Contract
BASES DE CONCURRENCIA PARA EL CONTRATO DE SUMINISTRO RELATIVO A LA REHABILITACIÓN DEL MOBILIARIO (BUTACAS) DEL TEATRO CUYAS.-
1.- OBJETO
El objeto de contrato es la rehabilitación del acolchado interior para el asiento de 950 butacas marca POLTRONA modelo PITAGORA (edición especial) instaladas en la sala principal del Teatro Cuyás, situada en la calle Viera y Xxxxxxx, S/N, distribuidas:
DISTRIBUCIÓN | Nº DE BUTACAS |
Filas A y B | 28 |
Patio de butacas | 508 |
Palcos | 22 |
1er anfiteatro bajo | 224 |
1er anfiteatro alto | 68 |
2º anfiteatro | 87 |
Repuestos | 13 |
2.- CONDICIONES DE EJECUCIÓN
La ejecución del suministro comprenderá todos aquellos trabajos necesarios para su adecuada realización, tales como retirada y gestión de residuos, transporte de material, limpieza, coordinación de oficios, actuaciones complementarias, etc.
Los espacios intervenidos se entregarán previa limpieza general de los mismos una vez concluida la actuación.
La empresa adjudicataria dispondrá de los seguros reglamentarios preceptivos. En cualquier caso, deberá asumir el coste de cualquier desperfecto o daño que su actuación pueda producir en el propio inmueble o frente a terceros.
Finalmente, se respetarán los siguientes aspectos:
El material empleado para sustituir el acolchado del asiento, deberá ser de espuma de poliuretano o similar, auto-extinguible, con volumen ergonómico, de recuperación estable y gran confort, además debe contar como mínimo con las siguientes características técnicas:
ENSAYO | NORMA | VALOR |
Densidad | UNE EN ISO 845 | = o superior a 25 Kg / m3 |
Compresión | UNE EN ISO 3386-1 | = o superior a 3,5 Kpa |
Porosidad | UNE EN ISO 4638 | = o superior a 10 L/min |
Resiliencia | UNE EN ISO 8307 | = o superior a 48% |
Resistencia al fuego | UNE 53127 | AUTOEXTINGUIBLE |
Clasificación de comportamiento frente el fuego | UNE EN 13501-1:02 | E-d0 |
Se debe respetar la tapicería actual de las butacas y realizar el cambio sin alterar las propiedades y acabado de las mismas. Cada butaca lleva incorporado un número en la parte inferior correspondiente a su situación, el cuál debe ser respeto.
Tal como establece el CTE (código técnico de edificación), en los edificios y establecimientos de uso Pública concurrencia, los elementos decorativos y de mobiliario cumplirán las siguientes condiciones:
Butacas y asientos fijos tapizados que formen parte del proyecto en cines, teatros, auditorios, salones de actos, etc… deberán acreditar haber pasado el ensayo según las siguientes normas:
– UNE-EN 1021-1:2006 “Valoración de la inflamabilidad del mobiliario tapizado – Parte 1: fuente de ignición: Cigarrillo en combustión”.
– UNE-EN 1021-2:2006 “Valoración de la inflamabilidad del mobiliario tapizado – Parte 2: fuente de ignición: llama equivalente a una cerilla”.
La Fundación realizará un control de calidad para certificar que el material instalado cumple con las prescripciones descritas; para ello escogerá aleatoriamente algunas butacas y realizará ensayos en laboratorios homologados, cerciorándose de que cumpla con el código técnico de edificación. En caso de que el material ofertado no cumpla con los requisitos, será por cuenta de la empresa adjudicataria la sustitución y adecuación de los mismos.
3.- PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
3.1. Lugar de presentación.
3.1.1 Las proposiciones y la documentación complementaria se presentarán, en la forma indicada en los apartados siguientes, en las oficinas de la Fundación, Teatro Cuyás, sita en la calle Viera y Xxxxxxx s/n, de Las Palmas de Gran Canaria, en horario de 9:00 a 13:00, de lunes a viernes y hasta las 13:00 horas del último día que se señale en la invitación. En caso de que el vencimiento sea en xxxxxx, xxxxxxx o cualquier día festivo, aquel se traslada al día hábil inmediato posterior.
