Contract
Entre los suscritos a saber: XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX, mayor de edad, identificada con la cédula de ciudadanía N° 37.843.739 de Bucaramanga, quien obra en nombre y representación del Departamento Administrativo del Deporte, La Recreación, La Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre – COLDEPORTES, Entidad transformada mediante Decreto N° 4183 del 3 de noviembre del 2011, con NIT 899.999.306-8, en su calidad de Secretaría General Código 0035 Grado 22 nombrada mediante Decreto 248 de 19 de febrero de 2019 y acta de posesión N° 00001 del 21 de febrero de 2019 y facultada para contratar en virtud de los artículos 11 y 12 de la Ley 80 de 1993 y la Resolución Interna N° 002381 del 01 de noviembre de 2018, y quien para los efectos del presente documento en adelante se denominará COLDEPORTES, por una parte, y por la otra xxxxxxxxxxxxxxxx, identificado(a) con cédula de ciudadanía / NIT No. xxxxxxxxxxx, representada en el presente contrato por XXXXXXXXXXX, mayor de edad, identificado(a) con cedula de ciudadanía xxxxxxxxx, expedida en xxxxxxx, actuando en calidad de representante legal, debidamente facultado(a) para actuar como consta en xxxxx, y quien en adelante para efectos del presente contrato se denominará como el CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato de consultoría para realizar una labor de interventoría, previa las siguientes consideraciones:
1. Que la misión de COLDEPORTES es liderar, formular, dirigir y evaluar la política pública del Deporte, la Recreación y la Actividad Física y ejercer la inspección, vigilancia y control del Sistema Nacional del Deporte, con criterio de inclusión y equidad social contribuyendo con la convivencia, la paz y prosperidad de los colombianos.
2. Que la necesidad a satisfacer por parte de la Entidad Estatal contratante ha sido identificada por la Dirección Técnica de Recursos y Herramientas del Sistema Nacional del Deporte, y es cumplir con la responsabilidad que tiene la entidad de de velar por la adecuada inversión de sus recursos y propender por un adecuado seguimiento a la ejecución de contratos y convenios, por tal motivo fue necesario adelantar un proceso de selección de contratistas modalidad concurso de méritos que permitiera contar con el servicio de interventoría para la ejecución de los contratos de obra a celebrar por el departamento xx Xxxxxxx para el seguimiento y control especializado en todas las actividades a cargo de los contratistas de obra a ser seleccionados por esta entidad territorial para la ejecución de proyectos de inversión en infraestructura deportiva financiados con recursos de la Nación, el espectro de trabajo de la Interventoría será administrativa, técnica, financiera y jurídica de los contratos de obra celebrados para la construcción, mejoramiento y/o adecuaciones locativas de los escenarios deportivos financiados por COLDEPORTES a través del Acuerdo Marco No. 0000015 de 2019 y convenios interadministrativos específicos 019, 020, 021, 022 y 154 celebrados entre el departamento xx Xxxxxxx y COLDEPORTES, para el desarrollo de los XXI Juegos Deportivos Nacionales y V Juegos Paranacionales del Bicentenario - Bolívar 2019 Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx”.
3. Que COLDEPORTES a través de la Dirección Técnica de Recursos y Herramientas del Sistema Nacional del Deporte, elaboró los respectivos documentos contentivos de los estudio y documentos previos necesarios para el adelanto del proceso de selección de contratistas y la celebración del presente contrato estatal.
4. La modalidad de selección de contratistas adelantada por la entidad ha sido la de concurso de méritos abierto con propuesta técnica simplificada.
5. Que el proceso de selección de contratistas y el contrato a celebrar, se identificó oportunamente en el Plan Anual de Adquisiciones de la Entidad.
6. Que mediante resolución xxxxx, se apertura proceso de selección de contratistas, modalidad concurso de meritos abierto, para seleccionar la oferta mas favorable para COLDEPORTES, para contratar la Interventoría administrativa, técnica,
financiera y jurídica de los contratos de obra celebrados para la construcción, mejoramiento y/o adecuaciones locativas de los escenarios deportivos financiados por COLDEPORTES a través del Acuerdo Marco No. 0000015 de 2019 y convenios interadministrativos específicos 019, 020, 021, 022 y 154 celebrados entre el departamento xx Xxxxxxx y COLDEPORTES, para el desarrollo de los XXI Juegos Deportivos Nacionales y V Juegos Paranacionales del Bicentenario - Bolívar 2019 Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx.
7. Que surtido el proceso de selección de contratistas, mediante acto administrativo xxxxxxx de 2019, se adjudicó el contrato de consultoría para adelantar la labor de interventoría a quien resultó ganador en el concurso.
8. Que el interventor manifiesta que él y sus miembros en caso de ser una estructura plural, está actualmente vigente, ejerce valida y legalmente su objeto y no se encuentra en proceso de liquidación ni en causal alguna de disolución, al igual que su representante legal cuenta con capacidad estatutaría y legal para suscribir el presente contrato y obligarse en los términos y condiciones definidas en el presente contrato.
El presente contrato se encuentra contenido en las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA 1 – OBJETO: Interventoría administrativa, técnica, financiera y jurídica de los contratos de obra celebrados para la construcción, mejoramiento y/o adecuaciones locativas de los escenarios deportivos financiados por COLDEPORTES a través del Acuerdo Marco No. 0000015 de 2019 y convenios interadministrativos específicos 019, 020, 021, 022 y 154 celebrados entre el departamento xx Xxxxxxx y COLDEPORTES, para el desarrollo de los XXI Juegos Deportivos Nacionales y V Juegos Paranacionales del Bicentenario - Bolívar 2019 Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx.
El objeto del contrato, comprende:
Interventoría componente administrativo: El contratista interventor deberá adelantar los actividades para la gestión administrativa del contrato de obra y del contrato de interventoría, que pudieren generar interacción entre el contratista de obra, Federaciones Deportivas, Distrito de Cartagena de Indias y COLDEPORTES. Estas labor implica el establecimiento de un sistema adecuado de coordinación y comunicación eficiente con los actores descritos y otras autoridades, incluyendo para el efecto al entrega y archivo de información de forma oportuna y adecuadamente organizada, la digitalización de correspondencia y documentación del proyectos / contratos de obra, la recepción y verificación de informes, la generación de informes, entre otros. Para la entrega de archivo a la finalización del contrato de interventoría, se deberá entregar toda la información – documentación que se haya generado o tramitado durante la ejecución del contrato de conformidad con la Ley General de Archivo – Ley 594 de 2000 y demás reglamentos y normas archivísticas aplicables, al igual que los lineamiento que COLDEPORTES establezca e informe en su momento.
