Contrato de Mantenimiento Informático
Mantenimiento de Hardware
Contrato de Mantenimiento Informático
Incluye: Revisión detallada por parte de nuestros técnicos del correcto funcionamiento de los equipos al nivel de hardware en todos sus componentes.
Coste de la mano de obra en la sustitución de cualquiera de los componentes tanto internos como externos que fallaran en los equipos.
Instalación de otros dispositivos adicionales para la mejora del rendimiento operativo en general. Servicio Telefónico de Atención al Cliente en horario de oficina (hardware).
No incluye: Coste de los componentes que hubiera que sustituir en caso de fallo, instalación adicional de ellos, etc., excepto si hubiera sido suministrado por nuestra empresa y se encontrara en periodo de garantía.
Mantenimiento de Software
Incluye: Revisión de posibles caídas del sistema de los equipos y/o redes si las hay, así como reinstalación de software en el caso de anomalías en el funcionamiento.
Configuración del software ya instalado.
Actualización e instalación de software adicional con licencia.
Servicio Telefónico de Atención al Cliente en horario de oficina (software). No incluye: Mantenimiento, configuración e instalación de software sin licencia. Mantenimiento de soporte de REDES
Incluye: Configuración y optimización para el correcto funcionamiento de la comunicación entre los equipos conectados en RED, así como todos los periféricos conectados a ella.
Verificación del cableado de la RED en los equipos y periféricos.
Reconfiguración del hardware y software de RED debido a caídas del sistema u otros percances.
No incluye: Coste de los componentes que hubiera que sustituir en caso de fallo, instalación adicional de ellos, etc., excepto si hubiera sido suministrado por nuestra empresa y se encontraran dentro del periodo de garantía.
Condiciones Generales
1. INSTALACIÓN.
Nosfe realizará la instalación, ajuste y comprobación en el lugar acordado, siempre y cuando cumpla con los requisitos eléctricos y los accesos sean adecuados para dichas operaciones. Si los equipos hubieran sido instalados por personal ajeno a Nosfe, no se responsabiliza por los daños que pudiera sufrir los equipos por una incorrecta manipulación, y los servicios de reparación, serán facturados a parte según tarifa vigente.
2. PLAZO.
El presente contrato entrará en vigor en la fecha de instalación según anverso y continuará en vigor enel periodo mencionado. El presente contrato finalizará en la fecha mencionada, incluyéndose dicho día en el periodo de duración del Contrato. Los días de duración del Contrato se entienden días naturales, contados a partir de la fecha de Comienzo según anverso .
Quedará automáticamente renovado el presente contrato por otro periodo igual al anteriormente mencionado, si ninguna de las partes comunica el cese de éste, 15 días antes de la fecha de resolución.
3. MANTENIMIENTO.
Nosfe se obliga a prestar los servicios necesarios para el correcto funcionamiento del equipo. Dichos servicios comprenden la realización de cuantas operaciones sean necesarias para el correcto funcionamiento de el/ los equipo/s refle jados en el anverso, siempre que no se deban a manipulaciones indebidas por parte del Cliente, uso de materiales no aprobados por el personal autorizado de Nosfe, dolo o negligencia del mismo. El cliente en dichos casos lo notificará inmediatamente a Nosfe.
El mantenimiento constará de la revisión y reparación de el/los equipo/s, en un máximo de 48 horas a partir de la comunicación por el Cliente de dicha avería . NO estarán incluidas en dicho mantenimiento las piezas que hubiera que sustituir para el correcto funcio namiento de el/los equipo/s, así como en caso de repetirse la misma avería y el Cliente no haber aceptado la reparación anterior, las cuales serán facturadas al Cliente. Las horas se contabilizarán de Lunes a Viernes dentro del horario comercial de Nosfe.
Las visitas de mantenimiento solicitadas fuera de los horarios establecidos serán facturadas al cliente de acuerdo con las tarifas que estén vigentes en ese momento. Dichos horarios podrán ser modificados a elección del cliente donde se recalcularán los nu evos precios.
4. TRASLADO.
Si el cliente tuviera que desplazar el equipo a otro emplazamiento, se lo notificará en un plazo máximo de 24 horas a Nosfe. Si el nuevo emplazamiento se haya fuera de los términos municipales del municipio que consta en el Contrato de Mantenimiento, quedará inmediatamente resueltas y extinguidas las obligaciones asumidas por Nosfe, en el contrato de Mantenimiento.
5. FORMA DE PAGO.
El pago del contrato se efectuará mediante transferencia bancaria, a la presentación de la factura proforma correspondiente que presentará NOSFE en los primeros días de cada trimestre, semestre o anual según pactado. Las facturas se remitirán una vez efectuado su pago.
La cuota de mantenimiento estipulada podrá ser modificada en función del coste del servicio que se presente o bien por disposiciones de carácter laboral u oficiales obligatorias y con revisiones de precios anuales según I.P.C.
6. RESPONSABILIDADES.
El Cliente se compromete a llevar a cabo el cuidado de las Aplicaciones, lo cual incluye todas las operaciones recomendadas en los manuales facilitados al usuario por el fabricante.
En aquellos casos en los que la complejidad de la avería requiera el traslado del equipo al laboratorio
central, el Cliente, permitirá dicho traslado.
Nosfe no se responsabilizará bajo ningún concepto de daños emergentes, lucro cesante, pérdida de negocio o beneficio u otros tipos de daños, perjuicios o pé rdidas de índole media o indirecta sea cual fuere la causa, inclusive la falta o demora de suministro de piezas o servicio.
7. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Nosfe podrá resolver unilateralmente el Contrato por las siguientes causas:
a) Por vencimiento del contrato en la fecha indicada.
b) Por impago del Contrato en las fechas pactadas.
c) Si el Cliente infringe lo estipulado en cualquiera de las cláusulas del Contrato.
d) Si por el Cliente o contra el Cliente es presentada alguna solicitud que se ampare en disposición legal vigente sobre quiebra o insolvencia.
8. CESIÓN.
El cliente no podrá ceder el presente Contrato ni ninguno de los derechos constituidos a su favor, a no ser que cuente a tal efecto con el consentimiento previo por escrito de Nosfe.
9. CONTRATO ÍNTEGRO.
Son nulos y sin ningún valor cualesquiera compromisos o pactos adicionales a este Contrato, escritos o verb ales, que no se fijen expresamente en el Contrato.
10. FUERZA MAYOR
Nosfe no se responsabilizará de demora o incumplimiento de Contrato causada por circunstancias ajenas a su voluntad o control, entre las que figuran, sin que la mención sea limitada, la cesación de trabajo, guerras, huelgas, conflictos laborales, incendios, inundaciones, resistencia pasiva, desórdenes, demoras o pérdidas sufridas en los envíos o embarques, restricciones impuestas por las Autoridades, incumplimiento por parte de los proveedores de Nosfe y otros casos fortuitos.
11. JURISDICCIÓN.
Las partes, renuncian expresamente a su propio fuero, caso de tenerlo, y se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxx, respecto a cualquier discrepancia que pudiera surg ir en la interpretación y cumplimiento del presente Contrato. El presente Contrato se rige por la Ley Española y se interpretará de acuerdo con ella.
X/ Xxxxxxxxx Xxxxx, 0, 00, Xxxxxx X– Telf: 000 00 00 00
17230 PALAMOS
nosfe @xxxxx.xxx
Fdo. Nosfe .