ESTUDIOS PREVIOS DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD PARA UN CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
ESTUDIOS PREVIOS DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD PARA UN CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES
CONTRATACIÓN DIRECTA
(Art. 81 Decreto 1510 de 2013 reglamentario de la
Ley 80 de 1993 y Ley 1150 de 2007)
1. ANÁLISIS DEL SECTOR (Artículo 15 Decreto 1510 de 2013)
- Definición de la Necesidad Estatal.
La Dirección Nacional de Derecho de Autor es un organismo del Estado Colombiano, que posee la estructura jurídica de una Unidad Administrativa Especial, adscrita al Ministerio del Interior, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente.
Como tal, es el órgano institucional que se encarga del diseño, dirección, administración y ejecución de las políticas gubernamentales en materia de derecho de autor y derechos conexos. En tal calidad posee el llamado institucional de fortalecer la debida y adecuada protección de los diversos titulares del derecho de autor y los derechos conexos, contribuyendo a la formación, desarrollo y sustentación de una cultura nacional de respeto estos derechos y por lo que, inculca la noción de derecho de autor como un nuevo concepto de riqueza que genera empleo, impulsa el desarrollo de la nación, protege la creación de las obras literarias y artísticas que contribuyen en gran medida a engrandecer la cultura, el conocimiento, el arte, el entretenimiento y la calidad de vida, respondiendo a los retos impuestos por los avances tecnológicos.
Dentro de este entorno, la acción institucional de la Dirección Nacional de Derecho de Autor involucra el estudio y proceso de expedición, de la normatividad autoral de nuestro país, así como la adhesión a los principales convenios internacionales sobre protección del derecho de autor y los derechos conexos, correspondiendo además la administración del Registro Nacional de Derecho de Autor y la implementación de políticas de investigación, promoción y difusión del derecho de autor y los derechos conexos.
Actualmente los sistemas o aplicaciones que la DNDA tiene en ejecución, presentan algunos inconvenientes de integración, carencia de algunas funcionalidades, carencia de componentes de seguridad informática, lo que hace que no se tenga una solución informática integrada y completa.
En tal sentido, la Unidad de Sistemas, debido al escazo recurso humano que tiene, las labores hoy en día se han orientado más al soporte y apoyo para que la infraestructura tecnológica de la DNDA permita a las áreas misionales cumplir con las labores asignadas, dejando relegadas funciones de planeación.
- De las funciones de la Unidad de Sistemas
La Unidad de Sistemas tiene como propósito principal el de “Implementar las actividades necesarias para que la plataforma tecnológica de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, contribuya activamente en el cumplimiento de los objetivos institucionales.”
El detalle de este propósito se especifica en las siguientes actividades:
Prestar a la Dirección General asesoría en sistemas informáticos, software y hardware de las dependencias de la Unidad en cuanto a la eficiencia, productividad y calidad.
Asesorar a la entidad en la implementación, instalación y uso de la red instalada.
Asesorar a la entidad para la adquisición de software y hardware requeridos para el desarrollo de Plan Estratégico de Sistemas.
Evaluar técnicamente el software existente en la Unidad y realizar las adaptaciones o modificaciones requeridas, especialmente en lo referente al sistema informático del Registro Nacional del Derecho de Autor, sistema de correspondencia, base de datos jurídicos sobre derecho de autor y derechos conexos y software de la División Administrativa.
Xxxxxx al Director General en la formulación de políticas, fijación de métodos y procedimientos de trabajo en el desarrollo de sistemas.
Realizar investigaciones de nuevos métodos para la sistematización y el procedimiento de la información.
Preparar y ejecutar el plan de mantenimiento preventivo de los equipos de la Unidad.
Impartir la capacitación en sistemas necesaria para los servidores de la Unidad.
Elaborar copias de seguridad y velar por la debida protección de la información almacenada en la base de datos de registro de obras y de la información almacenada en el servidor.
Para el cumplimiento eficiente de las funciones señaladas, la Dirección requiere de apoyo profesional para la definición de una estrategia que identifique soluciones informáticas integradas que permitan optimizar el escaso recurso humano que se
tiene, los recursos físicos y tecnológicos y de igual manera el recurso financiero, teniendo como presente el ciudadano quien es el beneficiario de los servicios que se implementen con el uso adecuado y eficiente de las TIC. Igualmente, esta definición permitirá la implantación de algunos procesos de gestión de la función tecnológica.
En tal sentido, la elaboración de un plan de acción a corto o mediano plazo se constituye en una necesidad apremiante e inaplazable para la DNDA, la cual, debe dar cumplimiento a las políticas y direccionamientos, convirtiéndose en un instrumento o guía, el cual orienta el desarrollo del principio de planeación en una oficina de las TIC.
Resulta necesario reconocer hoy en día el uso intensivo de las TIC, conviertiéndose como una estrategia en las organizaciones que permitan brindar servicios informáticos tanto misionales como administrativos, los cuales deben ser orientados al ciudadano, siendo caso específico nuestra entidad, para atender de la mejor manera a los usuarios que consumen y reclaman servicios cada vez más eficientes y de calidad.
