ANEXO N°137 - CANAL PERSONAS
ANEXO N°137 - CANAL PERSONAS
CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONIA FIJA
INALÁMBRICA –PREPAGO
Conste por el presente documento el contrato de prestación del servicio público de telecomunicaciones (el "Contrato") que celebran Entel Perú S.A. ("Entel"), con RUC No. 20106897914, domiciliada en Xx. Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx Xx. 000, Xxx Xxxxxx, Xxxx, y el cliente (el "Cliente") cuyos datos se consignan en la parte inferior del mismo, de acuerdo a los siguientes términos:
PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO
Entel se obliga a prestar al Cliente el servicio de telefonía fija a través de medios inalámbricos (el "Servicio") de acuerdo con lo dispuesto en el Contrato y sus anexos, dentro del área de cobertura xx Xxxxx.
Conjuntamente con el Servicio, el Cliente podrá utilizar el servicio de envío y recepción de mensajes cortos (SMS), de acuerdo a las tarifas establecidas en el plan tarifario contratado por el Cliente y a las condiciones de cobertura del Servicio.
SEGUNDA: OBLIGACIONES DEL CLIENTE
Son obligaciones del Cliente, además de las establecidas en la normativa vigente: (i) Utilizar adecuadamente y conforme al uso para el cual fue contratado el Servicio, así como a no realizar una utilización indebida o fraudulenta del mismo conforme al uso para el cual fue contratado el Servicio como ilegal landing, call back, by pass, abritraje, local breakout, entre otros recogidos en la normativa vigente. Queda establecido que el Cliente es el único responsable del uso que haga del Servicio contratado; (ii) Brindar a Entel información verdadera y fehaciente al momento de la contratación del Servicio. En caso Entel constate que la información otorgada por el Cliente en la contratación del cliente sea falsa podrá suspender el Servicio. En caso el Cliente no regularice la información brindada al momento de contratar el Servicio, se procederá a la baja del mismo resolviendo el Contrato; (iii) Utilizar el Servicio en la Dirección de Uso del Servicio indicada por el Cliente durante la contratación del mismo; (iv) Comunicar a Entel su cambio de Dirección de Uso del Servicio con una anticipación mínima de cinco (5) días hábiles, (v) Comunicar a Entel el robo, hurto o extravío de los equipos requeridos para la prestación del Servicio, conforme a lo establecido en la cláusula quinta del presente Contrato.
TERCERA: PLAZO DEL CONTRATO
El Contrato se encuentra sujeto a plazo indeterminado.
CUARTA: CONTRAPRESTACIÓN
El uso del Servicio y/o de los otros servicios contratados será descontado del saldo disponible de las recargas efectuadas o de los bonos (bolsas) con los que cuente el Cliente.
QUINTA: HURTO, ROBO O PÉRDIDA DEL EQUIPO U OTRA CIRCUNSTANCIA EQUIVALENTE
En caso de suspensión del Servicio por hurto, robo, pérdida de Equipo u otra circunstancia equivalente el Cliente deberá reportar el hecho a Entel. El reporte podrá ser efectuado por el Cliente o el usuario del equipo terminal. De ser efectuado por el usuario, deberá indicar el número de identificación del abonado (DNI, carné de extranjería, pasaporte o RUC). Entel suspenderá el Servicio y bloqueará el Equipo de manera inmediata y entregará un código de bloqueo. Dicho código deberá ser entregado por el Cliente a Entel a fin de reportar la recuperación del Equipo, de ser el caso. La suspensión del Servicio por extravío, hurto o robo del equipo se realizará por un plazo máximo de treinta
(30) días calendarios. Una vez transcurrido dicho plazo, el Servicio será dado de baja.
SEXTA: GARANTÍA DEL EQUIPO
Entel garantiza el funcionamiento de los equipos que comercializa durante 12 meses y durante 6 meses para accesorios incluidos en el kit. Los plazos de garantía se calculan desde la fecha de compra, cubriendo la reparación sin costo de aquellos defectos originados por fallas de fabricación por el período antes mencionado.
Para hacer efectiva la garantía, el Cliente deberá presentar en el servicio técnico el equipo presuntamente averiado
así como los accesorios del kit, adjuntando la boleta/factura de compra. Los equipos que presenten defectos de fábrica, estando en garantía, y en el caso de no ser posible la reparación, serán cambiados por uno del mismo modelo o un equivalente que se encuentre en perfectas condiciones de funcionamiento.
Quedan excluidos de la garantía los equipos que presenten:
• Daños físicos como golpes, quiñes o evidencia de residuos líquidos.
• Defectos causados por el uso de accesorios no originales o no autorizados.
• Evidencia de manipulación por personal no autorizado o por el usuario.
En caso el equipo presente los problemas antes mencionados o se encuentre fuera del periodo de Garantía, el Cliente deberá asumir el costo de S/.35 por concepto de revisión y diagnóstico.
