9510-0657-CME18
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 47/UPEEI/18
Gobie rno de la Ciuda d Autónoma de Bue nos Aire s Unida d de Proye ctos Espe cia le s Ecopa rque Inte ra ctivo
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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
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ARTÍCULO 1.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN.
El presente llamado tiene como objeto la adquisición de elementos de manejo técnico de animales silvestres y cetrería para el área de Centro de Rescate de Fauna Xxxxxxxxx y Proyecto Aves Embajadoras de la Gerencia de Conservación y Proyectos perteneciente a esta Unidad de Proyectos Especiales Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2.- MODALIDAD DE LA CONTRATACI ÓN.
El presente llamado a Contratación Menor, se regirá por la normativa dispuesta por el Artículo 38 de la Ley N°
2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto reglamentario N° 326/17, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, aprobado por la Disposición N° 1274-DGCYC/2017, que se completa, aclara y perfecciona mediante el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas.
Supletoriamente, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, se aplicarán, las normas de derecho privado por analogía.
La normativa aplicable podrá encontrarse en las siguientes páginas web: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx. ar/xxxx xxxxx.aspx
ARTÍCULO 3.- DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL. ORDEN DE PRELACIÓN.
Ante cualquier divergencia se aplicará el siguiente orden de prelación:
a) Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto reglamentario N° 326/17,
b) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por la Disposición N° 1274-DGCYC/2017;
c) El Pliego de Condiciones Particulares, el Pliego de Especificaciones Técnicas y sus circulares aclaratorias, si las hubiera;
d) La Oferta y los documentos aclaratorios tomados en cuenta para la Adjudicación;
e) El acto administrativo aprobatorio de la adjudicación; y,
f) La Orden de Compra.
Todo cuanto no esté previsto en la documentación contractual enunciada y en la normativa de aplicación, será resuelto de acuerdo con las disposiciones del Derecho Público, dentro xxx xxxxxxxx y finalidad de la contratación.
ARTÍCULO 4.- TERMINOLOGÍA Y DEFINICIONES
A los efectos de la interpretación de este pliego y de todo otro documento contractual a él vinculado, las siguientes palabras y expresiones tendrán el significado que a continuación se consigna:
GCBA: Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
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RIUPP: Registro Informatizado Único y Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
BAC: Plataforma virtual Buenos Aires Compras: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/ PBCG: Pliego Único de Bases y Condiciones Generales que rige la presente contratación. PBCP: Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige la presente contratación.
PET: Pliego de Especificaciones Técnicas.
Circular con Consulta: Respuesta del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a todo pedido de aclaración formulado por los particulares u oferentes previo a la fecha límite fijada para la presentación de ofertas.
Circular sin Consulta: Aclaraciones de oficio que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires pueda formular previo a la fecha límite fijada para la presentación de ofertas.
Adquirente: Persona que ha adquirido los Pliegos conforme las disposiciones del presente PBCP.
Organismo Contratante: Unidad de Proyectos Especiales Ecoparque Interactivo de la Ciudad de Buenos Aires. Oferente: Es la persona que presenta una oferta.
Oferta: Documentación presentada por el oferente.
Adjudicación: Es el acto administrativo por el cual la Autoridad competente selecciona al/los oferente/s más conveniente/s para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Adjudicatario: Oferente cuya oferta haya sido declarada la más conveniente por acto administrativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Orden de Compra: Instrumento por el cual se formaliza el objeto de la presente contratación identificándose los términos principales del procedimiento y de su ejecución.
UT: Uniones Transitorias. DDJJ: Declaración Jurada.
ARTÍCULO 5.- PRESUPUESTO OFICIAL.
El presupuesto oficial para la presente contratación, asciende a un monto total de NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS DIEZ CON 00/100 ($98.910,00.-).
ARTÍCULO 6.- PLAZO DE ENTREGA.
El plazo de entrega de los materiales es de TREINTA (30) días corridos luego de perfeccionada la orden de compra respectiva, en la xxxxx Xxxxxxxxx xx xx Xxxxx Xx 0.000 xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
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Los bienes deberán ser entregados en perfecto estado y, en caso contrario, deberán ser reemplazados.
ARTÍCULO 7.- CONDICIONES PARA SER OFERENTE.
Los interesados en participar en el procedimiento de selección deberán haber iniciado el trámite de inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP).
La inscripción debe realizarse por el interesado a través del sitio de Internet, en la página https:
//xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxxxx sin perjuicio de la posterior presentación de la documentación ante el citado RIUPP.
Podrán presentarse como oferentes:
● Personas Jurídicas:
- En caso de presentarse Sociedades: Deberán estar regularmente constituidas por alguna de las modalidades previstas por la Ley General de Sociedades Nº 19.550 (denominación del Título sustituida por punto 2.1 del Anexo II de la Ley N° 26.994).
- Deberá tener una antigüedad no menor a tres (3) años desde la fecha de su inscripción en el Registro Público hasta la del llamado a la presente Contratación.