Finalmente, estos planes informáticos deben estar alineados con los planes de desarrollo, de MINTIC, en donde se exige el uso adecuado de las TIC para la optimización y mejoramiento de los servicios institucionales.
Dentro de este orden de ideas, se hace necesario estructurar un plan de acción desde el punto de vista informático que le permita a la Dirección tener un horizonte y una ruta a seguir, relacionados con estos temas de tecnología.
Como benerficios de dicho plan, se tendrá entre otros:
- Idenficación de soluciones informáticas duraderas en el tiempo, protegiendo de esta manera la inversión en tecnología, considerando que los sistemas de información deben planearse con base en los procesos de negocio.
- Permitir que la información que administrarían los sistemas o la solución informática, sea gobernada y controlada de forma segura, cumpliendo con las características de la seguridad de la información, integridad, confidencialidad y disponibilidad.
- Identificación de proyectos a desarrollar.
- Definición de un cronograma de implementación de los proyectos identificados.
- Perfil Requerido
Para suplir esta necesidad, se requiere contratar un Ingeniero de Sistemas Titulado y con Tarjeta Profesional (persona natural), que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato, que demuestre la idoneidad y experiencia directamente relacionada con el área de que se trate y que apoye al grupo de trabajo de la Unidad de Sistemas, que está conformado actualmente por dos Ingenieros, uno en calidad de Coordinador de área y uno en calidad de Asistente de la dependencia. Dicho profesional debe tener experiencia de al menos ocho (8) años como profesional en cargos de dirección de áreas de tecnología, preferiblemente en el sector público, con experiencia en elaboración de planes estratégicos, con Capacidad de dirección y responsabilidad.
- Análisis económico del sector
La Ingeniería en Sistemas es una rama de la ingeniería que se aprueba como título oficial de ámbito universitario, para ocuparse del desarrollo, uso, aplicación e influencia de las tecnologías de la información. Contempla una amplia área de trabajo. Su trabajo profesional tiende hacia puestos directivos, principalmente en el área administrativa y de las TIC, como dirección de diversos tipos de proyectos, investigación y desarrollo de sistemas, asesoría, consultoría e informática funcional de la organización; para apoyar la automatización de toma de decisiones y procesos operativos.
La tecnología utilizada para la implementación de sistemas de información no es obligadamente la tecnología de la computación. La informática es un elemento muy utilizado por esta disciplina, ya que tiene la capacidad de procesar datos de una forma rápida, eficaz y eficiente.
De acuerdo al análisis realizado en Colombia por la Federación Colombiano de la Industria del Software y Tecnologías Informáticas relacionadas – FEDESOFT, indica que:
“De las empresas dedicadas a este sector de la economía, se destacan las actividades de desarrollo de software (31%) y servicios de software y outsourcing (31%). El licenciamiento de software nacional (propio y de un tercero) representa un 18%, mientras el licenciamiento de software extranjero apenas representa el 4%.Por su parte, el 15% de las empresas afirmó que se dedicaba a otro tipo de actividades, tales como consultoría, computación en la nube, seguridad informática, y educación, entre otras actividades.” 1
Ilustración 1: ACTIVIDAD PRINCIPAL DE LAS EMPRESAS
Los resultados indican que la mayor parte de las empresa cuenta con una estructura organizacional similar, conformada por cuatro áreas: a) Presidencia/Gerencia General (84%), b) Gerencia de Operaciones /Producción/ Desarrollo de Software (82%), c) Financiera y Administrativa (76%) y, d) Comercial (74%).
TALENTO HUMANO POR TIPO DE CONTRATO
De acuerdo al estudio realizado por Fedesoft, “El sistema de contratación xxx xxxxxxx humano de las empresas mantiene un esquema tradicional: el 76% xxx xxxxxxx humano de las empresas es contratado a término indefinido. Sin embargo, cabe resaltar la importancia de la contratación por honorarios (15%), mecanismo más flexible para las empresas y que está por encima de otras modalidades, como empleos temporales (5%) y a término fijo (4%).”2
Esto podría indicar que la rotación de personal no es un factor que caracterice al sector, pues las empresas contratan personal con miras a conservarlo permanentemente, y por tanto, podría deducirse que las actividades desarrolladas por tales empresas son igualmente permanentes.
Ilustración 2: Distribución xxx xxxxxxx humano según el tipo de Contrato
Aspectos generales xxx xxxxxxx
Ingreso económico de acuerdo al cargo
De acuerdo a la información del informe de Fedesoft3, la cual se basa en la encuesta sobre los cargos relacionados con el área de operaciones y servicio al cliente, de las empresas del sector de software y tecnologías relacionadas, se presentan los siguientes rangos seleccionados con respecto al ingreso de cada profesional:
Entre 0 y 500 millones de pesos
Entre 501 y 1.000 millones de pesos
Entre 1.001 y 5.000 millones de pesos
Entre 5.001 y 10.000 millones de pesos
Entre 10.001 y 20.000 millones de pesos
Mayores a 20.001 millones de pesos
La información de cada uno de los cargos encuestados se divide en los siguientes ítems:
1. Salario básico mensual asignado a cada cargo, promediado por el tamaño de la empresa, de acuerdo con los rangos de ventas explicados.
