Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE ANIMALES ABANDONADOS, VAGABUNDOS O EXTRAVIADOS, RETIRADA, TRANSPORTE Y TRATAMIENTO DE ANIMALES MUERTOS Y CONTROL DE COLONIAS FELINAS EN EL ÁMBITO PÚBLICO DEL MUNICIPIO XX XXXXX.-
1. OBJETO DEL CONTRATO.
El presente documento tiene por objeto establecer las condiciones técnicas que han de regir la contratación de los servicios de recogida de animales abandonados o extraviados, la retirada, transporte y tratamiento de animales muertos y control de colonias felinas en todo el municipio xx Xxxxx.
El adjudicatario deberá realizar todas aquellas labores que se establezcan como obligaciones municipales en relación con los servicios descritos a contratar, en las siguientes disposiciones:
- La Ley 1/2000, de 11 de febrero, de modificación de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos.
Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I
- La Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos.
- El Decreto 44/1991, de 30 xx xxxx, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Protección de los Animales Domésticos, de 1 de febrero de 1990.
- Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.
- Decreto 30/2003 de 13 xx xxxxx, por el que se aplica en la Comunidad de Madrid el Real Decreto 287/2002, de 22 xx xxxxx, y se crean los registros de perros potencialmente peligrosos
Serán igualmente atendidas cualesquiera disposiciones legales que en materia de protección animal fueran aplicables.
2. ÁMBITO DEL SERVICIO.
Los servicios a prestar y que son objeto del presente pliego de prescripciones técnicas, serán de aplicación en el ámbito público en todo el término municipal xx Xxxxx.
3. DESCRIPCIÓN DEL CONTRATO.
El servicio afectará a la recogida de animales abandonados, vagabundos o extraviados, retirada, transporte y tratamiento de animales muertos y control de colonias felinas en el ámbito público del municipio xx Xxxxx.
Asimismo, el servicio contemplará el control de colonias felinas que se prestará de forma continuada y con base en la necesaria planificación que permita al adjudicatario el debido cumplimiento de sus obligaciones y la garantía de eficacia en el servicio.
El adjudicatario aportará números de teléfonos fijo y móvil u otros sistemas de comunicación que estarán operativos las 24 horas del día, con el fin de estar en contacto permanente con el Ayuntamiento xx Xxxxx.
4. CONDICIONES Y REQUISITOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. CRITERIOS DE ADMISIÓN.
a) Las entidades concursantes deberán estar inscritas en el registro de la Dirección General de Agricultura y Alimentación de la Comunidad de Madrid relativo a centros de alojamiento de animales.
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b) Las entidades concursantes deberán estar autorizadas por dicha Dirección General para el ejercicio de la actividad de recogida y centro de alojamiento de animales abandonados o, en su defecto, ser entidad colaboradora con la autoridad competente.
c) Las entidades concursantes deberán además disponer de las siguientes licencias o autorizaciones:
- Autorización y número de núcleo zoológico donde se alojan los animales por la autoridad competente.
- Autorización para los vehículos que transportan los animales por la autoridad competente.
- Autorización para la eliminación de cadáveres por la autoridad competente.
- Cualesquiera otras licencias o permisos exigibles por la normativa vigente en el ámbito de las obligaciones del adjudicatario.
d) Xxxxxxx realizar un programa de actuación y procedimiento para la recogida y manejo de animales vivos abandonados, vagabundos y extraviados, poniendo todos los medios en recogida de animales asustadizos, así como de recogida, manejo y eliminación de mascotas muertas.
e) Deberán presentar un programa concreto de protección animal, en el que conste la metodología de la limpieza, alimentación, cuidados y alojamiento, asistencia psicológica y terapeuta a animales traumatizados y con problemas de conducta, así como un protocolo en dicho programa para la esterilización de perros y gatos, asistencia veterinaria individualizada, de asistencia veterinaria colectiva y para evitar la transmisión de enfermedades infectocontagiosas.
f) Xxxxxxx presentar un programa de “sacrificio cero” en el que garanticen la vida de los animales, no pudiendo sacrificar animales sanos, ni animales enfermos o accidentados que puedan curarse y tener una calidad de vida aceptable con un tratamiento veterinario adecuado. En dicho programa también deberán especificar una campaña permanente de adopciones de los animales, en el que esté incluido una página web, figure personal especializado en gestión de adopciones, y tenga colaboración directa con entidades dedicadas a la protección animal.
