SECCIÓN 1 – INSTRUCCIONES PARA PREPARAR COTIZACIONES
SECCIÓN 1 – INSTRUCCIONES PARA PREPARAR COTIZACIONES
1. Alcance del Trabajo: El Instituto Amazónico de Investigaciones Científicas XXXXXX en calidad de Comprador, invita a presentar Cotizaciones para la adquisición de herramientas para el proyecto, de conformidad con lo descrito en el Contrato. El Oferente ganador deberá suministrar las herramientas en la Fecha Prevista de Terminación especificada en el Contrato.
2. Elegibilidad.
2.1 Oferentes Elegibles:
2.1.1 Un Oferente podrá ser una persona natural, una entidad privada o una entidad de propiedad del estado – con sujeción a los dispuesto en la cláusula 2.1.4 siguiente – o cualquier combinación de las mismas en forma de una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) al amparo de un convenio existente o con la intención de suscribir un convenio respaldado por una carta de intenciones.
2.1.2 Un Oferente, y todas las partes que constituyen el oferente, pueden tener la nacionalidad de cualquier país. El Banco le permite a firmas e individuos de todos los países suministrar bienes, obras y servicios para proyectos financiados por el Banco. Con excepción de los dispuesto en la subcláusula 2.1.5.
Para información del prestatario y los oferentes, las firmas e individuos no elegibles para proveer bienes y servicios pueden ser consultados en el sitio: xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxx/xxxxxxx/xxxx?xxxXxxxXXx00000&xxxxxxx ntentMDK=64069700&contentMDK=64069844&menuPK=116730&pageP K=64148989&piPK=64148984
2.1.3 Conflicto de Interés:
Un Oferente no deberá tener conflicto de interés. Si se considera que los Oferentes presentan conflicto de interés serán descalificados. Se considerará que los Oferentes presentan conflicto de interés con una o más partes en este proceso de cotización, si:
(a) tienen un socio mayoritario en común; o
(b) reciben o han recibido algún subsidio directo o indirecto de cualquiera de ellos; o
(c) comparten el mismo representante legal para fines de esta Cotización; o
(d) poseen una relación mutua, directamente o a través de terceros en común, que les permite tener acceso a la información sobre la oferta de
otro Oferente o influir en ella, o de influenciar las decisiones del Comprador en relación con este proceso de Cotización; o
(e) un Oferente participa en más de una Cotización dentro de este proceso. La participación de un Oferente en más de una Cotización será causa de descalificación en todas las ofertas en que el Oferente esté involucrado. Lo anterior no limita la inclusión de un mismo subcontratista en otra oferta. Todo subcontratista designado por algún oferente perderá automáticamente su capacidad de postularse como oferente o como integrantes de una APCA.
(f) un Oferente o cualquiera de sus afiliados ha participado como consultor en la preparación del diseño o las especificaciones técnicas y otros documentos que se utilizarán en la Cotización para la adquisición de los bienes objeto de estos documentos de Solicitud de Cotización.
(g) un Oferente o cualquiera de sus afiliados ha sido contratado (o se ha propuesto su contratación) por el Comprador o el Prestatario como gerente del proyecto para ejecutar la Orden de Compra/ Contrato.
(h) El Oferente, su personal, tiene interés personal, familiar o de negocios con el servidor público que interviene en cualquier etapa del procedimiento de contratación, incluyendo aquéllas de las que pueda resultar algún beneficio para dicho servidor público, su cónyuge o sus parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte; y
(i) El Oferente, su personal, desempeña un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o bien, las sociedades de las que los Oferentes formen parte, sin la autorización previa y específica, así como las inhabilitadas para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público.
2.1.4. Elegibilidad de Empresas Estatales:
Las firmas estatales del país del Prestatario serán elegibles solamente si pueden demostrar que (i) tienen autonomía legal y financiera, (ii) operan conforme a las leyes comerciales y (iii) no son organismos dependientes del Comprador ni del Prestatario. Para ser considerada elegible una empresa o institución estatal deberá demostrar lo anterior y presentando todos los documentos relevantes incluyendo su acta de constitución y cualquier otra información que el Comprador pueda requerir, que: (i) es una entidad legal separada del Estado;
(ii) no está actualmente recibiendo subsidios significativos o transferencias de presupuesto; (iii) opera como una empresa comercial y por lo tanto no está
obligada a ceder su superávit al Estado, puede adquirir derechos y obligaciones, tomar préstamos y ser responsable por el pago de sus deudas, y puede declararse en bancarrota; y (iv) no está participando de un proceso de cotización en el que el departamento o agencia estatal a la cual, según las leyes y regulaciones aplicables, reporta o por la cual es supervisada, sea quien adjudique el Contrato y que no pueda igualmente ejercer algún tipo de influencia o control sobre dicha institución o empresa.
2.1.5. Por concepto de Nacionalidad:
Se excluirá a las firmas de un país en caso de que:
(a) las leyes o reglamentaciones oficiales del país del Prestatario prohíban las relaciones comerciales con aquel país, siempre y cuando se demuestre satisfactoriamente al Banco que esa exclusión no impedirá la competencia efectiva respecto al suministro de los bienes conexos requeridos; o
(b) en cumplimiento de una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada en virtud del Capítulo VII de la Carta de Constitución de las Naciones Unidas, el país del Prestatario prohíba toda importación de bienes o contratación de obras y servicios de ese país, o todo pago a personas o entidades en ese país. Se considerará que un Oferente tiene la nacionalidad de un país si es ciudadano o está constituido, incorporado o registrado y opera de conformidad con las disposiciones legales de ese país. Este criterio también aplicará para determinar la nacionalidad de los sub-contratistas o proveedores propuestos para la ejecución de cualquier parte del Contrato incluso los Servicios Conexos.
2.1.6. Por concepto de sanción:
Toda firma o individuo que el Banco sancione de conformidad con lo dispuesto en las Normas para la Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción en proyectos financiados por préstamos del BIRF y donaciones de la (AIF) establecidas en las normas de contrataciones financiadas con créditos del BIRF y donaciones de la AIF, será inelegible para que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco o para beneficiarse financieramente o de cualquier otra manera de un contrato financiado por el Banco, durante el período que el Banco determine.
2.1.7. Obligación de mantener la condición de elegibilidad:
Los oferentes deberán proporcionar al Comprador prueba de su continua elegibilidad, a satisfacción del Comprador y cuando éste razonablemente la
solicite. Esta obligación se extiende al Proveedor durante la implementación del contrato de conformidad de lo estipulado en la cláusula 12 de la Orden de Servicios.
2.1.8 Un Oferente no deberá presentar más de una Cotización, sea de manera individual o como miembro de una asociación en participación. Todas las Cotizaciones que violen esta regla serán rechazadas. Los miembros de una asociación en participación, serán conjunta y solidariamente responsables por la ejecución del Contrato.
2.2. Elegibilidad de los Materiales, Equipos y Servicios:
Las herramientas a cuyo suministro se refiere el Contrato deberá proceder de países de origen elegibles según la definición que se da en la cláusula 2.1.2.;
3. Calificación del Oferente: Para que se le pueda adjudicar el Contrato, el Oferente deberá presentar la documentación requerida y cumplir con los criterios mínimos de calificación según se establece a continuación:
(a) copias de los documentos originales que establezcan la constitución y domicilio legal del Oferente, así como el poder otorgado a quien suscriba la Oferta autorizándole a comprometer al Oferente;
(b) No se requiere la Autorización del Fabricante o productor de los Bienes para suministrarlos en Colombia.