Interventoría componente técnico: El contratista interventor realizará todas las actividades, procesos, procedimientos, labores, mediciones, pruebas, evaluaciones, verificaciones, y demás de las actividades desarrolladas por los contratistas de obra durante la ejecución de dichos contratos, emitirá los conceptos que le sean solicitados, realizará las revisiones y control de todas las obras e intervenciones, realizará revisión de estudios, diseños y presupuestos, entre otras labores. Al finalizarse la ejecución de las obras, el contratista revisará el contenido y conceptuará del plan de mantenimiento y operación de los escenarios deportivos presentados para la sostenibilidad y uso adecuado de cada uno de ellos. Igualmente integrará la verificación del cumplimiento de licenciamientos urbanísticos, ambientales, y demás que se generen y sean requeridos durante la ejecución.
Interventoría componente técnico deportivo: El contratista interventor realizará todas las actividades, procesos, procedimientos, labores, mediciones, pruebas, evaluaciones, verificaciones, y demás de las actividades desarrolladas por los contratistas de obra durante la ejecución de dichos contratos relacionados con el cumplimiento de la reglamentación en materia de normatividad deportiva, emitirá los conceptos que le sean solicitados, realizará las revisiones y control de todas las obras e intervenciones, realizará revisión de estudios, diseños y presupuestos, entre otras labores relacionadas con este componente.
Interventoría componente técnico en iluminación y redes eléctricas: El contratista interventor realizará todas las actividades, procesos, procedimientos, labores, mediciones, pruebas, evaluaciones, verificaciones, y demás de las actividades desarrolladas por los contratistas durante la ejecución de los contratos de obra, en relación con el cumplimiento de la reglamentación y exigencias establecidas en materia de iluminación de escenarios deportivos para competencias del nivel de los juegos nacionales, y de reglamentos técnicos como RETIE y RETILAP.
Interventoría componente de servicios públicos domiciliarios: Igualmente realizará seguimiento a los proyectos y gestiones realizadas ante las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios, para el oportuno y adecuado acceso a estos. Para el caso del servicio público de energía eléctrica, realizará el seguimiento y acompañamiento a la gestión realizada ante la respectiva empresa prestadora de este servicio.
Interventoría componente financiero: El contratista interventor realizará las actividades necesarias para la revisión y control del manejo financiero de los contratos de obra, para lo cual articulará con el departamento xx Xxxxxxx, la fiduciaria que llegase a administrar los anticipos y COLDEPORTES lo que sean necesario al respecto. En la etapa de liquidación, adelantará las acciones y facilitará las insumos necesarios para la liquidación de los contratos, y generará concepto sobre las inversiones realizadas con sus respectivos soportes, conceptuará sobre el cumplimiento de obligaciones contractuales de contenido económico y financiero, y elaborará los formatos para el proceso de liquidación.
Interventoría gestión jurídica: El contratista interventor adelantará las labores necesarias para verificar la aplicación y cumplimiento de los aspectos normativos, regulatorios y contractuales con respecto a los proyectos de inversión y los contratos de obra pública celebrados por el departamento xx Xxxxxxx, así como apoyar a COLDEPORTES y en todos los aspectos jurídicos que se susciten en el desarrollo del contrato.
Interventoría gestión económica: El contratista interventor realizará los procesos y actividades relacionadas con la supervisión del área económica del proyecto de inversión y los contratos de obra.
Interventoría gestión ambiental, Salud Ocupacional y Seguridad Industrial: El contratista interventor realizará las actividades necesarias para verificar el cumplimiento de obligaciones establecidas en el contrato, incluyendo la obligación de cumplimiento de la normatividad ambiental, en salud ocupacional y seguridad industrial en el trabajo.
Interventoría aspecto predial: El contratista interventor realizará los procesos y verificaciones necesarias para que las inversiones se realicen en los inmuebles en los cuales se haya proyectado la materialización de los escenarios deportivos, e igualmente se cumpla con la inversión en inmuebles sobre los cuales sea posible materializar los mismos.
Interventoría aspecto aseguramiento: El contratista interventoría realizará los procesos y labores enfocadas en asegurar el cumplimiento por parte de los contratistas de obra, de las obligaciones relacionadas con la consecución y mantenimiento de las garantías de cumplimiento de los contratos de obra, verificando entre otras la correcta y oportuna expedición de las mismas, validez jurídica y vigencia, según se prevé en los correspondientes contratos de obra y los convenios interadministrativos específicos celebrados con COLDEPORTES.
