FORMULARIO N° 01 DE OBSERVACIONES Y RESPUESTAS AL PLIEGO DE CONDICIONES DE LA INVITACIÓN PÚBLICA DE VARIAS OFERTAS IPU2019- 005
RESPUESTA OBSERVACIONES INVITACIÓN PÚBLICA DE VARIAS OFERTAS
IPU2019-005
Términos de referencia
Seleccionar una o varias compañías de seguros, para la adquisición de las pólizas de seguros requeridas por RENTAN S.A.S.
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Medellín, septiembre de 2019
FORMULARIO N° 01 DE OBSERVACIONES Y RESPUESTAS AL PLIEGO DE CONDICIONES DE LA INVITACIÓN PÚBLICA DE VARIAS OFERTAS IPU2019- 005
1. OBSERVACIONES FORMULADA POR XXXXX SEGUROS COLOMBIA S.A.
Observaciones Generales:
a. Informan en los términos de referencia “1.2.1. OBSERVACION: a) Para los Grupos del 1 al 3, las tasas serán las referenciadas en el cuadro anterior, como tope máximo. “, sin embargo, no se encuentra el cuadro anterior para saber el tope máximo que están indicando. Agradecemos nos informen.
RESPUESTA: La entidad se permite precisar que en este proceso no existen tasas máximas por ramo, por lo cual ajustará el pliego en este sentido.
b. Apreciamos que nos distribuyan el presupuesto de $1.456.560.000 incluido IVA, en los diferentes grupos establecidos (del 1 al 6).
RESPUESTA: Teniendo en cuenta la observación presentada, la entidad se permite precisar que el presupuesto máximo por grupos es el siguiente:
Grupo 1 | Todo riesgo (daños materiales) Seguro de responsabilidad civil extracontractual Maquinaria y equipo Manejo global comercial o Fraude de empleados | $216.000.000 |
Grupo 2 | Responsabilidad directores y Administradores | $30.000.000 |
Grupo 3 | Autos | $700.000.000 |
Grupo 4 | Daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito SOAT | $180.000.000 |
Grupo 5 | Infidelidad y Riesgos Financieros (IRF) | $50.000.000 |
Grupo 6 | Cyber | $48.000.000 |
c. Solicitamos que el siniestro reflejado en la comunicación de SBS nos indiquen a que ramo corresponde.
RESPUESTA: El siniestro corresponde al ramo de Responsabilidad Civil Directores & Administradores
d. Agradecemos prorrogar la fecha de entrega de observaciones, proponemos 2 días hábiles y de igual manera el día de cierre.
RESPUESTA: Teniendo en cuenta que el cronograma se estipulo conforme al Manual interno de contratación, no se acepta la observación y el cronograma no será modificado.
2. OBSERVACIONES FORMULADA POR SEGUROS DEL ESTADO S.A.
a. POLIZA TODO RIESGO DANO MATERIAL, BIENES Y VALORES ASEGURADOS:
Bienes e intereses asegurados: Respetuosamente solicitamos en cuanto al seguro Todo Riesgo Danos Materiales, suministrar el listado especifico de predios con su respectiva asignación de Contenidos, Equipo Eléctrico y Electrónico, obras de arte y mercancías, detallados y valorizados, teniendo en cuenta que desde el año 2013 la Superintendencia Financiera de Colombia, exige por medio de la circular externa 011 de 2013, el desglose del cumulo para el aseguramiento de riesgos catastróficos, concordante con lo estipulado en el decreto 4865 de 2011 expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
También debe tenerse en cuenta que de acuerdo con lo estipulado en el artículo 35 de la ley 1575 de 2012, “Toda compañía aseguradora que otorgue pólizas de seguros en los xxxxx del hogar, incendio, terremoto, minas y petróleo, o la denominación que en su portafolio de pólizas este registrada ante la Superintendencia Financiera y que tengan que ver con los xxxxx antes señalados, deberá aportar al Fondo Nacional de Bomberos una suma equivalente al dos por ciento (2%) liquidada sobre el valor de la póliza de seguros; este valor deberá ser girado al Fondo dentro de los primeros diez
(10) días del mes siguiente a la adquisición de las mencionadas pólizas”. Es de resaltar que de no contar con la información discriminada, implicara que al dar aplicación a esta normatividad, las Compañías aseguradoras, se verán abocadas a realizar la contribución de que trata la norma sobre toda la prima, costo que a la larga terminara siendo trasladado a los asegurados.
RESPUESTA: Ver anexo 7 - Relación de activos asegurados.
b. Valores admitidos globales sin relación de bienes: Para el otorgamiento de esta cláusula es menester que se suministre el avaluó justificado de los bienes, junto con los estudios que llevaron a determinar la aplicación de esta cláusula, en consecuencia, solicitamos su aporte, o la eliminación xxx xxxxxx, o su traslado a las cláusulas adicionales.
RESPUESTA: Se acepta la observación y se elimina el amparo.
c. Bienes bajo cuidado tenencia y control, Solicitamos a la Entidad eliminar la exigencia de incluir los bienes de los visitantes.
RESPUESTA: No se elimina la exigencia de incluir los bienes de los visitantes, pero incluimos la aclaración de que la aseguradora será responsable siempre y cuando el asegurado lleve un registro formal de los bienes de visitantes que ingresen a sus predios.
d. No aplicación de garantías, Solicitamos a la Entidad trasladar esta cobertura a condiciones adicionales no obligatorias.
RESPUESTA: No se acepta debido a que consideramos desmejoraría la cobertura actual.
e. No tasación del siniestro cuando la perdida sea inferior a $20,000,000, Solicitamos a la Entidad trasladar esta cobertura a condiciones adicionales no obligatorias.
RESPUESTA: Se acepta y se traslada esta cobertura a condiciones complementarias.
f. Propiedad personal de empleados vinculados bajo cualquier tipo de contrato., Solicitamos a la Entidad disminuir el monto solicitado se sugiere
$5,000,000 evento $20,000,000 vigencia.
RESPUESTA: No se acepta debido a que consideramos desmejoraría la cobertura actual.
g. No aplicación de infraseguro, solicitamos a la Entidad disminuir el porcentaje establecido se sugiere sea del 10%.
RESPUESTA: Se acepta parcialmente y se establece en condiciones básicas obligatorias; no aplicación de infraseguro siempre y cuando la diferencia entre el valor asegurado y el valor asegurable no sea superior al 15%.
h. Cobertura de todo riesgo para construcciones y montajes, Solicitamos a la Entidad trasladar esta cobertura a condiciones adicionales no obligatorias, lo anterior es porque las pólizas para este tipo de riesgos se manejan normalmente por una póliza específica para construcciones y montajes.
RESPUESTA: No se acepta, pero modificamos el alcance dado que esta cláusula es normalmente otorgada en las pólizas de daños: Se extiende a cubrir los riesgos de construcción y montaje dentro de los predios asegurados, proyectos hasta un límite de COP $200.000.000 de valor asegurado, siempre y cuando los daños o pérdidas materiales sucedan en forma accidental, súbita e imprevista, sean causados por, o resulten de la construcción o montaje de la obra ubicada dentro del predio asegurado, y hagan necesaria la reparación y/o reposición de los bienes afectados.
i. Lo siguientes bienes son exentos de aplicación de deducibles en la póliza de Todo Riesgo Daño Material, Solicitamos a la Entidad trasladar esta cobertura a condiciones adicionales no obligatorias.
RESPUESTA: Se acepta parcialmente, se manejará un deducible de 1 SMMLV para los siguientes bienes: Celulares, Tablets, calculadoras, computadoras de bolsillo, radios de comunicación, grabadoras, vidrios y propiedad personal de empleados.
j. Deducibles, Solicitamos a la Entidad ampliar el rango de deducibles solicitado y permitir la presentación de los mismos en SMMLV.
RESPUESTA: No se acepta la observación, se mantienen los deducibles propuestos, los cuales se encuentran indicados también en SMMLV.
k. POLIZA DE MANEJO GLOBAL Pérdidas causadas por empleados o servidores no identificados: Solicitamos la eliminación de cobertura para faltantes de inventarios por tratarse de una exclusión absoluta para el ramo.