3.1.2 Cuando las proposiciones se envíen por correo deberá justificarse la fecha y la hora de imposición del envío en la oficina de Correos, debiendo asimismo anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante, fax al 000 000 000 o telegrama en el mismo día, en el que se consignarán la clave, el título del contrato y el nombre del licitador. A estos efectos, se entenderá como único habilitado para recibir tal anuncio la ya citada oficina del Teatro Cuyás. No serán aceptadas las proposiciones remitidas por esta vía que no hayan sido entregadas dentro de las 48 horas siguientes al fin del plazo de presentación. Sin la concurrencia de estos requisitos no será admitida la documentación por el órgano de contratación.
De cada proposición que se presente se expedirá un recibo cuya devolución será indispensable para retirar la documentación.
3.2. Contenido de las proposiciones.
3.2.1. Bases para su redacción y presentación
3.2.1.1 La presentación de proposiciones supone por parte del licitador la aceptación incondicional de las cláusulas de esta Bases, así como que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar.
3.2.1.2 Las proposiciones constarán de dos sobres, cerrados y firmados por el licitador o por persona que la represente.
3.2.1.3 LA FUNDACIÓN podrá pedir justificación documental o aclaraciones de todos los datos aportados por el licitador antes de la adjudicación, condicionando ésta a que dicha justificación o aclaraciones sean suficientes a su juicio.
3.2.1.4 Si durante la tramitación del expediente y antes de la adjudicación se produjese la extinción de la personalidad jurídica de una entidad licitadora por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, sucederá en su posición en el procedimiento la entidad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente del patrimonio, siempre que acredite ante el órgano de contratación reunir las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y la solvencia exigida en este Pliego para poder participar en el procedimiento de adjudicación.
3.2.1.5 Todos los documentos que se presenten, de no ser originales, deberán tener carácter de auténticos conforme a la legislación vigente.
3.2.1.6 Todos los documentos en idioma extranjero que se presenten deberán ir acompañados de su correspondiente traducción oficial al castellano. Deberá expresarse en todo caso:
La licitación a la que se concurre.
Licitador o representante, nombre de la persona, apellidos y firma.
Razón social.
Teléfono, fax y una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones.
En el interior de cada sobre un índice o sumario del contenido, enunciado numéricamente.
Se entregarán dos sobres, denominados respectivamente:
- SOBRE A: Documentación de los criterios que dependen de un juicio de valor.
- SOBRE B: Documentación de los criterios económico y evaluables por aplicación de fórmulas.
3.2.1.6.1 Sobre A: Documentación de los criterios que dependen de un juicio de valor.-
En forma bien visible, y sin que sea preciso para su lectura abrir el sobre, se consignará lo siguiente:
SOBRE A
Documentación de los criterios que dependen de un juicio de valor
Título del Contrato: «CONTRATO DE SUMINISTRO RELATIVO A LA REHABILITACIÓN DEL MOBILIARIO (BUTACAS) DEL TEATRO CUYAS»
LICITADOR: (Nombre y C.I.F.)
Teléfono:
Fax:
Fecha y Firma: Correo electrónico:
Contenido:
— Las empresas licitadoras deberán aportar en el sobre A los siguientes documentos:
Memoria explicativa de la instalación.
Características técnicas del equipamiento ofertado.
Plan de ejecución, especificando la temporalización de los procesos fabricación, montaje e instalación.
Muestras:
Los licitadores serán requeridos a entregar muestras de los productos ofertados que contendrán en el relleno del asiento. El tamaño de la muestra será de 297x210x20 mm.
Se advierte que se realizarán ensayos para valorar las muestras, por lo que no se garantiza la devolución de las mismas.
― Además, se incluirá en este sobre tanto una relación de los medios materiales que se adscriben al contrato, como un índice con los documentos incluidos en el mismo.
11.2.1.6.3 Sobre B: Documentación de los criterios económicos y evaluables por aplicación de fórmulas.-
En forma bien visible, y sin que sea preciso para su lectura abrir el sobre, se consignará lo siguiente:
SOBRE B
Documentación de los criterios económico y evaluables por aplicación de fórmulas
Título del Contrato: «CONTRATO DE SUMINISTRO RELATIVO A LA REHABILITACIÓN DEL MOBILIARIO (BUTACAS) DEL TEATRO CUYAS»
LICITADOR: (Nombre y C.I.F.)