Interventoría Gestión de riesgos: El contratista interventor realizará los procesos y labores necesarias para diseñar e implantar un sistema dedicado a la identificación y previsión de los principales riesgos asociados con los contratos de obra, que permita prever, organizar y realizar acciones frente a la posibilidad de materialización de riesgos y minimización de impactos, que pudieren poner en riesgo la viabilidad y buena ejecución de los contratos de obra, así como la valoración cuantitativa de riesgos cuando COLDEPORTES o el Departamento xx Xxxxxxx lo solicite. PARAGRAFO PRIMERO: ALCANCE: La labor de interventoría se realizará sobre los contratos de obra pública que se celebren con ocasión a los procesos licitatorios Nos. LIC-SI-002-2019, LIC-SI-003-2019, LIC-SI-004-2019, LIC- SI-005-2019 y los demás que adelante la Gobernación xx Xxxxxxx con ocasión de estos escenarios deportivos, los cuales corresponden a los proyectos que refieren a los convenios interadministrativos 019, 020, 021, 022 y 154 de 2019 celebrados entre el departamento xx Xxxxxxx y COLDEPORTES. El interventor realizará las actividades que le son propias a este tipo de consultores, especialmente las definidas en la Ley 1474 de 2011 en su artículo 83, las definidas en los presentes estudios previos, los pliegos de condiciones, la minuta del contrato a publicitar y el plan de cargas y trabajo. PARAGRAFO SEGUNDO: Para el cumplimiento del objeto pactado y su alcance, el interventor desarrollará todas las actividades definidas en el presente contrato, el documento de estudios previos, el plan de cargas y trabajo, anexos, las dispuestas en la Ley y reglamentos técnicos aplicables y las que se deriven de la naturaleza del presente contrato. CLÁUSULA 2 – OBLIGACIONES A CARGO DEL CONTRATISTA: En
desarrollo del objeto contractual el CONTRATISTA deberá ejecutar las siguientes actividades: A. OBLIGACIONES GENERALES - 1. Además de la ejecución de las actividades indicadas en el alcance del objeto contractual y del cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley, el contratista se compromete a cumplir con los deberes establecidos en el Artículo 5 de la Ley 80 de 1993, en consecuencia, deberá: 1. Colaborar con la entidad en lo que sea necesario para que el objeto contractual se cumpla y que éste sea de la mejor calidad. 2. Acatar las órdenes que durante el desarrollo del contrato la entidad le imparta. 3. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales. 4. Garantizar la calidad de los servicios contratados y responder por ellos. 5. Suscribir el contrato y cumplir con los requisitos de legalización en la oportunidad establecida para el efecto. 6. Cumplir con las normas sobre seguridad social integral (salud, pensiones, riesgos profesionales) así como
parafiscales, respecto del personal utilizado en el cumplimiento del objeto. 7. Cumplir con las normas tributarias pagando los impuestos y retenciones a que haya lugar de conformidad con el estatuto tributario. 8. Cumplir con normas laborales establecidas en el código sustantivo del trabajo respecto del personal utilizado en el cumplimiento del objeto contractual. 9. Mantener actualizadas las pólizas exigidas por COLDEPORTES, así como el buen estado de uso y funcionamiento del equipo y herramientas necesarias para la ejecución del presente contrato. 10. Mantener personal disponible en caso de incapacidades u otras causas con el fin de no descuidar en ningún momento el servicio de interventoría a la prestación del servicio. 11. Presentar cuenta de cobro, de conformidad con la forma de pago estipulada en el contrato, junto con el informe de las actividades realizadas para cada pago. 12. Las actividades de tipo administrativo a cargo.
13. Las actividades de tipo técnico indicadas en el estudio. 14. Las actividades de tipo financiero indicadas en el estudio. 15. Las actividades de tipo ambiental indicadas en el estudio. 16. Las actividades de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional
indicadas en el estudio. 17. Realizar el suministro, procesamiento y cargue de información asociada a la labor adelantada, esto es, en las bases de datos o aplicativos oficiales de gestión institucional dispuestos por la Entidad, Dirección o Dependencia, según sea el caso. 18. Mantener la reserva y/o confidencialidad de documentos e información que conozca o le sea entregada para el desarrollo del objeto contractual. 6. Presentar informes mensuales y un informe final de actividades, sobre el desarrollo del objeto del presente contrato, junto con los pagos efectuados al sistema de seguridad social en salud y pensión, de conformidad con las normas vigentes. 19. Encargarse personalmente del archivo de la documentación que deba gestionar con objeto del contrato, de acuerdo con normas del Archivo General de la Nación y/o instructivos de la Entidad. 20. Constituir una garantía única de cumplimiento, además, el CONTRATISTA se comprometerá a ampliar, modificar o prorrogar la garantía única de cumplimiento, en el evento que se aumente el valor del contrato o se prorrogue o suspenda su vigencia, de acuerdo al artículo 2.2.1.2.3.1.18 del Decreto 1082 de 2015. 21. Las demás que sean asignadas inherentes a la naturaleza del contrato. B. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS. El alcance de las labores a desarrollar, comprende, entre otros, los siguientes aspectos: Funciones técnicas: 1.
Verificar y aprobar la localización de los trabajos y de sus condiciones técnicas para iniciar y desarrollar los contratos vigilados. 2. Verificar que los contratistas suministren y mantengan el personal o equipo ofrecido con las condiciones de idoneidad pactados inicialmente y exigir su reemplazo cuando sea necesario. 3. Verificar que las obras se realicen cumpliendo las especificaciones técnicas y deportivas de cada actividad y los diseños deportivos aprobados por COLDEPORTES. 4. Estudiar y decidir los requerimientos de carácter técnico que no impliquen modificaciones a los contratos, en caso de requerir modificaciones justificar y solicitar los ajustes a los contratos, aportando la documentación requerida para tal efecto. 5. Controlar el avance de los contratos de obra con base en los cronogramas previstos y recomendar los ajustes a que haya lugar.
6. Controlar e inspeccionar permanentemente la calidad de las obras, equipos, materiales, bienes, insumos y productos. 7.Efectuar las justificaciones técnicas o económicas a que haya lugar y que se requieran durante las etapas contractual y precontractual. 8. Exigir el cumplimiento de las normas de seguridad, higiene, salud ocupacional y ambiental que sean aplicables. 9. Velar a fin de que se cumplan las normas especificaciones técnicas y procedimientos previstos para la ejecución de las actividades contractuales y pos contractuales. 10. Verificar la entrega de los bienes o la prestación de los servicios de conformidad con lo establecido en los contratos correspondientes dejando la constancia y justificación escrita respectiva. 11. Proyectar las respuestas a los informes presentados o a las preguntas formuladas por los organismos de control del estado o por cualquier autoridad o particular facultado para ello con el apoyo de la Gobernación xx Xxxxxxx y COLDEPORTES. 12. Verificar cuando a ello hubiere lugar, el reintegro a la Gobernación xx Xxxxxxx, de los equipos, elementos y documentos suministrados por este, constatar su estado y cantidad. 13. Garantizar la calidad de los materiales instalados y los trabajos a realizar de acuerdo a los diseños eléctricos aprobados y entregados por la Gobernación xx Xxxxxxx. 14. Llevar a cabo las demás actividades conducentes al desarrollo del objeto contractual conforme con los requerimientos técnicos pertinentes. 15. Certificar el cumplimiento de los contratos en sus diferentes etapas de ejecución. Nota: La calidad de los trabajos será certificada por el interventor, mediante protocolos en los que se consigne de manera general lo siguiente: I.