- En caso de presentarse una Unión Transitoria (UT): en el contrato constitutivo deberá establecerse el mantenimiento de la vigencia de la UT y de la composición de sus integrantes hasta que se hayan cumplido todas las obligaciones emergentes de la presente contratación.
La UT deberá hallarse constituida por sociedades de similar Patrimonio Neto.
● Personas Humanas:
- Tener plena capacidad en los términos del Código Civil y Comercial de la Nación.
ARTÍCULO 8.- IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES.
No podrán concurrir como oferentes a la presente contratación:
• Sociedades o personas humanas que hubieren sido sancionadas con la anulación o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u organismo público de alguno de los Estados Nacional, Provincial o Municipal.
• Las sociedades o personas humanas que se encontraren suspendidas o inhabilitadas en el Registro Único y Permanente de Proveedores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o en su equivalente en cualquier Municipalidad o Provincia del País.
• Las personas jurídicas cuyos miembros del directorio, consejo de vigilancia, síndicos, gerentes, socios, representantes y/o apoderados registren antecedentes de ser evasores y/o deudores morosos tributarios de orden nacional o local, previsionales, alimentarios, declarados tales por autoridad competente.
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• En el caso de UT, la totalidad de los integrantes que conformen la UT no deberán encontrarse dentro de los impedimentos estipulados en el presente artículo ni en el Anexo I del PUBCG.
• En ningún caso un oferente podrá presentarse simultáneamente en forma individual y como parte integrante de una UT, ni integrando dos o más Uniones Transitorias de Empresas.
• Las personas no habilitadas en el Anexo I “Declaración Jurada de Aptitud para Contratar” del PUBCG.
ARTÍCULO 9.- OBTENCIÓN XXX XXXXXX.
Los pliegos de Bases y Condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y retiro en forma gratuita en el sitio web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, conforme Artículo 85 del Anexo Decreto Nº 326/17 reglamentario de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666).
La cotización se ingresará a través del formulario disponible en la plataforma virtual BAC.
No serán admitidas ofertas que se aparten de los términos y condiciones de los Pliegos, como así tampoco se admitirán ofertas condicionales o alternativas a las modalidades descriptas.
ARTÍCULO 10.- FORMA DE COTIZAR.
El oferente deberá formular la oferta por el total de los renglones de esta contratación. Serán desestimadas las ofertas que no coticen la totalidad de los renglones solicitados o los coticen de forma parcial.
No se aceptarán cotizaciones parciales por renglón.
Deberá contemplarse lo establecido en el Artículo 10 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, por lo cual debe incluirse el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) en el precio cotizado, es decir no se debe discriminar el importe correspondiente a la incidencia de este impuesto.
La moneda de cotización será el Peso (moneda de curso legal en la República Argentina).
Asimismo, deberá ingresarse en el BAC como anexo adjunto el presupuesto expresado en letras y números.
SE DEJA CONSTANCIA QUE, EN CASO DE DIFERIR EL VALOR CONSIGNADO, ENTRE EL PRESUPUESTO DOCUMENTO ANEXO Y EL CARGADO EN EL BAC, SE ESTARÁ AL VALOR INGRESADO EN LA GRILLA DEL BAC.
ARTÍCULO 11.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.
La presentación de cada oferta se hará a través de los formularios electrónicos disponibles en BAC, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 12 del PUBCG.
Toda documentación e información que se acompañe, y que sea requerida en este Pliego deberá ser redactada en idioma castellano o traducidos al español por traductor público matriculado, a excepción de folletos ilustrativos, que podrán presentarse en su idioma original.
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Carácter de la documentación: Todos los documentos e informes que proporcionen los oferentes tendrán el carácter de declaración jurada. La falsedad documental será sancionada con la exclusión de la Contratación, sin perjuicio de las demás acciones que pudieran corresponder.
ARTÍCULO 12.- LUGAR Y FECHA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.
Las ofertas se deberán ingresar a través de formulario disponible en la plataforma virtual “Buenos Aires Compras” (BAC), hasta el día y hora fijados en el acto administrativo de llamado a Contratación Menor, de conformidad con lo previsto en el Artículo 85 del Anexo del Decreto Nº 326/17.
ARTÍCULO 13.- DETALLE DE LA DOCUMENTACI ÓN QUE DEBE PRESENTARS E EN CADA OFERTA.
Para la presentación de las propuestas, los oferentes deberán presentar:
a) Oferta Económica: El oferente deberá ingresar la cotización correspondiente al objeto de la presente Contratación.
b) Declaración Jurada suscripta por el oferente manifestando conocer y cumplimentar lo establecido en el PUBCG (y sus Anexos I “Declaración Jurada de Aptitud para Contratar” y II “Autorización de Acreditación de pagos xxx Xxxxxx del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”), en el PBCP, en el PET y en las Circulares Aclaratorias si las hubiere.
c) Acreditación de la personería y/o representación: Contrato social y Estatuto con todas sus modificaciones, con las constancias de su inscripción en el registro correspondiente. La vigencia del contrato y estatuto deberá exceder al período de la contratación. El objeto social deberá contemplar con precisión la viabilidad de las prestaciones como las requeridas. En caso de personas físicas copia de DNI.
