PLIEGOS CONTRATACIÓN DEL GIRO ESPECÍFICO DEL NEGOCIO DE LA EMPRESA PÚBLICA UNIDAD NACIONAL DE ALMACENAMIENTO “UNA EP”
PLIEGOS
CONTRATACIÓN DEL GIRO ESPECÍFICO DEL NEGOCIO DE LA EMPRESA PÚBLICA UNIDAD NACIONAL DE ALMACENAMIENTO “UNA EP”
EMPRESA PÚBLICA UNIDAD NACIONAL
DE ALMACENAMIENTO “UNA EP”
CÓDIGO DEL PROCESO: GENSA-UNAEP-006-2016
“PROVISIÓN DEL SERVICIO DE ALMACENAMIENTO DE MAÍZ AMARILLO DURO EN CENTROS DE ACOPIO DE LAS PROVINCIAS DE GUAYAS Y LOS XXXX”
GUAYAQUIL, JUNIO 7 DE 2016
MODELO DE PLIEGOS DEL PROCEDIMIENTO CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE ALMACENAMIENTO POR GIRO ESPECÍFICO DEL NEGOCIO DE LA EMPRESA PÚBLICA UNIDAD NACIONAL DE ALMACENAMIENTO `UNA EP´
Forman parte integrante del Modelo de Pliegos del procedimiento de Contratación de Servicios de Almacenamiento del Giro Específico del Negocio, los siguientes documentos:
CONDICIONES PARTICULARES DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE ALMACENAMIENTO POR GIRO ESPECÍFICO DEL NEGOCIO
CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE ALMACENAMIENTO POR GIRO ESPECÍFICO DEL NEGOCIO
FORMULARIO DE OFERTA
FORMULARIO DE COMPROMISO DE ASOCIACIÓN O CONSORCIO
CONDICIONES PARTICULARES DE LOS CONTRATOS DE SERVICIOS DE ALMACENAMIENTO POR GIRO ESPECÍFICO DEL NEGOCIO
CONDICIONES GENERALES DE LOS CONTRATOS DE SERVICIOS DE ALMACENAMIENTO POR GIRO ESPECÍFICO DEL NEGOCIO
ÍNDICE
CONDICIONES PARTICULARES DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE ALMACENAMIENTO POR GIRO ESPECÍFICO DEL NEGOCIO
SECCIÓN I INVITACIÓN
SECCIÓN II OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO
REFERENCIAL Y TÉRMINOS DE REFERENCIA
SECCION III CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO
SECCION IV EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
SECCION V OBLIGACIONES DE LAS PARTES
CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE ALMACENAMIENTO POR GIRO ESPECÍFICO DEL NEGOCIO
SECCIÓN I DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
SECCIÓN II METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
SECCION III FASE CONTRACTUAL
FORMULARIO DE OFERTA
El formulario de la oferta, está contenido por la información detallada a continuación, la cual, de no hacerse constar será causal de descalificación de la propuesta:
3.1 PRESENTACIÓN Y COMPROMISO
3.2 DATOS GENERALES DEL OFERENTE
3.3 NÓMINA DE SOCIOS, ACCIONISTAS O PARTÍCIPES MAYORITARIOS DE PERSONAS JURÍDICAS
3.4 SITUACIÓN FINANCIERA
3.5 TABLA DE CANTIDADES Y PRECIOS
3.6 COMPONENTES DE LOS SERVICIOS OFERTADOS
3.7 EXPERIENCIA DEL OFERENTE
3.8 VALOR AGREGADO ECUATORIANO DE LA OFERTA
3.9 CÁLCULO DEL PORCENTAJE DE VALOR AGREGADO ECUATORIANO DE LOS SERVICIOS, RESPECTO DEL COSTO DE PRODUCCIÓN
FORMULARIO DE COMPROMISO DE ASOCIACIÓN O CONSORCIO
CONDICIONES PARTICULARES DE LOS CONTRATOS DE SERVICIOS DE ALMACENAMIENTO POR GIRO ESPECÍFICO DEL NEGOCIO
CONDICIONES GENERALES DE LOS CONTRATOS DE SERVICIOS DE ALMACENAMIENTO POR GIRO ESPECÍFICO DEL NEGOCIO
INVITACIÓN
I. CONDICIONES PARTICULARES DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE ALMACENAMIENTO POR GIRO ESPECÍFICO DEL NEGOCIO
SECCION I
INVITACIÓN
SECCIÓN II
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL, TÉRMINOS DE REFERENCIA
2.1 Objeto
2.2 Presupuesto referencial
2.3 Términos de referencia
SECCION III
CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO
3.1 Cronograma del procedimiento
3.2 Vigencia de la oferta
3.3 Precio de la propuesta
3.4 Precio de la Oferta: (establecer el precio, sin IVA).
3.5. Forma de presentar la oferta
3.6 Plazo de ejecución
3.7 Forma de pago
SECCIÓN IV
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
4.1 Integridad de las ofertas
4.2 Evaluación de la oferta (cumple / no cumple)
SECCIÓN V
OBLIGACIONES DE LAS PARTES
Obligaciones del Contratista
Obligaciones de la Contratante
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE ALMACENAMIENTO POR GIRO ESPECÍFICO DEL NEGOCIO DE LA EMPRESA PÚBLICA UNIDAD NACIONAL DE ALMACENAMIENTO “UNA EP”
Nro. GENSA-UNAEP-006-2016
SECCION I
INVITACIÓN
Se invita a los proveedores:
Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx con RUC 0920077328001;
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx con RUC 0702895285001;
A participar en el proceso “PROVISIÓN DEL SERVICIO DE ALMACENAMIENTO DE MAÍZ AMARILLO DURO EN CENTROS DE ACOPIO DE LAS PROVINCIAS DE GUAYAS Y LOS XXXX”.
Cabe señalar que la invitación antes indicada no limitará la participación de otros oferentes en el presente proceso.
El presupuesto referencial es de USD$ 318.600,00 (TRESCIENTOS DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS CON 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), no incluye IVA, de conformidad con el siguiente detalle:
Cantón |
Provincia |
Centros |
Producto |
Cantidades de Quintales Seco y Limpio |
Precio por quintal |
Meses estimados de almacenamiento |
$ por almacenamiento |
El Empalme 3 |
Guayas |
1 |
Maíz amarillo duro |
125.000 |
0,12 |
9,00 |
$ 135.000,00 |
Balzar 1 |
Guayas |
1 |
Maíz amarillo duro |
20.000 |
0,12 |
9,00 |
$ 21.600,00 |
Balzar 2 |
Guayas |
1 |
Maíz amarillo duro |
50.000 |
0,12 |
9,00 |
$ 54.000,00 |
Xxxxx Xxxxx |
Xxxxxx |
1 |
Maíz amarillo duro |
30.000 |
0,12 |
9,00 |
$ 32.400,00 |
Palenque |
Los Xxxx |
1 |
Maíz amarillo duro |
20.000 |
0,12 |
9,00 |
$ 21.600,00 |
Ventanas |
Los Xxxx |
1 |
Maíz amarillo duro |
50.000 |
0,12 |
9,00 |
$ 54.000,00 |
El plazo de ejecución es de 300 días calendarios, contados a partir de la fecha de la notificación del inicio de la ejecución contractual emitida por parte del Administrador del contrato, luego de la celebración del contrato.
Las condiciones generales de esta invitación son las siguientes:
El pliego está disponible, sin ningún costo, en el Portal Institucional del SERCOP xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
Los interesados podrán formular preguntas en el término de UN (1) día, al correo electrónico de la Secretaria de la Comisión Técnica xxxxxxx.xxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx. La Comisión Técnica absolverá obligatoriamente todas las preguntas y realizará las aclaraciones necesarias, en un término de UN (1) día subsiguiente a la conclusión del período establecido para formular preguntas y aclaraciones.
La oferta se presentará de forma física en la oficina de Contratación Pública de la UNA EP, ubicada en la Xx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Xx. 0 ½ vía a Daule, diagonal a la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil, edificio del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, Subsuelo, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública -RGLOSNCP-. La apertura de las ofertas se realizará una hora más tarde de la hora prevista para la recepción de las ofertas. El acto de apertura de ofertas será público y se efectuará en la Sala de Sesiones de la Empresa Pública Unidad Nacional de Almacenamiento “UNA EP” ubicada en la Xx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Xx. 0 ½ vía a Daule, diagonal a la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil, edificio del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca. Las ofertas se deberán presentar en forma física, no se aceptarán ofertas en courier o correo certificados.
La oferta podrá ser total o parcial.
No existe reajuste de precios en el presente proceso de contratación.
La evaluación de las ofertas se realizará aplicando los parámetros de calificación previstos en el pliego y conforme lo dispone en el Reglamento Interno para las Contrataciones del Giro Específico del Negocio "UNA EP".
Los pagos del contrato se realizarán con cargo a los fondos propios provenientes del presupuesto de la entidad contratante relacionados con la partida presupuestaria Nro. 1078 de ítem 630203 Almacenamiento Embalaje Envase y Recarga de Extintores de fecha 6 xx xxxx del 2016. La partida presupuestaria deberá certificarse por la totalidad de la contratación. Los pagos se realizarán de forma parcial contra ejecución de servicio, presentación de la respectiva factura, previa recopilación de reportes de los Supervisores de Centros de Xxxxxx, debidamente aprobado a entera satisfacción del administrador del contrato.
El procedimiento se ceñirá a las disposiciones de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General, las resoluciones del SERCOP, el Reglamento Interno para las Contrataciones del Giro Específico del Negocio de la Empresa Pública Unidad Nacional de Almacenamiento UNA EP y el presente pliego.
La entidad contratante se reserva el derecho de cancelar o declarar desierto el procedimiento de contratación, situación en la que no habrá lugar a pago de indemnización alguna.
Jurisdicción Coactiva: El oferente que resulte adjudicado, acepta que en caso de adeudar valores a la Empresa Pública Unidad Nacional de Almacenamiento UNA EP por cualquier concepto, se someterá –sin protesto- a la jurisdicción coactiva de la Empresa Pública Unidad Nacional de Almacenamiento UNA EP ejercida a través del(los) juez(ces) designado(s) para tal efecto.
Guayaquil, junio 7 de 2016
Mgs. Xxx Xxx Xxxxxxxx
GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA PÚBLICA
UNIDAD NACIONAL DE ALMACENAMIENTO UNA EP
SECCIÓN II
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL, TÉRMINOS DE REFERENCIA.
2.1 Objeto: Este procedimiento precontractual tiene como propósito seleccionar a la mejor oferta tomando en consideración el cumplimiento de las condiciones previstas en los presentes pliegos y el valor de la tarifa por servicio de almacenamiento, para la “PROVISIÓN DEL SERVICIO DE ALMACENAMIENTO DE MAÍZ AMARILLO DURO EN CENTROS DE ACOPIO DE LAS PROVINCIAS DE GUAYAS Y LOS XXXX”.
Si en el procedimiento de contratación no hubiere oferta u ofertas consideradas de origen ecuatoriano, la entidad contratante considerará y analizará las ofertas que no se consideren ecuatorianas que se hubieren presentado.
2.2 Presupuesto referencial: El presupuesto referencial es de USD$ 318.600,00 (TRESCIENTOS DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS CON 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), no incluye IVA, de conformidad con el siguiente detalle:
Cantón |
Provincia |
Centros |
Producto |
Cantidades de Quintales Seco y Limpio |
Precio por quintal |
Meses estimados de almacenamiento |
$ por almacenamiento |
El Empalme 3 |
Guayas |
1 |
Maíz amarillo duro |
125.000 |
0,12 |
9,00 |
$ 135.000,00 |
Balzar 1 |
Guayas |
1 |
Maíz amarillo duro |
20.000 |
0,12 |
9,00 |
$ 21.600,00 |
Balzar 2 |
Guayas |
1 |
Maíz amarillo duro |
50.000 |
0,12 |
9,00 |
$ 54.000,00 |
Xxxxx Xxxxx |
Xxxxxx |
1 |
Maíz amarillo duro |
30.000 |
0,12 |
9,00 |
$ 32.400,00 |
Palenque |
Los Xxxx |
1 |
Maíz amarillo duro |
20.000 |
0,12 |
9,00 |
$ 21.600,00 |
Ventanas |
Los Xxxx |
1 |
Maíz amarillo duro |
50.000 |
0,12 |
9,00 |
$ 54.000,00 |
Términos de referencia: Los términos de referencia para la presente contratación se detallan a continuación:
ANTECEDENTES
Marco Legal
Que, el artículo 281 de la Constitución de la República establece que: "La soberanía alimentaria constituye un objetivo estratégico y una obligación del Estado para garantizar que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades alcancen la autosuficiencia de alimentos sanos y culturalmente apropiado de forma permanente. Para ello, será responsabilidad del Estado entre otras: "numeral 11. Generar sistemas justos y solidarios de distribución y comercialización de alimentos. Impedir prácticas monopólicas y cualquier tipo de especulación con productos alimenticios”;
Que, el numeral 2 del artículo 284 de la Constitución de la República establece que es responsabilidad del Estado incentivar la producción nacional, la productividad y competitividad sistémica, la acumulación del conocimiento científico y tecnológico, la inserción estratégica en la economía mundial y las actividades productivas complementarias en la integración regional;
Que, el artículo 319 de la Constitución de la República "Reconocen diversas formas de organización de la producción en la economía, entre otras las comunitarias, cooperativas, empresariales públicas o privadas, asociativas, familiares, domésticas, autónomas y mixtas”;
Que, el segundo inciso del artículo 335, en concordancia con el artículo 304, numeral 6, y 281 numeral 11, ibídem determina que el Estado definirá una política de precios y comercial orientada a proteger la producción nacional, establecerá los mecanismos de sanción para evitar cualquier práctica de monopolio y oligopolio privados, o de abuso de posición de dominio en el mercado y otras prácticas de competencia desleal;
Que, el artículo 1, inciso segundo de la Ley Orgánica de la Soberanía Alimentaria. Ley Orgánica del Régimen de la Soberanía Alimentaria, Ley 1, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 583 de 05 xx xxxx de 2009, modificado el 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xxxxxx que: “El régimen de la soberanía alimentaria se constituye por el conjunto de normas conexas, destinadas a establecer en forma soberana las políticas públicas agroalimentarias para fomentar la producción suficiente y la adecuada conservación, intercambio, transformación, comercialización y consumo de alimentos sanos, nutritivos, preferentemente provenientes de la pequeña, la micro, pequeña y mediana producción campesina, de las organizaciones económicas populares (...)”.
Que, el literal c) del artículo 3 Ibídem, determina que el Estado deberá "Impulsar, en el marco de la economía social y solidaria, la asociación de los microempresarios, microempresa o micro, pequeños y medianos productores para su participación en mejores condiciones en el proceso de producción, almacenamiento, transformación, conservación y comercialización de alimentos”
Que, el literal a) del artículo 19 del Código Orgánico de la Producción, Comercio, e Inversiones, publicado en el Registro Oficial Suplemento 351 de 29 de diciembre de 2010, reconoce como uno de los derechos de los inversionistas. "La libertad de producción y comercialización de bienes y servicios lícitos, socialmente deseables y ambientalmente sustentables, así como la libre fijación de precios, a excepción de aquellos bienes y servicios cuya producción y comercialización estén regulados por la Ley;
Que, el objetivo número 10 del Plan Nacional para el Buen Vivir, es, "Impulsar la transformación de la matriz productiva";
Que, el objetivo número 11 del Plan Nacional para el Buen Vivir, es, "Asegurar la soberanía y eficiencia de los sectores estratégicos para la transformación industrial y tecnológica";
Creación de la Empresa Pública Unidad Nacional de Almacenamiento “UNA – EP”
Mediante Decreto Ejecutivo No. 12 publicado en el Registro Oficial No. 16 del 17 xx xxxxx de 2013:
Artículo 1: Se crea la Empresa Pública Unidad Nacional de Almacenamiento “UNA – EP”, como una sociedad de derecho público, con personalidad jurídica, patrimonio propio, dotada de autonomía presupuestaria, financiera, económica, administrativa y de gestión. Tendrá su domicilio principal en la ciudad de Guayaquil, Provincia del Guayas, pudiendo establecer sucursales, agencias y/o unidades de negocios en el país o fuera de él.
