 y 54 del RLCE, en esta etapa de la revisión, la Secretaría ajustó el valor normal por términos y condiciones de venta; en particular, por embalaje, crédito, seguro y flete interno y diferencias físicas, de acuerdo con la información proporcionada por la empresa Saviram.
Xxxxxx de discriminación de precios
55. De acuerdo con la información y metodología descritas en los puntos 18 a 54 de esta Resolución y con fundamento en los artículos 2.4.2 del Acuerdo Antidumping, 30 de la LCE, 38, 39, 99 y 101 del RLCE y 9-10 del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos, la República de Colombia y la República Bolivariana de Venezuela, en esta etapa de la revisión, la Secretaría determinó que las importaciones de envases tubulares flexibles de aluminio provenientes de la empresa Saviram, originarias de la República Bolivariana de Venezuela, clasificadas en la fracción arancelaria 7612.10.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación no se realizaron en condiciones de discriminación de precios.
56. No obstante los resultados obtenidos hasta esta etapa de la revisión, la Secretaría concluye que es necesario continuar con el procedimiento y agotar las actividades subsecuentes con objeto de que esta autoridad corrobore y analice debidamente la información y pruebas presentadas por Saviram, así como las que pudieran presentar otras partes interesadas y las que se xxxxxxx la misma autoridad para emitir su determinación final, por lo anterior y con fundamento en los artículos 68 de la Ley de Comercio Exterior, 99 y 100 de su Reglamento y 11.2 y 11.4 del Acuerdo relativo a la Aplicación del artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, es procedente emitir la siguiente:
RESOLUCION
57. Se declara la continuación de este procedimiento de revisión, sin modificar la cuota compensatoria definitiva de 36.16 por ciento, impuesta en la Resolución final publicada en el Diario Oficial de la Federación del 13 xx xxxx de 2004, respecto de las importaciones de envases tubulares flexibles de aluminio, mercancía clasificada en la fracción arancelaria 7612.10.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, o por la que posteriormente se clasifique, originarias de la República Bolivariana de Venezuela y provenientes de la empresa Saviram, C.A.
58. Con fundamento en los artículos 99, 164 párrafo tercero del RLCE y segundo transitorio de las reformas a la Ley de Comercio Exterior publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 13 xx xxxxx de 2003, se concede un plazo de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial de la Federación, para que las partes interesadas comparezcan ante la Secretaría para presentar las argumentaciones y pruebas complementarias que estimen pertinentes. Este plazo fenecerá a las 14:00 horas del día de su vencimiento.
59. Comuníquese esta Resolución a la Administración General de Aduanas del Servicio de Administración Tributaria, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para los efectos legales correspondientes.
60. Notifíquese la presente Resolución a las partes interesadas de que se tenga conocimiento.
61. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
México, D.F., a 17 xx xxxxx de 2006.- El Secretario de Economía, Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx de Xxxx Xxxxxx.- Rúbrica.
Jueves 20 xx xxxxx de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 51
SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx x xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Representaciones y Consignaciones del Sureste, S.A. de C.V.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en Petroquímica Cangrejera, S.A. de C.V.- Area de Responsabilidades.- Expediente DS-256/2004.
Asunto: se remite Circular.
CIRCULAR No. 18/580/AR/246/2006
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERAN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA REPRESENTACIONES Y CONSIGNACIONES DEL SURESTE, S.A. DE C.V.
Oficiales mayores de las dependencias,
Procuraduría General de la República y equivalentes de las entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de las entidades federativas. Presentes.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 18, 26 y 37 fracciones VIII, XII y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2 fracción II, 3 literal D, antepenúltimo párrafo y 67 fracción I, numeral 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; 11, 59 y 60 fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 69 y 70 de su Reglamento; 1, 2, 3, 32, 35 fracción I, 39 y 70 fracciones II y VI, 72, 73, 76 y 83 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo tercero de la resolución, de fecha veintisiete xx xxxxx de dos mil seis, que se dictó en el expediente DS-256/2004, mediante el cual se resolvió el procedimiento de sanción administrativa iniciado a la empresa Representaciones y Consignaciones del Sureste, S.A. de C.V., esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios, con dicha empresa de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de tres meses.
En virtud de lo señalado en el párrafo anterior, los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con la mencionada infractora, no quedarán comprendidos en la aplicación de la presente Circular.
Las entidades federativas y los municipios interesados deberán cumplir con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.
Coatzacoalcos, Ver., a 31 xx xxxxx de 2006.- El Titular del Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control en Petroquímica Cangrejera, Sociedad Anónima de Capital Variable, Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx.- Rúbrica.
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la Procuraduría General de la República, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Comtelsat de México, S.A. de C.V.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en el Instituto Politécnico Nacional.- Area de Responsabilidades.- Expediente PAP/31/2005.
CIRCULAR No. OIC/IPN/03/2006
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, A LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERAN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA COMTELSAT DE MEXICO, S.A. DE C.V.
52 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 00 xx xxxxx xx 0000
Xxxxxxxxx mayores y equivalentes de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal,
Procuraduría General de la República y gobiernos de las entidades federativas. Presentes.
Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 8 y 9 primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria y 1 fracción II, 2 fracción III, 59 y 60 fracción IV de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 67 fracción I, numeral 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo sexto de la resolución de fecha treinta y uno xx xxxxx del dos mil seis, dictada en el expediente administrativo número PAP/31/2005, mediante el cual se resolvió el procedimiento de sanción administrativa incoado a la empresa Comtelsat de México, S.A. de C.V., esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno con dicha empresa, de manera directa o por interpósita persona, sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, por un plazo de tres meses.
En virtud de lo señalado en el párrafo anterior, los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con la mencionada infractora, no quedarán comprendidos en la aplicación de la presente Circular.
Las entidades federativas y los municipios interesados deberán cumplir con lo señalado en esta Circular cuando realicen procedimientos de contratación de adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como de obra pública y servicios relacionados con las mismas, con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.
Una vez transcurrido el plazo señalado concluirán los efectos de la presente Circular, sin que sea necesario algún otro comunicado.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 3 xx xxxxx de 2006.- El Titular del Area, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx.- Rúbrica.
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx x xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con Tecnología Avanzada en Investigación Aplicada, S.A. de C.V.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en el Instituto Mexicano del Petróleo.- Area de Responsabilidades.- Expediente: SPC-066/2005.
CIRCULAR No. 18/474/JOA-009/06
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERAN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON TECNOLOGIA AVANZADA EN INVESTIGACION APLICADA, S.A. DE C.V.
Oficiales mayores de las dependencias,
Procuraduría General de la República y equivalentes de las entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de las entidades federativas. Presentes.
Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 26 y 37 fracciones XII y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 50 fracción IV, 59 y 60 primer párrafo y fracción IV de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 69 de su Reglamento; 1, 2, 8 y 9 primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria; y 67 fracción I numeral 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo quinto de la resolución de 24 xx xxxxx de 2006, que se dictó en el expediente SPC-066/2005, mediante el cual se resolvió el procedimiento de sanción administrativa incoado a Tecnología Avanzada en Investigación Aplicada, S.A. de C.V., a través del cual se le impuso la sanción consistente en inhabilitación, esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas, con Tecnología Avanzada en Investigación Aplicada, S.A. de C.V., de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de tres meses.
En virtud de lo señalado en el párrafo anterior, los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con el mencionado infractor, no quedarán comprendidos en la aplicación de la presente Circular.
Las entidades federativas y los municipios interesados deberán cumplir con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como la obra pública que contraten, se realice con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.
Una vez transcurrido el plazo antes señalado, concluirán los efectos de la presente Circular, sin que sea necesario algún otro comunicado.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 4 xx xxxxx de 2006. El Titular del Area de Responsabilidades, Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx.- Rúbrica.
SECRETARIA DE LA REFORMA AGRARIA
AVISO de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Carmen Nuevo León Fracción III, con una superficie aproximada de 01-73-69 hectáreas, Municipio de Teopisca, Chis.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria.
AVISO DE DESLINDE DEL PREDIO PRESUNTO PROPIEDAD NACIONAL DENOMINADO CARMEN NUEVO LEON FRACCION III, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE TEOPISCA, ESTADO DE CHIAPAS.
La Dirección de Regularización de la Propiedad Rural, dependiente de la Dirección General de Ordenamiento y Regularización de la Secretaría de la Reforma Agraria, mediante oficio número 144707, de fecha 25 de julio de 2005, autorizó a la Representación Agraria para que comisionara perito deslindador, la cual con oficio número 2087, de fecha 1 de septiembre de 2005, me ha autorizado para que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 160 de la Ley Agraria; 104, 107 y 108 del Reglamento de la misma en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, proceda al deslinde y medición del predio presunto nacional denominado Carmen Nuevo León Fracción III, con superficie aproximada de 01-73-69 hectárea, ubicado en el Municipio de Teopisca, Estado de Chiapas, el cual cuenta con las siguientes colindancias:
AL NORTE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx
AL SUR: Xxxxxxx Xxxxxxxx
AL ESTE: Xxxx Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxx x Xxxxx Xxxxx X.
XX XXXXX: Xxxx Xxxxxxxxx de la Xxxx Xxxxxxxx
Por lo que, en cumplimiento a lo establecido por los artículos 160 de la Ley Agraria y 108 del Reglamento de la misma Ley en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, deberá publicarse, por una sola vez, en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Chiapas, en el periódico de información local Es Diario Popular, así como colocarse en los parajes más cercanos al mismo terreno, con el objeto de comunicar a las personas que se sientan afectadas en sus derechos por la realización de los trabajos de deslinde, a fin de que dentro del plazo de 30 días hábiles, a partir de la publicación del presente Aviso en el Diario Oficial de la Federación, ocurran ante el suscrito para exponer lo que a su derecho convenga, así como para presentar la documentación que fundamente su dicho. Para tal fin se encuentra a la vista de cualquier interesado el croquis correspondiente en las oficinas que ocupa la Representación Agraria, con domicilio en Xxxxxxx Federal, 1er. piso, colonia Xxxxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxxx.
A las personas que no presenten sus documentos dentro del plazo señalado, o que habiendo sido notificadas a presenciar el deslinde no concurran al mismo, se les tendrá como conformes con sus resultados, emitiéndose el presente en Tuxtla Xxxxxxxxx, Chiapas, el día 29 de septiembre de 2005.
Atentamente
El Xxxxxx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx.- Rúbrica.
AVISO de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Carmen Nuevo León Fracción IV, con una superficie aproximada de 01-19-10 hectáreas, Municipio de Teopisca, Chis.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria.
AVISO DE DESLINDE DEL PREDIO PRESUNTO PROPIEDAD NACIONAL DENOMINADO CARMEN NUEVO LEON FRACCION IV, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE TEOPISCA, ESTADO DE CHIAPAS.
La Dirección de Regularización de la Propiedad Rural, dependiente de la Dirección General de Ordenamiento y Regularización de la Secretaría de la Reforma Agraria, mediante oficio número 144686, de fecha 25 de julio de 2005, autorizó a la Representación Agraria para que comisionara perito deslindador, la cual con oficio número 2087, de fecha 1 de septiembre de 2005, me ha autorizado para que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 160 de la Ley Agraria; 104, 107 y 108 del Reglamento de la
54 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 20 xx xxxxx de 2006
misma en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, proceda al deslinde y medición del predio presunto nacional denominado Carmen Nuevo León Fracción IV, con superficie aproximada de 01-19-10 hectárea, ubicado en el Municipio de Teopisca, Estado de Chiapas, el cual cuenta con las siguientes colindancias:
AL NORTE: Xxxx Xxxxxxxxx xx xx Xxxx x Xxxx xx xx Xxxx
XX XXX: Xxxxxx
XX XXXX: Xxxxx Xxxxx X.
XX XXXXX: Xxxx Xxxxxxxxx de la Xxxx
Por lo que, en cumplimiento a lo establecido por los artículos 160 de la Ley Agraria y 108 del Reglamento de la misma Ley en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, deberá publicarse, por una sola vez, en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Chiapas, en el periódico de información local Es Diario Popular, así como colocarse en los parajes más cercanos al mismo terreno, con el objeto de comunicar a las personas que se sientan afectadas en sus derechos por la realización de los trabajos de deslinde, a fin de que dentro del plazo de 30 días hábiles, a partir de la publicación del presente Aviso en el Diario Oficial de la Federación, ocurran ante el suscrito para exponer lo que a su derecho convenga, así como para presentar la documentación que fundamente su dicho. Para tal fin se encuentra a la vista de cualquier interesado el croquis correspondiente en las oficinas que ocupa la Representación Agraria, con domicilio en Xxxxxxx Federal, 1er. piso, colonia Xxxxxx, xx xx xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxxx.
A las personas que no presenten sus documentos dentro del plazo señalado, o que habiendo sido notificadas a presenciar el deslinde no concurran al mismo, se les tendrá como conformes con sus resultados, emitiéndose el presente en Tuxtla Xxxxxxxxx, Chiapas, el día 29 de septiembre de 2005.
Atentamente
El Xxxxxx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx.- Rúbrica.
AVISO de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Carmen Nuevo León Fracción V, con una superficie aproximada de 10-14-56 hectáreas, Municipio de Teopisca, Chis.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria.
AVISO DE DESLINDE DEL PREDIO PRESUNTO PROPIEDAD NACIONAL DENOMINADO CARMEN NUEVO LEON FRACCION V, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE TEOPISCA, ESTADO DE CHIAPAS.
La Dirección de Regularización de la Propiedad Rural, dependiente de la Dirección General de Ordenamiento y Regularización de la Secretaría de la Reforma Agraria, mediante oficio número 144708, de fecha 25 de julio de 2005, autorizó a la Representación Agraria para que comisionara perito deslindador, la cual con oficio número 2087, de fecha 1 de septiembre de 2005, me ha autorizado para que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 160 de la Ley Agraria; 104, 107 y 108 del Reglamento de la misma en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, proceda al deslinde y medición del predio presunto nacional denominado Carmen Nuevo León Fracción V, con superficie aproximada de 10-14-56 hectáreas, ubicado en el Municipio de Teopisca, Estado de Chiapas, el cual cuenta con las siguientes colindancias:
AL NORTE: Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx
AL SUR: Xxxx xx xx Xxxx
XX XXXX: Xxxx xx xx Xxxx Xxxxxxxx
XX XXXXX: Xxxxxxxx Xxxx Xxxxx, Xxxxx Xxxxxx y Xxxxxx Xxxx
Por lo que, en cumplimiento a lo establecido por los artículos 160 de la Ley Agraria y 108 del Reglamento de la misma Ley en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, deberá publicarse, por una sola vez, en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Chiapas, en el periódico de información local Es Diario Popular, así como colocarse en los parajes más cercanos al mismo terreno, con el objeto de comunicar a las personas que se sientan afectadas en sus derechos por la realización de los trabajos de deslinde, a fin de que dentro del plazo de 30 días hábiles, a partir de la publicación del presente Aviso en el Diario Oficial de la Federación, ocurran ante el suscrito para exponer lo que a su derecho convenga, así como para presentar la documentación que fundamente su dicho. Para tal fin se encuentra a la vista de cualquier interesado el croquis correspondiente en las oficinas que ocupa la Representación
Jueves 20 xx xxxxx de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 55
Agraria, con domicilio en Xxxxxxx Federal, 1er. piso, colonia Xxxxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxxx.
A las personas que no presenten sus documentos dentro del plazo señalado, o que habiendo sido notificadas a presenciar el deslinde no concurran al mismo, se les tendrá como conformes con sus resultados, emitiéndose el presente en Tuxtla Xxxxxxxxx, Chiapas, el día 29 de septiembre de 2005.
Atentamente
El Xxxxxx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx.- Rúbrica.
AVISO de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Fracción Guadalupe, con una superficie aproximada de 07-44-85.636 hectáreas, Municipio de Teopisca, Chis.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria.
AVISO DE DESLINDE DEL PREDIO PRESUNTO PROPIEDAD NACIONAL DENOMINADO FRACCION GUADALUPE, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE TEOPISCA, ESTADO DE CHIAPAS.
