MODELO-TIPO DE CARÁTULA UNIFICADA PARA LOS CONTRATOS DE OBRAS
MODELO-TIPO DE CARÁTULA UNIFICADA PARA LOS CONTRATOS DE OBRAS
Expediente nº: 009/2017
CARÁTULA xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares
Tipo de contrato: CONTRATO DE OBRAS Procedimiento: NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD
I.- CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN.
1.- OBJETO DEL CONTRATO.
1.1.- Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato y factores a tener en cuenta: Rehabilitación parcial de inmueble
1.2.-Definición: “REHABILITACIÓN PARCIAL DE LA VILLA ULIALDE EN LA AVDA. ATEGORRIETA Nº 67, EN DONOSTIA-SAN XXXXXXXXX”
1.3.-División por lotes: NO
1.4.-Código nomenclatura CPV (Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión de 28 de noviembre de 2007 que modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV)):
Nomenclatura principal 45262690-4
Objeto principal Remozamiento de edificios degradados
2.- DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL.
Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares
3.- PRESUPUESTO DE LICITACIÓN (las ofertas no pueden superar los importes totales señalados).
El presupuesto de licitación asciende a: Ciento cincuenta y seis mil cuatrocientos noventa y ocho euros con nueve céntimos (156.498,09 €) + treinta y dos mil ochocientos sesenta y cuatro euros con sesenta céntimos (32.864,60 €) de 21 % de IVA, resultando un importe total de ciento ochenta y nueve mil trescientos sesenta y dos euros con sesenta y nueve céntimos (189.362,69 €).
Distribuidos, en su caso, en las siguientes anualidades:
IMPORTE SIN IVA | 21% IVA | IMPORTE TOTAL | |
2017 | 77.500,00 € | 16.275,00 € | 93.775,00 € |
2018 | 78.998,09 € | 16.589,60 € | 95.587,69 € |
TOTAL | 156.498,09 € | 32.864,60 € | 189.362,69 € |
4.- PRECIO Y PAGOS.
4.1.- Sistema de determinación del precio:
- Sistema: precios unitarios
- Condiciones:
- Porcentaje de gastos generales: 13%
- Los precios unitarios que regirán durante la ejecución de las obras, serán los que resulten de la aprobación de la proposición seleccionada: Si
4.2.- Modalidad de pago del precio:
- Pago único –artículo 127 del TRLCSP. No
- Certificaciones periódicas: Si. Certificaciones mensuales 4.3.- Abonos a cuenta por operaciones preparatorias: No 4.4.- Revisión de precios: No
4.5.- Cláusula de variación del precio en función del cumplimiento de determinados objetivos de plazos o de rendimiento: No
5.- VIGENCIA DEL CONTRATO: PLAZO DE EJECUCIÓN O DURACIÓN DEL CONTRATO.
5.1.- Plazo total o fecha límite: Doce (12) semanas
5.2.- Fecha de inicio: Desde el día siguiente a la firma del Acta de Comprobación del Replanteo
5.3.- Plazos parciales: Los especificados para cada capítulo de obra en el Programa de Trabajo
5.4.- Prórroga del contrato: No procede
6.- GASTOS DE PUBLICIDAD. Importe máximo de los gastos de publicidad que debe satisfacer la adjudicataria conforme al artículo 67.2 del RGLCAP: No procede
7.- GARANTÍAS.
7.1.- Garantía provisional: No
7.2.- Garantía definitiva: 5% del importe de adjudicación, sin IVA
7.3.- Garantía complementaria: No
7.4.- Está permitido acreditar la constitución de la garantía mediante medios electrónicos, informáticos o telemáticos: No
7.5.- Está permitido constituir las garantías mediante retención del precio: No
7.6.- En el supuesto de recepción parcial, la contratista podrá solicitar la devolución o cancelación de la parte proporcional de la garantía: No
Las garantías se constituirán a favor de: Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, NIF: S-4833001-C
8.- SEGUROS. La empresa adjudicataria deberá tener los seguros obligatorios. Se le exige, además, que acredite que ha contratado algún seguro específico (sí/no): SI
- Tipo de póliza: Seguro de responsabilidad civil.
- Condiciones específicas: La suma asegurada será por el importe correspondiente al presupuesto de licitación, I.V.A. incluido, en sus vertientes de general, patronal, cruzada y trabajos terminados, durante el periodo de construcción y el plazo de garantía, incluyendo
como asegurada a la empresa contratista, y la Administración como promotora de las obras.