Revisión de la Calidad de Productos Utilizados. II. Fotocopia de los Certificados de Conformidad del producto vigente de todos y cada uno de los materiales a utilizar en las obras. III. Mediciones de las obras durante su desarrollo. IV. El interventor deberá llevar registro fotográfico de cada una de las etapas del proyecto. V. Funcionamiento general de todos los sistemas del proyecto. Funciones Financieras: 1. Verificar y constatar la correcta inversión del anticipo por parte de los constructores, si hubiere lugar a él. 2. Revisar las solicitudes de pago formuladas por los contratistas y llevar un registro cronológico de los pagos, ajustes y deducciones efectuados. 3. Verificar que los contratos estén debidamente soportados con los recursos presupuestales requeridos por
el ordenamiento jurídico. 4. Revisar las facturas y/o cuentas de cobro presentadas por los contratistas. 5. Aprobar los desembolsos o pagos a que haya lugar, previa verificación del cumplimiento de los requisitos legales y contractuales previstos para ello.
6. Velar por la correcta ejecución presupuestal de los contratos. 7. Verificar que los trabajos o actividades adicionales que impliquen aumento del valor de los contratos cuenten con la debida justificación técnica y el respaldo presupuestal y jurídico correspondiente. 8. Verificar previo a los pagos de los contratistas, que este haya cumplido con los aportes al sistema de seguridad social, así como a los aportes parafiscales y dejar constancia escrita de ello. 9. Verificar el adecuado pago de los tributos a que hubiere lugar y que resulten de la actividad contractual y pos contractual.
10. Verificar los soportes contables, seguimiento y control de la inversión de los recursos girados por la Gobernación xxx Xxxxxxx (Anticipos y pagos parciales). 11. Evaluar la correspondencia del plan de inversión del anticipo con los gastos ejecutados, si hubiere lugar a él. 12.Analizar el flujo de inversiones que presenten los contratistas de obra en los programas de obra aprobados por el Interventor y la Gobernación xx Xxxxxxx, a efectos de determinar las posibles causas de su incumplimiento, en el evento que hubiere lugar. 13. Evaluar y conceptuar sobre la razonabilidad de las inversiones y gastos efectuados por los contratistas. 14.
Determinar y cuantificar los gastos materiales que se han efectuado y expresar en pesos cuanto material en obra tienen los constructores. Funciones de orden legal: 1. Promover el oportuno ejercicio de las facultades de dirección de la acción contractual, en especial el ejercicio de las prerrogativas extraordinarias y mecanismos de apremio previstos en la ley garantizando el debido procedimiento de los contratistas. 2. Verificar que los subcontratos estén debidamente aprobados (si se dan), los cuales deberán contar con el beneplácito de la Gobernación xx Xxxxxxx. 3. Emitir concepto
sobre la viabilidad de suscribir adiciones o modificaciones a los contratos de obra pública.
4. Velar por el cumplimiento de las obligaciones laborales que se generen en relación con los contratos suscritos. 5. Estudiar y analizar reclamaciones que presenten los contratistas y hacer las recomendaciones a que haya lugar. 6. Suscribir todas las actas que se produzcan con ocasión de la ejecución de los contratos. 7. Preparar en conjunto con los contratistas el acta de liquidación de cada contrato o proyectar el informe para la realización de la liquidación unilateral cuando las condiciones así lo ameriten. 8.
Velar por el oportuno tramite de las solicitudes y peticiones que hagan los particulares o las autoridades en relación con el desarrollo del contrato. 9. Verificar que la ejecución contractual se desarrolle dentro del plazo o vigencia de cada contrato y de acuerdo con los valores establecidos. 10. Informar oportunamente los atrasos o situaciones o en general cualquier hecho que pueda dar origen a la toma de decisiones de tipo contractual y/o aplicación de sanciones y en general al inicio y desarrollo de las actividades judiciales o extrajudiciales respectivas. 11. Adelantar las gestiones necesarias para el reconocimiento y cobro de las sanciones pecuniarias y garantía a que hubiere lugar. 12. Solicitar la actualización de precios cuando se produzcan fenómenos que alteren en contra de la entidad el equilibrio económico o financiero de los contratos. 13. Solicitar al contratista las pruebas de calidad que estimen convenientes para establecer y evaluar el correcto funcionamiento de los bienes adquiridos. 14.
Rendir los informes que le sean requeridos por el Jefe o Secretario que designe el Gobernador xx Xxxxxxx, gestor de los contratos de consultoría. 15. Exigir a los contratistas los informes y documentos que consideren pertinentes sobre el desarrollo del objeto y obligaciones estipuladas en las cláusulas contractuales con el fin de optimizar ajustar y corregir situaciones relacionadas con la ejecución de los contratos para el logro de los resultados propuestos. 16. Si el contratista no se presenta a la liquidación o las partes no llegan a un acuerdo sobre el contenido de la misma elaborarán el acto administrativo motivado para practicar la liquidación en forma unilateral, dicho acto será revisado en sus aspectos jurídicos por quien corresponda en la Gobernación xx Xxxxxxx previamente a la firma del Gobernador o su delegado. 17. Llevar el archivo sobre la vigilancia de la ejecución de cada contrato con la finalidad de integrar un expediente con
los respectivos soportes a fin de lograr una adecuada y oportuna toma de decisiones en el proceso contractual. 18. Suscribir el acta de iniciación de cada contrato, las de suspensión, reiniciación y recibo parcial o final de los trabajos o servicios, cuando sea el caso y el acta de Liquidación de cada contrato dentro del término que se acuerde o en su defecto al que señala la Ley, verificando en cada caso, las circunstancias de hecho y de derecho que las soportan. 19. Solicitar por escrito y de común acuerdo con cada contratista, ante la Gobernación xx Xxxxxxx, con la debida anticipación, las modificaciones aclaraciones, adiciones y demás situaciones contractuales que se requieran durante la ejecución y liquidación de los contratos de obra, sobre lo cual deberá reportar a COLDEPORTES. 20. Las demás que de conformidad con la normatividad vigente y con su naturaleza correspondan a la función de interventoría y supervisión. Funciones de orden administrativo. 1. Elaborar y suscribir las actas de los contratos de obra, tales como inicio, suspensión, reinicio, parciales, finalización y liquidación, cuando haya a lugar. 2.