La Dirección de Regularización de la Propiedad Rural, dependiente de la Dirección General de Ordenamiento y Regularización de la Secretaría de la Reforma Agraria, mediante oficio número 144687, de fecha 25 de julio de 2005, autorizó a la Representación Agraria para que comisionara perito deslindador, la cual con oficio número 2087, de fecha 1 de septiembre de 2005, me ha autorizado para que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 160 de la Ley Agraria; 104, 107 y 108 del Reglamento de la misma en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, proceda al deslinde y medición del predio presunto nacional denominado Fracción Guadalupe, con superficie aproximada de 07-44-85.636 hectáreas, ubicado en el Municipio de Teopisca, Estado de Chiapas, el cual cuenta con las siguientes colindancias:
AL NORTE: Xxxxx Xxxxx de la Xxxx
AL SUR: Xxxxx Xxxxx xx xx Xxxx
XX XXXX: Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx
AL OESTE: Xxxxxx Xxxxxx Xxxx
Por lo que, en cumplimiento a lo establecido por los artículos 160 de la Ley Agraria y 108 del Reglamento de la misma Ley en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, deberá publicarse, por una sola vez, en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Chiapas, en el periódico de información local Es Diario Popular, así como colocarse en los parajes más cercanos al mismo terreno, con el objeto de comunicar a las personas que se sientan afectadas en sus derechos por la realización de los trabajos de deslinde, a fin de que dentro del plazo de 30 días hábiles, a partir de la publicación del presente Aviso en el Diario Oficial de la Federación, ocurran ante el suscrito para exponer lo que a su derecho convenga, así como para presentar la documentación que fundamente su dicho. Para tal fin se encuentra a la vista de cualquier interesado el croquis correspondiente en las oficinas que ocupa la Representación Agraria, con domicilio en Xxxxxxx Federal, 1er. piso, colonia Xxxxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxxx.
A las personas que no presenten sus documentos dentro del plazo señalado, o que habiendo sido notificadas a presenciar el deslinde no concurran al mismo, se les tendrá como conformes con sus resultados, emitiéndose el presente en Tuxtla Xxxxxxxxx, Chiapas, el día 29 de septiembre de 2005.
Atentamente
El Xxxxxx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx.- Rúbrica.
AVISO de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Corazón de Xxxxx, con una superficie aproximada de 01-03-81.171 hectáreas, Municipio de Teopisca, Chis.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria.
AVISO DE DESLINDE DEL PREDIO PRESUNTO PROPIEDAD NACIONAL DENOMINADO CORAZON DE XXXXX, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE TEOPISCA, ESTADO DE CHIAPAS.
56 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 20 xx xxxxx de 2006
La Dirección de Regularización de la Propiedad Rural, dependiente de la Dirección General de Ordenamiento y Regularización de la Secretaría de la Reforma Agraria, mediante oficio número 144688, de fecha 25 de julio de 2005, autorizó a la Representación Agraria para que comisionara perito deslindador, la cual con oficio número 2087, de fecha 1 de septiembre de 2005, me ha autorizado para que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 160 de la Ley Agraria; 104, 107 y 108 del Reglamento de la misma en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, proceda al deslinde y medición del predio presunto nacional denominado Corazón de Xxxxx, con superficie aproximada de 01-03-81.171 hectárea, ubicado en el Municipio de Teopisca, Estado de Chiapas, el cual cuenta con las siguientes colindancias:
AL NORTE: Xxxxx Xxxxx Xxxxxx y Xxxxx Xxxxx Xxxx AL SUR: Xxxxxxx Xxxxxxxx x Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx XX XXXX: Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx
XX XXXXX: Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx
Por lo que, en cumplimiento a lo establecido por los artículos 160 de la Ley Agraria y 108 del Reglamento de la misma Ley en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, deberá publicarse, por una sola vez, en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Chiapas, en el periódico de información local Es Diario Popular, así como colocarse en los parajes más cercanos al mismo terreno, con el objeto de comunicar a las personas que se sientan afectadas en sus derechos por la realización de los trabajos de deslinde, a fin de que dentro del plazo de 30 días hábiles, a partir de la publicación del presente Aviso en el Diario Oficial de la Federación, ocurran ante el suscrito para exponer lo que a su derecho convenga, así como para presentar la documentación que fundamente su dicho. Para tal fin se encuentra a la vista de cualquier interesado el croquis correspondiente en las oficinas que ocupa la Representación Agraria, con domicilio en Xxxxxxx Federal, 1er. piso, colonia Xxxxxx, xx xx xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxxx.
A las personas que no presenten sus documentos dentro del plazo señalado, o que habiendo sido notificadas a presenciar el deslinde no concurran al mismo, se les tendrá como conformes con sus resultados, emitiéndose el presente en Tuxtla Xxxxxxxxx, Chiapas, el día 29 de septiembre de 2005.
Atentamente
El Xxxxxx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx.- Rúbrica.
AVISO de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado El Recuerdo, con una superficie aproximada de 10-01-90.854 hectáreas, Municipio de Teopisca, Chis.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria.
AVISO DE DESLINDE DEL PREDIO PRESUNTO PROPIEDAD NACIONAL DENOMINADO EL RECUERDO, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE TEOPISCA, ESTADO DE CHIAPAS.
La Dirección de Regularización de la Propiedad Rural, dependiente de la Dirección General de Ordenamiento y Regularización de la Secretaría de la Reforma Agraria, mediante oficio número 144711, de fecha 25 de julio de 2005, autorizó a la Representación Agraria para que comisionara perito deslindador, la cual con oficio número 2087, de fecha 1 de septiembre de 2005, me ha autorizado para que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 160 de la Ley Agraria; 104, 107 y 108 del Reglamento de la misma en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, proceda al deslinde y medición del predio presunto nacional denominado El Recuerdo, con superficie aproximada de 10-01-90.854 hectáreas, ubicado en el Municipio de Teopisca, Estado de Chiapas, el cual cuenta con las siguientes colindancias:
AL NORTE: Xxxxxxx Xxxx
AL SUR: Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx
XX XXXX: Xxxx Xxxxxxxxx Xxxx
XX XXXXX: Xxxxxx Xxxxxx Xxxx
Por lo que, en cumplimiento a lo establecido por los artículos 160 de la Ley Agraria y 108 del Reglamento de la misma Ley en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, deberá publicarse, por una sola vez, en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Chiapas, en el periódico de información local Es Diario Popular, así como colocarse en los parajes más cercanos al mismo terreno,
Jueves 20 xx xxxxx de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 57
con el objeto de comunicar a las personas que se sientan afectadas en sus derechos por la realización de los trabajos de deslinde, a fin de que dentro del plazo de 30 días hábiles, a partir de la publicación del presente Aviso en el Diario Oficial de la Federación, ocurran ante el suscrito para exponer lo que a su derecho convenga, así como para presentar la documentación que fundamente su dicho. Para tal fin se encuentra a la vista de cualquier interesado el croquis correspondiente en las oficinas que ocupa la Representación Agraria, con domicilio en Xxxxxxx Federal, 1er. piso, colonia Xxxxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxxx.
A las personas que no presenten sus documentos dentro del plazo señalado, o que habiendo sido notificadas a presenciar el deslinde no concurran al mismo, se les tendrá como conformes con sus resultados, emitiéndose el presente en Tuxtla Xxxxxxxxx, Chiapas, el día 14 de septiembre de 2005.
Atentamente
El Xxxxxx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx.- Rúbrica.
AVISO de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Xxxx Box, con una superficie aproximada de 60-00-00 hectáreas, Municipio de Progreso, Yuc.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria.
AVISO DE DESLINDE DEL PREDIO PRESUNTA PROPIEDAD NACIONAL DENOMINADO XXXX BOX, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE PROGRESO, ESTADO DE YUCATAN.
La Dirección de Regularización de la Propiedad Rural, dependiente de la Dirección General de Ordenamiento y Regularización de la Secretaría de la Reforma Agraria, mediante oficio número 145885, de fecha 7 de octubre de 2005, expediente sin número, autorizó a la Representación Regional, para que comisionara perito deslindador, la cual con oficio número 0978, de fecha 18 de octubre de 2005, me ha autorizado para que con fundamento en lo dispuesto en los artículos 160 de la Ley Agraria; 104, 107 y 108 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, proceda al deslinde y medición del predio presuntamente propiedad nacional denominado Xxxx Box, con una superficie aproximada de 60-00-00 hectáreas, ubicado en el Municipio de Progreso, Estado de Yucatán, el cual cuenta con las siguientes colindancias:
AL NORTE: Terreno nacional
AL SUR: Terrenos nacionales
AL ESTE: Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx (xxxxxxxx xxxxxxxxxx) XX XXXXX: Terrenos nacionales
Por lo que en cumplimiento a lo establecido por los artículos 160 de la Ley Agraria y 108 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, deberá publicarse, por una sola vez, en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán, en el periódico de información local Diario de Yucatán, así como colocarse en los parajes más cercanos al mismo terreno, con el objeto de comunicar a las personas que se sientan afectadas en sus derechos por la realización de los trabajos de deslinde, a fin de que dentro del periodo de 30 días hábiles, a partir de la publicación del presente Aviso en el Diario Oficial de la Federación, ocurran ante el suscrito para exponer lo que a su derecho convenga, así como para presentar la documentación que fundamente su dicho. Para tal fin se encuentra a la vista de cualquier interesado el croquis correspondiente en las oficinas que ocupa la Representación Regional Peninsular, con domicilio en la Xxxxx 00 xxxxxx 000 x 00, xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxx.
A las personas que no presenten sus documentos dentro del plazo señalado, o que habiendo sido notificadas a presenciar el deslinde no concurran al mismo, se les tendrá como conformes con sus resultados.
Atentamente
Mérida, Yuc., a 18 de octubre de 2005.- El Perito Deslindador, Xxxxxx Pool Cumi.- Rúbrica.
BANCO DE MEXICO
TIPO de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.
TIPO DE CAMBIO PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS EN LA REPUBLICA MEXICANA
Con fundamento en el artículo 35 de la Ley del Banco de México; en los artículos 8o. y 10o. del
Reglamento Interior del Banco de México, y en los términos del numeral 1.2 de las Disposiciones Aplicables a la Determinación del Tipo de Cambio para Solventar Obligaciones Denominadas en Moneda Extranjera Pagaderas en la República Mexicana, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 00 xx xxxxx xx 0000, xx Xxxxx xx Xxxxxx informa que el tipo de cambio citado obtenido el día xx xxx conforme al procedimiento establecido en el numeral 1 de las Disposiciones mencionadas, fue de $10.9773 M.N. (DIEZ PESOS CON NUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y TRES DIEZMILESIMOS MONEDA NACIONAL) por
un dólar de los EE.UU.A.
La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales el día en que se haga el pago. Estas cotizaciones serán dadas a conocer, a solicitud de los interesados, por las instituciones de crédito del país.
Atentamente
Xxxxxx, X.X., x 00 xx xxxxx xx 0000.- XXXXX XX XXXXXX: El Gerente de Asuntos Jurídicos
Internacionales y Especiales, Xxxxx X. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx.- Rúbrica.- El Gerente de Operaciones Nacionales, Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.- Rúbrica.
TASAS de interés de instrumentos de captación bancaria en moneda nacional.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.
TASAS DE INTERES DE INSTRUMENTOS DE CAPTACION BANCARIA EN MONEDA NACIONAL
Para los efectos a que se refiere la publicación de este Banco de México en el Diario Oficial de la Federación de fecha 11 xx xxxxx de 1989, se informa que el promedio de las tasas de interés ofrecidas por las instituciones de banca múltiple a las personas físicas y a las personas xxxxxxx en general, a la apertura del día 19 xx xxxxx de 2006, para DEPOSITOS A PLAZO FIJO a 60, 90 y 180 días es de 3.29, 3.24 y 3.26, respectivamente, y para PAGARES CON RENDIMIENTO LIQUIDABLE AL VENCIMIENTO a 28,
91 y 182 días es de 2.65, 3.23 y 3.37, respectivamente. Dichas tasas son brutas y se expresan en por ciento anual.
Xxxxxx, X.X., x 00 xx xxxxx xx 0000.- XXXXX XX XXXXXX: El Gerente de Asuntos Jurídicos Internacionales y Especiales, Xxxxx X. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx.- Rúbrica.- El Director de Información del Sistema Financiero, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.- Rúbrica.
(R.- 229322)
TASA de interés interbancaria de equilibrio a 28 días.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.
TASA DE INTERES INTERBANCARIA DE EQUILIBRIO
Según resolución de Banco de México publicada en el Diario Oficial de la Federación del 23 xx xxxxx de 1995, y de conformidad con lo establecido en el Anexo 1 de la Circular 2019/95, modificada mediante Circular-Telefax 4/97 del propio Banco del 9 de enero de 1997, dirigida a las instituciones de banca múltiple, se informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio a plazo de 28 días, obtenida el día xx xxx, fue de 7.5400 por ciento.
Jueves 20 xx xxxxx de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 59
La tasa de interés citada se calculó con base a las cotizaciones presentadas por: BBVA Bancomer, S.A., Banco Xxxxxxxxx Xxxxxx S.A., Hsbc México S.A., Banco Nacional de México S.A., IXE Banco, S.A., Banco J.P.Xxxxxx S.A., ScotiaBank Inverlat, S.A. y Banco Mercantil Del Norte S.A.
México, D.F., a 00 xx xxxxx xx 0000.- XXXXX XX XXXXXX: El Gerente de Asuntos Jurídicos Internacionales y Especiales, Xxxxx X. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx.- Rúbrica.- El Gerente de Operaciones Nacionales, Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.- Rúbrica.
TASA de interés interbancaria de equilibrio a 91 días.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.
TASA DE INTERES INTERBANCARIA DE EQUILIBRIO
Según resolución de Banco de México publicada en el Diario Oficial de la Federación del 23 xx xxxxx de 1995, y de conformidad con lo establecido en el Anexo 1 de la Circular 2019/95, modificada mediante Circular-Telefax 4/97 del propio Banco del 9 de enero de 1997, dirigida a las instituciones de banca múltiple, se informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio a plazo de 91 días, obtenida el día xx xxx, fue de 7.8000 por ciento.
La tasa de interés citada se calculó con base a las cotizaciones presentadas por: BBVA Bancomer, S.A., Banco Xxxxxxxxx Xxxxxx S.A., Hsbc México S.A., Banco Nacional de México S.A., IXE Banco, S.A., Banco J.P.Xxxxxx S.A., ScotiaBank Inverlat, S.A. y Banco Mercantil Del Norte S.A.
México, D.F., a 00 xx xxxxx xx 0000.- XXXXX XX XXXXXX: El Gerente de Asuntos Jurídicos Internacionales y Especiales, Xxxxx X. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx.- Rúbrica.- El Gerente de Operaciones Nacionales, Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.- Rúbrica.
CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO
SECRETARIA DE GOBERNACION
DIRECCION DE OBRAS Y CONSERVACION DE BIENES CONVOCATORIA 001
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se convoca a los interesados en participar en la(s) licitación(es) para la contratación de "adecuación y optimización de espacios en el inmueble que ocupa la Unidad de Atención a Organizaciones Sociales de la Segob", de conformidad con lo siguiente:
Licitación pública nacional
No. de licitación | Costo de las bases | Fecha límite para adquirir las bases | Junta de aclaraciones | Visita al lugar de los trabajos | Presentación de proposiciones y apertura técnica | Acto de apertura económica |
00004011-001-06 | $1,980.00 Costo en compraNET: $1,800.00 | 28/04/2006 | 2/05/2006 10:00 horas | 25/04/2006 10:00 horas | 8/05/2006 10:00 horas | 8/05/2006 10:01 horas |
Clave FSC (CCAOP) | Descripción general de la obra | Fecha de inicio | Plazo de ejecución | Capital contable requerido |
1010104 | Adecuación o remodelación de edificio | 15/05/2006 | 174 | $4'500,000.00 |
• Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en Internet: xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx, o bien, en Xxxxxxx Xxxxxxxx número 48, segundo piso, xxxxxxxx "X", xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, teléfono 0000-0000, extensiones 34133 y 34137, en días hábiles durante la venta de bases del 20 al 28 xx xxxxx de 2006, con el siguiente horario: 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 18:00 horas.
• La forma de pago es mediante la presentación del formato SAT 16 denominado "Declaración General de Productos y Aprovechamientos" previamente pagado por el licitante
en las oficinas de la Tesorería de la Federación o en cualquier sucursal bancaria debidamente requisitado con la clave "600017" por la enajenación y venta de bases de licitación. En compraNET, mediante los recibos que genera el sistema.
• La junta de aclaraciones se llevará a cabo el día 2 xx xxxx de 2006 a las 10:00 horas, en las oficinas que ocupa la Dirección de Obras y Conservación de Bienes de la Secretaría de Gobernación, ubicadas en Xxxxxxx Xxxxxxxx número 48, segundo piso, xxxxxxxx "X", xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx.
• Los licitantes, a su elección, podrán presentar sus proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica.
• El acto de presentación de proposiciones y apertura de la(s) propuesta(s) técnica(s) se efectuará el día 8 xx xxxx de 2006 a las 10:00 horas, en las oficinas que ocupa la Dirección de Obras y Conservación de Bienes de la Secretaría de Gobernación, Xxxxxxx Xxxxxxxx número 48, segundo piso, xxxxxxxx "X", xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx.
