Contrato de participación en el Programa de Autosuficiencia Familiar (FSS)
Contrato de participación en el Programa de Autosuficiencia Familiar (FSS)
Cupón para conseguir vivienda
Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los EE.UU.
Oficina de Vivienda Pública y para Comunidades Indígenas
Aprobación No. 2577-0178 de la OMB (vencimiento: 31/ 07/2010)
Programas de Vivienda Pública y para Comunidades Indígenas
Este Contrato de participación en el Programa de Autosuficiencia Familiar (Family Self-Sufficiency, en adelante FSS) se celebra entre
,(Oficina de Vivienda, Housing Agency, HA) y
, jefe de familia del Programa de FSS.
La familia del Programa de FSS incluye a todos los integrantes del hogar, y en este contrato se denomina “la familia”.
Tipo de Programa de FSS.
La familia participa en el: (Marque uno solo)
Programa de FSS de Distribución de Cupones para Conseguir Vivienda (Housing Choice Voucher, en adelante HCV)
Programa de FSS de Vivienda Pública
Programa de FSS de Vivienda para Comunidades Indígenas
Objeto del contrato
Este contrato tiene por objeto enunciar los derechos y las responsabilidades de la familia y de la Oficina de Vivienda (Housing Agency, HA), los recursos y servicios de apoyo que se le prestarán a la familia, y las actividades que la familia deberá desempeñar.
Período de vigencia del contrato
Este contrato entra en vigor el . Este contrato vence el .
La HA podrá prorrogar el período de vigencia del contrato hasta dos años, si la familia solicita una prórroga por escrito y la HA resuelve que existe causa justificada para autorizarla.
Recursos y servicios de apoyo
Durante el período de vigencia del contrato, la HA intentará ofrecer los recursos y servicios enumerados en los planes individuales de capacitación y servicios. En caso de que no se disponga de éstos, la HA tratará de reemplazarlos por otros. De todas maneras, la HA no es responsable legalmente ante la familia si no se le ofrecen los recursos y servicios.
Cuenta de depósito en custodia del Programa de FSS
La HA establecerá una cuenta de depósito en custodia del Programa de FSS para la familia. Una parte de los aumentos en el alquiler a causa de aumentos en los ingresos laborales de la familia se acreditará a dicha cuenta, conforme a los requisitos del HUD.
A continuación se enumeran el ingreso anual de la familia, sus ingresos laborales y el monto de su alquiler al comenzar el Programa de FSS. Estas cantidades se emplearán para determinar el monto que se acredita a la cuenta de depósito en custodia a nombre de la familia por causa de futuros aumentos de sus ingresos laborales.
Ingreso anual $
Ingreso laboral $
Alquiler que paga la familia (Total o en virtud del
Programa de HCV, 30% del ingreso mensual ajustado) $
La HA colocará los fondos de la cuenta de depósito en custodia del Programa de FSS en inversiones aprobadas por el HUD.
Como mínimo una vez al año, la HA informará a la familia sobre el monto depositado en la cuenta de depósito en custodia del Programa de FSS.
Si la familia participa en el Programa de HCV y se muda fuera de la jurisdicción de la HA al amparo del mecanismo del HCV de transferencia de un distrito a otro, la HA podrá transferir el saldo de la cuenta del Programa de FSS de la familia a otra HA.
Retiro de fondos de la cuenta de depósito en custodia del Programa de FSS
La HA puede permitir que la familia retire fondos de la cuenta de depósito en custodia del Programa de FSS antes de que termine el contrato si la familia ha cumplido objetivos intermedios específicos, designados por la HA, y necesita parte de los fondos de la cuenta de depósito en custodia del Programa de FSS para cumplir el contrato (ejemplo: pagar gastos de educación).
La HA pagará al jefe de la familia la cantidad que se encuentra en la cuenta de depósito en custodia, menos la cantidad adeudada a la HA, cuando:
(1) la HA determine que la familia ha cumplido el contrato, y,
(2) al terminar el contrato, el jefe de la familia certifica por escrito ante la HA que ningún miembro de la familia recibe asistencia social. Para el Programa de FSS, la asistencia social consiste en ayuda de programas federales o estatales de bienestar, e incluye únicamente pagos de mantenimiento en efectivo destinados a satisfacer las necesidades básicas permanentes de la familia.
Si el jefe de la familia se muda del inmueble conseguido con asistencia, los demás integrantes de la familia podrán, tras consulta con la HA, nombrar a otro familiar para que reciba los fondos de la cuenta de depósito en custodia del Programa de FSS.
Pérdida de la cuenta de depósito en custodia del Programa de FSS
La familia no recibirá los fondos en la cuenta de depósito en custodia del Programa de FSS si:
(1) se termina el contrato de participación,
(2) se declara que el contrato de participación queda nulo y sin efecto; o
(3) la familia no ha satisfecho sus responsabilidades dentro de los plazos especificados en este contrato.
Responsabilidades de la familia El jefe de familia debe:
▪ Buscar y mantener empleo apropiado una vez terminados los programas de capacitación mencionados en el plan individual de capacitación y servicios. Tras consulta con el jefe de familia, la HA determinará qué empleo es apropiado según las destrezas, la educación y la capacitación para el trabajo de la persona y las oportunidades de trabajo en su zona.
El jefe de familia y los integrantes del grupo familiar que hayan decidido, con el acuerdo de la HA, firmar un plan individual de capacitación y servicios deberán:
▪ Concluir las actividades dentro de las fechas mencionadas en cada plan individual de capacitación y servicios.
