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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PART ICULARES
1. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
La Dirección General Unidad Informática y Administración Financiera (DGUIAF) llama a Contratación Directa para la adquisición de una licencia de uso de un programa informático que soporte el procesamiento de datos de la Dirección General de Tesorería (DGT), de la contratación de horas para el desarrollo e implementación de la solución y del servicio de Mantenimiento Correctivo, según los requerimientos detallados en el presente Pliego de Bases y Condiciones Técnicas.
2. MARCO NORMATIVO
El presente llamado a Licitación se regirá por lo normado en la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto N° 326/GCBA/17, reglamentario de la precitada Ley, por la Ley de Procedimiento Administrativos de la CABA aprobada por DNU N° 1510/GCBA/1997 (texto consolidado por Ley N° 6.017), por el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC - Buenos Aires Compras, aprobado por Disposición Nº 1274/DGCYC/17, por el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones técnicas publicados en BAC. Todos los documentos serán considerados como recíprocamente explicativos de las cláusulas y disposiciones contractuales pero, en el caso de surgir ambigüedades o discrepancias, prevalecerá este Pliego de Bases y Condiciones Particulares y, sucesivamente, los restantes documentos en el orden establecido precedentemente. Las Condiciones Particulares prevalecerán sobre las Condiciones Generales, en caso de duda o discrepancia, por ser específicas de la presente contratación.
3. DURACION DEL CONTRATO
La duración del contrato se fija en un plazo de 3 a 5 meses para la implementación de la solución definida, más 12 meses de mantenimiento y soporte, lo que implica vigencia de Licencias, Garantías sobre defectos y compatibilidades, como también el Soporte Técnico sobre la solución informática.
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4. CÓMPUTO DE PLAZOS
El cómputo de los plazos y notificaciones, se efectuará conforme lo estipulado en el Artículo 85 “Informatización de las Contrataciones ” del Anexo 1 del Decreto N° 326/GCBA/2017 y supletoriamente en lo que le sea aplicable por lo normado en la Ley de Procedimiento Administrativos de la CABA aprobada por DNU N° 1510/GCBA/1997 (texto consolidado por Ley N° 6.017).
5. CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL
En ningún caso la invocación de situaciones imprevistas o hechos propios o de terceros ajenos a la presente licitación, autorizará al PROVEEDOR a no cumplir en tiempo y forma con las obligaciones emergentes del presente Pliego y del Contrato oportunamente suscripto, salvo que se tratare de eventos previstos como caso fortuito o fuerza mayor de conformidad con el artículo 1730 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación aprobado por la Ley N° 26.994 y fuese debidamente documentado y probado por el interesado y aceptado por el organismo licitante, de conformidad con lo establecido en los Artículos 136 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su reglamentación. La prestación objeto de la presente Licitación reviste el carácter de esencial, necesaria y continua para el normal desenvolvimiento de la función pública inherentes a la DGUIAF. En tal sentido no puede suspenderse, retardarse y/o discontinuarse.
6. PRÓRROGA y/o AMPLIACIÓN
La DGUIAF se reserva el derecho de ampliar y/o prorrogar, en los términos del art. 119, de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017).
7. DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES
A efectos de las compras y contrataciones efectuadas mediante BAC, rige respecto a las notificaciones y constitución de domicilio lo dispuesto por los artículos 4 y 6 respectivamente xxx Xxxxxx de Condiciones Generales.
8. JURISDICCION
La participación en la presente Licitación implica por parte del oferente la renuncia a todo fuero o jurisdicción que correspondiere para atender cuestiones que susciten la presente Licitación, Adjudicación, Ejecución y Extinción del contrato, sometiéndose única y expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Contenciosos, Administrativos y
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Tributarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Art. 7° Pliego Único de Bases y Condiciones Generales).
9. PUESTA A DISPOSICIÓN Y GRATUIDAD DE LOS PLIEGOS
Los Pliegos de Bases y Condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. El presente pliego es gratuito.
10. IMPUGNACIONES AL PLIEGO
Se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones al pliego, el depósito equivalente al TRES POR CIENTO (3 %) del monto estimado de la contratación. La impugnación puede ser recibida hasta SETENTA Y DOS (72) horas antes de la fecha de apertura de las ofertas.
11. REGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS Y PERSONAL
El PROVEEDOR afectará, a través de su personal, la cantidad de horas requeridas para llevar a cabo en forma eficiente las tareas que se solicitan a través de esta licitación pública. El personal afectado a estas tareas estará bajo exclusivo cargo del PROVEEDOR, corriendo por su cuenta salarios, seguros, leyes sociales y previsionales y cualquier otra erogación sin excepción, no teniendo en ningún caso el mismo, relación de dependencia con esta DGUIAF ni con el GCABA. Consecuentemente el GCABA y la DGUIAF estarán desligados de todo conflicto o litigio que eventualmente se generare por cuestiones de índole laboral, previsional o impositiva.
Todo el personal que el PROVEEDOR asigne a los trabajos inherentes a la presente contratación deberá poseer credencial identificatoria de la empresa adjudicataria y contar con los correspondientes permisos de acceso, obras y otros que correspondieren.
Todos los trabajos deberán realizarse bajo estrictas normas de seguridad e higiene, las cuales podrán ser supervisadas por el área receptora.
El PROVEEDOR será exclusivamente responsable por todos los daños y perjuicios que pudiere ocasionar con motivo de la ejecución de las tareas encomendadas en la presente contratación.
12. SUBCONTRATACIÓN
A los efectos de la presente Licitación y conforme a las obligaciones que por es te Pliego, el Pliego de Especificaciones Técnicas y el contrato en general, recaigan sobre el PROVEEDOR, se deja establecido que éste asumirá además, con carácter de Declaración Jurada, la Responsabilidad Solidaria e Ilimitada por los hechos y actos del
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subcontratista y/o PROVEEDOR tecnológico nominado, sin que sea oponible al GCABA la relación contractual existente entre los mismos, permaneciendo el PROVEEDOR como principal obligado conforme los Pliegos de la presente licitación y del Contrato
suscripto. Los subcontratistas y/o PROVEEDOR tecnológico nominado bajo ninguna circunstancia deberán encontrarse incursos en las causales establecidas en el punto 15 IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES del presente.
13. SEGUROS
13.1. ACCIDENTES DE TRABAJO - PERSONAL AFECTADO
El PROVEEDOR será responsable de su personal por accidentes de trabajo, para lo cual deberá contratar un seguro que cubra la totalidad de las obligaciones fijadas por la Ley sobre Riesgos del Trabajo N° 24.557 y sus decretos reglamentarios.
El seguro deberá cubrir los riesgos y accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales e inculpables amparando las indemnizaciones por incapacidad permanente, parcial y absoluta, incapacidad temporaria y/o muerte, accidente "in itinere" y prestación médico-farmacéutica, por el monto máximo que fijara la legislación vigente.
Además, el PROVEEDOR deberá presentar una “declaración jurada", donde conste que todo el personal afectado a la prestación se encuentra cubierto por este seguro, indicando el número de la póliza correspondiente y el nombre de la Compañía Aseguradora, la que deberá ser igual o superior a “AA”.
En caso que el personal no se encuentre contratado bajo relación de dependencia, se deberá contar con un seguro de accidentes personales de similares características a las fijadas por la Ley sobre Riesgos del Trabajo N° 24.557.
A efectos de facilitar la gestión de acceso del personal del PROVEEDOR a los sitios donde deban prestar servicio, el PROVEEDOR deberá proveer a la DGUIAF, y mantener actualizado, el Listado de Personal, conjuntamente con copias de los certificados de cobertura de ART vigentes que correspondan.
El LISTADO DE PERSONAL debe indicar como mínimo los siguientes datos: apellido, nombre, número de documento, legajo, número de teléfono móvil y número de póliza de ART vigente mediante la cual se encuentran cubiertos y altura máxima en la cual puede trabajar cada persona que integra ese listado.