• La apertura de la propuesta económica se efectuará el día 8 xx xxxx de 2006 a las 10:01 horas, en las oficinas que ocupa la Dirección de Obras y Conservación de Bienes de la
Secretaría de Gobernación, Xxxxxxx Xxxxxxxx número 48, segundo piso, xxxxxxxx "X", xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxx xxxxxx 00000, Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx.
• La visita al lugar de los trabajos se llevará a cabo el día 25 xx xxxxx de 2006 a las 10:00 horas, el lugar de reunión será en la entrada principal del inmueble, ubicado en la calle de General Prim número 21, colonia Juárez, código postal 00000, Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx.
• Ubicación de la obra: en la calle de General Prim números 21 y 21-A, colonia Juárez, código postal 06600, en México, Distrito Federal.
• El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: español.
• La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: peso mexicano.
• No se podrán subcontratar partes de la obra.
• Se otorgará un anticipo para compra de material de 30%.
• La experiencia y capacidad técnica y financiera que deberán acreditar los interesados consiste en: mínima de tres años, $4'500,000.00.
• Los requisitos generales que deberán acreditar los interesados son:
1. Escrito en el que manifieste el domicilio para oír y recibir todo tipo notificaciones.
2. Manifestación expresa y por escrito de que "el licitante" se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales de conformidad con lo establecido en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación.
3. Manifestación expresa y por escrito, bajo protesta de decir verdad, de que el "el licitante" no se encuentra inhabilitado por resolución de la SFP.
4. Acreditación de la capacidad financiera o capital contable mínimo requerido, $4'500,000.00, con base a estados financieros dictaminados por auditor externo, del ejercicio fiscal inmediato anterior, o en su caso, la última declaración fiscal del ejercicio fiscal inmediato anterior presentada al SAT. En el caso de empresas de nueva creación deberán presentar los pagos provisionales efectuados a la fecha del acto de presentación de Prop.
5. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal del contratista y de quien firme las propuestas.
6. Escrito mediante el cual la persona moral manifieste que su representante cuenta con facultades suficientes para comprometer a su representada, mismo que deberá contener los datos siguientes:
a) De la persona moral: clave del RFC, denominación o razón social, descripción del objeto social de la empresa, relación de los nombres, de los accionistas, número y fecha de las escrituras públicas en las que conste el acta constitutiva y, en su caso, sus reformas o modificaciones, señalando nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx o fedatario público que las protocolizó; asimismo, los datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio, y
b) Del representante: nombre del apoderado; número y fecha de los instrumentos notariales.
7. Copia simple del RFC, identificación oficial vigente tratándose de personas físicas.
8. Registros actualizados del IMSS, INFONAVIT y cédula fiscal de la SHCP.
• Los criterios generales para la adjudicación del contrato serán: una vez hecha la evaluación de todas las proposiciones aceptadas, el contrato se adjudicará, de entre los licitantes, a aquél cuya propuesta resulte solvente porque reúne conforme a los criterios de evaluación establecidos en las bases de licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición que resulte económicamente más conveniente para el Estado, de acuerdo a lo que establece el artículo 38 sexto párrafo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (LOPSRM). En caso de empate técnico entre los "licitantes" se adjudicará el contrato, en igualdad de condiciones, al que tenga en su planta laboral un cinco por ciento de personas con discapacidad, cuya alta en el IMSS se haya dado con seis meses de antelación al momento del cierre de la licitación, de acuerdo a lo que establece el artículo 38 último párrafo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; cualquier persona podrá asistir a los diferentes actos de la licitación en calidad de observadora, sin necesidad de adquirir las bases, registrando previamente su participación.
• Las condiciones de pago son: estimaciones quincenales.
• Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de licitación, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.
• No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 51 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
XXXXXX, X.X., X 00 XX XXXXX XX 0000.
DIRECTOR DE PLANEACION Y DESARROLLO, ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA DIRECCION DE OBRAS Y CONSERVACION DE BIENES
ING. XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX RUBRICA.
(R.- 229187)
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
DIRECCION GENERAL ADJUNTA DE PLANEACION, CONTROL E INFORMACION DEL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO SOCIAL
CONVOCATORIA 001
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados a participar en la licitación de carácter nacional para la contratación de servicio de alimentación de personas, de conformidad con lo siguiente:
Licitación pública nacional número 00020051-001-06
Costo de las bases | Fecha límite para adquirir bases | Junta de aclaraciones | Presentación de proposiciones y apertura técnica | Acto de apertura económica | ||
$1,000.00 Costo en compraNET: $900.00 | 3/05/2006 | 4/05/2006 11:00 horas | 12/05/2006 11:00 horas | 12/05/2006 11:00 horas | ||
Partida | Clave CABMS | Descripción | Cantidad | Presupuesto mínimo | Presupuesto máximo | |
1 | C810000000 | Contratación del servicio de alimentación de personas | 1 | $405,846.00 | $558,038.25 |
• Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en Internet: xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx, o bien en 0x. Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx xxxxxx 00, xxxxxxx Xxx Xxxxxx, código postal 00000, Xxxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, teléfono 00000000, los días de lunes a viernes, con el siguiente horario: de 9:30 a 15:00 horas.
La forma de pago es, Formato SAT-5 Declaración general de pago de derechos. En compraNET, mediante los recibos que genera el sistema.
• La junta de aclaraciones se efectuará el día 4 xx xxxx de 2006 a las 11:00 horas, en el Instituto Nacional de Desarrollo Social, ubicado en 0x. Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx xxxxxx 00, xxxxxxx Xxx Xxxxxx, código postal 00000, Xxxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx.
• El acto de presentación de proposiciones y apertura de las propuestas técnicas y económicas se efectuará el día 12 xx xxxx de 2006 a las 11:00 horas, en el Instituto Nacional de Desarrollo Social, 2a. Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx xxxxxx 00, xxxxxxx Xxx Xxxxxx, código postal 00000, Xxxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx.
• El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: español.
• La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: peso mexicano.
• No se otorgará anticipo.
• Lugar de entrega: 2a. Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx xxxxxx 00, xxxxxxx Xxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx, código postal 04100, los días de lunes a viernes, en el horario de entrega de 9:00 a 15:00 horas.
• Plazo de entrega: a partir de la firma del contrato y hasta el suministro máximo de los servicios objeto de esta licitación o hasta el 31 de diciembre de 2006.
• El pago se realizará: dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la entrega de la factura.
• Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de licitación, así como las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.
• No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
• Por acuerdo de la Comisión Intersecretarial para la Transparencia y Combate a la Corrupción, se invita a las cámaras, colegios y/o asociaciones profesionales, así como otras asociaciones no gubernamentales, para que asistan a los actos públicos de la presente licitación, o a cualquier persona física que sin haber adquirido las presentes bases, se interese en estar en los actos referidos bajo la condición de que en ambos casos deberán registrar su asistencia como observadores y abstenerse de intervenir.
XXXXXX, X.X., X 00 XX XXXXX XX 0000.
DIRECTORA GENERAL ADJUNTA DE PLANEACION, CONTROL E INFORMACION
LIC. XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX
RUBRICA.
(R.- 229204)
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
COMISION NACIONAL DEL AGUA
SUBDIRECCION GENERAL DE INFRAESTRUCTURA HIDROAGRICOLA GERENCIA REGIONAL RIO XXXXX
CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA (PRECIO ALZADO) CONVOCATORIA No. 2
México
Proyecto: Programa uso Sustentable del Agua en la Cuenca del Río Xxxxx Obra: Rehabilitación y Modernización del Distrito xx Xxxxx
005 Delicias, Estado de Chihuahua Préstamo numero 7206-ME
1. Esta convocatoria se formula como resultado del anuncio general de adquisiciones para este proyecto publicado en la edición número 646 de Development Business, del 16 de enero de 2005.
2. El Gobierno de México ha recibido del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento un préstamo para sufragar parcialmente el costo del Programa de Modernización Integral xxx Xxxxx (PMIR) y se propone utilizar parte de los fondos de este préstamo para efectuar los pagos contemplados en las licitaciones números 16101092-003-06.
3. La Comisión Nacional del Agua invita a los licitantes elegibles a presentar ofertas en sobre cerrado, en idioma español para las licitaciones siguientes:
No. de licitación | Fecha límite para adquirir las bases | Visita al lugar de los trabajos | Junta de aclaraciones | Presentación y apertura de proposiciones |
16101092- 003-06 | 0 xx xxxx xx 0000 | 00 xx xxxxx de 2006 9:00 horas | 24 xx xxxxx de 2006 16:00 horas | 9 xx xxxx de 2006 17:00 horas |
Clave FSC (CCAOP) | Descripción general de los trabajos | Capital contable mínimo requerido | Plazo de ejecución | Fechas estimadas de inicio y terminación | Ubicación de los trabajos |
1040102 | Construcción de sistemas para riego en alta presión incluyendo: especificaciones, puesta en marcha y capacitación de operación al usuario en 550.0 Has. en el módulo xx xxxxx número 4 y 27.0 Has. en el módulo xx xxxxx número 10 del Distrito xx Xxxxx 005 Delicias, municipios de Delicias y San Xxxxxxxxx de Conchos, Estado de Chihuahua | 6'000,000.00 | Plazo: 153 días naturales | Inicio: 1/06/2006 Término: 31/10/2006 | Municipios de Delicias y San Xxxxxxxxx de Conchos, Chihuahua |
4. Los licitantes podrán presentar su oferta utilizando documentos impresos o medios remotos de comunicación electrónica a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales denominado compraNET, en la dirección electrónica: xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx.
5. El licitante deberá elegir uno solo de los medios a que se refiere el párrafo anterior para el envío de su propuesta. Los licitantes que estén interesados en participar a través de medios remotos de comunicación electrónica deberán contar con el certificado del medio de identificación electrónica, que emite para tal efecto compraNET, de acuerdo con lo señalado en la sección 11 de estos documentos de licitación.
6. Las ofertas de las licitaciones deberán presentarse en español en las oficinas de la Residencia General del Proyecto Delicias, ubicadas en calle Primera y Avenida Sexta Norte número 600-A, código postal 33000, ciudad Delicias, Chih., en las fechas y horas señaladas, teléfonos (000) 000-00-00 y 000-00-00.
7. Las fechas estimadas para el inicio y terminación de los trabajos son las indicadas en el cuadro de referencia de cada una de las licitaciones.
8. Para el inicio de los trabajos se otorgará un anticipo de 30.0% respecto al monto total de su propuesta.
9. Para participar en esta licitación, el licitante deberá acreditar experiencia y capacidad técnica en revestimiento xx xxxxxxx, así como las condiciones legales y financieras que garanticen satisfactoriamente la capacidad para el cumplimiento de las obligaciones.
10. La licitación se llevará a cabo conforme a los procedimientos indicados en el folleto del Banco Mundial titulado Normas: Adquisiciones con Préstamos del BIRF y Créditos de la AIF, y podrán participar en ella todos los licitantes de países de origen que sean elegibles, según se especifica en dichas normas.
11. Los licitantes que estén interesados podrán obtener información adicional, así como los planos y consultar las bases de las licitaciones, en las oficinas de la Residencia General del Proyecto Delicias, ubicadas en calle Primera y avenida Sexta Norte número 600-A, código postal 33000, ciudad Delicias, Chih., teléfonos (000) 000-00-00 y 000-00-00, de lunes a viernes, de 8:00 a 14:00 y de 15:00 a 17:00 horas, o en compraNET, en la dirección electrónica: xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx.
12. Los licitantes que xxxxxx presentar su propuesta a través de medios remotos de comunicación electrónica, deberán obtener los documentos de licitación a través de compraNET, en la dirección electrónica señalada en el párrafo anterior, los cuales no tendrán costo; sin embargo, será indispensable que el licitante interesado genere el recibo de pago a través de este sistema para garantizar su transmisión al sistema.
13. Los licitantes que elijan participar a través de documentos impresos podrán obtener sin ningún costo, de manera indistinta, un juego completo de los documentos de licitación ya sea directamente con el organismo antes mencionado en los horarios señalados en el párrafo 11, o a través de compraNET.
14. Las ofertas deberán hacerse llegar a la dirección indicada abajo a más tardar en la hora y fecha arriba indicadas. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. La apertura de ofertas técnicas se efectuará en presencia de los representantes de los licitantes que deseen asistir, en la dirección, hora y fecha arriba indicadas.
15. Será responsabilidad del licitante revisar en la página de compraNET, si las bases de licitación han sido modificadas a través de adenda.
16. Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará a la oferta evaluada más baja que reúna las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la contratante y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
17. Ninguna de las condiciones contenidas en los documentos de licitación, ni en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.
18. Esta licitación no está sujeta a los capítulos de compras del sector público de los tratados de libre comercio suscritos por México.
Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxx xxxxxx 0000 Xxxxxxx, xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx, X.X., código postal 64590, teléfono (00) 00-00-00-00, fax (00) 00-00-00-00.
00 XX XXXXX XX 0000.
XXXXXXX XXXXXXXX XXX XXXXX ING. XXXXX XXXXX XXXXXXX RUBRICA.