- Tipo de póliza: Seguro a todo riesgo de construcción.
- Condiciones específicas: La suma asegurada será por el importe correspondiente al precio del contrato sin I.V.A., que cubra los daños que puedan sufrir las obras realizadas y en curso de realización, durante el periodo de construcción y el plazo de garantía.
9.- INFORMACIÓN SOBRE LAS CONDICIONES DE SUBROGACIÓN EN CONTRATOS DE
TRABAJO: No procede
10.- LUGAR DE EJECUCIÓN, entrega o realización de las prestaciones objeto del contrato: Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx xx 00, xx Xxxxxxxx-Xxx Xxxxxxxxx
11.- CONDICIONES LINGÚÍSTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla.
Salvo que xxx xxxxxx de prescripciones técnicas se derive que las características intrínsecas de la prestación objeto del contrato exigen su realización necesaria y exclusivamente en otra u otras lenguas, el uso de ambas lenguas oficiales constituye una condición de ejecución del contrato y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato.
En la ejecución de contrato, han de observarse las concretas condiciones lingüísticas de ejecución establecidas en la correspondiente cláusula xxx xxxxxx.
12.- OTRAS CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN.
12.1.- De tipo social: La empresa contratista debe cumplir durante la ejecución del contrato las concretas condiciones especiales de ejecución previstas en la cláusula 28 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares y lo establecido en el punto 42 de esta carátula.
12.2.- De tipo medioambiental: No
12.3.- Otras: La adscripción a la ejecución del contrato de los medios indicados, en su caso, en la declaración de compromiso de adscripción de medios y todas las relativas a la subcontratación.
13.- CALIFICACIÓN ESPECIAL DE DETERMINADAS INFRACCIONES: SI
Se considera infracción grave, a efectos del artículo 60.2. c) del TRLCSP el incumplimiento reiterado de las siguientes condiciones especiales de ejecución:
-Incumplimiento de las condiciones lingüísticas de ejecución establecidas en la cláusulas 28.1.1, 28.1.2 y 28.1.3 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares y punto 11 de esta carátula.
-Incumplimiento de las cláusulas sociales establecidas en las cláusulas 28.2 y 28.4 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares y puntos 12.1 y 42 de esta carátula.
14.- PENALIDADES. Podrán imponerse penalidades por los cumplimientos defectuosos e incumplimientos contemplados en el artículo 212 del TRLCSP y en la cláusula 30 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
Se establecen penalidades por demora respecto del plazo total, distintas a las establecidas en el apartado 4 del artículo 212 del TRLCSP: Si
Por demora en el cumplimiento del plazo total de ejecución por causas imputables a la empresa adjudicataria, podrá imponerse una penalidad del 0,05% del importe de adjudicación por cada día hábil en el que se demore la finalización de la obra.
Dicha cantidad se deducirá bien de la última certificación, bien de la certificación final de las obras si la última certificación no satisficiera el importe, bien de la garantía prestada si la certificación final no satisficiera el importe a devengar.
En el momento en que la penalidad alcance el 10% del importe de adjudicación, podrá optar el Órgano de Contratación, indistintamente, por la resolución del contrato o por la imposición de la referida penalidad.
En cuanto al procedimiento, será el indicado en la cláusula 30.9 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
15.- SUBCONTRATACIÓN
15.1.- Se admite la subcontratación: Si
- Partes de la prestación que son susceptibles de subcontratación: hasta el 60%
- Partes de la prestación que no pueden ser subcontratadas en ningún caso: No procede
15.2.- Se establece la obligación de subcontratar con empresas especializadas:
No
15.3.- Obligación de las licitadoras de indicar la parte que prevén subcontratar:
Si
La licitadora debe facilitar estos datos de conformidad con lo dispuesto en la letra
b) de la cláusula 13.2.11 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares).
16.- PLAZOS DE RECEPCIÓN Y DE GARANTÍA DE LAS PRESTACIONES.
16.1.- Plazos para la recepción (véanse las cláusulas correspondientes de este pliego).
- Total: Un (1) mes
- Parciales (de aquellas partes susceptibles de ser utilizadas de forma separada o independiente): No
16.2.- Plazo de Garantía: Si. Un (1) año a contar desde la recepción de la obra
17.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
17.1.- A efectos de resolución contractual, quedan calificadas como obligación contractual esencial, las siguientes:
- El cumplimiento del compromiso de adscripción de medios personales y materiales.