RESPUESTA: Se acepta modificación y se elimina faltantes de inventarios de las condiciones básicas obligatorias.
l. TODO RIESGO EQUIPO Y MAQUINARIA, Favor informar la ubicación de estos bienes, seguridades y tipo de mantenimiento que realizan.
RESPUESTA: Se acepta parcialmente esta observación, ya que estamos solicitando cobertura a nivel nacional, sin embargo, en la relación de bienes que fue remitida en el anexo No. 7 “Relación Activos a Asegurar” se indican a modo informativo las ubicaciones principales.
Respecto a las medidas de seguridad Renting de Antioquia cuenta con vigilancia 24/7 en el taller y personal de la compañía en los frentes de obra. Para los mantenimientos se cuenta con el área de mantenimiento y técnicos que realizan los mismos en sitio y garantizar la originalidad y buen estado de los equipos.
m. RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL. Contratistas y subcontratistas independientes incluyendo trabajos de mantenimiento, reparaciones y modificaciones de predios Al 100%, Solicitamos a la Entidad reconsiderar el porcentaje se sugiere sea del 30%.
RESPUESTA: No se acepta al considerar que desmejoraríamos la cobertura actual.
n. Responsabilidad civil Parqueaderos, Solicitamos a la Entidad eliminar el hurto en todas sus modalidades.
RESPUESTA: Se acepta parcialmente y se ajusta la condición que queda establecida de la siguiente manera: Daños y hurto de vehículos en predios del asegurado, en parqueaderos de su propiedad o sobre los cuales ejerza tenencia o control el asegurado (Incluye Vehículos de los funcionarios).
o. Gastos Adicionales: Respetuosamente solicitamos aplicar sublímite a
costas legales, honorarios de abogados, gastos y expensas judiciales.
RESPUESTA: No se acepta al considerar que desmejoraríamos la cobertura actual.
p. Restablecimiento automático del valor asegurado por pago de siniestro: De manera respetuosa solicitamos que se traslade esta cláusula a las cláusulas complementarias. Esto teniendo en cuenta las limitaciones actuales xxx xxxxxxx asegurador y reasegurador frente a esta clase de condiciones en los seguros patrimoniales.
RESPUESTA: No se acepta al considerar que desmejoraríamos la cobertura actual.
q. Culpa grave: Solicitamos a la Entidad eliminar esta cláusula debido a que la misma es inasegurable.
RESPUESTA: No se acepta al considerar que desmejoraríamos la cobertura
actual. La culpa grave es asegurable en Colombia.
r. Actos de autoridad competente. La póliza cubre los daños o pérdidas materiales causados a terceros directamente como consecuencia de la acción de la autoridad legalmente constituida, ejercida sobre y/o que afecte los intereses Renting de Antioquia S.A.S. Agradecer pasar esta condición a complementaria en razón a que no es objeto de cobertura de esta póliza.
RESPUESTA: No se acepta al considerar que desmejoraríamos la cobertura actual.
s. Responsabilidad civil derivada de montajes, construcciones y obras civiles para el mantenimiento o ampliación de predios. Se otorga el 30% del valor asegurado. Por ser objeto de cobertura de una póliza de construcción con anexo de RCE solicitamos pasar esta condición a complementarias.
RESPUESTA: No se acepta al considerar que desmejoraríamos la cobertura actual.
t. Gastos para la demostración del siniestro. No obstante, lo que se diga en contrario en las condiciones generales y particulares de la póliza, la Aseguradora se obliga a indemnizar los gastos en que necesaria y razonablemente incurra el asegurado con el fin de demostrar la ocurrencia del siniestro y la cuantía de la perdida. Como este seguro indemniza al asegurado las costas de los procesos judiciales y honorarios de abogados, hasta por el valor asegurado siempre y cuando sean justificado, razonables, causados y cancelados por el asegurado en la defensa de cualquier procedimiento legal en el cual sea demandado el asegurado y con el que se pretenda demostrar su responsabilidad por cualquier reclamación o daño que pueda constituirse en una perdida demostrada en que incurra el asegurado, agradecemos eliminar esta condición.
RESPUESTA: No se acepta al considerar que desmejoraríamos la cobertura actual.
u. Otros gastos en que haya incurrido el Asegurado en relación con un siniestro amparado. Agradecemos aclarar el tipo de gastos que puedan presentarse y establecer un límite.
RESPUESTA: Dentro de este límite se pretenden amparar todos los gastos adicionales que no se encuentren expresamente incluidos y en que se pueda llegar a incurrir ante la materialización de siniestro por un evento amparado en la póliza.
v. Responsabilidad civil cruzada entre asegurados nombrados. Se otorga hasta el 100% del valor asegurado, Solicitamos a la Entidad reconsiderar el porcentaje se sugiere sea del 30%.
RESPUESTA: No se acepta al considerar que desmejoraríamos la cobertura actual.
w. Todos los gastos y expensas judiciales decretados a favor de cualquier reclamante contra el asegurado. Y Xxxxxx legales y honorarios de abogados, Xxxxxxxxxxx permitir presentar un límite se sugiere sea del 5% del valor asegurado.
RESPUESTA: No se acepta al considerar que desmejoraríamos la cobertura actual.
x. Deducibles. Solicitamos a la Entidad ampliar el rango de deducibles solicitado.
RESPUESTA: No se acepta al considerar que desmejoraríamos la cobertura actual.
y. POLIZA DE AUTOMOVILES: Límite de responsabilidad civil extracontractual: Teniendo en cuenta las características propias de los vehículos objeto de cobertura, y en aras de pluralidad de oferentes respetuosamente solicitamos se sirvan modificar los limites requeridos, para lo cual sugerimos el siguiente, el cual es suficiente para cubrir a la entidad, y agradeceríamos calificar el excedente en las condiciones especiales.
-Danos a Bienes de terceros: $200,000,000
-Muerte o Lesiones a una persona: $200,000,000
-Muerte o Lesiones a dos o más personas: $400,000,000
MOTOS
-Danos a Bienes de terceros: $50,000,000
-Muerte o Lesiones a una persona: $50,000,000
-Muerte o Lesiones a dos o más personas: $100,000,000
RESPUESTA: Se modifican los límites de responsabilidad civil extracontractual, sin embargo, NO es posible acceder a los limites solicitado por la compañía, ya que estos son inferiores al margen xxx xxxxxxx. Se separa la categoría de Motos.
z. RESPONSABILIDAD CIVIL DIRECTORES- ADMINISTRADORES (SERVIDORES PUBLICOS). Teniendo en cuenta la naturaleza y características propias de este seguro, comedidamente solicitamos se sirvan establecer los gastos de defensa de la siguiente manera:
Etapas preliminares $5,000,000 persona /evento.
Vinculación procesal hasta primera instancia $10,000,000 persona/evento. Vinculación procesal hasta segunda instancia $20,000,000 persona/evento Vigencia y para todos los cargos $50,000,000.
RESPUESTA: No se acepta debido a que consideramos desmejorarían las condiciones actuales.
aa. Lucro cesante, Solicitamos a la Entidad aclarar la actividad de los vehículos para incluir dicha cobertura, cual es la utilidad neta que deja cada uno de los vehículos que se pretende asegurar.
RESPUESTA: La actividad de los vehiculos es el renting puro para dar cumplimiento a las actividades de nuestros clientes, respecto a la utilidad neta es una información que no es relevante para el tema de las pólizas.
bb.VIGENCIA DE LAS POLIZAS: Solicitamos amablemente informar la fecha exacta de inicio y finalización de la vigencia de las pólizas objeto del presente contrato.
RESPUESTA: Desde las 24 horas 00 xx xxxxxxx 0000 hasta las 24:00 horas
de 00 xx xxxxxxx 0000.
cc. ANEXOS Y FORMATOS DEL PROCESO: Con el fin de efectuar un adecuado diligenciamiento y de evitar incurrir en errores de transcripción, comedidamente solicitamos se sirvan suministrar los anexos y formatos del proceso en formato Word o Excel al electrónico xxxxxx.xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.