(R.- 229183)
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
COMISION NACIONAL DEL AGUA GERENCIA REGIONAL FRONTERA SUR LICITACION PUBLICA NACIONAL CONVOCATORIA 012
En cumplimiento al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con los artículos 28 primer párrafo, 30 fracción I, 31 y 32 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y 18 de su Reglamento, la Comisión Nacional del Agua convoca a los interesados en participar en las licitaciones para la contratación de las obras públicas, de conformidad con lo siguiente:
No. de licitación | Costo de las bases | Fecha límite para adquirir las bases | Junta de aclaraciones | Visita al lugar de los trabajos | Presentación y apertura de proposiciones | Clave FSC (CCAOP) |
16101042-109-06 | $800.00 Costo en compraNET: $700.00 | 26/04/06 | 26/04/06 9:00 horas | 25/04/06 10:00 horas | 2/05/06 9:00 horas | 0 |
Descripción general de los trabajos | Capital contable mínimo requerido | Plazo de ejecución | Fechas estimadas de inicio y terminación | Ubicación de los trabajos |
Desazolve para restablecer el cauce del río Suchiate desde su descarga, hasta el ejido La Libertad, Municipio de Suchiate, en el Estado de Chiapas | $5’000,000.00 | 127 días naturales | 12/05/06 15/09/06 | Municipio de Suchiate, en el Estado de Chiapas |
No. de licitación | Costo de las bases | Fecha límite para adquirir las bases | Junta de aclaraciones | Visita al lugar de los trabajos | Presentación y apertura de proposiciones | Clave FSC (CCAOP) |
16101042-110-06 | $800.00 Costo en compraNET: $700.00 | 26/04/06 | 26/04/06 10:00 horas | 25/04/06 10:00 horas | 2/05/06 10:30 horas | 0 |
Descripción general de los trabajos | Capital contable mínimo requerido | Plazo de ejecución | Fechas estimadas de inicio y terminación | Ubicación de los trabajos |
Desazolve para restablecer el cauce del río Suchiate desde el ejido La | $5’000,000.00 | 127 días | 12/05/06 | Municipio de Suchiate, |
Libertad hasta el rancho "La Maroma", Municipio de Suchiate, en el Estado | naturales | 15/09/06 | en el Estado de Chiapas | |
de Chiapas |
No. de licitación | Costo de las bases | Fecha límite para adquirir las bases | Junta de aclaraciones | Visita al lugar de los trabajos | Presentación y apertura de proposiciones | Clave FSC (CCAOP) |
16101042-111-06 | $800.00 Costo en compraNET: $700.00 | 26/04/06 | 26/04/06 11:00 horas | 25/04/06 10:00 horas | 2/05/06 12:00 horas | 0 |
Descripción general de los trabajos | Capital contable mínimo requerido | Plazo de ejecución | Fechas estimadas de inicio y terminación | Ubicación de los trabajos |
Desazolve para restablecer el cauce del río Suchiate desde el rancho "La | $5’000,000.00 | 127 días | 12/05/06 | Municipio de Suchiate, |
Maroma", hasta el ejido Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx, Municipio de Suchiate, en el | naturales | 15/09/06 | en el Estado de Chiapas | |
Estado de Chiapas |
No. de licitación | Costo de las bases | Fecha límite para adquirir las bases | Junta de aclaraciones | Visita al lugar de los trabajos | Presentación y apertura de proposiciones | Clave FSC (CCAOP) |
16101042-112-06 | $800.00 Costo en compraNET: $700.00 | 26/04/06 | 26/04/06 12:00 horas | 25/04/06 10:00 horas | 2/05/06 13:30 horas | 0 |
Descripción general de los trabajos | Capital contable mínimo requerido | Plazo de ejecución | Fechas estimadas de inicio y terminación | Ubicación de los trabajos |
Desazolve para restablecer el cauce del río Suchiate desde el ejido Xxxxxxx | $5’000,000.00 | 127 días | 12/05/06 | Municipio de Suchiate, |
Xxxxx Xxxxx, hasta el ejido Xxxxx, Municipio de Suchiate, en el Estado | naturales | 15/09/06 | en el Estado de Chiapas | |
de Chiapas |
No. de licitación | Costo de las bases | Fecha límite para adquirir las bases | Junta de aclaraciones | Visita al lugar de los trabajos | Presentación y apertura de proposiciones | Clave FSC (CCAOP) |
16101042-113-06 | $800.00 Costo en compraNET: $700.00 | 26/04/06 | 26/04/06 13:00 horas | 25/04/06 10:00 horas | 2/05/06 16:00 horas | 0 |
Descripción general de los trabajos | Capital contable mínimo requerido | Plazo de ejecución | Fechas estimadas de inicio y terminación | Ubicación de los trabajos |
Desazolve para restablecer el cauce del río Suchiate desde el ejido Xxxxx hasta Rancho Nuevo, Municipio de Suchiate, en el Estado de Chiapas | $5’000,000.00 | 127 días naturales | 12/05/06 15/09/06 | Municipio de Suchiate, en el Estado de Chiapas |
No. de licitación | Costo de las bases | Fecha límite para adquirir las bases | Junta de aclaraciones | Visita al lugar de los trabajos | Presentación y apertura de proposiciones | Clave FSC (CCAOP) |
16101042-114-06 | $800.00 Costo en compraNET: $700.00 | 26/04/06 | 26/04/06 14:00 horas | 25/04/06 10:00 horas | 2/05/06 17:30 horas | 0 |
Descripción general de los trabajos | Capital contable mínimo requerido | Plazo de ejecución | Fechas estimadas de inicio y terminación | Ubicación de los trabajos |
Desazolve para restablecer el cauce del río Suchiate desde Rancho Nuevo hasta Los Cerritos, Municipio de Suchiate, en el Estado de Chiapas | $5’000,000.00 | 127 días naturales | 12/05/06 15/09/06 | Municipio de Suchiate, en el Estado de Chiapas |
No. de licitación | Costo de las bases | Fecha límite para adquirir las bases | Junta de aclaraciones | Visita al lugar de los trabajos | Presentación y apertura de proposiciones | Clave FSC (CCAOP) |
16101042-115-06 | $800.00 Costo en compraNET: $700.00 | 27/04/06 | 27/04/06 9:00 horas | 26/04/06 10:00 horas | 3/05/06 9:00 horas | 0 |
Descripción general de los trabajos | Capital contable mínimo requerido | Plazo de ejecución | Fechas estimadas de inicio y terminación | Ubicación de los trabajos |
Desazolve para restablecer el cauce del río Suchiate desde Los Cerritos | $5’000,000.00 | 127 días | 12/05/06 | Municipio de Suchiate, |
hasta la colonia Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Municipio de Suchiate, en el Estado | naturales | 15/09/06 | en el Estado de Chiapas | |
de Chiapas |
No. de licitación | Costo de las bases | Fecha límite para adquirir las bases | Junta de aclaraciones | Visita al lugar de los trabajos | Presentación y apertura de proposiciones | Clave FSC (CCAOP) |
16101042-116-06 | $800.00 Costo en compraNET: $700.00 | 27/04/06 | 27/04/06 10:00 horas | 26/04/06 10:00 horas | 3/05/06 10:30 horas | 0 |
Descripción general de los trabajos | Capital contable mínimo requerido | Plazo de ejecución | Fechas estimadas de inicio y terminación | Ubicación de los trabajos |
Desazolve para restablecer el cauce del río Suchiate desde la colonia | $5’000,000.00 | 127 días | 12/05/06 | Municipio de Suchiate, |
Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx hasta el puente internacional Suchiate II, Municipio de Suchiate, en el Estado de Chiapas | naturales | 15/09/06 | en el Estado de Chiapas |
No. de licitación | Costo de las bases | Fecha límite para adquirir las bases | Junta de aclaraciones | Visita al lugar de los trabajos | Presentación y apertura de proposiciones | Clave FSC (CCAOP) |
16101042-117-06 | $800.00 Costo en compraNET: $700.00 | 27/04/06 | 27/04/06 11:00 horas | 26/04/06 10:00 horas | 3/05/06 12:00 horas | 0 |
Descripción general de los trabajos | Capital contable mínimo requerido | Plazo de ejecución | Fechas estimadas de inicio y terminación | Ubicación de los trabajos |
Desazolve para restablecer el cauce del río Suchiate desde el puente | $5’000,000.00 | 127 días | 12/05/06 | Municipios de Suchiate y |
internacional Suchiate II, en el Municipio de Suchiate hasta el barrio | naturales | 15/09/06 | Frontera Hidalgo, en el | |
El Arenal de Zaragoza, Municipio de Frontera Hidalgo, en el Estado de Chiapas | Estado de Chiapas |
No. de licitación | Costo de las bases | Fecha límite para adquirir las bases | Junta de aclaraciones | Visita al lugar de los trabajos | Presentación y apertura de proposiciones | Clave FSC (CCAOP) |
16101042-118-06 | $800.00 Costo en compraNET: $700.00 | 27/04/06 | 27/04/06 12:00 horas | 26/04/06 10:00 horas | 3/05/06 13:30 horas | 0 |
Descripción general de los trabajos | Capital contable mínimo requerido | Plazo de ejecución | Fechas estimadas de inicio y terminación | Ubicación de los trabajos |
Desazolve para restablecer el cauce del río Suchiate desde el barrio El | $5’000,000.00 | 127 días | 12/05/06 | Municipio de Suchiate, |
Arenal de Zaragoza, hasta Frontera Hidalgo, Municipio de Frontera Hidalgo, en el Estado de Chiapas | naturales | 15/09/06 | en el Estado de Chiapas |
No. de licitación | Costo de las bases | Fecha límite para adquirir las bases | Junta de aclaraciones | Visita al lugar de los trabajos | Presentación y apertura de proposiciones | Clave FSC (CCAOP) |
16101042-119-06 | $800.00 Costo en compraNET: $700.00 | 27/04/06 | 27/04/06 13:00 horas | 26/04/06 10:00 horas | 3/05/06 16:00 horas | 0 |
Descripción general de los trabajos | Capital contable mínimo requerido | Plazo de ejecución | Fechas estimadas de inicio y terminación | Ubicación de los trabajos |
Desazolve para restablecer el cauce del río Suchiate desde Frontera | $5’000,000.00 | 127 días | 12/05/06 | Municipio de Frontera |
Hidalgo, hasta Texcaltic, Municipio de Frontera Hidalgo, en el Estado de Chiapas | naturales | 15/09/06 | Hidalgo, en el Estado de Chiapas |
No. de licitación | Costo de las bases | Fecha límite para adquirir las bases | Junta de aclaraciones | Visita al lugar de los trabajos | Presentación y apertura de proposiciones | Clave FSC (CCAOP) |
16101042-120-06 | $800.00 Costo en compraNET: $700.00 | 27/04/06 | 27/04/06 14:00 horas | 26/04/06 10:00 horas | 3/05/06 17:30 horas | 0 |
Descripción general de los trabajos | Capital contable mínimo requerido | Plazo de ejecución | Fechas estimadas de inicio y terminación | Ubicación de los trabajos |
Desazolve para restablecer el cauce del río Suchiate desde Texcaltic, en el | $5’000,000.00 | 127 días | 12/05/06 | Municipio de Metapa, en |
Municipio de Frontera Hidalgo, hasta barrio El Arenal de Metapa, Municipio de Metapa, en el Estado de Chiapas | naturales | 15/09/06 | el Estado de Chiapas |
No. de licitación | Costo de las bases | Fecha límite para adquirir las bases | Junta de aclaraciones | Visita al lugar de los trabajos | Presentación y apertura de proposiciones | Clave FSC (CCAOP) |
16101042-121-06 | $800.00 Costo en compraNET: $700.00 | 28/04/06 | 28/04/06 9:00 horas | 27/04/06 10:00 horas | 4/05/06 9:00 horas | 0 |
Descripción general de los trabajos | Capital contable mínimo requerido | Plazo de ejecución | Fechas estimadas de inicio y terminación | Ubicación de los trabajos |
Desazolve para restablecer el cauce del río Cacaluta, desde la altura de la carretera federal No. 200 hasta la altura de la colonia Hidalgo, en el | $5’000,000.00 | 127 días naturales | 12/05/06 15/09/06 | Municipio de Acapetahua, en el |
Municipio de Acapetahua, en el Estado de Chiapas | Estado de Chiapas |
La reducción de plazo fue autorizada por el C. ingeniero Adán Palavicini Evia, Gerente Regional Frontera Sur, mediante el oficio número BOO.00.R12.05.3.- 034/2006 de fecha 5 de abril de 2006.
Los licitantes, a su elección, podrán presentar sus proposiciones a través de medios remotos de comunicación electrónica.
Las modificaciones que se hagan a estas bases se harán del conocimiento de los interesados a través de los mismos medios utilizados para su publicación.
Las bases de licitación se encuentran disponibles para su consulta y venta desde la publicación de la presente y hasta, inclusive, el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, en las oficinas de la Subgerencia de Infraestructura Hidráulica Urbana de la Gerencia Regional Frontera Sur, ubicadas en carretera a Chicoasén kilómetro 1.5, Fraccionamiento Los Laguitos sin número, código postal 29029, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a los teléfonos (01 961) 602 11 80 y al 602 11 83, de lunes a viernes, en el horario de 9:00 a 17:00 horas, y en Internet: xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx.
La forma de pago será con cheque de caja a favor de la Tesorería de la Federación.
En compraNET, el pago se hará mediante los recibos que genere el sistema. Los interesados podrán revisar las bases de la licitación previamente a su pago.
El sitio de reunión para realizar las visitas al lugar de los trabajos será en la ubicación que se indica a continuación, mismas que se llevarán a cabo en las fechas y horarios señalados:
Licitaciones 16101042-109-06 a la 16101042-120-06 en las oficinas del Distrito de Riego 046 Cacahoatán-Suchiate ubicadas en 1a. Avenida Norte número 11, colonia Barrio San José, Ciudad Hidalgo, Suchiate, Chiapas, código postal 30890, teléfono y fax (01-962) 69-8-00-12.
Licitación 16101042-121-06 en las oficinas del D.T.T. 006 Acapetahua, ubicadas en el kilómetro 3.5 carretera Escuintla-Acapetahua, Chiapas, código postal 30580, teléfono y fax 01-918 64-7-02-14.
Las juntas de aclaraciones y la presentación y apertura de proposiciones se efectuarán en la sala de concursos de la Gerencia Regional Frontera Sur, ubicada en carretera a Chicoasén kilómetro 1.5, Fraccionamiento Los Laguitos, código postal 29029, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, en el horario y fecha señalados.
El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: español.
La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: peso mexicano.
La experiencia y capacidad técnica que deberán acreditar los interesados consiste en trabajos que hayan o estén ejecutando similares a los que se licitan.
Los licitantes deberán acompañar por separado a sus propuestas en original y copia los siguientes documentos:
I. Escrito en el que manifieste el domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos, aun las de carácter personal, las que surtirán todos sus efectos legales mientras no señale otro distinto;
II. Escrito mediante el cual declare que no se encuentra en alguno de los supuestos que establecen los artículos 33 fracción XXIII, 51 y penúltimo párrafo del 78 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas;
III. Declaración fiscal (declaración del ejercicio de personas morales o físicas, del Impuesto Sobre la Renta debidamente presentada al Sistema de Administración Tributaria) o balance general auditado de la empresa (debidamente dictaminado por un contador público, conforme a las normas de su profesión) correspondiente a los dos últimos ejercicios fiscales (2004 y 2005), con el que se acredite el capital contable requerido por la Comisión Nacional del Agua;
IV. Tratándose de personas físicas: identificación oficial vigente con fotografía;
V. Tratándose de personas morales: escrito mediante el cual la persona moral manifieste que su representante cuenta con facultades suficientes para comprometer a su representada, mismo que contendrá los datos siguientes:
a. De la persona moral: clave del Registro Federal de Contribuyentes, denominación o razón social, descripción del objeto social de la empresa, relación de los nombres de los accionistas, número y fecha de las escrituras públicas en las que conste el acta constitutiva y, en su caso, sus reformas o modificaciones, señalando nombre, número y circunscripción del notario o fedatario público que las protocolizó; asimismo, los datos de inscripción en el Registro Público de Comercio, y
b. Del representante: nombre del apoderado, número y fecha de los instrumentos notariales de los que se desprendan las facultades para suscribir la propuesta, señalando nombre, número y circunscripción del notario o fedatario público que los protocolizó.
Para los interesados que decidan agruparse para presentar una propuesta, deberán acreditar en forma individual los requisitos señalados, además de entregar una copia del convenio privado protocolizado ante notario o corredor público a que se refiere el artículo 28 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. La presentación de los documentos de los integrantes de la agrupación y la del convenio deberá hacerse por el representante común.
Ninguna de las condiciones contenidas en las bases de licitación, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.
Los criterios generales para la adjudicación del contrato serán: al proponente que reúna las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante y garantice satisfactoriamente el cumplimiento del contrato y haya presentado la oferta solvente que resulte económicamente más conveniente para el Estado, de acuerdo a los lineamientos publicado en el DOF el 13 de octubre de 2005. En caso de empate técnico entre las empresas licitantes, se adjudicará la obra, en igualdad de condiciones, a las empresas que tengan en su planta laboral un cinco por ciento de personas con discapacidad, cuya alta en el Instituto Mexicano del Seguro Social se haya dado con seis meses de antelación al momento del cierre de la licitación pública.
No podrán participar las personas físicas o morales que se encuentren en los supuestos de los artículos 33 fracción XXIII, 51 y penúltimo párrafo del 78 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
La forma de pago son: mediante estimaciones, las que deberán realizarse por periodos quincenales y por conceptos de trabajos terminados. Asimismo, el plazo de pago de las estimaciones será dentro de un término no mayor de veinte (20) días naturales, contados a partir de la fecha en que hayan sido autorizadas por la residencia de obra.
Cualquier persona podrá asistir a los diferentes actos de la licitación en calidad de observadora, sin necesidad de adquirir las bases, registrando previamente su participación en las oficinas de la Jefatura de Contratación de Obras Públicas, ubicadas en carretera a Chicoasén kilómetro 1.5, Fraccionamiento Los Laguitos sin número, primer piso, código postal 29029, teléfono (01-961) 60-2-11-83, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
No se permitirá la subcontratación. No se otorgarán anticipos.
Contenido nacional: no aplica.
TUXTLA GUTIERREZ, CHIS., A 20 DE ABRIL DE 2006.
GERENTE REGIONAL FRONTERA SUR
ING. ADAN PALAVICINI EVIA
RUBRICA.