13.2. RESPONSABILIDAD CIVIL COMPRENSIVA
El adjudicatario deberá contratar un seguro por la suma mínima comprensiva de
$300.000.- (PESOS TRESCIENTOS MIL), que cubra los riesgos de responsabilidad civil, por los daños que, como consecuencia de la prestación del servicio que se contrata, se ocasionen apersonas, cosas y/o bienes de terceros y/o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. PLIEG-2019-03685535- -DGUIAF
Dicha póliza deberá ser endosada a favor del mismo.
En caso que el monto del mismo no alcanzare a cubrir los daños provocados, la diferencia resultante correrá por parte del adjudicatario.
14. DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL – ORDEN DE PRELACIÓN
Los siguientes documentos constituyen los documentos de la Licitación:
x El Pliego de Bases y Condiciones Particulares x Las Circulares Aclaratorias con o sin consulta x El Pliego de Especificaciones Técnicas.
x El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
x La Oferta y los documentos aclaratorios tomados en cuenta para la Adjudicación.
x La Adjudicación.
x La orden de compra.
En caso de existir contradicciones y/o cuestiones de interpretación entre dichos documentos de la Licitación, el orden de prelación será el establecido en el presente pliego.
15. CONDICIONES PARA SER OFERENTE
Para concurrir como OFERENTES a la presente Licitación, deberán reunirse los requisitos enunciados en los párrafos subsiguientes.
Personas físicas, jurídicas o sociedades regularmente constituidas conforme la Ley 19.550, y sus modificatorias, domiciliadas en el país o constituidas en el exterior, estas últimas sólo en las condiciones previstas en la presente licitación, y habiendo fijado y/o constituido previamente sucursal y/o asiento o cualquier otra especie de representación permanente, fijando domicilio en la República, cumpliendo con la publicación e inscripción, y demás requisitos exigidos por la ley 19.550.
Las sociedades extranjeras y entendiendo por tales las comprendidas en los artículos
118 al 123 de la Ley N° 19.550 y sus modificatorias, deberán acreditar una antigüedad en su constitución mínima de TRES (3) años. Estas Sociedades Extranjeras sólo podrán participar de la presente licitación en UT con empresas nacionales constituidas en el país conforme lo exigido en este pliego. En estos casos, la participación patrimonial de las sociedades constituidas en el extranjero dentro de la UT, no podrá superar el TREINTA POR CIENTO (30%), requisito que deberá acreditar con los antecedentes a través de la documentación constitutiva de la UT, acompañada
de una declaración jurada de la sociedad constituida en el extranjero, manifestando
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expresamente que su participación patrimonial no superará el límite indicado precedentemente.
Los OFERENTES deberán tener y acreditar por documentos certificados y en su caso, debidamente legalizados, capacidad jurídica suficiente la cual se determinará en base al objeto de los contratos constitutivos, los estatutos sociales y demás documentación prevista en este pliego. El plazo de vigencia del contrato social de cada una de las sociedades OFERENTES, en forma individual o que integren una UT, no podrá ser menor al plazo contractual con su extensión y prórroga previstas en este pliego. Lo propio deberá ocurrir con los contratos constitutivos de la UT.
Los OFERENTES deberán estar inscriptos en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores) o haber iniciado el trámite como acreditado y cumplido con el procedimiento de registración, autenticación y autorización como usuario externo de BAC.
En el caso de Las Uniones Transitorias (U.T.), se deberá acompañar el poder suficiente a favor del mandatario que los represente, con las facultades necesarias para actuar en nombre de dicha Unión Transitoria La U.T. deberá estar constituida por un plazo superior a la duración de la contratación.
Asimismo, deberán mantener su participación dentro de la Unión Transitoria que integran, no pudiendo variar las condiciones en las que se presentaron, sin la previa conformidad por escrito del GCABA.
Las sociedades integrantes serán responsables solidariamente entre sí por las obligaciones asumidas por la U.T.
Las sociedades podrán participar en la licitación como OFERENTES en forma individual o como integrantes de una UT pero no podrán hacer uso de ambas alternativas. La detección de alguna de estas situaciones será motivo de rechazo automático de todas las ofertas que participen, individualmente o como integrantes de una UT, las firmas que no observasen las limitaciones antes descriptas. Los componentes de la UT deberán estar preinscriptos individualmente en el RIUPP, al momento de la presentación de la oferta.
UT EN FORMACIÓN: E n caso de que la UT no se encuentre constituida, podrá presentar oferta sin encontrarse inscripta como tal, acompañando en la
misma un Compromiso de constitución con firma certificada por Escribano Público mediante el cual los Proveedores inscriptos que la integran se comprometen a constituirse –en caso de resultar PROVEEDORES- en el plazo perentorio de TREINTA
(30) días corridos contados a partir de la fecha de notificación de la adjudicación. Asimismo deberán presentar una declaración suscripta por todos los integrantes mediante instrumento público por la que se establezca que cada sociedad asume responsabilidad solidaria e ilimitada por todas sus obligaciones sin beneficio de división ni excusión durante el término de vigencia del CONTRATO.
Los OFERENTES deberán cumplir con los valores mínimos exigidos para cada una de las magnitudes indicadas. En caso de OFERENTES que se presenten bajo la forma de UT, o UT en formación, se sumarán los datos de cada miembro, con las aclaraciones y salvedades que expresamente se efectúan en subsiguiPeLnItEesG-a2r0t1íc9u-l0o3s6.85535- -DGUIAF
En los casos de UT, todas las Sociedades que la integren deberán cumplir en lo que respecta a su constitución y demás efectos las prescripciones del artículos 377, siguientes y concordantes de la Ley General de Sociedades Comerciales Nº 19.550, su Decreto Reglamentario, normas complementarias y modificatorias, cumpliendo:
En el contrato de constitución de la UT deberá establecerse en forma expresa:
Responsabilidad solidaria e ilimitada de sus integrantes por todas las obligaciones emergentes de la contratación.
Cantidad y naturaleza de los aportes que cada integrante comprometa.
Su objeto debe ser exclusivamente el cumplimiento de la contratación y su plazo de vigencia no inferior al plazo contractual, debiendo preverse una eventual prórroga y extensión.
Unificar su personería y fijar domicilio único.
Acreditar fehacientemente su decisión irrevocable de asociarse para esta presentación expresada a través de los órganos correspondientes de cada Sociedad.
Acompañar declaración jurada bajo la forma de instrumento público otorgado en el país y conforme a las normas argentinas, y suscripta por todos los integrantes de la UT, en la que:
Se establece que cada Sociedad integrante de la UT se constituirá en codeudor de todas las obligaciones en cabeza de la UT o de cada uno de sus integrantes causadas en ocasión de su participación en la licitación y de la ejecución de la contratación, asumiendo responsabilidad solidaria e ilimitada por todas sus obligaciones sin beneficio de división ni excusión durante todo el término de vigencia de la contratación. Se designa al GERENTE DE PROYECTO de una de las sociedades individuales como Representante Único de la UT, a los efectos que corresponda.
En la carta de presentación deberá figurar el nombre de cada una de las sociedades
integrantes de la UT con identificación de la Sociedad con antecedentes operativos exigidos, el domicilio legal en la CABA de cada una de ellas y el domicilio constituido de la UT en la CABA.
Todas y cada una de las sociedades que constituyen la UT deberán otorgar poder
suficiente a favor del representante común a todas ellas.
La UT en formación deberá designar en su Oferta al profesional que, en caso de resultar PROVEEDOR de la presente Licitación, se desempeñe como GERENTE DE PROYECTO, de los servicios y/o productos adjudicados.
En el supuesto de que la documentación que acredita la personería jurídica del OFERENTE o cualquier otro instrumento legal relacionado con la presente LICITACIÓN no estuviera redactado en idioma castellano, deberá ser acompañado por una traducción legalizada.