Artículo 2: La empresa pública Unidad Nacional de Almacenamiento "UNA EP" tendrá a su cargo el desarrollo y fortalecimiento de los servicios de:
Almacenamiento y comercialización de productos agropecuarios;
Administración de la reserva estratégica de los mismos; y
Comercialización y distribución de insumos.
Estos servicios se implementarán para el efectivo funcionamiento xxx xxxxxxx, brindando mejores y mayores oportunidades de ingresos a los productores de materia prima agropecuaria, evitando su especulación y acaparamiento.
Artículo 3: Para el cumplimiento de sus objetivos ejercerá las siguientes funciones:
Desarrollar, implementar y mejorar las actividades de adquisición, almacenamiento, conservación y comercialización de productos agropecuarios, equipos, maquinarias e insumos en el mercado interno y externo de acuerdo al marco normativo nacional e internacional;
Aplicar mecanismos de subsidio o apoyos orientados al almacenamiento y/o la comercialización interna y externa de productos e insumos agropecuarios;
Emitir y negociar certificados de depósito que faciliten la comercialización agropecuaria, en los casos que lo determine el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, como entidad rectora;
Establecer mecanismos de comercialización, acorde a los requerimientos de los diferentes productos e insumos agropecuarios; y,
Las demás que establezca el Directorio.
Unidad de Negocios de Ciclo Corto
Las actividades de absorción de la cosecha de productos de ciclo corto como maíz, arroz y soya se vienen desarrollando desde la creación de la Unidad Nacional de Almacenamiento como Unidad Adscrita al MAGAP desde el año 2007, con una gran participación en el mercado impulsando el cumplimiento de los precios mínimos de sustentación, la participación de la UNA EP ha venido dándose de forma positiva para el desarrollo del sector agrícola.
Esta Unidad de Negocios está orientada a captar y comercializar los siguientes productos:
OBJETIVOS
Los principales objetivos de la Unidad de Negocio de Productos de Ciclo Corto son:
Aplicar estrategias para la comercialización y el incremento de la capacidad de almacenamiento para productos de ciclo corto;
Incrementar la captación de las cosechas de maíz, arroz y soya
Impulsar el cumplimiento de los precios mínimos de sustentación y/o de comercialización;
Incrementar el portafolio de productos de ciclo corto;
Mantener la reserva estratégica contribuyendo a garantizar la soberanía alimentaria.
Mediante Memorando Nro. UNAEP-UNPCC-2016-0256-M del 20 xx xxxxx del 2016, el Administrador de la Unidad de Negocios de Ciclo Corto, solicita al Gerente General de la empresa pública Unidad Nacional de Almacenamiento, autorización para iniciar el proceso de CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ALMACENAMIENTO DE MAÍZ AMARILLO DURO DE LA COSECHA 2016, EN CENTROS DE ACOPIO DE LAS PROVINCIAS DE GUAYAS y LOS XXXX; el cual fue autorizado mediante sumilla inserta en hoja xx xxxx Nro. 1615 de fecha 20 xx xxxxx del año en curso, toda vez que se declararon desiertas ciertas plazas en los procesos de Contratación Pública GENSA-UNAEP-002-2016 y GENSA-UNAEP-004-2016.
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
El presente proceso tiene por objeto la contratación del servicio de almacenamiento de maíz amarillo duro en centros de acopio de las provincias de Guayas y Los Xxxx.
ALCANCE
Este procedimiento tiene como propósito principal seleccionar las ofertas más convenientes para la contratación de servicio de almacenamiento de maíz amarillo duro en diferentes cantones de las provincias de Guayas y los Xxxx.
METODOLOGÍA DE TRABAJO
La contratista se obliga con la contratante a proveer el servicio requerido (Almacenamiento), para lo cual deberá de cumplir con lo siguiente:
Servicio de Almacenamiento:
El servicio se realizará mediante una estrecha coordinación con la Empresa Pública Unidad Nacional de Almacenamiento, el producto (maíz amarillo duro) que se almacene en el centro de acopio será el que la UNA EP compró directamente al agricultor y/o asociación en dicho lugar y que posteriormente fue procesado o el producto que llegó a través de transferencias.
El centro de acopio deberá poseer instalaciones apropiadas sean estas bodegas o silos de almacenamiento, la cual deberá estar limpia, desinfectada, tanto interna como externamente, protegida contra el ataque de roedores y pájaros; dichas lugares de almacenamiento deberán tener exclusividad para almacenar el producto de la UNA EP, en el caso de no cumplir dicha condición se podrá dar por terminado de forma unilateral el contrato.
Desde el ingreso del producto al lugar de almacenamiento hasta el retiro del mismo, se deberá dar el adecuado mantenimiento, para que el producto no sufra deterioro.
El supervisor y/o el analista del centro de acopio asignado por la UNA EP, en coordinación con el personal del centro de acopio deberán realizar verificaciones periódicas (calidad y cantidad) al producto almacenado. En el caso de existir faltantes (total o parcial) en el centro de acopio, la UNA EP no cancelará por el servicio de almacenamiento del producto faltante y a su vez podrá iniciar las acciones legales correspondientes.
El centro de acopio está en la obligación de permitir el ingreso a los funcionarios de la UNA EP y/o representantes de los potenciales compradores que deseen muestrear el producto almacenado para efectuar el respectivo análisis de calidad, así mismo los funcionarios de la UNA EP deberán tener la libertad en todo momento para efectuar la verificación física del producto almacenado (cubicaje) previo al pago por almacenamiento.
Al centro de acopio que reciba producto húmedo y sucio así como seco y limpio, por efecto de las compras que realice la UNA EP se le pagará $ 0.12 por quintal almacenado por mes, contados a partir de los 30 días posteriores a cada ingreso de producto. Para cálculos de liquidación diaria se tomará en cuenta el coeficiente correspondiente, es decir $ 0.12 /30 ($ 0.004 dólar americano por qq/día).
Al centro de acopio que reciba producto seco y limpio, por efecto de los traslados que realice la UNA EP, no se le reconocerá merma técnica pero si $ 0.12 por quintal almacenado por mes, contados a partir de cada ingreso de producto. Para cálculos de liquidación diaria se tomará en cuenta el coeficiente correspondiente, es decir $ 0.12 /30 ($ 0.004 dólar americano por qq/día).
El oferente que resulte adjudicado, se somete una vez firmado el contrato, a suscribir un convenio de cooperación interinstitucional, en el cual se establece las condiciones de compra del producto y su metodología, mismo del que se adjunta borrador. (VER ANEXO 1).
INFORMACIÓN QUE DISPONE LA ENTIDAD
En la cosecha 2015 se aperturaron 14 Centros de Acopio para recibir maíz amarillo a los agricultores de las diferentes zonas maiceras del Ecuador y se compraron alrededor de 42.597,98 toneladas métricas.
PRODUCTO O SERVICIOS ESPERADOS
Tener capacidad de almacenamiento en las zonas de mayor producción, para beneficiar a los agricultores y asociaciones de ese sector.
Beneficiar a los agricultores pagándoles el precio oficial por su producto.
PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución es de 300 días calendarios, contados a partir de la fecha de la notificación del inicio de la ejecución contractual emitida por parte del Administrador del contrato, luego de la celebración del contrato.
PERSONAL TÉCNICO
No se requerirá personal técnico en esta contratación.
EQUIPOS DE TRABAJO Y RECURSOS
Deberán certificar que posee una capacidad de almacenamiento mínima de 5.000qq en bodegas y/o silos exclusiva para el producto de la UNA EP.
Adicionalmente, para brindar este servicio, el centro de acopio también deberá de cumplir con los siguientes requisitos:
Pesaje:
- Báscula camionera y/o trailera propia; o,
- Servicio de pesado (máximo 2 Km. a la redonda)
- Certificación del INEN o de empresa acreditada (actualizada)
Pre-limpiadora para limpieza del producto húmedo y sucio con las siguientes especificaciones:
- Pre limpiadoras de Scalpert; o
- Pre limpiadoras de Zarandas; o
- Pre limpiadoras Combinadas (Scalpert y Zarandas).
Deberán contar con secadora, que deberá disponer de termómetro (medidor de temperatura); y pueden ser de la generalidad siguiente:
- De baches; o,
- De albercas inclinadas; o,
- Cama horizontal o túnel.
Tener una capacidad de recepción diaria, mínimo de 1.000 qq, y esta debe estar de acuerdo con la capacidad de secado.
Disponibilidad de espacio necesario para la movilidad del transporte, para que conlleve una buena organización en:
Recepción de producto
Evacuación de producto
Deberá tener un equipo de computación exclusiva para la UNA EP con las siguientes características mínimas:
Sistema operativo: Windows 7 Professional o superior, puede ser de 32 ó 64 bits
Idioma : Español
Procesador: Pentium® Dual- Core 2.70 GHz o superior
Memoria RAM :2GB RAM o superior
Disco Duro: 500 GB o superior
Impresora inyección a tinta o láser, monocromática o a color. El suministro de papel y de tinta (ya sea cartuchos o tóners) correrá por cuenta del Contratista.
Cabe recalcar que el mantenimiento y correcto funcionamiento del equipo de computación y de la impresora serán responsabilidad del Contratista.
(Deberá contar con servicio de internet fijo con un ancho xx xxxxx de al menos 1 Mb (En casos excepcionales de cobertura se aceptará conexión portátil). La contratación y mantenimiento del mismo será responsabilidad del Contratista.
Laboratorio que conste obligatoriamente de los siguientes equipos debidamente calibrados:
Sonda para el muestreo del producto.
Una balanza gramera, digital de máximo 1kg.
Determinador de humedad debidamente calibrado (no tipo jarras)
Un juego de zarandas en buen estado para medir impurezas
Lupa mediana con lámpara
Cámara con luz ultravioleta para determinar aflatoxinas.
Homogenizador de muestras
Pesas calibradas.
El oferente deberá certificar la disponibilidad de los equipos mediante oficio con reconocimiento de firma por parte de un Notario.
CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS MÍNIMOS
EXPERIENCIA GENERAL Y ESPECÍFICA
Experiencia General: Cada oferente deberá demostrar experiencia general en la prestación de los servicios de recepción, pesaje, análisis, secado, limpieza, comercialización, almacenamiento y despacho de productos de ciclo corto en el cantón que corresponda por un monto mínimo del 75% del valor ofertado del presente proceso de contratación en los últimos 10 años, la experiencia en servicios es acumulable con varios documentos, por lo que deberá presentar mínimo 1 documento de:
-Para experiencia en el sector público: Copia legible de contrato con su respectiva copia legible de acta de entrega recepción parcial o total; y/o,
-Para experiencia en el sector privado: Copia de factura.
Experiencia Específica: Cada oferente deberá demostrar experiencia específica en la prestación de los servicios de recepción, pesaje, análisis, secado, limpieza, comercialización, almacenamiento y despacho de maíz amarillo duro en el cantón que corresponda por un monto mínimo del 65% del valor ofertado del presente proceso de contratación en los últimos 10 años, la experiencia en servicios es acumulable con varios documentos, por lo que deberá presentar mínimo 1 documento de:
-Para experiencia en el sector público: Copia legible de contrato con su respectiva copia legible de acta de entrega recepción parcial o total; y/o,
-Para experiencia en el sector privado: Copia de factura.
Los documentos presentados para acreditar la experiencia específica podrán ser utilizados para acreditar la experiencia general.
INTEGRIDAD DEL PRODUCTO
Respecto de la INTEGRIDAD del producto, la Oferente se obliga a hacerse responsable de la integridad del producto en todo momento desde su recepción hasta su despacho, haciéndose responsable por el mismo aún en casos de fuerza mayor o caso fortuito, debiendo responder por el mismo al valor fijado por la UNA EP como precio de venta a la fecha.
FORMA DE ADJUDICACIÓN
El oferente podrá ofertar de manera parcial o total de acuerdo a los rubros establecidos para cada Xxxxxx xx xxx Xxxxxxxxxx xx Xxxxxx x Xxx Xxxx.
JURISDICCIÓN COACTIVA
Los oferentes al presentar su oferta y resultar adjudicados, aceptan que en caso de adeudar valores a la Empresa Pública Unidad Nacional de Almacenamiento "UNA EP" por cualquier concepto, se someterán –sin protesto- a la jurisdicción coactiva de la Empresa Pública Unidad Nacional de Almacenamiento “UNA EP" ejercida a través de los jueces designados para el efecto.
Adicionalmente deberá presentar copia de la documentación (escritura debidamente registrada) del centro de acopio.
FORMAS Y CONDICIONES DE PAGO
Los pagos se realizarán de forma parcial contra ejecución de servicio, presentación de la respectiva factura, previa recopilación de reportes de los Supervisores de Centros de Xxxxxx, debidamente aprobado a entera satisfacción del administrador del contrato.
PRESUPUESTO REFERENCIAL
El presupuesto referencial por la prestación del servicio de almacenamiento en centros de acopio es de: $ 318.600,00 (TRESCIENTOS DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS, 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) valor que no incluye IVA.
Cantón |
Provincia |
Centros |
Producto |
Cantidades de Quintales Seco y Limpio |
Precio por quintal |
Meses estimados de almacenamiento |
$ por almacenamiento |
El Empalme 3 |
Guayas |
1 |
Maíz amarillo duro |
125.000 |
0,12 |
9,00 |
$ 135.000,00 |
Balzar 1 |
Guayas |
1 |
Maíz amarillo duro |
20.000 |
0,12 |
9,00 |
$ 21.600,00 |
Balzar 2 |
Guayas |
1 |
Maíz amarillo duro |
50.000 |
0,12 |
9,00 |
$ 54.000,00 |
Xxxxx Xxxxx |
Xxxxxx |
1 |
Maíz amarillo duro |
30.000 |
0,12 |
9,00 |
$ 32.400,00 |
Palenque |
Los Xxxx |
1 |
Maíz amarillo duro |
20.000 |
0,12 |
9,00 |
$ 21.600,00 |
Ventanas |
Los Xxxx |
1 |
Maíz amarillo duro |
50.000 |
0,12 |
9,00 |
$ 54.000,00 |
GARANTÍAS:
El centro de acopio que resulte adjudicado, deberá de firmar una letra de cambio según las condiciones establecidas por la empresa pública Unidad Nacional de Almacenamiento UNA EP; cuyo monto será en función al 50% del valor del producto máximo almacenado, como respaldo de la operación.
Seguro contra incendio, robo y otros riesgos: Para precautelar el producto a industrializarse el oferente previo a la suscripción del contrato deberá presentar una póliza de seguro contra incendio, robo y otros riegos cubiertos.
*Robo: Monto de cobertura mínima de $ 10.000 (Diez mil dólares de los Estados Unidos de América) para la póliza de robo; en todos los contratos inferiores a $ 100.000 (Cien mil dólares de los Estados Unidos de América)
*Robo: Monto de cobertura mínima de $ 15.000 (Quince mil dólares de los Estados Unidos de América) para la póliza de robo; para todos los contratos superiores a $ 100.000 (Cien mil dólares de los Estados Unidos de América)
*Incendio y otros riesgos: Cobertura mínima del monto del contrato.
La garantía de fiel cumplimiento del contrato se rendirá por un valor igual al cinco por ciento (5%) del monto total del mismo, en una de las formas establecidas en el artículo 73 de la LOSNCP, la que deberá ser presentada previo a la suscripción del contrato. No se exigirá esta garantía en los contratos cuya cuantía sea menor a multiplicar el coeficiente 0.000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico, ni en aquellos de adquisición de bienes muebles que se entreguen al momento de efectuarse el pago.
PRÓRROGAS O SUSPENSIONES DE PLAZO
Prórrogas o suspensiones de plazo: El Administrador de este Contrato, queda autorizado para realizar las gestiones inherentes a su ejecución, incluyendo aquello que se relaciona con la aceptación o no de los pedidos de prórroga que pudiera formular la CONTRATISTA.
Se concederán prórrogas de plazo cuando por razones no imputables al contratista se produzcan atrasos en actividades críticas o en actividades cuya holgura total sea sobrepasada, tornándolas críticas.
La CONTRATANTE prorrogará el plazo total o los plazos parciales en los siguientes casos:
Cuando el CONTRATISTA así lo solicitare, por escrito, justificando los fundamentos de la solicitud, dentro del plazo de quince días siguientes a la fecha de producido el hecho, siempre que este se haya producido por motivos de fuerza mayor o caso fortuito aceptado como tal por el Supervisor operativo (delegado del Gerente General), previo informe del administrador del contrato, para lo cual llevará a cabo los estudios o investigaciones necesarios. Tan pronto desaparezca la causa de fuerza mayor o caso fortuito, el CONTRATISTA está obligado a continuar con la ejecución del contrato, sin necesidad de que medie notificación por parte del administrador del contrato para reanudarlo.