- Incumplimiento de las condiciones lingüísticas de ejecución establecidas en la cláusulas 28.1.1, 28.1.2 y 28.1.3 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares y punto 11 de esta carátula.
- Incumplimiento de las cláusulas sociales establecidas en las cláusulas 28.2 y 28.4 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares y puntos 12.1 y 42 de esta carátula.
17.2.- Se establecen, así mismo, las siguientes causas de resolución adicionales a las contempladas en la normativa y pliego:
- El incumplimiento de la normativa y cláusulas en materia de seguridad y salud laboral.
- El incumplimiento de la normativa y cláusulas en materia de medio ambiente
- El incumplimiento de la normativa y cláusulas en materia de subcontratación.
18.- CLÁUSULAS ADICIONALES RELATIVAS A LA PRESTACIÓN OBJETO DEL CONTRATO: SI:
Posibilidad de modificación del contrato:
En el supuesto de que, con motivo de la aplicación de las medidas de estabilidad presupuestaria fuera necesaria la modificación del presente contrato, éste se considerará que se realiza por motivos de interés público, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional quinta de la Ley 2/2017, de 11 xx xxxxx, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la CAE para el ejercicio 2017.
El procedimiento a seguir en caso de modificación incluirá la redacción del modificado, audiencia a la contratista, informe de quien ejerza la asesoría jurídica de la mesa de contratación, conformidad del órgano de contratación, certificado de existencia de crédito y formalización de la modificación en el correspondiente documento administrativo.
Otras modificaciones: No
*Circunstancias:
*Método de verificación objetiva de concurrencia de las circunstancias:
*Alcance y límites:
*Porcentaje del precio del contrato al que como máximo pueden afectar:
*Procedimiento:
19.- CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN PROPIAS DEL CONTRATO DE OBRA
APROBACIÓN DEL PROYECTO DE OBRA: 25 xx xxxxx de 2017. Aprobado por el Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda.
PLAZO PARA LA COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO: Un (1) mes desde la fecha
de la formalización del contrato
PROGRAMA DE TRABAJO: La contratista debe presentar un programa de trabajo previsto en el artículo 144 del RGLCAP: Si. Será presentado para su aprobación previamente al inicio de la obra en soporte informático y tres copias en papel
DEDICACIÓN EXIGIDA AL DELEGADO DE OBRA DE LA CONTRATISTA.
- Exclusiva, sin posibilidad de adscripción a ninguna otra obra: No
- Plena, sin posibilidad de adscripción simultánea a un número de obras superior al señalado: No
PLAZO PARA LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO (en el caso de contratación conjunta de proyecto y obra): No procede
II.- CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO CONTRACTUAL, PARTICIPACIÓN Y SELECCIÓN DE EMPRESAS Y OFERTAS.
20.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y OBTENCIÓN DE INFORMACIÓN Y PLIEGOS.
20.1.- Entidad adjudicadora: Gobierno Xxxxx, Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda.
20.2.- Identificación de órganos:
20.2.1.- Órgano de contratación: Directora de Servicios del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda.
20.2.2.- Órgano destinatario del contrato y gestor de las certificaciones y facturas: Delegación Territorial de Vivienda de Gipuzkoa
20.2.3.- Responsable del contrato: Responsable de la Delegación Territorial de Vivienda de Gipuzkoa
20.2.4.- Órgano administrativo competente en materia de contabilidad pública: Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas
20.3.- Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Contratación del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda.
Domicilio: c/ Donostia-San Xxxxxxxxx, 1
Localidad y código postal: 00000 XXXXXXX-XXXXXXX
20.4.- Número de expediente: 009/2017
20.5.- Central de Contratación. El órgano que adjudica el contrato actúa para otra entidad: No
20.6.- Contacto personal:
Consultas técnicas:
Persona de contacto: Xxxx Xxxxxx Xxxxx Correo electrónico: xxxx-xxxxxx@xxxxxxx.xxx Teléfono: 000000000
Consultas jurídico-administrativas:
Persona de contacto: Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx
Correo electrónico: xxxxxxxxxxxx.xxxxxx@xxxxxxx.xxx Teléfono: 000.00.00.00
20.7.- Acceso al perfil de contratante, pliegos y documentación complementaria en Internet: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxx o xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx
20.8.- Lugar donde se puede obtener información sobre las obligaciones relativas a fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, que serán aplicables durante la ejecución del contrato: Véase la cláusula 4 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas del que forma parte esta carátula.