g) Deberán presentar un programa de control veterinario de colonias felinas mediante el método CES (captura-esterilización-suelta), así como, cuidado, alimentación en su caso, mantenimiento y gestión de las distintas colonias felinas del municipio.
h) Xxxxxxx demostrar y acreditar con un informe oficial las cantidades de adopciones y eutanasias de los animales recogidos. Las eutanasias no podrán superar el porcentaje del 7% sobre las adopciones y deberán tener una experiencia demostrada mínima de 3 años consecutivos en protección animal.
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i) Deberán contar con personal especializado y con vocación en la protección animal, en el que prime su interés por proporcionar los mejores cuidados a los animales, se valorará experiencia demostrada, conocimientos y sus distintas titulaciones de asistencia veterinaria, educación y adiestramiento, peluquería, etc…
j) Xxxxxxx contar con un convenio con una clínica veterinaria de 24 horas para las urgencias, a fin de atender sanitariamente a los animales que se recojan gravemente enfermos o accidentados y que necesiten de atención veterinaria inmediata o de hospitalización urgente.
k) El adjudicatario estará obligado a constituir una póliza de seguros que cubra la responsabilidad civil, por un importe mínimo de 300.000 €, derivada de los daños y perjuicios que pudiera producir como consecuencia de la prestación del servicio. Realizada la adjudicación, y notificada ésta el contratista, deberá presentar ante el Responsable del contrato, en un plazo no superior a diez días, la póliza de seguro indicada, debidamente suscrita.
5. SERVICIO DE RECOGIDA DE ANIMALES Y CONTROL DE COLONIAS FELINAS.
5.1 RECOGIDA DE ANIMALES EXTRAVIADOS, VAGABUNDOS O ABANDONADOS.
Se realizará la recogida de todos los animales domésticos que se encuentran abandonados, vagabundos o extraviados en el municipio xx Xxxxx a través de los avisos que realicen tanto los vecinos del municipio, como los servicios municipales. No obstante, la conformidad municipal para la realización del servicio se enviará a través de correo electrónico o fax, por lo que la entidad adjudicataria tendrá que tener a disposición estas vías para llevarlo a cabo.
Si algún ciudadano avisa de algún servicio de recogida directamente a la entidad adjudicataria, éste será remitido a la Concejalía de Medio Ambiente o a Policía Local xx Xxxxx para que se conceda la consiguiente autorización y dar el aviso con el fin de gestionar la realización del servicio.
La Concejalía de Medio Ambiente será la que autorice los avisos de recogida de animales y cuando sea fuera del horario del Ayuntamiento xx Xxxxx lo hará la Policía Local.
El horario de recogida será de 10 a 18 horas todos los días de la semana, excepto xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos, y se deberá realizar en el mismo día que se da el aviso. Fuera de este horario, para los animales no considerados urgencias, el Ayuntamiento tiene habilitado una jaula donde serán alojados hasta que se den los correspondientes avisos y la entidad adjudicataria pase a retirarlos dentro de su horario en el mismo día del aviso.
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Para los casos urgentes, el tiempo de respuesta será inmediato, no excediendo éste de una hora, durante las 24 horas del día, los 365 días del año. Estará supervisado por una patrulla de Policía Local, que comprobará previamente la gravedad de la situación para inmediatamente avisar al adjudicatario por teléfono, enviando su correspondiente autorización. Serán consideradas como verdaderas urgencias, aquellos perros o gatos que estén gravemente heridos, accidentados o con serio riesgo sanitario, así como, los animales que hayan mordido y causado alguna lesión grave a personas.
Para la recogida de animales se extremarán las medidas de seguridad necesarias utilizándose sistemas autorizados y homologados para su captura. Durante el proceso de recogida y transporte de los animales se les mantendrá en condiciones compatibles con los imperativos biológicos de su especie y serán tratados y atendidos cuidadosamente.
Para aquellos animales más difíciles de capturar será necesario que el adjudicatario disponga de jaulas- trampa, cerbatanas y personal especializado. Asimismo, para los animales enfermos o accidentados deberán disponer de camilla, trasportines y un botiquín de urgencias.