Para determinar los días de prórroga que se concederán por las causas mencionadas anteriormente, el Administrador de Contrato examinará la incidencia de los atrasos en la ruta crítica; así, únicamente se otorgará prórroga por el número de días que aumente el plazo original, a raíz del atraso. También puede prorrogarse el plazo cuando se agota la holgura total de una actividad que, por su posición dentro del programa, se torna crítica e incrementa consecuentemente el plazo original; en este caso, se conceden tantos días como haya sido afectado el plazo.
El contratista comunicará oportunamente al Administrador de Contrato, los hechos que van a provocar demoras en la ejecución del contrato, así como sus causas, pues esto permite a ambas partes tomar las previsiones para controlar y cuantificar el atraso en las actividades afectadas.
La documentación probatoria a las solicitudes de prórroga, deberá reunir las siguientes características: ser pertinente, es decir, debe pertenecer al objeto del contrato en cuestión; ser confiable, lo cual implica estar exenta de errores y además, que los datos suministrados correspondan a la realidad del contrato y luego, ser clara y concisa, con lo cual evita la posibilidad de interpretar de diferente manera una misma información y facilitar la revisión de los documentos, gracias a la brevedad y precisión de su contenido.
Por suspensiones en la ejecución del contrato, motivadas por la CONTRATANTE u ordenadas por ella y que no se deban a causas imputables al CONTRATISTA.
Si la CONTRATANTE no hubiera solucionado los problemas administrativos-contractuales en forma oportuna, cuando tales circunstancias incidan en la ejecución del trabajo.
En casos de prórroga de plazo, las partes elaborarán un nuevo cronograma, que suscrito por ellas, sustituirá al original o precedente y tendrá el mismo valor contractual del sustituido. Y en tal caso se requerirá la autorización del Supervisor Operativo (delegado del Gerente General), previo informe del administrador del contrato.
Ampliaciones de plazo en contratos de prestación de servicios: El Administrador de Contrato podrá ampliar el plazo en el caso de contratos de prestación de servicios, cuando el monto del mismo no haya sido ejecutado en su totalidad durante el plazo de ejecución, por razones no imputables al contratista. Para ello deberá tener el informe favorable de su Supervisor Operativo (respecto a la conveniencia de la continuación de los servicios) y de la Gerencia Financiera (respecto a la vigencia de la certificación presupuestaria para dicha ampliación)”.
Según las necesidades operativas y comerciales de la empresa pública, el Administrador de Contrato podrá ordenar la ejecución de diferencias, entre los rubros reales y las que constan en el cuadro de cantidades estimadas del contrato principal, a través de órdenes de cambio, sin necesidad de suscribir un contrato complementario, siempre que la sumatoria de los rubros reales no supere el valor total del contrato, a través de la respectiva disposición u orden emanada por parte del Supervisor Operativo del mismo, que disponga ejecutar tales diferencias. Similar mecanismo se podrá utilizar cuando existan diferencias en la ejecución entre los rubros reales del contrato principal y contrato complementario, con el fin de que todos los rubros sean considerados para la debida ejecución del contrato, siempre que entre todos los rubros no supere el monto de la sumatoria de los contratos principales y complementarios, conforme a la ley”.
CUADRO DE VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS MÍNIMOS DE LA OFERTA TÉCNICA
PARÁMETRO |
CUMPLE |
NO CUMPLE |
OBSERVACIONES |
Formularios y requisitos mínimos |
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Experiencia general mínima |
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Experiencia específica mínima |
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Especificaciones técnicas |
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Porcentaje de Valor Agregado Ecuatoriano Mínimo |
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Patrimonio |
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SECCION III
CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO
3.1 Cronograma del procedimiento: El cronograma que regirá el procedimiento será el siguiente
Concepto |
Día |
Hora |
Fecha de publicación |
07/06/2016 |
17H20 |
Fecha límite para efectuar preguntas |
08/06/2016 |
17H20 |
Fecha límite para emitir respuestas y aclaraciones |
10/06/2016 |
|
Fecha límite de entrega de ofertas |
14/06/2016 |
15H00 |
Fecha de apertura de ofertas |
14/06/2016 |
16H00 |
Fecha estimada de adjudicación |
17/06/2016 |
17H00 |
En el caso de ser necesario, el término para la convalidación de errores será de acuerdo al siguiente cronograma.
Concepto |
Día |
Hora |
Fecha límite para solicitar convalidación de errores |
16/06/2016 |
17H00 |
Fecha límite para convalidación errores |
20/06/2016 |
17H00 |
Fecha estimada de adjudicación |
24/06/2016 |
17H00 |
3.2 Vigencia de la oferta: Las ofertas se entenderán vigentes hasta SESENTA (60) DÍAS. En caso de que no se señale una fecha estará vigente hasta la celebración del contrato, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 de la LOSNCP.
3.3 Precio de la propuesta: Se entenderá por precio de la propuesta al valor que el oferente señale en su oferta física.
3.4 Precio de la Oferta: El precio referencial para la “PROVISIÓN DEL SERVICIO DE ALMACENAMIENTO DE MAÍZ AMARILLO DURO EN CENTROS DE ACOPIO DE LAS PROVINCIAS DE GUAYAS Y LOS XXXX”, es de USD$ 318.600,00 (TRESCIENTOS DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS CON 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), valor que no incluye IVA.
El precio de la oferta deberá cubrir todos los términos de referencia, condiciones o estipulaciones establecidas en el pliego, a fin de que el servicio se realice a entera satisfacción de la Entidad Contratante.
Los precios presentados por el oferente son de su exclusiva responsabilidad. Cualquier omisión se interpretará como voluntaria y tendiente a conseguir precios que le permitan presentar una oferta más ventajosa.
3.5. Forma de presentar la oferta: La oferta se presentará en forma física. Se presentará en un sobre que contenga la siguiente ilustración:
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE ALMACENAMIENTO
“GENSA-UNAEP-006-2016”
SOBRE UNICO
Señor
SECRETARIO DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE LA EMPRESA PÚBLICA UNIDAD NACIONAL DE ALMACENAMIENTO UNA EP
Presente
PRESENTADA POR: ____________________________________
RUC: ____________________________________
No se tomarán en cuenta las ofertas entregadas en otro lugar o después del día y hora fijados para su entrega-recepción.
En la oficina de contratación se recibirá la oferta, conferirá comprobantes de recepción por cada oferta entregada y anotará, tanto en los recibos como en el sobre de la oferta, la fecha y hora de recepción.
3.6 Plazo de ejecución: El plazo de ejecución es de 300 días calendarios, contados a partir de la fecha de la notificación del inicio de la ejecución contractual emitida por parte del Administrador del contrato, luego de la celebración del contrato.
3.7 Forma de pago: Los pagos se realizarán de la manera prevista en el numeral 7 de la Convocatoria.
Los pagos se realizarán de forma parcial contra ejecución de servicio, presentación de la respectiva factura, previa recopilación de reportes de los Supervisores de Centros de Xxxxxx, debidamente aprobado a entera satisfacción del administrador del contrato.
SECCIÓN IV
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La evaluación de las ofertas se encaminará a proporcionar una información imparcial sobre si una oferta debe ser rechazada y cuál de ellas cumple con el concepto de mejor oferta tomando en consideración el cumplimiento de las condiciones previstas en los pliegos y el valor de la tarifa de almacenamiento, en los términos establecidos en el artículo 45 del Reglamento Interno para las contrataciones del giro específico del negocio de la UNA EP. Para ello se establecen dos etapas: 1) Se verifica la presentación del Formulario Único de la oferta debidamente elaborado y suscrito, así como los demás formularios adicionales propuesto por la Entidad Contratante. 2) Se verifica el cumplimiento de los requisitos mínimos que debe contener la oferta.
4.1 Integridad de las ofertas: La integridad de las ofertas se evaluará considerando la presentación de los formularios y requisitos mínimos previstos en el pliego. Para la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos se estará a la metodología “CUMPLE O NO CUMPLE”.
4.2 Evaluación de la oferta (cumple / no cumple): Los parámetros de calificación propuestos a continuación, son las condiciones mínimas que deberá cumplir la oferta.
4.2.1. FORMULARIOS Y REQUISITOS MÍNIMOS.- El oferente deberá a más de suscribir y presentar los formularios previstos en los pliegos, cumplir con lo siguiente:
Formulario de la Oferta
Presentación y compromiso
Datos generales del oferente
Nómina de socios, accionistas o partícipes mayoritarios de personas jurídicas oferentes
Situación financiera
Tabla de cantidades y precios
Componentes de los servicios ofertados
Experiencia del oferente
Valor agregado ecuatoriano de la oferta
Cálculo del porcentaje de valor agregado ecuatoriano respecto del costo de producción.
Formulario de compromiso
Formulario de compromiso de asociación o consorcio (de ser procedente)
4.2.1.1 Equipo mínimo:
EQUIPOS DE TRABAJO Y RECURSOS
Deberán certificar que posee una capacidad de almacenamiento mínima de 5.000qq en bodegas y/o silos exclusiva para el producto de la UNA EP.
Adicionalmente, para brindar este servicio, el centro de acopio también deberá de cumplir con los siguientes requisitos:
Pesaje:
- Báscula camionera y/o trailera propia; o,
- Servicio de pesado (máximo 2 Km. a la redonda)
- Certificación del INEN o de empresa acreditada (actualizada)
Pre-limpiadora para limpieza del producto húmedo y sucio con las siguientes especificaciones:
- Pre limpiadoras de Scalpert; o
- Pre limpiadoras de Zarandas; o
- Pre limpiadoras Combinadas (Scalpert y Zarandas).
Deberán contar con secadora, que deberá disponer de termómetro (medidor de temperatura); y pueden ser de la generalidad siguiente:
- De baches; o,
- De albercas inclinadas; o,
- Cama horizontal o túnel.
Tener una capacidad de recepción diaria, mínimo de 1.000 qq, y esta debe estar de acuerdo con la capacidad de secado.
Disponibilidad de espacio necesario para la movilidad del transporte, para que conlleve una buena organización en:
Recepción de producto
Evacuación de producto
Deberá tener un equipo de computación exclusiva para la UNA EP con las siguientes características mínimas:
Sistema operativo: Windows 7 Professional o superior, puede ser de 32 ó 64 bits
Idioma : Español
Procesador: Pentium® Dual- Core 2.70 GHz o superior
Memoria RAM :2GB RAM o superior
Disco Duro: 500 GB o superior
Impresora inyección a tinta o láser, monocromática o a color. El suministro de papel y de tinta (ya sea cartuchos o tóners) correrá por cuenta del Contratista.
Cabe recalcar que el mantenimiento y correcto funcionamiento del equipo de computación y de la impresora serán responsabilidad del Contratista.
(Deberá contar con servicio de internet fijo con un ancho xx xxxxx de al menos 1 Mb (En casos excepcionales de cobertura se aceptará conexión portátil). La contratación y mantenimiento del mismo será responsabilidad del Contratista.
Laboratorio que conste obligatoriamente de los siguientes equipos debidamente calibrados:
Sonda para el muestreo del producto.
Una balanza gramera, digital de máximo 1kg.
Determinador de humedad debidamente calibrado (no tipo jarras)
Un juego de zarandas en buen estado para medir impurezas
Lupa mediana con lámpara
Cámara con luz ultravioleta para determinar aflatoxinas.
Homogenizador de muestras
Pesas calibradas.
El oferente deberá certificar la disponibilidad de los equipos mediante oficio con reconocimiento de firma por parte de un Notario.
4.2.1.2 Personal técnico mínimo:
No se requerirá personal técnico en esta contratación.
4.2.1.3 EXPERIENCIA GENERAL Y ESPECÍFICA MÍNIMA.-
Experiencia General: Cada oferente deberá demostrar experiencia general en la prestación de los servicios de recepción, pesaje, análisis, secado, limpieza, comercialización, almacenamiento y despacho de productos de ciclo corto en el cantón que corresponda por un monto mínimo del 75% del valor ofertado del presente proceso de contratación en los últimos 10 años, la experiencia en servicios es acumulable con varios documentos, por lo que deberá presentar mínimo 1 documento de:
-Para experiencia en el sector público: Copia legible de contrato con su respectiva copia legible de acta de entrega recepción parcial o total; y/o,
-Para experiencia en el sector privado: Copia de factura.
Experiencia Específica: Cada oferente deberá demostrar experiencia específica en la prestación de los servicios de recepción, pesaje, análisis, secado, limpieza, comercialización, almacenamiento y despacho de maíz amarillo duro en el cantón que corresponda por un monto mínimo del 65% del valor ofertado del presente proceso de contratación en los últimos 10 años, la experiencia en servicios es acumulable con varios documentos, por lo que deberá presentar mínimo 1 documento de:
-Para experiencia en el sector público: Copia legible de contrato con su respectiva copia legible de acta de entrega recepción parcial o total; y/o,
-Para experiencia en el sector privado: Copia de factura.
Los documentos presentados para acreditar la experiencia específica podrán ser utilizados para acreditar la experiencia general.
4.2.1.4 EXPERIENCIA MÍNIMA DEL PERSONAL TÉCNICO.-
Debido a que no se requiere personal técnico, este parámetro no aplica.
4.2.1.5 TÉRMINOS DE REFERENCIA.- La entidad contratante deberá verificar que cada oferente en la oferta que ha presentado, de cumplimiento expreso y puntual a los términos de referencia de los servicios que se pretende contratar, de conformidad con lo detallado en el numeral 2.2 xxx xxxxxx.
4.2.1.6 PORCENTAJE DE VALOR AGREGADO ECUATORIANO MÍNIMO: La Entidad Contratante deberá verificar si alguno o algunos o todos los oferentes acreditan origen ecuatoriano de los servicios propuestos, conforme la Resolución que el SERCOP haya emitido para el efecto, quienes continuarán en el procedimiento. Únicamente en el caso de que ninguna de las ofertas presentadas acreditare origen ecuatoriano, la Entidad Contratante considerará y analizará las ofertas que se hubieren presentado.
4.2.1.7 PATRIMONIO.- La Entidad Contratante tanto para la prestación de servicios, en el caso que el o los oferentes sea una persona jurídica verificará como requisito mínimo que el patrimonio del oferente sea igual o superior a la relación que se determine con respecto del presupuesto referencial conforme las regulaciones expedidas por el SERCOP.
De conformidad a lo previsto en el literal c) del artículo 1 de la Resolución INCOP No. RE-2013-000082, reformada por la Resolución No. INCOP No. RE-2013-0000093, las entidades contratantes deberán exigir y verificar el cumplimiento obligatorio de las siguientes reglas de participación de oferentes en la contratación de bienes, obras y servicios, incluidos los de consultoría; que se sigan mediante subasta inversa, licitación, cotización, concurso público y lista corta, según corresponda, y que se realicen por régimen común. (…)Esta regla de participación, también deberán ser aplicadas a los procedimientos que se sustancien por régimen especial, inclusive los de giro específico del negocio, con excepción de los procedimientos previstos en los numerales 2 y 8 del artículo 2 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, en este último caso, solo en la contratación interadministrativa, cuando las entidades, organismos, personas jurídicas, empresas públicas, corporaciones, fundaciones o sociedades civiles y mercantiles, actúen como proveedoras. (…). En caso de personas jurídicas, la entidad contratante verificará que el patrimonio del oferente sea igual o superior a la siguiente relación con el presupuesto referencial del procedimiento de contratación:
PRESUPUESTO REFERENCIAL |
MONTO QUE DEBE CUMPLIRSE DEL PATRIMONIO |
|
EN USD. |
FRACCIÓN BÁSICA |
EXCEDENTE |
0-200.000.oo |
25% del presupuesto Referencial |
------ |
200.000 – 500.000 |
50.000.oo |
20% sobre el exceso de 250.000.oo |
500.000 – 10’000.000 |
100.000.oo |
10% sobre el exceso de 1’000.000.oo |
10’000.000.oo en adelante |
1’000.000.oo |
Más del 5% sobre el exceso de 20’000.000.oo |
En el presente proceso el patrimonio del oferente deberá guardar relación con el presupuesto referencial.