Acopiar la documentación producida en la etapa precontractual que requiera, a fin de contar con el máximo de información sobre el origen de cada contrato. 3. Establecer mecanismos agiles y eficientes para el desarrollo de la interventoría su cargo. 4. Evitar que sus decisiones interfieran injustificadamente en las acciones de los contratistas. 5. Verificar que existan los permisos necesarios para la ejecución del objeto contractual. 6. Llevar estricto control sobre la correspondencia que se produzca con los contratistas, durante la ejecución de cada contrato, de tal forma que la
Gobernación xx Xxxxxxx intervenga oportunamente frente a las solicitudes presentadas.
7. Organizar la información y documentos que se generen durante la ejecución de cada contrato, manteniéndola a disposición de los interesados y realizar su archivo personal. 8. Coordinar con las dependencias de la Gobernación xx Xxxxxxx que tengan relación con la ejecución de cada contrato, para que estas cumplan con sus obligaciones. Dentro de esta función se entiende incorporada la de efectuar seguimiento a las actuaciones contractuales. 9. Definir los cronogramas que se seguirán durante el trámite de las etapas contractual y pos contractual cuando estos no queden expresamente contenidos en cada contrato. 10. Xxxxxxx tramitar o resolver toda consulta que eleven los contratistas, de forma tal que se imprima agilidad al procedimiento de la solución de los problemas que se deriven del desarrollo de la actividad contractual, con apoyo de la Gobernación xx Xxxxxxx. 11. Tramitar las solicitudes de ingreso del personal y equipos de cada contratista o de personas externas a las áreas de influencia de los contratos. 12.
Procurar que por causas atribuibles a la Gobernación xx Xxxxxxx no sobrevenga mayor onerosidad es decir se rompa el equilibrio financiero de los contratos. 13. Programar y coordinar con quien se haga necesario reuniones periódicas para analizar el estado de ejecución y avance de cada contrato en coordinación con COLDEPORTES. 14. Presentar a COLDEPORTES informes sobre el estado de ejecución y avance de los contratos de obra con la periodicidad que se requiera atendiendo el objeto
y naturaleza de los mismos y un informe final de su ejecución. 15. Adelantar revisiones periódicas de las obras ejecutadas, servicios prestados o bienes suministrados para verificar que ellos cumplan con las condiciones de calidad ofrecidas por los contratistas y promover las acciones de responsabilidad contra estos y sus garantes cuando dichas condiciones no se cumplan. 16. Exigir que la calidad de los bienes y servicios requeridos por la Gobernación xx Xxxxxxx se ajusten a los requisitos mínimos previstos en las normas técnicas obligatorias, sin perjuicio de que tales bienes o servicios cumplan con las normas técnicas colombianas o en su defecto con normas internacionales elaboradas por organismos reconocidos a nivel mundial o con normas extranjeras aceptadas en los acuerdos internacionales suscritos con Colombia.
17. Informar a COLDEPORTES y a la Gobernación xx Xxxxxxx de los daños derivados de la ejecución contractual para que esta inicie las acciones conciliatorias o contenciosas pertinentes. 18. Propiciar en colaboración con la Gobernación xx Xxxxxxx, procedimientos agiles para la corrección de desajustes derivados de la ejecución contractual, así como las gestiones conciliatorias para solucionar diferencias litigiosas desde sus inicios. 19. Solicitar a los contratistas los certificados de modificación a las
pólizas cuando quiera que existan suspensiones o variaciones en el plazo o en el valor, remitiéndolas a la Gobernación xx Xxxxxxx junto con las respectivas actas o soportes para su respectiva aprobación. 20. Adelantar cualquier actuación administrativa necesaria para correcta administración del contrato. Funciones de orden ambiental, salud ocupacional y seguridad industrial: 1. Exigir el cumplimiento del plan de manejo ambiental, programas de salud ocupacional y seguridad industrial elaborado para cada una de las obras. 2. El interventor deberá realizar control sobre la gestión de los escombros y residuos generados por la ejecución del contrato de obra, de acuerdo a la Resolución 541 de 1994, el Decreto 4741 de 2005 y la Resolución 1402 de 2006, del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Para tal efecto, el interventor para el inicio del contrato deberá revisar, corregir si es el caso y aprobar el plan de manejo ambiental elaborado por el contratista de obra, documento el cual se incluye protocolo o plan de manejo de residuos convencionales y peligrosos (escombros, aceites usados, subatómicas químicas, combustibles elementos refrigerantes, luminarias , cableado, entre otros). Este documento debe señalar el procedimiento de recolección y de los residuos mencionados y el lugar de disposición final de los mismos, con sus respectivas licencias o permisos especiales. 3. Verificar el cumplimiento de requisitos legales y reglamentarios relacionados con seguridad industrial y salud ocupacional. (trabajo en alturas, psicosocial entre otras). Funciones relacionadas con la finalización y liquidación de los contratos de obra: 1. Preparar el informe final sobre la ejecución de los contratos para lo cual deberá solicitar a la Gobernación xx Xxxxxxx los pagos efectuados los contratistas. 2. Revisar y aprobar los documentos financieros y contables que sean necesarios para la liquidación de los contratos. 3. Exigir a los contratistas la ampliación de las pólizas si es del caso de calidad del bien o servicio, de la provisión de repuestos y accesorios, del pago de salarios prestaciones e indemnizaciones, responsabilidad civil y demás amparos y garantías que se requieran para avalar las obligaciones que deban cumplir los contratistas con posterioridad a la terminación de los contratos. 4. Verificar y dejar constancia del cumplimiento de las obligaciones de los contratistas frente a los aportes al sistema de salud riesgos profesionales pensiones y aportes parafiscales, cuando a ello haya lugar estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron haber sido cotizadas. 5. Dejar constancia del valor que la entidad retendrá por concepto de las sumas adeudadas al sistema en el evento que no se hubieren realizado totalmente los aportes al sistema. 6. Elaborar acta de liquidación de cada contrato. 7. Requerir a los contratistas para adelantar la liquidación bilateral y dejar constancia de ello. 8. Suscribir conjuntamente con las partes de cada contrato el acta de liquidación respectiva, dentro del término fijado en el mismo o en su defecto a más tardar antes del vencimiento de los cuatro meses siguientes a su terminación. 