SÉPTIMA: CAUSALES DE SUSPENSIÓN DEL SERVICIO
Entel podrá suspender el Servicio contratado por el Cliente cuando el Cliente incurra en alguna de las causales de suspensión del Servicio contempladas en el TUO de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, u otras normas aplicables, de ser el caso. La suspensión se mantendrá hasta que cese la causal que la motiva. Asimismo, se encuentra facultado a suspender el Servicio en caso el Cliente utilice el mismo en un lugar distinto a la Dirección de Uso del Servicio indicada al momento de la contratación y no hubiese informado el cambio de la misma dentro del plazo establecido.
OCTAVA: CAUSALES RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Además de las causales establecidas en la normativa vigente y en el Contrato, Entel tendrá la facultad de resolver de pleno derecho y automáticamente el Contrato y sus anexos en caso que el Servicio del Cliente no tenga saldo mensual, ni presente tráfico saliente no gratuito, por un plazo de tres (3) meses consecutivos, sujetándose a la normativa vigente; y/o el Cliente incumpla con cualesquiera de las obligaciones adicionales a su cargo establecidas en el Contrato y sus anexos. Al resolverse el Contrato y sus anexos, Entel recuperará la libre disposición del o los números o claves de señal asignadas al Cliente, pudiendo ser asignadas a otro cliente o usuario xx Xxxxx, de acuerdo a lo establecido en las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones.
NOVENA: CESIÓN DEL CONTRATO
Entel podrá ceder, traspasar en forma total o parcial los derechos u obligaciones del Contrato y demás documentos contractuales suscritos por el Cliente. A dicho efecto el Cliente presta en forma previa y expresa su conformidad.
DÉCIMA: RESPONSABILIDAD
Entel no garantiza la calidad de su señal en lugares como sótanos, cerros o cualquier otro lugar en el que la altura o la infraestructura puedan dificultar la transmisión y recepción de la señal, uso del Servicio y/o de los otros servicios contratados. En caso el Cliente no informe su cambio de domicilio a Entel, se consideran válidos los requerimientos y notificaciones que le sean cursadas al último domicilio conocido por Entel. Entel podrá notificar al Cliente comunicaciones relativas al Servicio, información de índole legal, el Contrato a través de mensajes de texto, a su dirección de correo electrónico o IVRs siempre que la normativa vigente lo permita. El Cliente podrá solicitar el cese o modificación de dicho envío a través de cualquiera de nuestras tiendas.
DÉCIMO PRIMERA: LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE
El Contrato y sus anexos se rigen por las leyes de la República del Perú. Las partes someten cualquier conflicto a la competencia de los jueces y tribunales de Lima, ratificando como sus domicilios los señalados en el Anexo 1. Los reclamos relacionados al Servicio serán tramitados bajo la competencia de OSIPTEL de acuerdo a lo establecido en el Reglamento para la Atención de Reclamos de Usuarios de Servicios Públicos de Telecomunicaciones y sus modificaciones. Además de las cláusulas establecidas en el Contrato y sus anexos, son aplicables las disposiciones incluidas en las cláusulas generales de contratación de los servicios públicos móviles y en las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones. Entel entrega al Cliente copia del Contrato y las condiciones tarifarias contratadas. Asimismo, el Cliente reconoce haber sido informado respecto a la existencia de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones y el Reglamento para la Atención de Reclamos de Usuarios de Servicios Públicos de Telecomunicaciones.
DÉCIMO SEGUNDA: LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS DEL CLIENTE
El Cliente autoriza expresamente a Entel a realizar el tratamiento los datos personales que le proporciona a través de la página Web, APP Entel u otro medio, así como la información que se derive de su uso, de acuerdo con la Ley N°
29733 y su Reglamento. Los datos personales serán almacenados en el Banco de Datos "CLIENTES" de titularidad xx Xxxxx. El tratamiento de la información implicará el uso de la misma para las finalidades concernientes a los productos y/o a la prestación de servicios contratados con Entel. Asimismo, el Cliente autoriza a Entel a transferir los datos personales proporcionados a empresas del grupo, socios comerciales que mantengan una relación con Entel y a empresas que brinden servicios de almacenamiento (ver la lista completa en las Políticas de Privacidad publicadas en xxx.xxxxx.xx), pudiendo basarse en infraestructura en la nube ya sea en territorio nacional o en el extranjero, a fin de poder alojar, almacenar, procesar y ejecutar los mismos. El Cliente reconoce y acepta que Entel se reserva el derecho de actualizar la lista que consta en las Políticas de Privacidad.
El Cliente puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición respecto a de sus datos personales registrados en la página web, APP Entel u otros medios, mediante una comunicación dirigida al correo electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxxx.xx.