(R.- 229198)
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION
SUBDELEGACION ADMINISTRATIVA OAXACA
CONVOCATORIA MULTIPLE 001
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados en participar en las licitaciones públicas nacionales para la adquisición de materiales y útiles de oficina, impresión y reproducción, procesamiento de equipos y bienes informáticos, neumáticos, uniformes y equipos de protección, así como servicios de mantenimiento preventivo de vehículos e integral de limpieza, de conformidad con las siguientes:
Licitaciones públicas nacionales
Licitación número | Costo de las bases | Fecha límite para adquirir bases | Junta de aclaraciones | Visita a instalaciones | Presentación y apertura de proposiciones |
00008021- | Convocante: $388.00 | 28/04/2006 | 28/04/2006 | No habrá visita a | 4/05/2006 |
01-06 | compraNET: $353.00 | 10:00 horas | las instalaciones | 10:00 horas |
Partida | Clave CABMS | Descripción | Unidad de medida | Monto mínimo | Monto máximo |
1 | C660400026 | Papel bond Tam. carta | Caja | 196 | 364 |
2 | C660400026 | Papel bond Tam. oficio | Caja | 78 | 144 |
3 | C210000134 | Engrapadora estándar | Pieza | 60 | 111 |
4 | C870000028 | Toner impresora ML1450 | Pieza | 41 | 77 |
5 | C870000050 | Disco compacto RW 750 | Pieza | 200 | 400 |
Licitación número | Costo de las bases | Fecha límite para adquirir bases | Junta de aclaraciones | Visita a instalaciones | Presentación y apertura de proposiciones |
00008021- | Convocante: $388.00 | 28/04/2006 | 28/04/2006 | No habrá visita a | 4/05/2006 |
02-06 | compraNET: $353.00 | 12:00 horas | las instalaciones | 13:00 horas |
Partida | Clave CABMS | Descripción | Unidad de medida | Monto mínimo | Monto máximo |
1 | C660605018 | Llanta 175/70 R13 | Pieza | 65 | 121 |
2 | C660605018 | Llanta 185/70 R14 | Pieza | 16 | 30 |
3 | C660605018 | Llanta 155/80 R15 | Pieza | 30 | 70 |
4 | C660605024 | Llanta 235/70 R16 | Pieza | 20 | 36 |
5 | C660605024 | Llanta 255/60 R16 | Pieza | 6 | 10 |
Licitación número | Costo de las bases | Fecha límite para adquirir bases | Junta de aclaraciones | Visita a instalaciones | Presentación y apertura de proposiciones |
00008021- | Convocante: $388.00 | 28/04/2006 | 28/04/2006 | No habrá visita a | 4/05/2006 |
03-06 | compraNET: $353.00 | 17:00 horas | las instalaciones | 17:00 horas |
Partida | Clave CABMS | Descripción | Unidad de medida | Monto mínimo | Monto máximo |
1 | C750200072 | Uniforme compuesto por camisa y pantalón | Pieza | 50 | 130 |
2 | C750200008 | Bata de trabajo en algodón 100% color azul | Pieza | 13 | 32 |
3 | C420000078 | Guantes de carnaza largos | Pieza | 8 | 20 |
4 | C420000010 | Botas de piel | Pieza | 50 | 105 |
5 | C420000024 | Fajas de cuero | Pieza | 4 | 10 |
Licitación número | Costo de las bases | Fecha límite para adquirir bases | Junta de aclaraciones | Visita a instalaciones | Presentación y apertura de proposiciones |
00008021- 04-06 | Convocante: $388.00 compraNET: $353.00 | 2/05/2006 | 2/05/2006 10:00 horas | No habrá visita a las instalaciones | 8/05/2006 10:00 horas | ||
Partida | Clave CABMS | Descripción | Unidad de medida | Mínimo | Máximo | ||
1 | C810600004 | Mantenimiento preventivo de vehículos Delegación Estatal | Servicio | 30 | 100 | ||
2 | C810600004 | Mantenimiento preventivo de vehículos Subdelegación de Pesca | Servicio | 9 | 20 | ||
3 | C810600004 | Mantenimiento preventivo de vehículos DDR 01 Mixteca | Servicio | 7 | 20 | ||
4 | C810600004 | Mantenimiento preventivo de vehículos DDR 02 Valles Centrales | Servicio | 7 | 20 | ||
5 | C810600004 | Mantenimiento preventivo de vehículos DDR 03 Costa | Servicio | 7 | 15 |
Licitación número | Costo de las bases | Fecha límite para adquirir bases | Junta de aclaraciones | Visita a instalaciones | Presentación y apertura de proposiciones |
00008021- | Convocante: $388.00 | 2/05/2006 | 2/05/2006 | No habrá visita a | 8/05/2006 |
05-06 | compraNET: $353.00 | 13:00 horas | las instalaciones | 13:00 horas |
Partida | Clave CABMS | Descripción | Cantidad | Unidad de medida |
1 | C810600010 | Servicio integral de limpieza Delegación Estatal | 1 | Servicio |
2 | C810600010 | Servicio integral de limpieza Subdelegación Admva. | 1 | Servicio |
3 | C810600010 | Servicio integral de limpieza DDR 03.-Costa | 1 | Servicio |
4 | C810600010 | Servicio integral de limpieza DDR04.-Itsmo | 1 | Servicio |
5 | C810600010 | Servicio integral de limpieza Río Atoyac | 1 | Servicio |
• Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en Internet: xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx, o bien, en calzada Héroes de Chapultepec número 1125, colonia Reforma, Oaxaca de Juárez, Oax., de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas.
• La forma de pago es mediante cheque certificado o de caja expedido a favor de la Tesorería de la Federación. En compraNET, mediante los recibos que genera el sistema.
• Los licitantes, a su elección, podrán presentar sus proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica.
• Las juntas de aclaraciones y los actos de presentación y apertura de proposiciones se efectuarán en la sala de juntas de la Subdelegación Administrativa, sita en calzada Héroes de Chapultepec número 1125, colonia Reforma, Oaxaca de Juárez, Oax.
• El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: español.
• La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: peso mexicano. No se otorgará anticipo.
• Lugar de entrega de los bienes de las licitaciones 01 a la 03 de conformidad con el punto 1.4 de las bases; lugar de prestación de los servicios de las licitaciones 04 y 05, de conformidad con el punto 1.3 de las bases.
• Plazo de entrega de los bienes de las licitaciones 01 a la 03 de conformidad con el punto 1.1 de las bases; vigencia de los servicios 04 y 05, de conformidad con el punto 1.2 de las bases.
• El pago se realizará para todas las licitaciones de conformidad con el punto 18 de las bases.
• Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de licitación, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.
• No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
• Cualquier persona podrá asistir a los diferentes actos de la presente licitación en calidad de observadora, sin necesidad de adquirir las bases, registrando previamente su participación.
OAXACA DE JUAREZ, OAX., A 20 DE ABRIL DE 2006.
DELEGADO ESTATAL
ING. EDGAR GUZMAN CORRAL
RUBRICA.
(R.- 229199)
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION
SUBDELEGACION ADMINISTRATIVA HIDALGO
CONVOCATORIA MULTIPLE 001
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados en participar en las licitaciones para la adquisición de materiales y útiles de oficina y de impresión y reproducción, así como materiales y útiles de limpieza, de conformidad con las siguientes licitaciones públicas nacionales:
No. de licitación | Costo de las bases | Fecha límite para adquirir bases | Junta de aclaraciones | Visita a instalaciones | Presentación de proposiciones y apertura de propuestas | |
00008014- 001-06 | Convocante: $484.00 compraNET: $440.00 | 28/04/2006 | 28/04/2006 10:00 horas | No habrá visita a instalaciones | 4/05/2006 10:00 horas | |
Partida | Clave CABMS | Descripción | Cantidad | Unidad de medida | ||
1 | C210000244 | Papel para fotocopiadora | 660 | Millar | ||
2 | C210000244 | Papel para fotocopiadora | 300 | Millar | ||
3 | C210000000 | Caja de cartón para archivo | 300 | Pieza | ||
4 | C210000032 | Carpeta escritorio | 150 | Pieza | ||
5 | C210000036 | Cinta adhesiva (diurex) | 100 | Pieza | ||
No. de licitación | Costo de las bases | Fecha límite para adquirir bases | Junta de aclaraciones | Visita a instalaciones | Presentación de proposiciones y apertura de propuestas | |
00008014- 002-06 | Convocante: $484.00 compraNET: $440.00 | 2/05/2006 | 2/05/2006 10:00 horas | No habrá visita a instalaciones | 8/05/2006 10:00 horas | |
Partida | Clave CABMS | Descripción | Cantidad | Unidad de medida | ||
1 | C420000000 | Limpiador multiusos pinol | 440 | Litro | ||
2 | C420000000 | Pastilla desodorante | 440 | Pieza | ||
3 | C420000000 | Franela | 220 | Metro | ||
4 | C420000084 | Jabones | 220 | Pieza | ||
5 | C420000000 | Jerga | 220 | Metro |
• Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en Internet: xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx, o bien en carretera Pachuca-Tulancingo número 104-A, colonia Felipe Angeles, código postal 42090, Pachuca de Soto, Hidalgo, teléfono 01 771 71 3 27 92, de lunes a viernes, de 9:00 a 15:00 horas.
• La forma de pago es, con cheque de caja o certificado a nombre de la Tesorería de la Federación. En compraNET, mediante los recibos que genera el sistema.
• Las juntas de aclaraciones y los actos de presentación de proposiciones y apertura de propuestas se llevará a cabo en la sala de juntas de la Delegación en el Estado de Hidalgo, ubicada en carretera Pachuca-Tulancingo número 104-A, colonia Felipe Angeles, código postal 42090, Pachuca de Soto, Hidalgo.
• Los licitantes, a su elección, podrán presentar sus proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica.
• El idioma en que deberán presentar las proposiciones será: español.
• La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: peso mexicano. No se otorgará anticipo.
• Lugar de entrega de los bienes: de acuerdo al anexo A2 de las bases.
• Plazo de entrega de los bienes: de acuerdo al anexo A2 de las bases.
• El pago se realizará: de conformidad con el artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
• Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de licitación, así como las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.
• No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
• Cualquier persona podrá asistir a los diferentes actos de las licitaciones en calidad de observadora, sin necesidad de adquirir las bases, registrando previamente su participación.
PACHUCA DE SOTO, HGO., A 20 DE ABRIL DE 2006.
DELEGADO EN EL ESTADO DE HIDALGO ING. JOSE AMANDO RODRIGUEZ GALINDO RUBRICA.
(R.- 229203)
SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
CENTRO SCT AGUASCALIENTES
CONVOCATORIA 007
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados en participar en la(s) licitación(es) para la contratación de arrendamiento de maquinaria y equipo, señales e impresiones y servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de vehículos, de conformidad con lo siguiente:
Licitación pública nacional número 00009014-017-06
Costo de las bases | Fecha límite para adquirir bases | Junta de aclaraciones | Visita a instalaciones | Presentación de proposiciones y apertura técnica | Acto de apertura económica |
$1,150.00 | 26/04/2006 | 27/04/2006 | 26/04/2006 | 4/05/2006 | 4/05/2006 |
Costo en compraNET: | 10:00 horas | 10:00 horas | 10:00 horas | 10:01 horas | |
$1,000.00 |
Partida | Clave CABMS | Descripción | Cantidad | Unidad de medida |
1 | C810200000 | Arrendamiento de maquinaria y equipo | 1 | Servicio |
Licitación pública nacional número 00009014-018-06
Costo de las bases | Fecha límite para adquirir bases | Junta de aclaraciones | Visita a instalaciones | Presentación de proposiciones y apertura técnica | Acto de apertura económica |
$920.00 | 26/04/2006 | 27/04/2006 | No habrá visita | 4/05/2006 | 4/05/2006 |
Costo en compraNET: | 11:00 horas | a instalaciones | 11:00 horas | 11:01 horas | |
$800.00 |
Partida | Clave CABMS | Descripción | Cantidad | Unidad de medida | Cantidad mínima | Cantidad máxima |
1 | C780400000 | Señal impresa en lona de vinil de 1.0 mt x 1.90 mt | 50 | Pieza | 50 | 70 |
2 | C780400000 | Señal SID 8 | 10 | Pieza | 10 | 15 |
3 | C780400000 | Señal SID 9 doble | 7 | Pieza | 7 | 11 |
4 | C780400000 | Señal SIG 7 | 15 | Pieza | 15 | 22 |
5 | C780400000 | Tubo de lámina galvanizado | 72 | Pieza | 72 | 100 |
Licitación pública nacional número 00009014-019-06
Costo de las bases | Fecha límite para adquirir bases | Junta de aclaraciones | Visita a instalaciones | Presentación de proposiciones y apertura técnica | Acto de apertura económica |
$920.00 | 26/04/2006 | 27/04/2006 | No habrá visita | 4/05/2006 | 4/05/2006 |
Costo en compraNET: | 12:00 horas | a instalaciones | 12:30 horas | 12:31 horas | |
$800.00 |
Partida | Clave CABMS | Descripción | Cantidad | Unidad de medida | Cantidad mínima | Cantidad máxima |
1 | C810600000 | Mantenimiento preventivo tipo “A” para vehículo diesel de 4 cilindros | 1 | Servicio | 1 | 2 |
2 | C810600000 | Mantenimiento preventivo tipo “A” para vehículo diesel de 6 cilindros | 2 | Servicio | 2 | 3 |
3 | C810600000 | Mantenimiento preventivo tipo “B” para vehículo diesel de 4 cilindros | 1 | Servicio | 1 | 2 |
4 | C810600000 | Mantenimiento preventivo tipo “B” para vehículo diesel de 6 cilindros | 1 | Servicio | 1 | 2 |
5 | C810600000 | Mantenimiento preventivo T "C" vehículo diesel 4 cilindros | 1 | Servicio | 1 | 2 |
• Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en Internet: xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx, o bien en calle Julio Díaz Torre número 110, Ciudad Industrial, código postal 20290, en Aguascalientes, Ags., teléfono 01 449 9 71 07 77, extensión 11300, de lunes a viernes, de 9:00 a 13:00 horas.
• La forma de pago es, mediante efectivo, cheque de caja o certificado a nombre de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. En compraNET, mediante los recibos que genera el sistema.
• Los licitantes, a su elección, podrán presentar sus proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica o envío de propuestas mediante servicio postal o mensajería con acuse de recibo.
• Todos los eventos de esta licitación, se llevarán a cabo en la sala de usos múltiples del edificio "F", planta alta del Centro SCT Aguascalientes, ubicada en Julio Díaz Torre número 110, Ciudad Industrial, código postal 20290, Aguascalientes, Ags.
• La visita a los sitios de trabajo, se llevará a cabo el día 26 de abril de 2006 a las 10:00 horas, siendo el sitio de reunión la Residencia General de Carreteras Alimentadoras del Centro SCT Aguascalientes.
• Sólo existirá un acto de presentación y apertura de propuestas y un solo acto de fallo.
• La presentación de las propuestas, tanto técnicas como económicas, se hará en un solo sobre.
• El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: español.
• La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: peso mexicano.
• No se otorgará anticipo.
• Lugar de entrega: en el Departamento de Recursos Materiales del Centro SCT Aguascalientes, de lunes a viernes, de 9:00 a 13:00 horas.
• Plazo de entrega: del 15 de mayo al 15 de octubre para la licitación número 00009014-017-06 y del 15 de mayo al 31 de diciembre de 2006 para las licitaciones números 00009014-018-06 y 00009014-019-06.
• El pago se realizará hasta en 20 días posteriores a la recepción de la factura.
• Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de licitación, así como las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.
• No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
• Cualquier persona podrá asistir a los actos de licitación en calidad de observadora.
.
AGUASCALIENTES, AGS., A 20 DE ABRIL DE 2006.
DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO SCT AGUASCALIENTES
ING. SANTIAGO RICO GALINDO
RUBRICA.
(R.- 229265)
SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES DEL CENTRO SCT COLIMA
CONVOCATORIA 002
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados en participar en la(s) licitación(es) para la adquisición de prendas de protección, uniformes de trabajo, materiales y útiles de oficina, materiales y útiles para el procesamiento en equipos y bienes informáticos, llantas diferentes medidas, materiales y suministros médicos, bienes informáticos, mobiliario y equipo y vehículos, de conformidad con lo siguiente:
Licitación pública nacional 00009068-011-06
Costo de las bases | Fecha límite para adquirir bases | Junta de aclaraciones | Visita a instalaciones | Presentación y apertura de proposiciones técnica y económica |
$540.00 Costo en compraNET: $490.00 | 28/04/2006 | 28/04/2006 9:00 horas | No habrá visita a instalaciones | 9/05/2006 10:00 horas |
Partida | Clave CABMS | Descripción | Cantidad | Unidad de medida |
1 | C420000000 | Impermeable gabardina, saco largo amarillo | 178 | Pieza |
2 | C420000000 | Impermeable de dos piezas con reflejante | 37 | Juego |
3 | C420000000 | Chaleco reflejante de malla, color naranja | 50 | Pieza |
4 | C420000000 | Banderolas de vinil, color naranja fluorescentes | 58 | Pieza |
5 | C420000000 | Conos fluorescentes, color naranja | 36 | Pieza |
• Lugar de entrega: almacén general del Centro SCT Colima, kilómetro 3+080 libramiento Oriente sin número, colonia Santa Amalia, código postal 28048, Colima, Colima, los días de lunes a viernes en el horario de 8:00 a 14:00 horas.
• Vigencia del contrato: del 1 al 30 de junio de 2006.
Licitación pública nacional 00009068-012-06
Costo de las bases | Fecha límite para adquirir bases | Junta de aclaraciones | Visita a instalaciones | Presentación y apertura de proposiciones técnica y económica |
$540.00 Costo en compraNET: $490.00 | 28/04/2006 | 28/04/2006 11:00 horas | No habrá visita a instalaciones | 9/05/2006 12:00 horas |
Partida | Clave CABMS | Descripción | Cantidad mínima | Cantidad máxima | Unidad de medida |
1 | C750200000 | Pantalón para caballero, azul marino | 26 | 65 | Pieza |
2 | C750200000 | Uniforme de trabajo | 83 | 208 | Juego |
3 | C750200000 | Bota industrial | 62 | 154 | Par |
4 | C750200000 | Zapato para caballero | 32 | 80 | Par |
5 | C750200000 | Zapato para dama | 6 | 16 | Par |
• Lugar de entrega: almacén general del Centro SCT Colima, kilómetro 3+080 libramiento Oriente sin número, colonia Santa Amalia, código postal 28048, Colima, Colima, los días de lunes a viernes en el horario de 8:00 a 14:00 horas.