Los poderes conferidos fuera de la República Argentina serán otorgados según las formas del lugar de otorgamiento y serán debidamente legalizados según la legislación nacional aplicable. Asimismo deberá ser legalizada en forma similar toda la documentación requerida para el caso de sociedades extranjeras (certificados de existencia legal, estatutos, Actas de Directorio, Instrumentos de vinculación, balances y otra documentación exigible).
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16. IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES
No podrán concurrir como OFERENTES a la presente licitación aquellas empresas, sociedad y/o personas físicas o jurídicas que se encuentren comprendidas en alguna de las condiciones enumeradas en los puntos subsiguientes.
Las empresas y sociedades cuyos directores, representantes, socios, síndicos, gerentes registren condena firme por la comisión de delitos penales económicos.
Las empresas y/o sociedades integradas por personas físicas y/o jurídicas
cuyos miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o apoderados sean agentes y/o funcionarios, bajo cualquier forma de modalidad contractual, de la Administración Pública Nacional, Provincial o del GCABA. Las sociedades irregulares o de hecho.
Las empresas, sociedad y/o personas físicas o jurídicas que hubieren sido sancionadas con la anulación o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, sea en el país o en el extranjero, en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u organismo público de alguno de los Estados Nacional, Provincial o Municipal.
Las empresas, sociedad y/o personas físicas o jurídicas que se encontraren suspendidas o inhabilitadas en el Registro Único y Permanente de Proveedores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o en su equivalente en cualquier Municipalidad o Provincia del País.
Las sociedades que posean acciones de otra u otras sociedades oferentes.
Las UT en las que todas las empresas integrantes o al menos una forme parte de otra UT oferente.
Las empresas, sociedad y/o personas físicas o jurídicas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el Art. 2º de la Ley N° 2095, mientras dichas sanciones sigan vigentes. Las empresas, sociedad y/o personas físicas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación.
Las empresas, sociedad y/o personas físicas o jurídicas que resulten ser evasoras y deudoras morosas tributarias y/o previsionales de orden internacional, nacional, provincial o local, declaradas como tales por la autoridad competente.
Las empresas y/o sociedad cuyos directores o miembros del organismo de administración y/o personas físicas o jurídicas que resulten Deudores Alimentarios Morosos.
17. DE LAS GARANTIAS y POLIZAS
17.1. GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
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Los oferentes deberán presentar la garantía de mantenimiento de oferta equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total de la oferta, de conformidad con lo prescripto en el Art. 17.1 inciso a) xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales. La constitución de esta Garantía de Oferta podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el Art.
17.2 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, Ley 2095 y su correspondiente Decreto Reglamentario y será devuelta de conformidad a lo establecido en el Art. 17.3 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales. La no presentación de la Garantía de Oferta, dará lugar al descarte de la misma sin más trámite. La misma deberá registrarse con los datos requeridos en BAC (Forma, N° de formulario o póliza, importe, etc) junto con la oferta y dentro del plazo de veinticuatro (24) horas contado a partir del acto de apertura entregarse en soporte físico en la DGUIAF, Dpto. Compras y Contrataciones, sito en Xxxxx 000, Xxxx 0 , Xxxxxx X, xx 0 a 18hs.
17.2. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Será xxx xxxx por ciento (10 %) del valor total de la adjudicación (Art. 17.1 inciso b) Pliego de Cláusulas Generales). Dicha garantía deberá constituirse bajo una de las modalidades previstas a tal fin en el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Art.
101 y concordantes de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su correspondiente Decreto Reglamentario. La misma será devuelta al adjudicatario según lo dispuesto en el Art. 17.3 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales.
17.3. EJECUCIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRAT O
La DGUIAF tendrá derecho a ejecutar la Garantía de Adjudicación, no sólo en el caso de resolverse el contrato por culpa del PROVEEDOR o cuando la liquidación final de los trabajos resulte en saldo deudor de aquél, sino también en el caso de ser afectado a la reposición de equipos, reparación o reconstrucción de trabajos y/o instalaciones que tuvieren vicios o defectos. Hecha efectiva la garantía que aquí se trata, su importe podrá aplicarse al pago de cualquier crédito que la DGUIAF tenga con el PROVEEDOR.
La garantía de adjudicación será devuelta una vez cumplido el contrato a entera satisfacción del organismo contratante, salvo que esté afectado por una garantía técnica.
18. MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Los OFERENTES deberán mantener y garantizar los términos de su Oferta por un período de VEINTE (20) días hábiles a contar desde la fecha del acto de Apertura, prorrogables automáticamente por única vez en igual plazo, salvo que el OFERENTE manifieste en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de OFERTA, según lo establece el Art. Nº 14 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
19. DE LAS OFERTAS
CONTENIDO DE LA OFERTA: PLIEG-2019-03685535- -DGUIAF
x. Xxxxx de presentación firmada por el oferente o su representante dónde manifieste expresamente su decisión de participar en la presente Licitación y la aceptación de todas las cláusulas xxx Xxxxxx.
b. Declaración sobre inhabilidades e incompatibilidades: Los oferentes deberán presentar una declaración de que el/los oferente/s y sus directivos no están alcanzados por las inhabilidades e incompatibilidades, de conformidad con el art. 11 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales y según el Anexo I al mismo que se acompaña.
c. Antecedentes que hagan a la capacidad técnica del Oferente, con mención de aquellas actividades relacionadas con la presente Licitación. Para ello deberá presentar una lista de provisiones y servicios similares prestados en el último año en el sector público o privado.
d. Dicho listado deberá incluir:
i. Denominación y domicilio de la institución o empresa a quién se le proveyó el servicio;
ii. Nombre, apellido y cargo de las personas que puedan ser consultados y fecha de realización;
iii. Características técnicas del equipamiento/ servicio provisto.
e. La Oferta Técnica, de acuerdo al Pliego de Especificaciones Técnicas. Se deberá especificar el cumplimiento de las funcionalidades solicitadas tanto las obligatorias como no obligatorias. No se aceptarán ofertas sin especificación o con la leyenda “Según pliego”.
f. La oferta económica, en los términos señalados en el presente pliego, y registrada en cada renglón de BAC.
20. FORMA DE COTIZAR
Los OFERENTES deberán cotizar el Precio Unitario y el Monto Total de cada Renglón. La cotización deberá incluir la totalidad de los servicios solicitados en cada renglón, de acuerdo con los alcances del servicio definido en el Pliego de Especificaciones Técnicas. La oferta deberá cotizarse en pesos, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA), con un máximo de dos (2) decimales.
El oferente deberá presentar junto con la Cotización, la estructura real de costos que respalda el precio de cada renglón ofertado. De ella debe surgir el detalle de los costos directos e indirectos que la componen, la incidencia impositiva y la utilidad prevista. También se deberá indicar el índice/precio asociado a caPdLaIEGun-2o01d9e-0l3o6s85c5o3n5c-ep-tDoGs UqIuAeF
componen la estructura real de costos. Los índices/precios de referencia a utilizar serán los informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, la Dirección General de Estadística y Censos dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del GCABA o el Organismo que la reemplace, o por otros organismos especializados, aprobados por el comitente. Estos precios o índices de referencia, aprobados por el comitente al momento de la adjudicación, serán los considerados en caso de aplicación del régimen de redeterminación de precios del contrato. Además, el oferente deberá presentar las estructuras de costos de cada uno de los ítems, en formato EXCEL.
Se deberán cotizar todos los Renglones.
La adjudicación se hará al oferente que proponga la oferta técnica y económica más conveniente para el Gobierno de la Ciudad autónoma de Buenos Aires.
Renglón | Concepto | U.M | Cant. | Precio Unitario | Precio Total |
1 | Licenciamiento | Usuarios | 6 | ||
2 | Provisión de horas para desarrollo e implementación | Horas | 4.000 | ||
3 | Servicio de soporte y mantenimiento | Meses | 12 |
A efectos de la cotización del Servicio de Provisión de horas para desarrollo e implementación, no serán aceptadas ofertas cuyo importe final, supere los pesos cuatro millones ochocientos mil ($4.800.000).