DÉCIMO TERCERA: ACEPTACIÓN DE ENVÍO DE MATERIAL PUBLICITARIO
El cliente autoriza expresamente el tratamiento de sus datos personales para el envío de publicidad por parte xx Xxxxx, empresas del grupo o socios comerciales (ver la lista completa en las Políticas de Privacidad publicadas en xxx.xxxxx.xx) a través del correo electrónico registrado en la página web, envío de SMS, pop up, locuciones y llamadas al número telefónico que el Cliente ha registrado. El Cliente reconoce y acepta que Entel se reserva el derecho de actualizar la lista que consta en las Políticas de Privacidad.
Asimismo, el cliente declara conocer que puede revocar la presente autorización mediante una comunicación dirigida al correo electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxxx.xx."
¿El Cliente acepta el envío de publicidad? | SI: X | NO: |
(UTILIZAR LETRA DE IMPRENTA - NO SE ACEPTAN ENMEDADURAS) | |||||||||
Datos del Cliente | |||||||||
Nombre(s) / Razón Social XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXX | |||||||||
Tipo de Documento de Identidad DNI | Número de Documento de Identidad 00000000 | Teléfono Móvil de Referencia x00000000000 | |||||||
Teléfono Fijo de Referencia | Correo electrónico (El Cliente declara que este correo electrónico podrá ser utilizado para envíos de (i) recibos y; (ii) comunicaciones vinculadas a información tarifaria y comercial de los servicios contratados) | ||||||||
Dirección (La dirección de uso, se entenderá como la dirección de facturación entrega y/o correspondencia o Domicilio legal) | |||||||||
Dirección de Instalación y uso del Servicio de Internet y/o Telefonía GUARDIA CIVIL URB LA CAMPIÑA ZN.2 193, LIMA, LIMA, CHORRILLOS | |||||||||
Urbanización | Provincia LIMA | Departamento LIMA | |||||||
Distrito CHORRILLOS | Centro Poblado | ||||||||
Referencia: | |||||||||
Equipos Pago de equipos/instalación: Contado | X | Cargo en recibo | Plan Tarifario | ||||||
Item | Cantidad | Modelo** | Venta | Pago por Instalación (*) | Total (*) (Venta + Pago por Instalación) | Plan Tarifario | |||
Precio de Venta Unitario (*) | |||||||||
1 | Telefonia Fija Prepago | ||||||||
PROMOCIÓN: | SERVICIO: X EQUIPO (INSTALACIÓN/VENTA) | ||||||||
(*) Los montos indicados incluyen el IGV y sin descuentos. Total S/ **Modelo se consignará en el acta de instalación en caso aplique a instalación. | |||||||||
Cobertura: | Si: X | No: |
Acepto contratar el servicio, a pesar de que se me ha informado que mi CP no cuenta con cobertura: | Si: | No: | ||||
El cliente declara: (i) el centro poblado (CP) es el de la dirección que consta en el acta de instalación; y, (ii) tener conocimiento que la información de la venta de equipos se encuentra en las CLÁUSULAS ESPECIALES Y ACUERDOS. El cliente autoriza que las CLÁUSULAS ESPECIALES Y ACUERDOS, así como el recibo de servicio sean notificados mediante medios electrónicos. En caso contrario: | ||||||
Envío físico de recibo de servicio | Envío físico de Cláusulas especiales y acuerdos. |
En aquellos casos en los cuales la validación de cobertura bajo las definiciones establecidas en la resolución N° 135- 2013-DC/OSIPTEL resulte negativa EL CLIENTE ha manifestado que reconoce que podrá cursar comunicaciones o navegar por internet en diversas zonas del país en las cuales ENTEL tiene desplegada su infraestructura, razón por la cual procede a contratar el servicio.
La información de esta página forma parte de EL ACUERDO que EL CLIENTE declara haber aceptado en su totalidad y dejando constancia de ello mediante su firma.
Fecha, 11 de Diciembre de 2020
Firma del cliente (*)
Nombre: XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXX
Tipo de documento: DNI
N° de documento: 00000000
El Representante Legal del Cliente
Nombre:
Tipo de documento:
N° de documento:
Representante Legal xx Xxxxx Firma del Aval
Mediante su firma en este Contrato el Cliente declara que ha sido informado y conoce todas las características y limitaciones el servicio contratado y del equipo. Que ha leído, entendido y aceptado todas las cláusulas, condiciones, tarifas y demás condiciones contenidas en las cláusulas especiales y acuerdos (anexos).