20.9.- Fecha límite de obtención de documentos e información: El día hábil anterior a la fecha límite para presentación de ofertas.
21.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO A EFECTOS DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO (artículo 88 del TRLCSP): 156.498,09 €
22.- CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: NO
23.- CONTRATO CUBIERTO POR EL ACUERDO SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (ACP): NO
24.- CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA: 17.0.1.05.31.0000.2.622.05.43122.004.F
24.1.- El gasto está cofinanciado: No
24.2.- Tramitación anticipada: No
25.- TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.
25.1.- Tramitación:
- Ordinaria: Si
- Urgente: No
25.2.- Procedimiento:
- Abierto: No
- Restringido: No
- Negociado con publicidad: No.
- Negociado sin publicidad: Si. En base a lo establecido en el artículo 171 d) y
177.2 del TRLCSP.
25.3.- Forma: Existe una pluralidad de criterios de valoración de las ofertas
26.- SISTEMA DE LICITACIÓN Y CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA: se autoriza su utilización.
27.- CONTRATO RESERVADO: NO
28.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS O SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN.
28.1.- Fecha y hora límite de presentación: Hasta las 12 horas del día 9 de octubre de 2017.
28.2.- Documentación a presentar con anterioridad a la fecha límite: Sobre/s A y B, con el contenido que señala el pliego de cláusulas administrativas particulares y los correspondientes puntos de esta carátula.
28.3.- Lugar de presentación:
- Entidad: Registro del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda.
- Domicilio: X/ Xxxxxxxx-Xxx Xxxxxxxxx, 0
- Xxxxxxxxx x código postal: 00000 XXXXXXX-XXXXXXX
28.4.- En el caso de que el licitador opte por presentar su oferta o solicitud electrónicamente lo deberá hacer a través de la página Web: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxx o xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx
28.5.- Medios para anunciar, en su caso, el envío de la oferta por correo postal:
- Teléfono: NO
- Fax: 000.00.00.00
- Correo electrónico: xxxxxxxxxxxx.xxxxxx@xxxxxxx.xxx
28.6.- Plazo durante el cual la licitadora está obligada a mantener su oferta: 2 meses a contar desde la apertura de la oferta económica, ampliado en quince días hábiles más cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 152.3 del TRLCSP (valores anormales o desproporcionados).
28.7.- Admisión de variantes: No
28.8.- Apertura pública de las ofertas: No:
29.- «SOBRE A»: CAPACIDAD Y SOLVENCIA- DECLARACIÓN SOBRE EL
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS (Véase la cláusula 13 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares. Las empresas extranjeras tendrán en cuenta lo previsto en el anexo I) xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares)
29.1.- Forma de acreditación: La única forma de acreditación es la que aparece a continuación marcada con una X:
X Simplificada, en este sobre denominado SOBRE A « REQUISITOS DE CAPACIDAD Y SOLVENCIA- DECLARACIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS
REQUISITOS PREVIOS » debe presentarse la declaración marcada con una X así como los documentos que en cada caso correspondan:
X Declaración responsable inicial contenida en el Anexo XI xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares junto con la documentación indicada en la cláusula 13.4 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
La declaración responsable inicial será el único documento que la empresa licitadora o candidata debe aportar en relación con los requisitos previos de capacidad y solvencia. No se admitirá documento distinto a dicha declaración en esta fase del procedimiento. (Ver cláusula 16.1.2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares sobre los efectos de la no presentación de la declaración responsable inicial).
29.2.- Requisitos de solvencia económica y financiera y técnica o profesional: 29.2.1.- Obligación de acreditar solvencia: Si
29.2.2.- Clasificación: Sí, pero es opcional en sustitución de la solvencia exigida en la cláusula 29.2.3 de esta carátula
La candidata1 acreditará la clasificación bien mediante la clasificación indicada en la letra a) o bien mediante la indicada en la letra b):
a) Clasificación otorgada de acuerdo con Real Decreto 773/2015:
Grupo: C Subgrupo: 8 Categoría2: 2
b) Clasificación otorgada de acuerdo con la regulación anterior al Real Decreto 773/2015:
Grupo: C Subgrupo: 8 Categoría3: C
29.2.3.- Solvencia: Las empresas deberán disponer de la siguiente solvencia:4 las empresas deberán disponer de la siguiente solvencia, salvo que opten por sustituirla por la clasificación indicada en la cláusula 29.2.2:5):
Económica y financiera:
- Requisito:
Disponer de un volumen de negocio anual en el ámbito de actividad correspondiente al objeto del contrato de al menos 235.000,00 €, referido al año de mayor negocio de los tres (3) últimos ejercicios.