• Vigencia del contrato: del 1 de junio al 15 de julio de 2006.
Licitación pública nacional 00009068-013-06
Costo de las bases | Fecha límite para adquirir bases | Junta de aclaraciones | Visita a instalaciones | Presentación y apertura de proposiciones técnica y económica |
$540.00 Costo en compraNET: $490.00 | 28/04/2006 | 28/04/2006 13:00 horas | No habrá visita a instalaciones | 11/05/2006 10:00 horas | ||
Partida | Clave CABMS | Descripción | Cantidad mínima | Cantidad máxima | Unidad de medida | |
1 | C210000000 | Bolígrafo punto mediano, azul, tinta gel | 426 | 1,064 | Pieza | |
2 | C210000000 | Bolígrafo punto mediano, negro, tinta gel | 488 | 1,219 | Pieza | |
3 | C210000000 | Carpeta con broche baco T/carta, azul rey | 852 | 2,130 | Pieza | |
4 | C210000000 | Sobre bolsa amarillo, tamaño oficio | 734 | 1,835 | Pieza | |
5 | C210000000 | Sobre bolsa amarillo, tamaño carta | 700 | 1,750 | Pieza |
• Lugar de entrega: almacén general del Centro SCT Colima, kilómetro 3+080 libramiento Oriente sin número, colonia Santa Amalia, código postal 28048, Colima, Colima, los días de lunes a viernes en el horario de 8:00 a 14:00 horas.
• Vigencia del contrato: del 1 de junio al 31 de diciembre de 2006.
Licitación pública nacional 00009068-014-06
Costo de las bases | Fecha límite para adquirir bases | Junta de aclaraciones | Visita a instalaciones | Presentación y apertura de proposiciones técnica y económica |
$540.00 Costo en compraNET: $490.00 | 3/05/2006 | 3/05/2006 9:00 horas | No habrá visita a instalaciones | 11/05/2006 12:00 horas |
Partida | Clave CABMS | Descripción | Cantidad mínima | Cantidad máxima | Unidad de medida |
1 | C870000000 | Cartucho p/impresora de inyección 51645A | 40 | 100 | Pieza |
2 | C870000000 | Cartucho p/impresora de inyección C8727A | 50 | 124 | Pieza |
3 | C870000000 | CD-R para grabar | 476 | 1,190 | Pieza |
4 | C870000000 | CD-RW para regrabar | 282 | 704 | Pieza |
5 | C870000000 | Disco flexible de 3 ½” con 10 piezas | 126 | 316 | Pieza |
• Lugar de entrega: almacén general del Centro SCT Colima, kilómetro 3+080 libramiento Oriente sin número, colonia Santa Amalia, código postal 28048, Colima, Colima, los días de lunes a viernes en el horario de 8:00 a 14:00 horas.
• Vigencia del contrato: del 1 de junio al 31 de diciembre de 2006.
Licitación pública nacional 00009068-015-06
Costo de las bases | Fecha límite para adquirir bases | Junta de aclaraciones | Visita a instalaciones | Presentación y apertura de proposiciones técnica y económica |
$540.00 Costo en compraNET: $490.00 | 3/05/2006 | 3/05/006 11:00 horas | No habrá visita a instalaciones | 12/05/2006 10:00 horas |
Partida | Clave CABMS | Descripción | Cantidad mínima | Cantidad máxima | Unidad de medida |
1 | C660600000 | Llanta 255/60 R15 | 7 | 18 | Pieza |
2 | C660600000 | Llanta 255/70 R16 | 7 | 18 | Pieza |
3 | C660600000 | Llanta 205/70 R14 | 6 | 14 | Pieza |
4 | C660600000 | Llanta 185/70 R13 | 6 | 16 | Pieza |
5 | C660600000 | Llanta 195/60 R15 | 2 | 4 | Pieza |
• Lugar de entrega: almacén general del Centro SCT Colima, kilómetro 3+080 libramiento Oriente sin número, colonia Santa Amalia, código postal 28048, Colima, Colima, los días de lunes a viernes en el horario de 8:00 a 14:00 horas.
• Vigencia del contrato: del 1 de junio al 31 de diciembre de 2006.
Licitación pública nacional 00009068-016-06
Costo de las bases | Fecha límite para adquirir bases | Junta de aclaraciones | Visita a instalaciones | Presentación y apertura de proposiciones técnica y económica |
$540.00 Costo en compraNET: $490.00 | 3/05/2006 | 3/05/2006 13:00 horas | No habrá visita a instalaciones | 12/05/2006 12:00 horas |
Partida | Clave CABMS | Descripción | Cantidad mínima | Cantidad máxima | Unidad de medida |
1 | C480000000 | Algodón torundas de 500 grs c/1,000 piezas | 14 | 34 | Bolsa |
2 | C480000000 | Jeringa estéril de 3 ml con 100 | 7 | 18 | Caja |
3 | C480000000 | Pepto bismol | 14 | 34 | Frasco |
4 | C480000000 | Neomelubrina, cápsula 500 grs | 19 | 48 | Caja |
5 | C480000000 | Alcohol de 1 litro | 16 | 39 | Frasco |
• Lugar de entrega: almacén general del Centro SCT Colima, kilómetro 3+080 libramiento Oriente sin número, colonia Santa Amalia, código postal 28048, Colima, Colima, los días de lunes a viernes en el horario de 8:00 a 14:00 horas.
• Vigencia del contrato: del 1 de junio al 31 de diciembre de 2006.
Licitación pública nacional 00009068-017-06
Costo de las bases | Fecha límite para adquirir bases | Junta de aclaraciones | Visita a instalaciones | Presentación y apertura de proposiciones técnica y económica |
$540.00 Costo en compraNET: $490.00 | 8/05/2006 | 8/05/2006 9:00 horas | No habrá visita a instalaciones | 15/05/2006 10:00 horas |
Partida | Clave CABMS | Descripción | Cantidad | Unidad de medida |
1 | I180000000 | Microcomputadora Pentium D 3.2 Ghz | 10 | Pieza |
2 | I180000000 | Impresora láser 30 PMM | 6 | Pieza |
3 | I180000000 | Fuente de poder ininterrumpible 1000 VA | 5 | Pieza |
4 | I180000000 | Microcomputadora portátil Pentium M 1.6 Ghz | 2 | Pieza |
5 | I180000000 | Proyector portátil de 2000 Ansi Lumenes | 1 | Pieza |
• Lugar de entrega: almacén general del Centro SCT Colima, kilómetro 3+080 libramiento Oriente sin número, colonia Santa Amalia, código postal 28048, Colima, Colima, los días de lunes a viernes en el horario de 8:00 a 14:00 horas.
• Vigencia del contrato: del 1 de junio al 31 de agosto de 2006.
Licitación pública nacional 00009068-018-06
Costo de las bases | Fecha límite para adquirir bases | Junta de aclaraciones | Visita a instalaciones | Presentación y apertura de proposiciones técnica y económica |
$540.00 Costo en compraNET: $490.00 | 8/05/2006 | 8/05/2006 11:00 horas | No habrá visita a instalaciones | 15/05/2006 12:00 horas |
Partida | Clave CABMS | Descripción | Cantidad | Unidad de medida |
1 | I450000000 | Enmicadora grande | 1 | Pieza |
2 | I450000000 | Silla secretarial reforzada base giratoria | 5 | Pieza |
3 | I450000000 | Escritorio secretarial, dos cajones | 3 | Pieza |
4 | I450000000 | Horno eléctrico | 1 | Pieza |
5 | I450000000 | Silla apilable con estructura tubular | 4 | Pieza |
• Lugar de entrega: almacén general del Centro SCT Colima, kilómetro 3+080 libramiento Oriente sin número, colonia Santa Amalia, código postal 28048, Colima, Colima, los días de lunes a viernes en el horario de 8:00 a 14:00 horas.
• Vigencia del contrato: del 1 al 31 de julio de 2006.
Licitación pública nacional 00009068-019-06
Costo de las bases | Fecha límite para adquirir bases | Junta de aclaraciones | Visita a instalaciones | Presentación y apertura de proposiciones técnica y económica |
$540.00 Costo en compraNET: $490.00 | 8/05/2006 | 8/05/2006 13:00 horas | No habrá visita a instalaciones | 16/05/2006 10:00 horas |
Partida | Clave CABMS | Descripción | Cantidad | Unidad de medida |
1 | I480800000 | Vehículo pick up austero, 6 cilindros | 3 | Pieza |
• Lugar de entrega: almacén general del Centro SCT Colima, kilómetro 3+080 libramiento Oriente sin número, colonia Santa Amalia, código postal 28048, Colima, Colima, los días de lunes a viernes en el horario de 8:00 a 14:00 horas.
• Vigencia del contrato: del 1 al 31 de julio de 2006.
• Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en Internet: xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx o bien, en kilómetro 3+080 libramiento Oriente sin número, colonia Santa Amalia, código postal 28048, Colima, Colima, teléfono 01-312-31-4-38-57, extensiones 10130 y 10131, los días de lunes a viernes; con el siguiente horario de 8:00 a 14:00 horas.
• La forma de pago es, cheque certificado o de caja a nombre de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes de cualquier banco de la localidad o de otra plaza, exclusivamente con cheque de Banamex. En compraNET, mediante los recibos que genera el sistema.
• Las juntas de aclaraciones se llevarán a cabo en las fechas y horas establecidas en la convocatoria en el auditorio del Centro SCT Colima (sala número 1), ubicado en kilómetro 3+080 libramiento Oriente sin número, colonia Santa Amalia, código postal 28048, Colima, Colima.
• Los licitantes, a su elección, podrán presentar sus proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica.
• El acto de presentación de proposiciones y apertura de la(s) propuesta(s) técnica(s) y económica(s) se efectuará en las fechas y horas establecidas en la convocatoria en el auditorio del Centro SCT Colima (sala número 1), kilómetro 3+080 libramiento Oriente sin número, colonia Santa Amalia, código postal 28048, Colima, Colima.
• El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: español.
• La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: peso mexicano.
• No se otorgará anticipo.
• El pago se realizará: dentro de un plazo de 30 días naturales, posteriores a la fecha de entrega de la factura debidamente requisitada, previa recepción de los bienes o prestación de los servicios respectivos.
• Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de licitación, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.
• No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
COLIMA, COL., A 20 DE ABRIL DE 2006. TITULAR DEL CENTRO SCT COLIMA ING. GUILLERMO E. FRANK ESCOBAR RUBRICA.
(R.- 229263)
SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SUBSECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO CARRETERO CONVOCATORIA No. 002
LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICULOS 1, 2 FRACCION I, 5 FRACCIONES I, III, V Y IX, 6, 7, 8 Y 30 DE LA LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL, Y 10 FRACCION XIII Y 17 BIS DEL REGLAMENTO INTERIOR DE ESTA SECRETARIA, CONVOCA A TODAS LAS PERSONAS FISICAS Y MORALES, NACIONALES O EXTRANJERAS, INTERESADAS EN PARTICIPAR EN EL CONCURSO PUBLICO INTERNACIONAL NUMERO 00009076-002-06, MEDIANTE EL CUAL SE OTORGARA LA CONCESION PARA OPERAR, CONSERVAR Y MANTENER EL TRAMO CARRETERO LIBRE DE PEAJE TAPACHULA-TALISMAN CON RAMAL A CIUDAD HIDALGO DE 45.1 KILOMETROS (CUARENTA Y CINCO KILOMETROS CIEN METROS, DE LONGITUD EN EL ESTADO DE CHIAPAS EN LA REPUBLICA MEXICANA, QUE INCLUYE LA MODERNIZACION Y AMPLIACION DEL TRAMO, ASI COMO EL DERECHO EXCLUSIVO PARA SUSCRIBIR EL CONTRATO DE SERVICIOS DE LARGO PLAZO (PPS), DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE:
No. DE CONCURSO | COSTO DE LAS BASES GENERALES DEL CONCURSO Y DOCUMENTOS DE CONCURSO (IVA INCLUIDO) | PERIODO PARA ADQUIRIR LAS BASES GENERALES DEL CONCURSO | JUNTAS DE INFORMACION | VISITA AL SITIO DE LA CARRETERA EXISTENTE | PRESENTACION Y APERTURA DE PROPUESTAS | |
00009076- 002-06 | $11,500.00 (ONCE MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.) TANTO EN VENTANILLA COMO EN compraNET | DEL 20 DE ABRIL AL 23 DE JUNIO DE 2006 | PRIMERA EL 18 DE MAYO DE 2006 SEGUNDA A 15 DE JUNIO DE 2006 TERCERA EL 20 DE JULIO DE 2006 CUARTA EL 17 DE AGOSTO DE 2006 | 26 DE MAYO DE 2006 | 13 DE OCTUBRE DE 2006 | |
CLAVE DGDC (CCAOP) | DESCRIPCION GENERAL DE LA CONCESION | FECHA PARA EL INICIO DE LA MODERNIZACION, OPERACION Y MANTENIMIENTO DE LA CARRETERA EXISTENTE | FECHA PARA LA TERMINACION DE LA MODERNIZACION, OPERACION Y MANTENIMIENTO DE LA CARRETERA EXISTENTE | PLAZO DE VIGENCIA DE LA CONCESION | CAPITAL CONTABLE MINIMO REQUERIDO | |
[ ] | OTORGAMIENTO DE UNA CONCESION PARA OPERAR, CONSERVAR Y MANTENER EL TRAMO CARRETERO LIBRE DE PEAJE TAPACHULA-TALISMAN CON RAMAL A CIUDAD HIDALGO CON UNA LONGITUD TOTAL DE 45.1 KILOMETROS (CUARENTA Y CINCO KILOMETROS CIEN METROS) DE LONGITUD, EN EL ESTADO DE CHIAPAS EN LA REPUBLICA MEXICANA, QUE INCLUYE LA MODERNIZACION Y AMPLIACION DEL TRAMO, ASI COMO EL DERECHO EXCLUSIVO PARA SUSCRIBIR EL CONTRATO DE SERVICIOS DE LARGO PLAZO (PPS) | 26 DE ENERO DE 2007 | 9 DE MAYO DE 2008 | 20 AÑOS A PARTIR DE LA FECHA DE EXPEDICION DEL TITULO DE CONCESION | $100’000,000.00 (CIEN MILLONES DE PESOS) |
1. BASES GENERALES DEL CONCURSO: A PARTIR DEL DIA 20 DE ABRIL AL 23 DE JUNIO DE 2006, SE ENCUENTRAN DISPONIBLES PARA SU CONSULTA Y VENTA EN LA PAGINA DE INTERNET: xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx, O BIEN EN LA COORDINACION TECNICA DE PLANEACION DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA, UBICADA EN INSURGENTES SUR NUMERO 1089, PISO 10, COLONIA NOCHE BUENA, DELEGACION BENITO JUAREZ, CODIGO POSTAL 03720, EN LA CIUDAD DE MEXICO, DISTRITO FEDERAL, DE LUNES A VIERNES, DE 10:00 A 13:30 HORAS.
2. COSTO Y FORMA DE PAGO DE LAS BASES GENERALES DEL CONCURSO: LAS BASES GENERALES DEL CONCURSO TIENEN UN COSTO, NO REEMBOLSABLE DE $11,500.00 (ONCE MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.) CON IVA INCLUIDO, Y PODRAN ADQUIRIRSE EN EL DOMICILIO SEÑALADO EN EL PUNTO 1 ANTERIOR, MEDIANTE CHEQUE CERTIFICADO O DE CAJA EXPEDIDO POR INSTITUCION BANCARIA A NOMBRE DE LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES; O BIEN, MEDIANTE EL RECIBO EXPEDIDO POR EL SISTEMA compraNET QUE DEBERA SER PAGADO EN UNA INSTITUCION BANCARIA Y SER PRESENTADO EN EL DOMICILIO ANTES SEÑALADO PARA RECOGER LAS BASES GENERALES DEL CONCURSO.
3. VISITA AL SITIO DE LA CARRETERA EXISTENTE: SE LLEVARA A CABO EL DIA 26 DE MAYO DE 2006.
4. JUNTAS DE INFORMACION: TENDRAN LUGAR EN EL DOMICILIO SEÑALADO EN EL PUNTO 1 ANTERIOR, A LAS 11:00 HORAS, EN LAS SIGUIENTES FECHAS:
1a. 18 DE MAYO DE 2006
2a. 15 DE JUNIO DE 2006
3a. 20 DE JULIO DE 2006
4a. 17 DE AGOSTO DE 2006
5. PRESENTACION Y APERTURA DE PROPUESTAS: EL ACTO DE PRESENTACION Y APERTURA DE PROPUESTAS SE EFECTUARA EL DIA 13 DE OCTUBRE DE 2006 A LAS 11:00 HORAS, EN EL DOMICILIO SEÑALADO EN EL PUNTO 1 ANTERIOR.