(c) No se requieren Servicios posteriores a la venta. En el caso de un Oferente que no está establecido comercialmente en Colombia, el Oferente está o estará (si se le adjudica el Contrato) representado por un Agente en Colombia equipado y con capacidad para cumplir con las obligaciones de mantenimiento, reparaciones y almacenamiento de repuestos, estipuladas en el Contrato y/o las Especificaciones Técnicas;
(d) Demostrar experiencia en la venta de herramientas.
(e) Cumplir con las especificaciones técnicas y mínimas de las herramientas solicitadas.
(f) no registrar incumplimientos de contratos con el comprador en los últimos 3 años.
4. Contenido de la solicitud de cotización: La presente solicitud incluye los siguientes documentos:
Carta de Invitación a Cotizar
SECCIÓN 1 Instrucciones para preparar cotizaciones SECCIÓN 2 Contrato
SECCIÓN 3 Lista de los Bienes SECCIÓN 4 Especificaciones Técnicas SECCIÓN 5 Formulario de Cotización
5. Documentos que componen la Oferta, aclaraciones y enmiendas: La oferta deberá incluir los siguientes documentos:
(i) Formulario de Cotización (modelo adjunto)
(ii) Lista de Bienes y Cumplimiento de las Especificaciones Técnicas.
(iii) Información sobre Calificaciones y Experiencia
(iv) No se requiere la presentación de una Declaración de Mantenimiento de la Oferta” o “una Póliza de Seriedad de la Oferta¨”
El Comprador deberá responder cualquier solicitud de aclaración hasta cinco (5) días antes de la fecha límite para presentación de las Ofertas y enviará copia de la respuesta a todos los Oferentes invitados y/o que hayan manifestado interés en participar.
El Comprador podrá modificar los Documentos de Solicitud de Cotización mediante la emisión de una enmienda a los Documentos de Solicitud de Cotización antes de que venza el plazo para la presentación de cotizaciones. Toda enmienda constituirá parte de los Documentos de Solicitud de Cotización y se enviará por escrito o por medios electrónicos a todos los Oferentes invitados y/o que hayan manifestado interés en participar.
6. Cotización de Precios: El Oferente deberá cotizar la totalidad de los bienes conexos solicitados según lo estipulado en el párrafo 2 de la Carta de Invitación a Cotizar. Los precios deberán cotizarse enteramente en la moneda del país del Comprador y deberán incluir además del costo de envío al lugar de destino, todos los costos en los que deberá incurrir el oferente para el cumplimiento del objeto contractual.
El Oferente deberá incluir en la Lista de Bienes los precios y tarifas para todos los bienes descritos en las Especificaciones Técnicas e incluidas en la Lista de Bienes. Los rubros para los cuales el Oferente no haya indicado tarifas ni precios no serán pagados por el Comprador y se considerarán incluidos en los precios de otros rubros de la lista de bienes.
El precio cotizado en el formulario de Presentación de la Oferta deberá ser el precio total de la oferta, excluyendo cualquier descuento que se ofrezca. El Oferente cotizará por separado, en el formulario de Cotización cualquier descuento incondicional e indicará su método de aplicación. Los impuestos (al valor agregado), al igual que cualquier otro gravamen local, deberán ser cotizados separadamente.
Todos los gastos en que incurra el Oferente en la preparación y entrega de su Cotización serán por su cuenta y riesgo.
7. Validez de las Cotizaciones. La Cotización deberá permanecer válida por un periodo de 60 días a partir de la fecha de su presentación según se especifica en el párrafo 7 de la Carta de Invitación a Cotizar. El Comprador podrá solicitar a los Oferentes que extiendan dicho período de validez. Tanto la solicitud como las respuestas se harán por escrito, por fax o por cable. Los Oferentes podrán rechazar la solicitud de extensión, en cuyo caso podrán retirar su Cotización sin incurrir en ninguna penalidad. A los Oferentes que acepten la solicitud no se les pedirá, ni permitirá modificar su Cotización.
8. Idioma de la Cotización: Todos los documentos relacionados con la Cotización y el Contrato deberán ser en español.
9. Preparación y Sello de las Cotizaciones: El Oferente deberá preparar un juego original de los documentos que constituyen la Cotización de Precios, según se señala en la Cláusula 5 anterior, con el Formulario de Cotización, marcándolo claramente como “ORIGINAL”. Además, el Oferente presentará una copia de la Cotización y la marcará claramente como “COPIA”. En caso de que se presenten discrepancias entre el texto original y la copia, el primero prevalecerá sobre la segunda.
El original y la copia de la Cotización de Precios deberán estar firmados por la persona o personas debidamente autorizadas para firmar en nombre del Oferente. Todas las páginas de la Cotización en que se hayan hecho anotaciones o modificaciones deberán llevar la firma o las iniciales de la persona que firma la Cotización.
El Oferente deberá sellar el original y la copia de la Cotización de Precios en dos sobres separados debidamente marcados como “ORIGINAL” y “COPIA”, los cuales a su vez deberán introducirse en un solo sobre. El sobre que contiene el original y la copia deberá ser dirigido al Comprador a la dirección indicada en el párrafo 7 de la Carta de Invitación a Cotizar y deberá incluir un aviso que indique que no se debe abrir antes de la hora y fecha especificada para abrir las Cotizaciones de conformidad con el párrafo 7 de la Carta de Invitación a Cotizar. Los sobres interiores deberán indicar el nombre y dirección completa del Oferente. Si todos los sobres no
están sellados e identificados conforme a lo prescrito, el Comprador no asumirá responsabilidad alguna en caso de extravío o apertura prematura de la Cotización.
10. Lugar y Plazo para Presentar las Cotizaciones de Precios: Las Cotizaciones deben entregarse al Comprador en la fecha, hora y en la dirección indicada en el Párrafo 7 de la Carta de Invitación a Cotizar. Toda Cotización que reciba el Comprador después del plazo para la presentación de las Cotizaciones será declarada fuera de plazo, rechazada y devuelta al Oferente sin abrir.
11. Modificación y Retiro de las Cotizaciones: Ninguna Cotización deberá modificarse después de la fecha límite para la presentación de las Cotizaciones de conformidad con lo estipulado párrafo 7 de la Carta de Invitación a Cotizar. Si un Oferente retira una Cotización durante el intervalo comprendido entre la fecha límite para presentar Cotizaciones y la expiración del período de validez de las Cotizaciones de conformidad con la Cláusula 7 “Validez de las Cotizaciones” de esta Sección, éste será excluido en la lista de Oferentes por un periodo de dos años.
12. Apertura de las Cotizaciones: El Comprador abrirá las Cotizaciones, incluyendo las modificaciones, en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir a la hora y fecha indicadas en el Párrafo 7 de la Carta de Invitación a Cotizar. En la apertura de las Cotizaciones, se anunciarán los nombres de los Oferentes, los precios cotizados, el precio total de la Cotización, y cualquier descuento, modificaciones y retiros, si los hubiera, la existencia o falta de garantía de seriedad de la Oferta, si fue solicitada, y cualquier otro detalle que el Comprador estime conveniente.