3 3 Estudio de Salarios y profesionales del sector de software y TI de Colombia, FEDESOFT, 2013
2. Años de experiencia exigidos por las empresas para cada cargo, de acuerdo al tamaño de la empresa, según los rangos de ventas.
Con base en los requerimientos considerados necesarios para que el profesional que realice las funciones que requiere la Entidad para el cumplimiento del objeto contractual, el perfil se asimila al de Administrador de la Configuración del estudio realizado por Fedesoft, cuya descripción es la siguiente:
Líder / Consultor Funcional – Senior
Descripción del Cargo:
Asesorar al cliente en la normalización de procedimientos para la implantación de los productos, identificando posibles cambios en la Legislación que puedan afectar su buen funcionamiento, garantizando la calidad de la implantación. Requiere estudios ingeniería industrial, sistemas o afines.
Se asimila esta descripción por cuanto el objeto contractual la normalización de procedimientos y control de la infraestructura tecnológica con que cuenta la Dirección Nacional de Derecho de Autor a fin de cumplir con los requerimientos del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información y la normatividad establecida en la Estrategia de Gobierno en Línea.
Para dicho perfil, la relación de ingreso de acuerdo a los años de experiencia es la que se muestra en la siguiente tabla:
Ilustración 3: Líder Consultor Funcional Senior, ingresos por tamaño de empresa
2. OBJETO DEL CONTRATO
Prestar servicios profesionales como Ingeniero de Sistemas para el apoyo técnico de la gestión de las TIC en la Dirección Nacional de Derecho de Autor.
2.1 ALCANCE
Alcance del Objeto: Como parte de las actividades a desarrollar se realizarán las siguientes relacionadas con las temáticas del objeto:
Actividades a desarrollar:
1. Elaboración de un plan de acción para el desarrollo de actividades de las TIC para el mejoramiento de los servicios informáticos de la Dirección.
Para llevar a cabo esta actividad se realizará un diagnóstico desde el punto de vista informático, el cual se desarrolará atendiendo las siguientes fases:
PRIMERA FASE: Identificar la situación actual en la Dirección.
SEGUNDA FASE: Como resultado de la primera fase, se llevará a cabo el análisis de las variables y componentes encontrados.
TERCERA FASE: Elaboración del plan de acción, en el cual se incorporarán temas relacionados con seguridad de la información atendiendo los lineamientos del Ministerio del Interior relacionados con esta materia.
2. Asesorar a La Unidad de Sistemas en la definición de integración de los sistemas de información existentes.
Con base en el plan de acción que se establezca, se identificarán los sistemas de información existentes a integrar.
2.2 ENTREGABLES:
Dentro de la ejecución del objeto del contrato de prestación de servicios profesionales, el contratista como resultado del desarrollo del proyecto deberá entregar:
1. Documento de un plan de acción de TI en donde se contemplará el diagnóstico, análisis y plan de acción.
2. Informe final con el resumen de las actividades de asesoría llevadas a cabo, y los resultados obtenidos.
Para el desarrollo de estas actividades es necesario que se tenga acceso a la documentación y la infraestructura tecnológica existente y que se encuentre en operación en la entidad. De igual forma, la documentación de los sistemas de información tanto técnica como de usuario y el acceso mismo a ellos, y los estudios realizados sobre planes de acción o estratégicos anteriores.
3. IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR
El artículo 81 del Decreto 1510 del 17 de julio de 2013, que permite la contratación bajo la modalidad de contratación directa la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con la persona natural o jurídica que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato.
Literal (h) del numeral 4 de la Ley 1150 de 2007, referido a la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, o para la ejecución de trabajos artísticos que sólo puedan encomendarse a determinadas personas naturales.
Adicionalmente para contratar el servicio profesional o de apoyo a la gestión, el mismo debe contratarse con la persona que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato y que haya demostrado la idoneidad y experiencia directamente relacionada con el área de que se trate, sin que sea necesario que haya obtenido previamente varias ofertas, de lo cual el ordenador del gasto deberá dejar constancia escrita.
Respecto de los servicios de apoyo a la gestión, una interpretación del Decreto 1510 de 2013 que incluya tanto los considerandos como su parte dispositiva o reglamentaria, delimita las actividades de apoyo a la gestión a aquellas de naturaleza operativa, logística o asistencial.
Actividades asistenciales, el Departamento Nacional de Planeación lo delimitó a aquellas referidas a las actividades de apoyo y complementarias a las tareas
propias de la entidad o a las labores que se caracterizan por el predominio de actividades manuales o tareas de simple ejecución realizadas por personas no profesionales ni comerciantes.
Actividades operativas, Son de carácter ocasional, y deben contratarse para el desarrollo de actividades propias de la entidad por personal no profesional.
Actividades logísticas, son aquellas que emplean un conjunto de medios y métodos necesarios para llevar a cabo la organización de un servicio o evento específico.