6. IDIOMA: LAS PROPUESTAS DEBERAN SER PRESENTADAS EN IDIOMA ESPAÑOL.
7. MONEDA: LAS PROPUESTAS ECONOMICAS DEBERAN DE PRESENTARSE EN PESO MEXICANO. LA OBLIGACION DE APORTAR LOS RECURSOS AL PROYECTO QUE ADQUIERA EL CONCURSANTE GANADOR POR CONDUCTO DEL CONCESIONARIO, EN LOS TERMINOS ESTABLECIDOS EN LAS BASES GENERALES DEL CONCURSO, SERA DENOMINADA EN PESO MEXICANO. ASIMISMO, LAS OBLIGACIONES DE PAGO A CARGO DE LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES SERAN DENOMINADAS EN PESO MEXICANO. EL RIESGO CAMBIARIO, EN SU CASO, CORRERA A CARGO DEL CONCURSANTE GANADOR.
8. PLAZO DE LA CONCESION: 20 (VEINTE) AÑOS A PARTIR DE LA FECHA DE EXPEDICION DEL TITULO DE CONCESION.
9. CONTRATO DE SERVICIOS DE LARGO PLAZO: LOS INTERESADOS DEBERAN TOMAR EN CUENTA QUE EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 41 FRACCION I DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, EL CONCURSANTE GANADOR POR CONDUCTO DEL CONCESIONARIO ADQUIERE EL DERECHO EXCLUSIVO PARA LA ADJUDICACION DIRECTA, CON VIGENCIA DE VEINTE (20) AÑOS, DE UN CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE LARGO PLAZO, CUYO OBJETO ES PROVEER EL SERVICIO DE CAPACIDAD CARRETERA A LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, MEDIANTE LA OPERACION, MANTENIMIENTO Y MODERNIZACION DE LA CARRETERA EXISTENTE, ASI COMO LA OPERACION, MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE LA CARRETERA PROYECTO, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN LAS BASES GENERALES DEL CONCURSO, EL TITULO DE CONCESION Y EL CONTRATO PPS.
10. PLAZO PARA EL INICIO DE LOS TRABAJOS: CUMPLIENDO LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LAS BASES GENERALES DEL CONCURSO, EL CONCESIONARIO DEBERA INICIAR LOS TRABAJOS A MAS TARDAR EL 26 DE ENERO DE 2007, FECHA LIMITE EN QUE DEBERA ENTREGAR A LA
SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES EL AVISO DE INICIO DE OPERACION Y MANTENIMIENTO DE LA CARRETERA EXISTENTE. LA FECHA LIMITE PARA LA TERMINACION DE LA MODERNIZACION DE LA VIA CONCESIONADA SERA EL 6 DE JUNIO DE 2008.
11. PAGO INTEGRADO: LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES PAGARA AL CONCESIONARIO POR EL SERVICIO QUE LE SEA PROPORCIONADO CONFORME AL CONTRATO PPS, EL PAGO INTEGRADO QUE SE COMPONE POR EL PAGO TRIMESTRAL POR DISPONIBILIDAD Y EL PAGO TRIMESTRAL POR AFORO VEHICULAR.
12. REQUISITOS GENERALES PARA PARTICIPAR EN EL CONCURSO: LOS INTERESADOS EN PARTICIPAR EN EL CONCURSO DEBERAN ADQUIRIR LAS BASES GENERALES DEL CONCURSO Y OBTENER DE LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES LA CONSTANCIA DE PARTICIPACION, ASI COMO CUMPLIR Y ACREDITAR LOS REQUISITOS TECNICOS, ECONOMICOS, FINANCIEROS Y LEGALES ESTABLECIDOS EN LAS BASES GENERALES DEL CONCURSO.
13. REQUISITOS DE PRECALIFICACION: LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, EN LOS TERMINOS ESTABLECIDOS EN LAS BASES GENERALES DEL CONCURSO Y EN EL PLAZO SEÑALADO EN LAS MISMAS, LLEVARA A CABO UNA ETAPA DE PRECALIFICACION RESPECTO A LOS ASPECTOS TECNICOS, FINANCIEROS Y LEGALES SOLICITADOS EN LAS BASES GENERALES DEL CONCURSO. A LOS INTERESADOS QUE CUMPLAN CON LOS MISMOS SE LES EXPEDIRA EL CERTIFICADO DE ACEPTACION.
14. CRITERIOS GENERALES PARA EL OTORGAMIENTO DE LA CONCESION: LOS CRITERIOS QUE UTILIZARA LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES PARA SELECCIONAR AL CONCURSANTE GANADOR TOMARAN EN CONSIDERACION LOS SIGUIENTES ASPECTOS:
A) LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES EVALUARA LAS PROPUESTAS CONFORME A LO ESTABLECIDO EN LAS BASES GENERALES DEL CONCURSO Y EMITIRA UN DICTAMEN QUE SERVIRA DE FUNDAMENTO PARA ACEPTAR O RECHAZAR LAS PROPUESTAS TECNICAS O ECONOMICAS, ASI COMO PARA EMITIR EL FALLO DEL CONCURSO.
B) LA CONCESION SE OTORGARA A LA SOCIEDAD DE PROPOSITO ESPECIFICO QUE EL CONCURSANTE GANADOR HAYA CONSTITUIDO PARA TAL EFECTO, EN VIRTUD DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES Y TECNICOS, ASI COMO ECONOMICOS Y FINANCIEROS ESTABLECIDOS EN LAS BASES GENERALES DEL CONCURSO LA CALIDAD DE LA PROPUESTA TECNICA; LA CONGRUENCIA ENTRE LA PROPUESTA TECNICA Y LA PROPUESTA ECONOMICA; Y PROPONGA EL MENOR VALOR PRESENTE NETO DEL FLUJO DE PAGOS INTEGRADOS QUE SOLICITE EL CONCURSANTE POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE CAPACIDAD CARRETERA A LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, DURANTE TODO EL PERIODO DE VIGENCIA DE LA CONCESION Y DEL CONTRATO PPS.
C) EL CONCURSO SE DECLARARA DESIERTO CUANDO NINGUNA DE LAS PROPUESTAS PRESENTADAS CUMPLA CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LAS BASES GENERALES DEL CONCURSO, POR CAUSAS DE INTERES PUBLICO O FUERZA MAYOR O CUANDO LAS PROPUESTAS ECONOMICAS SEAN INCONVENIENTES PARA LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES.
15. FALLO DEL CONCURSO: EL 13 DE OCTUBRE DE 2006 A LA HORA Y EN EL DOMICILIO SEÑALADOS EN LAS BASES GENERALES DEL CONCURSO, CON BASE EN EL ANALISIS DE LAS PROPUESTAS, LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES EMITIRA EL FALLO DEL CONCURSO, MEDIANTE EL CUAL, EN SU CASO, OTORGARA LA CONCESION A LA SOCIEDAD DE PROPOSITO ESPECIFICO. CONTRA ESTA RESOLUCION NO PROCEDERA RECURSO ALGUNO.
16. DEFINICIONES: LAS PALABRAS QUE SE ESCRIBAN CON PRIMERA LETRA EN MAYUSCULA EN ESTA CONVOCATORIA, TENDRAN EL SIGNIFICADO QUE SE LES ATRIBUYE EN EL APENDICE DE TERMINOS DEFINIDOS DE LAS BASES GENERALES DEL CONCURSO, DEL TITULO DE CONCESION Y DEL CONTRATO PPS.
17. NO NEGOCIACION: NINGUNA DE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LAS BASES GENERALES DEL CONCURSO O EN LAS PROPUESTAS PRESENTADAS POR LOS CONCURSANTES, PODRAN SER NEGOCIADAS.
MEXICO, D.F., A 20 DE ABRIL DE 2006.
DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO CARRETERO
ING. OSCAR DE BUEN RICHKARDAY
RUBRICA.
(R.- 229261)
SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
DIRECCION GENERAL DE PUERTOS LICITACIONES PUBLICAS NACIONALES CONVOCATORIA 010
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y al Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas publicado el día 7 de julio de 2005, se convoca a los interesados en participar en las licitaciones para la contratación de la construcción de infraestructura marítimo-portuaria en Playas Las Glorias, Sin., así como la supervisión correspondiente, de conformidad con lo siguiente:
Licitación pública nacional 00009012-027-06
Costo de las bases | Fecha límite para adquirir las bases | Junta de aclaraciones | Visita al lugar de los trabajos | Presentación y apertura de proposiciones | |
$2,100.00 Costo en compraNET: $2,000.00 | 28/04/2006 | 26/04/2006 11:00 horas | 25/04/2006 11:00 horas | 4/05/2006 11:00 horas | |
Clave FSC (CCAOP) | Descripción general de la obra | Fecha de inicio | Plazo de ejecución | Capital contable requerido | |
0 | Construcción de infraestructura marítimo-portuaria | 22/05/2006 | 150 | $7’500,000.00 |
Licitación pública nacional 00009012-028-06
Costo de las bases | Fecha límite para adquirir las bases | Junta de aclaraciones | Visita al lugar de los trabajos | Presentación y apertura de proposiciones | |
$2,100.00 Costo en compraNET: $2,000.00 | 28/04/2006 | 26/04/2006 13:00 horas | 25/04/2006 11:00 horas | 4/05/2006 13:00 horas | |
Clave FSC (CCAOP) | Descripción general de la obra | Fecha de inicio | Plazo de ejecución | Capital contable requerido | |
2020000 | Supervisión | 22/05/2006 | 150 | $300,000.00 |
Las bases de las licitaciones se encuentran disponibles para consulta y venta en Internet: xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx, o bien en avenida Nuevo León número 210, 16o. piso, colonia Hipódromo Condesa, código postal 06100, Cuauhtémoc, Distrito Federal, teléfono 57 23 93 00, extensiones 14111 y 14130, de lunes a viernes, con el siguiente horario: de 9:00 a 15:00 y de 16:00 a 18:00 horas. La forma de pago es, cheque certificado o de caja a favor de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Una vez efectuado el pago, éste no será reembolsado. En compraNET, mediante los recibos que genera el sistema. Las juntas de aclaraciones y los actos de presentación y apertura de proposiciones se efectuarán en las fechas y horarios señalados, en la sala de juntas de la convocante, ubicada en el piso 17 del domicilio antes mencionado. La visita al lugar de los trabajos se llevará a cabo en la fecha y horario señalados, en las oficinas de la Presidencia Municipal de Guasave, sita en López Mateos y Francisco Angeles, colonia Del Bosque, Guasave, Sin., código postal 81000, teléfonos 01-(687)-87-1-87-85 al 87. El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: español. La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: peso mexicano. No se podrán subcontratar partes de la obra. No se otorgarán anticipos. La experiencia, capacidad técnica y financiera que deberán acreditar los interesados consiste en: cubrir los requisitos descritos en las bases de licitación. Cualquier persona podrá asistir a los diferentes actos de la licitación en calidad de observadora, sin necesidad de adquirir las bases, registrando previamente su participación. Los criterios generales para la adjudicación del contrato serán: para el fallo, de conformidad con lo establecido en las bases de licitación, basados en la normatividad en la materia y demás disposiciones administrativas vigentes, para la evaluación de las proposiciones, en ningún caso se utilizarán mecanismos de puntos o porcentajes. No se negociarán ni se permitirán correcciones a las propuestas presentadas. El resultado se dará a conocer en el acto de fallo y a la resolución que éste contenga no procederá recurso alguno. Las condiciones de pago son: precio unitario, tiempo determinado, por unidad de obra terminada, supervisión terminada y por estimaciones mensuales. Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de licitación, así como las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas. No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 51 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
MEXICO, D.F., A 20 DE ABRIL DE 2006. DIRECTOR GENERAL DE PUERTOS LIC. ANGEL GONZALEZ RUL A.
RUBRICA.
(R.- 229260)
SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
CENTRO SCT TAMAULIPAS
CONVOCATORIA 013
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados en participar en la(s) licitación(es) para la contratación de arrendamiento de maquinaria y equipo, de conformidad con lo siguiente:
Licitación pública nacional número 00009040-038-06
Costo de las bases | Fecha límite para adquirir bases | Junta de aclaraciones | Visita a instalaciones | Presentación de proposiciones y apertura técnica | Acto de apertura económica |
$900.00 | 2/05/2006 | 2/05/2006 | No habrá visita | 8/05/2006 | 8/05/2006 |
Costo en | 11:00 horas | a instalaciones | 11:00 horas | 11:01 horas | |
compraNET: | |||||
$820.00 |
Partida | Clave CABMS | Descripción | Cantidad | Unidad de medida |
1 | C810400008 | Maquinaria y equipo para construcción (arrendamiento de) | 373 | Hora |
2 | C810400008 | Maquinaria y equipo para construcción (arrendamiento de) | 581 | Hora |
3 | C810400008 | Maquinaria y equipo para construcción (arrendamiento de) | 1,722 | Hora |
Licitación pública nacional número 00009040-039-06
Costo de las bases | Fecha límite para adquirir bases | Junta de aclaraciones | Visita a instalaciones | Presentación de proposiciones y apertura técnica | Acto de apertura económica |
$900.00 | 2/05/2006 | 2/05/2006 | No habrá visita | 8/05/2006 | 8/05/2006 |
Costo en | 12:00 horas | a instalaciones | 12:00 horas | 12:01 horas | |
compraNET: | |||||
$820.00 |
Partida | Clave CABMS | Descripción | Cantidad | Unidad de medida |
1 | C810400008 | Maquinaria y equipo para construcción (arrendamiento de) | 203 | Hora |
2 | C810400008 | Maquinaria y equipo para construcción (arrendamiento de) | 316 | Hora |
3 | C810400008 | Maquinaria y equipo para construcción (arrendamiento de) | 2,248 | Hora |
Licitación pública nacional número 00009040-040-06
Costo de las bases | Fecha límite para adquirir bases | Junta de aclaraciones | Visita a instalaciones | Presentación de proposiciones y apertura técnica | Acto de apertura económica |
$900.00 | 2/05/2006 | 2/05/2006 | No habrá visita | 8/05/2006 | 8/05/2006 |
Costo en | 13:00 horas | a instalaciones | 13:00 horas | 13:01 horas | |
compraNET: | |||||
$820.00 |
Partida | Clave CABMS | Descripción | Cantidad | Unidad de medida |
1 | C810400008 | Maquinaria y equipo para construcción (arrendamiento de) | 227 | Hora |
2 | C810400008 | Maquinaria y equipo para construcción (arrendamiento de) | 347 | Hora |
3 | C810400008 | Maquinaria y equipo para construcción (arrendamiento de) | 847 | Hora |
• Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en Internet: xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx, o bien, en carretera México-Nuevo Laredo, tramo: Valles-Victoria kilómetro 228+500, colonia Sosa, código postal 87189, Ciudad Victoria, Tamaulipas, teléfono 01 (834) 312-45-61, los días de lunes a viernes, con el siguiente horario de 9:00 a 15:00 horas. La forma de pago es, mediante cheque de caja o certificado expedido por Banamex, S.A. a nombre de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. En compraNET, mediante los recibos que genera el sistema.
• Las juntas de aclaraciones se llevarán a cabo en la fecha y hora señaladas en la columna respectiva, en la sala de juntas del Centro SCT Tamaulipas, ubicada en carretera nacional México-Laredo, tramo: Valles-Victoria kilómetro 228+500, colonia Sosa, código postal 87189, Ciudad Victoria, Tamaulipas.
• Los licitantes, a su elección, podrán presentar sus proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica.
• El acto de presentación de proposiciones y apertura de la(s) propuesta(s) técnica(s) y económica(s) llevará a cabo en la fecha y hora señaladas en la columna respectiva en la sala de juntas del Centro SCT Tamaulipas, ubicada en carretera nacional México-Laredo, tramo: Valles-Victoria kilómetro 228+500, colonia Sosa, código postal 87189, Ciudad Victoria, Tamaulipas.
• Cualquier persona podrá asistir a los diferentes actos de las licitaciones en calidad de observadora, sin necesidad de adquirir las bases, registrando previamente su participación.
• El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: español.
• La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: peso mexicano.
• No se otorgará anticipo.
• No existe opción a compra.
• Lugar de entrega: el que se indica en las bases de licitación, los días de lunes a viernes, en días hábiles, en el horario de entrega de 8:00 a 15:00 horas.