Con el fin de evaluar el cumplimiento del patrimonio del presente numeral, se deberá presentar el balance de la situación financiera (para el caso de personas jurídicas), correspondiente al ejercicio fiscal inmediato anterior a la publicación del presente proceso, presentado al Servicio xx Xxxxxx Internas SRI.
4.2.8 Información Financiera de Referencia:
Análisis de los Índices Financieros: Índices Financieros: Los índices a evaluar serán los siguientes y el valor mínimo/máximo a justificar estarán descritos en cada uno.
Los índices financieros a justificar son:
Índice de Solvencia (mayor o igual a 1,0): Se determinará por el cociente resultante de dividir el activo corriente entre el pasivo corriente (activo corriente/pasivo corriente). Entre más alto (mayor a 1) sea el resultado, más solvente es la empresa.
Índice de Endeudamiento (menor a 1,5): Mide la proporción de los activos que están financiados por terceros. Recordemos que los activos de una empresa son financiados o bien por los socios o bien por terceros (proveedores o acreedores). Se determina dividiendo el pasivo total sobre el patrimonio (pasivo total/patrimonio).
Los factores para su cálculo estarán respaldados en la correspondiente declaración del impuesto a la renta del ejercicio fiscal inmediato anterior.
Los índices financieros constituirán información de referencia respecto de los participantes en el procedimiento y en tal medida, su análisis se registrará conforme el detalle a continuación:
Índice |
Indicador solicitado |
Observaciones |
Solvencia* |
|
|
Endeudamiento* |
|
|
*Los índices son referenciales; la entidad contratante podrá escoger los señalados o aquel (aquellos) que considere pertinente(s).
CUADRO DE VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS MÍNIMOS DE LA OFERTA TÉCNICA
PARÁMETRO |
CUMPLE |
NO CUMPLE |
OBSERVACIONES |
Formularios y requisitos mínimos |
|
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Experiencia general mínima |
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Experiencia específica mínima |
|
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|
Especificaciones técnicas |
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Porcentaje de Valor Agregado Ecuatoriano Mínimo |
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|
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Patrimonio |
|
|
|
Aquella oferta que cumpla integralmente con los parámetros mínimos, será adjudicada, caso contrario será descalificada.
SECCIÓN V
OBLIGACIONES DE LAS PARTES
5.1 Obligaciones del Contratista:
Verificar cumplimiento de porcentaje Valor Agregado Ecuatoriano
Obligaciones de la contratante:
Dar solución a las peticiones y problemas que se presentaren en la ejecución del contrato, en un plazo quince (15) días contados a partir de la petición escrita formulada por el contratista.
INDICE
II. CONDICIONES GENERALES PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES POR GIRO DE NEGOCIO
SECCIÓN I
DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
Comisión Técnica
Participantes
Presentación y apertura de ofertas
Inhabilidades
Obligaciones de los oferentes
Preguntas, respuestas y aclaraciones
Modificación xxx xxxxxx
Convalidación de errores de forma
Causas de rechazo
Adjudicación y notificación
Garantías
Cancelación del procedimiento
Declaratoria de procedimiento desierto
Adjudicatario fallido
Suscripción del contrato
Precios unitarios y reajuste
Moneda de cotización y pago
Reclamos
Administración del contrato
Transferencia tecnológica
Oferta de origen ecuatoriano, metodología y VAE
1.22 Vigencia Tecnológica
1.23 Control ambiental
1.24 Autoinvitación
1.25 Visitas al sitio de entrega/instalación de bienes
SECCIÓN II
METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
2.1. Metodología de evaluación de las ofertas
2.2. Formulario para la elaboración de las ofertas
SECCIÓN III
FASE CONTRACTUAL
3.1 Ejecución del contrato
II. CONDICIONES GENERALES PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES POR GIRO DE NEGOCIO SERVICIO DE ALMACENAMIENTO
SECCIÓN I
DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
Comisión Técnica: El presente procedimiento presupone la conformación obligatoria de una Comisión Técnica, integrada de acuerdo al artículo 11 del Reglamento Interno para las contrataciones de giro específico del negocio de la empresa pública Unidad Nacional de Almacenamiento UNA EP, encargada del trámite del procedimiento en la fase precontractual. Esta comisión analizará las ofertas de bienes/servicios de origen ecuatoriano, incluso en el caso de haberse presentado una sola, considerando los parámetros de calificación establecidos en este pliego, y recomendará al Gerente General o su delegado la adjudicación o la declaratoria de procedimiento desierto.
Cuando no hubiere oferta u ofertas consideradas de origen ecuatoriano, la empresa pública continuará el procedimiento con las ofertas de bienes y/o servicios de origen extranjero. Las ofertas de origen extranjero que ofrezcan el mayor porcentaje de componente ecuatoriano, obtendrán los márgenes de preferencia por valor agregado ecuatoriano previsto en los pliegos, correspondiendo el máximo puntaje a la oferta con mayor porcentaje xx xxxxxxxx ecuatoriano y a las demás en forma directa proporcional.
Participantes: La convocatoria está dirigida a las personas jurídicas nacionales, asociaciones de éstas o consorcios, que se encuentren habilitadas en el Registro Único de Proveedores, RUP, que tengan su domicilio fiscal en el Ecuador, que oferten servicios de origen ecuatoriano y tengan interés en participar en este procedimiento.
Cuando exista un compromiso de asociación o consorcio, todos los miembros de la asociación deberán estar habilitados en el RUP al tiempo de presentar la oferta, y se designará un procurador común de entre ellos, que actuará a nombre de los comprometidos. El compromiso de asociación o consorcio deberá encontrarse suscrito en instrumento público, de acuerdo con la Resolución que el SERCOP emita para el efecto.
En caso de ser adjudicados, los comprometidos deberán constituirse en asociación o consorcio y lo inscribirán en el RUP, previa la firma del contrato, dentro del término previsto para la firma del mismo; en caso contrario, se declarará a los integrantes del compromiso de asociación o consorcio como adjudicatarios fallidos.
Presentación y apertura de ofertas: La oferta se deberá presentar de forma física, la cual se entregará en un sobre único en la Secretaría de la Comisión Técnica. La oferta deberá presentarse hasta la fecha y hora indicadas en la convocatoria.
Si al analizar las ofertas presentadas la Entidad Contratante determinare la existencia de uno o más errores de forma, reprogramará el cronograma del proceso en función del término concedido a los oferentes para efectos de que convaliden los errores de forma notificados. Para tal fin otorgará a los oferentes entre dos y máximo cinco días hábiles a partir de la correspondiente notificación.
Para poder participar en el procedimiento, al momento de la presentación de la propuesta, los oferentes interesados deberán encontrarse habilitados en el Registro Único de Proveedores; en consecuencia, para participar, bastará “registrar” o “indicar” en su propuesta, el número o código de RUP. Según lo previsto en la Ley, solo en el caso de los procedimientos de licitación, el contrato deberá ser protocolizado ante Notario Público (se protocolizarán los documentos que acreditan la calidad de los comparecientes y su capacidad para celebrar el contrato conjuntamente con las Condiciones Particulares del contrato (CPC), exclusivamente.
Una hora más tarde de aquella fijada como límite para la presentación de las ofertas, se procederá a su apertura, hayan sido éstas presentadas de forma física. El acto de apertura de ofertas será público y se efectuará en el lugar, día y hora fijados en la convocatoria.
De la apertura, en la que podrán estar presentes los oferentes que lo deseen, se levantará un acta que será suscrita por los integrantes de la Comisión Técnica con la siguiente información, la cual obligatoriamente se subirá al Portal xxx.xxx.xxx.xx.
a) Nombre de los oferentes;
b) Valor de la oferta económica, identificada por oferente;
c) Plazo de ejecución propuesto por cada oferente;
d) Número de hojas de cada oferta;
Inhabilidades: No podrán participar en el procedimiento precontractual, por sí o por interpuesta persona, quienes incurran en las inhabilidades generales y especiales, contempladas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP; 110 y 111 del RGLOSNCP; y, en las Resoluciones emitidas por el SERCOP.
De verificarse con posterioridad que un oferente incurso en una inhabilidad general o especial hubiere suscrito el contrato, dará lugar a la terminación unilateral del contrato conforme el numeral 5 del artículo 94 de la LOSNCP.
Obligaciones de los oferentes: Los oferentes deberán revisar cuidadosamente el pliego y cumplir con todos los requisitos solicitados en él. Su omisión o descuido al revisar los documentos no le relevará de cumplir lo señalado en su propuesta.
Preguntas, respuestas y aclaraciones: Todo interesado en presentar propuestas en el procedimiento tiene la facultad y el derecho de, en el caso de detectar un error, omisión o inconsistencia en el pliego, o si necesita una aclaración sobre una parte de los documentos, solicitar a la Comisión Técnica, a través del Portal xxx.xxx.xxx.xx, la respuesta a su inquietud o consulta. La Entidad responderá las preguntas o realizará las aclaraciones que fueren necesarias a través del portal, de acuerdo a lo establecido en la convocatoria.
Modificación xxx xxxxxx: La Comisión Técnica podrá emitir aclaraciones o modificaciones respecto de las condiciones particulares de los pliegos, por propia iniciativa o por pedido de los participantes, siempre que éstas no alteren el presupuesto referencial ni el objeto del contrato, modificaciones que deberán ser publicadas en el Portal xxx.xxx.xxx.xx hasta el término máximo para responder preguntas.
El Gerente General o su delegado, podrá ajustar el cronograma de ejecución del procedimiento precontractual con la motivación respectiva. Todo cambio será publicado en el Portal xxx.xxx.xxx.xx y podrá realizarse hasta la fecha límite para contestar las preguntas formuladas y realizar aclaraciones.
Convalidación de errores de forma: Si se presentaren errores de forma, los oferentes, en el término previsto en el cronograma contado a partir de la fecha de notificación podrán convalidarlos, previa petición de la empresa pública UNA EP, conforme a lo previsto en al artículo 19 del Reglamento Interno para las contrataciones del giro específico del negocio de la empresa pública Unidad Nacional de Almacenamiento UNA EP.
Causas de rechazo: Luego de evaluados los documentos de la oferta, la Comisión Técnica rechazará una oferta por las siguientes causas:
Si no cumpliera los requisitos exigidos en las condiciones generales y condiciones particulares que incluyen las especificaciones técnicas y los formularios de este pliego.
Si se hubiera entregado y/o presentado la oferta en lugar distinto al fijado o después de la hora establecida para ello.
Cuando las ofertas contengan errores sustanciales, y/o evidentes, que no puedan ser convalidados, de acuerdo a lo señalado en las resoluciones emitidas por el SERCOP.
Si el contenido de cualquiera de los acápites de los formularios difiriere del previsto en el pliego, condicionándolo o modificándolo, de tal forma que se alteren las condiciones contempladas para la ejecución del contrato. De igual forma, si se condicionara la oferta con la presentación de cualquier documento o información.
Si el oferente no hubiere atendido la petición de convalidación, en el término fijado para el efecto, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 23 del Reglamento Interno para las contrataciones del giro específico del negocio de la empresa pública Unidad Nacional de Almacenamiento UNA EP y en la resolución emitida por el SERCOP, siempre y cuando el error no convalidado constituya causal de rechazo.
Si al momento de la presentación de la propuesta, el oferente interesado no se encontrare habilitado en el Registro Único de Proveedores o no hubiere “registrado” o “indicado” en su propuesta, el número o código de RUP.
En los proceso de giro de negocio B y C, serán rechazadas las ofertas de las personas jurídicas que no cumplan con las reglas de participación establecidas por el SERCOP.
Una oferta será descalificada por la Entidad Contratante en cualquier momento del procedimiento si, de la revisión de los documentos que fueren del caso, pudiere evidenciarse inconsistencia, simulación o inexactitud de la información presentada. La Entidad Contratante podrá solicitar al oferente la documentación que estime pertinente y que ha sido referida en cualquier documento de la oferta, no relacionada con el objeto mismo de la contratación, para validar la oferta presentada del procedimiento.
La adjudicación se circunscribirá a las ofertas calificadas. No se aceptarán ofertas alternativas.
Ningún oferente podrá intervenir con más de una oferta.
Adjudicación y notificación: El Gerente General o su delegado, con base en el resultado de la evaluación de las ofertas, reflejado en el informe elaborado por los integrantes de la Comisión Técnica, adjudicará el contrato a la propuesta más conveniente para los intereses institucionales, conforme a los términos establecidos en el artículo 30 del Reglamento Interno para las contrataciones del giro específico del negocio de la empresa pública Unidad Nacional de Almacenamiento UNA EP de la LOSNCP, mediante resolución motivada, y con sujeción al contenido de la Resolución emitida por el SERCOP para el efecto.
La notificación de la adjudicación realizada en los términos antes referidos, se la realizará a través del Portal xxx.xxx.xxx.xx.
Garantías: En forma previa a la suscripción de todo contrato derivado de los procedimientos establecidos en este pliego, se deberán presentar las garantías previstas en los artículos 74, 75 y 76 de la LOSNCP, en cualquiera de las formas contempladas en el artículo 73 ibídem.
La garantía de fiel cumplimiento del contrato se rendirá por un valor igual al cinco por ciento (5%) del monto total del mismo, en una de las formas establecidas en el artículo 73 de la LOSNCP. No se exigirá esta garantía en los contratos cuya cuantía sea menor a multiplicar el coeficiente 0.000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico, ni en aquellos de adquisición de bienes muebles que se entreguen al momento de efectuarse el pago.
1.11.2. La garantía de buen uso del anticipo se rendirá por un valor igual al determinado y previsto en el presente pliego, que respalde el 100% del monto a recibir por este concepto.
El valor que por concepto de anticipo otorgará la Entidad Contratante al contratista, no podrá ser superior al setenta por ciento (70%) del monto adjudicado. El valor será depositado en una cuenta que el contratista aperture en un banco estatal o privado, en el que el Estado tenga participación accionaria o de capital superior al cincuenta por ciento. El adjudicatario, en forma previa a la suscripción del contrato, deberá presentar, un certificado de la institución bancaria o financiera en la que tenga a su disposición una cuenta en la cual serán depositados los valores correspondientes al anticipo, de haber sido concedido.
El contratista deberá autorizar expresamente en el contrato el levantamiento del sigilo bancario de la cuenta en la que será depositado el anticipo recibido. El administrador del contrato o el fiscalizador designado por la Entidad Contratante verificará que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente al procedimiento de devengamiento del anticipo o ejecución contractual.
Las garantías se devolverán conforme lo previsto en los artículos 77 de la LOSNCP y 118 del RGLOSNCP.
Cancelación del procedimiento: En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, el Gerente General o su delegado podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.
Declaratoria de procedimiento desierto: El Gerente General o su delegado, hasta antes de resolver la adjudicación, podrá declarar desierto el procedimiento, en los casos previstos en el artículo 33 de la LOSNCP.
Dicha declaratoria se realizará mediante resolución del Gerente General o su delegado, fundamentada en razones técnicas, económicas y/o jurídicas. Una vez declarado desierto el procedimiento, el Gerente General o su delegado podrá disponer su archivo o su reapertura.
Adjudicatario fallido: En caso de que el adjudicatario no suscribiere el contrato dentro del término previsto, por causas que le sean imputables, el Gerente General o su delegado le declarará adjudicatario fallido conforme lo previsto en el artículo 35 de la LOSNCP, y seguirá el procedimiento previsto en la LOSNCP y la Resolución emitida por el SERCOP para el efecto. Una vez que el SERCOP haya sido notificado con tal resolución, actualizará el Registro de Incumplimientos, suspendiendo del RUP al infractor y procederá de conformidad con lo prescrito en el artículo 98 de la LOSNCP.
Cuando la Entidad Contratante haya cumplido lo previsto en el párrafo precedente, llamará al oferente que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, quien deberá cumplir con los requisitos establecidos para el oferente adjudicatario, incluyendo la obligación de mantener su oferta, en los términos que la presentara, hasta la suscripción del contrato, siempre que convenga a los intereses nacionales o institucionales. Si el oferente llamado como segunda opción no suscribe el contrato, la Entidad declarará desierto el procedimiento por oferta fallida, sin perjuicio de la declaración de fallido al segundo adjudicatario.