Asimismo, deberá acompañar el poder o documentación que acredite que el firmante de la oferta, se encuentra facultado para contraer las obligaciones emergentes del presente Xxxxxx en representación de la sociedad.
d) Declaración Jurada suscripta por el oferente aceptando la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otra jurisdicción o competencia, en caso de controversia en el marco de la presente Contratación.
e) Declaración Jurada suscripta por el oferente manifestando no tener demanda, arbitraje u otro tipo de litigio pendiente de resolución. En caso afirmativo, deberá presentar informe emitido por sus letrados con detalle de las causas en las que el oferente sea demandado, indicando en cada una de ellas, la probabilidad de resultado desfavorable para el oferente.
f) Constancia de inscripción de AFIP actualizada a la fecha de apertura.
g) Constancia de inscripción en IIBB y/o Convenio Multilateral en caso de corresponder, actualizados a la fecha de apertura, con el último pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
h) Imágenes y especificaciones técnicas de los productos ofertados.
ARTÍCULO 14.- GARANTÍAS
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a) Excepción de presentar garantías
De conformidad con lo previsto en el Artículo 103 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley 5.666), incisos a) y b), cuando el monto de la oferta o de la orden de compra o instrumento contractual no supere el límite de las Cien Mil Unidades de Compra (U.C. 100.000), de acuerdo al artículo 18 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, quedan exceptuados de presentar:
- Garantía de mantenimiento de la oferta.
- Garantía de cumplimiento de contrato.
b) Formas de constitución de garantías
Las garantías deberán constituirse mediante seguro de caución a través de pólizas emitidas por compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor de la Unidad de Proyectos Especiales Ecoparque Interactivo.
Las firmas de los representantes o responsables de las entidades aseguradoras, contenidas en las pólizas correspondientes a los seguros de caución deberán certificarse por escribano público.
ARTÍCULO 15.- CONSULTAS Y ACLARACIONES.
Durante el plazo para la preparación de las ofertas y hasta tres (3) días hábiles previos de la fecha y hora fijada para la apertura de ellas, los interesados podrán formular consultas o solicitar aclaraciones relativas a la presente contratación a través de los formularios disponibles en el portal BAC.
Las aclaraciones correspondientes serán publicadas por el mismo medio conforme a lo establecido en apartado 11 del Artículo 87 del Anexo del Decreto Reglamentario N° 326/17.
La Unidad de Proyectos Especiales Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, si lo juzga necesario, podrá también formular aclaraciones de oficio hasta tres (3) días hábiles previos de la fecha y hora fijada para la apertura de las ofertas.
Todas las aclaraciones que se remitan llevarán numeración corrida, pasarán a formar parte de la documentación contractual. En consecuencia, los oferentes no podrán alegar ninguna causa basada en el desconocimiento del contenido de dichas circulares.
ARTÍCULO 16.- ACTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS.
El acto de apertura de ofertas se efectuará a través del portal electrónico BAC, liberándose las ofertas en el día y hora fijados en el acto administrativo de llamado a Contratación Menor.
Se labrará electrónicamente el Acta pertinente para conocimiento de los participantes y funcionarios.
ARTÍCULO 17.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA.
Los oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por un período de veinte (20) días hábiles desde el acto de apertura, prorrogables automáticamente hasta la fecha de perfeccionamiento de la Orden de Compra, salvo que el oferente manifieste en forma fehaciente su voluntad en contrario con una
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antelación mínima xx xxxx (10) días al vencimiento del plazo.
ARTÍCULO 18.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.
Se efectuará un análisis integral de cada una de las ofertas presentadas, se verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto reglamentario N° 326/17, y lo exigido en los Pliegos de Bases y Condiciones, y se pronunciará sobre la aptitud de cada uno de los oferentes. En dicho sentido, se analizarán tanto los aspectos administrativos mencionados precedentemente como los aspectos técnicos y económico- contables requeridos.
A tal fin, se solicitarán los Informes Técnicos que se consideren necesarios a efectos de llevar a cabo la evaluación y se podrá requerir a los oferentes la información adicional que se estime necesaria para el cumplimiento de su cometido, sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.
ARTÍCULO 19.- CONTRATACIÓN FRACASADA.
En caso de que los oferentes no reúnan las condiciones indispensables para ser adjudicatarios, la Contratación será declarada fracasada, sin derecho a reclamación alguna por parte de los oferentes.
ARTÍCULO 20.- ADJUDICACIÓN.
Una vez evaluadas las ofertas y confeccionado el cuadro comparativo de ofertas se resolverá en forma fundada la adjudicación.
ARTICULO 21.- GARANTÍA POR DEFECTO DE FABRICACIÓN.