De acuerdo con el objeto descrito en el numeral 2 del presente documento, se desarrollará un proceso de Contratación Directa de servicios profesionales para apoyar a la Unidad de Sistemas de la DNDA, y es procedente esta modalidad de contratación porque se realizarán actividades operativas, logísticas o asistenciales, en atención a lo descrito en el Artículo 81 segundo párrafo del Decreto 1510 de 2013.
3.1 FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN:
Literal h) del numeral 4° del artículo 2° de la Ley 1150 de 2007, Decreto 1510 de 2013 por el cual se reglamenta la ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007 "Artículo
81. Contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, o para la ejecución de trabajos artísticos que solo pueden encomendarse a determinadas personas naturales. Las entidades estatales pueden contratar bajo la modalidad de contratación directa la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con la persona natural o jurídica que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato, siempre y cuando la entidad estatal verifique la idoneidad o experiencia requerida y relacionada con el área de que se trate. En este caso, no es necesario que la entidad estatal haya obtenido previamente varias ofertas, de lo cual el ordenador del gasto debe dejar constancia escrita.
4. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
Para el correcto desarrollo del objeto contractual, el contratista seleccionado debe tener en cuenta los siguientes aspectos:
4.1 Generales:
a. Garantizar la disponibilidad de tiempo y dedicación profesional necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones como contratista en la ciudad de Bogotá.
b. Cumplir con el objeto del contrato, presentando los informes sobre el cumplimiento de éste al supervisor del contrato para que le sea expedida la certificación del cumplimiento correspondiente, documento entre otros indispensable para el pago.
c. Tener en cuenta las observaciones y recomendaciones que formule el supervisor del contrato y el Director General con el fin de que el servicio se realice a entera satisfacción de la Entidad.
d. Hacer todas las recomendaciones que considere necesarias en relación con el desarrollo y ejecución del contrato.
e. Obrar con lealtad y buena fe en el desarrollo del contrato, evitando dilaciones innecesarias.
f. No ofrecer ni dar sobornos ni ninguna otra forma de halago a ningún funcionario público, en relación con su propuesta, con el proceso de contratación, ni con la ejecución del contrato que pueda celebrarse como resultado de su propuesta.
g. No efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o como efecto la colusión en el presente proceso de contratación.
h. Asumir a través de la suscripción del contrato, las consecuencias previstas en la solicitud de oferta del proceso de contratación, siempre que se verifique el incumplimiento de los compromisos anticorrupción.
i. Durante la ejecución del contrato debe permanecer afiliado y a paz y salvo con los sistemas de salud y pensión, donde su ingreso base de cotización debe corresponder máximo al 40% del valor mensual del contrato (Ley 1122 de 2007, Art. 17 de la Ley 100/93 y demás normas vigentes sobre la materia).
j. Mantener indemne a la entidad frente a reclamaciones judiciales y extrajudiciales por los daños y perjuicios que se deriven de los actos, omisiones o hechos ocasionados por las personas que sean sub-contratistas o dependan del adjudicatario.
k. Satisfacer las demás obligaciones a su cargo que se deriven de la naturaleza del contrato y de las exigencias legales.
l. Las demás contenidas en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 1510 de 2013, y normas concordantes vigentes que sean aplicables, y aquellas obligaciones que se desprendan de la naturaleza contractual.
4.2 Obligaciones Específicas:
1. Brindar apoyo a la Direccion de Derecho de Autor en la elaboración de un plan de acción de TI en donde se contemplarán las siguientes etapas: diagnóstico, análisis y elaboración del plan de acción.
2. Entregar un Informe final con el resumen de las actividades de asesoría llevadas a cabo, y los resultados obtenidos.
3. Atender con prontitud y diligenciar las actividades solicitadas en cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato.
4. Cumplir con el objeto del contrato, presentando los informes sobre el cumplimiento de éste al supervisor del contrato para que le sea expedida la certificación del cumplimiento correspondiente, documento entre otros indispensable para el pago.
5. Durante la ejecución del contrato debe permanecer afiliado y a paz y salvo con los sistemas de salud y pensión, donde su ingreso base de cotización debe corresponder al 40% del valor mensual del contrato (Ley 1122 de 2007, Art. 17 de la Ley 100/93, concepto No. 212167 del Ministerio de Protección Social xx xxxxx de 2008 y demás normas vigentes sobre la materia).
6. Durante la ejecución del contrato, el contratista debe cumplir con el contenido del Decreto 1562 de 2012 y demás normas vigentes relacionadas con la afiliación de los trabajadores independientes al Sistema General de Riesgos Profesionales, para lo cual lo hará con la Administradora de Riesgos a la que se encuentra afiliada la DNDA (COLMENA) y que se compromete durante el período de duración de la Orden Contractual a pagar directamente a la ARP y por anticipado, el valor correspondiente a la primera cuota de afiliación a la firma de la misma, y las siguientes, dentro de los cuatro primeros días hábiles de cada mes. Igualmente que se compromete a cumplir con las normas del Sistema General de Riesgos Profesionales y en especial con las normas y reglamentos del programa de Salud Ocupacional de la Dirección Nacional de Derecho de Autor.