En casos excepcionales, cuando el Comprador no recibiera por lo menos tres (3) cotizaciones, habiendo invitado y/o recibido manifestaciones de interés en participar de más de tres (3) oferentes, podrá mantener los sobres sin abrir, por un periodo determinado, mientras envía invitación a otros proveedores, a fin de completar las tres cotizaciones mínimas necesarias, de este hecho se dejara constancia escrita en el proceso. La fecha de apertura posterior, será la fecha indicativa para contabilizar el tiempo de validez de las ofertas y las garantías de seriedad si fueron requeridas.
13. Confidencialidad del Proceso: No se divulgará la información relacionada con la revisión, aclaración, evaluación y comparación de las Cotizaciones, ni sobre la recomendación de adjudicación del contrato hasta que la adjudicación del Contrato se haya comunicado a todos los Oferentes.
14. Evaluación y Comparación de las Cotizaciones: El Comprador adjudicará el Contrato al Oferente cuya Cotización cumpla sustancialmente con los requerimientos de los documentos de oferta y haya ofrecido la Cotización de precios más baja. Para evaluar las Cotizaciones, el Comprador deberá determinar el precio de evaluación de cada oferta, convirtiendo los precios entregados en fábrica incluidos los cotos de
envío al lugar de destino y corrigiendo errores aritméticos de la Cotización de Precios, de la siguiente manera:
(a) en caso de que se presenten discrepancias entre los números y las palabras, el monto en palabras prevalecerá.
(b) en caso de que se presenten discrepancias entre el precio unitario y el total del rubro que resulta de multiplicar el precio por unidad por la cantidad, prevalecerá el precio unitario;
(c) si un Oferente se reúsa a aceptar la corrección, su Cotización será rechazada.
Para facilitar el examen, la evaluación y la comparación de las Ofertas, el Comprador tendrá la facultad de solicitar a cualquier Oferente que aclare su Oferta, incluyendo el desglose de los precios unitarios. La solicitud de aclaración y la respuesta correspondiente deberán efectuarse por escrito pero no se solicitará, ofrecerá ni permitirá ninguna modificación de los precios o a la sustancia de la Oferta, salvo las que sean necesarias para confirmar la corrección de errores aritméticos que el Comprador haya descubierto durante la evaluación de las Ofertas.
15. Derecho del Comprador a Aceptar cualquier Cotización y a Rechazar Todas o Cualquiera de las Cotizaciones: El Comprador se reserva el derecho a aceptar o rechazar cualquier Cotización, de anular el proceso y de rechazar todas las Cotizaciones en cualquier momento antes de la adjudicación de la contratación, sin que por ello adquiera responsabilidad alguna ante los Oferentes o la obligación de informar a los mismos acerca de las razones para tomar tal decisión.
16. Notificación de Adjudicación y Firma del Contrato: El Comprador notificará al Oferente ganador acerca de la aceptación de su Cotización, antes de la expiración del período de validez de las Cotizaciones, por medio de una carta certificada. Dicha carta indicará el monto (en adelante y en el Contrato, denominado “Precio Fijo”) que el Comprador pagará al Contratista por la ejecución, entrega y terminación de los servicios conexos de los Bienes de conformidad con la Orden de Compra, la obligación o no del Contratista de constituir una garantía de cumplimiento y de anticipo de conformidad con los formularios de las sección 7 de los Documentos de la Oferta. La notificación de adjudicación constituirá un contrato vinculante entre las partes.
17. Pago de Anticipo: Si el Proveedor lo solicita, el Comprador considerará proveer un pago por anticipo contra la presentación por el Proveedor de una Garantía Bancaria Incondicional emitida en la forma y por un banco aceptables para el Comprador en los mismos montos y monedas del anticipo y se deberá incluir en el contrato.
18. Fraude y Corrupción:
18.1 El Banco exige que tanto sus prestatarios (incluyendo los beneficiarios de préstamos concedidos por la Institución), así como los Oferentes, los Proveedores, los Contratistas y sus Agentes (hayan sido declarados o no), el personal de los subcontratistas, proveedores de servicios o proveedores de insumos que participen en contratos financiados por el Banco, observen las más elevadas normas éticas durante el proceso de contrataciones y la ejecución de dichos contratos1 y denuncien2 todo acto sospechoso de fraude y corrupción tengan conocimiento o sean informados, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. A efectos del cumplimiento de esta política, el Banco:
(a) define de la siguiente manera, las expresiones que se indican a continuación:
(i) “práctica corrupta”3 significa el ofrecimiento, suministro, aceptación o solicitud, directa o indirectamente, de cualquier cosa de valor con el fin de influir impropiamente en la actuación de otra persona.
(ii) “práctica fraudulenta”4 significa cualquiera actuación u omisión, incluyendo una tergiversación de los hechos que, astuta o descuidadamente, desorienta o intenta desorientar a otra persona con el fin de obtener un beneficio financiero o de otra índole, o para evitar una obligación;
(iii) “prácticas de colusión” 5 significa un arreglo de dos o más personas diseñado para lograr un propósito impropio, incluyendo influenciar impropiamente las acciones de otra persona;
1 En este contexto, cualquiera acción que tome un oferente, proveedor, contratista o cualquier integrante de su personal, o su agente o sus subcontratistas, proveedores de servicios, proveedores de insumos y/o sus empleados para influenciar el proceso de contratación o de ejecución de un contrato para adquirir una ventaja ilegítima, es impropia.
2 En el sitio virtual del Banco Mundial se facilita información sobre cómo denunciar la supuesta comisión de prácticas sancionables, las normas aplicables al proceso de investigación y sanción y el convenio que rige el reconocimiento recíproco de sanciones entre instituciones financieras internacionales. (xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx/XXXXXX/XXXXXXXX/XXXXXXXXXX/XXXXXXXXXXXX/XXXXXXXX/XXX DOII/0,,contentMDK:22813915~pagePK:64168445~piPK:64168309~theSitePK:588921,00.html)
3 “persona” se refiere a un funcionario público que actúa con relación al proceso de contratación o la ejecución del contrato. En este contexto, “funcionario público” incluye a personal del Banco Mundial y a empleados de otras organizaciones que toman o revisan decisiones relativas a los contratos.
4 “persona” significa un funcionario público; los términos “beneficio” y “obligación” se refieren al proceso de contratación o a la ejecución del contrato; y el término “actuación u omisión” debe estar dirigida a influenciar el proceso de contratación o la ejecución de un contrato.
5 “personas” se refiere a los participantes en el proceso de contratación (incluyendo a funcionarios públicos) que intentan establecer precios de oferta a niveles artificiales y no competitivos.
(iv) “práctica coercitiva”6 significa el daño o amenazas para dañar, directa o indirectamente, a cualquiera persona, o las propiedades de una persona, para influenciar impropiamente sus actuaciones.
(v) “práctica de obstrucción” significa:
(aa) la destrucción, falsificación, alteración o escondimiento deliberados de evidencia material relativa a una investigación o brindar testimonios falsos a los investigadores para impedir materialmente una investigación por parte del Banco, de alegaciones de prácticas corruptas, fraudulentas, coercitivas o de colusión; y/o la amenaza, persecución o intimidación de cualquier persona para evitar que pueda revelar lo que conoce sobre asuntos relevantes a la investigación o lleve a cabo la investigación, o
(bb) las actuaciones dirigidas a impedir materialmente el ejercicio de los derechos del Banco a inspeccionar y auditar de conformidad con el párrafo 18.1 (e), mencionada más abajo.