Los equipos deberán contar con la respectiva garantía brindada por el fabricante.
En caso de desperfectos, fallas o falencias, que no sean producidas por el mal uso de los mismos por parte del ECOPARQUE, el adjudicatario será solidariamente responsable por idéntico plazo que el fabricante, sin perjuicio de su responsabilidad por la correcta instalación y colocación de los mismos.
ARTÍCULO 22.- CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario quedará obligado irrevocablemente sin término de vencimiento alguno a:
a) Conservar la confidencialidad e indemnidad de la información y no revelar ninguna información.
b) Reconocer como propietario único, exclusivo y excluyente de la información a la Unidad de Proyectos Especiales Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
c) No utilizar, en ningún caso, la información para propósito distinto al objeto de la presente contratación.
d) Aceptar de plena conformidad la instrumentación de las medidas que la Unidad de Proyectos Especiales Ecoparque Interactivo de la Ciudad de Buenos Aires pudieran implementar, para asegurar la confidencialidad e indemnidad de la información objeto de la presente contratación.
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ARTÍCULO 23.- SEGUROS
23.1 Generalidades
En el presente se detallan las coberturas de seguros a requerir para el ingreso y permanencia de terceros ajenos, sean proveedores y/o contratistas que desarrollen tareas o presten servicios en ubicaciones pertenecientes al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCABA) tanto sean estas en propiedad o en uso, así como las características mínimas de admisibilidad de las mismas.
El adjudicatario/prestador o proveedor de obras y servicios deberá acreditar los contratos de seguros que se detallan y su vigencia durante todo el período contractual, mediante la presentación de copias de sus respectivas pólizas y los comprobantes de pago de las mismas.
Cada vez que el adjudicatario/prestador o proveedor de obras y servicios modifique las condiciones de póliza o cambie de compañía aseguradora, o cada vez que el GCABA lo solicite, se presentarán copias de las pólizas contratadas.
La contratación de los seguros que aquí se requieren es independiente de aquellos otros que deba poseer el adjudicatario/prestador o proveedor de obras y servicios a fin de cubrir los posibles daños o pérdidas que afecten a sus bienes o los de sus empleados, sean los mismos o no de carácter obligatorio.
Quedará a criterio del GCABA conforme a las actividades a realizar por terceros, la inclusión/incorporación/exclusión de cláusulas de cobertura, medida de la prestación y modificación de sumas aseguradas, durante la vigencia de las pólizas contratadas por el adjudicatario/prestador o proveedor de obras y servicios, los cuales deberán acreditar el endoso correspondiente a tales cambios.
23.2 Compañías Aseguradoras
Las compañías aseguradoras con las cuales el adjudicatario/prestador o proveedor contrate las coberturas establecidas en este Anexo, deben ser de reconocida solvencia, radicadas en la C.A.B.A. o que posean filial administrativa local y autorizadas a tal fin por la Superintendencia de Seguros de la Nación para emitir contratos en los riesgos a cubrir.
El GCABA se reserva el derecho de solicitar a su solo juicio, el cambio de compañía aseguradora, si la contratada no alcanza con los indicadores generales, patrimoniales y de gestión en atención al riesgo asumido en el contrato de seguro.
23.3 Coberturas de Seguro en Particular
Las coberturas que el adjudicatario/prestador o proveedor de obras y servicios ha de acreditar aun cuando disponga de otros, son los que se detallan a continuación:
1) Seguros Laborales.
2) Seguro de Accidentes Personales. (En caso de corresponder)
3) Seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva.
En los apartados siguientes se detallan las condiciones mínimas de los contratos de seguro, los mismos
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deben cumplir con todas los requerimientos establecidos en las Leyes vigentes para cada caso en particular.
23.3.1. Seguros Laborales
Seguro de Riesgos del Trabajo, cobertura de ART.
El adjudicatario/prestador o proveedor de obras y servicios en cumplimiento de la legislación vigente, debe acreditar un seguro que cubra a la totalidad del personal que afecte al servicio contratado, el cual será suscrito con una “Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART)”.
No se podrá afectar personal alguno cualquiera sea su índole, hasta que el mismo no cuente con su correspondiente cobertura por riesgo de accidentes de trabajo.
Se deberán presentar al GCABA, los certificados de cobertura de los trabajadores amparados, en los cuales estará incluido el siguiente texto:
“Por la presente, la A.R.T, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición, de subrogación ó de regreso contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sus funcionarios y/o empleados, sea con fundamento en el Art. N° 39 ap. 5 de la Ley N° 24.557, o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar al personal dependiente o ex dependiente del permisionario, amparados por la cobertura del contrato de afiliación N° XXXX, por acciones del trabajo o enfermedades profesionales, ocurridos o contraídas por el hecho o en ocasión de trabajo.”