Teléfono:
Fax:
Fecha y Firma: Correo electrónico:
Contenido:
a) Proposición económica constituida por la OFERTA, según Anexo I, adjunto a este pliego. Dicha proposición se presentará escrita a máquina y no se aceptarán aquellas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que la FUNDACIÓN estime fundamental para considerar la oferta.
b) Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otros, si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una Unión Temporal. La contravención de este principio producirá el rechazo de todas las propuestas por él suscritas.
c) A todos los efectos, se entenderá que la proposición económica ofertada comprende todos los gastos directos e indirectos que el contratista deba realizar para la normal ejecución del contrato, y cualesquiera otros que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el Impuesto General Indirecto Canario que deba ser repercutido.
d) En el caso de que se presente una proposición económica por una unión temporal de empresas, aquella deberá estar firmada por las personas que representen a cada una de las empresas componentes de la citada unión, rechazándose la oferta en caso contrario.
e) Si algún licitador no aporta la documentación relativa a alguno de los criterios a que se refiere este apartado, o la misma no contiene todos los requisitos exigidos en estas Bases, la proposición de dicho licitador no será valorada respecto del criterio de que se trate, a no ser que se trate de un supuesto de exclusión asimismo según las determinaciones de este Pliego.
4.- VALOR ESTIMADO
3.1 El valor estimado del contrato asciende a la cantidad de CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS EUROS (45.486,00 €).
En el precio se incluyen todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de cualquier unidad, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o descripción de los precios. Por tanto, los cálculos empleados incluyen todos los factores de valoración y gastos que, según los documentos contractuales y la legislación vigente, son de cuenta del adjudicatario.
Las proposiciones que se presenten superando el valor estimado del contrato serán automáticamente desechadas.
El precio del contrato será aquel al que ascienda la adjudicación, que en ningún caso superará el valor estimado del contrato.
3.2 El impuesto IGIC aplicable es del siete por ciento, equivalente a TRES MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO EUROS Y DOS CÉNTIMOS (3.140,45 €).
3.3 Siendo un contrato privado y no sujeto a regulación armonizada en consonancia con lo dispuesto en los artículos 16.1 y 191 del TRLCSP, el órgano de contratación ha decidido que se adjudicará por el procedimiento negociado sin publicidad según autoriza el ordinal 8.b.4.3.3 de las Instrucciones Internas de Contratación.
5.- PLAZO DE EJECUCIÓN
La fecha estimada para el comienzo de los trabajos se establece a partir del 20 xx xxxxxx de 2.014 y el plazo máximo para la completa finalización de los mismos será el 24 de septiembre de 2.014. En caso de que el adjudicatario hubiese ofertado un plazo inferior para la ejecución total se estará a este último, que tendrá carácter contractual y esencial.
6.- PLAZO DE GARANTÍA
34.2. El plazo de garantía comenzará a contar desde la fecha de la recepción y será de dos años, respondiendo de los daños o deterioros que puedan producirse durante el referido plazo. En caso de que adjudicatario hubiese ofrecido un plazo de garantía superior se estará a este último, que tendrá carácter contractual y esencial.
7.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
7.1 El órgano de contratación adjudicará el contrato a la proposición económicamente más ventajosa para LA FUNDACIÓN atendiendo a los siguientes criterios establecidos por orden decreciente de importancia y con su ponderación relativa con respecto al índice de 100 puntos, atribuibles como máximo a cada licitador.
En concreto, los criterios de valoración y ponderación para determinar la oferta más ventajosa serán los siguientes:
Criterios subjetivos | Puntuación (máximo 40 puntos) |
Conocimiento de las instalaciones | De 0 a 1 puntos |
Organigrama de la empresa | De 0 a 5 puntos |
Plazo de entrega | De 0 a 10 puntos |
Garantía | De 0 a 12 puntos |
Mejoras voluntarias | De 0 a 12 puntos |
Criterios objetivos | Puntuación (máximo 60 puntos) |
Precio más bajo | De 0 a 60 puntos |
TOTAL CRITERIOS | 100 puntos |
7.1 Ponderación.-
7.1.1 Ponderación de los criterios que dependen de un juicio de valor (subjetivos): propuesta técnica.-
Se establecen cuatro subcriterios que dependen de un juicio de valor; siendo así que con arreglo a los mismos se valorarán las ofertas presentadas por los licitadores:
- Conocimiento de las instalaciones objeto de licitación (de 0 a 1 puntos). A tal efecto los licitadores podrán recabar de LA FUNDACIÓN un certificado tras haber realizado una visita de comprobación a todas las dependencias, instalaciones y zonas objeto del presente contrato.