7. Las demás contenidas en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 1510 de 2013 y demás normas concordantes vigentes que sean aplicables, y aquellas obligaciones que se desprendan de la naturaleza contractual.
5. COMPROMISO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR.
La DNDA brindará al contratista el apoyo necesario para el desarrollo del contrato, así, entregará toda la información que sea necesaria y facilitará el ambiente para la realización de gestión y las reuniones de trabajo y ejecución de labores entre el contratista, el supervisor del contrato y demás funcionarios que sea necesario para cumplir con el objeto contractual.
6. PRESUPUESTO OFICIAL
El presupuesto oficial esta respaldado con el CDP No. 18614 del 08 de octubre de 2014 modificado el 22 de octubre de 2014 por valor de NUEVE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA MIL PESOS ($9.280.000) incluido IVA.
7. FORMA DE PAGO.
La forma de pago del contrato de prestación de servicios profesionales se realizará en dos(2) mensualidades vencidas, así: a) Un primer pago por valor de CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL PESOS M/cte. ($4.640.000,oo)
incluído el valor del IVA; y b) un segundo y último pago a la entrega de los documentos definidos como entregables. por valor de CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL PESOS M/cte. ($4.640.000,oo) incluído el valor del IVA, pagos que se realizarán en el momento que haya disponibilidad de PAC de acuerdo a lo dispuesto por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Estos pagos se realizarán previa expedición del certificado a satisfacción del servicio por parte del supervisor del contrato, entrega del informe del periodo a cancelar por parte del contratista, y certificado xx xxx y salvo con los sistemas de salud, pensión y parafiscales si es del caso.
Sin embargo, se aclara que el pago estará sujeto al PAC y/o situación de fondos por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
8. PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN.
El contrato se ejecutará en la sede de la Dirección Nacional de Derecho de Autor en la ciudad de Bogotá.
El plazo del contrato no podrá exceder el 31 de diciembre de 2014 y se contará a partir de la legalización del contrato.
NOTA. En el evento que la ejecución del contrato finalice antes del del plazo para su ejecución, se cancelará la totalidad del contrato o el saldo pendiente que se tenga del total pactado en el numeral del valor del contrato.
9. ANÁLISIS QUE SOPORTA EL VALOR ESTIMADO DEL SERVICIO
Para determinar el valor estimado del contrato de conformidad con las actividades encaminadas al cumplimiento del mismo, se ha tomado como base y referencia el alcance del objeto contractual a desarrollarse, el plazo de ejecución, la experiencia y estudios con los que debe contar el profesional que se requiere para cubrir la necesidad contractual, tal y como lo es, para el presente caso, el ser un profesional
con título de Ingeniero de Sistemas por una institución avalada por el Ministerio de Educación Nacional.
Acorde con lo anterior, el valor estimado es de CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL PESOS M/cte. ($4.640.000,oo) incluído el valor del IVA, impuestos, tributos, contribuciones aportes parafiscales o cualquier otro descuento que hubiere de realizarse por ley.
Para adelantar dicho contrato de prestación de servicios, se requiere un profesional similar a los que desempeñan el cargo de profesional universitario 0150-13 en la DNDA.
Acorde con lo antes expuesto, la entidad considera que el valor a reconocer al contratista del servicio requerido son los siguientes:
Acorde con lo antes expuesto, y dada la similitud en cuanto a los requisitos y responsabilidades, la entidad considera que los honorarios a reconocer al contratista del servicio requerido son los siguientes:
4.640.000,oo
9.280.000,oo
Por lo anterior se ha estimado el valor total del contrato en la suma de $9.280.000,oo por el término de dos (2) meses, para lo cual la Subdirectora Administrativa expidió el certificado de disponibilidad No. 18614 de fecha 22 de octubre de 2014.
10. JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITEN IDENTIFICAR LA OFERTA MAS FAVORABLE
Dada la naturaleza de la modalidad de la presente contratación, como tal, los factores de selección no resultan aplicables. No obstante el Ingeniero XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXX demuestra idoneidad y experiencia para que se le autorice la ejecución del objeto contractual, el cual no es posible ejecutar con los funcionarios de la entidad, por los argumentos anteriormente mencionados.
11. ANÁLISIS DE LA ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS
En desarrollo de lo señalado en el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, el articulo 1 y numeral 9 del artículo 12 del Decreto–Ley 4170 de 2011, el Documento CONPES 3714, del Decreto 1510 de 2013 y la ley 80 de 1993, y con el fin de valorar el alcance
del objeto contractual requerido por la entidad, como sustento y justificación de los factores de selección adoptados para el presente proceso de selección se procede a realizar el análisis de riesgos de la contratación, su tipificación, estimación y asignación.