Suscripción del contrato: Dentro del término de 15 días, contado a partir de la fecha de notificación de la adjudicación, es decir, a partir de la fecha en la cual la Empresa Pública UNA EP haya publicado en el Portal xxx.xxx.xxx.xx la Resolución correspondiente, la empresa pública suscribirá el contrato que es parte integrante de este pliego, de acuerdo a lo establecido en los artículos 68 y 69 de la LOSNCP y 112 y 113 de en su Reglamento General y lo publicará en el Xxxxxxxxx.xxx.xxx.xx. La empresa pública realizará la publicación de la Resolución de adjudicación en el mismo día en que ésta haya sido suscrita.
Xxxxxxx y reajuste: Todo contrato cuya forma de pago corresponda al sistema de precios unitarios se sujetará al reajuste de precios, salvo que el contratista renuncie expresamente al reajuste de precios y así se haga constar en el contrato, tal como lo provee el segundo inciso del artículo 131 del RGLOSNCP.
No hay opción ni lugar a reclamo alguno por los precios unitarios ofertados. Sin embargo, podrán ser reajustados si durante la ejecución del contrato se produjeren variaciones de los costos de sus componentes. El reajuste se efectuará mediante la aplicación de fórmula(s) elaborada(s) con base a los precios unitarios de la oferta adjudicada y conforme lo dispuesto en el Título IV, “De los contratos”, Capítulo VII, “Reajuste de precios” de la LOSNCP y en su Reglamento General.
Moneda de cotización y pago: Las ofertas deberán presentarse en dólares de los Estados Unidos de América. Los pagos se realizarán en la misma moneda.
Reclamos: Para el evento de que los oferentes o adjudicatarios presenten reclamos relacionados con su oferta, se deberá considerar lo establecido en los artículos 102 y 103 de la LOSNCP y el procedimiento correspondiente.
Administración del contrato: La Entidad Contratante designará de manera expresa un administrador del contrato, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato. El administrador deberá canalizar y coordinar todas y cada una de las obligaciones contractuales convenidas, así como a los integrantes de la Comisión para la recepción provisional, parcial, total y definitiva del contrato, de conformidad a lo establecido en los artículos 121 y 124 del Reglamento General de la LOSNCP.
El Administrador de este Contrato, queda autorizado para realizar las gestiones inherentes a su ejecución, incluyendo aquello que se relaciona con la aceptación o no de los pedidos de prórroga que pudiera formular la CONTRATISTA.
El Administrador será el encargado de la administración de las garantías, durante todo el período de vigencia del contrato. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar, así como también deberá atenerse a las condiciones generales y específicas de los pliegos que forman parte del presente contrato.
Respecto de su gestión reportará a la autoridad institucional señalada en el contrato, debiendo comunicar todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato.
Tendrá bajo su responsabilidad la aprobación y validación de los productos e informes que emita y/o presente la CONTRATISTA y suscribirá las actas que para tales efectos se elaboren.
Transferencia tecnológica: En todos los contratos de provisión de bienes se observará y aplicará, en lo que fuere pertinente, las resoluciones del SERCOP respecto de la transferencia tecnológica, que permita a la empresa pública asumir la operación y utilización de la infraestructura y los bienes que la integran, la transferencia de conocimientos técnicos que el contratista debe cumplir con el personal y la eventual realización de posteriores desarrollos o procesos de control y seguimiento, de así requerirse. En las condiciones específicas del contrato se agregará la cláusula pertinente, cuando corresponda.
Oferta de origen ecuatoriano, metodología y VAE: Es obligatoria, la aplicación del Valor Agregado Ecuatoriano como uno de los criterios de evaluación y adjudicación en todos los procedimientos de adquisición de bienes y/o prestación de servicios.
El porcentaje de Valor Agregado Ecuatoriano es el valor mínimo a cumplir para definir si un bien y/o servicio es de origen ecuatoriano.
La metodología a utilizar para la determinación del Valor Agregado Ecuatoriano de las ofertas en los procedimientos para la contratación de bienes y servicios, será la expedida por el SERCOP mediante resolución.
Para que una oferta sea considerada como de origen ecuatoriano, el Valor xx Xxxxxxxx Ecuatoriano de ella, obtenido a partir de la aplicación de la metodología señalada en el párrafo precedente, deberá ser igual o superior al dispuesto en la resolución expedida por el SERCOP para el efecto.
El valor agregado de una oferta se lo obtendrá a partir de la información que los proveedores suministrarán a través del formulario “Declaración xx Xxxxxxxx Ecuatoriano” que es parte de la resolución expedida para el efecto.
Se presentará un formulario por cada tipo de bienes y servicios que fueran parte del proceso de contratación, según su tipología, y se utilizará la metodología señalada.
Toda Entidad Contratante deberá, en forma obligatoria, incorporar en las actas de entrega-recepción, sean parciales o definitivas, la declaración del contratista respecto del cumplimiento del Valor Agregado Ecuatoriano propuesto y aceptado para los bienes y/o servicios entregados o prestados; y, para el caso de que el contratista no sea productor de los bienes contratados, como parte del proceso de entrega recepción, deberá adjuntar obligatoriamente las facturas de su adquisición.
1.22 Vigencia Tecnológica: Para el caso de la adquisición, arrendamiento y prestación de servicios en los que se requiera de equipos informáticos, equipos de impresión, vehículos y equipos médicos, se deberá aplicar el principio de vigencia tecnológica, conforme a la regulación emitida por el SERCOP.
1.23 Control ambiental: En los casos que sea necesario, el contratista deberá realizar todas las actividades necesarias para evitar impactos ambientales negativos, durante el período de ejecución contractual, cumpliendo con la normativa ambiental vigente.
1.24 Autoinvitación: El proceso de autoinvitación no aplica en el proceso de giro específico de negocio “A”.
1.25. Visitas al sitio de entrega/instalación de bienes: En el caso de que la empresa pública considerare necesario el cumplimiento de una visita técnica al sitio donde se deberán entregar/instalar los bienes, éstas se podrán realizar en cualquier momento y hasta la fecha límite de entrega de ofertas. En ningún caso este requisito será obligatorio ni las condiciones de la visita podrán ser discriminatorias.
1.26 Inconsistencia, simulación y/o inexactitud de la información: En el caso de que la empresa pública encontrare que existe inconsistencia, simulación o inexactitud en la información presentada por el oferente, adjudicatario o contratista, el Gerente General o su delegado, descalificará del procedimiento de contratación al proveedor, lo declarará adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda y, en último caso, previo al trámite de terminación unilateral, sin perjuicio además, de las acciones judiciales a que hubiera lugar.
1.27 Jurisdicción Coactiva: El(los) oferente(s) que resulte(n) adjudicado(s), acepta(n) que en caso de adeudar valores a la Empresa Pública Unidad Nacional de Almacenamiento "UNA EP" por cualquier concepto, se someterá -sin protesto- a la jurisdicción coactiva de la Empresa Pública Unidad Nacional de Almacenamiento "UNA EP" ejercida a través de los jueces designados para el efecto.
SECCIÓN II
METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
2.1. Metodología de evaluación de las ofertas: La evaluación de las ofertas se encaminará a proporcionar una información imparcial sobre si una oferta debe ser rechazada y cuál de ellas cumple con el concepto de mejor costo en los términos establecidos en el Art. 30 del Reglamento Interno para las contrataciones del giro específico del negocio de la empresa pública Unidad Nacional de Almacenamiento UNA EP. Se establecen para ello dos etapas: la primera, bajo metodología “Cumple / No Cumple”, en la que se analizan los documentos exigidos cuya presentación permite habilitar las propuestas (integridad de la oferta), y la verificación del cumplimiento de capacidades mínimas; y la segunda, en la que se evaluarán, mediante parámetros cuantitativos o valorados, las mayores capacidades de entre los oferentes que habiendo cumplido la etapa anterior, se encuentren aptos para esta calificación.
2.2. Parámetros de Evaluación: Las entidades contratantes deberán acoger los parámetros de evaluación previstos por el SERCOP, pudiendo escoger adicionalmente otros que respondan a la necesidad, naturaleza y objeto de cada procedimiento de contratación; los que serán analizados y evaluados al momento de la calificación de las ofertas.
2.3.- De la evaluación: Las capacidades requeridas a través de los parámetros de evaluación serán analizadas utilizando las dos etapas de evaluación señaladas en el numeral 2.1, para todos los demás procedimientos de contratación de régimen común; la primera, bajo la metodología “Cumple / No Cumple” y posteriormente, solo con los oferentes calificados, la segunda que será “Por Puntaje” a través del Portal Empresarial de la UNA EP.
Se estará a la metodología “Cumple / No Cumple” cuando el objetivo sea la determinación de cumplimiento de una condición o capacidad mínima por parte del oferente y que sea exigida por la entidad contratante (Requisitos mínimos).
Los índices financieros previstos en los pliegos elaborados por la entidad contratante, en caso de ser considerados, no constituirán un requisito mínimo de obligatorio cumplimiento y en consecuencia tendrán un carácter informativo.
Se estará a la metodología “Por Puntaje” cuando el objetivo sea el establecimiento de mejores condiciones o capacidades de entre los oferentes que han acreditado previamente una condición o capacidad mínima requerida.
a.1. Integridad de las ofertas.- Se revisará que las ofertas incluyan en el formulario único los documentos requeridos en las condiciones particulares xxx xxxxxx según la naturaleza del procedimiento de contratación todos los formularios definidos en el presente pliego, conforme el siguiente detalle:
Formulario de la oferta
Formulario de compromiso de asociación o consorcio
El Formulario de la oferta contendrá los documentos, claramente descritos en las Condiciones Particulares del procedimiento de giro de negocio “C” de bienes y/o servicios.
Aquellas ofertas que contengan los Formularios de la Oferta debidamente elaborados y suscritos, pasarán a la etapa de evaluación “cumple / no cumple”; caso contrario serán rechazadas.
a.2. Verificación de requisitos mínimos y términos de referencia: Evaluación de la oferta técnica (cumple / no cumple).- Los parámetros de calificación deberán estar definidos y dimensionados por la entidad contratante, no darán lugar a dudas, ni a interpretación o a la subjetividad del evaluador, se considerarán parámetros técnico-económicos con dimensionamiento de mínimos admisibles y de obligatorio cumplimiento.
De acuerdo a la naturaleza del objeto de la contratación, la entidad podrá acoger y considerar varios parámetros de entre los establecidos en el Portal Institucional del SERCOP xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx o los sugeridos a manera de ejemplo: equipo mínimo, experiencia general mínima, personal técnico mínimo, experiencia personal técnico, etc. El cumplimiento de los parámetros deberá ser absoluto, de manera afirmativa o negativa. Solamente aquellas ofertas que cumplieran con todos los parámetros establecidos podrán habilitarse para la siguiente etapa del proceso.
En el caso que la entidad contratante considere necesario añadir un parámetro adicional éste deberá ser debidamente sustentado, relacionado con el objeto de la contratación y no contravenir la LOSNCP, su reglamento o las resoluciones emitidas por el SERCOP; deberá estar completamente definido, no será restrictivo ni discriminatorio y deberá establecer su indicador y el medio de comprobación.
Aquellas ofertas que cumplan integralmente con los parámetros mínimos, pasarán a la etapa de evaluación de ofertas con puntaje, caso contrario serán descalificadas.
b. Segunda Etapa: Evaluación por puntaje
En esta etapa se procederá a la ponderación valorada de las condiciones diferenciadoras de las ofertas para cada uno de los parámetros señalados en el pliego, a partir de la acreditación de mejores condiciones que las fijadas como mínimos o máximos. En las condiciones particulares del presente pliego se describen los parámetros por la entidad contratante para este procedimiento de contratación, los cuales estarán completamente definidos, no serán restrictivos o discriminatorios y contarán con el medio de medición y comprobación. Podrá incorporarse otros siempre y cuando no contravengan la LOSNCP, su reglamento o las resoluciones emitidas por el SERCOP; debiendo estar completamente definidos, no serán restrictivos ni discriminatorios y deberá establecerse su indicador y el medio de comprobación.
Dicha calificación permitirá la adecuada aplicación del criterio de mejor costo previsto en el Art. 29 del Reglamento Interno para las contrataciones del giro específico del negocio de la empresa pública Unidad Nacional de Almacenamiento UNA EP. Por regla general, se deberá adjudicar a la oferta que obtenga el mayor puntaje de acuerdo a la valoración de los parámetros y cuyos resultados combinen los aspectos técnicos, financieros, legales y económicos de las ofertas.
Al evaluar las ofertas presentadas por una asociación, consorcio o compromiso de asociación o consorcio, las entidades contratantes deberán considerar los aportes de cada participante, con base en la información que deberá desglosarse a través del Formulario, que es parte del presente pliego e integrará en consecuencia la oferta y en observancia de las resoluciones que el SERCOP emita para el efecto.
En la metodología de evaluación por puntajes se observará el principio de la proporcionalidad o ponderación y en consecuencia la aplicación de puntajes de “cero” no es pertinente.
Es obligatoria, la aplicación del Valor Agregado Ecuatoriano como uno de los criterios de evaluación y adjudicación en todos los procedimientos de contratación de bienes y servicios, incluidos los del régimen especial de giro especifico de negocio.
El porcentaje de Valor Agregado Ecuatoriano es el valor mínimo a cumplir para definir si un bien o servicio es de origen ecuatoriano.
La metodología a utilizar para la determinación del Valor Agregado Ecuatoriano de las ofertas en los procedimientos para la contratación de bienes y servicios, será la expedida por el SERCOP mediante resolución.
Para que una oferta sea considerada como de origen ecuatoriano, el Valor Agregado Ecuatoriano de ella, obtenido a partir de la aplicación de la metodología señalada en el párrafo precedente, deberá ser igual o superior al dispuesto en la resolución expedida por el SERCOP, para el efecto.
El valor agregado de una oferta se lo obtendrá aplicando la metodología definida por el SERCOP, a partir de la información que los proveedores suministrarán a través del formulario “Declaración xx Xxxxxxxx Ecuatoriano” que es parte de la resolución expedida para el efecto.
Se presentará un formulario por cada tipo de bienes y servicios que fueran parte del proceso de contratación, según su tipología, y se utilizará la metodología señalada.
Toda entidad contratante deberá, en forma obligatoria, incorporar en las actas de entrega-recepción, sean parciales o definitivas, la declaración del contratista respecto del cumplimiento del Valor Agregado Ecuatoriano propuesto y aceptado para los bienes y/o servicios entregados o prestados; y, para el caso de que el contratista no sea productor de los bienes contratados, como parte del proceso de entrega recepción deberán adjuntar obligatoriamente las facturas de su adquisición.
2.4. Índices financieros.- Corresponde a la entidad contratante señalar en los pliegos los índices financieros que va a utilizar en el procedimiento de contratación y cuál es el valor mínimo/máximo para cada uno de ellos, por lo que, los señalados en el presente pliego son referenciales.
El incumplimiento de los índices financieros no será causal de rechazo de la oferta.
2.5. Formulario para la elaboración de las ofertas: El oferente incluirá en su oferta la información que se establece en el Formulario de la oferta. Pueden utilizarse formatos elaborados en ordenador a condición que la información sea la que se solicita y que se respeten los campos existentes en el formulario que contiene el presente pliego.
SECCIÓN III
FASE CONTRACTUAL
3.1 Ejecución del contrato:
3.1.1 Inicio, planificación y ejecución contractual: El contratista prestará los servicios o entregará los bienes dentro del plazo establecido en el contrato. Iniciada la ejecución del contrato y durante toda la vigencia del mismo, el contratista analizará conjuntamente con el administrador del contrato el cumplimiento del mismo, de acuerdo con el cronograma entregado por él en su oferta para el cumplimiento del contrato derivado del presente procedimiento de contratación. Por razones no imputables al contratista, la administración del contrato podrá reprogramar y actualizar el cronograma de ejecución contractual, por razones debidamente justificadas, de ser el caso.
Igual actualización se efectuará cada vez que, por una de las causas establecidas en el contrato, se aceptase modificaciones al plazo contractual. Estos documentos servirán para efectuar el control del cumplimiento de la ejecución del contrato, a efectos de definir el grado de cumplimiento del contratista.
3.1.2 Cumplimiento de especificaciones o términos de referencia: Todos los bienes a entregar o servicios a prestar deben cumplir en forma estricta con las especificaciones y términos de referencia requeridos respectivamente en el pliego y constantes en el contrato y dentro de las medidas y tolerancias establecidas y aprobados por la Entidad Contratante. En caso de que el contratista descubriere discrepancias entre los distintos documentos, deberá indicarlo inmediatamente al administrador, a fin de que establezca el documento que prevalecerá sobre los demás; y, su decisión será definitiva.