- Memoria técnica (de 0 a 5 puntos). Deberá aportarse una memoria desarrollando, con el debido detalle, los siguientes aspectos (subcriterios) sobre los cuales se verificará la valoración:
a.) Organigrama de la empresa y metodología de trabajo (de 0 a 2 puntos). Deberá aportarse un organigrama de la empresa y expresarse la metodología de trabajo en relación con el objeto del contrato (plan de gestión, y seguimiento, así como el sistema de gestión de seguridad en la realización de los servicios).
b.) Recursos humanos (de 0 a 3 puntos). Deberán relacionarse, con el debido detalle y precisión, los recursos humanos que se pretendan destinar al servicio.
- Plazo de entrega (de 0 a 10 puntos). A fin de identificar la oferta más ventajosa en términos del subcriterio «plazo de entrega»:
— Se asignará la puntuación máxima arriba reseñada (10 puntos) al licitador que ofrezca de manera gratuita, sin coste alguno para LA FUNDACIÓN, la entrega e instalación definitiva del suministro el día 10/09/2014 (OPCIÓN A).
— Se asignarán (5 puntos) al licitador que ofrezca de manera gratuita, sin coste alguno para LA FUNDACIÓN, la entrega e instalación definitiva del suministro el día 17/09/2014 (OPCIÓN B).
— Al licitador que no proponga reducción en el plazo de entrega y decida finalizar el 24/09/2014, se le asignarán 0 puntos (OPCIÓN C).
En el sobre A cada licitador deberá marcar la casilla correspondiente a la opción deseada según el siguiente modelo, sin que quepa variante alguna al mismo:
Subcriterio «plazo de entrega»:
Se propone la OPCIÓN A.
Se propone la OPCIÓN B.
Se propone la OPCIÓN C.
- Garantía (de 0 a 12 puntos). A fin de identificar la oferta más ventajosa en términos del subcriterio «garantía»:
— Se asignará la puntuación máxima arriba reseñada (12 puntos) al licitador que ofrezca de manera gratuita, sin coste alguno para LA FUNDACIÓN, la ampliación de garantía a 48 meses (OPCIÓN A).
— Se asignarán (8 puntos) al licitador que ofrezca de manera gratuita, sin coste alguno para LA FUNDACIÓN, la ampliación de garantía a 36 meses (OPCIÓN B).
— Se asignarán (4 puntos) al licitador que ofrezca de manera gratuita, sin coste alguno para LA FUNDACIÓN, la ampliación de garantía a 30 meses (OPCIÓN C).
— Al licitador que no proponga ampliación de la garantía anual contemplada en las presentes Bases se le asignarán 0 puntos (OPCIÓN D).
En el sobre A cada licitador deberá marcar la casilla correspondiente a la opción deseada según el siguiente modelo, sin que quepa variante alguna al mismo:
Subcriterio «garantía»:
Se propone la OPCIÓN A.
Se propone la OPCIÓN B.
Se propone la OPCIÓN C.
Se propone la OPCIÓN D.
- Mejoras voluntarias ofrecidas por el licitador (hasta 15 puntos). Los licitadores podrán proponer en sus ofertas las siguientes mejoras voluntarias:
― Patrocinio de actividades (de 0 a 12 puntos).
Se otorgarán 4 puntos por cada 2.000 euros, hasta 12 puntos, en propuestas de patrocinio en actividades organizadas por LA FUNDACION.
A tal fin en el sobre A cada licitador deberá expresar su propuesta de patrocinio según el siguiente modelo, que tampoco admite variante alguna:
… euros/año.
Propuesta de patrocinio
7.1.2 Ponderación de los criterios económicos y evaluables por aplicación de fórmulas (objetivos).-
a) Proposición económica. Puntuación máxima: 60.
