REUNIDOS
CONVENIO para LA DOMICILIACIÓN DE EMPRESAS EN EL CENTRO MUNICIPAL DE EMPRESAS XX XXXXXXXXXX
En Alcobendas, a de 2022
REUNIDOS
De una parte, D. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, en nombre y representación del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, en su condición xx Xxxxxxx-Presidente, de conformidad con lo establecido en el art 8.1 de la Ley 2/2003 de 11 xx xxxxx de la Administración Local de la Comunidad de Madrid y con domicilio a los efectos del presente Convenio de Colaboración en Xxxxx Xxxxx xxxxxx 0, 00000, Xxxxxxxxxx, Xxxxxx (Xxxxxx), con CIF X0000000X, actuando como xxxxxxxxx X. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Director General de la Oficina de la Junta de Gobierno Local..
Actúa a efectos de fe pública, con los límites señalados en el final del presente documento, D. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, en relación con lo establecido en la Disposición Adicional Octava, apartado d) de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, de Bases de Régimen Local y art. 49.3 del Reglamento Orgánico del Gobierno y Administración del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx.
De otra parte, D./Xx. ___________________, mayor de edad, con DNI ____________, y domicilio en ____________________________________________, quien actúa como ____________________ de la empresa ______________________, con C.I.F. número __________________________, mediante poder otorgado en escritura pública ante el Notario de _______________, D./Xx. _____________________________, con fecha ____________________, bajo protocolo número ________________________.
Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente y en el ejercicio de las facultades que por razón de su cargo tienen atribuidas, en nombre de las Entidades que representan.
EXPONEN
PRIMERA: El Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, a través de la Concejalía de Innovación, Transformación Digital y Desarrollo Económico promueve la creación y el establecimiento de empresas, así como el desarrollo y la consolidación de las actividades económicas en el municipio; para ello, cuenta con el Centro de Empresas. Se trata éste, de un bien de dominio público adscrito a la prestación de un servicio público conforme a lo establecido en el artículo 4 del Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (en adelante RBEL).
Conforme a lo preceptuado en el artículo 31 del Decreto 17 xx xxxxx de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales (en adelante RSCL) en relación con el artículo 74 del RBEL, el Centro de Empresas se constituye como un espacio físico de iniciativa pública para la promoción del tejido económico de la ciudad a través de la prestación de servicios necesarios para satisfacer las necesidades que las empresas tienen para la puesta en marcha, la consolidación y el crecimiento de su actividad económica.
Entre los servicios que se ofrecen con este fin se encuentra el de domiciliación de empresas, sometido a tasa en la vigente Ordenanza Fiscal 3.7 del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, así como los demás servicios que se relacionan en el anexo I.
SEGUNDA: La empresa _________________________ tiene interés en establecer su domicilio en el Centro Municipal de Empresas xx Xxxxxxxxxx.
Por cuanto antecede, las partes firmantes consideran de interés suscribir un Convenio que formalizan mediante este documento, en cuya virtud,
ACUERDAN
OBJETO
El presente convenio tiene por objeto principal la prestación del servicio de domiciliación de empresas ofrecido por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx en el Centro Municipal de Empresas, con domicilio en la Xxxxx Xxxxx x Xxxxx xxxxxx 0, 00000 xx Xxxxxxxxxx, a favor de la empresa __________________________
También es objeto de Convenio las otras prestaciones adicionales que ofrece el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx a las empresas interesadas y que se detallan en el Anexo I de este Convenio.
II. APORTACIONES DE LAS PARTES.
Conforme a lo preceptuado en el artículo 33 del RSCL y en el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante LRJSP) para el cumplimiento del objeto de este convenio ambas partes se comprometen a cumplir con las condiciones recogidas en el Anexo I de este convenio.
El Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx realizará su aportación con cargo al Presupuesto de gasto corriente ordinario, cubriéndose el coste con el importe que se cobrará en concepto de Tasa por domiciliación de empresa establecida en las Ordenanzas Fiscales.