23.3.2. Seguro de Accidentes Personales. (En caso de corresponder)
En el caso que el adjudicatario/prestador o proveedor de obras y servicios, contrate a personal y/o prestadores de servicio que no esté alcanzado por La Ley de Contrato de Trabajo, es decir, quienes no revistan el carácter de relación de dependencia con el mismo; se deberá contar con una póliza de seguros xxx xxxx Accidentes Personales con las siguientes características:
Alcance de la Cobertura: Se deberá amparar a la totalidad del personal afectado durante la jornada laboral incluyendo cobertura in-itinere.
Sumas mínimas a Asegurar:
Muerte: $ 400.000 (Pesos cuatrocientos Mil)
Invalidez Total y/ó parcial permanente por accidente: $ 400.000 (Pesos cuatrocientos Mil) Asistencia Médico Farmacéutica (AMF): $ 15.000 (Pesos Quince Mil)
La citada póliza deberá incluir el siguiente texto:
“La compañía………………….renuncia en forma expresa a realizar cualquier acción de repetición y/o subrogación contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CUIT 34-99903208-9, sus funcionarios y/o empleados. “
23.3.3. Seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva.
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El adjudicatario/prestador o proveedor de obras y servicios debe asegurar, bajo póliza de responsabilidad civil, los daños que como consecuencia de tareas inherentes a su actividad que puedan ocasionar a personas, bienes o cosas de propiedad del GCABA o de terceros.
Suma Asegurada Mínima:
La misma será por un monto mínimo de $ 250.000 (Pesos Doscientos Cincuenta Mil).
Se detallan de manera enunciativa y no taxativa las coberturas adicionales a incluirse de corresponder en cada caso:
A) Responsabilidad Civil emergente de escapes de gas, incendio, rayo y /o explosión, descargas eléctricas.
B) Daños por caída de objetos, carteles y/o letreros
C) Daños por hechos maliciosos, tumulto popular.
D) Grúas, Guinches, auto elevadores (de corresponder)
E) Bienes bajo cuidado, custodia y control.
F) Carga y descarga de bienes fuera del local del asegurado.
El contrato deberá contener un endoso en carácter de co-asegurado sin restricción de ninguna especie o naturaleza a favor del GCABA. Los empleados del GCABA deberán ser considerados terceros en póliza.
La citada póliza deberá incluir el siguiente texto:
“La compañía………………….renuncia en forma expresa a realizar cualquier acción de repetición y/ó subrogación contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CUIT 34-99903208-9, sus funcionarios y/o empleados. “
23.4.- Presentación de pólizas y certificados de cobertura
Las pólizas exigidas en el presente proceso de contratación deberán ser presentadas en la Mesa de Entradas de la Unidad de Proyectos Especiales Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme los plazos estipulados en el presente Pliego, sita en Republica de la India Nº 3000 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10 a 13horas y de 14 a 16 horas.
ARTÍCULO 24.- DOMICILIOS.
A los efectos del segundo párrafo del Xxxxxxxx 0x xxx XXXXX, xx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx constituye domicilio en xxxxx Xxxxxxxxx xx xx Xxxxx Xx 0.000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
ARTÍCULO 25.- INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL ADJUDICATARIO.
El incumplimiento en término de las obligaciones contractuales coloca al adjudicatario en estado xx xxxx automática, sin necesidad de interpelación y, por lo tanto, sujeto a la aplicación de las sanciones establecidas en el Artículo 125, 126, 127 y 128 la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y su
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Decreto reglamentario N° 326/17.
Las multas y/o sanciones de las que pudiera resultar pasible el adjudicatario serán aplicadas aun cuando el contrato se encuentre rescindido y/o extinguido; ello en tanto que el hecho motivador hubiere ocurrido durante la vigencia del contrato o que por la naturaleza de la obligación asumida por el adjudicatario correspondiera a éste su cumplimiento aun finalizado el mismo.
La autoridad de la Unidad de Proyectos Especiales Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como autoridad verificará el cumplimento de la presente contratación, será la responsable de determinar la graduación de las penalidades y notificará a la Unidad Operativa de Adquisiciones respectiva quien aplicará las correspondientes penalidades.
ARTÍCULO 26.- CAUSALES DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO.
Serán causales de extinción del contrato las siguientes:
a) Expiración del plazo del contrato, según lo estipulado en el presente pliego;
b) Mutuo acuerdo;
c) Quiebra del adjudicatario;
d) Rescisión por incumplimiento del adjudicatario;
e) Modificaciones en las prestaciones o términos de las mismas, sin previa conformidad del Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx; y/o,
f) Presentación en concurso del contratista, impidiendo dicha circunstancia el efectivo y total cumplimiento de las obligaciones emergentes del presente Pliego y xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas.
En todos los casos en que se declare la extinción y/o rescisión del contrato por causa imputable al adjudicatario, éste perderá de pleno derecho todas las garantías constituidas, sin perjuicio de las acciones legales que correspondieren al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ARTÍCULO 27.- CESIÓN DE LA CONTRATACIÓN.
