INSTRUCCIONES
INSTRUCCIONES
1.- O LLENAR CON LETRA DE IMPRENTA
2.- INFORMAR EL TIPO DE MODALIDAD DE CONTRATACION:
I CONTRATO DE NATURALEZA TEMPORAL
ART. 57º CONTRATO POR INICIO O INCREMENTO DE ACTIVIDAD
SE CELEBRA POR EL INICIO DE UNA NUEVA ACTIVIDAD O POR EL INCREMENTO DE LAS YA EXISTENTES DENTRO DE LA MISMA EMPRESA SU DURACION MAXIMA ES DE TRES AÑOS.
ART. 58º CONTRATO POR NECESIDADES XX XXXXXXX
SE CELEBRA CUANDO SE PRESENTA UN INCREMENTO TEMPORAL E IMPREVISIBLE DEL RITMO NORMAL DE LA ACTIVIDAD PRODUCTIVA, CON EXCLUCION DE LAS VARIACIONES DE CARÁCTER CICLICO O DE TEMPORADA. SU DURACION MAXIMA EN CONJUNTO ES DE CINCO AÑOS.
ART. 59º CONTRATO POR RECONVERSION EMPRESARIAL
SE CELEBRA EN CASO DE SUSTITUCION, AMPLIACION O MODIFICACION DE LAS ACTIVIDADES DESARROLLADAS EN LA EMPRESA, Y EN GENERAL CUANDO SE PRODUZCA CUALQUIER VARIACION DE CARÁCTER TECNOLOGICO SU DURACION MAXIMA ES DE DOS AÑOS.
II CONTRATO DE NATURALEZA ACCIDENTAL ART. 60º CONTRATO OCASIONAL
SE CELEBRA PARA ATENDER NECESIDADES TRANSITORIAS A LA HABITUAL DEL
CENTRO DE TRABAJO, SU DURACION ES DE SEIS MESES.
ART. 61º CONTRATO DE SUPLENCIA
SE CELEBRA CON EL OBNJETO DE SUSTITUIR A UN TRABAJADOR ESTABLE DE LA EMPRESA, CUYO VINCULO LABORAL SE ENCUENTRA SUSPENDIDO POR CAUSA JUSTIFICADA PREVISTA EN LA LEGISLACION O POR EFECTO DE CONVENIO COLECTIVO, SU DURACION ES LA QUE RESULTE NECESARIA.
ART. 62º CONTRATO DE EMERGENCIA
SE CELEBRA PARA ATENDER LAS NECESIDADES PROMOVIDAS POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. SU DURACION COINCIDE CON LA DE LA EMERGENCIA.
III CONTRATO PARA OBRAS O SERVICIO
ART. 63º CONTRATO PARA OBRA DETERMINADA O SERVICIO ESPECIFICO
SE CELEBRA CON OBJETO PREVIAMENTE ESTABLECIDO, SU DURACION ES LA QUE RESULTE NECESARIA.
ART. 64º CONTRATO INTERMITENTE
SE CELEBRA PARA CUBRIR NECESIDADES DE LAS ACTIVIDADES DE LA EMPRESA QUE POR SU NATURALEZA SON PERMANENTES PERO DISCONTINUAS. SU DURACION MAXIMA EN CONJUNTO NO DEBE SUPERAR LOS CINCO AÑOS.
I CONTRATO DE NATURALEZA TEMPORAL
ART. 57º CONTRATO POR INICIO O INCREMENTO DE ACTIVIDAD
SE CELEBRA POR EL INICIO DE UNA NUEVA ACTIVIDAD O POR DE TRES AÑOS.
ART. 58º CONTRATO POR NECESIDADES XX XXXXXXX
DEL RITMO NORMAL DE LA ACTIVIDAD PRODUC EN CONJUNTO ES DE CINCO AÑOS.
ART. 59º CONTRATO POR RECONVERSION EMPRESARIAL
ACTIVIDADES
MAXIMA ES DE DOS AÑOS.
II CONTRATO DE NATURALEZA ACCIDENTAL ART. 60º CONTRATO OCASIONAL
SE CELEBRA PARA ATENDER NECESIDADES TRANSITORIAS A LA HABITUAL DEL
CENTRO DE TRABAJO, SU DURACION ES DE SEIS MESES.
ART. 61º CONTRATO DE SUPLENCIA
SE CELEBRA CON EL OBNJETO DE SUSTITUIR A UN TRABAJADOR ESTABLE DE LA EMPRESA, CUYO VINCULO LABORAL SE ENCUENTRA SUSPENDIDO POR CAUSA JUSTIFICADA PREVISTA EN LA LEGISLACION O POR EFECTO DE CONVENIO COLECTIVO, SU DURACION ES LA QUE RESULTE NECESARIA.
ART. 62º CONTRATO DE EMERGENCIA
SE CELEBRA PARA ATENDER LAS NECESIDADES PROMOVIDAS POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. SU DURACION COINCIDE CON LA DE LA EMERGENCIA.
III CONTRATO PARA OBRAS O SERVICIO
ART. 63º CONTRATO PARA OBRA DETERMINADA O SERVICIO ESPECIFICO
SE CELEBRA CON OBJETO PREVIAMENTE ESTABLECIDO, SU DURACION ES LA QUE RESULTE NECESARIA.