Técnica o profesional:
- Requisito:
La empresa candidata deberá haber ejecutado en el curso de los diez (10) últimos años trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato por un importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior a 110.000,00 €.
A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen objeto del contrato, se atenderá a la coincidencia entre los dos primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV.
29.3.- En el caso de que, como medio de acreditar la solvencia, se exija una declaración indicando la maquinaria y equipos técnicos de que se dispondrá para la ejecución del trabajo, se adjuntará a la declaración la documentación acreditativa de la adecuación de dichos medios a la normativa de seguridad que les sea de aplicación. Entre otros, el Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas y el Real Decreto 1215/1997 sobre utilización de equipos de trabajo.
1 Sustituir por “candidata” si se trata de procedimiento restringido o de procedimiento de licitación con negociación.
2 Aunque la clasificación no sea exigible (en el contrato de obras) o sea optativa (contrato de servicios), indíquese la categoría mínima que corresponda.
3 Aunque la clasificación no sea exigible (en el contrato de obras) o sea optativa (contrato de servicios), indíquese la categoría mínima que corresponda.
4 Porque hay obligación de acreditar solvencia (cláusula 29.2.1) y no hay clasificación (ni obligatoria ni opcional) (cláusula 29.2.2).
5 Porque hay obligación de acreditar solvencia (cláusula 29.2.1) y la clasificación es opcional (cláusula 29.2.2).
29.4.- Habilitación empresarial o profesional exigible en el momento de presentar oferta: No
29.5.- Registros oficiales de licitadores o empresas contratistas cuyos certificados son admitidos:
Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Administración del Estado.
Otros: certificado comunitario de clasificación o documento similar que acredite la inscripción en listas oficiales de empresarios autorizados para contratar establecida por un Estado miembro de la Unión Europea siempre que sea accesible de modo gratuito para la Mesa de contratación.
La incorporación de oficio de estos certificados requiere la autorización de la empresa, salvo en el supuesto de contratación electrónica, en el que la utilización de sistema electrónico por la empresa conlleva dicha autorización para incorporar de oficio el certificado del Registro Oficial de Contratistas de Euskadi. A estos efectos, la empresa licitadora o candidata autorizará dicha incorporación de oficio a través de la declaración responsable inicial del Anexo XI
29.6.- Las personas jurídicas deben aportar los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación: No
29.7.- La empresa licitadora o candidata se debe comprometer a adscribir a la ejecución del contrato los siguientes medios materiales y humanos: No
30.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS.
30.1.- El precio es el único criterio de valoración de las ofertas: No
30.2.- Existe una pluralidad de criterios de valoración de las ofertas: Si
30.2.1.- Supuesto general:
Criterios de valoración de las ofertas relacionados por orden decreciente de importancia y por la ponderación que se les atribuye. Puntuación total: 100 puntos (la suma de las ponderaciones de los grupos correspondientes a las letras
a) y b) siguientes debe ser siempre igual a la puntuación total):
a) Criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas:
OFERTA ECONÓMICA
Ponderación: 60 puntos.
Formula: Se valora con la máxima puntuación (60 puntos) la oferta económica más baja y con (0 puntos) la oferta que se ajuste al presupuesto máximo de licitación. Las ofertas intermedias se valorarán mediante la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntuación = 60 x (PML – PO) / (PML – POMV) PML: precio máximo de licitación
PO: precio ofertado
POMV: precio de la oferta más ventajosa
PLAZO DE EJECUCIÓN
Ponderación: 20 puntos.
Fórmula: Se otorgará la máxima puntuación (20 puntos) a la oferta que presente el plazo menor y (0 puntos) a la que oferte el plazo tipo de licitación, puntuándose el resto mediante la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntuación = 20 x (Plazo licitación – Plazo ofertado) / (Plazo licitación – Plazo mínimo ofertado)
.
Ponderación total de este grupo: 80 puntos.
b) Criterios cuya aplicación requiere realizar un juicio de valor:
MEMORIA DE ORGANIZACIÓN DE LA OBRA
Subcriterios:
Metodología de ejecución de la obra
Ponderación: 10 puntos.