El adjudicatario no podrá ceder total o parcialmente por ningún medio el contrato objeto de la presente Contratación sin previa autorización fundada de la autoridad competente.
La trasgresión a lo establecido en el presente artículo será sancionada con la rescisión de la contratación, con la pérdida total de los depósitos en garantía constituidos, no reconociéndose indemnización alguna por ningún concepto.
ARTÍCULO 28.- PARTE DE RECEPCIÓN
El adjudicatario deberá presentar al área requirente al momento de la entrega de los productos un remito como constancia de recepción en el que deberá especificar los renglones ofertados y el valor total, a los fines de certificar dichas entregas y prestar conformidad de la recepción de los mismos. Este remito permitirá
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al Ecoparque Interactivo generar el Parte de Recepción Definitiva (PRD) que habilitará la facturación.
El proveedor imprimirá su PRD directamente de la página de autogestión de proveedores sin necesidad de retirarlo por la repartición, con lo cual, imprimido el Parte, el adjudicatario procederá a confeccionar la factura, en original y dos (2) copias, ajustadas a la forma exigida para cotizar y conforme a la mecánica establecida al respecto en los Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 29.- FACTURAS Y PAGO.
La facturación y el pago serán efectuados de acuerdo a las disposiciones contenidas en los artículos 26, 27, 28 y 29 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales y lo establecido en el art. 118 del Decreto 326/17.
ARTÍCULO 30.- CONSULTAS SOBRE EL SISTEMA BAC
Para consultas administrativas del sistema portal BAC, comunicarse con la Mesa de Ayuda BAC al Tel. 0000- 0000 al 4810 Opción: 8. O enviar un mail a: xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx-xxxx.xxx.xx.
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PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
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1. OBJETO:
El presente pliego establece las condiciones técnicas para la adquisición de elementos de manejo técnico de animales silvestres y cetrería para el área de Centro de Rescate de Fauna Xxxxxxxxx y Proyecto Aves Embajadoras de la Gerencia de Conservación y Proyectos del Ecoparque Interactivo de la Ciudad de Buenos Aires, que a continuación se detallan:
RENGLON 1 | GUANTES DE CETRERIA PARA HALCONES |
RENGLON 2 | GUANTES DE CETRERIA PARA GAVILANES |
RENGLON 3 | GUANTES DE CETRERIA PARA AGUILAS |
RENGLON 4 | GUANTES DE CETRERIA XXS |
RENGLON 5 | CAPERUZAS |
RENGLON 6 | DESTORCEDORES |
RENGLON 7 | PINZA PARA AYLMERI |
RENGLON 8 | KIT MANEJO DE SERPIENTES |
RENGLON 9 | PLANCHA DE ASTROTURF |
RENGLON 10 | PASTO SINTETICO |
RENGLON 11 | COGOTERAS PARA PERRO |
RENGLON 12 | MORRAL CETRERO |
RENGLON 13 | BANCO PARA HALCON |
RENGLON 14 | XXXXXXX PARA CETRERIA |
RENGLON 15 | PERCHA ARCO PORTATIL |
RENGLON 16 | PERCHA GIRATORIA PARA CLAVAR |
RENGLON 17 | ALCANDARA DESARMABLE |
RENGLON 18 | CASCABELES |
RENGLON 19 | TRANSPORTIN PARA AVES RAPACES |
RENGLON 20 | ANILLOS PARA PASERIFORME |
RENGLON 21 | ANILLOS PARA AVES MEDIANAS |
RENGLON 22 | ANILLOS PARA AVES GRANDES |
RENGLON 23 | ANILLOS PLASTICOS PARA XXXX |
XXXXXXX 00 | XXXXX PARA CERRAR ANILLOS DE AVES |
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RENGLON 1: GUANTES DE CETRERIA PARA HALCONES
CARACTERÍSTICAS: Guantes Confeccionados artesanalmente en diferentes cueros curtidos y de diferente grosor y tamaño dependiendo la especie.
• Color: Xxxx xx xxxxxx.
• Tamaño: grande – mediano – chico y extra chico
• Tipo xx xxxx: Nobuck – Suela – Cromo – otros
• CANTIDAD: Se requiere la adquisición de cuatro (4) unidades.
Las imágenes son a modo ilustrativo.
RENGLON 2: GUANTES DE CETRERIA PARA GAVILANES
CARACTERÍSTICAS: Guantes Confeccionados artesanalmente en diferentes cueros curtidos y de diferente grosor y tamaño dependiendo la especie.
• Color: Xxxx xx xxxxxx.
• Tipo xx xxxx: Nobuck – Suela – Cromo – otros
• CANTIDAD: Se requiere la adquisición de cuatro (4) unidades.
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Las imágenes son a modo ilustrativo.
RENGLON 3: GUANTES DE CETRERIA PARA AGUILAS
CARACTERÍSTICAS: Guantes Confeccionados artesanalmente en diferentes cueros curtidos y de diferente grosor y tamaño dependiendo la especie.
