Contract
XXXXXXXX Xx. | 000-0000 |
CLASE DE CONTRATO | SUMINISTRO |
CONTRATANTE | SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E. NIT: 890.205.335 - 2 R/L: XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX Gerente |
CONTRATISTA | XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX C.C. No.28.169.198 xx Xxxxxxxxx. Establecimiento de Comercio: “QUIRUHOSP” Dirección: Xxxxx 00 Xx.00- 00 Xxxxxxxx XX Xxxxxxxxxxx – Xxxxxxxxx. Teléfono: 0-000000, Celular: 000-0000000 |
OBJETO | “SUMINISTRO DE GASA Y VENDAS DE GASA DE USO HOSPITALARIO PARA EL SANATORIO DE CONTRATACIÓN E.S.E.” |
PLAZO DE EJECUCION | Desde la suscripción del acta de inicio y hasta el treinta y uno (31) de Diciembre de 2018 y/o hasta agotar los recursos asignados. |
VALOR | TREINTA Y NUEVE MILONES DE PESOS ($39.000.000,oo) M/CTE. IVA incluido. |
Entre los suscritos a saber, XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX, mayor de edad y vecino del municipio de Contratación, Departamento xx Xxxxxxxxx, identificado con la cédula de ciudadanía No.79.290.424 de Bogotá D.C., quien obra en nombre y representación legal del SANATORIO DE CONTRATACIÓN E.S.E., en su calidad de Gerente, según Decreto No.657 xx Xxxxx 21 de 2017, expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social y Acta de Posesión de fecha 03 xx Xxxx de 2017, autorizado para celebrar convenios y contratos a nombre del Sanatorio de Contratación E.S.E. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Acuerdo No.06 xx Xxxxxx 26 de 2014 “Por el cual se adopta el Estatuto Contractual del Sanatorio de Contratación, Empresa Social del Estado”; quien para efectos del presente contrato se denomina EL CONTRATANTE por una parte y por la otra XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, mayor de edad, identificada con cedula de ciudadanía No.28.169.198 de Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, con establecimiento de comercio denominado “QUIRUHOSP”, Matricula Mercantil No.00-000000-00 del 2008/12/02 y renovada en Marzo 23 de 2018 de la Cámara de Comercio de Bucaramanga y quien afirma hallarse legalmente capacitada, sin inhabilidades e incompatibilidades de acuerdo con lo previsto artículo 8° de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la ley 1474 de 2011, el parágrafo segundo del artículo 3 del Manual de Contratación del Sanatorio de Contratación E.S.E y demás normas aplicables a la materia y que para efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA, previas las siguientes consideraciones: 1) Que existe disponibilidad presupuestal para atender el contrato según consta en el certificado de disponibilidad Presupuestal No.18 – 00171 xx Xxxxx 11 de 2018, expedido por el encargado de la oficina de presupuesto del
Sanatorio de Contratación E.S.E, para la vigencia 2018. 2) Que existe estudio de análisis de conveniencia y oportunidad suscrito por el Encargado de Sistemas y Comunicaciones del Sanatorio de Contratación E.S.E., el cual registra los aspectos fundamentales que permiten concluir la necesidad y conveniencia de realizar dicha contratación. 3) Que el señor Gerente de la entidad mediante Invitación Pública No. MCIP-006 de 2018 de fecha 17 xx Xxxxx de 2018, dio inicio al proceso de contratación correspondiente; en el cual se presentaron tres propuestas (XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX con establecimiento de comercio de comercio “QUIRUHOSP”, DIAGNOSTIMEDICOS Y DROGAS S.A.S., y ENDOSURGICAL S.A.S). 4) Que una vez evaluada la propuesta por el Comité de Apoyo a la Actividad Contractual conformado para tal fin y según consta en el Acta de Evaluación No.012 de fecha Mayo 07 de 2018, se estableció que la oferta presentada por XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX con establecimiento de comercio denominado “QUIRUHOSP”, cumplía con todo lo solicitado en los términos de condiciones para el proceso Invitación Pública No. MCIP- 006 de 2018. 