(*) Aplica sólo para formatos sin firma digital
Anexo de la prestación del servicio
En el presente documento se detallan las tarifas que se aplicarían a las recargas efectuadas por El Cliente, conforme a los escenarios de llamadas detalladas a continuación:
Destino | Unidad | Tarifa |
A fijos locales | S/. x min | S/. 0.10 |
A fijos nacionales | S/. x min | S/. 0.10 |
A móviles Claro a nivel nacional | S/. x min | S/. 0.49 |
A móviles Movistar a nivel nacional | S/. x min | S/. 0.49 |
A móviles Entel a nivel nacional | S/. x min | S/. 0.49 |
SMS Nacional | S/. x unidad | S/. 0.10 |
Destino | Unidad | Tarifa |
LDI Preferencial | S/. x min | S/. 0.49 |
LDI | S/. x min | S/. 0.69 |
LDI Especial 1 | S/. x min | S/. 2.09 |
LDI Especial 2 | S/. x min | S/. 9.78 |
LDI Especial 3 | S/. x min | S/. 18.34 |
LDI Especial 4 | S/. x min | S/. 3.90 |
SMS Internacional | S/. x unidad | S/. 0.49 |
- Todas las tarifas incluyen IGV.
- En cuanto a las recargas realizadas, el monto excedente de la mismas (Ej: Se recarga S/15, aplica para bolsa de recarga establecida de S/10, por tanto, saldo excedente es S/5), se consumirán conforme a las tarifas antes señaladas.
- Las tarifas para el envío de mensajes cortos de texto (SMS Nacional) aplican para el envío de SMS a teléfonos móviles y fijos Entel.
- LDI Preferencial incluye llamadas hacia otros operadores de USA, Canadá y Chile.
- LDI (Larga Distancia Internacional) incluye llamadas a todos los destinos menos los considerados en LDI Preferencial, LDI Especial 1, LDI Especial 2, LDI Especial 3 y LDI Especial 4 detallados líneas abajo.
- LDI Especial 1 incluye llamadas hacia otros operadores de los siguientes países: Haití, Liechtenstein, Zaire, Somalia, Albania, Birmania, Mali y Trinidad y Tobago.
- LDI Especial 2 incluye llamadas hacia otros operadores de los siguientes países: Bélgica, Filipinas, Marruecos, Xxxxxxx, Xxxxx, Mauritania, Burkina Xxxxx, Liberia, Ghana, Chad, Cabo Verde, Gabón, Islas Seychelles, Etiopía, Djibouti, Mozambique, Lesotho, Botswana, Mayotte, Aruba, Xxxxx Xxxxx, Gibraltar, Irlanda, Islandia, Bulgaria, Belice, San Xxxxxx y Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx, República Guyana, Martinica, Papua New Guinea, Tonga, Palau, New Caledonia, Xxxxxxxx Island, Vietnam, Omán, Andorra, Croacia, Bosnia, Afganistán, Eritrea, Xxxxxx, Estonia, Moldavia, Armenia, Yugoslavia, Eslovenia, Macedonia, Azerbaiyán, Granada, San Xxxxx y Nevis y Montenegro.
- LDI Especial 3 incluye llamadas hacia otros operadores de los siguientes países: Túnez, Gambia, Senegal, Xxxxx xx Xxxxxx, Togo, Sierra Leona, África Central, Cameroon, Xxxxx Xxxx y Príncipe, Congo, Isla Ascensión, Rwanda, Madagascar, Zimbabwe, Namibia, Swaziland, Groenlandia, Islas Falkland, Guyana Francesa, Surinam, Timor Este, Isla Norkfolk, Nauru, Xxxxx Xxxxxxx, Vanuatu, Xxxxx Xxxx, Samoa Americana, Kiribati, Polinesia Francesa, República Democrática xx Xxxxx, Macao, Maldivas, Bielorrusia, Islas Vírgenes Americanas, Islas Caimán, Bermudas, Guinea Bissau, Xxxxx Xxxxxx, Santa Xxxxx, Xxxxxxx (Latvia), San Xxxxxx, Xxxxxx y Futuna, Niue, Tuvalu, Tokelau, Mongolia, Barbados, Turcos y Caicos, Santa Xxxxx.
- LDI Especial 4 incluye llamadas hacia otros operadores de Cuba y Australia.
Las recargas comerciales disponibles se detallan a continuación:
Detalle | Vigencia | Precio |
Minutos Ilimitado TD Nacional + 500 SMS cualquier operador nacional | 30 días | S/.10 |
- La tarifa incluye IGV.
- La recarga de S/10 tiene una vigencia de 30 días calendarios.
- Los minutos todo destino (TD) aplican para llamadas todo destino nacional (móviles y fijos de cualquier operador, excepto destinos especiales, satelitales y rurales) y USA, Canadá y Chile. No incluye minutos LDI ni LDI preferencial.
- Los mensajes de texto aplican para envío y recepción a todo destino nacional para móviles y fijos de cualquier operador.
- Los saldos y bonos se mantendrán vigentes por los plazos señalados o hasta que se consuman, lo que ocurra primero. Luego de dichos plazos el cliente perderá el saldo no consumido y podrá adquirir nuevas recargas.