Método de valoración de este subcriterio:
La empresa licitadora deberá indicar y definir detalladamente los métodos de ejecución propuestos para solventar las actividades que consideren más relevantes en la ejecución de la obra, para lo cual se valorará:
El grado de detalle y concreción en las justificaciones a incluir en este apartado de la memoria, así como de la descripción de los recursos que se utilizarán.
No se valoraran las descripciones genéricas que no se ciñan a las características y detalles propios de esta obra, así como las justificaciones mediante textos copiados íntegramente de los documentos del proyecto de ejecución.
Para ello, la licitante deberá desarrollar en su memoria:
Una descripción concreta y precisa de todos los procesos constructivos.
Medidas correctoras que aminoren interferencias y afecciones a los usuarios del edificio
Ponderación: 10 puntos.
Método de valoración de este subcriterio:
En este subcriterio se examinará cual es la mejor opción propuesta en cuanto a recursos personales y materiales para evitar en lo posible, o al menos atenuar, el impacto que supone la realización de las obras en un edificio donde se mantiene la actividad.
Para lo cual, se valorará:
El grado de detalle, conocimiento, coherencia, desarrollo y adecuación de los estudios y propuestas que las empresas licitadoras presenten para aminorar las posibles afecciones que a los usuarios del propio edificio puedan generar las obras previstas, complementado con la adopción de medidas correctoras efectivas encaminadas a anularlas en lo posible, y/o aminorarlas en su mayor grado.
La licitadora incluirá una descripción de las soluciones adoptadas para disminuir las afecciones a los usuarios del edificio.
La licitadora presentará una memoria que desarrolle los dos subcriterios en un límite máximo de 2 folios formato DIN A-4, escritos por una cara, en tipo de letra Arial, tamaño mínimo de letra 12 e interlineado mínimo de 14 puntos.
La superación de los límites indicados tanto del número de folios como del formato de la memoria conllevará a la exclusión de la clasificación de la oferta presentada por la empresa licitadora.
Ponderación total de este grupo: 20 puntos.
30.2.2.- Supuesto especial: Fases de valoración distintas a las contempladas con carácter general: No
31.- OTROS SOBRES- DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTAR LA LICITADORA AL OBJETO DE EVALUAR LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS (Véanse las
cláusulas correspondientes xxx xxxxxx).
31.1.- SOBRE B «OFERTA ECONÓMICA Y, EN SU CASO, TÉCNICA: Si
En este sobre deben presentarse los siguientes documentos:
Oferta económica con arreglo al modelo que figura en el Anexo IV xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
Los siguientes documentos, de conformidad con lo indicado en la cláusula 14.2.2 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares:
a) Relación de precios unitarios de ejecución material de todas y cada una de las unidades de obra que componen el proyecto, y teniendo en cuenta que los precios de ejecución material no deben incluir en esta relación el porcentaje de gastos generales ni el beneficio industrial. La empresa ofertará las partidas alzadas de abono íntegro a los precios que la misma decida. Las partidas alzadas a justificar, si las hubiere, serán objeto de liquidación y la empresa ofertará la misma cantidad que figure en el proyecto.
b) Relación de todos los precios descompuestos asociados a los precios unitarios de ejecución material que componen el proyecto, teniendo en cuenta que en ellos deberán respetarse los rendimientos de mano de obra y maquinaria, así como la cantidad de materiales, reflejados en los precios descompuestos del Proyecto de Ejecución.
c) Presupuesto de ejecución material constituido por el resultado de aplicar a las mediciones del proyecto los precios unitarios ofertados.
d) Presupuesto de ejecución por contrata obtenido adicionando al presupuesto de ejecución material, el porcentaje correspondiente de gastos generales señalado en la cláusula 4 de la carátula y el 6% de beneficio industrial. Como partida separada se señalará la cuantía correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido que grave la ejecución de la obra.
Memoria de organización de la obra
La licitadora presentará una memoria que desarrolle los dos subcriterios (Metodología de ejecución de la obra y Medidas correctoras que aminoren interferencias y afecciones a los usuarios del edificio) en un límite máximo de 2 folios formato DIN A-4, escritos por una cara, en tipo de letra Arial, tamaño mínimo de letra 12 e interlineado mínimo de 14 puntos.
En caso de que se licite en papel, los documentos se presentarán tanto en papel debidamente firmados como en copia digital (CD).