RESPUESTA: los anexos fueron publicados en ambos formatos, sin embargo, se acepta la observación se publicará los formatos en archivos Word y Excel editables, para facilitar la presentación de la oferta.
3. OBSERVACIONES FORMULADA POR AXA COLPATRIA S.A.
a. Cordialmente solicitamos a la entidad indicar los impuestos y gastos impositivos a deducir del contrato en caso de adjudicación. (Estampillas, contribuciones…)
RESPUESTA: Conforme a la observación presentada se informa que no aplica ningún tipo de deducción.
b. Cordialmente solicitamos a la entidad informar las tasas que hacen referencia en el numeral 1.2.1 literal a).
RESPUESTA: La entidad se permite precisar que en este proceso no existen tasas máximas por ramo, por lo cual ajustará el pliego en este sentido.
c. Solicitamos a la entidad informar el presupuesto por grupo, dado que se aceptan ofertas parciales.
RESPUESTA: Teniendo en cuenta la observación presentada, la entidad se permite precisar que el presupuesto máximo por grupos es el siguiente:
Grupo 1 | Todo riesgo (daños materiales) Seguro de responsabilidad civil extracontractual Maquinaria y equipo Manejo global comercial o Fraude de empleados | $216.000.000 |
Grupo 2 | Responsabilidad directores y Administradores | $30.000.000 |
Grupo 3 | Autos | $700.000.000 |
Grupo 4 | Daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito SOAT | $180.000.000 |
Grupo 5 | Infidelidad y Riesgos Financieros (IRF) | $50.000.000 |
Grupo 6 | Cyber | $48.000.000 |
d. Cordialmente solicitamos a la Entidad indicar el porcentaje de comisión por póliza y si estas son obligatorias o si pueden ser establecidos por la Compañía aseguradora.
RESPUESTA: La comisión es la resultante entre la negociación que realice la compañía aseguradora con el corredor la cual deberá ser la acostumbrada por cada ramo. El corredor de Renting de Antioquia es Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
e. Experiencias primas: Amablemente solicitamos a la Entidad solo exigir un máximo de 3 certificaciones de contratos ejecutados y terminados dentro de los últimos siete (7) años.
RESPUESTA: Se acepta la observación y se modificará lo pertinente en los pliegos de condiciones.
f. Cordialmente solicitamos a la entidad aclara de que ramo corresponde la siniestralidad enviada por SBS Seguros.
RESPUESTA: El siniestro corresponde al ramo de Responsabilidad Civil Directores & Administradores
g. SEGURO MULTIRIESGO DAÑOS MATERIALES. Cordialmente solicitamos a la entidad aclarar por qué no aseguran edificios y/o bienes inmuebles.
RESPUESTA: Renting de Antioquia actualmente no posee inmuebles propios.
5. Distribución de bienes y valores asegurados (pesos colombianos)
h. Cordialmente solicitamos a la entidad diligenciar los valores del Slip técnico en TRDM, dado que no concuerdan con la relación de bienes aportada en el anexo 7.
Criterio de Aseguramiento: | Criterio de Aseguramiento: A valor a nuevo según clausulado |
5.1. Edificios | $ - |
5.2. Contenidos (Muebles y Enseres incluyendo mejoras locativas) | $ - |
5.3. Maquinaria y Equipo Rotura de Maquinaria | $ - |
5.4.Equipo Eléctrico, Electrònico y similares (Incluye equipo móvil) | $ - |
5.5. Dineros y títulos valores | $ - |
5.6. Mercancías | $ - |
5.7. Obras de arte | $ - |
SUBTOTAL | $ - |
Indice Variable 10% (Items 5.1, 5.2, 5.3, 5.4) | $ - |
TOTAL DAÑOS MATERIALES | $ - |
RESPUESTA: Ver anexo 7 con relación Activos a asegurar.
i. Cordialmente solicitamos a la entidad Sublimitar hurto calificado para todos los bienes a $200.000.000
RESPUESTA: No se acepta al considerar que desmejoraríamos la cobertura actual.
j. Cordialmente solicitamos a la entidad Sublimitar la cláusula de adecuación de construcciones a las normas de sismo resistencia al 20% del valor asegurado.
RESPUESTA: No se acepta al considerar que desmejoraríamos la cobertura actual.
k. Cordialmente solicitamos a la entidad Sublimitar los equipos móviles y portátiles a $200.000.000
RESPUESTA: No se acepta al considerar que desmejoraríamos la cobertura actual.
l. Amablemente solicitamos limitar Labores y materiales a 100.000.000 evento/200.000.000 vigencia.
RESPUESTA: Se acepta parcialmente y se establece el límite para Labores y materiales en $200.000.000 evento/vigencia.
m. Cordialmente solicitamos a la entidad Sublimitar la rotura xx xxxxxxx a 300.000.000 evento/vigencia.
RESPUESTA: Se acepta y se establece esta cobertura en $300.000.000 evento/vigencia.
n. Cordialmente solicitamos a la entidad disminuir la aplicación de infraseguro al 15%
RESPUESTA: Se acepta y se establece en condiciones básicas obligatorias no aplicación de infraseguro siempre y cuando la diferencia entre el valor asegurado y el valor asegurable no sea superior al 15%.
o. SEGURO RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL.
Solicitamos a la Entidad que se permita sublimitar las coberturas:
• Contaminación accidental, mermas, derrames y/o evaporación accidental súbita e imprevista a $2.000.000.000 evento/vigencia.
• RC Cruzada a 2.000.000.000 evento/vigencia.
• RC por productos a 2.000.000.000 evento/vigencia.
• amparo automático para nuevos predios y operaciones a 1.500.000.000 evento/vigencia.
• RC derivada del almacenamiento de combustibles y químicos a 1.500.000.000 evento/vigencia.
RESPUESTA: Se acepta parcialmente de la siguiente forma:
• RC Cruzada: a 2.000.000.000 evento/vigencia.
• Las demás coberturas no se modifican al considerar que estaríamos desmejorando las condiciones actuales.
p. Solicitamos a la Entidad que se permita sublímite de los gastos médicos a 500.000.000.
RESPUESTA: No se acepta al considerar que estaríamos desmejorando la cobertura actual.
q. Solicitamos a la Entidad que se permita sublimitar RC Vehículos Propios y No Propios (en Exceso de RC Autos hasta el 25% evento/50% vigencia.
RESPUESTA: Cubre en exceso del seguro de automóviles y del SOAT, en caso de no tener póliza de autos este operará desde la base y hasta el 100% del valor asegurado.
r. Solicitamos a la Entidad limitar costas legales y honorarios de abogados a un máximo de $150.000.000 evento / $300.000.000 vigencia.
RESPUESTA: No se acepta al considerar que estaríamos desmejorando la cobertura actual.
s. SEGURO GLOBAL DE MANEJO PARA ENTIDADES OFICIALES. Cordialmente solicitamos que se permita modificar la cobertura de restablecimiento automático del Restablecimiento automático del límite asegurado por pago de siniestro, hasta una (1) vez el límite asegurado contratado y con cobro de prima.
RESPUESTA: En el anexo 5 – Slip Condiciones Básicas Obligatorias ya se encuentra restablecimiento automático del límite asegurado por pago de siniestro por una vez, este restablecimiento ya cuenta con cobro de prima adicional.
t. Solicitamos a la Entidad eliminar la cobertura denominada perdidas a través de sistemas computarizados por restricción en nuestros contratos automáticos.
RESPUESTA: No se acepta al considerar que estaríamos desmejorando la cobertura actual.
u. Solicitamos a la entidad limitar la revocación por parte del asegurado sin penalización un plazo en máximo sesenta (60) días.
RESPUESTA: No se acepta al considerar que estaríamos desmejorando la cobertura actual.
v. Limitar las desapariciones misteriosas a 10.000.000 evento / vigencia.
RESPUESTA: Se acepta observación y se incluye desapariciones misteriosas hasta 10.000.000 evento / vigencia.
w. SEGURO TODO RIESGO MAQUINARIA. Cordialmente solicitamos a la entidad aclarar de la relación de maquinaria cual corresponde a la póliza de Contratistas y Subcontratistas por el valor de 5.201.740.000.