Para aquellos animales recogidos que se encuentran identificados con microchip, se solicitará los datos de los propietarios al RIAC, y de acuerdo con la legislación vigente se les requerirá para que sean debidamente devueltos a sus propietarios. Para aquellos propietarios que no retiren a sus animales en los plazos legales establecidos se efectuará, por parte de la entidad adjudicataria, los correspondientes trámites administrativos para denunciarles por abandono.
5.2 RECOGIDA, TRANSPORTE Y TRATAMIENTO DE ANIMALES MUERTOS.
Se realizará la recogida de todos los animales muertos en el municipio xx Xxxxx a través de los avisos que realicen tanto los vecinos del municipio, como los servicios municipales, procediendo de inmediato a su recogida. El tiempo máximo para ello se establece en 90 minutos.
El traslado del animal muerto se efectuará en tiempo y forma adecuada, a través del vehículo asignado por la empresa para estas ocasiones. El animal muerto será transportado con la mayor brevedad posible a la planta de tratamiento autorizada para su gestión correspondiente. En caso contrario será mantenido en cámara frigorífica de la empresa adjudicataria hasta su traslado a la planta autorizada.
El adjudicatario dispondrá de un registro de entradas y salidas de animales muertos, detallando fecha, hora, lugar de recogida y características del animal.
El adjudicatario ofrecerá a los ciudadanos información acerca de la forma de eliminación de animales muertos cuando estos tengan propietario y fallezcan en el domicilio, informando al mismo tiempo de la obligatoriedad de dar de baja el mismo en el censo municipal de animales domésticos
5.3. CONTROL DE COLONIAS FELINAS.
El control veterinario y poblacional de todas las colonias felinas del municipio se hará mediante el método CES (captura-esterilización-suelta), así como, el cuidado, control sanitario de infecciones , prevención de enfermedades, alimentación en su caso, mantenimiento y gestión de las distintas colonias felinas del municipio.
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6. CUIDADOS, MANTENIMIENTO Y SERVICIOS VETERINARIOS DE LOS ANIMALES RECOGIDOS.
La entidad adjudicataria deberá garantizar el siguiente protocolo para el manejo, atención, cuidados, limpieza, mantenimiento y servicios veterinarios de los animales abandonados recogidos xx Xxxxx en sus instalaciones:
1. Control de registro de entrada de los animales abandonados recogidos, donde cada animal tendrá una ficha individual, donde conste la fecha de ingreso, especie, su nuevo nombre, raza, sexo, edad aproximada, capa y color, número de identificación en su caso, lugar de procedencia, causa del ingreso y foto. Asimismo, en dicha ficha también constará el protocolo veterinario que se le realiza con la fechas de sus correspondientes tratamientos veterinarios, desparasitaciones, vacunaciones, analíticas, etc…Desde la Concejalía de Medio Ambiente del Ayuntamiento xx Xxxxx se podrá supervisar cuando así se requiera las fichas de los animales recogidos en Pinto.
2. Chequeo o revisión externa del estado de salud general y lectura de microchip. En el caso de que el animal esté identificado, se localizará al propietario para que proceda a su retirada, en caso de que el animal no sea retirado por su propietario, éste se considerará abandonado y se procederá al trámite del correspondiente expediente sancionador.
3. Desparasitación interna y externa, recién recogido el animal.
4. A cada animal nuevo que llegue al centro se le realizará una sesión fotográfica, de cuerpo entero y cara, a fin de incluir las mismas en la ficha del animal, siendo igualmente necesarias para el programa de adopción y colgarlas en las correspondientes webs.
5. Salida diaria y a primera hora de la mañana de los perros de sus cheniles a la zona de recreo para su esparcimiento, donde tendrán agua limpia y fresca para beber, con lo que las jaulas quedan libres para su posterior limpieza.
6. Limpieza y desinfección diaria del chenil de cada animal con los productos adecuados, tales como lejías, detergentes, desinfectantes especializados, etc.. y en el caso de los perros ya estén guardados en sus jaulas se procederá a la limpieza y desinfección de los patios de recreo
7. Limpieza y desinfección diaria de forma muy intensa y exhaustiva de las instalaciones de cachorros, habitáculos de cuarentena y animales enfermos.