5) Que la Gerencia del Sanatorio de Contratación E.S.E. atendiendo al informe de evaluación correspondiente, adjudicó el contrato mediante Resolución No.0360 de 08 xx xxxx de 2018 a la proponente identificada con cédula de ciudadanía No.28.169.198 de Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, con establecimiento de comercio denominado “QUIRUHOSP”. 6) Que de acuerdo a las anteriores consideraciones, las partes hemos acordado suscribir el presente contrato, el cual se regirá por las normas legales vigentes y por las siguientes cláusulas: CLAUSULA PRIMERA - OBJETO: “SUMINISTRO DE GASA Y VENDAS DE GASA DE USO HOSPITALARIO PARA EL SANATORIO DE CONTRATACIÓN E.S.E”, de
conformidad con lo dispuesto en los estudios y documentos previos y la oferta presentada por el contratista; documentos que forman parte integral del presente contrato y según la siguiente relación:
ITEM | DESCRIPCION DEL PRODUCTO | VALOR UNITARIO SIN IVA | VALOR UNITARIO CON IVA |
1 | GASA ABSORBENTE ASEPTICA (NO ESTERIL) | $ 72.700 | $72.700 |
1X100 Yardas (0,914mx1.4m) a dos pliegues | |||
REFERENCIA: 20x12 algodón | |||
ASPECTO: Tejido Uniforme sin cuerpos extraños | |||
COMPOSICION: 100% algodón | |||
COLOR: Blanco | |||
OLOR: Inoloro | |||
PRESENTACION: Rollo de 100 Yd | |||
ANCHO ROLLO: Dos pliegues, 45,0 - 1,0 cm | |||
PESO: 1825,0 ± 55,0 gr | |||
PODER ABSORBENTE: Xxxxx USP vigente 30 Segundos | |||
ACIDEZ ALCALINIDAD: Norma USP Vigente Negativo | |||
DENSIDAD DEL TEJIDO: Urdimbre 20,0 - 1,0- Trama | |||
11,5 - 0,5 tipo VII Según USP Vigente | |||
ENVASE Y ROTULACION: Envase limpio y bien | |||
Cerrado. Con información completa y legible. |
2 | VENDA DE GASA (NO ESTERIL) | $ 1.600 | $ 1.600 |
REFERENCIA: 4" x 5 Yardas | |||
ASPECTO: Tejido uniforme y homogéneo, sin cuerpos extraños | |||
COMPOSICION: 100% algodón | |||
COLOR: Blanco | |||
OLOR: Inoloro | |||
PESO: 28,8 ± 1,5 | |||
PODER ABSORBENTE: Xxxxx USP vigente 30 Segundos | |||
ACIDEZ ALCALINIDAD: Norma USP Vigente Negativo | |||
ENVASE Y ROTULACION: Envase limpio y bien | |||
Cerrado. Con información completa y legible |
PARAGRAFO: El suministro de Gasa y Vendas de Gasa anteriormente descrito se realizará de conformidad con la necesidad de la entidad, por lo anterior, no se pactará el suministro de cantidades fijas, sino mediante los requerimientos y solicitudes de la entidad, teniendo en cuenta los precios presentados en la oferta por el contratista. CLAUSULA SEGUNDA - VALOR Y FORMA DE PAGO: Para los efectos legales y fiscales, el valor del presente contrato asciende a la suma de TREINTA Y NUEVE MILONES DE PESOS ($39.000.000,oo) M/CTE. IVA incluido. Forma de pago, Se cancelará mediante actas parciales de pago, cuyo valor se liquidará teniendo en cuenta la cantidad de Gasa y Vendas de Gasa ítems efectivamente suministrados en el respectivo periodo a facturar, por los valores acordados en el contrato, previa presentación de la factura de venta, certificación de cumplimiento expedida por los supervisores del contrato y constancias de pago de las obligaciones por conceptos de Seguridad Social Integral (Salud, Pensión, Riesgos laborales) y parafiscales si a ellos hubiere lugar. CLAUSULA TERCERA - PLAZO DEL CONTRATO: Sera desde la suscripción del acta de inicio y hasta el treinta y uno (31) de Diciembre de 2018 y/o hasta agotar los recursos asignados. XXXXXXXX XXXXXX - DECLARACIÓN DEL CONTRATISTA: EL CONTRATISTA manifiesta conocer perfectamente la naturaleza del contrato a ejecutar, las normas legales que le son inherentes, los plazos y costos requeridos para ejecutar el objeto contractual, todo lo cual queda bajo su responsabilidad. CLAUSULA QUINTA - OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: a) Efectuar los registros y operaciones presupuéstales y contables necesarios para cumplir cabalmente el pago de los bienes y/o servicios que el Contratista haya prestado a ésta con base en el presente contrato. b) suministrar la información que sea requerida