RESPUESTA: La maquinaria de Contratista y Subcontratista, es un reporte mensual el cual se actualiza con esa periodicidad y en él se informa el valor asegurado.
x. Cordialmente solicitamos a la entidad disminuir el límite de Responsabilidad Civil a 800.000.000 evento/vigencia.
RESPUESTA: Se acepta parcialmente y se establece en $1.000.000.00 Evento / Vigencia.
y. Cordialmente solicitamos a la entidad disminuir la no aplicación de infraseguro al 15%.
RESPUESTA: Se acepta y se establece la no aplicación de infraseguro siempre y cuando la diferencia entre el valor asegurado y el valor asegurable no sea superior al 15%.
z. Excluir el tránsito de las coberturas de movilización.
RESPUESTA: No se acepta al considerar que desmejoraría las condiciones actuales.
aa. Solicitamos a la entidad sublimitar el incremento es costos de operación por 150.000.000 y hasta por 6 meses.
RESPUESTA: Se acepta Límite de $150.000.000 y hasta por 6 meses en ambas pólizas de Maquinaria.
bb.SEGURO AUTOMOVILES. Cordialmente solicitamos a la entidad relacionar
el código fasecolda de los vehículos relacionados.
RESPUESTA: Se acepta y se incluye código fasecolda en la relación, ver anexo N°12.
cc. Cordialmente solicitamos a la Entidad que se permita presentar los siguientes sublímites xxx xxxxxx de responsabilidad civil extracontractual para vehículos:
• 0.000.000.000/ 0.000.000.000/0.000.000.000 (vehículos livianos)
• 300.000.000/ 300.000.000/ 600.000.000 (vehículos pesados)
• 100.000.000/ 100.000.000/ 200.000.000 (motos)”
RESPUESTA: Se modifican los límites de responsabilidad civil, sin embargo, en pesados no es posible llegar al límite solicitado por la compañía.
dd.Cordialmente solicitamos sublimitar los gastos xx xxxx de acuerdo con lo siguiente:
SERVICIO XX XXXX | |
LIVIANOS | |
Servicio xx xxxx en caso de avería | Fuera del perímetro urbano hasta 30 SMLDV (200 kms), traslado a la principal o la ciudad capital de departamento más cercana al lugar don ocurrido los hechos |
Servicio xx xxxx en caso de accidente | Hasta 50 SMLDV (320 kms), traslado a la ciudad de residencia |
MOTOS | |
Por Avería o Accidente automovilístico | El límite de cobertura para el servicio de rescate en caso de Accid automovilístico es de treinta (30) SMDLV o 200 km, hasta 5 servicios po |
PESADOS | |
Por Avería o Accidente | El límite máximo de esta prestación será de treinta (30) SMLDV o doscie kilómetros. |
RESPUESTA: En el slip no se indican sublímites por evento, solamente pedimos que el número de servicios en la vigencia sea ilimitado. “Servicio xx xxxx por varada sin límite en el número de servicios, ni de su costo. Para todo tipo de vehículos, incluyendo Motos, vehículos Públicos, Pesados, Carga y Buses.”
ee. Sublimitar Casa Cárcel por 50 SMLDV
RESPUESTA: La compañía puede otorgar la cobertura con el límite que considere, solo pedimos que se otorgue de manera obligatoria el amparo.
ff. Cordialmente solicitamos aclarar que la Asistencia en viaje 24 horas no incluye motocicletas ni vehículos pesados
RESPUESTA: La asistencia en viaje para motos y pesados no debe tener la misma amplitud que para livianos, sin embargo y teniendo en cuenta que el 58% del mix de la flota son motos NO podemos retirar la cobertura de asistencia.
gg.Cordialmente solicitamos a la Entidad sublimitar la cláusula de reemplazo para proveedor vehículo sustituto: Vehículo de Reemplazo por Pérdida Parcial, hasta por 15 días y no aplica para vehículos blindados.
RESPUESTA: Se modifica el límite, sin embargo, en el caso de vehículos blindados, la compañía debe garantizar la prestación del beneficio ofreciendo un vehículo de similares características.
hh.Solicitamos a la Entidad eliminar o pasar a condiciones complementarias las coberturas:
• Muerte Accidental, desmembración e Incapacidad Total y Permanente por $50.000.000 para los ocupantes del vehículo incluyendo al conductor (máximo seis personas). Se modifica el límite, pero la condición permanece obligatoria.
• Muerte Accidental, desmembración e Incapacidad Total y Permanente por $50.000.000 para Motocicletas Se modifica el límite, pero la condición permanece obligatoria.
• Renta diaria por hospitalización, exclusivo para motocicletas, cuando el asegurado y/o conductor como consecuencia de un accidente de tránsito tenga que ser hospitalizado por un periodo mayor a 05 días, la compañía le reconocerá a partir xxx xxxxxx día un auxilio diario de
$20.000 diarios por un periodo máximo de 30 días. Se coloca como complementaria.
• Pago de Parqueadero en el Tránsito como consecuencia de un evento cubierto en la póliza: Límite de (1) un Salario Mínimo Diario Legal Vigente a la fecha del siniestro por día de estacionamiento, por un periodo máximo de 15 (Quince) días. Se coloca como complementaria
• Pago mensual sin recargo financiero. La condición se mantiene como obligatoria.
• Revisión y avalúo comercial: la compañía de seguros otorga revisión técnica y emite un concepto del valor comercial del vehículo para la venta por parte de Renting de Antioquia S.A.S a un tercero hasta un límite de 22 carros por vigencia anual. Se coloca como complementaria.
ii. Cordialmente solicitamos a la entidad limitar la cobertura de vehículos bajo cuidado, tenencia, control o custodia a 150.000.000.
RESPUESTA: En el slip no se indican sublímites por evento, solamente indicamos el número de días para el aviso.
jj. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL SERVIDORES PÚBLICOS.
Solicitamos a la entidad limitar los gastos de defensa al 50% del límite asegurado.
RESPUESTA: No se acepta debido a que consideramos desmejorarían las condiciones actuales.
kk. Solicitamos a la entidad limitar todos los gastos de representación legal y costos de investigación así:
Gastos de defensa: $50.000.000 por persona en cada proceso
-$200.000.000 por persona en la vigencia
-$1.000.000.000 en el agregado anual
RESPUESTA: No se acepta debido a que consideramos desmejorarían las condiciones actuales.
ll. Solicitamos a la entidad limitar los demás gastos así:
Gastos de defensa: $20.000.000 por persona en cada proceso
-$50.000.000 por persona en la vigencia
-$100.000.000 en el agregado anual
RESPUESTA: No se acepta debido a que consideramos desmejorarían las condiciones actuales.
mm. Excluir de condiciones básicas la culpa grave y el silencio administrativo positivo.
RESPUESTA: Se acepta parcialmente la observación, se elimina la condición especial, en relación con el silencio administrativo.
nn.Solicitamos a la entidad eliminar el periodo de descubrimiento asegurados pensionados vitalicio para personas retiradas.
RESPUESTA: No se acepta debido a que consideramos desmejorarían las condiciones actuales.
oo.Aclarar que la retroactividad sea a partir del inicio de vigencia de la primera póliza contratada de forma ininterrumpida a la fecha.
RESPUESTA: Se precisa que la fecha de retroactividad es Ilimitada en cuanto al momento en que se genere el hecho o se toma la decisión, siempre y cuando no se tenga conocimiento de una reclamación potencial.
INFIDELIDAD Y RIESGO FINANCIEROS
pp.Solicitamos a la entidad eliminar el bono de fidelización.
RESPUESTA: Se aclara al observante que bajo la póliza de Infidelidad y riesgos financieros no se está solicitando descuentos en la prima como se manifiesta, por lo tanto, no se tendrá en cuenta la observación.
qq.Solicitamos a la entidad disminuir el límite de costos de limpieza a 1.000.000.000 evento ye en el agregado.