9. Informar a la dependencia respectiva a más tardar dentro del mes siguiente al vencimiento del plazo para liquidar de mutuo acuerdo en caso de que los contratistas no se presenten dentro del término fijado para su la liquidación bilateral o no se llegue a un acuerdo sobre su contenido, para que se expida el acto administrativo de liquidación unilateral adjuntando para el efecto el informe de balance final de los contratos y los demás soportes requeridos para la liquidación correspondiente. Si se vence el plazo para hacer la liquidación en forma unilateral o el interventor no presenta el informe antes referido a la instancia ejecutora, deberá solicitar inmediatamente a esa dependencia que adelanten los trámites para elevar la solicitud de liquidación por vía judicial, con tal fin debe anexar todos los soportes requeridos para la liquidación. 10. Toda la documentación relacionada con el contrato de interventoría debe ser remitida a la instancia ejecutora a su terminación. 11. A la finalización de la Interventoría, se debe hacer entrega al Supervisor de COLDEPORTES, los siguientes elementos: CD o DVD con toda la información del desarrollo técnico de cada contrato ejecutado, escaneando todos los documentos, actas, informes, planos, registros fotográficos. Informe impreso del desarrollo técnico de cada contrato. Funciones especiales relacionadas con la consultoría: Además de las generales señaladas anteriormente y las que se desprendan de cada contrato, deberá desarrollar las
siguientes: 1. Equipo: Evaluar el funcionamiento, calidad y cantidad del equipo disponible para cada una de las obras, de acuerdo con la propuesta y exigir a cada contratista el cambio de equipo que fuere necesario. 2. Bienes: Ejercer permanente control sobre la calidad de los bienes, materiales y elementos o materiales empleados en cada una de las obras, rechazando oportunamente aquellos que no cumplan con las especificaciones técnicas que garanticen la calidad de lo contratado. 3. Tiempos: Cada contratista entregará un cronograma de actividades cuya secuencia y orden lógico será distribuido de acuerdo a la obra a ejecutar. Su desarrollo debe ser controlado por el interventor permanentemente, registrando los avances, retrasos etc., para evitar así posteriores demoras en los trámites de posibles prórrogas. CLÁUSULA 3 – OBLIGACIONES DE COLDEPORTES: A. OBLIGACIONES GENERALES. 1. Ejercer el respectivo control en el cumplimiento del objeto del contrato y expedir el recibo de cumplimiento a satisfacción. 2. Suministrar al CONTRATISTA todos aquellos documentos, información e insumos que requiera para el desarrollo de la actividad encomendada. 3. Prestar su colaboración para el cumplimiento de las obligaciones del CONTRATISTA. B. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS: 1. Pagar el valor total del contrato en los términos, condiciones y oportunidad descritos en el mismo. 2. Designar a quien ejercerá la supervisión y el control de ejecución del contrato, quien estará en permanente contacto con (el) la CONTRATISTA, para la coordinación de cualquier asunto que así se requiera. 3. Suscribir, a través del supervisor del control de ejecución del contrato, los documentos y actas que sean necesarias durante el desarrollo del contrato. 4. Informar de manera inmediata, acerca de cualquier circunstancia que amenace vulnerar los derechos del (a) CONTRATISTA, al igual que cualquier perturbación que afecte el desarrollo normal del contrato. 5. Guardar la confidencialidad y velar por la protección de los productos y servicios propuestos por el (la) CONTRATISTA cuando a ello hubiere lugar. 6. Brindar la información y documentación que el CONTRATISTA requiera para el adecuado cumplimiento y desarrollo del objeto. 7. Promover la articulación de la entidad territorial para la integración del departamento y sus contratistas de obra, y el interventor. CLÁUSULA 4 – INHABILIDADES, INCOMPATIBILIDADES y CONFLICTO DE
INTERESES: El CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad de juramento, que se considera prestado con la firma del presente contrato, no encontrarse incurso/a en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad del orden constitucional y legal y en especial las señaladas en los artículos 8 y 9 de la Ley 80 de 1993, Ley 1474 de 2011, Ley 1778 de 2016, de existencia de la restricción contenida en el artículo 183 de la Ley 1801 de 2016 y demás disposiciones vigentes sobre la materia, ni ser responsable fiscalmente en virtud de lo señalado en la Ley 610 de 2000 y demás disposiciones vigentes que las regulan para ejecutar. Igualmente manifiesta no encontrarse en situación alguna de conflicto de intereses definida en la Ley, la jurisprudencia y en los documentos que anteceden a este contrato. CLÁUSULA 5 – VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: El valor del presente contrato, corresponde a la suma de XXXXXXXXXX MILLONES XXXXXXXXXXXXXX PESOS M/CTE ($XXXXXXXXXX) pagaderos a razón
de: a) Los costos directos de personal por mensualidades vencidas de servicio de interventoría, previa la elaboración de informe y recibo a entera satisfacción del Supervisor, factura y/o documento equivalente debidamente diligenciado; constancia de encontrarse x xxx y salvo en seguridad social y/o parafiscales; certificación expedida por parte del Supervisor designado. Para el último pago se requiere acta de liquidación final.
b) COLDEPORTES reconocerá al contratista los OTROS COSTOS DIRECTOS definidos en el formulario de la propuesta como gastos reembolsables por causaciones mensuales en los que se reconocerá el valor de la factura presentada por el Contratista afectada por el factor de administración. NOTA 1: En el valor se entienden incluidos los costos directos e indirectos que ocasione la ejecución del contrato. NOTA 2: El contratista deberá presentar para cada pago, la factura, constancia de pago de aportes a la seguridad social, parafiscales (SENA, ICBF, Cajas de Compensación Familiar, etc.), riesgos profesionales, cuando corresponda, y demás documentos requeridos para el pago de la cuenta de cobro. El contratista deberá garantizar que el personal contrato se encuentre afiliado y al
día en pago al sistema de seguridad social integral y cancelar aportes parafiscales, a todo el personal que vincule para el desarrollo del contrato, cuando el vínculo sea por relación laboral, y/o verificar y aportar los pagos al sistema de seguridad social y para fiscales cuando el personal contratado sea por otro tipo de contrato legal vigente, cuando aplique. En todo caso, los pagos estarán sujetos a los desembolsos de la Dirección xxx Xxxxxx Nacional y a la correspondiente programación del PAC. CLÁUSULA 6 – IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: Para atender el compromiso adquirido en este contrato, los pagos se harán con cargo al presupuesto asignado a COLDEPORTES de conformidad a:
CDP | FECHA | VALOR | RUBRO |
7819 | 17 de enero de 2019 | $2.288.649.620 | C-4302-1604-17-0-4302071-02 |
El anterior Certificado de Disponibilidad Presupuestal fue expedido por el Coordinador del GIT de Gestión Financiera y Presupuestal de COLDEPORTES.