por el contratista para la correcta ejecución del contrato. c) Realizar la supervisión del contrato mediante los supervisores designados por la gerencia. d) Pagar oportunamente el valor de los bienes y/o servicios, dentro de los plazos fijados en el contrato. CLAUSULA SEXTA - OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: a) Cumplir con el objeto y especificaciones técnicas del contrato en el plazo convenido. b) Entregar la gasa y vendas de gasa, requeridas por la entidad, con las características de calidad definidas en el estudio previo y la propuesta técnica presentada. c) Mantener el precio de la gasa y vendas de gasa, estipulado en la propuesta, durante la ejecución del contrato. d) Entregar del material médico quirúrgico (gasa y vendas de gasa) con fecha de vencimiento mínimo dos (02) años, posteriores a la fecha de entrega a la entidad. e) Atender y solucionar las
objeciones presentadas por los supervisores, relacionadas con la calidad, cantidad y oportunidad de los productos solicitados. f) Hacer entrega del material médico quirúrgico (gasa y vendas de gasa) en el Sanatorio de Contratación E.S.E, ubicado en la Calle 3 No.2-
72 del Municipio de Contratación Santander y de acuerdo a los estudios previos y la propuesta técnica presentada. g) En caso de que la gasa y vendas de gasa, no sean entregadas al Sanatorio de Contratación E.S.E en óptimas condiciones de calidad, embalaje y transporte será devuelto por los supervisores del contrato y todos los costos de envío y contra envío correrán por cuenta del contratista. h) Presentar la factura con el despacho de los materiales de acuerdo a los pedidos parciales, solicitados por el Sanatorio de Contratación E.S.E. i) Acreditar el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral (Salud, Pensión, Riesgos laborales) y parafiscales si a ellos hubiere lugar. j) Las demás que se requieran para el cabal cumplimiento del objeto contractual. CLAUSULA SÉPTIMA - IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: Los pagos que asume el Contratante en virtud del presente contrato, se sujetan a las apropiaciones presupuestales respectivas y se pagarán con recursos del presupuesto General de Gastos Vigencia 2018 , Rubros 2010, Gastos Generales - Adquisición de Bienes– Materiales y Suministros - Material Quirúrgico de acuerdo con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No.18–00171 de fecha Abril 2018, expedido por el Encargado de presupuesto del Sanatorio de Contratación E.S.E. CLAUSULA OCTAVA - SUPERVISIÓN: La supervisión del presente contrato de compraventa será efectuada por el Profesional Universitario – Enfermera Jefe y la Regente de Farmacia del Sanatorio de Contratación E.S.E., quien tendrán la atribución de exigir al CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado, verificando que se cumpla con las especificaciones descritas en el objeto del mismo, dando cumplimiento a lo establecido en los artículos 44 al 47 del Acuerdo 06 de 2014, por el cual se Adopta el Manual de Contratación del Sanatorio de Contratación E.S.E., además de lo contemplado en la Ley 1474 de 2011 “Estatuto Anticorrupción”. CLAUSULA NOVENA - SOLUCION DIRECTA DE LAS CONTROVERSIAS CONTRACTUALES: Se considera que las diferencias o discrepancias, surgidas de la actividad contractual, se solucionan de manera ágil, rápida y directa para lo cual se podrá acudir a la conciliación, transacción o cualquier otro mecanismo de solución de controversia contractual previsto en la ley. CLAUSULA DECIMA - GARANTÍAS: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 numeral 2, 4 y concordantes del manual interno de contratación de la entidad, teniendo en cuenta que se trata del suministro de Gasa y vendas de gasa, se considera necesario y oportuno exigir al CONTRATISTA la constitución a su xxxxx y a favor del Sanatorio de Contratación E.S.E., garantías únicas que amparen los siguientes riesgos: a) Cumplimiento del contrato: Para precaver