identificado (a) con cedula de
A los días del mes de del año 20 entre INMOBILIARIA KOHER S.A.S NIT 900974157-1, quien en adelante se denominará el corredor y el señor (a)
, identificado (a) con cedula de
ciudadanía No. de , residente en la ciudad de
y domiciliado (a) en la dirección , quien en adelante se denominará el acreedor, celebran por medio de este documento un contrato de intermediación como a continuación se describe:
PRIMERA. Objeto del contrato: Con el objeto de prestar un capital indeterminado sobre un bien inmueble de un tercero que hipoteca, el acreedor contrata al corredor para que reciba, tramite y realice el estudio de títulos necesario para la elaboración del contrato y constitución de hipoteca a su favor.
SEGUNDA. Facultades xxx xxxxxxxx: En desarrollo del presente contrato el corredor podrá:
1. Hacer la publicidad necesaria, respetando las normas de publicidad exterior, incluso por medios masivos, para promocionar la forma xx xxxxxxxx del capital de propiedad del acreedor.
2. El corredor podrá negociar directamente la comisión con el deudor y realizar el cobro de estudio de títulos y avaluó al mismo.
Parágrafo: Los gastos de transporte y papelería en que incurran las gestiones de constitución de hipoteca, correrán en su totalidad por cuenta xxx xxxxxxxx inmobiliario.
TERCERA. Valor del capital: El valor del capital que se prestará sobre una o varias hipotecas es de
$ valor en letras
( ), dinero proveniente de:
.
CUARTA. Obligaciones xxx xxxxxxxx: INMOBILIARIA KOHER S.A.S se obliga a:
1. A realizar el estudio de títulos adecuado, de los documentos del inmueble que aporte el deudor.
2. A verificar la autenticidad y veracidad de los documentos que aporte el deudor del inmueble, para la constitución de hipoteca.
3. Facilitar los datos de contacto del deudor al acreedor para los fines que crea pertinentes.
4. Informar al proponente, cualquier situación que deba ser comunicada por influir en una posible negociación hipotecaria.
QUINTA. Vigencia de este contrato: Este contrato tiene una vigencia indeterminada, y podrá ser terminado por mutuo acuerdo o por unilateralidad de las partes con una anticipación no mayor a 30 días.
SEXTA. Normas de interpretación: Para todos los efectos no previstos en este contrato se aplicarán las normas del código de comercio en especial al artículo 1340 y siguientes.
SEPTIMA. Merito ejecutivo: Este contrato presta merito ejecutivo si como consecuencia de la acción u omisión xxx xxxxxxxx inmobiliario en la constitución, estudio o verificación de documentos para hipoteca, se presenta fraude que afecte el capital del proponente. Así mismo el acreedor hace constar bajo la gravedad de juramento, que la información que ha suministrado es verídica, y acepta su responsabilidad ante las acciones posteriores de indagación que se puedan presentar.
OCTAVA. Clausula compromisoria.- Tribunal De Arbitramento. En caso de conflicto entre las partes de este contrato de corretaje, relativa a este contrato, su ejecución y liquidación deberá agotarse una diligencia de conciliación ante cualquier entidad autorizada para efectuarla, si esta fracasa, se llevara las diferencias ante un tribunal de arbitramento del domicilio del proponente.
Para constancia se firma a los días del mes de del año 20 .
Firmas.