ART. 64º CONTRATO INTERMITENTE
SE CELEBRA PARA CUBRIR NECESIDADES DE LAS ACTIVIDADES DE LA EMPRESA QUE POR SU NATURALEZA SON PERMANENTES PERO DISCONTINUAS. SU DURACION MAXIMA EN CONJUNTO NO DEBE SUPERAR LOS CINCO AÑOS.
AART. 65º CONTRATO DE TEMPORADA
SE CELEBRA PARA ATENDER NECESIDADES PROPIAS DEL GIRO DE LA EMPRESA O ESTABLECIMIENTO, QUE SE CUMPLEN SOLO EN DETERMINADAS EPOCAS DEL AÑO Y QUE ESTAN SUJETAS A REPETIRSE EN PERIODOS EQUIVALENTES EN CADA CICLO. EN FUNCION A LA NATURALEZA DE LA ACTIVIDAD PRODUCTIVA. SE INCLUYEN LOS INCREMENTOS REGULARES Y PERIODICOS DE NIVEL DE LA ACTIVIDAD NORMAL DE LA EMPRESA O EXPLOTACION Y LAS ACTIVIDADES FERIALES. SU DURACION EN CONJUNTO NO DEBE SUPERAR LOS CINCOS AÑOS.
FORMATO Nº 05
FICHA TECNICA - FORMATO Nº 05
HOJA INFORMATIVA DE CONTRATOS SUJETOS A MODALIDAD
(T. U. O. D. LEG. 728)
1. OBJETIVO.-
Cuantificar los contratos de mano de obra nacional suscritos al amparo del Decreto Legislativo Nº 728 y que son registrados en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
2. FINALIDAD.-
Brindar una información oportuna y confiable para la adecuada toma de decisiones.
3. COBERTURA.-
Lima y nivel nacional
4. PERIODICIDAD.-
Diaria, mensual, trimestral, semestral y anual.
5. METODO DE RECOLECCION.-
Mediante registros administrativos que genera el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo de acuerdo al Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA). El registro administrativo obtiene, para fines administrativos, datos que pueden ser utilizados con fines estadísticos o como información estadística.
6. FUENTE DE INFORMACION
Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima – Callao, Direcciones Regionales / Zonas de Trabajo y Promoción del Empleo.
7. FORMATOS DE RECOLECCION.-
Formato Nº 05 de la Batería de Formatos Estadísticos.
R. S. Nº 091-2004-TR/SG que aprueba la Directiva General Nº 002-2004-MTPE/SG/OEI.
8.- VARIABLES EN ESTUDIO.-
- CONTRATOS DE NATURALEZA TEMPORAL
- Contrato por Inicio o Incremento de Actividad: es aquel que se celebra por el inicio de una nueva actividad o por el incremento de las ya existentes dentro de la misma empresa. Su duración máxima es de tres años.
- Contratos por Necesidades xxx Xxxxxxx: es aquel que se celebra cuando se presenta un incremento temporal e imprevisible del ritmo normal de la actividad productiva, con exclusión de las variaciones de carácter cíclico o de temporada. Su duración máxima en conjunto es de cinco años.
- Contrato de Reconversión Empresarial: es el que se celebra en caso de sustitución, ampliación o modificación de las actividades desarrolladas en la empresa, y en general cuando se produzca cualquier variación de carácter tecnológico. Su duración máxima es de dos años.
- CONTRATOS DE NATURALEZA ACCIDENTAL
- Contrato Ocasional: es el que se celebra para atender necesidades transitorias a la habitual del centro de trabajo. Su duración es de seis meses.
- Contrato de Suplencia: se celebra con el objeto de sustituir a un trabajador estable de la empresa, cuyo vínculo laboral se encuentra suspendido por causa justificada prevista en la legislación o por efecto de convenio colectivo. Su duración es la que resulte necesaria.
- Contrato de Emergencia: es el celebrado para atender las necesidades promovidas por caso fortuito o fuerza mayor. Su duración coincide con la de la emergencia.
- CONTRATOS DE NATURALEZA OBRA O SERVICIO DETERMINADO.
- Contrato para Obra Determinada o Servicio Específico: se celebra con un objetivo previamente establecido.
Su duración es la que resulte necesaria.
- Contrato Intermitente: es el celebrado para cubrir necesidades de las actividades de la empresa que por su naturaleza son permanentes pero discontinuas. Su duración máxima en conjunto no debe superar los cinco años.
- Contrato de temporada: es el que se celebra para atender necesidades propias del giro de la empresa o establecimiento, que se cumplen sólo en determinadas épocas del año y que están sujetas a repetirse en períodos equivalentes en cada ciclo, en función a la naturaleza de la actividad productiva. Su duración en conjunto no debe superar los cinco años.
9.- CUADROS DE SALIDA.-
Son los cuadros estadísticos obtenidos cruzando variables contenidas en los formatos, de acuerdo a requerimientos y con la finalidad de atender la demanda de información.
10.- PUBLICACION DE RESULTADOS.-
- Mensual: Boletín “Leyendo Números …” (Lima Metropolitana) “Informe Estadístico Gerencial” (Nivel Nacional)
-Trimestral: Tríptico “Leyendo Números …” (Nivel Nacional)
- Semestral: “Boletín Estadístico” I Semestre (Nivel Nacional)
- Anual: “Anuario Estadístico” (Nivel Nacional)
Informe de Gestión Gubernamental (Nivel Nacional)