Se precisa que salvo las situaciones específicamente mencionados en el presente numeral y como principio general, EL CONTRATISTA como experto de negocio y como especialista, asumirá los efectos económicos de todas aquellos sucesos previsibles y de normal ocurrencia para las actividades que son objeto de la presente contratación. Por lo tanto, deberá asumir los riesgos asociados a su tipo de actividad ordinaria que sean previsibles, así mismo, asumirá aquellos riesgos propios de su actividad empresarial y de persona natural o jurídica que tiene que cumplir con determinadas cargas y deberes frente al Estado y la sociedad. En consecuencia, solo procederán reclamaciones por hechos o circunstancias imprevisibles no asignadas al contratista en la presente distribución de riesgos de la contratación. La Dirección Nacional de Derecho de Autor no estará obligada a efectuar reconocimiento económico alguno ni a ofrecer garantía que permita eliminar, prevenir o mitigar los efectos de los riesgos asumidos por el contratista.
Sólo en el evento que se demuestre por parte del contratista pérdida por la ocurrencia de situaciones imprevistas que no sean imputables a él, y se acepte tal situación por la entidad, se procederá al restablecimiento del equilibrio de la ecuación económica del contrato.
En atención a la anterior normatividad, en el presente estudio previo se tuvieron en cuenta las indicaciones establecidas en el Manual para la identificación y cobertura del Riesgo en los procesos de contratación emitido por Colombia Compra Eficiente y se siguieron los siguientes pasos para establecer los riesgos:
1. Se estableció el contexto en el cual se adelanta el proceso, es decir, se identificaron los riesgos comunes a los procesos de contratación en la DNDA.
2. Se identificaron y clasificaron los riesgos del proceso de digitalización asi:
Tipo: Riesgos Económicos, Riesgos Sociales o Políticos, Riesgos Operacionales, Riesgos Financieros, Riesgos Regulatorios, Riesgos de la Naturaleza entre otros.
3. Se evaluaron y calificaron los riesgos identificados estableciendo el impacto de los mismos frente al logro de los objetivos del proceso de contratación y su probabilidad de ocurrencia.
Esta evaluación permitió asignar a cada riesgo una calificación en términos de impacto y de probabilidad, lo cual permitió establecer la valoración de los riesgos identificados y las acciones que se deben efectuar.
4. Asignar y tratar los riesgos: se estableció un orden de prioridades de acuerdo al objeto contractual y su alcance con el fin de evitar el riesgo, transferirlo, aceptarlo, reducir la probabilidad y las consecuencias.
5. Monitorear y revisar la gestión de los riesgos: Se realizó un análisis de cada uno de los riesgos incluidos en la matriz anexa proponiendo un plan de tratamiento los cuales serán revisados constantemente durante la ejecución del contrato y de ser necesario se deben hacer ajustes al plan de tratamiento de acuerdo con las circunstancias que se presenten durante la ejecución del contrato.
Este monitoreo deberá garantizar que los controles son eficaces y eficientes, obtener información adicional para mejorar la valoración del riesgo, analizar y aprende a partir de los eventos, cambios, éxitos y fracasos, detectar cambios en el contexto externo e interno que exijan revisión de los tratamientos del riesgo e identificar nuevos riesgos que puedan surgir.
11. REQUERIMIENTO DE GARANTIAS
De conformidad con el Artículo 77 del Decreto 1510 de 2013 la Entidad es libre de exigir o no garantías, por lo que en este caso conforme al objeto del contrato y las actividades desarrolladas por el futuro contratista amerita la exigencia de una garantía porque existen riesgos que afecten el funcionamiento de la entidad específicamente por el manejo de la información institucional.
En consecuencia, el contratista deberá constituir una Garantía Única a favor de la DNDA que ampare los siguientes riesgos:
CUMPLIMIENTO del objeto del contrato, en cuantía equivalente al 10% del valor del contrato, con vigencia igual al término de ejecución del mismo y cuatro (4) meses más.
11. 1 PRESUPUESTO OFICIAL
El presupuesto oficial disponible para el presente proceso es la suma De NUEVE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA MIL PESOS ($9.280.000,oo) acorde con el
Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 18614 del 22 de octubre de 2014
expedido por la Subdirectora Administrativa por el Recurso 10 – Remuneración Servicios Técnicos.
12. SUPERVISOR
El supervisor del contrato resultante de la presente contratación, designado por el Director General, será el Asesor de la Oficina de Planeación o quien haga sus veces.
Adicionalmente, el supervisor debe verificar que el contratista cumpla con el pago de salud, pensión y parafiscales, tal y como lo exige la normatividad vigente.
13. INDICACIÓN SI LA CONTRATACIÓN ESTÁ COBIJADA POR UN ACUERDO INTERNACIONAL O UN TRATADO DE LIBRE COMERCIO VIGENTE PARA EL ESTADO COLOMBIANO.
Para dar cumplimiento al numeral 8 del artículo 20 ¨Estudios y documentos previos¨ del Decreto 1510 de 2013, se procedió a verificar en el Portal Único de Contratación y en la página del Ministerio de Comercio Industria y Turismo y se corroboró que los bienes y servicios a contratar no tienen regulación especial derivada de tratados de libre comercio vigentes.
14. CONTENIDO MÍNIMO DE LA OFERTA
La oferta que se realice por la persona natural que desee contratar, mínimo deberá contener:
Objeto, alcance del objeto e informes del mismo, que deberán coincidir con los señalados en el numeral 2 del presente estudio.