En caso de que cualquier dato o información no hubieren sido establecidos o el contratista no pudiere obtenerla directamente, éstas se solicitarán al administrador del contrato. La administración proporcionará, cuando considere necesario, instrucciones adicionales, para realizar satisfactoriamente el proyecto.
3.1.3 Personal del contratista: El contratista de ser el caso empleará personal en número suficiente para el cumplimiento del contrato y con la debida experiencia.
El administrador del contrato podrá requerir en forma justificada al contratista, el reemplazo de cualquier integrante de su personal que lo considere incompetente o negligente en su oficio, se negare a cumplir las estipulaciones del contrato y sus anexos, o presente una conducta incompatible con sus obligaciones.
3.1.4 Materiales: Todos los materiales, instalaciones, suministros y demás elementos que se utilicen para le cabal cumplimiento del contrato, cumplirán íntegramente las especificaciones técnicas de la oferta, y a su falta, las instrucciones que imparta la administración del contrato.
Los bienes a ser suministrados por el contratista serán nuevos, sin uso y de la mejor calidad. La administración podrá exigir, cuando así lo considere necesario, para aquellos bienes que requieran de un tratamiento o manejo especial, se coloquen sobre plataformas o superficies firmes o bajo cubierta, o que se almacenen en sitios o bodegas cubiertas, sin que ello implique un aumento en los precios y/o en los plazos contractuales.
Los bienes almacenados, aun cuando se haya aprobado antes de su uso, serán revisados al momento de su utilización, para verificar su conformidad con las especificaciones.
3.1.5 Obligaciones del contratista: El contratista debe contar con o disponer de todos los permisos y autorizaciones que le habiliten para el ejercicio de su actividad, especialmente, pero sin limitarse a cumplimiento de legislación ambiental, seguridad industrial y salud ocupacional, legislación laboral, y aquellos términos o condiciones adicionales que se hayan establecidos en el contrato. Asimismo, y de ser necesario y lo disponga el administrador del contrato, deberá realizar y/o efectuar, colocar o dar todos los avisos y advertencias requeridos por el contrato o las leyes vigentes (señalética, letreros de peligro, precaución, etc.), para la debida protección del público y personal del contratista mismo, especialmente si las actividades afectan la vía pública o las instalaciones de servicios públicos.
Los sueldos y salarios del contratista con los trabajadores se estipularán libremente, pero no serán inferiores a los mínimos legales vigentes en el país.
El contratista deberá pagar los sueldos, salarios y remuneraciones a su personal, sin otros descuentos que aquellos autorizados por la ley, y en total conformidad con las leyes vigentes. Los contratos de trabajo deberán ceñirse estrictamente a las leyes laborales del Ecuador. Las mismas disposiciones aplicarán los subcontratistas a su personal.
Serán también de cuenta del contratista y a su costo, todas las obligaciones a las que está sujeto según las leyes, normas y reglamentos relativos a la seguridad social.
El contratista se comprometerá a no contratar a personas menores de edad para realizar actividad alguna durante la ejecución contractual; y que, en caso de que las autoridades xxx xxxx determinaren o descubrieren tal práctica, se someterá y aceptará las sanciones que de aquella puedan derivarse, incluso la terminación unilateral y anticipada del contrato, con las consecuencias legales y reglamentarias pertinentes.
El contratista, en general, deberá cumplir con todas las obligaciones que naturalmente se desprendan o emanen del contrato suscrito.
3.1.6 Obligaciones de la contratante:
- Designar al administrador del contrato.
- Cumplir con las obligaciones establecidas en el contrato, y en los documentos del mismo, en forma ágil y oportuna.
- Dar solución a los problemas que se presenten en la ejecución del contrato, en forma oportuna.
- Las demás, determinadas en el pliego precontractual.
3.1.7 Pagos: El trámite de pago seguirá lo estipulado en las cláusulas respectivas del contrato. En caso de retención indebida de los pagos al contratista se cumplirá el artículo 101 de la LOSNCP.
3.1.8 Administrador del Contrato.- El administrador del contrato es el supervisor designado por la máxima autoridad de la empresa pública, o su delegado, responsable de la coordinación y seguimiento de la ejecución contractual.
Tendrá a su cargo además, la administración de las garantías de modo tal que asegure que éstas se encuentren vigentes, durante todo el período de vigencia del contrato; ya sea hasta el devengamiento total del anticipo entregado (de ser el caso), como hasta la recepción definitiva del objeto del contrato.
Respecto de su gestión reportará al Gerente General, debiendo comunicar todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato.
III. FORMULARIO DE OFERTA
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
1.1 PRESENTACIÓN Y COMPROMISO
El que suscribe, en atención a la convocatoria efectuada por (nombre de la entidad contratante) para la ejecución de (detalle de los bienes o servicios), luego de examinar el pliego del presente procedimiento, al presentar esta oferta por (sus propios derechos,) / (representante legal o apoderado de ....... si es persona jurídica), (procurador común de…, si se trata de asociación o consorcio) declara que:
El oferente es proveedor elegible de conformidad con las disposiciones de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP, y su Reglamento.
La única persona o personas interesadas en esta oferta está o están nombradas en ella, sin que incurra en actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no aparezcan sujetos inhabilitados para contratar con el Estado.
La oferta la hace en forma independiente y sin conexión abierta u oculta con otra u otras personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento y, en todo aspecto, es honrada y de buena fe. Por consiguiente, asegura no haber vulnerado y que no vulnerará ningún principio o norma relacionada con la competencia libre, xxxx y justa; así como declara que no establecerá, concertará o coordinará –directa o indirectamente, en forma explícita o en forma oculta- posturas, abstenciones o resultados con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de la normativa aplicable; asimismo, se obliga a abstenerse de acciones, omisiones, acuerdos o prácticas concertadas o y, en general, de toda conducta cuyo objeto o efecto sea impedir, restringir, falsear o distorsionar la competencia, ya sea en la presentación de ofertas y posturas o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este procedimiento de contratación. En tal virtud, declara conocer que se presumirá la existencia de una práctica restrictiva, por disposición del Reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder xx Xxxxxxx, si se evidencia la existencia de actos u omisiones, acuerdos o prácticas concertadas y en general cualquier conducta, independientemente de la forma que adopten, ya sea en la presentación de su ofertas, o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este proceso de contratación.
Al presentar esta oferta, cumple con toda la normativa general, sectorial y especial aplicable a su actividad económica, profesión, ciencia u oficio; y, que los equipos y materiales que se incorporarán, así como los que se utilizarán para su ejecución, en caso de adjudicación del contrato, serán de propiedad del oferente o arrendados y contarán con todos los permisos que se requieran para su utilización.
Suministrará la mano de obra, equipos y materiales requeridos para el cumplimiento de sus obligaciones, de acuerdo con el pliego; suministrará todos los bienes ofertados, nuevos de fábrica, completos, listos para su uso inmediato, de conformidad con las características detalladas en esta oferta y las especificaciones técnicas solicitadas en el plazo y por los precios indicados en el Formulario de Oferta; que al presentar esta oferta, ha considerado todos los costos obligatorios que debe y deberá asumir en la ejecución contractual, especialmente aquellos relacionados con obligaciones sociales, laborales, de seguridad social, ambientales y tributarias vigentes.
Bajo juramento declara expresamente que no ha ofrecido, ofrece u ofrecerá, y no ha efectuado o efectuará ningún pago, préstamo o servicio ilegítimo o prohibido por la ley; entretenimiento, viajes u obsequios, a ningún funcionario o trabajador de la Entidad Contratante que hubiera tenido o tenga que ver con el presente procedimiento de contratación en sus etapas de planificación, programación, selección, contratación o ejecución, incluyéndose preparación xxx xxxxxx, aprobación de documentos, calificación de ofertas, selección de contratistas, adjudicación o declaratoria de procedimiento desierto, recepción de productos o servicios, administración o supervisión de contratos o cualquier otra intervención o decisión en la fase precontractual o contractual.
Acepta que en el caso de que se comprobare una violación a los compromisos establecidos en los numerales 2, 3, 4, 5 y 6 que anteceden, la Entidad Contratante le descalifique como oferente, o dé por terminado en forma inmediata el contrato, observando el debido proceso, para lo cual se allana a responder por los daños y perjuicios que tales violaciones hayan ocasionado.
Declara que se obliga a guardar absoluta reserva de la información confiada y a la que pueda tener acceso durante las visitas previas a la valoración de la oferta y en virtud del desarrollo y cumplimiento del contrato en caso de resultar adjudicatario, así como acepta que la inobservancia de lo manifestado dará lugar a que la Entidad Contratante ejerza las acciones legales civiles y penales correspondientes y en especial las determinadas en los artículos 200 y 201 del Código Penal vigente.
Conoce las condiciones de la contratación, ha estudiado las especificaciones técnicas, términos de referencia y demás información xxx xxxxxx, las aclaraciones y respuestas realizadas en el proceso, y en esa medida renuncia a cualquier reclamo posterior, aduciendo desconocimiento por estas causas.
Entiende que las cantidades indicadas en el Formulario de Oferta para esta contratación son exactas y, por tanto no podrán variar por ningún concepto.
De resultar adjudicatario, manifiesta que suscribirá el contrato comprometiéndose a ejecutar el suministro o prestar el servicio sobre la base de las cantidades, especificaciones, términos de referencia y condiciones, las mismas que declara conocer; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad, como causal para solicitar ampliación del plazo.
Conoce y acepta que la Entidad Contratante se reserva el derecho de adjudicar el contrato, cancelar o declarar desierto el procedimiento, si conviniere a los intereses nacionales o institucionales, sin que dicha decisión cause ningún tipo de reparación o indemnización a su favor.
Se somete a las disposiciones de la LOSNCP, de su Reglamento General, de las resoluciones del INCOP y demás normativa que le sea aplicable.
Garantiza la veracidad y exactitud de la información y documentación, así como de las declaraciones incluidas en los documentos de la oferta, formularios y otros anexos, así como de toda la información que como proveedor consta en el portal, al tiempo que autoriza a la Entidad Contratante a efectuar averiguaciones para comprobar u obtener aclaraciones e información adicional sobre las condiciones técnicas, económicas y legales del oferente. Acepta que, en caso de que se comprobare administrativamente por parte de las entidades contratantes que el oferente o contratista hubiere alterado o faltado a la verdad sobre la documentación o información que conforma su oferta, dicha falsedad ideológica será causal para descalificarlo del procedimiento de contratación, declararlo adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda, previo el trámite respectivo; y, sin perjuicio de las acciones judiciales a las que hubiera lugar.
No contratará a personas menores de edad para realizar actividad alguna durante la ejecución contractual; y que, en caso de que las autoridades xxx xxxx determinaren o descubrieren tal práctica, se someterán y aceptarán las sanciones que de tal práctica puedan derivarse, incluso la terminación unilateral y anticipada del contrato, con las consecuencias legales y reglamentarias pertinentes.
Bajo juramento, que no está incurso en las inhabilidades generales y especiales para contratar establecidas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP y de los artículos 110 y 111 de su Reglamento General y demás normativa aplicable.
En caso de que sea adjudicatario, conviene en:
Firmar el contrato dentro del término de 15 días desde la notificación con la resolución de adjudicación. Como requisito indispensable previo a la suscripción del contrato presentará las garantías correspondientes. (Para el caso de Consorcio se tendrá un término no mayor de treinta días)
Aceptar que, en caso de negarse a suscribir el respectivo contrato dentro del término señalado, se aplicará la sanción indicada en los artículos 35 y 69 de la LOSNCP.
Garantizar todo el trabajo que efectuará de conformidad con los documentos del contrato.
(Si el oferente fuere extranjero, se añadirá un literal que dirá: d) Previamente a la firma del contrato, el oferente se compromete a domiciliarse en el país conforme lo disponen el artículo 6 y la Sección XIII de la Ley de Compañías; y, a obtener el RUP).
1.2 DATOS GENERALES DEL OFERENTE.
NOMBRE DEL OFERENTE: (determinar si es persona jurídica, consorcio o asociación; en este último caso, se identificará a los miembros del consorcio o asociación. Se determinará al representante legal, apoderado o procurador común, de ser el caso).
Ciudad:
Calle (principal):
No.:
Calle (intersección):
Teléfono(s):
Correo electrónico:
Cédula de Ciudadanía (Pasaporte):
R.U.C:
1.3 NÓMINA DE SOCIO(S), ACCIONISTA(S) O PARTÍCIPE(S) MAYORITARIOS DEPERSONAS JURÍDICAS OFERENTES.
DECLARACIÓN
En mi calidad de representante legal de …….. (razón social) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que:
1. Libre y voluntariamente presento la nómina de socios, accionista o partícipes mayoritarios que detallo más adelante, para la verificación de que ninguno de ellos esté inhabilitado en el RUP para participar en los procedimientos de contratación pública;
2. Que la compañía a la que represento ……(el oferente deberá agregar la palabra SI, o la palabra, NO, según corresponda a la realidad) está registrada en la BOLSA DE VALORES.
(En caso de que la persona jurídica tenga registro en alguna bolsa de valores, deberá agregar un párrafo en el que conste la fecha de tal registro, y declarar que en tal virtud sus acciones se cotizan en la mencionada Bolsa de Valores.)
3. Me comprometo a notificar a la Entidad Contratante la transferencia, cesión, enajenación, bajo cualquier modalidad de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de participación, que realice la persona jurídica a la que represento. En caso de no hacerlo, acepto que la Entidad Contratante declare unilateralmente terminado el contrato respectivo.(Esta declaración del representante legal solo será obligatoria y generará efectos jurídicos si la compañía o persona jurídica NO cotiza en bolsa)
4. Acepto que en caso de que el accionista, partícipe o socio mayoritario de mi representada esté domiciliado en un paraíso fiscal, la Entidad Contratante descalifique a mi representada inmediatamente.
5. Garantizo la veracidad y exactitud de la información; y, autorizo a la Entidad Contratante, al Servicio Nacional de Contratación Pública INCOP, o a los órganos de control, a efectuar averiguaciones para comprobar tal información.
6. Acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la verdad, la Entidad Contratante:
. Observando el debido proceso, aplique la sanción indicada en el último inciso del artículo 19 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP-;
. Descalifique a mi representada como oferente; o,
. Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, en cumplimiento del artículo 64 de la LOSNCP, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual.
Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.
NÓMINA DE SOCIOS, ACCIONISTAS O PARTÍCIPES:
TIPO DE PERSONA JURÍDICA: Compañía Anónima
Compañía de Responsabilidad Limitada
Compañía Mixta
Compañía en Nombre Colectivo
Compañía en Comandita Simple
Sociedad Civil
Corporación
Fundación
Asociación o consorcio
Otra
Nombres completos del socio(s), accionista(s), partícipe(s)
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Número de cédula de identidad, ruc o identificación similar emitida por país extranjero, de ser el caso |
Porcentaje de participación en la estructura de propiedad de la persona jurídica |
Xxxxxxxxx Xxxxxx |
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NOTA: Si el socio (s), accionista (s) o partícipe (s) mayoritario (s) es una persona jurídica, de igual forma, se deberá identificar los nombres completos de todos los socio (s), accionista (s) o partícipe (s), para lo que se usará el siguiente formato:
Nombres completos del socio(s), accionista(s), partícipe(s) |
Número de cédula de identidad, ruc o identificación similar emitida por país extranjero, de ser el caso |
Porcentaje de participación en la estructura de propiedad de la persona jurídica |
Xxxxxxxxx Xxxxxx |
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Notas:
Este formato 3.3 del Formulario de la oferta solo será llenado por personas jurídicas. (Esta obligación será aplicable también a los partícipes de las asociaciones o consorcios que sean personas jurídicas, constituidos de conformidad con el artículo 26 de la LOSNCP.)
La falta de presentación del formato por parte de la Persona Jurídica será causal de descalificación de la oferta.
Las personas naturales no están obligadas a presentar el Formato 3.3 del Formulario de la Oferta.
1.4 SITUACIÓN FINANCIERA
Hoja.... de .....
La situación financiera del oferente se demostrará con la presentación del formulario de declaración de impuesto a la renta del ejercicio fiscal inmediato anterior que fue entregada al Servicio xx Xxxxxx Internas SRI.