los perjuicios que se deriven del incumplimiento de las obligaciones contractuales incluidas las multas y la cláusula penal que se pacte en el contrato; por una cuantía mínima del veinte por ciento (20%) del valor del contrato, y una vigencia igual a la del plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados: Para precaver las eventualidades que uno o varios de los bienes contratados no reúnan las especificaciones o calidades exigidas para la contratación o que no sean aptos para los fines para los cuales fueron adquiridos, así como para precaver los vicios de fabricación y la calidad de los materiales o componentes. Su cuantía no será inferior al 30% del valor del contrato y su vigencia será mínimo de 12 meses contados a partir del recibo o aceptación final. CLAUSULA DÉCIMO PRIMERA - CLAUSULAS EXORBITANTES: El presente contrato se regirá por el Derecho
Privado, el Manual de Contratación de la entidad y acoge las cláusulas exorbitantes como terminación, modificación e interpretación unilateral y la caducidad, referidas en el parágrafo primero del artículo 3 del manual de contratación. CLAUSULA DÉCIMO SEGUNDA - CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder ni total, ni parcialmente éste contrato, ni subcontratar sin autorización expresa y por escrito del contratante. CLAUSULA DÉCIMO TERCERA - CAUSALES DE TERMINACIÓN: Además de las
causales de terminación previstas en la Ley y expresadas anteriormente, este contrato se podrá dar por terminado por: a) Mutuo acuerdo de las partes. b) Por el incumplimiento de alguna de las partes. c) Por la ocurrencia de hechos imprevisibles que imposibiliten su cumplimiento. CLAUSULA DÉCIMO CUARTA - DOMICILIO CONTRACTUAL Y SITIO DE
EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Se pacta como domicilio contractual el Municipio de Contratación y el lugar de ejecución del contrato en el Sanatorio de Contratación E.S.E. ubicado en la Calle 3 No.2-72 del municipio de Contratación – Santander. CLAUSULA DÉCIMO QUINTA - INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA
manifiesta bajo la gravedad de juramento el cual se entiende prestado con la aceptación y firma del presente contrato, que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en el artículo 8° de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la ley 1474 de 2011 y demás normas aplicables a la materia en concordancia con el parágrafo segundo del artículo 3 del Manual de Contratación de la entidad. CLAUSULA DECIMO SEXTA - CLAUSULA DE INDEMNIDAD: El CONTRATISTA
mantendrá indemne al SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E., en cualquier demanda o acción judicial o administrativa con ocasión de la ejecución del presente contrato, por causas imputables al contratista. CLAUSULA DÉCIMO SÉPTIMA - DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE INTEGRAL DEL CONTRATO: Forma parte integral del presente contrato los siguientes documentos: 1. Estudios previos. 2. Propuesta técnica y económica presentada por el Contratista. CLAUSULA DECIMO OCTAVA - PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se perfecciona con las firmas de los de los que intervinieron en el mismo y par a su ejecución requiere el Registro Presupuestal expedido por el funcionario Encargado de Presupuesto del Sanatorio de Contratación E.S.E. la constitución y aprobación de las Garantías exigidas y la suscripción del acta de inicio respectiva.
En constancia de entendimiento y aceptación del presente documento, se firma en dos
(02) ejemplares del mismo tenor y valor, a los diez (10) días del mes xx Xxxx de dos mil dieciocho (2018).
POR EL CONTRATANTE: POR EL CONTRATISTA:
XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX. XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX X.
Gerente C.C. No.28.169.198 xx Xxxxxxxxx
Sanatorio Contratación E.S.E. R/L: “QUIRUHOSP”.
Elaboro: | Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx Asesor Jurídico Interno. |