(b) rechazará toda propuesta de adjudicación si determina que el oferente seleccionado para dicha adjudicación ha participado, directa o a través de un agente, en prácticas corruptas, fraudulentas, de colusión, coercitivas o de obstrucción para competir por el contrato de que se trate;
(c) declarará la adquisición viciada y anulará la porción xxx xxxxxxxx asignada a un contrato si en cualquier momento determina que los representantes del Prestatario o de un beneficiario xxx xxxxxxxx han participado en prácticas corruptas, fraudulentas, de colusión, coercitivas o de obstrucción durante el proceso de contrataciones o la ejecución de dicho contrato, sin que el Prestatario haya adoptado medidas oportunas y apropiadas que el Banco considere satisfactorias para corregir la situación, dirigidas a dichas prácticas cuando éstas ocurran; incluyendo no haber informado al Banco oportunamente al haberse conocido de dichas prácticas;
(d) sancionará a una firma o persona, en cualquier momento, de conformidad con el régimen de sanciones del Banco incluyendo declarar dicha firma o persona inelegible públicamente, en forma indefinida o durante un período determinado para: i) que se le adjudique un contrato financiado por el Bancoa y ii) que se le
6 “persona” se refiere a un participante en el proceso de contratación o en la ejecución de un contrato.
a Una firma o persona podrá ser declarada inelegible para que se le adjudique un contrato financiado por el Banco al término de un procedimiento de sanciones en contra del mismo, de conformidad con el régimen de sanciones del Banco. Las posibles sanciones incluirán: (i) suspensión temporal o suspensión temporal temprana en relación con un procedimiento de sanción en proceso; (ii) inhabilitación conjunta de acuerdo a lo acordado con otras Instituciones Financieras Internacionales incluyendo los Bancos Multilaterales de Desarrollo; y (iii) las sanciones corporativas del Grupo Banco Mundial para casos de fraude y corrupción en la administración de adquisiciones.
nomine b subcontratista, consultor, fabricante o proveedor de productos o servicios de una firma que de lo contrario sería elegible para que se le adjudicara un contrato financiado por el Banco.
(e) tendrá el derecho a exigir que, en los contratos financiados con un préstamo del Banco, se incluya una disposición que exija que los proveedores y contratistas deben permitir al Banco revisar las cuentas y archivos relacionados con el cumplimiento del contrato y someterlos a una verificación por auditores designados por el Banco.
18.2 De conformidad con la Cláusula 19.1 (e), los Oferentes permitirán al Banco y/o cualquier persona designada por el Banco revisar las cuentas y archivos relacionados con el proceso de licitación y someterlos a una verificación por auditores designados por el Banco.
18.3. Los oferentes deberán proporcionar información sobre comisiones y bonificaciones, si las hubiere, pagadas o pagaderas a agentes en relación con esta propuesta y durante el cumplimiento de las actividades del contrato en el caso de que éste le fuera adjudicado.
b Un subcontratista, consultor, fabricante y/o un proveedor de productos o servicios (se usan diferentes nombres según el documento de licitación utilizado) nominado es aquel que ha sido: (i) incluido por el oferente en su aplicación u oferta de precalificación por cuanto aporta la experiencia clave y específica y el conocimiento que permite al oferente cumplir con los criterios de calificación para una licitación en particular; o (ii) nominado por el prestatario.
SECCIÓN 2 –CONTRATO CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE BIENES
ESTE CONTRATO se celebra entre XXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX,
identificada con cédula de ciudadanía No. 51.580.110 de Bogotá D.C., quien actúa en su calidad de Directora General y Representante Legal del INSTITUTO AMAZÓNICO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS “XXXXXX”, corporación civil sin ánimo de lucro de carácter público creada por el artículo 20 de la Ley 99 de 1993, vinculada al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, organizada en los términos establecidos por la Ley 29 de 1990 y el Decreto 393 de 1991, sometida a las normas de derecho privado, con autonomía administrativa, personería jurídica y patrimonio propio, identificada con el NIT. 860.061.110-3, en adelante EL INSTITUTO, con oficina principal ubicada en la xxxxx 00 Xx 0-00, Teléfonos 0000000 – 0000000 de la ciudad de Bogotá - Colombia, y identificado/a con cédula de ciudadanía No. ’ ’ expedida en , quien actúa como propietario del establecimiento , de acuerdo al Certificado de Existencia y Representación Legal presentado por el contratista de (fecha -- de ----- de ), con domicilio
en de la ciudad de , Xxxxxxxx quien en adelante se denominará el “EL PROVEEDOR”, convenimos celebrar el presente Contrato de Adquisición de Bienes, el cual se regirá por los siguientes considerandos y cláusulas:
CONSIDERANDO
a. Que la Nación ha recibido a través del Acuerdo de Donación No. TF018478 suscrito entre Patrimonio Natural y el Banco Mundial como agencia implementadora del GEF, fondos para financiar el costo del proyecto “Conservación de bosques y Sostenibilidad en el Corazón de la Amazonia”, para sufragar el costo de los bienes, se propone utilizar parte de estos recursos a fin de efectuar pagos elegibles conforme a este contrato, quedando entendido que i) el Banco solo efectuará pagos a pedido del contratante y previa aprobación por el Banco. ii) dichos pagos estarán sujetos, en todos sus aspectos a los términos y condiciones del Convenio xx Xxxxxxxx y iii) nadie más que el Organismo Ejecutor podrá tener derecho alguno en virtud del Convenio xx Xxxxxxxx ni tendrá ningún derecho a los fondos xxx Xxxxxxxx.
b. Que el INSTITUTO AMAZÓNICO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS “XXXXXX” ha acordado con el Contratista contratar el suministro de las herramientas en los tiempos pactados.
c. Que el Contratista habiendo declarado al Contratante que cuenta con las herramientas solicitadas, ha convenido suministrarlos en los tiempos pactados.
POR LO TANTO, LAS PARTES convienen en lo siguiente:
1. Bienes | El Proveedor se obliga para con el Instituto Amazónico de Investigaciones Científicas “Xxxxxx” a prestar el suministro de las herramientas para el proyecto en los tiempos pactados, de acuerdo a las especificaciones técnicas previstas en la lista de los bienes y especificaciones técnicas señaladas en las secciones 3 y 4 de la presente solicitud de cotización, así como en la cotización presentada por el Proveedor el día . |
2. Plazo | El término de ejecución será de dos (2) meses, término que iniciará a partir del cumplimiento de los requisitos de ejecución del contrato. |
3. Pagos | A. Monto máximo El Contratante pagará al Proveedor la suma del valor establecido en la menor oferta por equipo hasta el monto máximo contra factura, de acuerdo a los valores unitarios ofertados por el contratista y recibo a satisfacción por el Supervisor del producto. El valor del presente contrato se encuentra exento de todo impuesto, tasa o contribución. En caso de que se llegare a causar otras obligaciones tributarias, estarán a cargo del contratista. B. Imputación Presupuestal El presente Contrato será imputado presupuestalmente al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 36 del 15 de enero de 2018. C. Condiciones de pago El pago se efectuará en pesos colombianos, dentro de los 4 días calendarios contados a partir de la presentación por el Proveedor de las facturas en duplicado con el lleno de los requisitos legales al Supervisor designado en el párrafo 4, de la certificación de cumplimiento expedida por quien supervise el contrato, junto con el recibo de pago por concepto de aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud, Pensión y ARL y/o certificado expedido por el Revisor Fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx o por el Representante Legal donde se acredite el pago de los aportes a sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación familiar, Instituto de Bienestar Familiar y al |
Servicio Nacional de Aprendizaje cuando a ello haya lugar, conforme lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, en la Ley 828 de 2003 y demás normas que las modifiquen o sustituyan. | |
4. Supervisor del Contrato | A. Supervisor La supervisión y control de la ejecución del contrato será ejercida por el investigadora Xxxxx Xxxxxxx o por quien designe la Subdirección Administrativa y Financiera, quien será el responsable de la coordinación de las actividades contempladas en este Contrato, la aceptación y aprobación por parte del Contratante de los materiales que deben entregarse, y la recepción y aprobación de las facturas para cursar los pagos. |
5. Calidad de los Servicios | El Proveedor se compromete a entregar las herramientas y a cumplir con el objeto contratado de acuerdo con las normas más elevadas de competencia y calidad. |
6. Confidencialidad | Durante la vigencia de este Contrato y dentro de los dos años siguientes a su término, el Proveedor no podrá revelar ninguna información confidencial de propiedad del Contratante o del Organismo Ejecutor relacionada con este Contrato o las actividades u operaciones del Contratante sin el consentimiento previo por escrito de este último. |
7. Elegibilidad 7.1 Oferentes Elegibles Conflicto de Interés: | 7.1 El Proveedor y su personal deberán mantener su condición de elegibilidad en los términos que establecen las Normas de Adquisiciones de Bienes, Obras y Servicios distintos a los de Consultoría con Préstamos del BIRF, Créditos de la AIF & Donaciones por Prestatarios del Banco Mundial. Para tal efecto, el Proveedor a solicitud del contratante, deberá proporcionar prueba de su continua elegibilidad a satisfacción del Contratante y cuando éste razonablemente la solicite. 7.2 El Proveedor no incurrirá en actividades que generen conflicto de interés en los términos que establecen las Normas de Adquisiciones de Bienes, Obras y Servicios distintos a los de Consultoría con Préstamos del BIRF, Créditos de la AIF & Donaciones por Prestatarios del Banco Mundial, so pena la terminación del contrato. |
8. Fraude y corrupción de conformidad con la políticas del BIRF | 8.1 Si el Contratante determina que el Proveedor y/o cualquiera de su personal, o sus agentes, o subcontratistas, o proveedores de servicios o proveedores de insumos y/o sus empleados ha participado en actividades corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas u obstructivas al competir por el Contrato en cuestión, el Contratante podrá terminar el Contrato. En tal caso se aplicarán las provisiones incluidas en las cláusula 16. 8.2 Si se determina que algún empleado del proveedor ha participado en actividades corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas u obstructivas relacionadas con este contrato, dicho empleado deberá ser removido de su cargo. 8.3 Para efectos de esta subcláusula: (i) “práctica corrupta” significa el ofrecimiento, suministro, aceptación o solicitud, directa o indirectamente, de cualquier cosa de valor con el fin de influir impropiamente en la actuación de otra persona7. (ii) “práctica fraudulenta” significa cualquiera actuación u omisión, incluyendo una tergiversación de los hechos que, astuta o descuidadamente, desorienta o intenta desorientar a otra persona con el fin de obtener un beneficio financiero o de otra índole, o para evitar una obligación8; (iii) “práctica de colusión” significa un arreglo de dos o más personas diseñado para lograr un propósito impropio, incluyendo influenciar impropiamente las acciones de otra persona9; (iv) “práctica coercitiva” significa el daño o amenazas para dañar, directa o indirectamente, a cualquiera persona, o las propiedades de una persona10, para influenciar impropiamente sus actuaciones. (v) “práctica de obstrucción” significa: |
7 “Persona” se refiere a un funcionario público que actúa con relación al proceso de contratación o la ejecución del contrato. En este contexto, “funcionario público” incluye a personal del Banco Mundial y a empleados de otras organizaciones que toman o revisan decisiones relativas a los contratos.
8 “Persona” significa un funcionario público; los términos “beneficio” y “obligación” se refieren al proceso de contratación o a la ejecución del contrato; y el término “actuación u omisión” debe estar dirigida a influenciar el proceso de contratación o la ejecución de un contrato.
9 “Personas” se refiere a los participantes en el proceso de contratación (incluyendo a funcionarios públicos) que intentan establecer precios
de oferta a niveles artificiales y no competitivos.
10 “Persona” se refiere a un participante en el proceso de contratación o en la ejecución de un contrato.
(aa) la destrucción, falsificación, alteración o escondimiento deliberados de evidencia material relativa a una investigación o brindar testimonios falsos a los investigadores para impedir materialmente una investigación por parte del Banco, de alegaciones de prácticas corruptas, fraudulentas, coercitivas o de colusión; y/o la amenaza, persecución o intimidación de cualquier persona para evitar que pueda revelar lo que conoce sobre asuntos relevantes a la investigación o lleve a cabo la investigación, o (bb) las actuaciones dirigidas a impedir materialmente el ejercicio de los derechos del Banco a inspeccionar y auditar de conformidad con la Cláusula 9 [Inspecciones y Auditorías]. | |
9. Inspecciones y Auditorias por el Banco | El proveedor permitirá que el Banco Mundial inspeccione las cuentas, registros contables y archivos del proveedor relacionados con la presentación de cotizaciones y la ejecución del contrato y realice auditorias por medio de auditores designados por el Banco, si así lo requiere el Banco. Para estos efectos, el proveedor deberá conservar todos los documentos y registros relacionados con el proyecto financiado por el Banco. Igualmente, entregará al Banco todo documento necesario para la investigación pertinente sobre denuncias de fraude y corrupción y ordenará a los individuos, empleados o agentes del proveedor que tengan conocimiento del proyecto financiado por el Banco a responder a las consultas provenientes de personal del Banco. El proveedor debe tener en cuenta la Cláusula 8 “Fraude y Corrupción”, la cual establece, entre otras cosas, que toda acción con la intención de impedir sustancialmente el ejercicio de los derechos del Banco de realizar inspecciones y auditorías constituye una práctica obstructiva sujeto de sanciones por el Banco. |