El licitador que presente la oferta más económica (precio más bajo) obtendrá 60 puntos. Para la puntuación del resto de ofertas presentadas se utilizará la siguiente fórmula, en la que se considerarán todos los importes sin incluir impuestos:
Px= Pm * Mo / Ox
Donde,
“P” es la puntuación;
“Pm” es la puntuación máxima;
“Mo” es la mejor oferta (precio más bajo); y
“O” es el valor cuantitativo de la oferta que se valora.
Con todo, en el precio se entienden incluidos todos los costes directos e indirectos imputables al personal (a título meramente enunciativo, Seguridad Social, sustitución por vacaciones, antigüedad y otros pluses o conceptos, así como la sustitución por motivos de absentismo laboral, etc.) o de cualquier otra índole, los materiales fungibles y otros productos necesarios para la ejecución del contrato, los medios auxiliares y maquinaria propia de la actividad que se contrata, los gastos generales y el beneficio industrial, así como cualquier tipo de impuesto sea estatal, autonómico o local que grave la ejecución del contrato (con la sola excepción del IGIC).
Se establece como parámetro de anormalidad o desproporción el ofrecimiento de algún precio inferior en un 30% a la media aritmética ofrecida por el resto de licitadores con relación a ese mismo precio; en estos casos se procederá según disciplina el art. 152 del TRLCSP.
7.2 Determinada por la mesa de contratación la proposición económicamente más ventajosa, en favor de la cual formulará propuesta de adjudicación, se elevará ésta al órgano de contratación para proceder a la adjudicación. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno en favor del empresario propuesto.
En caso de empate entre dos o más ofertas se resolverá en favor de:
a) La propuesta presentada por una empresa que tenga en su plantilla trabajadores con discapacidad.
b) La propuesta presentada por entidad dedicada específicamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social en los términos del apartado 2º de la Disposición Adicional Cuarta del TRLCSP.
c) La propuesta presentada por entidad sin ánimo de lucro, de acuerdo con el apartado 3º de la Disposición Adicional Cuarta del TRLCSP.
d) Cuando no existan propuestas presentadas por entidades con las características enunciadas en los apartados a), b) y c), recaerá en la propuesta que tenga una mayor puntuación en el criterio de adjudicación referente al precio.
7.3 Cuando empresas pertenecientes a un mismo grupo —entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio— presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación de un contrato, se tomará únicamente, para aplicar el régimen de apreciación de ofertas desproporcionadas o temerarias, la oferta más baja, produciéndose los efectos derivados del procedimiento establecido para la apreciación de las ofertas desproporcionadas o temerarias respecto de las restantes ofertas formuladas por las empresas de grupo. Cuando se presenten distintas proposiciones por sociedades en las que concurra alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio respecto de los socios que las integran, se aplicarán respecto de la valoración económica las mismas reglas descritas en los párrafos precedentes.
8. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
1. La mesa de contratación, en acto público cuya fecha se comunicará a los licitadores, procederá a la apertura del sobre A relativo a los criterios no cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas; procediéndose a su evaluación conforme a los criterios de valoración recogidos en las presentes Bases, todo ello dejando constancia documental de ello en el acta de la mesa.
La mesa de contratación podrá solicitar cuantos informes técnicos considere necesario en lo referente a la valoración de los criterios de adjudicación que comportan un juicio de valor.
2. Verificado el trámite anterior se procederá, asimismo en nuevo acto público cuya fecha se anunciará en el perfil del contratante, a la apertura del sobre B de las
proposiciones admitidas. La mesa evaluará las proposiciones mediante los criterios de valoración que se recogen en este Pliego.
3. La mesa de contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación razonada que estime adecuada, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en estas Bases acompañada de las actas de sus reuniones y de la documentación generada en sus actuaciones y, en su caso, de los informes emitidos. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras no se formalice el contrato.
4. Rechazo de proposiciones.- La mesa rechazará en resolución motivada las proposiciones que incurran en alguna de las siguientes circunstancias:
- No guardar concordancia con la documentación admitida.
- Exceder del presupuesto base de licitación o exceder de los valores máximos admitidos, en su caso.
- Variar sustancialmente el modelo establecido.