• Plazo de entrega: el que se indica en las bases de licitación.
• El pago se realizará: el que se indica en las bases de licitación.
• Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de licitación, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.
• No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
CIUDAD VICTORIA, TAMPS., A 20 DE ABRIL DE 2006. DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO SCT TAMAULIPAS ING. JORGE S. ORGANISTA BARBA
RUBRICA.
(R.- 229256)
SECRETARIA DE SALUD
INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR DEPARTAMENTO DE ALMACENES, ADQUISICIONES, ABASTECIMIENTOS E INVENTARIOS
CONVOCATORIA 001
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados en participar en la(s) licitación(es) para la contratación de medicamentos, de conformidad con lo siguiente:
Licitación pública nacional
No. de | Costo de | Fecha | Junta de | Visita a | Acto de |
licitació | las bases | límite para | aclaracion | instalacion | presentación y |
n | adquirir | es | es | apertura de | |
bases | proposiciones |
3310100 | $1,000.00 | 2/05/2006 | 2/05/2006 | No habrá | 8/05/2006 |
1-001- | Costo en | 13:00 horas | visita a | 13:30 horas | |
06 | compraNET: | instalacione | |||
$900.00 | s |
Parti da | Clave CABMS | Descripción | Cantid ad | Unidad de medida |
1 | C8416000 00 | Salbutamol suspensión en aerosol 20 mg, envase con inhalador para 200 dosis | 5,200 | Envase 100 µg |
2 | C8416000 00 | Clorfenamina 20 tabletas de 4 mg | 5,000 | Prueba |
3 | C8416000 00 | Dicloxacilina 20 cápsulas o comprimidos 500 mg | 5,000 | Prueba |
4 | C8416000 00 | Eritromicina 20 cápsulas o tabletas de 500 mg | 5,000 | Pieza |
5 | C8416000 00 | Pentoxifilina Tab. de liberación prolongada 400 mg c/30 | 5,000 | Frasco c/450 gr |
• Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en Internet: xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx, o bien, en avenida Revolución entre Juan María de Salvatierra y Manuel Torre Iglesias número 822, colonia El Esterito, código postal 23020, La Paz, Baja California Sur, teléfono 01-612-12-2-01-66, los días de lunes a viernes, con el siguiente horario: de 8:00 a 14:30 horas. La forma de pago es, en convocante, en efectivo, cheque certificado o de caja de institución bancaria autorizada para operar en el país a favor del Instituto de Servicios de Salud en el Estado de Baja California Sur o en compraNET, mediante el recibo que genera el sistema.
• Las juntas de aclaraciones y los actos de presentación de proposiciones y aperturas de
las propuestas técnicas y económicas se efectuarán los días y a las horas indicadas en los recuadros respectivos, en la sala de juntas de la Secretaría de Salud en Baja California Sur, ubicada en avenida Revolución número 822 Norte, entre Juan María de Salvatierra y Manuel Torre Iglesias, colonia El Esterito, código postal 23020, La Paz, Baja California Sur.
• Cualquier persona podrá asistir a los diferentes actos de la licitación en calidad de
observadora, sin necesidad de adquirir las bases, registrando previamente su participación.
• Se aceptarán las propuestas enviadas por servicio postal o mensajería, siempre y cuando
se reciban a la dirección avenida Revolución número 822 Norte, entre Juan María de Salvatierra y Manuel Torre Iglesias, colonia El Esterito, código postal 23020, La Paz, Baja California Sur, dirigidas al Dr. Francisco Cardoza Macías, Secretario de Salud y Director General del Instituto de Servicios de Salud de Baja California Sur y con atención al C.P. Domingo Aragón Ceseña, Director Administrativo, con la oportunidad para que estén disponibles en la fecha y hora determinadas para el acto de apertura de propuestas.
• El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: español.
• La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: peso mexicano.
• No se otorgará anticipo.
• Lugar de entrega: en el almacén estatal, con domicilio en las calles de Santos Degollado y Cabildos, colonia Francisco Villa, teléfono (01-612) 12-5-37-01, La Paz, B.C.S., los días de lunes a viernes, en el horario de entrega: de 8:00 a 14:00 horas.
• Plazo de entrega: plazo máximo para suministrar completamente los bienes solicitados será de acuerdo con las bases.
• El pago se realizará: las partes convienen en que el pago de los bienes objeto del presente contrato se realice mediante la formulación de facturas, recibidos los bienes a satisfacción de la convocante.
• Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de licitación, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.
• No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
• Los bienes sujetos de la presente licitación serán adjudicados por partidas.
• El origen de los recursos es: Programa Oportunidades.
LA PAZ, B.C.S., A 20 DE ABRIL DE 2006.
SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DE BAJA CALIFORNIA SUR
DR. FRANCISCO CARDOZA MACIAS
RUBRICA.
(R.- 229178)
SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
DIRECCION DE ADQUISICIONES Y ALMACENES
CONVOCATORIA 006
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con los artículos 25, 26 fracción I, 27, 28 fracción I, 29, 30 y 31 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, se convoca a los interesados en participar en la licitación pública nacional que a continuación se indica:
No. de licitación | Costo de las bases | Fecha límite para adquirir bases | Junta de aclaraciones | Recepción y apertura de proposiciones |
00014001-010-06 | Convocante: $968.00 compraNET: $880.00 | 26/04/2006 | 26/04/2006 10:00 Hrs. | 2/05/2006 10:00 Hrs. |
Partida | Clave CABMS | Descripción | Unidad de medida | Cantidad |
1 | Monitoreo de medios audiovisuales y, elaboración y distribución de la carpeta informativa | Servicio | 1 |
• Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en Internet: xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx, o bien, en Periférico Sur número 4271, edificio B, nivel 4, colonia Fuentes del Pedregal, código postal 14149, Tlalpan, Distrito Federal, teléfono 30-00-22-67, fax 30-00-21-00, extensión 2482, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:00 horas. Forma de pago es, mediante formato SAT 16 y cheque de caja o certificado a nombre de la Tesorería de la Federación en una institución bancaria. En compraNET, mediante los recibos que genera el sistema del 20 al 26 de abril de 2006.
• Los eventos de la licitación se llevarán a cabo en las fechas y en punto de los horarios indicados en las bases, y el lugar de los mismos será en la sala de licitaciones del auditorio de la STPS, edificio B mezzanine, ubicada en Periférico Sur número 4271, colonia Fuentes del Pedregal, código postal 14149, Tlalpan, Distrito Federal, y “no habrá visita a instalaciones”, la licitación cuenta con la autorización de plazo recortado según el oficio número 512.1/388, emitido por el licenciado Javier García Cano García del 18 de abril de 2006, de conformidad con lo establecido en el artículo 32 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
• Los licitantes, a su elección, podrán presentar sus proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica, mensajería o bien por el método tradicional.
• El idioma en que deberán presentarse las propuestas será: español.
• La moneda en que deberán cotizarse los bienes que se licitan será: peso mexicano.
• No se otorgará anticipo.
• Lugar de entrega: según lo indicado en las bases de la licitación.
• Plazo de entrega: según lo indicado en las bases de la licitación.
• El pago se realizará: según lo indicado en las bases de la licitación.
• Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de cada licitación, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.
• No podrán participar las personas que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
• Cualquier persona interesada podrá asistir a los diferentes actos de la licitación en calidad de observadora, sin necesidad de adquirir previamente bases.
MEXICO, D.F., A 20 DE ABRIL DE 2006.
DIRECTOR DE ADQUISICIONES Y ALMACENES
LIC. JAVIER GARCIA CANO GARCIA
RUBRICA.
(R.- 229233)
PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
CONVOCATORIA No. 001
En observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se convoca a los interesados en participar en la licitación pública nacional para la adquisición de los bienes, de conformidad con lo siguiente:
No. de licitación | Costo de las bases | Junta de aclaraciones | Presentación y apertura de proposiciones técnica y económicas | Acto de fallo |
L.P.N. No. 10315001- | En convocante: | 2-05-06 | 8-05-06 | 15-05-06 |
001/2006 | $1,000.00 | 12:00 horas | 12:00 horas | 12:00 horas |
Adquisición de papelería y | En compraNET: | |||
artículos de oficina | $900.00 |
Partida | Clave CABMS | Descripción | Cantidad | Unidad de medida |
1 | C660400026 | Papel bond tamaño carta blanco de 37 kg (no reciclado) | 10,000 | Millar |
2 | C660200000 | Caja para archivo muerto tamaño oficio 100% reciclado nacional de 50x35x25 cm resistencia 9/11 kg/cm² | 5,000 | Pieza |
3 | C660400026 | Papel bond tamaño oficio de 50 kg (no reciclado) | 500 | Millar |
4 | C660200000 | Caja para archivo muerto tamaño carta 100% reciclado nacional de 50x31x25 cm resistencia 9/11 kg/cm² | 2,000 | Pieza |
5 | C210000236 | Lápiz adhesivo de 20 grs | 5,000 | Pieza |
• Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en Internet: xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx, o bien, en el Departamento de Adquisiciones de la Profeco, ubicado en avenida José Vasconcelos 208, piso 17, colonia Condesa, código postal 06140, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., teléfono 5625-6713, desde la fecha de publicación de la presente convocatoria, hasta seis días naturales previos a la presentación de propuestas y apertura técnica de la licitación, en un horario: 9:00 a 14:00 horas.
• Podrá asistir cualquier persona a los diferentes actos de licitación en calidad de observadora, sin necesidad de adquirir las bases, registrando previamente su participación.
• La forma de pago en convocante, será mediante un depósito en la cuenta número 7322321, referencia 620096
del Banco Scotiabank, a nombre de la Procuraduría Federal del Consumidor, posteriormente deberá pasar al Departamento de Adquisiciones para que se prepare escrito correspondiente a la compra de bases con el fin de que se elabore su factura o recibo, para luego entregar la ficha de depósito original en la caja general de la Profeco, ubicada en avenida José Vasconcelos 208, piso 7, colonia Condesa, código postal 06140, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., en compraNET, mediante los recibos que genera el sistema.
• La junta de aclaraciones, la presentación y apertura de las proposiciones técnicas y económicas y el acto de fallo, se llevarán a cabo en los días y horarios anteriormente señalados, en el auditorio Salvador Pliego Montes, sito en avenida José Vasconcelos 208, planta baja, colonia Condesa, código postal 06140, Delegación Cuauhtémoc, México.
• El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: español.
• La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: peso mexicano.
• No se otorgará anticipo.
• El periodo para la entrega de los bienes será de acuerdo a lo señalado en las bases de licitación.
• El lugar de entrega de los bienes será de acuerdo a lo señalado en las bases de licitación.
• El pago se realizará con fundamento en el artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
• Los criterios generales para la adquisición de los bienes serán: a los licitantes que reúnan las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante y garanticen el cumplimiento de los bienes ofertados y hayan presentado la propuesta solvente más baja.
• Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de la licitación, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.
• No se aceptarán propuestas por medios remotos de comunicación electrónica, o por servicio postal o de mensajería.
• No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos de los artículos 31 fracción XXIV y 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
MEXICO, D.F., A 20 DE ABRIL DE 2006.
DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
LIC. ALDO CAZARES VELDERRAIN
RUBRICA.
(R.- 229202)
Jueves 20 de abril de 2006 DIARIO OFICIAL 37
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION
RESIDENCIA REGIONAL DE CONSTRUCCION DE PROYECTOS DE TRANSMISION Y TRANSFORMACION SURESTE
CONVOCATORIA PUBLICA NACIONAL No. RRSE-CONV-02-06
CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 134 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, Y DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y SU REGLAMENTO, SE CONVOCA A LOS INTERESADOS EN PARTICIPAR EN LA LICITACION DE CARACTER NACIONAL PARA LA OBRA QUE SE INDICA, DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE:
No. DE LICITACION | COSTO DE LAS BASES | FECHA LIMITE PARA ADQUIRIR BASES | JUNTA DE ACLARACIONES | VISITA AL LUGAR DE LOS TRABAJOS | PRESENTACION Y APERTURA DE PROPOSICIONES |
18164098-002-06 | $2,200.00 | 2/05/2006 | 26/04/2006 | 25/04/2006 | 8/05/2006 |
COSTO EN compraNET: $1,800.00 | 10:00 HORAS | 10:00 HORAS | 12:00 HORAS |
CLAVE FSC (CCAOP) | DESCRIPCION GENERAL DE LA OBRA | FECHA ESTIMADA DE INICIO | PLAZO DE EJECUCION | CAPITAL CONTABLE REQUERIDO |
“DISEÑO, SUMINISTRO, CONSTRUCCION Y PRUEBAS PREOPERATIVAS DE UN ALIMENTADOR DE 230 KV EN LA S.E. TEMASCAL, UBICADA EN EL ESTADO DE OAXACA” | 29/05/2006 | 171 DIAS NATURALES | $3'000,000.00 |
LA UBICACION DE LA OBRA ES EN EL ESTADO DE OAXACA.
LAS BASES DE LA LICITACION, SE ENCUENTRAN DISPONIBLES PARA REVISION, CONSULTA Y VENTA EN INTERNET: xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx, O BIEN, EN LAS OFICINAS DE LA RESIDENCIA DE CONTRATACION DE LA RESIDENCIA REGIONAL DE CONSTRUCCION DE PROYECTOS DE TRANSMISION Y TRANSFORMACION SURESTE, SITA EN BOULEVARD ADOLFO RUIZ CORTINES NUMERO 1522 (S.S. JUAN PABLO II Y COLEGIO MILITAR) COLONIA S.U.T.S.E.M., CODIGO POSTAL 94299, MUNICIPIO DE BOCA DEL RIO, VER., DE LUNES A VIERNES, DE 9:00 A 14:00 HORAS, TELEFONOS 01 (229) 9 89 48 01
Y 01 (229) 9 89 48 06.
SI LAS BASES DE LICITACION SON ADQUIRIDAS EN LAS OFICINAS DE LA UNIDAD LICITADORA, PODRAN PAGARSE EN EFECTIVO, MEDIANTE CHEQUE CERTIFICADO O DE CAJA, CON IVA INCLUIDO Y A FAVOR DE LA COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD, O SI ESTAS SON ADQUIRIDAS A TRAVES DEL SISTEMA compraNET, POR MEDIO DE LOS RECIBOS QUE PARA ESTE EFECTO EXPIDE DICHO SISTEMA.
EL PAGO DE LAS BASES DE LA LICITACION SERA REQUISITO PARA PARTICIPAR EN LA LICITACION.
LOS INTERESADOS PODRAN PRESENTAR SUS PROPOSICIONES POR MEDIOS REMOTOS DE COMUNICACION ELECTRONICA Y SU PARTICIPACION SE SUJETARA A LO SEÑALADO EN EL ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS DISPOSICIONES PARA EL USO DE MEDIOS REMOTOS DE COMUNICACION ELECTRONICA, EN EL ENVIO DE PROPUESTAS DENTRO DE LAS LICITACIONES PUBLICAS QUE CELEBREN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO EN LA PRESENTACION DE LAS INCONFORMIDADES POR LA MISMA VIA, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 9 DE AGOSTO DE 2000.
LOS LICITANTES DEBERAN ACREDITAR SU EXISTENCIA LEGAL, LA EXPERIENCIA Y CAPACIDAD TECNICA Y FINANCIERA DE LA MANERA SIGUIENTE: EXISTENCIA LEGAL: TRATANDOSE DE PERSONA FISICA, ACREDITARAN SU EXISTENCIA MEDIANTE COPIA DE IDENTIFICACION OFICIAL VIGENTE CON FOTOGRAFIA (CREDENCIAL DE ELECTOR, PASAPORTE, CEDULA PROFESIONAL). TRATANDOSE DE PERSONA MORAL, CON ESCRITO MEDIANTE EL CUAL MANIFIESTE QUE SU REPRESENTANTE LEGAL CUENTA CON FACULTADES SUFICIENTES PARA COMPROMETER A SU REPRESENTADA, MISMO QUE CONTENDRA LOS DATOS SIGUIENTES:
DE LA PERSONA MORAL.- CLAVE DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES, DENOMINACION O RAZON SOCIAL, DESCRIPCION DEL OBJETO SOCIAL DE LA EMPRESA, RELACION DE LOS NOMBRES DE LOS ACCIONISTAS, NUMERO Y FECHA DE LAS ESCRITURAS PUBLICAS EN LAS QUE CONSTE EL ACTA CONSTITUTIVA Y, EN SU CASO, SUS REFORMAS O MODIFICACIONES, SEÑALANDO NOMBRE, NUMERO Y CIRCUNSCRIPCION DEL NOTARIO PUBLICO, ASI COMO LOS DATOS DE INSCRIPCION EN EL REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO.