Contract
CONVENIO DE COLABORACIÓN. QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL INSTITUTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN DE TAMAULIPAS, QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL ITAIT" REPRESENTADO, POR SU COMISIONADO PRESIDENTE LIC. XXXX XXXXXX XXXXX XXXXXX, Y ASISTIDO POR EL LIC. XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, EN SU CALIDAD DE SECRETARIO EJECUTIVO DE DICHO INSTITUTO, Y POR LA OTRA PARTE, FUNDACION COMUNITARIA DE MATAMOROS A.C., LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "FCMAT", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR XXXXXXXXX DE LA XXXXX XXXX, CONFORME A LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
I. DECLARA "EL INSTITUTO":
1. Que es un Órgano Autónomo de los Poderes del Estado, creado mediante el Decreto expedido por el H. Congreso del Estado, número LIX-958 de fecha 29 xx xxxxx de 2007, que contiene la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Tamaulipas, publicada en el Periódico Oficial del Estado de fecha 5 de julio de 2007.
2. Que es un órgano especializado de carácter estatal a cargo de
difundir, promover y proteger la libertad de información pública conforme a las disposiciones de la Ley de la materia. Que entre sus
a,0 atribuciones está la de efectuar acciones y desarrollar directrices M relativas a la investigación, capacitación y difusión de la transparencia
1 eI acceso a la información pública en la entidad.
.ARIA m
ECUTA
3° Que el Licenciado Xxxx Xxxxxx -Xxxxx Xxxxxx, acredita su
ó ,^ersonalidad con copia del acta de la sesión del Pleno del Instituto, de 4fecha 0 xx xxxxxxx xx 0000 xxxxxx xxxx xx xx de Licenciado Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Notario Público número 98, con e1jercicio en esta
ciudad, y que entre sus atribuciones se encuentra la de representar
legalmente al Instituto y celebrar convenios, según lo estipulado en el articulo 69, inciso a) de la Ley ya citada.
4. Que para los efectos del presente Xxxxxxxx señala como su domicilio legal el ubicado en Xxxxx Xxxx X. Xxxxxxxx xxxxxx 000,
xxxxxxx con calle Xxxxxxx, Centro, Código Postal 87000, en Ciudad Victoria, Tamaulipas.
II. DECLARA LA FUNDACION:
1.- Que es una Asociación Civil constituida legalmente ante la Lic. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx según consta en la escritura pública número 1227 de fecha 24 de octubre del 2002 Su registro Federal de Contribuyentes es FCMO21003NZA.
2.- Que su principal objetivo es:
Apoyar las actividades conducentes al mejoramiento de las condiciones de vida de la comunidad tamaulipeca mediante la captación y canalización de recursos y servicios locales y foráneos.
3.- Que la X. Xxxxxxxxx de la Xxxxx Xxxx en su calidad de representante legal de Fundación Comunitaria de Matamoros, A. C. acredita su personalidad con copia del poder notariado con fecha del 30 xx Xxxxx 2009 pasado ante la fe de la Licenciada Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx, Notario Público número 46, con ejercicio en la ciudad xx Xxxxxxxxx.
4.- Que para todos los efectos legales del presente Convenio Específico de Colaboración señala como domicilio el ubicado en Xxxxx 0 x . Xx. 000 xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx, Xxxxx. X.X. 00000.
DECLARAN LAS PARTES:
1. ,Q se reconocen recíprocamente la con q celebran el presente instrumento.
ARIA
personalidad y representación
Qu ,expuesto lo anterior, las partes
están de acuerdo en realizar
activa , des conjuntas, y en sujetar sus compromisos a los términos y
ItaWnlFciones insertos en las siguientes.
CLÁUSULAS:
PRIMERA.- OBJETO
El objeto del presente convenio es establecer las. bases de colaboración para que "EL ITAIT" participe con "FCMAT" en materia de investigación, docencia, difusión y extensión de la cultura jurídica, en el ámbito de sus respectivas competencias.
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SEGUNDA.- ALCANCES
Para la ejecución del objeto materia de este convenio, "EL ITAIT", y "FCMAT" trabajaran de manera coordinada, para ampliar el conocimiento de la garantía constitucional del derecho a la información publica entre la comunidad educativa de las escuelas federales que participan en el programa de "Apoyo a los y las Jóvenes de Educación Media Superior para el Desarrollo de su Proyecto de Vida y la Prevención en Situaciones de Riesgo" "CONSTRUYE-T" en el estado de Tamaulipas.
La capacitación y difusión del derecho a la información se realizara mediante reuniones regionales que serán coordinadas por las personas que ocupan el cargo de facilitadores de FCMAT en el programa CONSTRUYE-T. Estas reuniones se llevaran a cabo en los planteles escolares asignados por el RESEMS, el ITAIT se compromete a facilitar a los expositores que darán la capacitación para:
a) Celebrar ciclos de conferencias, talleres, cursos, y actividades
similares;
b) Difusión de publicaciones y eventos;
c) Publicación de artículos, memorias de eventos, así como de coediciones de interés común; y
~ r Leas demás conv6 io.
q ue acuerden las
partes en el marco del presente
TERC A.- RESPONSABLES
para cumplimiento del presente convenio, atender todo lo relacionado con ^ que se mencionan en la cláusula anterior, así como su ripción, "EL ITAIT" designa como responsable al Lic. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx en su carácter de Secretario Ejecutivo, y por su parte "FCMAT" designa como responsable x Xxxxxxxxx de la Xxxxx Xxxx en
su carácter de Directora Ejecutiva.
CUARTA.- COMPROMISOS DE LAS PARTES
Para dar cumplimiento a cualquier otro objeto materia del presente instrumento las partes establecerán de común acuerdo y por escrito sus compromisos, en los convenios específicos a que hace referencia la cláusula tercera del presente instrumento.
QUINTA.- COMISIÓN TÉCNICA
Para la debida ejecución del objeto del presente convenio, las partes integrarán una comisión técnica formada por los representantes señalados en la cláusula cua rta dei presente instrumento jurídico, cuyas atribuciones serán:
a) Determinar y aprobar las acciones que deberán llevarse a cabo;
b) Las demás que acuerden las partes.
SEXTA.- RELACIÓN LABORAL
Las partes convienen en que el personal aportado por cada una de ellas para la realización del presente convenio, se entenderá relacionado exclusivamente con aquella que lo empleó; por ende, cada una de ellas asumirá su responsabilidad por este concepto, y en ningún caso serán consideradas como patrones solidarios o substitutos.
SÉPTIMA.- RESPONSABILIDAD CIVIL
y ^° % da expresamente pactado que las partes no tendrán res4Qsabilidad civil por daños y perjuicios que pudieran causarse coro onsecuencia del caso fortuito o fuerza mayor, particularmente qM pa de labores académicas o administrativas, en la inteligencia de
EECUe un vez superados estos eventos, se reanudarán las actividades en la forn y términos que determinen las partes.
É0(7AVA. -
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PROPIEDAD INTELECTUAL.
De igual manera, las partes aceptan que la propiedad intelectual derivada de los trabajos realizados con motivo de este convenio (publicaciones de diversas categorías, artículos, folletos, etc., así como las coproducciones y difusión), estarán sujetos a las disposiciones legales aplicables, otorgando el reconocimiento correspondiente a quienes hayan intervenido en la ejecución de dichos trabajos.
"FCMAT" podrá utilizar la información o resultados que se deriven del presente instrumento en sus funciones académicas.
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NOVENA - VIGENCIA
Este instrumento tendrá vigencia por 2 años, empezando a surtir efectos a partir de la fecha de su firma y podrá ser prorrogado por periodos iguales, previa autorización de las partes y que conste por escrito en el respectivo convenio de prorroga.
DEC1MA. - MODIFICACIONES.
El presente convenio podrá ser modificado o adicionado por voluntad de las partes, siempre y cuando conste por escrito mediante la firma del convenio modificatorio respectivo y sea notificado a la contraparte al menos con 30 días naturales de anticipación. Dichas modificaciones o adiciones obligarán a los signatarios a partir de la fecha de su firma.