- Comportar error manifiesto en el importe.
- Adolecer de error o inconsistencia, reconocidos por el licitador, que la hagan inviable.
- Falta de aportación de algún elemento subsanable, cuando, tras verificarse el correspondiente requerimiento de subsanación por la Mesa de Contratación, éste hubiese sido desatendido o atendido deficientemente.
El cambio u omisión de algunas palabras del modelo, si no alteran su sentido, no serán causas del rechazo de la proposición.
9. PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
9.1 Adjudicación.- A la vista de la propuesta de la mesa, el órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias se realizará presentando la siguiente documentación, de acuerdo con los artículos 13 y 15 del RGLCAP:
- Último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas o el documento de alta en el mismo, cuando ésta sea reciente y no haya surgido aún la obligación de pago. El alta deberá adjuntarse en todo caso cuando en el recibo aportado no conste el epígrafe de la actividad. Esta documentación deberá estar referida al epígrafe correspondiente al objeto del contrato que les faculte para su ejercicio en el ámbito territorial en que las ejercen, debiendo complementarse con una declaración responsable del licitador de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto.
- Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración del Estado, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con este último.
- Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con la misma.
El licitador que no esté obligado a presentar todas o alguna de las declaraciones o documentos correspondientes a las obligaciones tributarias que se relacionan en el artículo 13 del RGLCAP, habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable.
La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social se realizará mediante certificación expedida por la autoridad administrativa competente. En el supuesto que haya de tenerse en cuenta alguna exención, se habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable.
Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. Asimismo habrán de presentar certificación, también expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad. Toda la documentación relacionada en este apartado habrá de referirse a los doce últimos meses.
El propuesto adjudicatario deberá aportar también en este plazo una declaración responsable expresiva de que dispone efectivamente de los medios que se hubiese comprometido adscribir a la ejecución del contrato, de acuerdo con lo previsto en estas Bases —LA FUNDACIÓN podrá requerir en cualquier momento al adjudicatario al objeto de que acredite la realidad de tal disposición efectiva de dichos medios, perfilándose tal obligación del contratista con el carácter de esencial, y no meramente accesorio—, así como:
(i.) Acreditar la constitución de la garantía definitiva; y
(ii.) Aportar una certificación, expedida por LA FUNDACIÓN, acreditativa de no ostentar posición deudora alguna con la FUNDACIÓN.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento ni aportarse la documentación a que se refieren los párrafos anteriores dentro del plazo descrito, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a recabar la misma documentación al licitador siguiente por el orden en que hayan quedado sus respectivas ofertas.
10. GARANTÍA DEFINITIVA
10.1 La garantía definitiva afianzará las responsabilidades que puedan derivarse de la ejecución del contrato.
La adjudicataria deberá acreditar, dentro del plazo descrito en la cláusula anterior, la constitución de una garantía definitiva por importe del 5 por 100 del precio ofertado para la ejecución del contrato (IGIC excluido); de no cumplirse este requisito por causa imputable a la adjudicataria LA FUNDACIÓN podrá declarar resuelto el contrato.
No será precisa la constitución de la garantía reseñada cuando el adjudicatario hubiere constituido en el mismo plazo, o con anterioridad al mismo, garantía global por importe suficiente ante el órgano de contratación, en los términos previstos en el artículo 104 del TRLCSP, y dicha garantía se encontrara vigente y efectiva.
Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación su precio se reajustará la garantía en el plazo de quince días naturales, contados desde la fecha en que se notifique al adjudicatario la resolución de modificación del contrato.
En el plazo de quince días naturales contado desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las penalidades o indemnizaciones, el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución.
10.2 En particular, la garantía constituida estará afecta:
a) A la satisfacción de penalidades impuestas al contratista por razón de la ejecución del contrato, en su caso.
b) Al cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, incluidos los gastos de cuenta del contratista por virtud del presente Pliego; al pago de los gastos originados a LA FUNDACIÓN por demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones; y al resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados a LA FUNDACIÓN con motivo de la ejecución del contrato o por su incumplimiento o cumplimiento meramente defectuoso, cuando no proceda su resolución.
c) A la incautación que pueda decretarse en los casos de resolución del contrato.
Cuando la garantía no sea bastante para satisfacer las responsabilidades a las que está afecta, LA FUNDACIÓN procederá al cobro de la diferencia del importe de las facturas pendientes de pago que existan en ese momento, sin perjuicio de las reclamaciones judiciales que estime oportunas.
11. ADJUDICACIÓN
11.1 El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación descrita en las disposiciones
anteriores. La adjudicación deberá acomodarse a la propuesta de la mesa de contratación, salvo que expresamente se justifiquen los motivos para apartarse de tal propuesta, o que ésta se haya efectuado con infracción del ordenamiento jurídico, en cuyo caso la convocatoria quedará sin efecto, o cuando se presuma fundadamente que la proposición no puede cumplirse como consecuencia de ofertas con valores anormales o desproporcionados, siendo de aplicación lo establecido en los artículos 85 y 86 del RGLCAP.
La adjudicación deberá dictarse siempre que alguna de las proposiciones presentadas reúna los requisitos exigidos en el pliego de cláusulas, no pudiendo en tal caso declararse desierta la licitación. No obstante, en los términos previstos en el artículo 155 del TRLCSP, la FUNDA-CIÓN antes de dictar la adjudicación, podrá renunciar a celebrar el contrato por razones de interés público, o desistir del procedimiento tramitado cuando éste adolezca de defectos no subsanables, debiendo de indemnizar a los licitadores, en ambos casos, con los gastos que su participación en la licitación les
hubiese efectivamente ocasionado; en el bien entendido de que tales gastos sólo alcanzarán a los de presentación de oferta (gastos de correos, mensajería) pero en ningún caso a los de preparación de la oferta al ser unos gastos que han de asumir por la mera participación en la licitación.
11.2 La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los licitadores. La notificación contendrá la información necesaria que permita al licitador excluido interponer reclamación fundada, en la vía jurisdiccional civil, contra la adjudicación. En particular se expresará los siguientes extremos:
a. En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
b. Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
c. En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
Será de aplicación al presente expediente de contratación e incluso a las proposiciones que presenten los licitadores la excepción de confidencialidad contenida en el art. 153 del TRLCSP.
En todo caso, en la notificación se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus
proposiciones. En caso de no aportarse la documentación anterior se procederá conforme al procedimiento descrito en esta cláusula para la no formalización del contrato por causas imputables al adjudicatario.
12. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona con su formalización por escrito, ajustado a las condiciones de la licitación, al que se unirá, formando parte del mismo, la oferta del adjudicatario y un ejemplar de estas Bases, debidamente suscritos por las partes. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cuenta los correspondientes gastos.
La FUNDACIÓN requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo descrito en el párrafo anterior.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, el órgano de contratación podrá acordar dejar sin efecto la adjudicación al entender que el adjudicatario ha perdido interés en el contrato incautando la garantía definitiva constituida y proponiendo nuevo adjudicatario al siguiente licitante según el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas, con sujeción al procedimiento previsto en este pliego.
Si las causas de la no formalización fueren imputables a la FUNDACIÓN se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar, atendiendo al plazo de inicio de la prestación regulado en este pliego y considerando para el cálculo de la indemnización en concepto de demora un porcentaje equivalente al 1,5% de los gastos generales consignados en la oferta de aplicación al periodo de demora en atención a los plazos de este pliego.
Anexo I: Modelo de oferta
Don/Dña.
_natural de , provincia de con Documento Nacional de Identidad número en su propio nombre (o en nombre y representación de
) se compromete a la ejecución del «CONTRATO DE SUMINISTRO RELATIVO A LA REHABILITACIÓN DEL MOBILIARIO (BUTACAS)
DEL TEATRO CUYAS» con sujeción estricta a las Bases de la convocatoria y al proyecto técnico, todo ello por un valor estimado de:
………………………………… (en letras) euros ……… (en números) euros.
El importe del Impuesto General Indirecto aplicable a la ejecución del contrato es de ……… que resulta de la aplicación del …..% al valor estimado ofertado.
Notas: - Las cifras deberán expresarse en letra y número. En caso de discordancia entre las cifras expresadas en letra y en número prevalecerán las primeras (letra).
Lugar, fecha y firma de la licitadora. Dirección de correo electrónico: …