• Color: Xxxx xx xxxxxx.
• Tipo xx xxxx: Nobuck – Suela – Cromo – otros
• CANTIDAD: Se requiere la adquisición de cinco (5) unidades.
Las imágenes son a modo ilustrativo.
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RENGLON 4: GUANTES DE CETRERIA XXS
CARACTERÍSTICAS: Guantes Confeccionados artesanalmente en diferentes cueros curtidos y de diferente grosor y tamaño dependiendo la especie.
• Color: Xxxx xx xxxxxx.
• Tipo xx xxxx: Nobuck – Suela – Cromo - otros
CANTIDAD: Se requiere la adquisición de dos (2) unidades.
Las imágenes son a modo ilustrativo.
RENGLON 5: CAPERUZAS
CARACTERÍSTICAS: Capuchas confeccionados artesanalmente en diferentes cueros curtidos y de diferente tamaño dependiendo la especie.
• Color: Xxxx xx xxxxxx.
• Tamaño: grande – mediano – chico y extra chico
• Peso: 25 gr.
• Tipo xx xxxx: Suela fina.
• CANTIDAD: Se requiere la adquisición xx xxxx (10) unidades.
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Las imágenes son a modo ilustrativo.
RENGLON 6: DESTORCEDORES
CARACTERÍSTICAS: Tornillo xx xxxxx ojal articulado en el eje longitudinal con ojales asimétricos para facilitar el paso de las pihuelas y lonja de sujeción.
• Material: bronce
• Tamaño: grande – mediano – chico y extra chico
• Peso: 4 gr.
• CANTIDAD: Se requiere la adquisición de veinte (20) unidades.
Las imágenes son a modo ilustrativo.
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RENGLON 7: PINZA PARA AYLMERI
CARACTERÍSTICAS: Pinza de fuerza con adaptación para la colocación de ojalillos para pihuelas tipo Aylmeri.
• Material: Acero
• Tamaño: Mediano
• Peso: 300 gr
• CANTIDAD: Se requiere la adquisición de dos (2) unidades.
RENGLON 8: KIT MANEJO DE SERPIENTES
CARACTERÍSTICAS: Gancho tipo Ton articulado y bolsa para contener serpientes con mango desmontable.
• Material: Acero inoxidable o aluminio acerado
• Tamaño: 1,2 mt
• Peso: 600 gr
• CANTIDAD: Se requiere la adquisición de una (1) unidad.
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Las imágenes son a modo ilustrativo.
RENGLON 9: PLANCHA DE ASTROTURF
CARACTERÍSTICAS: es una marca de césped artificial. Aunque el término es una marca registrada, se utiliza a veces como una descripción genérica de césped sintético corto que incorpora características modernas, como la protección antimicrobiana, relleno de caucho, los sistemas de respaldo y las fibras de nylon, hilo y plástico.
• Material: Nylon, caucho, hilo
• Tamaño: 1 x 1 mt
• CANTIDAD: Se requiere la adquisición de cuatro (4) unidades.
Las imágenes son a modo ilustrativo.
RENGLON 10: PASTO SINTETICO
CARACTERÍSTICAS: Cinta Fibrilada de Polipropileno.
• Material: Polipropileno
• Tamaño: 1 x 1 mt
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• CANTIDAD: Se requiere la adquisición de tres (3) unidades.
Las imágenes son a modo ilustrativo.
RENGLON 11: COGOTERAS
CARACTERÍSTICAS: Lazo con mango rígido metálico. Posee un cable xx xxxxx revestido. Mango extensible y sistema de xxxxx xx xxxx.
• Material: Acero inoxidable o aluminio acerado – Mango de polipropileno – Xxxx xx xxxxx tipo linga.
• Tamaño: 2 de 1,2 mt y 2 de 80 cm.
• CANTIDAD: Se requiere la adquisición de dos (2) unidades.
Las imágenes son a modo ilustrativo.
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RENGLON 12: MORRAL CETRERO
CARACTERÍSTICAS: Bolso colgante xx xxxx reforzada. Interior compartimentalizado para la colocación de dietas para las aves, elementos de cetrería, gancho sujeta caperuza y bolsillos para herramientas menores y señuelo.
• Material: Lona y cinta de polipropileno.
• Tamaño: 40 x 40 cm.
• CANTIDAD: Se requiere la adquisición de dos (2) unidades.
Las imágenes son a modo ilustrativo.
RENGLON 13: BANCO PARA HALCON
CARACTERÍSTICAS: Percha para halcones con especial cuidado de patas y cola. Centro de astroturf y estaca central con aro anti enganche.
• Material: madera y acero inoxidable
• Tamaño: Disco central de 20 cm de diámetro x 50 cm de altura.
• CANTIDAD: Se requiere la adquisición de dos (2) unidades.
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Las imágenes son a modo ilustrativo.