10. Cesión | El Proveedor no podrá ceder este Contrato o subcontratar ninguna parte del mismo, sin el consentimiento previo por escrito del Contratante. |
11. Ley e idioma por los que se regirá el Contrato | Este Contrato, su significado e interpretación, y la relación que crea entre las Partes se regirán por las cláusulas del presente contrato, y de manera supletoria por la ley Colombiana aplicable, el idioma del Contrato será el Español |
12. Solución de controversias | Toda controversia que surja de este Contrato y que las Partes no puedan solucionar en forma amigable deberá someterse al proceso judicial conforme a la xxx xxx xxxx del Contratante. |
13. Modificaciones del Contrato | Toda variación o modificación de las condiciones del Contrato sólo se efectuará mediante enmienda escrita firmada por las partes. |
14. Demoras del Contratista | El Proveedor entregará las herramientas de acuerdo con lo especificado en la solicitud de cotización y en el presente Contrato. |
15. Liquidación por daños y perjuicios | Si el Proveedor no entrega las herramientas solicitadas , en su totalidad o en parte, dentro del plazo especificado en el Contrato, el Contratante, sin perjuicio de los demás recursos que tenga en virtud del Contrato, éste podrá deducir del Precio del Contrato por concepto de liquidación de daños y perjuicios el dos por ciento (2%) semanal del monto del Contrato por cada semana o parte de la semana de retraso hasta alcanzar el porcentaje máximo de la liquidación por daños y perjuicios que será el 10%. Al alcanzar el máximo establecido, el Comprador podrá dar por terminado el Contrato de conformidad con la Cláusula 16 de la Contrato. |
16. Terminación del contrato Por el Contratante | 16.1 El Contratante podrá, dar por terminado el Contrato mediante una notificación por escrito al Proveedor, si éste incurre en incumplimiento del Contrato, por diferentes circunstancias, entre las cuales se incluyen pero no está limitado a las siguientes: a) si el Proveedor no subsana el incumplimiento de sus obligaciones en virtud de este Contrato, dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción de dicha notificación, u otro plazo mayor que el Contratante pudiera haber aceptado posteriormente por escrito; b) si el Proveedor estuviera insolvente o fuera declarado en quiebra; En tal caso, la terminación será sin indemnización alguna para el Proveedor, siempre que dicha terminación no perjudique o afecte algún derecho de acción o recurso que tenga o pudiera llegar a tener posteriormente hacia el Contratante; |
Terminación por Conveniencia Por el Proveedor | c) si el Proveedor, como consecuencia de un evento de Fuerza Mayor, no pudiera entregar los bienes durante los dos (02) meses siguientes a la suscripción del contrato; o d) Si el Proveedor no cumple con cualquier otra obligación en virtud del Contrato; o e) si, a juicio del Contratante, durante el proceso de cotización o de ejecución del Contrato, el Proveedor ha participado en actos de fraude y corrupción, según se define en la Cláusula 8. 16.2 En caso de que el Contratante termine el Contrato en su totalidad o en parte, de conformidad con la Cláusula 16.1, éste podrá contratar, bajo términos y condiciones que considere apropiadas, bienes similares a los no suministrados o prestados. En estos casos, el Proveedor deberá pagar al Contratante los costos adicionales resultantes de dicha adquisición. Sin embargo, cuando el contrato se termine de forma parcial el Proveedor seguirá estando obligado a completar la ejecución de aquellas obligaciones en la medida que hubiesen quedado sin concluir. 16.3 El Contratante, mediante comunicación enviada al Proveedor, podrá terminar el Contrato total o parcialmente, en cualquier momento por razones de interés general o bien cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los bienes originalmente pactados. La comunicación de terminación deberá indicar que la terminación es por conveniencia del Contratante, el alcance de la terminación de las responsabilidades del Proveedor en virtud del Contrato y la fecha de efectividad de dicha terminación. 16.4 El Proveedor, mediante una notificación por escrito al Contratante con no menos de treinta (30) días de anticipación, podrá terminar este contrato cuando se produzca y acredite ante el Contratante cualquiera de los eventos especificados en los párrafos (a) y (b) de esta subcláusula; a) si el Contratante no pagara una suma adeudada al Proveedor en virtud de este Contrato, y siempre que dicha suma no fuera objeto de controversia conforme a la |
Suspensión de Financiamiento Pago a la Terminación del Contrato | Cláusula 12 “Solución de Controversias”, dentro de los cuarenta y cinco (45) días, días siguientes a la recepción de la notificación por escrito del Proveedor respecto de la xxxx en el pago; o b) si el Proveedor, como consecuencia de un evento de Fuerza Mayor, no pudiera entregar una parte importante de los bienes durante un periodo mayor de sesenta (60) días. 16.5 En el caso de que el Banco suspenda el préstamo o desembolso del crédito otorgado al Contratante, parte del cual se destinaba a pagar al Proveedor, el Contratante está obligado a notificar al Proveedor de esta suspensión en un plazo no mayor a siete (07) días contados a partir de la fecha de recepción por parte del Contratante de la notificación de suspensión del Banco, en tal situación el Contratante podrá terminar el contrato conforme la cláusula 16.3. 16.6 Al terminarse esta Contrato conforme a lo estipulado en la Cláusulas 16, el Contratante efectuará los siguientes pagos al Proveedor: a) Las remuneraciones previstas en la Cláusula 3, por concepto de bienes entregados satisfactoriamente antes de la fecha de entrada en vigor de la terminación; b) Salvo en el caso de terminación conforme a la Cláusula 16.1, el reembolso de cualquier gasto razonable inherente a la terminación expedita y ordenada del Contrato. |
17. Notificaciones | Toda notificación entre las partes en virtud del Contrato se hará por escrito o por cable, télex o fax y será confirmada por escrito a la parte que corresponda, a la dirección especificada en el presente documento. La notificación entrará en vigor en el momento de su entrega o en la fecha de entrada en vigor que se especifique en la notificación, si dicha fecha fuese posterior. |
18. Impuestos | El valor del presente contrato se encuentra exento de todo Impuesto, Tasa o Contribución. |
En constancia de lo anterior, se suscribe el presente Contrato, en la ciudad de Bogotá a los
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POR EL CONTRATANTE XXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, Directora General y Representante Legal | POR EL PROVEEDOR
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Términos y Condiciones para la venta de los Bienes
Nombre del Proyecto: “Conservación de bosques y sostenibilidad en el corazón de la Amazonia”.
Comprador: Instituto Amazónico de Investigaciones Científicas XXXXXX.
Destinatario: Paquete No.
1. Precios y Calendarios para el Suministro
Item | Descripción |
1 | Tejas de lámina de zinc x3M calibre 33. |
El valor del presente contrato se encuentra exento de todo impuesto, tasa o contribución. El valor máximo a contratar será por $19.725.000 de conformidad con el valor unitario ofertado.
Total
[Nota: En caso de discrepancia entre el precio unitario y el precio total, prevalecerá el precio unitario]
Especifique, los que aplique.
[Repuestos]
[Herramientas y Accesorios] [Manuales]
[Requerimientos de Mantenimiento]
2. Precio Fijo: Los precios cotizados son fijos y no serán sujetos a ningún ajuste durante la ejecución del Contrato.
3. Calendario de Entregas: la entrega debe hacerse de acuerdo al siguiente calendario.
A solicitud del supervisor durante todo el término de ejecución del contrato.
4. Plazo: La duración del Contrato será de acuerdo con el calendario de entregas definido en la cláusula anterior. Las herramientas deberán ser entregadas antes de cumplido el término de dos meses, contados a partir de la realización del registro presupuestal.
5. Pago: El valor total del contrato será cancelado contra factura de acuerdo a los valores unitarios ofertados por el contratista y recibo a satisfacción por el Supervisor del producto. El valor del contrato se encuentra exento de todo impuesto, tasa o contribución.