En todo caso, la empresa _______________________________, viene obligada, desde la firma del presente Convenio, al pago mensual del importe de la Tasa establecida en cada momento en la Ordenanza Fiscal correspondiente, siendo dicha tasa, a la fecha de la firma de este convenio, de 26 Euros mensuales (VEINTISEÍS EUROS), a la que se aplicará una bonificación del 80%, según establecen las ordenanzas fiscales durante el año 2022.
III.INCUMPLIMIENTO.
En caso de incumplimiento de lo establecido en este convenio se estará a lo establecido en el artículo 51.2 letra c) de la LRJSP.
iv. MECANISMO DE SEGUIMIENTO
A estos efectos, cada una de las partes designará un representante.
Por parte del Ayuntamiento la representación la ostentará la persona titular de la Concejalía Delegada de la que dependa la gestión del Centro de Empresas; y por parte de la empresa, la persona que tenga conferida la representación legal de la misma.
V. Modificación del convenio
La modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes. Salvo aquellos casos en los que la actuación de la empresa implique vulneración del interés general en cuyo caso será el Ayuntamiento quien promueva su modificación o, en su caso, su resolución.
VI.VIGENCIA Y EXTINCIÓN
El plazo de vigencia de este Convenio será de cuatro años desde la fecha de firma, tal y como se recoge en el Anexo I. Será aplicable el régimen de prórroga establecido en el apartado segundo de la letra h) del artículo 49 de la LRJSP.
El Convenio podrá extinguirse por las causas establecidas en el artículo 51 de la LRJSP y todas aquellas recogidas en el Anexo I.
vii. RÉGIMEN JURÍDICO Y RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Este Convenio tiene naturaleza administrativa y se regulará por lo establecido en las presentes cláusulas y en la legislación que resulte aplicable.
Este Convenio está incluido en el ámbito de aplicación del artículo 48.1 de la LRJSP, y excluido de la aplicación del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y de la futura Ley de Contratos del Sector Público. Y cumple con lo preceptuado en los artículos 49 y 50.1 de LRJSP
En caso de conflicto, ambas partes acuerdan el sometimiento a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Madrid.
Por parte del Titular del Órgano de Apoyo se hace constar, dado que no existe unidad de acto al realizarse la firma del documento por medios electrónicos conforme a lo establecido en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la LCSP, que la función de fe pública se limita a comprobar la identidad del adjudicatario a través del documento de identidad que obra en el expediente así como, y a través de los recursos tecnológicos disponibles en el terminal informático del fedatario, que la firmas electrónicas obrantes en el documento son válidas, los certificados de los firmantes no se han revocado, no ha habido modificaciones en el documento y la hora de las firmas procede de los equipos de los firmantes.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman este documento electrónicamente, constando como fecha efectiva de firma, la última realizada.
ANEXO I
CONDICIONES DEL SERVICIO DE DOMICILIACIÓN DE EMPRESAS EN EL CENTRO DE EMPRESAS
Este servicio está dirigido a empresas ya constituidas.
La domiciliada tendrá derecho a recibir por parte del Centro de Empresas del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx los siguientes servicios:
Uso de la dirección del Centro de Empresas como domicilio.
Utilización gratuita TRES HORAS al mes (no acumulables, previa reserva y según disponibilidad) de las salas de reuniones. Una vez consumidas las horas de uso gratuito que le corresponden por contrato, la domiciliada podrá alquilar las salas de reuniones pagando las tarifas establecidas en la Ordenanza Fiscal.
Aplicación de las tarifas establecidas en la Ordenanza Fiscal para el servicio que presta el Centro de Empresas de copias/fotocopias.
Recepción de correspondencia y pequeña paquetería (dimensiones máximas: 28x21x23 cm). Aquellos paquetes que tengan un tamaño mayor del indicado no serán recepcionados; la domiciliada tiene la obligación de retirar la correspondencia y la paquetería al menos una vez a la semana; si no lo hiciera así se considerará un incumplimiento de sus obligaciones que, en caso de reiteración del mismo dará lugar a la extinción en la prestación del servicio y a la del convenio que le da cobertura. El Centro de Empresas no se ocupará del reenvío de la correspondencia y la paquetería.