DÉCIMA PRIMERA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA
Cualquiera de las partes podrá dar por terminado este convenio con antelación a su vencimiento, mediante aviso por escrito a la contraparte notificándolo con sesenta días naturales de anticipación. En tal caso, ambas partes tomarán las medidas necesarias para evitar perjuicios tanto a ellas como a terceros, en la inteligencia de que las acciones iniciadas durante la vigencia del presente convenio y sus convenios específicos deberán ser concluidas, cubriendo invariablemente la
ppoesa validad los gastos o trabajos que se hayan realizado.
CIM, SEGUNDA.- CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN
CUrtva
Las partes convienen que el presente instrumento es producto de la s . buena/fe, por lo que toda controversia que se derive del mismo, eespecto a su operación, formalización y cumplimiento, será resuelta
r la Comisión Técnica a que se refiere la cláusula séptima del presente convenio.
DÉCIMA TERCERA.- JURISDICCIÓN
En el supuesto de que la controversia subsista, las partes convienen en someterse para la interpretación y cumplimiento de este contrato, así como para todo lo no previsto en el mismo, a la jurisdicción de los Tribunales Estatales, en Ciudad de Victoria, asi como a las disposiciones contenidas en la Ley Federal del Derecho de Autor y en el Código Civil del Estado vigente, y demás aplicables al caso, por lo que
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XXXXXX - XXXXXXXX
Xxxx instrumento tendrá vigencia por 2 años, empezando a surtir efectos a partir de la fecha de su firma y podrá ser prorrogado por periodos iguales, previa autorización de las partes y que conste por escrito en el respectivo convenio de prorroga.
DÉCIMA. - MODIFICACIONES.
El presente convenio podrá ser modificado o adicionado por voluntad de las partes, siempre y cuando conste por escrito mediante la firma del convenio modificatorio respectivo y sea notificado a la contraparte al menos con 30 días naturales de anticipación. Dichas modificaciones o adiciones obligarán a los signatarios a partir de la fecha de su firma.
DÉCIMA PRIMERA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA
Cualquiera de las partes podrá dar por terminado este convenio con antelación a su vencimiento, mediante aviso por escrito a la contraparte notificándolo con sesenta días naturales de anticipación. En tal caso, ambas partes tomarán las medidas necesarias para evitar perjuicios tanto a ellas como a terceros, en la inteligencia de que las acciones iniciadas durante la vigencia del presente convenio y sus convenios a,39specíficos deberán ser concluidas, cubriendo invariablemente la
c uidad los gastos o trabajos que se hayan realizado.
;/J tÉcIMA SEGUNDA.- CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN
• Las.- partes convienen que el presente instrumento es producto de la buena fe, por lo que toda controversia que se derive del mismo, respecto a su operación, formalización y cumplimiento, será resuelta por la Comisión Técnica a que se refiere la cláusula séptima del presente convenio.
DÉCIMA TERCERA.- JURISDICCIÓN
En el supuesto de que la controversia subsista, las partes convienen en someterse para la interpretación y cumplimiento de este contrato, así como para todo lo no previsto en el mismo, a la jurisdicción de los Tribunales Estatales, en Ciudad de Victoria, así como a las disposiciones contenidas en la Ley Federal del Derecho de Autor y en el Código Civil del Estado vigente, y demás aplicables al caso, por lo que
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renuncian al fuero que por razones de su domicilio presente o futuro pudiera corresponderles.
Leído que fue el presente instrumento y enteradas las partes de su contenido y alcance de todas las cláusulas, lo firman por duplicado en Ciudad Victoria, Tamaulipas, a los 25 días del mes de Febrero del año 2010.
POR "EL ITAIT" POR "FCMAT"
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LIC. XXXX XXXXXX XXXXX XXXXXX COMISIONADO PRESIDENTE
XXXX XXXXXXXXX D GUERRA
CONSEJERA
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gECRET -:^AN9
SE,(
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RES XXXXXXXX xXXXXX M1ROSLAVA DE LA GA1tZ LUNA
^ETARIO EJECUTIVO DIRECTORA EJECUTIVA
HOJA DE FIRMAS DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO ENTRE EL INSTITUTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN DE TAMAULIPAS Y LA FUNDACIÓN COMUNITARIA DE MATAMOROS A.C., EN EL RECINTO OFICIAL DEL INSTITUTO EN FECHA 00 XX XXXXXXX XX 0000, XX. XXXXXXXX, XXXXXXXXXX.
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