Para la realización de los pagos es necesaria la presentación previa de la certificación de cumplimiento expedida por quien supervise el contrato, junto con el recibo de pago por concepto de aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud, Pensión y ARL y/o certificado expedido por el Revisor Fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx o por el Representante Legal donde se acredite el pago de los aportes a sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación familiar, Instituto de Bienestar Familiar y al Servicio Nacional de Aprendizaje cuando a ello haya lugar, conforme lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, en la Ley 828 de 2003 y demás normas que las modifiquen o sustituyan. Adicionalmente, deberán allegarse la factura de venta y la constancia de entrada al Almacén del INSTITUTO.
6. Especificaciones Técnicas y Lista de Bienes:
(i) Descripción General: El/La contratista se obliga con el Instituto Amazónico de Investigaciones Científicas “Sinchi” a suministrar herramientas para el proyecto.
7. Idioma y Ley Aplicables. El contrato deberá hacerse en español. Este Contrato, su significado e interpretación, y la relación que crea entre las Partes se regirán por las cláusulas del presente contrato, y de manera supletoria por la ley Colombiana aplicable.
8. Terminación del contrato por el Comprador:
8.1 El Comprador podrá dar por terminada el contrato en su totalidad o en parte, si el Proveedor incurre en incumplimiento de la misma, por diferentes circunstancias, entre las cuales se incluyen pero no está limitado a las siguientes:
a) si el Proveedor no entrega parte o ninguno de los Bienes dentro del período establecido en el Contrato, o dentro de alguna prórroga otorgada por el Comprador; o
b) si éste se declarase en quiebra o en estado de insolvencia. En tal caso, la terminación será sin indemnización alguna para el Proveedor, siempre que dicha terminación no perjudique o afecte algún derecho de acción o recurso que tenga o pudiera llegar a tener posteriormente hacia el Comprador;
c) si el Proveedor no mantiene una Garantía de Cumplimiento, (si se ha solicitado).
d) Si el Proveedor ha demorado la entrega de los bienes por el número de días, por el cual, la cantidad máxima de daños pueden ser pagados de acuerdo con la Cláusula 16 del contrato.
e) Si el Proveedor no cumple con cualquier otra obligación en virtud de este Contrato; o
f) En caso de que el Comprador termine el Contrato en su totalidad o en parte, de conformidad con la Cláusula 10.1 de este Contrato, éste podrá adquirir, bajo términos y condiciones que considere apropiadas, Bienes o Servicios Conexos similares a los no suministrados o prestados. En estos casos, el Proveedor deberá pagar al Comprador los costos adicionales resultantes de dicha adquisición. Sin embargo, cuando el Contrato termine de forma parcial, el Proveedor seguirá estando obligado a completar la ejecución de aquellas obligaciones en la medida que hubiesen quedado sin concluir.
Terminación por Conveniencia:
8.2 El Comprador, mediante comunicación enviada al Proveedor, podrá terminar el Contrato total o parcialmente, en cualquier momento por razones de interés general o bien cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los bienes conexos originalmente pactados. La comunicación de terminación deberá indicar que la terminación es por conveniencia del Comprador, el alcance de la terminación de las responsabilidades del Proveedor en virtud del Contrato y la fecha de efectividad de dicha terminación, no obstante lo anterior, el Comprador deberá atender lo siguiente:
(i) que se complete alguna porción y se entregue de acuerdo con las condiciones y precios del contrato; y/o
(ii) que se cancele el balance restante y se pague al Proveedor una suma convenida por aquellos Bienes Conexos que hubiesen sido parcialmente completados y por los materiales y repuestos adquiridos previamente por el Proveedor.
Suspensión de Financiamiento:
8.3 En el caso de que el Banco suspenda el préstamo o desembolso del crédito otorgado al Comprador, parte del cual se destinaba a pagar al Proveedor, El Comprador está obligado a notificar al proveedor de esta suspensión en un plazo no mayor a 7 días contados a partir de la fecha de recepción por parte del Comprador de la notificación de suspensión del Banco, en tal situación el Comprador podrá terminar el contrato conforme la cláusula 10.2 de este Contrato.
Pago a la Terminación del Contrato:
8.4 Al terminarse este Contrato conforme a lo estipulado en la Cláusula 10, el Comprador efectuará los siguientes pagos al Proveedor: (a) Las remuneraciones previstas en la Cláusula 5 de este Contrato, por concepto de los bienes conexos recibidos satisfactoriamente antes de la fecha de entrada en vigor de la terminación. (b) Salvo en el caso de terminación conforme a la Cláusula 10.1 de este Contrato, el rembolso de cualquier gasto razonable inherente a la terminación expedita y ordenada del Contrato. |
9. Fuerza Mayor: cualquiera de las partes podrá terminar el Contrato dando un preaviso de treinta (30) días a la otra parte, en caso de que se presenten eventos fuera del control de dicha parte, tales como guerras o desastres naturales tales como terremotos, inundaciones, incendios, etc. 10. Resolución de Controversias. El Comprador y el Proveedor deberán procurar resolver cualquier desacuerdo o controversia que surja entre ellos o como consecuencia de la ejecución este Contrato, de manera amistosa mediante negociaciones directas. En caso de que no se pueda resolver el desacuerdo de manera amistosa, cualquiera de las partes podrá someter el caso a arbitraje de conformidad con la ley que rige el Contrato. El lugar del arbitraje será en Colombia. |
11. Fraude y Corrupción 11.1Si el Comprador determina que el Proveedor, y/o
cualquiera de su personal, o sus agentes, o subcontratistas, o proveedores de servicios o proveedores de insumos y/o sus empleados ha participado en actividades corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas u obstructivas al competir o ejecutar el Contrato en cuestión, el Comprador podrá rescindir el Contrato, dándole un preaviso de 14 días al Proveedor. En tal caso, se aplicarán las provisiones incluidas en la Cláusula 10 del Contrato.
11.2Si se determina que algún empleado del Proveedor ha participado en actividades corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas u obstructivas durante la compra de los Bienes, dicho empleado deberá ser removido de su cargo.
11.3Para efectos de esta Subcláusula:
i. “práctica corrupta” significa el ofrecimiento, suministro, aceptación o solicitud, directa o indirectamente, de cualquier cosa de valor con el
fin de influir impropiamente en la actuación de otra xxxxxxx00.
ii. “práctica fraudulenta” significa cualquiera actuación u omisión, incluyendo una tergiversación de los hechos que, astuta o descuidadamente, desorienta o intenta desorientar a otra persona con el fin de obtener un beneficio financiero o de otra índole, o para evitar una obligación12;
iii. “práctica de colusión” significa un arreglo de dos o más personas diseñado para lograr un propósito impropio, incluyendo influenciar impropiamente las acciones de otra persona13;
iv. “práctica coercitiva” significa el daño o amenazas para dañar, directa o indirectamente, a cualquiera persona, o las propiedades de una persona14, para influenciar impropiamente sus actuaciones
v. “práctica de obstrucción” significa
(aa) la destrucción, falsificación, alteración o escondimiento deliberados de evidencia material relativa a una investigación o brindar testimonios falsos a los investigadores para impedir materialmente una investigación por parte del Banco, de alegaciones de prácticas corruptas, fraudulentas, coercitivas o de colusión; y/o la amenaza, persecución o intimidación de cualquier persona para evitar que pueda revelar lo que conoce sobre asuntos relevantes a la
11 “Persona” se refiere a un funcionario público que actúa con relación al proceso de contratación o la ejecución del contrato. En este contexto, “funcionario público” incluye a personal del Banco Mundial y a empleados de otras organizaciones que toman o revisan decisiones relativas a los contratos.