La domiciliada sólo podrá utilizar el nombre "Centro de Empresas " y la dirección postal del centro (xxxxx Xxxxx y Cajal, 5 – 28100 Alcobendas), estando prohibido utilizar el nombre de Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx o cualquier otra denominación que se preste a confusión con esta institución.
Sólo podrán desarrollarse en los espacios actividades directamente relacionadas con la actividad empresarial de la empresa domiciliada. El Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx se reserva el derecho a no autorizar las actividades que no se adecuen a los usos establecidos para el Centro de Empresas.
Sólo podrán hacer uso de las instalaciones el personal directamente relacionado con la domiciliada, viniendo obligado a acreditar dicha relación directa mediante documento acreditativo suficiente (Escritura pública para el órgano de administración, representante legal y/o personas apoderadas; Declaración responsable firmada por el/la representante legal para el personal con relación laboral directa con la empresa domiciliada).
Toda persona que pertenezca a la empresa domiciliada se compromete a seguir los horarios y los procedimientos de control, seguridad y administración establecidos por el Centro de Empresas, así como a seguir en todo momento las indicaciones del personal municipal responsable del Centro. Asimismo el Ayuntamiento se reserva el derecho de prohibir o limitar el acceso a aquellas personas que desarrollen acciones contrarias a la buena marcha del Centro.
La domiciliada está obligada a comunicar, en un plazo xx XXXX DÍAS, a la Administración del Centro cualquier cambio en sus datos o los de sus representantes legales.
El Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx no se hace responsable de ningún compromiso que adquiera la domiciliada con motivo de la actividad empresarial y/o comercial que desarrolle, ni del extravío de objetos que la misma o su personal tuvieran depositados en el Centro de Empresas.
La domiciliada se hace directa y exclusivamente responsable de cuantos daños a personas o cosas se produzcan y sean consecuencia del uso que la misma realiza de los espacios, eximiendo de toda responsabilidad al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx. La domiciliada está obligada a reparar y pagar el coste de reparación en el que incurra por dichos daños.
El Ayuntamiento girará mensualmente, en los cinco primeros días de cada mes, el correspondiente recibo en concepto de Tasa por domiciliación de la empresa a la cuenta corriente indicada por la domiciliada. Los datos para la domiciliación de recibos han de constar en el impreso de domiciliación bancaria que la domiciliada ha de rellenar en su solicitud (Anexo II).
La Tasa a pagar será la establecida para cada ejercicio en la correspondiente Ordenanza Fiscal. El incumplimiento de pago por más de una mensualidad conlleva la extinción en la prestación del servicio.
La empresa podrá hacer uso del servicio de domiciliación por un período máximo de CUATRO AÑOS. No obstante, la domiciliada puede acortar dicho período y para ello la comunicación que ponga fin anticipadamente a la domiciliación de la empresa en el Centro se ha de comunicar con UN MES de preaviso.
Cualquier incumplimiento de las obligaciones recogidas en estas condiciones o en las normas de régimen interno del Centro de Empresas (publicadas en el BOCM número 163, del 11 de julio de 2017, páginas 103 y ss) dará lugar a la extinción en la prestación del servicio y a la del convenio que le da cobertura.
En todo aquello no recogido en las presentes condiciones se estará a lo establecido por la normativa vigente en materia de autorizaciones para el aprovechamiento de los bienes de las Administraciones Públicas.
Cualquier duda, cuestión o divergencia que surja con motivo de la aplicación de las presentes normas será resuelta en vía administrativa por el órgano competente, conforme al régimen general de recursos contenidos en la normativa vigente del Procedimiento Administrativo Común y, en su caso, por la normativa reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.
CONVENIO DOMICILIACIÓN EN CENTRO DE EMPRESAS ALCOBENDAS “___________________________”
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