8. Limpieza y desinfección de los accesorios de los animales, camas y su ropa, comederos, bebederos, areneros, juguetes, etc…
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9. Analítica sanguínea de las enfermedades más importantes, según la especie y al día de su llegada al albergue.
10. Separación y distribución de las comidas, con una dieta especial según las características o necesidades de cada animal y con las calorías necesarias, tanto en pienso seco como húmedo según proceda.
11. Limpieza y cuidados diarios o semanales del pelaje, bien con cepillado, baños o corte de pelo, según cada caso y de acuerdo con las características específicas de cada animal.
12. Separación o unión en el mismo chenil de los animales, según el carácter, tamaño, edad o estado de salud, para evitar problemas de relación entre ellos.
13. Se administrará los medicamentos prescritos por el veterinario a aquellos animales enfermos o accidentados con posibilidad de curación que necesiten tratamiento.
14. Pasado el periodo de cuarentena, a los perros y gatos se les administrará una vacuna polivalente, con una segunda vacunación de refuerzo.
15. Pasado el periodo de vacunación, se procederá a la esterilización de todos aquellos animales mayores de seis meses.
16. Se atenderá directamente en la clínica veterinaria concertada aquellos animales recogidos accidentados o gravemente enfermos, con el fin de proporcionarles todos los
cuidados y asistencia necesarios para su total recuperación, incluso si necesitan cirugía o traumatología, así como hospitalización. El veterinario sacrificará, como último recurso, a los animales cuyas lesiones sean lo suficientemente graves que les impida tener una calidad de vida digna.
17. Se atenderá los problemas de conductas de aquellos animales con problemas psicológicos, de educación o traumatizados con un etólogo o especialista en psicología animal que como servicio externo esté concertado con la empresa adjudicataria para resolver satisfactoriamente cualquier tipo de problema derivado de una conducta inestable o problemática a fin de recuperar al animal y que pueda ser adecuadamente adoptado.
18. Una vez adoptado el animal, se le vacunará contra la rabia, se le instalará un microchip de identificación y se rellenará su cartilla de vacunación con los datos de su nuevo propietario y se realizará un contrato de adopción que garantice una tenencia responsable del animal por el adoptante, anotando todo ello en el registro de salida y en la ficha de cada animal.
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7. GESTIÓN Y GARANTÍA DE ADOPCIÓN DE LOS ANIMALES RECOGIDOS.
De acuerdo con el cumplimiento del programa de adopción que la entidad adjudicataria tendrá que presentar en el que este incluido el objetivo de conseguir “sacrificio cero” y en el que se garantice la vida de los animales, se deberá especificar expresamente que no se podrá sacrificar animales sanos, ni animales enfermos o accidentados que puedan curarse y tener una calidad de vida aceptable con un tratamiento veterinario adecuado. En dicho programa también deberán especificar una campaña permanente de adopciones de los animales, en el que esté incluido una página web, personal especializado en gestión de adopciones, divulgación varia y tenga colaboración directa con entidades dedicadas a la protección animal.
8. PRESENTACIÓN DE INFORMES Y PARTES TRIMESTRALES.
Con carácter trimestral y anual la entidad adjudicataria deberá remitir un informe que de acuerdo al registro de entradas y salidas de animales que sean recogidos del municipio xx Xxxxx deberá de constar el número total de animales recogidos cada mes, especificando perros y gatos, y si están identificados o no. Igualmente, deberá constar mensualmente el número de animales que han salido especificando la causa de la salida, con el total de adoptados, eutanasiados, muertos, devueltos a propietarios y otras causas. Asimismo, una relación con todas las actuaciones veterinarias realizadas a los perros y gatos, así como el número total de esterilizaciones e incidencias sanitarias o tratamientos curativos. Se aportará igualmente informe trimestral y anual del control de colonias felinas realizado.
El informe anual se realizará con los datos relacionados anteriormente de los partes trimestrales constando la suma total de los 12 meses del año correspondiente presentados en los partes trimestrales.