Asimismo, no serán tenidas en cuenta aquellas ofertas que coticen un precio vil. Se entiende por oferta vil a aquel, que esté por debajo de un 5% del precio máximo establecido en el presente artículo.
21. FALSEAMIENTO DE DATOS
El falseamiento de datos dará lugar a criterio de la DGUIAF, a la inmediata exclusión del oferente, sin lugar a devolución de la garantía que sobre ella se hubiere constituido. Si la falsedad fuere advertida con posterioridad a la contratación, podrá ser causal de rescisión por culpa del contratista, con pérdida de la garantía de adjudicación del contrato, y sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieren corresponder.
22. VICIOS EXCLUYENTES-CAUSALES DE RECHAZO
Serán de aplicación las establecidas en el Art. Nº 106 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017). PLIEG-2019-03685535- -DGUIAF
No obstante ello, respecto a lo requerido en el Art. N° 41 del presente Xxxxxx, la falta de presentación de la documentación indicada en los incisos a), b), c) del precitado artículo implicará la inmediata descalificación de la oferta.
23. CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES
La sola presentación de la oferta implicará para el oferente la aceptación y el pleno conocimiento de las condiciones y cláusulas integrantes de la presente LICITACIÓN, y de las características contractuales objeto del presente, por lo que no podrá invocar en su favor, para justificar los errores en que hubiere incurrido, dudas o desconocimiento de las disposiciones legales aplicables, del contenido de los PLIEGOS que rigen la LICITACIÓN, como así también de las especificaciones técnicas y fácticas de la contratación.
La presentación de OFERTAS no crea derecho alguno para el OFERENTE, ni obligaciones para el GCABA.
El OFERENTE no podrá efectuar modificación alguna en su OFERTA presentada excepto que así lo solicitare el GCABA.
24. CUMPLIMIENTO A LAS PRESENTES CONDICIONES PARTICULARES
El OFERENTE deberá presentar su propuesta y cotizar dando cumplimiento estricto a las presentes condiciones y cláusulas xxx xxxxxx.
Asimismo, se considera que el OFERENTE ha tomado cabal conocimiento del ámbito y las condiciones en que se deberá realizar el objeto de la presente licitación, a fin de informarse debidamente de los posibles inconvenientes que pudieran oponerse a un normal cumplimiento de las mismas, así como de todos los elementos que pudieran influir sobre los precios cotizados.
En el caso que una oferta no se ajustara estrictamente a las condiciones establecidas en una cláusula, el OFERENTE tendrá la obligación de fundamentar acerca de que la discrepancia no afecta la calidad, el alcance y/o funcionalidad principal requerida, sin perjuicio de la potestad de la DGUIAF de determinar si la discrepancia produce la afectación mencionada. En cuyo caso, la DGUIAF podrá rechazar la oferta presentada.
Acerca de las citadas discrepancias, serán rechazadas las rectificaciones que impliquen una ventaja económica a favor del OFERENTE por sobre el resto o afecte el principio de igualdad o implique una mejora de la oferta.
Asimismo, serán rechazadas las ofertas que contuvieran condicionamientos por los cuales se afecten los derechos de la DGUIAF respecto de los bienes o servicios que adquiere o contrata, o se limiten las obligaciones del OFERENTE o PROVEEDOR y que expresamente estén contenidas en este pliego, salvo que los mismos sean rectificados o anulados a satisfacción de la DGUIAF.
Del mismo modo, no se admitirán respuestas que remitan directamente a documentos
impresos del fabricante y/o manuales de fábrica, solo se admitirán a título complementario de la respuesta misma, debiéndose incluir junto a la referencia el párrafo citado, formando un todo en la oferta.
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25. DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La Comisión de Evaluación de Xxxxxxx , junto con el informe técnico de asesoramiento emitido bajo la conformidad de la Dirección General solicitante, evaluará el adecuado cumplimiento de las propuestas recibidas de lo exigido en este PLIEGO, desde los puntos de vista técnico, económico, y de la idoneidad del oferente, para determinar la OFERTA más conveniente para la DGUIAF.
25.1. METODOLOGÍA DE PREADJUDICACIÓN DE LAS OFERTAS
La documentación y antecedentes contenidos en las PROPUESTAS DE LOS OFERENTES y las observaciones que se hubieren formulado serán analizados por la COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS designada para tal fin por la Autoridad Competente, la cual expedirá un informe fundado y verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos en este PLIEGO.
No serán rechazadas las OFERTAS que contengan defectos de forma que no afecten la esencia de las mismas ni impidan su exacta comparación con las demás OFERTAS.
La evaluación y valorización de los antecedentes contenidos en la documentación presentada por los OFERENTES, se realizará con el siguiente criterio:
25.1.1.PONDERACIÓN
A continuación se detallan los criterios de evaluación de las Propuestas Técnicas y las Propuestas Económicas, y la ponderación que corresponde a cada una:
Propuesta Técnica | = | 80% |
Propuesta Económica | = | 20 % |
Puntaje Total | = | Puntaje Propuesta Puntaje Propuesta + Económica X 30% Técnica X 70% |
El mínimo puntaje técnico requerido para calificar es de 80 (OCHENTA) PUNTOS sobre un máximo total de 100 (CIEN) PUNTOS.
A los efectos de otorgar los puntajes indicados, se evaluara la Propuesta Técnica según lo detallado en el presente PLIEGO.
La fórmula para determinar los Puntajes de las Propuestas Económicas es la siguiente::
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Puntaje Propuesta =
Económica
100
X
Precio más
Bajo (*)
/ Precio de la
Propuesta en Consideración
(*) Solo serán considerados los Precios de aquellas OFERTAS que alcancen o superen el puntaje de la Propuesta Técnico mínimo requerido de 80 (OCHENTA) puntos
25.1.2. ASPECTOS EVALUADOS PARA EL PUNTAJE DE LA PROPUESTA TÉCNICA
Para complementar la evaluación técnica, cada OFERENTE deberá realizar una demostración del sistema que ofrece, en la cual mostrará la forma en la que a su entender cubre las funcionalidades establecidas tanto en los REQUISITOS MINIMOS OBLIGATORIOS establecidos en el Punto 6.1 como los REQUISITOS NO OBLIGATORIOS especificados en el Punto 6.2 xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas.
En función de esta demostración, el evaluador de la oferta procederá a asignar el puntaje correspondiente a las funcionalidades no obligatorias requeridas.
Funcionalidades evaluadas | Valores | Puntaje Factor |
Administrar la deuda a través del sistema, el cual se tomarán las tasas de interés de las curvas correspondientes, calculará los intereses y enviará la información a la sección del pago para que el analista pueda liberar los pagos de obligaciones. | 25 | 100 |
Operar y controlar la compra y venta de divisas que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires requiera para rebalancear la posición de efectivo y abastecer de los requerimientos de otras divisas para el fondeo de pagos directos. | 25 | |
Administrar las inversiones de excedentes diarios de Tesorería calculando los intereses correspondientes por el plazo contratado, aplicando impuestos a las entidades que aplique con base en su razón social y por contraparte. | 25 | |
Gestión de operaciones financieras derivadas, generando las previsiones correspondientes para el registro de los flujos de dichas transacciones y su asociación con posición de riesgo que se esté cubriendo. | 25 |
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26. CONSIDERACIONES GENERALES
La Comisión de Evaluación de Ofertas examinará las ofertas que resulten elegibles desde el punto de vista formal, y luego examinará que los términos y condiciones establecidos en las Especificaciones Técnicas hayan sido aceptados por el OFERENTE sin desviaciones o reservas significativas.
En caso de haberse presentado observaciones emitirá su opinión fundada respecto a
las mismas teniendo en cuenta las respuestas de los oferentes observados y las pruebas acompañadas.
Los oferentes se obligan a presentar las aclaraciones que requiera la Comisión de Evaluación, acerca de sus ofertas, dentro de los CINCO (5) días de recibida la solicitud.