12 “Persona” significa un funcionario público; los términos “beneficio” y “obligación” se refieren al proceso de contratación o a la ejecución del contrato; y el término “actuación u omisión” debe estar dirigida a influenciar el proceso de contratación o la ejecución de un contrato.
13 “Personas” se refiere a los participantes en el proceso de contratación (incluyendo a funcionarios públicos) que intentan establecer precios de oferta a niveles artificiales y no competitivos.
14 “Persona” se refiere a un participante en el proceso de contratación o en la ejecución de un contrato.
investigación o lleve a cabo la investigación, o
(bb) las actuaciones dirigidas a impedir materialmente el ejercicio de los derechos del Banco a inspeccionar y auditar de conformidad con la Cláusula 15 “Inspección y Auditorías” de esta Orden de Compra.
12. Elegibilidad:
12.1 El proveedor deberá mantener su condición de elegibilidad y de los bienes, personal, materiales, equipos y servicios conexos en los términos de las cláusulas
2.1 y 2.2 de la Sección 1 – Instrucciones para Preparar Cotizaciones, respectivamente. Para tal efecto, el proveedor, a solicitud del comprador, deberá proporcionar prueba de su continua elegibilidad, a satisfacción del Comprador y cuando éste razonablemente la solicite.
Conflicto de Interés:
12.2 El proveedor debe otorgar máxima importancia a los intereses del comprador, sin consideración alguna respecto de cualquier labor futura, y evitar rigurosamente todo conflicto con otros trabajos asignados o con los intereses de su firma. De igual forma, el proveedor no incurrirá en actividades que generen conflicto de interés en los términos de la cláusula 2.1.3 Sección 1 – Instrucciones para Preparar Cotizaciones, so pena de que se le cancele el contrato.
13. Inspección y Auditorías:
El proveedor permitirá que el Banco Mundial inspeccione las cuentas, registros contables y archivos del proveedor relacionados con la presentación de ofertas y la ejecución del Contrato y realice auditorias por medio de auditores designados por el Banco, si así lo requiere el Banco. Para estos efectos, el proveedor deberá conservar todos los documentos y registros relacionados con el proyecto financiado por el Banco. Igualmente, entregará al Banco todo documento necesario para la investigación pertinente sobre denuncias de fraude y corrupción y ordenará a los individuos, empleados o agentes del proveedor que tengan conocimiento del proyecto financiado por el Banco a responder a las consultas provenientes de personal del Banco. El proveedor debe tener en cuenta la Cláusula 13 “Fraude y Corrupción” del Contrato, la cual establece, entre otras cosas, que toda acción con la intención de impedir
sustancialmente el ejercicio de los derechos del Banco de realizar inspecciones y auditorías constituye una práctica obstructiva sujeto de sanciones por el Banco.
14. Liquidación por daños y perjuicios:
Con excepción de lo que se establece en la Cláusula 11 “Fuerza Mayor” del Contrato, si el Proveedor no cumple con la entrega de la totalidad o parte de los Bienes en la fecha establecida dentro del período especificado en el Contrato, sin perjuicio de los demás recursos que el Comprador tenga en virtud del Contrato, éste podrá deducir del Precio del Contrato por concepto de liquidación de daños y perjuicios el dos por ciento (2%) semanal del monto del Contrato por cada semana o parte de la semana de retraso hasta alcanzar el porcentaje máximo de la liquidación por daños y perjuicios que será del 10%. Al alcanzar el máximo establecido, el Comprador podrá dar por terminado el Contrato de conformidad con la Cláusula 10 del Contrato.
NOMBRE DEL PROVEEDOR
Firma Autorizada Lugar:
Fecha:
SECCIÓN 3 – LISTA DE BIENES
El/La contratista se obliga con el Instituto Amazónico de Investigaciones Científicas “Xxxxxx” a suministrar herramientas para el proyecto.
SECCIÓN 4 – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Item | Descripción | CANT |
1 | Tejas de lámina de zinc x3M calibre 33. | 750 |
Las tejas deberán entregarse en los puertos de Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx El Café, Puerto Camelias, Remolino, Cuba, Las Quillas, Xxxx Negro, Monserrate, El Convenio, Xxxx Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx, El Guamo y Las Palmas.
SECCIÓN 5 – FORMULARIO DE COTIZACIÓN
[El Oferente completará este formulario de acuerdo con las instrucciones indicadas. No se permitirán alteraciones a este formulario ni se aceptarán substituciones.]
[Fecha]
Para: Instituto Amazónico de Investigaciones Científicas XXXXXX Xxxxx 00 Xx. 0-00
Ofrecemos ejecutar el [Nombre y
Número del Contrato] de conformidad con las especificaciones técnicas, términos y condiciones adjuntos al Contrato que se anexa a esta Cotización de Precio por un monto de
[monto en letras y números] ( ) (Nombre de
la Moneda) [indicar el precio total de la oferta en palabras y en cifras,
indicando el Impuesto al Valor Agregado por separado, cuando corresponda] excluyendo cualquier descuento ofrecido [En caso de incluir descuentos se deberán discriminar por separado explicando la metodología para su aplicación]. Proponemos proveer los siguientes Bienes Conexos de conformidad con los Documentos de la Oferta y de acuerdo con el Plan de Entregas establecido y la Lista de Bienes: [indicar una descripción breve de los bienes y servicios conexos] dentro de un periodo de [letras y números] días calendario a partir de la fecha de inicio.
Esta Cotización y su aceptación escrita constituirán una obligación contractual entre nosotros, hasta que el Contrato haya sido perfeccionado por las partes. Entendemos que Ustedes no están obligación aceptar la Cotización de menor precio ni ninguna otra Cotización que se reciba.
Por medio de la presente confirmamos que esta Cotización cumple con los requerimientos de Xxxxxxx estipulados en los documentos de oferta.
No presentamos ningún conflicto de interés de conformidad con la Cláusula 2.1.3 de la Sección 1 – Instrucciones para Preparar Cotizaciones.
Nuestra empresa, su matriz, sus afiliados o subsidiarias, incluyendo todos los subcontratistas o proveedores para cualquier parte del Contrato, no hemos sido declarados inelegibles por el
Banco, de conformidad con la Cláusula 2.1.6 de la Sección 1 – Instrucciones para Preparar Cotizaciones o bajo las leyes o normativas oficiales del País del Comprador.
Certificamos que:
(i) Nuestra oferta fue elaborada de forma independiente, sin ninguna consulta, comunicación o acuerdo con ningún otro oferente o competidor relacionada con los (i) los precios; (ii) la intención de presentar una oferta; o (iii) los métodos y factores utilizados para determinar aspectos técnicos y financieros de la oferta
(ii) Los precios de la oferta no han sido ni serán dados a conocer directa y/o indirectamente a otros oferentes y/o competidores antes del acto de apertura de las ofertas;
(iii) El oferente no ha incurrido ni incurrirá en actos encaminados a inducir, forzar, coaccionar, ni acordar con otros oferentes su participación o no en este proceso con el propósito de restringir competencia.
(iv) No hemos incumplido ningún contrato con el Contratante durante el periodo especificado en esta solicitud.
Firma Autorizada: Nombre y Título del Firmante
Nombre del Contratista: Dirección:
Teléfono
Fax, si aplica