A tener en cuenta:
Respecto del Plan de Control de Calidad, véase la cláusula 27.8 xxx xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
La oferta económica, en caso de que se licite en papel, se presentará tanto en papel como en formato digital, conteniendo en uno o varios CDs los archivos en formato .pdf. e incluyendo la totalidad de los documentos anteriormente mencionados. Se presentará además de soporte en papel, en formato .bc3. La oferta económica en formato .bc3. no tendrá naturaleza contractual.
Los precios ofertados no podrán modificar la definición, especificaciones o cuantías de materiales definidas en el proyecto para las distintas unidades de obra ni la definición de costes directos e indirectos que componen el precio de cada una de ellas. Cualquier alteración en el modelo de oferta económica integrado en el proyecto, será causa de exclusión. A la hora de presentar los precios unitarios y descompuestos, en papel, se deberá respetar la literalidad completa (incluido el desglose) del modelo del proyecto.
31.2.- Supuesto especial: Fases de valoración distintas a las contempladas con carácter general: No
31.3.- Entre los criterios de valoración de las ofertas se contempla el concepto otras mejoras consistentes en prestaciones adicionales sobre las obligaciones prescritas y no incluidas en otros criterios de valoración: No
31.4.- A fin de proceder a la valoración técnica deberán entregarse muestras: No
32.- ÓRGANO ESPECIALIZADO QUE EVALUARÁ LAS OFERTAS CONFORME A LOS CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR: No
procede
33.- VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS:
33.1.- En cuanto al precio: Si
Parámetros objetivos que permiten apreciar su carácter anormal o desproporcionado :
Se considerará en principio como desproporcionadas o con carácter anormal las ofertas económicas en baja que excedan del 15% de la media aritmética de todas las ofertas económicas admitidas.
33.2.- En cuanto a otros criterios de adjudicación : NO
Parámetros objetivos que permiten apreciar su carácter anormal o desproporcionado:
34.- SUBASTA ELECTRÓNICA. Para la adjudicación se celebrará una subasta electrónica con arreglo a los siguientes elementos: No procede
35.- PREFERENCIAS DE ADJUDICACIÓN. En la adjudicación se aplicarán las preferencias de adjudicación contempladas en el pliego.
36.- PLAZO PARA ACORDAR LA ADJUDICACIÓN. Se establece un plazo distinto al general indicado en el pliego: No
37.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LA LICITADORA CUYA OFERTA HA RESULTADO LA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA. (Véanse la cláusula 20 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares. Las empresas extranjeras tendrán en cuenta lo previsto en el Anexo X xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares)
Documentación al objeto de acreditar los requisitos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica o profesional: Sí, los siguientes:
Solvencia económica y financiera:
Documentos y/o certificados para acreditar los requisitos exigidos en la cláusula 29.2.3, salvo en el caso de que se haya sustituido la solvencia por la clasificación:
o El volumen anual de negocios se acreditará por medio de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito.
Los empresarios individuales no inscritos en el registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el registro Mercantil. En otro caso, deberán acreditar su volumen anual de negocios mediante la presentación de la liquidación del Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas.
Solvencia técnica o profesional:
Documentos y/o certificados para acreditar los requisitos exigidos en la cláusula 29.2.3, salvo en el caso de que se haya sustituido la solvencia por la clasificación:
o Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los diez últimos años que incluyan importe, fechas y beneficiarios públicos y privados de los mismos. Los trabajos se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante una declaración del empresario.
Documentación a efectos de acreditar la disponibilidad de los medios materiales y humanos exigidos, en su caso, en la cláusula 29.7 de esta carátula (artículo
151.2 TRLCSP): No procede
38.- RENUNCIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO Y DESISTIMIENTO DEL
PROCEDIMIENTO POR LA ADMINISTRACIÓN. Se rige por lo previsto en el artículo
155 del TRLCSP, y, en caso de estar fijadas, por las siguientes condiciones de compensación por los gastos: No procede
39.- CLÁUSULAS ADICIONALES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO:
39.1.- Habilitación empresarial o profesional exigible a la empresa adjudicataria para ejecutar el contrato, distinta a la habilitación empresarial o profesional exigible, en su caso, en el momento de presentar oferta: No
39.2.- Otra documentación a presentar con carácter previo a la formalización: Sí
a) Las pólizas o certificaciones de los seguros específicamente exigidos, en su caso, en la cláusula 8 de la carátula.
b) Si las adjudicatarias fueran varias empresas que presentaron oferta con el compromiso de constituirse formalmente en Unión Temporal de empresarios en el caso de resultar adjudicatarias, deberá aportar escritura pública de constitución de la Unión Temporal (artículo 59 del TRLCSP), cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
c) Habilitación empresarial o profesional exigible para ejecutar el contrato recogida en la cláusula 39.1 de la carátula de este pliego.
d) De figurar la empresa adjudicataria dada de alta en la matrícula del Impuesto sobre Actividades Económicas en municipio o territorio distinto a aquél en que vayan a realizarse las obras, deberá matricularse en este último territorio (salvo habilitación nacional) y justificar documentalmente tal circunstancia.