La DGUIAF deberá evaluar los aspectos técnicos de la OFERTA, presentados de acuerdo a lo especificado por el presente PLIEGO y en el PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, para confirmar que cumple con todos los requisitos establecidos por los mismos.
Serán rechazadas las OFERTAS que contuvieran alguna discrepancia entre las Especificaciones Técnicas y los servicios ofertados, en la medida que ellas afecten la calidad, y/o la funcionalidad principal del servicio requerido. Asimismo, no se aceptarán ofertas sin especificación de marca y modelo.
27. INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.
28. RECHAZO
El GCABA se reserva el derecho de rechazar la totalidad de las Ofertas presentadas en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación, sin que ello pueda generar reclamo alguno de OFERENTES.
29. PREADJUDICACIÓN
La Comisión de Evaluación expedirá un dictamen fundado y verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos en esta Contratación.
Sólo será preadjudicado el oferente cuya oferta resulte la más conveniente para el
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en virtud de la calidad del servicio, la idoneidad técnica del oferente y los precios y condiciones ofertadas.
No serán rechazadas las ofertas que contengan defectos de forma que no afecten la esencia de las mismas ni impidan su exacta comparación con las demás ofertas.
El anuncio de las preadjudicaciones será conforme lo estipulado en el Art. 19 xxx Xxxxxx
Único de Bases y Condiciones Generales.
PLIEG-2019-03685535- -DGUIAF
30. IMPUGNACIÓN
De conformidad con lo previsto en el Art. 20 b) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, los oferentes previo depósito de la garantía pertinente, tendrán un plazo de tres
(3) días para formular impugnaciones contados desde el vencimiento del término fijado para los anuncios de la preadjudicación, conforme el artículo anterior.
Dado este supuesto, se resolverá conforme lo dispuesto en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en su Art. 20 inc. b), dando de esa manera intervención al Órgano Legal de Consulta.
31. ADMISIBILIDAD DE LAS IMPUGNACIONES
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 21 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, será condición de admisibilidad de las impugnaciones descriptas en el artículo anterior, el depósito del CINCO por ciento (5 %) del monto total de la oferta preadjudicada.
32. ADJUDICACIÓN
Vencido el plazo de impugnación, la DGUIAF resolverá en forma fundada la adjudicación en concordancia con lo dispuesto en el Art. 23 del PCG.
33. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la notificación mediante BAC de la Orden de Compra al adjudicatario según lo estipulado en el Art. 24 del PCG.
34. LICITACIÓN PÚBLICA FRACASADA
En caso de que los OFERENTES no reúnan las condiciones y requisitos mínimos que resulten indispensables para ser PROVEEDOR, la Licitación será declarada fracasada, sin que ello de derecho a reclamación alguna por parte de los OFERENTES.
35. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION
El PROVEEDOR está obligado a mantener la más estricta confidencialidad sobre la información que obtenga del Contratante, o de cualesquiera otras fuentes públicas o privadas indicadas por el Contratante, en relación con el objeto del Contrato. Esta obligación no se extinguirá con el cumplimiento del objeto del Contrato. El incumplimiento de esta obligación será considerado falta gravísima y dará lugar a la resolución del Contrato por culpa del PROVEEDOR, sin perjuicio de las restantes sanciones civiles y penales que pudieran corresponder.
PLIEG-2019-03685535- -DGUIAF
El PROVEEDOR hará extensiva esta obligación a sus dependientes así como a cualquier otro tercero que actúe por su cuenta y orden, resultando solidariamente responsable por su eventual infracción.
36. PLAZO Y PLAN DE ENTREGA
El plazo de entrega será el establecido en el Pliego BAC expresado en días corridos a partir de perfeccionado el Documento Contractual.
37. CRITERIOS DE ACEPTACION
El ORGANISMO CONTRATANTE tendrá DIEZ (10) días para verificar el cumplimiento de la calidad del producto de software entregado.
En todos los casos el ADJUDICATARIO es responsable de la totalidad de los procedimientos necesarios para su funcionamiento y puesta en marcha.
En cuanto a las condiciones generales de aceptación de entregables previstos en el presente documento, se definen las siguientes pautas de trabajo:
Toda observación al producto derivara en, por lo menos, una reunión con el ADJUDICATARIO para comunicar los motivos de la observación.
En dicha reunión, la DGTE expondrá y explicara los motivos de la observación.
El ADJUDICATARIO deberá levantar las observaciones dentro del periodo de subsanación establecido.
Toda Revisión- Subsanación dispondrá de las alteraciones necesarias hasta la aceptación definitiva de la misma.
Si el resultado de la revisión es satisfactorio, El ORGANISMO CONTRATANTE otorgará la aceptación; de lo contrario, comunicara las razones de la no aceptación.
Una vez que EL ORGANISMO CONTRATANTE considere que el producto es válido (por cumplir estándares de calidad, ser completo y correcto, tanto desde el punto de vista formal como funcional), emitirá la aprobación del mismo.
Para la entrega del producto, el ADJUDICATARIO deberá realizar sus pruebas de desarrollo y entregar el producto con calidad de aceptación.
Esta calidad de aceptación se fija en base al porcentaje de errores u omisiones detectados de cada tipo de severidad. PLIEG-2019-03685535- -DGUIAF
SE DEFINE LOS TIPOS DE SEVERIDAD COMO:
- Critica: Cuando los usuarios no pueden utilizar las funcionalidades principales del sistema. Cuando no es posible realizar algún trabajo productivo. Cuando no se puede prestar el servicio a los clientes.
- Mayor: Cuando el sistema está operando pero con restricciones. Existe impacto en la prestación del servicio a los clientes. Existe impacto para los usuarios.
- Menor: Cuando los usuarios no pueden utilizar las funcionalidades secundarias del sistema. Cuando no se encuentran disponibles algunas funciones o componentes· del Sistema, que generan un impacto mínimo para los clientes y para los usuarios. Cuando las limitaciones no son críticas para la operaci6n. El impacto no genera un riesgo considerable, pero es necesario resolverlo.
- Baja/Cosmética: El error se refiere a un mal funcionamiento de la interfaz de usuario, que no impide la correcta ejecuci6n del sistema.
Por lo que, el producto será aceptado por el ORGANISMO CONTRA TANTE si presenta: 0% de errores de severidad crítica y mayor 30% de errores de severidad menor y 50% de errores de severidad baja.
Además de lo mencionado anteriormente, la Direcci6n General Protección y Desarrollo Sostenible se reserva el derecho de solicitar la corrección de incidencias particulares que considere de prioridad máxima independientemente de su severidad.
38. GARANTIA TECNICA
Para cada componente o adaptación solicitada, producida y aceptada, implementada en Producción, objeto del presente llamado, el ADJUDICATARIO deberá brindar una Garantía Técnica de Buen Funcionamiento y Mantenimiento Correctivo Integral (Garantía Técnica) por el termino de DOCE (12) MESES contados a partir de la aceptación del ultimo entregable.
El plazo de vigencia de la mencionada garantía correrá a partir del día en que se haga efectiva la aceptación definitiva del presente servicio por parte del GCABA.
Durante dicho periodo se deberá sustituir o reparar cualquier elemento, parte o componente, del software desarrollado por el ADJUDICATARIO que resulte defectuoso, entregando las modificaciones y los desarrollos en iguales términos que los mencionados para el desarrollo de la solución.
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39. OBLIGACIONES DEL GCBA
La DGUIAF proveerá al adjudicatario los siguientes elementos de infraestructura:
a) Estaciones de trabajo para la realización de las tareas.
b) Software de base requerido para la ejecución de los trabajos, conforme a los estándares en uso por el adjudicatario.
c) Sala para reuniones de trabajo.
d) Utilización de teléfonos, scaners, etc.
e) Acceso a correo electrónico e Internet.
f) Otras herramientas de software empleadas por el contratante, en la medida en que resulten necesarias para el desarrollo de los trabajos.
g) Adecuado acceso a las fuentes de información necesarias para que el adjudicatario cumpla su cometido.
h) Llevará a cabo los procesos de aceptación dentro de plazos razonables de modo tal que no se generen demoras innecesarias en el curso del proyecto.
i) Designará un Director de Proyecto para actuar como contacto entre el adjudicatario y las contrapartes que resulten necesarias.