9. RECURSOS MATERIALES Y HUMANOS.
9.1. El adjudicatario del contrato para la prestación de los servicios de recogida de animales abandonados o extraviados, así como para la retirada, transporte y tratamiento de animales muertos y el control de colonias felinas en el municipio xx Xxxxx, dispondrá de las instalaciones adecuadas para el alojamiento de los animales de acuerdo con las necesidades fisiológicas y etológicas de los mismos. Contará con un número adecuado de jaulas para perros y gatos teniendo en cuenta el número de animales del municipio.
Las instalaciones se mantendrán en todo momento en las condiciones higiénico-sanitarias adecuadas para el mantenimiento de los animales y la adecuada prestación del servicio.
En la memoria técnica se indicará los medios de que dispone o que dispondrá para la prestación del servicio que al menos serán:
- Para la captura de animales difíciles: Lazos, bozales, cerbatana, jaula-trampa para perro y jaula-trampa para gato
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- lector de microchip.
- 10 Transportines de todos los tamaños, para el transporte de los animales.
- 2 teléfonos móviles.
- Equipamiento adecuado para el diferente personal: botas, ropa especializada, mascarillas, impermeables, guantes, etc…
- Bolsas especiales para la recogida de cadáveres.
- Arcón-congelador para los cadáveres.
- Utensilios y productos de limpieza y mantenimiento.
- Utensilios para los animales, como collares, correas, bozales, comederos, bebederos, areneros, cepillos, camas y mantas, etc...
- Soporte logístico informático.
- Equipamiento de enfermería y quirófano, y su correspondiente instrumental completo para cirugías y curas, así como botiquín de urgencias y xxxxxxx.
- Vehículos: Se necesitará al menos de una furgoneta especialmente acondicionada para trasladar animales, vivos y muertos.
9.2. El licitador declarará responsablemente disponer del personal necesario para realizar el servicio eficazmente, de acuerdo con las directrices descritas en el presente Pliego de Condiciones. Además como criterio de admisión deberá acreditar que cuenta entre sus medios personales con los siguientes medios humanos que no tendrán relación laboral alguna con el Ayuntamiento xx Xxxxx:
9.2.1. Encargado del Albergue: que se encargará de la organización y supervisión de la limpieza del centro, de la atención telefónica y personal al público, atención sanitaria de los animales, sesiones fotográficas de los animales, control de registro de entradas y salidas de animales, ayudante del veterinario, ayudante del etólogo, control de suministros (medicamentos, desinfección, alimentación,
etc.) y gestión del programa de adopción.
9.2.2. Veterinario: que se encargará de la revisión sanitaria de los animales, sacar muestras sanguíneas a los animales, realización de tests sanguíneos de las enfermedades más comunes de los animales, diagnóstico y seguimiento de los animales convalecientes, cirugías menores de los animales, esterilizaciones, desparasitaciones, vacunaciones, implantaciones de microchips y emisión de documentación e informes veterinarios. Se deberá acreditar que cuenta entre sus medios personales con un profesional con el título de Licenciado en Veterinaria con el carnet de colegiado.
9.2.3. Lacero y servicios: que se encargará de la retirada de animales vivos de la vía pública, de la retirada de animales muertos de la vía pública, del traslado de animales enfermos a las clínicas veterinarias concertadas, servicio de recogida de animales en horario de urgencias, compra, transporte y descarga de suministros (desinfectantes, piensos, medicamentos, muestras a laboratorios, etc.), traslado de cadáveres al centro de incineración, mantenimiento y limpieza del vehículo de servicio.
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9.2.4. Auxiliar de limpieza: que se encargará de la limpieza de cheniles de perros, limpieza de gateras, limpieza del resto de las instalaciones, tanto interiores (habitaciones, enfermería, baño, lavandería, almacenes...), como exteriores (patios y otros), preparación de la alimentación de los animales, cepillado de los animales, limpieza de accesorios de los animales (comederos, bebederos, areneros, etc), lavandería (lavar, tender la ropa de los animales y almacenarla) y organización del material de los almacenes.
9.2.5. Administrativo: que se encargará de los informes trimestrales de entrada y salida de los animales, de los informes anuales de la gestión del servicio, tratamiento de fotografías de animales, contabilidad, labores de oficina (facturación, archivo, correspondencia, mantenimiento de la página web, correo electrónico, documentación de administraciones, atención de gestoría…).