39.3.- Salvo que se realicen por vía electrónica (de conformidad con lo dispuesto en el Anexo xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares relativo a las
“Instrucciones para la utilización del sistema de licitación y notificación y comunicación electrónicas”), las solicitudes de aclaraciones, los requerimientos para subsanar defectos u omisiones, los requerimientos de presentación de documentos previstos en el pliego de cláusulas administrativas o su carátula y otros actos de trámite no incluidos en el art. 40.2 b) TRLCSP o en el primer párrafo del art. 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas se comunicarán a los interesados a través de correo electrónico.
40.- CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO PROPIAS DEL NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD PREVIA. |
INDICAR SI INTERVENDRÁ MESA DE CONTRATACIÓN: NO COMISION NEGOCIADORA:SI. Formarán parte de la misma dos personas de la Dirección de Vivienda y Arquitectura. ASPECTOS TÉCNICOS Y ECONÓMICOS DE LAS OFERTAS SUSCEPTIBLES DE NEGOCIACIÓN CON POSTERIORIDAD A SU PRESENTACIÓNi: Aspectos susceptibles de negociación: - OFERTA ECONÓMICA - PLAZO FASES DE LA NEGOCIACIÓN: La negociación constará de una (1) sesión con cada una de las empresas licitadoras, de la cual se elaborará un resumen. Tras la sesión negociadora, las empresas licitadoras deberán presentar su oferta final, que se corresponderá con la oferta realizada por la licitadora en la última sesión negociadora. Posteriormente, la Comisión Negociadora valorará las ofertas finales presentadas por las licitadoras y propondrá al órgano de contratación la adjudicación del contrato a quien haya presentado la oferta más ventajosa. Forma de la negociación: Correo electrónico y presencial en su caso. Las empresas licitadoras deberán indicar el correo electrónico a efectos de notificaciones durante la negociación. |
III.- OTRAS ESPECIFICACIONES.
41.- OTRAS ESPECIFICACIONES ADICIONALES A LAS INDICADAS EN ESTA CARÁTULA Y EN EL PLIEGO.
1. La contratista debe cumplir con las determinaciones establecidas en el Decreto 112/2012, de 26 xx xxxxx, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
2. Son a cuenta del contratista las tasas por prestación de los trabajos facultativos de replanteo, dirección, inspección y liquidación de las obras y cualesquiera otras que resulten de aplicación, según lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx (Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre) y demás disposiciones vigentes.
3. La contratista deberá depositar en el Ayuntamiento de Donostia–San Xxxxxxxxx, antes del comienzo de las obras, en caso de exigirse, la fianza correspondiente en aplicación del Decreto 112/2012, de 26 xx xxxxx, por el que se regula la producción y gestión de residuos de la construcción y demolición.
4. La contratista deberá depositar en el Ayuntamiento de Donostia-San Xxxxxxxxx, antes del comienzo de las obras, en caso de exigirse, fianza para responder de posibles desperfectos en los distintos elementos urbanísticos circundantes afectados por las obras.
5. La contratista deberá comunicar al Coordinador de Seguridad y Salud cualquier accidente laboral que se produzca en la obra independientemente de que no conlleve baja laboral.
42.- CUADRO DE SEGUIMIENTO DE LA INCORPORACIÓN DE ASPECTOS SOCIALES Y MEDIOMABIENTALES EN EL PROCEDIMIENTO Y EN EL CONTRATO.
Criterios | Inserción laboral | Igualdad de mujeres y hombres | Prevención de riesgos laborales | Condiciones laborales | Ambientales |
Objeto del contrato | |||||
Criterios de solvencia técnica y profesional | |||||
Especificaciones técnicas | |||||
Criterios de valoración de las ofertas | |||||
Condiciones especiales de ejecución | SI | SI | SI | SI |
*Nota: Los campos de esta carátula, o la parte de ellos que no se encuentren rellenados no son aplicables al contrato, salvo que de las cláusulas xxx xxxxxx o de la normativa aplicable se deduzca lo contrario.