40. RECEPCIÓN DEFINITIVA Y FACTURACIÓN
El Parte de Recepción Definitiva será extendido por la DGUIAF dentro de los ocho (8) días corridos de conformadas cada entrega de los Renglones, según se fija en el artículo 35 del presente Xxxxxx.
41. FORMA DE PAGO
El pago será efectuado de acuerdo a las disposiciones contenidas en los Arts. 26, a 31 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
42. DEL INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO POR PARTE DEL PROVEEDOR
El incumplimiento en término de las obligaciones contractuales coloca a la adjudicataria en estado xx xxxx automática, y por lo tanto, sujeta a la aplicación de penalidades que se establecen en el Artículo 45 del presente pliego.
Para determinar el monto de las mismas, se tomará como base la facturación mensual.
Sin perjuicio de la aplicación de los descuentos que correspondan, la DGUIAF podrá requerir la adecuada satisfacción de las tareas incumplidas por parte del PROVEEDOR.
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Se deja constancia que las penalidades y/o sanciones de las que pudiera hacerse pasible el PROVEEDOR habrán de ser aplicadas aun cuando el contrato se encontrara extinguido, ello en tanto el hecho motivador de las penalidades y/o sanciones hubieren tenido lugar durante la vigencia del contrato.
43. PROHIBICIÓN DE TRANSFERENCIA DEL CONTRATO
El CONTRATO no podrá ser transferido o cedido por el PROVEEDOR a terceros sin previa autorización expresa del GCABA, previo dictamen de la Procuración General de la Ciudad. En caso de que ello sucediera sin la mencionada autorización, podrá darse por rescindido el CONTRATO por causa atribuible al PROVEEDOR. En todos los casos el cedente continuará obligado solidariamente con el PROVEEDOR (cesionario) por las obligaciones y responsabilidades emergentes del CONTRATO. La transferencia autorizada del CONTRATO deberá ser publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y exhibida en los mismos medios y plazos que la ADJUDICACIÓN.
44. RESCISIÓN
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrá rescindir el contrato de pleno derecho, cuando se produjera entre otras, algunas de las siguientes causales:
a) Cuando alcanzado el plazo máximo de cinco (5) días, el adjudicatario no hubiere iniciado el servicio a la fecha establecida para ello.
b) Cuando quedara en firme la prórroga a la vigencia del servicio y alguno/s de los seguros no cubrieran el lapso que media hasta la finalización de la misma y el adjudicatario no procediera a renovarlo, previo a la fecha en que comienza la prórroga.
c) Cuando el adjudicatario no hubiere cumplimentado con la constitución de la Garantía de Adjudicación, previo a iniciar el servicio.
d) En caso de constatarse con posterioridad a la adjudicación
incumplimiento de las obligaciones fiscales administradas por la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.
e) Cuando las sanciones pecuniarias alcanzaran el 10 % (diez por ciento) del monto facturado a la fecha de la aplicación de la presente penalidad.
La rescisión implicará en todos los casos la pérdida de la garantía constituida en proporción directa con la parte no cumplida.
En caso que el importe resultante supere el monto de la garantía que se hallare vigente, se procederá a su cancelación por cualesquiera de los otros procedimientos establecidos en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, resultaren diferencias a favor de este
Gobierno, se formulará por las mismas el cargo correspondiente.
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En todos los casos en que se declare la rescisión del contrato, el contratista perderá de pleno derecho todas las garantías constituidas, sin perjuicio de las acciones legales que correspondieren al GCABA.
45. DOTACION DE PERSONAL
El adjudicatario deberá afectar para la prestación del servicio que se contrata, la cantidad de personal necesaria para llevar a cabo en forma eficiente el servicio requerido, tal como se detalla en el Pliego de Especificaciones Técnicas. El adjudicatario deberá contar con personal altamente capacitado para la realización de los procesos.
Además, deberá ajustarse a lo estatuido en el Art. 43º de la Xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.-
Todo el personal afectado a este servicio estará bajo exclusivo cargo del adjudicatario, corriendo por su cuenta salarios, seguros, leyes sociales y previsionales y cualquier otra erogación sin excepción, no teniendo en ningún caso el mismo, relación de dependencia con el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.-
Por otra parte queda entendido que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, no asumirá responsabilidad alguna y estará desligado de todo conflicto o litigio que eventualmente se genere por cuestiones de índole laboral entre el adjudicatario y el personal que éste ocupara para prestar el servicio que se le ha contratado.-
Cada trabajador deberá ser notificado de esta situación y suscribir una declaración jurada de estilo, destacando al personal que la única relación laboral existente es la que lo vincula con el adjudicatario.-
Estas declaraciones deberán ser entregadas en el organismo.
46. DESIGNACION DE REPRESENTANTE
La firma adjudicataria designará y mantendrá, en forma permanente y durante el desarrollo de los procesos, un representante con facultades de decisión, a los efectos de coordinar y asegurar el cumplimiento de las novedades que le impongan las autoridades del organismo usuario. El representante deberá contar con infraestructura donde pueda recibir llamadas de servicio, ya sea en forma telefónica, por fax o correo electrónico, debiendo cumplimentar con las demandas de manera inmediata al requerimiento.-
47. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO RESPONSABILIDAD
a) El adjudicatario será el único responsable de los daños causados a personas y/o propiedades durante la ejecución de los trabajos pautados.Tomará todas las precauciones necesarias a fin de evitar accidentes personales o daños a las propiedades, así pudieran provenir dichos accidentes o daños de maniobras en las tareas, de la acción de los elementos o demás causaPsLeIvEeGn-t2u0a1le9-s0.-3685535- -DGUIAF
b) La DGUIAF no se responsabilizará por la rotura, desperfectos o falta de instrumentos y/o herramientas de propiedad del adjudicatario.-
El adjudicatario no debe haber tenido incumplimientos ó rescisión en la prestación de Servicios similares en el lapso de los dos (2) últimos años.-
48. REDETERMINACIÓN DE PRECIOS
El Régimen de Redeterminación de los precios pactados en el contrato para los renglones 2 y 3, objeto de la presente contratación directa, se rige por la Ley N° 2.809 (texto consolidado según Ley N° 6017) y su reglamentación. Se regirá por la siguiente estructura de costos estimada.
ESTRUCTURA DE COSTOS ESTIMADA | ||
RUBRO | % INCIDENCIA | FUENTE DE INFORMACION |
Mano de Obra | 70,00 % | Índice de Salarios Sector Privado Registrado publicado por el INDEC |
Maquinarias y equipos | 15,00 % | Índice de precios internos mayoristas (IPIM) - 7.2.1 - Máquinas y equipos (29) - INDEC |
Combustibles y lubricantes | 5,00 % | INDICES DE PRECIOS INTERNOS AL POR MAYOR (IPIM) - 7.2.1 - Productos refinados del petróleo (23) - INDEC |
Gastos Generales | 10,00 % | Índice de precios internos mayoristas (IPIM) -7.2.1 - Nivel General - INDEC |
TOTAL | 100,00 % |
Asimismo, se deberá tomar en cuenta el modelo de la estructura de costos Anexo 1
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N° 5603 - 24/4/2019 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº 630
G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S
Hoja Adicional de Firmas Pliego
Número:
PLIEG-2019-03685535- -DGUIAF
Buenos Aires,
Jueves 17 de Enero de 2019
Referencia: PCP LICENCIA DE USO PROGRAMA INFORMÁTICO DE PROCESAMIENTO DE DATOS PARA LA DG TESORERIA
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Digitally signed by Comunicaciones Oficiales DN: cn=Comunicaciones Oficiales
Date: 2019.01.17 18:26:18 -03'00'
xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Asistente administrativo
D.G.U. INFORMATICA DE ADMIN. FINANCIERA (SSGEOPE) MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Digitally signed by Comunicaciones Oficiales
DN: cn=Comunicaciones Oficiales Date: 2019.01.17 18:26:19 -03'00'
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS
1. OBJETO DE LA CONTRAT ACIÓN
El objeto del presente llamado a Contratación Directa tiene como finalidad la adquisición de una licencia de uso de un programa informático que soporte el procesamiento de datos de la Dirección General de Tesorería (DGT), de la contratación de horas para el desarrollo e implementación de la solución y del servicio de Mantenimiento Correctivo, según los requerimientos detallados en el presente Pliego de Bases y Condiciones Técnicas .