RESPUESTA: Se acepta la observación y se procede a modificar el anexo No. 5.
rr. Aclarar que la retroactividad sea a partir del inicio de vigencia de la primera póliza contratada de forma ininterrumpida a la fecha.
RESPUESTA: Se precisa al observante, que es la primera vez que se contrata el seguro, por lo tanto, la fecha de retroactividad es inicio de vigencia. se procede a modificar el anexo No. 5.
ss. Solicitamos a la entidad dar el alcance de las Cláusulas obligatorias de las celdas B60 al B80 del Slip técnico.
RESPUESTA: Las condiciones, cláusulas y coberturas mencionadas en el slip son descriptivas, salvo que se mencione texto o condicionado especifico, por lo tanto, cada proponente debe indicar el texto que requiere.
PÓLIZA DE SOAT
tt. Amablemente solicitamos a la entidad aclarar en la relación de Inventario que autos requieren Soat e informar las fechas de vencimiento.
RESPUESTA: Se acepta la observación y se adjunta información en el anexo N° 12 pestaña 2.
4. OBSERVACIONES FORMULADA POR PREVISORA SEGUROS S.A.
a. NUMERAL 2.2.3 DE ORDEN TÉCNICO Página 12. A que se refieren con superior a cinco (5) años? En el pliego de condiciones se está exigiendo cinco años, pero al realizar la lectura se confunde porque al final del párrafo indican que deben ser ejecutados a partir del 01 de enero de 2013. Agradecemos corregir el tiempo solicitado el cual sería de seis
(6) años.
RESPUESTA: Se ajustará lo pertinente en aras de aclarar el requisito de experiencia y garantizar la pluralidad de oferentes.
b. Agradecemos aclarar si las tres (3) certificaciones son por grupo o en general para la totalidad los grupos en los que se participe.
RESPUESTA: La entidad precisa que las tres certificaciones son por grupo al cual presente oferta.
c. Así mismo solicitamos se permita acreditar la sumatoria de las tres (3) certificaciones y que sea igual o superior a seiscientos millones ($ 600.000.000).
RESPUESTA: Se acepta la observación y se modificará lo pertinente en los pliegos de condiciones.
d. Solicitamos eliminar la exigencia en el pliego de condiciones de acreditar experiencia para el Grupo IV Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito –SOÁT, Teniendo en cuenta que las primas para el ramo de Soat no son muy significativas.
De no ser aceptada nuestra observación agradecemos disminuir la cuantía y que la entidad permita que para ser considera hábil se acrediten un máximo de cinco (5) contratos ejecutados y que la sumatoria a acreditar sea igual o superior a $50.000.000.
RESPUESTA: Le asiste la razón al observante por lo cual se modificará y ajustará lo pertinente.
e. NUMERAL 2.8 ACEPTACIÓN DE LA OFERTA Página 18. Teniendo en cuenta que el Modelo de la Minuta del Contrato hace parte integral del presente proceso, Solicitamos amablemente a la entidad publicar la totalidad de la misma, toda vez que se debe conocer las consideraciones, cambios y ajustes que se estimen convenientes al momento de su respectiva suscripción.
RESPUESTA: La minuta del contrato se elaborará una vez adjudicado el proceso, en su momento será publicada para observaciones, sin embargo, este se realiza con base en los pliegos de condiciones.
f. NUMERAL 3.2 PLAZO DEL CONTRATO Página 19. Agradecemos precisar la vigencia técnica de las pólizas a adquirir e indicarnos la fecha y hora de inicio de la vigencia a contratar.
RESPUESTA: Desde las 24 horas 00 xx xxxxxxx 0000 hasta las 24:00
horas de 00 xx xxxxxxx 0000.
g. 4. NUMERAL 3.3 FORMA DE PAGO Página 19, FACTURA. Solicitamos respetuosamente eliminar la exigencia de acreditar la Resolución de Facturación vigente expedida por la DIAN, debido a que ninguna aseguradora lo tiene en razón a que no existe resolución por ser la póliza un documento equivalente a la factura, según literal 5 del art. 616-1 del estatuto tributario; art. 5 d.1165/1996; arts.13 y 20 d.1380/1996; art.5 d.3050/1997 y art.2 d.1514/1998.
RESPUESTA: Se acepta la observación y se ajustara lo pertinente, teniendo en cuenta que la póliza es un documento equivalente a la factura.
h. IMPUESTOS. Solicitamos respetuosamente a la Entidad que se informe cuáles y por cuanto son c/u de los impuestos, gastos inherentes, impuestos y demás costos directos e indirectos, necesarios para la ejecución del objeto de la presente contratación, en caso de ser adjudicado.
RESPUESTA: Conforme a la observación presentada se informa que no aplica ningún tipo de deducción.
i. NUMERAL 3.7 INDEMNIDAD Página 21. Solicitamos respetuosamente a la Entidad se sirva suprimir xxx xxxxxx de condiciones el presente numeral, toda vez que en nuestro sentir, hoy el Decreto 1510 de 2.013 compilado en el Decreto 1082 de 2015, de manera consecuente con el interés jurídico que pretende proteger, abolió la cláusula obligatoria de INDEMNIDAD y en su lugar simplemente ordena que dentro de los amparos de las Pólizas de Responsabilidad Civil, exigibles en los contratos de obra y en aquellos en que por su objeto o la naturaleza del riesgo lo considere necesario, se asuma el riesgo de las reclamaciones de Terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que surja de las actuaciones, hechos u omisiones de su contratista y sub contratistas, con lo cual la famosa cláusula de INDEMNIDAD resulta improcedente e impertinente a la luz de la legislación vigente, con mayor veras tratándose de Contratos de Seguro donde ni las actuaciones del contratista (Aseguradora) ni mucho menos las de su “subcontratista” (imposibilidad de tener Sub Contratistas) pueden llegar en sana lógica a ocasionar un daño extracontractual a la Entidad pública respectiva.
RESPUESTA: La cláusula de indemnidad se mantiene, es de recordar al proponente que este proceso no se rige por la normatividad citada y la entidad debe estar garantizada por parte de sus contratistas de estar indemne por el desarrollo del contrato.
j. Agradecemos suministrar los estados financieros comparativos con corte a diciembre 31 2017 y 2018 con sus respectivas notas.
RESPUESTA: La entidad publicara los estados financieros con corte a diciembre 31 2017 y 2018 con sus respectivas notas, denominado anexo 10.
k. PÓLIZA DE DAÑOS MATERIALES COMBINADOS. Favor indicarnos si para los bienes asegurados por corriente débil y Rotura de maquinaria cuentan con equipos de protección y cuales son.
RESPUESTA: En conjunto con el área de mantenimiento y de seguridad y salud en el trabajo se tienen establecidos los mecanismos de control de los equipos tales como, capacitación de uso y manejo a operadores y técnicos, GPS, software de mantenimiento, entre otros.
l. Qué tipo de protecciones contra incendio existen en los diferentes predios asegurados como, por ejemplo, extintores, red contra incendio, hidrantes, spliters, sensores de humo, etc. Igualmente informarnos a que distancia se encuentra la estación de bomberos más cercana y cuál sería el tiempo de respuesta.
RESPUESTA: Renting de Antioquia no se encuentra asegurando predios, sin embargo, las oficinas cuentan con sus respectivas normas de seguridad tales como, salidas de emergencia, puntos de encuentro, extintores, entre otros.
m. Por favor indicarnos qué tipo de vigilancia existen en los diferentes predios (privada, propia o vivientes) y si existen alarmas y de qué tipo.
RESPUESTA: Se cuenta con vigilancia privada 24/7.
n. PÓLIZA DE MAQUINARIA Y EQUIPO. Agradecemos informarnos el modelo (año de fabricación) de la maquinaria.
RESPUESTA: Se indican los modelos de maquinaria en el anexo N°11.
o. Favor indicarnos el esquema de seguridad con que cuenta la entidad para las máquinas, tanto cuando se encuentran en la obra, como para cuando se encuentran parqueadas sin estar en obras.