RENGLON 14: XXXXXXX PARA CETRERIA
CARACTERÍSTICAS: Bolso pequeño que se sujeta a cinturón y a la pierna del cetrero. Con compartimiento para elementos de entrenamiento de animales y presilla de cerrado automático.
• Material: Lona y polipropileno.
• Tamaño: 15 x 20 cm.
• CANTIDAD: Se requiere la adquisición de cuatro (4) unidades.
Las imágenes son a modo ilustrativo.
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RENGLON 15: PERCHA ARCO PORTATIL
CARACTERÍSTICAS: Posadero de metal semicircular pintado para aves. Posee césped sintético en la zona central para una mejor sujeción de las aves y una base plana para que permanezca vertical en superficies donde no se pueden usar estacas. Con anilla cerrada para evitar enganches del ave xxxxxx.
• Material: madera y acero inoxidable
• Tamaño: 50 x 30 x 40 cm.
• CANTIDAD: Se requiere la adquisición de cuatro (4) unidades.
Las imágenes son a modo ilustrativo.
RENGLON 16: PERCHA GIRATORIA PARA CLAVAR.
CARACTERÍSTICAS: Posadero de metal semicircular pintado para aves. Posee césped sintético en la zona central para una mejor sujeción de las aves y una base con estaca para que permanezca vertical en superficies blandas donde se pueda clavar. Con anilla cerrada para evitar enganches del ave xxxxxx.
• Material: Hierro y polipropileno
• Tamaño: 70 cm x 25 cm.
• CANTIDAD: Se requiere la adquisición de cuatro (4) unidades.
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Las imágenes son a modo ilustrativo.
RENGLON 17: ALCANDARA DESARMABLE.
CARACTERÍSTICAS: Posadero desarmable para percheo nocturno de aves, con césped sintético y lona para evitar caídas y enganches.
• Material: Xxxxxx, xxxx y césped sintético.
• Tamaño: 1.5 x 1 Mts
• CANTIDAD: Se requiere la adquisición de una (1) unidad.
Las imágenes son a modo ilustrativo.
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RENGLON 18: CASCABELES.
CARACTERÍSTICAS: Esferas huecas de bronce con elemento metálico interno que al golpear las paredes de la esfera producen sonido.
• Material: Bronce
• Tamaño: 2 cm3
• Peso: 12 gr
• CANTIDAD: Se requiere la adquisición de dos (2) pares.
Las imágenes son a modo ilustrativo.
RENGLON 19: TRANSPORTIN PARA AVES RAPACES.
CARACTERÍSTICAS: Caja xx xxxxxx con puerta en bisagra y percha interna para aves. Posee orificios para la ventilación, manija y cerradero.
• Material: Madera y polipropileno.
• Tamaño: 60 x 30
• CANTIDAD: Se requiere la adquisición de cuatro (4) unidades.
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Las imágenes son a modo ilustrativo.
RENGLON 20: ANILLOS PARA PASERIFORME
CARACTERÍSTICAS: Anillos abiertos de aluminio anodizado con inscripción alfanumérica para identificación.
• Material: aluminio
• Tamaño: 0,3 cm / 0,6 cm
• Peso: 0,5 gr
• CANTIDAD: Se requiere la adquisición de doscientas (200) unidades.
Las imágenes son a modo ilustrativo.
RENGLON 21: ANILLOS PARA AVES MEDIANAS
CARACTERÍSTICAS: Anillos abiertos de aluminio anodizado con inscripción alfanumérica para identificación.
• Material: aluminio
• Tamaño: 0,7 a 2 cm.
• Peso: 0,8 gr
• CANTIDAD: Se requiere la adquisición de ciento cincuenta (150) unidades.
Las imágenes son a modo ilustrativo.
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RENGLON 22: ANILLOS PARA AVES GRANDES
CARACTERÍSTICAS: Anillos abiertos de plástico termomoldeable con inscripción numérica para identificación.
• Material: aluminio
• Tamaño: 2,3 a 3,5 cm.
• Peso: 3 gr
CANTIDAD: Se requiere la adquisición de cien (100) unidades.
Las imágenes son a modo ilustrativo.
RENGLON 23: ANILLOS PLASTICOS PARA AVES.
CARACTERÍSTICAS: Anillos abiertos de plástico termomoldeable con inscripción numérica para identificación.
• Material: plástico.
• Tamaño: 2 cm
• CANTIDAD: Se requiere la adquisición de ciento cincuenta (150) unidades.
Las imágenes son a modo ilustrativo.
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 47/UPEEI/18 (continuación)
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RENGLON 24: PINZA PARA CERRAR ANILLOS DE AVES.
CARACTERÍSTICAS: Sistema de colocación de ojales mediante rosca macho/hembra que presiona el ojal metálico haciendo que se fije a la superficie donde se lo coloca.
• Material: Hierro forjado
• Tamaño: 25 cm
• CANTIDAD: Se requiere la adquisición de dos (2) unidades.
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Las imágenes son a modo ilustrativo.
FIN DEL ANEXO