2. PRINCIPIOS
A continuación se detallan los principios prioritarios a cumplir con la prestación de los servicios requeridos:
A Nivel Solución:
Auditabilidad: se debe poner especial foco en mantener, mejorar e implementar procesos que eliminen toda y cualquier posibilidad de acción discrecional por parte de personal, agentes y/o funcionarios del GCABA involucrados.
Calidad en la Atención al Ciudadano: los procesos deben ser mejorados e implementados tomando como premisa la mejora de la calidad de la interacción con el destinatario del proceso, tramite o servicio a resolver.
Modernización del Gobierno: las soluciones se deben adoptar tomando como premisa la integración con soluciones que permitan efectivamente la modernización del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
A Nivel Proveedor:
Que tenga la estructura suficiente, en cantidad e idoneidad de especialistas, para soportar la provisión de los servicios requeridos en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires y durante al menos toda la extensión del contrato.
IF-2019-02365616- -DGUIAF
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3. POLITICAS Y STANDARES
Sera obligación de quien resulte ADJUDICATARIO de los servicios requeridos, la completa y total observancia de los Estándares Tecnológicos dictados por la Agencia de Sistemas de lnformación para los sistemas informáticos del GCABA; +
así como también dar cumplimiento a las políticas implementadas a partir de la Resoluci6n N° 177-ASINF-2013 y su complementaria N° 239-ASINF-2014.
Las políticas, estándares y documentación se encuentran disponibles en el Portal del Gobierno Ciudad Autónoma de Buenos Aires
xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxx as /estandares
4. ESPECIFICACIONES TECNICAS
4.1. Provisión de licencia de la solución informática
Para el cumplimiento de lo estipulado, la solución deberá contar con la capacidad de administrar el flujo de efectivo y la emisión de reportes o dashboards que permitan agilizar los distintos procesos que hacen para la elaboración, seguimiento, análisis y control de los fondos públicos.
Debe contar con las siguientes funcionalidades:
x Controlar y automatizar las actividades de tesorería relacionadas a: Flujo de Efectivo Diario, Proyectado y Bancos (Revisión de Saldos y Transacciones)
x Controlar ABM (Altas, Bajas y/o Modificaciones) de los Datos maestros de GCABA dentro de la aplicación, por ejemplo, ministerios, bancos, cuentas bancarias, monedas, contrapartes, tasas, tipos de cambio, etc…
x Administrar la posición de Tesorería con Base a las cuentas Bancarias creadas y ligadas a los Ministerios correspondientes
x Gestionar los montos de Recaudación y pagos para tener un mayor control y detalle de la información proveniente de los sistemas de información ERP´s
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x Generar reportes extraíbles con información de transaccionalidad para hacer análisis de actividad durante cada periodo. (Se consideran los reportes predeterminados de la aplicación, no está dentro del alcance ningún desarrollo de reporte)
x Elaborar la planificación anual de Caja de acuerdo al modelo Gestión, según los distintos conceptos vinculados a los grandes contratos del Gobierno de la Ciudad, con su respectiva apertura mensual y diaria, para su posterior seguimiento y control de la Ejecución, teniendo en cuenta que deben contemplarse los desvíos ocurridos diariamente y reproyectarse de acuerdo a la disponibilidad de caja y criterios definidos;
x Realizar la comparación entre los ingresos proyectados con los efectivamente recaudados según la información bancaria, confeccionando planillas diarias, de Ingresos Tributarios y No Tributarios, comunicando los desvíos producidos entre lo planificado y lo ejecutado.
x Realizar la comparación entre los gastos proyectados con los pagos realizados según la información bancaria, confeccionando planillas diarias de los desvíos producidos entre lo planificado y lo ejecutado.
x Permitir confeccionar escenarios alternativos de caja, ante las diversas situaciones que puedan presentarse.
x Generar reportes de Gestión para la toma de decisiones, de manera gráfica y resumida.
x Controlar los saldos de las cuentas corrientes pertenecientes al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y otros organismos y entes autárquicos
El GCBA contempla además la posibilidad de escalar el producto en fases futuras de acuerdo a las necesidades que pudieran surgir a través del uso de la herramienta. En dicho sentido, se evaluarán además sobre la solución informática otras funcionalidades específicas ya identificadas, de forma tal que permitan cumplir el objetivo mencionado.
Estas funcionalidades son:
x Controlar y automatizar las actividades de tesorería relacionadas a: deuda, inversiones, transacciones de compras de divisas, derivados de tasas, monedas y su respectivo registro en el flujo de efectivo.
x Administrar la deuda a través del sistema, el cual se tomarán las tasas de interés de las curvas correspondientes, calculará los intereses y enviará la información a la sección del pago para que el analista pueda liberar los pagos de obligaciones.
x
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x Operar y controlar la compra y venta de divisas que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires requiera para rebalancear la posición de efectivo y abastecer de los requerimientos de otras divisas para el fondeo de pagos directos.
x Administrar las inversiones de excedentes diarios de Tesorería calculando los intereses correspondientes por el plazo contratado, aplicando impuestos a las entidades que aplique con base en su razón social y por contraparte.
x Gestión de operaciones financieras derivadas, generando las provisiones correspondientes para el registro de los flujos de dichas transacciones y su asociación con posición de riesgo que se esté cubriendo.
Generar reportes extraíbles con información de transaccionalidad para hacer análisis de actividad en cada periodo.
Funcionalidad de Front, Middle, Back Office, segregación de Funciones, permisos y limites de transaccionalidad para usuarios.
4.2. Provisión de horas para el desarrollo e implementación de la solución
Una vez realizada la adjudicación, el ADJUDICATARIO deberá relevar en detalle los requerimientos para la implementación de la solución, y desarrollar en conjunto con la Tesorería un plan de desarrollo e implementación que contemple:
Relevamiento y documentación de los procesos a cubrir.
Transferencia de conocimiento sobre los procesos soportados por la herramienta.
Configuración de la herramienta, soportando los procesos definidos.
Capacitación a administradores del sistema, incluyendo manejos de perfiles y seguridad.
Capacitación y asistencia en la definición de los parámetros de configuración de la solución, en base a los objetivos y estrategias del GCABA.
Capacitación a usuarios finales sobre las funcionalidades de la herramienta.
Armado de un manual de usuario.
Desarrollo de integraciones requeridas con sistemas transaccionales de la GCBA.
Migración y/o carga de datos iniciales del GCABA en el sistema, a partir de información digitalizada en planillas de carga.
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Desarrollo de una prueba piloto, con datos propios de la Dirección General de Tesorería, en la que el ADJUDICATARIO guiará a los usuarios en el uso del sistema y procederá a realizar los ajustes de configuración al sistema que resulten de dicha prueba, previo a la salida en productivo.
A tal efecto, el ADJUDICATARIO deberá proveer los recursos necesarios, con los perfiles necesarios, para la ejecución de dicho plan de desarrollo e implementación hasta totalizar la cantidad de 4.000 horas hombre a ser desarrolladas en un plazo de 3 a 5 meses.
4.3. Servicio de soporte y mantenimiento
El ADJUDICATARIO deberá proveer un Servicio de Soporte xx Xxxx de Ayuda que abarcará tanto la solución aplicativa provista como los desarrollos realizados por el ADJUDICATARIO, y comprende:
Brindar soporte vía mail y telefónico, según sea requerido sobre consultas operativas de usuarios sobre la solución
Brindar soporte vía mail y telefónico, sobre consultas a los administradores de la solución sobre temas técnicos, de configuración y de funcionamiento de la solución.