RESPUESTA: Respecto a las medidas de seguridad Renting de Antioquia cuenta con vigilancia 24/7 en el taller y personal de la compañía en los frentes de obra.
p. Solicitamos eliminar la cobertura obligatoria para daño interno, esto teniendo en cuenta que ésta no es objeto de esta póliza, sino de la póliza de rotura de maquinaria.
RESPUESTA: No se acepta debido a que consideramos desmejorarían las condiciones actuales.
q. Acorde con la anterior solicitud, también solicitamos eliminar la cláusula “Cobertura de conjuntos aplicable únicamente a la sección de daños internos”.
RESPUESTA: No se acepta debido a que consideramos desmejorarían las condiciones actuales.
r. Respecto de la cláusula de No aplicación de infraseguro en caso de cualquier clase de pérdida, solicitamos a la entidad suministrar avalúos recientes dentro de los 60 días siguientes al inicio de la vigencia de la póliza, de lo contrario permitir la aplicación del mismo según la modalidad de pérdida relativa con aplicación de infraseguro, o de lo contrario solicitamos bajar el porcentaje al 10%.
RESPUESTA: Se acepta parcialmente, se incluye cláusula de no aplicación de infraseguro siempre y cuando el infraseguro no sea superior al 15%.
s. Respecto de la cobertura Responsabilidad civil extracontractual: incluye perjuicios patrimoniales y extrapatrimoniales (teniendo en cuenta lucro cesante de la víctima), solicitamos agregar la frase “siempre y cuando no supere el 20% de la maquina asegurada”
RESPUESTA: No se acepta teniendo en cuenta que desmejoraría las condiciones actuales que se traen contratadas.
t. Solicitamos eliminar la cláusula No tasación del siniestro cuando la pérdida sea interior a $ 50,000,000, este es un derecho que tiene el asegurador.
RESPUESTA: Se acepta parcialmente y se establece no tasación del siniestro cuando la pérdida sea inferior a $30.000.000.
u. Solicitamos disminuir el valor asegurado requerido para el amparo automático a $ 200.000.000.
RESPUESTA: Se acepta parcialmente y se establece en $800.000.000.
v. Agradecemos a Rentan eliminar la cláusula de Conocimiento del riesgo, toda vez que no conocemos inspección de la maquinaria.
RESPUESTA: No se acepta la observación, el Anexo 7 contiene la información de descripción de la maquinaria y valores a asegurar.
INFIDELIDAD Y RIESGOS FINANCIEROS
w. Solicitamos eliminar la cláusula obligatoria de moneda falsa se extiende a cubrir monedas de cualquier lugar del mundo, la solicitud la elevamos teniendo en cuenta que es una restricción xxx xxxxxxx reasegurador. Al tener en cuenta nuestra observación se amplía la posibilidad para el colegio de tener un mayor número de oferentes.
RESPUESTA: Se acepta la solicitud del proponente en la medida que la Entidad no hace negociaciones en divisas, por lo que se procede a modificar el anexo No 5.
x. Solicitamos suministrar el texto de las cláusulas relacionadas a continuación:
Predios |
Tránsito |
Falsificación de títulos valores y otros documentos |
Falsificación Extendida |
Pérdida de giros postales solamente con respecto a la cobertura de falsificación |
Pérdida de derecho de suscripción |
Sistemas computarizados |
Operaciones de la oficina de servicios del asegurado |
Instrucciones electrónicas por computador |
Equipos y datos electrónicos según |
Virus en el computador |
Comunicaciones / mensajes electrónicos y por facsímile |
Transmisiones Electrónicas |
Títulos Valores Electrónicos |
Anexo de Télex Probados, incluyendo facsímiles |
Transferencias Iniciadas por voz. Sujeto a que todas las conversaciones sean grabadas y existan procedimientos de control dual para la custodia de las grabaciones |
Extensión de Cobertura de Xxxxxxxx xx xxxxxx de efectivo |
Manejo y Negociación de Documentos seriales a cargo de terceros. Sublímite COP1,000,000,000 evento/Vigencia |
Cláusula de protección bancaria |
Concurrencia de amparos, cláusulas y/o condiciones |
Cláusula de siniestro en serie si una serie de reclamaciones xx xxxxxxx / usuario / clientes |
Conocimiento del riesgo |
Definición de empleados extendida y ampliada |
Designación de ajustadores, de común acuerdo entre la aseguradora y el asegurado |
Extensión de cobertura hasta 60 días siguientes a la fecha en que el personal asegurado se desvincule de la entidad |
Extensión de cobertura para estudiantes, practicantes, contratistas, digitadores externos o programadores, siempre y cuando se encuentra bajo control y supervisión del asegurado. |
Perdidas por personal no identificado |
RESPUESTA: Las condiciones, cláusulas y coberturas mencionadas en el slip son descriptivas, salvo que se mencione texto o condicionado especifico, por lo tanto, cada proponente debe indicar el texto que requiere.
y. Solicitamos eliminar la cobertura de Cobertura de responsabilidad civil profesional, la misma no es objeto de cobertura de la presente póliza.
RESPUESTA: Se acepta la solicitud del proponente, por lo que se procede a modificar el anexo No. 5.
z. Agradecemos pasar para condiciones adicionales el amparo obligatorio de incendio HMACC, XXXX, terremoto y otros fenómenos de la naturaleza para dinero y títulos valores, de no ser así agradecemos permitir sublímitarlo.
RESPUESTA: Se acepta la solicitud del proponente en aras de recibir pluralidad de ofertas, por lo que se procede a eliminar este amparo del anexo No. 5 de condiciones básicas obligatoria y se traslada como condición complementaria.
aa. Cobertura para títulos ó depósitos judiciales. Las coberturas del seguro se extienden a amparar las pérdidas que sufra el asegurado que afecten los depósitos judiciales. Se solicita trasladar a complementarias calificables, Igualmente se solicita el texto que describe y define el alcance de la cobertura indicando en que evento se afectaría.
RESPUESTA: Se acepta la solicitud del proponente en aras de recibir pluralidad de ofertas, por lo que se procede a eliminar este amparo del anexo No. 5 de condiciones básicas obligatoria y se traslada como condición complementaria.
bb.Agradecemos limitar en tiempo las siguientes cláusulas:
Amparo Automático para nuevos cargos, funcionarios y/o empleados |
Amparo Automático para nuevos funcionarios, predios y operaciones |
Periodo de retroactividad |
RESPUESTA: Las condiciones, cláusulas y coberturas mencionadas en el slip son descriptivas, salvo que se mencione texto o condicionado especifico, por lo tanto, cada proponente debe indicar el texto que requiere. En relación con la fecha de retroactividad se precisa al observante, que es la primera vez que se contrata el seguro, por lo tanto, la fecha de retroactividad es inicio de vigencia. se procede a modificar el anexo No. 5.
5. OBSERVACIONES FORMULADA POR ZURICH COLOMBIA S.A.
a. DE ORDEN LEGAL Y DOCUMENTOS QUE LO ACREDITAN. a) CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y EPRESENTACION LEGAL. En el literal X xxx xxxxxx de condiciones solicita que el oferente deberá contar con una sede o sucursal en la ciudad de Medellín con una antigüedad mínima de la vigencia del contratación inicial y cinco años más; nos permitimos observar que con este criterio no se garantizaría la pluralidad de oferentes ya que conllevaría a pensar que se está beneficiando a otras aseguradoras en particular que llevan más tiempo en esta sucursal y de esta manera se estaría violando los principios de igualdad y selección objetiva, toda vez que este factor o condicionamiento no le permite garantizar a la entidad un escogencia objetiva, por ejemplo una aseguradora como ZURICH COLOMBIA SEGUROS S.A., la cual tiene una trayectoria a nivel nacional en contratos estatales inferior a la condición a la cual se hace referencia previamente, no podría participar en este proceso de selección porque la sucursal y la compañía fue creada en un tiempo menor al tiempo de vigencia que se va a contratar por la entidad más los 5 años, es decir, que no podrían participar nuevas empresas aseguradoras que cuentan con mucha experiencia en otras ciudades pero que quieren incursionar en un nuevo xxxxx xx xxxxxxx de seguros como en el departamento de Antioquia. Por todo lo anterior solicitamos de la manera más cordial se sirvan reducir el tiempo de antigüedad mínima de la sucursal a un
(1) año o en su defecto se elimine esta condición con el fin de que la entidad garantice los principios de constitucionales y legales como lo son la igualdad, transparencia, moralidad, libertad de competencia e imparcialidad establecidos en el Manual de Contratación por el cual se expiden normas generales de contratación para la empresa de económica mixta RENTING DE ANTIOQUIA S.A.S. -RENTAN S.A.S.