▪ Proporcionar a la HA y al HUD información sobre la participación de la familia en el Programa de FSS a fin de ayudar a la HA y al HUD a evaluar ese programa. Esto podría incluir información sobre empleo, entrevistas de trabajo, capacitación, asistencia a actividades educativas, y otros servicios y actividades del FSS.
Todos los integrantes de la familia deben:
▪ Cumplir con las condiciones del contrato de arrendamiento.
▪ Si reciben asistencia social, independizarse del programa y mantenerse independientes durante un mínimo de 12 meses consecutivos antes d(1e)l
Cumplimiento de la totalidad del contrato de participación
El cumplimiento total se logra cuando la HA determina que:
la familia ha cumplido con todas sus responsabilidades según el contrato; o
vencimiento del contrato.
(2) 30 por ciento del ingreso mensual ajustado de la familia es igual o mayor que el valor justo de
▪ Si participa en el Programa de HCV, la familia debe cumplir con sus obligaciones según dicho programa y residir en la jurisdicción de la HA que inscribió a la familia en el Programa de FSS durante un mínimo de 12 meses contados a partir de la fecha de entrada en vigor de este contrato, a menos que la PHA inicial haya aprobado la solicitud de la familia de mudarse fuera de la jurisdicción en virtud del mecanismo de transferencia.
Medidas correctivas si la familia no cumple con sus responsabilidades
Si algún miembro de la familia no cumple con sus responsabilidades según el presente contrato, la familia no recibirá los fondos acumulados en la cuenta de depósito en custodia del Programa de FSS, y la HA puede:
(1) interrumpir los servicios de apoyo a la familia,
(2) terminar la participación de la familia en el Programa de FSS, y
(3) si la familia participa en el Programa de HCV, terminar la asistencia cuando se lo permitan los requisitos del HUD.
Responsabilidades de la HA
▪ Intentar conseguir servicios de apoyo a la familia por fuentes públicas y privadas.
▪ Establecer una cuenta de depósito en custodia del Programa de FSS para la familia, invertir los fondos de dicha cuenta e informar a la familia como mínimo una vez al año sobre el monto que hay en la cuenta.
▪ Determinar qué metas intermedias, si las hay, se deben cumplir antes de que a la familia se le puedan pagar fondos de la cuenta de depósito en custodia del Programa de FSS; y pagarle a la familia una porción de la cuenta del FSS si la HA determina que la familia ha satisfecho las metas intermedias específicas y necesita los fondos de la cuenta para cumplir con el contrato.
▪ Determinar si la familia ha cumplido con este contrato.
▪ Pagar a la familia la cantidad que se encuentra en la cuenta de depósito en custodia del Programa de FSS, si la familia ha cumplido con el contrato y el jefe de familia ha certificado por escrito que ningún miembro de la familia recibe asistencia social.
mercado de un inmueble del tamaño para el cual la familia reúne los requisitos.
Rescisión del contrato de participación
La HA puede poner fin a este contrato si:
(1) la familia y la HA así lo disponen de común acuerdo;
(2) la HA determina que la familia no ha cumplido con sus responsabilidades según este contrato;
(3) la familia se retira del Programa de FSS;
(4) se produce una situación que no se condice con las finalidades del Programa de FSS; o
(5) la HA tiene autorización para hacerlo según los requisitos del HUD.
La HA puede declarar que este contrato queda nulo y sin valor si no dispone de los recursos y los servicios necesarios para rescindir el contrato.
La HA debe dar aviso de terminación o anulación al jefe de familia. El aviso debe indicar los motivos por los cuales la HA decidió rescindir el contrato o anularlo.
Si se rescinde el contrato o se declara nulo y sin valor, la familia no tendrá derecho a recibir fondos de su cuenta de depósito en custodia del Programa de FSS. La HA cerrará dicha cuenta y podrá usar los fondos para fines que satisfagan los requisitos del HUD.
Si la familia participa en el Programa de HCV, la HA terminará el contrato si la familia se traslada fuera de su jurisdicción conforme al mecanismo de transferencia y entra al Programa de FSS de otra HA.
Si la familia participa en el Programa de HCV, este contrato caduca automáticamente si la asistencia a la familia termina de conformidad con los requisitos del HUD.
Conflicto con el contrato de arrendamiento de vivienda pública o para comunidades indígenas
Si alguna parte de este contrato se contradice con el contrato de arrendamiento de vivienda pública o para comunidades indígenas, prevalecerá el contrato de arrendamiento.
Cumplimiento con los reglamentos y requisitos del HUD
El contrato de participación se debe interpretar y administrar conforme a los reglamentos y requisitos del HUD. Los plazos y las cifras, tales como los montos de ingreso y arrendamiento que aparecen en la página 1, están sujetos a corrección por la HA para que cumplan con los reglamentos y requisitos del HUD. La HA notificará a la familia por escrito de todo ajuste que realice al contrato.
Firmas:
Familia
(Firma del jefe de familia)
Oficina de Vivienda
(Nombre de la HA)
(Firma del funcionario de la HA)
(Fecha de la firma)
(Título oficia)
(Fecha de la firma)
Este documento es traducción de un documento jurídico expedido por el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD), el cual proporciona esta traducción solamente a modo de conveniencia para que le ayude a usted a comprender sus derechos y obligaciones. La versión en inglés es el documento oficial, legal y que rige. Esta traducción no constituye un documento oficial.