Asistir en forma presencial a solicitud del GCABA, hasta 1 vez por mes, para revisar en conjunto aspectos de las soluciones existentes o de potenciales soluciones a implementar.
Asistir a solicitud del GCABA ante la ocurrencia de algún desperfecto que ocasione la caída parcial o total de alguno de los servicios o funcionalidades implementadas en la solución.
Realizar Mantenimiento Correctivo de incidentes reportados.
El horario de atención de la Mesa de Ayuda será de lunes a viernes de 8 a 17 horas.
El Tiempo de Respuesta máximo para Incidentes de Alta Criticidad, es decir, que imposibiliten el uso del Sistema, será de HASTA MEDIA (1/2) HORA, consideradas en el horario de 08:00 a 20:00 horas durante los días hábiles, de Lunes a Viernes.
El tiempo de Respuesta máximo para Incidentes de Media Criticidad, es decir, que permitan seguir operando el Sistema, aún con dificultad, será de HASTA CUATRO (4) HORAS, consideradas en el horario de 08:00 a 20:00 horas durante los días hábiles, de Lunes a Viernes.
El tiempo de Respuesta máximo para Incidentes de Baja Criticidad, es decir, que permitan seguir operando el Sistema, aún con baja dificultad o de forma que no se vea
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afectada la operatoria normal, será de HASTA VEINTICUATRO (24) HORAS HÁBILES, consideradas en el horario de 08:00 a 20:00 horas durante los días hábiles, de Lunes a Viernes.
5. CONDICIONES DEL SERVICIO
5.1 Medios de Comunicación.
A los efectos de poder prestar los servicios objetos del presente llamado, el ADJUDICATARIO deberá suministrar al GCABA un listado detallado de Contactos, con números de teléfonos celulares y mail, a los cuales se podrá requerir el servicio. En todos los casos se deberá establecer de común acuerdo entre el GCABA y el ADJUDICATARIO los medios de comunicación que garanticen la completa y correcta prestación de los servicios en el nivel de calidad requerido en el presente Pliego de Especificaciones Técnicas.
En ningún caso se reconocerán trabajos solicitados por medios de comunicación informales u Órdenes de Servicio / Órdenes de Trabajo cursadas de manera informal por parte de Usuarios involucrados en la Solución y/o Proyecto o por cualquier participante que no haya sido expresamente autorizado el GCABA.
A requerimiento del ADJUDICATARIO, el GCABA podrá el GCABA podrá habilitar acceso mediante una conexión del tipo VPN, si ésta última considera que la misma puede mejorar el nivel de servicio prestado por el OFERENTE.
5.2 Traslados y Gastos Asociados
Todos los traslados del personal afectado del ADJUDICATARIO, así como los Tiempos de
Traslado involucrados hacia o desde locaciones del GCABA o donde dispusiere el
GCABA
dentro del marco de la Prestación, son a exclusivo cargo y expensa del ADJUDICATARIO
no pudiendo exigirse reembolso alguno al GCABA.
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6. PROPUESTA TECNICA
6.1. Requisitos mínimos obligatorios
A continuación se señalan los REQUISITOS MINIMOS OBLIGATORIOS que deberá contener la propuesta respecto a las funcionalidades con que cuenta la solución informática presentada en la oferta.
Los mismos contemplan funcionalidades a ser implementadas dentro del alcance de esta licitación, más funcionalidades previstas para ser implementadas en fases futuras, las cuales deberán estar incluidas dentro del alcance de funcionalidades definidas en el punto 4.1 Provisión de licencia de la solución informática.
Requisitos mínimos obligatorios de la Solución Informática
Las funcionalidades referidas son:
x Controlar y automatizar las actividades de tesorería relacionadas a: Flujo de Efectivo Diario, Proyectado y Bancos (Revisión de Saldos y Transacciones)
x ABM (Altas, Bajas y/o Modificaciones) de los Datos maestros de GCABA dentro de la aplicación, por ejemplo, ministerios, bancos, cuentas bancarias, monedas, contrapartes, tasas, tipos de cambio, etc.
x Administrar la posición de Tesorería con Base a las cuentas Bancarias creadas y ligadas a los Ministerios correspondientes
x Gestionar los montos de Recaudación y pagos para tener un mayor control y detalle de la información proveniente de SIGAF
x Generar reportes extraíbles con información de transaccionalidad para hacer análisis de actividad durante cada periodo. (Se consideran los reportes predeterminados de la aplicación, no está dentro del alcance ningún desarrollo de reporte)
x Elaborar la planificación anual de Caja de acuerdo al modelo Gestión, según los distintos conceptos vinculados a los grandes contratos del Gobierno de la Ciudad, con su respectiva apertura mensual y diaria, para su posterior seguimiento y control de la Ejecución, teniendo en cuenta que deben contemplarse los desvíos ocurridos diariamente y reproyectarse de acuerdo a la disponibilidad de caja y criterios definidos
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x Realizar la comparación entre los ingresos proyectados con los efectivamente recaudados según la información bancaria, confeccionando planillas diarias, de Ingresos Tributarios y No Tributarios, comunicando los desvíos producidos entre lo planificado y lo ejecutado.
x Realizar la comparación entre los gastos proyectados con los pagos realizados según la información bancaria, confeccionando planillas diarias de los desvíos producidos entre lo planificado y lo ejecutado.
x Permitir confeccionar escenarios alternativos de caja, ante las diversas situaciones que puedan presentarse.
x Generar reportes de Gestión para la toma de decisiones, de manera gráfica y resumida.
x Controlar los saldos de las cuentas corrientes pertenecientes al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y otros organismos y entes autárquicos
x Controlar y automatizar las actividades de tesorería relacionadas a: deuda, inversiones, transacciones de compras de divisas, derivados de tasas, monedas y su respectivo registro en el flujo de efectivo
x Generar reportes extraíbles con información de transaccionalidad para hacer análisis de actividad en cada periodo.
6.2. Requisitos no obligatorios de la Solución Informática
Las funcionalidades referidas son:
Administrar la deuda a través del sistema, el cual se tomarán las tasas de interés de las curvas correspondientes, calculará los intereses y enviará la información a la sección del pago para que el analista pueda liberar los pagos de obligaciones.
Operar y controlar la compra y venta de divisas que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires requiera para rebalancear la posición de efectivo y abastecer de los requerimientos de otras divisas para el fondeo de pagos directos.
Administrar las inversiones de excedentes diarios de Tesorería calculando los intereses correspondientes por el plazo contratado, aplicando impuestos a las entidades que aplique con base en su razón social y por contraparte.
Gestión de operaciones financieras derivadas, generando las previsiones correspondientes para el registro de los flujos de dichas transacciones y su asociación con posición de riesgo que se esté cubriendo.
IF-2019-02365616- -DGUIAF
N° 5603 - 24/4/2019 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº 639
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X X X X X X X X XX XX X I U D A D DE B U E N O S A I R E S
Pliego Especificaciones Tecnicas
Número:
IF-2019-02365616- -DGUIAF
Buenos Aires,
Martes 8 de Enero de 2019
Referencia: PET LICENCIA DE USO PROGRAMA INFORMÁTICO DE PROCESAMIENTO DE DATOS PARA LA DG TESORERIA
Datos de la Obra
ID Obra Física: 638-0016-CDI19
Expediente deObra N° (Actuación): Expediente deObra N° (Año): Expediente deObra N° (Número): Expediente deObra N° (Repartición): Nombre de Obra :
Observaciones:
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Date: 2019.01.08 14:30:06 -03'00'
xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Asistente
D.G.U. INFORMATICA DE ADMIN. FINANCIERA (SSGEOPE) MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
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DN: cn=Comunicaciones Oficiales Date: 2019.01.08 14:30:06 -03'00'
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