CLÁUSULA 7 – PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo de ejecución del presente contrato será por el término de siete (7) meses días contados a partir de la fecha del Acta de Iniciación que suscriba el CONTRATISTA seleccionado y el respectivo Supervisor, sin que por ningún motivo supere el 31 de diciembre de 2019. CLÁUSULA 8 – LUGAR DE EJECUCIÓN Para todos los efectos legales el lugar de ejecución del contrato serán el Distrito de Cartagena de Indias, y los municipios xx Xxxxxx, Magangué, Xxxxxx xx Xxxxxxx y Turbaco en el departamento xx Xxxxxxx. CLÁUSULA 9- SUPERVISIÓN: La supervisión del contrato será ejercida de conformidad con lo establecido en las leyes vigentes aplicables a la materia, principalmente los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011, Manual de Contratación, Manual de Supervisión, expedidos por COLDEPORTES, y lo demás que lo complementen o modifiquen. La supervisión estará a cargo del Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Programas y Proyectos Deportivos de la Dirección Técnica de Posicionamiento y Liderazgo Deportivo o la persona que designe el ordenador del gasto. CLÁUSULA 10 – GARANTÍAS: Para la presente contratación y como requisito previo a la iniciación del contrato, se hace necesaria la constitución, a cargo del CONTRATISTA y a favor de COLDEPORTES como beneficiario, las siguientes garantías:
A. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: Duración del contrato y 6 meses a partir de la terminación del contrato. B. CALIDAD DEL SERVICIO: Por el diez (10%) del valor total del contrato. La vigencia será igual al plazo del contrato y cuatro (4) meses más. C. PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES LEGALES E INDEMNIZACIONES LABORALES: Por el Cinco (50%) del valor total del contrato. La vigencia será igual al plazo del contrato y tres (3) años más. PARÁGRAFO PRIMERO: Esta garantía será otorgada a favor del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre – COLDEPORTES identificado con NIT. No. 899.999.306-8, y como tomador el nombre del contratista. PARÁGRAFO SEGUNDO: La garantía y sus anexos deberán estar firmados por el garante y el tomador, esto es, por el contratista. PARÁGRAFO TERCERO: El CONTRATISTA deberá hacer entrega del original de esta garantía a la Entidad dentro de los dos días siguientes a la suscripción del contrato, posteriormente será aprobada por la Entidad, de acuerdo con lo señalado en el inciso segundo del artículo 41 de la Ley 80 de 1993 y será condición para suscribir el acta de inicio. PARÁGRAFO CUARTO: El CONTRATISTA se comprometerá a ampliar, modificar o prorrogar la garantía única de cumplimiento, en el evento que se aumente el valor del contrato o se prorrogue o suspenda su vigencia, de acuerdo al artículo 2.2.1.2.3.1.18 del Decreto 1082 de 2015. PARÁGRAFO QUINTO: El CONTRATISTA se obliga a mantener indemne a la Entidad frente a cualquier reclamación proveniente de terceros que tenga como causa las actuaciones del CONTRATISTA. PARAGRAFO SEXTO: Las garantías podrán revestir cualquier modalidad admisible conforme a lo señalado por el decreto 1082 de 2015 y demás decretos reglamentarios y demás normas que lo adicionen, modifiquen o sustituyan. El consultor deberá mantener las garantías, en plena vigencia y validez por los términos expresados en el contrato y deberá pagar las
primas y demás gastos necesarios para constituirlas, mantenerlas, prorrogarlas o adicionarlas. CLÁUSULA 11 – TERMINACIÓN, MODIFICACIÓN E INTERPRETACIÓN
UNILATERAL DEL CONTRATO: COLDEPORTES puede terminar, modificar y/o interpretar unilateralmente el contrato, de acuerdo con los artículos 15 a 17 de la Ley 80 de 1993, cuando lo considere necesario para que el CONTRATISTA cumpla con el objeto del presente Contrato. CLÁUSULA 12 – RESPONSABILIDAD DEL CONSULTOR: En los términos de la normatividad vigente, además de las sanciones, penales, disciplinarias, fiscales o administrativas a que hubiere lugar, el Consultor será responsable frente a COLDEPORTES de los perjuicios originados por el deficiente desempeño de las actividades y obligaciones previstas en el contrato y demás documentos que lo integran. CLÁUSULA 13 – MULTAS: En caso de incumplimiento (incumplimiento x xxxx total o parcial) de cualquiera de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA derivadas del presente contrato, COLDEPORTES puede adelantar el procedimiento establecido en la ley e imponer las siguientes multas: Las partes acuerdan que en caso xx xxxx o retardo en el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones señaladas en el contrato a cargo del CONTRATISTA y como apremio para que las atienda oportunamente, EL CONTRATISTA pagará a favor XXXXXXXXXXX multas equivalentes al uno por ciento (1%) del valor del contrato por cada día de retraso en el cumplimiento de sus obligaciones, esto sin sobrepasar del veinte por ciento (20%) del valor del contrato. El valor de la multa se establecerá desde el día en que se debió cumplir la obligación hasta la fecha en que termine el incumplimiento, independientemente que durante este interregno se esté surtiendo un procedimiento sancionatorio de los establecidos en la Ley 1474 de 2011 artículo 86. EL procedimiento para el establecimiento y aplicación de las multas será el dispuesto en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011 o las normas que la modifiquen o sustituyan. Para el caso de incumplimiento definitivo de cualquiera de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, se estipula una cláusula penal pecuniaria equivalente al 10% del valor total del contrato. CLÁUSULA 14 – CLÁUSULA PENAL: En caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento total o parcial de las obligaciones del presente Contrato, EL CONTRATISTA debe pagar a COLDEPORTES a título de indemnización, una suma equivalente al 10% del valor del contrato. El valor pactado de la presente cláusula penal es el de la estimación anticipada de perjuicios, no obstante, la presente cláusula no impide el cobro de todos los perjuicios adicionales que se causen sobre el citado valor. Este valor puede ser compensado con los montos que COLDEPORTES adeude al CONTRATISTA con ocasión de la ejecución del presente contrato, de conformidad con las reglas del Código Civil. CLÁUSULA 15 – INDEPENDENCIA DEL CONTRATISTA: EL(A) CONTRATISTA es independiente de