Plazo de ejecución, atendiendo a las labores inherentes al objeto del contrato y a la esencia del mismo, el plazo de ejecución requerido se cuenta a partir del cumplimiento de los requisitos necesarios para ello, previo el perfeccionamiento del contrato; en todo caso sin exceder del 31 de diciembre de 2014.
Indicar el precio de la oferta, detallando si incluye impuestos.
15. REQUISITOS MÍNIMOS HABILITANTES.
ITEM | DETALLE DEL DOCUMENTO |
Certificación sobre habilidad para contratar con el Estado (Anexo 2). |
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 8 de la Ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios vigentes, y el Artículo 18 de la Ley 1150 de 2007 literal j), y las demás disposiciones constitucionales y legales vigentes aplicables. | |
2 | Certificación sobre pagos de seguridad social y aportes parafiscales al perfeccionamiento y en la ejecución del contrato (Art 50 Ley 797 e inciso segundo y parágrafo 1º del Artículo 41 de la Ley 80 y Articulo 23 de la Ley 1150/07). El pago a salud y pensión debe acreditarlo para la realización de cada pago derivado del contrato. (Anexo 3) |
3 | Certificado Calculo de Retención (Ver anexo No. 4) Al perfeccionamiento y en la ejecución del contrato (Art 50 Ley 797 e inciso segundo y parágrafo 1º del Artículo 41 de la Ley 80 y Articulo 23 de la Ley 1150/07). El pago a salud y pensión debe acreditarlo para la realización de cada pago derivado del contrato. |
4 | Registro Único Tributario expedido por la DIAN debidamente actualizado. |
5 | RIT. Registro de Información Tributaria expedido por la Secretaría de Hacienda Distrital. |
6 | Certificado de antecedentes disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación. |
7 | Certificación expedida por la Contraloría General de la República. Donde conste que el oferente no está reportado en el boletín de responsables fiscales |
8 | Certificado de antecedentes de policía o judiciales |
9 | Hoja de vida única persona natural. (Anexo No. 5) |
10 | Declaración de procesos alimentarios (Ley 311 de 1996). (Anx No. 6) |
11 | Formato de bienes y rentas. (Anexo No. 7) |
12 | Fotocopia de la cédula de ciudadanía. |
13 | Fotocopia de la Libreta Militar (si es hombre) |
14 | Fotocopia de la Tarjeta profesional como ingeniero de sistemas |
15 | Certificaciones de Estudios. EDUCACION SUPERIOR EN INGENIERÍA DE SISTEMAS. Anexar el Diploma o acta de grado que lo acredite como Profesional en Ingeniería de Sistemas, expedida por una Institución de educación Superior en Colombia, debidamente aprobada por el Ministerio de Educación Nacional. OTROS ESTUDIOS: Un curso mínimo nivel de diplomado en desarrollo de aplicaciones Cursos básicos en administración de base de datos, diseño de bases de datos y/o temas similares. |
16 | EXPERIENCIA PROFESIONAL MÍNIMA DE 8 AÑOS. Experiencia profesional del oferente: Acreditar mínimo ocho (8) años. |
17 | EXPERIENCIA ESPECÍFICA. Mínimo cinco (5) Años. Anexar una certificación y/o certificaciones de experiencia específica desarrollando actividades relacionadas con control de procesos automatizados, coordinar proyectos y administración de bienes tecnologicos, implementación de sistemas, diagnosticos en las TIC y desarrolando actividades relacionadas con liderazgo, gerencia, planeación, dirección y administración de recursos tecnologicos. La certificación debe contener mínimo la siguiente información: - Razón social o nombre de la empresa contratante. - Objeto del contrato - Tiempo de labores y/o asesoría - Debe estar suscrita por el supervisor del respectivo contrato o el representante legal del Contratante, o quien haga sus veces. NOTA. En concordancia con la normatividad vigente, la experiencia profesional se tiene en cuenta a partir de la fecha de terminación de materias si anexa a los documentos habilitantes la certificación expedida por la institución de Educación Superior, donde conste año y fecha de terminación y/o a partir de la fecha de grado acorde con la fecha del acta o diploma. |
18 | Afiliación a ARP (Anexo 8). Certificación donde manifiesta su intención de afiliarse al Sistema General de Riesgos Profesionales, conforme lo establece el Decreto 1562 de 2012, para lo cual lo hará con la Administradora de Riesgos a la que se encuentra afiliada la DNDA (COLMENA) y que se compromete durante el período de duración de la Orden Contractual a pagar directamente a la ARP y por anticipado, el valor correspondiente a la primera cuota de afiliación a la firma de la misma, y las siguientes, dentro de los cuatro primeros días hábiles de cada mes. Igualmente que se compromete a cumplir con las normas del Sistema General de Riesgos Profesionales y en especial con las normas y reglamentos del programa de Salud Ocupacional de la Dirección Nacional de Derecho de Autor. |