RESPUESTA: Se acepta la observación y se modificará lo pertinente
b. ALCANCE. Agradecemos modificar el presente numeral de los Términos de Referencia en la relacionado con la presentación de propuestas para el Grupo
No. 1 a fi garantizar la obtención de propuestas para la totalidad de los xxxxx de dicho grupo en el evento de presentación bajo la figura de consorcio o unión temporal y alguno de los integrantes no tenga aprobado alguno de los xxxxx se permita la presentación con oferta aparte para aquellos que sí cuenten con dicha aprobación. Para el efecto proponemos incluir la siguiente nota:
“En el evento de ofertas presentadas al grupo No. 1 bajo la modalidad de consorcio o unión temporal en la que alguno de sus miembros no cuente con autorización de uno o varios de los xxxxx que conforman el grupo, se deberá presentar propuesta separadamente en conjunto o en forma individual por de los demás miembros de esta figura asociativa que tengan autorizados dicho ramo (s).”
En su defecto agradecemos se permita la presentación de propuestas bajo la figura de xxxxxxxxx.
Lo anterior con el propósito de no incurrir en la práctica insegura establecida en el subnumeral 1.7.6. del numeral 1.7. del capítulo segundo del Título VI de la Circular Externa 052 de 2002 de la Superintendencia financiera que señala:
RESPUESTA: No se acepta la observación al respecto, la entidad requiere contratar una aseguradora para el manejo de los cuatro (4) xxxxx que integran el grupo No 1.
c. Teniendo en cuenta que en el mercado asegurador existen pólizas de Todo Riesgo Daño Material bajo la modalidad modular, es decir, que incluyen los xxxxx de manejo y Transporte de Valores en la misma póliza, solicitamos amablemente a la entidad se permita expedir las pólizas bajo esta modalidad sin afectar los términos y condiciones pactados en la oferta presentada.
RESPUESTA: Se permite presentar para la licitación una póliza modular que incluya Daños materiales, Manejo y Transportes, siempre y cuando cumplan con las condiciones básicas obligatorias exigidas para cada ramo
d. De manera respetuosa solicitamos a la Entidad incluir la siguiente condición con el ánimo de garantizar los principios de la contratación estatal; selección objetiva, pluralidad de oferentes, igualdad y libre concurrencia de tal manera que permita la participación de los interesados, en condiciones competitivas de calidad, oportunidad y precio, las cuales representan un beneficio para la entidad:
A TRAVES DE VARIAS PROPUESTAS
Cuando varias compañías de seguros deseen participar en el presente proceso de selección pero no puedan presentar una sola propuesta a través de un solo consorcio o unión temporal, por no tener autorización de la Superintendencia Financiera para comercializar algún producto, se podrán presentar varias propuestas a través de propuestas singulares o plurales con las cuales se garantice la presentación de la TOTALIDAD de las pólizas requeridas por la Entidad, para lo cual se hace necesario que se cumplan los siguientes requisitos:
1. Las compañías de seguros deberán presentar el Anexo denominado “RELACIÓN DE PROPUESTAS QUE SE PRESENTARÁN PARA OFERTAR LA TOTALIDAD DEL PROGRAMA DE SEGUROS DE LA ENTIDAD”, el cual deberá ser suscrito por todos los representantes legales de las compañías que presentan propuestas y en el cual se indique, de forma clara, a través de cuales ofertas se cumple con el requisito de presentación de la totalidad de los xxxxx descritos en el pliego de condiciones para el presente proceso.
2. Los proponentes deberán ofertar la totalidad de los xxxxx requeridos en el presente proceso a través de varias ofertas, sin que pueda presentarse más de una propuesta para cada uno de los xxxxx objeto de contratación.
3. La sumatoria económica de todas las ofertas presentadas no podrá superar el presupuesto asignado para el programa de seguros establecido, so pena de rechazo de todas las propuestas presentadas.
4. Por cada oferta, el oferente deberá indicar el nombre del integrante del consorcio o unión temporal que certificará la experiencia, según las propuestas presentadas.
5. Si alguna de las propuestas presentadas por los proponentes quede incursa en causal de rechazo, las demás propuestas presentadas sufrirán la misma sanción, en el entendido que la Entidad requiere contratar la totalidad xx xxxxx establecidos para su programa de seguros.
6. Cada uno de los proponentes deberá cumplir con todos los requerimientos establecidos en el presente proceso y la calificación de las propuestas se realizará por xxxxx, obteniéndose posteriormente el puntaje único para todos los xxxxx, siguiendo el procedimiento descrito en el pliego de condiciones correspondiente a la “DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL DE LA OFERTA”.
Por lo anterior adjuntamos copia del formato el cual se deberá incluir firmado por cada uno de los representantes de la unión temporal.
RESPUESTA: No se acepta la observación, se recuerda al oferente que la licitación está diseñada para presentarse por grupo permitiéndole a la aseguradora presentar oferta de forma parcial teniendo en cuenta para los xxxxx con los cuales tiene aprobación.
e. PRESUPUESTO DEL CONTRATO. Solicitamos a la entidad informar el desglose del presupuesto por grupos
RESPUESTA: Teniendo en cuenta la observación presentada, la entidad se permite precisar que el presupuesto máximo por grupos es el siguiente:
Grupo 1 | Todo riesgo (daños materiales) Seguro de responsabilidad civil extracontractual Maquinaria y equipo Manejo global comercial o Fraude de empleados | $216.000.000 |
Grupo 2 | Responsabilidad directores y Administradores | $30.000.000 |
Grupo 3 | Autos | $700.000.000 |
Grupo 4 | Daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito SOAT | $180.000.000 |
Grupo 5 | Infidelidad y Riesgos Financieros (IRF) | $50.000.000 |
Grupo 6 | Cyber | $48.000.000 |
f. 2.2.3 DE ORDEN TECNICO. Agradecemos a la entidad se permita certificar la experiencia mediante relación suscrita por representante legal, con clientes públicos o privados superior a 10 años.
RESPUESTA: No se acepta la observación, la entidad requiere que se aporten las certificaciones contractuales, actas de liquidación o copias de las pólizas donde se pueda evidenciar la experiencia del proponente en los grupos a los cuales presenta oferta.
g. Agradecemos suministrar la siguiente información para cada uno de los riesgos a asegurar, con base en lo establecido en el Decreto 4865 de 2011 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, reglamentado con la Circular Externa 011 de 2013 por la Superintendencia Financiera de Colombia, por el cual las compañías de seguros que comercializan la cobertura de terremoto en Colombia deben suministrar información de los riesgos asegurados a esta Superintendencia, con el propósito de estimar las reservas técnicas xxx xxxx:
Es importante anotar que todas las Compañías de Seguros que comercializan el ramo de terremoto, sin excepción, deberán suministrar está información al supervisor. Esta disposición introducirá cambios en la información que tradicionalmente se solicita en los procesos licitatorios, sean estos públicos o privados. Considera el sector asegurador que el aporte del asegurado, intermediario y las aseguradoras en el cumplimiento de esta normativa es fundamental y, por tanto, solicitamos su valiosa colaboración para que este requerimiento sea atendido en los términos solicitados.
RESPUESTA: En Anexo 7 – Relación Activos a Asegurar (TRDM MEC y AUTOS) Se remitió la relación de valores asegurados que conforman el seguro de daños materiales, maquinaria y equipo y autos.
h. Agradecemos a la entidad informar los valores discriminados del numeral 5 “5. Distribución de bienes y valores asegurados (pesos colombianos)”
RESPUESTA: Lo solicitado se encuentra en el Anexo 7 – Relación Activos a Asegurar.
i. Agradecemos a la entidad disminuir a noventa (90) días, el amparo automático para bienes que por error u omisión no se hayan informado al inicio del seguro.