COLDEPORTES, y en consecuencia no es su representante, agente o mandatario. El CONTRATISTA no tiene la facultad de hacer declaraciones, representaciones o compromisos en nombre de COLDEPORTES, ni de tomar decisiones o iniciar acciones que generen obligaciones a su cargo, a menos que expresamente así se indique en el objeto y obligaciones del contrato. CLÁUSULA 16 – CESIONES: El CONTRATISTA no puede ceder parcial ni totalmente sus obligaciones o derechos derivados del presente contrato sin la autorización previa, expresa y escrita de COLDEPORTES. CLÁUSULA 17
– INDEMNIDAD: El CONTRATISTA se obliga a mantener indemne a COLDEPORTES de
cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros que tengan como causa sus actuaciones hasta por el monto del daño o perjuicio causado y hasta por el valor del presente contrato. El CONTRATISTA mantendrá indemne a la Entidad Estatal Contratante por cualquier obligación de carácter laboral o relacionado que se originen en el incumplimiento de las obligaciones laborales que el CONTRATISTA asume frente al personal, subordinados o terceros que se vinculen a la ejecución de las obligaciones derivadas del presente Contrato. CLÁUSULA 18 – CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR: Las partes quedan exoneradas de responsabilidad por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones o por la demora en la satisfacción de cualquiera de las prestaciones a su cargo derivadas del presente contrato, cuando el incumplimiento sea resultado o consecuencia de la ocurrencia de un evento de fuerza mayor y caso fortuito
debidamente invocadas y constatadas de acuerdo con la ley y la jurisprudencia colombiana. CLÁUSULA 19 – SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Las partes contratantes en caso de controversias contractuales buscarán solucionar en forma ágil, rápida y directa las diferencias y discrepancias surgidas de la actividad contractual a través de los mecanismos de solución previstos por la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007, de conformidad con la naturaleza y cuantía del asunto. CLÁUSULA 20 - ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos: 1. Los estudios y documentos previos. 2. El plan de cargas y trabajo y demás anexos técnicos. 3. Pliego de condiciones. 4. Propuesta presentada por el contratista seleccionado. 5 Las actas, acuerdos, informes y documentos precontractuales o que se llegaren a suscribir entre las partes. 6. Certificado de disponibilidad presupuestal. CLÁUSULA 21 – LIQUIDACIÓN: El presente contrato requiere liquidación, y se liquidará dentro de los 4 meses siguientes a su terminación, de conformidad con lo estipulado en el artículo 60 de la Ley 80 de 1993 modificado por el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007. CLÁUSULA 22- PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato requiere para su perfeccionamiento de la firma de las partes y para su ejecución requiere de la expedición del registro presupuestal correspondiente y la suscripción de acta de inicio. CLÁUSULA 23 - CONFIDENCIALIDAD En caso de que exista información sujeta a alguna reserva legal, las partes deben mantener la confidencialidad de esta información. Para ello, debe comunicar a la otra parte que la información suministrada tiene el carácter de confidencial. Para el efecto el consultor, mantendrá la información a que tenga acceso de forma indirecta o directa, relacionada con los proyectos objeto del presente contrato de consultoría, en absoluta reserva y secreto, brindando a la misma el carácter confidencial que tiene mientras este no vulnere el derecho a la información pública dispuesto en la Ley, esto para no permitir el manejo inadecuado por parte de personas no autorizadas. Para el efecto, el consultor se abstendrá de utilizar la información entregada y que conocerá de primera mano, para fines distintos a los propósitos para la cual fue entregada por la entidad. CLÁUSULA 24 - DOMICILIO CONTRACTUAL: Para todos los efectos legales el domicilio contractual será la ciudad de Bogotá D.C. CLÁUSULA 25 – DECLARACION ACEPTACION CONTRATO: El interventor manifiesta libremente que ha leído los términos del presente contrato, que durante el desarrollo del concurso de méritos realizó los comentarios y observaciones que consideró pertinentes, y con la presentación de su oferta, consideró que las condiciones contractuales establecidas y publicitadas por COLDEPORTES, son adecuadas y suficientes para atender sus inquietudes. Igualmente declara que en los términos de la Ley 80 de 1993, expuso sus inquietudes a COLDEPORTES en aquellos apartes que no le fueron claros y con la presentación de la propuesta tales apartes fueron debidamente aclarados de manera que para él en el presente contrato, no hay apartes que considere confusos o que perjudiquen su ejecución. El contratista acepta los términos y condiciones del contrato, en la medida que los conoce, ha revisado y estudiado con detenimiento en todos y cada uno de los apartes y componentes que son de su interés, esto igualmente aplicable a los documentos que integran y anteceden al presente contrato. CLÁUSULA 26– COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS: En armonía con la utilización de las tecnologías de la información disponibles, y lo dispuesto en la Ley 1437 de 2011, los participantes y el contratista seleccionado al generase el perfeccionamiento del contrato a celebrar, autoriza a COLDEPORTES a generar comunicaciones inter-partes mediante la utilización de medios electrónicos, esto para la realización de comunicaciones, requerimientos, notificaciones y similares, esto al correo electrónico que se identifica en cualesquiera de los documentos que integren la propuesta, o al correo electrónico que está exhibido primeramente en su página web, matricula mercantil, certificado de existencia y representación legal, RUT, o similar o en su directorio. Respecto a lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 1437 de 2011, los proponentes y el contratista seleccionado aceptan con la presentación de su oferta, que notificaciones generadas con ocasión de la selección del contratista o el perfeccionamiento del contrato, o derivadas de cualquier actuación administrativa
vinculada o relacionada al mismo, sea realzada utilizando el medio electrónico indicado en la regla anterior. Para constancia, se firma en Bogotá D.C. a los
POR COLDEPORTES, POR EL CONTRATISTA,
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
Secretaría General CONTRATISTA
Xx.Xx: | Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxx – Contratista Secretaría General | Firma |
Revisó: | Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx – Coordinadora G.I.T de Contratación | Firma |
Proyectó: | Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx – Profesional Especializado G.I.T. de Contratación | Firma |