19 | Examen médico Ocupacional de Ingreso. En cumplimiento del Decreto 723 de 2013 Capítulo V Artículo 18, El contratista deberá allegar el examen médico ocupacional, el cual puede realizarse en una Institución Prestadora de Servicios de Salud Ocupacional o con una Entidad Promotora de Salud, debidamente autorizadas y con licencia vigente en Salud Ocupacional. El costo será asumido por el Contratista. NOTA. Este examen tendrá vigencia máxima de tres (3) años y será válido para todos los contratos que suscriba el contratista, siempre y cuando se haya valorado el factor de riesgo más alto al cual estará expuesto en todos los contratos. En el caso de perder su condición de contratista por un periodo superior a seis (6) meses continuos, deberá realizarse nuevamente el examen. |
20 | Información SIIF. (Este documento no es requisito habilitante) (Anexo No. 9) |
El futuro contratista deberá anexar DILIGENCIADO el Formato de Información de Proveedores o Contratistas Sistema de Información Integral Financiera SIIF, necesaria para la conformación de la base de datos y para el pago oportuno de las cuentas, por lo que el formato debe ser diligenciado en su totalidad de forma clara y precisa, en letra imprenta, a máquina o en computador. Debe anexar la certificación de la Entidad Bancaria, en donde los datos del cuentahabiente deben coincidir con los datos del proponente. (Fecha de expedición no mayor a 90 días contados a partir de la fecha de cierre del proceso de selección). | |
21 | Oferta Económica. La oferta debe contener como mínimo la siguiente información: Objeto, alcance del objeto y entregables del mismo, que deberán coincidir con los señalados en el anexo técnico. Atendiendo las labores inherentes al objeto del contrato y dada la esencia del mismo, el plazo de ejecución se contará a partir del cumplimiento de los requisitos indispensables para ello, previo el perfeccionamiento del contrato, y en todo caso, sin exceder el 31 de diciembre de 2014. El costo del servicio debe señalarlo mensualmente incluyendo los impuestos que haya lugar acorde con el Estatuto Tributario Vigente. Indicar el precio de la oferta, detallando que incluye impuestos, y entregables acorde con el objeto. La propuesta se debe cotizar en pesos colombianos y en esta moneda se efectuarán los pagos correspondientes del contrato. |
NOTA IMPORTANTE.
SIGEP. Ingresar información H.V. directamente por el contratista.
A través de su correo electrónico recibirá un nombre de usuario y una clave de acceso para ingresar a xxx.xxxxx.xxx.xx a través del link CONTRATISTAS, por el cual debe proceder a ingresar la información completa de la hoja de vida, diplomas, certificaciones laborales que acreditan la experiencia solicitada en el presente proceso, declaración de bienes y rentas, adjuntando los archivos que soportan la información en formato pdf, incluyendo en el link DOCUMENTOS ADICIONALES los antecedentes disciplinarios, antecedentes fiscales entre otros.
Cualquier inquietud o duda para su diligenciamiento, favor comunicarse al teléfono 0000000 ó 0000000 Ext. 176 ó 204 Mesa de Ayuda del Sigep – Departamento Administrativo de la Función Pública.
16. EVALUACIÓN.
Para adjudicar el contrato con la propuesta recibida, la entidad procederá a verificar los requisitos habilitantes, condiciones técnicas y el factor económico el cual no debe superar el presupuesto oficial disponible para esta contratación.
FACTORES | EVALUACIÓN |
1. JURÍDICOS | CUMPLE / NO CUMPLE |
2. TÉCNICOS | CUMPLE / NO CUMPLE |
3. ECONÓMICOS | CUMPLE/ NO CUMPLE |
Requisitos jurídicos (Cumple/ no cumple)
Se verificará la presentación y validez de los documentos solicitados.
Requisitos Técnicos (Cumple / no cumple)
Se verificará que la propuesta técnica se ajuste a las necesidades de la Entidad consignadas en los estudios previos.
Requisitos Económicos (Cumple / no cumple)
Se adjudicará la oferta que cumpla con los requisitos habilitantes, las especificaciones técnicas y que el precio no supere el presupuesto oficial estimado para la presente contratación, el cual se ha fijado en la suma de ($9.280.000,oo) por el término de dos (2) meses, acorde con el certificado de disponibilidad presupuestal 18614 del 08 de octubre de 2014 y modificado el 22 de octubre de 2014 expedido por la Subdirectora Administrativa Rubro A-10214 – Recurso 10 Remuneración Servicios Técnicos.
17. ANÁLISIS CRITERIOS HABILITANTES Y EVALUACIÓN ECONÓMICA.
Se realizará a través de un comité de contratos conformado por el Subdirector Administrativo, un Delegado del nominador, la Coordinadora del Grupo de Compras, el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica y un profesional de la Entidad que conozca las especificaciones técnicas del servicio a contratar.
El presente documento se firma por el responsable en la ciudad de Bogotá D.C., a los veintidos (22) días del mes de Octubre de 2014.
DOCUMENTO ORIGINAL FIRMADO POR LOS SUSCRITOS XXXXXXXX XXXXX XXXXXX
Asesor de la Oficina de Planeación
CDP. 18614 de Octubre 22 de 2014