RESPUESTA: Se acepta observación y se establece en 90 días el amparo para bienes de propiedad del asegurado en predios o bajo la responsabilidad de terceros y Xxxxxx para bienes fuera de edificios y/o a la intemperie.
j. Solicitamos a la entidad sublimitar a noventa (90) días el amparo para bienes de propiedad del asegurado en predios o bajo la responsabilidad de terceros y Amparo para bienes fuera de edificios y/o a la intemperie.
RESPUESTA: No se acepta al considerar que desmejora las condiciones que se traen contratadas.
k. Solicitamos a la entidad disminuir el término de ampliación del plazo para aviso de revocación de la póliza para XXXX a 10 días, con el fin de ajustarlo a la exigencia del reasegurador.
RESPUESTA: Se acepta y se establece el término de ampliación del plazo para aviso de revocación de la póliza para XXXX a 10 días.
l. No Subrogación: Solicitamos eliminar esta condición, en primer término, porque el artículo 1162 no establece la posibilidad de modificación en sentido favorable al asegurado del artículo 1096 del Código de Comercio, el cual establece por ministerio xx xxx la subrogación del asegurador. En segundo lugar, el asegurado no puede renunciar a sus derechos como tercero responsable del siniestro conforme a lo dispuesto por el artículo 1097 del Código de Comercio, así mismo el artículo 1098 de la misma norma, establece como deber del asegurado hacer todo lo que este a su alcance para permitirle al asegurador todos los derechos derivados de la subrogación. Finalmente es importante señalar, que es inocua la condición planteada en virtud del artículo 1099 de la norma ibidem, que indica que el asegurador no tendrá derecho la subrogación contra las personas cuyos actos u omisiones den origen a responsabilidad del asegurado ni contra el causante del siniestro del asegurado pariente en línea directa o colateral dentro del segundo grado civil de consanguinidad.
RESPUESTA: No se acepta al considerar que desmejora las condiciones actuales.
m. Solicitamos a la entidad eliminar de las condiciones obligatorias el Restablecimiento o restitución automática de la suma asegurada con cobro de prima adicional, excepto para XXXX Y AMCCOPH.
RESPUESTA: No se acepta al considerar que desmejora las condiciones actuales.
n. Agradecemos a la entidad eliminar de las condiciones obligatorias la no aplicación de infraseguro o en su defecto disminuirla al 10%.
RESPUESTA: Se acepta parcialmente y se establece no aplicación de infraseguro siempre y cuando la diferencia entre el valor asegurado y el valor asegurable no sea superior al 15%.
o. Xxxxxxxxx, temblor y/o erupción volcánica, Maremoto, Tsunami: Porcentaje (%) aplicable sobre el valor de la pérdida: Solicitamos se modifique este deducible y se permita la presentación sobre el valor asegurable, teniendo en cuenta que establecer para el amparo de terremoto un deducible sobre el valor de la pérdida implica un incremento en la tasa de la póliza de no menos del 300% y los Términos de Referencia no establece un presupuesto suficiente para este deducible.
RESPUESTA: No se acepta al considerar que desmejora las condiciones actuales.
RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL
p. Agradecemos a la entidad incluir dentro de la condición “Viajes de funcionarios del asegurado, en comisión de trabajo, en el territorio colombiano y en el exterior.” el siguiente párrafo: Excluyendo Estados Unidos, Canadá y Puerto Rico
RESPUESTA: No se acepta al considerar que desmejora las condiciones actuales.
q. Solicitamos a la entidad sublimitar a noventa (90) días, el amparo automático para nuevos predios y operaciones.
RESPUESTA: No se acepta al considerar que desmejora las condiciones actuales.
r. Agradecemos a la entidad aclara el termino establecido para la ampliación del plazo para aviso de siniestro teniendo en cuenta que en letras indica noventa y en números indica 90.
RESPUESTA: Se aclara que la ampliación del plazo para aviso de siniestro es de 60 días.
s. Solicitamos a la entidad disminuir el termino para la ampliación del plazo para aviso de revocación de la póliza a noventa (90) días, con el fin de ajustarlo a los requerimientos del reasegurador.
RESPUESTA: Se acepta y se establece la ampliación del plazo para aviso de revocación de la póliza en (90) días.
t. Agradecemos a la entidad eliminar de las condiciones obligatorias la revocación por parte del asegurado sin penalización a corto plazo, con el fin de ajustarlo a los requerimientos del reasegurador.
RESPUESTA: No se acepta al considerar que desmejora las condiciones actuales de la póliza.
u. Agradecemos a la entidad para el Restablecimiento automático del límite asegurado por pago de siniestro por una vez, incluir que deberá ser con cobro de prima adicional a prorrata.
RESPUESTA: Se acepta restablecimiento automático del límite asegurado por pago de siniestro por una vez con cobro de prima adicional a prorrata.
v. Agradecemos a la entidad eliminar de las condiciones obligatorias la revocación por parte del asegurado sin penalización a corto plazo, con el fin de ajustarlo a los requerimientos del reasegurador.
RESPUESTA: No se otorga al considerar que desmejora las condiciones actuales.
EQUIPO Y MAQUINARIA CONTRATISTAS
w. Solicitamos a la entidad sublimitar a noventa (90) días el Amparo automático para maquinaria y equipo de contratistas.
RESPUESTA: No se otorga al considerar que desmejora las condiciones actuales.
x. No Subrogación: Solicitamos eliminar esta condición, en primer término, porque el artículo 1162 no establece la posibilidad de modificación en sentido favorable al asegurado del artículo 1096 del Código de Comercio, el cual establece por ministerio xx xxx la subrogación del asegurador. En segundo lugar, el asegurado no puede renunciar a sus derechos como tercero responsable del siniestro conforme a lo dispuesto por el artículo 1097 del Código de Comercio, así mismo el artículo 1098 de la misma norma, establece como deber del asegurado hacer todo lo que este a su alcance para permitirle al asegurador todos los derechos derivados de la subrogación. Finalmente es importante señalar, que es inocua la condición planteada en virtud del artículo 1099 de la norma ibidem, que indica que el
asegurador no tendrá derecho a la subrogación contra las personas cuyos actos u omisiones den origen a responsabilidad del asegurado ni contra el causante del siniestro del asegurado pariente en línea directa o colateral dentro del segundo grado civil de consanguinidad.
RESPUESTA: No se acepta al considerar que desmejora las condiciones actuales de la póliza.
EQUIPO Y MAQUINARIA PROPIA
y. Solicitamos a la entidad sublimitar a noventa (90) días el Amparo automático para maquinaria y equipo de contratistas y Amparo Automático para bienes que por error u omisión no se hayan informado el inicio del seguro.
RESPUESTA: No se acepta al considerar que desmejora las condiciones actuales de la póliza.
z. No Subrogación: Solicitamos eliminar esta condición, en primer término, porque el artículo 1162 no establece la posibilidad de modificación en sentido favorable al asegurado del artículo 1096 del Código de Comercio, el cual establece por ministerio xx xxx la subrogación del asegurador. En segundo lugar, el asegurado no puede renunciar a sus derechos como tercero responsable del siniestro conforme a lo dispuesto por el artículo 1097 del Código de Comercio, así mismo el artículo 1098 de la misma norma, establece como deber del asegurado hacer todo lo que este a su alcance para permitirle al asegurador todos los derechos derivados de la subrogación. Finalmente es importante señalar, que es inocua la condición planteada en virtud del artículo 1099 de la norma ibidem, que indica que el asegurador no tendrá derecho a la subrogación contra las personas cuyos actos u omisiones den origen a responsabilidad del asegurado ni contra el causante del siniestro del asegurado pariente en línea directa o colateral dentro del segundo grado civil de consanguinidad.
RESPUESTA: No se acepta al considerar que desmejora las condiciones actuales de la póliza.
Elaboró: Área de compras – RENTAN S.A.S. Elaboró: Corredor de seguros – Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Revisó: Área Jurídica RENTAN S.A.S.