9.2.6. Director Coordinador: que se encargará de la elección y coordinación del personal, de la supervisión y organización del trabajo del personal, supervisión del centro de protección animal, atención telefónica y asesoramiento especializado a los ciudadanos, relaciones públicas, cooperación y organización con la Concejalía de Medio Ambiente del Ayuntamiento xx Xxxxx, xxxxxxxxxxxx de informes, propuestas y facturas, coordinación de campañas de adopción y de las campañas de esterilización.
10. INSPECCIÓN DEL SERVICIO.
El Ayuntamiento xx Xxxxx podrá realizar cuantas visitas de inspección estime oportunas para el buen desarrollo del servicio.
11. PRESENTACIÓN DE OFERTAS.
Las ofertas deberán presentar, entre otros, los siguientes documentos:
- Memoria descriptiva de los trabajos a realizar tal como se indica en el presente Xxxxxx, incluyendo medios humanos y materiales.
- Documentación acreditativa de la Capacidad Técnica adecuada.
12. DURACIÓN DEL CONTRATO.
El plazo de duración del contrato será de un (1) año no prorrogable.
13. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, FACTURACIÓN Y REVISIÓN DEL IPC.
El importe del presente contrato se establece en 35.400,00.- € anuales (IVA incluido). Importe = 30.000,00.- €
18% IVA = 5.400,00.- €
Total = 35.400,00 €
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14. REVISIÓN DE PRECIOS.
No procede
15. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
El Ayuntamiento xx Xxxxx adjudicará el procedimiento a la proposición más ventajosa, valorándose los siguientes criterios:
A. VALORACÍÓN TÉCNICA DE ASPECTOS RELACIONADOS CON EL SERVICIO OFERTADO.- Se asigna hasta un máximo de 30 puntos. Se puntuará y distribuirá esa puntuación como sigue:
• Compromiso escrito (declaración jurada) de gestión y realización del servicio respondiendo a criterios de Protección y respeto animal…… 5 puntos.
• Compromiso escrito (declaración jurada) de minimización del número de eutanasias……… 4 puntos.
• Compromiso escrito (declaración jurada) de maximización del número de adopciones …….4 puntos.
• Proximidad x Xxxxx. Se asignará hasta un máximo de 6 puntos
(Si las instalaciones del adjudicatario se sitúan hasta 30 km xx Xxxxx se asignará 6 puntos. Si las instalaciones del adjudicatario se sitúan entre 30 y 35 km xx Xxxxx se asignará 4 puntos. Si las instalaciones del adjudicatario se sitúan a más de 35 km xx Xxxxx o más, se asignará 2 puntos.) 0 – 6 puntos
• Convenios de colaboración suscritos por el adjudicatario con asociaciones de protección animal (a razón de 3 puntos por cada convenio y hasta un máximo de 6 puntos)……0 – 6 puntos.-
• Otras mejoras en la prestación del servicio no incluidas en el pliego de condiciones técnicas (a razón de 1 punto por cada mejora adicional y hasta un máximo de 5 puntos) 0 – 5 puntos.
B. MEJOR OFERTA ECONÓMICA
Valoración de la oferta más ventajosa en materia económica.- Se asignará hasta un máximo de 70 puntos.- Para la estimación de los puntos obtenidos por cada licitador se aplicará la fórmula que se indica y que es una regla de tres sencilla proporcional al porcentaje de baja. Se le asigna la máxima puntuación a la mayor baja. Primero se calculan los porcentajes de baja para cada oferta.
O x PM
P = -----------------------
BM
Donde:
P = Puntos obtenidos por cada licitador.-
O = Porcentaje de Baja Ofertada (de acuerdo con cada oferta).- PM = máxima Puntuación (en este caso 70 puntos)
BM = Mayor porcentaje de baja de entre todos los ofertados.-
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16. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
La prestación del servicio, objeto del presente contrato, no implica el tratamiento de datos de carácter personal, no obstante lo cual, la empresa adjudicataria y su personal están obligados a guardar secreto profesional respecto a los datos de carácter personal de los que haya podido tener conocimiento por razón de la prestación del contrato, obligación que subsistirá aún después de la finalización del mismo, de conformidad con el artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, de 13 de diciembre de 1999.
En Pinto, a 13 xx xxxxx de 2012 Fdo.: Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Técnico de Medio Ambiente