El participante presentará la información requerida para la (entidad contratante) para los índices financieros por ella solicitada, conforme el siguiente cuadro:
Índice |
Indicador solicitado |
Indicador declarado por el oferente |
Observaciones |
Solvencia* |
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Endeudamiento* |
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Otro índice resuelto por la entidad contratante * |
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*Los índices son referenciales; la entidad contratante podrá escoger los señalados o aquel (aquellos) que considere pertinente(s).
1.5 TABLA DE CANTIDADES Y PRECIOS
Hoja...de....
Código CPC |
Descripción del bien o servicio |
Unidad |
Cantidad |
Precio Unitario |
Precio Global |
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TOTAL |
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(Nota: Estos precios no incluyen IVA)
PRECIO TOTAL DE LA OFERTA: (en letras y números)
FORMA DE PAGO ESCOGIDA: (en letras y números)
PLAZO OFERTADO: (en letras y números)
1.6 COMPONENTES DE LOS (BIENES O SERVICIOS) OFERTADOS
El oferente deberá llenar una tabla de los componentes de los (bienes o servicios), en la cual se deben incluir todos y cada uno de los rubros ofertados, que respondan a los requerimientos de (la Entidad Contratante).
Especificación Técnica - Términos de Referencia Requeridos |
Especificación Técnica –Términos de Referencia Ofertados |
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1.7 EXPERIENCIA DEL OFERENTE
Hoja.... de .....
Contratante |
Objeto del contrato (descripción de los bienes o servicios) |
Monto del Contrato |
Plazo contractual |
Fechas de ejecución |
Observaciones |
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Inicio |
Terminación |
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1.8 VALOR AGREGADO ECUATORIANO DE LA OFERTA:
1.9 CÁLCULO DEL PORCENTAJE DE VALOR AGREGADO ECUATORIANO RESPECTO DEL COSTO DE PRODUCCIÓN
(Se presentará un formulario por cada uno de los tipos de bien o servicio que son parte de la oferta)
Hoja ....de .....
Descripción |
ELEMENTOS DE COSTO DEL BIEN O SERVICIO |
Valor Agregado Ecuatoriano (%) |
CPC |
Código CPC del producto |
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Descripción |
Descripción del producto (bien o Servicio) |
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Cantidad |
Cantidad solicitada por la entidad |
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Unidad |
Unidad de medida del producto (Bien o Servicio |
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Costo Total(CT) |
Costo Total de Producción del bien o prestación del servicio |
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Suma (%) |
Sumatoria de los valores de las columnas a, b, c, d, e, |
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A |
Valor de materia prima, materiales e insumos de origen ecuatoriano de aplicación directa al bien o servicio. |
(A/CT) x 100 |
B |
Valor de mano de obra utilizada en el país para la fabricación del bien o prestación del servicio. |
(B/CT) x 100 |
C |
Valor de la tecnología de origen nacional aplicada en la elaboración del bien o prestación del servicio: Gastos de investigación, desarrollo y Propiedad Intelectual. (El valor proporcional utilizado para este cálculo será el resultante de aplicar el valor de amortización anual directamente en el período de fabricación del bien o prestación del servicio desarrollado, objeto de la oferta, de acuerdo a la Ley de Régimen Tributario Interno y su reglamento) |
(C/CT) x 100 |
D |
Valor de servicios, incluidos los profesionales, prestados por personas naturales y jurídicas nacionales para la fabricación del bien o prestación del servicio. |
(D/CT) x 100 |
E |
Valor de depreciación de equipos instalados en las plantas industriales en Ecuador empleados para la fabricación del bien, o prestación del servicio, de acuerdo a los siguientes criterios: - Para la fabricación de bienes o prestación de servicios, la depreciación no podrá ser realizada en un tiempo menor xx xxxx (10) años para herramientas, maquinarias, equipos e instalación. - El valor de depreciación será el valor histórico en libros. En caso que no exista valor de depreciación, este concepto se lo realizará según avalúo de activos. - El valor proporcional utilizado para este cálculo, será el resultante de aplicar el valor de depreciación anual obtenido de la maquinaria, equipos o instalaciones en el período realmente utilizado directamente en la fabricación del bien o prestación del servicio objeto de la oferta. |
(E/CT) x 100 |
TOTAL AGREGADO ECUATORIANO |
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Para constancia de lo ofertado, suscribo este formulario,
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FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL, APODERADO O PROCURADOR COMÚN (según el caso)
(LUGAR Y FECHA)
VI. FORMULARIO DE COMPROMISO DE ASOCIACIÓN O CONSORCIO
Comparecen a la suscripción del presente compromiso, por una parte, ……….. ………, debidamente representada por …………… ………….; y, por otra parte, ……… representada por …………… …………., todos debidamente registrados en el RUP.
Los comparecientes, en las calidades que intervienen, capaces para contratar y obligarse, acuerdan suscribir el presente compromiso de Asociación o Consorcio para participar en el proceso licitatorio convocado por………………….., para………………….
En caso de resultar adjudicados, los oferentes comprometidos en la conformación de la asociación o consorcio, declaran bajo juramento que formalizarán el presente compromiso mediante la suscripción de la pertinente escritura pública y se habilitará al Consorcio constituido en el RUP, para dar cumplimiento a lo previsto en la Resolución emitida por el SERCOP, aplicable a este caso.
Los promitentes asociados o consorciados presentarán la información considerando los porcentajes de participación en relación a índices, calidades, condiciones, experiencia o cualquier otro indicador puntuable, conforme al siguiente detalle:
(Se deberá adjuntar cuadro con el detalle antes referido)
Atentamente,
Promitente Consorciado 1 Promitente Consorciado 2
RUP No. RUP No.
Promitente Consorciado (n)
RUP No.
PROYECTO DE CONTRATO
GIRO ESPECÍFICO DE NEGOCIO “Servicio de Almacenamiento” |
Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte (nombre de la Entidad Contratante), representada por (nombre de la máxima autoridad o su delegado), en calidad de (cargo), a quien en adelante se le denominará CONTRATANTE; y, por otra (nombre del contratista o de ser el caso del representante legal, apoderado o procurador común a nombre de “persona jurídica”), a quien en adelante se le denominará CONTRATISTA. Las partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas:
Cláusula Primera.- ANTECEDENTES
1.1 De conformidad con los artículos 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP-, y 25 y 26 de su Reglamento General -RGLOSNCP-, el Plan Anual de Contrataciones de la CONTRATANTE, contempla la (describir objeto de la contratación).
1.2. Previo los informes y los estudios respectivos, la máxima autoridad de la CONTRATANTE resolvió aprobar el pliego de Giro Específico de Negocio (No.) para (describir objeto de la contratación).
1.3 Se cuenta con la existencia y suficiente disponibilidad de fondos en la partida presupuestaria (No.), conforme consta en la certificación conferida por (funcionario competente y cargo), mediante documento (identificar certificación).
1.4 Se realizó la respectiva convocatoria el (día) (mes) (año), a través del Portal xxx.xxx.xxx.xx.
1.5 Luego del proceso correspondiente, (nombre) en su calidad de máxima autoridad de la CONTRATANTE (o su delegado), mediante resolución (No.) de (día) de (mes) de (año), adjudicó la (establecer objeto del contrato) al oferente (nombre del adjudicatario).
Cláusula Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO
2.1 Forman parte integrante del contrato los siguientes documentos:
El pliego (Condiciones Particulares xxx Xxxxxx CPP y Condiciones Generales xxx Xxxxxx CGP) incluyendo las especificaciones técnicas, o términos de referencia del objeto de la contratación.
Las Condiciones Generales de los Contratos de adquisición de bienes o prestación de servicios (CGC) publicados y vigentes a la fecha de la convocatoria en la página institucional del SERCOP.
La oferta presentada por el CONTRATISTA, con todos sus documentos que la conforman.
Las garantías presentadas por el CONTRATISTA.
La resolución de adjudicación.
Las certificaciones de (dependencia a la que le corresponde certificar), que acrediten la existencia de la partida presupuestaria y disponibilidad de recursos, para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.
(Los documentos que acreditan la calidad de los comparecientes y su capacidad para celebrar el contrato deberán protocolizarse conjuntamente con las condiciones particulares del contrato. No es necesario protocolizar las condiciones generales del contrato, ni la información relevante del procedimiento que ha sido publicada en el Portal Institucional.).1
Cláusula Tercera.- OBJETO DEL CONTRATO
3.01 El Contratista se obliga con la (CONTRATANTE) a (suministrar, instalar y entregar debidamente funcionando los bienes) (proveer los servicios requeridos) ejecutar el contrato a entera satisfacción de la CONTRATANTE, (designar lugar de entrega o sitio), según las características y especificaciones técnicas constantes en la oferta, que se agrega y forma parte integrante de este contrato.
3.02 (Caso de bienes) Adicionalmente el CONTRATISTA proporcionará el soporte técnico, los mantenimientos preventivo y correctivo respectivos por el lapso de (….) contados a partir de la fecha de suscripción del acta de entrega recepción única, periodo que corresponde al de vigencia de la garantía técnica; entregará la documentación de los bienes; y, brindará la capacitación necesaria para (número) servidores (en las instalaciones de la Entidad Contratante), impartida por personal certificado por el fabricante) de ser el caso.
Para el caso de adquisición, arrendamiento y prestación de servicios en los que requiera de equipos informáticos, equipos de impresión, vehículos y equipos médicos, se deberá aplicar el principio de vigencia tecnológica de conformidad a las regulaciones expedidas por el SERCOP.
(Caso de servicios) (Estipúlese lo que la Entidad Contratante considere pertinente en cuanto a correctivos o actualizaciones del servicio que recibirá, incluyendo riesgos, de ser el caso).
Cláusula Cuarta.- PRECIO DEL CONTRATO
4.1 El valor del presente contrato, que la CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA, es el de (cantidad exacta en números y letras) dólares de los Estados Unidos de América, más IVA, de conformidad con la oferta presentada por el CONTRATISTA, valor que se desglosa como se indica a continuación:
(Para bienes incluir tabla de cantidades y precios corregida de la oferta) (Para servicios incluir tabla del precio ofertado con su desglose).
4.2 Los precios acordados en el contrato, constituirán la única compensación al CONTRATISTA por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que tuviese que pagar, excepto el Impuesto al Valor Agregado que será añadido al precio del contrato conforme se menciona en el numeral 4.1.
Cláusula Quinta.- FORMA DE PAGO
(En esta cláusula la Entidad Contratante detallará la forma de pago. De contemplarse la entrega de anticipo (hasta un máximo del 70%) del valor contractual, se deberá establecer la fecha máxima del pago del mismo.)
El anticipo que la CONTRATANTE haya entregado al CONTRATISTA para la adquisición de los bienes y/o prestación del servicio, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
(En el caso de adquisición de bienes, los pagos totales o parciales se realizarán contra el Acta o Actas de Entrega Recepción Total o Parcial de los bienes adquiridos).
(En el caso de servicios, serán pagados contra la presentación de la correspondiente planilla o planillas, previa aprobación de la Entidad Contratante).
No habrá lugar a alegar xxxx de la CONTRATANTE, mientras no se amortice la totalidad del anticipo otorgado
Cláusula Sexta.- GARANTÍAS
6.1 En este contrato se rendirán las siguientes garantías: (establecer las garantías que apliquen de acuerdo con lo establecido en el numeral…. xxx Xxxxxx de condiciones generales para las contrataciones de bienes y servicios que son parte del presente contrato).
6.2 Las garantías entregadas se devolverán de acuerdo a lo establecido en el artículo 118 del RGLOSNCP. Entre tanto, deberán mantenerse vigentes, lo que será vigilado y exigido por la CONTRATANTE.
Cláusula Séptima.- PLAZO
7.1 Prórrogas o suspensiones de plazo: El Administrador de este Contrato, queda autorizado para realizar las gestiones inherentes a su ejecución, incluyendo aquello que se relaciona con la aceptación o no de los pedidos de prórroga que pudiera formular la CONTRATISTA.
Se concederán prórrogas de plazo cuando por razones no imputables al contratista se produzcan atrasos en actividades críticas o en actividades cuya holgura total sea sobrepasada, tornándolas críticas.
La CONTRATANTE prorrogará el plazo total o los plazos parciales en los siguientes casos:
Cuando el CONTRATISTA así lo solicitare, por escrito, justificando los fundamentos de la solicitud, dentro del plazo de quince días siguientes a la fecha de producido el hecho, siempre que este se haya producido por motivos de fuerza mayor o caso fortuito aceptado como tal por el Supervisor operativo (delegado del Gerente General), previo informe del administrador del contrato, para lo cual llevará a cabo los estudios o investigaciones necesarios. Tan pronto desaparezca la causa de fuerza mayor o caso fortuito, el CONTRATISTA está obligado a continuar con la ejecución del contrato, sin necesidad de que medie notificación por parte del administrador del contrato para reanudarlo.
Para determinar los días de prórroga que se concederán por las causas mencionadas anteriormente, el Administrador de Contrato examinará la incidencia de los atrasos en la ruta crítica; así, únicamente se otorgará prórroga por el número de días que aumente el plazo original, a raíz del atraso. También puede prorrogarse el plazo cuando se agota la holgura total de una actividad que, por su posición dentro del programa, se torna crítica e incrementa consecuentemente el plazo original; en este caso, se conceden tantos días como haya sido afectado el plazo.
El contratista comunicará oportunamente al Administrador de Contrato, los hechos que van a provocar demoras en la ejecución del contrato, así como sus causas, pues esto permite a ambas partes tomar las previsiones para controlar y cuantificar el atraso en las actividades afectadas.
La documentación probatoria a las solicitudes de prórroga, deberá reunir las siguientes características: ser pertinente, es decir, debe pertenecer al objeto del contrato en cuestión; ser confiable, lo cual implica estar exenta de errores y además, que los datos suministrados correspondan a la realidad del contrato y luego, ser clara y concisa, con lo cual evita la posibilidad de interpretar de diferente manera una misma información y facilitar la revisión de los documentos, gracias a la brevedad y precisión de su contenido.
Por suspensiones en la ejecución del contrato, motivadas por la CONTRATANTE u ordenadas por ella y que no se deban a causas imputables al CONTRATISTA.
Si la CONTRATANTE no hubiera solucionado los problemas administrativos-contractuales en forma oportuna, cuando tales circunstancias incidan en la ejecución del trabajo.
En casos de prórroga de plazo, las partes elaborarán un nuevo cronograma, que suscrito por ellas, sustituirá al original o precedente y tendrá el mismo valor contractual del sustituido. Y en tal caso se requerirá la autorización del Supervisor Operativo (delegado del Gerente General), previo informe del administrador del contrato.
Ampliaciones de plazo en contratos de prestación de servicios: El Administrador de Contrato podrá ampliar el plazo en el caso de contratos de prestación de servicios, cuando el monto del mismo no haya sido ejecutado en su totalidad durante el plazo de ejecución, por razones no imputables al contratista. Para ello deberá tener el informe favorable de su Supervisor Operativo (respecto a la conveniencia de la continuación de los servicios) y de la Gerencia Financiera (respecto a la vigencia de la certificación presupuestaria para dicha ampliación)”.
Según las necesidades operativas y comerciales de la empresa pública, el Administrador de Contrato podrá ordenar la ejecución de diferencias, entre los rubros reales y las que constan en el cuadro de cantidades estimadas del contrato principal, a través de órdenes de cambio, sin necesidad de suscribir un contrato complementario, siempre que la sumatoria de los rubros reales no supere el valor total del contrato, a través de la respectiva disposición u orden emanada por parte del Supervisor Operativo del mismo, que disponga ejecutar tales diferencias. Similar mecanismo se podrá utilizar cuando existan diferencias en la ejecución entre los rubros reales del contrato principal y contrato complementario, con el fin de que todos los rubros sean considerados para la debida ejecución del contrato, siempre que entre todos los rubros no supere el monto de la sumatoria de los contratos principales y complementarios, conforme a la ley.
Cláusula Octava.- MULTAS
8.1 Por cada día de retardo en la ejecución de las obligaciones contractuales por parte del Contratista, se aplicará la multa de (valor establecido por la Entidad Contratante, de acuerdo a la naturaleza del contrato, en ningún caso podrá ser menos al 1 por 1.000 del valor del contrato). (El porcentaje para el cálculo de las multas lo determinará la Entidad en función del incumplimiento y de la contratación).
Cláusula Novena.- DEL REAJUSTE DE PRECIOS
(Para bienes, que no correspondan al sistema de precios unitarios: El valor de este contrato es fijo y no estará sujeto a reajuste por ningún concepto, coso contrario se deberá aplicar lo establecido en el artículo 141 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública).
(Para servicios cuya forma de pago corresponda al sistema de precios unitarios: el contrato se sujetará al sistema de reajuste de precios previsto en los artículos 126, y 140 del Reglamento General de la LOSNCP).
Nota: (Esta cláusula no será aplicable si las partes han convenido, según lo previsto en el pliego correspondiente, en la renuncia del reajuste de precios, caso en el cual se establecerá en su lugar una disposición específica en ese sentido).
Xxxxxxxx Xxxxxx.- DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO:
10.1 LA CONTRATANTE designa al (nombre del designado), en calidad de administrador del contrato, quien deberá atenerse a las condiciones generales y particulares de los pliegos que forman parte del presente contrato.
10.2 LA CONTRATANTE podrá cambiar de administrador del contrato, para lo cual bastará cursar al CONTRATISTA la respectiva comunicación; sin que sea necesario la modificación del texto contractual.
Cláusula Undécima.- TERMINACION DEL CONTRATO
11.1 Terminación del contrato.- El contrato termina conforme lo previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y las Condiciones Particulares y Generales del Contrato.
11.2 Causales de Terminación unilateral del contrato.- Tratándose de incumplimiento del CONTRATISTA, procederá la declaración anticipada y unilateral de la CONTRATANTE, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP. Además, se considerarán las siguientes causales:
Si el CONTRATISTA no notificare a la CONTRATANTE acerca de la transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación;
Si la CONTRATANTE, en función de aplicar lo establecido en el artículo 78 de la LOSNCP, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social del CONTRATISTA;
Si se verifica, por cualquier modo, que la participación ecuatoriana real en la provisión de bienes o prestación de servicios objeto del contrato es inferior a la declarada.
Si el CONTRATISTA incumple con las declaraciones que ha realizado en el numeral 3.5 del formulario de la oferta - Presentación y compromiso;
El caso de que la entidad contratante encontrare que existe inconsistencia, simulación y/o inexactitud en la información presentada por contratista, en el procedimiento precontractual o en la ejecución del presente contrato, dicha inconsistencia, simulación y/o inexactitud serán causales de terminación unilateral del contrato por lo que, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, lo declarará contratista incumplido, sin perjuicio además, de las acciones judiciales a que hubiera lugar.
(La Entidad Contratante podrá incorporar causales adicionales de terminación unilateral, conforme lo previsto en el numeral 6 del Art. 94 de la LOSNCP.)
11.3 Procedimiento de terminación unilateral.- El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la LOSNCP.
Cláusula Duodécima.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
12.1 Si respecto de la divergencia o controversia existentes no se lograre un acuerdo directo entre las partes, éstas se someterán al procedimiento establecido en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; siendo competente para conocer la controversia el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la Entidad Contratante.
(En caso de que la entidad contratante sea de derecho privado, la cláusula 13.1.- “Solución de Controversias dirá: Si respecto de la divergencia o controversia existentes no se lograre un acuerdo directo entre las partes, éstas recurrirán ante la justicia ordinaria del domicilio de la Entidad Contratante”.
12.2 La legislación aplicable a este contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el contratista declara conocer el ordenamiento jurídico ecuatoriano y por lo tanto, se entiende incorporado el mismo en todo lo que sea aplicable al presente contrato.
12.3 Jurisdicción Coactiva: El oferente que resulte adjudicado, acepta que en caso de adeudar valores a la Empresa Pública Unidad Nacional de Almacenamiento UNA EP por cualquier concepto, se someterá –sin protesto- a la jurisdicción coactiva de la Empresa Pública Unidad Nacional de Almacenamiento UNA EP ejercida a través del(los) juez(ces) designado(s) para tal efecto.
Cláusula Décima Tercera: COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES
13.1 Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a los trabajos, serán formuladas por escrito y en idioma castellano. Las comunicaciones entre la administración y el CONTRATISTA se harán a través de documentos escritos.
Cláusula Décima Cuarta.- DOMICILIO
14.1. Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio en la ciudad de (establecer domicilio).
14.2. Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes:
La CONTRATANTE: (dirección y teléfonos, correo electrónico).
El CONTRATISTA:(dirección y teléfonos, correo electrónico).
Las comunicaciones también podrán efectuarse a través de medios electrónicos.
Cláusula Décima Quinta.- ACEPTACION DE LAS PARTES
15.1 Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos de provisión de bienes y prestación de servicios, establecidas en el pliego del proceso, y que forma parte integrante de las Condiciones Particulares del Contrato que lo están suscribiendo.
15.2. Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones.
Dado, en la ciudad de Guayaquil, a
___________________________ _____________________________
LA CONTRATANTE EL CONTRATISTA
VIII. CONDICIONES GENERALES DE LOS CONTRATOS PARA LA ADQUISICION DE BIENES Y/O CONTRATACIÓN DE SERVICIOS |
Cláusula Primera.- INTERPRETACION DEL CONTRATO Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
Los términos del contrato se interpretarán en su sentido literal, a fin de revelar claramente la intención de los contratantes. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas:
Cuando los términos están definidos en la normativa del Sistema Nacional de Contratación Pública o en este contrato, se atenderá su tenor literal.
Si no están definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes. De existir contradicciones entre el contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del contrato.
El contexto servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía.
En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la Codificación del Código Civil, “De la Interpretación de los Contratos”.
1.2 Definiciones: En el presente contrato, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación:
“Adjudicatario”, es el oferente a quien la ENTIDAD CONTRATANTE le adjudica el contrato.
“Comisión Técnica", es la responsable de llevar adelante el proceso licitatorio, a la que le corresponde actuar de conformidad con la LOSNCP, su Reglamento General, las resoluciones emitidas por el SERCOP, el pliego aprobado, y las disposiciones administrativas que fueren aplicables.
“Contratista”, es el oferente adjudicatario.
“Contratante” “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.
“LOSNCP”, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
“RGLOSNCP”, Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Púbica.
“Oferente”, es la persona natural o jurídica, asociación o consorcio que presenta una "oferta", en atención al llamado a licitación / cotización o menor cuantía.
“Oferta”, es la propuesta para contratar, ceñida al pliego, presentada por el oferente a través de la cual se obliga, en caso de ser adjudicada, a suscribir el contrato y a la provisión de bienes o prestación de servicios..
“SERCOP”, Servicio Nacional de Contratación Pública.
Cláusula Segunda.- FORMA DE PAGO
Lo previsto en la cláusula quinta de las Condiciones Particulares del contrato, y además:
2.1 El valor por concepto de anticipo será depositado en una cuenta que el CONTRATISTA aperture en una institución financiera estatal, o privada de propiedad del Estado en más de un cincuenta por ciento. El CONTRATISTA autoriza expresamente se levante el sigilo bancario de la cuenta en la que será depositado el anticipo. El administrador del contrato designado por la CONTRATANTE verificará que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente al proceso de ejecución contractual.
El anticipo que la CONTRATANTE haya otorgado al CONTRATISTA para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
2.2 La amortización del anticipo entregado en el caso de la prestación de servicios se realizará conforme lo establecido en el art 139 del Reglamento General de la LOSNCP.
2.3 Todos los pagos que se hagan al CONTRATISTA por cuenta de este contrato, se efectuarán con sujeción al precio convenido, a satisfacción de la CONTRATANTE, previa la aprobación del administrador del contrato.
2.4 De los pagos que deba hacer, la CONTRATANTE retendrá igualmente las multas que procedan, de acuerdo con el contrato.
2.5 Pagos indebidos: La CONTRATANTE se reserva el derecho de reclamar al CONTRATISTA, en cualquier tiempo, antes o después de la prestación del servicio, sobre cualquier pago indebido por error de cálculo o por cualquier otra razón, debidamente justificada, obligándose el CONTRATISTA a satisfacer las reclamaciones que por este motivo llegare a plantear la CONTRATANTE, reconociéndose el interés calculado a la tasa máxima del interés convencional, establecido por el Banco Central del Ecuador.
2.6 Jurisdicción Coactiva: El(los) oferente(s) que resulte(n) adjudicado(s), acepta(n) que en caso de adeudar valores a la Empresa Pública Unidad Nacional de Almacenamiento "UNA EP" por cualquier concepto, se someterá -sin protesto- a la jurisdicción coactiva de la Empresa Pública Unidad Nacional de Almacenamiento "UNA EP" ejercida a través de los jueces designados para el efecto.
Cláusula Tercera.- GARANTÍAS
3.1 Lo contemplado en la cláusula sexta de las condiciones particulares del contrato y la Ley.
3.2 Ejecución de las garantías: Las garantías contractuales podrán ser ejecutadas por la CONTRATANTE en los siguientes casos:
3.2.1 La de fiel cumplimiento del contrato:
Cuando la CONTRATANTE declare anticipada y unilateralmente terminado el contrato por causas imputables al CONTRATISTA.
Si la CONTRATISTA no la renovare cinco días antes de su vencimiento.
3.2.2 La del anticipo:
Si el CONTRATISTA no la renovare cinco días antes de su vencimiento.
En caso de terminación unilateral del contrato y que el CONTRATISTA no pague a la CONTRATANTE el saldo adeudado del anticipo, después xx xxxx días de notificado con la liquidación del contrato.
3.2.3 La técnica:
Cuando se incumpla con el objeto de esta garantía, de acuerdo con lo establecido en el pliego y este contrato.
Cláusula Cuarta.- PRÓRROGAS DE PLAZO
4.1 La CONTRATANTE prorrogará el plazo total o los plazos parciales en los siguientes casos:
Cuando el CONTRATISTA así lo solicitare, por escrito, justificando los fundamentos de la solicitud, dentro del plazo de quince días siguientes a la fecha de producido el hecho, siempre que este se haya producido por motivos de fuerza mayor o caso fortuito aceptado como tal por la máxima autoridad de la Entidad Contratante o su delegado, previo informe del administrador del contrato. Tan pronto desaparezca la causa de fuerza mayor o caso fortuito, el CONTRATISTA está obligado a continuar con la ejecución del contrato, sin necesidad de que medie notificación por parte del administrador del contrato para reanudarlo.
Por suspensiones en la ejecución del contrato, motivadas por la CONTRATANTE u ordenadas por ella y que no se deban a causas imputables al CONTRATISTA.
Si la CONTRATANTE no hubiera solucionado los problemas administrativos-contractuales en forma oportuna, cuando tales circunstancias incidan en la ejecución del trabajo.
4.2 En casos de prórroga de plazo, las partes elaborarán un nuevo cronograma, que suscrito por ellas, sustituirá al original o precedente y tendrá el mismo valor contractual del sustituido. Y en tal caso se requerirá la autorización de la máxima autoridad de la CONTRATANTE, previo informe del administrador del contrato.
Cláusula Quinta.- OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
A más de las obligaciones señaladas en el numeral 5.1 de las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato, las siguientes:
5.1 El contratista se compromete a ejecutar el contrato derivado del procedimiento de contratación tramitado, sobre la base de las especificaciones técnicas o los términos de referencia elaborados por la Entidad Contratante y que fueron conocidos en la etapa precontractual; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad con los mismos, como causal para solicitar ampliación del plazo, o contratos complementarios. La ampliación del plazo, o contratos complementarios podrán tramitarse solo si fueren aprobados por la administración.
5.2 El contratista se compromete durante la ejecución del contrato, a facilitar a las personas designadas por la Entidad Contratante, toda la información y documentación que éstas soliciten para disponer de un pleno conocimiento técnico relacionado con la ejecución del contrato, así como de los eventuales problemas técnicos que puedan plantearse y de las tecnologías, métodos y herramientas utilizadas para resolverlos.
Los delegados o responsables técnicos de la Entidad Contratante, como el administrador del contrato, deberán tener el conocimiento suficiente de la ejecución del contrato, así como la eventual realización de ulteriores desarrollos. Para el efecto, el contratista se compromete durante el tiempo de ejecución contractual, a facilitar a las personas designadas por la Entidad Contratante toda la información y documentación que le sea requerida, relacionada y/o atinente al desarrollo y ejecución del contrato.
5.3 Queda expresamente establecido que constituye obligación del CONTRATISTA ejecutar el contrato conforme a las especificaciones técnicas o términos de referencia establecidos en el en el pliego, y cumplir con el porcentaje mínimo de valor agregado ecuatoriano ofertado.
5.4 El CONTRATISTA está obligado a cumplir con cualquiera otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y sea exigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal específicamente aplicable.
5.5 El CONTRATISTA se obliga al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Código del Trabajo y en la Ley del Seguro Social Obligatorio, adquiriendo, respecto de sus trabajadores, la calidad de patrono, sin que la CONTRATANTE tenga responsabilidad alguna por tales cargas, ni relación con el personal que labore en la ejecución del contrato, ni con el personal de la subcontratista.
5.6 EL CONTRATISTA se obliga al cumplimiento de lo exigido en el pliego, a lo previsto en su oferta y a lo establecido en la legislación ambiental, de seguridad industrial y salud ocupacional, seguridad social, laboral, etc.
Cláusula Sexta.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE
6.1 Son obligaciones de la CONTRATANTE las establecidas en el numeral 5.2 de las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato.
Cláusula Séptima.- CONTRATOS COMPLEMENTARIOS (Aplica únicamente para Servicios),
7.1 Por causas justificadas, las partes podrán firmar contratos complementarios, de conformidad con lo establecido en los artículos 85 y 87 de la LOSNCP, y en el artículo 144 del RGLOSNCP.
Cláusula Octava.- RECEPCIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO
8.1 La recepción del (objeto de la contratación) se realizará a entera satisfacción de la CONTRATANTE, y será necesaria la suscripción de la respectiva Acta suscrita por el CONTRATISTA y los integrantes de la comisión designada por la CONTRATANTE, en los términos del artículo 124 del Reglamento General de la LOSNCP. La liquidación final del contrato se realizará en los términos previstos por el artículo 125 del reglamento mencionado, y formará parte del acta.
8.2 El acta de recepción definitiva será suscrita por las partes, en el plazo previsto en el contrato.
8.3 Si la CONTRATANTE no hiciere ningún pronunciamiento respecto de la solicitud de recepción definitiva, ni la iniciare, una vez expirado el término de quince días, se considerará que tal recepción se ha efectuado de pleno derecho, para cuyo efecto un Juez de lo Civil o un Notario Público, a solicitud del CONSULTOR notificará que dicha recepción se produjo, de acuerdo con el artículo 81 de la LOSNCP.
8.4 Operada la recepción definitiva presunta, a solicitud del CONTRATISTA o declarada por la CONTRATANTE, producirá como único efecto la terminación del contrato, dejando a salvo de los derechos de las partes a la liquidación técnico-económica correspondiente.
Las partes buscarán en el plazo de 30 días posteriores a la recepción definitiva presunta suscribir el acta de la liquidación técnico-económica del contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales de las que se crean asistidas.
8.6 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: La liquidación final del contrato suscrita entre las partes se realizará en los términos previstos por el artículo 125 del RGLOSNCP.
Xxxxxxxx Xxxxxx.- TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS
9.1 La CONTRATANTE efectuará al CONTRATISTA las retenciones que dispongan las leyes tributarias, conforme la legislación tributaria vigente.
La CONTRATANTE retendrá el valor de los descuentos que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social ordenare y que corresponda x xxxx patronal, por obligaciones con el seguro social provenientes de servicios personales para la ejecución del contrato de acuerdo a la Ley de Seguridad Social.
9.2 Es de cuenta del CONTRATISTA el pago de los gastos notariales, de las copias certificadas del contrato y los documentos que deban ser protocolizados en caso de que sea necesario. En dicho caso, el CONTRATISTA entregará a la CONTRATANTE hasta dos copias del contrato, debidamente protocolizadas. En caso de terminación por mutuo acuerdo, el pago de los derechos notariales y el de las copias será de cuenta del CONTRATISTA.
Cláusula Décima.- TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO
10.1 La declaratoria de terminación unilateral y anticipada del contrato no se suspenderá por la interposición de reclamos o recursos administrativos, demandas contencioso administrativas, arbitrales o de cualquier tipo de parte del contratista.
10.2 Tampoco se admitirá acciones constitucionales contra las resoluciones de terminación unilateral del contrato, porque se tienen mecanismos de defensa, adecuados y eficaces para proteger los derechos derivados de tales resoluciones, previstos en la Ley.
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